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    ÍNDICE

    1. Introducción ................................................................................................................... 2

    2. Marco Legal del gobierno abierto ................................................................................... 23. Aportes para el Plan AGA ............................................................................................ 134. Comentarios y aportes ................................................................................................. 135. El gobierno abierto en el Perú: más democracia y más ciudadanía ............................. 15

    5.1 Normatividad sobre transparencia y acceso a la información, integridad pública, participaciónciudadana y gobierno electrónico ................................................................................. 165.2 El Perú y el proceso participativo para su incorporación a la Sociedad de Gobierno Abierto..................................................................................................................................... 18

    6. Retos pendientes ......................................................................................................... 237. Plan de Acción de Gobierno Abierto en Colombia ....................................................... 248. Plan de Acción de Chile Gobierno Abierto 2014 2016 .................................................. 32

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    GOBIERNO ABIERTO

    1. IntroducciónEn nuestra edición anterior 2014 definimos el significado de Gobierno Abierto, señalamos como se

    incorporó el Perú a la alianza para el gobierno abierto, comentamos cuáles son los beneficios delgobierno abierto para la gestión pública y los ciudadanos, comentamos también cuál es el procesopara la elaboración del plan de acción de gobierno abierto, además de la importancia del acceso ala Información Pública y Transparencia, el gobierno electrónico, la Participación Ciudadana y laRendición de Cuentas, y aspectos relacionados con la comisión multisectorial para el seguimientode la implementación del plan de acción de gobierno abierto entre otros y como anexosadjuntamos el Plan de Acción del Perú 2012 y el Plan AGA 2014-2016

    En la continuación de este texto 2015 trataremos de incluir los avances que han surgido a partir dela última información consignada en nuestra campaña 2014 sobre este tema de suma importanciapara el desarrollo del país.

    2. Marco Legal del gobierno abiertoLa Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, estableció que el procesode modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención demayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a laciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos;

    La citada Ley establece que el proceso de modernización tiene el objetivo de alcanzar un Estado alservicio de la ciudadanía, con canales efectivos de participación ciudadana, transparente en su

    gestión y con servidores públicos calificados para la gestión pública;En el Marco de la 66º Asamblea General de las Naciones Unidas, llevada a cabo en setiembre del2011 en la ciudad de Nueva York, el Gobierno del Perú, a través de sus representantes, manifestósu voluntad de ser parte de la iniciativa denominada “Sociedad de Gobierno Abierto”;

    Nuestro país se incorporó a la Alianza para el Gobierno Abierto en abril de 2012. La aceptación delPerú como miembro pleno de Alianza para el Gobierno Abierto se supeditó a la elaboración de unPlan de Acción, que contenga compromisos concretos en materia de transparencia y acceso a lainformación pública, integridad pública, gobierno electrónico y promoción del desarrollo de nuevastecnologías, participación ciudadana y rendición de cuentas, el cual se aprobó a través de laResolución Ministerial N° 085-2012-PCM, publicada el 10 de abril de 2012. El referido plan, deacuerdo con las exigencias de la Alianza, se elaboró de manera participativa, favoreciendo laintegración de los diversos sectores y representantes de la sociedad civil y de los gremiosempresariales.

    Normas Nacionales

    2.1 MARCO NORMATIVO EN MATERIA DE TRANSPARENCIA YACCESO A LA INFORMACIÓN

    Constitución de 1993. Art. 5, inciso 5.- “Toda persona tiene derecho a solicita r sin

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    expresión de causa la información que requieray recibirla de cualquier entidad pública en elplazo legal, con el costo que suponga elpedido”

    Ley 30099 – Ley de Fortalecimiento

    de la Responsabilidad y TransparenciaFiscal

    Establece los lineamientos para asegurar una

    administración prudente, responsable,transparente y predecible de las finanzaspúblicas, con la finalidad de mantener elcrecimiento económico del país en el medianoy largo plazo.

    Decreto Supremo Nº 018-2001-PCM Dispuso que las entidades del Sector Públicoincorporen en sus Textos Únicos deProcedimientos Administrativos, unprocedimiento para facilitar a las personas elacceso a la información que posean oproduzcan

    Decreto de Urgencia Nº 035-2001, Acceso ciudadano a las Finanzas Públicas

    Decreto Supremo Nº 039-2000-EF(Derogado) Reglamento de la Ley de Prudencia yTransparencia FiscalLey Nº 27482 Ley que regula la publicación de la declaración

    jurada de ingresos y de bienes y rentas de losfuncionarios y servidores públicos del Estado.

    Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General,

    Art. 110.1 El derecho de petición incluye el desolicitar la información que obra en poder de lasentidades, siguiendo el régimen previsto en laConstitución y la Ley.

    Decreto de Urgencia Nº 077-2001 Creación del Portal de TransparenciaEconómica y Oficina de Información Econó-mica y Ciudadanía

    Decreto Supremo Nº 166-2001-EF Aprobación de incorporación de la Oficina deInformación Económica y Ciudadanía en laestructura orgánica del Ministerio de Economíay Finanzas.

    Ley Nº 27806. Ley de Transparencia y Acceso a laInformación Pública

    Ley Nº 27658 Ley Marco de la Modernización de la Gestióndel Estado. Artículo 5.- El proceso demodernización de la gestión del Estado sesustenta fundamentalmente en las siguientesacciones (…)

    f. Institucionalización de la (…) rendiciónpública y periódica de cuentas y latransparencia a fin de garantizar canales quepermitan el control de las acciones del Estado .

    Decreto Supremo Nº 030-2002-PCM, Reglamento de la Ley Marco de laModernización de la Gestión del Estado

    Ley Nº 27838, Ley de transparencia y simplificación de losprocedimientos regulatorios de tarifas

    Ley Nº 27927 Ley que modifica la Ley 27806 Ley deTransparencia y Acceso a la InformaciónPública

    Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM Aprobación del Texto Único Ordenado de laLey Nº 27806, Ley de Transparencia y Accesoa la Información Pública

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    Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM Aprobación del Reglamento de la Ley deTransparencia y Acceso a la InformaciónPública.

    Decreto Supremo Nº 063-2010-PCM Aprueba la implementación del Portal deTransparencia Estándar en las entidades de la

    Administración PúblicaResolución Ministerial Nº 200-2010-PCM

    Aprueba la Directiva Nº 01-2010-PCM/SGP-Lineamientos para la implementación del Portalde Transparencia Estándar en las Entidades dela Administración Pública.

    Ley Nº 27927, Ley que modifica la Ley 27806 Ley deTransparencia y Acceso a la InformaciónPública

    Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM Aprobación del Texto Único Ordenado de laLey Nº 27806, Ley de Transparencia y Accesoa la Información Pública

    Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM Aprobación del Reglamento de la Ley deTransparencia y Acceso a la InformaciónPública.

    Decreto Supremo Nº 063-2010-PCM Aprueba la implementación del Portal deTransparencia Estándar en las entidades de la Administración Pública

    Resolución Ministerial Nº 200-2010-PCM,

    Aprueba la Directiva Nº 01-2010-PCM/SGPLineamientos para la implementación del Portalde Transparencia Estándar en las Entidades dela Administración Pública

    Decreto Supremos Nº 042-2004-PCM Reglamento de la Ley Nº 27332, Ley Marco delos Organismos Reguladores de la inversiónPrivada en los Servicios públicos

    Ley Nº 28611 Ley General del AmbienteDecreto Supremo Nº 002-2009-MINAM Reglamento sobre transparencia, acceso a la

    información pública y participación y consultaciudadana en asuntos ambientales

    Ley Nº 29091, Ley que modifica el párrafo 38.3 del artículo 38ºde la Ley Nº 27444, Art. 2º.- Publicación dedocumentos legales en el Portal del EstadoPeruano y Portales Institucionales

    Decreto Supremo 004-2008-PCM Reglamento de la Ley Nº 29091 - Ley quemodifica el párrafo 38.3 del artículo 38º de laLey Nº 27444, Ley del Procedimiento

    Administrativo General, y establece lapublicación de diversos dispositivos legales enel Portal del Estado Peruano y en PortalesInstitucionales.

    Resolución Ministerial N° 301-2009-PCM

    Aprueba la Directiva N° 003-2009-PCM/SGP

    Resolución Ministerial N° 398-2008-PCM

    Aprueba la Directiva N° 004-2008-PCM/SGP.

    Decreto Supremo N° 095-2003-PCM Modifica el artículo 2° del Reglamento de la Leyde Transparencia y Acceso a la InformaciónPública.

    Resolución Ministerial N° 051-2009-PCM

    Aprueba la Directiva N° 002-2009-PCM/SGP“Guía para la elaboración del Informe deavances en la aplicación de medidas contra la

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    corrupción y para la resolución de denuncias.”Decreto Supremo N° 027-2007-PCM Aprueba las Políticas Nacionales de obligatorio

    cumplimiento para las entidades del GobiernoNacional

    Decreto Supremo N° 090-2010-PCM Aprueba el consolidado de avances y entrega

    de modernización.Decreto Supremo N° 028-2011-EM Crea la Comisión Multisectorial Permanentepara el Seguimiento y Supervisión de laTransparencia en el empleo de los recursosque obtiene el Estado por el desarrollo de lasindustrias extractivas minera e hidrocarburífera

    2.2 MARCO NORMATIVO EN MATERIA DE ÉTICA PÚBLICA

    Constitución Política .Art. 39°. Todos los funcionarios y trabajadorespúblicos están al servicio de la Nación. Art. 41°.

    Los funcionarios y servidores públicos queseñala la ley o que administran o manejanfondos del Estado o de organismos sostenidospor éste deben hacer declaración jurada debienes y rentas al tomar posesión de suscargos, durante su ejercicio y al cesar en losmismos. La respectiva publicación se realiza enel diario oficial en la forma y condiciones queseñala la ley.

    Ley Nº 27588, Ley que establece las prohibiciones eincompatibilidades de funcionario y servidorespúblicos, así como de las personas que prestenservicios al Estado bajo cualquier modalidadcontractual

    Ley Nº 27815 Código de Ética de la Función PúblicaDecreto Supremo Nº 033-2005-PCM Aprueban Reglamento de la Ley del Código de

    Ética de la Función PúblicaResolución Ministerial Nº 050-2009-PCM

    aprueba la Directiva Nº 001- 2009-PCM,Lineamientos para la promoción del Código deÉtica de la Función Pública

    Ley N° 28496 Modifica la Ley del Código de ÉticaResolución Suprema N° 111-2009-PCM

    Se instituyó el 29 de mayo de cada ano, laceremonia de reconocimiento al Servidor

    PúblicoDecreto Supremo N° 027-2007-PCM Define y establece las Políticas Nacionales deobligatorio cumplimiento para las entidades delGobierno Nacional

    Decreto Supremo N° 090-2010-PCM. Aprueban el Consolidado de los Avances enReforma del Estado y la Estrategia deModernización de la Gestión del Estado

    Resolución de Contraloría Nº 430-2008-CG.

    Aprueba la Directiva Nº 010-2008-CG “Normaspara la conducta y desempeño del Personal dela Contraloría de la República y de los órganosde Control Institucional”

    Resolución Ministerial Nº 378-2004-JUS

    “Crean comisión de Transparencia y Anticorrupción del Ministerio de Justicia” Resolución Jefatural Nº 243-2004- Crean comisión de Ética, Transparencia y

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    AGN-J Anticorrupción del Archivo General de laNación”

    “Resolución Nº 350-2004-SUNARP-SN modificada por Resolución Nº 010-2006-SUNARP-SN, se Modificó el Código de Ética dela Superintendencia Nacional de de Registros

    Públicos, adecuándolo al Código de Ética de laFunción Pública, precisando funciones de losComités de Ética, Transparencia y Anticorrupción

    Resolución Ministerial Nº 936-2005-DE-SG

    “Aprueban el Código de Ética de las fuerzas Armadas del Perú

    Resolución Jefatural Nº 5387-2005-INACC-J

    Aprueban Directiva Nº 007-2005-INACC-J,Normas de Ética para los empleados públicosdel instituto Nacional de Concesiones yCatastro Minero”

    Resolución Jefatural Nº 0178-2006-INACC-J,

    Constituyen Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto

    Nacional de Concesiones y Catastro Minero” Resolución del Instituto NacionalPenitenciario Nº 261-2006-INPE-P

    Aprueba la “Directiva sobre mecanismos deprotección, estímulos e incentivos para losservidores del INPE que denuncien elincumplimiento de las disposiciones de la Leydel Código de Ética de la Función Pública”.

    Resolución de Secretaría General Nº0279-2007-ED

    Aprueban normas de transparencia en laconducta y desempeño de funcionarios yservidores públicos, que bajo cualquier régimenlaboral y forma o modalidad contractual,desempeñen actividades o funciones en losórganos de gestión y administración delMinisterio de Educación”.

    Resolución Ministerial Nº 550-2007-MTC-01

    Aprueban Directiva sobre incentivos yestímulos por el cumplimiento de lo establecidoen el Có- digo de Ética de la Función Pública ymecanismos de protección para quienesdenuncien el incumplimiento dedicho Código”

    Resolución Ministerial Nº 295-2009-PRODUCE

    Aprueban la Directiva General Nº 006,“Disposiciones para la aplicación del Código deÉtica de la Función Pública y su respectivadifusión en el Ministerio de la Producción

    Acuerdo de Directorio N° 010-2006/04-

    FONAFE

    Aprueba el Código de Ética del personal de

    FONAFE y el Código Marco de losTrabajadores de las Empresas del Estad

    2.3 MARCO NORMATIVO EN MATERIA DE RENDICIÓN DE CUENTAS

    Constitución, Política del estado Artículo 199°.- Establece que los gobiernosregionales y locales “formulan suspresupuestos con la participación de lapoblación y rinden cuenta de su ejecución,anualmente, bajo responsabilidad, conforme aley”

    . Ley Nº 26300 Ley sobre los Derechos de Participación yControl Ciudadanos, en su art. 31º regula la

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    demanda de rendición de cuentas, definiéndolacomo el derecho ciudadano de “interpelar a lasautoridades respecto a la ejecuciónpresupuestal y el uso de recursos propios. Laautoridad está obligada a dar respuesta. Sonsusceptibles de esta demanda quienes ocupancargos sujetos a revocatoria y remoción”. Deacuerdo a lo señalado por dicha norma, lademanda de rendición de cuentas debe cumplircon los siguientes requisitos de procedibilidad

    - Debe ser solicitada, como mínimo, porel 10% del total de la población electoralde la circunscripción territorial o por 25mil ciudadanos

    - Puede exigirse a cualquier autoridadsujeta a revocación o remoción

    - Debe ser sólo respecto a la ejecución

    presupuestal y el uso de recursospropios- Debe realizarse mediante un

    procedimiento sumario seguido ante elJurado Nacional de Elecciones -JNE-.

    Ley N° 27783, Ley de Bases de laDescentralización

    Artículo 17º.- Establece la obligación de losgobiernos regionales y locales de promover laparticipación ciudadana en las distintas etapasde la gestión pública, en esa medida, debengarantizar “el acceso de todos los ciudadanos ala información pública, con las excepciones queseñala la ley, así como la conformación yfuncionamiento de espacios y mecanismos deconsulta, concertación, control, evaluación yrendición de cuentas”.

    Ley N° 27867, Ley Orgánica deGobiernos Regionales

    Artículo 8°, numeral 3, reconoce a la rendiciónde cuentas como uno de los principios rectoresde las políticas y la gestión regional, en virtuddel cual “Los gobiernos regionales incorporarána sus programas de acción mecanismosconcretos para la rendición de cuentas a laciudadanía sobre los avances, logros,dificultades y perspectivas de su gestión”

    Ley Orgánica de Municipalidades, LeyNº 27972

    En su artículo el artículo IX de su TítuloPreliminar dispone que “El sistema deplanificación tiene como principios laparticipación ciudadana a través de sus vecinosy organizaciones vecinales, transparencia,gestión moderna y rendición de cuentas (…)”

    La Ley Nº 28056, Ley Marco delPresupuesto Participativo

    Establece la obligatoriedad de la rendición decuentas por parte del presidente regional o elalcalde acerca del estado de la ejecución de losproyectos priorizados en el proceso delpresupuesto participativo

    Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder

    Ejecutivo,

    Artículo II, principio de servicio al ciudadano,

    dicho principio implica que las entidades delPoder Ejecutivo están al servicio de las

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    personas y de la sociedad, por tanto actúan enfunción de sus necesidades, así como delinterés general de la Nación, asegurando quesu actividad se realice con arreglo a larendición de cuentas, que implica que losresponsables de la gestión den cuentaperiódicamente, a la población, acerca de losavances, logros, dificultades y perspectivas dela misma

    Resolución de Contraloría N° 332-2007-CG

    Aprueba la Directiva N° 004-2007-CG/GDESsobre rendición de cuentas de los titulares.

    2.4 MARCO NORMATIVO EN MATERIA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

    Constitución, .Artículo 2º, inciso 17º.- A participar, en formaindividual o asociada, en la vida política,

    económica, social y cultural de la Nación. Losciudadanos tienen, conforme a ley, losderechos de elección, de remoción orevocación de autoridades, de iniciativalegislativa y de referéndum. Art. 31.- “Losciudadanos tienen derecho a participar en losasuntos públicos mediante referéndum;iniciativa legislativa; remoción o revocación deautoridades y demanda de rendición decuentas. Tienen también el derecho de serelegidos y de elegir libremente a susrepresentantes, de acuerdo con las condicionesy procedimientos determinados por leyorgánica. Es derecho y deber de los vecinosparticipar en el gobierno municipal de su jurisdicción. La ley norma y promueve losmecanismos directos e indirectos de suparticipación

    . Ley Nº 26300 Ley sobre los Derechos de Participación yControl Ciudadanos

    Resolución de Contraloría Nº 155-2006-CG

    “Procedimiento de Veeduría Ciudadana”

    Resolución de Contraloría Nº 273-2007-CG,

    Brigadas Ciudadana de la Contraloría Generalde la República”, creadas con el objetivo deque se transformen en mecanismo de apoyo alcontrol preventivo y vigilancia que realiza lContraloría General.

    Ley 27783, Ley de Bases deDescentralización

    Los gobiernos regionales y locales estánobligados a promover la participaciónciudadana en la formulación, debate yconcertación de sus planes de desarrollo ypresupuestos, y en la gestión pública. Para esteefecto deberán garantizar el acceso de todoslos ciudadanos a la información pública, con lasexcepciones que señala la ley, así como la

    conformación y funcionamiento de espacios ymecanismos de consulta, concertación, control,

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    evaluación y rendición de cuentasLey 27867, Ley Orgánica de GobiernosRegionales.

    Artículo 8. Principios rectores de las políticas yla gestión regional: 1. Participación.- La gestiónregional desarrollará y hará uso de instancias yestrategias concretas de participación

    ciudadana en las fases de formulación,seguimiento, fiscalización y evaluación de lagestión de gobierno y de la ejecución de losplanes, presupuestos y proyectos regionales.

    Ley Nº 28056 Ley Marco del Presupuesto ParticipativoLey Nº 29785 Ley del derecho a la consulta previa a los

    pueblos indí- genas u originarios, reconocido enel Convenio 169 de la OrganizaciónInternacional del Trabajo

    Ley Nº 29785, Ley del derecho a la consulta previa a lospueblos indígenas u originarios, reconocido enel Convenio 169 de la Organización

    Internacional del Trabajo

    2.5 MARCO NORMATIVO EN GOBIERNO ELECTRÓNICO

    Constitución Política del Perú Inciso 3 del artículo 200, Incisos 5 y 6 delartículo 2

    Ley 27269 Ley de Firmas yCertificados Digitales

    Regula la utilización de la firma electrónicaotorgándole la misma validez y eficacia jurídicaque el uso de una firma manuscrita u otraanáloga que conlleve manifestación devoluntad.

    Supremo Nº 052-2008-PCM,modificado mediante Decreto SupremoNº 070- 2011-PCM

    Reglamento de la Ley de Firmas y CertificadosDigitales

    Decreto Legislativo 102924/6/2008

    Modifica el artículo 20.4 de la Ley 27444Notificaciones Electrónicas

    Resolución Ministerial Nº 179-2004-PCM

    Uso obligatorio de la Norma Técnica Peruana“NTP-ISO/IEC12207:2004 Tecnología de laInformación. "Procesos del Ciclo de Vida delSoftware, 1ª Edición” en entidades del SistemaNacional de Informática

    Resolución Ministerial Nº 274-2006-

    PCM

    Estrategia Nacional de Gobierno Electrónico

    Resolución Ministerial Nº 19-2011-PCM

    Formulación y evaluación del Plan OperativoInformático de las entidades de la Administración Pública y su Guía deElaboración

    Resolución Ministerial Nº 61-2011-PCM

    Lineamientos que establecen el contenidomínimo de los Planes Estratégicos de GobiernoElectrónico.

    Resolución Ministerial N° 381-2008-PCM

    Aprueba los Estándares y Especificaciones deInteroperabilidad del Estado Peruano

    Resolución Ministerial N° 197-2011-PCM

    Establece fecha límite para que diversasentidades de la Administración Públicaimplementen el Plan de Seguridad de laInformación dispuesto en la NTP- ISO/IEC

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    17799:2007 EDI. Tecnología de la Información.Código de Buenas Prácticas para la Gestión deSeguridad de la Información

    Decreto Supremo N° 069-2011-PCM Crea el Portal de Información de DatosEspaciales del Perú (GEOIDEP).

    Decreto Supremo N° 083-2011-PCM Crea la Plataforma de Interoperabilidad delEstado (PIDE).

    2.6 MARCO NORMATIVO EN MATERIA DE ARCHIVOS

    Ley Nº 26612 Modifica el D. Leg. N° 681, mediante el cual seregula el uso de tecnologías avanzadas enmateria de archivo de documentos einformación

    Decreto Legislativo Nº 827 Amplían los alcances del D. Leg. Nº 681 a lasentidades públicas a fin de modernizar el

    sistema de archivos oficialesDecreto Supremo Nº 001-2000-JUS Reglamento sobre el uso de tecnologíasavanzadas en materia de archivo dedocumentos e información a entidades públicaso privadas

    2.7 MARCO NORMATIVO EN MATERIA DE SOFTWARE

    Ley N° 28612 Ley que norma el uso, adquisición yadecuación del software en la administraciónpública

    Decreto Supremo N° 024-2006-PCM Reglamento de la Ley N° 28612, Ley quenorma el uso, adquisición y adecuación delsoftware en la Administración Pública

    Resolución Ministerial Nº 139-2004-PCM

    "Guía Técnica sobre Evaluación de Softwarepara la Administración Pública"

    Resolución Ministerial Nº 073-2004-PCM

    Guía para la Administración Eficiente delSoftware Legal en la Administración Pública

    Decreto Supremo Nº 013-2003-PCM ysus modificatorias

    Medidas para garantizar la legalidad de laadquisición de software en entidades ydependencias del sector público,

    Decreto Supremo 076-2010-PCM, Decreto Supremo que modifica el Decreto

    Supremo Nº 013-2003-PCM estableciendodisposiciones referidas a las adquisiciones decomputadoras personales que convoquen lasentidades públicas

    2.8 MARCO NORMATIVO EN MATERIA DE INTERNET

    Decreto Supremo Nº 066-2001-PCM Lineamientos de Políticas Generales parapromover la masificación del acceso a Interneten el Perú

    Resolución Ministerial Nº 347-2001-

    MTC-15.03

    Proyecto Piloto en Telecomunicaciones

    "Cabinas de Acceso Público a Internet - Bancode la Nación.

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    Decreto Supremo Nº 070-2001-ED Reglamento del Fondo Nacional para el Uso deNuevas Tecnologías en la Educación – FONDUNET

    Decreto de Urgencia Nº 077-2001 Portal de Transparencia Económica comoplataforma informativa del Ministerio de

    Economía y Finanzas para los ciudadanos através de InternetDecreto Supremo N° 019-2007-PCM Ventanilla Única del Estado a través del Portal

    de Servicios al Ciudadano y Empresas y secrea el Sistema Integrado de Servicios PúblicosVirtuales, PORTAL DEL ESTADO PERUANO

    Decreto Supremo N° 060-2001-PCM Portal del Estado Peruano como sistemainteractivo de información a los ciudadanos através de Internet

    Resolución Jefatural N° 234-2001-INEI Directiva “Normas y Procedimientos Técnicossobre Contenidos de las Páginas Web en lasEntidades de la Administración Pública

    Decreto Supremo Nº 059-2004-PCM Administración del “Portal del Estado Peruano”Decreto Supremo N° 032-2006-PCM, Portal deServicios al Ciudadano y Empresas - PSCE

    Decreto Supremo Nº 063-2010-PCM Implementación del Portal de TransparenciaEstándar en las Entidades de la AdministraciónPública

    2.9 SIMPLIFICACION ADMINISTRATIVA

    Ley 2909126/9/2007

    Ley que modifica el párrafo 38.3 del artículo 38ºde la Ley Nº 27444, Ley Del Procedimiento Administrativo General, y establece lapublicación de diversos dispositivos legales enel Portal del Estado Peruano y en PortalesInstitucionales,

    Decreto Supremo 004-2008-PCM Reglamento de la Ley Nº 29091 - Ley quemodifica el párrafo 38.3 del artículo 38º de laLey Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y establece lapublicación de diversos dispositivos legales enel Portal del Estado Peruano y en PortalesInstitucionales,

    Decreto Legislativo 102924/6/2008 ,Modifica la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley 27444 y la Ley delSilencio Administrativo - Ley 29060

    Resolución Ministerial Nº 228-2010-PCM

    Plan Nacional de Simplificación Administrativa

    Decreto Supremo Nº 027-2010-PCM Centro de Atención Telefónica “Aló MAC” comoservicio integrado de atención dirigido a laciudadanía

    Decreto Supremo Nº 038-2010-PCM Establecen el uso del Sistema de Programacióny Gestión por Metas y Resultados denominadoSistema de Metas SIGOB/Perú

    Decreto Supremo N° 025-2010-PCM Aprueba la Política Nacional de Simplificación Administrativa.Decreto Supremo N° 062-2009-PCM Aprueba el Formato Único del TUPA y

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    establece disposiciones para su aplicación.Decreto Supremo N° 090-2010-PCM Aprueban el Consolidado de los Avances en

    Reforma del Estado y la Estrategia deModernización de la Gestión del Estado

    Decreto Supremo N° 079-2007-PCM Aprueba los Lineamientos para la elaboración y

    aprobación del TUPA

    2.10 COMERCIO ELECTRÓNICO

    Ley 2729124/6/2000

    Ley que modifica el Código Civil permitiendo lautilización de los medios electrónicos para lamanifestación de voluntad y la utilización de lafirma electrónica.

    Capítulos de Comercio Electrónico(explícitos)

    En los diversos Tratados de Libre Comercio(TLC)Perú - Canadá. Capítulo Quince de Comercio

    Electrónico.Perú – EFTA (Estados de la AsociaciónEuropea de Libre Comercio). Artículo 1.8 deComercio Electrónico.Perú - Singapur. Capitulo Trece de ComercioElectrónico. Perú - Corea del Sur. CapituloCatorce de Comercio Electrónico.Perú - Estados Unidos. Capitulo Quince deComercio Electrónico

    2.11 CONTROL Y PROTECCIÓN

    Ley 2730917/7/2000

    Ley que incorpora los Delitos Informáticos alCódigo Penal

    Ley Nº 281193/12/2003

    Modificada por la Ley Nº 29139, Ley queProhíbe el Acceso a Menores de Edad aPáginas Web de Contenido Pornográfico y acualquier otra Forma de Comunicación

    Ley 2849312/4/2005

    Ley que regula el Correo Electrónico Comercialno solicitado (SPAM).

    Resolución Ministerial Nº 360-2009-PCM

    Mediante la cual crean el Grupo de Trabajodenominado Coordinadora de Respuestas aEmergencias en Redes Teleinformáticas de la Administración Pública del Perú (Pe-CERT)

    2.12 NORMAS DE DEFENSA DE DERECHOS FUNDAMENTALES

    Ley 2960321/10/2010

    Ley que autoriza a la Oficina Nacional deProcesos Electorales (ONPE) a emitir lasNormas Reglamentarias para laimplementación gradual y progresiva del VotoElectrónico.

    Ley 29733, 3/7/2011 Ley de Protección de Datos Personales

    2.13 NORMAS SOBRE SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN Y GOBIERNO ELECTRÓNICO

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    Resolución Ministerial Nº 081-2003-PCM

    Mediante la cual se crea la ComisiónMultisectorial para el Desarrollo de la Sociedadde la Información (CODESI).

    Decreto Supremo N° 031-2006-PCM Mediante la el cual se aprueba el “Plan deDesarrollo de la Sociedad de la información en

    el Perú - La Agenda Digital Peruana”. Resolución Ministerial N° 0473-RE Oficializa la Reunión Ministerial de la Sociedadde la Información LAC 2015

    Decreto Supremo N° 066-2011-PCM Aprueba el Plan de Desarrollo de la Sociedadde Información en el Perú, la Agenda DigitalPeruana 2.0

    3. Aportes para el Plan AGAComo lo señala la Presidencia del Consejo de Ministros –PCM en la publicación de su página webque desde el lanzamiento de la Alianza para el Gobierno Abierto en septiembre de 2011, ya sonsesenta y tres (63) países los que forman parte de esta iniciativa multilateral que tiene comoobjetivos: i) mejorar los niveles de transparencia y rendición de cuentas de la AdministraciónPública mediante la apertura de datos; ii) promover y expandir los mecanismos de participaciónciudadana en los asuntos públicos que les conciernen; y iii) generar la colaboración entre entidadespúblicas y sociedad civil para la búsqueda e implementación de soluciones a los problemaspúblicos.

    El Perú forma parte de esta Alianza desde abril de 2012, y en este periodo se está impulsado unespacio de diálogo entre el gobierno, la sociedad civil y la empresa, con el fin de implementarcompromisos basados en los principios de gobierno abierto que tengan un impacto positivo en lascondiciones y calidad de vida de las personas.

    En esa línea, el gobierno comprometido con la consolidación del gobierno abierto en el Perú haelaborado un borrador de Plan de Acción de Gobierno Abierto (PLAN AGA) para el periodo 2014 – 2016, el cual ha sido construido a través de una metodología participativa para recoger los aportestanto de las instituciones públicas como de las organizaciones de la sociedad civil y la empresaprivada.

    4. Comentarios y aportesLa Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros PCM, consideraimportante contar con la opinión de la ciudadanía en general sobre los compromisos formulados enel Plan de Acción con la finalidad de enriquecerlos. En esa medida, a fin de optimizar adecuada yordenadamente los aportes de instituciones, ciudadanos y ciudadanas, se ha elaborado una fichaque será el único instrumento a través del cual se recibirán los comentarios y aportes al borradordel Plan AGA 2014-2016. En ese sentido, la PCM solicita emplear los siguientes medios:

    a) Al correo electrónico: [email protected]

    b) Remitir esta ficha al Jr. Carabaya s/n Cercado de Lima (mesa de partes de la Secretaría deGestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros).

    Para este efecto ha publicado los siguientes formatos para recibir aportes de instituciones,ciudadanos y ciudadanas sobre el Plan de Acción de Gobierno Abierto del Perú 2014-2016 del 30de mayo al 17 de junio

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    mailto:[email protected]:[email protected]

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    Brinde sus datos en la columna correspondiente (los datos son obligatorios, exceptoaquellos marcados con un asterisco *)

    Si es una institución Si es un ciudadano particular

    Nombre: Nombre: Dirección postal Documento de identidad (especifique si setrata de otro documento diferente al DNI):

    Página web, cuenta de Twitter, Facebook uotra red social*:

    Dirección electrónica y/o postal:

    Nombre de la persona de contacto: Página web, cuenta de Twitter, Facebook uotra red social*:

    Documento de identidad (especifique si setrata de otro documento distinto al DNI):

    Dirección electrónica

    Comentarios generales al borrador del Plan de Acción (OPCIONAL). Máximo: 200 palabras.

    Comentarios específicos al borrador del plan de acción. Máximo: 100 palabras por comentario oaporte. Recuerde que puede adjuntar documentación de apoyo para sustentar su enunciado. Si lohace, indíquelo con precisión al final de su comentario (esa referencia no será tomada en cuentapor el contador de palabras ).

    El documento contiene tres secciones, listadas a continuación. Refiérase a la seccióncorrespondiente cuando formule su comentario o aporte.

    Secciones del borrador del Plan de Acción

    I. ANTECEDENTES

    II. METODOLOGIA PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN 2014-2016III. COMPROMISOS

    Indicar sección: ¿Sobre qué sección se dirige este comentario o aporte?

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    5. El gobierno abierto en el Perú: más democracia y más ciudadaníaEste aporte importante fue elaborado por Rocío del Pilar Vargas Morales y publicado en la páginaweb de Proetica –Open Governance cuyo contenido es el siguiente:

    Sobre los principios del Gobierno Abierto y el Perú Profundizar la democracia a través de laafirmación del Estado Constitucional de Derecho, expresado éste en la garantía a los derechoshumanos, la transparencia de la gestión pública, la participación ciudadana en la toma dedecisiones, la implementación y evaluación de las políticas públicas, la afirmación de la integridadde la función pública y la implementación de tecnologías de la información para la mejor provisiónde servicios a la ciudadanía, constituyen la finalidad y el contenido de un gobierno abierto.

    A la luz del enfoque de derechos, el gobierno abierto supone la relación entre ciudadanos(personas como sujetos de derechos) y un Estado cuya razón de ser es garantizar que talesderechos sean ejercidos plenamente y en condiciones de equidad. A esta noción, el gobiernoabierto incorpora el carácter colaborativo de esa relación, la que debiendo ser horizontal, entiendeal ciudadano como un agente de propuestas de mejora de las políticas públicas y fuentepermanente de conocimiento y aprendizajes.

    Entender al ciudadano como agente de propuestas y fuente de conocimiento para la gestiónpública implica que ésta también debe transformarse e incorporar la participación ciudadana comoun método de gestionar las políticas públicas. Si no lo hace, estará negando uno de los principiosfundamentales del gobierno abierto: incrementar la participación ciudadana, empleando todos losmedios disponibles para ello.

    Incorporar al ciudadano en los procesos de diseño, toma de decisión, implementación, monitoreo yevaluación de las políticas públicas supone ciudadanos conocedores y conscientes de su derechoa participar y servidores públicos dispuestos a promover dicha participación.

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    Pero la gestión pública no sólo debe incorporar este principio en su reflexión, sino y sobretodo ensu actuación y práctica cotidiana. Debe modificar procesos internos, abrir datos, proveer deinformación oportuna, relevante y clara al ciudadano, emplear mecanismos tecnológicos para hacertransparente su gestión y entender que es el ciudadano el propietario de la información pública yque los servidores son, únicamente, gestores de la misma.

    Entonces, el gobierno abierto implica desterrar la cultura del secreto, la opacidad de la gestiónpública y los procesos que, justificados en el privilegio de la eficacia y la obtención pronta deresultados, niegan la participación y la consulta al ciudadano, principal destinatario de su actuación.

    Todos estos principios y criterios orientadores de la actuación del Estado y los gobiernos son partede la discusión que como país aún se viene sosteniendo, principalmente desde inicios del presentesiglo, luego de una etapa en la que los fundamentos democráticos fueron puestos en riesgo acausa del conflicto armado interno, el debilitamiento de la institucionalidad democrática, elsometimiento de los poderes del Estado a los poderes fácticos que se sostenían en la corrupción yla negación de los derechos ciudadanos, el clientelismo como forma de hacer política, entre otros.

    Esta etapa denominada de transición democrática1

    , puso sobre el tapete la necesidad de afirmarlos valores democráticos y comprender que aún con las debilidades que ostenta nuestro sistema,es la democracia la mejor forma de gobernar respetando los derechos y libertades de las personas.Y el gobierno abierto contribuye de manera importante a afirmar dichos valores democráticos.

    Durante este proceso, el país estableció diversos consensos a partir de la creación de importantesespacios de diálogo político y programático como el Acuerdo Nacional, integrado por las fuerzaspolíticas representativas en el Congreso de la República en el año 2002, organizaciones de lasociedad civil y del gobierno. Este espacio formuló las denominadas Políticas de Estado del Acuerdo Nacional2 clasificadas en los siguientes temas: Democracia y Estado de Derecho, Equidady Justicia Social, Competitividad del país y Estado Eficiente, Transparente y Descentralizado.

    Así, la vigésimo cuarta política, referida a la afirmación de un Estado eficiente y transparente; lavigésimo sexta política, referida a la ética, la transparencia y la erradicación de la corrupción; lavigésimo novena política de Estado referida al acceso a la información, la libertad de expresión y lalibertad de prensa, constituyen los parámetros en los que se inscriben los compromisos asumidospor el Perú en el Plan de Acción de Gobierno Abierto.

    5.1 Normatividad sobre transparencia y acceso a la información, integridadpública, participación ciudadana y gobierno electrónico

    En el ámbito normativo, la primera década del presente siglo significó para el país la aprobación deimportantes normas destinadas a materializar la vocación de las políticas expresadas líneas arriba,así como afirmar el Estado de Derecho y la democracia, severamente afectados anteriormente.

    Durante este período se aprobó la Ley 27806 (agosto de 2002), Ley de Transparencia y Acceso ala Información Pública, que expresa la voluntad de erradicar la cultura del secreto en los actos degobierno y garantizar el ejercicio efectivo de la ciudadanía al acceso a información producida por laadministración pública. Esta favorecería su derecho a la participación y la vigilancia ciudadana, lademanda de rendición de cuentas, entre otros derechos fundamentales 3

    1 “Los gobiernos y las administraciones públicas se encuentran sometidos a una creciente presión por abrirse al escrutinio popu lar, porser más accesibles y sensibles a las demandas y necesidades de los ciudadanos y a responder por la confianza política otorgada paragestionar la cosa pública”. Ramírez Alujas, Álvaro. “Gobierno Abierto y Modernización de la Gestión Pública”. En: Revista Enfoques. Vol.IX. N° 15. 2011. Pg. 103.2 El Acuerdo Nacional se conformó el 5 de marzo de 2002 .3 “Una de las características esenciales de un estado democrático y constitucional es la transparencia en la administración y g estión delos asuntos públicos. Tal característica genera la obligación en los funcionarios públicos de rendir cuentas sobre las decisiones quetoman y también tiene como consecuencia que las personas puedan acceder a la información que obra en poder de las entidades

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    Esta norma ha favorecido posteriores políticas públicas en materia de transparencia fiscal,implementándose el Portal de Transparencia Económica, que permite identificar las transferenciasa los gobiernos nacional, regionales y locales, los proveedores del Estado, la deuda pública, laejecución de proyectos de inversión pública, entre otros; la aprobación de la Ley de Contratacionesdel Estado, la implementación del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE),entre otrosSin embargo, aún debemos mejorar los niveles de supervisión del cumplimiento de la ley, evaluar,a través de un amplio un proceso de diálogo, la creación de una autoridad con amplias facultadesfiscalizadoras y sancionadoras en materia de transparencia, y fortalecer las capacidades de laspersonas al servicio del Estado y la sociedad civil, a fin de incrementar el cumplimiento de lasnormas sobre transparencia

    Por su parte, y para garantizar el derecho a la autodeterminación informativa, se aprobó la Ley29733 (julio de 2011), Ley de Protección de Datos Personales, cuyo reglamento está aún enproceso de aprobación.

    En materias vinculadas a la gestión pública y la incorporación de los principios que deben regirla,se aprobó la Ley 27658 (enero de 2002), Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado,proceso que tiene como objetivo construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio delciudadano, transparente en su gestión y con canales efectivos de participación ciudadana.

    Asimismo, la Ley 27588 (diciembre de 2001), Ley que establecer las prohibiciones eincompatibilidades de funcionarios y servidores públicos, así como de las personas que prestenservicios al Estado bajo cualquier modalidad contractual; así como la Ley 27815, (agosto de 2002),Ley del Código de Ética de la Función Pública.

    Respecto del derecho a la participación ciudadana, para garantizar este derecho, se aprobaronnormas que establecen mecanismos de participación y control ciudadano, referidas no sólo a lainiciativa legislativa, la revocatoria de autoridades y el referéndum, sino también a la planificaciónestratégica y presupuestal, a través del denominado “presupuesto participativo”.

    Así, se aprobó la Ley 28056 (agosto de 2003), Ley Marco del Presupuesto Participativo y la Ley29158 (diciembre de 2008), Ley Orgánica del Poder Ejecutivo que establece que la rendición decuentas, la participación ciudadana y la transparencia son principios que rigen la actuación de estepoder del Estado.

    Recientemente, el Perú ha aprobado la Ley 29785 (julio 2011), Ley de Consulta Previa a losPueblos Indígenas y Originarios, en cumplimiento de lo dispuesto por el Convenio 169.

    Sin embargo, aún es preciso reforzar estos mecanismos y promover otros que aún no siendonormados, permitan identificar las voces de la ciudadanía en la definición, ejecución y evaluaciónde la política públicas, aprovechando el uso de tecnologías de la información que favorecen unaparticipación más activa.4

    Finalmente, en materia de gobierno electrónico y servicios públicos, se cuenta con un PlanEstratégico de Gobierno Electrónico, así como con la Agenda Digital Peruana 2.0 elaborada con laparticipación de las entidades públicas, la sociedad civil e instituciones académicas.

    estatales.” Defensoría del Pueblo. Informe N° 96. Balance a dos años de vigencia de la ley de transparencia y acceso a la informaciónpública 20032004. Lima, octubre 2005.4 La OCDE da cuenta de la noción de plataforma que integra varios aspectos a considerar, que van más allá de la normatividad. Así,bajo el rótulo de Administración Abierto, concibe una plataforma de base para: “implantar sólidos marcos jurídicos, institucionales ypolíticos que rijan el acceso a la información, la consulta y la participación pública en la materia que contribuye a mejorar la políticapública, a luchar contra la corrupción y a incrementar la confianza de la sociedad en la Administracion”. Citado por Ramírez Alujas, Álvaro. Ob. Cit. Pg. 107.

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    Asimismo, para superar la brecha digital se ha formulad el Plan Nacional para el Desarrollo de laBanda Ancha en el Perú, habiéndose aprobado la Ley 29904 (julio 2012), Ley de promoción de labanda ancha y construcción de la red dorsal nacional de fibra óptica.

    Como se puede apreciar, la primera década del presente siglo muestra Políticas de Estadoconcertadas y un marco normativo profuso e importante en el Perú que han contribuido aprofundizar la institucionalidad democrática. Sin embargo, la institucionalidad supone bastante másque lo normativo.

    En ese sentido, el Plan de Acción de Gobierno Abierto del Perú implica una oportunidad parainstaurar arreglos institucionales que, con base en las normas y políticas aprobadas, permitarelaciones entre los niveles de gobierno y poderes del Estado que fortalezcan la participación, latransparencia y rendición de cuentas como una forma de gobierno y que conciban a la ciudadaníacomo el objetivo y finalidad de su actuación5

    En términos de gobernanza, 6 el gobierno abierto permite mejorar la interacción entre actores

    políticos, públicos y de la sociedad civil. Aún la normatividad no ha resultado suficiente para lograruna amplia mayoría de servidores públicos plenamente comprometidos con los principios delgobierno abierto, así como tampoco, ha resultado suficiente para lograr el uso óptimo de todas lasposibilidades de participación que dicha normatividad favorece.

    Por lo pronto, en el marco de la confluencia de voluntades del gobierno y la sociedad civil paraformular compromisos vinculados a los principios del gobierno abierto, el Perú inició el proceso deincorporación a la Sociedad de Gobierno Abierto y la formulación de su Plan de Acción, ennoviembre de 2011.

    5.2 El Perú y el proceso participativo para su incorporación a la Sociedad de

    Gobierno AbiertoEl caso peruano da cuenta de un proceso de debate público en torno al contenido del sistemademocrático, el proceso de descentralización, la ética pública y la lucha contra la corrupción, y lamodernización de la gestión pública, aspectos que la noción de gobierno abierto integra,brindándoles un marco de actuación que contiene principios y acciones destinadas a concretarlos.

    Pero el gobierno abierto, además de noción integradora, es una iniciativa global que impulsa a lospaíses a asumir compromisos concretos en materia de transparencia y acceso a la informaciónpública, participación ciudadana y rendición de cuentas, integridad pública y gobierno electrónicopara la mejor provisión de servicios públicos.

    En esa medida, el gobierno abierto vincula los conceptos de democracia y ciudadanía con la acciónpolítica destinada a formular acciones, a manera de compromisos a nivel internacional, en estasmaterias. Estos compromisos tienen como condición que su construcción corresponda a unproceso de diseño e implementación concertado y participativo.

    Bajo estos criterios, en setiembre de 2011 y en el marco de la 66° sesión de la Organización de lasNaciones Unidas, el gobierno del Perú expresó su voluntad de ser parte de la Sociedad de

    5 Con Gobierno Abierto se habla fundamentalmente de valores, de repensar administraciones y gobiernos, sus procedimientos y susdogmas. Calderón, César. “Por qué un Gobierno Abierto”. En: CEPAL. “El desafío hacia el gobierno abierto en la hora de la igualdad”.Pg. 28.6 Si bien, “hablar de gobierno abierto (…) no es sólo de la idea de gobernanza, ni de remozar la administración pública, sino dereinventar y reorganizar todo el sistema aportándole nuevas capacidades en todos sus puntos, provenientes de la apertura a laciudadanía”. Ob. cit. pg. 29.

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    Gobierno Abierto, a través de una comunicación remitida a los gobiernos de Estados Unidos deNorteamérica y Brasil, líderes de esta iniciativa.

    Dicha comunicación implicaba el compromiso de elaborar el Plan de Acción de Gobierno Abiertodel Perú, proceso que se inició en noviembre de 2011 a partir de la invitación cursada por elMinisterio de Relaciones Exteriores a la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General de laRepública y la Presidencia del Consejo de Ministros, representada por su Secretaría de GestiónPública.

    En razón de sus funciones en materia de transparencia y acceso a la información pública, fomentode la ética pública, la participación ciudadana y la modernización de la gestión pública, lasinstituciones mencionadas en el párrafo anterior coincidieron en que la Secretaría de GestiónPública sea el órgano que lidere y coordine el proceso de elaboración del Plan de Acción deGobierno Abierto del Perú.

    Para reforzar la vocación participativa de este proceso, el Ministerio de Relaciones Exterioresconvocó también a organismos de la sociedad civil, el sector privado, organizaciones gremiales de

    trabajadores y organismos de la cooperación internacional. En esta reunión se acordó conformar unGrupo de Trabajo, denominado inicialmente Comité Ejecutivo para la formulación del Plan de Acción de Gobierno Abierto del Perú, integrado por entidades públicas y, en igual número, pororganizaciones de la sociedad civil. Estas decidirían cuáles las representarían en ese espacio decoordinación.

    En diciembre de 2012, la Secretaría de Gestión Pública convocó a las entidades públicasmencionadas líneas arriba y las organizaciones de la sociedad civil que asistieron a la reunióncitada anteriormente. En esta sesión de trabajo se ratificó la decisión de que la Secretaría deGestión Pública coordine el grupo de trabajo, acordándose que Proética, el Consejo de la PrensaPeruana, la Asociación Nacional de Centros y Ciudadanos al Día representen a las organizacionesde la sociedad civil. Por su parte, las entidades públicas de comprometieron a compartir, al interiorde sus instituciones, los avances y acuerdos que se adopten en el grupo de trabajo. Asimismo, se conformó un comité de redacción conformado por la Secretaría de Gestión Pública yProética, siempre conservando la organización paritaria entre Estado y sociedad civil. Este comitése encargaría de recoger los aportes e integrarlos en textos que fueran permanentementesometidos a consulta y sugerencias de mejora. Para incrementar los mecanismos de intercambio yfacilitar el diálogo y favorecer la difusión del proceso, se acordó hacer uso de las herramientastecnológicas disponibles, creándose cuentas de correo electrónico grupales, entre otros.

    Cabe precisar que, el Poder Judicial emitió la Resolución Administrativa 195-2012-PE-PJ queaprobó la incorporación de un representante del Poder Judicial al grupo de trabajo de gobiernoabierto. Esta incorporación, producida por iniciativa de este poder del Estado, considero, contribuyóa la legitimar la actuación concertada de las entidades públicas con la sociedad civil, incorporandoademás las visiones y propuestas de un importante poder público.

    Teniendo como meta contar con el Plan de Acción el 9 de abril, antes de la Primera Reunión Anualde Miembros de la Alianza de Gobierno Abierto, que se realizó los días 17 y 18 de abril de 2012, elgrupo de trabajo sostuvo múltiples reuniones destinadas a acordar los términos en que seexpondría el contexto del país, los avances y la agenda pendiente y, por supuesto, loscompromisos que asumiríamos como país.

    Respecto del contexto, se consideró dar cuenta del proceso denominado de transición democrática,iniciado a partir de los sucesos ocurridos a finales del siglo pasado. Esta decisión correspondió alacuerdo entre las entidades públicas y las organizaciones de la sociedad civil respecto de laimportancia de esta etapa para la afirmación de la democracia, los derechos humanos y laciudadanía en el país.

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    Sobre los avances y retos pendientes, el grupo de trabajo coincidió en que el país puede mostraruna importante normatividad sobre los aspectos relevantes de un gobierno abierto, reconociéndoseque estas normas fueron parte de discusiones y debates a nivel de organizaciones de la sociedadcivil, las fuerzas políticas y el gobierno, en su oportunidad.

    Estas discusiones favorecieron el posicionamiento en la agenda pública de la necesidad de regularel adecuado ejercicio de derechos fundamentales como el acceso a la información pública, laparticipación ciudadana, así como las obligaciones de los funcionarios y servidores públicos enmateria de transparencia y rendición de cuentas. Derechos reservados para la ConstituciónPolítica, adquirieron mecanismos que permitieron su mayor exigibilidad.

    Sin embargo, reconociendo los avances en el aspecto normativo, se reconoció también lanecesidad de dotar a la gestión pública de recursos y personal calificado que permita laimplementación de la normatividad de manera óptima.

    Reconociendo que la normatividad, por sí sola, no puede modificar una cultura del secreto

    arraigada en la administración pública, ni modificar herramientas que no estuvieron diseñadas paratransparentar la gestión, ni promover la sanción a quienes corrompen la gestión o el reconocimientoa quienes promueven la ética en la actuación pública, se reconoció, simultáneamente, la necesidadde mejorar los procesos, los instrumentos de gestión, los planes de política pública y los enfoquesque materialicen aquello que las normas proponen.

    Los compromisos del Plan de Acción de Gobierno Abierto debían contribuir a cumplir los retosantes indicados, produciendo cambios importantes en la gestión pública y las personas al serviciodel Estado y la ciudadanía. Así, “los cambios a realizar por un gobierno para integrarse en la ideade Gobierno Abierto son a) cambio cultural; b) cambio en los procesos; c) cambio en laorganización; d) cambio en las formas de relación7 Estos cambios fueron tomados en cuenta parala formulación de los compromisos.

    A propósito de los compromisos, habiéndose identificado previamente los retos en las materias queintegran el gobierno abierto, el grupo de trabajo consideró oportuno transformar esos retos encompromisos destinados a superarlos. Así, se concibieron compromisos en: a) mejorar los nivelesde transparencia y acceso a la información pública; b) promover la participación ciudadana; c)aumentar la integridad pública, y; d) gobierno electrónico y mejoras en los servicios públicos.

    .Acordados los temas sobre los cuales debían versar los compromisos del Plan de Acción, el grupode trabajo interinstitucional sostuvo múltiples intercambios durante el mes de enero de 2012, através de reuniones presenciales, diálogos virtuales, etc. que permitieron contar con un documentode consenso el 20 de febrero de 2012. Ese documento inicial fue sometido a consulta de losministerios que integran el Poder Ejecutivo, del Congreso de la República y el Poder Judicial.

    También se consultó a organismos rectores de sistemas administrativos, organismosconstitucionales autónomos y organizaciones del sector privado, así como a asociaciones demunicipalidades rurales y urbanas y gobiernos regionales, entre otros. Reuniones destinadas aexplicar el proceso realizado a estos gobiernos descentralizados fueron parte de los esfuerzosdesplegados en aras de lograr la mayor participación posible. El plazo para recepción desugerencias vencía los primeros días de marzo de 2012 y el Grupo de Trabajo debía no sólodifundir sino explicar el contenido del documento de consenso que se sometía a consulta.

    Por su parte, también se convocó a múltiples organizaciones de la sociedad civil abocadas a temasde medio ambiente, descentralización, participación ciudadana, presupuesto, industrias extractivas,

    7 Calderón, César. Ob. Cit. Pg. 28

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    entre otros, con la finalidad de explicar el proceso e invitarlas a sumarse a él brindando sus aportesy sugerencias. Proética fue la institución que coordinó dos importantes reuniones de este tipo.

    También se convocó a la alta dirección de los ministerios que integran el Poder Ejecutivo, aquienes se expuso el proceso de formulación del Plan de Acción de Gobierno Abierto, lográndosecompromisos institucionales con la formulación del Plan y su futura implementación.

    Con los aportes recibidos, el 5 de marzo de 2012 se publicó una nueva versión del Plan de Accióndestinada a la consulta pública y abierta a la ciudadanía. Así, a través de la página web de laPresidencia del Consejo de Ministros y enlaces colocados en las páginas web de las entidadespúblicas y organizaciones de la sociedad civil integrantes del grupo de trabajo y otras institucionesque se sumaron al proceso, se publicó una versión preliminar del Plan de Acción y una ficha para elrecojo de aportes. Este proceso abierto a la ciudadanía se extendió hasta finales del mes de marzode 2012.

    Para mayor detalle, podemos informar que:

    a) Desde el Estado, 13 ministerios integrantes del Poder Ejecutivo, de un total de 19; el PoderJudicial, organismos constitucionalmente autónomos y organismos públicos como el CentroNacional de Planeamiento Estratégico, la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática yla Comisión Nacional de Alto Nivel Anticorrupción, la Autoridad Nacional de Servicio Civil, entreotros, remitieron aportes.

    b) Desde la sociedad civil, importantes consorcios de ONGs como Propuesta Ciudadana,Transparencia, Escuelab, Universidad Coherente, Sociedad Peruana de Derecho Ambiental, entrevarias otras organizaciones, remitieron sus aportes, en muchos casos, luego de haber realizado,por propia iniciativa, talleres y sesiones de difusión para brindar aportes colectivos, debidamentesistematizados. Asimismo, organizaciones del sector privado (CONFIEP, ADEX, Sociedad Nacionalde Industrias y Cámara de Comercio de Lima) remitieron valiosas sugerencias, también.

    Mientras se difundía la versión preliminar del Plan de Acción en el portal web de la Presidencia delConsejo de Ministros, los miembros del grupo de trabajo realizaron presentaciones públicas endiversos medios de comunicación nacional, dando cuenta del proceso y explicando la importanciapara nuestro país de pertenecer a la Sociedad de Gobierno Abierto y las implicancias de loscompromisos que como país asumimos. Entrevistas televisivas, medios de radiodifusión e internetfueron empleados para este objetivo.

    Durante ese período se implementó la estrategia comunicacional que consistía en que cadaentidad u organización miembro del grupo de trabajo gestionaría ante los medios de comunicaciónsocial masiva entrevistas o presentaciones que permitiesen exponer los alcances del proceso deformulación del Plan de Acción de Gobierno Abierto que se venía implementando.

    Así, voceros de organizaciones de la sociedad civil, la Defensoría del Pueblo, la Presidencia delConsejo de Ministros, entre otros, realizaron apariciones públicas en medios de comunicacióntelevisiva y radial difundiendo el proceso y convocando a la ciudadanía a brindar sus aportes através de la página web o remitiéndolos a las oficinas de la Secretaría de Gestión Pública.

    El 9 de abril de 2012, el Ministerio de Relaciones Exteriores remitió a la Sociedad de Gobierno Abierto, la Resolución Ministerial N° 185-2012-PCM aprobada por la Presidencia del Consejo deMinistros del Perú, que aprueba a su vez, el Plan de Acción de Gobierno Abierto del Perú, el mismoque fue presentado en la Reunión Anual realizada en Brasilia, los días 17 y 18 de abril de 2012, porla Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros. En Brasilia, tambiénparticiparon el Ministerio de Relaciones Exteriores y Proética, instituciones conformantes del grupode trabajo encargado de formular el Plan de Acción.

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    Aprobado el Plan, correspondía iniciar su implementación con el denominado “Compromiso Cero:Definir plazos, responsable y mecanismo de seguimiento y evaluación para el Plan de Acción a losdos meses de haberse publicado oficialmente el documento y para un primer periodo 2012 – 2014”.

    Para ello, la Secretaría de Gestión Pública coordinó con el grupo de trabajo conformado para laelaboración del Plan de Acción de Gobierno Abierto, con el cual se acordó los términos de laformalización de dicho grupo, las funciones que cumpliría, el órgano que fungiría de secretaríatécnica, así como iniciar el proceso de implementación del compromiso cero.

    Cabe precisar que el grupo de trabajo que formuló la propuesta de plan de acción no fue aprobadomediante norma alguna. Esta característica da cuenta de un grupo interinstitucional constituido ylegitimado por la confianza en la actuación de sus miembros y por la percepción de que laspropuestas sí fueron tomadas en cuenta para la formulación de los acuerdos. La aprobación porconsenso fue suficiente para funcionar como grupo; sin embargo, para la fase de la implementacióndel plan de acción se consideró necesario institucionalizar aún más esta forma de trabajar yestablecer roles que permitan su sostenibilidad en el tiempo.

    A la fecha, aún está pendiente la aprobación de una Comisión Multisectorial de NaturalezaPermanente que, integrando a entidades públicas, organizaciones de la sociedad civil y el sectorprivado, constituyan este mecanismo de articulación de esfuerzos destinados al seguimiento,evaluación y difusión del Plan de Acción.

    Sin embargo, en tanto la aprobación de la citada comisión se produce, la Secretaría de GestiónPública de la Presidencia del Consejo de Ministros ha continuado realizando su labor coordinadora,acordando con el grupo de trabajo una metodología que permita definir indicadores para lamedición del cumplimiento del plan de acción, la vigilancia y la colaboración, por parte de lasociedad civil; así como la rendición de cuentas por parte de las entidades públicas.

    Con el apoyo de la cooperación internacional se inició un proceso destinado a priorizar algunasacciones del citado plan. Esta labor de priorización u ordenamiento fue aprobado por el grupo detrabajo coordinado por la Secretaría de Gestión Pública. Posteriormente, durante los meses demayo y junio de 2012, en sesiones de trabajo con entidades públicas y de la sociedad civil,facilitadas por un experto, se acordaron los temas, posibles responsables, plazos y algunos otroselementos que permitieran una definición de indicadores que, si bien debían ser formuladostécnicamente, cuenten con el consenso de las instituciones. En estos talleres han participado másde 45 instituciones, entre públicas y privadas.

    Posteriormente, durante junio y julio de 2012, una propuesta bastante más acotada de indicadores,formulada con base en los acuerdos antes adoptados, ha sido sometida a consideración deentidades públicas y de la sociedad civil especializada. Con su acuerdo, a la fecha, se vieneformulando los indicadores del Plan de Acción de Gobierno Abierto en gabinete por un experto.Estos indicadores serán sometidos a la aprobación del grupo de trabajo que formuló el plan deacción de gobierno abierto y cuya formalización está pronta a producirse.

    Las instituciones participantes de este proceso reconocen la vocación concertadora del proceso ylas posibilidades reales de incorporar sus sugerencias. Sin embargo, aún es preciso mejorar losmecanismos que permitan difundir el proceso, sus virtudes y retos, descentralizándolo yconvirtiéndolo un mecanismo de mayor participación y transparencia. Todos contribuyen en lograrese reto.

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    comprometerse; y b) un taller participativo con organizaciones de la sociedad civil, donde sesocializó el Plan de Acción propuesto por el Gobierno con el fin de consolidar el documento yenriquecer los compromisos.

    El Plan de Acción que se presenta a continuación es una versión preliminar de las iniciativas queColombia ha desarrollado y que están alineados con los principios de OGP y de buen gobierno. Aunque el documento presenta observaciones y sugerencias de la sociedad civil, se espera que enel proceso se presenten propuestas concretas de la Sociedad Civil para que este Plan de Acciónsea el resultado de la construcción conjunta. Igualmente, se espera poder comprometer adiferentes organizaciones no gubernamentales para que apoyen a liderar los compromisos de estePlan.

    1. Esfuerzos a la fecha en Gobierno Abierto

    Como se mencionó en la introducción, en particular desde 2012 Colombia ha enfocado susesfuerzos de gobierno abierto con base en los principios de buen gobierno. Esta sección presentalas iniciativas emprendidas por el Gobierno Colombiano en los últimos años y las nuevas iniciativas

    que se han adelantado, que permiten contar con un plan de acción bajo la declaración de principiosdel OGP.

    I. Gobierno en Línea: Colombia se ha posicionado como líder en Gobierno en Línea en AméricaLatina, como una estrategia centrada en el ciudadano, la cual se implementó por medio de cincofases: información, interacción, transacción, transformación y democracia en línea. La provisión detrámites y servicios por medios electrónicos, la apertura de espacios de participación y la mejora enla calidad de la información de las entidades públicas han sido logros importantes en los últimosaños. Desde esta perspectiva, Gobierno en Línea permite la construcción de un Estado máseficiente, más transparente y participativo y que presta mejores servicios con la colaboración detoda la sociedad, mediante el aprovechamiento de las TIC.

    II. Seguimiento a metas de Gobierno y de políticas públicas : Colombia cuenta con el SistemaNacional de Evaluación de Gestión y Resultados –Sinergia-, el cual desarrolla una metodologíapara la rendición de cuentas, seguimiento a las metas de Gobierno y evaluación de políticaspúblicas. En materia de seguimiento, el SISMEG (Sistema de Seguimiento a Metas de Gobierno)permite conocer los resultados del Gobierno Nacional de acuerdo con las metas fijadas. En lo quecorresponde a evaluación, a través de SISDEVAL, los ciudadanos tienen acceso a la informaciónsobre el impacto y nuevos retos de las políticas prioritarias del país. Toda esta información sepuede encontrar en el portal www.sinergia.dnp.gov.co/portaldnp

    III. Rendición de cuentas : Desde abril de 2010 Colombia fortaleció la Política de Rendición deCuentas, que se encuentra en el documento “CONPES 3654”, que fija lineamientos para unametodología única, coordinación interinstitucional y participación ciudadana. Se creó la ComisiónIntersectorial encargada de liderar la implementación de esta política, la cual está en curso. Asímismo, el Gobierno Nacional está trabajando en la reglamentación de la rendición de cuentas en elproyecto de ley ‘Estatuto de Participación Ciudadana’.

    IV. Acceso a información pública: Por iniciativa del Gobierno se presentó el proyecto de leyestatutaria para la promoción y protección a la participación ciudadana, y por iniciativa de laciudadanía se radicó el proyecto de ley sobre información pública nacional, que propone laregulación del derecho al acceso a información pública y las excepciones a la publicidad deinformación, con un organismo regulador en la materia.

    V. Control social: El Gobierno Nacional desarrolla una estrategia de control social, a través de las Auditorías Visibles, las cuales buscan realizar un seguimiento de manera focalizada a lasinversiones de los recursos de regalías, estimulando el uso de buenas prácticas, a partir de la

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    http://www.sinergia.dnp.gov.co/portaldnphttp://www.sinergia.dnp.gov.co/portaldnphttp://www.sinergia.dnp.gov.co/portaldnphttp://www.sinergia.dnp.gov.co/portaldnp

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    realización de foros con las comunidades beneficiarias y los actores involucrados en la ejecución,logrando con ello una corresponsabilidad entre el Gobierno y la ciudadanía.

    El Gobierno del Presidente Santos puso a consideración de la ciudadanía, a través de consultas ala sociedad civil en las diferentes regiones del país, el Plan de Desarrollo 2010- 2014, “Prosperidadpara Todos. Este Plan contempla temas prioritarios para el Gobierno relacionados con la OGPcomo son: gestión pública efectiva orientada a resultados, asignación de recursos, lucha contra lacorrupción, participación ciudadana, rediseño organizacional de las entidades del Estado,fortalecimiento de la relación con la sociedad civil, políticas de eficiencia, entre otros. En este marcose han desarrollado nuevas iniciativas tales como:

    VI. Lucha contra la corrupción : El Gobierno Nacional, impulsó frente al Congreso de la Repúblicala expedición del Estatuto Anticorrupción, ley 1474 de 2011, que introdujo medidas que incentivanactuaciones honestas, otorgándole facultades al Presidente para modificar y suprimir trámites delas entidades públicas, con el fin de garantizar la transparencia y la eficiencia administrativa.

    VII. Secretaría de Transparencia: Se creó la Secretaría de Transparencia en la Presidencia de la

    República como una instancia encargada de asesorar al Gobierno en la definición eimplementación de una política integral de lucha contra la corrupción. A esta política se le haceseguimiento a través de la recién creada Comisión Nacional de Moralización que está compuestapor los representantes de los más altos niveles del Estado como son: El Presidente de laRepública, el Procurador General de la Nación, el Contralor General de la República, el AuditorGeneral de la República, el Presidente de Senado y Cámara de Representantes, El Fiscal Generalde la Nación, el Presidente de la Corte Suprema de Justica, el Presidente del Consejo de Estado,El Defensor del Pueblo y por entidades del ejecutivo

    VIII. Comisión Nacional Ciudadana para la Lucha contra la Corrupción (creada por el Estatuto Anticorrupción). En diciembre de 2011 se instaló la Comisión Nacional Ciudadana para la Luchacontra la Corrupción, la cual está integrada por importantes cabezas de los gremios, academia,medios de comunicación, trabajadores, además de organizaciones no gubernamentalesrelacionadas con temas de transparencia. Esta Comisión vela por los compromisos de toda lasociedad civil para combatir conjuntamente la corrupción.

    IX. Mecanismos de participación y control ciudadano: Se han desarrollado varios instrumentospara que la ciudadanía aporte activamente a la construcción de un gobierno abierto y participativo.Entre ellos, se destacan los Acuerdos para la Prosperidad y diferentes portales como el detransparencia económica (www.pte.gov.co); de servidores públicos (www.sirvoamipais.gov.co); elterritorial para alcaldes y gobernadores (www.portalterritorial.gov.co); la consulta de informaciónsobre los procesos contractuales (www.contratos.gov.co) y el catálogo de datos del Estado(www.datos.gov.co), entre otros. En cada uno de éstos, la comunidad, los servidores públicos y losgobiernos territoriales pueden tener comunicación directa con las entidades del Gobierno centralcon el fin de tener una mayor interacción, conocer de primera mano la gestión del GobiernoNacional y la destinación de los recursos, disponer de información confiable para la toma dedecisiones, incorporar la tecnología como instrumento de mejores prácticas y aportar en laconstrucción de soluciones creativas y novedosas para el desarrollo e implementación de políticaspúblicas.

    Portal del Estado Colombiano: Colombia cuenta con el Portal del Estado Colombiano(www.gobiernoenlinea.gov.co) como punto integrado de acceso a la información, trámites yservicios que proveen las instituciones públicas a través de medios electrónicos. Esta plataformaofrece servicios de acompañamiento a la población como el asesor virtual (chat disponible en elPortal) y el centro de contacto al ciudadano (línea telefónica gratuita en todo el país). Además, sehan desarrollado sistemas y portales para la gestión pública, como por ejemplo el SistemaElectrónico para la Contratación Pública – SECOP-, el cual tiene como objetivo promover la

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    condiciones óptimas para que el sistema educativo y las escuelas cuenten con mejoresmaestros, infraestructura y menor deserción. . Por ejemplo, durante el 2012 se capacitarán 1700formadores en competencias profesionales, especialmente en matemáticas y el lenguaje. El otroprograma, Competencias Ciudadanas, busca el desarrollo de habilidades, destrezas yconocimientos sobre ciudadanía y convivencia en los estudiantes del país. Implementación: 2años. Entidad responsable: Ministerio de Educación Nacional.

    Mayor calidad en la salud: Uno de los mayores retos para Colombia es mejorar la prestación delservicio en salud. Para esto, el Ministerio de Salud está trabajando en la disminución de trámitesde acceso a los servicios de salud y en facilitar medios no presenciales para que los ciudadanospuedan realizar cualquier solicitud y obtener una respuesta oportuna. Se están desarrollandoindicadores de calidad en el servicio para las entidades prestadoras de este servicio, que seránpúblicos a los ciudadanos con el fin de garantizar transparencia, eficiencia y control social, ybrindarles los argumentos para que puedan tomar la mejor elección. Implementación: 2 años.Entidad responsable: Ministerio de Salud y de Protección Social.

    Regulación en los servicios públicos: El país continuará con la promoción de la transparencia enla regulación de los servicios públicos, para que la información publicada esté organizada y sedivulgue en un lenguaje fácil y claro al ciudadano. De igual manera se incentivará laparticipación ciudadana en la construcción de políticas regulatorias previamente su expedición.Implementación: 1 año. Entidades responsables: Ministerios, Superintendencias y Comisionesde Regulación

    Protección al consumidor: Colombia continuará con la promoción de la divulgación de losderechos de los consumidores y de la promoción del acceso a los indicadores de calidad decada uno de los prestadores de servicios, a través de foros y portales. De esta manera, losciudadanos podrán elegir con base en criterios de calidad el operador más conveniente. LasSuperintendencias realizarán seguimiento al sistema de preguntas, quejas y reclamos que seránpúblicas, a fin de garantizar el mejoramiento en la prestación de los servicios

    Implementación: 1 año. Entidad responsable: Superintendencias.

    Mejor servicio al ciudadano: Colombia cuenta con una política pública de servicio al ciudadanoque se encuentra en revisión, la cual busca implementar mejores estándares de atención alciudadano y el uso de mecanismos no presenciales con base en las nuevas tecnologías. Semejorará la relación naciónterritorio a partir del establecimiento de centros de servicios, loscuales integrarán toda la oferta nacional en un solo lugar. Para la puesta en marcha de estoscentros, se realizarán proyectos pilotos en municipios donde haya mayor confluencia deservicios nacionales. Implementación: 3 años. Entidades responsables: Alta Consejería para elBuen Gobierno y la Eficiencia Administrativa, Departamento Nacional de Planeación,Departamento Administrativo de la Función Pública.

    Entidades más eficientes: Con el fin de prestar un mejor servicio al público, atención alciudadano y rendición de cuentas, el Gobierno Nacional implementará acciones para modernizarel servicio civil, a través del mejoramiento de las condiciones laborales e incentivando elcompromiso, ética y transparencia de los servidores públicos. Se continuará con la estrategia dereducción de trámites, en particular con la implementación de proyectos tales como: a) Reto porla Eficiencia donde los servidores públicos proponen las mejores prácticas para la reducción detrámites internos; b) la política de cero papel, y c) el desarrollo de sistemas de información

    interoperables. Implementación: 2 años. Entidades responsables: Alta Consejería para el BuenGobierno y la Eficiencia Administrativa, Ministerio TIC (Gobierno en Línea), Departamento Administrativo para la Función Pública y entidades nacionales

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    2.2. Aumento de la Integridad Pública

    En este componente se busca que los servidores públicos actúen con mayor integridad ytransparencia para facilitar el acceso a la información pública de manera ordenada, precisa y conlenguaje claro, y que permitan e incentiven la participación de la ciudadanía.

    A. Acceso a la Información

    Proyecto de ley Acceso a la Información Pública: Actualmente está en curso un proyecto de leyde derecho a la información ante el Congreso de la República que promueve el derechofundamental de recibir respuesta a las solicitudes de acceso a la información pública y el deberestatal de visibilizar activamente esta información sin necesidad de solicitud previa, basado en elprincipio de divulgación proactiva de la información. Una vez aprobado, el Gobierno y lasociedad civil velarán por la designación de responsables y su correcta implementación.Implementación: 1 año. Entidad responsable: Secretaría de Transparencia.

    Lenguaje claro al ciudadano y calidad de la información: A partir de la política de rendición decuentas mencionada anteriormente y a la ley de acceso a la información pública, el GobiernoNacional y la sociedad civil trabajarán en los lineamientos de carácter obligatorio para que lainformación publicada por las entidades cumplan con los siguientes estándares: funcionalidad,confiabilidad, utilidad, relevancia, credibilidad, accesibilidad, oportunidad, coherencia,aplicabilidad, no redundancia, pertinencia, disponibilidad, interpretabilidad y comparabilidad. Segenerarán directrices y apoyo en capacitación a los servidores públicos para que el lenguaje conque se brinde la información sea claro y de fácil recordación para el ciudadano (estrategia plainlanguage). Implementación: 1 año. Entidades responsables: Alta Consejería para el BuenGobierno y la Eficiencia Administrativa, Departamento Nacional de Planeación y entidades delnivel nacional

    Portal del Estado Colombiano: El portal del Estado Colombiano, www.gobiernoenlinea.gov.co,integra toda la información relacionada con trámites y servicios, directorios, noticias de interés,entre otros, de las instituciones públicas colombianas. Este portal se rediseñará con el fin demejorar y fortalecer la interacción y acceso a los servicios (por parte de los ciudadanos) conrespuestas ágiles y oportunas. En un periodo de seis meses todos los formularios, de lasentidades públicas, estarán disponibles para toda la ciudadanía. Implementación: 1 año. Entidadresponsable: Ministerio de TIC (Programa Gobierno en Línea).

    Mejorar el desempeño y la rendición de cuentas del gobierno: Colombia cuenta con un sistemade seguimiento de metas al Gobierno donde se revisa la gestión de las entidades públicas, elcual es de fácil acceso a la ciudadanía. Gracias a este seguimiento se pueden tomar decisionesa tiempo para mejorar la ejecución de los programas y proyectos del Gobierno. Se busca unmayor uso y retroalimentación por parte de los ciudadanos de esta información, e implementarloen las entidades territoriales. Implementación: 1 año. Entidades responsables: Alta Consejeríapara el Buen Gobierno y la Eficiencia Administrativa, Departamento Nacional de Planeación yMinisterio de TIC

    B. Transparencia y control social

    Política de transparencia y plan anticorrupción: Durante el año 2012, la Secretaría deTransparencia de la Presidencia de la República liderará el desarrollo de la política de luchacontra la corrupción, la cual se centrará en la aplicación efectiva de las normas, la acción

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    preventiva, activa colaboración ciudadana y en la promoción de la cultura de legalidad.Igualmente señalará la metodología y lineamientos para que las entidades del orden nacional,departamental y municipal elaboren anualmente una estrategia de lucha contra la corrupción yde atención al ciudadano. Esta estrategia contemplará el mapa de riesgos de corrupción decada entidad, las medidas concretas para mitigar esos riesgos, las estrategias anti trámites y losmecanismos para mejorar la atención al ciudadano. Implementación: 1 año. Entidadresponsable: Secretaría de Transparencia.

    Observatorio de lucha contra la corrupción: El Estado Colombiano implementará el observatoriode lucha contra la corrupción en coordinación con la Procuraduría General de la Nación. Estainstancia permitirá analizar la información del Estado en materia de prevención y sanción,mejorar la gestión de la administración y analizar las denuncias con el fin de tomar accionesnecesarias.Implementación: 1 año. Entidades responsables: Secretaría de Transparencia y ProcuraduríaGeneral de la Nación.

    Aumentar la transparencia en la información del sistema de justicia. La transparencia en la

    información del sistema de justicia es una garantía procesal y material para todos losciudadanos y fortalece el principio de igualdad ante la ley. El Estado colombiano mejorará elacceso a la información suministrada por la rama judicial, a través del uso de herramientastecnológicas que aumenten la trazabilidad del estado de los procesos judiciales, con un lenguajeclaro y de fácil comprensión al ciudadano. Implementación: 1 año. Entidades responsables:Ministerio de Justicia y del Derecho y Secretaría de Transparencia

    c. Participación y compromisos ciudadano

    Lineamientos de política y estatuto de participación ciudadana: El país trabajará en laconsolidación de la política nacional sobre mecanismos de participación ciudadana que buscagenerar acciones dirigidas al fortalecimiento de capacidades de los funcionarios, autoridadespúblicas y ciudadanos, y la implementación de espacios efectivos de participación. Dentro deestas acciones se elaborará una metodología unificada de rendición de cuentas para todas lasentidades del Gobierno Nacional y de los gobiernos territoriales. Implementación: 1 año.Entidades responsables: Ministerio del Interior, Departamento Nacional de Planeación,Departamento Administrativo para la Función Pública y Ministerio de TIC (Programa Gobiernoen Línea)

    Participación en la formulación de políticas: A través de medios electrónicos y de foros,Colombia impulsará espacios de participación ciudadana para la formulación y construcción depolíticas y toma de decisiones. El Ministerio de Justicia y del Derecho promoverá la construcciónde un CONPES de política legal en donde habrá un espacio de participación ciudadana para lacreación de normas en el país. Con el apoyo de la sociedad civil se deben desarrollarcapacidades en los ciudadanos para su coparticipen en la formulación de políticas yregulaciones Implementación: 1 año. Entidades responsables: Ministerio de Justicia y delDerecho y Ministerio de TIC (Programa Gobierno en Línea).

    Mecanismos de participación ciudadana: El Gobierno continuará impulsando la Urna de Cristalcomo una herramienta multicanal (internet, televisión, medios telefónicos, Twitter, Facebook,entre otros) para publicar las acciones de su gestión, hacer partícipe a la ciudadanía en laspolíticas e iniciativas planteadas y ejercer control social, a través de internet, televisión yconsultas telefónicas. Se fortalecerán los Acuerdos para la Prosperidad2 donde se hará públicoel seguimiento a cada uno de los compromisos adquiridos por el Gobierno, de tal manera que se

    logre mayor cohesión social, gobernabilidad y desarrollo en las regiones. Implementación: 6

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    meses. Entidades responsables: Alta Consejería para las Comunicaciones, Alta Consejería paralas Regiones.

    Seguimiento a la participación ciudadana: El Gobierno Nacional y la sociedad civil identificaránindicadores de seguimiento que permitan evaluar la participación de la ciudadanía en lasacciones del Gobierno, con el fin de generar