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1 COMPLEJO HOSPITALARIO DE TOLEDO HOSPITAL VIRGEN DE LA SALUD Avda. Barber, 30. 45004. Toledo. Teléfono 925 269200

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ÍNDICE

1.- INTRODUCCIÓN.............................................................................3

1.1 Carta de bienvenida del Jefe de Estudios…………………….3

1.2 Información, direcciones y contactos de interés……………...5

1.3 Composición de la Comisión de Docencia año 2011 y

Tutores………………………………………………………………...9

1.4 Plazas ofertadas en el Complejo Hospitalario de Toledo….11

1.6 Decálogo del Residente……………………………………….12

2.- COMISIÓN DE DOCENCIA...........................................................13

3.- PROPUESTA DOCENCIA CURSOS DE FORMACIÓN………….23

4.- SOLICITUD PERMISOS Y LICENCIAS OFICIALES……………..26

5.- VALORACIÓN RESIDENTES A LA DOCENCIA………………….27

6.- NORMATIVA DE GUARDIAS DE LOS MÉDICOS EN

FORMACIÓN DEL COMPLEJO HOSPITALARIO DE TOLEDO……28

7.- PROTOCOLO DE ACTUACIÓN, FUNCIONES Y SUPERVISIÓN

DE LOS MÉDICOS ESPECIALISTAS EN FORMACIÓN EN EL

SERVICIO DE URGENCIAS DEL CHT…………………………………46

8.- NORMATIVA DE SESIONES DE LOS MÉDICOS EN FORMACIÓN

DEL COMPLEJO HOSPITALARIO DE TOLEDO……………………..50

9.- INSTRUCCIONES PARA LA ASISTENCIA A ACTIVIDADES

FORMATIVAS………………………………………………………………56

10.- PLAN DE GESTIÓN DE LA CALIDAD DOCENTE 2010-2011....56

11.- GUÍA DEL RESIDENTE DEL MINISTERIO DE SANIDAD Y

POLITICA SOCIAL…………………………………………………………70

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1.- INTRODUCCIÓN

1.1.- CARTA DE BIENVENIDA DEL JEFE DE ESTUDIOS

Estimados compañeros:

Bienvenidos al Complejo Hospitalario de Toledo en nombre de la Comisión

de Docencia y la Jefatura de Estudios, así como de todas aquellas personas que

participan en el proceso de la formación especializada. Felicidades por haber

superado la prueba selectiva a la que os acabáis de enfrentar en enero y, además,

por alcanzar la puntuación que hace posible vuestra incorporación como

especialistas residentes en formación del Complejo Hospitalario de Toledo (CHT).

La Comisión de Docencia tiene como principales obligaciones velar por vuestra

formación, asegurar que se cumplan los planes y programas oficiales de cada

especialidad adaptados a cada uno de vosotros y conseguir que al finalizar

vuestros años de residente alcancéis la capacitación y experiencia que os

permitan ejercer la especialidad por la que habéis optado. Como Jefe de Estudios,

debo garantizar que vuestra formación es completa y adecuada al programa

Nacional de la Especialidad que curséis.

El tiempo de la residencia se convertirá en una etapa fundamental en

vuestra vida, que seguro, quedará marcada por la ilusión e inquietud que todos los

especialistas en formación traéis en vuestra incorporación. Sabed, que cada

nueva promoción de residentes representa siempre un estímulo para la vida y

actividad de todo un hospital. El CHT os necesita para seguir avanzando con

fuerza y dinamismo porque nos dais energía renovada para seguir luchando por

mejorar, en la misión de búsqueda de la excelencia para la atención de los

pacientes.

El Complejo Hospitalario de Toledo (CHT) está formado por el Hospital

Virgen de la Salud y el Hospital Geriátrico Virgen del Valle. El Hospital Nacional de

Parapléjicos no pertenece al Complejo Hospitalario pero existe una colaboración

docente con varias de las unidades del Complejo Hospitalario: Unidad de Cirugía

Mayor Ambulatoria, Rehabilitación, Urología, Neurofisiología, Microbiología,

Genética, y otras.

El CHT tiene desde hace muchos años una gran tradición docente que se

incrementó de una forma muy llamativa en la década de los años ochenta con la

acreditación de gran parte de las plazas docentes que hoy en día se ofertan.

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Además, en la actualidad, se está a la espera de una posible ampliación de la

oferta con nuevas acreditaciones de servicios o unidades docentes. La oferta para

la convocatoria 2010 se sitúa en 70 plazas acreditadas. Con la incorporación de la

promoción 2010, el CHT albergará a unos 250 especialistas residentes en

formación. Este hecho unido a la construcción del nuevo Hospital de Toledo hace

del CHT un lugar óptimo para cursar el periodo de formación de la Residencia.

Gracias por haber elegido el Complejo Hospitalario de Toledo para

formaros como futuros especialistas. De vosotros esperamos mucho. La Comisión

de Docencia os pide trabajo, ilusión y compromiso constante y os desea una feliz

estancia en Toledo y en el CHT. ¡¡BIENVENIDOS!!

El esfuerzo de hoy, tus dudas y preguntas, tus sugerencias y propuestas… serán

tu seguridad de mañana, tus respuestas y conocimientos, tus iniciativas y logros…

estoy seguro que pensarás que ha merecido la pena cuando ya seas especialista.

Dr. Agustín Julián Jiménez

Jefe de Estudios y Presidente de la Comisión de Docencia

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1.2.- INFORMACIÓN, DIRECCIONES Y CONTACTOS DE INTERÉS

Breve recorrido por Toledo (ciudad de las de las

tres culturas) y por nuestro Complejo Hospitalario:

- La ciudad está enclavada en el corazón de la

Península Ibérica, sobre un promontorio

granítico que abraza el río Tajo. Sus orígenes

se pierden en la antigüedad más remota. Los romanos se instalan en ella hacia

el año 190 a. C. Y los visigodos convierten Toledo en la capital de su reino,

época en la que alcanzará un gran desarrollo.

- Los árabes permanecen más de tres siglos, hasta que en el año 1085 Alfonso

VI llega victorioso a la misma. Son tiempos de convivencia y tolerancia entre

musulmanes, judíos y cristianos, lo que favorece el auge de la ciudad, que se

convierte en faro de la cultura occidental con la Escuela de Traductores,

auspiciada por los Reyes y Arzobispos toledanos. Carlos V mandó construir su

impresionante Alcázar como Palacio Real. Su hijo, Felipe II trasladó

definitivamente la capital de la Monarquía a Madrid.

- El Complejo Hospitalario de Toledo (CHT) se compone de dos hospitales y un

centro de Especialidades: El “Hospital Virgen de la Salud” (HVS) que cuenta

con 780 camas, 20 quirófanos y 170 consultas que se encuentra en la

ciudad de Toledo (Avenida de Barber nº 30) y el “Hospital Virgen del Valle”

(HVV) situado en la Carretera de Cobisa s/n a unos 5 Kms del Hospital Virgen

de la Salud y que dispone de unas 200 camas de hospitalización geriátrica. El

Centro de Especialidades de Diagnóstico y Tratamiento “San Ildefonso”

depende del HVS y está situado próximo a este hospital.

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- El CHT se ha convertido en centro de referencia para la Comunidad de Castilla

La Mancha disponiendo de una cartera de servicios muy amplia y completa. El

área de salud de Toledo reúne a unos 430.000 habitantes que se reparten en

29 centros de salud, 99 consultorios y 26 PAC. La provincia de Toledo tiene

680.000 personas censadas que representan el 32.3% de Castilla La Mancha,

que suma un total de 2.100.000 personas que la habitan.

- La ciudad de Toledo se encuentra en el centro del estado español y es la

ciudad donde se encuentran los órganos de gobierno de Castilla La Mancha.

Su excelente comunicación con Madrid por autovía y autopista de peaje (45

minutos), por los servicio de autobuses (cada 30 minutos) junto con la mejora

del transporte por ferrocarril (Madrid – Toledo en 26 minutos por AVE) hace

que muchos de los trabajadores viajen desde/a Madrid diariamente.

Dirección y forma de contacto con la Secretaría y Comisión de Docencia:

Localización: Comisión de Docencia: 1ª planta de la antigua escuela de enfermería

C/ Alicante s/n,

Dirección postal: Avda de Barber, nº 30. Toledo. C.P: 45004

Dirección URL: www.cht.es

Teléfono: 925269200. Extensión: 48560

Correos electrónicos:

Comisión de Docencia: [email protected]

Secretaría Docencia MIR: [email protected] (Adela)

Jefe de Estudios: [email protected] (Agustín Julián Jiménez)

No dudes en ponerte en contacto con nosotros para cualquier duda

¡¡ Te esperamos !!

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LOCALIZACIÓN DE LOS CENTROS EN LA CIUDAD DE TOLEDO

Hospital Virgen de la Salud

Avda. Barber nº 30,

Toledo. C.P: 45004

Tfno: 925269200

Fax: 925269161

Hospital Virgendel Valle

Carretera de Cobisa s/n.

Toledo. C.P: 45071

Tfno: 925269300

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1.3 COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN DE DOCENCIA y TUTORES 2010-2011

COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN DE DOCENCIA 2010-2011

1. PRESIDENTE

Dr. Agustín Julián Jiménez

Servicio de Urgencias

2. VICEPRESIDENTE

Dra. Solange Amor Andres

Servicio de Geriatría

3. VOCALES EN REPRESENTACIÓN DE LOS ESPECIALISTAS RESIDENTES EN FORMACIÓN

Dra. Clara María Martín Díaz

M.I.R. Obstetricia y Ginecología

Dra. Raquel Labra González M.I.R. Medicina Interna

Dra. Paola Isabel Navas M.I.R. Pediatría

Dr. Zoilo Yusta Escudero

M.I.R. Geriatría

Dr. Jorge Gabriel Sánchez Nava

M.I.R. Medicina de Familia y Comunitaria

Dr. Daniel Pineda Tenor

B.I.R. Análisis Clínicos

4. VOCALES EN REPRESENTACIÓN DE LOS TUTORES

Dr. José Antonio Garrido Robles

Servicio de Neurología

Dr. Marcos Zamora Gómez

Servicio de Pediatría

Dr. Ángel Flores Herrero

Servicio de Angiología y Cirugía Vascular

Dra. Mª Dolores Maldonado del Valle

Servicio de Obstetricia y Ginecología

Dra. Soledad Fernández Zapardiel

Servicio de Radiodiagnóstico

Dr. Juan Luis Orradre Romero

Servicio de Anatomía Patológica

5. COORDINADOR DE MEDICINA FAMILIAR Y COMUNITARIA

Dr. Francisco López de Castro

6. COORDINADOR MEDICINA DEL TRABAJO

Dr. Alberto Montilla Sánchez de Navas

7. COORDINADOR MEDICINA PREVENTIVA

Enriqueta Muñoz Platón (por delegación)

8. REPRESENTANTE COMUNIDAD AUTÓNOMA

D. Juan Carlos Rubio Sevilla

Responsable de Formación Continuada del Complejo Hospitalario de Toledo

9. REPRESENTANTE DE LA DIRECCIÓN DEL COMPLEJO HOSPITALARIO DE TOLEDO

Dr. Fernando Jiménez Torres

Director Médico del Complejo Hospitalario de Toledo

10. SECRETARIA: Dª María Mercedes Peña Jiménez

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Tutores de los especialistas residentes en formación del Complejo Hospitalario 2010-2011

Especialidad Tutores

Alergología Dr. Carlos Senent Sánchez

Análisis Clínicos Dr. Antonio Menchén Herreros

Anatomía Patológica Dr. Juan Luis Orradre Romero

Angiología y Cirugía Vascular Dr. Ángel Flores Herrero

Anestesiología y Reanimación Dr. Joaquín González Soto; Dra. Mª José Torres Crespo Dr. Alfonso Martín Cabello

Aparato Digestivo Dr. Alejandro Repiso Ortega; Dr. Tomás Artaza Varasa

Bioquímica Clínica Dra. Ángeles Cabezas Martínez

Cardiología Dr. Juan Alcalá López; Dr. Fernando López Sánchez; Dr. Fernando Pajín Valbuena

Cirugía Gral. y del A.Digestivo Dr. Justo Álvarez Martín

Cirugía Ortopédica y Traumatología

Dr. José María Madruga Sanz; Dra. Natalia Ruiz Mico Dr. Felix Tomé Bermejo

Dermatología Méd-Quir. y V Dra. A. Belén Gargallo Quintero; Dra. Cristina Pérez Hortez

Endocrinología y Nutrición Dra. Julia Sastre Marcos

Farmacia Hospitalaria Dr. José Mateos Rubio

Geriatría Dra. Solange Amor Andrés; Dra. Mª José Led Domínguez Dr. Antonio Blanco Orenes

Hematología Dra. Mª Isabel Gómez Roncero

Medicina Física y Rehabilita. Dra. Carmen López Zarzuela

Medicina Intensiva Dr. Luis Marina Martinez; Dr. Alfonso Velasco Ramos

Medicina Interna Dr. J. F. Bayona León; Dr. Ángel Sánchez Castaño; Dra. Gemma Muñiz Nicolás; Dra. Inmaculada Martín Pérez

Medicina del Trabajo Dra. Mª L. Zamorano Rodríguez; Dr. Raúl Orduna Magán

Nefrología Dra. Ana Roca Muñoz

Neurofisiología Clínica Dr. José Manuel Teijeira Álvarez

Neurocirugía Dra. Mª José Herguido Bóveda

Neurología Dr. J.A. Garrido Robles; Dra. Beatriz Mondejar Marín

Obstetricia y Ginecología Dra. Mª D. Maldonado Valle; Dr. Luis Martínez Yañez

Oftalmología Dr. Pedro Beneyto Martín

Oncología Médica Dr. José Ignacio Chacón López-Muñiz

Otorrinolaringología Dr. Jorge Jiménez Antolín

Pediatría y Áreas Específicas (Hospital)

Dr. Marcos Zamora Gómez; Dr. Raul Borrego Domínguez Dr. Ángel Pantoja Bajo:

Pediatría y Áreas Específicas en Atención Primaria

Dra. Carmen Villaizan Pérez (C.S de Sonseca) Dra. Mª Victoria García García-Calvo (C.S de Buenavista) Dra. Mª Teresa Garde Morales (C.S de Sta Mª Benqueren.) Dr. Santiago de Paz Marín (C.S de Sillería) Dra. Mª Dolores Cantarero Vallejo (C. S Illescas)

Radiodiagnóstico Dra. S. Fernández Zapardiel; Dr. Carlos Lanciego Pérez

Urología Dra. Soledad Buitrago Sivianes; Dr. L.M. López Rodríguez

MFYC intrahospitalario Dr. José Acosta Roca

Servicio de Neumología (Col) Dr. Javier Quiles Lapuerta

Servicio de Urgencias (Col) Dra. Mª J Palomo de los Reyes; Dr. Agustín Julián Jiménez

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1.4 PLAZAS OFERTADAS EN EL CHT año 2011

ESPECIALIDAD PLAZAS ofertadas 2011

Alergología 1

Análisis Clínicos 1

Anatomía Patológica 1

Anestesiología y Reanimación 3

Angiología y Cirugía Vascular 1

Aparato Digestivo 1

Bioquímica Clínica 1

Cardiología 3

Cirugía Gral. y del A. Digestivo 1

Cirugía Ortopédica y Traumatología 3

Dermatología Médico-Quirúrgica y V. 1

Endocrinología y Nutrición 1

Farmacia Hospitalaria 0

Geriatría 5

Hematología y Hemoterapia 1

Medicina física y Rehabilitación 1

Medicina Intensiva 2

Medicina Interna 3

Nefrología 1

Neurocirugía 1

Neurofisiología Clínica 0

Neurología 1

Obstetricia y Ginecología 3

Oftalmología 1

Oncología Médica 2

Otorrinolaringología 1

Pediatría y Áreas específicas 4

Radiodiagnóstico 3

Urología 1

UD MFYC Área de Toledo - CHT 13

Medicina Preventiva 1

Medicina del Trabajo 2

TOTAL OFERTA 2010

62

UNIDADES ACREDITADAS DOCENTES

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1.5 DECÁLOGO DEL RESIDENTE

1.- Preocupaos por el paciente y por su bienestar. Esto siempre os será

gratificante y en ambientes difíciles os mantendrá la moral alta.

2.- Estáis en el mejor momento de vuestra carrera profesional: no la

desperdiciéis.

3.- El trabajo diario bien hecho os otorgará la estabilidad y la autoestima

precisas para continuar.

4.- Estudiad: si no lo hacéis ahora, difícilmente lo haréis en el futuro. Que el

estudio no sea un trabajo, sino que forme parte de vuestra vida profesional.

5.- Vuestro futuro profesional depende de estos años de la Residencia: el buen

Residente de ahora será el buen jefe del futuro. La frustración, los malos

hábitos y las "malas reservas" se engendran en estos años.

6. Mantened siempre el entusiasmo, los deseos de superación, la capacidad de

sorpresa y de autocrítica.

7.- El tiempo pasa rápido, demasiado rápido para vosotros... No desperdiciéis

las horas de trabajo y estudio.

8.- No miréis a los lados ni oigáis los "cantos de sirena" de algunos que os

rodean.

Seguid hacia adelante en vuestro camino, que al final la razón será vuestra.

9.- Escuchad y aprended de aquellos jefes que merezcan vuestra confianza. A

ellos les costó mucho saber lo que saben y conocer lo que conocen, y todo esto

pocas veces les fue fácil conseguirlo.

10.- Por último, recordad el viejo proverbio:

AÚN EL MAS LARGO DE LOS CAMINOS, COMIENZA CON UN PRIMER

PASO.

¡Buena suerte!

Med Clin (Barc) 1996; 107:517

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2.- COMISIÓN DE DOCENCIA

La Comisión de Docencia es el órgano de máxima responsabilidad en la

organización y supervisión de los programas de formación de los Residentes. Sus

funciones están recogidas en la Orden del Ministerio de la Presidencia del 22 de

Junio de 1995 (BOE núm. 155)

Comisión de Docencia del Complejo Hospitalario de Toledo

Ubicación: en la sexta planta del Hospital Virgen de la Salud

Teléfono: 925-269152

Jefe de estudios: Dr. Agustín Julián Jiménez (Servicio de Urgencias).

Secretaria Docencia Médica: Adela Peña

FUNCIONES DE LA COMISIÓN

1. Aprobar a propuesta de los correspondientes tutores, una guía o itinerario

formativo tipo de cada una de las especialidades que se forman en su ámbito. Dicha

guía, que garantizará el cumplimiento de los objetivos y contenidos del programa

oficial de la especialidad, se adaptará a las características específicas de cada

Unidad.

2. Garantizar que cada uno de los residentes de las especialidades que se

formen en su centro o unidad, cuenten con el correspondiente plan individual de

formación, verificando en colaboración con los tutores de la especialidad de que se

trate, su adecuación a la guía formativa o itinerario tipo antes citado.

3. Elaborar y aprobar el plan de gestión de calidad docente del centro o

unidad, supervisando su cumplimiento, a cuyos efectos les será facilitada cuanta

información sea necesaria por los responsables de las unidades asistenciales y por

los correspondientes órganos de dirección y gestión.

4. Elaborar protocolos escritos de actuación para graduar la supervisión

de las actividades que lleven a cabo los residentes en áreas asistenciales

significativas, con referencia especial al área de urgencias o cualesquiera otras que

se consideren de interés, según los términos establecidos en la legislación vigente

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(RD 183/2008). Dichos protocolos se remitirán a la correspondiente dirección para que

el Jefe de Estudios consensúe con ellos su aplicación y revisión periódica y podrán

ser solicitados por el órgano competente en materia de Formación Sanitaria

Especializada de Castilla-La Mancha.

5. Facilitar la adecuada coordinación docente entre niveles asistenciales.

6. Proponer a los órganos competentes en la materia la realización de

auditorias docentes.

7. Aprobar y fomentar la participación de los residentes en cursos,

congresos, seminarios o reuniones científicas, relacionados con el programa,

previo informe de la unidad de apoyo a la formación/investigación que en cada caso

corresponda, oído el tutor y el responsable de la unidad asistencial de que se trate.

8. Facilitar la formación continuada de los tutores en metodologías docentes

y otros aspectos relacionados con los programas formativos.

9. Participar en la acreditación y reacreditación de tutores en los términos

que establezca la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha.

10. Informar, al menos anualmente, a la Gerencias correspondientes sobre la

capacidad docente del centro o unidad.

11. Remitir al Registro Nacional de Especialistas en Formación, a través

de su presidente, las evaluaciones finales y anuales, así como los resultados de

sus revisiones y los períodos de recuperación que en su caso correspondan, en

los términos previstos en la legislación vigente. Asimismo, se notificarán al Registro

Nacional de Especialistas en Formación las excedencias y demás situaciones que

repercutan en la duración período formativo, según las instrucciones que dicte el

mencionado registro.

12. Comunicar por escrito a los residentes el lugar donde se ubicará el

tablón/es oficial/es de anuncios de la Comisión en el que se insertarán los avisos y

resoluciones de la misma. La existencia de dichos tablones de anuncios se entiende

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sin perjuicio de la utilización de otros medios añadidos, incluidos los telemáticos, que

faciliten la divulgación de los citados avisos y resoluciones.

13. Procurar que en los dispositivos del centro o unidad se den las condiciones

necesarias para impartir una adecuada formación a los residentes, así como para

llevar a cabo la evaluación formativa de las actividades de los mismos, procediendo a

la revisión de las evaluaciones anuales en los términos previstos en la legislación

vigente.

14. Procurar que en los dispositivos de carácter universitario que se integren en

el centro o unidad exista una adecuada coordinación entre las enseñanzas

universitarias de grado y postgrado y la formación especializada en ciencias de la

salud.

15. Proponer a los correspondientes órganos de dirección que adopten las

medidas necesarias para que se dote a las comisiones de docencia y a los tutores de

los medios materiales y personales que sean necesarios para la adecuada realización

de sus funciones.

16. Cuantas funciones les asignen los órganos competentes en Formación

Sanitaria Especializada de Castilla La Mancha, o les atribuyan las disposiciones

reguladoras de la formación sanitaria especializada.

Jefe de Estudios

Como presidente de la Comisión de Docencia es el responsable de que se

cumplan las funciones encomendadas a este órgano, estimulando su actividad y

ejecutando sus acuerdos.

Sobre el Jefe de Estudios recae la responsabilidad final de que los residentes,

como colectivo y como individuos, cubran todos los objetivos de su formación como

especialistas.

Su misión es, velar porque el hospital en su conjunto, y cada servicio en

concreto reúna las condiciones adecuadas para el desarrollo de los programas de

formación, coordinando las relaciones entre las distintas Unidades Docentes;

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organizando actividades formativas que por su carácter general quedan fuera del

cometido particular de los diferentes Servicios; debe informar a los Órganos de

Gobierno sobre las necesidades y los problemas de la docencia.

Corresponde al Jefe de Estudios la dirección y coordinación de las actividades

de los Tutores, la supervisión de la aplicación práctica de los programas formativos de

las diferentes especialidades, y la gestión de los recursos materiales y personales

específicamente adscritos a la actividad docente del Centro.

Tutores

En cada unidad docente acreditada, hay generalmente un tutor y en algunos

casos varios tutores, responsables del desarrollo del programa de formación de los

residentes, del propio servicio y de los asignados temporalmente (rotantes externos al

servicio).

Las funciones de los tutores:

1.- Propuesta a la Comisión de Docencia de los planes individuales de

formación para cada uno de los Especialistas en formación a su cargo.

2.- Supervisión del cumplimiento de los programas de formación y de la

actividad asistencial en cuanto forme parte del programa.

3.- Fomentar la participación en actividades docentes e investigadoras de la

unidad acreditada.

Rotaciones de residentes de otros hospitales en nuestro Complejo Hospitalario.

Los requisitos para que se realicen estas rotaciones son:

La solicitud por parte de la Comisión de Docencia del Centro de origen al tutor

de la especialidad correspondiente.

Con la respuesta del tutor de la especialidad de nuestro Complejo Hospitalario,

la Comisión de Docencia notifica la resolución definitiva a la Comisión de Docencia del

Hospital solicitante.

La Comisión de Docencia del Hospital Solicitante debe tramitar luego la

solicitud al órgano competente de la Comunidad Autónoma para su aprobación

definitiva.

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Rotación de residentes de nuestro Complejo Hospitalario en otros centros.

Dichas rotaciones se tramitan de acuerdo a las directrices para la tramitación

de rotaciones externas establecidas en el art 21 del RD 183/2008 y según las

directrices específicas del SESCAM.

El tutor de la especialidad solicita a la Comisión de Docencia de nuestro

Hospital dicha rotación, haciendo constar los objetivos docentes de la rotación así

cómo la justificación de que sea necesario realizar una rotación externa para alcanzar

dichos objetivos.

La Comisión de Docencia, una vez estudiado el expediente, emite un informe;

si éste es favorable, tramita dicha solicitud al tutor de la especialidad del Centro de

destino a través de la Comisión de Docencia de dicho Centro.

Es necesario un documento en el que se especifique el compromiso de la

Gerencia del Centro de origen de seguir abonando al Residente la totalidad de las

retribuciones.

La Comisión de Docencia del Centro de destino emite un informe; si es

favorable, con dicho informe, la Comisión de Docencia de nuestro Complejo

Hospitalario tramita definitivamente la solicitud de rotación a la Secretaría General del

SESCAM, como órgano competente de la Comunidad. El expediente completo debe

recibirse en la Secretaría General del SESCAM como mínimo 45 días antes del inicio

de la rotación.

Al final de la rotación el Centro receptor debe transmitir a la Comisión de

Docencia un informe de evaluación que se adjuntará a la hoja de evaluación anual.

DIRECTRICES GENERALES A APLICAR PARA ROTACIONES

EXTERNAS:

1. Las solicitudes de autorización de Comisiones de Servicio para rotaciones externas se realizarán sólo en el caso de no estar previstas en el expediente que sirve de base a la acreditación otorgada al Centro o Unidad.

2. Deben ser propuestas por el tutor del residente a la Comisión de Docencia del Centro de origen.

3. En la propuesta realizada por el tutor se deben especificar los objetivos que se pretenden, que deben referirse a la ampliación de conocimientos o al aprendizaje de técnicas no practicadas en el Centro de origen, necesarias según el programa de la especialidad, así como la duración de la rotación.

4. La Comisión de Docencia del Centro de origen, estudiará la propuesta realizada y emitirá el informe correspondiente.

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5. La Comisión de Docencia del Centro de origen tramitará ante la Comisión de Docencia del Centro de destino la rotación externa solicitada, la cual, a la vista del programa docente diseñado y de acuerdo a los servicios que correspondan, deberá emitir un informe favorable o desfavorable a la rotación externa solicitada. Dicho informe se remitirá a la Comisión de Docencia del Centro de origen. Posteriormente se remitirá el expediente completo y como mínimo 45 días antes del comienzo de la rotación, a la Secretaría General del SESCAM quien, cómo órgano competente en dicha materia, realizará la autorización definitiva.

6. En todo caso, debe existir un compromiso de la Gerencia del Centro de origen de continuar abonando al residente la totalidad de las retribuciones que le correspondan.

7. Las rotaciones no deben superar, para un especialista en formación, los seis meses de duración por Centro o Unidad, ni exceder, en el conjunto del período formativo de la especialidad, de doce meses. Se realizarán preferentemente en Centros acreditados ubicados en el territorio de la misma Comunidad Autónoma. Con carácter excepcional podrán autorizarse para Centros no acreditados o de países extranjeros.

8. Se debería aplicar un criterio restrictivo en el caso de R-1, dado que el primer año tiene consideración de formación básica, pareciendo excepcional el hecho de que el Centro no cuente con los recursos técnicos y humanos necesarios para garantizar el primer año de formación.

9. La Comisión de Docencia del Centro de destino, en el cual se realiza la rotación externa, enviará a la Comisión de Docencia del Centro de origen, la evaluación de la rotación realizada.

10. A efectos de la evaluación anual, es necesario que el residente permanezca el último mes de cada año formativo en su Centro de origen, la cual deberá figurar debidamente visada en el expediente docente del residente o en su caso, en el Libro del Especialista en Formación.

11. La asistencia del residente a cursos, congresos, seminarios o reuniones científicas, en ningún caso tendrán la consideración de rotación externa. En todo caso, este tipo de actividades se regulará por la normativa del SESCAM que está vigente desde Febrero de 2004 y para la asistencia a las distintas actividades formativas se requerirá la aprobación del Tutor o Jefe de Servicio y del Presidente de la Comisión de Docencia. En cualquier caso se deberá entregar dos copias del formulario “Solicitud de permiso para la asistencia de cursos y congresos” ver en la página WEB: Documentos de Interés para los especialistas residentes en formación.

12. En relación a los días anuales disponibles para actividades formativas, en la normativa a la que se hace referencia en el punto 11, se excluye de la normativa general a los MIR, FIR y QIR, que por sus necesidades específicas, será cada centro a través de la comisión de Docencia y la Dirección Médica quien establecerá las regulaciones oportunas.

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EVALUACIÓN DE LOS RESIDENTES

La Comisión se encarga de la evaluación continuada a los Residentes y coordina la evaluación de las Unidades Docentes por parte de ellos. Se realiza:

Una evaluación al final de cada una de las rotaciones. Una evaluación anual por un comité de evaluación, que se constituye de

acuerdo a la Orden Ministerial de 22 de Junio de 1995 y al RD 183/2008.

En el caso de los Residentes que terminan su formación, se procederá a la evaluación anual y a la evaluación final de su periodo de formación.

Evaluación de la formación de los MIR

Se realizará por medio de dos elementos:

1. Las hojas de evaluación de cada rotación realizada, firmados por el staff con el que cada rotación tiene lugar o por el tutor de la especialidad propia de la rotación (ver modelo en página siguiente)

2. La “Memoria-Base de datos del MIR”, que sustituyen al oficial “Libro del Residente” y que incluirá todas las actividades y actuaciones desde el punto de vista asistencial, docente e investigador. Esta información servirá al residente para elaborar su Currículum Vitae.

Esta memoria está colgada en: http://www.cht.es/mir2006/NOVEDADES/descarga.php?descarga=residentes

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Modelo normalizado (MSPS) de evaluación de las rotaciones

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Los informes de evaluación tienen una escala de calificación de 0 a 3 (no apto, apto, destacado y excelente).

Este curso lo evaluadores han sido rigurosos con las calificaciones, esto nos permite discriminar. Las calificaciones en nuestro hospital son cada vez más ajustadas a la realidad. Es infrecuente calificar con 3 de modo rutinario, y los tutores y evaluadores son conscientes de que el procedimiento precisa ser riguroso. Las evaluaciones excelente y no apto siempre requerirán un estudio detallado y la confirmación por parte del Comité de evaluación antes de ser definitivas.

Este año los tutores han elaborado unas HOJAS DE HABILIDADES, por año de residencia y especialidad, esto ha sido un arduo trabajo de cada uno de los tutores, que nos sirve de herramientas a todos, para discriminar a la vez que habilitamos a los residentes para la actividad asistencial.

Las notas constan de dos conceptos: uno asistencial, que es la media de las hojas de evaluaciones, y otro la memoria docente: los dos conceptos darán una nota final: No apto, apto, destacado, excelente.

Entre los Residentes Excelentes, un tribunal concederá cinco premios a los Residentes con mejores calificaciones asistenciales y docentes, que serán entregados en los actos conjuntos de bienvenida y despedida de los residentes el día 21 de mayo de 2010 en el salón de actos del Hospital Virgen de la Salud a las 13:00 horas.

Evaluación de los residentes sobre la docencia recibida en los

Servicios/Unidades

Aunque cada vez son más los Servicios/Unidades que realizan su propia evaluación interna, se ha puesto en marcha una evaluación que consiste en una reunión general con los residentes de cada servicio y ésta se complementa con una encuesta anónima analizando los aspectos más importantes para el residente; formación, integración, docencia e investigación, responsabilidad, tutorización. Todo ello para presentar unas conclusiones al tutor y al Jefe de servicio con objeto de solucionar las lagunas y aspectos desfavorables que perciban los residentes. Como alternativa, ocasionalmente algún residente, de modo particular o bien el conjunto de ellos de una especialidad concreta, puede tener una entrevista con el Jefe de Estudios para comunicarle algún problema de su formación. En otras ocasiones, los residentes pueden comunican por escrito sus quejas.

En cualquier caso, siempre que algún residente quiera comunicar cualquier asunto o solicitar una reunión con el Jefe de Estudios, el Complejo Hospitalario garantiza su atención de forma constante e inmediata.

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PROGRAMAS DE FORMACIÓN MIR

Formación sanitaria especializada: Guías y programas de las distintas especialidades de profesionales sanitarios residentes en formación

ES IMPRESCINDIBLE QUE TODOS OS LEAIS VUESTRO PROGRAMA DE FORMACIÓN QUE ENCONTRAREIS EN LA PÁGINA WEB:

http://www.msc.es/profesionales/formacion/guiaFormacion.htm

Aquí podréis descargaros el programa de vuestra especialidad.

También, en la Secretaría de Docencia Médica se os facilitará el programa oficial impreso.

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3.- PROPUESTA DOCENCIA CURSOS DE FORMACIÓN

PROPUESTA DE DOCENCIA MÉDICA A FORMACIÓN CONTINUADA 2011-12

1.- CURSOS OBLIGATORIOS PARA el año 2011 (residentes primer año) - Seminario de introducción al Complejo Hospitalario de Toledo (introducción, bioética en la práctica clínica, situaciones estresantes para el residente, aspectos médico-legales). Día 16 de mayo de 2011 (16:00-20:00 horas) - Curso básico de prevención de riesgos laborales del CHT Día 17 de mayo de 2011 (16:00-19:00 horas) - Básico de Urgencias* (70 plazas, 36 horas lectivas + prácticas). Del 18 mayo hasta el 3 de junio de 2011. (16:00-20:30 horas). - Revisión bibliográfica (15 plazas por curso, 16 horas lectivas, varias ediciones) - Lectura Crítica (15 plazas por curso, 8 horas lectivas) - Soporte vital básico + DEA (15 plazas por curso, varias ediciones) - Curso de protección radiológica para residentes** - Curso de radioprotección avanzado (para residentes de radiodiagnóstico) * Obligatorio para los residentes que vayan a hacer guardias en el Servicio de Urgencias en Medicina Interna. ** Para todas las especialidades incluidas en la orden del Ministerio de sanidad y Consumo del 21 de abril de 2006 según sus programas de formación.

2.- PROPUESTAS CURSOS de gran interés para residentes año 2011 - Soporte vital avanzado (tras superar el curso de soporte vital básico + DEA) - Inglés científico (intermedio-avanzado) - Electrocardiografía básica (12 horas lectivas) - Radiología básica (12 horas lectivas) - Metodología de la investigación (tras completar y superar los cursos de lectura crítica y revisión bibliográfica) - SPSS (tras completar lectura crítica y revisión bibliográfica) - Profilaxis e infección en Medicina y Cirugía - Curso de manejo del Mareo y vértigo - Curso de manejo del Dolor - Curso de comunicación I: ¿Cómo dar malas noticias médicas? - Curso de comunicación II: ¿Cómo hablar en público? 3.- CURSOS OBLIGATORIOS PARA TUTORES el año 2011 - Metodología docente y gestión de la formación de médicos en formación*** - ¿Cómo evaluar a los residentes?* * Para los tutores que no los hayan realizado todavía y los nuevos acreditados.

El resto de cursos y actividades formativas internas del CHT pueden consultarse en: http://webformacion.gaeto.sescam.jclm.es/fcont/fcindex.htm

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SEMINARIO DE INTRODUCCION AL COMPLEJO

HOSPITALARIO DE TOLEDO (1ª EDICION)

16 DE MAYO DE 2011 CONTENIDOS:

16.00H INTRODUCCIÓN Y PRESENTACIÓN (Dr. Agustín Julián Jimenez- jefe de estudios del cht) 17,00h ASPECTOS MÉDICO-LEGALES DE INTERÉS PARA EL RESIDENTE. (Dª Elena Carrascoso Sánchez- Gabinete Jurídico del cht) 18,00h SITUACIONES ESTRESANTES PARA EL RESIDENTE. PROGRAMA PAIME. (Dra. Pino Morales- Servicio de Psiquiatría) 19,00h Bioética (Dr. Julio Moraleja- Servicio de Medicina Interna)

DIRIGIDO A: RESIDENTES DE NUEVA INCORPORACION

DESARROLLO DEL CURSO: FECHAS: 16 DE MAYO DE 2011 HORARIO: DE 16 A 20 HORAS DURACIÓN: 4 horas. LUGAR: SALON DE ACTOS INSCRIPCIONES: En Formación Continuada, hasta el día 3 de mayo de 2010. La relación de admitidos aparecerá el día 16 mayo ORGANIZA: Unidad de Formación Continuada.

FORMACION INICIAL EN PREVENCION DE

RIESGOS LABORALES. RIESGOS GENERALES

17 DE MAYO DE 2011 OBJETIVO: Formar sobre los Riesgos Generales a los que pueden estar expuestos todos los trabajadores del Complejo Hospitalario de Toledo, y las Medidas de Protcción y Prevención para dichos riesgos. CONTENIDOS:

-Objetivos especificos -Conceptos generales y marco normativo. -Riesgos ligados a Condiciones de Seguridad. -Riesgos ligados a condiciones de higiene. -Riegos ligados a condiciones ergonómicas. -Riesgos ligados a condiciones Psicosociales. -Primeros auxilios. -Prevención y actuación ante incendios e inundaciones. -Organización Preventiva del SPRL del area 1 toledo

DIRIGIDO A: MEDICOS RESIDENTES DEL CHT

DESARROLLO DEL CURSO: FECHAS: 17 DE MAYO DE 2011 HORARIO: DE 16 A 19 HORAS DURACIÓN: 3 horas. LUGAR: SALON DE ACTOS DEL CHT. INSCRIPCIONES: En Formación Continuada, hasta el día 16/05/11. ORGANIZA: Unidad de Formación Continuada.

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CURSO BASICO DE URGENCIAS (3ªEDICION)

DEL 18 DE MAYO AL 3 DE JUNIO DE 2011 OBJETIVO: Dotar a los médicos que se encargan de la asistencia clínica en el Servicio de Urgencias de los conocimientos básicos necesarios para reconocer los síndromes clínicos urgentes más frecuentes y así realizar una correcta asistencia urgente. -Identificar los principales cuadros clínicos de urgencias. -Reconocer las situaciones críticas ó potencialmente vitales para el enfermo. -Realizar una adecuada y sistemática historia clínica a todo enfermo que acuda al servicio de Urgencias. -Describir los aspectos médicos-legales más trascendentes en el servicio de Urgencias. -Interpretar y realizar una lectura sistemática de la analítica básica de urgencias, de la radiología simple y del electrocardiograma. -Demostar que se han alcanzado una serie de conocimientos mínimos teóricos y prácticos del contenido del curso. CONTENIDOS:

1ª DIA de 16:00-20:30 horas (Dra.Palomo/Dr.Acosta): La Historia Clínica. Interpretación básica de la analítica en urgencias. Interpretación básica del ECG en urgencias. Interpretación básica de la Radiología de tórax y abdomen 18:00-18:30 descanso Soporte Vital Básico. Soporte Vital Avanzado. 2ª DIA de 16:00-20:30 horas (Dr. Aguilar/ Dra Fraiz): Dolor torácico en urgencias. SCA. Arritmias. 18:00-18:30 descanso Síncope. HTA. IC-EAP. 3ª DIA de 16:00-20:30 horas (Dr. Julián): Disnea en urgencias. EPOC reagudizado. Asma. TEP. Neumotórax - Neumomediastino - Derrame Pleural. 18:00-18:30 descanso Síndrome febril. Sepsis. Tratamiento empírico de las infecciones en urgencias. (Infecciones respiratorias, Infecciones del Sistema Nervioso, Infecciones del tracto urinario). 4ª DIA de 16:00-20:30 horas (Dr. Corrionero): Dolor abdominal agudo. Obstrucción intestinal. Patología vía biliar. 18:00-18:30 descanso Diarrea aguda (GEA) HDA-HDB. Pancreatitis 5ª DIA de 16:00-20:30 horas (Dr Canomanuel): Exploración neurológica. Mareos y vértigos en urgencias. Cefalea. 18:00-18:30 descanso ACVA. Crisis comiciales. Síndrome confusional agudo. 6ª DIA de 16:00-20:30 horas (Dra. Laín/ Dr. Lázaro): Intoxicaciones en urgencias. Urticaria, angioedema y analfilaxia. 18:00-18:30 descanso Insuficiencia renal aguda. Urgencias urológicas. 7ª DIA de 16:00-20:30 horas (Dra Palomo/Dr Acosta): Hiperglucemia. Hipoglucemia. Anemia. Leucopenia. Trombopenia. Pancitopenia. 18:00-18:30 descanso

Equilibrio ácido-base. Alteraciones hidroelectrolíticas. Sueroterapia. 18:00-18:30 descanso 8ª DIA de 16:00-20:30 horas (Dra Palomo / Dra Corrionero): Politraumatizado. Fármacos de uso en Soporte Vital Avanzado. 18:00-18:30 descanso Examen final. Despedida del Curso.

DIRIGIDO A: MEDICOS RESIDENTES DEL C.H.T. DESARROLLO DEL CURSO: FECHAS: DEL 18 DE MAYO AL 3 DE JUNIO DE 2011 HORARIO: DE 16:00 A 20:30 HORAS DURACIÓN: 36 horas. LUGAR: SALON DE ACTOS INSCRIPCIONES: En Formación Continuada, hasta el día 04/05/2010. La relación de admitidos aparecerá el día 11/05/2010 COMPENSACION HORARIA: Esta acción formativa NO tiene compensación horaria. ORGANIZA: Unidad de Formación Continuada

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4.- PERMISOS Y LICENCIAS OFICIALES

SOLICITUD DE PERMISOS Y LICENCIAS OFICIALES

D/Dñª.

con la categoría de ____________________________ adscrito a la Unidad de

_________________

SOLICITA: Le sea concedido disfrutar

TIPOS DE PERMISO

VACACIONES ANUALES REGLAMENTARIAS

DÍAS DE LIBRE DISPOSICIÓN

LICENCIA POR MATRIMONIO *

NATALIDAD *

FALLECIMIENTO FAMILIAR * 1er. GRADO MISMA

PROVINCIA

2º GRADO DISTINTA

PROVINCIA

ENFERMEDAD O INTERV. 1er. GRADO MISMA

PROVINCIA

QUIRÚRG. GRAVE *

2º GRADO DISTINTA

PROVINCIA

EXÁMENES *

CAMBIO DE DOMICILIO *

OTROS * (Especificar)

DURACIÓN DEL PERMISO

Desde el Hasta el

_______________________________

Total días solicitados

Toledo de

de Vº. Bº. Vº.Bº EL RESPONSABLE DE

EL DIRECTOR MEDICO JEFE ESTUDIOS MIR LA UNIDAD EL

SOLICITANTE

Fdo.: Fdo.: Fdo.: Fdo.: * NOTA: La autorización de este permiso estará supeditada a la justificación correspondiente, ante la

ausencia de justificación el disfrute del día será contabilizado como vacación o libre disposición.

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5.- VALORACIÓN RESIDENTES A LA DOCENCIA

ENCUESTA SOBRE ROTACIONES DE RESIDENTES DE

ESPECIALIZADA AÑO 2011

ESPECIALIDAD:

PREGUNTA PUNTUACIÓN

(0-10 puntos)

1 ¿Cómo valoras la organización de la Docencia en tu

Servicio?

2 ¿Cómo valoras la organización de las sesiones en tu

Servicio?

3 ¿Cómo valoras la labor del Tutor de tu Especialidad?

4 ¿Cómo valoras tu grado de dedicación a la Residencia?

5 ¿En qué medida te son útiles las guardias de tu

especialidad?

6 ¿En qué medida te son útiles las guardias de Urgencias?

7 ¿ Qué grado de interés tiene para ti la Formación

Complementaria que te ofrece el Hospital?

8 ¿En qué medida tu formación como Residente está

cumpliendo tus expectativas?

9 ¿Cómo valoras la adquisición de Responsabilidades en tu

Especialidad?

¿Qué puntos consideras muy positivos en tu Servicio como beneficiosos para el Residente?

¿Qué puntos consideras negativos en tu Servicio desde el punto de vista formativo para el Residente?

Si te preguntan sobre la Residencia de tu Especialidad en Toledo: (marca lo que proceda)

o Está perfectamente capacitado para la docencia

o Está suficientemente capacitado para la docencia, pero puede mejorar

o Está capacitado, pero tiene importantes áreas de mejora

o No está capacitado para la docencia

Indica algún aspecto mejorable en tu opinión en la docencia de tu Especialidad

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6.- NORMATIVA DE GUARDIAS DE LOS

MÉDICOS EN FORMACIÓN DEL COMPLEJO

HOSPITALARIO DE TOLEDO

NORMATIVA DE GUARDIAS

DE LOS MÉDICOS EN

FORMACIÓN DEL

COMPLEJO HOSPITALARIO

DE TOLEDO

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1.- INTRODUCCIÓN - El presente documento ha sido elaborado por el grupo de trabajo creado tras el acuerdo alcanzado por la Comisión de Docencia celebrada el día 5 de octubre de 2009, con el objetivo de elaborar una normativa que actualice, sustituya y/o complete a los documentos aprobados previamente por la Comisión de Docencia y que sirvan de referencia para la realización de las guardias por los médicos en formación en el CHT (Complejo Hospitalario de Toledo). Además, dicha normativa incluirá las consideraciones oportunas para determinados servicios o áreas asistenciales como el Servicio de Urgencias del Hospital (SUH). - El grupo de trabajo estará compuesto, inicialmente, por: Dra. Solange Amor Andrés (Vicepresidenta de la Comisión de Docencia y Tutora de Geriatría). Dra. Mª José Palomo de los Reyes (Tutora del Servicio de Urgencias). Dra. Ana Pedrosa Guerrero (Representante de los médicos en formación de la Comisión Docencia MIR). Dr. Zoilo Yusta Escudero (Representante de los médicos en formación de la Comisión Docencia MIR). Dr. Gabriel Sánchez Navas (Representante de los médicos en formación de la Comisión Docencia MIR). Dr. Agustín Julián Jiménez (Jefe de Estudios y Presidente de la Comisión de Docencia MIR). - El Documento será presentado a la Dirección del CHT (Director Gerente D. Eugenio García Díaz) y a la Comisión de Docencia para ser valorado y analizado. Así, cuando sea aprobado por ambas, pasará a ser la normativa oficial y el reglamento de organización y funcionamiento en las guardias del CHT.

2.- OBJETIVOS, GENERALIDADES Y MARCO LEGAL 2.1- Objetivo de la normativa:

Crear un marco y las directrices oportunas que regulen la organización y funcionamiento de las guardias de los médicos en formación en el CHT contribuyendo a integrar la actividad asistencial y docente de éstos. 2.2- Generalidades:

Las guardias constituyen una parte especial, singular e insustituible del aprendizaje del médico especialista en formación y de su relación con el centro docente. Por lo tanto, deben ser integradas y estructuradas según el programa de del médico en formación y la organización y actividad propias del centro, de acuerdo con las características del mismo. Desde el punto de vista docente, la experiencia, conocimientos y habilidades que se adquieren durante la realización de las guardias, así como la dinámica de la atención continuada, complementan a las conseguidas durante las rotaciones programadas. Todo ello garantizará la formación integral del médico en formación y contribuirá a la asunción progresiva de responsabilidades. Las guardias tienen un carácter obligatorio para el médico en formación y durante su realización deben estar supervisados por los colaboradores docentes (facultativos de guardia) y los tutores de las unidades o especialidades o del Servicio de Urgencias del Hospital (SUH). Este aspecto debe estar regulado por el protocolo de supervisión en las guardias de los médicos en formación que se incluye en esta normativa (ver en anexos al final).

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A la hora de planificar las guardias de los médicos en formación deberá tenerse en cuenta la doble condición de personal en formación y de trabajador del CHT. Por lo que a estos efectos, deberá existir la adecuada coordinación entre los tutores y Docencia Médica por un lado y la Dirección Médica del CHT y responsables de las unidades asistenciales o SUH por otro. De esta forma se asegurará una colaboración mutua y una integración de los aspectos formativos y asistenciales. Numerosas unidades docentes y especialidades en el CHT integran guardias de los médicos en formación que se organizan dentro de la estructura funcional de dichos servicios y que pueden ir variando en función de las necesidades docentes y/o asistenciales. Del mismo modo, el SUH representa un lugar singular por sus características y el gran número de médicos en formación que realizan guardias. El cambio de guardia o relevo siempre se realizará a los médicos en formación que entren de guardia, nunca al personal de enfermería, por lo que hasta que éstos no hayan llegado y se hayan incorporado a la misma, el equipo de guardia “saliente” no podrá ausentarse ni dejar de realizar sus funciones.

La hora fijada para el relevo de guardia en el caso del SUH será la determinada por el Coordinador del SUH y la Comisión de Docencia. En la actualidad está fijada de la siguiente forma: de lunes a jueves la guardia será de 15:00 horas hasta las 9:00 horas del día siguiente; los viernes de 15:00 horas hasta las 10:00 horas del día siguiente; los sábados desde las 10:00 horas hasta las 10:00 horas del día siguiente y los domingos y festivos desde las 10:00 horas hasta las 9:00 horas si el día posterior es laborable y hasta las 10:00 horas si también es festivo. 2.3- Marco legal relevante: - Pacto del 1 junio de 1993 entre la administración sanitaria del estado y las organizaciones sindicales sobre permisos, licencias y vacaciones. - Orden de 22 de junio de 1995 por la que se regulan las comisiones de docencia y los sistemas de evaluación de la formación de médicos y de farmacéuticos especialistas. - Ley 44/2003 de 21 de noviembre (de ordenación de las profesiones sanitarias): Sección II. De la estructura y la Formación en las Especialidades en Ciencias de la Salud. - Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. Capítulo X. - Orden del 3 de febrero de 2004 de la Dirección General de Atención Sanitaria del SESCAM: Instrucciones sobre la asistencia a distintas actividades formativas por los profesionales de instituciones sanitarias del SESCAM. - Real Decreto 1146/2006 del 6 de octubre, en el que se regula la relación laboral especial de residencia para la formación de Especialistas en Ciencias de la Salud. - D.O.C.M Número 100 de 14 de mayo de 2007 págs 12356-7: Resolución de 26-04-2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se ordena la publicación del Acuerdo suscrito entre el Servicio de Salud de Castilla La Mancha y las Organizaciones Sindicales sobre condiciones laborales y económicas del personal sanitario en formación por el sistema de residencia.

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- Real Decreto 183/2008 de 8 febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada. Capítulo V: deber general de supervisión y responsabilidad progresiva del residente.

- Artículo 14. El deber general de supervisión. - Artículo 15: La responsabilidad progresiva del residente.

3- ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO GENERAL 3.1.- ¿Quién organiza y regula los planes de guardias?

Corresponde integrar las guardias de los residentes a los órganos de Dirección o responsables del centro conjuntamente con la Comisión de Docencia; a través de las propuestas coordinadas de los jefes de servicio o coordinador del SUH con los tutores de los residentes, para lograr la integración de los aspectos formativos y asistenciales de las mismas (1-3).

Las guardias para los médicos en formación, por norma general, tendrán la misma hora de comienzo y finalización que la determinada para los facultativos de dicha especialidad o del SUH. En casos especiales que precisen alguna modificación se acordará conjuntamente por la Dirección del Centro y la Comisión de Docencia, teniendo en cuenta el área o servicio implicado. De esta forma se establece de común acuerdo entre la Dirección Médica del CHT y la Comisión de Docencia MIR la organización de las guardias de los residentes incluidas dentro del plan de organización de guardias del CHT.

Las guardias a cubrir se distribuirán a lo largo de los días del mes de forma proporcionada, repartidas entre los médicos en formación. Así, si en una especialidad hay un médico en formación de guardia por día, antes de doblar y asignar un segundo médico en formación, deberán estar cubiertos el resto de los días del mes con un médico por día. Lo mismo pasará cuando haya dos médicos en formación de guardia (para que haya un tercero deben estar completados el resto de días con dos médicos) y en las áreas con un gran número de médicos en formación por día (p. ej: área de medicina interna del SUH) deberán coordinarse los distintos responsables o encargados de poner las guardias (R1, R2, R3-5) para que todos los días haya un mínimo número de médicos (ejemplo: cuando todos los días haya 7 médicos en formación, se podrán asignar días con 8 personas, pero no podrá haber en el calendario oficial días con 6 o 9 médicos). 3.2.- ¿Quién elabora el calendario de guardias?

Dada la complejidad del SUH, se dará prioridad a la confección de sus calendarios de guardias, pero para ello se coordinarán los encargados de poner las guardias de Urgencias con el resto de especialidades y unidades docentes (medicina de Familia) siendo ideal e intentando conjuntamente elaborar los calendarios de guardias con tres meses de antelación. Para ello se reunirán los responsables de los calendarios de guardias de especialidades del hospital y los de medicina de Familia.

Se permite y se delega en los propios médicos en formación, si está de acuerdo el tutor y el jefe del servicio o unidad, la realización de los calendarios de guardias a los responsables nombrados por ellos mismos a tal efecto.

En caso de cualquier incumplimiento de la normativa por parte de los residentes, o desacuerdo entre ellos, la Secretaría de Docencia podrá hacerse cargo de poner las guardias de forma proporcionada durante ese mes o meses,

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y según la normativa, a través de un programa informático y sistema rotatorio que no atenderá a ninguna petición o preferencia por parte de los residentes o solicitud de días de libre disposición, cursos, etc. 3.3.- Organización de las guardias con las vacaciones, días de libre disposición y permisos especiales.

Según la normativa vigente, el disfrute de las vacaciones anuales reglamentarias, que se deben disfrutar dentro del año natural, tendrá una duración de un mes. En principio, el disfrute de las vacaciones será de manera ininterrumpida (en meses naturales completos o en su defecto desde el día 16 al día 15 del mes siguiente). Si el tiempo de servicio es inferior a doce meses (por ejemplo en el primer o en el último año del periodo de formación), se otorgarán 2 días y medio por mes trabajado. Cuando las vacaciones se fraccionen en dos periodos, máximo permitido, se reconocerá que la suma de los mismos será de 26 días laborables, considerándose entre ellos los sábados que corresponda descansar.

Entre los médicos en formación se distribuirán los periodos vacacionales en partes proporcionales con el fin de mantener la capacidad funcional de los servicios a los que pertenecen o de los que dependan en sus rotaciones o programa de guardias. En caso de que no exista una adecuada proporción, se deberán ajustar o sortear los periodos vacacionales para no distorsionar la programación funcional del centro (4). (Ver documentos en anexos IV y V)

Antes de validar las solicitudes de días de libre disposición, vacaciones, asistencias a congresos, permisos especiales, etc., se comprobará por la Secretaría de Docencia que no existen durante ese periodo guardias asignadas al médico en formación, lo que, de no corregirse imposibilitará la concesión de dichos permisos. (4). (Ver documentos en anexos IV y V) 3.4.- ¿Cuándo se organiza el calendario de guardias?

El calendario de guardias específico de cada especialidad y de las áreas del SUH deberá estar elaborado y entregado como “oficial” antes del día 10 de cada mes anterior al que se refieran las guardias (meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio y octubre). Los meses de julio, agosto y septiembre por un lado, así como noviembre, diciembre y enero (que coinciden con la mayoría de solicitudes de periodos reglamentarios de vacaciones y de días de libre disposición) deberán entregarse conjuntamente antes del 10 de junio y del 10 de octubre respectivamente. En el caso del área de Medicina Interna del SUH se procurará entregar los calendarios de guardias conjuntamente de tres meses consecutivos con el fin de hacerlo simultáneamente y en coordinación con las guardias de Medicina de Familia. Hasta que los calendarios no estén entregados y se comprueben, no se concederá ningún permiso de ningún tipo.

El calendario o plan de guardias de los médicos en formación debe ser entregado en la fecha referida para TODAS las especialidades que hacen guardias. Desde el momento que se apruebe esta normativa todo médico en formación que esté oficialmente de guardia debe aparecer en el “Listado oficial de guardias” elaborado cada día por la dirección del CHT, si no es así (salvo casos extraordinarios por cambios de última hora o el mismo día de la guardia y que estén debidamente acreditados), aunque éste firme en el listado de guardias de Docencia, NO tendrá derecho al cobro de la misma y no se computará como guardia realizada a todos los efectos.

Para que un calendario de guardias sea “oficial” debe contar con la aprobación por escrito (o firma) del tutor o del coordinador o jefe de servicio

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(según se establezca en cada uno de ellos) y el haber sido comprobado por la Secretaría de Docencia que no se vulnera o incumple ningún punto de la normativa. A partir de ese momento cualquier cambio en las guardias deberá realizarse según el apartado “cambio de guardias”.

Con objeto de que todos los días haya un listado de guardias oficial y actualizado de los médicos en formación, se bajará al SUH grapado con la hoja de firma de guardias de los médicos en formación, el listado definitivo que se entrega todos los días a la Dirección del CHT y a la cafetería. De esta forma se podrá comprobar qué residentes tienen que estar de guardia, sin ninguna duda de posibles cambios, por parte del SUH, Jefe de Guardia, cafetería, etc. MUY IMPORTANTE: quien no esté en el listado oficial no podrá usar los servicios de la cafetería ni cobrará la guardia. 3.5.- Número de guardias: Según lo acordado por la Comisión de Docencia y ajustándose a la normativa vigente se recomienda que el número de guardias del residente por mes se establezca entre un mínimo de 4 y un máximo de 6 (5). La realización de una séptima guardia requerirá que ésta sea solicitada voluntariamente por el médico en formación de acuerdo con su tutor y sea concedida por el jefe de estudios y la Dirección del CHT (Según el estatuto marco el personal sanitario en formación tiene una limitación general de 48 horas semanales de trabajo efectivo en cómputo semestral, por lo que la realización de 7 guardias mensuales sólo puede realizarse y ser autorizada de forma esporádica o durante el reajuste en periodos vacacionales como se comentará posteriormente). Del mismo modo se velará por parte de la Dirección del CHT y la Comisión de Docencia para que los médicos en formación realicen el mínimo número de guardias recomendado por sus planes de formación y normativa vigente.

Cabe señalar que se tendrán en cuenta las variaciones necesarias en periodos vacacionales para que a lo largo de los meses de disfrute de vacaciones reglamentarias los médicos en formación realicen globalmente el mismo número de guardias redistribuidas entre estos meses (5). En circunstancias normales, en ningún caso, se podrán realizar más de 7 guardias al mes (6).

Todo lo expresado en los párrafos anteriores deberá cumplirse salvo exenciones por razones médicas, legales o reglamentarias debidamente acreditadas o indicaciones de las comisiones de seguimiento o planes especiales individuales de algún médico en formación. El número exacto de guardias al mes en cada unidad docente o servicio y en el SUH deberá ser fijado (teniendo en cuenta lo anterior) por el responsable de la unidad, servicio o SUH respetando la distribución y recomendaciones que fijan los planes de las especialidades de los propios residentes y las adecuaciones al CHT que dicten los tutores o unidades docentes. En el caso del área de medicina interna del SUH, el número de guardias en función de la especialidad y año de residencia se especifica en el ANEXO II que se adaptará a los planes de formación de cada especialidad y podrá irse actualizando una vez aprobado por la Comisión de Docencia los cambios en esta distribución que sean propuestos.

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Todas las guardias “voluntarias, extras o provisionales en situaciones especiales” deberán ser comunicadas y aceptadas por la Secretaría de Docencia de acuerdo con la Jefatura de Estudios y la Dirección del CHT. 3.6.- Libranza postguardia

En ningún caso se permitirá un calendario de guardias donde se contemple que el mismo médico en formación hace dos guardias en días consecutivos.

De acuerdo con la legislación vigente, el médico en formación tiene derecho después de 24 horas de trabajo ininterrumpido a un descanso de 12 horas. “Si en algún supuesto excepcional no pudiera aplicarse este descanso, se aplicará el régimen de descansos alternativos previstos en el Estatuto Marco para el personal estatutario” (7). Otras excepciones a este descanso podrían contemplarse “en casos de especial interés formativo según criterio de su tutor o en casos de problemas organizativos insuperables”. En estos supuestos se aplicará el régimen de descansos alternativos previstos en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud”. (8) 3.7.- Cambios de guardias

Una vez publicado el calendario de guardias oficial, no se admitirán cambios previstos o programados por los médicos en formación de las mismas, salvo que se realicen por el médico en formación que precise el cambio de guardia, condición indispensable, y siempre que:

- Esté de acuerdo con otro médico en formación de su mismo año o incluido en su misma categoría y que realice el mismo tipo de guardias. - Cuente con el consentimiento escrito de los dos afectados y del tutor o jefe de la especialidad a la que se encuadre la guardia (ver modelo en anexo I: formulario de cambio de guardia). - Se haga con 72 horas de antelación antes del día del cambio, para que pueda recogerse éste sin problemas en el listado diario que se enviará a Dirección, cafetería y SUH junto con la lista de firmas. No se tramitarán cambios de guardia solicitados telefónicamente si no se

acompañan de las correspondientes solicitudes por escrito (anexo I) a la Secretaría de Docencia. (Docencia Mir. [email protected]

Complejo Hospitalario Toledo. Secretaria Ext.49152). La guardia será cambiada cuando así se notifique por la Secretaría de

Docencia y se corrija en el listado oficial diario de guardias del CHT. 3.8.- Bajas médicas y situaciones especiales

En caso de imposibilidad o necesidad superior de no realizar una guardia determinada, el médico en formación será el responsable de conseguir el cambio, asumiendo que si no lo consigue, tendrá que hacer dicha guardia. Y deberá intentar cambiarla por todos sus medios (podrá solicitar ayuda del encargado de poner las guardias y de la Secretaría de Docencia) con otro médico en formación de su mismo año o capacitación. Además, dicha guardia se recuperará con el cambio por otro día del mismo mes (si esto no pudiera realizarse por imposibilidad de fechas, se ajustaría y se recuperaría al mes siguiente de forma que al final se realice el mismo número de guardias que el resto de médicos en formación o las que tiene contempladas por su programa). La solución para cubrir esta incidencia será responsabilidad del propio médico en formación.

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En todo caso, las guardias no realizadas sin baja médica o justificación mayor escrita o comprobable, deberán ser recuperadas cuando el médico esté en condiciones y se someterán al régimen disciplinario si estuviese indicado (ver más adelante). Todas las ausencias por motivo de salud deberán ser comunicadas y se tendrá que entregar siempre el documento de baja médica a la Secretaría de Docencia Médica.

Si la baja médica se produce antes del día de la guardia el médico en formación deberá comunicar a la Secretaría de Docencia su situación y debe intentar que un compañero le cambie la guardia. Si no lo consigue, deberá solicitar la ayuda del responsable de organizar el calendario de guardias y de la Secretaría de Docencia para que entre todos, intentar el cambio (en esta situación se facilitará que un médico en formación pueda hacer la séptima guardia de forma voluntaria). En este caso, si todos los médicos en formación ya tienen programados el máximo de guardias (ver anexo II: distribución del número de guardias según especialidad y año de residencia en las especialidades médicas) y razonablemente se ha intentado por todos los medios conseguir un cambio y no se logra, se comunicará al tutor del servicio implicado o a los facultativos de guardia o Jefe de servicio o Jefe de guardia, que ese puesto de guardia no será cubierto. Pero si algún médico en formación de su misma categoría no hace el mismo número de guardias o máximo número asignado para él ese mes (ver anexo II), deberá realizar esa guardia de forma que el médico responsable de organizar las guardias y/o Secretaría de Docencia asignarán ésta al médico en formación que le corresponda asumirla intentando interferir lo menos posible con su calendario de guardias, y éste será responsable de asumirla.

Si la baja médica se produce el mismo día de la guardia o en el transcurso de la misma. Deberá entregarse cuando se pueda por parte del médico en formación el parte de baja. En función del momento de la baja, si se considera necesario por parte del jefe de la guardia o facultativos responsables del área o especialidad, se intentará ver la disponibilidad para que un médico en formación realice esa guardia (cambiándola posteriormente con el médico que ha causado baja, o de forma que se convirtiera en su séptima guardia de forma voluntaria). En todo caso se deberá tener en cuenta lo comentado en el párrafo anterior cuando todos los residentes tengan asignadas ya el máximo número de guardias contempladas.

Se realizará una planilla de todos los médicos en formación con nombre, apellidos y números de teléfono de contacto, que deberá estar disponible para el residente encargado de organizar las guardias, el tutor de residentes, el coordinador de urgencias y los jefes de guardias, para poder agilizar cualquier tipo de incidencia con respecto a las guardias. 3.9.- Responsabilidades e incidencias: RESPONSABILIDAD

- La responsabilidad del médico en formación se entiende como “compartida con su facultativo supervisor”, de modo que el médico en formación de primer año, que debe ser supervisado de forma constante y de presencia física, tendrá responsabilidad compartida de sus actos. La responsabilidad de las actuaciones del resto de médicos en formación irá aumentando en función de su capacitación progresiva, el año de formación y la evaluación positiva por parte de los tutores.

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La responsabilidad legal del acto médico en Urgencias recae en el médico responsable del enfermo, aunque "se valorará" y tendrá en cuenta el grado de responsabilidad según el año de residencia (en el momento que se cree la especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias, será igual que en el resto de especialidades).

La responsabilidad del residente irá aumentando progresivamente así como su “autonomía” al ir disminuyendo el grado de supervisión. RECLAMACIONES O QUEJAS

En caso de recibir alguna “queja o reclamación” derivada de su actividad asistencial y/o docente durante el tiempo de atención continuada, el médico en formación deberá siempre comunicárselo al facultativo supervisor responsable, a su tutor y al jefe de servicio.

La “reclamación o queja” puede llegar desde el servicio de atención al paciente, la dirección del centro, los servicios jurídicos o desde otros organismos competentes externos del CHT. En todos estos casos, si se trata de los actos derivados de la asistencia a los pacientes, deberá ponerlo en conocimiento del facultativo supervisor o responsable, del tutor y del coordinador o jefe de servicio. Una vez estudiada la queja o reclamación, ésta será contestada según el modelo habitual del CHT (según lo dispuesto por el servicio de atención al paciente). En los casos que se considere oportuno o proceda (reclamaciones penales o judiciales) además, se deberá comunicar lo antes posible a los servicios jurídicos del CHT y a la Dirección del CHT y la Comisión de Docencia. Una vez valorado cada caso se le indicará y asesorará al médico en formación efectuándose un seguimiento por quienes considere indicado la Dirección del centro y los servicios jurídicos. INCIDENCIAS

Siempre hay que acudir a la guardia con la máxima puntualidad, siendo deseable presentarse 5-10 minutos antes del inicio. En cualquier caso, el incumplimiento de la hora de inicio de la guardia o la reiteración evidente de esta situación, deberá ser comunicado por el tutor o responsable por escrito a la Comisión de Docencia donde se abrirá un expediente y será propuesto a la comisión como falta (9). En el caso de que un médico en formación no se presentara a la guardia por olvido, omisión del deber u otros motivos no comentados anteriormente en las bajas médicas, se pondrá inmediatamente en conocimiento y por escrito al Jefe de Guardia y se informará por escrito a la Comisión de Docencia para tomar las medidas oportunas, abrir expediente y ser considerado como falta (9).

Además las faltas disciplinarias en las que pudieran incurrir los médicos en formación podrán ser la causa de la apertura de expediente y serán tipificadas como leves, graves o muy graves según lo especificado en el artículo 13, punto 2 del RD 1146/2006 de 6 de octubre (9) y el artículo 72.2, 3, 4 y 5 de la ley 55/2003 de 16 de diciembre del estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud (10).

Se creará un registro de incidencias de guardias para los propios médicos en formación, facultativos, tutores, coordinadores o jefes de servicio donde se incluirán todos los calendarios de guardias de todas las especialidades así como las quejas, notas internas, notificación de cambios de guardias, etc. A través de éste se vehiculizarán los asuntos, quejas o

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problemas o cuestiones que se tengan que trasladar para ser comunicados o debatidos en las reuniones de las Comisiones de Docencia. 3.10.- Función y supervisión de los médicos en formación en la realización de las guardias:

En función y de acuerdo con la normativa vigente citada (11), la Comisión de Docencia ha elaborado el siguiente protocolo para la supervisión de los médicos especialistas en formación durante las guardias (especialmente para el Servicio de Urgencias pero aplicable al resto de especialidades). Ver ANEXO III: “Protocolo de actuación, funciones y supervisión de los médicos especialistas en formación en el Servicio de Urgencias del CHT”.

La supervisión de los residentes será ejecutada de la misma forma independientemente del momento (día o noche). La organización de los distintos periodos en la guardia (comidas o cenas y noche o descansos) serán regulados por parte de los facultativos de Urgencias.

El Coordinador de Urgencias, el tutor de residentes y, en su ausencia, los facultativos de guardia, son los responsables del mejor desarrollo asistencial de los médicos en formación en el SUH, siendo sus decisiones las que prevalecerán y deberán ser cumplidas por los médicos en formación. Cualquier incidencia al respecto o desacuerdo deberá trasladarse por escrito al tutor y Jefe de Servicio y si se considera oportuno a la Comisión de Docencia. 3.11.- Remuneración económica de las guardias. Los aspectos retributivos del médico en formación y los complementos de atención continuada se detallan en D.O.C.M Número 100 de 14 de mayo de 2007:

Resolución de 26-04-2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se ordena la publicación del Acuerdo suscrito entre el Servicio de Salud de Castilla La Mancha y las Organizaciones Sindicales sobre condiciones laborales y económicas del personal

sanitario en formación por el sistema de residencia (7). En todo caso estará sujeto a las modificaciones y acuerdos por parte de la Comunidad de Castilla La Mancha.

REFERENCIAS y comentarios: (1) Artículo 20 (apartado c) de la Ley 44/2003 de 21 de noviembre (de ordenación de las profesiones sanitarias): “La actividad profesional de los residentes será planificada por los órganos de Dirección conjuntamente con las Comisiones de Docencia de los centros de forma tal que se incardine totalmente en el funcionamiento ordinario, continuado y de Urgencias del centro sanitario”. (2) Artículo 8 del RD 183/2008 de 8 de febrero “Corresponde a las comisiones de Docencia facilitar la integración de las actividades formativas y de los residentes con la actividad asistencial y ordinaria del centro, planificando su actividad profesional en el centro conjuntamente con los órganos de dirección de este”. “Los órganos de dirección de los distintos centros…y las comisiones de docencia estarán obligados a informarse mutuamente sobre las actividades laborales y formativas de los residentes, a fin de decidir conjuntamente su adecuada integración en la actividad asistencial del centro dispositivo que se trate”. (3) Real Decreto 1146/2006 del 6 de octubre, en el que se regula la relación laboral especial de residencia para la formación de Especialistas en Ciencias de la Salud - En su artículo 5, punto 2. “Dentro de las posibilidades organizativas y funcionales de cada centro, se procurará disponer la jornada de los residentes de forma que la ordenación del tiempo de trabajo no perjudique su formación” (4) Real Decreto 1146/2006 del 6 de octubre, en el que se regula la relación laboral especial de residencia para la formación de Especialistas en Ciencias de la Salud

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- En su artículo 6, punto 1: “El disfrute de las vacaciones anuales retribuidas y fiestas de los residentes se fijarán atendiendo al cumplimiento de los programas de Docencia y a las necesidades asistenciales, de acuerdo con la programación funcional del centro” (5) D.O.C.M Número 100 de 14 de mayo de 2007: Resolución de 26-04-2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se ordena la publicación del Acuerdo suscrito entre el Servicio de Salud de Castilla La Mancha y las Organizaciones Sindicales sobre condiciones laborales y económicas del personal sanitario en formación por el sistema de residencia. - “Con carácter general el número máximo de guardias deberá ajustarse a seis por mes de acuerdo con el correspondiente programa formativo. Se tendrán en cuenta, no obstante las variaciones necesarias en los periodos vacacionales”. (6) Real Decreto 1146/2006 del 6 de octubre, en el que se regula la relación laboral especial de residencia para la formación de Especialistas en Ciencias de la Salud - “En su artículo 5, punto 1.c) “El residente estará obligado exclusivamente a realizar las horas de jornada complementaria que el programa formativo establezca para el curso correspondiente. En todo caso, no podrá realizar más de siete guardias al mes”. (7) D.O.C.M Número 100 de 14 de mayo de 2007: Resolución de 26-04-2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se ordena la publicación del Acuerdo suscrito entre el Servicio de Salud de Castilla La Mancha y las Organizaciones Sindicales sobre condiciones laborales y económicas del personal sanitario en formación por el sistema de residencia. - Se garantiza al residente los descansos reglamentarios y en todo caso el derecho tras la realización de una guardia de presencia física a un descanso continuado de 12 horas. Si en algún supuesto excepcional no pudiera aplicarse este descanso, se aplicará el régimen de descansos alternativos previstos en el Estatuto Marco para el personal estatutario. (8) Real Decreto 1146/2006 del 6 de octubre, en el que se regula la relación laboral especial de residencia para la formación de Especialistas en Ciencias de la Salud. - En su artículo 5, punto 1.b) “Entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente deberá mediar, como mínimo, un periodo de descanso continuo de 12 horas. En todo caso, después de 24 horas de trabajo ininterrumpido, bien sea de jornada ordinaria que se hubiera establecido excepcionalmente, bien sea de jornada complementaria, bien sea de tiempos conjuntos de ambas, el residente tendrá un descanso continuo de 12 horas, salvo en casos de especial interés formativo según criterio de su tutor o en casos de problemas organizativos insuperables. En estos supuestos se aplicará el régimen de descansos alternativos previstos en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud. (9) Real Decreto 1146/2006 del 6 de octubre, en el que se regula la relación laboral especial de residencia para la formación de Especialistas en Ciencias de la Salud.

- Artículo 12. “El personal en formación por el sistema de residencia incurrirá en responsabilidad disciplinaria por las faltas que cometa”

- Artículo 13. punto 1: las faltas disciplinarias pueden ser leves, graves o muy graves.

- Artículo 13. punto 2: “la tipificación de las faltas será la establecida para el personal estatutario sanitario de los servicios de salud en el artículo 72.2, 3, 4 y 5 de la ley 55/2003 de 16 de diciembre del estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud.

- Artículo 14. Las sanciones correspondientes a las faltas disciplinarias cometidas serán las siguientes: Por faltas leves: apercibimiento; por faltas graves: suspensión de empleo y sueldo hasta un máximo de dos meses; por faltas muy graves: despido.

- Artículo 15. Procedimiento disciplinario.

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(“Cuando se trate de faltas graves o muy graves el responsable de la gestión de personal del centro dará también traslado, del escrito enviado al residente, a la comisión de docencia, para que en el plazo de diez días, manifieste su criterio”)

- Artículo 16. Prescripción de faltas. (10) Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Artículo 72. Clases y prescripción de las faltas.

1. Las faltas disciplinarias pueden ser muy graves, graves o leves. 2. Son faltas muy graves:

a. El incumplimiento del deber de respeto a la Constitución o al respectivo Estatuto de Autonomía en el ejercicio de sus funciones. b. Toda actuación que suponga discriminación por razones ideológicas, morales, políticas, sindicales, de raza, lengua, género, religión o circunstancias económicas, personales o sociales, tanto del personal como de los usuarios, o por la condición en virtud de la cual éstos accedan a los servicios de las instituciones o centros sanitarios. c. El quebranto de la debida reserva respecto a datos relativos al centro o institución o a la intimidad personal de los usuarios y a la información relacionada con su proceso y estancia en las instituciones o centros sanitarios. d. El abandono del servicio. e. La falta de asistencia durante más de cinco días continuados o la acumulación de siete faltas en dos meses sin autorización ni causa justificada. f. El notorio incumplimiento de sus funciones o de las normas reguladoras del funcionamiento de los servicios. g. La desobediencia notoria y manifiesta a las órdenes o instrucciones de un superior directo, mediato o inmediato, emitidas por éste en el ejercicio de sus funciones, salvo que constituyan una infracción manifiesta y clara y terminante de un precepto de una ley o de otra disposición de carácter general. h. La notoria falta de rendimiento que comporte inhibición en el cumplimiento de sus funciones. i. La negativa a participar activamente en las medidas especiales adoptadas por las Administraciones públicas o servicios de salud cuando así lo exijan razones sanitarias de urgencia o necesidad. j. El incumplimiento de la obligación de atender los servicios esenciales establecidos en caso de huelga. k. La realización de actuaciones manifiestamente ilegales en el desempeño de sus funciones, cuando causen perjuicio grave a la Administración, a las instituciones y centros sanitarios o a los ciudadanos. l. El incumplimiento de las normas sobre incompatibilidades, cuando suponga el mantenimiento de una situación de incompatibilidad. m. La prevalencia de la condición de personal estatutario para obtener un beneficio indebido para sí o para terceros, y especialmente la exigencia o aceptación de compensación por quienes provean de servicios o materiales a los centros o instituciones. n. Los actos dirigidos a impedir o coartar el libre ejercicio de los derechos fundamentales, las libertades públicas y los derechos sindicales. ñ. La realización de actos encaminados a coartar el libre ejercicio del derecho de huelga o a impedir el adecuado funcionamiento de los servicios esenciales durante la misma. o. La grave agresión a cualquier persona con la que se relacionen en el ejercicio de sus funciones. p. El acoso sexual, cuando suponga agresión o chantaje. q. La exigencia de cualquier tipo de compensación por los servicios prestados a los usuarios de los servicios de salud. r. La utilización de los locales, instalaciones o equipamiento de las instituciones, centros o servicios de salud para la realización de actividades o funciones ajenas a dichos servicios. s. La inducción directa, a otro u otros, a la comisión de una falta muy grave, así como la cooperación con un acto sin el cual una falta muy grave no se habría cometido. t. El exceso arbitrario en el uso de autoridad que cause perjuicio grave al personal subordinado o al servicio. u. La negativa expresa a hacer uso de los medios de protección disponibles y seguir las recomendaciones establecidas para la prevención de riesgos laborales, así como la negligencia en el cumplimiento de las disposiciones sobre seguridad y salud en el trabajo por parte de

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quien tuviera la responsabilidad de hacerlas cumplir o de establecer los medios adecuados de protección.

3. Tendrán consideración de faltas graves: a. La falta de obediencia debida a los superiores. b. El abuso de autoridad en el ejercicio de sus funciones. c. El incumplimiento de sus funciones o de las normas reguladoras del funcionamiento de los servicios cuando no constituya falta muy grave. d. La grave desconsideración con los superiores, compañeros, subordinados o usuarios. e. El acoso sexual, cuando el sujeto activo del acoso cree con su conducta un entorno laboral intimidatorio, hostil o humillante para la persona que es objeto del mismo. f. Los daños o el deterioro en las instalaciones, equipamiento, instrumental o documentación, cuando se produzcan por negligencia inexcusable. g. La falta de rendimiento que afecte al normal funcionamiento de los servicios y no constituya falta muy grave. h. El incumplimiento de los plazos u otras disposiciones de procedimiento en materia de incompatibilidades, cuando no suponga el mantenimiento de una situación de incompatibilidad. i. El incumplimiento injustificado de la jornada de trabajo que, acumulado, suponga más de 20 horas al mes. j. Las acciones u omisiones dirigidas a evadir los sistemas de control de horarios o a impedir que sean detectados los incumplimientos injustificados de la jornada de trabajo. k. La falta injustificada de asistencia durante más de tres días continuados, o la acumulación de cinco faltas en dos meses, computados desde la primera falta, cuando no constituyan falta muy grave. l. La aceptación de cualquier tipo de contraprestación por los servicios prestados a los usuarios de los servicios de salud. m. La negligencia en la utilización de los medios disponibles y en el seguimiento de las normas para la prevención de riesgos laborales, cuando haya información y formación adecuadas y los medios técnicos indicados, así como el descuido en el cumplimiento de las disposiciones sobre seguridad y salud en el trabajo por parte de quien no tuviera la responsabilidad de hacerlas cumplir o de establecer los medios adecuados de protección. n. El encubrimiento, consentimiento o cooperación con cualquier acto a la comisión de faltas muy graves, así como la inducción directa, a otro u otros, a la comisión de una falta grave y la cooperación con un acto sin el cual una falta grave no se habría cometido.

4. Tendrán consideración de faltas leves: a. El incumplimiento injustificado del horario o jornada de trabajo, cuando no constituya falta grave. b. La falta de asistencia injustificada cuando no constituya falta grave o muy grave. c. La incorrección con los superiores, compañeros, subordinados o usuarios. d. El descuido o negligencia en el cumplimiento de sus funciones cuando no afecte a los servicios de salud, Administración o usuarios. e. El descuido en el cumplimiento de las disposiciones expresas sobre seguridad y salud. f. El incumplimiento de sus deberes u obligaciones, cuando no constituya falta grave o muy grave. g. El encubrimiento, consentimiento o cooperación con cualquier acto a la comisión de faltas graves. 5. Las comunidades autónomas podrán, por norma con rango de Ley, establecer otras faltas además de las tipificadas en los apartados anteriores. 6. Las faltas muy graves prescribirán a los cuatro años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses. El plazo de prescripción comenzará a contarse desde que la falta se hubiera cometido y se interrumpirá desde la notificación del acuerdo de iniciación del procedimiento disciplinario, volviendo a correr de nuevo si éste estuviera paralizado más de tres meses por causa no imputable al interesado.

(11) El RD 183/2008 de 8 febrero contempla en su artículo 15 (punto primero), que el sistema de residencia al que se refiere el artículo 20 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre (de ordenación de las profesiones sanitarias) implica la “asunción progresiva de responsabilidades” por parte del residente, así como un nivel decreciente de supervisión a medida que se avanza en la adquisición de las competencias previstas en el programa formativo, hasta alcanzar el grado de responsabilidad inherente al ejercicio autónomo de la profesión sanitaria de especialista”. De forma más concreta se detalla en el citado artículo:

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En el punto tercero del Artículo 15: “La supervisión de residentes de primer año será de presencia física y se llevará a cabo por los profesionales que presten servicios en los distintos dispositivos del centro o unidad por los que el personal en formación esté rotando o prestando servicios de atención continuada. Los mencionados especialistas visarán por escrito altas, bajas y demás documentos relativos a las actividades asistenciales en las que intervengan residentes de primer año”

En el punto cuarto del Artículo 15: “La supervisión decreciente de los residentes a partir del segundo año de formación tendrá carácter progresivo. A estos efectos, el tutor del residente podrá impartir, tanto a éste como a los especialistas que presten servicio en los distintos dispositivos del centro o unidad, instrucciones específicas sobre el grado de responsabilidad de los residentes a su cargo, según las características de especialidad y el proceso individual de adquisición de competencias”. “En todo caso, el residente, que tiene derecho a conocer a los profesionales presentes en la unidad en la que presten servicios, podrá recurrir y consultar a los mismos cuando lo considere necesario”.

En el punto cuarto del Artículo 15: “Las Comisiones de Docencia elaborarán protocolos escritos de actuación para graduar la supervisión de las actividades que lleven a cabo los residentes en áreas asistenciales significativas, con referencia especial al Área de Urgencias o cualesquiera otras que se consideren de interés”.

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ANEXO I: FORMULARIO DE CAMBIO DE GUARDIA

Yo D/ Dª _______________________________________________________,

residente de ____ año de la especialidad de ___________________________

CAMBIO LA GUARDIA del día (día/mes/año) (____/_______/________) en el

Servicio de _________________________ por la del día (día/mes/año)

(____/_______/________) del Servicio de _________________________, con

D/ Dª __________________________________________________________,

residente de _____ año de la especialidad de __________________________

Quedando de la siguiente forma:

Día Área o Servicio a la que

corresponde la guardia D/Dª

Toledo, a _____de______________________de_________

Fdo. D/Dª____________________________________

Fdo. D/Dª____________________________________

Fdo: Tutor o jefe de servicio ____________________________________

Fdo. Secretaría de Docencia____________________________________

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Anexo II: DISTRIBUCIÓN DEL NÚMERO DE GUARDIAS SEGÚN

ESPECIALIDAD Y AÑO DE RESIDENCIA DE LOS MÉDICOS EN

FORMACIÓN DE ESPECIALIDADES MÉDICAS

Los DE PRIMER AÑO realizarán todas sus guardias en la Urgencia hospitalaria, en número de 4-6 por mes:

ESPECIALIDAD Nº Médicos Nº GUARDIAS / MES / MÉDICO

Alergología 2 6

Anestesia y Reanimación*

3 2

Aparato Digestivo 2 6

Cardiología** 3 4

Dermatología 2 6

Endocrinología 1 6

Geriatría 5 6

Hematología 1 6

M. Física y Rehabilitación 1 6

Medicina intensiva 2 6

Medicina interna 3 6

Medicina preventiva*** 1 2

Medicina del trabajo**** variable 2-6

Nefrología 2 6

Neurofisiología 1 6

Neurología 2 6

Oncología 2 6

Los residentes de MFYC tienen una tabla de distribución adjunta al final de este anexo. *Anestesia: realizan guardias desde su incorporación hasta el mes de diciembre **Los residentes de Cardiología realizarán 1 guardia en Cardiología, 1 guardia en Medicina Interna y 4 guardias en Urgencias de Medicina Interna *** Los resientes de medicina preventiva realizarán 2 guardias/mes durante sus tres primeros meses (salvo que el residente, de acuerdo con su tutor, el Jefe de Estudios y la Dirección del centro, solicite hacer más guardias en urgencias) ****Los residentes de Medicina del trabajo tendrán de forma individual un plan de guardias en función de las características del Centro o Mutua al que estén adscritos.

MÉDICOS EN FORMACIÓN DE SEGUNDO AÑO:

ESPECIALIDAD Guardias en URGENCIAS Guardias en

PLANTA Y/O ESPECIALIDAD

Alergología 3 3

Aparato Digestivo 2 4

Cardiología 1 5

Geriatría 3 3

Hematología* 2 4

Medicina Intensiva 2 4

Medicina Interna 3 3

Nefrología 2 4

Oncología 3 3

* A propuesta del tutor de hematología, dado que serían voluntarias necesitan la conformidad del médico en formación.

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Los residentes de MFYC tienen una tabla de distribución adjunta al final de este anexo. Las especialidades que no aparecen en esta tabla y si lo hacían en la anterior, dejan de tener guardias programadas en urgencias.

MÉDICOS EN FORMACIÓN DE TERCER AÑO:

ESPECIALIDAD Guardias en URGENCIAS Guardias en

PLANTA Y/O ESPECIALIDAD

Alergología * 2 2

Geriatría 2 4

Medicina Interna 2 4

Oncología 2 4

Los residentes de MFYC tienen una tabla de distribución adjunta al final de este anexo. Las especialidades que no aparecen en esta tabla y si lo hacían en la anterior, dejan de tener guardias programadas en urgencias. * Tendrán además 4 jornadas de tarde en el Servicio de Alergología que equivalen a 2 guardias. MÉDICOS EN FORMACIÓN DE CUARTO AÑO:

ESPECIALIDAD Guardias en URGENCIAS Guardias en

PLANTA Y/O ESPECIALIDAD

Alergología* 1 3

Geriatría 1 5

Medicina Interna 1 5

Oncología 1 5

Los residentes de MFYC tienen una tabla de distribución adjunta al final de este anexo. Las especialidades que no aparecen en esta tabla y si lo hacían en la anterior, dejan de tener guardias programadas en urgencias. * Tendrán además 4 jornadas de tarde en el Servicio de Alergología que equivalen a 2 guardias.

MÉDICOS EN FORMACIÓN DE QUINTO AÑO:

ESPECIALIDAD Guardias en URGENCIAS Guardias en

PLANTA Y/O ESPECIALIDAD

ESPECIALIDAD URGENCIAS PLANTA

Medicina Interna 1 5

Las especialidades que no aparecen en esta tabla y si lo hacían en la anterior, dejan de tener guardias programadas en urgencias. NOTAS: 1.- Los residentes que estén rotando por U.V.I, Nefrología, Anestesia y Cirugía General realizarán 1 guardia de Urgencias y 5 de dicha especialidad. 2.- Existe la posibilidad de forma voluntaria e individual y siempre con la conformidad de su tutor, Jefe de Estudios y Dirección del CHT, de realizar por parte de los médicos en formación una séptima guardia voluntaria en el SUH.

3.- Esta distribución podrá ajustarse y actualizarse en función de los cambios

individuales que puedan tener el programa de un médico en formación o por la

publicación de los nuevos planes de estudios.

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DISTRIBUCIÓN MENSUAL DE LAS GUARDIAS DE LOS MÉDICOS EN FORMACIÓN DE MEDICINA FAMILIAR Y COMUNITARIA

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7.- PROTOCOLO DE ACTUACIÓN, FUNCIONES Y

SUPERVISIÓN DE LOS MÉDICOS

ESPECIALISTAS EN FORMACIÓN EN EL

SERVICIO DE URGENCIAS DEL CHT

Introducción

La diversidad y el volumen de pacientes y situaciones que se viven en el Servicio de Urgencias del Hospital (SUH), convierten a éste en uno de los pilares de docencia y aprendizaje del médico en formación. Sin embargo, es un error pretender transformar las guardias de Urgencias en el lugar de aprendizaje y discusión de los conocimientos teóricos y las pautas en que se basa la elaboración de los diagnósticos nosológicos o etiológicos y, aún más, de los aspectos fisiopatológicos que puedan estar relacionados con cada caso. El tipo de trabajo que impone el cometido asistencial del área de Urgencias impide abordar, en ocasiones, correctamente estas cuestiones. La labor clínica diaria, las sesiones, seminarios, las guardias de especialidad y el estudio individual deben cubrir estas otras facetas de la formación. Durante las guardias o en su rotación por Urgencias, el médico en formación, deberá implicarse progresivamente en las actuaciones y toma de decisiones. Los facultativos de Urgencias y los responsables del Servicio, lo son también de la tutela y supervisión del médico en formación y todas sus altas. Objetivos Los objetivos docentes de la actividad de los médicos en formación en el SUH incluirán:

- Adquirir agilidad y soltura en el manejo de los enfermos con patología aguda urgente.

- Conseguir la destreza y fluidez en la elaboración de la historia clínica y su anamnesis, exploración física, juicios clínicos sindrómicos y diagnósticos diferenciales.

- Conocer y capacitarse para solicitar las exploraciones complementarias e interconsultas a los especialistas que se precisen. Así y de forma progresiva a lo largo de los años, poder alcanzar la necesaria seguridad en sus actuaciones e incrementar su nivel de responsabilidad en las decisiones diagnósticas, terapéuticas y de destino de los pacientes. Durante la formación en las guardias de urgencias deberán adquirir una serie de conocimientos y habilidades básicas que le permitan prestar correctamente asistencia a los pacientes, realizar funciones de prevención y promoción de la salud, así como asegurarse una formación continuada.

Papel del facultativo de Urgencias Tiene un papel de supervisor, consultor, asesor y regulador de la atención a los enfermos que llegan al SUH y establece la prioridad y la asistencia directa de los pacientes críticos. También atiende directamente las emergencias. Se encarga de supervisar de presencia física a los médicos en formación de primer año, debiendo estar al corriente de las decisiones de importancia que

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éstos tomen. Se encarga de la supervisión global de los médicos en formación, adaptándose ésta, al año de residencia y capacitación de cada médico de forma individualizada. Debe de solucionar los problemas médicos que se le planteen. Decide y autoriza el paso a observación de un paciente, el ingreso, el traslado a otro hospital o el alta de los pacientes que sean atendidos por los médicos en formación de primer año. De esta forma los facultativos de urgencias visarán por escrito las altas, ingresos y demás documentos relativos a las actividades asistenciales en las que intervenga el médico en formación del primer año.

MÉDICO TUTOR DE RESIDENTES

Esta figura recaerá sobre un facultativo del SUH. En el caso de que haya varios, uno será el tutor coordinador o principal. El tutor es el profesional especialista que tiene la misión de planificar, gestionar, supervisar, evaluar y colaborar activamente en el aprendizaje de los conocimientos, habilidades y actitudes del médico en formación, a fin de garantizar el cumplimiento del programa formativo. Sus funciones serán las siguientes: 1. Supervisión directa o indirecta del médico en formación que irá variando de modo decreciente a lo largo del periodo formativo, aumentando así la responsabilidad que el médico en formación irá asumiendo de forma progresiva. La actuación del tutor no implica el seguimiento físico de todos los actos, sino básicamente atender a sus consultas. 2. Organización y gestión de las actividades correspondientes a la formación para especialistas, el control del cumplimiento de los objetivos que conforman sus programas y supervisión de la aplicación práctica de la formación y programación anual. 3. Propuestas de planes individuales para cada especialista con la supervisión de los mismos. 4. Realizar las evaluaciones trimestrales y anuales establecidas.

FUNCIONES Y SUPERVISIÓN DE LOS MÉDICOS EN FORMACIÓN EN LAS GUARDIAS DEL ÁREA DE URGENCIAS Las funciones del médico en formación variarán según vaya adquiriendo conocimientos, experiencia y responsabilidad. Se considerará desde el punto de vista organizativo como: “R1 o médicos de primer año, R2 o médicos de segundo año y R3-5 o “residentes mayores” a los médicos de 3º-5º año.

R1 o médicos de primer año:

Realizará su labor asistencial y docente bajo la supervisión directa del facultativo al que consultará y con el que acordará sus actuaciones y decisiones, teniendo como principales funciones las señaladas a continuación: 1.-Realizará una correcta historia clínica y completa exploración del paciente haciendo una valoración inicial de la situación del mismo. 2.-Emitirá un juicio clínico de presunción. 3.-En sus primeras guardias, como norma, no deberán solicitar pruebas complementarias ni indicar un tratamiento sin consultar al facultativo. Al finalizar el 1º año de residencia deberán ser capaces de realizar estas actividades sin necesidad de consultar, y ser capaces de valorar los beneficios y riesgos antes de realizar cualquier procedimiento diagnóstico y terapéutico.

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4. Informar al enfermo y a los familiares a su llegada es esencial, trasmitiéndoles una primera impresión y comentando brevemente lo que se va a hacer y un tiempo aproximado de la estancia del enfermo en Urgencias, así como en el momento de proceder a dar el alta o ingreso (que siempre se decidirán bajo la supervisión del facultativo responsable de urgencias). 5. Rellenará los protocolos existentes en Urgencias, los documentos de consentimiento informado de las pruebas que lo requieran, cumplimentará los partes judiciales y la documentación que sea necesaria (todo ello con el asesoramiento del facultativo hasta que sepa hacerlo correctamente). 6. Informar a los compañeros que entren en el turno siguiente de la situación clínica de los pacientes que continúen en observación ("Pase de Guardia"). En general, realizarán funciones asistenciales de los pacientes que acudan al SUH en la zona de “boxes de lentos”: anamnesis, exploración física, solicitarán las pruebas complementarias necesarias para el diagnóstico y realizarán el tratamiento inicial necesario para el paciente siempre de acuerdo y con supervisión directa de presencia física con su adjunto asignado, del que dependerá para todo. Recomendamos que la supervisión de presencia física por parte de los facultativos de urgencias sea para un máximo de dos-tres R1 o médicos de primer año por cada facultativo durante las guardias, y un solo médico de primer año por cada facultativo durante los periodos de rotación programada por el servicio de urgencias. Los documentos de alta, ingreso o destino del paciente a observación deberán ir firmados por el facultativo supervisor y el médico en formación (con firmas legibles y nº de colegiado).

R2 o médicos de segundo año:

Para ser considerados como tal, han de haber sido evaluados por sus tutores como aptos y capacitados como médicos de primer año para pasar a desempeñar funciones de “R2 o médicos de segundo año”.

Realizarán su función asistencial fundamentalmente en el área de “box rápido” cuando haya un médico en formación de segundo año. En caso de coincidir dos o más en la misma guardia, podrían pasar dos al box rápido o uno de ellos iría a la zona de boxes lentos (en función de las instrucciones dadas por el tutor de urgencias o facultativo responsable de la guardia y situación del servicio de urgencias).

Podrán realizar todas las funciones enumeradas en el apartado del médico de primer año y las funciones asistenciales tomando las decisiones de solicitud de pruebas diagnósticas, tratamientos, destino de paciente… en función de lo determinado por el tutor y según las competencias adquiridas. Debe, en todo caso, tener un facultativo asignado y localizado en el SUH, al que poder recurrir y consultar todo lo que considere necesario y que será el responsable de su supervisión durante la guardia. El grado de “autonomía” del médico en formación de segundo año será progresivo, de forma que al final de este año tienen capacidad para decidir sobre el destino del paciente y sobre la necesidad de valoración del enfermo por otro especialista, así como consensuar decisiones con los facultativos de Urgencias.

R3-5 o “residentes mayores”: Para ser considerados como tal, han de haber sido evaluados por sus

tutores como aptos y capacitados como médicos de segundo año para pasar a

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desempeñar funciones de “residente mayor” o médico en formación de tercer, cuarto y quinto año.

Además de poder realizar las funciones de los residentes de primer y segundo año, de acuerdo con los facultativos responsables de la guardia, realizarán labores de ayuda en la clasificación o triaje de enfermos, organización de la labor asistencial en los boxes de exploración lenta o rápida y supervisión y apoyo de los demás médicos en formación. Tendrán la libertad de cambiar su ubicación, de acuerdo con el facultativo responsable, a aquellas zonas donde la presión asistencial lo demande o el interés docente lo recomiende. Además: 1. Deberían ser capaces de asistir, bajo la supervisión del facultativo responsable al que ayudarán, en las funciones de reanimación y situaciones en las que se vean involucrados enfermos críticos. 2. Orientarán y asesorarán en lo que precisen a los médicos en formación de primer año y colaborarán con los médicos en formación de 2º año en todas sus funciones. 3. En caso de existir situaciones especiales, con enfermos conflictivos o cuando surja algún problema con implicaciones legales o partes al Juzgado, deberá poner los hechos en conocimiento del facultativo responsable, coordinador del SUH o Jefe de la guardia según corresponda.

El grado de “autonomía” del “residente mayor” (R 3º-5º año) será progresivo, pudiendo llegar a ser casi autónomo al final de su periodo de formación de la residencia, siempre que el facultativo responsable de la guardia así lo considere y acepte. En cualquier caso, cuando exista un problema que el médico considere importante, informará al facultativo responsable.

En ocasiones, el médico en formación y el facultativo responsable acordarán el papel del primero, grado de supervisión y la manera más adecuada de llevarla a cabo. Todo residente, independientemente de su experiencia o año de formación, tiene el derecho y la obligación de consultar sus dudas en cualquier momento de la guardia y solicitar ayuda y consejo a los facultativos de guardia, quienes, ya sean tutores o no, dada su condición de facultativos ligados a un Hospital Docente, tienen la obligación de prestársela.

Además, los médicos en formación deben participar en actividades de investigación, congresos, sesiones clínicas y en la publicación de artículos en revistas científicas. También han de ser conscientes de que trabajan integrados en equipos de profesionales de igual titulación pero con niveles más elevados de formación y experiencia, donde el respeto mutuo debe imperar conociendo que la disparidad de criterios y, a veces, las discusiones, finalmente resultan enriquecedoras para todos.

ANEXO IV El aneno IV incluye la normativa y recomendaciones para la solicitud y concesión de

dias de libre disposición, vacaciones, permisos para congresos, etc. Esta normativa

junto con los impresos oficiales está disponible en papel en la Secretaría de la

comisión de docencia y en: http://www.cht.es/mir2006 en la sección documentos de

interés y oficiales de los residentes.

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8.- NORMATIVA DE SESIONES DE LOS MÉDICOS

EN FORMACIÓN DEL COMPLEJO HOSPITALARIO

DE TOLEDO.

NORMATIVA DE SESIONES

DE LOS MÉDICOS EN

FORMACIÓN DEL

COMPLEJO HOSPITALARIO

DE TOLEDO

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1.- INTRODUCCIÓN - El presente documento ha sido elaborado por el grupo de trabajo creado tras la Comisión de Docencia celebrada el día 5 de octubre de 2009, con el objetivo de elaborar una normativa que actualice, sustituya y/o complete a los documentos aprobados por la Comisión de Docencia y que sirvan de referencia para la realización de las SESIONES por los médicos en formación en el Complejo Hospitalario de Toledo (CHT), de forma general y con las consideraciones oportunas para determinados servicios o áreas asistenciales. - El grupo de trabajo estará compuesto, inicialmente, por: Dra. Solange Amor Andrés (Vicepresidenta de la Comisión de Docencia y Tutora de Geriatría). Dra. Ana Pedrosa Guerrero (Representante de los médicos en formación de la Comisión de Docencia MIR). Dr. Juan Luis Orradre (Representante de los tutores de la Comisión Docencia MIR) Dr. Gabriel Sánchez Navas (Representante de los médicos en formación de la Comisión Docencia MIR). Dr. Agustín Julián Jiménez (Jefe de Estudios y Presidente de la Comisión de Docencia MIR). - El Documento elaborado por el grupo de trabajo será presentado en Comisión de Docencia para ser valorado y analizado. Tras su aprobación, pasará a ser la normativa oficial y el reglamento de organización y funcionamiento de las sesiones del CHT. Hay que tener en cuenta que se han elaborado según los acuerdos y decisiones tomadas en las distintas comisiones de docencia.

2.- OBJETIVOS, GENERALIDADES Y NORMATIVA 2.1- Objetivo de la normativa:

Crear un marco y las directrices oportunas para la organización y realización de las sesiones docentes de los médicos en formación en el CHT y así regular su cronograma, funcionamiento y evaluación. 2.2- Generalidades:

Las sesiones constituyen una parte, singular e insustituible, del aprendizaje del médico en formación y de su relación con el equipo asistencial de las unidades o servicios por las que rota y de forma global con el centro docente. Por lo tanto, deben ser integradas de acuerdo con el programa del médico en formación y la organización y actividad del centro. Desde el punto de vista docente, las sesiones clínicas añaden experiencia, conocimientos y habilidades que complementan a las conseguidas durante las rotaciones programadas y guardias. Todo ello garantizará la formación integral del médico especialista. Las sesiones (como ponente y/o participante o asistente) tienen un carácter obligatorio para el médico en formación y en su realización deben estar supervisados y orientados por sus tutores y otros colaboradores docentes (facultativos, jefes de servicio o jefe de estudios). Las distintas unidades docentes y especialidades en el CHT integran las sesiones de los médicos en formación que se organizan dentro de la estructura funcional de dichos servicios y que pueden ir variando en función de las necesidades docentes y/o asistenciales. Del mismo modo el Servicio de Urgencias contemplará un plan de sesiones complementarias a las guardias y rotaciones que en él se realicen.

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2.3- Marco legal relevante: - Orden de 22 de junio de 1995 por la que se regulan las comisiones de docencia y los sistemas de evaluación de la formación de médicos y de farmacéuticos especialistas. - Real Decreto 1146/2006 del 6 de octubre, en el que se regula la relación laboral especial de residencia para la formación de Especialistas en Ciencias de la Salud. En su artículo 4, puntos 1 y 2. “Derechos y deberes”. - Real Decreto 183/2008 de 8 febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada.

Capítulo V: deber general de supervisión y responsabilidad progresiva del residente.

- Artículo 11. El tutor. Concepto, funciones y nombramiento. - Artículo 15: La responsabilidad progresiva del residente.

3- ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO GENERAL 3.1.- ¿Quién organiza y regula las sesiones docentes?

Corresponde integrar las SESIONES de los médicos en formación a los tutores de los servicios o unidades docentes, a través de las propuestas coordinadas con los interesados y los jefes de servicio. Además existirá un responsable en el CHT (D. Rafael Cuena) de organizar las Sesiones Generales Hospitalarias con el que los tutores deberán coordinarse para organizar los calendarios. 3.2.- Sesiones Generales Hospitalarias

Las Sesiones Generales Hospitalarias (SSGGHH) se realizarán los miércoles (generalmente cada dos semanas, aunque pueden organizarse con más frecuencia) a las 8:00 horas, previo aviso por correo electrónico, cartelería y anuncio de la misma en la intranet al menos una semana antes. Las SSGGHH serán obligatorias para todos los residentes del CHT (se comprobará su asistencia a través de la firma hasta las 8:30 horas). De forma que a lo largo del año deben haber asistido al 80% de las mismas (no computarán los periodos donde el residente se encuentre en rotaciones externas fuera del CHT o si se encuentran de baja o en situaciones especiales). La SGH se podrá seguir por videoconferencia desde el Hospital Virgen del Valle. En caso de ausencias reiteradas o no cumplir este objetivo, esta circunstancia se tendrá en cuenta de forma negativa para su evaluación anual. Por otro lado, el residente que presente una SGH, tendrá un reconocimiento positivo en su evaluación. En relación con las SSGGHH se marcan dos objetivos para los servicios docentes y médicos en formación:

- Sería recomendable que cada servicio presentara o participara al menos en una SGH al año. En cualquier caso un servicio o unidad docente debe de haber presentado o participado alguna SGH en el periodo de dos años. En ellas, se debe procurar y facilitar que sean los médicos en formación los encargados de su presentación.

- Al final del periodo de la residencia, todo médico en formación debería haber participado en, al menos, una SGH. Este hecho se tendrá en cuenta y valorará en la evaluación final del periodo formativo.

3.3.- Sesiones Docentes de las Unidades y Servicios del CHT.

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Corresponde y es función del tutor, en coordinación con los médicos en formación, elaborar y entregar a Docencia Médica el calendario (mensual o trimestral) de sesiones del servicio donde se integren y participen los médicos en formación del propio servicio y los rotantes. En el caso del Servicio de Urgencias se integrará su calendario al referido como “Calendario básico para los médicos en formación de primer año”. Este/s calendario/s de sesiones deberá/n incluirse en la memoria docente del servicio que debe entregar el tutor al finalizar el año académico. 3.4.- ¿Qué tipo de sesiones se deben contemplar? Las sesiones se adaptarán a las características del servicio, pero al menos deben organizarse de forma regular:

- Sesiones clínicas (revisiones y/o casos clínicos cerrados o abiertos). Obligatorias para los médicos en formación. Debe documentarse por parte del tutor su asistencia (lista de firmas o similar) y debe certificarse por parte del tutor y/o jefe de servicio la presentación de la misma (ANEXO I). (El modelo propuesto en el anexo I, de acuerdo con Formación Continuada, servirá para poder certificar posteriormente la presentación de sesiones para los méritos de la carrera profesional).

- Sesiones de revisión bibliográficas (sería recomendable que cada médico en formación tuviese alguna publicación establecida de referencia y algún facultativo supervisor).

- Otros modelos de sesiones específicas de cada servicio. Los anexos tipo I, junto con el calendario de sesiones, deberán

entregarse a Docencia Médica de forma regular (mensual o trimestral), siendo ésta una responsabilidad del tutor.

Toda la información de las sesiones docentes se incluirá en las memorias de cada médico en formación y del servicio (anualmente). Y a su vez, en la memoria del curso académico de Docencia Médica. En la evaluación de los médicos en formación y de los servicios, se tendrá en cuenta de forma muy significativa la realización y presentación de sesiones. 3.5.- Coordinación de las sesiones del CHT Con objeto de que no haya solapamientos ni descoordinación y que cada médico en formación conozca sus obligaciones respecto a la asistencia obligatoria a las sesiones, se estableció un modelo conjunto que en el futuro podría ser modificado si se decide por la Comisión de Docencia: - Todos los médicos en formación deben asistir siempre a las SSGGHH. - Los médicos en formación de primer año deberán asistir a las sesiones de

su propio servicio y de los servicios por los que estén rotando. En el caso de los que estén en las especialidades médicas (y por lo tanto hagan guardias de urgencias de medicina interna) deberán asistir en el aula del entronque de la planta 2ª, consultando el calendario de sesiones, a las 8:00 horas de forma que: o Lunes de 8:00-9:00 horas: De forma alternativa cardiología y digestivo

se encargarán organizarlas. o Martes de 8:00-9:00 horas: De forma alternativa Medicina Interna y

Urgencias se encargarán de organizarlas. o Miércoles de 8:00-9:00 horas: SGH. Los días que no esté programada

una SGH, podrán realizarse otras sesiones.

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o Jueves de 8:00-9:00 horas: Neurología se encargará de organizarlas. Éstas se realizarán en el aula del entronque de la 3ª planta (junto a hemodiálisis).

o Viernes de 8:00-9:00 horas: Cada servicio podrá organizar sus propias sesiones. No obstante, se informa que a las 8:30 horas en el aula del centro de Salud de Palomarejos tienen lugar las sesiones de Medicina Familiar y Comunitaria.

o Otros servicios (endocrinología, hematología, oncología, etc.) se irán integrando progresivamente en los planes de sesiones.

- Los médicos en formación de 2º-5º año, deberán asistir a las sesiones de su propio servicio y de los servicios por los que estén rotando.

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ANEXO I: INFORME DE SESIÓN CLÍNICA Y ASISTENTES Servicio organizador_____________________________________________

Responsable o tutor organizador___________________________________

Tipo de Sesión__________________________________________________

Título de la Sesión_______________________________________________

Ponente/s______________________________________________________

_______________________________________________________________

Lugar de realización_____________________________________________

Fecha y horario_________________________________________________

Asistentes:

DNI Nombre y apellidos Firma

Observaciones:________________________________________________________

_____________________________________________________________________

_____________________________________________________________________

_____________________________________________________________________

____________________________________________________________

Toledo, a _____de______________________de_________

Fdo. Tutor o responsable: D/Dª____________________________________

DNI: _____________________

Fdo. Ponente de la sesión: D/Dª____________________________________

DNI: _____________________

Sello y firma Jefe de Estudios_________________________________________

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9.- INSTRUCCIONES PARA LA ASISTENCIA A

ACTIVIDADES FORMATIVAS

Esta normativa junto con los impresos oficiales está disponible en papel en la

Secretaría de la comisión de docencia y en: http://www.cht.es en docencia

médica en la sección documentos de interés y oficiales de los residentes.

10.- PLAN DE GESTIÓN DE LA CALIDAD DOCENTE

INTRODUCCIÓN y OBJETIVOS 1.- Presentación y objetivos generales

La existencia de un PGCD en el CHT es necesaria para conseguir avanzar hacia la excelencia en la Docencia en el propio Centro y adecuar la estructura, formación, funciones y actividades de la CD de acuerdo con la normativa legal estatal (MSPS) y autonómica (SESCAM). Además, debe de ser una de las garantías principales que sirvan a los equipos auditores para comprobar que la docencia en el CHT cumple con los requisitos de calidad para desempeñar su actividad docente. Para ello, es imprescindible que el PGCD esté en consonancia con las líneas estratégicas CHT y sea aprobado simultáneamente por la CD y la Comisión de Dirección del CHT. Sin el PGCD las acciones podrían ser incoordinadas, carecer de objetivos estratégicos y su desarrollo e impacto sería difícil de evaluar. De la misma forma, estará en la línea marcada por el PC-SNS, la Agencia de Calidad del SNS y cualquier otro plan de auditorias externas dependientes del Gobierno Central o del de Castilla La Mancha.

El artículo 29 sobre la “evaluación y control de la calidad de la estructura docente” del RD 183/2008 por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada, señala que:

- Las CD del centro o unidad docente elaborarán un PGCD respecto a la/s unidad/es de las distintas especialidades que se formen en su ámbito. Dicho plan se aprobará y supervisará por la CD con sujeción a los criterios que establezcan las comunidades autónomas a través de los órganos competentes en materia de FSE y la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud. - En los mencionados PGCD se contará con la participación de los residentes que anualmente evaluarán, a través de encuestas o de otros instrumentos que garanticen el anonimato, el funcionamiento y adecuación de los recursos humanos, materiales y organizativos de la unidad en la que se estén formando, así como el funcionamiento, desde el punto de vista docente, de las distintas unidades asistenciales y dispositivos por los que roten por sus periodos formativos. - La Orden SCO/581/2008, de 22 de febrero, por la que se publica el Acuerdo de

la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, por el que se fijan criterios generales relativos a la composición y funciones de la Comisión de Docencia, a la figura del Jefe de Estudios de formación especializada y al nombramiento del tutor, indica que es función de las CD aprobar el PGCD del centro o unidad docente, supervisando su cumplimiento, a cuyos efectos les será facilitada cuanta información

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sea necesaria por los responsables de las unidades asistenciales y por los correspondientes órganos de dirección y gestión.

Asimismo, esta Orden indica que es función del Jefe de Estudios supervisar el PGCD del Centro o Unidad.

El PGCD permitirá que el CHT como centro docente integral se pueda adaptar a las nuevas necesidades y retos que se identifiquen en la FSE y conseguir una mejora continua de la calidad docente.

El PGCD del CHT será sólo uno, pero incluirá la gestión de las Unidades Docentes para cada una de las especialidades acreditadas del CHT. No obstante, es recomendable el desarrollo de un PGCD en las Unidades Docentes Extrahospitalarias para especialidades como Medicina Familiar y C0omunitaria, Medicina Preventiva y Salud Pública y Medicina del Trabajo.

El PGCD se revisará anualmente por la Dirección del CHT, la CD y la Comisión de Calidad del CHT. Es decir, se asume la importancia que tiene la adaptación continua del PGCD a las particularidades y circunstancias del CHT y Castilla La Mancha. Por ello, cada año coincidiendo con su revisión se incluirán los aspectos y elementos que la CD considere oportunos.

El PGCD deberá conseguir que los profesionales que se incorporen a los PFE en el CHT para realizar su periodo de residencia, alcancen las competencias propias de cada especialidad y las comunes a las profesiones sanitarias, que les permitan ejercer su profesión con el objetivo de prevenir, cuidar y promocionar la Salud de la sociedad donde ejerzan su actividad.

Dado que la actividad docente del CHT se considera en última instancia como una tarea y misión implícita del propio centro docente, será imprescindible que el PGCD sea conocido y cuente con la colaboración de todos los profesionales del CHT.

De forma genérica los objetivos del PGCD son:

Cumplir los objetivos de los programas formativos para los residentes

Gestionar la actividad formativa de forma adecuada

Asegurar que los residentes llevan a cabo una prestación asistencial acorde a su nivel formativo

Teniendo en cuenta estos requisitos, el CHT debe identificar los procesos involucrados en la formación de especialistas, así como sus interrelaciones. Para el desarrollo de este PGCD debe atenderse a los siguientes aspectos:

Compromiso de la dirección del CHT como Centro Docente

Soporte documental del PGCD

Recursos empleados en la Docencia

Medición, análisis y mejora del PGCD Los elementos esenciales del PGCD serán: 1.- La Misión, Visión y Valores Docentes del CHT:

- La Misión Docente es el motivo principal para el que el Centro/Unidad realiza actividades formativas - La Visión Docente consiste en establecer el punto donde se quiere llegar en relación con las actividades formativas - Los Valores son los recursos de excelencia con los que se cuenta.

2.- Los objetivos estratégicos docentes. Cada objetivo seleccionado debe ser fácilmente medible, mediante al menos un indicador. En el punto 2.2 se exponen los objetivos mínimos a cumplir y otros muy recomendables para acercarse a la excelencia en la docencia. Los objetivos mínimos incluyen los establecidos por la Asociación de Redes Docentes Y Asesoras (AREDA) en su reunión anual de 2008.

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3.- Los indicadores. Deben ser objetivos y fáciles de obtener. Se establecerá una meta o “unos mínimos resultados” a alcanzar para cada uno de ellos. Su evaluación y revisión se realizará, al menos, anualmente. 4.- Sistema de evaluación. Comprende la evaluación interna y la externa. La evaluación interna se realizará por la CD que verificará el cumplimiento de los objetivos a través del análisis de los indicadores, ésta se llevará a cabo con una frecuencia anual. El resultado de la evaluación debe ser validado por la Dirección del CHT y será hecho público. La evaluación externa dependerá del PC-SNS y de las Agencias de Calidad del SNS y/o Comunidades Autónomas (Auditorias). 5.- Iniciativas y acciones de mejora. Se derivarán del resultado de las evaluaciones internas o externas. Son necesarias para corregir las deficiencias observadas y se traducirán en la elaboración del “Plan de mejora de las deficiencias observadas”.

2.- Objetivos del PGCD del CHT La definición del conjunto de objetivos del PGCD persigue identificar y

determinar las áreas donde existen oportunidades de mejora, y otras que se consideren prioridades para la organización de la Docencia en el CHT. La consecución de un objetivo puede depender, en ocasiones, del logro de otro/s.

Objetivos del PGCD del CHT: - Señalar las estrategias o líneas básicas del PGCD para su creación y revisión anual. - Adecuar y mejorar la estructura del centro y de las unidades docentes para favorecer la actividad docente del residente (personal, medios, ratios, espacios, técnicas, etc). - Mejorar la cartera de actividades docentes de todos los servicios y unidades docentes para que sean funcionales, eficaces y atractivas para los residentes (Plan de formación transversal, sesiones generales hospitalarias, sesiones en los servicios, cursos, tesis doctorales, proyectos de investigación, congresos, publicaciones, comunicaciones, etc). - Satisfacer las necesidades y expectativas docentes de los residentes. - Mejorar el nivel de atracción del CHT y sus Unidades Docentes. - Elaborar guías o itinerarios formativos para todas las especialidades acreditadas, que garanticen el cumplimiento de los objetivos del programa oficial de cada especialidad. - Elaborar planes individuales de formación para todos los residentes, adecuados a las guías o itinerarios formativos de su especialidad y a sus características personales. - Asegurar el cumplimiento de los objetivos de los programas formativos de los especialistas en formación. - Completar y asegurar la formación transversal común (PTCF) o plan transversal común del residente garantizando así la formación continua de cada resiente y su formación en las competencias transversales. - Revisar la capacidad docente del CHT: Revisar y ampliar si procede, el número de plazas acreditadas en cada especialidad y valorar el incremento de especialidades acreditadas. - Elaborar el “Plan de acogida de los nuevos residentes” anualmente. - Elaborar el “Plan de despedida de los residentes al término de su residencia”

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- Realizar la memoria docente anualmente. - Realizar el Plan Formativo del CHT anualmente. - Presentación y actualización de los contenidos de la página Web de intranet e internet de Docencia del CHT anualmente. - Análisis y aprobación de las rotaciones externas de los residentes del CHT por la CD. - Completar y mejorar el método de la evaluación formativa (trimestral – anual) de los residentes - Completar y mejorar la evaluación de los servicios o unidades docentes, del CHT y de la CD. - Garantizar la integración de la actividad asistencial y formativa de los residentes integrados como personal del CHT. - Asegurar que los residentes llevan a cabo una prestación asistencial acorde a su nivel formativo. - Fomentar y favorecer, asegurando la realización de unos mínimos establecidos, las actividades docentes, investigadoras y de formación de los residentes (participación en congresos, comunicaciones, ponencias, publicaciones, proyectos de investigación, tesis doctorales, etc) en relación con su programa común y su especialidad. - Fomentar, favorecer, asegurar y mantener la capacitación docente de los tutores en relación a la metodología y evaluación de la docencia de especialistas en formación. - Asegurar que los tutores reúnen los requisitos necesarios para ser acreditados y reacreditados por la CD a través de la normativa de tutores del CHT. - Fomentar y asegurar la realización de las reuniones y actividades periódicas de la CD. - Favorecer y asegurar la integración de la CD y del Jefe de Estudios en las instituciones y organismos relacionados con la formación especializada (MSPS, ACSNS, SESCAM, AREDA, AEMIR, etc). - Supervisar, revisar y actualizar anualmente el PGCD por parte del Jefe de Estudios y la CD. Adecuar y mejorar la estructura del centro y de las unidades docentes para favorecer la actividad docente del residente (personal, medios, ratios, espacios, técnicas, etc). - Difundir el PGCD y sus resultados de forma anual a todos los especialistas en formación y profesionales del CHT.

3.- Normativa aplicable o referencias normativas

- Ley 44/2003 de 21 de noviembre (de ordenación de las profesiones sanitarias): Sección II. De la estructura y la Formación en las Especialidades en Ciencias de la Salud. - Real Decreto 1277/2003, por el que se establecen las bases generales sobre la autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios. - Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. - Orden del 3 de febrero de 2004 de la Dirección General de Atención Sanitaria del SESCAM: Instrucciones sobre la asistencia a distintas actividades formativas por los profesionales de instituciones sanitarias del SESCAM. - Real Decreto 1146/2006 del 6 de octubre, en el que se regula la relación laboral especial de residencia para la formación de Especialistas en Ciencias de la Salud. - D.O.C.M Número 100 de 14 de mayo de 2007 págs 12356-7: Resolución de 26-04-2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se ordena la publicación del

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Acuerdo suscrito entre el Servicio de Salud de Castilla La Mancha y las Organizaciones Sindicales sobre condiciones laborales y económicas del personal sanitario en formación por el sistema de residencia. - Real Decreto 183/2008, de 8 febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada. - La Orden SCO/581/2008, de 22 de febrero, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, por el que se fijan criterios generales relativos a la composición y funciones de la Comisión de Docencia, a la figura del Jefe de Estudios de formación especializada y al nombramiento del tutor. - Programas formativos de las Especialidades. Todos ellos accesibles en: http://www.msc.es/profesionales/formacion/guiaFormacion.htm

4.- Compromiso de la Dirección del CHT como Centro Docente

La Dirección del CHT asume los compromisos y requisitos que implica la acreditación del Complejo como Centro Docente para la FSE de postgrado. En este sentido la Dirección/Gerencia del Centro debe:

1.- Dar apoyo expreso a la CD, Jefe de Estudios y personal implicado en la Docencia (Tutores, Colaboradores Docentes, Jefes de Servicio) así como a los propios especialistas en formación en todas sus funciones relacionadas con la docencia y participar en la integración de la actividad asistencial de los mismos de acurdo con las normativas propias de la CD y las Autonómicas y nacionales.

2.- Establecer una política de calidad de la CD y actuar siguiendo las directrices de la Comisión de Garantía de Calidad del CHT.

3.- Establecer los objetivos de calidad en los niveles pertinentes y planificar las actividades y recursos necesarios que aseguren los objetivos específicos o estratégicos del PGCD del CHT (punto 2.2).

4.- Asegurar la disponibilidad de los recursos humanos y materiales necesarios. 5.- Realizar la aprobación formal del PGCD junto con la CD del CHT. 6.- La Dirección del centro debe revisar, cada año, el PGCD y todos los datos e

información procedentes de: 6.1.- Seguimiento de los objetivos de calidad 6.2.- Análisis de recursos, capacidad docente del CHT y de la Formación continuada. 6.3.- Resultados de las auditorias docentes realizadas por la ACSNS u otros organismos autonómicos. 6.4.- Sugerencias o reclamaciones de los residentes, de los pacientes y de la Administración. 6.5.- Información sobre la satisfacción de los residentes. 6.6.- Resultados de los indicadores de seguimiento de los procesos formativos. 6.7.- Estado de las acciones correctivas o preventivas. 6.8.- Acciones de seguimiento de acciones procedentes de revisiones anteriores. 6.9.- Los cambios que pudieran afectar al PGCD establecido. 6.10.- Las recomendaciones para la mejora. Los resultados de esta revisión deben quedar registrados y desde ellos se elaborará una Memoria Docente anual de la CD (En relación con el calendario docente, no por años naturales).

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5.- Organigrama de la organización de la Docencia del CHT

Comisión de Dirección del CHT Director Gerente del CHT

Directores de las Áreas Médica y Quirúrgica

Jefe de Estudios

Comisión de Docencia

Representantes electos

de los Residentes

Representantes electos

de los Tutores

Vicepresidente Comisión de Docencia

Jefe de Residentes

Tutores

Comité de evaluación

Jefes de las unidades

asistenciales

Residentes

Colaboradores Docentes

Resto de personal del CHT implicados con la

actividad docente

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6.- Mapa de procesos del Complejo Hospitalario de Toledo

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Procesos de medición y mejora: se considera a los estratégicos, que sientan las bases que garantizan la correcta implantación del PGCD, facilitan la toma de decisiones porque aseguran su despliegue y controlan su aplicación.

Procesos operativos o docentes: se consideran a los que “suponen la razón de ser” de la formación. Son los que se refieren directamente al trabajo con las personas en el desarrollo de las competencias previamente definidas y con los estándares de calidad previamente establecidos y que tendrán como resultado la formación de especialistas.

Procesos de apoyo o soporte: Son los que proporcionan todos los recursos (personales, materiales, metodológicos) necesarios para que los procesos operativos se cumplan.

Recursos humanos para la actividad docente del CHT

- El CHT debe contar con un Jefe de Estudios con dedicación específica o completa (cuando el nº de especialistas en formación sea mayor a 200) y prioritaria para la formación especializada, siendo responsable de su planificación, organización, gestión y supervisión. El Jefe de Estudios debe ejercer su responsabilidad docente en una situación de superioridad jerárquica respecto a las jefaturas asistenciales. El Jefe de Estudios no debe tener otras responsabilidades de gestión, sobre todo de tipo asistencial, en otras áreas distintas a la Docencia. El jefe de estudios dependerá jerárquicamente de la dirección del CHT que garantizará su autonomía de gestión.

- El CHT y la CD deben garantizar la asignación de un tutor a cada uno de los residentes y su disponibilidad y facilidad para ejercer sus funciones a través de su adecuada dedicación según lo dispuesto en el RD 183/2008 y la normativa de Tutores 2010 del CHT.

- El CHT y la CD deben garantizar la asignación de un Colaborador Docente a cada uno de los residentes (del propio CHT o rotantes por el CHT de otros Centros Docentes de Castilla La Mancha y otras Comunidades Autónomas) en sus rotaciones por los distintos servicios o Unidades Docentes del CHT.

- El CHT dispondrá de una Secretaria específica para la CD.

- Recursos materiales para la actividad docente

- El CHT dispondrá de un despacho y/o sala de reuniones para el Jefe de Estudios y los miembros de la CD

- El CHT dispondrá de un espacio adecuado para la secretaría de la CD y la custodia de todos los documentos y expedientes de los residentes

- El CHT garantizará todos los recursos materiales, espacios físicos y necesidades para que la actividad docente de la CD y de las unidades docentes se realicé adecuadamente, de acuerdo con el número de residentes y especialidades.

- Docencia Pregrabo

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En la actualidad, la Docencia de Pregrabo viene enmarcada por la necesaria referencia al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), iniciado con la declaración de Bolonia de 1999, y que contempla implantar un sistema de créditos comparables y compresibles según las cargas de trabajo y formación en competencias. El nuevo modelo requiere la total integración de estudios preclínicos y clínicos, con una mayor implicación docente del SNS. Castilla La Mancha forma ya parte del sistema de formación de la Universidad. Así, como en el caso de los especialistas en formación se ha de implantar una serie de indicadores que sean mediales y evaluables y que puedan ser utilizados para la formación pregrabo de otros profesionales sanitarios como enfermería, terapias ocupacionales, etc.

3.- MEDICIÓN, ANÁLISIS Y MEJORA DEL PGCD

Para ello se debe documentar:

- Satisfacción del residente con su propia unidad o servicio y con el CHT: se evaluará de forma anual en relación al funcionamiento, adecuación de los recursos y equipamiento y calidad de la docencia recibida.

- Satisfacción y evaluación con las rotaciones efectuadas por el residente: se evaluaran de forma anual.

- Auto evaluación y auditorias internas: Independientemente de la revisión por parte de la CD y de la Dirección del CHT del PGCD de forma anual, se establecerán auditorias internas de varios niveles a los servicios o unidades docentes, tutores y residentes por parte de los comités organizados por miembros de la CD a tal efecto. La Dirección del CHT se asegurará de que se toman las medidas adecuadas para la resolución de las no conformidades detectadas durante las revisiones y auditorias internas, asumiendo la realización del seguimiento de estas acciones y la verificación de su eficacia.

- Indicadores para realizar la medición y seguimiento: la dirección del CHT junto con la CD establecerán los “indicadores de los procesos docentes” que aseguren la revisión de su capacidad para alcanzar los resultados previstos planificados. En el caso de no alcanzarse los resultados previstos, se tomarán las medidas correctivas oportunas.

- Control de las no conformidades: cualquier incumplimiento de los establecidos en el PGCD por parte del CHT o de los resultados esperados en relación con los objetivos y procesos docentes, debe de registrarse y solucionarse en el menor tiempo posible. Además, se realizarán las acciones pertinentes para prevenir su repetición.

El CHT establecerá la sistemática para la identificación, registro y tratamiento de las no conformidades y sus acciones correctivas posteriores.

Se establecerá el registro de la naturaleza de las no conformidades, el análisis de las causas que las originaron y las acciones tomadas posteriormente (indicando actividades, responsables, fechas y seguimiento de su eficacia).

- Mejora: la dirección del centro definirá la operativa seguida para el establecimiento y registro de acciones de mejora orientadas a incrementar la satisfacción de los residentes, pacientes (y familiares) y la Administración con la docencia de postgrado

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impartida en el CHT. En el registro de estas acciones de mejora, se deben incluir actividades, responsables, plazos y seguimiento de su implantación.

INDICADORES DE PROCESO

Los criterios generales que se deben tener en cuenta al establecer el nivel de cumplimiento de los objetivos anteriormente enunciados en el punto 2.2 son:

- Se deben mejorar los resultados obtenidos previamente

- En los casos donde se hubiera alcanzado el nivel de excelencia, en los que el objetivo será repetir el nivel alcanzado.

- El nivel mínimo pactado se establecerá en la media del grupo al que pertenece el CHT.

Los indicadores deberán ser claros, realizables y que puedan responder a los objetivos planteados en el Plan estratégico.

En una primera etapa de implantación y desarrollo del PGCD en el CHT (2010-2011) se valorarán los indicadores de la tabla 1, que incluyen todos los sugeridos por AREDA y la SGOP del MSPS en sus documentos para la “Realización del Plan de Gestión de la Calidad Docente de los Centros Acreditados para la Formación de Postgrado” dados a conocer a final de 2008.

Tras la revisión y análisis de los indicadores en 2011, se ajustarán los estándares, se plantearán las acciones de mejora para los no conseguidos, se fortalecerán los conseguidos y se irán incorporando los indicadores algunos de los señalados en la tabla 2 y otros a criterio de la CD y la Dirección del CHT.

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Tabla 1: indicadores 2010-2011

INDICADOR ATRIBUTO CÁLCULO

ESTÁNDAR FUENTE DE INFORMACIÓN O

HERRAMIENTAS DE MEDICIÓN PERIODICIDAD DE MEDICIÓN

RESPONSABLE DE LA

EVALUACIÓN

Índice de satisfacción global de los residentes (%) (Será importante detectar todas las NO satisfacciones, para estudiar si son debidas a deficiencias reales, sus causas y ver la forma de solucionarlas)

Organización para la docencia de CHT

% (muy poco satisfecho, no satisfecho, satisfecho, bastante satisfecho, totalmente satisfecho) 70% satisfacción

Encuesta de satisfacción de los residentes Encuesta de satisfacción de los representantes de los residentes

Anual CD

Índice de satisfacción global de los residentes con la formación recibida en las rotaciones por diferentes servicios (%) (Será importante detectar todas las NO satisfacciones, para estudiar si son debidas a deficiencias reales, sus causas y ver la forma de solucionarlas)

Organización para la docencia de CHT

% (muy poco satisfecho, no satisfecho, satisfecho, bastante satisfecho, totalmente satisfecho) 70% satisfacción

Encuesta de satisfacción de los residentes de las rotaciones Encuesta de satisfacción de los representantes de los residentes

Anual CD

Valoración global de la docencia y CD por los residentes En caso de no llegar al estándar se creará una comisión con representantes de tutores y residentes para evaluar la situación y promover soluciones

Organización para la docencia de CHT

% (muy mala, mala, buena, muy buena, excelente) 70% satisfacción

Encuesta de satisfacción de los residentes Encuesta de satisfacción de los representantes de los residentes

Anual CD

Valoración global del propio servicio o unidad por sus residentes (Será importante detectar las NO satisfacciones para analizar con todos los implicados del servicio las causas y promover soluciones y acciones correctoras. Podrán dar lugar a auditorias internas o externas)

Organización para la docencia de CHT

% (muy mala, mala, buena, muy buena, excelente) 70% satisfacción

Encuesta de satisfacción de los residentes Encuesta de satisfacción de los representantes de los residentes

Anual CD

Valoración del Jefe de Estudios por los representantes de los tutores y residentes

Organización para la docencia de CHT

% (muy mala, mala, buena, muy buena, excelente) 75% satisfacción

Encuesta de satisfacción de los representantes de los tutores y residentes

Anual CD

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Valoración de la dedicación y funciones de los tutores (Será importante detectar las NO satisfacciones para analizar con todos los implicados las causas y promover soluciones y acciones correctoras. Podrán dar lugar a auditorias internas)

Organización para la docencia de CHT

% (muy mala, mala, buena, muy buena, excelente) 75% satisfacción

Encuesta de satisfacción de los residentes Encuesta de satisfacción de los representantes de los residentes

Anual CD

Porcentaje de especialidades acreditadas con guía formativa actualizada (%)

Organización para la docencia de CHT

100% Secretaría de Docencia Guía formativa incluida en el Plan de Formación del CHT

Anual CD

Porcentaje de residentes con plan individual de formación (PIF) (%)

Organización para la docencia de CHT

100% Secretaría de Docencia PIF elaborado de la Guía Formativa del servicio o Unidad

Anual CD

Porcentaje de residentes que cumplimentan y entregan la memoria anual (libro del residente) validada por el tutor, Jefe de servicio y Jefe de estudios (%)

Organización para la docencia de CHT

100% Secretaría de Docencia Memoria personal de cada residente

Anual CD

Porcentaje de servicios que cumplimentan y entregan la memoria anual validada por el tutor y Jefe de Servicio (%)

Organización para la docencia de CHT

100% Secretaría de Docencia Memoria del servicio

Anual CD

Porcentaje de residentes con fichas de rotaciones cumplimentadas (%)

Organización para la docencia de CHT

90% Secretaría de Docencia Modelo ficha de rotación

Anual CD

Porcentaje de residentes con 4 entrevistas/año documentadas con el tutor (%)

Organización para la docencia de CHT

60% Secretaría de Docencia Modelo entrevista trimestral

Anual CD

Porcentaje de residentes con el informe formativo anual del tutor/jefe de servicio (%)

Organización para la docencia de CHT

60% Secretaría de Docencia Modelo informe anual del tutor o Jefe de servicio

Anual CD

Porcentaje de residentes que han presentado al menos una sesión al año (%)

Formación, docencia e investigación del CHT

95(100)% Secretaría de Docencia Memoria anual del residente Memoria del Servicio

(4-5 años) CD

Porcentaje de residentes con al menos una comunicación o póster al año (%) Porcentaje de residentes con al menos una comunicación o póster durante su residencia (%)

Formación, docencia e investigación del CHT

25-50% 90(100)%

Secretaría de Docencia Memoria anual del residente Memoria del Servicio

Anual (4-5 años)

CD

Porcentaje de residentes con al menos una publicación al año (%) Porcentaje de residentes con al menos una

Formación, docencia e investigación del

25-50%

Secretaría de Docencia Memoria anual del residente Memoria del Servicio

Anual

CD

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publicación en revistas biomédicas en su residencia (%)

CHT 90-100%

(4-5 años)

Porcentaje de residentes que han participado en al menos un proyecto de investigación durante la residencia (%)

Formación, docencia e investigación del CHT

25-50% Secretaría de Docencia Memoria anual del residente Memoria del Servicio

(4-5 años) CD

Porcentaje de residentes que han realizado cursos de doctorado durante la residencia (%)

Formación, docencia e investigación del CHT

25-50% Secretaría de Docencia Memoria anual del residente Memoria del Servicio

(4-5 años) CD

Porcentaje de residentes que completan el PTCF (%)

Formación, docencia e investigación del CHT

100% PTCF de la CD año 2010-2011 Cursos recomendados y actividades y obligatorias para los residentes

Anual (4-5 años)

CD

Índice de satisfacción de los residentes con el PTCF (%)

Formación, docencia e investigación del CHT

% (muy mala, mala, buena, muy buena, excelente) 70% satisfacción

Encuestas de satisfacción tras los cursos realizadas por Comisión de Formación Continuada

Anual (4-5 años)

CD

Porcentaje de residentes cuyo programa incluye la rotación por Atención Primaria que la realizan (%)

Organización para la docencia de CHT

90(100)% Secretaría de Docencia Memoria anual Plan de formación individual

Anual (4-5 años)

CD

Porcentaje de tutores formados en metodología docente (%)

Formación, docencia e investigación del CHT

50% Plan común para los tutores Plan formativo del y registro de CFC Secretaría de Docencia

Anual CD

Porcentaje de servicios que aportan calendario o programa de sesiones y documentan su realización regularmente (%)

Organización para la docencia de CHT

70% Registro de la Secretaría de Docencia

Anual CD

Porcentaje de servicios que aportan calendario de guardias a la secretaría docente (%)

Organización para la docencia de CHT

70% Registro de la Secretaría de Docencia

Anual CD

Número de residentes por tutor (máximo de 5 por tutor) Servicios/unidades con el número de tutores señalado por la normativa de tutores

Organización para la docencia de CHT

Media total < 6 R/T 90(100)%

Registro de la Secretaría de Docencia

Anual CD

Representantes de tutores elegidos en proceso electoral

Organización para la docencia de CHT

100% Registro de la Secretaría de Docencia. Documentos elecciones

Bianual CD

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Representantes de residentes elegidos en proceso electoral

Organización para la docencia de CHT

100% Registro de la Secretaría de Docencia. Documentos elecciones

Anual CD

Porcentaje de rotaciones externas gestionadas correctamente en tiempo y forma (aprobadas por la CD y el SESCAM) (%)

Esfuerzo organizativo docente de la CD

90-100% Registro de la Secretaría de Docencia. Requisitos y normativas para las rotaciones

Anual CD

Porcentaje de rotaciones internas gestionadas correctamente en tiempo y forma por los tutores (incluidas en su PIF) (%)

Esfuerzo organizativo docente de la CD

90-100% Registro de la Secretaría de Docencia. Requisitos y normativas para las rotaciones

Anual CD

Rotación en los servicios/unidades del CHT por residentes de otros centros docentes gestionadas correctamente en tiempo y forma (%)

Esfuerzo organizativo docente de la CD

90-100% Registro de la Secretaría de Docencia. Requisitos y normativas para las rotaciones

Anual CD

Porcentaje de plazas ofertadas de las acreditadas en el CHT (%)

Capacidad docente del CHT

90% Oferta anual de plazas docentes del CHT

Anual CD

Porcentaje de plazas ofertadas en la convocatoria anual que son asignadas o elegidas durante el proceso de adjudicación oficial (%)

Capacidad docente del CHT

90% Registro de adjudicación de plazas del MSPS

Anual CD

Porcentaje de residentes que afirman conocer el PGCD (%)

Organización para la Docencia

90-100%

Entrega y comunicación personal a cada uno de ellos, publicación del mismo en papel y en intranet-internet

Anual CD

¿Existe un plan de acogida al residente actualizado cada año?

Organización para la Docencia

Si/no Documentación Secretaría de Docencia.

Anual CD

¿Existe una memoria anual de Docencia del CHT?

Organización para la Docencia

Si/no Documentación Secretaría de Docencia.

Anual CD

¿Existe un Plan de Formación anual del CHT? Organización para la Docencia

Si/no Documentación Secretaría de Docencia.

Anual CD

Porcentaje de miembros de la Comisión de docencia con nombramiento oficial (%)

Organización para la Docencia

100% Registro de la Secretaría de Docencia.

Anual CD

CD: Comisión de Docencia; CHT: Complejo Hospitalario de Toledo; AFI: Acciones Formativas Internas; PTCF: Plan Transversal Común de Formación; CFC: Comisión de Formación Continuada; PIF: Plan individual de formación. En rojo se incluyen los aspectos computables para el cálculo del % del estándar del indicador. En este primer año, algunos estándares tienen marcado un intervalo inicial donde se espera que se encuentre el indicador y en otros se señalan un % que corresponde a este año docente (2010-11) y entre paréntesis el que se aplicará directamente en el 2011-12. Cuando el indicador responde con si/no, el estándar siempre será sí.

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