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GUÍA DE PRÁCTICAS DE TRABAJO SOCIAL II UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales

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Guía para desarrollar las Prácticas de Trabajo Social II de la Diplomatura de Trabajo Social de la ULL - Tenerife (2004)

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GUÍA DE PRÁCTICAS DE TRABAJO SOCIAL II

UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales

COORDINADORA:

Juana Dolores Santana Hernández

PROFESORAS/ ES: Carmen Arango Chamorro Carmen Barranco Expósito Celsa Cáceres Rodríguez Rebeca Calzada González

Asunción Cívicos Juárez Manuel Hernández Hernández

Reyes Henríquez Escuela Berta Puyol Lerga

La Laguna, septiembre 2004

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GUÍA DE PRÁCTICAS DE TRABAJO SOCIAL II Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales. Universidad de La Laguna

Í N D I C E

INTRODUCCIÓN..........................................................................................................................4 I. PROGRAMA DE LA ASIGNATURA: PRÁCTICAS DE TRABAJO SOCIAL II...............5

1.1. CARACTERÍSTICAS DE LA ASIGNATURA...............................................................5 1.2. OBJETIVOS GENERALES Y ESPECÍFICOS ..............................................................5 1.3. CONTENIDOS Y ACTIVIDADES ..................................................................................8 1.4. CRONOGRAMA GENERAL ........................................................................................12 1.5. EVALUACIÓN.................................................................................................................12 1.6. MÉTODO .........................................................................................................................13 1.7. FUENTES .........................................................................................................................14

II. ORGANIZACIÓN Y COORDINACIÓN DE LAS PRÁCTICAS DE TRABAJO SOCIAL..16 2.1. COMISIÓN DE PRÁCTICAS DE TRABAJO SOCIAL II Y III ................................16 2.2. COORDINACIÓN DE LAS ASIGNATURAS PRÁCTICAS DE TRABAJO SOCIAL II Y III...................................................................................................................17 2.3. SUPERVISORAS y SUPERVISORES...........................................................................18 2.4. TUTORAS Y/O TUTORES DEL CENTRO DE PRÁCTICAS...................................19 2.5. COORDINACIÓN Y SEGUIMIENTO..........................................................................19 2.6. PROCEDIMIENTO GENERAL DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN DE PLAZAS PARA REALIZAR PRÁCTICAS DE CAMPO ...................................................................25 2.7. REQUISITOS QUE DEBE REUNIR LA ENTIDAD PARA ACOGER ESTUDIANTES EN PRÁCTICAS DE TRABAJO SOCIAL .............................................26 2.8. CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DE LAS PLAZAS DE PRÁCTICAS....27 2.9. ACUERDO DE APRENDIZAJE ....................................................................................29 2.10. DERECHOS Y DEBERES DEL ESTUDIANTADO CON RELACIÓN A LA ASIGNATURA DE PRÁCTICAS DE TRABAJO SOCIAL II...........................................31

III. ANEXOS ................................................................................................................................33 ANEXO 1. GUIONES ORIENTATIVOS PARA LA REALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE PRÁCTICAS DE TRABAJO SOCIAL II..........................................33 ANEXO 2. FORMULARIO DE OFERTA DE PLAZAS PARA LAS PRÁCTICAS DE TRABAJO SOCIAL II ..........................................................................................................39 ANEXO 3. FORMULARIO DE SOLICITUD DE CAMBIO DE CAMPO DE PRÁCTICAS ..........................................................................................................................40 ANEXO 4. CONVENIO MARCO .........................................................................................41 ANEXO 5. CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DE LAS TRABAJADORAS Y LOS TRABAJADORES SOCIALES .............................................................................................44 REFERENCIAS ......................................................................................................................54

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GUÍA DE PRÁCTICAS DE TRABAJO SOCIAL II Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales. Universidad de La Laguna

INTRODUCCIÓN Esta Guía de Prácticas es el resultado de un proceso de trabajo del profesorado del Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales con docencia en las asignaturas de prácticas externas de la Diplomatura de Trabajo Social. También recoge las aportaciones realizadas por estudiantes y profesionales de campo que han participado en su elaboración. En este sentido se puede afirmar que es un documento elaborado siguiendo una metodología participativa en consonancia con el objetivo que persigue, de servir de apoyo a las tres partes implicadas en la formación y aprendizaje práctico de las y los estudiantes de la Diplomatura en Trabajo Social. La Guía se estructura en dos capítulos y un apartado de anexos. En el primer capítulo se expone el programa académico general de Prácticas de Trabajo Social II. Contiene una descripción de actividades con la intención de homogeneizar el trabajo de cada estudiante, con independencia del área o sector en el que desarrolle su aprendizaje práctico. El segundo capítulo se ocupa de la organización y coordinación. En el mismo se exponen las orientaciones básicas para conseguir un aprendizaje con calidad. Asimismo, establece las condiciones que deben reunir los centros de prácticas; las características de las tutoras y los tutores y la coordinación entre todas las partes implicadas: Universidad, organizaciones y estudiantes. Se persigue unificar los criterios en la oferta y la demanda de las plazas de prácticas. También se pretende poner en marcha la coordinación por medio de la comisión de prácticas, con representación de todas las partes vinculadas y, por último, se trata de definir las funciones a desempeñar por cada una de las partes del proceso. En este capítulo aparecen determinados aspectos que son comunes a las prácticas de tercer curso. Por último, se añade un capítulo de anexos que contiene instrumentos auxiliares para las distintas fases del proceso de aprendizaje. En concreto se incluyen guiones para la elaboración de los diferentes capítulos de la memoria de prácticas. Así como los modelos de oferta de plazas, solicitud de cambio de campo de prácticas y convenio entre la Universidad y las entidades. Finalmente se añade el Código Deontológico de la profesión.

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I. PROGRAMA DE LA ASIGNATURA: PRÁCTICAS DE TRABAJO SOCIAL II

1.1. CARACTERÍSTICAS DE LA ASIGNATURA

Las prácticas de segundo curso tratan de hacer efectiva la relación

entre la teoría y la práctica y aportan conocimientos en las exigencias de la realidad social mediante la aplicación del proceso metodológico a los siguientes niveles: estudio de la realidad, elaboración del diagnóstico general y/o específico, según proceda, y propuestas alternativas de intervención.

Estas prácticas se realizan fuera de la Universidad, en Centros e Instituciones que prestan servicios sociales a la ciudadanía. Para cursar esta asignatura es preciso haber superado previamente las asignaturas "Prácticas de Trabajo Social I" y "Teoría de Trabajo Social I". Es una asignatura troncal que tiene quince créditos, de los cuales doce son de campo y tres de aula. Los créditos de campo tienen una equivalencia de quince horas cada uno y los de aula diez. Esto suma un total de ciento ochenta horas en campo y treinta horas en la Universidad. En concreto, requieren una dedicación media semanal de siete horas a lo largo de todo el curso académico (seis horas en campo y una hora en la Universidad).

1.2. OBJETIVOS GENERALES Y ESPECÍFICOS

A continuación se exponen los objetivos generales y específicos de

conocimiento, habilidades y actitudes. Asimismo, en el apartado 1.3 se concretan los contenidos y actividades que se llevarán a cabo para conseguir los objetivos planteados en la asignatura. 1.2.1. Objetivos Generales De conocimiento • Adquirir los conocimientos específicos del campo de prácticas desde una

perspectiva biopsicosocial integral. • Conocer la situación social de las personas, el contexto ambiental y la

organización en la que se ubican las prácticas de campo de Trabajo Social.

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• Formarse en el conocimiento del método, las técnicas y los instrumentos propios de la práctica del Trabajo Social.

De habilidades • Utilizar los conocimientos adquiridos para analizar e interpretar la realidad

del campo de prácticas. • Emplear la información obtenida sobre el contexto general y concreto del

campo de prácticas. • Descubrir e identificar en el campo de prácticas el método, las técnicas y

los instrumentos conocidos. De actitudes • Introducir a la práctica de los valores y principios éticos de la profesión

acordes al proceso de formación. 1.2.2. Objetivos específicos De conocimiento

• Conocer los conceptos básicos, propios del área o sector de prácticas. • Describir los antecedentes históricos y la evolución de los conceptos en

los que se sustenta la actualidad del área o sector de prácticas. • Explicar las características del área y/o sector del campo de prácticas. • Conocer los instrumentos utilizados en la práctica del Trabajo Social. • Catalogar la normativa o legislación específica relacionada con el área

y/o sector de prácticas. • Conocer las políticas sociales y los recursos de los que dispone el área

y/o sector de prácticas. • Descubrir la estructura organizativa y de gestión de la institución donde

se realizan las prácticas. De habilidades

• Realizar el análisis de la realidad, así como el diagnóstico del campo de

prácticas.

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• Recoger la información del contexto concreto del campo de prácticas en

el análisis o informe institucional. • Concretar la información del contexto general del campo de prácticas en

la construcción del marco teórico-conceptual. • Ejercitar, en el campo de prácticas, técnicas de observación, de

entrevista, administrativas, etc. • Descubrir las potencialidades y necesidades del sector y/o área de

prácticas. • Poner en práctica los métodos de conocimiento y de investigación más

apropiados para el desarrollo del programa de prácticas de campo. De actitudes

• Participar en la vida de la organización, mostrando una actitud positiva. • Respetar la organización y sus valores, así como a sus miembros. • Valorar a las personas y respetar su derecho a la autorrealización y a la

autodeterminación. • Buscar el beneficio y el bienestar de las personas grupos y comunidades. • Comprometerse con la justicia social. • Respetar la intimidad, confidencialidad y valores de las personas

usuarias. • Adquirir el desarrollo de la autonomía en el aprendizaje del rol

profesional.

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1.3. CONTENIDOS Y ACTIVIDADES

CONTENIDO ACTIVIDAD 1.3.1. Conceptos básicos del sector y/o área del campo de prácticas. Información del contexto general, histórico, social y comunitario. Características de la población. La visión interdisciplinar y del Trabajo Social.

Elaboración del Marco Teórico. (Primera parte: Marco Conceptual). • Diseño del guión. • Localización de las fuentes. • Lectura de libros y documentos. • Realización de síntesis (fichas de

lectura). • Análisis y elaboración de la información. • Redacción del capítulo I (1ª parte).

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1.3.2. Política social, recursos sociales y legislación del sector / área. Repertorio, ámbitos, cobertura (en vigor) en el nivel: local, regional, estatal y europeo.

Elaboración del Marco Teórico. (Segunda parte: Marco Político Normativo). • Selección de fuentes y bases de datos. • Localización de documentos. • Elaboración de síntesis y selección de

aspectos más relevantes. • Redacción del capítulo I (2ª parte).

1 Se trata de contenidos transversales.

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CONTENIDO ACTIVIDAD 1.3.3. Estructura social. Indicadores estructurales y coyunturales del contexto del campo de prácticas. El entorno comunitario. Las redes sociales. Niveles de calidad de vida de la población. Potencialidades y necesidades del sector / área.

Construcción del análisis de la realidad social. • Diseño del guión. • Localización de las fuentes de

información. • Lectura de libros y documentos. • Realización de la síntesis. • Observación del entorno. • Análisis y estudio de la información

obtenida. • Redacción del capítulo III.

1.3.4. Análisis de la organización o institución. Antecedentes históricos y evolución. Estructura organizativa y modelos de gestión.

Realización del análisis de la organización / institución. • Lectura de documentos institucionales. • Elaboración del esquema general. • Diseño y realización de entrevistas. • Construcción del protocolo de

observación y su puesta en práctica. • Selección y sistematización de la

información obtenida. • Elaboración del capítulo II.

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1.3.5. La investigación en Trabajo Social. Métodos, técnicas e instrumentos.

Elaboración y ejecución del proyecto de estudio. • Elección del tema de estudio. • Formulación del tema de estudio. • Objetivos, hipótesis y variables. • Elección del método. • Recogida de información. • Depuración, codificación o

categorización de la información obtenida.

• Análisis e interpretación. • Elaboración del informe de resultados. • Redacción del capítulo IV.

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CONTENIDO ACTIVIDAD 1.3.6. Diagnóstico social. Necesidades y potencialidades detectadas (naturaleza, magnitud, factores y jerarquización). Recursos. Pronóstico de la situación. Prioridad de la intervención.

Elaboración del diagnóstico social. • Elección del esquema a seguir. • Revisión y presentación de la

información relevante obtenida del estudio realizado.

• Análisis e interpretación de la información.

• Redacción del capítulo V.

1.3.7. Evaluación. Conceptos, tipos, niveles e instrumentos.

Evaluación del trabajo realizado. • Revisión de los instrumentos de control

(cuaderno de campo, acuerdo de aprendizaje, etc.).

• Vaciado de la información y selección de los aspectos relevantes (los indicadores previstos de evaluación).

• Elaboración de la síntesis, conclusiones y propuestas.

• Redacción del capítulo VI.

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1.3.8. Registro y sistematización de la práctica del Trabajo Social. Ficha Social. Informe Social. Cuaderno de Campo. Bases de datos. Informes de reuniones. Memorias.

Registro y sistematización de la actividad de prácticas. • Realización del cuaderno de campo. • Identificación y puesta en práctica de los

instrumentos propios del trabajo. • Análisis de la información recogida. • Interpretación y realización de

propuestas. • Elaboración y entrega de fichas,

informes y memorias

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1.3.9. Principios y valores en el Trabajo Social. Código de Ética Profesional. Declaraciones universales. Principios y criterios de la práctica profesional en el sector / área de trabajo.

Aplicación del código ético. • Observancia de las pautas generales

establecidas en el Código Ético. • Cumplimiento del reglamento o normas

de régimen interno de la organización.

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1.4. CRONOGRAMA GENERAL 2

ACTIVIDAD

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Incorporación al campo Acuerdo de aprendizaje Marco teórico Análisis de la organización o institución

Estructura social Elaboración y ejecución del proyecto de estudio

Diagnóstico social Registro y sistematización de las actividades

Evaluación del trabajo realizado Informe de prácticas Supervisiones

1.5. EVALUACIÓN La evaluación se efectúa sobre los objetivos y contenidos del programa general y del programa específico de cada campo. Además, se tendrán en cuenta los siguientes criterios generales:

• La entrega de los trabajos se realizará en la fecha señalada en el cronograma. Se descontará un punto en la calificación por cada día que pase después de la fecha fijada.

• Las faltas de ortografía restan puntuación en la calificación de la prueba realizada. En concreto, por cada falta ortográfica (incluyendo abreviaturas no convencionales) se descontará un punto.

• El plagio de documentos en trabajos escritos será motivo de suspenso.

2 Cada año se adaptará el cronograma al calendario general de la Universidad.

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• El abandono, o la falta reiterada de asistencia al campo y/o supervisiones, supondrá el suspenso en la asignatura. Si esta situación de abandono está justificada y se comunica por escrito a la profesora o profesor y a la coordinación de la asignatura, la calificación será “no presentado”.

• Las faltas de asistencia al campo o a las supervisiones conllevarán una reducción de la nota final de la asignatura. En ningún caso, podrán superar el 20% las faltas de asistencia a las supervisiones y el 10% de asistencia al campo. Las ausencias, aunque sean justificadas, deberán ser recuperadas.

• A los y las estudiantes que aprueben las prácticas y tengan incompatibilidad con alguna asignatura del curso anterior, se les conservará el aprobado durante dos convocatorias consecutivas, como máximo.

• Para la obtención de Matrícula de Honor, se deberán producir las siguientes circunstancias:

o Tener nota media de 9 a lo largo del curso en todas las pruebas realizadas.

o Propuesta motivada, por escrito, de la profesora o del profesor al resto del profesorado de la asignatura.

o Defensa pública de la memoria de prácticas. o Obtención de la mayoría de los votos entre el profesorado de

la asignatura, a favor de la Matrícula de Honor. Según el artículo 5.6 del Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, el número de matrículas no puede exceder del cinco por ciento de estudiantes matriculados/as en una materia en el correspondiente curso académico.

1.6. MÉTODO 3

La orientación académica de las prácticas externas está asignada al profesorado adscrito al Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales. Esta actividad docente se realiza en la Universidad con una periodicidad quincenal o trisemanal, en sesiones de dos o tres horas cada una. Por otra parte, el estudiantado tiene reuniones periódicas en el lugar de prácticas, con los/as Trabajadores/as Sociales Tutores/as, a fin de coordinar el trabajo. Esta tarea se complementa con las sesiones tripartitas (profesor/a-estudiante-tutor/a) que se celebran en el lugar de prácticas y que deben realizarse al menos tres a lo largo de cada curso académico. La modalidad docente desempeñada por el profesor o la profesora viene denominándose, desde los inicios de la formación en el Trabajo Social, "supervisión", entendiendo ésta como el medio para evaluar la progresiva capacitación profesional de los/as estudiantes, el rigor en el análisis de las

3 Este apartado está ampliado en el capítulo 2 (2.5.)

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situaciones y la integración entre la teoría y la práctica. En este sentido, la supervisión debe orientar la reflexión permanente que favorezca un clima de aprendizaje activo, así como la autoevaluación de las tareas realizadas a fin de tomar conciencia de las propias reacciones ante las personas usuarias y los problemas que plantean. El ejercicio académico de la supervisión desempeña fundamentalmente las siguientes funciones: o Educativa, tratando de facilitar la adquisición de ideas y conocimientos

nuevos. o Directiva y administrativa, relacionada con la planificación, el

establecimiento de prioridades, etc. o De capacitación, ayudando al/la estudiante a desarrollar sus propias

ideas acerca de los principios básicos y el ejercicio de la ética profesional.

o De apoyo, contribuyendo a reducir la ansiedad asociada a los primeros contactos con la realidad social.

o De asesoramiento y mediación, ayudando a clarificar las situaciones de conflicto interpersonal y a conseguir una comunicación personal asertiva.

o Finalmente, la función evaluadora, dando feed-back continuo acerca de la calidad del trabajo. Para ello se realiza una evaluación inicial, de proceso y de resultados.

1.7. FUENTES

1.7.1. Bibliografía Básica García F., M.; J. Ibáñez, y F. Alvira (2000). El análisis de la realidad social. Métodos y técnicas de investigación. Madrid: Alianza Universidad. García H., G. y J. M. Ramírez. (1996). Diseño y Evaluación de Proyectos Sociales. Zaragoza: Certeza. Juárez, M.; L. Gaitan; B. Urosa, y P. J. Cabrera. (1993). Trabajo Social e investigación. Madrid: Universidad Pontificia de Comillas. Kisnerman, N. (Comp.) (2001). Ética, ¿un discurso o una práctica social?. Barcelona: Paidós. Pérez S., G. (2000). Modelos de Investigación cualitativa en educación social y animación sociocultural. Aplicaciones prácticas. Madrid: Narcea.

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1.7.2. Fuentes en red Cabildo Insular de Tenerife. http://www.cabtfe.es Cabildo Insular de Gran Canaria. http://www.grancanaria.com Federación Canaria de Municipios. http://www.fecam.es Gobierno de Canarias. http://www.gobiernodecanarias.org Instituto Nacional de Estadística. http://www.ine.es Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. http://www.mtas.es

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II. ORGANIZACIÓN Y COORDINACIÓN DE LAS PRÁCTICAS DE TRABAJO SOCIAL

En este capítulo se exponen diversos aspectos de la organización de las prácticas externas concernientes al profesorado, estudiantes, organizaciones y tutores y tutoras de campo, es decir, a todas las partes implicadas en el proceso. Por otra parte, dado que las prácticas de campo continúan también en tercer curso, muchas de las cuestiones expuestas son de aplicación para Prácticas de Trabajo Social II y Prácticas de Trabajo Social III.

2.1. COMISIÓN DE PRÁCTICAS DE TRABAJO SOCIAL II Y III

La Comisión de prácticas es el órgano de participación de todas las

partes implicadas en el proceso de prácticas de campo. A continuación se expone cómo está formada y cuáles son sus funciones. Composición de la Comisión de Prácticas La Comisión de prácticas está formada por las siguientes personas:

• Todo el profesorado con docencia en las asignaturas de prácticas externas.

• Una representación de estudiantes de 2º y de 3º. • Una representación de tutoras o tutores de campo.

Funciones que desempeña la Comisión de Prácticas Esta Comisión desempeña las siguientes funciones:

• Aprobar la apertura y cierre de campos de prácticas. • Evaluar el proceso general de prácticas. • Aprobar el plan anual de formación continua de las tutoras y

tutores. • Informar sobre las incidencias que surjan a lo largo del curso.

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2.2. COORDINACIÓN DE LAS ASIGNATURAS PRÁCTICAS DE TRABAJO SOCIAL II Y III

Las asignaturas de prácticas externas de Trabajo Social requieren la dedicación de un grupo amplio de docentes, y por ello es necesario que esté coordinada para garantizar la unificación de criterios metodológicos y conseguir los objetivos de la asignatura. En este sentido, el Departamento asigna esta responsabilidad a un profesor o profesora por un periodo de tiempo que deberá estar regulado en el Reglamento de Régimen Interno. Quiénes desempeñan la coordinación

La coordinación de las prácticas es realizada por un profesor o profesora por cada curso que realiza prácticas externas, es decir, uno/a de segundo y otro/a de tercero. Esta dedicación está recogida en el Plan Docente anual.

Funciones que desempeñan Los profesores o profesoras que coordinan las asignaturas prácticas desempeñan las siguientes funciones: • Proponer las directrices generales de los programas y el cronograma de

cada curso. • Realizar las gestiones necesarias para buscar campos de prácticas y

proponerlos para su aprobación a la comisión de prácticas. • Elaborar la oferta general de plazas al comienzo de cada curso y

organizar y coordinar la adjudicación de las mismas. • Mantener la coordinación entre las/os tutoras/es de campo y la comisión

de prácticas en materia docente. • Coordinar la información y formación permanente de las/os tutoras/es de

campo. • Coordinar la comisión de prácticas (convocatorias, orden del día,

conducción de las reuniones, elaboración de los informes de sesiones, etc.).

• Ordenar la correspondencia institucional y académica general (cartas de presentación de estudiantes y profesoras/ es de la Universidad, recepción de las demandas y solicitudes de los centros de prácticas, certificados de colaboración a las/ os tutoras/ es de campo, etc.).

• Informar a las/os estudiantes respecto al comienzo y finalización de las prácticas.

• Coordinar con el Vicedecanato de Trabajo Social la distribución de espacios y horarios de supervisión de prácticas.

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• Publicar las listas de estudiantes y su distribución por centros y supervisoras/ es.

• Recoger y valorar las solicitudes de cambio de campo. • Cumplimentar las Actas y entregarlas en la Secretaría del Centro. • Coordinar, junto con la Dirección del Departamento de Trabajo Social y

Servicios Sociales, el establecimiento de Convenios con Entidades para las plazas de prácticas.

• Redactar y presentar en el Consejo de Departamento las actas y los informes de las reuniones de la Comisión Docente y de la Comisión de prácticas.

2.3. SUPERVISORAS y SUPERVISORES

Cada estudiante que realiza prácticas de campo está a cargo de un profesor o profesora del Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales. Su dedicación a estas asignaturas está recogida en el Plan Docente de cada curso académico.

Funciones que desempeñan

El profesorado que supervisa a las o los estudiantes en las asignaturas prácticas desempeña, de modo especial, la función docente y la de acompañar al/ la estudiante en su proceso de aprendizaje de la práctica del Trabajo Social. De esta función se derivan las siguientes actuaciones:

• Diseñar, junto con las tutoras o tutores de campo y las o los estudiantes, el plan individualizado de prácticas.

• Mantener un contacto periódico con las tutoras o tutores de los centros de prácticas. Con carácter general, debe realizar, al menos, tres encuentros anuales triangulares.

• Realizar supervisiones quincenales o trisemanales en la Universidad, con cada estudiante o grupo de estudiantes y estar disponible en los horarios de tutorías para prestarles la atención necesaria.

• Aportar a la comisión de prácticas y, en su caso, a las profesoras o profesores coordinadores, las incidencias sobre los campos y la actividad práctica de las o los estudiantes que tiene a su cargo.

• Evaluar a las o los estudiantes. Para ello tendrá en cuenta la información facilitada por las tutoras o tutores (trabajadoras/es sociales) de los centros de prácticas.

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2.4. TUTORAS Y/O TUTORES DEL CENTRO DE PRÁCTICAS

En este apartado se define quiénes son y qué hacen las trabajadoras o

trabajadores sociales en relación con las o los estudiantes que desempeñan sus prácticas en la organización. Quiénes son

• Son trabajadoras y trabajadores sociales que, de acuerdo con la Dirección de la entidad, se encargan de la acogida y acompañamiento del o la estudiante en el centro de prácticas. En consecuencia, su dedicación debe estar contemplada dentro del horario laboral y recogida en el convenio establecido entre la Universidad y la organización en la que trabaja.

• Son el referente práctico en el desempeño del rol profesional. En este sentido, deberían tener al menos dos años de experiencia en el ejercicio de la profesión como trabajadoras o trabajadores sociales.

• Al finalizar el curso reciben un certificado de colaboración con la Universidad. Este certificado puede ser acumulativo (por ejemplo, cada dos años).

Funciones que desempeñan

• Elaborar el programa o proyecto donde puedan incorporarse las o los estudiantes para realizar sus prácticas.

• Diseñar, junto con la o el estudiante y el profesor o la profesora, el plan de trabajo para el curso académico correspondiente.

• Velar para que la o el estudiante tenga un espacio de trabajo suficientemente equipado para desempeñar las tareas encomendadas.

• Ofrecer oportunidades de aprendizaje práctico a la o el estudiante. • Asistir a las reuniones tripartitas que se realicen en el campo y a las que

se convoquen en la Universidad. • Participar en las actividades formativas que ofrezca el Departamento de

Trabajo Social y Servicios Sociales. • Aportar al profesorado de la Universidad toda la información relacionada

con las incidencias de la actividad práctica de la o el estudiante. • Colaborar en la evaluación de la o el estudiante.

2.5. COORDINACIÓN Y SEGUIMIENTO

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En este apartado se hace referencia a las estrategias didácticas para la

coordinación y seguimiento de la asignatura, por parte del profesorado-supervisor de la misma. Así, se hace necesario mencionar: las reuniones de supervisión con los estudiantes, las tutorías, las reuniones tripartitas (estudiante, tutoras o tutores de campo, profesor o profesora), las reuniones de las tutoras o tutores de campo con las profesoras o profesores y otro tipo de actividades y encuentros extraordinarios. 2.5.1. La Supervisión La supervisión en la formación de los trabajadores y las trabajadoras sociales tiene amplia trayectoria y es una actividad organizada que se ocupa del apoyo al desarrollo personal, profesional y académico de la o el estudiante. Abarca tres funciones básicas: entrenamiento, orientación-apoyo y evaluación, ya que facilita a la o el estudiante la posibilidad de aprendizaje desde la actividad profesional controlada.

Esta actividad se desarrolla fundamentalmente en las prácticas externas que realizan las o los estudiantes en los cursos de segundo y tercero. Tiene por objeto evaluar los avances producidos en la capacitación profesional de los mismos, así como favorecer la reflexión y auto evaluación de las actuaciones o conductas que mantiene con las personas usuarias y las actividades asignadas en la organización. El supervisor o la supervisora realiza una función de acompañamiento en el proceso de enseñanza-aprendizaje.

Se plantean como objetivos de la supervisión: • Favorecer el desarrollo de los conocimientos y de las habilidades para el

posterior ejercicio de la profesión. • Contrastar la correcta aplicación de las fases metodológicas, técnicas e

instrumentos de uso profesional. • Desarrollar una conciencia sobre las funciones y papel del trabajador o la

trabajadora social. • Aplicar los conocimientos adquiridos en el aula sobre una realidad

concreta y establecer contacto con esa realidad. • Facilitar una mejor comprensión de las personas, situaciones o

problemas. • Posibilitar la retroalimentación respecto a conductas, actuaciones

personales y tutoras o tutores. • Estimular la reflexión y conceptualización de las prácticas realizadas y la

interacción entre lo conceptual-académico y la praxis.

Las sesiones de supervisión se realizarán fundamentalmente a través de reuniones de coordinación y seguimiento con las o los estudiantes. En estas reuniones el profesor o profesora supervisora irá marcando las pautas de la asignatura, transmitirá la información básica a nivel teórico-práctico y reflexionará con las o los estudiantes sobre los elementos necesarios para conseguir los objetivos propuestos. Las reuniones de supervisión se programarán al principio del curso académico y tendrán una periodicidad aproximada de 15-21 días, lo que supone diez o quince sesiones en el curso

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GUÍA DE PRÁCTICAS DE TRABAJO SOCIAL II Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales. Universidad de La Laguna

académico (30 horas en total). En esta actividad se utilizarán las modalidades más comunes de trabajo en pequeños grupos como son: los seminarios, los trabajos en equipo y la discusión en grupo. El trabajo en pequeños grupos tiene como característica general la realización de la tarea, mediante la implicación de las o los estudiantes, de forma que el profesor o la profesora tendrá las funciones de coordinar, asesorar, dinamizar y dirigir. En los pequeños grupos ambas partes trabajan conjuntamente y se esfuerzan en conseguir los objetivos trazados. Según De Juan H., (1995, p.88) las ventajas del aprendizaje en pequeños grupos son las siguientes:

• Proporciona a la o el estudiante la oportunidad de entrar en diálogo con el profesor o profesora y con sus compañeros y compañeras.

• Brinda a cada estudiante, la oportunidad de plantear problemas e ideas que no tiene claras.

• Proporciona una oportunidad única para realizar síntesis, a partir de diferentes experiencias y datos derivados de las clases teóricas, lecturas científicas, etc.

2.5.2. La discusión en grupo Esta actividad permite a la o el estudiante ir construyendo el conocimiento y adquirir las habilidades y actitudes de una forma activa y, por lo tanto, participar en el proceso de enseñanza-aprendizaje. El o la estudiante, de esta forma, puede salir de su pasividad y dejar de ocultarse en el grupo. Esta estrategia tiene como finalidad estimular el aprendizaje activo, la elaboración, análisis y crítica de la información recibida en las clases teóricas, así como de las experiencias vividas.

Los objetivos fundamentales serán • Posibilitar el conocimiento más profundo, tanto en la vertiente intelectual

como emocional. • Propiciar el “feedback” sobre la información transmitida por el profesor o

la profesora en el aula. • Obtener la participación activa. • Desarrollar la capacidad de análisis y crítica. • Estimular la curiosidad por los temas tratados. • Propiciar las relaciones interpersonales. • Aprender a discutir sobre temas relacionados con la profesión con

argumentos y objetividad. • Permitir la generalización de la información y conocimientos adquiridos

en la asignatura. • Desarrollar las habilidades de comunicación, la expresión oral y la

escucha. En la discusión en grupo se produce, fundamentalmente, el debate desde el

diálogo, y según De la Torre, (2000, p.229) “el diálogo es la forma de expresión humana más antigua, más interactiva, más profunda para llegar a la mente y al corazón de las personas. El diálogo humano es la expresión de dos mentes, de

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dos corazones, de dos seres que intercambian su mundo interior. Es una forma abierta de proyectarse y conocerse. La forma más interactiva de enseñar y aprender. Porque ser persona es ante todo, ser en comunicación con otros”. 2.5.3. El seminario

Es una técnica de grupos y suele entenderse como una sesión de preguntas y respuestas dirigidas por el profesor o la profesora, con un número reducido de estudiantes. Se centra fundamentalmente en los contenidos, ya que se estudia un tema intensamente en varias sesiones en las que se da la participación de todos y todas, aportando sus conocimientos e indagaciones. Preferentemente se utiliza para profundizar en un tema o en un determinado problema y requiere de una investigación o información previa por parte de las/os participantes. En el seminario es imprescindible la participación activa de las/os discentes y la preparación previa en el tema objeto de estudio. La comunicación entre el profesor o profesora y el/la estudiante es bidireccional, produciéndose una gran interacción entre todos los participantes. La retroalimentación es intensa y el control de los objetivos, contenidos y medios es compartida por ambas partes. 2.5.4. Trabajo en equipo Esta es una modalidad de aprendizaje que no debe omitirse en la formación, dada su gran relevancia en la misma y en el futuro profesional del Trabajo Social. En la actualidad nadie pone en duda la necesidad de trabajar en equipo, bien sea desde una sola disciplina o desde la interdisciplinariedad. Los trabajos realizados en equipo son un medio para lograr una mayor participación, eficacia, productividad, integración, relación afectiva y creatividad. En un equipo deberán aprovecharse al máximo las potencialidades de todos y cada uno de sus miembros y para ello será necesario que el profesor o la profesora facilite a las o los estudiantes el cómo hacer, para que el grupo funcione bien y sea eficaz en su proceso de aprendizaje. Su rol será preferentemente el de asesor y dinamizador. De trabajar con otros se derivan nuevas habilidades y destrezas sociales, con las que el futuro/a trabajador/a social deberá contar. Se parte de la idea de que el o la estudiante puede aprender, no sólo del profesorado, sino de sus compañeros y compañeras y de otros medios, como los documentales. La clave está en convertir la información que tienen en alimento formativo. De esta manera se sentirá protagonista de su propio aprendizaje y, por lo tanto, tendrá más motivación. 2.5.5. Tutorías El sistema de tutoría en la enseñanza superior aparece en España en 1970 con la publicación de la Ley General de Educación (art. 37.3), donde se indica que: “Se establece el régimen de tutorías para que cada profesor-tutor atienda a un grupo limitado de estudiantes, a fin de tratar el desarrollo de sus

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estudios, ayudándoles a superar las dificultades del aprendizaje y recomendándoles las lecturas, las experiencias y trabajos que considere necesarios. En esta tarea se estimulará a la participación activa de cursos superiores como tutores auxiliares”. La LRU no incluía ninguna indicación con relación a las tutorías, como tampoco lo hace la LOU, pero sí la encontramos en el Real Decreto 898/1985, de 30 de abril, sobre el régimen del profesorado universitario. En este se explicita el tiempo que los profesores y profesoras deberán de destinar a las tutorías o asistencia a las o los estudiantes, siendo un mínimo de seis horas para los profesores y profesoras con dedicación exclusiva y entre tres y seis para la dedicación parcial. Las tutorías son una estrategia educativa de gran importancia, ya que entenderemos por tutor o tutora a quien atiende a las o los estudiantes de forma personalizada, con objeto de ayudarles a resolver los problemas de aprendizaje y de integración al medio académico. Se trata de actividades realizadas con el o la estudiante, mediante reuniones individuales o de pequeños grupos. Su misión es orientar el trabajo personal y evitar o resolver dificultades. Se centra en el trabajo efectuado por el o la estudiante para conseguir que avance y desarrolle sus capacidades y potencialidades. Todo el profesorado realizará esta actividad semanalmente, en horario programado para tal fin y publicado en el tablón de anuncios. Podrá efectuarse de manera individual o en pequeños grupos y tendrá una duración aproximada de media a una hora.

Se plantean como objetivos de las tutorías los siguientes • Favorecer un mejor conocimiento personal de los discentes. • Observar dificultades o fallos en el aprendizaje. • Orientar la formación del o la estudiante. • Procurar el desarrollo de las potencialidades y capacidades del la

estudiante. • Identificar las necesidades de aprendizaje y ayudarle a superar

dificultades, favorecer un mejor entendimiento y satisfacción personal. • Motivar al discente hacia la formación. • Proponer medidas que favorezcan el proceso de aprendizaje. • Ayudar al o la estudiante a descubrir el sentido profesional de los

estudios. • Facilitar información de tipo académico y profesional. Entendemos que esta modalidad de relación con el estudiantado puede ser

de gran utilidad, sobre todo si se realiza de forma sistemática durante todo el curso y si ambas partes le encuentran la utilidad que realmente debe de tener y cubren los objetivos propuestos. 2.5.6. Reuniones con las tutoras o tutores de campo Para la coordinación y seguimiento de las o los estudiantes en prácticas, es necesario el encuentro con las tutoras o tutores de campo. Esta es una forma más de acercamiento del profesorado y de la Universidad a la realidad social y profesional. Al mismo tiempo es una estrategia muy bien aceptada por

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ambas partes, ya que se produce un intercambio de información muy directa y cercana entre los sectores y áreas de intervención profesional y el profesorado.

Por otra parte, se pueden resolver dudas, observar diferentes puntos de vista y contrastar los conocimientos teórico-prácticos. La participación de tutoras y tutores de campo recuerda a las o los estudiantes que su esfuerzo tiene un principio y un fin y que la realidad es lo suficientemente compleja como para esforzarse en la adquisición de conocimientos, actitudes, habilidades, etc. El futuro profesional está relacionado con las personas, bien de forma individual, grupal o comunitaria y la preparación de las tutoras y los tutores tiene una relación bastante directa con la futura intervención profesional. El o la estudiante puede observar, de manera directa, los servicios sociales y compartir con las tutoras y los tutores el espacio de trabajo. Será en este espacio donde se informe a las o los estudiantes de las funciones del trabajo social y prestaciones de la institución, así como de las características de las personas usuarias, de las modalidades de acceso, de los servicios que ofertan y de sus características, etc. Los profesores y las profesoras de Prácticas de Trabajo Social mantendrán contacto continuo con los tutores y las tutoras de campo mediante diferentes modalidades • Supervisiones tripartitas: se realizarán junto con las o los estudiantes y se

efectuarán un mínimo de tres al año. La primera tendrá el objetivo de presentar al o la estudiante en el Campo de Prácticas; la segunda, al finalizar el primer cuatrimestre, evaluará la evolución del aprendizaje en la primera mitad del curso; la tercera se realizará al final del curso a fin de concretar la evaluación final.

• Reuniones, encuentros y actividades extraordinarias. Se considera aconsejable que todos los tutores y las tutoras de campo y profesoras/es se reúnan como mínimo una vez por curso académico, a fin de intercambiar opiniones, información, resolver dudas, evaluación y reprogramación, etc.

• Formación. Los tutores y las tutoras de campo, junto con el profesorado, podrán acceder a la formación ya que el conocimiento académico deberá de relacionarse, siempre que sea posible, con los conocimientos experienciales y con las prácticas de campo para que sea completo y relevante para la o el estudiante. Las prácticas se convierten en un elemento imprescindible en la capacitación profesional, tanto por la posibilidad de ejercitación y aplicación de la teoría, como por la capacidad de generarla. Los modelos de formación relacionados de forma exclusiva con la teoría, suelen conducir a la acumulación de información sin integración. Las prácticas deben interactuar con la teoría y se deberá descubrir el significado teórico de las mismas.

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2.6. PROCEDIMIENTO GENERAL DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN DE PLAZAS PARA REALIZAR

PRÁCTICAS DE CAMPO

La asignación de plaza para realizar las prácticas externas lleva consigo un proceso formado por una serie de fases. A continuación se expone un esquema que facilita la comprensión rápida de este procedimiento.

Las organizaciones solicitan estudiantes, por sí mismas o a petición del Departamento de

Trabajo Social y Servicios Sociales

1

La Comisión de Prácticas valora la idoneidad de la oferta de plazas siguiendo los criterios que se detallan

en el apartado 2.7 de este capítulo

2

Se firma el convenio entre la Universidad y la entidad3

El Departamento publica la oferta de plazas al comienzo del curso académico, con el fin de que los y las

estudiantes tengan la información necesaria antes de cursar la solicitud. Esta información es ampiada por el

profesorado en el horario dispuesto para ello.

4

Cada estudiante solicita plaza según el modelo que aparece en el 2.8 de este capítulo

5

Una comisión mixta formada por estudiantes elegidos/as por sus compańeros/as y las/os profesoras/es

coordinadoras/es de prácticas de campo, adjudica las plazas para realizar las prácticas externas.

6

Tras un periodo de reclamaciones y/o nuevas adjudicaciones, se publica la adjudicación definitiva.

7

Cada estudiante se pone en contacto con los profesores o profesoras encargadas del campo adjudicado para

establecer el plan de trabajo.

8La última etapa del proceso se alcanza con la presentación en el campo adjudicado y la firma del acuerdo de aprendizaje (*)

en la primera reunión tripartita.

9

Si la valoración es positiva

(*) Los docentes entregarán la copia del acuerdo de apredizaje a la coordinación y ésta la depositará en la Secretaria del Departamento.

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2.7. REQUISITOS QUE DEBE REUNIR LA ENTIDAD PARA ACOGER ESTUDIANTES EN

PRÁCTICAS DE TRABAJO SOCIAL

Las entidades que soliciten estudiantes o que accedan, previa petición por parte del Departamento de Trabajo Social, a admitir estudiantes para realizar las prácticas de pregrado de la Diplomatura de Trabajo Social, deben reunir una serie de condiciones que están recogidas en el convenio. A continuación se exponen cuáles son estas condiciones.

• Que tenga convenio firmado con el Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales, o intención de iniciar los trámites en el transcurso del curso académico.

• Que la entidad disponga de una trabajadora o trabajador social que oriente las prácticas y se responsabilice, directa o indirectamente, del seguimiento del o la estudiante. Sería deseable que la trabajadora o trabajador social contara con una experiencia profesional de, al menos, dos años.

• Que tenga elaborado un programa y/o proyecto donde se puedan insertar los estudiantes.

• Que garantice oportunidades de aprendizaje práctico a las o los estudiantes en los siguientes aspectos generales: o Conocer la Organización y su funcionamiento. o Familiarizarse con el Trabajo Social. o Definir su proyecto. o Identificar y comprender las necesidades, problemas y

potencialidades de la población. o Comprender e iniciar procesos de cambio con la población. o Aplicar el método, las técnicas y los instrumentos del Trabajo

Social. o Identificar las teorías y modelos aplicados en el lugar de prácticas. o Trabajar en equipo. o Fomentar la cooperación. o Identificar y practicar los principios y actitudes éticas de la profesión. o Comprender el quehacer profesional.

• Que garantice la continuidad, al menos durante dos años, para poder desarrollar los Programas de Prácticas de Trabajo Social II y Prácticas de Trabajo Social III.

• Que las condiciones materiales de espacio, instalaciones y medios, sean adecuadas para la incorporación y ubicación del o la estudiante en la Organización.

• Que facilite el acceso a la documentación (memorias, bibliografía, documentos técnicos, base de datos, expedientes, programas, proyectos, etc.) e información necesaria, así como la participación en los equipos de trabajo. Todo ello orientado a la mejor realización de las

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prácticas4.

2.8. CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DE LAS PLAZAS DE PRÁCTICAS

2.8.1. Solicitud de plaza de Prácticas de Trabajo Social II A continuación se expone el documento que se emplea para solicitar plaza en un campo de prácticas. En el mismo aparecen los criterios de valoración utilizados para decidir la adjudicación de uno u otro campo5. • Solicitud de campo (se pueden pedir hasta un máximo de cinco)6.

Campo Puntuación Primer lugar 6 puntosSegundo 5 puntosTercero 3 puntos Cuarto 2 puntos Quinto 1 puntos • La nota media entre las asignaturas: Teoría del Trabajo Social I y Prácticas

de Trabajo Social I (siempre a partir del aprobado en ambos casos).

Nota Puntos Aprobado 0 Notable 1 Sobresaliente 2 Matricula de Honor 3

• El lugar de residencia.

oLas plazas que se ofertan en S/C - La Laguna tienen 0 puntos. oEn zonas alejadas por el Norte o por el Sur:

Si el campo está en la misma zona, 2 puntos Si está en la zona próxima, 1 punto

• Trabajo. Si la jornada es por la mañana o por la noche, se concede 1 punto en los campos que se ofertan para horario de tarde. En estos casos es preciso aportar el contrato de trabajo y justificar el horario del mismo. 4 Fuente: Modelo de convenio de colaboración entre la Universidad y las Entidades. 5 Al inicio del curso se facilita a los estudiantes, junto con la información de la oferta de plazas, el documento de solicitud. 6 Los estudiantes que hayan tenido suspenso y/o informe desfavorable del supervisor o de la supervisora en convocatorias anteriores no podrán elegir la primera ni la segunda opción.

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2.8.2. Criterios para conceder el cambio de campo de Prácticas de Trabajo Social II y / o Trabajo Social III El criterio general con respecto a la ocupación de la plaza de prácticas, una vez adjudicada, es que se realice en el mismo campo las dos asignaturas, Prácticas de Trabajo Social II y Prácticas de Trabajo Social III. No obstante, puede haber situaciones derivadas tanto del/la estudiante como de las otras dos partes implicadas: la Organización y la Universidad. Con esta finalidad se establecen unos criterios básicos, en los que estaría justificada la solicitud y propuesta de cambio del lugar de prácticas. La adjudicación de una nueva plaza quedará, en cualquier caso, sujeta a la disponibilidad de campos que faciliten la incorporación de estudiantes con el nivel de tercer curso. Estos criterios no serán de aplicación a los casos en que no se haya superado la asignatura Prácticas de Trabajo Social II. Estos estudiantes repetirán el procedimiento de solicitud de plaza realizado el año anterior. A continuación se indican las circunstancias que pueden dar lugar a que se solicite y/o se conceda el cambio. Circunstancias derivadas de la Organización

• Por finalización y/o cierre del programa o servicio en el que se ofertó la plaza.

• Por falta de oportunidades de aprendizaje para el programa general de tercer curso.

• Por la propuesta debidamente motivada del tutor o tutora de campo. • Por ausencia indefinida de trabajador o trabajadora social que realice la

tutoría del/la estudiante.

Circunstancias en la o el estudiante

• Situaciones personales / familiares (cambio de domicilio, trabajo, etc.) • Por faltas graves en el cumplimiento del programa establecido. • Por desempeñar trabajo remunerado en la misma Organización. • Por incompatibilidad y / o falta de entendimiento con el profesor o la

profesora. • Por incompatibilidad y / o falta de entendimiento con el tutor o tutora de

campo. Circunstancias derivadas de la Universidad

• Por cese del convenio firmado. • Por la valoración no favorable de las oportunidades de aprendizaje que

se ofertan al estudiante.

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Plazos

El Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales establecerá el calendario adecuado para el estudio y valoración de los casos presentados.

2.9. ACUERDO DE APRENDIZAJE A continuación se expone el esquema a seguir para elaborar, al comienzo de cada curso, el acuerdo de aprendizaje. En el mismo se establece la información básica que orienta la actividad y que ayuda a clarificar la situación del o la estudiante en el momento de su incorporación al lugar de prácticas y en el desempeño de su actividad formativa. Es un documento para elaborar y consensuar por las tres partes que intervienen en el proceso: estudiante, profesor/a y tutor/a. 1. Datos de identificación Estudiante: Año académico: Asignatura: Prácticas de Trabajo Social II ( ) Créditos / horas ( )

Prácticas de Trabajo Social III ( ) Créditos / horas ( ) Profesor/a: Organización: Tutor/a: Fecha de comienzo: Fecha de finalización:

Días de prácticas Horarios Lugar

Programa / servicio en el que se integra el Plan de prácticas del o la estudiante: Acceso a material (mesa de trabajo, material fungible, ordenador, fotocopiadora, etc.) Sí ( ) No ( ) Gastos de desplazamiento (bono bus, gasolina, etc.) Sí ( ) No ( )

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2. Plan de formación de las prácticas del o la estudiante

Con carácter general se desarrollará el programa académico de prácticas que proceda (de segundo o tercer curso).

3. Anexos

El programa específico se entregará en breve plazo. Para segundo curso la fecha tope será el último viernes lectivo de diciembre. Y para tercer curso, la fecha límite no debe superar el último viernes lectivo de octubre.

En ............................................ a ..........de........................ de..................... El o la estudiante: El tutor o tutora de la entidad:

El profesor o profesora

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2.10. DERECHOS Y DEBERES DEL ESTUDIANTADO CON RELACIÓN A LA

ASIGNATURA DE PRÁCTICAS DE TRABAJO SOCIAL II

2.10.1. Derechos • A recibir información acerca de cualquier aspecto relacionado con

esta asignatura, como los contenidos teórico-prácticos, el método y procedimiento didáctico o las horas de prácticas y de tutorías.

• A participar en el proceso de adjudicación de campos de prácticas, garantizando su transparencia y justicia.

• A recibir atención y orientación del profesorado a través de tutorías individualizadas o en grupo.

• A ser evaluado o evaluada mediante criterios estándares similares al de otros u otras estudiantes.

• A conocer los criterios de evaluación. • A solicitar la revisión de sus evaluaciones. • A disfrutar de actividades científicas, culturales y sociales

complementarias. • A utilizar modelos teóricos y bibliografías alternativas a las

suministradas por el profesor o profesora. • A evaluar al profesor o profesora y al tutor o tutora de campo. • A asociarse y reunirse para defender sus derechos. • Todos los que se explicitan en los Estatutos de la Universidad y en los

Reglamentos internos del Centro Superior de Ciencias Políticas y Sociales y del Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales.

2.10.2. Deberes • Asistir a las supervisiones y a las prácticas de campo. • Respetar las opiniones de sus compañeros o compañeras, de los

tutores o tutoras, del profesor o profesora y de la ciudadanía que acude al centro donde realizan las prácticas.

• Participar e implicarse en el desarrollo de sus prácticas. • Procurar que sus prácticas sean de la máxima calidad posible. • Respetar la confidencialidad de las informaciones recibidas en el

campo de prácticas. • Cuidar de los recursos materiales que se ponen a su disposición. • Entregar los informes y los trabajos escritos que se le solicitan en el

ámbito académico. • Todos los que se explicitan en los estatutos de la Universidad de La

Laguna y en los Reglamentos de Régimen Interno del Centro Superior

31

de Ciencias Políticas Sociales y del Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales.

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III. ANEXOS ANEXO 1. GUIONES ORIENTATIVOS PARA LA

REALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE PRÁCTICAS DE TRABAJO SOCIAL II

A continuación se incluye un conjunto de guiones, que tienen como objetivos orientar la realización de las actividades que deben realizar los estudiantes a lo largo del proceso de prácticas de Trabajo Social II. Asimismo, pretenden ayudar en la construcción de los diferentes capítulos del informe final de la asignatura.

1.1. ANÁLISIS DE LA ORGANIZACIÓN 1. Datos de identificación de la organización y de la unidad de Trabajo

Social (nombre, dirección, estatuto jurídico, etc.). 2. Antecedentes y reseña histórica. 3. Finalidad y objetivos. 4. Estructura organizativa y funcional (organigrama y coordinación interna

y externa). 5. Población a la que se dirige el Servicio (características de los ciudadanos

y las ciudadanas, criterios y requisitos de admisión, capacidad, etc.). 6. Programas, proyectos y servicios que presta. Programas y proyectos de

la Unidad de Trabajo Social. 7. El Trabajo Social en la organización (cómo se sitúa la trabajadora o el

trabajador social en la organización, qué hace, cómo, con qué, para qué, etc.).

8. Recursos humanos, técnicos, financieros, infraestructura y equipamiento. 9. Descripción del contexto socioambiental de la Organización. 10. Déficit y potencialidades de la Organización y/o de la Unidad de Trabajo

Social. 11. Otros. 12. Anexos. 1.2. ANÁLISIS DE COMUNIDAD7 1. Localización y ubicación de la zona:

1.1. Localización geográfica del estudio. 1.2. Mapas de Servicios Sociales, Salud, Educación, etc.

2. Características generales de la zona: 2.1. Historia de la zona o comunidad. 2.2. Características demográficas.

7 Red Vega, N. (Coord.) (1996). La intervención integral en municipios menores de 20.000 habitantes. Valladolid: Junta de Castilla y León y Univ. de Valladolid.

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2.3. Familias y grupos de convivencia. 3. Hábitat:

3.1. Situación de la vivienda. 3.2. Equipamiento cívico. 3.3. Estructura sociocultural. 3.4. Otros aspectos de interés.

4. Recursos económicos: 4.1. Agricultura. 4.2. Industria. 4.3. Empresas de servicios y comercios. 4.4. Turismo.

5. Empleo: 5.1. Indicadores de empleo. 5.2. Equipamientos para el fomento de empleo. 5.3. Condiciones de trabajo.

6. Formación: 6.1. Educación formal. 6.2. Educación no formal.

7. Servicios sociales y sanitarios: 7.1. Servicios sociales. 7.2. Servicios sanitarios.

8. Participación y vida social: 8.1. Inventario de asociaciones y otros grupos organizados. 8.2. Proyectos y acciones más relevantes.

9. Otras actividades de interés: 9.1. Organización administrativa. 9.2. Iniciativas de desarrollo.

1.3. ANÁLISIS DE GRUPO8 1. Descripción del grupo.

1.1. Identificación. 1.1.1.Nombre / Siglas. 1.1.2.Dirección. 1.1.3.Pertenencia institucional. 1.1.4.Inserción territorial. 1.1.5.Número y frecuencia de reuniones. 1.1.6.Duración habitual de las reuniones.

1.2.Tipo de grupo / clasificación. 1.2.1.Historia del grupo. 1.2.2.Composición. 1.2.3.Objetivos del grupo. 1.2.4.Realización y medios.

2. Funcionamiento externo del grupo. 2.1. Pertenencia de cada miembro a otros grupos.

8 Robertis, C. (1987). La intervención colectiva en Trabajo Social. La acción con grupos y comunidades. Argentina: Ateneo.

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2.2.Relaciones con otros grupos. 2.3.Relaciones con los organismos e instituciones.

3. Otros / Observaciones. 1.4. MARCO TEÓRICO

1. Introducción. 2. Marco conceptual. 3. Marco político-normativo. 4. Glosario de conceptos claves. 5. Referencias bibliográficas y fuentes utilizadas.

1.5. PROYECTO DE INVESTIGACIÓN 1. Introducción. 2. Denominación. 3. Naturaleza. 4. Fundamentación ó justificación. 5. Referencias teóricas y conceptuales. 6. Objetivos. 7. Hipótesis y variables. 8. Muestra. 9. Métodos, técnicas e instrumentos. 10. Cronograma. 11. Recursos. 12. Referencias bibliográficas. 1.6. DIARIO DE CAMPO 1. Fecha, horario y lugar. 2. Descripción del trabajo realizado: ¿Qué he hecho?, ¿Por qué?, ¿Con

quién?, ¿Para qué?, ¿Cómo? 3. Valoración del trabajo realizado. 4. Tareas a realizar. 5. Otros. 1.7. DIAGNÓSTICO 1. 2. 3.

4.

5. 6. Pronóstico.

Naturaleza de las necesidades y problemas. Descripción e interpretación de las necesidades y problemas detectados. Descripción e interpretación de las capacidades de la población y de los recursos sociales de la institución y de la comunidad. Análisis e interpretación de los factores internos y externos que inciden en la situación objeto de estudio. Jerarquización de necesidades y problemas.

35

1.8. INFORME DE REUNIÓN 1. Identificación de la reunión. 2. Fecha y lugar. 3. Asistentes. 4. Asuntos a tratar. 5. Desarrollo de los asuntos propuestos. 6. Acuerdos adoptados. 7. Fecha y firma. 1.9. INFORME DE INVESTIGACIÓN 1. Introducción. 2. Finalidad del estudio. Objeto 3. Justificación teórica. Metodología general y estrategia o tipo de

investigación. 4. Etapas del proceso:

4.1. Definición del problema. 4.2. Estado actual de la cuestión. 4.3. Formulación de hipótesis. 4.4. Definición de variables. 4.5. Ámbito: población y muestra. 4.6. Pruebas o instrumentos técnicos de recogida de datos. 4.7. Procedimiento. 4.8. Expresión de los resultados: tablas y gráficas. 4.9. Análisis e interpretación. 4.10. Contraste de hipótesis.

5. Posibles implicaciones políticas, económicas, sociales, técnicas. 6. Conclusiones.

1.10. FICHA DE LECTURA

1. Referencia bibliográfica (aplicar, los criterios que figuran a

continuación). 2. Síntesis de contenido. 3. Análisis crítico. 1.11. CRITERIOS PARA LA PRESENTACIÓN DE TEXTOS

La redacción de los documentos ha de atenerse a las normas de

publicación de la American Psychological Association (1999). A continuación se exponen algunos de estos requisitos y se dan ejemplos de los mismos.

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1. Citas bibliográficas en el texto.

Las citas bibliográficas en el texto se harán con el apellido del autor/a y año de publicación (ambos entre paréntesis y separados por una coma). Si el nombre del autor/a forma parte de la narración se pone entre paréntesis sólo el año. Si se trata de dos autores/as siempre se citan ambos/as. Cuando el trabajo tiene más de dos y menos de seis, se citan todos/as la primera vez, en las siguientes citas se pone sólo el nombre del/la primero/a seguido de “et al.” y el año, excepto que haya otra abreviatura de igual forma y del mismo año, en cuyo caso se pondrá la cita completa. Para más de seis autores/as se cita el primero seguido de “et al.” Y en caso de confusión se añaden los/as autores/as subsiguientes hasta que resulten bien identificados/as. En todo caso, la referencia en el listado bibliográfico debe de ser completa. Cuando vayan varias citas en el mismo paréntesis se adopta el orden cronológico. Para identificar trabajos del mismo autor o de la misma autora, o autores/as, de la misma fecha, se añaden al año las letras a, b, c, hasta donde sea necesario, repitiendo el año. Cuando se diga “en prensa”, las letras se separan con un guión.

2. Referencias bibliográficas.

Las referencias bibliográficas irán ordenadas alfabéticamente al final,

empezando una página y ateniéndose a la siguiente normativa: a. Referencias de revistas: Autor/a(es/as); año; título del artículo;

nombre de la revista completo en letra cursiva; vol; nº entre paréntesis y página inicial y final. Ejemplo: Abril, C. (1999). Mediación familiar: un recurso para la resolución de conflictos familiares. Intervención Psicosocial, 36, (98) 101-113.

b. Referencias de libros completos de un mismo autor o autora:

Autor/a (apellido, coma e iniciales de nombre y punto. En caso de varios autores/as, se separan con coma y antes del último con una “y”); año (entre paréntesis) y punto; título completo en cursiva y punto; ciudad y dos puntos, y editorial. En caso de que se haya manejado un libro traducido con posterioridad a la publicación original, se añade al final entre paréntesis “Orig.” Y el año.

Ejemplo 1: Aburto, M. (1998). Administración por Calidad. México: Paidós. Ejemplo 2: Dominelli, L. y E. MacLeod. (1999). Trabajo Social feminista. Madrid: Cátedra. (Orig. 1989).

c. Referencias de libros con capítulos de distintos autores/as: Para

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capítulos de libros colectivos o de actas: autor/a(es/as); año; título del trabajo que se cita y, a continuación, introducido con “En”, el o los directores o directora/as, editores/as o compiladores/as (iniciales del nombre y apellidos) seguido entre paréntesis de dir., ed. o comp., añadiendo una “s” en el caso del plural; el título del libro en cursiva y entre paréntesis la paginación del capítulo citado; la ciudad y la editorial. Ejemplo 1: Aburto, M. (1998). La calidad de servicio. En M. Aburto, Administración por Calidad (pp.35-68). México: Paidós. Ejemplo 2: Kisnerman, N. (Comp.) (2001). Ética: ¿Un discurso o una práctica social?. Argentina: Paidós. Ejemplo 3: Alemán, C. y J. Garcés F. (Dirs.) (1996). Administración social: servicios de bienestar social. Madrid: Siglo XXI.

d. Referencias a Internet:

Ejemplo: Alguacil, J. (1999). Elementos para construir una metodología. Escuela Técnica Superior de Arquitectura. Recuperado el 31 de octubre de 2003 de http://www.psiquiatria.com/psicologia/vol3num1/art_7.htm

1.12. INFORME DE PRÁCTICAS

1. Introducción. 2. Marco teórico. 3. Análisis de la realidad social. 4. Análisis de la Organización / Institución. 5. Informe del estudio. 6. Diagnóstico social. 7. Evaluación. 8. Conclusiones. 9. Referencias bibliográficas y otras fuentes. 10. Anexos.

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ANEXO 2. FORMULARIO DE OFERTA DE PLAZAS PARA LAS PRÁCTICAS DE TRABAJO SOCIAL II

1. DATOS DE LA ENTIDAD Nombre / razón social: Dirección postal: Tlfno: Fax: E-Mail: Web: 2. DATOS DE LA / S PLAZA / S QUE SE OFERTAN Nombre del Programa / proyecto en el que se van a insertar los/as estudiantes: Objetivos: Actividades a realizar por los/as estudiantes de 2º curso: Horarios del servicio: Horarios de las prácticas de los/as estudiantes: Ubicación física de la actividad de los/as estudiantes:

Nº DE PLAZAS QUE SE OFERTAN PARA 2º: 3. DATOS DE LA TRABAJADORA O TRABAJADOR SOCIAL TUTOR/ A Nombre: Teléfono: Fax: E-Mail: Lugar de trabajo: Horario de atención a la o el estudiante (día y hora): Tiene a otros/as estudiantes de Trabajo Social a su cargo Sí No 4. INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO PARA EL USO DE LOS/AS ESTUDIANTESEspacio físico (mesa, silla, etc.)

Si No

Acceso a recursos documentales (memorias, archivos, etc.)

Sí No

Uso de ordenador, fotocopias, etc. (para las actividades propias del campo)

Sí No

5. REQUISITOS Y / O CONDICIONES PARTICULARES DE LA PLAZA OFERTADA 6. PROFESOR / A Nombre: Tlfno: E-Mail: Despacho nº: Horario de supervisión en la Universidad: Aula: 7. OTROS DATOS DE INTERÉS

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ANEXO 3. FORMULARIO DE SOLICITUD DE CAMBIO DE CAMPO DE PRÁCTICAS 9

Apellidos y nombre: D.N.I. Nº de expediente: Telf.: E-Mail: Ha realizado las Prácticas de Trabajo Social II en: Manifiesta: Solicita: En La Laguna, a de de

Fdo.

ILTMA. SRA. DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO DE TRABAJO SOCIAL Y SERVICIOS SOCIALES. UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA

9 Solo se puede cursar esta solicitud al finalizar Prácticas de Trabajo social II.

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ANEXO 4. CONVENIO MARCO

CONVENIO ENTRE LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA Y (nombre de la Entidad) PARA LA REALIZACIÓN DE LAS PRÁCTICAS ACADÉMICAS DE ESTUDIANTES DE LA DIPLOMATURA DE TRABAJO SOCIAL. De una parte Dª. Directora del Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales, actuando por Delegación del Magfco. Y Excmo. Sr. Rector de la Universidad de La Laguna Y de otra, Las partes intervinientes se reconocen capacidad y competencia para celebrar el presente Convenio y acuerdan lo siguiente: CLÁUSULAS PRIMERA.- La entidad o institución arriba mencionada autoriza al Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales de la Universidad de La Laguna, que las/os estudiantes puedan realizar prácticas de campo de Trabajo Social en SEGUNDA.- El presente convenio afecta a las/os estudiantes que cada año, y mientras no se extinga este acuerdo, firmen el programa de prácticas académicas con la Institución, en el que se especificará la fecha de comienzo y finalización, el horario, lugar de desarrollo, el proyecto de trabajo y presupuesto indicativo cuando corresponda. Dicho programa será firmado, también, por el/la tutor/a o profesional responsable de la Institución y el profesor/a del Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales designado. TERCERA.- La relación entre el/la estudiante y la Institución no supondrá más compromiso que el estipulado en el presente convenio, ni del mismo se deriva obligación alguna propia de un contrato laboral o administrativo, quedando eximida la entidad de toda responsabilidad económica y laboral respecto a los/as susodichos/as estudiantes que, en cuanto tales, realicen prácticas de estricto carácter académico. CUARTA.- El alumnado en prácticas está acogido al régimen general del seguro escolar en la cobertura de sus riesgos de enfermedad y accidente. QUINTA.- Los/as estudiantes serán de segundo y tercer curso de la Diplomatura de Trabajo Social y su número será determinado de mutuo acuerdo cada curso académico, figurando en los programas de prácticas académicas que se firmen y cuyos contenidos se reflejan en la segunda cláusula. SEXTA.- Al inicio de cada Curso Académico se designarán por parte de la Institución así como de este Departamento el/la responsable de los/as estudiantes en prácticas. A la persona responsable de los/as estudiantes en prácticas, por parte de la

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Institución, se le hará entrega de un certificado de colaboración expedido por el Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales. SEPTIMA.- Las funciones del / la orientador / a responsable del servicio, respecto al trabajo de los/as estudiantes serán las siguientes: a) Tener elaborado los Programas y/ o los Proyectos donde se han de insertar

los/as estudiantes para la realización de sus prácticas. b) Acordar con el / la profesor / a del Departamento el programa de prácticas

académicas de cada estudiante. c) Informar y orientar a los estudiantes en aquellos aspectos relacionados con el

trabajo de campo. d) Asistir a las reuniones de coordinación con el profesorado del Departamento

que estén programadas. e) Participar en las supervisiones que se realizan en el campo entre estudiantes,

profesor / a y los técnicos responsables. OCTAVA.- El desempeño de estas funciones por parte del orientador / a no supone ningún tipo de reconocimiento de contrato laboral o docente con el Centro Superior de Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad de La Laguna y deberán ser reconocidas y realizadas como parte del horario laboral del servicio al que pertenece. NOVENA.- Los/as estudiantes realizarán sus prácticas en los términos y condiciones siguientes: a) Se establecerán sus prácticas en el marco de los servicios y actuaciones

realizadas con el Trabajo Social. b) Las actividades y tareas a realizar por parte de los/as estudiantes serán las que

se establezcan previamente en el programa de prácticas académicas anual. c) Se garantizará, por parte de la institución, un espacio donde trabajar, el uso de

materiales, acceso a la información necesaria y participación en los equipos de trabajo, todo ello orientado al mejor desempeño de las funciones y tareas de los/as estudiantes.

d) Las prácticas se realizarán durante los días lectivos del calendario escolar correspondiente al curso académico de que se trate.

e) La calificación final de las prácticas corresponde al profesorado del Departamento de Trabajo Social.

f) Se establecerán mediante los cauces apropiados, la coordinación entre los estudiantes, el / la orientador / a del servicio y el / la profesor / a del Departamento, cuyos contenidos y periodicidad quedarán fijados en los mencionados programas de prácticas.

DÉCIMA.- Se establecerán acuerdos específicos relativos a los gastos de material y de desplazamiento que se generen en virtud de las necesidades del trabajo a realizar por los/as estudiantes en sus prácticas, adjuntándose al programa de prácticas elaborado conjuntamente. UNDÉCIMA.- La institución colaboradora podrá disponer de los resultados de los estudios o Memoria de actividades realizada por los/as estudiantes. En caso de que desee un ejemplar deberá realizar una copia del material que le facilitará el Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales, teniendo en cuenta que el uso de esta información estará sujeto a lo dispuesto en los artículos 10 y 14 de la

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Ley 22 /1987, de 11 de noviembre, de Propiedad Intelectual y a la Ley Orgánica 5 / 1992, de 29 de octubre, del Régimen de tratamiento automatizado de los datos de carácter personal y demás normativa aplicable. DUODÉCIMA.- El presente Convenio tendrá un año de vigencia computado por cursos académicos de octubre a septiembre, considerándose renovado automáticamente, si en el mes de junio de cada año, no se expresa la voluntad de cancelarlo por alguna de las partes. DECIMOTERCERA.- El Régimen Jurídico que se aplicará al presente convenio es el Real Decreto 1497/1981, de 19 de junio, sobre Programas de Cooperación Educativa y el Real Decreto 1845/1994, de 9 de septiembre que modifica el artículo 2 del anterior. Y en prueba de conformidad con las estipulaciones que anteceden, las partes contratantes firman el presente Convenio, por duplicado y a un sólo efecto, en la ciudad de La Laguna, a de de dos mil .

Por parte de D/Dª

Fdo.:

EL RECTOR Por Delegación: la Directora del Dpto. de Trabajo Social y Servicios Sociales.Universidad de La Laguna Fdo:

ANEXO I (al convenio) De acuerdo con la cláusula sexta se adjunta para su firma por las partes, quienes son los responsables para el seguimiento de las Prácticas, tanto del Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales de la Universidad de La Laguna como de...

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ANEXO 5. CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DE LAS TRABAJADORAS Y LOS TRABAJADORES

SOCIALES

CÓDIGO DEONTOLÓGICO DE LA PROFESIÓN DE DIPLOMADO EN

TRABAJO SOCIAL (Texto aprobado por la asamblea general de colegios oficiales de diplomados en trabajo social y asistentes sociales en su sesión

extraordinaria de 29 de mayo de 1999) Preámbulo Capítulo I. De los Diplomados en Trabajo Social. Artículos1-3 Capítulo II. Principios generales de la profesión. Artículos 4-15 Capítulo III. Relación con los usuarios / clientes. Artículos 16 - 23 Capítulo IV. Relación con la Entidad donde preste sus servicios. Artículos 24 - 30 Capítulo V. Relación con otras entidades y Organizaciones. Artículos 31-34 Capítulo VI. Secreto profesional. Artículos 35-41 Capítulo VII. De la práctica de la profesión. Artículos 42 - 46 Capítulo VIII. Relaciones con otros tutores. Artículo 47-56 Capítulo IX. Responsabilidad en el ejercicio de la profesión. Artículos 57-62 Capítulo X. Obligaciones en relación con la Organización colegial. Artículos 63 - 69 Disposiciones adicionales Disposiciones finales PREÁMBULO La elaboración del presente Código viene marcada por la necesidad de establecer un marco de regulación de los principios éticos y criterios profesionales por los que se deberá regir la profesión de diplomado en trabajo social / asistente social, a la luz de los principios y criterios de la ética del trabajo social aprobados por la Asamblea General de la Federación Internacional de Trabajadores Sociales celebrada en Colombo, Sri Lanka, del 6 al 8 de julio de 1994; los derechos contenidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y otros acuerdos internacionales derivados de esta Declaración, y la Constitución Española de 1978. Con el presente Código se aseguran una serie de principios y líneas de actuación, otorgando a los diplomados en trabajo social/ asistentes sociales, un marco normativo que favorezca su independencia, credibilidad, honestidad e intervención respetuosa, correcta y adecuada a las características y necesidades de los usuarios, que les permita utilizar los servicios con las debidas garantías. Estas garantías son igualmente fundamentales para los propios tutores, ya que es imprescindible que cuenten con un marco legal perfectamente delimitado en el que apoyar su actuación profesional, frente a posibles injerencias o alteraciones en su labor. CAPÍTULO I. DE LOS DIPLOMADOS EN TRABAJO SOCIAL / ASISTENTES SOCIALES Artículo 1.- Definición de diplomado en trabajo social/ asistente social.

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Diplomado en trabajo social/ asistente social es la persona física que está en posesión del título de diplomado en trabajo social/ asistente social, obtenido en la Escuela Universitaria de Trabajo Social de cualquier Universidad española o de las de la Comunidad Europea con competencia reconocida, y de aquellos países con los que existen acuerdos bilaterales de reciprocidad. El título de diplomado en trabajo social/ asistente social y la inscripción en el Colegio profesional provincial o autonómico de su lugar de trabajo, facultan para el ejercicio de esta profesión. Artículo 2.- Funciones generales de los diplomados en trabajo social/asistentes sociales. Los trabajadores sociales se ocupan de planificar, proyectar, calcular, aplicar, evaluar y modificar los servicios y políticas sociales para los grupos y comunidades. Actúan en muchos sectores funcionales utilizando diversos enfoques metodológicos, trabajan en un amplio marco de ámbitos organizativos y proporcionan recursos y prestaciones a diversos sectores de la población a nivel microsocial, social intermedio y macrosocial. De ello se desprende: • Información • Investigación • Prevención • Asistencia • Promoción • Mediación • Planificación • Dirección • Evaluación • Supervisión • Docencia Artículo 3.- Instrumentos específicos de los diplomados en trabajo social/ asistentes sociales.

3.1.- Historia social. Es el documento en el que se registran exhaustivamente los datos personales, familiares, sanitarios, de vivienda, económicos, laborales, educativos y cualesquiera otros significativos de la situación socio-familiar de un usuario, la demanda, el diagnóstico y subsiguiente intervención y la evolución de tal situación. 3.2.- Ficha social. Es el soporte documental del trabajo social, en el que se registra la información sistematizable de la historia social. 3.3.- Informe social. El Informe social es el dictamen técnico que sirve de instrumento documental que elabora y firma con carácter exclusivo el diplomado en trabajo social/asistente social. Su contenido se deriva del estudio, a través de la observación y la entrevista, donde queda reflejada en síntesis la situación objeto, valoración, un dictamen técnico y una propuesta de intervención profesional. 3.4.- Proyecto de intervención social. Es el diseño de intervención social que comprende una evaluación-diagnóstico de la situación y personas con quienes actuar, una determinación de objetivos operativos, actividades y tareas, utilización de recursos, temporización y criterios

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de evaluación. CAPÍTULO II. PRINCIPIOS GENERALES DE LA PROFESIÓN Los diplomados en trabajo social / asistentes sociales contribuyen al desarrollo de los seres humanos, por medio de su aceptación de los siguientes principios básicos: Artículo 4.- Todo ser humano posee un valor único, lo que justifica la consideración moral hacia cada persona. Artículo 5.- Cada individuo tiene derecho a la autorrealización, hasta donde no interfiera en el derecho de los demás, y tiene la obligación de contribuir al bienestar de la sociedad. Artículo 6.- Cada sociedad, independientemente de su organización, debe funcionar de manera que proporcione los máximos beneficios a todos sus miembros. Artículo 7.- Los trabajadores sociales tienen un compromiso con los principios de la justicia social. Artículo 8.- Los trabajadores sociales tienen la responsabilidad de dedicar sus conocimientos y técnicas, de forma objetiva y disciplinada, a ayudar a los individuos, grupos, comunidades y sociedades en su desarrollo y en la resolución de los conflictos personales y/o sociales y sus consecuencias. Artículo 9.- Los trabajadores sociales deberán proporcionar la mejor atención posible a todos aquellos que soliciten su ayuda y asesoramiento, sin discriminaciones injustas basadas en diferencias de género, edad, discapacidad, color, clase social, raza, religión, lengua, creencias políticas o inclinación sexual, siempre que cualquiera de estas diferencias no encubra violencia ni abuso de poder. Artículo 10.- Los trabajadores sociales deben respetar los derechos humanos fundamentales de los individuos y los grupos reconocidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas y otros acuerdos internacionales derivados de dicha Declaración. Artículo 11.- Los trabajadores sociales deben tener en cuenta los principios de derecho a la intimidad, confidencialidad y uso responsable de la información en su trabajo profesional. Los trabajadores sociales respetan la confidencialidad justificada, aun en los casos en que la legislación de su país esté en conflicto con este derecho. Artículo 12.- Los trabajadores sociales deben trabajar en estrecha colaboración con los clientes y usuarios, en interés de los mismos, prestando el debido respeto a los intereses de las demás personas involucradas. Se debe motivar a los clientes y usuarios a que participen lo más posible y deben ser informados de los riesgos y posibles ventajas de las propuestas de actuación que se les ofrezcan. Artículo 13.- Los trabajadores sociales esperan, generalmente, que los clientes y usuarios se responsabilicen, en colaboración con ellos, de las actuaciones que puedan afectar a su vida. Los trabajadores sociales deben hacer el menor uso posible de medidas legales coercitivas. Sólo deberían adaptarse medidas

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coercitivas en favor de una de las partes implicadas en un conflicto, después de una cuidadosa evaluación de los argumentos de cada una de las partes en litigio. Artículo 14.- El trabajo social es incompatible con el apoyo, directo o indirecto, a los individuos, grupos, fuerzas políticas o estructuras de poder que destruyan a otros seres humanos con el terrorismo, la tortura u otros medios violentos. Artículo 15.- Los trabajadores sociales deben tomar decisiones justificadas éticamente y las mantienen, teniendo en cuenta la «Declaración Internacional de Principios Éticos de la FITS» y los «Criterios Éticos Internacionales para los Trabajadores Sociales» adoptados por sus asociaciones y colegios profesionales nacionales. CAPÍTULO III- RELACIÓN DEL DIPLOMADO EN TRABAJO SOCIAL / ASISTENTE SOCIAL CON LOS USUARIOS / CLIENTES Artículo 16.- El diplomado en trabajo social/ asistente social está obligado a tratar a todos los usuarios/ clientes con ecuanimidad, interés, dedicación y honestidad profesional, respetando sus diferencias individuales y grupales. Artículo 17.- El diplomado en trabajo social /asistente social debe respetar las opiniones, criterios y decisiones que el usuario/ cliente tome sobre su propia existencia, aunque no los comparta. Artículo 18.- El diplomado en trabajo social/ asistente social debe consensuar con el usuario/ cliente la intervención profesional a realizar y finalizar la relación profesional con éste, cuando ya no sea necesaria, e informar al usuario/ cliente del resultado previsible de su intervención. Artículo 19.- En los casos en que sea necesario derivar al usuario/ cliente a otro servicio, el diplomado en trabajo social/ asistente social debe hacerlo de la manera más favorable para aquél, procurando asegurar la continuidad de la intervención. Artículo 20.- En los casos en que exista una intervención simultánea con otros profesionales, el diplomado en trabajo social / asistente social, debe procurar la coordinación necesaria para que aquélla sea adecuada. Artículo 21.- El diplomado en trabajo social/ asistente social debe hacer un uso responsable de la información relativa al usuario, siendo respetuoso en la obtención de la misma, justificando su necesidad y solicitando su consentimiento para utilizarla sólo a efectos de una intervención coordinada y efectiva. Para la presencia de terceras personas, innecesarias para el acto profesional, tales como estudiantes en prácticas o profesionales en formación, debe recabarse el consentimiento del usuario/ cliente. Artículo 22.- El diplomado en trabajo social / asistente social, custodiará la información sobre el usuario /cliente u otras terceras personas que conozca por razones de su cargo, con independencia de la fuente de donde se haya obtenido y del soporte donde se encuentre registrada. Artículo 23.- El diplomado en trabajo social / asistente social debe comunicar o denunciar las situaciones de maltrato, abuso o abandono de las personas indefensas o incapacitadas, manteniendo no obstante el objetivo de intervenir para

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corregir esas situaciones con las personas implicadas en la misma. Igualmente debe denunciar cualquier otra situación que vaya contra los derechos humanos. Artículo 24.- El diplomado en trabajo social / asistente social debe conocer y respetar los objetivos de la entidad donde trabaja. En caso de que éstos contradigan los principios básicos de la profesión deberá actuar, pudiendo recabar el apoyo de los Colegios profesionales para su rectificación Artículo 25.- El diplomado en trabajo social / asistente social debe participar en la mejora de las políticas de la institución u organismo, aportando sus conocimientos a través de su práctica y experiencia, así como en la eficacia y eficiencia de las organizaciones y sus servicios, en beneficio de los usuarios /clientes y de la comunidad. Artículo 26.- El diplomado en trabajo social / asistente social cuando informe regularmente de su actividad a los responsables o directivos de la entidad donde preste sus servicios, deberá hacerlo dentro de los limites compatibles con el secreto profesional y los principios básicos de la profesión. Artículo 27.- El diplomado en trabajo social / asistente social debe dar a conocer a los responsables o directivos de la institución u organismo donde preste sus servicios ha sido confiada, así como cuanto obstaculice su trabajo. Artículo 28.- El diplomado en trabajo social/ asistente social debe disponer de autonomía en la elección y aplicación de las técnicas idóneas que favorezcan sus relaciones e intervenciones profesionales con las personas y asumir la responsabilidad que se derive de ello. Artículo 29.- El diplomado en trabajo social / asistente social debe tener en cuenta que la documentación de trabajo ésta sujeta a criterios de confidencialidad, por lo que su uso queda limitado por y para el objetivo profesional de que se trate. Artículo 30.- El diplomado en trabajo social/ asistente social debe tener una visión global del trabajo a realizar en la institución u organismo y establecer prioridades con criterios objetivos en función de las necesidades detectadas en la realidad social. CAPÍTULO V. RELACIÓN DEL DIPLOMADO EN TRABADO SOCIAL / ASISTENTE SOCIAL CON OTRAS ENTIDADES Y ORGANIZACIONES Artículo 31.- El diplomado en trabajo social / asistente social debe cooperar con las entidades y organizaciones cuyas políticas y programas vayan dirigidos a proporcionar servicios adecuados y promover en los mismos la práctica profesional dentro del marco de los principios del trabajo social. Los informes realizados, a petición de una entidad u organización, están sujetos al deber y derecho general de la confidencialidad, quedando la entidad solicitante obligada a no darles difusión fuera del objetivo concreto para el que fue recabado. Artículo 32.- En su relación con dichas entidades el diplomado en trabajo social / asistente social debe contribuir a la coordinación de las políticas y programas para conseguir mejores resultados.

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Artículo 33.- Ante prácticas no éticas de alguna organización o entidad que lesionen los derechos y/o dignidad de usuarios/ clientes, el diplomado en trabajo social / asistente social debe utilizar todos los medios éticos posibles para acabar con las prácticas no éticas cuando las líneas de actuación, procedimientos y prácticas están en conflicto directo con los principios éticos del trabajo social. Artículo 34.- El Diplomado en trabajo social debe mantener que la responsabilidad última es hacia el cliente, poniendo en marcha los necesarios cambios de políticas, procedimientos y actuaciones a través de los canales apropiados con los que cuentan entidades y organizaciones. Si se agotan estos canales, sin encontrar los remedios necesarios, habrá que recurrir a instancias más altas o a la más amplia comunidad de interés. CAPÍTULO VI. SECRETO PROFESIONAL Artículo 35. - El secreto profesional es un derecho y un deber del diplomado en trabajo social/ asistente social; derecho y deber que permanecen incluso después de haber cesado la prestación de los servicios tutores. Artículo 36. - El diplomado en trabajo social/ asistente social debe guardar secreto de todo lo que los usuarios/ clientes le transmitan y confíen, así como de lo que conozca en su ejercicio profesional. Tanto la recogida como la comunicación de datos debe ser restringida a las necesidades de la intervención profesional. Artículo 37. - La información que le sea requerida al profesional a efectos estadísticos, de planificación, evaluación de programas u otros, debe facilitarla sin los datos identificativos de los usuarios/ clientes. Artículo 38. - los sistemas de informatización de los datos contenidos en fichas, historias, expedientes e informes sociales deben garantizar el derecho a la intimidad del usuario/ cliente, siendo el acceso a la citada información restringido a los tutores directamente implicados en la práctica profesional. Artículo 39.- La interrupción o finalización de la relación profesional o la muerte de] usuario /cliente no exime al diplomado en trabajo social / asistente social del deber de guardar el secreto profesional. Artículo 40.- No se vulnera el secreto profesional en los siguientes supuestos: a)Por la realización de la actividad profesional en equipo, siempre que lo que se revele sea necesario para la intervención profesional. b) En la relación y colaboración del diplomado en trabajo social / asistente social con otros tutores de distinto ámbito técnico o de otras disciplinas, siempre que dicha colaboración se produzca en el marco de la intervención profesional. c) Si con el mantenimiento del secreto profesional se produjera un perjuicio al propio usuario/ cliente, por causa de su incapacidad física o psíquica, o se dañaran los intereses de terceros declarados incapaces o no. d) Para evitar una lesión notoriamente injusta y grave que la guarda del secreto profesional pudiera causar al profesional o a un tercero. e) Cuando el profesional fuera relevado del secreto profesional por el propio usuario/ cliente o sus herederos. Dicho acto de relevo deberá constar por escrito. En los casos contemplados en los casos c) y d) del presente artículo, los diplomados en trabajo social / asistentes sociales deben ser relevados de la guarda

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del secreto profesional por la Junta de Gobierno del Colegio Oficial donde se hallen colegiados, previo asesoramiento de la Comisión Deontológica, cuando la haya. Artículo 41.- El diplomado en trabajo social / asistente social que se encuentre en situación de sufrir una perturbación por el mantenimiento del secreto profesional, debe comunicarlo por escrito a la Junta de Gobierno de su Colegio Oficial para obtener la defensa y protección colegial en el uso del secreto dentro de su actuación profesional. CAPÍTULO VII. DE LA PRÁCTICA DE LA PROFESIÓN Artículo 42.- El ejercicio de la profesión del diplomado en trabajo social / asistente social debe basarse siempre en los fundamentos científicos y éticos del trabajo social. Artículo 43.- Los objetivos y la práctica de la profesión deben ser objeto de estudio, reflexión e investigación constantes por parte de los diplomados en trabajo social / asistente social con el fin de asegurar la calidad del servicio prestado. Artículo 44.- El diplomado en trabajo social / asistente social está obligado a dominar la práctica profesional y a mejorarla a través de la formación permanente y la evaluación continua de su trabajo. Artículo 45.- Los diplomados en trabajo social / asistentes sociales tienen la obligación de contribuir al desarrollo de su profesión con el fin de responder adecuadamente a las nuevas necesidades sociales. Artículo 46.- Los diplomados en trabajo social / asistentes sociales deben defender la profesión y trabajar, tanto para aumentar la confianza de la sociedad en el trabajo social, corra para la apertura de nuevos campos de intervención. CAPÍTULO VIII. RELACIONES ENTRE DIPLOMADOS EN TRABAJO SOCIAL ASISTENTES SOCIALES Y CON OTROS PROFESIONALES Artículo 47.- En el caso de que se produzca la intervención de más de un diplomado en trabajo social / asistente social u otro profesional, el diplomado en trabajo social / asistente social debe tratar de que se realice conjuntamente el análisis y el plan de intervención. Artículo 48.- El diplomado en trabajo social / asistente social debe limitar las informaciones que aporta a sus colegas y a otros tutores tan sólo a los elementos que considere estrictamente indispensables para la consecución del objetivo común, respetando el secreto profesional, Artículo 49.- El diplomado en trabajo social / asistente social debe promover el intercambio de conocimientos, experiencias e ideas con todos los colegas y con profesionales de otras disciplinas, con el propósito de enriquecerse mutuamente y mejorar la intervención social. Artículo 50.- El diplomado en trabajo social / asistente social tomará en consideración prestar desinteresadamente orientación y guía a los compañeros menos versados que así lo soliciten.

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Artículo 51.- El diplomado en trabajo social / asistente social deberá atender las demandas de sus colegas con la máxima diligencia. Artículo 52.- El diplomado en trabajo social / asistente social debe registrar debidamente el trabajo realizado con el fin de que pueda ser transferido o derivado a los colegas correspondientes. Artículo 53.- El diplomado en trabajo social/ asistente social tiene la responsabilidad de evaluar su trabajo y el de su equipo de manera leal y respetuosa, de acuerdo con criterios objetivos. Artículo 54.- Las relaciones entre los diplomados en trabajo social / asistentes sociales deben regirse por los principios de compañerismo, lealtad y respeto recíproco, evitando la competencia desleal Artículo 55.- En uso de tener que participar en la selección de colegas u otros tutores, el diplomado en trabajo social / asistente social debe hacerlo de acuerdo con unos criterios éticos claros y objetivos. Artículo 56.- Cuando un diplomado en trabajo social / asistente social conozca que otro profesional del trabajo social incumple las normas del presente Código Deontológico, debe comunicarlo por escrito a la Junta de Gobierno del Colegio correspondiente. CAPÍTULO IX. RESPONSABILIDAD DEL DIPLOMADO EN TRABAJO SOCIAL ASISTENTE SOCIAL HACIA LA SOCIEDAD EN EL EJERCICIO DE SU PROFESIÓN Artículo 57.- El diplomado en trabajo social / asistente social participa en el desarrollo social cooperando en la prevención de las dificultades sociales y en la mejora de la calidad de vida. Artículo 58.- El diplomado en trabajo social / asistente social debe contribuir al aumento de oportunidades de progreso para todos, en especial para los grupos y personas con menos posibilidades. Artículo 59.- El diplomado en trabajo social / asistente social debe promover y apoyar el desarrollo de normas y políticas que mejoren las condiciones sociales y propugnen la justicia social, Artículo 60.- El diplomado en trabajo social / asistente social debe denunciar las causas sociales que generan situaciones de desigualdad social, marginación y exclusión social. Artículo 61.- El diplomado en trabajo social/ asistente social, ante campañas informativas o similares en el ámbito de la acción social, debe velar por la salvaguarda de la veracidad de los contenidos y el respeto a las personas o grupos implicados. Artículo 62.- El diplomado en trabajo social/ asistente social debe ayudar a crear en los ciudadanos y en los poderes públicos conciencia social sobre la naturaleza de los problemas individuales, grupales y comunitarios, así como de las necesidades sociales.

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CAPÍTULO X. OBLIGACIONES DEL DIPLOMADO EN TRABAJO SOCIAL/ ASISTENTE SOCIAL EN RELACIÓN CON LA ORGANIZACIÓN COLEGIAL El diplomado en trabajo social / asistente social, con respecto a la organización colegial, está obligado a: Artículo 63.- Conocer y cumplir las normas establecidas en los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales, los de su propio Colegio y los del Consejo General, en aquellas materias que le afecten, así como cualquier otra norma estatutaria, acuerdo o resolución que se adopte por la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales, por el Consejo General de Colegios Oficiales y, en su caso, por el Consejo de Colegios de la respectiva Comunidad Autónoma. Artículo 64.- Respetar a los órganos de gobierno y a los miembros que los integren en la actuación derivada de sus cargos y atender los requerimientos, notificaciones y citaciones de los mismos, cuando actúen investidos de tal calidad, con la mayor diligencia. Artículo 65.- Contribuir a las cargas colegiales; estar al corriente en el pago de las cuotas, ordinarias y extraordinarias, en la forma y tiempo señalados en los estatutos. Artículo 66.- Notificar ante el Colegio Oficial todo acto de intrusismo del que se tenga conocimiento, así como los casos de ejercicio irregular de la profesión por parte de diplomados en trabajo social / asistentes sociales. Igualmente serán objeto de denuncia aquellos casos de ejercicio de la profesión por colegiados suspendidos o inhabilitados. Artículo 67.- Participar en la vida colegial, colaborando con sus órganos de gobierno, contribuyendo al funcionamiento, desarrollo y extensión del Colegio Oficial al que pertenezcan. Artículo 68.- El diplomado en trabajo social / asistente social, podrá colegiarse una vez obtenida la titulación o diplomatura. Siendo de obligado cumplimiento, una vez que inicie su actividad profesional, independientemente de la forma contractual o del ejercicio en región de libre competencia. Artículo 69.- Las normas contenidas en el presente Código, son de aplicación estatal, teniendo carácter vinculante para todos los diplomados en trabajo social / asistentes sociales que ejercen la profesión de trabajo social en los distintos ámbitos profesionales y bajo cualquier modalidad contractual, Los Colegios oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales podrán estipular y aprobar cuantas normas deontológicas adicionales al presente Código consideren, en el marco competencial y territorial que les corresponda legalmente y siempre que la legislación autonómica les asigne tal facultad. Las normas dictadas en el ejercicio de dicha potestad, serán complementarias y congruentes con las establecidas en el presente Código.

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DISPOSICIONES ADICIONALES Primera. El incumplimiento de las presentes normas deontológicas será objeto de sanción, conforme al régimen disciplinario establecido en los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales. Segunda. Los órganos de gobierno del Consejo General de Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales, defenderán y apoyarán a los trabajadores sociales que se encuentren con dificultades derivadas de la aplicación de este Código Deontológico. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Este Código Deontológico entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por la Asamblea General del Consejo General de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales. Segunda.- El presente Código podrá ser derogado o modificado por la Asamblea General del Consejo General de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales, requiriéndose para ello el cumplimiento de los quórum de constitución para que haya una toma válida de acuerdos contenidos en el Art. 7, apartados 10, 20, 40 y 60 de los Estatutos del Consejo General de Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales.

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REFERENCIAS Bibliográficas American Psychological Association. (1999). Manual de estilo de publicaciones. México: Manual Moderno. (Orig. 1994). Código deontológico de la profesión de Trabajo Social. (1999). Madrid: Consejo General de Colegios de Diplomados en Trabajo Social. De Juan, J. (1995). Introducción a la enseñanza universitaria. Didáctica para la formación del profesorado. Madrid: DYKINSON. De la Torre, S. y Barrios, O. (2000). Estrategias didácticas innovadoras. Recursos para la formación y el cambio. Barcelona: Octaedro. García F., M.; J. Ibáñez, y F. Alvira (2000). El análisis de la realidad social. Métodos y técnicas de investigación. Madrid: Alianza Universidad. García H., G. y J. M. Ramírez. (1996). Diseño y Evaluación de Proyectos Sociales. Zaragoza: Certeza. Juárez, M.; L. Gaitan; B. Urosa, y P. J. Cabrera. (1993). Trabajo Social e investigación. Madrid: Universidad Pontificia de Comillas. Kisnerman, N. (Comp.). (2001). Ética, ¿un discurso o una práctica social?. Barcelona: Paidós. Ley General de Educación. (1970). Madrid: Ministerio de Educación. Ley Orgánica de Universidades. (2002). Madrid: Ministerio de Educación. Ley de Reforma Universitaria. (1983). Madrid: Ministerio de Educación. Pérez S., G. (2000). Modelos de Investigación cualitativa en educación social y animación sociocultural. Aplicaciones prácticas. Madrid: Narcea. Red V., N. (Coord.) (1996). La intervención integral en Municipios menores de 20.000 habitantes. Valladolid: Junta de Castilla y León. Universidad de Valladolid. Robertis, C. (1987). La intervención colectiva en Trabajo Social. La acción con grupos y comunidades. Argentina: Ateneo.

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Fuentes en red Cabildo Insular de Tenerife. http://www.cabtfe.es Cabildo Insular de Gran Canaria. http://www.grancanaria.com Federación Canaria de Municipios. http://www.fecam.es Gobierno de Canarias. http://www.gobiernodecanarias.org Instituto Nacional de Estadística. http://www.ine.es Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. http://www.mtas.es