identificacion de peligros & evaluacion de...
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Actualización: Marzo 2016
ING. JAIME VANEAS IZQUIERDO, MSc.
IDENTIFICACION DE
PELIGROS & EVALUACION
DE RIESGOS
Seguridad y Salud Ocupacional
Conferencia Magistral
Manta 2016
TECNICO AUDITOR
ING. IND. JAIME VANEGAS
IZQUIERDO
- Magister en Gestión Tecnológica Industrial
- Magister en Seguridad, Salud e Higiene Industrial –
Higienista Certificado –ACGIH Internacional
- Auditor Líder OHSAS 18001 SGS – IRCA
- Auditor SART USFQ
- Especialista Certificado Contra Incendios CEPI - NFPA
- Candidato PHD (Aceptado) Seguridad en el Trabajo
Universidad de Guadalajara México
“EL 1er. DEBER DEL NEGOCIO ES SOBREVIVIR, Y EL PRINICIPIO FUNDAMENTAL DE LA
ECONOMIA NO ES LA MAXIMIZACION DE LAS UTILIDADES, SI NO EVIAR LAS PERDIDAS”
Peter F. Duckter
GESTIÓN TÉCNICA
1. Identificación de factores de riesgo.
2. Medición de factores de riesgo.
3. Evaluación de factores de riesgo.
4. Control operativo integral.
5. Vigilancia ambiental y biológica
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2. GESTION TECNICA
2.1. INDETIFICACION (INICIAL Y ESPECIFICA)
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2.1.1.La identificación, medición, evaluación, control y vigilancia ambiental y de la
salud de los factores de riesgo ocupacional deberá realizarse por un profesional
especializado en ramas afines a la Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo,
debidamente calificado.
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La Gestión Técnica considera a los grupos vulnerables: mujeres, trabajadores en edades
extremas, trabajadores con discapacidad e hipersensibles y sobreexpuestos, entre
otros.
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Se han identificado las categorías de factores de riesgo ocupacional de todos los puestos,
utilizando procedimientos reconocidos en el ámbito nacional o internacional en ausencia
de los primeros
50 2.1.1.Tiene diagrama(s) de flujo del(os) proceso(s)
51 2.1.2.Se tiene registro de materias primas, productos intermedios y terminados;
52 2.1.3.Se dispone de los registros médicos de los trabajadores expuestos a riesgos
53 2.1.4.Se tiene hojas técnicas de seguridad de los productos químicos
54 2.1.5.Se registra el número de potenciales expuestos por puesto de trabajo
552.1.6.La identificación fue realizada por un profesional especializado en ramas afines a
la Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, debidamente calificado.
Gestion TecnicaSeccion 1 Identificacion
Reglamento CD 520 IESS; Implementacion
SART y Auditoria
GLOSARO TECNICO SISO
DIFERENCIA ENTRE PELIGRO - RIESGO
Registro Oficial No. 540
Capítulo II
Art. 4.- Contenido de los reglamentos de higiene y seguridad.- El reglamento de
higiene y seguridad deberá contener la siguiente información, misma que será
ingresada en la página web del Ministerio del Trabajo: SAITE
Identificación del profesional responsable de la elaboración del
reglamento de higiene y seguridad, cuyo encargo será de total
responsabilidad del Representante Legal de las instituciones,
entidades, organismos y empresas del sector público y privado, así como de las
organizaciones de la economía popular y solidaria.
a) Determinación de los centros de trabajo del empleador con el registro del comité
de higiene y seguridad;
b) Obligaciones y prohibiciones del empleador y de los trabajadores de acuerdo
con lo previsto en la normativa legal vigente;
c) Especificar las sanciones contempladas en los artículos 7 del Mandato
Constituyente No. 8, 435 y 436 del Código del Trabajo, que se generarían como
consecuencia del incumplimiento del Reglamento de Higiene y Seguridad;
Registro Oficial No. 540
Capítulo II
d) Declarar los riesgos laborales más importantes identificados según la
metodología científica técnica escogida por el profesional
responsable de la elaboración del reglamento de higiene y seguridad.
Registro Oficial No. 540
DISPOSICIÓN GENERAL
Los empleadores son responsables de la elaboración y
del contenido de los reglamentos internos de seguridad y prevención de
riesgos laborales, de su implementación y aplicación, así como de la
información suministrada al Ministerio del Trabajo.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
PRIMERA: Los empleadores que tengan reglamentos de higiene y seguridad
en el trabajo y registro de comités de higiene y seguridad vigentes, deberán
llenar el respectivo formulario disponible en la página web del Ministerio del
Trabajo, en un plazo de tres (3) meses a partir de la vigencia del
presente Instructivo.
¿Es obligatorio el registro de profesionales para firmar reglamentos de Seguridad ySalud?
No. Toda persona que tenga experticia, conocimientos técnicos-legales de Seguridad y
Salud, conocimiento claro de la actividad laboral del centro de trabajo y que deseehacerse pleno responsable de lo escrito y sobre todo de su gestión puede colocar surúbrica en este documento legal. Recuerde: la firma de un reglamento de Seguridad ySalud, matrices de riesgos laborales, historias clínicas, exámenes ocupacionales,estadísticas de accidentabilidad y morbilidad, procedimientos, planes y todo
documento relacionado a la Seguridad y Salud conlleva responsabilidad civily penal.
Técnico Responsable de la Elaboración del
Reglamento Interno de Seguridad y Salud
Ocupacional
CODIGO PENAL
Articulo 459.-Es reo de homicidio intencional el que ha causado el mal por falta deprevisión o de precaución, pero sin intención de atentar contra otro.
Articulo 460.-(Reformado por el Art. 127 de la Ley 2002-75, R.O. 635, 7-VIII-2002).- Elque inintencionalmente hubiere causado la muerte de otra persona, si el acto noestuviere más severamente reprimido, será penado con prisión de tres meses a dosaños.
Registro Oficial No. 540
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
SEGUNDA: Los empleadores que han presentado solicitudes de aprobación de
reglamentos de higiene y seguridad ante el Ministerio del Trabajo y no han
recibido respuesta, deberán llenar el formulario disponible en la página web
www.trabajo.gob.ec en un plazo de tres (3) meses contados a partir de la
vigencia de este Acuerdo.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Deróguese el Acuerdo No. 220 publicado en el Registro Oficial No. 083 de 17 de
agosto de 2005, y el Acuerdo No. 203 publicado en el Registro Oficial No. 845 de
05 de diciembre de 2012.
Disposición final.-El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su
publicación en el Registro Oficial. Dado en la ciudad de San Francisco de Quito,
Distrito Metropolitano, a 24 de junio de 2015. f.) Carlos Marx Carrasco V.,
Ministro del Trabajo.
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Del control y las sanciones
Art. 11.- Multa por incumplimiento.- En caso de incumplimiento del registro de
reglamentos de higiene y seguridad en el trabajo y/o de los comités paritarios de
higiene y seguridad, la autoridad competente del Ministerio del Trabajo notificará
al empleador con una providencia preventiva de sanción para que en el término
de cinco (5) días contados desde su notificación ejerza el derecho a su
defensa, vencido el cual, de no desvirtuar el incumplimiento, impondrá al
empleador una multa de un mínimo de tres y hasta un máximo de
veinte salarios básicos unificados del trabajador en general, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 7 del Mandato Constituyente No.8.
Registro Oficial No. 540
Capítulo IV
$. 7,160.00 USD
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Del control y las sanciones
Art. 11.- La autoridad competente del Ministerio del Trabajo podrá disponer la
suspensión de actividades o el cierre de los lugares o medios
colectivos de labor, en los que se atentare o afectare a la salud y seguridad e
higiene de los trabajadores, sin perjuicio de las demás sanciones, según lo
dispuesto en el artículo 436 del Código del Trabajo.
El pago de la multa no exime al empleador de realizar el registro de los
reglamentos de higiene y seguridad en el trabajo y/o de los comités paritarios de
higiene y seguridad, siendo facultad de la autoridad competente del Ministerio
del Trabajo, el sancionarlo en lo posterior hasta que cumpla con esta obligación.
Registro Oficial No. 540
Capítulo IV
Metodologías de Identificación y Valoración de Riesgos IPER
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RIESGOS GENERALES Aquellos que
afectan a todos los miembros de la
organización de igual manera,
independientemente del puesto de trabajo
que ocupen.
RIESGO POR PUESTO Y OFICIOAquellos que afectan a cada uno de los
trabajadores en función del puesto de
trabajo u oficio que desempeñan dentro de
la organización.
TANTO LOS RIESGOS GENERALES
COMO LOS RIESGOS POR OFICIO HAN
DE SER IDENTIFICADOS, EVALUADOS
Y TRATADOS
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ANÁLISIS DE RIESGOSHabiendo ya identificado y clasificados los riesgos, pasamos a realizar
el análisis de los mismos, es decir, se estudian la posibilidad y las
consecuencias de cada factor de riesgo con el fin de establecer el nivel
de riesgo de nuestro proyecto.
El análisis de los riesgos determinará cuáles son los factores de
riesgo que potencialmente tendrían un mayor efecto sobre nuestro
proyecto y, por lo tanto, deben ser gestionados por el empleador con
especial atención.
METODOS DE ANALISIS DE RIESGOS Existen tres tipologías de métodos utilizados para determinar el nivel de riesgos de nuestro negocio. Los métodos pueden ser: •Métodos Cualitativos •Métodos Cuantitativos •Métodos Semi cuantitativos
Trabajador común ECUADOR
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RIESGOS CLAISIFICACION X PUESTO
RIESGO ACCIDENTE y/o ENFERMEDAD PROFESIONAL Alto Riesgo 100 - 60 Metodo FINE (Modificado)
Actualización realizada por: JVI 28/03/2014
No. PUESTO DE TRABAJO RISK
1 OPERADOR DE MOLINO 78
2 OPERADOR PRODUCCION REDONDOS 77
3 BODEGUERO 75
4 EMPACADOR 70
5 ELECTROMECANICO 70
6 MECANICO INDUSTRIAL 68
7 ACOLCHADORA ECONOMICO 65
8 OPERADOR LAMINADOS BATIDORA 65
9 CERRADOR DE COLCHONES 60
10 PELADORA 56
11 CORTADOR DE TELA 55
12 OPERADOR REVISADOR & EMPAQUE COBIJAS 55
13 Jefe de produccion 55
14 OPERADOR MAQUINA RECTA 1 50
15 LAMINADORA 45
16 OPERADOR FALSOS 45
17 OPERADOR EMPAQUE RESORTES 45
18 OPERADOR DE RESORTES 45
19 OPERADOR CORTE TELA COBIJAS 45
20 OPERADOR DE BORDADORA 45
21 Jefe de SSII 45
22 TAPIZADOR 40
23 MAQUINSITA RECUBRIDORA 40
24 EMBUTIDO 40
25 OPERADOR MAQUINA OVERLOCK 2 40
26 Guardia 40
27 OPERADOR CORTE TIRAS RESORTES 35
28 MAQUINSTA OVERLOCK 35
29 OPERADOR MAQUINA RECTA 2 35
30 OPERADOR MAQUINA RECTA 3 35
31 OPERADOR MAQUINA RECTA 4 35
32 OPERADOR EMBUTIDOR ALMOHADA AVESTRUZ 35
33 OPERADOR MAQUINAS RECTAS 35
34 OPERADOR DE CORTE COMPACTOS 35
35 OPERADOR CORTE ESPONJA 35
36 BODEGUERO Supervisor Oficinas 35
37 Jefe de despachos 35
38 REVISADOR 30
39 ACOLCHADORA RESORTES 30
40 OPERADOR CERRADO RESORTES 30
41 OPERADOR CORTE TELA ALMOHADA AVESTRUZ 30
42 EMPACADOR ALMOHADA AVESTRUZ 30
43 OFICINISTA 2 30
44 OFICINISTA 4 30
45 Jefe RRHH 30
46 OPERADOR REVISADOR SABANAS 26
47 OPERADOR CARAS PILLOWOP 25
48 DOBLADOR DE MARCOS 25
49 ENSAMBLADOR 25
50 SELLADORA SECCION SABANAS 25
51 OPERADOR CORTE TELA ALMOHADA 25
52 OFICINISTA 1 25
53 OFICINISTA 3 25
54 OPERADOR CORTE TELA SABANAS 20
0
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30
40
50
60
70
80
90
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Análisis de riesgo de incendios
7. ¿Es obligatorio el registro de profesionales para firmar reglamentos de Seguridad y Salud?
No. Toda persona que tenga experticia, conocimientos técnicos-legales de Seguridad y Salud, conocimiento claro de la actividad laboral del centro de trabajo y que desee hacerse pleno responsable de lo escrito y sobre todo de su gestión puede colocar su rúbrica en este documento legal.
Recuerde: la firma de un reglamento de Seguridad y Salud, matrices de riesgos laborales, historias clínicas, exámenes ocupacionales, estadísticas de accidentabilidad y morbilidad, procedimientos, planes y todo documento relacionado a la Seguridad y Salud conlleva responsabilidad civil y penal.
8. ¿Es obligatorio la utilización de los métodos descritos en la Matriz de Riesgos Laborales MRL?
La nueva matriz de Riesgos Laborales MRL es una recopilación de resultados de métodos plenamente reconocidos y aceptados.
Se sugiere que se utilice Método William Fine para los F. de Riesgo Mecánico, si usted considera oportunamente técnico aplicar otro método de reconocido prestigio internacional lo puede hacer, de igual manera para los otros métodos nombrados en los demás factores de riesgo. Es necesario dejar la generalidad y la percepción cualitativa para dar paso a la visión objetiva y cuantitativa de la disciplina de la Seguridad y Salud Ocupacional.
IDENTIFICACION DE LOS RIESGOS
Gestión Técnica
En la figura, se presentan distintas situaciones que
pueden desencadenar en un accidente de trabajo.
Se le solicita que identifique 10 de esas situaciones
y analice 5 de ellas de acuerdo al apartado b,
«Gestión Técnica», del artículo 51 de la Resolución
C.D. 390 del S.G.R.T. considerando las que normas
legales o reglamentarias que les afecten.
Para poder hacer un análisis de valor se pide que
se realice con la norma reglamentaria, para este
caso seria basándose en la resolución 2393 IESS
EJERCICIO PRÀCTICO
Factores de Riesgos Mecánico
Físico
Químico
Ergonómico
Biológico
Psicosocial
EVALUACION DE LOS
RIESGOS
IDENTIFICADOS
William FINE (Modificado)
HAZOP
METODO WILLIAN FINE
La mejor manera de realizar acciones preventivas eficaces
en materia de riesgos laborales, es contar con un buen
diagnóstico de los peligros existentes.
Aprender a aplicar el método de William T. Fine nos
permitirá obtener un ratio de peligrosidad en función de
tres factores básicos:
Consecuencias, exposición y probabilidad.
Además, podremos continuar los cálculos hasta conseguir
un procedimiento conocido como "justificación de la
acción correctora", que nos permitirá priorizar la inversión
en seguridad según el nivel de riesgos a solventar.
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METODO WILLIAN FINE
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El método de William T. Fine es sencillo en su aplicación, pues consiste en valorar tres criterios y multiplicar las notas obtenidas en cada uno.
Así, el Grado de Peligrosidad (GP) se obtendrá al multiplicar el factor "Consencuencias" (C) por el de "Exposición (E) y el de Probabilidad (P).
Estos valores se introducen en un parte de comunicación de riesgo, en el que se determinarán los valores a utilizar siguiendo estas indicaciones:
METODO WILLIAN FINE
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Consecuencias (Factor C)Se analizarán los resultados que tendría la supuesta materialización del riesgo estudiado, siempre dentro de limites razonables y realistas.
Para ello, se tendrán en cuenta los riesgos para la vida de las personas (empleados y/o terceros) y los daños materiales que se producirían, dando puntos según esta tabla:
METODO WILLIAN FINE
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a) Catástrofe con numerosas muertes y daños por encima de los 900.000 € - 100 puntos
b) Varios fallecimientos con daños materiales desde los 450.000 a los 900.000 € - 50 puntos
c) Muerte con daños desde los 90.000 a los 450.000€ - 25 puntos
d) Lesiones graves con riesgos de invalidez permanente o daños de entre 9.000 y 90.000€ - 15 puntos
e) Lesiones que precisen baja médica, con daños entre los 900 y 9.000€ - 5 puntos
f) Lesiones sin baja y daños de hasta 900€ - 1 punto
METODO WILLIAN FINE
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Exposición (Factor E)En este caso valoraremos la frecuencia en la que se produce una situación capaz de desencadenar un accidente realizando la actividad analizada. Se tendrá en cuenta el momento crítico en el que pueden haber malas consecuencias, dándole una puntuación según las siguientes indicaciones:
a) De forma continuada a lo largo del día (muchas veces) - 10 puntos
b) De forma frecuente, con periodicidad diaria de al menos una vez - 6 puntos
c) De forma ocasional, semanal o mensual - 3 puntos
d) De forma irregular, una vez al mes a una vez al año - 2 puntos
e) De forma excepcional, con años de diferencia - 1 punto
f) De forma remota. Se desconoce si se ha producido, pero no se descarta la situación - 0,5 puntos
METODO WILLIAN FINE
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Probabilidad (Factor P)Ahora, teniendo en cuenta el momento que puede dar lugar a un accidente, estudiaremos la posibilidad de que termine en accidente. Se tendrá en cuenta la causa del posible accidente y los pasos que pueden llevarnos a él, puntuándolo como sigue:
a) Si el accidente es el resultado más probable al hacer la actividad -10 puntos
b) El accidente es factible - 6 puntos
c) Aunque no es muy probable, ha ocurrido o podría pasar - 3 puntos
d) El accidente sería producto de la mala suerte, pero es posible - 1 punto
e) Es muy improbable, casi imposible. Aún así, es concebible 0,5 puntos
f) Prácticamente imposible. No se ha producido nunca pero es posible 0,3 puntos
HAZOP
METODOS PARA EVALUACION DE RIESGOS
METODOS PARA EVALUACION DE RIESGOS
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METODOS PARA EVALUACION DE RIESGOS
METODOS PARA EVALUACION DE RIESGOS
CRITERIOS DE SELECCIÓN DEL METODO DE
EVALUACION DE RIESGOS
SERVICIOS DE HIGIENE INDUSTRIAL
SERVICIOS DE HIGIENE INDUSTRIAL
SERVICIOS DE HIGIENE INDUSTRIAL
PRODUCTOS JVI CONSULTORIA
HIGIENE INDUSTRIAL (MEDICIONES) Técnico certificado de 4to nivel en SISO y Certificado
por la American Conference of Gubernamental
Industrial Hyginists – USA
Equipos de medición certificado y calibrados por
laboratorios internacionales
Metodología reconocida internacionalmente
Venta de equipos de higiene (SONOMETROS,
LUXOMETROS, MEDIDORES etc.)
Calibración de equipos de higiene industrial en
laboratorios en USA ACGIH - OAE
SELECTO GRUPO DE CLIENTES NACIONALES e
INTERNACIONALES - EHS
INFORMACION
Telef: 0998981116
www.jviconsultoria.com
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Gestión científica y servicios de consultoría técnica