i comitÉ directivo estatal i · 2019-04-13 · secretario general del comite directivo estatal •...

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UNIDOS y MÁS FUERTES POR NAY~RIT COMITÉ DIRECTIVO ESTATAL I I I CÉDULA DE PUBLICACiÓN I I EN LA CIUDAD DE TEPIC, NAYARIT, A LOS DIEZ OlAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO I . DOS MIL DIECINUEVE, EN PUNTO DE LAS DIEZ HORAS, EL QUE SUSCRIBE, LIBRADO CASAS LEDEZMA, SECRETARIO GENERAL DEL COMITÉ DIRECTIVO ESTATAL DEL PARTIDO ACCiÓN NACIONAL EN NAYARIT,iCON FUNDAMENTO EN EL ARTíCULO 77, INCISO F) DEL REGLAMENTO DE LOS ÓRGANOS ESTATALES Y MUNICIPALES DEL PARTIDO ACCiÓN NACIONAL, NOTIFICO, MEDIANTE CÉDULA QUE SE FIJA EN LOS ESTRADOS FíSICOS Y ELECTRÓN'ICOS DE ESTE COMITÉ DIRECTIVO ESTATAL, LA PRESENTACiÓN DE UN ESCRITO CONCISTENTE EN I JUICIO PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS POLlTlCOS ELECTORALES DEL CIUDADANO, PRESENTADO POR EL C. JUAN] BAUTISTA BARRETO RODRíGUEZ, CON EXPEDIETE SG-JDC-48/2019, EL CUAL FUE RECIBIDO EN ESTE COMITÉ DIRECTIVO ESTATA, EL DíA 09 DE ABRIL A LAS ONCE HORAS CON 48 MINUTOS, EN TÉRMINOS DEL ARTíCULO 17 DEL PÁRRAFO 1 INCISO B) DE LA LEY I GENERAL DEL SISTEMA DE MEDIOS DE IMPUGNACiÓN EN MATERIA ELECTORAL, SE PROCEDE A REALIZAR LA RESPECTIVA PUBLICIDAD! EN LOS ESTRADOS DE ESTE INSTITUTO POLíTICO TANTO FíSICOS COMO ELECTRÓNICOS, POR UN TÉRMINO DE SETENTA Y DOS HORAS. I I . PARA LOS FINES LEGALES PROCEDENTES, ESTA ACTUACION ES CON LA I FINALIDAD DE OTORGAR LA MAXIMA PUBLICIDAD DEBIDA. I "POR UNA PATRIA ORDENADA Y GENEROSA Y UNA VIDA MEJOR Y MÁS DIGNA PARA TODOS" I I ATENTAMENTE I -/fob é~CÁ{) 4 LIBRADO CASAS LEDEZMA I I SECRETARIO GENERAL DEL COMITE DIRECTIVO ESTATAL I DEL PARTIDO ACCION NACIONAL EN NAYARIT

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Page 1: I COMITÉ DIRECTIVO ESTATAL I · 2019-04-13 · secretario general del comite directivo estatal • i del partido accion nacional en nayarit. sala regional guaoalajara i, i notificacion

UNIDOSy MÁS FUERTES POR

NAY~RITCOMITÉDIRECTIVOESTATAL

I

II

CÉDULA DE PUBLICACiÓN II

EN LA CIUDAD DE TEPIC, NAYARIT, A LOS DIEZ OlAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑOI .

DOS MIL DIECINUEVE, EN PUNTO DE LAS DIEZ HORAS, EL QUE SUSCRIBE,LIBRADO CASAS LEDEZMA, SECRETARIO GENERAL DEL COMITÉ DIRECTIVOESTATAL DEL PARTIDO ACCiÓN NACIONAL EN NAYARIT,iCON FUNDAMENTO ENEL ARTíCULO 77, INCISO F) DEL REGLAMENTO DE LOS ÓRGANOS ESTATALES YMUNICIPALES DEL PARTIDO ACCiÓN NACIONAL, NOTIFICO, MEDIANTE CÉDULAQUE SE FIJA EN LOS ESTRADOS FíSICOS Y ELECTRÓN'ICOS DE ESTE COMITÉDIRECTIVO ESTATAL, LA PRESENTACiÓN DE UN ESCRITO CONCISTENTE EN

• I •

JUICIO PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS POLlTlCOS ELECTORALESDEL CIUDADANO, PRESENTADO POR EL C. JUAN] BAUTISTA BARRETORODRíGUEZ, CON EXPEDIETE SG-JDC-48/2019, EL CUAL FUE RECIBIDO EN ESTECOMITÉ DIRECTIVO ESTATA, EL DíA 09 DE ABRIL A LAS ONCE HORAS CON 48MINUTOS, EN TÉRMINOS DEL ARTíCULO 17 DEL PÁRRAFO 1 INCISO B) DE LA LEY

I

GENERAL DEL SISTEMA DE MEDIOS DE IMPUGNACiÓN EN MATERIA ELECTORAL,SE PROCEDE A REALIZAR LA RESPECTIVA PUBLICIDAD! EN LOS ESTRADOS DEESTE INSTITUTO POLíTICO TANTO FíSICOS COMO ELECTRÓNICOS, POR UNTÉRMINO DE SETENTA Y DOS HORAS. I

I .

PARA LOS FINES LEGALES PROCEDENTES, ESTA ACTUACION ES CON LA• I

FINALIDAD DE OTORGAR LA MAXIMA PUBLICIDAD DEBIDA.

I"POR UNA PATRIA ORDENADA Y GENEROSA YUNA VIDA MEJOR Y MÁS DIGNA PARA TODOS"

I

I

ATENTAMENTE I

-/fob é~CÁ{) 4LIBRADO CASAS LEDEZMA I

• ISECRETARIO GENERAL DEL COMITE DIRECTIVO ESTATAL

• IDEL PARTIDO ACCION NACIONAL EN NAYARIT

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SALA REGIONAL GUAOAlAJARAI

, INOTIFICACION POR OFICIO

MEDIANTE MENSAJERíA ESPECIALIZADA

JUICIO PARA LA PROTECCiÓNDE LOS DERECHOS POLíTICO-ELEctORALESDELCIUDADANO

IEXPEDIENTE:SG-JDC-48/20 19

IACTOR: JUAN BAUTISTABARRETORODRíGUEZ, IORGANOS RESPONSABLES:COMITÉ DIRECTIVO ESTATALDELPARTIDO ACCiÓN NACIONAL,

EN NAYARIT Y OTRASI,

OFICIO: SG-SGA-OA-276/2019I

ASUNTO:SENOTIFICA ACUERDOY SEIREMITENCONSTANCIAS

FECHA:OCHO DE ABRIL DE DOS,

MIL DIECINUEVE

II

Comisión Permanente Estataldel Partido Acción Nacional en Nayarit.J

Mina N.O276. Colonia Centro. Código Postal 63000. Tepic. Nayarit.

P R E S E N T E.

Can fundamento en los artículos 26. párrafo 31Y29. párrafos 1 y 3 inciso c)de la Ley General del Sistema de Medias de Impugnación en MateriaElectoral, en relación con los numerales 33, fra~ciones 111 y IV, 34, 94 Y 98 delReglamento Interno del Tribunal Electoral I del Poder Judicial de laFederación, y en cumplimiento de lo ordenado en el expediente al rubro.fi COMITE pf-r acuerdo de cinco de abril de dos mil 'diecinueve, dictado por el

~ E DIRECTIVO agistrado Sergio Arturo Guerrero OlverÓ, integrante de la SalaSTATAl NAYAR uadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, le

g - ABR. 2UIa n tifico por oficio la determinación de méritc? de la que se anexa copiarr¡iHO . 11,' 'i8 . ~Ie, en ~os fojas útiles, impresas por. ~n:ba~ caras; asi~is~o. se adjuntaL!JrrfQ' I OpiO certificada de la demanda del JUICIOCiudadano Indicado al rubro;. SECR'ET';'~~l ara los efectos legales correspondientes. sí~ase acusar de recibido. _

- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Doy fe.

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P R E S E N T E.

TRIBUNAL ELECTORALdel Poder Judicial de la Federación

SALA REGIONAL GUPoDALAJARA

NOTIFICACiÓN POR OFICIOMEDIANTE MENSAJERíA ESPECIALIZADA

JUICIO PARA LA PROTECCiÓNDE LOS DERECHOS POlíTlco-elECTORALESDel CIUDADANO

,

EXPEDIENTE:SG-JDC-48/20 19I

ACTOR: JUAN BAUTISTABARRETORODRíGUEZ, IORGANOS RESPONSABLES:COMITÉ DIRECTIVO ESTATALDELPARTIDO ACCiÓN NACIONALEN NAYARITY OTRAS

IOFICIO: SG-SGA-OA-27 6/2019

IASUNTO:SENOTIFICA ACUERDOY SEREMITENCONSTANCIAS

I

FECHA:OCHO DE ABRil DE DOS,

Mil DIECINUEVE

II

Comisión Permanente Estataldel Partido Acción Nacional en Navar!t.I

Mina N.O276. Colonia Centro. Código Postal 63000. Tepic. Nayarit.

II

Con fundamenta en los artículos 26. párrafo 3 y 29. párrafos 1 V 3 inciso c)de la ley General del Sistema de Medios de Impugnación en MateriaElectoral. en relación con los numerales 33. fracbones 111y IV. 34. 94 V 98 delReglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de laFederación. V en cumplimiento de lo ordenado en el expediente al rubro.por acuerdo de cinco de abril de dos mil diecinueve. dictado por elMagisfrado Sergio Arturo Guerrero Olvera,l integrante de la SalaGuadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. lenotifico por oficio la determinación de mérito de la que se anexa copia

I

simple. en dos fojas útiles. impresas por ambas caras; asimismo. se adjuntacopia certificada de la demanda del juicio ciudadano indicado al rubro;para los efectos legales correspondientes. Sírvase acusar de recibido. _-------------------------------- -----l---------------DoVfe.

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TRIBUNAL ELECTORALdel Poder Judicial de la Fedelaclón

SALA REGIONAL GUADAlAJARA JUICIO ~ARA LA PROTE<?CIÓNDE LOS DERECHOS POLlTICO-

I

ELECTORALES DELCIUDADANO

IEXPEDIENTE: SG-JDC-48/2019

ACTOR: JUAN BAUTIST ABARRETO RODRíGUEZ

- IORGANOS RESPONSABLES:COMITÉI DIRECTIVO ESTAT~LDEL ¡PARTIDO ACCIONNACIONAL EN NA YARIT YOTRAS I

I

MAGISTRADO ELECTORAL:SERGIO I ARTURO GUERREROOLVERA

ISECRETARIO DE ESTUDIO YCUENTA1

: OMAR DELGADOCHÁVEz'

Guadalajara, Jalisco, cinco de abril de dos mil diecinueve.

El Secretario Omar Delgado Chávez, da cuenta alI

Magistrado Electoral Sergio Arturo Guerrero Olvera, con elI

oficio número TEPJF/SG/SGA/348/2019, de este día,

signado por la Secretaria General del Acuerdos de esta SalaI

Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la

Federación de la Primera Circunscribción Plurinominal, con

sede en Guadalajara, Jalisco, mediahte el cual informa que

por auto de misma fecha, el Magist)ado Presidente de este

órgano jurisdiccional, en razón d~ turno, remitió a su

ponencia, el expediente identificadd con la clave SG-JDC-

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SG-JDC-48/2019

48/2019, integrado con motivo del escrito de demanda del

juicio para la protección de los derechos político electorales

del ciudadano, incoado por Juan Bautista Barrero

Rodríguez, por derecho propio, a fin de impugnar, del

Comité Directivo Estatal, de la Comisión Permanente

Estatal en Nayarit y de la Comisión de Fortalecimiento

Interno del Comité Ejecutivo Nacional, todas ellas del

Partido Acción Nacional; la instalación de una delegación

municipal para sustituir al ahora actor y a los demás

dirigentes del Comité Directivo Municipal del indicado

instituto político en el municipio de Tepic, de ese Estado.

Vista la cuenta que antecede, con fundamento en los

artículos 41, párrafo segundo, base VI y 99, párrafo cuarto,

fracción V, de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos; 1, fracción 11, 184, 185, 186, fracción 111, inciso

cl, 192, primer párrafo, 195, fracción IV, inciso b) y 199,

párrafos primero, fracciones XII y XV, Y segundo, de la Ley

Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 3, párrafo 1 y

2, inciso c), 4, 9, 12, 26, 27, numeral 6, 28, 79, párrafo

1, 80, párrafo 1, inciso f} y 83, párrafo 1, inciso b), de la

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en

Materia Electoral; 40, párrafo segundo, 44, fracciones 1, 11,

IX, y XV, 52, fracción 1, 56, 72 fracción IV, incisos a) y d),

y 73, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del

Poder Judicial de la Federación, ACUERDA:

PRIMERO. Recepción de Documentos. Téngase por recibido

el oficio y el expediente de cuenta; se ordena agregar a los

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TRIBUNAL ELECTORALdel Poder Judicial de la Federación

SALA REGIONAL GUADALAJARA

SG-JDC-48/2019

autos el oficio TEPJF/SG/SGA/348/2019, para que surtan

los efectos legales conducentes.

SEGUNDO. Radicación. De conformidad con lo dispuesto

por el artículo 19, párrafo 1, inciso ~), de la Ley General de

Sistemas de Medios de ImpUgnaCidn en Materia Electoral,

se' radica en 'Ia ponencia del Magiktrado Electoral Sergio

Arturo Guerrero Olvera, el juicio p~ra la protección de los

derechos político-electorales del ciudadano al rubro

indicado.

TERCERO. Domicilio procesal y autorizados. Toda vez que

el domicilio que señala la parte adtora en su ocurso, se

encuentra fuera de la ciudad Jede de este órganoI

jurisdiccional, con fundamento en el artículo 27, párrafo 6,

de la ley adjetiva electoral, las notifi¿aciones se practicarán

en los estrados de este tribunal, haJta en tanto no indique

diverso; de igual manera, se le ti~ne designando como

. di'.autoriza as a as personas que menciona.

CUARTO. Trámite. A efecto de integrar la relación jurídica

procesal, se ordena al Comité Di~ectivo Estatal y a la

Comisión Permanente Estatal, amblos de Nayarit, y a laI

Comisión de Fortalecimiento Interno del Comité Ejecutivo

Nacional, todas ellas del Partido AcLón Nacional, órganosI

responsables en el presente juicio ciudadano, que una vezI

recibida la documentación que esta Sala remite, de

inmediato inicien el trámite corresp6ndiente, lo publiciten

por el término de setenta y dos hor~s, y una vez concluido

este plazo, remitan a esta Sala Regional, su informe

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SG-JDC-48/2019

circunstanciado, la cédula y razones atinentes, así como,

en su caso, los escritos de terceros interesados, y lo que

consideren pertinente para la resolución del asunto; lo

anterior en términos de los artículos 17 Y 18 de la Ley

General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia

Electoral.

Se aperciben a los órganos señalados como responsables

que de no cumplir en tiempo con lo ordenado o hacerlo en

forma incompleta se harán acreedores de alguna de las

medidas de apremio contempladas en el artículo 32 de la

ley procesal antes citada.

Notifíquese, conforme a lo indicado, y en términos de ley.

Así lo acordó y firmó el Magistrado Electoral Sergio Arturo

Guerrero Olvera, ante el Secretario de Estudio y Cuenta

quien .da fe.

MAG~STRADO ELECTORAL

._-=:i~fd'L1SERGIO ARTURO GUERRERO OLVERA

SECRETARIO DE ESTUDIO y CUENTA

g2~¿{OMAR DELGADO CHÁ VEZ

OMDCh/jcv/mrj

4

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, ,\ ", .(¡~ ,

.5~- Jtlc - '16/1C(rDespadio Jurúfu:o "l1'eT'eyáa y}l.socüufos" I O O O 1

-. I

('-. I

EXPEDIENTE: _

C. MAGISTRADO DEL TRIBUNAL ELECTORAL\ IDEL PODER JUDICIAL DE LA FEDER~CIÓNCON SED.E EN GUADALAJARA, JAliSCO.P R E S E N T E: I

\ JUAN BAUTISTA BARRr.TO RODRIGUEZ, mexicano, mayorde edad, con domicilio ubicado en Calle Ar . RivaslMercado antes MiMnnúme(o 3 de la Zona Centro de esta Ciudad de Te ic Na arit As! mismose me tenga señalando como Corre l Electrónico para recibir notificacionesel siguiente: ojpereyda [email protected] en mi' nombre y 'relJretentación a los. C\C. LIC. OSCARFERNANDO PE~EYDA ANDRADE, ()SCARJ~VIER P~REYDA DIAZ y/oFRANCISCO JAVIER PEREYDA A DRADE indistintamente, por lo quevengo ante Usted C. Magistrado par,:./ .

'.' . EX.PiNER

Por medio del presente Ocurso,11por mi propio derecho, confundamento en lo dispuesto en los art culos 1", 8°,17,25) 35 fracción 1I y 111,41 fracción VI; 99; 115, 133 Ydemás aplicables Constitucionales, artículos1 Apartado 2 Incisos A) y B), 25 Ap rtada'1, inciso A), I 26 inciso C), 27,Apartado 1 Inciso C), 38 Apartado 1 ncis6 A), 46, Apartado 1 Inciso D) yAparta<;fá4 del, Código Federal de /instituciones 'y ProcedimientosElectorales; artículos 112 del Regla ehto de los Órganos Estatales y,Municipales, articulas 11 Apartado 1, i~c1S0' 82 Apartad9 3, 87 Apartado 1,

- inciso A) y 98 de los Estatutos Gener tes del Partido Acción Nacional, deigual manera lo mencionado por los a iculos 3, 6, 8, 19179,80 Inciso G ydemás relativos de la Ley General d~ ~edios de Impugnación en MateriaElectoral, así como lo dispuesto pOIJro~numerales 1, 2,:3, 8, 9, 13, 15, 16,23, 24, Y 25 de la CONVENCION AMERICANA sobre DERECHOS

l • •

HUMANOS "PACTO DE SAN JaSE E COSTA RICA" acudo ante Esta. . , \ '

Honorable Sala Electoral, a PROMOVERJUICIO PARA LA PROTECCIONDE LOS DERECHOS POLITICOS/ELECTORALES DEl! CIUDADANO, encontra del ACTO EMITIDO POR EL COiVUTÉDIRECTIVO ESTATAL DELPARTIDO ACCrON NACIONAL EN NAYARIT ATRAVES DE LACOMISI N PERMANENTE D DICHO IfIISTITUTO POLlTICO ya que esviolatorio de nuestros dereéhos cornp militante a I los documentosbásicos que Acción Naciqhal, adema,s de ser un acto que atacadirectamente a la forma 9!! elegir a nUestros representantes en losMunicipios además de v~lación a la D~mocracia i~terna de nuestropartido y de igual manera al Derecho de Garantía de Audienciaconsagrada en la Cónstitución Políli~a de los I Estados UnidosMexicanos, por lo tanto ante la necesidad 'de que se me hagan valer lasnormas partidistas por la cual se rige ellnstit~to Político 'en el cual milito esque me faculta a ocurrir ante esta Autorid11dJurisdic!cional Electoral, ainterponer el presente JUICIO PARA LA PROTECelON DE LOS

\ I

1 \;4rquitteto 10tW ?Jercatfo (9rtiñón) número 3~ntn.Jf'V.9d~o y Zacaucas, zonacl!~tro

rtrpic, :J{trjan-f. r(e( 311-2-!Q-1D-10

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."

DANIELALEJANDRO AOILLOMU/lOZOFICIAlDEP T S REGIONAL

RECIBí:Original del escrito del medio de ImpugnBarreta Rodrfguez, en 07 .Iete folas.

ATENTRIBUNALELECTORAl. DEL P OER

SAlAG AO

04 de,.abrU de 2019, signado por Juan Bautista

rRJ~)l,.I••""-~•••.. '~'LfJ!;!L !~::.::CIJ;,lD!. t}t. I • ' ••• t(".lOJ

PRII.15P.. .••L. '. J', ""':10••••1:',:<'>" .'.

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0002II

DERECHOS POLlTICO ELECTORALES DEL CIUDADANO, ya que sólo através de esta instancia puede ser posible obtener LA REPARACiÓN DELAS VIOLACIONES RECLAMADAS A MIS DERECHOSFUNDAMENTALES, Así COMO LAlVIGIMNCIA A LOS ESTATUTOSDEL PARTIDO ACCiÓN NACIONAL y, REGLAMENTO DE LOSORGANOS ESTATALES y MUNICIPALES DEL PARTIDO AcerONNACIONAL. I \ I

Teniendo como soporte al acudir por esta Via b la impartición dela Justicia violentando mis Garanti?s Individuales consagradas en el Artículo35 Fracción 11de la ,?onstituc!?n ~olítica de lo~ Esta,dos ~nidos Mexicanos,vengo soportando mi pretenslon de acudir en esta vla y forma propuesta enlas siguientes: I I

J U R I S P R U D E N IC I A S IJUIcrO PARA LA PROTECCiÓN DE OS DERECHOS POLiTlCO-ELECTORALES

• \ • I

DEL CIUDADANO, REQUISITOS PARj'I SU PROCEDENCIA.- Los requisitos para laprocedencia del juicio para la protección de loS derechOs politico-electorales delciudadano están previstos en el articulo 7,\9 (y no en el 80) de la Ley General del Sistemade Medios de Impugnación en Materia IElectoral~pues del contenido del primero seobtiene que para la procedencia, se requiere la con urrencia de los elementos siguientes:a) que el promovente sea un ciudadano n\exicano b) que este ciudadano promueva porsi mismo y en forma individual; y c) que ~aga valer presuntas violaciones a cualquierade los siguientes derechos politicos: de vqtar y s~r votado en las elecciones populares,de asociarse individual y libremente para lomar rarte en forma pacifica en los asuntospollticos y de afiliarse libre e individualme~te a los partidos politicos. Los primeros doselemenlos no requieren mayor explicación! Re~peclo al último c~be destacar que, deconformidad con el texto del precepto e1comento, para tenerlo por satisfecho, essuficiente con que en la demanda se aduzc qpe con el aclo o resp'ución combatido secomelieron violaciones a alguno o varios e ,los derechos politicos mencionados, enperjuicio del promovente, independienleme"lé de que en el fallo que se llegue a emitirse puedan estimar fundadas o infundadas tales alegaciones; es decir. el elemento encomento es de carácter formal, y tiene como/lobjeto determinar la procedencia procesaldel juicio, en atención a que la única materia ~e que se puede ocupar el juzgador en élconsiste en dilucidar si los actos combati~O~ conculcan o no los derechos politicosmencionados, y si el prom avente no estimara ue se infringen ese tipo de prerrogativas,la demanda carecería de objeto en esla via'. E tanto que de la interpretación gramaticaldel vocablo "cuando', contenido en el apa'rtad 1 del articulo 80 de la Ley General delSistema de Medios de Impugnación en M!lteria plectoral, se aprecia que está empleadocomo adverbio de tiempo y con el significl.do del'en elliempo, en el punto, en la ocasiónen que", pues en todos los incisos que siguen a ?ista expresión se h'ace referencia, a queel juicio queda en condiciones de setromovid~, al momento o tiempo en que hayanocurrido los hechos que se precisan en cada ~iPótesiS, como son la no obtenciónoportuna del documento exigido por a ley elecl ral para ejercerl el voto, después dehaber cumplido con los requisitos y tr,amites corre, p.ondientes; el hecho de no apare.cerincluido en la lista nominal de elect9res de la seqclón correspondiente a su domlclho,luego de haber obtenido oportunam¡mte el docume~to a que se re~ere el inciso anterior;una vez que se considere indebidamente excluido ~e la lista nominal de eleclores de lasección correspondiente a su d~' ¡cilio; al momento en que estime que se violó suderecho polltico-electoral de ser atado, con la nega'¡:ión de .s~ registro como candid~toa un cargo de elección popular, ropuesto por un pa'¡ido politlco; al conocer la negal1vade registro como partido politico o agrupación polftica, de la asociación a la que sehubiera integrado el ciudadano para loniar parle en 10lma pacifica, en as~ntos poillicos,conforme a las leyes aplicables, si consideran indebida\tal negacióp; y al tlerr:po enque.al conocer un acto o resolución de la autoridad, el ciudadano piensa que es viola tono decualquiera aIro de los derechos polltico-electorales no comprendidos en los incisos

'.2 \

)frquif"do 1{J1.US !},(~mufo(:Miñón) númett: 3l£ntn' )Iv. :Mbfto y Znct%ucas, zona cmtro

fJipic, .1Iayan't. '1,fJl1-Z.10.2040

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-----+-------------_. -

.. \ .,1'.' \. •...

<DespacnoJurúr.co "'l'erryáa y)lsociadós"

precedentes, pero si en el .artlculo. anterior. consecuentemehte, para considerarprocedente este juicio es suficiente que la demandq satisfaga los 'requisitos del artículo79 citado, aunque no encuadre en ninguno de los/supuestos especificas contempladosen el articulo 80. ! ' I

. / IRecurso de apelación. SUP-RAP-015/99. 15ma.elEnrique Yáñez Centeno Cabrera. 10 deagosto de 1999. /linanimidal I de votos.

Juicio de revisión constitucional electoral. SUP-JRC-152/99. Hermino Quiñónez Osario yAngel Garcla Ricárdez, quienes se oslenlan como representantes de la AsambleaComunitaria del Municipio de Asunción -raco/u/ita, Distrito Judicial de San CarlosYaulepec, Oaxaca. 11 de noviembre de 1999. UnanimIdad de votos.Juicio para la protección de los derechos fOlitico-elecloraleS del ciudadano. SUP-JOG-036/99. Héctor Hemández Cortinas y Juan ardiel de Sariliago. 17de diciembre de 1999.Unanimidad de I I votos.La Sala Superior en sesión celebrada f' doce de mayo de dos mil, aprobó pormayorla de seis votos la jurisprudenci que anteáde y la declaró formalmenteobligatoria. I IJusticia Electoral. Revista del Tribu al Electoral del Poder Judicial de laFederación, Suplemento 4, Año 2001, p ginas 17118.

INTERÉS JURíDI~O PARA PROMOVE . JUICIO \,ARA LA PROTECCiÓN .DE LOSDERECHOS POLlTICO-ELECTORALES DEL C}UDADANO.- De la interpretaciónsistemática y funcional de los articulas 1 , 17, 35', de la Constituci6n Polltica de losEstados Unidos Mexicanos; 1, 23, de Convpnci6n Americana sobre Derechos

. Humanos; 219, párrafo 1 del Código ederal/. de Instituciones y ProcedimientosElectorales; 79 y 80 de la Ley General del S tema de Medios de Impugnaci6n en MateriaElectoral, se advierte que las normas relati as a Ips derechos humanos se interpretaránfavoreciendo en todo tiempo a las perso",¡,s la protección más amplia; que todas lasautoridades, en el ámbito de su compete~ci~/tienen la obligación de protegerlos ygarantizarlos de conformidad con el princi io ~e progresividad y ¡que el juicio para faprotección de los derechos POlltico_elect~OI s del ciudadano, procede cuando unciudadano aduce la presunta violación a sus e echos de votar, ser votado, de asociacióno afiliación y los directamente relacionados c éstos. En ese conteXto, a fin de potenciarel derecho humano de acceso a la justicia, debe estimarse que: los militantes de unpartido político tienen interés jurldico para i pugnar los acuerdo~ de carácter generalemitidos por la autoridad administrativa elec oral, que limiten el cUrTJplimienlode la cuotade género que los coloca en la posibilidad i¡Jal de ser postulado,s en condiciones deequidad, a los cargos de elección popular or sus respectivos partl?os politlcos.

\ .QUinta \ I Epoca:Juicios para la pro lección de los derech s politico-electorales del ciudadano. SUP-JOC-12624/20/1 y acumulados.-Actoras: MarIa \ Elena Chapa Hemández y otras_-Autoridad responsable: Consejo G neral del Instituto Federal Electoral.-30 denoviembre de 2011.-Unanimidad tVotos.-ponente: José Alejandro Luna Ramos.-Secretan.os: Eugenio Isidro Gerardo artida Sánchez y Angel Eduardo Zarazúa Alvizar.

\ ILa Sala Superior en sesión pública celebrada el siete de junio de dos mil doce,aprobó por unanimidadj de votos \ la tesis I que antecede.

Gaceta de Jurisprudencia y Tesis en materia electoral, Tribunal Electoral del PoderJudicial de la Federación, Alio 5, Número 10, 2012, páginas 52 'y 53~

IA efecto de dar cumplimiento a los requisitos que éstablece el

artículo 09 de la Ley General del Sistema de Medios d~ Impugnación enMateria Electoral, me permito:

3]Jrquittetc ~va.r9rf.ercaáo (:lfiñón) número J

f.Entn )t:v. ~tb\fcoy Zacatlc4S, Lona centro--- --e1.epjc.;y"" .•riL 'úfJU-2-J0-2D-40

'.. :

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Vespacfio Jurúlu:o "iPereytÚly)fsoeüufos'

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0004

EXPONER INOMBRE DEL ACTOR O QUIEN PROMUEVE, Así COMO

DOMICILIO PARA RECIBIR NOTIFICACIONES, Y, EN SU CASO A- , ,

QUIEN EN SU NOMBRE LAS PUEDA OIR Y RECIBIR - Ha quedadoprecisado en el proemio del presenté libe\o. I

1. . \ACTO Y RESOIlUCION\ QUE SE IMPUGNA YRESPONSABLE DEL MISMO. S~ impugna el Acto llevado a cabo por elComité Directivo Estatal del Partido Acciónl Nacional de fecha Lunes 01 deAbril del presente año. /

LAS AUTORID~DES RESPONSABLES LO SON:. I I

• EL COMITÉ DIRECTIV' ESTATAL DEL PARTIDO ACCIÓNNACIONAL EN NAYARllt I I

• LA COMISiÓN DE FORT~LEC,IMIENTO INTE~NO DEL COMITÉEJECUTIVO NACIONAL DEL PARTIDO ACCION NACIONALLA ~OMfSIÓN PERM.A!NE~TE ESTATAL '¡DEL PARTIDOACCION NACIONAL EN Nt~ARIT. . .

(TODAS ELLAS DEL PA~'l'DO ACCrON NACIONAL).

TERCER INTERESADO. - No existe Te~cero Interesado.y I

HECHOS EN QUE SE BfSA LA IMPUGNAC1'ÓN.1.- El suscrito soy Milj!arte del Partido Acción Nacional e

integrante del Comité Directivo MyhiCipal del Municipio de Tepic y el cualsiempre en uso de mis ObligaciOreS~ derechos que como Militante delPartido Acción Nacional me encuentro del cual está enmarcado dentro delArticulo 11 de los Estatutos GeneJales el Partido Acción Nacional asi comobasándome en la normativa interna de Partido Acción Nacional en dondese deben de seguir procesos en/Honde e nos de las garantfas de audienciay del cual también quiero me~cionar qqe siempre he estado activo en lorelativo a participar en la elección de nuertros militantes así como participarde forma activa en las activida6es de dichp Instituto Politico tanto es así queestaba como integrante del¿Comité Direptivo Municipal del Municipio deTepic y que de igual manerafl estar inmerso en la vida pólitica de mi Partidola forma de elección de m¡estros dirigent s siempre ha sido mediante unproceso ampliamente DEIV)OCRATICOtal como nos eligi,ó la Militancia enel Municipio de Tepic en donde los dirigen s son designados mediante elvoto directo de sus milila;<tes para que dirija las actividades del partido paraun periodo que comprenda dentro de los TRES AÑOS tal y como lomencionan los Estatutos.Generales del Parti pAcción Nací~~al, pero quie~omencionarle a su Señona que en el caso pa~lcular del MYnlcrplo de Teplcel pasado día Lunes 01 de Abril del presente año dentro de lasInstalaciones del Comité Directivo Municipal' del Partido AcciónNacional en Tepic el Comité Directivo Estatal del Partido AcciónNacional conformada por su dirigencia y que ele igual manera a través desu Comisión Permanente del Partido Acción Nacional en Nayarit llego ainstalar una DELEGACIÓN MUNICIPAL quitando del cargo a'los dirigentes

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}!r'{llitecto '1ljmr !MerraJo (!Mifl6nJ número J'Enm)ft!. :Jr{bj£oy ZaaJUCDJ, ZDna unt1lJ ,

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(j)espadio JUnalCO "!Pereyáay.Jlsociaáos"

. 5 ~ fM-6.1 • \ 3jfrquiuctJ) glj.vru !MdcaaCJ l;mln nj numero'Ent"J4.v. :Mbfto y Zacatecas, Lona cenfro

'tepie, !J{ayan.t 'te[311-Z-10-2fJ-4.•0\ . ,

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([)espadia Jurúf'lCa "!Pereyáay jlsacúufos"

UNICO. - El acto que vengo señalando comlo Acto Impugnadome causa el Agravio en el sentido de la violación al Derecho de Garantía deAudiencia que menciona el Artículo 112 Inciso a) Pá~rafo Segundo delReglamento de los órganos Estat¡;¡les y Municipales del Partido AcciónNacional que a la letra dice lo siguiente "Articulo 112. Para la sustitución deun Comité Directivo Municipal por una delegación municipal, deberáseguirse el siguiente procedimiento: ai En sesión I de la ComisiónPermanente Estatal el secretario general presentará un dictamen fundado ymotivado basado en un diagnóstico realizado por la Secretaria Estatal deFortalecimiento Interno sobre el Comité Directivo Municipal en cuestión, enel cual se determine que el Partido no funciona regularmente en elmunicipio" Del citado Artículo anterior le vengo señalando BAJOPROTESTA DE DECIR VERDAD a su Señoría que en ningún momento seme notifico de ningún dictamen en donde se nos señalara algúnincumplimiento dentro del encargo del Comité Directivo Municipal del ParticoAcción Nacional en Tepic y por lo tanto ante la falta de este, también lo esla violación al Derecho de Garantía de~udiencia previsto len el numeral queya en líneas anteriores le vengo cita~do porque no se dio el derecho dedefenderme del acto o determinación 9ue hoy vengo impugnando ya que alno reunir ninguno de los supuesto para obligar cambio de Comité DirectivoMunicipal a Delegación se me privo d~1Derecho de Garantía de Audienciapara poder realizar el acto que vengo impugnando sín que nadie nosdefendiéramos tal y como lo señala el rr'glamento respectivo, por lo tanto alno ser procedente dicho acto que está ejecutando I las Autoridadesseñaladas como responsables le solicit~ que las cosas se mantengan en elestado que guardaban porque del mismo reglamento se menciona quemientras no tomen posesión los nuevos\integrantes que deban de sucederel Comité saliente, estos estarán hasta en tanto se resuelva en definitivacualquier cuestión inherente al caso y esto viene mencion'ado en el Artículo82 de los Estatutos Generales del Part¡élo\Acción Nacional¡que a la letra diceo siguiente Articulo 82 1. La o el Presidente e Integrantes electos del ComitéDirectivo Municipal, serán ratificados bar la Comisión Permanente Estatal, yentrarán en funciones una vez ratlfídldo. beberá constar acta de entrega -rece clón. 3. Los miembros de los/ Comités Directivos Municl ales seránnombrados or eriodos de tres añbs e continuarán en funciones hastaue tomen oseslón de sus uestos uienes ha an sido electos o

designados para sustituirlos, ante¡la transc~~iPción del citadp artículo es claroque debemos de seguir en el e~t;argo los que estábamos hasta antes delacto que vengo impugnando dl/ntro del P ~sente Juicio de Protección deDerechos Políticos-Electorales del Ciudada \ o.

Por lo antes ex6uesto y funpado, vengo ante Usted C.Magistrado Instructor de e~lH. Sala Regional respetuosamente:

, S O L I C I T 0\ ..PRIMERO. - Tenerme mE(diante el presente ocurso,

interponiendo JUICIO PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOSPOL/TlCO ELECTORALES DEL CIUDADANO) El cual solícito sea admitidopor estar ajustado a derecho y no contravenir n¿rmas de carácter moral, así

\ 1

6J!rquittcto <Rj= !Mercaáo(~tiMn) número J

'1::'ntn')lv. !M4jco y ZlUJ1I-ecaJ, zona centrotIépic. .?V'ayarit. '[élJ11-2-10-2040

0006

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<DespacfioJUriálCO 'Pereyáa y)f.sociaáos'

mismo se me tenga señalando domicilio y autorizados par6 recibir toda clasede notificaciones. I

SEGUNDO. Qué al sustanciar y resolver el presenteJuicio para la Protección de los Derechos Político Electonlles del Ciudadanoen contra de la Resolución que vengO-recurriendo, ésta Honorable Salaacuerde y ordene que la Emisión de/l Convocatoria para la Elección delNuevo Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en Nayarit.

TERCERO, - ( Desde \estos momlntos solicito laSuplencia de la queja, de conforrflidad con lo dispuesto len el artículo 23,párrafo 1, de la Ley General del Sistema d~ Medios de Impugnación enMateria Electoral, se debe suplirlla deficiencia en la expresión de losconceptos de agravio, siempre ~ cuando ~stos puedan ser deducidosclaramente de los hechos narradOS¡ /

PROTESTO LO NECESARIOGuadalajara, Jallsc6 a 04 delAbril del 2019.

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JUA BAUTISTABA RE~~.ANTE DEL PARTIDO ACCiÓN NACIONAL:

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7)f.rquitecto I/Q'w.s ~(ercaáo (9tfiñ6n) número J

f£ntn)tv. 9rtb;jeo y ZactJUCtLf, Lona cwtro

'Iépi; Nava"'- 'Ié(Jl1-2-JO~20-40

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rR'BUNAL ELECTORALdel Poder JudIcial de la Federación

SALA REGIONAL GUADALAJARA

I

La suscrita Secretaria General de Acuerdos de lal Sala RegionalI

del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación,

correspondiente a la Primera Circunscripción PIJinominal, con

sede en Guadalajara, Jalisco; en términos del artículo 204,

fracción IX de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la

Federació n. --------------------- + _CERTIFICO

Que las presentes copias certificadas que constan de siete fojas

útiles, debidamente selladas y cotejadas, concuer~an fielmente1 .con las que tuve a la vista y se compulsaron. Lo anterior, para

los efectos legales procedentes. CONSTE. L _