honorable sr  · web viewlugar: salón de actos de la casa consistorial del ayuntamiento de...

54
ACTA DE LA SESION nº 1 DEL AYUNTAMIENTO PLENO. LUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION: ordinario. CONVOCATORIA: primera. ASISTENTES: ALCALDE-PRESIDENTE: D. José Mª Ángel Batalla. CONCEJALES: D. Pedro J. Inglés Calaforra Mª Mercedes Berenguer Llorens Marta Andrés Peiro. Inmaculada García Poyato Isabel Castelló García D. Manuel Tobed Ferreiro D. Vicente Belda Sempere D. Pedro Ballesta Parra. Asunción Quinzá Alegre D. Francisco L. Marco Blat Mª Ángeles Ubiedo Tortajada D. José Alberto Ferrando Ortiz Mª Isabel Samper Ramos D. Sergio Montaner Blat Dª Venus Patricia Álvarez López D. José Antonio Lorente Marco. SECRETARIO: D. Rafael García Maties, que da fe del acto. EXCUSA SU ASISTENCIA EL INTERVENTOR-ACCTAL: D. Enrique Crespo Asunción. Comprobada la existencia de quórum legal de asistencia, se procede a conocer los siguientes asuntos incluidos en el Orden del Día.

Upload: others

Post on 09-Mar-2020

0 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

ACTA DE LA SESION nº 1 DEL AYUNTAMIENTO PLENO.

LUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana.

FECHA: 26 de enero de 2006.HORA DE INICIO: 19’00.CARÁCTER DE LA SESION: ordinario.CONVOCATORIA: primera.ASISTENTES:ALCALDE-PRESIDENTE: D. José Mª Ángel Batalla.CONCEJALES: D. Pedro J. Inglés CalaforraDª Mª Mercedes Berenguer LlorensDª Marta Andrés Peiro.Dª Inmaculada García PoyatoDª Isabel Castelló GarcíaD. Manuel Tobed FerreiroD. Vicente Belda SempereD. Pedro Ballesta Parra.Dª Asunción Quinzá AlegreD. Francisco L. Marco BlatDª Mª Ángeles Ubiedo TortajadaD. José Alberto Ferrando OrtizDª Mª Isabel Samper RamosD. Sergio Montaner BlatDª Venus Patricia Álvarez LópezD. José Antonio Lorente Marco.

SECRETARIO: D. Rafael García Maties, que da fe del acto.EXCUSA SU ASISTENCIA EL INTERVENTOR-ACCTAL: D. Enrique

Crespo Asunción.

Comprobada la existencia de quórum legal de asistencia, se procede a conocer los siguientes asuntos incluidos en el Orden del Día.

I.- APROBACION DEL ACTA ANTERIOR.Habiéndose remitido con anterioridad a la celebración de la presente sesión

las actas correspondientes al Pleno celebrado los días veinticuatro de noviembre y quince de diciembre de dos mil cinco, para su aprobación, la Corporación acordó, por unanimidad, aprobarlas, sin ninguna modificación:

Page 2: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

El Sr. Alcalde da cuenta de dos mociones que fueron presentadas y aceptada su inclusión en el orden del día en las Comisiones Informativas correspondientes y somete al Pleno a consideración para su inclusión en el orden del día. Los concejales, por unanimidad y de conformidad con lo establecido en el Reglamento Orgánico Municipal, acuerdan que se incluyan para su debate en este pleno por urgencia los siguientes asuntos:

Solicitud de D. Julián Hontangas de Compatibilidad para ejercicio de la abogacía.

Moción del grupo Popular para restituir la insignia nacional de la puerta del Colegio Montealegre.

II.- RATIFICACIÓN EN SU CASO DE LAS SIGUIENTES RESOLUCIONES DE LA ALCALDÍA.

a).- De 10/10/2005, solicitando a la Diputación Provincial de Valencia ayuda para PPOS 2006 acceso perimetral Iglesia Nuestra Sra. Del Carmen y finalización Torre del Virrey.

b).- De 10/10/2005, demolición depósito elevado de agua potable “La Viña”.De conformidad con la Comisión Municipal Informativa de Obras Pública y

Urbanismo de fecha 23 de enero de 2006.Se transcriben las Resoluciones literalmente:“RE052094.-PPOS 2006.- Considerando que de conformidad con la

distribución constitucional de competencia, la Ley 7/85 del 02 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,

Considerando que la Diputación de Valencia, abre el proceso de elaboración del Plan Provincial de Obras y Servicios que se llevará a cabo en el ejercicio económico correspondiente al año 2006

Visto que este Ayuntamiento, tiene prevista la realización de las obras denominadas: “Reurbanización del acceso perimetral a la Iglesia Nuestra Señora del Carmen” y “Finalización de las obras de rehabilitación de la Torre del Virrey”, durante el ejercicio 2006, con un importe de 170.612,56 € cada una de ellas.

Considerando que este Ayuntamiento no dispone de los recursos económicos que permitan cubrir totalmente las necesidades para la realización de las citadas obras.

Visto que el Pleno de esta Corporación en sesión celebrada con carácter ordinario el 27/07/2000, acordó entre otros, delegar en el Sr. Alcalde - Presidente, la competencia para solicitar ayudas y subvenciones, cualquiera que sea la Administración pública convocante; así como, para la aprobación de las correspondientes memorias, proyectos, expedientes y demás documentación que sean necesarios para la tramitación de la solicitud,

HE RESUELTO:

Page 3: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

PRIMERO.- SOLICITAR, A la Diputación de Valencia, ayuda económica para la financiación de los gastos derivados de la realización de las obras denominadas : “Reurbanización del acceso perimetral a la Iglesia Nuestra Señora del Carmen” y “Finalización de las obras de rehabilitación de la Torre del Virrey”

SEGUNDO.- Que en caso de que el proyecto fuera superior al importe de la obra aprobada por el Plan, el Ayuntamiento de L´Eliana asume el compromiso de asumir la diferencia entre el importe de la concesión y el coste total de la inversión.

TERCERO.- Ratificar la citada resolución por Ayuntamiento Pleno.“RE052095.- POL 2006.- Considerando que de conformidad con la

distribución constitucional de competencia, la Ley 7/85 del 02 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,

Considerando que la Diputación de Valencia, abre el proceso de elaboración del programa Operativo Local que se llevará a cabo en el ejercicio económico correspondiente al año 2006.

Visto que este Ayuntamiento, tiene prevista la realización de la obra denominada: Demolición del Depósito elevado de agua potable elevado de la Viña durante el ejercicio 2006, con un importe de 105.540, 26 €.

Considerando que este Ayuntamiento no dispone de los recursos económicos que permitan cubrir totalmente las necesidades para la realización de las citadas obras.

Visto que el Pleno de esta Corporación en sesión celebrada con carácter ordinario el 27/07/2000, acordó entre otros, delegar en el Sr. Alcalde - Presidente, la competencia para solicitar ayudas y subvenciones, cualquiera que sea la Administración pública convocante; así como, para la aprobación de las correspondientes memorias, proyectos, expedientes y demás documentación que sean necesarios para la tramitación de la solicitud,

HE RESUELTO:PRIMERO.- SOLICITAR, A la Diputación de Valencia, ayuda económica para

la financiación de los gastos derivados de la realización de las obras de: Demolición del Depósito elevado de agua potable elevado de la Viña

SEGUNDO.- Que en caso de que el proyecto fuera superior al importe de la obra aprobada por el Plan, el Ayuntamiento de L´Eliana asume el compromiso de asumir la diferencia entre el importe de la concesión y el coste total de la inversión.

TERCERO.- Ratificar la citada resolución por Ayuntamiento Pleno.”Vistas las Resoluciones, la Corporación, por los votos a favor de PSOE y EU

y en contra del PP, acuerdan ratificarlas, con la siguiente modificación:En el apartado a) Asimismo se ratifica el contenido del escrito de 3 de

noviembre de 2005, por la que se resuelve que la obra a incluir en el PPOS 2006 sea la de finalización obras de rehabilitación Torre del Virrey.

Se produjeron las siguientes intervenciones:El Sr. Alcalde, abre el turno de intervenciones y concede la palabra a la Sra.

Quinzá, quien propone que el debate sea conjunto y manifiesta que su grupo se va a

Page 4: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

abstener en la votación, por que consideran que si bien estas obras son necesarias, no lo son prioritarias. Además recuerdan que hay un compromiso por parte del equipo de Gobierno, con su grupo. Comenta que cuando su grupo hablo de acometidas de alumbrado en Montealegre, la Concejala de Servicios les dijo que la próxima subvención iría destinada a estas obras, pese a eso estos vecinos siguen abandonados en materia de alumbrado.

Le responde la Sra. Berenguer: Como ustedes sabrán, en el Plan de obras y servicios el Ayuntamiento puede destinarla a la obra que considere mas adecuada, Nosotros dijimos que la siguiente obra que se tuviese que acometer de alumbrado, tendríamos en cuenta esas zonas y Montealegre y otras que esa sería la primera, pero en ningún momento que fuese destinada al plan provincial de obras.

Nadie ha dicho que no se vaya a acometer la obra de Montealegre.La Sra. Quinzá dice que le alegra escuchar de nuevo que de palabra dicen que

se van a realizar esas obras, pero que no lo cree por la experiencia, hasta que lo vea.

III.- INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE MODIFICACIÓN DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS EN EL AMBITO REPARCELABRE DOS UE DEL AREA DE RESPARTO 10.

De conformidad con la Comisión Municipal Informativa de obras publicas y urbanismo, en sesión de fecha 23 de enero actual.

RESULTANDO.- Que en fecha 26 de diciembre de 2005, Don Enrique Asunción Gabriel en representación de AGRUPATRI, S.L, se solicita una modificación de las normas subsidiarias del planeamiento de L´Eliana, que realice el reajuste de las alineaciones de los solares que se ven afectados por el nuevo acceso de la autovía CV-35, como modificación de los ámbitos delimitados para suelo urbano INA en el ámbito de reparcelación de la C/ Tuejar.

CONSIDERANDO.- Que la elaboración, modificación o revisión de los PGOU/ NSP de conformidad con lo establecido en el art. 35 de la Ley 6/ 94 de 15 de Noviembre y art. 175 del RPCV, Decreto 201/1998, es competencia de los municipios, correspondiendo al Ayuntamiento Pleno iniciar el trámite correspondiente, sometiéndolo en su caso a información al público.

CONSIDERANDO.-Que la modificación o variación del acceso a L´Eliana por la autovía CV-35, afecta al ámbito reparcelable y a dos Unidades de Ejecución 1-2 de una misma área de reparto nº 1 en Suelo Urbano.

CONSIDERANDO.- Que el contenido de la citada Modificación ha sido informada favorablemente por la Arquitecta Municipal, en informe de fecha 4 de enero de 2006.

CONSIDERANDO.- Que se ha emitido informe del Técnico de Administración General de fecha 10 de enero de 2006, relativo al procedimiento a seguir.

Page 5: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

La Corporación con el voto a favor del PSOE y EU y la abstención del PP, se acuerda:

PRIMERO.- Iniciar el procedimiento de Modificación de las Normas Subsidiarias, en lo que afecta al ámbito reparcelable y a dos unidades de ejecución del Área de Reparto nº 1 en suelo urbano, como consecuencia de la variación del acceso a L´Eliana por la autovía CV-35 y ampliación del tercer carril.

SEGUNDO.- Someter a información pública por plazo de un mes, el Documento de Modificación.

Dicha información pública por periodo de un mes será anunciada en el DOG y en un diario no oficial de amplia difusión.

Durante este plazo, el expediente y el proyecto de Modificación podrá ser consultado en este Ayuntamiento en horario de atención al público de 10´30 a 13´30 de lunes a viernes en las oficinas de urbanismo.

TERCERO.- Solicitar informes a los órganos competentes de las administraciones afectadas, Consellerías competentes en materias de Educación, Sanidad, a la Consellería de Infraestructura y Transporte y a la Consellería de Territorio y Vivienda, así como dictamen de los municipios colindantes.

CUARTO.- Concluido el plazo de exposición al público, someter nuevamente al Ayuntamiento Pleno, para en su caso, la aprobación provisional y remisión a la Consellería competente en Urbanismo, interesando la aprobación definitiva.

No se produjeron intervenciones.

IV.- ACEPTACIÓN CESION DE VIALES EFECTUADOS POR D. JOSE LUIS PLANELLS EN PARTIDA EL CAMPES.

De conformidad con la Comisión Municipal Informativa de obras publicas y urbanismo, en sesión de fecha 23 de enero actual.

Resultando.- Que en fecha 11 de Mayo de 2005, se presenta por don JOSE LUIS PLANELLS CAMPOS, en nombre y representación de Promociones y Construcciones URVIMEN, SL. Copia de la Escritura de cesión de vial de la C/ La Granja, S/n para su aceptación, a favor del Ayuntamiento de L’Eliana, otorgada ante el Notario de Valencia D. Enrique Robles Perea, de fecha 10 de Mayo de 2005.

Resultando.- Que dicha cesión se produce en cumplimiento de las condiciones establecidas por la Junta de Gobierno Local, según acuerdo de 2 de Junio de 2005, en virtud del cual se concedió Licencia de Obras expte. 52/05 para la demolición de preexistencias y construcción de cuatro viviendas adosadas, en parcela única y vallado, en C/ La Granja, s/nº, siendo las cuatro viviendas adosadas dos a dos en régimen de propiedad horizontal tumbada. De acuerdo con el proyecto redactado por el Arquitecto José Luis Coll Torrent .

Considerando.- El informe favorable emitido por la Arquitecta Municipal de fecha 16 de Noviembre de 2.005.

Page 6: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

Considerando.- El artículo 307 del TRI/92 y artículo 308 del mismo texto legal.Considerando.- Los artículos 1,2 y 3 del RD 1093/97, de 4 de julio de 1997, por

el que se aprueban las Normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de actos de naturaleza urbanística.

La Corporación con el voto a favor del PSOE y EU y la abstención del PP, se acuerda:

PRIMERO.- Aceptar la cesión de viales ofrecida por don José Luis Planells Campos, según la descripción recogida en el expositivo II de la Escritura de fecha 10 de Mayo de 2005:

Parcela de terreno de dieciséis áreas, sesenta y dos centiáreas; en término de L’Eliana, partida del Campés, según IBI CM NUMERO 8,31; lindante: por Levante, con tierras de Román Quinto; por Mediodía, las de Miguel Doménech; Poniente, de Gabriel Tamarit y Norte, hoy calle Granja.

INSCRIPCIÓN.- Registro de la Propiedad de Lliria, al tomo 1927, libro 230, folio 196, finca número 9614, inscripción 1ª.

CATASTRO.- Número de referencia catastral: 286814YJ1822N0001PL.Que de la finca anteriormente descrita se segrega PARCELA destinada a

VIALES, de una superficie de treinta y siete metros, veinticinco decímetros cuadrados, sita en L’Eliana a calle Granja, s/nº. Lindante: por frente calle Granja; derecha entrando, de Gabriel Tamarit; Izquierda, tierras de Román Quinto y por el fondo, finca de donde se segrega.

SEGUNDO.- A tal efecto se emitirá certificación administrativa del acuerdo, del que se dará traslado a los particulares a efectos de la inscripción en el Registro de la Propiedad de la citada escritura.

TERCERO.- El presente acuerdo pone fin a la vía administrativa.CUARTO.- Autorizar al Sr. Alcalde para realizar cuantas actuaciones fuesen

necesarias para la efectividad de la inscripción del presente acuerdo.QUINTO.-Notificar el presente acuerdo a los interesados.No se produjeron intervenciones.

V.- ACEPTACIÓN DEL CAMBIO DE URBANIZADOR DE LA UE Nº 13.

De conformidad con la Comisión Municipal Informativa de obras publicas y urbanismo, en sesión de fecha 23 de enero actual, de elevar el asunto a Pleno.

Se produjeron las siguientes intervenciones:La Sra. Quinzá dice que su grupo se va a oponer a esta subrogación, alegando

que su grupo entiende que o el expediente esta incompleto, o no se han tomado las medidas que se deben tomar para estos casos. El Ayuntamiento no ha tomado datos de la empresa que va a subrogarse. Debería haber un informe de solvencia de esta empresa, tanto técnica como económica.

Page 7: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

La Sra. Berenguer le responde: Que como bien ha dicho, esto es una unidad de ejecución, que se presenta por una urbanizadora, y esto tiene todas las revisiones jurídicas que se precisan, los que se presentan son vecinos y conocidos.

Hay informes técnicos y jurídicos, pero si hay problemas, no tenemos inconveniente en dejar este punto sobre la mesa, y cuando este todo claro y ustedes lo tengan claro también se vuelve a pasar a votación este punto en otro Pleno.

De conformidad con lo establecido en el artículo 92 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades locales se acuerda por unanimidad dejar el asunto sobre la mesa.

VI.- APROBACIÓN EN SU CASO DE LOS PLIEGOS DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS Y LA CONVOCATORIA DEL CONCURSO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE OBRA PUBLICA PARA LA CONSTRUCCIÓN Y SU GESTION DE UNA PISCINA MUNICIPAL CUBIERTA.

De conformidad con la Comisión Municipal Informativa de obras publicas y urbanismo, en sesión de fecha 23 de enero actual.

Mediante Acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada en fecha 3 de noviembre de 2005, se aprobó el Estudio de Viabilidad para la Construcción y Explotación de una Piscina Municipal Cubierta, así como el anteproyecto de las obras. Publicándose en el BOP nº 273 de fecha 17 de noviembre de 2005 el anuncio relativo a la exposición pública de los documentos citados por plazo de un mes al objeto de presentación de alegaciones o sugerencias al mismo y sin que se haya presentado ninguna alegación.

Considerando lo dispuesto en los artículos 48 Y 49 del RD 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en relación a los Pliegos de Cláusulas administrativas particulares y art. 51 en relación al de prescripciones técnicas; art. 67 en cuanto a los requisitos para al aprobación del expediente de contratación y 73 y s.s en cuanto a la publicidad de las licitaciones. Considerando asimismo las previsiones contenidas en el título V del RD 2/2000 citado, introducido por la Ley 13/2003, de 23 de mayo, relativo a la regulación del contrato de concesión de obra pública, bajo cuyas determinaciones quedará sujeta la licitación prevista en el presente acuerdo.

Vistos los informes del Sr. Secretario e Interventor Acctal., obrantes en el expediente.

La Corporación por el voto a favor del PSOE y EU y en contra del PP, acuerda:

PRIMERO: Aprobar definitivamente el Ante-proyecto de las Obras de la Piscina Municipal cubierta de L’Eliana y el estudio de viabilidad.

Page 8: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

SEGUNDO: Aprobar la gestión indirecta de la prestación del servicio y en consecuencia que tanto la ejecución de las obras como la posterior prestación de los servicios se sometan a los trámites y procedimientos establecidos en los Pliegos que se aprueban y el RD 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, para la “Concesión de Obra Pública”.

TERCERO: Aprobar los Pliegos de prescripciones técnicas y Jurídico y Económico Administrativas por los cuales se regirá el concurso para la adjudicación del contrato de Concesión de Obra Pública que tendrá por objeto la “ Redacción del Proyecto, la Construcción y posterior gestión y mantenimiento de la Piscina Cubierta Municipal de L’Eliana”. Aprobando asimismo el gasto por los importes señalados en los Pliegos de Condiciones y asumiendo el compromiso de efectuar las consignaciones presupuestarias que sean necesarias durante la vigencia del contrato para atender las necesidades del mismo.

CUARTO: Que se remita el correspondiente anuncio de licitación al Boletín Oficial de la Provincia, de convocatoria del concurso para la adjudicación del contrato. Y dese cuenta del presente Acuerdo a la Intervención y Tesorería Municipal a los efectos oportunos.

Se produjeron las siguientes intervenciones:La Sra. Quinzá, dice que su grupo discrepa del fondo y van a votar en contra.Si ustedes aprueban el Pliego de Condiciones, que seguro que lo aprueban,

rogaría que este grupo forme parte de la mesa de contratación, y la Comisión de Seguimiento, en aras a la transparencia, ya que seria bueno por la pluralidad.

Me gustaría respecto del Pliego de Condiciones, hacer unas consideraciones para que espero las tengan en cuenta, no estamos de acuerdo en como se ha valorado la puntuación., ustedes han valorado muy bajo algo que nosotros consideramos muy importante, y es el tema de los horarios el uso de instalaciones, lo puntuan de 0 a 2, la puntuación mas baja de todas, en cambio han valorado mas alta la planificación socio-deportiva hasta 8 puntos.

Consideramos también insuficiente la garantía definitiva que le piden al concesionario, la consideramos insuficiente y pobre.

Están ustedes dando la gestión de un servicio público muy demandado por la población durante años,, entregando la explotación a un tercero.

El estudio de las tarifas máximas si estaban en el anterior pleno, no aparecen en este, y el coste de la piscina se incrementa en un millón de euros de un pleno a otro, no sabemos por que.

Al final el Ayuntamiento paga 2.000.000.000 de pesetas de las antiguas e hipotecan la gestión por mas de 25 años, y al día de hoy los terrenos aún están sin adquirir.

Page 9: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

El Sr. Alcalde, manifiesta que está de acuerdo en que estén en la mesa de contratación, pero que no pueden pedir la confianza que luego no dan al votar en contra, podemos estudiar sus mejoras, pero voten ustedes a favor o absténganse.

La Sra. Quinzá dice que no puede pedirle a su grupo que cambie el voto, por tomar parte en la mesa de contratación, cuando están en contra de forma radical en que se adjudique la explotación del servicio por 25 años. No tiene que ver una cosa con otra.

Hay muchas ambigüedades en las bases. De nuevo estamos privatizando un servicio público dejándolo en manos de terceros.

En explicación de voto, interviene el Sr. Lorente: Voy a dejar claro que he votado a favor por 3 causas:

La primera, por que los servicios públicos que demanda la sociedad, si no fuese por este sistema de contratar a terceros, no sería posible.

En segundo lugar, por que el numero de años no es lo mas importante lo que cuenta es que la gestión sea la adecuada para el municipio, esto se esta llevando de forma acertada a los vecinos.

Y en tercer lugar, Se puede presentar cualquier empresa, no tenemos interés particular en nadie.

La Sra. Berenguer, manifiesta que era un compromiso político traerlo a este Pleno, que se trata de un concurso abierto, y esperamos la máxima concurrencia, la obra es una obra muy esperada y solo hemos pretendido trabajando conjuntamente con la Federación Valenciana de Natación y otros organismos llevarlo adelante.

VII.- APROBACIÓN EN SU CASO Y ADJUDICACIÓN DEL PAI EN SUZR10 A LA UTE L3M DE L’ELIANA.

De conformidad con la Comisión Municipal Informativa de Obras Públicas y Urbanismo, celebrada el día 23 de enero del actual.

VISTO el expediente nº 3/04, relativo al Programa de Actuación Integrada presentado para el desarrollo del sector SUZR-10.

RESULTANDO.- En fecha 17 de marzo de 2004 se presenta documento de modificación de normas subsidiarias, Programa de Actuación Integrada, Plan Parcial y Anteproyecto de Urbanización del Sector SUZT-3.

RESULTANDO.- Que tras diversos informes técnicos, con fecha 10 de mayo de 2005, por Don Vicente Martí Ferrer en nombre y representación de la mercantil UTE L3M L´ELIANA, se presenta nuevamente Programa de Actuación Integrada, Plan Parcial y Anteproyecto para el desarrollo del sector SUZR-10.

RESULTANDO.- Que se ha seguido la tramitación establecida en la LRAU.RESULTANDO.- Que consta en el expediente, la remisión por correo de aviso a

titulares catastrales, y publicación en el diario Levante LEVANTE de 16 de junio y DOGV de 30 de junio de 2005.

Page 10: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

RESULTANDO.- Que durante el plazo de exposición pública se han presentado las siguientes alegaciones:

Alegación de D. Manuel Rubio Pla, y D. José Luis Vicent Ferrandis.Alegación de D. Jesús Nicolau Medina. Escrito de D. José Mª Marco Montaner,

solicitando que se le tenga como interesado, como titular de dos fincas en el PAI.Escrito de D. Juan Vicente Paricio Guillén, solicitando que se le tenga tanto a él,

como a su esposa, como interesados, como nudos propietarios de parcela incluida en el PAI, así como a la titular del usufructo.

Escrito de D. Emilio Marín Roig Rufino, solicitando información y que se le tenga como interesado, como titular de parcela en el PAI.

Escrito de VILLA DE LEDESMA, S.L., solicitando que se le tenga como interesado, como titular de parcela en el PAI.

Escrito de Sagrario Comes Ribas, comunicando que los terrenos que aparecen afectados a nombre de Salvador Comes Ribas, son de su propiedad y de sus hermanos, aportando escritura de donación en su favor.

Escrito de VILLA DE LEDESMA, S.L., en la que se hace constar que su parcela está calificada como suelo urbano, aportando sentencia de recurso contencioso administrativo 385/1991.

RESULTANDO.- Que en fecha 29 de julio de 2004 se presenta Proposición Jurídico Económica, procediéndose a la apertura de Proposiciones Jurídico-Económicas el 1 de agosto de 2005, habiéndose presentado una sola Plica, suscrita por la mercantil UTE L3M L´ELIANA.

CONSIDERANDO.- Que en cuanto a las alegaciones presentadas, se contestan por el aspirante a urbanizador, y asumida en los términos expuestos, en el siguiente sentido:

Alegación de D. Manuel Rubio Pla, y D. José Luis Vicent Ferrandis, alegan error y deficiente información, dado que no se les ha notificado en cuanto titulares registrales, alegación que debe desestimarse, dado que de conformidad con el artículo 46 de la LRAU: “No es preceptiva la notificación formal e individual a los propietarios afectados, pero, antes de la publicación del edicto, habrá que remitir aviso con su contenido al domicilio fiscal de quienes consten en el Catastro como titulares de derechos afectados por la Actuación propuesta” y el titular catastral y a quien se ha notificado es a D. Manuel Rubio Giner.

En segundo lugar manifiestan que su propiedad dispone de la infraestructura necesaria para edificar, disponiendo de diversos servicios, en este caso, si se han efectuado, y así se debidamente se acredita, pagos por servicios urbanísticos se deberán tener en cuenta en la Reparcelación según los supuesto legales.

En tercer lugar, debe desestimarse la alegación relativa a que el proyecto técnico no carece de determinación económica de la propuesta, ya que la proposición económica, se presentó por el aspirante a urbanizador, en los plazos legales.

Page 11: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

Y por ultimo, señalar que no es necesaria ninguna aclaración en cuanto a si los destinatarios van a ser compensados en suelo o en metálico ya que los propietarios de superficie de red primaría adscrita tienen los mismos derechos que el resto de propietarios de superficies incluidas en el Sector.

Alegación de D. Jesús Nicolau Medina, alega que las parcelas de su propiedad, se encuentran parcialmente incluidas dentro de la red primaria adscrita PJL-4, aplicándose éste indistintamente al área de reparto nº 6 y al área de reparto nº 7.

La porción de sus parcelas adscritas a la nueva área de reparto nº 6, deriva de la modificación de las normas subsidiaras, que ha subdividido el área de reparto nº 6, que incluía dos sectores el SUZT-2 y el SUZT-3, en dos áreas de reparto distintas, el Área de reparto 6, de uso residencial a la que le corresponde el Sector SUZR10 y el área de reparto 9, de uso terciario a la que le corresponde el sector SUZT-2, le corresponderá el mismo aprovechamiento que el resto de propietarios que se encuentran dentro del Sector SUZR-10, ya que la superficie de red primaría adscrita tiene los mismos derechos que el resto de superficies incluídas en el sector.

Alegación de D. José Mª Marco Montaner, se toma en cuenta su escrito, para notificarle en lo sucesivo cuantas actuaciones se deriven del desarrollo del Programa.

Alegación de D. Juan Vicente Paricio Guillén, se toma en cuenta su escrito, para notificarle en lo sucesivo cuantas actuaciones se deriven del desarrollo del Programa.

Alegaciones de D. Emilio Marín Roig Rufino, y de VILLA DE LEDESMA, S.L., se han dado traslado al urbanizador, para que se tenga en cuenta en sucesivos trámites.

Alegación de Sagrario Comes Ribas, se ha dado traslado al urbanizador, para que se tenga en cuenta en sucesivos trámites.

Escrito de VILLA DE LEDESMA, S.L., en la sentencia se impugna la resolución del Ayuntamiento Pleno de 8 de marzo de 1985, por el que se aprueban las Normas Subsidiarias de Planeamiento, y que calificaba como suelo no urbanizable el terreno propiedad del demandante. Esta alegación, entendemos que debe de desestimarse, por cuanto responde a una alegación por la Homologación de las vigentes Normas Subsidiarias, donde se calificó su parcela afectada por la división de tres tipos de suelo: suelo urbano, suelo urbanizable integrado en el sector SUZR-5 y suelo urbanizable integrado en el sector SUZR-10.

CONSIDERANDO.- Respecto del Anteproyecto de Urbanización, es informado favorablemente, con correcciones, por el Ingeniero y la Arquitecta municipales, en fecha 10 de noviembre de 2005, cuyo contenido se asume debiendo formar parte del acuerdo de adjudicación, cuyo contenido se transcribe:

“Dado que existe un planeamiento aprobado (SUZI-1) que comparte viales con el SUZR-10 y que es previsible su ejecución previa, como norma general el contenido del anteproyecto de urbanización del SUZR-10 deberá ser concordante con lo expuesto en el proyecto de urbanización del SUZI-1.

Page 12: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

En concreto son compartidos el vial Avda. nº 1 (denominado como perimetral 3 en el anteproyecto del SUZR-10) y la Avda. del Polideportivo (denominado como perimetral 2 en el anteproyecto del SUZR-10).

Las denominaciones de dichos viales deberán ser concordantes en el proyecto del SUZR-10 con los nombres del SUZI-1 (Avda. nº 1 y Avda. del Polideportivo).

La Avenida nº 1 corresponde su ejecución completa al SUZI-1, al quedar esta dentro de su ámbito, por lo que no se reflejará ejecución alguna correspondiente a dicho vial en el SUZR-10.

En la Avda. del Polideportivo (perimetral 2) debe unificarse la rasante conforme a lo establecido en el proyecto del SUZI-1.

Respecto del sistema de saneamiento:El colector de saneamiento propuesto en la Avda. del Polideportivo (Perimetral

2) en el tramo sito entre Avda nº 1 y Perimetral 1, es:SUZI-1 Colector de diámetro 300 mm con sentido de circulación hacia la Avda.

nº 1SUZR-10 Colector de diámetro 400 mm con circulación hacia la Avda. del

Recreo.Deben unificarse ambos en un único colector de diámetro 600 mm con sentido

de circulación hacia Avda. nº 1.El colector de saneamiento propuesto en la Avda. del Polideportivo (Perimetral

2) en el tramo sito entre Perimetral 1 y Avda del Recreo, es:SUZI-1 Colector de diámetro 300 mm con sentido de circulación hacia la Avda.

nº 1SUZR-5 Colector de diámetro 400 mm con circulación hacia la Avda. del

Recreo.Deben unificarse ambos en un único colector de diámetro 500 mm con sentido

de circulación hacia Avda. nº 1 y que tiene continuidad con el colector de diámetro 600 mm ubicado en la Avda del Polideportivo (perimetral 2) correspondiente al SUZR-10.

Respecto del sistema de pluvialesEl colector de pluviales propuesto en la Avda. del Polideportivo (Perimetral 2)

desde Avda nº 1 hasta Perimetral 1, es:SUZI-1 Colector de diámetro 400 mm con sentido de circulación hacia la Avda.

nº 1SUZR-10 Colector de diámetro 500 mm con circulación hacia la Avda. del

Recreo.Deben unificarse ambos en un único colector de diámetro 1200 mm con sentido

de circulación hacia Avda. nº 1. El colector de pluviales propuesto en la Avda. del Polideportivo (Perimetral 2)

desde Perimetral 1 hasta Avda. del Recreo, es:

Page 13: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

SUZI-1 Colector de diámetro 400 mm con sentido de circulación hacia la Avda. nº 1

SUZR-10 Colector de diámetro 1200 mm con circulación hacia la Avda. del Recreo.

Deben unificarse ambos en un único colector de diámetro 1000 mm con sentido de circulación hacia Avda. nº 1 y tiene continuidad con el colector de 1200 mm que transcurre por la Avda. nº 1 en dirección hacia la Avda. de la Pobla de Vallbona.

El colector de pluviales propuesto en la Avda. del nº 1 (perimetral 3) es:SUZI-1 Colector de diámetro 500 mm con sentido de circulación hacia la Avda. nº 1 con continuidad en el colector de diámetro 1200 a partir del vial Avda del Polideportivo.

Este colector lo ejecuta el SUZI-1 y queda tal y como está definido.Respecto del viario.Secciones: a.1) Avda. del Polideportivo (Perimetral 2) Sección del SUZI-1

(plano 3.4 del proyecto).- 22 metros totales repartidos de la siguiente forma vista en el sentido de circulación hacia Avda. nº 1 de izquierda a derecha: 2 metros de acera, 2 metros de filete ajardinado con arbolado, 2 metros de aparcamiento en cordón, 2 carriles de circulación de 5 metros cada uno, 2 metros de aparcamiento en cordón, carril bici de 2 metros, acera de 2 metros de ancho. Así pues la sección que correspondería al Perimetral 2 del SUZR-10 desde el eje de calle sería:

Carril de circulación de 5 metros, 2 metros de aparcamiento en cordón, carril bici de 2 metros, acera de 2 metros de ancho

a.2) Perimetral 1. Dicho vial tiene que ser coincidente en anchura total y alineaciones, con la calle nº 1 del SUZI-1 y con la línea consolidada de la C/ Isadora Duncan.

Sección - 22 metros totales repartidos de la siguiente forma vista en el sentido de circulación hacia C/ Music Iturbi y de izquierda a derecha: 3 metros de acera que incluyen el alcorque de arbolado viario, 2 metros de carril bici, 5 metros de aparcamiento en batería, 2 carriles de circulación de 3,5 metros cada uno, 2 metros de aparcamiento en cordón, acera de 3 metros de ancho que incluyen el alcorque de arbolado viario.

La ejecución de esta sección corresponde en su totalidad al SUZR-10 que la repercutirá en su parte correspondiente al SUZR-5.

a.3) Avda. nº 1 (Perimetral 3).Su ejecución completa corresponde al SUZI-1, por lo que debe reflejarse con la

sección propuesta por el proyecto del SUZI-1, iniciándose la actuación del SUR-10 en la línea de jardín. Dicha sección se recoge en el plano 3.4 del proyecto de urbanización del SUZI-1 siendo la misma de 22 metros totales repartidos de la siguiente forma: 2 metros de acera, 2 metros de filete ajardinado con arbolado, 2 metros de aparcamiento en cordón, 2 carriles de circulación de 5 metros cada uno, 2

Page 14: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

metros de aparcamiento en cordón, 2 metros de filete ajardinado con arbolado y acera de 2 metros de ancho.

a.4) En la calle 3 y calle 1, el aparcamiento en cordón de 2,5 metros de ancho debe pasar a 2 metros de ancho y la acera que es de 2 metros pasar a 2,5 metros de ancho.

En las calles 2A 2B Avda. Principal A y Avda. Principal B, el aparcamiento en cordón de 2,5 metros de ancho debe pasara a 2 metros de ancho y la acera que es de 2,5 metros pasar a 3 metros de ancho.

a.5) Deberá definirse en el proyecto del SUZR-10, el encuentro de la unidad con la sección existente en la C/Music Iturbi (incluso rasantes), calle consolidada de 22 metros de anchura total y cuya sección se haya ejecutada completamente.

a.6) Debe garantizarse el giro de los vehículos de recogida de residuos sólidos urbanos en los fondos de saco de las calles 1, 3 y Avda. Principal 2ª.

b.- PavimentosAdemás de las características definidas en el Anteproyecto de Urbanización

presentado se tendrán en cuenta lo siguiente: b.1).- Dado su carácter de viario de Polígono Industrial, las vías perimetrales 1

y 2 del SUZR-10 se ejecutarán con la sección de pavimentación tipo V2 del SUZI-1 (plano 5.4) que es la siguiente:

Sub-base de zahorra natural de 25 cm.Base de zahorra artificial de 20 cm.Capa de bínder de aglomerado asfáltico en caliente G-25 de 6 cm.Capa de rodadura tipo S-20 de 6 cm.b.2) Los aparcamientos se ejecutarán de acuerdo a la siguiente sección:Base de zahorra artificial de 15 cm.Capa de hormigón HM-20 de 15 cm.

Delimitándose el encuentro con el aglomerado asfáltico mediante rigola prefabricada.

c).- Aceras y pasos de peatones:c.1).- En el plano 7.2 el detalle de rebaje de acera paso de peatones, la baldosa

se diferenciará no sólo en textura, sino también por color con respecto al resto de la acera, no debiendo ser la baldosa tipo botón de color gris sino color rojo.

c.2).- Además de los previstos y grafiados en planos, se añadirán los siguientes pasos de peatones: dos pasos de peatones de rasante elevada y equidistantes entre los previstos, en la vía perimetral 2.

En la vía perimetral 1 se reflejarán como pasos de peatones de rasante elevada los dos previstos en las proximidades de los cruces con las calles 1 y 3. se añadirá un paso de peatones, equidistante entre los previstos, en la calle 1 tramo comprendido entre Perimetral 1 y Avda Principal A, en la calle 3 tramo comprendido entre Perimetral 1 y Avda Principal B y , en la calle 2B tramo comprendido entre Perimetral 1 y Rotonda 1.

Page 15: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

En el vial consolidado Music Iturbi se añadirán a la altura del punto medio del tramo comprendido entre el Perimetral 3 y y Avda Principal B un paso de peatones de rasante elevada y otro paso de peatones de rasante elevada a la altura del punto medio del tramo comprendido entre Avda Principal B y Perimetral 1.

c.3.- Se protegerán los chaflanes de delimitación de aparcamientos y los propios mediante bolardos modelo Mallorca o similar.

c.4).- Debería dimensionarse y determinar la ubicación, a partir de la población prevista en la delimitación de la urbanización y circulación de viales, tanto la ubicación de los contenedores para la recogida de residuos sólidos urbanos, como las islas de recogida selectiva donde se ubicarán los contenedores de papel/cartón, ropa y vidrio.

d).- Señalización:d.1).- La señalización vertical se realizará mediante postes de acero galvanizado

80x40x2 mm y señales homologadas de aluminio o acero galvanizado reflectantes nivel II. La placa de señal no quedará en ningún caso a altura inferior a 2 metros de rasante de acera.

d.2).- Debe añadirse señalización horizontal y vertical de “ceda el paso” en rotonda 1.

d.3).- Se colocará señalización vertical cuadrangular azul de paso de peatones en todos lo previstos en proyecto. Además en los pasos de peatones elevados se añadirá a la anterior señalización la triangular de resalto en calzada y la circular de limitación de velocidad a 30 Km/h.

d.4).- Deberá incluirse la señalización horizontal necesaria en el carril bici (símbolos, ceda el paso, etc.)

d.5).- Los pasos de peatones de rasante elevada se pintarán con fondo rojo completo que envuelve el cebreado blanco.

d.6).- La señalización vertical deberá incluir el suministro y colocación de 5 unidades de señal direccional modelo VITRALU o similar que incluye poste de aluminio telescópico estriado y 4 unidades de señalización en aluminio de dimensiones1600 x 300 mm con colores estandarizados en función e la infraestructura señalizada.

e).- Alumbrado Público:En las vías Perimetral 1 y Perimetral 2 se seguirá el criterio establecido por el

SUZI-1 para este vial que es: Luminaria JCH-400 o similar, de 250 W de VSAP sobre columna de 12 m. a una distancia entre ellas de 35 m. al tresbolillo.

En la Avenida Principal, Calle 1, Calle 2A y 2B y Calle 3, se colocarán luminarias marca Philips mod. Iridium SGS 253 o equivalente de VSAP, IP66-150W. doble nivel, Clase II, sobre columnas de 7 m. a una distancia entre ellas de 25 m. al tresbolillo.

Page 16: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

Los equipos auxiliares estarán compuestos por arrancador, reactancia y condensadores, para el encendido de la lámpara de vapor de sodio de alta presión, yendo alojados en el interior de las luminarias.

Los conductores utilizados serán unipolares, de primeras marcas reconocidas, en alojamiento por canalizaciones subterráneas. El aislamiento será de polietileno reticulado de color negro, con mezcla estabilizada según UNE 21117, designación RV 0,6/1 Kv. de cuerda de cobre electrolítico de 98% de conductividad, según UNE 21022.

El Cuadro general de distribución de alumbrado incluirá equipo de reducción de flujo adecuado a la potencia instalada.

f).- Red Eléctrica.- Media Tensión.Dado que la línea de media tensión existente cuyo soterramiento está previsto en

proyecto, será enterrada a partir del Perimetral 2 por la actuación del SUZI-1, se suprimirá el Nuevo apoyo F/L a instalar reflejado en plano 11.1, reflejándolo como empalme a canalización subterránea de LMT ejecutada por SUZI-1.

g).- Acequias. La reposición de la acequia existente reflejada en el plano 17.1 debe cambiarse en su trazado, dado que la ocupación física de la Avda del Recreo por los colectores existentes impiden la reposición por el trazado previsto entre los sectores SUZR-10 y SUZR-5.

La reposición debe realizarse por el Perimetral 3 (Avda nº 1 en SUZI-1), Perimetral 2 (Avda del Polideportivo en SUZI-1) hasta llegar a la Avgda del Recreo, ya que este trazado permitirá el cruce de la Avgda del Recreo en dicho punto. Esta corrección de trazado debe realizarse también en el SUZR-5.

h).- Servicios.- Deberán aportarse los informes aprobatorios de las compañías de servicios (agua potable, suministro eléctrico, gas natural, telefonía) y garantizarse la conexión con las redes existentes.

Debería garantizarse como previsión de futuro y en el diseño de las acometidas de las redes de riego de las distintas zonas que pueda cambiarse de forma sencilla a una alimentación independiente de la de la red de agua potable (doble red riego/potable).

g).- Jardinería. Se solicita un diseño más elaborado de la propuesta de jardinería siguiendo los criterios relacionados a continuación.

Deben diseñarse jardines con bajas exigencias hídricas, utilizando especies adaptadas a la pluviometría local. Utilizar sistemas de riego localizado de alta eficiencia y automatizados (riego por goteo).

Tanto en todos los tránsitos del jardín, como en aseos y otro tipo de instalaciones de acceso al público, se evitarán escalones para su acceso y circulación interior o se dotarán de las rampas correspondientes adaptadas a normativa. En todo caso debería garantizarse una circulación sin trabas. Cuidar la disposición de mobiliario urbano, alumbrado, etc. evitando que su localización estreche los pasos e impida el paso de carritos de niños, sillas de ruedas, etc. (Ley

Page 17: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

1/1998 de 5 de Mayo de 1998 de la Generalitat Valenciana de “Accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas)

Debe proponerse un diseño de ajardinamiento para la Rotonda 1.En el arbolado de alineación viaria se sustituirá la especie Tipuana tipu de

difícil formación en alineaciones viarias por las siguientes especies: Avda. Principal A y Avda. Principal B: Jacaranda mimosifolia.Calle 2A y Calle 2 B: Sophora japónicaPerimetral 1: Platanus orientalisPerimetral 2: Sin arbolado pues se ocupa el espacio con el carril bici.La equidistancia del arbolado viario prevista en proyecto (11,25 metros) es

excesiva, debiendo irse a equidistancias máximas entre 6 y 8 metros.Dado que el Perimetral 3 separa un sector de suelo residencial de un suelo

terciario se recomienda generar una pantalla vegetal mediante el arbolado en la zona de jardín más cercana al perimetral 3. Esta pantalla permitirá un aislamiento acústico y visual entre ambas zona. Por ello se aconseja densificar el arbolado en la zona cercana al carril bici y pasillo de tierra morterenca, usando especies como la Casuarina equisetifolia, Populus simonii o Pinus halepensis dispuestas en doble fila al tresbolillo en una franja de unos 10 metros de anchura. El suelo de este espacio debería dotarse de bombeo mediante relleno, para reforzar la pantalla.

Dado que el Ficus nítida sufre en L’Eliana episodios ocasionales de heladas que llegan a matar el árbol se sugiere no emplear dicha especie. Se aconseja la creación de pequeños grupos de una única especie por zonas, pudiendo utilizarse las siguientes: Sophora japónica, Platanus acerifolia, Melia azedarach, Grevillea robusta, Populus alba, Salix babilónica, Ulmus minor, Quercus ilex, Quercus robar, Olea europaea, Ceratonia silqua.

Se entiende que las Washingtonias reflejadas en proyecto son de 2 metros de tronco. Debería irse a algo más de altura de tronco dado que las hojas de Washingtonia a baja altura presentan cierto riesgo por poseer pinchos.

Dado que L’Eliana se ha comprometido con un uso sostenible del agua , se aconseja reducir al mínimo la zona de pradera, dejando un par de zonas de una superficie máxima de 250 m2 cada una y siempre generadas a base de gramas o penisetum. Pueden crearse otro tipo de bases de acabado como pueden ser el uso de arbustivas mediterráneas y gravas decorativas. Pueden generarse también algún espacio para Juegos Infantiles preferentemente con base de caucho de arena de río lavada contenida por bordillo.

Deben incluirse en el espacio ajardinado: un par de fuentes de agua potable, una de ellas con adaptación a minusvalías al menos dos aparcabicicletas de 8 plazas cada uno. dos pipi-can

Se utilizarán preferentemente riegos localizados. Deberá disponerse de red de bocas de riego, de tal forma que pueda regarse todo el espacio con mangueras de 25 metros.”

Page 18: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

CONSIDERANDO.- Respecto de la Propuesta Jurídico Económica propiamente dicha, ha sido informada por la Arquitecta y la Técnico de Administración General, en fecha 18 de enero de 2006, pasando a formar parte del presente acuerdo, y transcribiéndose a continuación:

“1º).- Respecto de la Propuesta Jurídico-Económica propiamente dicha:En resumen, los puntos principales del contenido de la Proposición Jurídico

Económica, son los siguientes:El Urbanizador, soportará los costes de urbanización en la medida en que le sean

retribuidos bien en terrenos edificables o bien en efectivo metálico.Los propietarios que expresamente declinen cooperar, en los términos señalados

anteriormente, pueden renunciar a ello mediante la solicitud de su expropiación y pago de los terrenos según su valor determinado.

Dicho contenido debe matizarse, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29 de la LRAU, que establece: “Los propietarios que expresamente declinen cooperar, por entender inconveniente o imprudente el desarrollo urbanístico de sus terrenos, pueden renunciar a ello si piden -mediante solicitud presentada en documento público antes del acuerdo aprobatorio del Programa- la expropiación y pago según su valor inicial o el que corresponda conforme a la legislación estatal a la condición de suelo urbanizable no programado. Dicho acuerdo probatorio determinará la incoación del expediente de determinación del justiprecio para la finca correspondiente.”

La valoración de las cargas de urbanización son es de 3.244.338,54 Euros, sin IVA.

El urbanizador, será retribuido preferentemente en parcelas edificables.El párrafo tercero del apartado 4.1 relativo a la repercusión de los costes para

pago en metálico, y que prevé su modificación, no procede y debe de matizarse, de conformidad con el artículo 67.3 de la LRAU, que establece, que :”Con motivo de la aprobación del Proyecto de Urbanización o de sus reformados se podrá modificar la previsión inicial de cargas estimada anteriormente en el Programa, siempre que la variación obedezca a causas objetivas cuya previsión no hubiera sido posible para el Urbanizador al comprometerse a ejecutar la Actuación. La retasación de cargas no podrá suponer modificación o incremento en la parte de ellas correspondiente al beneficio empresarial del Urbanizador por la promoción de la Actuación.”

Debe suprimirse el párrafo siguiente, dado que el precio es cerrado, con lo que no cabe aplicar subidas de IPC, y solo se admitirán las modificaciones que contempla como excepción la LRAU.

Debe corregirse, en relación a la repercusión de dichos costes por metro cuadrado suelo neto de la Unidad de Ejecución, que esta asciende a: 3.244.338,54 / 46.049 m 2 techo = 70,45 Euros/m2 techo

Page 19: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

El apartado 4.3 relativo a la actualización de la repercusión de costes para pago en metálico, se modifica, de conformidad con las correcciones que se han realizado en el convenio y que afectan a esta cuestión.

CONSIDERANDO.- Respecto de la Alternativa Técnica, se informa favorablemente en el citado informe jurídico, cuyas consideraciones pasan a formar parte del presente acuerdo.

Alternativa Técnica propiamente dicha.Destacamos los puntos fundamentales de la misma:1º).- Se presenta por la Empresa UTE L3M L´ELIANA.2º).- Se presenta CEDULA DE URBANIZACIÓN, en cumplimiento del

artículo 31 de la LRAU, obtenida en fecha 18 de noviembre de 2005.3º).- Se hace referencia en el apartado 1 del Plan Parcial, que el suelo de este

sector, que va a ser ordenado pormenorizadamente está clasificado en la Modificación de la Homologación Global de L´Eliana, como suelo urbanizable de uso residencial y que desarrolla una unidad de ejecución que está formada por la totalidad del sector SUZR-10.

4º).- En el punto III de la Alternativa Técnica, se determina la gestión indirecta del PAI.

5º).- En el punto V de la Alternativa Técnica, se hace constar los documentos que integran el PAI: Plan Parcial y Anteproyecto de Urbanización, convenio entre Urbanizador y Administración y Proposición económico-financiera, cuya forma de presentación se establece en el apartado tercero.

6º).- En el punto VI, se establece el plazo de ejecución del PAI, se establece que se ejecutará en un plazo inferior a tres años, iniciando su ejecución material dentro de su primer año de vigencia (con ello se cumple el art. 50.1 en relación con el art. 29.5 de la LRAU), contado a partir de la publicación del acuerdo de adjudicación, lo que es admisible dado que según el art. 47.8 de la citada Ley, es este el momento en el que el urbanizador adquiere tal condición. Se añade que los plazos se concretarán en la Proposición Jurídico-Económica.

7º).- En el punto VIII, se determina que el urbanizador constituirá fianza por el importe suficiente que marca la ley reguladora en función del porcentaje de costes del Proyecto de Urbanización.

En este punto, hay que considerar, lo dispuesto en el artículo 29 de la LRAU, en el que se establece, que todo Programa ha de asegurar el cumplimiento de sus previsiones ya sea mediante créditos comprometido con cargo al presupuesto de una Administración, o bien con garantía -financiera o real- prestada y mantenida por el adjudicatario seleccionado como Urbanizador, por el importe mínimo que reglamentariamente se determine y que nunca excusará la prestación de aval o fianza por valor mínimo del 7 por 100 del coste de urbanización previsto.

Page 20: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

Este punto, se completa con lo dispuesto en el convenio, respecto de las garantías ofrecidas por el urbanizador, así como por las modificaciones requeridas en el presente informe.

En conclusión:La Alternativa Técnica recoge la documentación exigida en el art. 45, en relación

con el artículo 32 de la LRAU, independientemente de que el Ayuntamiento acuerde introducir modificaciones en su documentación o exigencia de obligaciones en uso de las facultades que le confiere el art. 47.1.

CONSIDERANDO.- Respecto del Plan Parcial, deberá cumplirse lo dispuesto en el informe emitido por la Arquitecta Municipal, que forma parte del presente acuerdo:

“Según establece la LRAU, art. 21 y 22, y Reglamento de Planeamiento de la Comunidad Valenciana, art. 60 a 70, los Planes Parciales desarrollan la Ordenación Pormenorizada del sector delimitado según las vigentes Normas Subsidiarias, y según la Ficha de Gestión establecida al efecto.

En cumplimiento del art. 63 Reglamento de Planeamiento contempla:1º.- Ordenación Pormenorizada.2º.- Reserva de suelo dotacional de Red Primaria, cumpliendo las estándares de

calidad urbana establecidos en el Reglamento (Anexo).3º.- Se diferencia el carácter público o privado de los terrenos ordenados y la

edificación de cada uno de ellos.4º.- Se fija una sola Unidad de Ejecución para su desarrollo.5º.- La Cédula de Urbanización garantiza la conexión e integración con el resto

de sectores.Este Sector se desarrolla al amparo de la Modificación de Normas, aprobada

por la Consellería y definitivamente el 28 de Junio de 2001.En cuanto a la documentación que debe aportarse, establecida en los artículos

64 a 70 del Reglamento de Planeamiento de la Comunidad Valenciana:Documento de información: memoria y planos.Memoria JustificativaNormas UrbanísticasPlanos de Ordenación.El Plan Parcial presentado incluye toda la documentación referenciada y con la

extensión y grado de concreción que establece el Reglamento de Planeamiento.La alternativa presentada define una Unidad Funcional conectada con áreas

colindantes.Por lo que tanto contenido como documentación se consideran correctos a los

efectos de la aprobación del Plan Parcial.”CONSIDERANDO.- Respecto del Convenio Urbanístico, que según el citado

informe jurídico, se realizan las siguientes modificaciones:Respecto del Convenio propuesto se introducen las siguientes rectificaciones:

Page 21: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

Cláusula A.1. Párrafo 1: Será las contenidas en el Proyecto de Urbanización que se presentará ante el Excmo. Ayuntamiento de L´Eliana, a lo sumo 2 meses mas tarde la adjudicación definitiva del Programa, siendo la base del mismo el anteproyecto ya presentado en la alternativa técnica, con las correcciones señaladas por los Técnicos Municipales, en su informe.

Cláusula A.2.4. Se deberá añadir un segundo párrafo: “Dichas hojas se girarán por el propio urbanizador en periodo voluntario, cumpliendo los requisitos exigibles en la normativa reguladora de las Haciendas Locales, y demás normativa aplicable en cada momento.

Cláusula A.3.2., se añade, que las obras se realizarán bajo la supervisión de los técnicos municipales.

Cláusula A.6. se modifica, en el sentido de promover un solo Proyecto de Reparcelación, forzosa o voluntaria.

Cláusula B.1., relativa a plazos, se modifica el párrafo primero, en el sentido de iniciar el cómputo del plazo, para concluir las obras de urbanización, desde la publicación de la aprobación definitiva del Proyecto de Reparcelación.

Se suprime el párrafo segundo, dado que no se admite la presentación de varios proyecto de reparcelación.

Se añade también, un último párrafo, del siguiente tenor:” La disponibilidad de los terrenos se entiende adquirida a partir del momento en que se publique la aprobación definitiva del Proyecto de Reparcelación.

Cláusula B.3., relativa a la suspensión del cómputo del plazo, se suprime la referencia a la posible suspensión del cómputo a causas motivadas por otros órganos que no sea el propio Ayuntamiento.

Cláusula C.1.3., apartado a), se elimina el siguiente texto:”corregida esta porción en su caso proporcionadamente, si el presupuesto de cargas anejo al proyecto de urbanización presentara diferencias de coste respecto al estimado en este programa, dado que es precio cerrado, sin perjuicio de las previsiones legales.

Cláusula C.1.4., relativo a las causas objetivas de retasación de cargas, se suprime el apartado que regula la posibilidad de retasación de cargas por exigencias de las Compañías suministradoras de servicio, ya que el convenio con las mismas, debería de haberse previsto con anterioridad a su exigencia, absolutamente previsible.

Cláusula C.1.5., de retasación de cargas por demora, el párrafo primero del apartado a), se sustituye, y queda redactada de la siguiente forma: “La concurrencia de alguna causa que al amparo del art. 67.3 de la LRAU, motivara una retasación de cargas, deberá ser, en todo caso, declarada por el Ayuntamiento. El Urbanizador podrá presentar, en el plazo de tres meses a contar desde la aprobación del Programa, un estudio geotécnico y justificar en caso de descubrir en el subsuelo circunstancias de carácter geotécnico y arqueológico que pudieran incidir en la ejecución de la obra urbanizadora, la procedencia de la retasación de cargas, al amparo de la LRAU. La

Page 22: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

retribución se suplementará con una indemnización económica tal y como preceptúa el artículo 29.10 de la LRAU, y se calculará del siguiente modo:”....”

Cláusula C.1.6., se suprime el texto relativo a la aplicación de la retasación de cargas para las que se aplicará las reglas vigentes en el momento en que sea requerida y en el supuesto que proceda.

Cláusula C.1.7., sobre cargas urbanísticas adicionales, queda redactado con el siguiente texto:” De conformidad con lo dispuesto en los artículos 6702 LRAU y 5 de la Ley 6/1986 de la Generalitat Valenciana, de 15 de diciembre, los gastos derivados de la rescisión de cualesquiera derechos, obligaciones o contratos que graven las fincas o disminuyan su valor en venta, serán soportados exclusivamente por sus correspondientes propietarios.

Cláusula D.1., se reduce el plazo fijado a 6 meses, para entender que el urbanizador ha incumplido los plazos previstos en el Programa.

Cláusula F, relativa a la financiación de obras de interés común para el Sector, se sustituye, por el siguiente texto: “ En todo caso, forman parte de las obras de interés para este sector, las conexiones exteriores del mismo, tal y como se exigen en el artículo 30.1 a) de la LRAU, y se prevén en el Anteproyecto de urbanización, con las modificaciones indicadas por los Técnicos Municipales, que forman parte del Programa presentado”.

Cláusula G Se modifica en el sentido de que el excedente de aprovechamiento de titularidad municipal no podrá ser transmitido al urbanizador. ya que corresponderá al Ayuntamiento, para cualquier unidad del mismo área de área que sea deficitaria.

Cláusula H.1. se añade la cantidad concreta correspondiente al 10% del presupuesto de contrata, del aval a presentar a la firma del contrato, 279.780,70 Euros. Se suprime este texto: “ y como quedó estipulado en la cláusula 2.2 en el inicio del presente Convenio regulador”, y en su lugar, se añade a la misma, que la recepción definitiva de las obras, se producirá al año de la recepción provisional y previo requerimiento expreso por parte del urbanizador.

Cláusula H.2. a), se modifica, requiere garantizar el 100% de la obra de urbanización mediante carga urbanística en el Proyecto de Reparcelación o garantía financiera.

Cláusula H.3., relativo a la cancelación parcial de garantías, este epígrafe desaparece, la cancelación parcial de garantías no se admite al no presentarse un Proyecto de Urbanización por fases.

Cláusula H.4. se suprime, en coherencia a las modificaciones ya efectuadas.Cláusula I.1. relativo a las facultades del urbanizador, se elimina el párrafo

segundo del apartado b), en el que se habla de Junta de Compensación.Cláusula I.3. relativo a los derechos de reintegro, se elimina el párrafo segundo,

dado que en el Proyecto de Urbanización deben estar perfectamente definidas y resueltas todas las cuestiones relativas a Compañías de Servicios.

Page 23: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

Cláusula K.1., se suprime la posibilidad de entender aceptada la solicitud del urbanizador a falta de resolución expresa.

Cláusula K.2., relativa a la cancelación de las garantías generales, se modifica, en coherencia con lo establecido en la cláusula H.1., quedando con la siguiente redacción: “La cancelación de la garantía general del 10%, tendrá lugar en el momento en que se regula en la prestación de la misma (cláusula H.1.). La cancelación de las garantías suplementarias reguladas en la cláusula H.2., podrá tener lugar en el momento en que se efectúe la recepción provisional de las obras de urbanización.

Cláusula K.3, de la conservación y recepción de las obras de urbanización, se modifica la redacción, quedando la siguiente: “El urbanizador vendrá obligado a la conservación y mantenimiento de la urbanización hasta su recepción definitiva por el Ayuntamiento. Dicha recepción definitiva se producirá al año de la recepción provisional, previo requerimiento formal del urbanizador y siempre que el informe técnico municipal fuera favorable.

Cláusula K.4., se añade que deberán ejecutarse en el plazo máximo 3 de años.Cláusula L., relativa a la cesión de la adjudicación, se añade que deberán

cumplirse las formalidades exigidas en la LRAU.La Corporación por los votos a favor del PSOE y EU, y la abstención del

PP, acuerda:PRIMERO.- La gestión indirecta del Programa de actuación Integrada del

Sector SUZR-10.SEGUNDO.- Aprobar y adjudicar el PAI a la mercantil UTE L3M L´ELIANA.TERCERO.- Estimar o desestimar en el sentido expuesto anteriormente, las

alegaciones presentadas.CUARTO.- El Proyecto de Urbanización a presentar, deberá recoger el informe

al mismo emitido por los Técnicos Municipales, que se acepta en su integridad formando parte del presente acuerdo.

QUINTO.- Aprobar el Convenio en la redacción dada por los Técnicos Municipales, que modifica tanto la Alternativa Técnica como la Propuesta Jurídico-Económica en todo lo que sea contradictorio con su texto. Dicho Convenio forma parte del propio acuerdo. Asimismo la Propuesta Jurídico-Económica queda modificada por el informe sobre la misma que se asume en este acuerdo.

SEXTO.- Otorgar plazo de diez días para la firma del Convenio.SÉPTIMO.- Firmado el Convenio, ordenar la publicación del texto íntegro del

acuerdo en el DOGV.OCTAVO.- Con carácter previo a la citada publicación se remitirá copia del

Programa a la Consellería de Infraestructuras y Transporte.NOVENO.- El precio de adjudicación es cerrado por la cantidad de

3.244.338,54 €, sin IVA.

Page 24: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

Debiendo presentarse a la firma del Convenio AVAL correspondiente al 10% del presupuesto de contrata, por la cantidad de 279.780,70 €.

DECIMO.- Recibir el exceso de aprovechamiento en caso de existir en suelo, efectuándose el pago de los costes de urbanización en suelo, es decir, recibiendo suelo neto, libre de cargas y gravámenes.

UNDECIMO.- A la firma del Convenio se deberán presentar dos ejemplares completos del PAI y documentación que se acompaña, en papel y soporte informático (AUTOCAD, EXCEL Y WORD) para su manejo y su remisión a la Consellería de Infraestructuras y Transporte.

DECIMOSEGUNDO.- Se deberá notificar el presente acuerdo a la empresa, UTE L3M L´ELIANA y a quienes aparezcan como interesados en el expediente.

Se produjeron las siguientes intervenciones:La Sra. Quinzá, indica que su grupo se va a abstener en la votación, ya que

consideran que hay una Sentencia que es firme y al parecer el vecino reclamante puede tener razón.

Responde la Sra. Berenguer, que se han tenido en cuenta todas las alegaciones, incluso la sentencia que es del año 1995 y ya no tenía efecto.

VIII.- SOLICITUD A LA CHJ DE LA CONCESIÓN INTEGRAL DE AGUAS SUBTERRÁNEAS PARA ABASTECIMIENTO EN L’ELIANA.

De conformidad con la Comisión Informativa de Servicios y Medio Ambiente, celebrada el día 23 de los corrientes.

Vista la necesidad de iniciar por parte de este Ayuntamiento el procedimiento de solicitud de concesión de aguas subterráneas a la Confederación Hidrográfica del Júcar, para la realización de un nuevo sondeo en la partida Las Viñas II de L’Eliana con destino a abastecimiento humano.

Resultando que la Confederación Hidrográfica del Júcar solicita en aplicación de la Disposición Transitoria Tercera 3 de la Ley de Aguas (R.D.L. 1/2001) que la concesión de aguas solicitada se tramite considerando la totalidad de tomas existentes en el municipio y aportando una serie de documentos complementarios a la solicitud (de los que ya se dispone por parte del Ayuntamiento de L’Eliana), que a continuación se relacionan:

Proyecto Integral de Concesión redactado de acuerdo con el artículo 106 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, de todos los sondeos (ya estén actualmente en explotación, en desuso o que esté prevista su explotación futura).

Justificación de las necesidades hídricas mediante un estudio de demandas.Propuesta de perímetro de protección de los puntos de captación.Informe Sanitario de la Administración competente.Censo de población y ganadero.

Page 25: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

Resultando que la Confederación Hidrográfica del Júcar solicita asimismo Acuerdo Plenario de la Corporación municipal relativo a la aprobación de la solicitud de concesión.

Visto, que se estima conveniente, la presentación de un único proyecto de concesión integral, para constituir, una única unidad de explotación que abarque la totalidad de las tomas e instalaciones existentes, así como la nueva prevista en Las Viñas II.

Considerando que, de conformidad con el artículo 59.1 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, todo uso privativo de las aguas no incluido en el artículo 54, requiere concesión administrativa, regulándose el procedimiento para la tramitación de concesiones de agua para abastecimiento de poblaciones y de urbanizaciones aisladas que no puedan ser abastecidas desde la red municipal, en los artículo 123 y siguientes del Reglamento del Domino Público Hidráulico de 11 de abril de 1986.

La Corporación por unanimidad, acuerda:PRIMERO.- Aprobar la solicitud a la Confederación Hidrográfica del Júcar, de

la concesión integral de aguas subterráneas para el abastecimiento de la población de L’Eliana, procedentes de los siguientes pozos: Las Viñas II, Pozo Caballeros I, Pozo Caballeros II, Pozo Les Taules, Pozo Monte Pilar, Pozo San Vicente, Pozo Salvador.

SEGUNDO.- Facultar al Sr. Alcalde Presidente de la Corporación, para formalizar la solicitud, y realizar cuantas gestiones fueran necesarias para el cumplimiento del presente Acuerdo.

TERCERO.- Notificar a la Confederación Hidrográfica del Júcar. Se produjeron las siguientes intervenciones:Toma la palabra el Sr. Montaner, dice que su grupo va a votar a favor, ya que

no hay motivo para votar en contra, pero manifiesta que esto lo ven como una búsqueda de titulares de cara a la galería.

Es del parecer que todos los vecinos tenemos un gravísimo problema, no es normal, estar tantos años con un indice de nitratos por encima de los permitidos para la salud.

Piensan que Recurrido el mal calculado recibo están pasando la pelota a otras entidades, eludiendo responsabilidades.

Aprobaremos pero seguimos pensando que los vecinos pagan al Ayuntamiento y es este quien debe dar las soluciones.

Replica la Sra. Andrés diciendo que le sorprende que el Sr. Montaner diga que el Ayuntamiento busca titulares y que no esta haciendo nada al respecto del problema, cuando lo que esta haciendo es aportar una documentación a la Confederación que es reclamada para poder explotar un pozo, que el equipo de Gobierno ha hecho muchas aportaciones propias para solucionar los problemas,

Page 26: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

Continua el Sr. Montaner, dice que, puede que el Ayuntamiento haga algo, pero cree e incluso es anticonstitucional que los vecinos no tengan agua potable para uso y que el problema es de muchos años y aun no se ha resuelto.

Responde la Sra. Andrés, Hemos conseguido en 1 año que el 70% estén consumiendo agua con un nivel de nitratos por debajo del 50% y la última actuación la de la Viña que esa agua será como el del pozo de las tablas por debajo de 50% de nitratos, al final se conseguirá que todo el municipio consuma agua de buena calidad. Igual no le pasan al Sr. Montaner la información, o no le interesa saberla.

IX.- APROBACIÓN EN SU CASO DE LOS PLIEGOS DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS Y LA CONVOCATORIA PARA LA ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RSU.

De conformidad con la Comisión Informativa de Servicios y Medio Ambiente del día 23 de enero del actual.

Resultando que esta Corporación tiene suscrito con fecha 29 de septiembre de 2000, un contrato con la mercantil NECSO S.A. para la recogida de residuos sólidos urbanos, que conforme al Acuerdo de Pleno de fecha 25 de noviembre de 2004, debe entenderse rescindido, acordándose no obstante ello la prórroga forzosa por el tiempo indispensable para la tramitación y adjudicación de la nueva contratación con arreglo a las determinaciones de los nuevos Pliegos.

Considerando lo dispuesto en los artículos 48 Y 49 del RD 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en relación a los Pliegos de Cláusulas administrativas particulares y art. 51 en relación al de prescripciones técnicas; art. 67 en cuanto a los requisitos para al aprobación del expediente de contratación y 73 y s.s en cuanto a la publicidad de las licitaciones. Y art. 156 en cuanto a las formas previstas para el contrato de gestión de servicios públicos,

Considerando lo dispuesto en la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en los artículos 22.2.f) respecto de la competencia del Pleno y 47.2.k) en cuanto al régimen de mayorías para su aprobación; 26.1.a) en cuanto a la prestación de los servicios esenciales por el municipio y art. 85.2.B en cuanto a la forma de gestión de los servicios públicos.

Vista la Retención de crédito efectuada por la Intervención municipal en fecha 19-1-06, al nº de operación 200600000495 por importe adecuado y suficiente.

Vistos los Informes del Ingeniero municipal de fecha 17 de enero en relación a la justificación de los importes que constituyen el tipo de licitación del contrato de Recogida de Residuos Sólidos Urbanos y de 17 de diciembre de 2005 en cuanto a las previsiones de implantación de los servicios de recogidas complementarias, definición e importes de los mismos.

Page 27: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

La Corporación por el voto a favor del PSOE y EU, y en contra del PP, acuerda:

PRIMERO: Que la prestación de Servicio de Recogida de Residuos Sólidos se efectúe mediante gestión indirecta, adoptando la forma de Concesión Administrativa.

SEGUNDO: Aprobar el expediente administrativo 113/05 incoado para la adjudicación, mediante concurso, del contrato de Recogida de Residuos Sólidos de L’Eliana, aprobando tanto los Pliegos de Prescripciones Técnicas como los de Condiciones Jurídico y Económico Administrativas por los cuales se regirá la licitación; cuyo tipo de licitación a la baja asciende a la cantidad de 741.885’60€, gastos e impuestos incluidos. Siendo el plazo de contrata inicial de 5 años con posibilidad de prórroga expresa conforme a las determinaciones del Pliego de Condiciones.

TERCERO: Comprometerse a efectuar las consignaciones presupuestarias que sean precisas para responder de las obligaciones derivadas del contrato durante toda la vigencia del mismo.

CUARTO: Remítase la convocatoria del concurso al Boletín Oficial de la Provincia en los términos que legalmente corresponda y dése cuenta del presente acuerdo a la Intervención y a la Tesorería Municipales a los efectos oportunos.

Se produjeron las siguientes intervenciones:El Sr. Alcalde, indica un error en el numero de días para la presentación

plazo de licitación, son 26 días.El Sr. Montaner, van a votar en contra, no están de acuerdo con el calculo del

valor del servicio.Indica que no van a entrar a valorar el trabajo de los técnicos del Ayuntamiento,

que ha realizado el estudio técnico para cuantificar los costes. Pero si discrepamos en las decisiones políticas aquellos valores que no corresponden con el valor del servicio a realizar.

Servicios generales, gastos generales etc y publicidad,. No es lógico esto repercutirá en los vecinos.

Consideran que el vecino no debe pagar campañas publicitarias, solo el servicio.No se puede obligar a la empresa adjudicataria hacer propaganda, es mejor que

den mejor servicio, no quieren que haya un sobrecoste.Sr. Lorente, me sorprendo a veces con las expresiones del Sr. Montaner, que

tiene que ver el servicio de basuras con los gastos protocolarios del Sr. Alcalde?.Es preocupante que se malinterprete la campaña que se explicita no va a ser para

que en la publicidad salgan los partidos.Es necesario publicitar que los vecinos se enteren de muchas cosas, que toda la

basura que se genera va a tener una recogida y como se va a tratar.La Sra. Andrés, agradece a todos el trabajo para hacer la redacción de estos

Pliegos.

Page 28: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

No se trata de publicidad, si no de propaganda, y esto es dar información para mejorar el servicio, para hacer nuevos servicios.

Hay recogida de envase ligero, en dos contenedores nuevos, mas de recogida selectiva o verde.

El Sr. Montaner, repite que no critica la labor de los técnicos, si el aumento de coste por la publicidad, no queremos cosas adicionales al servicio.

Sra. Andrés le responde que también hay gastos en la eliminación de residuos que es lo que ha aumentado el gasto, y aún así no se va a subir la tasa de basuras a los vecinos, la diferencia de ingresos y gastos, es por la falta de subvención que antes si teníamos.

X.- MOCION DEL GRUPO POPULAR SOBRE GIMNASIO EN EL PARQUE PARA MAYORES.

Comienza el Sr. Alcalde, dando cuenta de una Moción de urgencia, lo que le rectifica la Sra. Samper que la Moción ha pasado por Comisión informativa y esta en el orden del día del Pleno, el Sr. Alcalde, rectifica su error, y dice que el Sr. Secretario lea la Moción, y se pase a debate.

La Sra. Samper, dice que la propuesta ya esta presentada y debatida en Comisión, a lo que el Alcalde, le replica que si bien antes ella aclaro, la diferencia entre Moción de urgencia, y Moción presentada en tiempo en orden del día, el le recuerda que a cualquier propuesta que se presenta, debe defenderla y exponerla, que a continuación hay debate y posterior votación, por tanto que proceda, a leerla el Sr. Secretario.

El Sr. Secretario da lectura de la Moción que se transcribe literalmente:“Moción del Grupo Popular sobre Gimnasio en el Parque para mayores,

Isabel Samper Ramos, Concejala de este Ayuntamiento, en uso de las atribuciones inherentes al referido cargo, en su nombre y en representación del Partido Popular, ante el Ayuntamiento Pleno, comparece y EXPONE:

Considerando que el artículo 25 de la Ley 7/85 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, establece que “el municipio para la gestión, de sus intereses y en el ámbito de sus competencias puede promover toda clase de actividades, y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal”.

Considerando que personas mayores tienen necesidades que atender, no sólo de las llamadas prioritarias, sino también lúdicas y de tiempo libre que redunden en un mejor bienestar de las mismas, entre ellas el ejercicio que se pueda realizar al aire libre y teniendo en cuenta el buen clima y días de sol de que disfrutamos en la Comunidad Valenciana.

La Concejala que suscribe es del parecer que el Ayuntamiento Pleno, debería adoptar el siguiente acuerdo:

Page 29: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

Que se habilite un espacio dentro del Parque donde se instalen aparatos de gimnasia especialmente diseñados para personas mayores que puedan ser utilizados por los vecinos-as de L’Eliana, como un gimnasio al aire libre”.

Leída la Moción, de conformidad con la Comisión Municipal informativa de Deportes y Bienestar Social, celebrada el día 23 de los corrientes.

Sometido el asunto a votación, el resultado es de 7 votos a favor (Grupo Popular) y 11 en contra (Grupos PSOE y EU), en consecuencia no es aprobada la moción.

Se produjeron las siguientes intervenciones:La Sra. Samper, ampliando el sentido de la Moción, dice que consideran que

las personas mayores deben realizar actividades que les favorezcan al aire libre, y solicita el voto favorable de todos al margen de la ubicación del lugar.

El Sr. Lorente habla en explicación de voto. Manifiesta que según su grupo entienden que estos espacios libres deben de ser repartidos en todos los barrios y zonas de L’Eliana, pero diversificados no centrados todos en el Centro del pueblo valga la redundancia.

La Sra. Berenguer dice que como ya dijo en la Comisión informativa, la propuesta queda fuera de lugar, ya que hay muchas actuaciones municipales en las que está incluido el gimnasio para la tercera edad, así en el Jardín de Navarrete hay un gimnasio en la calle, en el jardín de les Taules hay un Gimnasio, y en la Masia del Pilar hay un parque para mayores, y hay un circuito vita en el parque fluvial”cosas incluidas para los mayores y esta ya estaba incluida desde marzo de 2003, y programas con el Centro de Salud, solicita que conste en acta que en todo momento se ha tenido en cuenta a los mayores, que si leyesen los boletines informativos que tanto critican y desprecian, sabrían que se ha hablado desde hace 3 años, de todos estos planes de ayudas a las personas mayores, que hay ya temas con el Centro de Salud, y algunos programas tanto para personas mayores como también para mujeres con problemas de menopausia.

XI.- PROPUESTA PARA EL OTORGAMIENTO EN SU CASO DE DIPLOMA POR SERVICIOS DISTINGUIDOS AL PERIODICO LELIANA 2000 A LA VISTA DE LA PROPUESTA DEL CEL.

Por el Sr. Alcalde y de conformidad con lo establecido en el artículo 92 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades locales el asunto se deja sobre la mesa

XII.- DAR CUENTA DE LA DELEGACIÓN DEL ALCALDE EN MATERIA DE ESCUELA TALLER EN EL CONCEJAL D. PEDRO BALLESTA PARRA.

Page 30: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

De conformidad con la Comisión Municipal de Régimen Jurídico, Gobernación, Personal, celebrada el 23 de enero de los presente.

Vista la Resolución RE052760, que se transcribe a continuación, “El Ayuntamiento ha puesto en marcha la VI Escuela Taller.

Habitualmente la delegación de esta alcaldía ha recaído en las sucesivas concejalías de educación teniendo en cuenta sus aspectos educativos. Sin embargo, si bien es cierto que las escuelas taller tienen una vertiente educativa importante, no lo es menos que la naturaleza de su funcionamiento y sin perjuicio de otras finalidades hace que se enmarque mucho mejor dentro de lo que es el desarrollo económico de la población. Ello aconseja atribuir la delegación al Concejal de nuevas tecnologías, desarrollo y empleo, sin perjuicio de la coordinación en los temas educativos con la concejalía de educación en el seno del Gobierno Municipal.

En consecuencia y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985 de 2 de abril RBRL y 43 del R.O.F. y R.J. de las Entidades Locales,

RESUELVO:1º.- Atribuir al concejal de este Ayuntamiento D. Pedro Ballesta Parra Concejal

delegado de Nuevas Tecnologías, Desarrollo y Empleo la delegación de la Escuela Taller, genéricamente y sin que esta delegación incluya la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

2º.- Publicar la presente delegación en el B.O.P. de Valencia y dar cuenta al Ayuntamiento Pleno en la próxima sesión que celebre.

3º.-Notificar el presente Decreto al concejal delegado de Educación D. Vicente Belda Sempere y a D. Pedro Ballesta Parra a los efectos oportunos.

La Corporación por unanimidad, acuerda darse por enterada.No hay debate.

XIII.- APROBACIÓN CUENTAS GENERALES 1997-2004.

De conformidad con la Comisión Municipal de Hacienda, celebrada el día 23 de enero actual,

Vistas las cuentas generales de los años 1997 a 2004Resultando que han estado expuestas al publico durante el periodo que va entre

el 21 de diciembre de 2.005 y 17 de enero de 2006 sin que se haya presentado reclamación alguna.

Considerando lo dispuesto en las reglas 408 a 435 de la vigente Instrucción de Contabilidad.

Considerando lo dispuesto en los artículos 208 a 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

La Corporación por los votos a favor del PSOE y EU, y en contra del PP, acuerda:

Page 31: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

RESUMEN CUENTAS GENERALES QUE SE PRESENTAN A LA COMISION ESPECIAL DE CUENTAS

MO

NE

DA

EjercicioResultado Presupuestario ajustado

Remanente de Tesorería total Total Activo Total pasivo Resultado del

ejercicio

€ 2.004 772.531,69 2.297.343,30 36.005.142,41 36.005.142,41 -477.194,61€ 2.003 1.216.406,72 2.386.746,05 34.676.317,22 34.676.317,22 2.960.424,01€ 2.002 2.186.880,00 1.404.307,00 32.035.218,90 32.035.218,90 2.291.977,82

Ptas. 2.001 343.799.365 148.632.555 5.070.951.644 5.070.951.644 738.223.947Ptas. 2.000 243.992.680 289.139.843 4.126.045.581 4.126.045.581 400.663.580Ptas. 1.999 331.812.910 -423.345.126 3.791.839.644 3.791.839.644 453.298.925Ptas. 1.998 155.411.427 -602.533.442 3.457.311.183 3.457.311.183 244.343.435Ptas. 1.997 151.132.219 -521.629.691 3.466.530.530 3.466.530.530 191.181.366

Se produjeron las siguientes intervenciones:El Sr. Montaner, Como ya hicimos en su día votaremos en contra, una razón es

que no nos la creemos.No aprobamos la gestión de esos ejercicios. En un periodo se han presentado sin

consignación presupuestaria mas de 3 millones de euros que han sido pagados no presupuestados en ninguna parte.

Se contemplan muchas inversiones que luego no se han ejecutado.Estos resultados se consiguen con una gestión que no compartimos.Subidas alarmantes para los vecinos en muchos de los tributos.Nosotros consideramos que para el 2006 la deuda será de mas de 5 millones de

euros.No estamos conformes con tanto asesor y menos policía o personal de vigilancia,

que es mucho mas necesario.En consecuencia, no apoyamos su gestión.El Sr. Pere Ingles, Sr. Montaner ustedes siempre dicen lo mismo y no aportan

nada. No tienen en cuenta los superavits y la planificación que dice que no existe, si existe, no tenemos deudas, el endeudamiento es inferior a la media de Ayuntamientos.

El Partido Popular, nunca ha dicho nada en el periodo de alegaciones.El Sr. Montaner dice que si dicen y que siempre han dicho lo mal que iba la

gestión y en que no estaban de acuerdo.Que pocas fuentes de recaudación nos van a quedar dentro de poco por falta de

planificación. Que pasará cuando no queden ya parcelas que vender, ni impuestos de construcción que cobrar?, por poner un ejemplo.

El Sr. Ingles, le rebate, diciendo que nuestro equipo de gobierno siempre hemos hecho una labor cumpliendo con la ley.

Page 32: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

Hemos hecho un Plan Económico y lo hemos presentado, y no nos han requerido del Gobierno para nada.

Si gastamos, y pagamos por tanto, hay un equilibrio financiero.Nosotros programamos a largo plazo.

XIV.- MODIFICACIÓN BASE 17 DE LAS DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO CREACIÓN DEL ANTICIPO DE CAJA FIJA DE TESORERIA.

De conformidad con la Comisión Municipal de Hacienda, celebrada el día 23 de enero actual,

Vistas la nueva instrucción de contabilidad para la Administración Local, aprobada por la Orden EHA/4041/2004, de 23 de noviembre(BOE 9 de diciembre de 2004) con entrada en vigor el día 1 de enero de 2006

Resultando que ha habido un cambio sustancial en el tratamiento de los pagos a justificar ya que para la realización de los mismos es preceptivo la apertura de una cuenta restringida.

Considerando la necesidad de facilitar la operatividad de los diversos servicios municipales y en concreto el pago de los gastos menores que se producen en el día a día de los mismos.

La Corporación, por los votos a favor PSOE y EU y la abstención del PP, acuerda:

Modificar la base 17 de las de ejecución del Presupuesto, creando el anticipo de Caja de Tesorería, siendo los titulares del mismo el Sr. Concejal Delegado de Hacienda y la Sra. Tesorera, con ámbito de actuación sobre las partidas que, según figuran en estas bases, son susceptibles de soportar pagos a justificar.

Se produjeron las siguientes intervenciones:El Sr. Montaner, Nos vamos a abstener, no vamos a cuestionar una nueva

forma de trabajo.El Sr. Ingles, agradecemos su postura.

MOCIONES DE URGENCIA

MOCIÓN DEL GRUPO POPULAR PARA RESTITUIR LA INSIGNIA NACIONAL DE LA PUERTA DEL COLEGIO MONTEALEGRE.

A propuesta de la concejala proponente, el Ayuntamiento por unanimidad acuerda dejar el asunto sobre la mesa de conformidad con lo establecido en el artículo 92 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades locales

Se produjeron las siguientes intervenciones.

Page 33: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

La Sra. Ubiedo, Retira la Moción y quiere que conste en acta su agradecimiento al Director del Centro y recriminarle al Concejal su dejadez, sigue sin asumir su responsabilidad.

El Sr. Belda, Quiere agradecer a la Sra. Mariangeles Ubiedo, por que cuando se precipita antes de preguntar, hace bien en rectificar y eso es de sabios.

La Sra. Ubiedo Explicación ha actuado el Director del Centro.

SOLICITUD DE D. JULIAN HONTANGAS DE COMPATIBILIDAD PARA EJERCICIO DE LA ABOGACÍA.

Vista la propuesta que se transcribe literalmente:“Vista la solicitud presentada el 19 de enero de 2006 por el funcionario de esta

Corporación D. Julián Hontangas Carrascosa para el ejercicio de la actividad privada, como Letrado/Asesor, en horario y asuntos que no coincidan con los dedicados al Ayuntamiento.

Considerando lo dispuesto en los arts. 14 de la Ley 53/84, de 26 de diciembre y 8 y siguientes del Real Decreto 595/85, de 30 de abril.

La Corporación por unanimidad, acuerda: PRIMERO: Reconocer la compatibilidad solicitada por el Funcionario de esta

Corporación D. Julián Hontangas Carrascosa, para el ejercicio profesional de la actividad privada de Abogacía, en horario y asuntos que no coincidan con los dedicados al Ayuntamiento ni constituyan responsabilidad de su puesto de trabajo y sin que se modifique ni su jornada ni dedicación actual.

SEGUNDO: Notifíquese el presente acuerdo al interesado dejando copia del mismo en su expediente personal a los efectos oportunos.

No se produjeron intervenciones.

INFORMACIÓN MUNICIPAL.

El Sr. Alcalde, da cuenta de las Resoluciones dictadas de la 2444 de noviembre de 2005 a la 2808 de 30 de diciembre, y de la 1 a la 102 de enero de 2006 que quedan a disposición de los Sres Concejales en la Secretaria Municipal.

Se da cuenta del escrito de la Agencia Valenciana de Salut, de fecha 30 de diciembre de 2005, en la que hacen referencia a que a partir del 16 de enero el Departamento de Salud 6 del Hospital Arnau de Vilanova, asume el servicio de la recogida de muestras analíticas de este municipio.

Continua informando sobre la Sentencia 2227/05 de la Sección 3ª Contencioso-Administrativo núm. 1264/2001, que desestima el recurso sobre acuerdo pleno de 25 de julio de 2001 sobre convenio con FCC.

Page 34: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

Seguidamente da cuenta de la Sentencia del Juzgado nº 2 de lo Contencioso que desestima el recurso interpuesto por D. Rafael Marco, contra resolución 29/01/2005 sobre reintegro tasa licencia de obras.

Da cuenta de la Diligencia de ordenación que declara firmeza la sentencia relativa a recurso 3/488/2003, Sala de lo Contencioso Sección Tercera.

Se da cuenta del escrito del servicio de Centros de la Consellería de Cultura sobre propuesta de autorización de Centro Público de formación de personas adultas.

Se da cuenta de la información Económica, que antes de dar comienzo a la sesión el área económica facilito copia a los portavoces de cada grupo político, junto con la convocatoria de la sesión.

RUEGOS Y PREGUNTAS.El Sr. Alcalde, abre el turno de ruegos y preguntas y dice quien solicita el

turno de palabra.Comienza la Sra. Quinzá, recordando que en un Pleno anterior ya pregunto a la

Portavoz del PSOE, por una licencia de obras que se había pedido para la construcción de un Restaurante Chino, a la entrada del pueblo zona “Las Tablas”, y hasta el momento no se le ha dado ninguna respuesta, espera que no se trate del Restaurante que ya lleva en funcionamiento casi 5 años, o es que van a construir otro al lado.

Le responde la Sra. Berenguer: La licencia de la que habla, responde a una solicitud del Sr. Wan chin Por, que solicito licencia de obras y de actividad en el año 2002, se le contesto que era posible la ubicación del Restaurante en esa zona, pero por motivos administrativos la cosa se retraso, en estos momentos el propietario cumple con toda la normativa.

La Sra. Quinzá manifiesta que al grupo popular se le ha cortado la línea telefónica en el Ayuntamiento, y ruega se agilice la reposición de la misma.

El Sr. Alcalde, le contesta que hablara con los técnicos para que lo solucionen.

La Sra. Ubiedo, pregunta cuando se tiene previsto colocar fuentes de osmosis en los Colegios.

La Sra. Andrés, le contestará en tiempo y forma.El Sr. Ferrando, Se dirige al Sr. Tobed , diciendo que espera que este nuevo

año le conteste, ya que dijo que el contesta por escrito y por registro, y hasta la fecha no he recibido la respuesta.

Bueno, matiza, no es del todo cierto, tengo la respuesta por que el me entrego copia de su escrito, pero no me llego por el conducto reglamentario.

Aún así no contesta a mis preguntas, me reitero aunque el ya sabe cuales son, sobre algunos vados, o el coche que siempre esta aparcado entre el quiosco y la iglesia. La plaza cada vez esta peor, los autobuses a veces no pueden pasar.

El Sr. Tobed, ya le he contestado, pero le volveré a contestar en tiempo y forma.

Page 35: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

El Sr. Ferrando insiste, el tema de las cuentas de los clubs deportivos que el Sr. Alcalde dijo nos respondería.

El Sr. Alcalde le responde, que puede entregarle los TC2, que otra documentación no se la puede entregar.

La Sra. Samper se dirige al Sr. Lorente, para decirle que en plenos anteriores le ha venido pidiendo información, y que el Sr. Lorente le ha dado unas carpetas con muchos datos que no responden a sus preguntas dándole una información que ella no ha solicitado, cuando va a darle la información requerida.

El Sr. Lorente le responde, que si no ha sabido desgranar en la información que se le ha facilitado las preguntas que hacia, muy gustoso puede reunirse con ella cuando lo desee por la tarde y le responderá, pero que no va a colapsar ni a parar a los servicios administrativos, por que a la Sra. Samper se le ocurra ahora querer saber cosas de hace 4 años.

La Sra. Samper dice que no es capricho de querer saber cosas de hace años, que de lo que se trata es que pregunta y no obtiene respuesta entonces se reitera varias veces en sus preguntas.

Le recuerda al Sr. Alcalde, que en otro pleno hizo una pregunta a la que el Sr. Alcalde se comprometió a responder el mismo, sobre el concierto de los maulets.

El Sr. Alcalde le responde, que el Sr. Lorente ya le contestó, pero que le pedirá copia a este y se la hará llegar.

La Sra. Samper manifiesta que tiene 2 ruegos para la Sra. Andrés, uno que el Alumbrado de la Avda. Torre del Virrey, tiene visibilidad nula, es peligroso para los vecinos, y espera que lo verifique ella misma por la noche.

Y reitero que también falta el rotulo de la c/ Magallanes a la entrada y al final de la calle, como en cualquier otra calle.

La Sra. Venus le pregunta a la Sra. Berenguer, si la ocupación de las aceras por materiales de construcción está contemplada en las licencias de obras, a veces los viandantes se ven obligados a bajar a la carretera con el consabido peligro.

Y a la Sra. Castelló le pregunta, por una subvención que se concedió en el 2002, y que en años posteriores no se obtuvo por falta de presentación de la documentación o por presentarla fuera de plazo, la juventud precisa de cuantas subvenciones se puedan obtener para realizar actividades para ellos, ¿por que se han hecho las cosas así de mal?.

La Sra. Castelló responderá en tiempo y formaLe contesta la Sra. Berenguer que en cuanto a las licencias de obras si esta

regulado el deposito de materiales por obras, así como se tienen que depositar los materiales de construcción etc.

También en otro pleno le dije que queremos modificar la Ordenanza para ampliarla y mejorarla, estamos trabajando en ello, sobre todo por facilitar el foro de movilidad, le indica que puede estar en el equipo para modificar la Ordenanza y que esta encantada de que quiera colaborar.

Page 36: Honorable Sr  · Web viewLUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2006. HORA DE INICIO: 19’00. CARÁCTER DE LA SESION:

No habiendo más asuntos que tratar, siendo las 20’35 horas., la Presidencia dio por terminada la sesión, quedando la presente acta transcrita a papel timbrado clase octava, de lo que yo el Secretario, doy fe.