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ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE ARCHIDONA Plaza Ochavada, 1 E – 29300 ARCHIDONA (Málaga) - 1 - N.I.F. P-2901700-A NºR.E.L. 01290173 FAX 95 2714165 Tlf. Información 95 2714480 SEÑORES/AS ASISTENTES: Sr. Alcalde-Presidente: D. Manuel Sánchez Sánchez (G.M. IU-LV-CA). Grupo Municipal IU-LV-CA: D. Francisco Jiménez Aguilera D. Juana Mª Barrio Alba D. Francisco J. Toro Martín Dª María Ábalos Garrido D. Juan Antonio Lara Medina Grupo Municipal PSOE-A: D. Enrique Domínguez Sánchez Lafuente. D. Juan Antonio Peláez Reina Dª. Mª Carmen Romero Jiménez D. Miguel Cebrián Zafra Dª Aranzazu Toledo Rojas Grupo Municipal P.P.: D. Alberto Arjona Romero Sr. Interventor: D. Samuel García Pastor Sr. Secretario General: D. José Daniel Ramos Núñez No asiste, sin excusar ausencia: D. Agustín Valero Arce. (GM Popular). Nº 12/2012 ACTA de la sesión ordinaria celebrada en primera convocatoria por el Pleno Corporativo con fecha 19 de diciembre de 2012. En la Ciudad de Archidona siendo las diecinueve horas y diez minutos del día diecinueve de diciembre del año dos mil doce, en el Salón de Plenos de este Ayuntamiento ubicado en la planta primera de esta Casa Consistorial sita en Plaza Ochavada, nº 1, se reúnen en primera convocatoria los señores y las señoras anotados al margen, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde- Presidente Don Manuel Sánchez Sánchez, asistido del Secretario del Ayuntamiento, Don José Daniel Ramos Núñez, al objeto de celebrar en primera convocatoria sesión ordinaria del Pleno Corporativo del Ilustre Ayuntamiento de Archidona, conforme a la convocatoria efectuada mediante decreto de Alcaldía nº 2012000840 de 17 diciembre. Comprobada por el Sr. Secretario la existencia del quórum legalmente exigido en el art. 46.2 c) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se procede al examen y adopción de acuerdos de los asuntos incluidos en el siguiente ORDEN DEL DÍA 1º.- OBSERVACIONES, EN SU CASO, AL ACTA ANTERIOR PENDIENTE DE APROBACIÓN: Nº 11/2012 DE 13 DE NOVIEMBRE. Por la Presidencia se ofrece la palabra a los asistentes por si han de efectuar alguna observación a las referidas actas que se someten a la consideración del Pleno. El Portavoz del GM Socialista, Sr. Domínguez Sánchez Lafuente, observa que existe omisión en la pág. 32, punto de ruegos y preguntas cuando él mismo plantea el segundo ruego, donde dice “…si se ha hecho todo lo posible para incluir dotaciones presupuestarias para acometer obras de acondicionamiento en la Residencia San Carlos para su adaptación a la Ley de Dependencia” realmente manifestó: “…si se ha hecho todo lo posible por la Diputación Provincial para incluir dotaciones presupuestarias para acometer obras de acondicionamiento en la Residencia San Carlos para su adaptación a la Ley de Dependencia” Tras lo cual, y no produciéndose más intervenciones por los presentes quedan aprobadas en los términos en que han sido redactadas, para su trascripción al Libro Oficial correspondiente.

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ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE ARCHIDONA

Plaza Ochavada, 1 ♦ E – 29300 ARCHIDONA (Málaga)

- 1 -

N.I.F. P-2901700-A ♦ NºR.E.L. 01290173 ♦ FAX 95 2714165 ♦ Tlf. Información 95 2714480

SEÑORES/AS ASISTENTES: Sr. Alcalde-Presidente: D. Manuel Sánchez Sánchez (G.M. IU-LV-CA). Grupo Municipal IU-LV-CA: D. Francisco Jiménez Aguilera D. Juana Mª Barrio Alba D. Francisco J. Toro Martín Dª María Ábalos Garrido D. Juan Antonio Lara Medina Grupo Municipal PSOE-A: D. Enrique Domínguez Sánchez Lafuente. D. Juan Antonio Peláez Reina Dª. Mª Carmen Romero Jiménez D. Miguel Cebrián Zafra Dª Aranzazu Toledo Rojas Grupo Municipal P.P.: D. Alberto Arjona Romero Sr. Interventor: D. Samuel García Pastor Sr. Secretario General: D. José Daniel Ramos Núñez No asiste, sin excusar ausencia: D. Agustín Valero Arce. (GM Popular).

Nº 12/2012

ACTA de la sesión ordinaria celebrada en primera convocatoria por el Pleno Corporativo con fecha 19 de diciembre de 2012. En la Ciudad de Archidona siendo las diecinueve horas y diez minutos del día diecinueve de diciembre del año dos mil doce, en el Salón de Plenos de este Ayuntamiento ubicado en la planta primera de esta Casa Consistorial sita en Plaza Ochavada, nº 1, se reúnen en primera convocatoria los señores y las señoras anotados al margen, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde-Presidente Don Manuel Sánchez Sánchez, asistido del Secretario del Ayuntamiento, Don José Daniel Ramos Núñez, al objeto de celebrar en primera convocatoria sesión ordinaria del Pleno Corporativo del Ilustre Ayuntamiento de Archidona, conforme a la convocatoria efectuada mediante decreto de Alcaldía nº 2012000840 de 17 diciembre. Comprobada por el Sr. Secretario la existencia del quórum legalmente exigido en el art. 46.2 c) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se procede al examen y adopción de acuerdos de los asuntos incluidos en el siguiente

ORDEN DEL DÍA

1º.- OBSERVACIONES, EN SU CASO, AL ACTA ANTERIOR PENDIENTE DE APROBACIÓN: Nº 11/2012 DE 13 DE NOVIEMBRE.

Por la Presidencia se ofrece la palabra a los asistentes por si han de efectuar alguna observación a las referidas

actas que se someten a la consideración del Pleno. El Portavoz del GM Socialista, Sr. Domínguez Sánchez Lafuente, observa que existe omisión en la pág. 32, punto

de ruegos y preguntas cuando él mismo plantea el segundo ruego, donde dice “…si se ha hecho todo lo posible para incluir dotaciones presupuestarias para acometer obras de acondicionamiento en la Residencia San Carlos para su adaptación a la Ley de Dependencia” realmente manifestó: “…si se ha hecho todo lo posible por la Diputación Provincial para incluir dotaciones presupuestarias para acometer obras de acondicionamiento en la Residencia San Carlos para su adaptación a la Ley de Dependencia” Tras lo cual, y no produciéndose más intervenciones por los presentes quedan aprobadas en los términos en que han sido redactadas, para su trascripción al Libro Oficial correspondiente.

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Plaza Ochavada, 1 ♦ E – 29300 ARCHIDONA (Málaga)

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COMISIÓN INFORMATIVA DE HACIENDA, PERSONAL, PATRIMONIO, RÉGIMEN INTERIOR Y SEGUIMIENTO DE LA GESTIÓN MUNICIPAL.

2º.- SEGUIMIENTO DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO MUNICIPAL (DACIÓN DE CUENTA DECRETOS DE ALCALDÍA).

Por Secretaría se da lectura al Informe emitido con fecha 17 de diciembre de 2012, por la Comisión Informativa de

Hacienda, Personal, Patrimonio, Régimen Interior y Seguimiento de la Gestión Municipal en los siguientes términos:

“Segundo.- Seguimiento de los órganos de gobierno municipal (Dación de cuenta Decretos de Alcaldía).- Por la Presidencia, se informa a los asistentes de las cuestiones más importantes que han ocupado la actividad de los órganos de gobierno municipal desde la celebración de la anterior Comisión Informativa, enumerando las que siguen y ello sin perjuicio de las que pueda adicionarse en la correspondiente sesión plenaria: � En primer lugar informa de la reunión mantenida con los directores de las distintas entidades bancarias que tienen oficina en Archidona a los que se dio traslado del acuerdo plenario adoptado en relación a las medidas adoptadas para paliar y frenar los desahucios hipotecarios. � Se asistió a reunión en Diputación Provincial para tratar acerca de las ayudas por daños derivados de las pasadas inundaciones, fundamentalmente para arreglo de caminos y reposición de infraestructuras. � Se abordó igualmente con ADIF cuestión relativa a los daños sufridos en caminos y fincas particulares por las obras del AVE y que se pusieron de manifiesto como consecuencia de las pasadas inundaciones, siendo receptivos al respecto. � El Delegado Territorial de la Consejería de Fomento visitó las obras que se llevan a cabo para el arreglo y reapertura de la carretera A-7202, que se espera concluyan a primeros de enero. � Se mantuvo reunión con todos los Delegados Territoriales de la Junta de Andalucía en Málaga, al objeto de abordar cuestiones que al día de la fecha se hayan pendientes de resolución a fin de darles un impulso definitivo. � Se ha mantenido así mismo reunión con la Dirección General de la ISE en relación con la rehabilitación del Colegio san Sebastián, habiéndose cursado reciente visita por parte de Técnicos de dicho organismo a fin de adaptar el proyecto de obra a la financiación disponible. � Se asistió a encuentro con Bomberos en acción procedentes de Paraguay para impulsar campaña de recogida de juguetes con destino a los niños/as de dicho país. � El programa de ayuda social sigue ejecutándose a través de las distintas ayudas que se ofrecen para el pago de alquileres, suministro de alimentos y otras acciones de urgencia social. � Las Jornadas de patrimonio “Archidonear” se celebraron en su cuarta edición. � La sala de exposiciones sigue con su programa acogiendo en estas fechas una muestra de grabados XX años con la gráfica malagueña. � La Banda municipal de música celebró el tradicional concierto de santa Cecilia, evento que sirvió para la presentación de los nuevos trajes. � Se han publicado las bases del concurso de relato corto Ciudad de Archidona. � Las ayudas escolares a niños/as de entre 3 y 5 años se encuentran en fase de resolución una vez expirado el plazo de presentación de solicitudes. � Se conmemoró el Día contra la violencia de género con diversos actos organizados por el Centro de Información a la Mujer. � Se ha iniciado trabajo para la elaboración del Plan Local de Salud. � Se encuentra abierto el plazo para la presentación de solicitudes correspondientes al programa RETOS que gestiona Nororma y que posibilita acción formativa de guardia forestal y medioambiental. � Se ha celebrado actuación teatral en inglés para escolares dentro del programa de inmersión lingüística.

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� Las ayudas para nuevos emprendedores y pymes se encuentra en fase de resolución una vez ha sido informada por la comisión especial establecida en el Reglamento que las regula. � La programación de eventos culturales para las fiestas de navidad ha sido presentada habiéndose celebrado ya algunos de ellos. � Las actividades deportivas se desarrollan conforme a la programación llevada a cabo por el PMD, debiendo destacarse la celebración de la gala anual del deporte con la entrega de premios y reconocimientos, así como la apertura de las instalaciones de ducha de la piscina cubierta municipal una vez superado el test de legionella. � Las distintas obras que se ejecutan por el Ayuntamiento siguen su normal evolución, reseñándose al respecto de las de mejora en la Bda. De Salinas, accesibilidad al parque de los Eucaliptos, rehabilitación de vivienda municipal en Molino Don Juan, centro de interpretación del cerro de la Virgen de Gracia, cafetería del campo de fútbol, etc. � En materia de presupuestos participativos se ha participado en jornadas celebradas en Portugal y Sevilla exponiendo la experiencia de nuestro municipio, habiendo acogido Encuentro Andaluz de Democracia Local y Participación organizado la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales. � Se ha acometido el arreglo de diversos caminos rurales que habían quedado deteriorados tras el episodio de fuertes lluvias de finales de septiembre. � Se ha colaborado con Nororma en la plantación de árboles autóctonos en las zonas de Fuente de los Berros y sacristán; habiéndose acometido la poda de olmos en la zona del Llano y la mejora de la zona ajardinada en el nuevo Recinto Ferial. � Se ha abierto al público la nueva oficina municipal para la atención de usuarios de la red wifi. No existiendo otros asuntos de los que informar al margen de los que se derivan de las actas de la Junta de Gobierno Local que han recibido en sus domicilios los señores/as concejales/as y los decretos de Alcaldía nº 2012000721 a 2012000834, que han sido promulgados en este periodo y que se encuentran a disposición de los presentes para su información; la Presidencia se ofrece a responder cuantas cuestiones puedan suscitarse al respecto, sin que por parte de los presentes se plantee ninguna.” Seguidamente por el Sr. Alcalde se destacan algunos de los asuntos reseñados anteriormente y se añaden, entre otros:

• Reconocimiento Solidario de las Letras a a Dª Nerea Alcaraz (CEIP S. SEBASTIÁN) (Premio concedido por la Junta de Andalucía).

• En próxima Junta de Gobierno se concederán ayudas a nuevos emprendedores nuevos y pymes. • Gala del Deporte. Felicita y agradece a todos los grupos participantes especialmente a D. Juan M. Jiménez García

por ser nombrado Deportista del año. • Cross Ciudad de Archidona. • Programa Educando en Consumo y campaña de fomento de copras navideñas en comercios locales y talleres de

actividades económicas.

DE CARÁCTER RESOLUTIVO

3º.- DETERMINACIÓN DEL RÉGIMEN DE SESIONES ORDINARIAS DEL PLENO CORPORATIVO PARA LA ANUALIDAD DE 2013.

Por Secretaría se da lectura al dictamen favorable emitido con fecha 17 de diciembre de 2012, por la Comisión

Informativa de Hacienda, Personal, Patrimonio, Régimen Interior y Seguimiento de la Gestión Municipal en los siguientes términos:

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“Tercero.- Determinación del régimen de sesiones ordinarias del Plano Corporativo para la anualidad de 2013.- Por el Sr. Alcalde se formula propuesta para la determinación del régimen de sesiones ordinarias a celebrar por el Pleno Corporativo en la anualidad de 2013 siendo ésta la siguiente: un día a la semana de entre los que seguidamente se indican con preferencia en jueves: del 4 al 8 de febrero, del 11 al 15 de marzo, del 6 al 10 de mayo, del 10 al 14 de junio, del 22 al 26 de julio, del 16 al 20 de septiembre, del 4 al 8 de noviembre, y del 16 al 20 de diciembre. No produciéndose intervención alguna se somete directamente a votación, acordando los reunidos por unanimidad (seis votos: 3 IULV-CA, 2 PSOE-A y 1 PP) dictaminar favorablemente la adopción de acuerdo en los términos que resultan de la propuesta del Sr. Alcalde. Pase a Pleno.” Sin que se produzcan intervenciones y sometido el asunto a votación ordinaria, el Pleno acuerda por unanimidad de los presentes (12 votos: 6 GM IULVCA, 5 GM Socialista y 1 GM Popular) lo que supone la mayoría absoluta del número legal de Miembros de la Corporación, ratificar el dictamen en sus justos términos. 4º.- APROBACIÓN INICIAL MODIFICACIÓN DE ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA DEL CEMENTERIO MUNICIPAL.

Por Secretaría se da lectura al dictamen favorable emitido con fecha 17 de diciembre de 2012, por la Comisión Informativa de Hacienda, Personal, Patrimonio, Régimen Interior y Seguimiento de la Gestión Municipal en los siguientes términos: “Sexto.- Modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa del Cementerio Municipal.- Por el Sr. Tte. de Alcalde delegado de Hacienda y Personal, se da cuenta del contenido de la modificación propuesta. Por el Grupo Socialista interviene el Sr. Peláez Reina para anunciar su inicial abstención reservándose para un pronunciamiento más concreto en pleno. En similares términos se expresa el Sr. Arjona Romero por el Grupo Popular. Sin que se produzcan nuevas intervenciones y sometido directamente a votación, los reunidos por mayoría absoluta al votar a favor los tres concejales del Grupo de IULV-CA, y abstenerse los del Grupo PSOE-A (2) 1 Popular (1) acuerdan dictaminar favorablemente la aprobación de la modificación propuesta. Pase a Pleno.” Tras lo cual se da cuenta de la propuesta de fecha 11 de diciembre de 2012 por el Sr. Concejal delegado de Hacienda, Sr. Jiménez Agujera justificando los motivos que han determinado su presentación. En representación del GM Popular el Sr. Arjona Romero manifiesta el voto favorable de su grupo motivado en la necesidad de su modificación ya que las tarifas no se revisan desde 2006 y se hacen continuas obras y mejoras en el cementerio que hay que sufragar. En representación del GM Socialista interviene su Portavoz Sr. Domínguez Sánchez Lafuente quien anticipa el voto en contra de su grupo al objeto de seguir con su línea en esta legislatura, estando de acuerdo en que hay que efectuar las mejoras sin subir las tarifas. Cierra el turno de intervenciones el proponente Sr. Jiménez Agujera, Portavoz del GM IULVCA quien concluye que no es un incremento significativo y hay que aproximarse a cubrir los costes del servicio. Visto el Informe técnico económico nº 409/2012 e Informe nº 410/2012 ambos de 13 de diciembre, emitidos por Intervención Municipal, visto lo dispuesto en los arts. 15 y ss, RD Leg. 2/2004 de 5 de marzo TRLHL, arts. 22.2 d) LBRL y Ley 8/89 de Tasas y Precios públicos, Sin que se produzcan más intervenciones, sometida la propuesta por la Presidencia a votación ordinaria, el Pleno acuerda por mayoría absoluta del número legal de Miembros de la Corporación (6 votos favorables del GM IULVCA, 1 del GM Popular, y 5 votos en contra del GM Socialista): Primero: Aprobar inicialmente la modificación de la ordenanza fiscal nº 12 en cuanto a modificación de las tarifas contenidas en el art. 6 las cuales serán las siguientes:

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Se fija en 1.14 euros el importe asignado a cada una de las unidades de módulo recogidas en el ap. 2º del citado artículo. Se modifican las unidades de módulo para los siguientes servicios: -Inhumaciones en zanjas ordinarias U.M. 16,30 -Permanencia en nichos pasados los 5 años: 13,50 -Permanencia en sepultura de tierra pasados los 5 años: 13,50 -Utilización del frigorífico: 37,09 -Utilización casa de duelos: 307,03 -Conservación nichos propiedad: 4,85 -Conservación fosa en propiedad: 4,85 Conservación capillas, mausoleos, panteones: 4,85 Segundo.- Ordenar su exposición pública mediante anuncio en el B.O.P. y tablón Oficial de Edictos por plazo de treinta días, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Tercero: Elevar a definitivo el presente acuerdo para el supuesto de que finalizado el período de exposición pública no se hubieran presentado reclamaciones, y en tal supuesto: 1º.- Dar traslado a la Subdelegación del Gobierno y Delegación del Gobierno en Málaga del presente acuerdo en unión de certificación comprensiva de la no presentación de alegaciones en su caso, así como del texto íntegro de la ordenanza o modificación efectuada. 2º.- Ordenar la publicación del texto íntegro de la ordenanza o modificación en el B.O.P. con expresión de la fecha de entrada en vigor y recursos procedentes. 3º.- Ordenar la inserción del texto íntegro de la ordenanza o modificación en la página web del Ayto. de Archidona. Cuarto: Dar traslado a Intervención municipal para cumplimiento de lo ordenado y demás efectos procedentes.

5º.- APROBACIÓN INICIAL MODIFICACIÓN DE ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PUESTOS PÚBLICOS, BARRACAS, ETC.

Por Secretaría se da lectura al dictamen favorable emitido con fecha 17 de diciembre de 2012, por la Comisión Informativa de Hacienda, Personal, Patrimonio, Régimen Interior y Seguimiento de la Gestión Municipal en los siguientes términos: “Séptimo.- Modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por puestos públicos, barracas, etc.- Por el Sr. Tte. de Alcalde delegado de Hacienda y Personal, se da cuenta del contenido de la modificación propuesta. Por el Grupo Socialista interviene el Sr. Peláez Reina para anunciar su inicial abstención reservándose para un pronunciamiento más concreto en pleno. El Sr. Arjona Romero del Grupo Popular expresa su apoyo hacia dicha iniciativa al tratarse de la imposición de tasa que gravará una actividad lucrativa. Sin que se produzcan nuevas intervenciones y sometido directamente a votación, los reunidos por mayoría absoluta al votar a favor los concejales del Grupo de IULV-CA (3) y Popular (1), y abstenerse los del Grupo PSOE-A (2) acuerdan dictaminar favorablemente la aprobación de la modificación propuesta. Pase a Pleno”.

Tras lo cual se da cuenta de la propuesta de fecha 12 de diciembre de 2012 por el Sr. Concejal delegado de Hacienda, Sr. Jiménez Agujera justificando los motivos que han determinado su presentación. En representación del GM Popular el Sr. Arjona Romero manifiesta el voto favorable de su grupo motivado en la necesidad de cubrir el coste del servicio y al tratarse

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de una actividad lucrativa. En representación del GM Socialista interviene el Sr. Cebrián Zafra quien anticipa el voto en contra de su grupo ya que si bien hay que cubrir costes del servicio, dada la situación actual de crisis económica agravado por los recortes contiguos del Gobierno Central, considera que no es el momento adecuado de incrementar las tarifas. Cierra el turno de intervenciones el proponente Sr. Jiménez Agujera, Portavoz del GM IULVCA quien concluye que el servicio es deficitario manifestando que el crecimiento de la Feria del Perro es importante y hay un fin comercial. Visto el Informe técnico económico nº 407/2012 e Informe nº 408/2012 ambos de 13 de diciembre, emitidos por Intervención Municipal, visto lo dispuesto en los arts. 15 y ss, RD Leg. 2/2004 de 5 de marzo TRLHL, arts. 22.2 d) LBRL y Ley 8/89 de Tasas y Precios públicos, sin que se produzcan más intervenciones y sometido el asunto a votación ordinaria, el Pleno acuerda con el voto favorable de los representantes de los GM IULVCA (6 votos) y GM Popular (1 voto) y el voto en contra de los representantes del GM Socialista (5 votos), lo que supone la mayoría absoluta del número legal de Miembros de la Corporación: Primero.- Aprobar inicialmente la modificación de la Ordenanza fiscal nº 16 en lo que se refiere al art. 6, e incluir “Instalación de stand en la Feria del Perro, 27 euros.” Segundo.- Ordenar su exposición pública mediante anuncio en el B.O.P. y tablón Oficial de Edictos por plazo de treinta días, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Tercero: Elevar a definitivo el presente acuerdo para el supuesto de que finalizado el período de exposición pública no se hubieran presentado reclamaciones, y en tal supuesto: 1º.- Dar traslado a la Subdelegación del Gobierno y Delegación del Gobierno en Málaga del presente acuerdo en unión de certificación comprensiva de la no presentación de alegaciones en su caso, así como del texto íntegro de la ordenanza o modificación efectuada. 2º.- Ordenar la publicación del texto íntegro de la ordenanza o modificación en el B.O.P. con expresión de la fecha de entrada en vigor y recursos procedentes. 3º.- Ordenar la inserción del texto íntegro de la ordenanza o modificación en la página web del Ayto. de Archidona. Cuarto: Dar traslado a Intervención municipal para cumplimiento de lo ordenado y demás efectos procedentes.

6º.- IMPOSICIÓN Y APROBACIÓN INICIAL DE ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EL USO DE ESPACIOS PÚBLICOS MUNICIPALES PARA LA ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES PÚBLICAS O PRIVADAS.

Por Secretaría se da lectura al dictamen favorable emitido con fecha 17 de diciembre de 2012, por la Comisión Informativa de Hacienda, Personal, Patrimonio, Régimen Interior y Seguimiento de la Gestión Municipal en los siguientes términos: “Octavo.- Imposición de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por el uso de espacios públicos municipales para la organización de actividades públicas o privadas.- Por el Sr. Alcalde se da cuenta del contenido de la Ordenanza cuya imposición pretende gravar el uso por entidades con ánimo lucrativo del auditorio municipal y/o del salón de actos de la biblioteca municipal. Por el Grupo Socialista interviene el Sr. Peláez Reina para anunciar su inicial abstención reservándose para un pronunciamiento más concreto en pleno. El Sr. Arjona Romero del Grupo Popular expresa su apoyo hacia dicha iniciativa al tratar de cubrirse con la misma unos mínimos costes que genere el uso de tales espacios públicos. Sin que se produzcan nuevas intervenciones y sometido directamente a votación, los reunidos por mayoría absoluta al votar a favor los concejales del Grupo de IULV-CA (3) y Popular (1), y abstenerse los del Grupo PSOE-A (2) acuerdan dictaminar favorablemente la aprobación de la modificación propuesta. Pase a Pleno.”

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Tras lo cual el sr. Alcalde cede el uso de la palabra al Sr. Toro Martín Concejal de Cultura, quien da cuenta de la propuesta, efectuando al mismo tiempo enmienda in voce al objeto de incorporar artículo a la ordenanza con el fin de establecer bonificación del 50% tanto a pensionistas como a menores de 14 años. Por Secretaría se informa a la Alcaldía de lo dispuesto en el art. 97 del ROF en cuanto a las enmiendas. Tomado razón, por la Presidencia se informa a los presentes que si existe unanimidad de todos los grupos municipales no habría inconveniente en aprobar la propuesta con la enmienda efectuada, en caso contrario se dejaría el asunto pendiente hasta próxima sesión. En representación del GM Popular se da el visto bueno a la propuesta así como a la enmienda efectuada in voce. En representación del GM Socialista, su Portavoz Sr. Domínguez Sánchez Lafuente manifiesta que al final la propuesta dictaminada se ha rectificado sobre la marcha pese a lo cual su grupo votará a favor de la propuesta y de la enmienda, ya que su grupo lo manifestó hace tiempo y hay que sacarle rentabilidad a Archidona. Visto el Informe técnico económico nº 411/2012 e Informe nº 412/2012 ambos de 13 de diciembre, emitidos por Intervención Municipal, visto lo dispuesto en arts. 15 y ss, RD Leg. 2/2004 de 5 de marzo TRLHL, arts. 22.2 d) LBRL y Ley 8/89 de Tasas y Precios públicos, sin que se produzcan más intervenciones y sometido el asunto a votación ordinaria, el Pleno acuerda por unanimidad de los presentes (6 votos favorables GM IULVCA, 5 votos favorables GM Socialista y 1 voto favorable GM Popular), lo que supone la mayoría absoluta del número legal de Miembros de la Corporación, aprobar la propuesta dictaminada así como la enmienda in voce presentada, y en consecuencia: Primero.- Acordar la imposición y aprobación inicial de la siguiente ordenanza fiscal:

“ORDENANZA FISCAL NÚMERO 47 REGULADORA DE LA TASA POR USO DE ESPACIOS PÚBLICOS DEL AYUNTAMIENTO PARA ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES PÚBLICAS O PRIVADAS.

PREÁMBULO

En esta ordenanza se contemplan diversas tarifas. Por un lado se prevé la posibilidad de cesión de uso de espacios públicos como el auditoria de la biblioteca municipal para la organización de actividades privadas, lo cual puede ser gravado por una tasa al amparo de lo dispuesto en el apartado a) del artículo 20.1 del R.D. Legislativo 2/2004 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales.

Por otra parte, también se contempla la posibilidad de gravar actividades promovidas por el Ayuntamiento y desarrolladas en las diversas dependencias municipales de las cuales se beneficien los ciudadanos. Tales actividades estarían sujetas a tasa de conformidad con lo dispuesto en el apartado b) del artículo 20.1 del R.D. Legislativo 2/2004 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales. Este sería el caso por ejemplo de la proyección de películas en el auditorio de la nueva sede del Ayuntamiento.

Artículo 1. Concepto. De conformidad con lo previsto en el artículo 20 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas

Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el Ayuntamiento de Archidona establece la tasa por utilización de espacios públicos para la organización de actividades públicas o privadas que se regirá por la presente ordenanza.

Artículo 2. Definición del uso. Se distinguen dos tipos de uso:

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2.1. El uso de los diversos espacios públicos municipales por iniciativa de entes privados estará limitado a la realización de actos de presentación, asambleas, reuniones y convenciones, celebración de cursos, jornadas y otras actividades de formación que se adapten a las instalaciones y dotación con las que cuenta el edificio, a la celebración de espectáculos lúdicos tales como representaciones teatrales o similares.

2.2. El uso de los diversos espacios públicos municipales para el desarrollo de actividades promovidas por el propio Ayuntamiento

Artículo 3. Obligados al Pago. Están obligados al pago de la tasa pública regulada en esta Ordenanza quienes se beneficien de los servicios o

actividades relacionados en ella. Artículo 4.- Cuantía. 4.1. La cuantía de la tasa pública regulada en esta ordenanza será la fijada en las tarifas contenidas en los diversos

epígrafes que vienen recogidos en el apartado siguiente para cada uno de los distintos servicios o actividades. 4.2. Se distinguen los siguientes epígrafes y tarifas: A) Uso de espacios públicos para el desarrollo de actividades privadas:

SALA TARIFA

Salón de actos de la biblioteca municipal 10 €/hora B) Uso de espacios públicos para el desarrollo de actividades promovidas por el propio Ayuntamiento:

SALA TARIFA Visualización de películas en el auditorio del nuevo Ayuntamiento 2 €

Para actuaciones de grupos teatrales o musicales, que cuenten con una alta relevancia o elevado caché, la tarifa a

cobrar por entrada irá en función del coste del grupo, sin superar nunca los ingresos el coste del mismo. Artículo 5. Obligaciones al Pago

5.1 La obligación del pago de la tasa regulada en esta ordenanza nace desde que se inicie la prestación del servicio o

actividad especificada en los apartados del artículo anterior. 5.2. El pago de dicho tasa, se realizará con carácter previo a la utilización del servicio. 5.3. En el caso de cesión de uso de un espacio público local para la realización de actos de presentación, asambleas,

reuniones y convenciones, celebración de cursos, jornadas y otras actividades de formación, la cuota exigible por la autorización del local público correspondiente deberá ingresarse por el solicitante en el momento de la reserva.

5.4. En el caso de uso de un espacio público local para la realización de actividades municipales en la que se pretenda cobrar a los beneficiarios de tales actividades, la cuota exigible por la autorización del local público correspondiente deberá ingresarse por el solicitante en el momento de recibir la actividad.

Artículo 6. Normas de Gestión.

6.1. Los interesados en la cesión de uso de espacios públicos para la realización de actividades privadas deberán presentar en el registro del Ayuntamiento la oportuna solicitud detallada sobre la naturaleza, contenido y extensión de la actividad.

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La solicitud deberá ser valorada y aceptada por el concejal delegado correspondiente. En caso de ser aceptada se procederá a reservar el local solicitado enviando la solicitud a los servicios de recaudación municipal a efectos de girar la oportuna liquidación.

6.2. La concesión de autorizaciones para la utilización de los diversos espacios públicos estará supeditada a las necesidades propias del Ayuntamiento, no habiendo lugar a reclamaciones cuando por alguna circunstancia justificada deba suspenderse o modificarse el horario autorizado.

6.3. En el caso de que el solicitante necesitara más material técnico o personal del que disponen los diversos espacios públicos, el solicitante se hará cargo de los gastos de alquiler, transporte, montaje, personal, etc. que su actuación pudiera devenir.

Artículo 7. Exenciones. Quedan exentas del pago de la tasa por cesión de uso de espacios públicos para el desarrollo de actividades privadas

las asociaciones sin ánimo de lucro. Art. 8. Bonificaciones. Los pensionistas y los menores de 14 años tendrán una bonificación del 50%.

Disposición Final. La presente Ordenanza fiscal entrará en vigor una vez se cumpla con los trámites que al efecto determina el artículo 49

de la ley de Bases de Régimen Local para la entrada en vigor de textos reglamentarios.”

Segundo.- Ordenar su exposición pública mediante anuncio en el B.O.P. y tablón Oficial de Edictos por plazo de treinta días, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Tercero: Elevar a definitivo el presente acuerdo para el supuesto de que finalizado el período de exposición pública no se hubieran presentado reclamaciones, y en tal supuesto: 1º.- Dar traslado a la Subdelegación del Gobierno y Delegación del Gobierno en Málaga del presente acuerdo en unión de certificación comprensiva de la no presentación de alegaciones en su caso, así como del texto íntegro de la ordenanza o modificación efectuada. 2º.- Ordenar la publicación del texto íntegro de la ordenanza o modificación en el B.O.P. con expresión de la fecha de entrada en vigor y recursos procedentes. 3º.- Ordenar la inserción del texto íntegro de la ordenanza o modificación en la página web del Ayto. de Archidona. Cuarto: Dar traslado a Intervención municipal para cumplimiento de lo ordenado y demás efectos procedentes.

7º.- PROPUESTA PARA LA DECLARACIÓN DE NO DISPONIBILIDAD DE CRÉDITOS DERIVADA DE LA ELIMINACIÓN DE LA PAGA EXTRA DEL MES DE DICIEMBRE.

Por Secretaría se da lectura al dictamen favorable emitido con fecha 17 de diciembre de 2012, por la Comisión

Informativa de Hacienda, Personal, Patrimonio, Régimen Interior y Seguimiento de la Gestión Municipal en los siguientes términos: “Noveno.- Propuesta para la declaración de no disponibilidad de créditos derivada de la eliminación de paga extra del mes de diciembre.- La Presidencia presenta propuesta cuya cuantificación se haya pendiente del informe de Interventor Municipal, justificando la misma en la necesidad de cumplir con el R.D. 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad. Sin que se produzcan intervenciones y sometido directamente a votación, los

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reunidos por unanimidad (seis votos: 3 IULV-CA, 2 PSOE-A y 1 PP) acuerdan dictaminar favorablemente la adopción del correspondiente acuerdo por el Pleno Corporativo. Pase a Pleno.” Visto el Informe de Intervención municipal de fecha 18 de diciembre de 2012 (nº 424/2012), visto lo dispuesto en el RD-Ley 20/2012 de 13 de julio de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, así como RD 500/1990 de 20 de abril por el que se desarrolla el capítulo 1º del Títiulo Sexto de la Ley 39/88 de 28 de diciembre en materia de presupuestos, Vista la siguiente propuesta de Alcaldía de 19 de diciembre de 2012: “PROPUESTA DE ALCALDÍA A PLENO EN RELACIÓN A LA DECLARIÓN DE NO DISPONIBILIDAD DE CRÉDITOS DERIVADOS DEL NO ABONO DE LA PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE EN CUMPLIMIENTO DEL R.D. LEY 20/2012.

Según lo dispuesto en el art.2 apartado 1 del Real Decreto-Ley 20/2012, relativo a Paga extraordinaria del mes de Diciembre de 2012 del personal del sector público, el cual establece la obligación de reducir las retribuciones anuales de 2012 del personal al servicio del sector público, en el importe correspondiente a la paga extraordinaria a percibir en el mes Diciembre.

Atendiendo a lo señalado en su apartado 4 por el que se regula:”que las cantidades derivadas de la supresión de la paga extraordinaria y de las pagas adicionales de complemento específico o pagas adicionales equivalentes de acuerdo con lo dispuesto por este artículo se destinarán en ejercicios futuros a realizar aportaciones a planes de pensiones o contratos de seguro colectivo que incluyan la cobertura por la contingencia de jubilación, con sujeción a lo establecido en la LO 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y en los términos y con el alcance que se determinen en las correspondientes Leyes de Presupuestos.”

Y visto el informe emitido por la intervención municipal de fecha dieciocho de Diciembre de dos mil doce, esta Alcaldía-Presidencia

PROPONE A PLENO

PRIMERO: Aprobar la declaración de no disponibilidad de los créditos presupuestarios correspondientes a la paga extraordinaria de diciembre de todo el personal al servicio del Ilustre Ayuntamiento de Archidona por los importes siguientes:

TIPOLOGÍA DE PERSONAL IMPORTE/ EUROS PERSONAL FUNCIONARIO 66.598,89 € PERSONAL LABORAL FIJO 24.170,58 €

PERSONAL PFEA 27.887,98 € RESTO PERSONAL LABORAL TEMPORAL 25.177,02 €

TOTAL 143.834,47 € SEGUNDO: Aprobar la declaración de no disponibilidad de los créditos presupuestarios correspondientes a la paga extraordinaria de diciembre de todo el personal al servicio del Patronato Municipal Deportivo y del Instituto de Patrimonio de Archidona por los importes que sean calculados por la intervención de tales organismos autónomos.

TERCERO: Proceder al abono de la nomina de diciembre conforme a los conceptos retributivos regulados en la Ley

7/2007 de 12 de Abril, en el Acuerdo Marco y Convenio Colectivo vigentes en este Ayuntamiento y en sus dos organismos autónomos para funcionarios y personal laboral, excluyendo en todo caso el pago de la paga extraordinaria para dar cumplimiento a lo regulado en el Real Decreto 20/2012.

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CUARTO: Afectar los importes correspondientes a los créditos declarados no disponibles a la realización de Planes de Pensiones o contratos de seguro colectivo que incluyan contingencia por jubilación con sujeción a lo previsto en la Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera en los términos y con el alcance que determinen las Leyes de Presupuestos, exceptuando aquellos casos en los que de conformidad con el art.2 apartado 6 del Real Decreto Ley 20/2012 las retribuciones de los Empleados Públicos por jornada completa excluidos incentivos al rendimiento no alcancen en computo anual 1,5 veces el salario mínimo interprofesional establecido en el Real Decreto 1888/2011, de 30 de diciembre.” Sometido el asunto a votación ordinaria por la Presidencia, sin que se produzcan intervenciones, y por unanimidad de los presentes (doce votos favorables, 6 del GM IULV-CA, 5 de GM Socialista y 1 del GM Popular) lo que supone la mayoría absoluta del número legal de Miembros de la Corporación, el Pleno acuerda aprobar la propuesta y en consecuencia:

PRIMERO: Aprobar la declaración de no disponibilidad de los créditos presupuestarios correspondientes a la paga extraordinaria de diciembre de todo el personal al servicio del Ilustre Ayuntamiento de Archidona por los importes siguientes:

TIPOLOGÍA DE PERSONAL IMPORTE/ EUROS PERSONAL FUNCIONARIO 66.598,89 € PERSONAL LABORAL FIJO 24.170,58 €

PERSONAL PFEA 27.887,98 € RESTO PERSONAL LABORAL TEMPORAL 25.177,02 €

TOTAL 143.834,47 € SEGUNDO: Aprobar la declaración de no disponibilidad de los créditos presupuestarios correspondientes a la paga extraordinaria de diciembre de todo el personal al servicio del Patronato Municipal Deportivo y del Instituto de Patrimonio de Archidona por los importes que sean calculados por la intervención de tales organismos autónomos.

TERCERO: Proceder al abono de la nomina de diciembre conforme a los conceptos retributivos regulados en la Ley

7/2007 de 12 de Abril, en el Acuerdo Marco y Convenio Colectivo vigentes en este Ayuntamiento y en sus dos organismos autónomos para funcionarios y personal laboral, excluyendo en todo caso el pago de la paga extraordinaria para dar cumplimiento a lo regulado en el Real Decreto 20/2012.

CUARTO: Afectar los importes correspondientes a los créditos declarados no disponibles a la realización de Planes

de Pensiones o contratos de seguro colectivo que incluyan contingencia por jubilación con sujeción a lo previsto en la Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera en los términos y con el alcance que determinen las Leyes de Presupuestos, exceptuando aquellos casos en los que de conformidad con el art.2 apartado 6 del Real Decreto Ley 20/2012 las retribuciones de los Empleados Públicos por jornada completa excluidos incentivos al rendimiento no alcancen en computo anual 1,5 veces el salario mínimo interprofesional establecido en el Real Decreto 1888/2011, de 30 de diciembre.

QUINTO.- Dar traslado a Intervención Municipal para su conocimiento y efectos y traslado a los organismos competentes.

8º.- APROBACIÓN DE PLAN DE REEQUILIBRIO FINANCIERO NECESARIO TRAS LA ÚLTIMA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE 2011.

Por Secretaría se da lectura al dictamen favorable emitido con fecha 17 de diciembre de 2012, por la Comisión

Informativa de Hacienda, Personal, Patrimonio, Régimen Interior y Seguimiento de la Gestión Municipal en los siguientes términos:

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“Décimo.- Aprobación de Plan de reequilibrio financiero necesario tras la última liquidación del Presupuesto de 2011.- Por el Sr. Jiménez Aguilera en su condición de Concejal delegado de Hacienda se procede a explicar el contenido del referido Plan Económico-Financiero elaborado al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, como consecuencia del resultado de la liquidación del Presupuesto del ejercicio de 2011. No produciéndose intervención alguna se somete directamente a votación, acordando los reunidos por mayoría absoluta dictaminar favorablemente la adopción de acuerdo en los términos que resultan de la propuesta presentada, al votar a favor los representantes del Grupo de IULV-CA (tres) y abstenerse los del Grupo Socialista (dos) y Popular (uno), que se reservan para un pronunciamiento más concreto en el Pleno Corporativo. Pase a Pleno”. A continuación el Sr. Jiménez Aguilera, Concejal de Hacienda, da cuenta del Plan Económico Financiero de reequlibrio del Iltre. Ayto. de Archidona explicando pormenorizadamente su contenido. Iniciado el primer turno de intervenciones lo hace en primer lugar el representante del GM Popular, Sr. Arjona Romero, quien manifiesta el voto favorable de su grupo, añadiendo que la situación financiera municipal no es mala siendo responsabilidad del equipo de gobierno el control exhaustivo de los gastos. En representación del GM Socialista interviene el Sr. Cebrián Zafra, quien recuerda que la obligatoriedad de presentar dicho Plan es consecuencia del resultado negativo de la liquidación del Presupuesto de 2011 y de las notas de reparo efectuadas por Intervención, entre otros motivos por existir casi 405.000 € en facturas sin consignación presupuestaria, y otras magnitudes contables, y el estado de endeudamiento financiero ha pasado de 2,2 millones de euros a 2,9, concluyendo que los datos contenidos en el plan no son objetivos, echando en falta un mayor ajuste del gasto corriente, reducción de gastos de concejales liberados y cargos de confianza. Por éstos y otros motivos, y porque se está reduciendo donde no hay que reducir, su grupo votará en contra. En representación del GM IULVCA su Portavoz Sr. Jiménez Aguilera manifiesta que el Ayuntamiento se encuentra al dia en nóminas, seguridad social, Hacienda, etc…se ha pagado a proveedores y se hace frente a todos los compromisos de pago; respecto a los concejales liberados y sus retribuciones se remite a lo dicho en otros Plenos en cuanto a que el trabajo que desarrollan ha de ser remunerado, ya que al igual que cualquier otro trabajador ellos trabajan también para Archidona. Tras las deliberaciones, y sometido el asunto a votación ordinaria por la Presidencia, el Pleno acuerda por mayoría absoluta del número legal de Miembros de la Corporación (6 votos favorables del GM IULVCA, 1 voto favorable del GM Popular y 5 votos en contra del GM Socialista), ratificar el dictamen y en consecuencia aprobar el Plan Económico Financiero de reequlibrio del Iltre. Ayto. de Archidona. Dar traslado a Intervención Municipal para su conocimiento y efectos. 9º.- ENCOMIENDA DE GESTIÓN TASA DEPÓSITO DE VERTIDOS NO PELIGROSOS EN PUNTO LIMPIO A LA EMPRESA AGUAS DE ARCHIDONA S.L.

Por Secretaría se da lectura al dictamen favorable emitido con fecha 17 de diciembre de 2012, por la Comisión Informativa de Hacienda, Personal, Patrimonio, Régimen Interior y Seguimiento de la Gestión Municipal en los siguientes términos: “12.1.- Propuesta de la Alcaldía para encomendar la gestión de la tasa por el depósito de vertidos peligrosos en el punto limpio de Archidona a la empresa municipal “Aguas de Archidona, S.L.”.- La propia Alcaldía da cuenta del contenido de la referida propuesta con la que se pretende optimizar los recursos disponibles y lograr la máxima eficiencia posible en la gestión del referido tributo. No produciéndose intervención alguna se somete directamente a votación, acordando los reunidos por mayoría absoluta dictaminar favorablemente la adopción de acuerdo en los términos que resultan de la propuesta presentada, al votar a favor los representantes del Grupo de IULV-CA (tres) y Popular (uno), y abstenerse los del Grupo Socialista (dos) que se reservan para un pronunciamiento más concreto en el Pleno Corporativo. Pase a Pleno”.

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Por la Presidencia se da cuenta de la Propuesta de Alcaldía de 14 de diciembre de 2012, que en su parte resolutiva dice así: “Primero.- Encomendar la gestión de la tasa por el depósito de vertidos no peligrosos en el unto limpio de Archidona a la empresa municipal “Aguas de Archidona S.L.” en las mismas condiciones que viene haciéndolo respecto de la gestión de otras tasas diferentes de las del suministro domiciliario de agua potable (alcantarillado, recogida de residuos sólidos urbanos, etc.) con efectos desde la entrada en vigor de la mencionada ordenanza fiscal. Segundo.- Facultar a la Alcaldía Presidencia para la suscripción de cuantos documentos sean necesarios a fin de hacer ejecutivo el presente acuerdo. Tercero.- Notificar a la empresa municipal “Aguas de Archidona S.L.” Cuarto.- Dése cuenta a los servicios de Intervención Municipal y Secretaría General para su conocimiento y efectos oportunos.” Sin que se produzcan intervenciones y sometido el asunto a votación ordinaria, el Pleno acuerda por mayoría absoluta del número legal de Miembros de la Corporación (6 votos favorables GM IULVCA, 1 voto favorable GM Popular, y 5 votos en contra del GM Socialista), aprobar la propuesta dictaminada y en consecuencia: Primero.- Encomendar la gestión de la tasa por el depósito de vertidos no peligrosos en el unto limpio de Archidona a la empresa municipal “Aguas de Archidona S.L.” en las mismas condiciones que viene haciéndolo respecto de la gestión de otras tasas diferentes de las del suministro domiciliario de agua potable (alcantarillado, recogida de residuos sólidos urbanos, etc.) con efectos desde la entrada en vigor de la mencionada ordenanza fiscal. Segundo.- Facultar a la Alcaldía Presidencia para la suscripción de cuantos documentos sean necesarios a fin de hacer ejecutivo el presente acuerdo. Tercero.- Notificar a la empresa municipal “Aguas de Archidona S.L.” Cuarto.- Dése cuenta a los servicios de Intervención Municipal y Secretaría General para su conocimiento y efectos oportunos.

• Se ausenta del Salón de Sesiones la Sra. Barrio Alba, incorporándose al inicio del punto Nº 12 del orden del día.

10º.- PROPUESTA DEL GM SOCIALISTA (“MOCIÓN”) INSTANDO PLAN ESPECIAL DE EMPLEO Y PROTECCIÓN SOCIAL A LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL ASÍ COMO AL GOBIERNO DE ESPAÑA.

Por la Presidencia se cede la palabra al representante del Grupo proponente, procediendo el Viceportavoz del GM Socialista Sr. Peláez Reina, a la lectura íntegra de la propuesta, dictaminada favorablemente con fecha 17 de diciembre de 2012, por la Comisión Informativa de Hacienda, Personal, Patrimonio, Régimen Interior y Seguimiento de la Gestión Municipal, justificando a continuación los motivos que han determinado su presentación. Iniciado por la Presidencia el turno de intervenciones, el Sr. Arjona Romero, e/r del GM Popular, manifiesta que el PSOE aprovecha el desempleo existente para atacar al Gobierno de España cuando sabemos todos que el origen de la crisis está en la gestión llevada a cabo por el PSOE, concluyendo que todas las Administraciones han de poner de su parte y su granito de arena para disminuir el desempleo, no obstante votará a favor. E/r del GM IULVCA su portavoz Sr. Jiménez Aguilera manifiesta que su grupo votará a favor al objeto de favorecer la creación de empleo.

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Sin que se produzcan más intervenciones se somete la propuesta a votación ordinaria acordando el Pleno por unanimidad de los presentes (11 votos favorables: 5 GM IULVCA, 1 GM PP y 5 GM PSOE-A) lo que supone la mayoría absoluta del número legal de Miembros de la Corporación, aprobar la propuesta dictaminada que literalmente dice así: “D. Enrique Domínguez Sánchez-La Fuente, portavoz del Grupo Municipal del P.S.O.E del Ilustre Ayuntamiento de Archidona y al amparo de lo dispuesto en el art. 97.3 del R.D. 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y demás normativa concordante aplicable desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción relativa a la SOLICITUD DE UN PLAN ESPECIAL DE EMPLEO Y PROTECCIÓN SOCIAL A LA EXCMA. DIPUTACIÓN DE MÁLAGA Y PLAN ESPECIAL DE EMPLEO DEL GOBIERNO DE ESPAÑA:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Los datos de empleo del mes pasado desvelan que la provincia de Málaga registró un aumento de 8.295 personas en situación de desempleo. Esta subida coloca a Málaga como la provincia andaluza donde más creció el paro en octubre en términos absolutos y, en valores relativos (4,21%), sólo por detrás de Jaén. De esta manera, Málaga ha experimentado en lo que va de año un aumento de su población activa en paro del 8,47%, pero que se traducen en 16.029 malagueños que han perdido su trabajo en los diez meses que llevamos de 2012. Un total de 205.276 malagueños se encuentran en el paro en estos momentos. La gravedad de estas cifras refleja una situación que el propio Gobierno de España no prevé que vaya a mejorar y que, además, con unos escenarios macroeconómicos para 2013 negativos, pueda empeorar. Esta grave realidad, reflejada en el drama que muchas familias malagueñas viven, se ve agravada por un contexto de crisis económica que dura ya más de cuatro años, y que hace imperiosamente necesario que todas las administraciones públicas tomen medidas que repercutan directamente en la generación de empleo. Unas medidas que, a pesar de la austeridad programada y pregonada por el Gobierno de España, cuenten con una dotación financiera especial para el desarrollo de planes integrales de empleo, que contribuyan a afrontar y responder a la excepcional situación actual, dando respuesta a sus necesidades, reforzando su atención y teniendo en cuenta la prolongación de Eos períodos de desempleo que están sufriendo nuestras familias. La drástica reducción de recursos que el Ministerio de Empleo y Seguridad Social destina a las Políticas Activas de Empleo que gestionan las Comunidades Autónomas, al mismo tiempo que incrementa el paro, parece incomprensible. En particular, reducir los recursos financieros destinados a las Políticas Activas de Empleo en casi un 57%, lo que representa 1.742 millones de euros menos para gestión de unas políticas que competen a todas las Comunidades Autónomas, pone de manifiesto la falta de compromiso con los desempleados y el intento de trasladar el problema del paro y de considerarlo como un problema ajeno a ese Gobierno. Por otra parte, cada día es más evidente el rotundo fracaso de la reforma laboral que aprobó el Gobierno de Rajoy. La disminución de la contratación y el consiguiente aumento del paro son hechos objetivos que demuestran la ineficacia de esta reforma. Ante esta situación, los socialistas entendemos que la Diputación Provincial no puede permanecer pasivo ante el principal problema que preocupa a las familias malagueñas. Diputaciones, como la de Jaén y Sevilla, con gobiernos socialistas al frente, han aprobado planes de empleo que permiten que las entidades locales puedan contratar a personas de sus localidades que estén sufriendo más cruelmente los efectos de esta crisis.

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La Diputación de Sevilla tiene el Programa Extraordinario de Urgencia Social Municipal para los Municipios y Entidades Locales Autónomas de la provincia de Sevilla, con el objeto de colaborar con los Ayuntamientos y Entidades Locales Autónomas para mejorar el bienestar y la calidad de vida de los habitantes de la provincia de Sevilla, especialmente aquellos más desfavorecidos que se están viendo afectados por los efectos de la crisis económica, mediante concesión directa de conformidad con lo establecido en el art. 22.2.C de la Iey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Los objetivos inmediatos del programa son: • Facilitar recursos a familias con problemáticas socioeconómicas a fin de evitar situaciones de exclusión social. • Mejorar situaciones de exclusión social mediante intervenciones en el ámbito comunitario. • Dotar a la población con dificultades sociales y con personas a su cargo de estrategias y técnicas económicas adaptadas a la

actual crisis económica. • Incrementar las posibilidades de incorporación en el mercado laboral a mujeres en situación de riesgo o proclives a

desembocar en situaciones de exclusión social, con carácter preferente víctimas de violencia de género, con objeto de contribuirá paliar el problema del desempleo de las mujeres.

Las ayudas previstas en este Programa se gestionan por las Entidades Locales de la provincia, exceptuando Sevilla capital, y van destinadas a personas que padezcan graves problemáticas socioeconómicas y que carezcan de recursos económicos para hacer frente a las mismas y acrediten la situación de desempleo y a mujeres en situación de riesgo de exclusión social, que padezcan problemas socioeconómicos, con carácter preferente aquellas que han sido víctimas de violencia de género. La Diputación sevillana destina para los años 2012-2013 unos 10 millones para este fin. Los ayuntamientos ponen cerca de 2millones de euros para complementar la financiación de la institución provincial. Por su parte, la Diputación de Jaén ha aprobado un Plan de Empleo 2012-2013 para dinamizar el mercado laboral en la provincia. Este Plan nace con la vocación de convertirse en un Plan integral e integrador, destinando también una cuantía de 10 millones para su ejecución. Los objetivos recogidos en este Plan de Empleo de Jaén hacen referencia a las metas finales que se desean alcanzar a través del mismo y son los siguientes: Impulsar la inserción laboral de colectivos mayores dificultades para encontrar empleo (mujeres y jóvenes) y los que se encuentran especialmente desfavorecidos. Fomentar el espíritu empresarial y apoyo al emprendedor para estimular la creación de nuevas empresas. Mejorar las competencias individuales para favorecer el acceso al mercado de trabajo, el desarrollo profesional y la empleabilidad. Fomentar el tejido empresarial local a través de la creación de nuevas empresas en los municipios. Fomentar sectores estratégicos para la provincia de Jaén, principalmente el olivar y la comercialización del aceite de oliva. Fomentar la participación de los actores locales en el diseño, desarrollo y ejecución de políticas municipales orientadas a la creación y mejora del empleo en los municipios. Hay que destacar que con la puesta en marcha de esta iniciativa la diputación jienense ofrece soluciones inmediatas para paliar los problemas de las personas desempleadas del campo, que este año van a tener muy difícil acceder a un puesto de trabajo. Por ello, destinan siete millones de euros a dar jornales en los municipios, sobre todo para los desempleados y desempleadas del campo.

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El reparto de este dinero se hará siguiendo criterios de población, priorizando a los ayuntamientos pequeños sobre los grandes independientemente de su color político, porque es en ellos donde hay más trabajadores del campo y porque uno de los objetivos del Plan es fijar la población en el mundo rural. El único condicionante para la ejecución del Plan de Empleo será que cada persona podrá dar como máximo 12 jornales, porque quieren que se repartan entre todos los que lo necesitan, y así calculamos que se podrán realizar unos 145.000 jornales. Además de esta partida de siete millones, el Plan de Empleo de Jaén cuenta con otros tres millones dirigidos a fomentar el espíritu empresarial y apoyar a los emprendedores. Finalmente, indicar que el proyecto de Presupuestos de la Junta de Andalucía para 2013 también incluye una partida de 60 millones de euros para un plan extraordinario de acción social destinado a desempleados/as, personas con problemas económicos y mujeres víctimas de violencia de género. Este plan extraordinario pretende, al igual que el aprobado por las diputaciones de Sevilla y Jaén, facilitar los recursos e incrementar las posibilidades de esas personas al mercado de trabajo. Las ayudas se otorgarán con cooperación municipal y se destinarán a quienes estén en situación de desempleo, con problemas económicos por no disponer de recursos necesarios y para mujeres en riesgo de exclusión como consecuencia de haber sido víctimas de malos tratos por parte de su pareja. Por todo lo anteriormente expuesto, el Grupo Socialista de Ilustre Ayuntamiento de Archidona propone para su aprobación los siguientes

ACUERDOS

Primero. - Instar al equipo de gobierno de la Diputación de Málaga a que, al igual que las diputaciones de Sevilla y Jaén y la Junta de Andalucía, apruebe un Plan Especial de Empleo y Protección Social destinado a ayuntamientos y entidades locales autónomas de la provincia de Málaga, para que contraten a desempleados/as, especialmente a las familias con problemas económicos, jóvenes y mujeres. Segundo.- instar al equipo de gobierno de la Diputación de Málaga que con objetivo de establecer los criterios de distribución de este Plan, convoque a la Mesa de Concertación, integrada por todos los grupos políticos de la Corporación. Se propone que estos criterios se fundamenten en la población, priorizando a los ayuntamientos pequeños sobre los grandes independientemente de su color político. Tercero.- Instar al equipo de gobierno de la Diputación de Málaga para que destine al menos 10 millones de euros para acometer el Plan Especial de Empleo y Protección Social como han hecho las diputaciones de Jaén y Sevilla. Cuarto.- Instar al Gobierno de la Nación a que incremente los recursos financieros destinados a las Políticas Activas de Empleo, requiriéndole a la aprobación de forma urgente de un Plan Especial de Empleo. Quinto.- Dar traslado de los presentes acuerdos a todos los entes locales de la provincia de Málaga, a la FAMP, a la FEMP, al Gobierno de España y a las áreas competentes de la Diputación de Málaga. Lo que se eleva al Ayuntamiento Pleno para su debate y aprobación si procede. En Archidona a 12 de diciembre de 2012 El Portavoz del Grupo Municipal del PSOE. Enrique Domínguez Sánchez-La Fuente.”

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COMISIÓN INFORMATIVA PERMANENTE DE OBRAS, URBANISMO, EQUIPAMIENTO, INFRAESTRUCTURA Y MEDIO AMBIENTE.

11º.- APROBACIÓN DE PROYECTO DE ACTUACIÓN PRESENTADO POR CORTIJO CARVAJAL S.L. PARA ADAPTACIÓN DE MOLINO DE HARINA A AULA DE LA NATURALEZA, POL.44 PARCELAS 13, 26, 28 Y 41. Por Secretaría se da lectura al dictamen favorable emitido con fecha trece de diciembre de dos mil doce, por la Comisión Informativa de Obras, Urbanismo, Equipamiento, Infraestructura y Medio Ambiente en los siguientes términos:

Nº orden 5 Promotor CORTIJO CARVAJAL, S.L. D.N.I./C.I.F. B-93089092 Domicilio de notificaciones C/ Antonio Baena Gómez, 2, 5º Izq. 29005 Málaga. 619 651 115 Finalidad y uso de la actuación Aprobación definitiva de Proyecto de Actuación para adaptación de molino de harina

a Aula de la Naturaleza Ubicación de la actuación Las Capacheras, pol-44, parcs. 13, 26, 28 y 41 Técnico autor del proyecto Juan Ignacio Sintas Nogales - Arquitecto Identificación Registral (Parcelaciones Urbanísticas y S.N.U.) Finca nº 12.570 Expediente Nº 113/11 Presupuesto aceptado 159.569,84 € Plazo de vigencia de la licencia 1 año para comenzar y 3 años para terminar. Posibilidad de solicitar prórroga Si, cuando se solicite con escrito razonado por motivos de fuerza mayor. Condiciones particulares a que queda afecta; - La duración de la cualificación será de 20 años. - La prestación compensatoria por el uso y aprovechamiento excepcional se fija en 2.393,55 €. - La fianza, que puede ser un aval, establecida en el artículo 52.4 de la LOUA, se fija en 15.956,98 € Propuesta de resolución: Por unanimidad se propone: - Aprobación del proyecto de actuación. - Publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Pasa a Pleno.

Visto el Informe técnico emitido con fecha 5 de diciembre de 2012 por la Arquitecta Municipal emitido en sentido favorable del que se desprende que el uso es compatible (G.7 usos turísticos y recreativos en edificaciones existentes y G.5 albergues de carácter social y turístico etc), visto el informe jurídico emitido en sentido favorable con fecha 11 de diciembre de 2012 por el Asesor Jurídico municipal, en el que se detalla que el proyecto fue admitido a trámite mediante Decreto nº 2011000424 de 27 de junio, sometiéndose a información pública mediante anuncio en el BOP nº 134 de 14/07/2011. Vistos los Informes emitidos por la Consejería de Obras Públicas y Vivienda de 25/10/2011 y Delegación territorial de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, y visto lo dispuesto en el art. 43 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía en cuanto al procedimiento de aprobación, En base a los antecedentes anteriores y dado el uso de interés social de la actuación, sin que se produzcan intervenciones, sometido el dictamen a votación ordinaria por la Presidencia y por unanimidad de los presentes (11 votos favorables: 5 del GM IULVCA, 5 del GM PSOE-A y 1 del GM PP) lo que supone la mayoría absoluta del número legal de Miembros de la Corporación, el Pleno acuerda ratificar el dictamen y en consecuencia: Primero.- Aprobar el proyecto de actuación con los condicionantes particulares descritos en los antecedentes. Segundo.- Publicar en el BOP.

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Tercero.- Dar traslado a la Oficina Municipal de Urbanismo y Obras para su conocimiento y efectos y remisión, en su caso, a los organismos competentes, así como dar traslado al interesado para su conocimiento y efectos. 12º.-APROBACIÓN DEFINITIVA AVANCE DE PLANEAMIENTO EN EL QUE SE IDENTIFICAN LAS EDIFICACIONES AISLADAS EN SUELO NO URBANIZABLE DEL MUNICIPIO, CONFORME A ART. 4 DEL DECRETO 2/2012 DE 10 DE ENERO. POR EL QUE SE REGULA EL RÉGIMEN DE LAS EDIFICACIONES Y ASENTAMIENTOS EXISTENTES EN SUELO NO URBANIZABLE EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. Por Secretaría se da lectura al dictamen favorable emitido con fecha trece de diciembre de dos mil doce, por la Comisión Informativa de Obras, Urbanismo, Equipamiento, Infraestructura y Medio Ambiente en los siguientes términos:

Nº orden 9-2 Promotor ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE ARCHIDONA D.N.I./C.I.F. P-2901700-A Domicilio de notificaciones Plaza Ochavada, 1 Finalidad y uso de la actuación Aprobación definitiva del Avance de Planeamiento, Asentamientos en Suelo No

Urbanizable. Ubicación de la actuación Término Municipal Técnico autor del proyecto Antonio Garvín Salazar e Inmaculada Montero Gálvez – Arquitectos. Propuesta de resolución: Por unanimidad se propone aprobar definitivamente el avance de planeamiento, Asentamientos en Suelo No Urbanizable. Pasa Pleno.

Visto que el referido Avance fue aprobado inicialmente mediante acuerdo plenario de fecha 28 de marzo de 2012, conforme al art. 4 del Decreto 2/2012 de 10 de enero, visto el Informe técnico favorable suscrito por los Arquitectos D. Antonio Garvín Salazar y Dª Inmaculada Montero Gálvez de fecha 12 de diciembre de 2012, del que se desprende que se publicó el correspondiente anuncio en el BOP nº 108 de 6 de junio de 2012 a efectos de información pública, constando la emisión, entre otros, de Informe de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda de fecha 27 de julio de 2012 así como valoración de la Comisión Interdepartamental de Valoración Territorial y Urbanística con fecha 10 de julio de 2012. Visto el procedimiento establecido en el Decreto 2/2012 de 10 de enero, por el que se regula el régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en suelo no urbanizable en la Comunidad Autónoma de Andalucía y art. 49 y 70.2 de la Ley 7/85 de 2 de abril reguladora de las Bases de Régimen Local. En base a los antecedentes anteriores y fundamentos de derecho, sin que se produzcan intervenciones, sometido el dictamen a votación ordinaria por la Presidencia y por unanimidad de los presentes (12 votos favorables: 6 del GM IULVCA, 5 del GM PSOE-A y 1 del GM PP) lo que supone la mayoría absoluta del número legal de Miembros de la Corporación, el Pleno acuerda ratificar el dictamen y en consecuencia: Primero.-Aprobar definitivamente el Avance de planeamiento, Asentamientos en Suelo No Urbanizable. Segundo.- Publicar en el Boletín Oficial de la provincia el texto definitivo del Avance, que revestirá carácter de ordenanza municipal, no entrando en vigor hasta que se haya publicado completamente su texto y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/85 de 2 de abril. Tercero.- Dar traslado a la Oficina de Obras para su conocimiento y efectos oportunos.

COMISIÓN INFORMATIVA DE CULTURA, FIESTAS Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA.

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13º.- NOMBRAMIENTO DE PREGONERO/A DEL CARNAVAL DE ARCHIDONA 2013. Por Secretaría se da lectura al dictamen favorable emitido con fecha doce de diciembre de dos mil doce, por la Comisión Informativa de Cultura, Fiestas y Participación ciudadana en los siguientes términos: “SEXTO.- PROPUESTA PARA EL NOMBRAMIENTO DEL PREGONERO DEL CARNAVAL 2013. Dª María Ábalos, indica que aunque falta algún tiempo para el carnaval es conveniente que en esta Comisión se determine quién será el pregonero del carnaval 2013 pues una vez que pasen las fiestas de Navidad y Reyes resultaría muy precipitado su designación. Los reunidos, previa una larga deliberación, acuerdan nombrar pregonero del carnaval 2013 a TOMÁS GARCÍA SERRANO nacido el 22 de julio de 1986, reconocido monologuista español.

Pese a su juventud, Tomás García ha ido ganándose un sitio en el circuito de los monologuistas españoles más

prestigiosos, gracias a sus continuas apariciones en El Club de la Comedia (España) y en la programación del canal temático Paramount Comedy, donde es miembro fijo del programa 'Nuevos Cómicos'.

Se inició actuando en bares y certámenes dirigidos al público universitario de Málaga, etapa en la que gana numerosos concursos de monólogos (Coín, Aula Magna, Rincón de la Victoria, Nómadas...). Compagina estos primeros pasos con sus estudios de Periodismo en la facultad de Ciencias de la Comunicación de la Universidad de Málaga.

Sin embargo, su trayectoria experimentaría un importante salto a raíz de su participación en el programa de Televisión Española 'El rey de la comedia', al que accede tras superar un casting con 3.000 candidatos. Este show televisivo era una especie de concurso en el que, por votación popular, se buscaba al mejor monologuista de España. Tomás García se clasificaría tercero, por detrás de Rober Bodegas y Toni Rodríguez.

A partir de este momento, el humorista malagueño empezaría a sumar más actuaciones por toda España, hasta el punto de haber alcanzado los 500 directos a principios de 2009. Tomás García ha estado en algunas de las salas más prestigiosas del país, como La Chocita del Loro, la Sala Galileo Galilei, el Teatro Compac en la Gran Vía en Madrid; la Sala Garufa, en Sevilla; el Teatro Alameda, en Málaga; o el Teatreneu y la Sala Montaner, en Barcelona.

Como periodista, ha sido locutor, redactor, presentador, guionista y director. Por ello los reunidos primero le felicitan por su larga trayectoria y por los innumerables logros obtenidos a pesar de su

juventud y segundo le consideran más que merecedor de nombrarle por unanimidad (seis votos), pregonero del carnaval 2013. Pase a pleno. Seguidamente por la Concejal de Festejos Dª Mª Ábalos Garrido se da cuenta del asunto. Tras las intervenciones de los representantes de los Grupos Municipales se somete la propuesta dictaminada a votación ordinaria, acordando el Pleno por unanimidad de los presentes ((12 votos favorables: 6 GM IULVCA, 5 GM PSOE-A y 1 GM PP) lo que supone la mayoría absoluta del número legal de Miembros de la Corporación, ratificar el dictamen y en consecuencia: Primero.- Nombrar a D. TOMÁS GARCÍA SERRANO como Pregonero del Carnaval 2013 de Archidona. Segundo.- Notificar al interesado para su conocimiento y efectos.

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14º.- MOCIONES (ASUNTOS URGENTES). El Sr. Alcalde informa a los presentes que se olvidó la inclusión en el orden del día del Pleno del asunto “MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ACTIVIDADES DEPORTIVAS y que había sido dictaminada por la Comisión Informativa de Hacienda con fecha 17 de diciembre de 2012, de ahí que se incluya en este punto de “Mociones urgentes”; así mismo procede a justificar la urgencia de otro asunto “APROBACIÓN DE CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO Y VIVIENDA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA Y EL AYUNTAMIENTO DE ARCHIDONA (MÁLAGA) PARA LA COLABORACIÓN EN EL PROGRAMA ANDALUZ EN DEFENSA DE LA VIVIENDA” explicando que dicho convenio ha sido ya firmado por la Alcaldía y quizás sea conveniente su ratificación por Pleno por si exigen la adopción de acuerdo plenario. Previa justificación de la urgencia en la forma reglamentariamente establecida (art. 91.4 y 97.3 RD 2568/86 de 28 noviembre) se somete acto seguido a la votación y por unanimidad de los presentes (doce votos) lo que supone la mayoría absoluta del número legal de Miembros de la Corporación, se declara la urgencia e inclusión de dichos asuntos para su debate y votación: 14.1.- APROBACIÓN INICIAL MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ACTIVIDADES DEPORTIVAS.- Por Secretaría se da lectura al dictamen emitido en sentido favorable con fecha 17 de diciembre de 2012, por la Comisión Informativa de Hacienda, Personal, Patrimonio, Régimen Interior y Seguimiento de la Gestión Municipal en los siguientes términos: “Por el Sr. Tte. de Alcalde delegado de Hacienda y Personal, se da cuenta del contenido de la modificación que se propone a instancia del P.M.D. y en virtud de acuerdo adoptado en el seno de su Consejo Rector del pasado 07/11/2012. No produciéndose intervención alguna se somete directamente a votación, acordando los reunidos por mayoría absoluta dictaminar favorablemente la adopción de acuerdo en los términos que resultan de la propuesta presentada, al votar a favor los representantes del Grupo de IULV-CA (tres) y Popular (uno), y abstenerse los del Grupo Socialista (dos) que se reservan para un pronunciamiento más concreto en el Pleno Corporativo. Pase a Pleno.” Acto seguido por la Concejal de deportes, Mª Ábalos Garrido se da cuenta de la propuesta dictaminada, de 17 de diciembre de 2012, justificando los motivos que han determinado su presentación. Iniciado el turno de intervenciones y en representación del GM PP interviene el Sr. Arjona Romero para expresar el voto favorable dado que el incremento que se pretende es asumible por los usuarios y se garantiza la mejora mantenimiento y ampliación de actividades deportivas. En representación del GM PSOE-A el Sr. Cebrián Zafra manifiesta el voto en contra de su grupo expresando que no es el momento adecuado para incrementar tarifas en las tasas dada la situación de crisis económica. Visto el Informe técnico económico nº 422/2012 e Informe nº 423/2012 ambos de 18 de diciembre, emitidos por Intervención Municipal, visto lo dispuesto en los arts. 15 y ss, RD Leg. 2/2004 de 5 de marzo TRLHL, arts. 22.2 d) LBRL y Ley 8/89 de Tasas y Precios públicos. Sin que se produzcan más intervenciones, sometida la propuesta por la Presidencia a votación ordinaria, el Pleno acuerda por mayoría absoluta del número legal de Miembros de la Corporación (6 votos favorables del GM IULVCA, 1 del GM Popular, y 5 votos en contra del GM Socialista):

Primero: Aprobar inicialmente la modificación del art. 5 de la ordenanza fiscal nº 30, reguladora de la tasa por utilización del polideportivo municipal que queda redactado de la siguiente forma:

“5.2. TARIFAS. EPÍGRAFE I. ESCUELAS DEPORTIVAS MUNICIPALES.

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Serán beneficiarios de las escuelas deportivas municipales los menores de 16 años estableciéndose una tarifa de 6,48 U.M. al mes. Las escuelas deportivas municipales son: - BALONCESTO - BALONMANO - VOLEIBOL - BADMINTON - TENIS DE MESA - MULTIDEPORTE - ATLETISMO EPÍGRAFE II. OTROS SERVICIOS. CONCEPTO TARIFA 2.1. Uso del gimnasio al mes 16,67 U.M. 2.2. Uso del gimnasio por sesión 2,22 U.M. 2.3. Actividades para mayores al mes 4,17 U.M. 2.4. Mantenimiento de adultos al mes 10,18 U.M. 2.5. Mantenimiento de adultos por sesión 2,22 U.M. 2.6. Karate adultos al mes 15,74 U.M. 2.7. Karate niños menos de 16 años al mes 9,72 U.M. 2.8. Aerobic al mes 13,42 U.M. 2.9. Aerobic por sesión 2,22 U.M. 2.10. Escuela de escalada para mayores de 16 años al mes 11,10 U.M. 2.11. Escuela de escalada para menores de 16 años al mes 8,35 U.M. 2.12. Baile de salón 18,05 U.M. 2.13. Curso de natación (por quincena) 8,33 U.M. 2.14. Prenatación ( 15 sesiones ) 4,63 U.M. 2.15. Uso sauna 20 minutos 3,24 U.M. EPÍGRAFE III. ALQUILERES. 3.1. ALQUILERES CON LUZ ARTIFICIAL. CONCEPTO TARIFA 3.1.1. Entrenamientos Entidades, Federaciones, Clubes Federados, Asociaciones legalmente reconocidas, etc

10,65 U.M./hora

3.1.2. Entrenamiento resto de usuarios 13,89 U.M./hora 3.1.3. Competiciones Entidades, Federaciones, Clubs Federados, Asociaciones legalmente reconocidas, etc

15,70 U.M./hora

3.1.4. Competición resto usuarios 18,80 U.M./hora 3.1.5. Competición deporte espectáculo, ligas profesionales, otras actividades deportivas

313,90 U.M.

3.1.6. Uso de 1/3 de pista (campos separados por cortinas 7,13 U.M. 3.1.7. Inscripción en 24 h. de fútbol sala 60 U.M./ equipo 3.1.8. Uso de pistas de pádel 7,41 U.M./hora y media

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3.1.9. Mesa de ping pong 1,85 U.M./hora 3.1.10. Campo de badminton 2,78 U.M./hora 3.1.11. Escenarios por módulo (3,65*1,85) 18,45 U.M./hora 3.1.12. Uso de campo de fútbol-7 32,41 U.M./hora 3.1.13. Uso de campo de fútbol-11 64,81 U.M./hora 3.1.14. Uso libre rocódromo 1 hora al mes 1,67 U.M./ mes 3.1.15. Uso libre rocódromo 10 horas al mes 11,11 U.M./mes 3.1.16. Uso libre rocódromo 20 horas al mes 18,52 U.M./mes 3.1.17. Uso sala multidisciplinar 12,96 U.M./ hora

3.2. ALQUILERES SIN LUZ ARTIFICIAL. CONCEPTO TARIFA 3.2.1. Entrenamientos Entidades, Federaciones, Clubes Federados, Asociaciones legalmente reconocidas, etc

7,27 U.M./hora

3.2.2. Entrenamiento resto de usuarios 10,65 U.M./hora 3.2.3. Competiciones Entidades, Federaciones, Clubs Federados, Asociaciones legalmente reconocidas, etc

12,65 U.M./hora

3.2.4. Competición resto usuarios 15,70 U.M./hora 3.2.5. Competición deporte espectáculo, ligas profesionales, otras actividades deportivas

188.70 U.M.

3.2.6. Uso de 1/3 de pista (campos separados por cortinas 5,09 U.M. 3.2.7. Uso de pistas de pádel 6,48 U.M./hora y media 3.2.8. Uso de campo de fútbol-7 56 U.M./hora 3.2.9. Uso de campo de fútbol-11 28 U.M./hora EPÍGRAFE IV. PUBLICIDAD ESTÁTICA. CONCEPTO TARIFA 4.1. Anuncio 2,40 * 1,28 bajo el marcador 284,92 U.M./año 4.2. Anuncio 2,40 * 1,28 laterales 227,93 U.M./año 4.3. Anuncio 2,40 * 1,28 bajo el 4.1. 256,43 U.M./año 4.4. Anuncio 2,40 * 1,28 bajo el 4.3. 199,44 U.M./año 4.5. Anuncio 1,28 * 1,20 bajo el 4.2. 142,46 U.M./año 4.6. Anuncio 1,28 * 1,20 bajo el 4.4. 113,97 U.M./año Segundo.- Ordenar su exposición pública mediante anuncio en el B.O.P. y tablón Oficial de Edictos por plazo de treinta días, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Tercero: Elevar a definitivo el presente acuerdo para el supuesto de que finalizado el período de exposición pública no se hubieran presentado reclamaciones, y en tal supuesto: 1º.- Dar traslado a la Subdelegación del Gobierno y Delegación del Gobierno en Málaga del presente acuerdo en unión de certificación comprensiva de la no presentación de alegaciones en su caso, así como del texto íntegro de la ordenanza o modificación efectuada. 2º.- Ordenar la publicación del texto íntegro de la ordenanza o modificación en el B.O.P. con expresión de la fecha de entrada en vigor y recursos procedentes.

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3º.- Ordenar la inserción del texto íntegro de la ordenanza o modificación en la página web del Ayto. de Archidona. Cuarto: Dar traslado a Intervención municipal para cumplimiento de lo ordenado y demás efectos procedentes. 14.2.- APROBACIÓN DE CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO Y VIVIENDA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA Y EL AYUNTAMIENTO DE ARCHIDONA (MÁLAGA) PARA LA COLABORACIÓN EN EL PROGRAMA ANDALUZ EN DEFENSA DE LA VIVIENDA. Por el Sr. Alcalde se da cuenta del referido Convenio y justifica y da cuenta pormenorizada del contenido del mismo. Sin que se produzcan intervenciones y sometido el asunto a votación ordinaria, el Pleno acuerda por unanimidad de los presentes (12 votos favorables: 6 GM IULVCA, 5 GM PSOE-A y 1 GM PP) lo que supone la mayoría absoluta del número legal de Miembros de la Corporación: Primero.- Aprobar el convenio cuyos términos literales son los siguientes:

“CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO Y VIVIENDA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA Y EL AYUNTAMIENTO DE ARCHIDONA

(MÁLAGA) PARA LA COLABORACIÓN EN EL PROGRAMA ANDALUZ EN DEFENSA DE LA VIVIENDA.

En Sevilla, a de de 2012

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. Elena Cortes Jiménez Consejera de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía, De otra, el Sr./Sra. Don Francisco Jiménez Aguilera, Primer Teniente de Alcalde del Ilustre Ayuntamiento de Archidona, Las partes se reconocen recíprocamente la capacidad legal necesaria para la suscripción del presente Convenio, y a tal efecto

EXPONEN El artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos establece que "toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y tos servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad". Por otra parte, de conformidad con el párrafo 1 del artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), los Estados Partes "reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia. Los Estados Partes tomarán medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho, reconociendo a este efecto la importancia esencial de la cooperación internacional fundada en el libre consentimiento". El artículo 47 de ia Constitución establece que todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Igualmente, exhorta a los poderes públicos a promover las condiciones necesarias y establecer las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general, para impedir la especulación.

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Nuestra Carta Magna configura el derecho a la vivienda como un principio rector de la política social y económica, de tal forma que su contenido prestacional exige la actuación positiva de todos los poderes públicos con competencias en la materia, incluyendo a la Administración Local. El Estatuto de Autonomía para Andalucía también consagra en su artículo 25 el derecho a la vivienda como la base necesaria para el pleno desarrollo de los demás derechos constitucionales y estatutarios. La actual situación económica ha tenido entre una de sus más graves consecuencias, la destrucción de un gran número de empleos. Esta situación, agravada en nuestro país por la explosión de la burbuja inmobiliaria, es especialmente dramática en nuestra Comunidad Autónoma. Ello ha provocado que numerosas familias no puedan atender el cumplimiento de las obligaciones derivadas del pago de las rentas de arrendamiento o, en su caso, de los prestamos o créditos hipotecarios celebrados para adquirir su vivienda, siendo doblemente castigadas por dicha crisis financiera, al perder no solo sus empleos sino también sus casas. Ante esta situación las Administraciones no pueden permanecer impasibles y deben realizar cuantas actuaciones sean necesarias y tengan a su alcance para dar amparo a los ciudadanos, al objeto de hacer efectivo el derecho a una vivienda. A ello debemos unir la idea directriz de la debilidad del consumidor en el mercado, que obliga a los poderes públicos a buscar restablecer, en lo posible, el equilibrio en las relaciones de consumo entre las entidades financieras y sus clientes, lo que se ha consagrado en nuestro ordenamiento jurídico como el principio "pro consumidor". En este sentido, desde la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía se ha puesto en funcionamiento el "Programa Andaluz en Defensa la Vivienda", para el asesoramiento, la intermediación y protección de las familias afectadas por la crisis económica y que se encuentren en riesgo de ser privadas de su residencia habitual y permanente. Sin embargo, para conseguir la máxima eficacia del mencionado Programa, se hace necesaria la colaboración de los ayuntamientos, los cuales, como administración más cercana a los ciudadanos y ciudadanas, son fieles conocedores de los problemas, necesidades y demandas de sus vecinos. Por ello, desde el firme convencimiento de la necesidad de aunar los esfuerzos públicos que todas las administraciones deben realizar para resolver el grave problema que suscita a las personas que residen en Andalucía la perdida de su residencia habitual y permanente, con la presente colaboración Interadministrativa se propicia el que en la Comunidad Autónoma el número de familias desahuciadas se reduzca considerablemente, ofreciendo asesoramiento, intermediación y, como último recurso, protección, aspirando a que nadie se vea privada del derecho, constitucional y estatutario, al disfrute de una vivienda digna y adecuada a sus necesidades familiares, sociales y económicas. En consideración a todo lo anteriormente expuesto, ambas partes firmantes, utilizando sus medios y estructuras existentes y sin coste adicional alguno, reconociéndose la capacidad legal necesaria, al amparo de lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, proceden a la suscripción del presente Convenio con base a las siguientes

CLAUSULAS

PRIMERA.- OBJETO. El objeto del presente Convenio es establecer las líneas de colaboración entre la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía y el Ilustre Ayuntamiento de Archidona (Málaga) para ofrecer a los ciudadanos y ciudadanas residentes en su término municipal el asesoramiento, la intermediación y la protección adecuadas para prevenir que, como consecuencia de la actual situación de crisis económica, puedan perder su residencia habitual y permanente, cuando atraviesen dificultades, constatadas por dicha Consejería, que la pongan en riesgo, con la finalidad de evitar que sean privadas de la misma.

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En este sentido el Ilustre Ayuntamiento de Archidona (Málaga) colaborará con la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el desarrollo y ejecución del "Programa Andaluz en Defensa de la Vivienda", mediante las medidas que se derivan de la firma de este Convenio. GUNDA.- ÁMBITO DE LA COLABORACIÓN Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía, en el marco de sus competencias en materia de vivienda, ha puesto en marcha el "Programa Andaluz en Defensa de la Vivienda", a través de sus Delegaciones Territoriales, para el asesoramiento, la intermediación y protección de las personas afectadas por la crisis económica y que se encuentren en riesgo de ser privadas de su residencia habitual y permanente. El Ilustre Ayuntamiento de Archidona (Málaga), en el ámbito de su organización y estructura y en el marco de sus competencias en las materias de vivienda, consumo y servicios sociales, colaborará con la Administración Autonómica en el desarrollo del referido Programa, comprometiendo los recursos humanos y los medios materiales que determine para la resolución de los conflictos que tengan los residentes de su término municipal en relación con su residencia habitual y permanente. TERCERA.- PERSONAS DESTINATARIAS Serán destinatarios de la colaboración interadministrativa que se recoge en el presente Convenio los ciudadanos y ciudadanas que necesiten el asesoramiento, la intermediación y, en su caso, la protección adecuadas para prevenir la pérdida de su residencia habitual y permanente. Dichas personas deberán residir en el término municipal del Ayuntamiento de Archidona (Málaga) acreditándolo mediante el empadronamiento, con dificultades económicas que pongan en peligro el mantenimiento de su residencia habitual y permanente y que demanden el apoyo de las administraciones firmantes para la búsqueda de una solución. CUARTA.- ASESORAMIENTO Y ASISTENCIA MUNICIPAL El Ilustre Ayuntamiento de Archidona (Málaga), en el marco del ejercicio de sus funciones, prestará el asesoramiento que los ciudadanos y ciudadanas necesiten sobre los problemas económicos que padecen en relación a su residencia habitual y permanente. Asimismo dará difusión de sus actuaciones, al objeto de conseguir un mejor conocimiento sobre los derechos y obligaciones que tienen los residentes en su término municipal en relación a su vivienda. El Ilustre Ayuntamiento de Archidona se compromete, a instar a los Servicios Sociales Comunitarios dependientes de la Excma. Diputación Provincial de Málaga y previa solicitud motivada de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía, la emisión de los informes necesarios para comprobar, con carácter de urgencia y en un plazo máximo no superior a quince días, la situación social y económica de las personas destinatarias de la presente colaboración interadministrativa, al objeto de determinar si la misma está en riesgo de exclusión social. QUINTA.- REALOJO PROVISIONAL La Consejería de Fomento y Vivienda y el Ilustre Ayuntamiento de Archidona en aplicación de lo dispuesto en la Ordenanza Municipal reguladora del Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida, se comprometen a propiciar el realojo provisional en una vivienda de su titularidad o de sus entes instrumentales, en régimen de arrendamiento y siempre que tengan viviendas desocupadas, de las personas que hayan sido privadas del uso y disfrute de la vivienda habitual y permanente por razón del desahucio o lanzamiento por ejecución hipotecaria en virtud de resolución judicial, se encuentren en situación de riesgo de exclusión social y así se determine por la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía. SEXTA.- REGISTRO MUNICIPAL DE DEMANDANTES

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El Ilustre Ayuntamiento de Archidona se compromete a facilitar a las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía la información que le sea solicitada dimanante del Registro Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas, al objeto de poder ofrecer el mejor servicio a las personas que tienen dificultades para afrontar el pago de la cuota hipotecaria mensual de su residencia habitual y permanente, con sujeción a lo dispuesto por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos y la normativa sectorial aplicable. SÉPTIMA.-VIGENCIA. El presente Convenio tendrá una vigencia de cuatro años, prorrogable anualmente, de forma expresa, por mutuo acuerdo de las partes. OCTAVA.- COMISIÓN DE SEGUIMIENTO. Se constituye una Comisión de Seguimiento al objeto de dar respuesta a las cuestiones que se susciten en relación con el desarrollo del Convenio y con objeto de realizar el seguimiento del mismo. Estará compuesta por dos representantes de cada parte firmante designados por las personas firmantes del Convenio y entre sus funciones se establecen:

� Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

� Efectuar el seguimiento y control de la ejecución del Convenio. � Realizar cualesquiera otras funciones necesarias para una eficaz gestión y desarrollo del mismo.

La Comisión, se reunirá cuantas veces se considere necesaria para el cumplimiento eficaz de sus competencias y a la misma podrán acudir personas asesoras con voz pero sin voto. Los acuerdos se adoptarán por unanimidad y de cada sesión se levantará acta. NOVENA.- NATURALEZA JURÍDICA El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4.1.d) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Queda fuera del ámbito de aplicación de dicha normativa, regulándose por las normas peculiares contenidas en el mismo. Para la resolución de las dudas y lagunas que pudieran plantearse se aplicarán los principios de la referida ley. DÉCIMA.- EXTINCIÓN Este Convenio se extinguirá por: 1) El cumplimiento de su contenido. 2) La finalización del plazo previsto, cuando las partes hayan denunciado el Convenio con una antelación mínima de un mes. 3) Alguna de las siguientes causas de resolución:

a) El incumplimiento del objeto especificado o de alguna de las estipulaciones. b) El mutuo acuerdo de las partes.

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Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, las partes firman el presente Convenio por duplicado ejemplar y a un solo efecto en el lugar y fecha de su encabezamiento.” Segundo.- Dar traslado a la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía para su conocimiento y efectos.

DE CARÁCTER NO RESOLUTIVO

15º.- RUEGOS Y PREGUNTAS. Por la Presidencia se declara abierto el turno de ruegos y preguntas, teniendo lugar por el siguiente orden que se relaciona: ⌦ Por el Grupo Socialista: � El Sr. Domínguez Sánchez Lafuente plantea los siguientes:

1. Ruega, tras queja recibida de algunos vecinos, que se adopten las medidas necesarias al objeto de que por la nueva concesionaria de la red wifi municipal no se cursen recibos a aquellos usuarios que ya se dieron de baja cuando estaba la anterior concesionaria y que se le han vuelto a girar.

2. Pregunta si existe alguna novedad relativa a las ayudas al municipio por las pasadas inundaciones sufridas. 3. Ruega para que se vuelvan a pintar las líneas de zona azul que han quedado borradas con el tiempo. 4. Ruega se proceda al reasfaltado de la continuación de la calle Catedrático José Lara Garrido, incluida en obras PFEA, en

concreto en Avda. Rep. Argentina. 5. Ruega, tras queja recibida de algunos vecinos, que se ubique en el tanatorio municipal una máquina o servicio de café y

agua al objeto de que los interesados no tengan que desplazarse. Ruegos y/o preguntas que obtienen respectivamente por parte del Sr. Alcalde y/o Concejales/as Delegados/as las siguientes respuestas:

1. El Concejal de Nuevas Tecnologías, Sr. Lara Medina contesta que lo que deberían hacer los vecinos es devolver los recibos bancarios por cobro indebido o que se pongan en contacto con la oficina de red wifi para solventar estas cuestiones.

2. El Sr. Alcalde contesta que se recibió ayuda de la Diputación para reparación del Camino de la Angostura y un pozo de El Llano; así mismo la Junta de Andalucía está interviniendo en el arreglo de caminos en el municipio, y el Gobierno Central no ha concedido aún ninguna ayuda.

3. El Concejal de Tráfico Sr. Arjona Romero contesta que es cierto y que la responsabilidad del pintado y señalización es del concesionario y ya se le ha instado desde su Concejalía en distintas ocasiones, habiendo comunicado la empresa que van a proceder en breve.

4. El Sr. Alcalde ve difícil que con cargo al PFEA se puedan acometer esas actuaciones ya que son tasadas las inversiones y no existe partida específica al respecto. Añade información el Concejal de Obras Sr. Lara Medina especificando que en el proyecto de presupuestos participativos no se contempla el asfaltado de la calle, no obstante al haber disminuido el gasto en materiales quizás se pueda acometer el reasfaltado de dicho tramo de la continuación de calle Catedrático J. Lara, pero quizás no alcance a la República Argentina.

5. El Sr. Alcalde contesta que la máquina se quitó anteriormente por desuso, no obstante informa que junto al tanatorio existe un establecimiento de hostelería donde los interesados pueden acudir.

Acto seguido la Alcaldía Presidencia felicita las Fiestas a los presentes y resto de ciudadanos de Archidona deseándoles un próspero año nuevo.

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Tras lo cual, y no habiendo más asuntos que tratar por la Presidencia, se levantó la sesión, siendo las 21,30 horas del día expresado ut supra, de todo lo cual, como Secretario, doy fe. Vº Bº El Alcalde-Presidente, DILIGENCIA: Remítase a la Subdelegación del Gobierno y a la Delegación del Gobierno en Málaga, copia o extracto de la presente Acta comprensivo de los acuerdos adoptados, conforme al art. 56 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, art. 196 del RD 2568/1986 de 28 de noviembre, y Decreto 41/2008 de 12 de febrero, por el que se regula la remisión de actos y acuerdos de las Entidades Locales a la Administración de la Junta de Andalucía; y publíquese copia o extracto de los acuerdos en el Tablón de Edictos.

Archidona, a 9 de enero de 2012.

El Secretario,

Fdo.: José Daniel Ramos Núñez RECURSOS PROCEDENTES: A los efectos previstos en el art. 52 de la Ley 7/85 de 2 de abril reguladora de las Bases de Régimen Local, art. 107 y ss.116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, y art. 46 de la Ley 29/1998 reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa: será definitivo en vía administrativa el asunto tratado en esta sesión que seguidamente se indican y contra el que se podrá interponer recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, a contar en ambos casos desde el día hábil siguiente al de la notificación: - Ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo,(art. 8 Ley 29/98) los asuntos incluidos en los puntos nº: 7, 9, 10, 11, 13, 14.2. - Ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA,(art. 10 Ley 29/98) los asuntos incluidos en los puntos nº: