gastos deducibles y no deducibles - diferencias temporarias

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Gastos deducibles y no deducibles permanentes y temporales permanentes y temporales C.P.C. Josué Bernal Rojas 1 C.P.C. Josué Bernal Rojas Expositor

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diferencias temporarias

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  • Gastos deducibles y no deducibles

    permanentes y temporalespermanentes y temporales

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 1

    C.P.C. Josu Bernal RojasExpositor

  • Resultado preliminar del ejercicio, balance decomprobacin.

    Luego ajustes extracontables para fines tributarios(Adiciones y Deducciones)(Adiciones y Deducciones)

    La utilidad tributaria (Renta Neta) no esnecesariamente la misma que la utilidad contabledebido que contablemente los EEFF se elaboran deacuerdo a los principios contables.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 2

  • La contabilizacin de operaciones bajo principios decontabilidad, puede determinar, por aplicacin de laLey del I.R. diferencias temporales y permanentes enla determinacin de la renta neta, en consecuencia laforma de contabilizacin no originar la prdida deuna deduccin.una deduccin.

    Las diferencias temporales y permanentes obligarnal ajuste del resultado en la declaracin jurada.

    Art. 33 reglamento de la Ley del I.R.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 3

  • Las diferencias temporarias son de dos tipos:Deducibles y Gravables.

    Las deducibles se podrn deducir en perodosfuturos recuperando el I.R. pagado en formafuturos recuperando el I.R. pagado en formaadelantada cuando se hizo la adicin.

    Las gravables se deben adicionar en perodos futurosa fin de hacer el pago del I.R. no hecho en el ejercicioen que se hizo la deduccin.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 4

  • Activo tributario diferido: Monto del Impuesto a laRenta por recuperar en perodos futuros pordiferencias temporarias deducibles.

    Pasivo tributario diferido: Monto del Impuesto a laRenta por pagar en perodos futuros por diferenciastemporarias gravables.temporarias gravables.

    Las diferencias permanentes se originan por partidasregistradas en el perodo corriente que no serncompensadas (reversadas) en dicho perodo, niperodos futuros.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 5

  • Base contable del activo < a la base tributaria del activo = Activo tributario diferido

    Base contable del pasivo > a la base tributaria del pasivo = Activo tributario diferidoBase contable del pasivo > a la base tributaria del pasivo = Activo tributario diferido

    Base contable del activo > a la base tributaria del activo = Pasivo tributario diferido

    Base contable del pasivo < a la base tributaria del pasivo = Pasivo tributario diferido

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 6

  • Ejemplos de diferencias temporarias

    Ao 1 Utilidad contable 5,000 Adicin por vacacionesdevengadas no pagadas 800Renta neta 5,800Renta neta 5,800I.R. 30% 1,740--------- x --------88 1,50037 24040 1,740

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 7

  • Ejemplos de diferencias temporarias

    Ao 2 Utilidad contable 7,000 Deduccin por vacacionesdevengadas (800)Renta neta 6,200Renta neta 6,200I.R. 30% 1,860--------- x ---------88 2,10037 24040 1,860

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 8

  • Ejemplos de diferencias temporarias

    Ao 2 Utilidad contable 6,500 Adicin por vacacionesdevengadas no pagadas 500 Deduccin por vacacionesdevengadas (800)

    Deduccin por vacacionesdevengadas (800)Renta neta 6,200I.R. 30% 1,860--------- x ---------88 1,95037 9040 1,860

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 9

  • Son la

    disminucin de

    beneficios

    econmicos

    Concepto de GastosPrrafo 70 Marco Conceptual NIC

    Salidas o disminuciones

    de valor de los activos.

    Nacimiento o aumento

    de pasivo produciendo

    R

    E

    N

    T

    A

    E

    M

    P

    R

    E

    S

    A

    R

    I

    A

    L

    econmicos

    durante el perodo

    contable, bajo la

    forma de:

    de pasivo produciendo

    una disminucin en el

    Patrimonio

    (no distribuciones).

    R

    E

    N

    T

    A

    E

    M

    P

    R

    E

    S

    A

    R

    I

    A

    L

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  • Deduccin de Gastos

    RTF N 05031-5-2002; RTF N 979-1-2003 Sondeducibles los gastos de viaje de lostrabajadores de la empresa proveedora parala prestacin de los servicios por estarla prestacin de los servicios por estaracordado contractualmente, pasajes areos,alojamiento, alimentacin, transporte, etc.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 11

  • Deduccin de Gastos

    RTF N 3113-1-2004 y RTF N 405-5-2000

    La no tenencia del original del CP no acarrea laprdida del gasto cuando la preexistencia deldocumento resulta comprobable, debiendo ladocumento resulta comprobable, debiendo laadministracin comprobar la realidad de laoperacin.

    RTF N 8281-5-2008 Los gastos deben ser realeslas partes que figuran en el comprobante depago deben haber participado en la operacin.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 12

  • Deduccin de Gastos

    RTF N 11889-2-2008 Se tiene por inexistentela operacin cuando no existe relacin entre elemisor de la factura y quien efecturealmente la operacin, o cuando los sujetosrealmente la operacin, o cuando los sujetosconsignados en la factura no realizaron laoperacin o cuando el objeto materia de laoperacin no existe o es distinto al sealado.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 13

  • Deduccin de Gastos

    Informe 108-2009-SUNAT La obligacin deutilizar Medios de Pago establecida en elartculo 3 del TUO de la Ley para la Luchacontra la Evasin y para la Formalizacin de lacontra la Evasin y para la Formalizacin de laEconoma no debe ser cumplidanecesariamente por el sujeto que tengaderecho a aprovechar los efectos tributariosderivados de la transaccin.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 14

  • Deduccin de Gastos

    Informe 282-2005-SUNAT Cuando en virtud deuna instruccin del proveedor, se cancele totalo parcialmente una obligacin mediante latransferencia del monto respectivo a la cuentatransferencia del monto respectivo a la cuentade una tercera persona abierta en una ESF, secumple con la exigencia legal de utilizarMedios de Pago contenida en el artculo 3 dela Ley.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 15

  • Deduccin de Gastos

    RTF N 11862-2-2009 Medios de pago, nonecesariamente deben ser emitidos por elmismo adquiriente.

    RTF N 1580-5-2009 Comprobantes RTF N 1580-5-2009 Comprobantescorrelativos y no bancarizados sonobligaciones independientes, salvo que SUNATdemuestre lo contrario.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 16

  • Gastos Deducibles

    Para establecer la renta neta se deducir de larenta bruta los gastos necesarios paraproducirla y mantener su fuente, as como losvinculados con la generacin de ganancias devinculados con la generacin de ganancias decapital, en tanto la deduccin no estexpresamente prohibida.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 17

  • Gastos Deducibles

    Interpretacin amplia y no restrictiva para ladeduccin de gastos.

    RTF N 3942-5-2005 Procede deducir el gastoefectuado en actividades destinadas a obtenerefectuado en actividades destinadas a obteneringresos, inclusive si fueron infructuosas.

    RTF N 5355-1-2002 Es deducible gasto porestudio arquitectnico para evaluar la posibilidadde adquirir inmueble colindante para ampliaroficinas aunque se deje sin efecto el proyecto.

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  • Gastos Deducibles Intereses de deudas y gastos por renovacin,

    constitucin o cancelacin, vinculadas con rentasgravadas o mantener la fuente generadora de larenta, de lo contrario no es deducible(diferencia permanente)

    Intereses de fraccionamientos son deducibles. Intereses de fraccionamientos son deducibles.

    Intereses moratorios previstos en elCdigo Tributario no son deducibles.(Diferencia permanente)

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 19

  • Gastos Deducibles

    RTF 2116-5-2006 Intereses por pago extemporneode aportes a la AFP no son deducibles.

    Costas procesales son deducibles (Res. N 050-1996/SUNAT).1996/SUNAT).

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 20

  • Gastos Deducibles

    Tributos sobre bienes productores de rentasgravadas.

    Por ejemplo impuesto predial, vehicular.

    RTF N 8490-5-2001 El IGV es gasto cuando el RTF N 8490-5-2001 El IGV es gasto cuando elcomprobante no se anot en el Registro deCompras.

    RTF N 13-3-2008 No es deducible el pago dearbitrios por el inquilino si no existi delegacinexpresa de la obligacin hecha por el propietario.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 21

  • Gastos Deducibles

    Primas de seguro, tener en cuenta principio dedevengado.

    En el caso de personas naturales se acepta el30% si su casa se utiliza parcialmente como30% si su casa se utiliza parcialmente comooficina, el 70% restante es diferenciapermanente.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 22

  • Gastos Deducibles

    Prdidas extraordinarias por caso fortuito ofuerza mayor o por delitos, probarjudicialmente el hecho o acreditar que esintil la accin judicial.

    Mientras se tiene la denuncia y sehace el proceso judicial o seacredita que es intil ejercitar laaccin judicial es diferenciatemporaria.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 23

  • Gastos Deducibles

    RTF N 016-5-2004 Resolucin del Ministerio Pblico de archivamiento.

    RTF N 1272-4-2002 Las prdidas por robo recin son deducibles en el ejercicio que se recin son deducibles en el ejercicio que se acredita la imposibilidad de la accin judicial.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 24

  • Gastos Deducibles

    RTF N 6972-4-2004 Caso fortuito o fuerzamayor es un evento inusual e independientede la voluntad del deudor, la prdida por cadaen el almacn no constituye caso fortuito poren el almacn no constituye caso fortuito porque era previsible por lo inapropiado del local,el desnivel del terreno y la inexperiencia en elmanejo de cajas.

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  • Gastos Deducibles

    Gastos de cobranza de rentas gravadas.

    Depreciacin por desgaste u obsolescencia.

    La depreciacin por arrendamiento financieroque excede a la depreciacin contable esque excede a la depreciacin contable esdeducible, dicha diferencia estemporaria.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 26

  • Gastos Deducibles

    Los bienes depreciables excepto inmuebles,que queden obsoletos o fuera de uso, podrnseguir deprecindose o darse de bajasustentando con informe tcnico.sustentando con informe tcnico.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 27

  • Gastos Deducibles

    Las mermas y desmedros de existenciasdebidamente acreditados.

    El gasto por desmedro ser deducible cuando sedestruya los bienes o se remate, por lo tantoorigina diferencia temporaria.

    por lo tantoorigina diferencia temporaria.

    RTF N 07164-2-2002 Es deducible desmedros demercaderas daadas si se venden a menor precio.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 28

  • Gastos Deducibles

    Provisiones por cuentas incobrables.

    Las provisiones que no cumplan lascondiciones para la deduccin tributariaoriginan diferencia temporaria,originan diferencia temporaria,sern deducibles cuando cumplan lascondiciones exigidas por la LIR.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 29

  • Gastos Deducibles

    No tienen el carcter de incobrable las deudasentre partes vinculadas, deudas afianzadas porempresas del sistema financiero y bancario,deudas garantizadas y deudas renovadas oprorrogadas.prorrogadas.

    Provisiones para beneficios sociales. Losbeneficios sociales, excepto CTS, no pagadosdentro de la fecha de vencimientopara presentar la DJA, originadiferencia temporaria, sern deduciblescuando se paguen.

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  • Gastos Deducibles Aguinaldos, bonificaciones, gratificaciones y

    retribuciones, se deben pagar dentro del plazo depresentacin de la DJ.

    RFT N 3309-1-2004 Es deducible pago voluntariode utilidades.

    RTF N1014-3-2004 Se permite la deduccin de RTF N1014-3-2004 Se permite la deduccin delas gratificaciones extraordinarias, siempre que seoriginen por el vnculo laboral existente y auncuando no exista acuerdo entre el empleador ytrabajador o norma legal que establezca laobligacin de otorgarla.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 31

  • Gastos Deducibles

    RTF N 2455-1-2010 Las gratificacionesextraordinarias no razonables y que no cumplanla generalidad con las remuneraciones deltrabajador no son deducibles.trabajador no son deducibles.

    RTF N 5794-5-2003 Los gastos de movilidad delos trabajadores que sean razonables aunque notengan comprobante de pago en la medida queconstituyan condicin de trabajo incluida en laplanilla.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 32

  • Gastos Deducibles

    Servicios de salud, recreativos, culturales yeducativos, incluidos los de capacitacin y deenfermedad de cualquier trabajador. Tener encuenta principio de generalidad, los gastosrecreativos estn limitados al 0.5% de losingresos netos del ejercicio hasta un mximo derecreativos estn limitados al 0.5% de losingresos netos del ejercicio hasta un mximo de40 UIT.

    Excesos del lmite de gastosrecreativos son diferenciaspermanentes

    Art. 37 inciso ll) TUO Ley del Impuesto a la Renta

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 33

  • Gastos Deducibles

    RTF N 1989-4-2002 La generalidad del gastose verifica en funcin del beneficio obtenidopor funcionarios de rango o condicin similarde modo que podra ocurrir que dada lade modo que podra ocurrir que dada lacaracterstica de un puesto, el beneficiocorresponda solo a una persona.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 34

  • Gastos Deducibles

    RTF N 10042-3-2007 Debe aceptarse el gastode agasajo para todo el personal al habersecumplido la causalidad, no se limita a larelacin de personal dependiente sinorelacin de personal dependiente sinoinclusive a aquellos de naturaleza civil.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 35

  • Gastos Deducibles

    RTF N 915-5-2004 El pago de vacacionestiles a los hijos de los trabajadores no sondeducibles, salvo por obligacin legal oconvenio colectivo con los trabajadores queconvenio colectivo con los trabajadores queobligue a la empresa asumir esos gastos.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 36

  • Gastos deducibles

    RTF N 7209-4-2002 Hay causalidad en gastospor seguro mdico de familiares de lostrabajadores al haber sido asumidos en virtuddel convenio colectivo.del convenio colectivo.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 37

  • Gastos deducibles

    RTF N 644-4-2001 Los pagos efectuados porservicios de seguridad para la proteccin delos funcionarios de una empresa y de susfamiliares son gastos indispensables para lafamiliares son gastos indispensables para lamarcha del negocio, y, por tanto sondeducibles por haber causalidad.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 38

  • Gastos Deducibles

    Sern deducibles los gastos de capacitacinhasta el 5% del total de gastos deducidos en elejercicio.

    Se debe entender que el total de gastos Se debe entender que el total de gastosdeducidos en el ejercicio es el resultado dedividir entre 0.95 los gastos distintos a lacapacitacin del personal que sean deduciblespara determinar la renta neta del ejercicio.

    Art. 21 inciso k) Reglamento Ley del I.R.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 39

  • Gastos Deducibles

    Se entiende por sumas destinadas a lacapacitacin del personal a las invertidas porlos empleadores para incrementar lascompetencias laborales de los trabajadores, afin de coadyuvar a la mejora de lafin de coadyuvar a la mejora de laproductividad de la empresa, incluyendo losde formacin profesional como postgrados ymaestras.

    Art. 21 Inciso k) Reglamento de la Ley del I.R.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 40

  • Gastos Deducibles

    Para determinar el lmite, debemos entoncessumar todos los gastos distintos a los decapacitacin del personal que sean deduciblespara determinar la renta neta, y dividirlo entre0.95; ello implica la sumatoria de los gastos de0.95; ello implica la sumatoria de los gastos depersonal, servicios prestados por terceros,tributos deducibles, gastos de gestin, gastosfinancieros, provisiones, entre otros y siempreque sean deducibles, sin considerar los gastosde capacitacin.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 41

  • Gastos Deducibles

    Presentacin del programa de capacitacin

    Las empresas debern presentar al Ministerio deTrabajo y Promocin del Empleo el programa decapacitacin y ser obligatorio a todas aquellascapacitacin y ser obligatorio a todas aquellassujetas al rgimen laboral de la actividad privada,que pretendan acoger la deduccin del gasto, lapresentacin debe ser al mes siguiente de suejecucin y de acuerdo al cronograma deObligaciones Mensuales establecido por SUNAT.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 42

  • Gastos Deducibles

    El incumplimiento de la presentacin delprograma de capacitacin dentro del plazo dalugar a la comisin de una infraccinadministrativa tipificada en el artculo 38 delReglamento de la Ley General de InspeccinReglamento de la Ley General de Inspeccindel Trabajo D.S. N 019-2006-TR.

    Art. 3 Res. Min. N 338-2010-TR (31.10.2010)modificado por Res. Min. N 034-2012-TR(31.01.2012).

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 43

  • Gastos Deducibles

    El incumplimiento de la presentacin delprograma de capacitacin no origina laprdida de la deduccin del gasto ni unainfraccin tributaria.infraccin tributaria.

    Novena Disposicin Complementaria Final delD.S. N 136-2011-EF (09.07.2011).

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 44

  • Gastos Deducibles

    Forma de presentacin del programa

    El programa se presenta mediante un sistemavirtual puesto a disposicin en el portalinstitucional del Ministerio de Trabajo yinstitucional del Ministerio de Trabajo yPromocin del Empleo ingresando con el nmerode RUC de la empresa y la clave SOL (Sistema deOperaciones en Lnea) entregado por la SUNAT.

    Exceso del lmite es diferenciapermanente.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 45

  • Gastos Deducibles

    La empresa "Galletas Dulces S.A.C:" tiene unrea de contabilidad en el cual trabajan cincopersonas, en el mes de abril de 2012decideenviar a dichas personas a un curso de Elenviar a dichas personas a un curso de ElNuevo Plan Contable General Empresarial elcosto por persona es de S/. 300.00 ms IGV ytendr una duracin de 9. horas.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 46

  • Gastos Deducibles

    Determinamos el total de gastos deducibles distintos a los de capacitacin:

    Gastos de personal 85,000

    Servicios prestados por terceros 24,000 Servicios prestados por terceros 24,000

    Tributos 4,000

    Cargas diversas de gestin 22,000

    Gastos financieros 7,000

    Provisiones del ejercicio 18,000

    Total S/. 160,000

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 47

  • Gastos Deducibles

    Determinamos el total de gastos deducidos enel ejercicio:

    S/. 160,000 : 0.95 = S/. 168,421.05

    Determinamos el lmite para los gastos de Determinamos el lmite para los gastos decapacitacin:

    S/. 168,421.05 x 5% = S/. 8,421.05

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 48

  • Gastos Deducibles

    El monto mximo deducible por gastos decapacitacin es S/. 8,421.05

    Determinamos el exceso no deducible por Determinamos el exceso no deducible porgastos de capacitacin:

    Gastos de capacitacin incurridos 1,500.00

    Lmite mximo deducible 8,421.05

    Exceso no deducible S/. 0.00

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 49

  • Gastos Deducibles

    Se realizaron agasajos por el da del trabajo, da de la madre, da del padre, navidad.

    Ingresos netos del ejercicio 22,358,200

    Gastos recreativos 125,000 Gastos recreativos 125,000

    Lmite: 0.5% de S/. 22,358,200 111,791

    Lmite mximo 40 UIT (S/.146,000)

    Exceso reparable S/. 13,209

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 50

  • Gastos Deducibles

    Se realizaron agasajos por el da del trabajo, da de la madre, da del padre, navidad.

    Ingresos netos del ejercicio 32,358,200

    Gastos recreativos 175,000 Gastos recreativos 175,000

    Lmte:0.5% de 32,358,200(S/.161,791)

    Lmite mximo 40 UIT 146,000

    Exceso reparable S/. 29,000

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 51

  • Gastos Deducibles

    En cuanto a los gastos de salud, recreativos,educativos, culturales o de enfermedad no esnecesario que se anoten en la planilla si cumplencon el requisito de generalidad. Art. 20 Inc. c)con el requisito de generalidad. Art. 20 Inc. c)Num. 3 Reglamento de la Ley del IR.

    Requisito de generalidad RTF 02230-2-2003, perosi el gasto esta reflejado en la planilla esdeducible aunque no cumpla con la generalidad,en el mismo sentido RTF 6671-3-2004.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 52

  • Gastos Deducibles

    RTF N 6072-5-2003 Procede la deduccin delgasto por la adquisicin de un gimnasio paraque sea utilizado por los trabajadores quelaboran en zonas alejadas de la ciudad.laboran en zonas alejadas de la ciudad.

    RTF N 1989-4-2002 Procede la deduccin delgasto por la compra de camisetas como apoyoa los trabajadores en el aspecto recreativo

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 53

  • Gastos Deducibles

    RTF N 701-4-2000; 5029-2-2002; 5909-2-

    2007 Son deducibles los gastos por eventos defiestas conmemorativas, ya que existe unconsenso respecto a que tales actividadesconsenso respecto a que tales actividadescontribuyen a la formacin de un ambientepropicio para la productividad del personal.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 54

  • Gastos Deducibles

    RTF N 760-4-2002 Son deducibles los gastospor agasajos y obsequios con motivo delonomstico de los trabajadores, noconstituyen renta de quinta categora.constituyen renta de quinta categora.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 55

  • Gastos Deducibles

    Remuneraciones al directorio que no excedandel 6% de la utilidad comercial del ejercicio.

    Exceso es diferencia permanente.

    RTF 02886-5-2004 Para determinar la utilidad RTF 02886-5-2004 Para determinar la utilidadcomercial se suma la utilidad contable mas lasdietas.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 56

  • Gastos Deducibles

    Utilidad contable 50,000

    Dietas de directorio 2,500

    -----

    Utilidad comercial 52,500 Utilidad comercial 52,500

    Lmite 6% 3,150

    Exceso No hay

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 57

  • Gastos Deducibles

    Utilidad contable 50,000

    Dietas de directorio 6,500

    -----

    Utilidad comercial 56,500 Utilidad comercial 56,500

    Lmite 6% 3,390

    Exceso (6,500 - 3,390 = 3,110)

    Se adiciona S/. 3,110

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 58

  • Gastos Deducibles

    Prdida contable -20,000

    Dietas de directorio 6,500

    -----

    No hay Utilidad comercial -13,500 No hay Utilidad comercial -13,500

    Lmite 6% 00

    Exceso (6,500 - 00 = 6,500)

    Se adiciona S/. 6,500

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 59

  • Gastos Deducibles

    Prdida contable -4,000

    Dietas de directorio 6,500

    -----

    Utilidad comercial 2,500 Utilidad comercial 2,500

    Lmite 6% 150

    Exceso (6,500 - 150 = 6,350)

    Se adiciona S/. 6,350

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 60

  • Gastos Deducibles

    RTF N 6887-4-2005 No es deducible el gastopor dietas de directores en el ejercicio en elque se obtuvo prdida.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 61

  • Gastos Deducibles

    RTF N 7014-1-2005 Para que sean deducibleslas dietas de directorio no es necesario que sehayan pagado antes de la fecha devencimiento de presentacin de la DJ Anual.vencimiento de presentacin de la DJ Anual.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 62

  • Gastos Deducibles Remuneraciones del titular de la EIRL, socios,

    asociados de personas jurdicas que trabajanen el negocio y la remuneracin no supere elvalor de mercado.

    El exceso del valor de mercado esdiferencia permanente.

    El exceso del valor de mercado esdiferencia permanente.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 63

  • Gastos Deducibles

    El parentesco consanguneo

    El parentesco consanguneo es la relacinfamiliar existente entre las personas quedescienden una de otra o de un troncodescienden una de otra o de un troncocomn.

    Base legal: Cdigo Civil Art. 236.

    C.P.C. Josu Bernal 64

  • Gastos Deducibles

    C.P.C. Josu Bernal 65

  • Gastos Deducibles

    C.P.C. Josu Bernal 66

  • Gastos Deducibles

    C.P.C. Josu Bernal 67

  • Gastos Deducibles

    El parentesco por afinidad

    El parentesco por afinidad es el producido porel matrimonio con los parientesconsanguneos del cnyuge, cada cnyuge seconsanguneos del cnyuge, cada cnyuge sehaya en igual lnea y grado de parentesco porafinidad que el otro por consanguinidad.

    Base legal: Cdigo Civil Art. 237

    C.P.C. Josu Bernal 68

  • Gastos Deducibles

    C.P.C. Josu Bernal 69

  • Gastos Deducibles

    C.P.C. Josu Bernal 70

  • Gastos Deducibles

    La empresa Omega EIRL tiene trestrabajadores Luis Gonzles el Titular GerenteS/. 25,000, Celia Gutirrez GerenteAdministrativo S/. 10,000 y Pedro VillafuerteAdministrativo S/. 10,000 y Pedro VillafuerteGerente de operaciones S/. 9,000, la seoraCelia es esposa del titular gerente y el seorpedro no es pariente de los otros gerentes sepide determinar el importe deducible.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 71

  • Gastos Deducibles

    Determinamos el valor de mercado de laremuneracin del titular gerente:

    Opcin 1 No existe funcin similar

    Opcin 2 No existe nivel equivalente Opcin 2 No existe nivel equivalente

    Opcin 3 El trabajador de nivel inferior a tomarcomo referente es el gerente de operaciones yaque no es vinculado con el titular

    Opcin 4 No existe nivel superior

    No se aplica la opcin 5

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 72

  • Gastos Deducibles

    Calculo:

    Remuneracin anual: 25,000 x 14 = S/. 350,000

    Remuneracin anual del gerente de operaciones:S/. 9,000 x 14 = S/. 126,000 x 2 = S/. 252,000S/. 9,000 x 14 = S/. 126,000 x 2 = S/. 252,000

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 73

  • Gastos Deducibles

    El valor de mercado es S/. 252,000

    El exceso no deducible es 350,000 252,000 =S/. 98,000

    El importe de 98,000 esta sujeto al pago de El importe de 98,000 esta sujeto al pago de4.1% por considerarse dividendo.

    El exceso de quinta categora es crdito deltrabajador.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 74

  • Gastos Deducibles Las remuneraciones del cnyuge, concubino o

    parientes hasta el cuarto grado deconsanguinidad y segundo de afinidad.

    Determinamos el valor de mercado de laremuneracin de la gerente administrativa:remuneracin de la gerente administrativa:

    Opcin 1 No existe funcin similar

    Opcin 2 Existe nivel equivalente con elgerente de operaciones

    Se aplica la opcin 2

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 75

  • Gastos Deducibles

    El valor de mercado para la remuneracin de la gerente administrativa es la remuneracin del gerente de operaciones S/. 9,000 x 14 = 126,000.

    Remuneracin de la Gerente Administrativa S/. 10,000 x 14 = 140,00010,000 x 14 = 140,000

    Exceso no deducible: 140,000 126,000 = 14,000

    Los 14,000 se considera dividendos del titular y esta sujeto a que pague el 4.1% por dividendos.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 76

  • Gastos Deducibles

    RTF N 5909-4-2007 No basta que se hayaconsignado en el libro de planillas laremuneracin del cnyuge del propietario,socio o accionista de la empresa, se debesocio o accionista de la empresa, se debeacreditar que efectivamente realizan algntipo de labor que motiva el pago deremuneracin.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 77

  • Gastos Deducibles Los gastos de representacin que no excedan

    del 0.5% de los ingresos brutos hasta unmximo de 40 UIT.

    Se realizaron obsequios a clientes.

    Ingresos netos del ejercicio 22,358,200 Ingresos netos del ejercicio 22,358,200

    Gastos de representacin 125,000

    Lmite: 0.5% de S/. 22,358,200 111,791

    Lmite mximo 40 UIT (S/.144,000)

    Exceso reparable S/. 13,209

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 78

  • Gastos Deducibles

    Se realizaron obsequios a clientes

    Ingresos netos del ejercicio 32,358,200

    Gastos de representacin 175,000

    Lmte: 0.5% de 32,358,200 (S/.161,791) Lmte: 0.5% de 32,358,200 (S/.161,791)

    Lmite mximo 40 UIT 146,000

    Exceso reparable S/. 29,000

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 79

  • Gastos Deducibles

    RTF N 99-1-2005 La entrega de agendas,atlas, alcancas o cuentos realizados a losclientes en forma selectiva, no califica comogasto de propaganda sino como un gasto derepresentacin, debiendo sujetarse al lmite.representacin, debiendo sujetarse al lmite.

    RTF N 6610-3-2003 Es deducible el gastoincurrido en la compra de whisky, siempre quese demuestre la entrega a los clientes yproveedores.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 80

  • Gastos Deducibles

    Gastos de viaje (transporte y viticos), losviticos se componen de alojamiento,alimentacin y movilidad, se sustentan concomprobantes de pago, en caso de viajes alcomprobantes de pago, en caso de viajes alexterior los gastos de alimentacin ymovilidad se pueden sustentar con unadeclaracin jurada del beneficiario y nopodrn exceder del 30% del monto mximoestablecido por zona geogrfica siguiente:

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 81

  • Gastos Deducibles

    frica, Amrica Central y Amrica del Sur$400.00 diarios por persona.

    Amrica del Norte $ 440.00 diarios porpersona.persona.

    Caribe y Oceana $ 480.00 diarios por persona.

    Asia y Europa $ 520.00 diarios por persona.

    El exceso al lmite es diferenciapermanente.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 82

  • Gastos Deducibles

    El gerente general viaja a EEUU los das 20,21 y22 de julio de 2012 incurriendo en gastos dealojamiento, alimentacin y movilidadsustentados con comprobantes de pago por lossiguientes montos:siguientes montos:

    Da 20 $ 500 T/C 2.621 S/. 1,310.05 Da 21 $ 450 T/C 2.631 1,183.95 Da 22 $ 400 T/C 2.631 1,052.40 ---- -------- Total $1,350 S/. 3,546.40

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 83

  • Gastos Deducibles

    Lmite diario es $440 por tres das $1,320.00

    Dia 22 $ 440 T/C 2.621 S/. 1,153.24

    Da 23 $ 440 T/C 2.631 1,157.64

    Da 24 $ 440 T/C 2.631 1,157.64 Da 24 $ 440 T/C 2.631 1,157.64

    ---- --------

    1,320 3,468.52

    Gastos incurridos: $ 1,350.00 S/.3,546.40

    Exceso a adicionar: $ 30.00 S/. 77.88

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 84

  • Gastos Deducibles

    En caso de viajes dentro del pas el lmitediario por persona es S/. 420.00 diarios porpersona. ( D.S. N 028-2009-EF).

    A partir del 24.01.2013 el monto anterior sube A partir del 24.01.2013 el monto anterior subea S/. 640. (D.S. N 007-2013-EF).

    El exceso del lmite es diferenciapermanente.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 85

  • Gastos Deducibles

    En el mes de agosto de 2012 un vendedor escomisionado a la ciudad de Piura para realizaruna venta, el viaje es de tres das y los viticoshacen un total de S/. 1,850.00.hacen un total de S/. 1,850.00.

    Gasto mximo por da S/. 420.00 x 3 das = S/. 1,260.00

    Gastos incurridos S/. 1,850.00

    Exceso a reparar S/. 590.00

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 86

  • Gastos Deducibles

    Informe 046-2007-SUNAT/2B0000 Gastos detransporte son aquellos para el traslado deltrabajador a un lugar distinto al de suresidencia habitual por asuntos del servicioque presta, mientras que los gastos deque presta, mientras que los gastos demovilidad son los que se incurre cuandosiendo prestado el servicio en un lugar distintoal de la residencia habitual el trabajadorrequiere trasladarse o movilizarse de un lugara otro.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 87

  • Gastos Deducibles

    Gastos de arrendamiento de prediosdestinados a la actividad gravada.

    En el caso de personas naturales cuando lacasa arrendada la habite el contribuyente ycasa arrendada la habite el contribuyente yparte la utilice para obtener rentas de terceracategora se aceptar la deduccin del 30% delalquiler y el 50% de gastos de mantenimiento,el exceso es diferencia permanente.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 88

  • Gastos Deducibles

    RTF N 602-4-2000 Si el negocio ocupa elprimer piso de la propiedad del recurrentedebe deducirse slo los gastos de luz, agua ytributos municipales proporcionales a dichatributos municipales proporcionales a dicharea.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 89

  • Gastos Deducibles

    Los gastos por premios en dinero o especie,sorteo ante Notario Pblico y con permiso delMinisterio del Interior, D.S. N 006-2000-IN.

    De no cumplirse los requisitos el De no cumplirse los requisitos elgasto no es deducible y esdiferencia permanente.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 90

  • Gastos Deducibles

    Gastos o costos que constituyan para elperceptor rentas de segunda, cuarta o quintacategora cuando hayan sido pagados dentrodel plazo de vencimiento para presentar ladel plazo de vencimiento para presentar laDJA.

    De no pagarse hasta la fecha devencimiento originan diferenciastemporarias.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 91

  • Gastos Deducibles Gastos de vehculos asignados a actividades de

    direccin, administracin y representacin deacuerdo al nmero mximo de vehculosestablecidos en el reglamento de acuerdo a losingresos netos anuales del ao anterior segn lasiguiente tabla:

    Hasta 3,200 UIT 1 vehculo

    Hasta 16,100 UIT 2 vehculos

    Hasta 24,200 UIT 3 vehculos

    Hasta 32,300 UIT 4 vehculos

    Ms de 32,300 UIT 5 vehculos

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 92

  • Gastos Deducibles

    Tambin se limita a los gastos defuncionamiento de acuerdo al porcentaje queresulte de relacionar el nmero de vehculosde las categoras A2, A3 y A4 que segn latabla se permita la deduccin con el nmerotabla se permita la deduccin con el nmerototal de vehculos de propiedad y/o enposesin de la empresa.

    El exceso a los lmites es diferenciapermanente.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 93

  • Gastos DeduciblesActividad Categora Gasto S/.

    Direccin A3 5,000

    Direccin A2 6,000

    Administracin A3 4,000

    Administracin A2 5,000

    Actividad Categora Gasto S/.

    Direccin A3 5,000

    Direccin A2 6,000

    Administracin A3 4,000

    Administracin A2 5,000Administracin A2 5,000

    Total S/. 20,000

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 94

    Administracin A2 5,000

    Total S/. 20,000

  • Gastos Deducibles Ingresos netos del 2011 S/. 56,500,000

    Total de vehculos de propiedad de laempresa: 4

    Nmero mximo de vehculos cuyos gastos seaceptan segn tabla: 2 vehculos

    UIT 2011 = S/.3,600 UIT 2011 = S/.3,600

    S/. 3,600 x 16,100 UIT = S/. 57,960,000

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 95

  • Gastos Deducibles

    Monto deducible:

    Gasto de los vehculos de direccin: 11,000

    Mximo deducible: (2/4) x 100 = 50%

    Gastos de los vehculos A2 y A3 son 20,000 x Gastos de los vehculos A2 y A3 son 20,000 x50% = 10,000

    El exceso es 11,000 10,000 = 1,000 reparardicho exceso.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 96

  • Gastos Deducibles

    Gastos de movilidad de los trabajadores sesustentan con comprobantes de pago o unaplanilla de movilidad, los gastos sustentados conplanilla son hasta un mximo del 4% de la RMV.planilla son hasta un mximo del 4% de la RMV.

    El exceso no deducible es diferenciapermanente.

    Donaciones que no excedan del 10% de la Rentaneta del ejercicio.

    El exceso es diferencia permanente.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 97

  • Gastos Deducibles Deduccin adicional sobre las remuneraciones

    a trabajadores discapacitados.

    La empresa Alfa S.A. tiene 50 trabajadores delos cuales 7 son discapacitados con unaantigedad de un ao y una remuneracin deS/. 1,500 cada uno.antigedad de un ao y una remuneracin deS/. 1,500 cada uno.

    Determinamos el porcentaje de trabajadoresdiscapacitados:

    Nmero de trabajadores durante el ejercicio2012: 50 x 12 = 600

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 98

  • Gastos Deducibles Nmero de trabajadores discapacitados: 7 x 12 =

    84

    Porcentaje de trabajadores discapacitados:

    84/600 x 100 = 14%

    Remuneraciones pagadas a los discapacitados: Remuneraciones pagadas a los discapacitados:1,500 x 14 x 7 = 147,000

    Deduccin adicional 50% = 73,500

    Lmite 24 RMV por cada trabajador

    24 x 750 x 7 =126,000

    No excede lmite, deduccin adicional ser S/.73,500.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 99

  • Gastos Deducibles

    Gastos realizados con boletas de venta o ticketsque no otorgan derecho emitidos slo por sujetosdel Nuevo RUS hasta el lmite del 6% de losmontos sustentados con comprobantes que sidan derecho a costo o gasto y que se encuentrendan derecho a costo o gasto y que se encuentrenanotados en el Registro de Compras. En el casode empresas acogidas al sector agrario es 10%.

    Slo hasta un mximo de 200 UIT.

    Exceso al lmite es diferenciapermanente.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 100

  • Gastos Deducibles

    Gastos realizados con B/V emitidos por sujetosdel NRUS S/. 8,300

    Comprobantes anotados en el Registro deCompras que dan derecho a gasto o costo S/.250,000250,000

    Lmite 6% de 250,000 = 15,000 Mximo 200 UIT (730,000) Gastos realizados 8,300 No hay exceso, por lo tanto es deducible los S/.

    8,300

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 101

  • Gastos Deducibles

    Gastos realizados con B/V emitidos por sujetosdel NRUS S/. 28,300

    Comprobantes anotados en el Registro deCompras que dan derecho a gasto o costo S/.450,000450,000

    Lmite 6% de 450,000 = 27,000

    Mximo 200 UIT (730,000)

    Gastos realizados 28,300

    Hay exceso de 1,300 que no es deducible.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 102

  • Gastos no deducibles

    Gastos personales y de sustento delcontribuyente y sus familiares.

    El Impuesto a la Renta. Las multas, recargos, intereses moratorios

    previstos en el Cdigo Tributario y sancionesprevistos en el Cdigo Tributario y sancionesaplicadas por el Sector Pblico Nacional.

    Informe N 091-2003-SUNAT/2B0000Penalidades contractuales aplicados por elcomprador del exterior constituye gastodeducible.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 103

  • Gastos no deducibles

    Las sumas invertidas en adquisicin de bieneso mejoras de carcter permanente.

    RTF N 11869-1-2008 Para que lasadquisiciones mejoren la condicin de losadquisiciones mejoren la condicin de losactivos fijos mas all del estndar originaldeben significar la extensin de su vida til,mejoramiento sustancial en la calidad deproduccin obtenida o la reduccin de loscostos de produccin.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 104

  • Gastos no deducibles

    RTF N 11792-2-2008 Si el desembolso originaun rendimiento mayor al original debereconocerse como activo, en cambio si solorepone o mantiene el rendimiento originalrepone o mantiene el rendimiento originaldeber reconocerse como gasto del ejercicio.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 105

  • Gastos no deducibles

    RTF N 4397-1-2007 Bienes relacionados conequipos de computo tales como tarjetas desonido, video, fax mdem, tarjetas de red, etc,no funcionan independientemente, sinono funcionan independientemente, sinoforman parte de un equipo de computo por loque no corresponde deducirlos como gasto.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 106

  • Gastos no deducibles

    RTF N 6965-4-2005 Los desembolsos por laadquisicin de servicios de cableado einstalacin de sistemas operativos, quesupone la preparacin del lugar desupone la preparacin del lugar deemplazamiento de equipos de computo,deben incluirse dentro del costo del activofijo.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 107

  • Gastos no deducibles

    RTF N 3595-4-2003 Los procesadores y eldisco duro son piezas que no suelen serreemplazadas para mantener la vida til deuna computadora o para mantenerla eniguales condiciones de operatividad sino paraiguales condiciones de operatividad sino paraaumentarla, toda vez que las mismas hansuperado el lmite de desgaste que condicionasu funcionamiento por lo que debe drsele eltratamiento de mejora y no de gastodeducible.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 108

  • Gastos no deducibles

    Las donaciones, salvo lo dispuesto en elartculo 37 de la Ley.

    Gastos sin comprobantes de pago y cuando elproveedor est no habido. (Por pago de tasasno se emite comprobante de pago, directoresno se emite comprobante de pago, directorestampoco).

    RTF N 3854-4-2008 La denuncia policial porel extravo de documentos interpuesta luegodel inicio de la fiscalizacin no constituyeprueba fehaciente de tal hecho.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 109

  • Gastos no deducibles

    RTF N 3852-4-2008 Los recibos porhonorarios emitidos bajo el concepto generalde servicios prestados a la empresa nocumplen con sealar la descripcin delcumplen con sealar la descripcin delservicio o consigna uno distinto o el nombredel emisor no coincide con quien habraprestado el servicio, no pueden sustentargasto.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 110

  • Gastos no deducibles

    RTF N 00992-6-2006 No procede deduccinde intereses bancarios sin comprobantes depago.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 111

  • Gastos no deducibles

    Informe 044-2006-SUNAT Servicio sustentadocon comprobante de pago emitido el ejerciciosiguiente se puede deducir.

    RTF N 7435-2-2010 Si los proveedores no sonubicados y no cumplieron con sus obligacionesubicados y no cumplieron con sus obligacionestributarias o no demostraran la fehaciencia dela operacin, dichos hechos no son imputablesal adquiriente.

    IGV que grava el retiro de bienes. Gastos no cancelados con medios de pago.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 112

  • Gastos no deducibles

    Provisiones de garantas sobre ventas,originan diferencias temporarias,se podr deducir cuando haya el reclamo.

    Depreciacin de los montos revaluados. Depreciacin de los montos revaluados.

    Gastos de operaciones con sujetos de parasosfiscales. Tasa del impuesto a la renta esinferior al 50% o ms a la que corresponderaen el Per. Costo si es deducible.

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 113

  • Gracias por su participacin

    C.P.C. Josu Bernal Rojas

    Expositor

    C.P.C. Josu Bernal Rojas 114