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INCISO: 08 MINISTERIO DE INDUSTRIA,
ENERGÍA Y MINERÍA
UNIDAD EJECUTORA: 008 DIRECCIÓN
NACIONAL DE ENERGÍA
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
PARTICULARES
LICITACIÓN ABREVIADA N° 23/2016
“CONTRATACIÓN DE TRES EMPRESAS DE
SERVICIOS ENERGÉTICOS (ESCOs) PARA
REALIZAR EL RELEVAMIENTO DEL CONSUMO
ENERGÉTICO DEL SECTOR INDUSTRIAL EN
TÉRMINOS DE ENERGÍA ÚTIL”
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ÍNDICE
1. OBJETO ...................................................................................................... 3 1.1. OBJETIVO GENERAL DEL ESTUDIO: .......................................................... 3
1.2. OBJETIVO ESPECIFICO DEL ESTUDIO: ...................................................... 3
1.3. ANTECEDENTES........................................................................................... 3
2. PLIEGO Y RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS .............................................. 4
3. CONSULTAS, ACLARACIONES Y PRÓRROGAS ..................................... 5
4. ACTO DE APERTURA ................................................................................ 5 4.1. PLAZO COMPLEMENTARIO ......................................................................... 6
5. CONDICIONES DEL OFERENTE. FORMA Y CONTENIDO DE LA PROPUESTA ..................................................................................................... 6
5.1. CONDICIONES DEL OFERENTE .................................................................. 6
5.2. FORMA Y CONTENIDO DE LA PROPUESTA ............................................... 6
6. CONDICIONES ESPECÍFICAS DEL SERVICIO A CONTRATAR .............. 8 6.1. DURACIÓN DEL CONTRATO ........................................................................ 8
6.2. PLANIFICACIÓN Y CONTROL DEL SERVICIO ............................................. 8
7. ACTIVIDADES A CUMPLIR ........................................................................ 8
8. CONDICIONES GENERALES ..................................................................... 9 8.1. PROPIEDAD INTELECTUAL ......................................................................... 9
8.2. COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD ................................................... 10
8.3. OTRAS CONDICIONES RELEVANTES ....................................................... 10
9. COTIZACIÓN DE LA PROPUESTA .......................................................... 11
10. FORMA DE PAGO ................................................................................. 11
11. ESTUDIO Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS ..................................... 12
12. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA ............................ 13
13. ADJUDICACIÓN ..................................................................................... 13
14. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO ........................................... 14
15. CONFORMIDAD .................................................................................... 15
16. MULTAS ................................................................................................. 15
17. MORA ..................................................................................................... 15
18. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO ..................... 15
19. VALOR DE LA INFORMACIÓN PRESENTADA .................................... 16
20. RESCISIÓN DEL CONTRATO ............................................................... 16
21. RESERVA .............................................................................................. 16
22. NORMATIVA APLICABLE ...................................................................... 17
23. EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD .................................................... 17
ANEXO I - PRESENTACION DEL OFERENTE ............................................... 18
ANEXO II - PLANILLA PARA LA COTIZACIÓN DEL OFERENTE .................. 20
ANEXO III – FORMULARIO TIPO .................................................................... 21
ANEXO IV – MUESTRA INDUSTRIAL - BNEU ................................................ 22
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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES PARA LA
CONTRATACIÓN DE TRES EMPRESAS DE SERVICIOS ENERGÉTICOS
(ESCOs) PARA REALIZAR EL RELEVAMIENTO DEL COSNUMO
ENERGÉTICO DEL SECTOR INDUSTRIAL EN TÉRMINOS DE ENERGÍA
ÚTIL.
1. OBJETO
La Dirección Nacional de Energía (DNE), del Ministerio de Industria Energía y
Minería llama a Licitación Abreviada para la contratación de tres Empresas de
Servicios Energéticos (ESCOs) para realizar el relevamiento del consumo
energético del sector industrial en términos de Energía Útil, de forma de
caracterizar el consumo en 12 subsectores de la industria en sus principales
usos.
1.1. OBJETIVO GENERAL DEL ESTUDIO:
Disponer de información de calidad que permita determinar el consumo por
fuente de energía neta, útil y rendimiento para cada uso definido en el formulario.
(Ver en el Anexo III, el formulario tipo).
1.2. OBJETIVO ESPECIFICO DEL ESTUDIO:
Relevar información y realizar las mediciones necesarias en cada
establecimiento definido en la muestra.
1.3. ANTECEDENTES
La Dirección Nacional de Energía (DNE) es el organismo encargado de definir
los lineamientos y estrategias de la política energética nacional. Para ello es
necesaria la utilización de herramientas que permitan la modelización del sector
energético y la simulación de diferentes escenarios a efectos de la evaluación de
las diferentes políticas, así como la realización de estudios específicos y
sectoriales y de sustitución de fuentes energéticas.
Desde el año 1965, la DNE realiza el Balance Energético Nacional. Actualmente
cuenta con una serie histórica de balances en términos de energía neta (energía
que llega al usuario). Para el año 2006, se realizó un estudio de “Consumo y
Usos de Energía”, en dicho estudio se relevó a nivel nacional los siguientes
sectores de consumo: Residencial, Agropecuario, Pesca, Industria, Comercial y
Servicios, Minería y Construcción; en cada sector se determinó el consumo
energético por fuentes y usos. A partir de este estudio se elaboró el Balance
Energético Nacional en Energía Útil (BNEU).
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En 2011 se realizó un relevamiento del sector industrial, el cual no llegó a
términos de energía útil, pero sí aportó información a nivel de usos. A partir de
este relevamiento presencial se realiza una encuesta anual al sector a nivel de
consumos, la cual permite la actualización permanente de la información.
Para la planificación del sector energético y sobre todo para poder utilizar las
herramientas adecuadas para ello, es necesario contar con balances en términos
de energía útil, es decir, tener en cuenta los usos que se da a la energía por
parte de los consumidores finales. Para lograr esto es necesario determinar los
consumos sub-sectoriales en términos de energía útil para todas las fuentes y
todos los subsectores, así como contar con información del parque de
equipamiento existente para el consumo de energía.
La información obtenida con los estudios relativos al consumo de energía por
fuente y uso es básica para la planificación energética nacional, así como para
la formulación y el uso de modelos de oferta y demanda de energía y la
elaboración de recomendaciones en el área de las políticas energéticas. Dicha
información a nivel de energía útil y la utilización de estos modelos constituyen
la base informativa para la planificación de la oferta y el control de la seguridad
de abastecimiento, así como para el diseño de políticas energéticas enfocadas
al manejo de la demanda, uso racional de energía y sustituciones entre fuentes.
Durante la ejecución del presente estudio se designará como contraparte un
equipo de la DNE a cargo del seguimiento y evaluación de la ejecución del
proyecto. Este equipo se encargará del seguimiento de los relevamientos en los
establecimientos industriales y podrá corroborar la información recogida en cada
formulario. Para esto, es fundamental que la empresa seleccionada presente un
cronograma de visitas para el relevamiento de la información de forma de que el
personal de la DNE, o quien esta designe, pueda corroborar y/o estar presente
en el momento de realizar el relevamiento. Una vez entregada la información en
formato digital se procede al análisis y procesamiento de las encuestas, instancia
en la cual la DNE se reserva el derecho de cuestionar la información y solicitar
una revisión de la misma, la cual puede implicar una nueva visita al
establecimiento encuestado.
2. PLIEGO Y RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS
El Pliego de Bases y Condiciones Particulares no tiene costo, estando disponible
en el sitio web www.comprasestatales.gub.uy, pudiendo así mismo retirarse en
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el Departamento de Adquisiciones y Proveeduría del MIEM, sito en Rincón 723
1er piso.
3. CONSULTAS, ACLARACIONES Y PRÓRROGAS
Las consultas y/o aclaraciones sobre el Pliego deberán realizarse
exclusivamente de la siguiente manera:
a) Por correo electrónico y de manera fundada a proveedurí[email protected]
b) Identificando claramente el número y objeto de la presente Licitación;
c) Plazo: hasta cuatro (4) días hábiles antes del acto de apertura,
respondiéndose dentro de los siguientes dos (2) días hábiles. Las consultas
de los oferentes y las respectivas respuestas de la Administración serán
publicadas en el sitio web de compras estatales donde figura publicada la
presente convocatoria, dentro del plazo fijado para su evacuación y
permanecerán disponibles hasta el día fijado para el acto de apertura del
llamado.
La solicitud de prórroga podrá presentarse:
a) Por correo electrónico y de manera fundada a proveedurí[email protected]
b) Identificando claramente el número y objeto de la presente licitación
c) Plazo: hasta dos (2) días hábiles antes del acto de apertura, respondiéndose
dentro del día hábil siguiente en la misma forma que el punto anterior. En
caso de no pronunciamiento de la Administración se entenderá que la
prórroga ha sido denegada.
4. ACTO DE APERTURA
El Acto de Apertura se realizará en el lugar, fecha y hora indicados en la
publicación.
Abierto el acto, en presencia de los funcionarios designados a tal efecto por la
Administración y los oferentes o sus representantes debidamente acreditados
que deseen asistir, no se podrá introducir modificación alguna a las propuestas.
Se controlará que las propuestas no presenten carencias o defectos, pero su
admisión inicial no será obstáculo para su invalidación posterior si se constataren
luego, carencias en la documentación presentada o defectos que violen los
requisitos legales o las aparten sustancialmente de este Pliego.
Culminado el acto, se labrará Acta circunstanciada del mismo siendo firmada por
los funcionarios actuantes y los oferentes, sus representantes o autorizados que
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deseen hacerlo, quienes podrán efectuar las observaciones que consideren
necesarias. Durante el acto de apertura se deberá exhibir cédula de identidad
vigente del compareciente.
4.1. PLAZO COMPLEMENTARIO
Si en el acto de apertura se constata la omisión de la presentación de
documentación o información cuya agregación posterior no altere materialmente
la igualdad de los oferentes, la Administración podrá otorgar un plazo de hasta
dos (2) días hábiles e improrrogables, a efectos de que los interesados puedan
subsanar la omisión, en un todo de acuerdo a lo establecido en el art. 65 del
TOCAF. De estos hechos debe quedar constancia en el Acta de apertura.
5. CONDICIONES DEL OFERENTE. FORMA Y CONTENIDO DE LA
PROPUESTA
5.1. CONDICIONES DEL OFERENTE
A efectos de la presentación de ofertas, los oferentes deberán:
Ser ESCO inscripta en el registro del MIEM.
Estar registrado en el Registro Único de Proveedores del Estado (RUPE),
conforme a lo dispuesto por el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 155/2013
de 21 de mayo de 2013. Los estados admitidos para aceptar ofertas de
proveedores son: en ingreso o activo en RUPE.
5.2. FORMA Y CONTENIDO DE LA PROPUESTA
Las ofertas deberán estar redactadas en forma clara y precisa, firmadas por el
oferente o sus representantes y debidamente foliadas.
Independientemente de lo establecido en el punto anterior, la misma podrá
presentarse:
Por escrito: de todos los documentos de la propuesta se entregará un
original con toda la información, que deberán presentarse bajo sobre
cerrado, dirigido a:
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
DIRECCION GENERAL DE SECRETARÍA
DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES Y PROVEEDURÍA
Rincón 723 – 1er Piso.
Cada sobre llevará bien visibles las siguientes indicaciones:
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o Sres. del Ministerio de Industria Energía y Minería – Dirección General de
Secretaría;
o Nombre fantasía de la Empresa y Razón Social;
o Número de RUT;
o Número y nombre de Licitación;
o Fecha y hora de apertura.
Vía Web: a través del sitio web www.comprasestatales.gub.uy, eximiéndose
en este caso de la presentación de la oferta en papel.
Las propuestas deberán contener:
o Formulario Anexo I – Identificación del oferente.
o Formulario Anexo II – Planilla para la cotización del oferente.
o Plan de trabajo y el Cronograma de actividades propuesto para la
realización del estudio.
o Documentación que permita evaluar la idoneidad técnica de la empresa
para el cumplimiento del objeto de la presente Licitación:
Antecedentes que permitan comprobar la experiencia de la
empresa consultora como ESCO, incluyendo un detalle de los
principales clientes atendidos.
Descripción del equipo de trabajo que participará, indicando la
experiencia de los encargados de relevar la información y realizar
las medidas en campo, adjuntando los antecedentes.
El oferente podrá presentar toda la información adicional complementaria a la
oferta que considere necesaria.
El contenido de las ofertas se considerará información confidencial, siempre que
sea entregada en ese carácter (artículo 10 de la Ley 18.381 de 17 de octubre de
2008), la información de clientes, la que puede ser objeto de propiedad
intelectual y aquellas de naturaleza similar. No se considerarán confidenciales
los precios y las descripciones de bienes y servicios ofertados y las condiciones
generales de la oferta.
Toda oferta que se presente fuera del plazo fijado para la recepción será
rechazada y devuelta sin abrir al oferente, con la constancia de fecha y hora en
que se recibe y el motivo por el cual es rechazada.
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Asimismo, las ofertas serán rechazadas cuando contengan propuestas de
cláusulas consideradas abusivas, atendiendo a lo dispuesto por la Ley Nº 17.250
de 11 de agosto de 2000, su Decreto reglamentario 244/000 de 23 de agosto de
2000 y demás normas modificativas y concordantes.
Toda cláusula imprecisa, ambigua, contradictoria u oscura, a criterio de la
Administración, se interpretará en el sentido más favorable a ésta.
Los oferentes están obligados a presentar toda la información que sea necesaria
para evaluar su oferta en cumplimiento de los requerimientos exigidos.
Ante la ausencia de información referida al cumplimiento o no de un
requerimiento, se considerará como que no cumple dicho requerimiento, no
dando lugar a reclamación alguna por parte del oferente.
Cualquier información contenida en las ofertas, puede ser objeto de pedidos de
aclaración por parte del MIEM, en cualquier momento antes de la adjudicación,
siempre y cuando no modifique el contenido de la misma. Asimismo las
respuestas y aclaraciones de los oferentes no podrán contener información que
modifique sus ofertas, de así suceder, la misma no será considerada por el
MIEM.
La oferta debe brindar información clara y fácilmente legible sobre lo ofertado.
6. CONDICIONES ESPECÍFICAS DEL SERVICIO A CONTRATAR
6.1. DURACIÓN DEL CONTRATO
El plazo máximo previsto para la ejecución del relevamiento y de la aprobación
de los formularios es de cinco (5) meses. El plazo se comienza a contabilizar una
vez que la DNE proporciona la muestra y el formulario definitivo, y finaliza con la
aprobación del último formulario por parte de la contraparte.
6.2. PLANIFICACIÓN Y CONTROL DEL SERVICIO
El trabajo se llevará a cabo bajo la responsabilidad de la Dirección Nacional de
Energía (DNE) del Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM), quien será
contraparte directa o quien esta designe.
7. ACTIVIDADES A CUMPLIR
a. Capacitación de los encuestadores de las ESCOs (en adelante empresa encuestadora) que realizarán el trabajo de campo.
b. A cada empresa encuestadora se le entrega la muestra adjudicada indicando para cada establecimiento a relevar: nombre, teléfono de contacto y dirección.
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c. En coordinación con la contraparte se realiza una prueba piloto a un total de 6 establecimientos, donde se realiza la encuesta presencial en conjunto con la empresa encuestadora con el fin de probar el formulario. Una vez cerrado el mismo se le suministra en forma digital a la empresa encuestadora, junto con el Manual del encuestador.
d. La empresa encuestadora se compromete en un plazo no superior a los 10 días hábiles una vez proporcionada la muestra, a presentar un cronograma de relevamiento de los establecimientos de la muestra, previa coordinación con cada establecimiento. Dicho cronograma no debe extenderse más de 5 meses a partir de la entrega de la muestra.
e. La empresa encuestadora debe relevar la información solicitada en el formulario (ver en el Anexo III el formulario tipo; no es el definitivo), y realizar las medidas que en el mismo se indiquen. Las mediciones están a cargo de la empresa encuestadora o en su defecto la misma se hace responsable de los datos que el propio establecimiento pueda suministrar. Entre otras mediciones se encuentran:
o En todos los establecimientos se debe medir la temperatura de pared de chimenea.
o Para los establecimientos medianos, grandes y muy grandes se debe medir la temperatura de gases de chimenea y composición de los mismos.
f. La empresa encuestadora es la responsable de la información cargada en los
formularios. g. La información de cada establecimiento debe ser suministrada a la DNE en
formato digital. h. Una vez analizada la información suministrada, la DNE se reserva el derecho
de realizar cuestionamientos y en tal instancia puede solicitar una verificación de la misma, dentro del plazo máximo establecido (5 meses). Por esta razón la empresa encuestadora debe ir entregando los formularios que ya fueron completados a la brevedad.
i. La DNE se reserva el derecho de presenciar el relevamiento, por lo tanto, cualquier cambio efectuado en el cronograma original debe ser informado con 24 horas de anticipación.
8. CONDICIONES GENERALES
Rigen para esta contratación las siguientes condiciones generales:
8.1. PROPIEDAD INTELECTUAL
Los derechos de autor de los documentos producidos serán de propiedad de la
Dirección Nacional de Energía, por lo cual, las empresas encuestadoras
contratadas no podrán compartir ni difundir la información producida en este
estudio con otros organismos o personas. La DNE podrá disponer de los
documentos y resultados del presente estudio para el uso que considere
conveniente
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8.2. COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD
Todos los relevamientos de información se realizan en el marco de la Ley Nº
16.616 del Sistema Estadístico, por tanto los datos que se reciban se manejarán
con los consiguientes resguardos que impone el secreto estadístico.
Las empresas encuestadoras deberán firmar un compromiso de confidencialidad
de acuerdo al modelo utilizado por el MIEM.
8.3. OTRAS CONDICIONES RELEVANTES
La DNE se reserva el derecho a dejar sin efecto las propuestas realizadas por
empresas en las que pueda existir conflicto de intereses.
La presentación de la propuesta implica que el oferente ha estudiado
exhaustivamente el presente Pliego, se ha compenetrado de las características
y naturaleza del objeto licitado, y en general ha obtenido y tomado en
consideración toda la información necesaria para evaluar los riesgos e
imprevistos que puedan afectar el completo, puntual y correcto cumplimiento de
su propuesta.
En consecuencia, por ninguna circunstancia podrá alegarse posteriormente,
causa alguna de ignorancia o falta de comprensión en lo que a condiciones de
cumplimiento se refiere y no se considerará adicional toda aquella tarea o insumo
que, aunque no esté especificado, tienda a satisfacerlas, aún si su necesidad se
hace evidente durante su desarrollo. Se deberá entender que la propuesta
presentada responde con exactitud a las necesidades y condiciones expresadas
en el Pliego y que su precio cubre todo lo que en ellos se prevé y lo que aun no
estando previsto resulta necesario para cumplir el objeto licitado.
Por el hecho de presentarse a la Licitación, el oferente reconoce implícitamente
la posibilidad de prestar los servicios requeridos por la Administración y se
compromete a realizarlo con personal apto para dar cumplimiento a los más
estrictos criterios de calidad y seguridad.
No podrá subarrendar ni ceder el Contrato sin consentimiento escrito del
Ministerio de Industria Energía y Minería.
La Administración podrá aumentar o disminuir la prestación de servicios
conforme a lo establecido en este Pliego, en cualquier etapa del contrato, atento
a las variaciones que se produzcan en las necesidades de los distintos servicios,
al amparo de lo establecido en el Art. 74 del TOCAF 2012.
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9. COTIZACIÓN DE LA PROPUESTA
Los precios deberán ser cotizados en moneda nacional con impuestos incluidos.
En caso de que esta información no surja de la propuesta, se considerará que el
precio cotizado comprende todos los impuestos.
Esta información se deberá presentar en el Anexo II, que forma parte de este
Pliego.
Se definen 3 muestras distribuidas geográficamente y por tamaño, según el
consumo energético: MG: muy grande; G: grande; M: mediana; P: pequeña
Cada empresa encuestadora debe presentar el presupuesto por separado para
cada una de las muestras, las cuales se encuentran definidas en el Anexo IV. Es
requisito excluyente cotizar las 3 muestras.
10. FORMA DE PAGO
Los pagos se realizarán de acuerdo al siguiente cronograma:
15% del monto total del contrato: Contra presentación del cronograma de trabajo.
15% del monto total, contra la aprobación del 15% de los formularios de la muestra adjudicada.
20% del monto total, contra la aprobación del 50% de los formularios de la muestra adjudicada.
20% del monto total, contra aprobación del 75% de los formularios de la muestra adjudicada.
El 30% restante del monto total se adjudicara una vez aprobado el 100% de
los formularios de la muestra adjudicada.
El pago se realizará dentro de los treinta (30) días posteriores a la presentación
de la factura, previa conformidad de la Administración, mediante transferencia a
través del SIIF, de los importes respectivos en la cuenta bancaria que el
adjudicatario tenga declarada en el RUPE.
Asimismo a efectos de poder hacer efectivo el cobro, el adjudicatario deberá
estar al día con sus obligaciones tributarias, laborales y de seguridad social.
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11. ESTUDIO Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
A los efectos del estudio de las ofertas, se considerarán los siguientes criterios:
Antecedentes de la empresa como ESCO (Máximo 20 puntos): Para cada proveedor, se asignará un (1) punto por estudio de diagnóstico presentado; hasta cinco (5) proyectos. Luego, se evaluará cada proyecto según el sector involucrado, los usos y las fuentes estudiadas, asignándose entre cero (0) y tres (3) puntos por proyecto.
Recursos humanos asignados al trabajo (Máximo 20 puntos): Se asignará el puntaje máximo al proveedor que disponga de la mayor cantidad de personal destinado al relevamiento con formación y experiencia acreditada en tareas de relevamiento de información para auditorías energéticas, adjudicándose a los demás en forma proporcional.
Categorización de la ESCO (Máximo 5 puntos): De acuerdo a la categorización de las Empresas de Servicios Energéticos realizada por la DNE, se asignarán cinco (5) puntos a las ESCOs de categoría A y cero (0) puntos a las de categoría B.
Postulaciones y desempeño en convocatorias a instrumentos de Eficiencia Energética impulsados por el MIEM (Máximo 30 puntos): o En el caso del “Premio de Eficiencia Energética” y “Certificados de Eficiencia
Energética”, se asignarán como máximo ocho (8) puntos, cuatro (4) por cada instrumento al que la ESCO se haya postulado.
o Para los instrumentos “Línea de Asesoramiento para Eficiencia Energética” y “Beneficio para Industria” se asignarán como máximo veintidós (22) puntos, once (11) por cada instrumento al que la ESCO se haya postulado; y se restarán dos (2) puntos por cada postulación rechazada por la DNE. El descuento máximo podrá ser de diez (10) puntos por instrumento.
Propuesta económica (Máximo 25 puntos): Para cada muestra cotizada, se asignará el puntaje máximo al proveedor que haya presentado el precio más bajo, adjudicándose a los demás en forma proporcional mediante la siguiente fórmula: Precio más bajo / Precio del oferente.
Las tres propuestas seleccionadas serán las que obtengan el mayor puntaje
total.
Sólo serán tomadas en consideración las ofertas que se ajustan a lo solicitado
en este Pliego y correspondan a empresas que cumplan con los requisitos de
admisibilidad establecidos en el mismo.
De acuerdo a lo establecido en el art. 66 del TOCAF, queda facultada la
Comisión Asesora de Adjudicaciones a hacer uso de las facultades que en dicha
norma se establecen. A título de ejemplo, cuando dos o más ofertas reciban
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calificación similar, de acuerdo a los criterios preestablecidos, la Comisión
Asesora de Adjudicaciones o la Administración podrán utilizar los mecanismos
de Mejora de Ofertas o Negociación, de acuerdo a lo previsto por el art. 66 del
TOCAF 2012.
12. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA
Las ofertas serán válidas y obligarán al oferente por el término de treinta (30)
días a contar desde el día siguiente al de la apertura de las mismas, a menos
que, antes de expirar dicho plazo, la Administración ya se hubiera expedido
respecto a ellas.
La presentación de un plazo de mantenimiento de oferta distinto al establecido
en el párrafo anterior, o el vencimiento del plazo fijado, no liberarán al oferente,
a no ser que medie notificación escrita a la Administración manifestando su
decisión de retirar la oferta o en caso de falta de pronunciamiento de esta última
en el término de diez (10) días hábiles perentorios.
13. ADJUDICACIÓN
A cada empresa encuestadora se le adjudicará una de las muestras que cotizó.
El MIEM se reserva el derecho de adjudicar más de una muestra a una misma
empresa encuestadora.
La selección de las ofertas presentadas se hará entre aquellas que precalifiquen
en base a la evaluación jurídico - formal y el juicio de admisibilidad.
Se seleccionarán las ofertas más convenientes para los intereses y las
necesidades del MIEM, aunque no sean las de menor precio.
Una vez efectuado el informe de la Comisión Asesora de Adjudicaciones,
cumplido lo dispuesto en el artículo 211 literal B) de la Constitución de la
República y dictada la Resolución correspondiente por el ordenador competente,
la Administración notificará al adjudicatario la aceptación de su oferta, sin
perjuicio de que en los pliegos de bases y condiciones generales o particulares
o en la resolución de adjudicación se establezca la forma escrita o requisitos de
solemnidad a cumplir con posterioridad al dictado del mencionado acto o existan
otras condiciones suspensivas que obsten a dicho perfeccionamiento (art. 69 del
TOCAF).
Se notificará asimismo a los demás oferentes.
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Los oferentes que resulten seleccionados, deberán haber adquirido el estado de
“Activo” en el RUPE, tal como surge de la Guía para Proveedores del RUPE. Si
el proveedor no se encuentra en este estado, se le otorgará un plazo de dos (2)
días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación de la
adjudicación, a fin de que el mismo adquiera dicho estado, bajo apercibimiento
de rescisión de contrato y adjudicación del llamado al siguiente mejor oferente
en caso de no cumplirse este requerimiento en el plazo mencionado.
Asimismo en el caso de rescisión del contrato antes de iniciarse su ejecución
material, por cualquier otro motivo, la Administración podrá efectuar la
adjudicación al siguiente mejor oferente.
La Administración podrá aumentar o reducir la cantidad a adjudicar en los
mismos términos previstos por el art. 74 del TOCAF 2012.
La Administración está facultada para:
Adjudicar total o parcialmente la licitación;
No adjudicar y dar por desierta la licitación;
Dividir la adjudicación entre oferentes que presenten ofertas similares en
los términos establecidos por el art. 66 del TOCAF 2012;
Rechazar todas las ofertas.
14. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Perfeccionado el contrato, el ADJUDICATARIO:
a) Será responsable de la prestación del servicio que ofrezca, por medio de
personal capacitado y eficiente en el cumplimiento de sus tareas respectivas.
b) Será responsable ante cualquier daño o perjuicio que fuera causado en el
cumplimiento de dicho servicio.
c) Deberá asegurar la confidencialidad de la información a que acceda en
ocasión o con motivo de la ejecución del contrato. Asimismo será responsable
de que el personal afectado al servicio, asegure dicha confidencialidad en
idénticos términos. Dicha información no podrá ser divulgada ni darse acceso a
persona no autorizada, bajo ningún concepto.
La obligación precedente regirá en forma ilimitada, aún luego del vencimiento del
contrato. Su incumplimiento será considerado falta grave y causal de rescisión
del contrato. Toda la información del MIEM contenida en archivos, documentos
de cualquier naturaleza, imágenes, expedientes, registros, bases de datos, sea
ésta financiero-contable, legal, administrativa o cualquier otra, es considerada
información confidencial.
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Igualmente se considera confidencial toda información relativa a la configuración
y características del edificio objeto del servicio que se contrata.
La Administración, ante el incumplimiento de lo establecido, podrá de pleno
derecho, rescindir el contrato respectivo sin que ello dé lugar a reclamación
alguna.
15. CONFORMIDAD
La Dirección Nacional de Energía, actuando como contraparte, hará
seguimiento a las actividades de relevamiento y evaluará los formularios
presentados por las empresas encuestadoras.
En caso de que algún aspecto del servicio no se adecue a lo establecido, se
establecerán las sanciones correspondientes, de acuerdo a lo previsto en los
puntos 16 y siguientes de este Pliego.
16. MULTAS
Producida la adjudicación, en caso de que el adjudicatario no cumpla con lo
ofrecido se le impondrá una multa del veinticinco por ciento (25%) del monto
adjudicado, sin perjuicio de las indemnizaciones por daños y perjuicios que
pudieran corresponder.
17. MORA
La mora se configurará por el incumplimiento de las obligaciones contractuales
y se producirá de pleno derecho, sin necesidad de intimación judicial ni
extrajudicial alguna por el solo vencimiento de los términos establecidos, y/o por
la realización u omisión de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer algo
contrario a lo estipulado o no hacer algo de lo acordado.
18. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
El oferente, en caso de corresponder, deberá constituir garantía de fiel
cumplimiento del contrato, en los términos y condiciones previstos por el artículo
64, inciso segundo del TOCAF 2012.
No se admitirán garantías personales de especie alguna.
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19. VALOR DE LA INFORMACIÓN PRESENTADA
Todos los datos indicados por el oferente, referidos a los elementos contenidos
en la oferta, tendrán carácter de compromiso. Si se verifica que no responden
estrictamente a lo establecido en la propuesta, la Administración podrá
rechazarlos de plano, rescindiendo el contrato respectivo sin que ello dé lugar a
reclamación de clase alguna.
20. RESCISIÓN DEL CONTRATO
La Administración tendrá el derecho a rescindir unilateralmente el Contrato por
incumplimiento total o parcial del adjudicatario con la debida notificación. Se
señalan exclusivamente a vía de ejemplo los siguientes casos:
a) Si la evaluación de la prestación realizada indica que la misma no es
satisfactoria, a criterio de la Administración.
b) Abandono de los trabajos por parte del adjudicatario.
c) Incumplimiento o violaciones repetidas de las condiciones contractuales.
d) Desobediencia repetida de parte del contratista de órdenes o instrucciones
impartidas por la Administración.
e) El contratista se asocie con otro o sub contrate a terceros la ejecución del
contrato, o de parte del mismo, sin previa autorización de la Administración.
f) Cuando el contratista, obrando con dolo y reiteradamente, infringiera la
legislación laboral o previsional referente al personal empleado para realizar el
trabajo.
g) Violación al deber de confidencialidad establecido en este Pliego.
La rescisión por incumplimiento del adjudicatario aparejará su responsabilidad
por los daños y perjuicios ocasionados a la Administración, la pérdida o ejecución
de la garantía de fiel cumplimiento de contrato en concepto de pena y la
obligación de abonar las multas correspondientes.
Lo previsto en el presente numeral se hace extensible a cualquier causal de
rescisión que surja de este Pliego.
21. RESERVA
La Administración se reserva la facultad de exigir acumulativamente con el pago
de las multas, el resarcimiento de los daños y perjuicios sufridos en razón del
incumplimiento y/o rescisión y/o iniciar acciones penales si corresponde.
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22. NORMATIVA APLICABLE
Constituye normativa aplicable en el presente llamado:
- Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera del Estado
(TOCAF aprobado por Decreto N° 150/012 de 11 de mayo de 2012) y demás
normas modificativas, concordantes y complementarias.
- Decreto N° 131/014 de 19 de mayo de 2014 (Pliego Único de Bases y
Condiciones Generales para los contratos de suministros y servicios no
personales), en lo que no se le oponga al presente.
- Este Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
- Decreto N° 500/991 de 27 de setiembre de 1991 (Procedimiento
Administrativo).
- Decreto N° 342/999 de 26 de octubre de 1999 (Registro General de
Proveedores del Estado), modificado por el decreto 20/2002 de 16 de enero de
2002.
- Ley Nº 16.616 de 20 de octubre de 1994 (Creación del Sistema Estadístico
Nacional – SIEN)
- Ley N° 17.060 de 23 de diciembre de 1998 (Uso indebido del poder público,
corrupción).
- Ley N° 17.250 de 11 de agosto de 2000 y Decreto N° 244/000 de 23 de agosto
de 2000 (Relaciones de Consumo).
- Decreto N° 475/005 de 14 de noviembre de 2005.
- Ley N° 18.098 de 12 en enero de 2007 (Empresas que contraten servicios
tercerizados con organismos estatales).
- Demás leyes, decretos y resoluciones aplicables a la materia del presente
Pliego.
- Decreto N° 155/013 de 21 de mayo de 2013 (Registro Único de Proveedores
del Estado).
- Decreto N° 371/010 de 14 de diciembre de 2010 (MIPYMES).
23. EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD
La Administración podrá desistir del llamado en cualquier etapa de su realización,
o podrá desestimar todas las ofertas. Ninguna de estas decisiones generará
derecho alguno de los participantes a reclamar por gastos, honorarios o
indemnizaciones por daños y perjuicios.
18
ANEXO I - PRESENTACION DEL OFERENTE
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 23/2016
Señores del Ministerio de Industria, Energía y Minería
RAZON SOCIAL DE LA EMPRESA: _______________________________________
NOMBRE COMERCIAL DE LA EMPRESA: _________________________________
RUT: ____________________________ GRUPO/SUB-GRUPO MTSS: ___________
DOMICILIOS A LOS EFECTOS DE LA PRESENTE LICITACIÓN:
Calle: __________________________________________ N°: __________________
Código Postal: ________________________________________________________
Localidad: ____________________________________________________________
Domicilio electrónico constituido (e-mail): _________________________________
Teléfonos fijo y móvil: __________________________________________________
Fax: _________________________________________________________________
Declaraciones:
1.- Estar en condiciones legales de contratar con el Estado: _________________
2.- Amparo al régimen de MIPYMES: ______________________________________
3.- Preferencia por industria nacional:_____________________________________
4.- Se compromete a prestar los servicios requeridos y explicitados en la presente
licitación, en un todo de acuerdo al Pliego de condiciones que rige este llamado,
que declara conocer y aceptar en todos sus artículos y anexos.
Fecha: __________________
Firma: ________________________________________________
Aclaración: ____________________________________________
(*) Titular de empresa unipersonal, apoderado, representante estatutario, socio
administrador u otro (especificar).
19
NOTA: completar y firmar la siguiente declaración jurada.
SOCIEDADES COMERCIALES y otras entidades pluripersonales
Declaración jurada:
Fecha: _________________________________
Declaro haber firmado la oferta y documentación adjunta en nombre y
representación de la empresa ___________________________________________,
estando investido al efecto de facultades suficientes, legítimas y vigentes a la
fecha. Declaro asimismo que dicha empresa es persona jurídica hábil y vigente.
Firma: _________________________________________________
Aclaración: _____________________________________________
APODERADOS DE EMPRESAS UNIPERSONALES
Declaración jurada
Fecha: _________________________________
Declaro haber firmado la oferta y documentación adjunta, en nombre y
representación de la empresa ___________________________, estando investido
al efecto, de facultades suficientes, legítimas y vigentes a la fecha.
Firma: _________________________________________________
Aclaración: _____________________________________________
TITULARES DE EMPRESAS UNIPERSONALES
Declaración jurada
Fecha: _________________________________________________
Declaro haber firmado la oferta y documentación adjunta, en mi calidad de único
titular de la empresa ______________________________________
Firma: __________________________________________________
Aclaración: ______________________________________________
20
ANEXO II - PLANILLA PARA LA COTIZACIÓN DEL OFERENTE
LICITACIÓN ABREVIADA N° 23/2016
1 Nota: Considerar el asesoramiento de la ESCO a sus clientes en la postulación al premio de eficiencia energética.
Total Parcial Total Parcial
A B
SI NO 1 2 3 4 5 o +
25
25
25
SI NO
El oferente obtendrá tres TOTALES, uno por cada muestra cotizada. 100 100 100
5. Propuesta económica (es obligatorio cotizar los tres items)
¿Está interesado en relevar más de una Muestra?
(se debe presentar el informe de cada proyecto)
Realización de estudios de diagnóstico en los últimos 2 años (hasta 5 proyectos):
Formación y experiencia
Cantidad de recursos humanos:
Por cada recurso humano se debe adjuntar un CV. Previo a la
adjudicación se solicitará documentación probatoria.
(la experiencia puede ser acreditada por la propia ESCO)
TOTAL
Puntaje máximo
20
20
5
30
SectorUsos Fuentes
Muestra 2
Muestra 3
1. Antecedentes de la empresa como ESCO
2. Recursos humanos asignados al trabajo
3. Categorización de la ESCO
4. Postulaciones y desempeño en convocatorias de Eficiencia Energética impulsadas por el MIEM
Categoría
Instrumento
Premio de Eficiencia Energética 1
Certificados de Eficiencia Energética
Línea de Asistencia para
Eficiencia Energética
Beneficio para industria
5.
Muestra 1
Nombre del proyecto
1.
2.
3.
4.
Precio en UYU (impuestos incluidos)MUESTRA
¿Se postuló? N° de postulaciones rechazadas
-
-
21
ANEXO III – FORMULARIO TIPO
LICITACIÓN ABREVIADA N° 23/2016
Ver archivo adjunto.
22
ANEXO IV – MUESTRA INDUSTRIAL - BNEU
LICITACIÓN ABREVIADA N° 23/2016
Población objetivo:
La población objetivo son las industrias del territorio nacional.
Se corresponden con la clasificación “C” del código CIIU rev. 4 – INE.
Marco muestral:
Base proporcionada por UTE con datos 2015, la misma posee información sobre
cada contador. Para la muestra se utilizará el consumo eléctrico y la información
sobre la actividad económica principal (CIIU rev. 4).
Unidades de muestreo:
Son los establecimientos que conforman el marco muestral proveniente de
UTE.
Diseño muestral:
El diseño para la selección de la muestra es estratificado con asignación de
poder (“power allocation”).
Los dominios para los cuales se brindarán estimaciones son los siguientes:
Dominio CIIU rev. 4
Frigoríficos 101
Lácteos 105
Molinos 106
Otras Alimenticias 102, 103, 104, 107, 108
Bebidas y Tabaco 11 y 12
Textil 13 y 14
Cuero 15
Madera 16
Papel y Celulosa 17 y 18
Química, Plástico y Caucho 19, 20, 21 y 22
Cemento 2394 y 2395
Otras Manufactureras 23 (menos cemento), 24, 25 … 33
Dentro de cada dominio (12) se construyen 4 estratos de tamaño, utilizando
como variable auxiliar el consumo de Energía Eléctrica, conformándose de la
siguiente manera:
23
MG: Consumo anual de electricidad mayor o igual a 3 GWh
G: Consumo anual de electricidad menor a 3 GWh y mayor o igual a 200
MWh
M: Consumo anual de electricidad menor a 200 MWh y mayor o igual a
30 MWh
P: Consumo anual de electricidad menor a 30 MWh
Conformando así 48 estratos.
Los establecimientos de inclusión forzosa son todos aquellos clasificados como
“MG” (Muy Grandes)1.
TAMAÑO MUESTRA nh N
MUESTRA MARCO MUESTRAL
MG G M P TOTAL MG G M P TOTAL
Bebidas y
Tabaco
11 3 3 3 20 11 12 63 346 432
Cemento 6 1 1 1 9 6 4 12 60 82
Cuero 3 10 1 2 16 3 12 31 250 296
Frigoríficos 25 40 3 1 69 25 57 51 131 264
Lácteos 17 14 3 2 36 17 22 87 188 314
Madera 7 10 7 12 36 7 15 171 2269 2462
Molinos 12 24 2 1 39 12 31 37 97 177
O. Alimenticias 17 49 19 16 101 17 81 636 2132 2866
O.
Manufactureras
8 30 9 18 65 8 59 221 3728 4016
Papel 7 13 3 4 27 7 22 74 630 733
Química 24 48 7 3 82 24 97 163 435 719
Textil 3 9 3 4 19 3 26 72 631 732 TOTAL 140 251 61 67 519 140 438 1618 10897 13093
Error: 5% Nivel de significación: 95%
1 Luego, a partir de información sobre principales establecimientos consumidores de combustibles y principalmente de resultados de encuestas anuales, se incorporaron también al estrato MG aquellos que consumían más de 750 tep/año de combustibles (sin ser EE).
24
Por departamento: ARTIGAS 9
CANELONES 80
CERRO LARGO 11
COLONIA 30
DURAZNO 8
FLORES 4
FLORIDA 6
LAVALLEJA 8
MALDONADO 15
MONTEVIDEO 234
PAYSANDU 22
RIO NEGRO 8
RIVERA 9
ROCHA 10
SALTO 12
SAN JOSE 30
SORIANO 6
TACUAREMBO 10
TREINTA Y TRES 7
25
70 industrias
73 industrias
62 industrias
MUESTRA 1 MUESTRA 2 MUESTRA 3
MG G M P TOTAL MG G M P TOTAL MG G M P TOTAL
CANELONES 7 19 1 4 31 6 16 3 2 27 6 9 3 4 22
MONTEVIDEO 16 41 13 10 80 14 41 12 9 76 14 39 15 10 78
RESTO 23 24 7 8 62 27 26 5 12 70 27 36 2 8 73
TOTAL 46 84 21 22 173 47 83 20 23 173 47 84 20 22 173