guia de sobre la aplicaciÓn del ebdh en la acciÓn - … · 4 1. que sÓn los derechos humanos....
TRANSCRIPT
2
GUIA DE SOBRE LA APLICACIÓN DEL EBDH EN LA ACCIÓN
HUMANITARIA.
JORNADAS “EL ENFOQUE BASADO EN DERECHOS HUMANOS EN LA ACCIÓN
HUMANITARIA: LOS CASOS DE SIRIA Y TERRITORIO PALESTINO OCUPADO”.
29 de Octubre y 4, 5, 12, 19 y 26 de Noviembre de 2015, Universidad Internacional de
Andalucía, Sevilla.
3
1. Qué son los Derechos Humanos.
2. Qué es el EBDH.
3. El EBDH para Naciones Unidas.
4. El EBDH en la cooperación andaluza
5. Conclusiones: EBDH en la acción humanitaria “Retos,
Implementación y Buenas Prácticas.
4
1. QUE SÓN LOS DERECHOS HUMANOS.
Los derechos humanos son facultades que, en cada momento histórico, concretan los valores
de dignidad, libertad, igualdad, no discriminación, solidaridad, seguridad, justicia. Son
derechos y libertades que han sido reconocidos por la comunidad internacional y que están
protegidos por instrumentos legales internacionales. Se consensuaron en el siglo XX, con el
objetivo de instituir un nuevo orden global en respuesta a la devastación ocasionada por la
Segunda Guerra Mundial.
Son el resultado del trabajo realizado, a lo largo de los años, por muchas personas a través de
corrientes filosóficas, políticas, espirituales y/o religiosas. Gracias a este trabajo se ha
conseguido generalizar la aceptación de la dignidad de los hombres y mujeres. Esto que ahora
resulta obvio no lo ha sido durante mucho tiempo, y es muy importante resaltarlo porque la
dignidad es la base de los derechos humanos.
Los Estados tienen la obligación de proteger, respetar y cumplir los compromisos adoptados en
el marco internacional, regional y nacional de protección de estos derechos.
Aunque se ha hablado de distintas generaciones de derechos humanos, hoy en día cada vez se
habla más de la indivisibilidad e interdependencia de éstos.
Los principios y características comunes a todos los derechos humanos son:
- Universales: son para todos los hombres y mujeres.
- Indivisibles: los derechos tienen el mismo rango, no cabe dividirlos en categorías que
prioricen unos sobre otros.
- Interdependencia e interrelación: la realización de un derecho depende muchas veces
del reconocimiento de otros (ej., el derecho a la vida y el derecho a la salud son
interdependientes).
- Inalienables: no se transmiten a otros.
- Irrenunciables: no se puede renunciar a ellos.
- Imprescriptibles: no se pierden ni se adquieren por el paso del tiempo.
- Limitados: mis derechos tienen límites en los derechos de los demás.
- Participación: la construcción de ciudadanía es imprescindible para que se
- garanticen los derechos humanos.
- Responsabilidad, transparencia y rendición de cuentas: son necesarios
- en las relaciones entre los poderes públicos y los ciudadanos
- Inviolables: nadie puede permanecer ajeno a su violación.
5
2. QUÉ ES EL EBDH.
3.
El Enfoque Basado en Derechos es un marco conceptual que desde un punto de vista
normativo se basa en estándares internacionales de Derechos Humanos y desde un plano
operativo se dirige a la promoción y protección de los derechos humanos.
Este enfoque describe las situaciones no en términos de necesidades humanas o de desarrollo,
sino en términos de derechos, y sus correlativas obligaciones.
Incorpora por tanto una nueva visión en la cooperación internacional al desarrollo al promover
la realización de los derechos humanos y fortalecer las capacidades de los titulares de
derechos, para poder hacer efectivos éstos así como las capacidades de los titulares de
obligaciones, para poder cumplir las mismas.
La incorporación de este enfoque en los proyectos de cooperación al desarrollo supone un
cambio de orientación no solo en las acciones sino en el propio análisis del problema, la
identificación de proyectos y en la metodología y desarrollo de los mismos.
Desde este enfoque todas nuestras acciones se dirigen a la promoción y protección de los
derechos humanos, y deben estar en cualquier caso orientadas por los principios básicos que
definen los derechos humanos, esto es:
– Universalidad
– No discriminación e igualdad
– Participación
– Interdependencia de derechos.
– Responsabilidad
El EBDH está basado en los valores, principios y normas universales, propios de la dignidad de
la persona humana, que se refieren a la vida, libertad, igualdad, seguridad, participación
política, bienestar social y cualquier otro aspecto ligado al desarrollo integral de la persona, y
que se sustentan en los derechos humanos (1).
La incorporación de los derechos humanos en el ámbito de la cooperación para el desarrollo
ha ido paralelo al propio desarrollo de los propios derechos, así como a cambios sustanciales
en las formas de entender y de trabajar en cooperación. Antes de la década de los 90, los
derechos humanos sólo se consideraban en las organizaciones de derechos humanos,
6
dedicadas sobre todo a la defensa y protección de los derechos civiles y políticos, mientras que
las organizaciones de desarrollo estaban más centradas en el trabajo asociado a cubrir
necesidades humanas que solo más adelante se relacionarían con los derechos económicos,
sociales y culturales.
La incorporación del EBDH en España no ha seguido un camino claro y todavía le queda largo
trecho por recorrer. Aunque se han dado los primeros pasos, con su incorporación en el III Plan
Director de la Cooperación y en la práctica a través de los formularios de subvenciones de
algunas agencias de cooperación, no debemos perder de vista la importancia de la forma en
que se realizan los procesos. Los distintos actores de cooperación deben ser conscientes de las
implicaciones de toda aplicación del EBDH y de la formación y capacitación necesarias para
que se aplique de manera real y no quede plasmado solamente en la presentación de un
formulario.
Un desarrollo basado en este enfoque, pretende transformar las relaciones de poder que
existen, corregir las desigualdades, las prácticas discriminatorias y el injusto reparto de poder,
por ser estos los principales problemas que obstaculizan el desarrollo. Por tanto, y viendo el
EBDH de forma operativa.
El objetivo del desarrollo es la plena realización de los derechos de las personas. El contenido
de las normas internacionales de derechos humanos marca los objetivos que debemos
conseguir. Los principios y los valores son las vías para conseguir estos objetivos:
Hay dos argumentos principales en favor del enfoque basado en los derechos humanos:
- El argumento intrínseco, que reconoce que el enfoque basado en los derechos
humanos es lo correcto desde el punto de vista moral o jurídico.
- El argumento instrumental, que reconoce que un enfoque basado en los derechos
humanos conduce a resultados mejores y más sostenibles en materia de desarrollo
humano. En la práctica, la razón para aplicar un enfoque basado en los derechos
humanos suele ser una mezcla de ambos argumentos.
Entre los principios operacionales que deben observarse en el proceso de programación
figuran los siguientes: universalidad e inalienabilidad; indivisibilidad; interdependencia e
interrelación; igualdad y no discriminación; participación e inclusión, y rendición de cuentas e
imperio de la ley. La cuestión de añadir valor recurre primordialmente al argumento
instrumental en favor del enfoque basado en los derechos humanos.
http://www.aecid.es/Centro-
Documentacion/Documentos/Evaluaci%C3%B3n/EvaluacionEBDH%20+%20NIPO+%20logo.pdf
7
Importa señalar que el enfoque basado en los derechos humanos se propone aprovechar y
aprender de las enseñanzas extraídas de las buenas prácticas de desarrollo, en lugar de
descartarlas, y reforzar los argumentos en favor de una aplicación más uniforme de esas
enseñanzas. Tanto los datos objetivos como la práctica demuestran la importancia decisiva
que tienen para el desarrollo muchos resultados de derechos humanos, como la mejora de la
educación de las niñas, la mejora de la seguridad de tenencia y la mejora del acceso de la
mujer a la tierra, así como la importancia de los derechos civiles y políticos para la buena
gobernanza.
El valor práctico de un enfoque basado en los derechos humanos para el desarrollo reside en
lo siguiente:
¿Los derechos de quién? El enfoque basado en los derechos humanos se centra en la
realización de los derechos de las poblaciones excluidas y marginadas, y de aquellas cuyos
derechos corren el riesgo de ser infringidos, basándose en la premisa de que un país no puede
avanzar de forma sostenida sin reconocer los principios de derechos humanos (especialmente
la universalidad) como principios básicos de gobernanza. La universalidad significa que todas
las personas tienen derechos humanos, aunque las limitaciones de recursos obliguen a fijar
prioridades. No significa que todos los problemas de todas las personas deban ser abordados
de una vez.
Un planteamiento holístico. Un programa orientado por el enfoque basado en los derechos
humanos adopta una visión holística del entorno, teniendo en cuenta la familia, la comunidad,
la sociedad civil y las autoridades locales y nacionales. Tiene presente el marco social, político y
legal que determina la relación entre esas instituciones y las exigencias, los deberes y las
responsabilidades resultantes. Un enfoque basado en los derechos humanos suprime los
sesgos sectoriales y facilita una respuesta integrada a problemas de desarrollo que tienen
múltiples dimensiones.
- Instrumentos internacionales. Los resultados específicos, el nivel de prestación de servicios y
la conducta se derivan de los instrumentos universales de derechos humanos, los convenios y
otros objetivos, metas, normas o reglamentos internacionalmente acordados. El enfoque
basado en los derechos humanos ayuda a los países a traducir esas metas y normas en
resultados nacionales alcanzables en un plazo determinado.
-Proceso participativo. Las responsabilidades en el logro de esos resultados o niveles se
determinan mediante procesos participativos (elaboración de políticas, planificación nacional)
y reflejan el consenso entre las personas cuyos derechos son infringidos y las personas que
tienen el deber de actuar al respecto.
El enfoque basado en los derechos humanos pretende tanto ayudar en la formulación
participativa del necesario marco político y legislativo como velar por que los procesos
8
participativos y democráticos sean institucionalizados a nivel local y nacional (inclusive
aumentando la capacidad de las familias, las comunidades y la sociedad civil para participar
constructivamente en los foros pertinentes).
-Transparencia y rendición de cuentas. Un enfoque basado en los derechos humanos ayuda a
formular políticas, leyes, reglamentos y presupuestos que determinan claramente qué
derechos humanos particulares hay que abordar (qué debe hacerse y en qué grado, quién es
responsable) y vela por que se disponga de las capacidades necesarias (o de recursos para
conseguir las capacidades que faltan). El enfoque contribuye a que el proceso de formulación
de políticas sea más transparente y da a la población y las comunidades capacidad de acción
para que los que tienen el deber de actuar rindan cuentas al respecto, asegurando que existan
vías de reparación efectivas en caso de violación de derechos.
- Vigilancia. Un enfoque del desarrollo basado en los derechos humanos apoya la vigilancia de
los compromisos del Estado con la ayuda de las recomendaciones de los órganos creados en
virtud de los tratados de derechos humanos, y mediante evaluaciones públicas e
independientes de la actuación del Estado.
4. EL EBDH PARA NACIONES UNIDAS.
Aunque no existe una receta universal para el enfoque basado en los derechos humanos, los
organismos de las Naciones Unidas han acordado un conjunto de atributos fundamentales.
Cuando se formulen las políticas y los programas de desarrollo, el objetivo principal deberá ser
la realización de los derechos humanos.
Un enfoque basado en los derechos humanos identifica a los titulares de derechos y aquello a
lo que tienen derecho, y a los correspondientes titulares de deberes y las obligaciones que les
incumben, y procura fortalecer la capacidad de los titulares de derechos para reivindicar éstos
y de los titulares de deberes para cumplir sus obligaciones. Los principios y las normas
contenidos en los tratados internacionales de derechos humanos deben orientar toda la labor
de cooperación y programación del desarrollo en todos los sectores y en todas las fases del
proceso de programación.
Estos marcos de referencia ya están elaborados y trabajados desde las distintas Agencias del
Sistema de las Naciones Unidas. Las Naciones Unidas cuentan con Comités encargados de la
vigilancia de la aplicación de los derechos humanos recogidos en el Pacto de derechos civiles y
políticos, en el de derechos económicos, sociales y culturales y en otras Convenciones
Internacionales. Estos Comités, entre otras cosas, ofrecen interpretaciones sobre las normas
internacionales de los derechos humanos para facilitar su aplicación. Así, entre otros, el
Comité del Pacto de derechos civiles y políticos (Comité de Derechos Humanos) ha realizado
observaciones generales sobre el derecho a la vida, el derecho a la libertad y a la seguridad de
la persona, los derechos de las minorías étnicas, religiosas o lingüísticas; el Comité de la
9
Convención contra la Tortura (AT) controla el ejercicio de la prohibición de la tortura y los
malos tratos; el Comité del Pacto de derechos económicos, sociales y culturales ha realizado
observaciones generales sobre el derecho a la educación, la vivienda, salud, así como el Comité
de la Convención sobre los derechos del Niño lo hace también sobre la aplicación de la
Convención, etc.
Además, existen otros órganos de derechos humanos del sistema de las Naciones Unidas que
ofrecen la información necesaria para contar con estos marcos de referencia, como son los
Grupos de Trabajo (derecho al desarrollo, detenciones arbitrarias, migraciones...), los Expertos
Independientes (pobreza extrema, consecuencias de las políticas de reforma, la protección de
los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo), los
Relatores Especiales (sobre la cuestión de la tortura, la situación de los derechos humanos y las
libertades fundamentales de los indígenas, la violencia contra la mujer).
Tras la Declaración de Entendimiento Común de 2003 en el marco de NN.UU, siendo la
primera vez que todas las agencias de Naciones Unidas se plantean el trabajo alrededor de los
derechos humanos un marco de trabajo y objetivo de desarrollo. Quedando definido como
“Un marco conceptual para el proceso del Desarrollo Humano, que desde el punto de vista
normativo, se basa en normas internacionales de los Derechos Humanos y desde el punto de
vista operacional se orienta hacia la promoción y protección de los derechos humanos”
Es, en definitiva un proceso que implica un cambio de miras en procedimientos y objetivos
dentro del trabajo humanitario además de un cambio de estrategias y políticas.
El marco de entendimiento común de Naciones Unidas sobre el EBDH al que se hacía
referencia se sustentaba en:
- Objetivo: Todos los programas de desarrollo, políticas y asistencia técnica deben
perseguir la realización de los derechos humanos tal y como se establece en la Declaración
Universal y otros instrumentos internacionales.
En este sentido, para trabajar en DD.HH hay que conocer el contexto en el que se va a
desarrollar el trabajo. Conocer de primera mano cuáles son las necesidades concretas e
identificarlos con los derechos concretos y cómo definir los derechos concretos a partir del
marco internacional.
- Proceso: Los estándares y principios de los DDHH deben guiar toda la cooperación para
el desarrollo y la programación en todos los sectores y en todas las fases del proceso de
programación.
10
Aquí hay que tener claro que las guías propuestas son: La Universalidad e inalienabilidad; la
indivisibilidad; la interdependencia e interrelación; la igualdad y no discriminación; la
participación e inclusión y la rendición de cuentas y estado de derecho.
- Resultado: La cooperación para el desarrollo contribuye a desarrollar las capacidades
de los titulares de derechos para exigir estos y de los titulares de obligaciones para cumplir con
estas.
Sobre este paso, hay que poner el foco sobre el fortalecimiento de capacidades, tanto de
titulares de obligaciones, para poder cumplir estas, como de los titulares de derechos para
poder reclamarlos. Aunque en la Acción humanitaria es más complicado aunque es una de las
claves para poder desarrollar el EBDH en un contexto de emergencia o conflicto.
Aunque el entendimiento común hablaba de cooperación al desarrollo, se debe y puede hacer
extensible a la Acción Humanitaria.
5. EL EBDH EN LA COOPERACIÓN ANDALUZA.
El nuevo Plan Andaluz de Cooperación al desarrollo recoge en el nuevo ciclo de planificación
(2015-2018). La estrategia se orientará a resultados que supongan una mejora tangible en el
respeto, protección y disfrute efectivo de los derechos humanos. Así, para cada uno de los
ámbitos se definirán y concretarán las medidas a abordar y los resultados a alcanzar, que
deberán serlo siempre en coherencia con este Plan.
Una de las señas de identidad de la cooperación andaluza son las siguientes:
La inclusión del Enfoque Basado en Derechos Humanos (EBDH) y respeto de la diversidad
cultural como marco que centra la lucha contra la pobreza en la realización de los derechos
de las personas en situación de mayor vulnerabilidad.
Con arreglo a la Carta Internacional de Derechos Humanos, la consecución del desarrollo
humano no se concibe sin que se creen condiciones que permitan a cada persona gozar de sus
derechos económicos, sociales y culturales, tanto como de sus derechos civiles y políticos. Y en
cumplimiento de la Ley Andaluza de Cooperación, especialmente en sus principios rectores, se
recoge expresamente en este Plan la apuesta por el enfoque basado en derechos humanos
11
(EBDH) de manera transversal en sus objetivos específicos y en todas las actuaciones que se
promuevan desde la cooperación andaluza.
Principios rectores de la política andaluza de cooperación internacional para el
desarrollo (art. 2 de la Ley Andaluza de Cooperación):
a) La consideración y el reconocimiento del ser humano, en su dimensión individual y colectiva,
como protagonista y destinatario de la política de cooperación internacional para el desarrollo.
b) El respeto y la defensa de los derechos humanos y las libertades fundamentales y,
especialmente, el derecho a la igualdad de todos los seres humanos sin distinción de sexo,
raza, cultura o religión.
c) La promoción de un desarrollo humano integral, participativo, sostenible y respetuoso con la
protección del medio ambiente.
d) El fomento del diálogo, la paz y la convivencia y el respeto de los modelos de desarrollo
social y económico de otros pueblos y de sus particularidades culturales.
e) La concertación entre las partes y la corresponsabilidad en la definición, ejecución y
determinación de las actividades de cooperación.
f) El apoyo a las iniciativas dirigidas a la disminución de las desigualdades entre los pueblos.
El objetivo es contribuir a asegurar y ampliar las oportunidades de las personas para que
puedan desarrollar un nivel de vida digno, potenciar sus capacidades y defender y ejercer sus
derechos y libertades. El EBDH exige que tengan que abordarse las relaciones de poder y
considerarse las causas estructurales de la falta de respeto a los derechos. Todo ello obliga a
trabajar en incidencia política, gobernanza y en el fortalecimiento de las capacidades de los
titulares de obligaciones y responsabilidades.
De ahí que las actuaciones de la cooperación andaluza deban recoger las orientaciones de
derechos humanos vinculadas al sector de actuación, de forma que se propicie su respeto y
consideración efectiva, eliminando los aspectos que puedan suponer su violación. Deben
compartir los principios de no discriminación, equidad de oportunidades, participación e
inclusión, universalidad y responsabilidad; perseverando en la integridad de la persona y en la
contribución a su bienestar personal y familiar, con especial énfasis en las personas en
situación de mayor vulnerabilidad. Junto a ello, el fortalecimiento de las organizaciones de la
12
sociedad civil, como defensoras de derechos, debe conllevar la implicación de las personas y
mejorar sus capacidades para que puedan reconocer sus derechos, exigir su cumplimiento y
ejercitarlos.
Asegurar la aplicación efectiva del EBDH requiere profundizar y elaborar metodologías que
faciliten y promuevan su inclusión en la formulación, seguimiento y evaluación, poniendo
énfasis en los procesos, además de en los productos y resultados, apostando por propiciar el
diálogo, la formación y la investigación.
6. CONCLUSIONES: EBDH EN LA ACCIÓN HUMANITARIA “RETOS,
IMPLEMENTACIÓN Y BUENAS PRÁCTICAS”.
El EBDH supone analizar las relaciones de poder entre titulares de derechos, responsabilidades
y obligaciones en cuanto al ejercicio y la protección de los derechos humanos, pero también de
los principios de derechos humanos y la aplicación de la perspectiva de género. Si bien este
enfoque parece estar mucho más sistematizado en la cooperación para el desarrollo, en la
acción humanitaria supone un nuevo reto para multitud de agentes. En un contexto de crisis
humanitaria crónica como el de territorio Palestino ocupado o Siria que afronta su cuarto año
de conflicto, el reto es aún mayor.
La incorporación del EBDH en la práctica ha puesto de manifiesto la necesidad de realizar
cambios, tanto en las formas de trabajar con los países, las contrapartes y los beneficiarios,
como en la propia fundamentación y concepción de la Cooperación.
Los cambios siempre generan dificultades en su incorporación, pero son necesarios si
queremos avanzar y alcanzar con las intervenciones de Cooperación los procesos deseables en
este ámbito de trabajo. Esto implica mirar el cambio como posibilidad y no como dificultad, lo
que necesariamente nos demanda ideas y apuestas para superarlos.
Los enfoques en algunos proyectos de cooperación, sí han sido erróneos en algunos casos. La
actitud paternalista de determinadas agencias ante una crisis humanitaria. Después de tantos
años de intervención tanto humanitaria como de proceso de desarrollo, ha llegado el
momento de plantearse si los enfoques utilizados han sido los correctos. Para la ponente, la
clave está en dónde ponemos la mirada, si es en la persona, debemos de distinguir entre
necesidad y derecho.
Se pueden extraer ideas interesantes sobre la implementación del EBDH en la acción
humanitaria, aunque cada organización suele amoldarse a las diferentes situaciones y
conflictos a las que se enfrenta en las Jornadas “El enfoque asado en derechos humanos en la
acción humanitaria: los casos de Siria y territorio palestino ocupado”.
13
En conflictos de larga duración y bajo la perspectiva de Derechos Humanos, el principio de
neutralidad ha tenido diferentes interpretaciones. Una de ellas es la de no denuncia, sinónimo
de silencio en muchos casos. Otras veces se recoge testimonio de esta vulneración de
derechos por parte de algunas organizaciones humanitarias pero el testimonio no está
recogido en ningún texto internacional, a pesar de que asistencia, protección y testimonio
siempre se presentan como las tres grandes dimensiones del ámbito humanitario.
Sobre la aplicación del EBDH en el contexto Palestino, hay organizaciones que trabajan el
enfoque de forma diferentes. Fundamentalmente no lo entienden como una solución
humanitaria que pueda poner fin a la ocupación, sino que cualquier solución debe ser
necesariamente política. En este contexto se considera que se deben abordar las necesidades
inmediatas surgidas de los diferentes sectores de la ocupación pero también sus causas
estructurales si realmente se quiere producir un cambio significativo en la situación.
El eje fundamental del EBDH es que entiende a los ciudadanos como principales objetos de
cambio, entiende también que todos los humanos tenemos unos derechos fundamentales
inherentes a nosotros por el hecho de haber nacido y por último, organiza a la sociedad en tres
estructuras fundamentales: los titulares de derecho (todos), titulares de obligaciones (agentes
de cambio como los gobiernos) y titulares de responsabilidad (organismos que pueden apoyar
a titulares de derecho a demandar sus derechos).
En los contextos de cooperación internacional, las ONG tienen mucha facilidad para trabajar
con los titulares de derechos para que sean ellos los agentes de cambio que demandan el
respeto de sus derechos. En una situación como la Palestina, este hecho se complica
enormemente ya que los titulares de obligaciones son el gobierno israelí y la comunidad
internacional, por lo tanto el nivel de exigencia de la población palestina es menor que en otro
tipo de contexto.
Para garantizar el mínimo necesario para que los titulares de derechos puedan ejercer sus
derechos pasa por dar una atención directa cuando se produce una violación de derechos,
como en el caso de la guerra de Gaza, y empoderar y sensibilizar a la población para que sean
ellos los que puedan hacer ese cambio.
También existe sobre la dificultad de aplicación del EBDH que es particularmente difícil en el
contexto sirio debido a la situación que actualmente tienen los refugiados de palestina y los
dilemas y límites que plantea el propio enfoque en el trabajo, pero el hecho de trabajar bajo
este enfoque permite poder retroalimentarse de lecciones aprendidas.
Sobre el EBDH y el enfoque de género, se pueden extraer diferentes ideas al respecto. Los
derechos de las mujeres también son derechos humanos. La integración de la agenda
feminista, los derechos de las mujeres y el enfoque de género, dentro del marco de los
Derechos humanos fue todo un logro que gracias a las demandas y exigencias de
organizaciones de mujeres y organizaciones feministas que pudieron reinterpretar y cuestionar
el modelo histórico de derechos, dándole más contenido, es decir, cuando se vulnera un
14
derechos, no se vulnera sólo un derechos sino que por interrelación e interconexión de unos
derechos con otros se atacan a grupos completos de derechos.
Otra aportación del enfoque de género a los DDHH es la diversificación de los espacios
público/privado.
El enfoque feminista pone de relevancia la llamada de atención del espacio privado, el respeto
por los derechos en el espacio público y en el doméstico. Porque sin duda alguna, el clima de
violencia que se vive en el exterior, la violencia ejercida en un espacio público o el nivel de
conflicto, tienen su reflejo en el privado.