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I JJJNICIPALIDAD DE COYHAIQUE Xl" REGIÓN AYSEN DEL GENERAL CARLOS IBAÑEZ DEL CAMPO CHILE R E F : DICTA ORDENANZA SOBRE HABILITACIÓN ÁREAS VERDES EN LOTEOS NUEVOS. ORDENANZA : NQ_ ^ _ // COYHAIQUE, 1 ^ JUL.1995 VISTOS: Las atribuciones que me confiere la Ley NQ 18.695 del 31 de marzo de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades; el art. 3.2.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción; el Acta de la Sesión Constitut iva del Honorable Concejo de la comuna de Coyhaique de fecha 26 de sept iembre de 1992; el acuerdo del Honorable Concejo de la comuna de Coy ha i que que consta en el Acta de Sesión Ordinaria NQ 98 de fecha 26.06.95; y CONSIDERANDO : El interés de este Municipio en regular el diseño y construcción de las Obras de Ornato y Plantaciones a realizarse en calles y Áreas Verdes en loteos nuevos de la Comuna, dicto la siguiente: ORDENANZA SOBRE DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DE ÁREAS VERDES EN LOTEOS NUEVOS. ARTICULO 1P.: El propietario de todo nuevo loteo debe ejecutar a su costa las plantaciones y obras de ornato, las que deberán ser aprobadas y recibidas por la Dirección de Obras Municipales, en los terrenos cedidos gratuitamente para áreas verdes y circulaciones, las que serán incorporadas al dominio Nacional de Uso Público, según lo establece el Artículo 134Q de la Ley General de Urbanismo y Construcción. ARTICULO 2Q : Las superficies \s a áreas verdes y circulaciones en loteos nuevos se establecerán de acuerdo a lo estipulado en los Artículos 2.2.5 y 7.2.2 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.

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  • I JJJNICIPALIDAD DE COYHAIQUEXl" REGIÓN AYSEN DEL GENERALCARLOS IBAÑEZ DEL CAMPO

    C H I L E

    R E F : DICTA ORDENANZA SOBREHABILITACIÓN ÁREAS VERDESEN LOTEOS NUEVOS.

    ORDENANZA : NQ_ ^ _ //

    COYHAIQUE, 1 ̂ JUL.1995

    V I S T O S :

    Las atribuciones que me confiere la Ley NQ 18.695del 31 de marzo de 1988, Orgánica Constitucional deMunicipalidades; el art. 3.2.11 de la Ordenanza General deUrbanismo y Construcción; el Acta de la Sesión Constitut iva delHonorable Concejo de la comuna de Coyhaique de fecha 26 desept iembre de 1992; el acuerdo del Honorable Concejo de la comunade Coy ha i que que consta en el Acta de Sesión Ordinaria NQ 98 defecha 26.06.95; y

    CONSIDERANDO :

    El interés de este Municipio en regular el diseño yconstrucción de las Obras de Ornato y Plantaciones a realizarse encalles y Áreas Verdes en loteos nuevos de la Comuna, dicto lasiguiente:

    ORDENANZA SOBRE DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DE ÁREAS VERDES EN LOTEOSNUEVOS.

    ARTICULO 1P.: El propietario de todo nuevo loteo debe ejecutar asu costa las plantaciones y obras de ornato, lasque deberán ser aprobadas y recibidas por laDirección de Obras Municipales, en los terrenoscedidos gratuitamente para áreas verdes ycirculaciones, las que serán incorporadas aldominio Nacional de Uso Público, según lo estableceel Artículo 134Q de la Ley General de Urbanismo yConstrucción.

    ARTICULO 2Q : Las superficies \s a áreas verdes ycirculaciones en loteos nuevos se establecerán deacuerdo a lo estipulado en los Artículos 2.2.5 y7.2.2 de la Ordenanza General de Urbanismo yConstrucción.

  • ARTICULO 3Q

    ARTICULO 4Q

    ARTICULO 5Q

    ARTICULO 6Q

    1.-

    2.-

    3.-

    4.-

    El legajo de antecedentes presentado para laaprobación de loteos deberá contener Planos,Memoria Explicativa y Especificaciones Técnicascorrespondientes a las Obras de Ornato yPlantaciones a realizar en calles y áreas verdesde los loteos, debidamente firmados por losprofesionales competentes, según lo establece elArtículo 3.1.4 de la Ordenanza General de Urbanismoy Construcción.

    El diseño de las Áreas Verdes deberá ser acorde ala superficie y forma del terreno y deberápropender el encuentro de los habitantes delconjunto habitacional y la muestra de especiesna ti vas de la zona. El área verde de cada loteodeberá emplazarse.en forma concetrada, planificandoun espacio digno e indentificable que, una vezimplementado, permita el desarrollo de lasactividades propias del esparcimiento de lapoblación, evitando disgregarlo en pequeñasporciones prediales anexas a la vialidad, o enremanentes de terreno producto de la subdivisiónen lotes. Deberá a lo menos, estar circunscritapor circulaciones públicas en tres de sus lados.

    Para la aprobación del loteo se deberán presentarlos planos : planta,esc. 1:100 ó 1:50 conAsi también un detallearbustivos y floresprofesional del área.

    corte elevación (4 mínimo)desniveles y detalles 1:5.de los elementos arbóreos,con el patrocinio de un

    Las obras mínimas a realizar en todasverdes deberán contemplar las siguientes

    Soleras de Hormigón y zarpas HCV.

    las áreaspartidas:

    Aceras de Hormigón, ancho mínimo 0,50 mt. e=0,07cm.

    Solerillas de Hormigón y/o manipostería de piedrao aIbanilería asentada en hormigón para delimitarlos distintos tratamientos de suelo (césped,gravilla, otros.)

    Senderos de gravilia, estabi1 izado, con o sincolor debidamente compactado. Se deberá consultarel rebaje o rampas para acceso de personasminusválidas (según normas).

  • 5.- Zonas de gravilla u otro para estar.

    6. - Gradas : Cuyos bordes deberán ser tratados conmaterial resistente de manera de evitardesmoronamientos. (Solerilla de Hormigón,Manipostería u otro)

    7.- Mobiliario Urbano:

    a) Letreros Nominativos: Deberán ser metálicos ode madera (resistente, barnizada o pintada) connombre del conjunto, el diseño deberá presentarseen los planos para aprobación del Área Verde,señalando dimensiones y ubicación, así también sedeberán proveer los letreros metálicos(estandarizados) con los nombres de la calles ynumeración.

    b) Letreros Preventivos: Deberán incorporarse a lomenos tres letreros con leyendas tendientes a laconservación del área y las especies; podran serde madera, pintados o barnizados y presentandosen el Proyecto para su aprobación.

    c) Basureros : Serán metal icos, presentados en ellegajo de planos, pintados y como mínimo deberáexistir uno por cada 50 viviendas o fracción menoren cada área verde.

    d) Escaños : Serán de madera cepillada barnizada, conbases metálicas, manipostería, albañilería uhormigón, afianzados al terreno con basede hormigón y correspondiente sistema deanclaje. Cada área verde considerará a lomenos cupo para el 5 % de los habitantes delconjunto habitacional, deberán ser aprobados porla Dirección de Obras Municipales.

    8.- Instalaciones:

    a) Iluminación: En casos de áreas verdes en la queel alumbrado público no cubra un sectordeterminado, se deberá proveer de faroles paraintemperie, aprobados por la Dirección de ObrasMunicipales.

    b) Agua Potable: El urbanízador deberá entregaruna conexión de agua potable con pilón ymedidor propio debidamente protegido y cerrado conllave, haciéndose cargo del consumo hasta la fechade la recepción de la obra.

    El pilón deberá ser ubicado a 5 mts. como mínimodel medidor.

  • 9. - Otras Obras:

    a) Obras Complementarias : Si por razonesgeográficas el terreno presentara grandesdesniveles, el urbanizador deberá ejecutar losaterrazamientos necesarios para proveer de zonasaptas de estar y ejecutar los muros de contención(mampostería u hormigón) cuyo cálculo seráauspiciado por un ingeniero civil.

    b) Obras de Drenaje y/o escurrimientos de agua:El proyecto debe contemplar el drenaje adecuadode las aguas y evacuación a zarpas o alcantarillasdispuestas para este fin, para asegurar suhabitabilidad, se deberá incluir pendiente paraescurrimientos naturales.

    c) Obras Identificatorias :

    Será obligación del urbanizador proveer dealgún elemento identificatorio a cada área verde:jardinera, monumento, juegos infantiles s placa, úotro elemento propuesto y aprobado por laDirección de Obras Municipales.

    10. - Plantaciones:

    a) Césped :

    Deberá ser adecuado a la zona y previa preparacióndel terreno, deberán instalarse cerquillos demadera para su protección durante proceso decrecimiento. Se exigirá un 50% de la superficietotal del área Verde, y en todos los veredonesde tierra entre acera y solera que conformen elConjunto habítacional.

    b) Flores o especies arbustivas:

    De acuerdo a la zona, se sembrarán y/oplantarán en superficies no inferior a0,25 m2 c/u. , serán debidamente protegidasdurante el período de crecimiento. Lasuperficie mínima a plantar será del 10% dela superficie total del área verde, deberádefinirse el tipo a usar de acuerdo a InformeTécnico de un profesional del ramo. Deberán seraptos para el terreno existente y la ubicacióngeográfica de la localidad. Se exigirá que un 50%de flores y especies arbustivas a sembrar y/oplantar sean nativas. El terreno /debe serdebidamente preparado.

  • c) Especies Arbóreas :

    Deberán a lo menos considerarse un 50% de especiesnativas de la región. El trasplante deberá hacerseen la época adecuada y será de responsabilidad delLoteador, al momento de la recepción, velar por lasbuenas condiciones de las plantas. Cada especiedeberá tener un protector resistente debidamentepintado (Tutores). Se deberán consultarespecies, que no provoquen daños a lasurbanizaciones, tanto por su ubicación, altura yenraizamiento. Se deberán preferir especies comociruelillo, palmilla o fuñique, abedul y ñirre.

    En áreas verdes:

    Se deberán consideran a lo menos 50% de árboleshoja caduca y 50% de árboles hoja perenne al igualque en las calles. El NQ total dependerá deldiseño y propósitos generales del área y deberáser aprobado por la Dirección de Obras Municipales.

    En Calles :

    Cada 10 mt. mínimo y de acuerdo a la especie, sedeberá especificar con detalle su diámetro defollaje máximo, no deberán coincidir con entradasde vehículos y deberán distar 10 mts, de lasesquinas (cruce de 1íneas de cierro). Se deberánintercalar los árboles de hoja caduca con la hojaperenne y deben ubicarse por ambos lados de la vía.

    ARTICULO 7Q :

    ARTICULO 8Q :

    La buena ejecución de las obras seráresponsabilidad del Constructor y/o EmpresaConstructora. Las Unidades Técnicas respect ivas (encaso de loteos Serviu, Municipalidad, otros)deberán velar por la buena ejecución de lo aprobadoen los planos.

    El loteador deberá coordinar la siembra y/o plantíode césped, especies, arbóreas o arbustivas yflores, durante la construcción del loteo, de

    de recepcionarlo la Direccióncompruebe el enraizaminto dede la época estacional de la

    I lustre Municipalidad deuna certificación por parte

    manera que al momentode Obras Municipaleslas especies, a pesarrecepción. EstaCoyhaique solicitaráde un Ingeniero Forestal, en la cualoportuna y correcta ejecución, deornato (siembra y plantaciones).

    se acredite lalas obras de

  • ARTICULO 90

    ARTICULO 10Q

    ARTICULO 11Q

    ARTICULO 12Q

    En caso contrario el loteador deberá entregar alMunicipio Boleta de Garantía o Póliza de Seguro,según lo establece el Artículo 12 9Q de la Ley

    y Construcción por el valor deEl loteo podrá ser recibidoObras Municipales cumpliendo

    con los demás requerimientos establecidos. En casoa la fecha de vencimiento de la Boleta de

    Póliza de Seguro las obras faltantes noejecutadas, la Ilustre Municipal idad dehará efectivo dicho documento ylas obras por licitación pública osegún corresponda.

    estableceGeneral de Urbanismolas obras faltantes.por la Dirección deconqueGarantía ohayan sidoCoyhaiqueejecutarácotización

    La presente Ordenanza comenzará a regir desde elmomento de la publicación en el Diario de mayorcirculación local y del Diario Oficial.

    Quedarán exentos deanteproyectos depublicación.

    esta Ordenanza, los proyectos yloteos aprobados previa

    El cumplimiento de la presente Ordenanza, serácontrolado por la Dirección de Obras Municipales.

    ARTICULO 13Q: ANÓTESE, COMUNIQÚESE a la Intendencia XIa. RegiónAysén, Gobernación Provincial de Coyhaique,TRANSCRÍBASE a todas las Direcciones Municipales;PUBLIQUESE un ex t rae to en el Diario de mayorcirculación local y en el Diario Oficial de laRepública y ARCHÍVESE.

    \N QAEJMONA FLORESyi. • • .

    Municipal

    ESP/JCF/AloXieq

    SANTELICESAlcalde