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GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA 6 DE MARZO DE 2014 No. 1812 Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Jefatura de Gobierno Acuerdo por el que se instruye a la Secretaría de Gobierno, Desarrollo Económico y al Sistema de Transporte Colectivo (METRO) para implementar las acciones estratégicas necesarias a fin de generar la integración a la economía formal de los comerciantes al interior del Sistema de Transporte Colectivo 4 Acuerdo por el que se Delega en el Director General de Servicios Legales, de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, la facultad de otorgar el visto bueno, previo al ejercicio de los recursos autorizados para cubrir los gastos por conciliaciones de juicios en trámite promovidos en contra de la Administración Pública del Distrito Federal o por liquidaciones de Laudos emitidos o Sentencias Definitivas dictados por Autoridad competente favorables a los trabajadores al servicio de la Administración Pública del Distrito Federal, y por el que se constituye la Mesa de Asuntos Laborales de la Comisión de Estudios Jurídicos del Distrito Federal 6 Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda Resolución definitiva para el cambio de uso del suelo con número de folio SEDUVI-SITE 8175-321VARA13 conforme a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal ubicado en Descartes No. 79, Colonia Anzures, Delegación Miguel Hidalgo 10 Secretaría del Medio Ambiente Aviso por el cual se dan a conocer las claves, conceptos, unidades de medida y cuotas que se aplicarán durante la vigencia de las “Reglas para el Control y Manejo de los Ingresos que se recauden por Concepto de Aprovechamientos y Productos que se asignen a las Dependencias, Delegaciones y Órganos Desconcentrados que los Generen, Mediante el Mecanismo de Aplicación Automática de Recursos” en los Centros Generados de la Secretaría del Medio Ambiente 15 Continúa en la Pág. 2

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GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal

DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA 6 DE MARZO DE 2014 No. 1812

Í N D I C E

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Jefatura de Gobierno ♦ Acuerdo por el que se instruye a la Secretaría de Gobierno, Desarrollo Económico y al Sistema de Transporte

Colectivo (METRO) para implementar las acciones estratégicas necesarias a fin de generar la integración a la economía formal de los comerciantes al interior del Sistema de Transporte Colectivo 4

♦ Acuerdo por el que se Delega en el Director General de Servicios Legales, de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, la facultad de otorgar el visto bueno, previo al ejercicio de los recursos autorizados para cubrir los gastos por conciliaciones de juicios en trámite promovidos en contra de la Administración Pública del Distrito Federal o por liquidaciones de Laudos emitidos o Sentencias Definitivas dictados por Autoridad competente favorables a los trabajadores al servicio de la Administración Pública del Distrito Federal, y por el que se constituye la Mesa de Asuntos Laborales de la Comisión de Estudios Jurídicos del Distrito Federal 6

Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda ♦ Resolución definitiva para el cambio de uso del suelo con número de folio SEDUVI-SITE 8175-321VARA13

conforme a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal ubicado en Descartes No. 79, Colonia Anzures, Delegación Miguel Hidalgo 10

Secretaría del Medio Ambiente ♦ Aviso por el cual se dan a conocer las claves, conceptos, unidades de medida y cuotas que se aplicarán durante la

vigencia de las “Reglas para el Control y Manejo de los Ingresos que se recauden por Concepto de Aprovechamientos y Productos que se asignen a las Dependencias, Delegaciones y Órganos Desconcentrados que los Generen, Mediante el Mecanismo de Aplicación Automática de Recursos” en los Centros Generados de la Secretaría del Medio Ambiente 15

Continúa en la Pág. 2

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2 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

Índice Viene de la Pág. 1 Secretaría de Salud ♦ Acuerdo mediante el cual se dan a conocer los días inhábiles de la Oficina de Información Pública de la Secretaría

de Salud del Distrito Federal y de los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, correspondientes al año 2014 y enero de 2015, para efectos de los actos y procedimientos competencia de estas Oficinas 50

Secretaría de Seguridad Pública ♦ Aviso por el que se dan a conocer los conceptos y cuotas por concepto de Aprovechamientos y Productos que se

generen mediante el Mecanismo de Aplicación Automática de Recursos en la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal 52

Policía Auxiliar del Distrito Federal ♦ Nota aclaratoria del Aviso por el que se dan a conocer las Tarifas Correspondientes a la Prestación del Servicio de

Seguridad y Vigilancia que en Función de Derecho Privado presta la Policía Auxiliar del Distrito Federal, vigentes durante el año 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 5 de junio de 2013, con número 1619 59

♦ Aviso por el que se dan a conocer las Tarifas correspondientes a la Prestación del Servicio de Seguridad y Vigilancia que en Función de Derecho Privado presta la Policía Auxiliar del Distrito Federal, vigentes durante el año 2014 60

Secretaría de Educación ♦ Aviso por el que se da a conocer la Convocatoria del Programa de Formación y Actualización en Educación Inicial

y Preescolar, para las Personas que ofrecen Atención Educativa Asistencial, a las Niñas y los Niños Matrículados en los Centros de Atención y Cuidado Infantil (CACI), Centros Comunitarios de Atención a la Infancia (CCAI) y Centros de Educación Inicial (CEI) del Distrito Federal, en su componente: Seminario de Actualización Docente en Asistencia Educativa 61

Secretaría Ejecutiva del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal

♦ Aviso por el cual se da a conocer el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Correspondiente al Ejercicio Fiscal 2014 65

Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades ♦ Nota aclaratoria al Aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos Específicos para Acceder a los Programas

Sociales de la Secretaria de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades bajo la modalidad de Demanda publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal número 1808, del día 28 de febrero de 2014 66

♦ Nota aclaratoria al Aviso por el que se dan a conocer las Convocatorias 2014 de los Programas Sociales de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades Publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal número 1808. de fecha 28 de febrero de 2014 70

Delegación Álvaro Obregón ♦ Aviso por el cual se da a conocer la Convocatoria para el Programa de Coinversión Social para la Rehabilitación de

Unidades Habitacionales ”Convive” 2014 79 Delegación Milpa Alta ♦ Aviso por el que se da a conocer el Padrón de Beneficiarios del Programa para el Desarrollo Rural Sustentable de

Milpa Alta (PRODERSUMA 2013) 81 Delegación Milpa Alta ♦ Aviso por el que se da a conocer la Convocatoria para la Inscripción al Programa Integral de Apoyo a los

Productores de Nopal 2014 110 ♦ Aviso por el cual se dan a conocer las Reglas de Operación de las Actividades Institucionales, que llevará a cabo la

Delegación Milpa Alta, a través de la Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable para el Ejercicio 2014 112

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3

♦ Aviso por el cual se dan a conocer las Reglas de Operación de las Actividades Institucionales que se llevaran a cabo de la Delegación Milpa Alta, a través de la Dirección General de Desarrollo Social para el Ejercicio 2014 que a continuación se enlistan 137

• Ayuda a la Población Afectada por Desastres Naturales, Contingencias o que requiera Atención Medica Especializada.

• Ayudas Económicas o en Especie para la Preservación de las Raíces Históricas y Culturales en Milpa Alta.

• “Servicio Funerario Digno”.

• Centros de Desarrollo Infantil Delegacionales.

Tribunal Electoral del Distrito Federal ♦ Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Tribunal Electoral del Distrito

Federal, para el Ejercicio Fiscal 2014 153 SECCIÓN DE AVISOS ♦ Anheuser-Busch México Holding, S. de R.L. de C.V. 154 ♦ Jiss, S.A. de C.V. 159 ♦ Tierra Fund, S. de R.L. de C.V. 160 ♦ Centro Exhibimex, S.A. de C.V. 163 ♦ Comercial Global Integradora, S. de R.L. 165 ♦ Consultoría Total Integrada, S. de R.L. 165 ♦ Troll Service México, S.A. de C.V. 166 ♦ Promotora Collar de la Perla del Mar de Cortés, S.A. de C.V. 166 ♦ Mercurio Arquitectos, S.A. de C.V. 167 ♦ MIC Estudio, Supervisión y Mantenimiento de Instalaciones Eléctricas, S.A. de C.V. 167 ♦ Asistencia y Logística LCC, S.A. de C.V. 168 ♦ Enerhaus, S.A. de C.V. 169 ♦ Subway Realty de México, S.A. de C.V. 170 ♦ Bulk Solid Mechanical Handling, S.A. De C.V. 171 ♦ Club de Futbol América, S.A. de C.V. 172 ♦ Planificación y Acuerdos Empresariales, S.A. de C.V. 173 ♦ Crédito Inmobiliario, S.A. de C.V., Sofom, Enr 173 ♦ Taller Colectivo, S.A. de C.V. 174 ♦ Inmobiliaria Love, S.A. de C.V. 174 ♦ Agisa, S.A. de C.V. 175 ♦ Inmuebles Metro Park, S.A. de C.V. 176 ♦ Estrategias Corr, S.A. de C.V. 177 ♦ CSP Logística y Administración, S.A. de C.V. 177 ♦ Grupo Koman, S.A. de C.V. 178 ♦ Grupo Corporativo Inad, S.A. de C.V. 178 ♦ Edictos 179 ♦ Aviso 182

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4 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

JEFATURA DE GOBIERNO

(Al margen superior un escudo que dice: CIUDAD DE MÉXICO.- Decidiendo Juntos) MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8°, fracción II, 12, fracciones I, II, IV, V VI y XI, 67, fracciones XXIV y XXXI, 87, 90, 94, párrafo primero, 95, 97, 98 y 99, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 5°, párrafo primero, 7°, párrafo primero, 12, párrafo primero, 14, párrafo tercero, 15, fracciones I, III, 23, fracciones X, XXII y XXXI, 25, fracciones I, IX y X, 40, 46, primer párrafo, 48 y 54, fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1°, 7°, fracciones I y III, 14 y 16, fracción XVII, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, y

C O N S I D E R A N D O

Que el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal en su artículo 12 señala como principio estratégico de la organización política y administrativa del Distrito Federal la formulación de políticas y programas de desarrollo económico, considerando las particularidades de la Ciudad y la congruencia de aquéllas con la planeación nacional del desarrollo. Que el Programa General de Desarrollo 2013-2018 en el apartado de antecedentes, contexto, retos y visión de nuestra ciudad, estipula como una de sus actividades prioritarias, proporcionar continuidad a programas en materia de Capacitación y Desarrollo Empresarial, priorizando al desarrollo de una política de planeación comprometida con el equilibrio entre la preservación del medio ambiente, el desarrollo urbano, la convivencia social, el respeto del espacio público y el desarrollo económico favoreciendo la igualdad de género.

Que en los Considerandos del “Acuerdo por el que se emite resolución que determina el importe de la tarifa aplicable al Sistema de Transporte Colectivo (Metro)" publicado el 7 de diciembre de 2013 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, se contempló que los recursos que se obtengan del incremento de la tarifa se destinarán, entre otros conceptos, para llevar a cabo acciones de “Incorporar 1200 policías adicionales, para fortalecer la seguridad del Metro evitando el comercio informal en sus instalaciones".

Que de conformidad con los artículos tercero y sexto de la Ordenanza que Regula las Condiciones de Protección Civil en la Prestación del Servicio Público a Cargo del Organismo Descentralizado Sistema de Transporte Colectivo (Metro), se prohíbe en las instalaciones del Sistema de Transporte Colectivo (Metro), en lo sucesivo “EL S.T.C.” la instalación de puestos semifijos para el comercio de cualquier género de objetos y mercancías y en general, la permanencia de personas que con esos mismos fines coloquen utilería, objetos o mercancías en las vías, túneles, andenes, corredores, escaleras, accesos, salidas o zonas de distribución, así como el acceso a las instalaciones públicas de “EL S.T.C.” a personas que pretendan ejercer o estén ejerciendo el comercio informal, entre otras actividades.

Que conforme a las instrucciones del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con la finalidad de atender la problemática económica de los comerciantes informales en “EL S.T.C”, y considerando que no cuentan con acceso a una capacitación adecuada que les permita insertarse en la economía formal, se requiere de una estrategia que les permita integrarse a distintas alternativas de empleo y autoempleo dentro del marco normativo vigente. Que durante el periodo del 5 al 9 de octubre de 2013, se llevó a cabo una encuesta entre los usuarios de “EL S.T.C.”, donde se concluyó que el 50% estaba de acuerdo en el aumento de la tarifa, siempre y cuando se atendieran sus demandas, entre las cuales destaca el retiro de los comerciantes al interior del mismo Sistema. Que se reconoce como zonas de alta seguridad las instalaciones de “EL S.T.C.”, en los términos de lo dispuestos en los artículos segundo y tercero del decreto relativo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de abril de 1967, por lo que la presencia del comercio ambulante es de alto riesgo para los usuarios. Que mediante escrito de fecha 6 de febrero de 2014, diversas organizaciones de personas que realizan alguna actividad informal al interior del “EL S.T.C.” se comprometieron a abandonar en forma definitiva la actividad citada y a no regresar más a la informalidad, aceptando una alternativa de sustento para sus familias.

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5

Que resulta necesario atender la problemática económica de los vendedores en “EL S.T.C.”, y considerando que los trabajadores ambulantes, son personas que no cuentan con acceso a una capacitación adecuada que les permita insertarse en la economía formal, se requiere de una estrategia que les permita integrarse a distintas alternativas de empleo y autoempleo dentro del marco normativo vigente. Que es necesario atender las demandas de los ciudadanos sin afectar el derecho al trabajo por lo que es necesario llevar a cabo acciones que ofrezcan a los usuarios de “EL S.T.C.”, un servicio de transporte adecuado, ofreciendo alternativas que les permitan a los comerciantes al interior de éste acceder a empleos formales.

Que con el objeto de establecer de manera clara y transparente las bases y procedimientos para el otorgamiento de los apoyos del Esquema especial denominado: “Programa para la Integración a la Economía Formal de los Comerciantes al Interior de “EL S.T.C.”, se expide el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE INSTRUYE A LA SECRETARÍA DE GOBIERNO, DESARROLLO ECONÓMICO Y AL SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO (METRO) PARA IMPLEMENTAR LAS ACCIONES ESTRATÉGICAS NECESARIAS A FIN DE GENERAR LA INTEGRACIÓN A LA ECONOMÍA FORMAL DE LOS COMERCIANTES AL INTERIOR DEL SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO.

PRIMERO.- Se instruye al Titular de la Secretaría de Gobierno, para que, realice, autorice y valide un padrón de todas las personas que actualmente realizan alguna actividad informal por la que reciben un ingreso en el interior del Sistema de Transporte Colectivo (Metro). SEGUNDO.- Se instruye al Titular de la Secretaría de Desarrollo Económico del Distrito Federal para que diseñe, coordine e implemente un Esquema Especial que permita integrar a aquellas personas que realizan alguna actividad por la que reciben un ingreso en el interior de las instalaciones de “EL S.T.C.”, a la economía formal, a través del “PROGRAMA PARA LA INTEGRACIÓN A LA ECONOMÍA FORMAL DE LOS COMERCIANTES AL INTERIOR DEL SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO (METRO)”. TERCERO.- Se instruye al Director General de “EL S.T.C.”, del Distrito Federal para que realice las acciones conducentes para la transferencia de recursos de su presupuesto a la Secretaría de Desarrollo Económico, a fin de darle suficiencia presupuestal para la ejecución del Esquema Especial denominado: “PROGRAMA PARA LA INTEGRACIÓN A LA ECONOMÍA FORMAL DE LOS COMERCIANTES AL INTERIOR DEL SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO (METRO)”.

T R A N S I T O R I O S

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de su firma, sin menoscabo de las acciones que hayan emprendido cada una de las dependencias anteriormente señaladas para el cumplimiento del “PROGRAMA PARA LA INTEGRACIÓN A LA ECONOMÍA FORMAL DE LOS COMERCIANTES AL INTERIOR DEL SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO (METRO)” y será vigente hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil catorce. SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal para su difusión. TERCER.- Las acciones que se instruyen en el presente Acuerdo deberán instrumentarse a más tardar el primero de marzo del presente año. Dado en la residencia oficial del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en la Ciudad de México Distrito Federal, a los veintiocho días del mes de febrero de dos mil catorce.- EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE GOBIERNO, HÉCTOR SERRANO CORTÉS.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SALOMÓN CHERTORIVSKI WOLDENBERG.- FIRMA.

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6 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

(Al margen superior un escudo que dice: CIUDAD DE MÉXICO.- Decidiendo Juntos) ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS LEGALES, DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES, LA FACULTAD DE OTORGAR EL VISTO BUENO, PREVIO AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS AUTORIZADOS PARA CUBRIR LOS GASTOS POR CONCILIACIONES DE JUICIOS EN TRÁMITE PROMOVIDOS EN CONTRA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL O POR LIQUIDACIONES DE LAUDOS EMITIDOS O SENTENCIAS DEFINITIVAS DICTADOS POR AUTORIDAD COMPETENTE FAVORABLES A LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, Y POR EL QUE SE CONSTITUYE LA MESA DE ASUNTOS LABORALES DE LA COMISIÓN DE ESTUDIOS JURÍDICOS DEL DISTRITO FEDERAL. MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 122, apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso b), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8°, fracción II, 12, fracciones I, II, IV y VI, 52, 67, fracción II, y 90 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 5°, 7°, 14, párrafo tercero, y 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 30 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2014; y 15, 114, fracción VIII, 115 y 116 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y

C O N S I D E R A N D O Que de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, es facultad y obligación del Jefe de Gobierno promulgar, publicar y ejecutar las leyes y decretos que expida la Asamblea Legislativa, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia, mediante la expedición de reglamentos, decretos y acuerdos. Que en los actos y procedimientos a cargo de la Administración Pública del Distrito Federal deberán atenderse los principios de simplificación, agilidad y economía, información, precisión, legalidad, transparencia e imparcialidad. Que el Jefe de Gobierno como titular de la Administración Pública, le corresponden originalmente todas las facultades establecidas en los ordenamientos jurídicos relativos al Distrito Federal, que podrán ser delegadas a los servidores públicos subalternos mediante acuerdos, excepto aquellas que por disposición jurídica sean indelegables. Que el artículo 30 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2014, prevé que las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades previo al ejercicio de los recursos autorizados para cubrir los gastos por conciliaciones de juicios en trámite promovidos en contra de la Administración Pública del Distrito Federal o por liquidaciones de laudos emitidos o sentencias definitivas dictados por la autoridad competente favorables a los trabajadores al servicio de la Administración Pública del Distrito Federal, deberán contar con el visto bueno de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales. Que con base en la promulgación del Decreto por el que se expidió la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el 02 de abril de 2013, en el Diario Oficial de la Federación, y que entró en vigor al día siguiente de su publicación, la cual conforme a su transitorio segundo, abrogó la anterior publicada el 10 de enero de 1936. De conformidad con los artículos 192 y 193 de la citada Ley, en materia de cumplimiento y ejecución de las sentencias de amparo y en virtud de las facultades que se le atribuyen a la Comisión de Estudios Jurídicos, como órgano colegiado a cargo de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, para preparar y en su caso expedir las interpretaciones y homologación de criterios jurídicos que permitan la adecuada protección de los intereses generales y del patrimonio de la Ciudad de México, he tenido a bien expedir el siguiente:

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7

ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS LEGALES, DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES, LA FACULTAD DE OTORGAR EL VISTO BUENO, PREVIO AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS AUTORIZADOS PARA CUBRIR LOS GASTOS POR CONCILIACIONES DE JUICIOS EN TRÁMITE PROMOVIDOS EN CONTRA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL O POR LIQUIDACIONES DE LAUDOS EMITIDOS O SENTENCIAS DEFINITIVAS DICTADOS POR AUTORIDAD COMPETENTE FAVORABLES A LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, Y POR EL QUE SE CONSTITUYE LA MESA DE ASUNTOS LABORALES DE LA COMISIÓN DE ESTUDIOS JURÍDICOS DEL DISTRITO FEDERAL. PRIMERO.- Se delega en el Director General de Servicios Legales la facultad de otorgar a las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades el visto bueno previo al ejercicio de los recursos autorizados para cubrir los gastos por conciliaciones de juicios en trámite promovidos en contra de la Administración Pública del Distrito Federal o por liquidaciones de laudos emitidos o sentencias definitivas dictados por la autoridad competente favorables a los trabajadores al servicio de la Administración Pública del Distrito Federal. SEGUNDO.- Se constituye la Mesa de Asuntos Laborales de la Comisión de Estudios Jurídicos del Distrito Federal, con el objeto de que se homologuen los criterios jurídicos en materia de conciliaciones y liquidaciones de laudos o sentencias definitivas para una adecuada protección de los intereses generales y del patrimonio de la Ciudad de México. TERCERO.- La Mesa de Asuntos Laborales se integra de la siguiente forma: I. Un representante de la Secretaría de Gobierno; II. Un representante de la Secretaría de Finanzas; III. Un representante de la Oficialía Mayor, y IV. Un representante de la Contraloría General. La Mesa de Asuntos Laborales será presidida por el Director General de Servicios Legales. CUARTO.- El Director General de Servicios Legales, se auxiliará por los integrantes de la Mesa de Asuntos Laborales para la revisión de la documentación presentada por las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, y verificará que la solicitud de visto bueno cumpla con todos los requisitos de forma. En caso de existir omisiones o errores, ésta será devuelta mediante oficio para que sean subsanados. QUINTO.- Los titulares de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, a través de la Dirección General Jurídica y de Gobierno o Área Jurídica correspondiente, o de la Dirección General de Administración o el área administrativa correspondiente, serán los únicos facultados para solicitar el visto bueno; así como, dar cumplimiento a los laudos y sentencias definitivas dictados por la autoridad competente favorables a los trabajadores al servicio de la Administración Pública del Distrito Federal. La Dirección General Jurídica y de Gobierno o Área Jurídica correspondiente será la responsable de conciliar en beneficio de los intereses de la Dependencia, Órgano Desconcentrado, Delegación o Entidad a la que se encuentren adscritos. Asimismo será la responsable de integrar la solicitud de visto bueno, cumpliendo con todos los lineamientos que para el efecto se publiquen.

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8 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

La Dirección General de Administración o Área Administrativa correspondiente, será la responsable, a solicitud del área jurídica, de acreditar que, previo a que se presente la solicitud de visto bueno, se cuente con la suficiencia presupuestal para cumplir con los compromisos económicos objeto del presente Acuerdo. En caso de no contar con la referida suficiencia, será la responsable directa de realizar las acciones necesarias para que cubra los referidos compromisos económicos con el presupuesto fiscal ejercido este año y con el aprobado para el 2014, a la Dependencia, Órgano Desconcentrado, Delegación o Entidad a la que se encuentre adscrita; procurando no afectar la disponibilidad presupuestal para gastos ineludibles y de operación. No será válido argumentar ante las autoridades jurisdiccionales, por parte de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades, que no se da cumplimiento a los laudos o sentencias definitivas por no haber obtenido el visto bueno de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales; toda vez que cada área es la única responsable de su cumplimiento. Una vez que se haya dado cumplimiento total al compromiso económico por conciliaciones de juicios en trámite promovidos en contra de la Administración Pública del Distrito Federal o por liquidaciones de laudos emitidos o sentencias definitivas dictados por la autoridad competente favorables a los trabajadores al servicio de la Administración Pública del Distrito Federal, deberán remitir a la Mesa de Asuntos Laborales las constancias respectivas que así lo acrediten. SEXTO.- La Mesa de Asuntos Laborales hará del conocimiento a la Contraloría General del Distrito Federal de los asuntos en los que se otorgó visto bueno, en los que las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, hayan incurrido en omisiones durante el proceso legal que hayan dado lugar a la emisión de laudos o sentencias desfavorables a los intereses del Gobierno del Distrito Federal. SÉPTIMO.- La Mesa de Asuntos Laborales reportará en forma trimestral y anual a las Secretarías de Gobierno y Finanzas, Oficialía Mayor, Contraloría General y Consejería Jurídica y de Servicios Legales, el avance en el cumplimiento de las acciones a que se refiere el presente acuerdo. OCTAVO. - Cuando la Dirección General de Servicios Legales sea requerida por los Juzgados de Distrito, Tribunales Colegiados de Circuito o la Suprema Corte de Justicia de la Nación; para dar cumplimiento a una ejecutoria de amparo, podrá otorgar el Visto Bueno aún cuando la autoridad solicitante no cumpla con los requisitos señalados en este acuerdo, sólo cuando sea necesario para proteger el Patrimonio de la Administración Pública del Distrito Federal o la permanencia de los Titulares del Gobierno del Distrito Federal, Dependencias, Delegaciones, Desconcentrados o Descentralizados. Las autoridades solicitantes estarán obligadas a remitir, en todos los casos, a la Dirección General de Servicios Legales, dentro de los quince días hábiles siguientes, las constancias con las que acrediten haber cumplido con todos los requisitos que señala este instrumento. Si se detecta que incumplieron con alguno de ellos, se le dará vista al órgano de control interno correspondiente.

T R A N S I T O R I O S

PRIMERO. Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. SEGUNDO. El presente acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. TERCERO. Se dejan sin efectos todas aquellas disposiciones administrativas que se opongan a lo establecido en el presente Acuerdo.

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 9

CUARTO. El presente acuerdo estará vigente durante el ejercicio fiscal 2014 y hasta en tanto entre en vigor el ACUERDO POR EL QUE SE DELEGUE EN EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS LEGALES, DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES, LA FACULTAD DE OTORGAR EL VISTO BUENO, PREVIO AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS AUTORIZADOS PARA CUBRIR LOS GASTOS POR CONCILIACIONES DE JUICIOS EN TRÁMITE PROMOVIDOS EN CONTRA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL O POR LIQUIDACIONES DE LAUDOS EMITIDOS O SENTENCIAS DEFINITIVAS DICTADOS POR AUTORIDAD COMPETENTE FAVORABLES A LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, Y POR EL QUE SE CONSTITUYA LA MESA DE ASUNTOS LABORALES DE LA COMISIÓN DE ESTUDIOS JURÍDICOS DEL DISTRITO FEDERAL, correspondiente al 2015. Dado en la Residencia del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en la ciudad de México, a los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil catorce.- EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, DR. MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE GOBIERNO, HÉCTOR SERRANO CORTÉS.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA, SIMÓN NEUMANN LADENZON.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SALOMÓN CHERTORIVSKI WOLDENBERG.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE, TANYA MÜLLER GARCÍA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS, ALFREDO HERNÁNDEZ GARCÍA.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, ROSA ÍCELA RODRÍGUEZ VELÁZQUEZ.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE TRANSPORTES Y VIALIDAD, RUFINO H. LEÓN TOVAR.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE TURISMO, MIGUEL TORRUCO MÁRQUES.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE CULTURA, EDUARDO VÁZQUEZ MARTÍN.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA, DR. JESÚS RODRÍGUEZ ALMEIDA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE PROTECCIÓN CIVIL, FAUSTO LUGO GARCÍA.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO, PATRICIA MERCADO CASTRO.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN, MARA ROBLES VILLASEÑOR.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES, HEGEL CORTÉS MIRANDA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE FINANZAS, EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE SALUD, JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN.- RAÚL RENÉ DRUCKER COLÍN.- FIRMA.

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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA Folio: SEDUVI-SITE 8175-321VARA13 Ubicación: Descartes No. 79, Colonia Anzures, Delegación Miguel Hidalgo.

En la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 21 días del mes de febrero de 2014. EL ING. SIMÓN NEUMANN LADENZON, Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los Artículos 15 fracción II; 16 fracción IV; 24 fracciones I, IV y X de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 7 fracciones XIV y XVIII y 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, emite la siguiente:

RESOLUCIÓN DEFINITIVA PARA EL CAMBIO DE USO DEL SUELO, CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 42 DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL.

ANTECEDENTES

1.- Con fecha 25 de marzo de 2013, el ciudadano Rafael Vargas Olivares, quien se acredita como Representante Legal de Construcciones y Mantenimiento Savira, S.A. de C.V. Propietaria del predio en referencia, como se establece en la Escritura número 80,590 de fecha 9 de diciembre de 2011, solicitó a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, el Cambio de Uso del Suelo con fundamento en el Artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, para el predio ubicado en la calle Descartes No. 79, Colonia Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, solicitud que quedó registrada con el número de Folio SEDUVI-SITE 8175-321VARA13, con una superficie de terreno de 314.08 m2, para el uso del suelo de Oficinas, en una superficie ocupada por el uso de 239.58 m2 de construcción en 2 niveles (Planta baja más un nivel), con una zonificación actual de H 3/30/B (Habitacional, 3 niveles máximo de construcción, 30% mínimo de área libre y Densidad “B” (Baja), una vivienda por cada 100.00 m2 de la superficie total del terreno), donde el uso del suelo solicitado, se encuentra Prohibido. 2.- Dentro de los documentos que presentó el interesado, se encuentran los siguientes:

a) Escritura número 23,290, Volumen número 570 de fecha 24 de enero de 2005, otorgada ante la fe del Licenciado David R. Chapela Cota, Titular de la Notaría número Cincuenta y ocho de la Ciudad de Tultitlán, Estado de México, ante quien comparecen: “…LOS SEÑORES JUAN OLMEDO DAZA Y RAUL (sic) SANCHEZ (sic) VILLEGAS; Y EXPONEN QUE VIENEN A FORMALIZAR EL CONTRATO DE SOCIEDAD ANONIMA (sic) DE CAPITAL VARIABLE…”, “…CLAUSULAS (sic) PRIMERA.- DENOMINACION (sic): ESTA SOCIEDAD ES DE NATURALEZA MERCANTIL ORGANIZADA DE ACUERDO CON LAS LEYES DE LA REPUBLICA (sic) MEXICANA Y SE DENOMINA: “CONSTRUCCIONES Y MANTENIMIENTO SAVIRA”, SOCIEDAD ANONIMA (sic) DE CAPITAL VARIABLE. LA ABREVIATURA “S.A. DE C.V.”, PODRAN (sic) USARSE EN LUGAR DE LAS PALABRAS “SOCIEDAD ANONIMA (sic) DE CAPITAL VARIABLE”…”.

b) Escritura número 23,514, Volumen número 564 de fecha 18 de abril de 2005, otorgada ante la fe del Licenciado

David R. Chapela Cota, Titular de la Notaría número Cincuenta y ocho de la Ciudad de Tultitlán, Estado de México, quien hace constar: “…EL PODER GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS, ACTOS DE ADMINISTRACION (sic) Y ACTOS DE RIGUROSO DOMINIO; QUE OTORGA, EL SEÑOR JUAN OLMEDO DAZA, EN SU CARACTER (sic) DE ADMINISTRADOR UNICO (sic) DE LA EMPRESA “CONSTRUCCIONES Y MANTENIMIENTO SAVIRA”, SOCIEDAD ANONIMA (sic) DE CAPITAL VARIABLE, A FAVOR DEL SEÑOR RAFAEL VARGAS OLIVARES…” inscrita en la Dirección General del Registro Público de Comercio del Distrito Federal en el Folio número 331947, el 12 de enero de 2006.

c) Escritura número 80,590, Libro número 1,685 de fecha 9 de diciembre de 2011, otorgada ante la fe del Licenciado

Javier Ceballos Lujambio, Notario número Ciento diez del Distrito Federal, quien hace constar: “…LA COMPRAVENTA que celebran de una parte “CONSTRUCCIONES Y MANTENIMIENTO SAVIRA”, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, representada por su apoderado, señor Rafael Vargas Olivares, en lo sucesivo “LA PARTE COMPRADORA”, y de otra la señora CAROLA FERNÁNDEZ BENVENUTTI DE BERECOCHEA, en lo sucesivo “LA PARTE VENDEDORA…” respecto de: “…la casa

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marcada con el número setenta y nueve de la calle de Descartes y terreno en que está construida que es la fracción restante del predio formado por los lotes catorce y quince de la manzana veintinueve de la Colonia Anzures, Distrito Federal,…” con una “…superficie de trescientos catorce metros cuadrados ocho centésimos…”, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal en el Folio número 1356392, el 21 de febrero de 2012.

d) Constancia de Alineamiento y/o Número Oficial con Folio número 961/2012 de fecha 13 de septiembre de 2012,

emitida por la Delegación Miguel Hidalgo, la cual establece que el predio se encuentra ubicado en la calle Descartes y le asigna el número oficial 79, en la Colonia Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, indicando que se encuentra fuera de una Zona Histórica y de Zona Patrimonial, sin afectación y con una restricción de 2.50 m al frente del predio.

e) Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo con Folio número 13017-181VARA12 de fecha 18 de abril

de 2012, el cual determina que al predio ubicado en la calle Descartes No. 79, Colonia Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, le aplica la zonificación H 3/30/B (Habitacional, 3 niveles máximo de construcción, 30% mínimo de área libre y Densidad “B” (Baja), una vivienda por cada 100.00 m2 de la superficie total del terreno), dentro del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano del Distrito Federal vigente para la Delegación Miguel Hidalgo, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 30 de septiembre de 2008.

f) Identificación oficial del Representante Legal, mediante Credencial para Votar vigente, expedida por el Instituto

Federal Electoral, No. 4621015093560. g) Memoria Descriptiva del proyecto solicitado, así como reporte fotográfico del predio y del área de estudio.

3.- Que con fecha 18 de febrero de 2014, la Dirección General de Desarrollo Urbano, con la intervención de la Subdirección de Instrumentos Urbanos, dependiente de la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano, emitieron Dictamen por el cual se determinó Procedente cambiar el uso del suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano vigente en Miguel Hidalgo, para el predio señalado, sujeto al cumplimiento de las condiciones establecidas en el Artículo Segundo de dicho Dictamen, así como al cumplimiento de las demás obligaciones y requisitos previstos en las disposiciones que en materia de desarrollo urbano, resulten aplicables.

CONSIDERANDO

I.- Que de conformidad, y con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 15 fracción II, 16 fracción IV, 24 fracciones I, IV y X de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 30, 31, 32, 33, 35, 37, 55 y 77 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 7 fracciones XIV, XVIII y XXXVII, y 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; y 14, 15 y 16 fracción VI del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, el Titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, es competente para resolver la solicitud de autorización de Cambio de Uso del Suelo, presentada por el ciudadano Rafael Vargas Olivares, quien se acredita como Representante Legal de Construcciones y Mantenimiento Savira, S.A. de C.V., para el predio señalado. II.- Que con fecha 18 de febrero de 2014, la Directora General de Desarrollo Urbano, asistida por la Subdirectora de Instrumentos Urbanos, dependiente de la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano, emitieron el Dictamen por el cual se dictamina Procedente cambiar el uso del suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano vigente en Miguel Hidalgo, para permitir el uso de Servicios / Servicios técnicos, profesionales y sociales / Servicios básicos en oficinas y despachos / Oficinas en una superficie ocupada por el uso de 239.58 m2 de construcción en 2 niveles (Planta baja más un nivel), con acceso directo a la vía pública, además de los usos permitidos por la zonificación H 3/30/B (Habitacional, 3 niveles máximo de construcción, 30% mínimo de área libre y Densidad “B” (Baja), una vivienda cada 100.00 m² de la superficie total del terreno), para el predio ubicado en la calle Descartes No. 79, Colonia Anzures, Delegación Miguel Hidalgo. III.- Que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, como Dependencia de la Administración Pública del Distrito Federal, debe atender los principios estratégicos de simplificación, agilidad, economía, información, precisión, legalidad, transparencia e imparcialidad en los procedimientos y actos administrativos en general, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 12 fracciones IV y VI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. IV.- Que el procedimiento previsto en los Artículos 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y 14, 15, 16 y 17 de su Reglamento, es viable, particularmente si se considera que no se contravienen disposiciones de orden público e

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interés general, y que en su procedimiento, intervienen menor número de autoridades, circunstancias que lo hacen compatible con los principios estratégicos de simplificación, agilidad y economía, previstos en el Artículo 12, fracción VI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. V.- Que la Dirección General de Desarrollo Urbano, mediante oficio número SEDUVI/CGDAU/DGDU/1689/11 de fecha 14 de diciembre de 2011, solicitó a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, su opinión jurídica “…a efecto de determinar cuál es la definición que prevalece para los casos de Artículo 42, es decir, si los Cambios de Uso del Suelo sólo pueden autorizarse en Planta Baja, como lo señala el Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, o si pueden autorizarse en niveles distintos a la Planta Baja…”, derivado de que la “…Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 15 de julio de 2010, en su Artículo 42, no indica que los cambios de Uso del Suelo, puedan ser únicamente en planta baja…”, a diferencia de lo establecido en el Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de enero de 2004, que en su Artículo 14 segundo párrafo, indica que: “…Se entenderá por uso de bajo impacto urbano aquellos establecimientos que se ubiquen en planta baja con accesos directos a la vía pública y cuyos procesos de comercialización se desarrollen al menudeo; que no invadan la vía pública; no ocasionen congestionamientos viales; no arrojen al drenaje sustancias o desechos tóxicos; no utilicen materiales peligrosos y no emitan humos ni residuos perceptibles por los vecinos del lugar.” VI.- Que en respuesta, la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, en el oficio número DGAJ/1226/2012 de fecha 27 de abril de 2012, indica que el Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de enero de 2004, seguirá vigente en lo que no contradiga a la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 15 de julio de 2010, señalando lo siguiente: “1. Si bien es cierto, el Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de enero de 2004, en su artículo 14 segundo párrafo dispone lo que literalmente se cita:

“(…) Se entenderá por uso de bajo impacto urbano aquellos establecimientos que se ubiquen en planta baja con accesos directos a la vía pública y cuyos procesos de comercialización se desarrollen al menudeo; que no invadan la vía pública; no ocasionen congestionamientos viales; no arrojen al drenaje sustancias o desechos tóxicos; no utilicen materiales peligrosos y no emitan humos ni residuos perceptibles por los vecinos del lugar.(…)”

2. Así como también, el Artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 15 de julio de 2010, en la que el legislador analizó respecto a la necesidad de que el territorio del Distrito Federal ha venido sufriendo en las últimas décadas procesos de urbanización acelerados, con un crecimiento periférico expansivo y desarticulado que afecta al entorno ambiental, presiona sobre la dotación de servicios y pone en riesgo la sustentabilidad de la Ciudad, por lo que era necesario revisar y modificar las leyes que norman el desarrollo urbano y la planeación territorial, con el fin de mejorar los instrumentos de regulación, fomento y coordinación, para encontrar mecanismos efectivos de gestión urbana y ambiental, que garanticen una mejor calidad de vida a la población y el desarrollo sustentable de nuestra ciudad, por lo que incorpora en su texto lo siguiente:

“(…) Se entenderá por uso de bajo impacto urbano, los establecimientos mercantiles y de servicio, que no obstruyan la vía pública, no provoquen congestionamientos viales, no arrojen al drenaje sustancias o desechos tóxicos, no utilicen materiales peligrosos, no emitan humos ni ruidos perceptibles por los vecinos, cuenten con acceso directo a la vía pública y los procesos de comercialización que se desarrollen sean al menudeo (…)”

3. De lo anteriormente señalado, se desprende que la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, a diferencia de su Reglamento, no hace distinción para que los Cambios de Uso del Suelo se puedan autorizar únicamente en planta baja, situación que obedeció a ese proceso de actualización de la normativa en materia de desarrollo urbano, y para lo cual es importante destacar que en nuestro sistema jurídico, la Ley tiene mayor jerarquía que el Reglamento, y este último se encuentra supeditado a guardar congruencia con la Ley que le dio origen o que reconozca su vigencia (como en el caso que nos ocupa); es decir la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal. Lo que trae como consecuencia, que la interpretación y aplicación de ambos ordenamientos, deba ser en forma armónica y coherente. Por tal motivo, aplicaría al caso que nos ocupa el Artículo Transitorio Tercero de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial el 15 de julio de 2010, que a la letra dice:

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TRANSITORIOS

TERCERO. Las disposiciones reglamentarias de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal publicada el 29 de enero de 1996, continuarán en vigor, en lo que no contradigan a las disposiciones de esta Ley, hasta en tanto no se expidan otras nuevas.

De lo anteriormente señalado, el Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de enero de 2004, seguirá vigente en lo que no contradiga a la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 15 de julio de 2010, hasta en tanto se expida otro que lo abrogue.”

VII.- Que de conformidad con lo previsto por el Artículo 42 fracciones I, II inciso a) y III de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Distrito Federal, a través de la Subdirección de Instrumentos Urbanos, dependiente de la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano, ambas adscritas a la Dirección General de Desarrollo Urbano, revisó y analizó la solicitud y la documentación presentada por el ciudadano Rafael Vargas Olivares en su carácter de Representante Legal de Construcciones y Mantenimiento Savira, S.A. de C.V., quien se acredita como propietaria, para permitir el uso del suelo de Oficinas en una superficie ocupada por el uso de 239.58 m² de construcción en 2 niveles (Planta baja más un nivel).

VIII.- Que en mérito a lo expuesto, y de conformidad con lo previsto por el Artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y 14 de su Reglamento, fueron revisadas y analizadas las constancias y documentos que integran el expediente en que se actúa, para permitir en el predio ubicado en la calle Descartes No. 79, Colonia Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, el uso del suelo para Oficinas en una superficie ocupada por el uso de 239.58 m2 de construcción en 2 niveles (Planta baja más un nivel), entendiéndose por uso, los fines particulares a que podrá dedicarse determinada zona o predio de la ciudad, mismo que se encuentra contemplado en la Tabla de Usos del Suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano vigente en Miguel Hidalgo, siendo congruente con los objetivos del Programa General de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, enfocados a impulsar la actividad económica del suelo urbano, coadyuvando al desarrollo económico en grupos de actividad comercial y de servicios, impulsando proyectos que generen y consoliden empleos, así como incrementando la inversión sostenida, generadora de bienestar, mejorando los servicios, optimizándolos, ahorrando tiempo de recorrido de quienes habitan y trabajan en ella, a fin de mejorar la calidad de vida de la población, además de ser congruente con los objetivos contenidos en el citado Programa Delegacional de Desarrollo Urbano vigente en Miguel Hidalgo, que plantean la consolidación de la diversidad de usos del suelo, manteniendo y mejorando los niveles de actividad en los sectores comercial y de servicios, los cuales permitan el arraigo de sus habitantes, además de integrarse al contexto urbano de la zona, se considera Procedente autorizar el Cambio de Uso del Suelo solicitado, por lo que es de resolverse y se:

RESUELVE

Primero.- Se autoriza y se permite el Cambio de Uso del Suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano vigente en Miguel Hidalgo, para permitir el uso de Servicios / Servicios técnicos, profesionales y sociales / Servicios básicos en oficinas y despachos / Oficinas en una superficie ocupada por el uso de 239.58 m² de construcción en 2 niveles (Planta baja más un nivel), con acceso directo a la vía pública, además de los usos permitidos por la zonificación H 3/30/B (Habitacional, 3 niveles máximo de construcción, 30% mínimo de área libre y Densidad “B” (Baja), una vivienda por cada 100.00 m2 de la superficie total del terreno), para el predio ubicado en la calle Descartes No. 79, Colonia Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, solicitado por el ciudadano Rafael Vargas Olivares en su carácter de Representante Legal de Construcciones y Mantenimiento Savira, S.A. de C.V., quien se acredita como propietaria, mediante la solicitud registrada con el número Folio SEDUVI-SITE 8175-321VARA13, en una superficie de terreno de 314.08 m2. Segundo.- El Cambio de Uso del Suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano, para la Delegación Miguel Hidalgo, deberá cumplir con las siguientes condiciones:

a) Cumplir con la demanda de cajones de estacionamiento, de acuerdo a lo señalado en el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal vigente, en la Norma Técnica Complementaria para el Proyecto Arquitectónico en vigor y en el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Miguel Hidalgo.

b) Cumplir con la restricción de 2.50 metros al frente del predio, señalada en la Constancia de Alineamiento y/o Número Oficial con Folio número 961/2012 de fecha 13 de septiembre de 2012, emitida por la Delegación Miguel Hidalgo.

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c) No obstruir la vía pública con utensilios propios del giro. d) No provocar congestionamiento vial. e) No arrojar al drenaje sustancias o desechos tóxicos, ni utilizar materiales peligrosos. f) No emitir humos ni ruidos perceptibles por los vecinos. g) Presentar y cumplir con el Programa Interno de Protección Civil correspondiente, a las autoridades de la

Delegación. h) Atender las disposiciones obligatorias en materia de anuncios de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito

Federal vigente y lo dispuesto por el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal y sus Normas Técnicas Complementarias.

i) El proyecto deberá contemplar y cumplir con los requisitos de habitabilidad y funcionamiento que requiera el uso solicitado.

j) Dar cumplimiento a las disposiciones de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y su Reglamento, la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, además de las disposiciones aplicables en materia de desarrollo urbano para el Distrito Federal, así como de las demás Leyes y Reglamentos en la materia.

Tercero.- La presente Resolución Definitiva, no exime del cumplimiento de las demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia, por lo que el incumplimiento de las mismas, dará lugar a las sanciones que las autoridades competentes impongan. Cuarto.- Publíquese la presente Resolución Definitiva en la Gaceta Oficial del Distrito Federal e inscríbase en la Dirección del Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, de conformidad con el Artículo 10 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, de acuerdo a la Resolución de Carácter General mediante la cual se exime del pago de los derechos que se indican, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal de fecha 4 de octubre de 2010 y de conformidad con los oficios números SF/TES/SAT/1358/2010 de fecha 12 de noviembre de 2010, suscrito por el Titular de la Subsecretaría de Administración Tributaria y oficio número SF/PFDF/SLC/SIPJ/2010 904 de fecha 18 de noviembre de 2010, suscrito por el Subprocurador de Legislación y Consulta, ambos de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal. Asimismo, remitirá un ejemplar al Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal, de conformidad con el Artículo 11 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, informando que el particular, solicitará su debida inscripción a ese Registro, previo pago de derechos. Quinto.- Notifíquese personalmente al propietario y/o promovente, mediante copia certificada de la presente Resolución Definitiva. Sexto.- Una vez inscrita la presente Resolución Definitiva en la Dirección del Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, ésta expedirá a petición del interesado, el Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo, previo pago de derechos, de conformidad con el Artículo 9 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal. Una vez cumplidos los numerales que anteceden, archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

C Ú M P L A S E

ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA

EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA

(Firma)

ING. SIMÓN NEUMANN LADENZON

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SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE LIC. IGNACIO CASTRO PALACIOS, Director Ejecutivo de Administración en la Secretaría del Medio Ambiente con fundamento en lo dispuesto en los artículos 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 11 de la Ley de Procedimientos Administrativos del Distrito Federal; 37 fracciones II y V, 122 fracción II y 125 fracción I y XV del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y al Acuerdo por el que se Delega al Titular de la Dirección Ejecutiva de Administración, las facultades que se indican, publicado en la Regla Séptima numeral 2 de las Reglas para el Control y Manejo de los Ingresos que se recauden por concepto de Aprovechamientos y Productos que se asignen a las Dependencias, Delegaciones y Órganos Desconcentrados que los generen mediante el mecanismo de aplicación automática de recursos, publicas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal Número 1780 de fecha 20 de Enero de 2014, emito el siguiente: AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS CLAVES, CONCEPTOS, UNIDADES DE MEDIDA Y CUOTAS QUE SE APLICARÁN DURANTE LA VIGENCIA DE LAS “REGLAS PARA EL CONTROL Y MANEJO DE LOS INGRESOS QUE SE RECAUDEN POR CONCEPTO DE APROVECHAMIENTOS Y PRODUCTOS QUE SE ASIGNEN A LAS DEPENDENCIAS, DELEGACIONES Y ÓRGANOS DESCONCENTRADOS QUE LOS GENEREN, MEDIANTE EL MECANISMO DE APLICACIÓN AUTOMÁTICA DE RECURSOS” EN LOS CENTROS GENERADOS DE LA SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE.

CLAVE CONCEPTO UNIDAD DE MEDIDA CUOTA BOSQUE DE CHAPULTEPEC 1.2.3.1.3.1 CARRERA ATLÉTICA 10 KM A REALIZARSE EN

CUALQUIERA DE LAS TRES SECCIONES DEL BOSQUE DE CHAPULTEPEC

EVENTO 18,458.00

1.2.3.1.3.1 CARRERA ATLÉTICA 5 KM A REALIZARSE EN CUALQUIERA DE LAS TRES SECCIONES DEL BOSQUE DE CHAPULTEPEC

EVENTO 12,306.00

1.2.3.1.3.1 EVENTOS PRIVADOS QUE REALIZAN EMPRESAS EN EL LAGO MAYOR DE LA PRIMERA SECCIÓN DEL BOSQUE DE CHAPULTEPEC QUE REQUIEREN DE LA COLOCACIÓN DE UNA PANTALLA DE AGUA PARA PROYECTAR IMÁGENES EN CIRCUITO CERRADO

EVENTO 61,525.00

1.2.3.1.3.1 EVENTOS PRIVADOS QUE REALIZAN EMPRESAS EN EL LAGO MAYOR DE LA PRIMERA SECCIÓN DEL BOSQUE DE CHAPULTEPEC QUE REQUIEREN DE LA ILUMINACIÓN DE ÁRBOLES ALREDEDOR DEL LAGO (MÁXIMO 50 LUCES ROBÓTICAS)

EVENTO 61,525.00

1.2.3.1.3.1 EVENTOS PRIVADOS QUE REALIZAN EMPRESAS EN EL LAGO MAYOR DE LA PRIMERA Y/O SEGUNDA SECCIÓN DEL BOSQUE DE CHAPULTEPEC QUE REQUIEREN DE LA INSTALACIÓN DE LANCHAS (MÁXIMO 10)

DÍA 12,306.00

1.2.3.1.3.1 EVENTOS PRIVADOS QUE REALIZAN EMPRESAS EN LA PRIMERA SECCIÓN DEL BOSQUE DE CHAPULTEPEC

M2 107.00

1.2.3.1.3.1 FILMACIONES CON FINES PUBLICITARIOS HORA 4,614.00 1.2.3.1.3.1 FILMACIONES DE PELÍCULAS

INTERNACIONALES HORA 3,845.00

1.2.3.1.3.1 FILMACIONES DE PELÍCULAS Y TELEVISIÓN HORA 1,538.00 1.2.3.1.3.1 TOMA DE FOTOGRAFÍAS CON FINES

COMERCIALES HORA 769.00

1.2.3.1.3.1 ESPACIOS AL AIRE LIBRE PARA LA REALIZACIÓN DE EVENTOS BALLET EL LAGO DE LOS CISNES

FUNCION 12,442.98

1.2.3.1.5 OTRAS ÁREAS BAJO TECHO DE USOS MÚLTIPLES

EVENTO 617.00

1.2.3.3.2 PUESTOS Y MÓDULOS DIA 5.00 1.2.4.1.8 AUDITORIO DE LA QUINTA COLORADA MES 368.18 1.2.4.1.9 JARDÍN DE ADULTOS MAYORES MES 226.57

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16 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

1.4.1.2.1.3 USO DE ESPACIOS PARA EL RESTAURANTE

MERIDIEM MES 283,874.00

1.4.1.2.1.6 USO DE ESPACIOS PARA EL RESTAURANTE EL LAGO

MES 401,159.00

1.4.1.2.1.7 USO DE ESPACIOS PARA LA FERIA DE CHAPULTEPEC

MES 954,926.00

1.4.1.2.11. USO DE ESPACIOS DEL ESTACIONAMIENTO DEL TEATRO ALFONSO REYES

MES 193,228.00

1.4.1.2.1.1.7 REHABILITACIÓN Y APROVECHAMIENTO DE DOS KIOSKOS ALEDAÑOS A LA PISTA DE CORREDORES EL SOPE

MES 70,590.00

1.4.1.2.1.11 USO GOCE Y APROVECHAMIENTO DE DIVERSOS INMUEBLES PARA LA OPERACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL PROYECTO DENOMINADO OPERACIÓN DE BAÑOS

MES 141,140.00

1.4.1.2.1.12 USO DE ESPACIOS PARA LA OPERACIÓN DEL PROYECTO DENOMINADO ALQUILER DE LANCHAS

MES 111,884.00

1.4.1.2.1.1.3 BODEGA 3 DEL KIOSCO A2 MES 545.00 1.4.1.2.1.1.4 BODEGA 4 DEL KIOSCO A2 MES 1,349.00 1.4.1.2.1.1.5 BODEGA 5 DEL KIOSCO A2 MES 563.00 1.4.1.2.1.1.6 BODEGA 6 DEL KIOSCO A2 MES 563.00 1.4.1.2.1.1.8 BODEGA 8 DEL KIOSCO A2 MES 545.00 1.4.1.2.1.1.1 BODEGA 1 DEL KIOSCO A1 MES 1,295.72 1.4.1.2.1.1.2 BODEGA 2 DEL KIOSCO A1 MES 653.00 1.4.1.2.1.1.3 BODEGA 3 DEL KIOSCO A1 MES 653.00 1.4.1.2.1.1.4 BODEGA 4 DEL KIOSCO A1 MES 1,353.00 1.4.1.2.1.1.5 BODEGA 5 DEL KIOSCO A1 MES 1,178.00 1.4.1.2.1.26 USO DE UNA FRACCIÓN DE LA 3RA

SECCIÓN DEL BOSQUE DE CHAPULTEPEC PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO "BIOTOPOS"

MES 132,883.00

1.4.1.2.1.27 USO DE ESPACIOS PARA EL DESARROLLO DE PROYECTO DENOMINADO "RECORRIDO TURÍSTICOS Y CULTURALES SOBRE RUEDAS"

MES 15,589.00

1.4.1.2.1.28 USO DE ESPACIOS PARA EL PROYECTO DENOMINADO "LIBRERÍA PORRÚA"

MES 13,568.00

1.4.1.2.1.29 USO DE ESPACIO PARA EL BOSQUE RESTAURANTE

MES 199,858.00

1.4.1.2.1.30 USO DE ESPACIOS PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO "BARCOS A CONTROL REMOTO"

MES 9,984.00

1.4.1.2.1.31 USO DE ESPACIOS PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO DENOMINADO ALQUILER DE CARRIOLAS

MES 2,733.00

1.4.1.2.1.34 USO DE ESPACIOS DEL PREDIO JARDÍN WINSTON CHURCHILL

MES 56,160.00

1.4.1.2.1.34 USO DE ESPACIOS PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO DENOMINADO "CENTRO DE JARDINERÍA Y ARREGLOS FLORALES"

MES 11,392.00

1.4.1.2.1.35 USO DE ESPACIO DEL KIOSCO 2 PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO LA HISTORIA EN EL TIEMPO

MES 49,747.00

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 17

1.4.1.2.1.36 USO DE ESPACIOS DEL LOCAL DE

PAQUETERÍA MES 8,909.00

1.4.1.2.1.37 USO DE ESPACIOS PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO DENOMINADO ALQUILER DE BICICLETAS

MES 4,948.00

1.4.1.2.1.38 USO DE ESPACIOS DE OCHO ESTACIONAMIENTOS UBICADOS EN LA SEGUNDA SECCIÓN

MES 321,490.00

1.4.1.2.1.39 USO DE ESPACIOS PARA MOTO TREN MES 45,390.00 1.4.1.2.1.40 USO, GOCE Y APROVECHAMIENTO DE UN

KIOSKO PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO DENOMINADO "STARBUCKS"

MES 53,759.00

1.4.1.4.2. CENTRO HÍPICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO MES 936,578.00 2.5.9.2.3 DÍA ( ESTACIONAMIENTO ) DÍA 33.00 2.5.9.2.11 ESTACIONAMIENTO NOCTURNO PARA

EVENTOS ESPECIALES DÍA 54.00

2.7.8.2.1.1 CURSO DE VERANO CURSO 98.00 4.1.4.7.1 POLIETILENO TEREFTALATO KILO 5.00 4.1.4.5.2 MADERA DE ÁRBOLES DE ALTO RIESGO EN

VIALIDADES Y MUERTOS EN PIE M³ 62.00

BOSQUE DE ARAGÓN 1.2.1.1.4 CANCHAS DE FÚTBOL SOCCER, SIN

EMPASTAR SIN MEDIDAS REGLAMENTARIAS AL AIRE LIBRE

PARTIDO 107.00

1.2.1.5.2 CANCHAS DE VOLEIBOL, SIN MEDIDAS REGLAMENTARIAS AL AIRE LIBRE

PARTIDO 54.00

1.2.1.7.1 OTRO TIPO DE CANCHAS PARA LA PRÁCTICA DE FRONTÓN, SQUASH, RAQUETBOL

PARTIDO 75.00

1.2.3.1.3 TEATROS, AUDITORIOS Y FOROS AL AIRE LIBRE

EVENTO 753.00

1.2.3.1.4 TEATROS, AUDITORIOS, FOROS CERRADOS Y SALONES PARA FIESTAS

EVENTO 2,515.00

1.2.4.1.1.1 DE 25 A 45 PERSONAS EVENTO 279.00 1.2.4.1.1.2 DE 50 A 70 PERSONAS EVENTO 544.00 1.2.4.1.1.3 DE 100 A 150 PERSONAS EVENTO 1,162.00 1.2.4.1.2.1 ACCESO AL ÁREA PARA CAMPAMENTO PERSONA/DÍA 10.00 1.2.4.2.1.6.1 VISITAS GUIADAS A ESCUELAS PERSONA 21.00 1.2.4.2.3.1.1 CURSO DE VERANO EN EL C.C.I. PERSONA 467.00 1.2.4.2.3.2 ALQUILER DE LANCHAS HORA 21.00 1.2.4.2.3.4.2 PENSIÓN (POR VEHÍCULO) MES 75.00 1.4.1.2.2.2 USO DE ESPACIOS AL AIRE LIBRE, PARA

EVENTOS SOCIALES 25M2/EVENTO/DIA 97.00

1.4.1.2.2.3 USO DE ESPACIOS PARA LA CABAÑA CHUECA DEL TÍO SAM

MES 5,095.00

1.4.1.2.2.4 USO DE ESPACIOS PARA EL PARQUE ECOLÓGICO-EDUCATIVO-RECREATIVO

MES 345,583.00

1.4.1.2.2.5.1 DÍA (PASAPORTE BALNEARIO) PERSONA 52.00 1.4.1.2.2.8 USO DE ESPACIOS AL AIRE LIBRE PARA LA

REALIZACIÓN DE EVENTOS PRIVADOS EVENTO/M2 107.00

1.4.1.2.2.9 USO DE ESPACIOS PARA LA REHABILITACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS Y ENTRETENIMIENTO

MES 83,300.00

1.4.1.2.2.10 SANITARIOS PÚBLICOS MES 9,065.00 1.4.1.2.2.11 EL NACIMIENTO MÁS GRANDE DEL MUNDO EVENTO 180,000.00

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18 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

2.5.9.2.3 DÍA ( ESTACIONAMIENTO ) DÍA 33.00 2.5.9.2.6 VEHÍCULO DOBLE RODADA MICROBÚS

AUTOBÚS VEHÍCULO/DÍA 38.00

2.5.9.3 SANITARIOS EN MERCADOS Y OTROS ESPACIOS PÚBLICOS

PERSONA 4.00

2.7.8.1.1.1 CURSO DE VERANO CURSO 98.00 ACUEXCOMATL 1.2.1.2.1 CANCHAS DE FÚTBOL RÁPIDO O DE SALÓN

CON MEDIDAS REGLAMENTARIAS AL AIRE LIBRE

PARTIDO 125.00

1.2.1.4.1 CANCHAS DE BÁSQUETBOL CON MEDIDAS REGLAMENTARIAS AL AIRE LIBRE

PARTIDO 125.00

1.2.1.5.1 CANCHAS DE VOLEIBOL CON MEDIDAS REGLAMENTARIAS AL AIRE LIBRE

PARTIDO 125.00

1.2.3.1.3 TEATROS, AUDITORIOS Y FOROS AL AIRE LIBRE

EVENTO 753.00

1.2.3.1.4 TEATROS, AUDITORIOS, FOROS CERRADOS Y SALONES PARA FIESTAS

EVENTO 2,515.00

1.2.4.1.2 ÁREA PARA CAMPAMENTO DÍA 252.00 1.2.4.1.3 CAMPAMENTO ORGANIZADO PERSONA 178.00 1.2.4.1.5 VISITA INTERACTIVA CON ENFOQUE

TEMÁTICO PERSONA 52.00

1.2.4.1.5.1 VISITA INTERACTIVA EN VERANO PERSONA/DÍA 173.00 1.2.4.1.6 SERVICIO DE CAFÉ PERSONA 40.00 1.2.4.1.7.1 ACCESO AL CENTRO DE EDUCACIÓN

AMBIENTAL PERSONA 4.00

1.2.4.1.8.1.2 CURSO DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN PERSONA 124.00 1.2.4.1.8.1.1 EDUCACIÓN AMBIENTAL PARA EL MANEJO

INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS DENTRO DE LA EMPRESA

PERSONA 3,077.00

1.2.4.1.8.1.2 CALIDAD AMBIENTAL Y CALIDAD DE VIDA PERSONA 3,077.00 1.2.4.1.8.1.3 LA PROBLEMÁTICA AMBIENTAL DE LA

ZONA METROPOLITANA DEL VALLE DE MÉXICO

CONFERENCIA 1,231.00

1.2.4.1.8.2.1 RECICLADO DE PAPEL PERSONA 3.00 1.2.4.1.8.2.2 ELABORACIÓN DE ALMÁCIGO PERSONA 3.00 1.2.4.1.8.2.3 IDENTIFICACIÓN DE ESPECIES PERSONA 3.00 1.2.4.1.8.2.4 DIBUJANDO NUESTRO ENTORNO PERSONA 3.00 1.2.4.1.8.2.8 ELABORACIÓN DE COMPOSTA PERSONA 3.00 1.2.4.1.8.2.0 HORTALIZAS EN HUERTO PERSONA 3.00 1.2.4.1.8.2.1 ELABORACIÓN DE BEBEDEROS DE AVES PERSONA 3.00 1.2.4.1.8.2.2 SEMBRANDO LA VIDA PERSONA 3.00 1.2.4.1.8.2.5 ELABORACIÓN DE SEMILLEROS PERSONA 7.00 1.2.4.1.8.2.7 OTRAS MANUALIDADES PERSONA 7.00 1.2.4.1.8.2.8 RE USO DE VIDRIO PERSONA 9.00 1.2.4.1.8.2.0 ELABORACIÓN DE ALEBRÍJES PERSONA 8.00 1.2.4.1.8.2.1 CINE DEBATE AMBIENTAL PERSONA 10.00 1.2.4.1.8.4.4 ABEJA REYNA PIEZA 45.00 1.2.4.1.8.4.0 NÚCLEO APÍCOLA (ABEJA REYNA

FECUNDADA, 1 KG DE ABEJAS, 3 BASTIDORES DE CRÍA)

NÚCLEO 283.00

1.2.4.1.8.5.1 VISITA GUIADA PERSONA 10.00 1.2.4.1.8.6.1 SALÓN DE USOS MÚLTIPLES EVENTO 1,907.00 1.2.4.1.8.6.2 COMEDOR EVENTO 1,907.00 1.2.4.1.8.6.3 DORMITORIO PERSONA/NOCHE 42.00

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19

1.2.4.1.8.6.4 AULA EVENTO 541.00 1.2.4.1.8.6.6 TROTA PISTA PERSONA/MES 36.00 1.2.4.1.8.6.7 USO DE ESPACIO PARA SESIÓN

FOTOGRÁFICA SESIÓN 61.00

1.2.4.1.9 VISITA GUIADA A GRUPOS ORGANIZADOS PERSONA 50.00 2.3.1.9.1 CURSO DE VERANO CURSO 98.00 2.7.1.3.24 TALLER DE MARIPOSAS Y AVES PERSONA/TALLER 16.00 2.7.4.7 EDUCACIÓN AMBIENTAL ITINERANTE PERSONA 25.00 4.1.2.5.2.2 PLANTA DE ORNATO PIEZA 13.00 4.1.2.5.2.4 COMPOSTA KG 19.00 4.1.2.5.2.5 LOMBRICOMPOSTA KG 31.00 4.1.2.5.2.6 MIEL LITRO 74.00 ECOGUARDAS 1.2.3.1.3 TEATROS, AUDITORIOS Y FOROS AL AIRE

LIBRE EVENTO 753.00

1.2.3.1.4 TEATROS, AUDITORIOS, FOROS CERRADOS Y SALONES PARA FIESTAS

EVENTO 2,515.00

1.2.4.1.2 ÁREA PARA CAMPAMENTO DÍA 252.00 1.2.4.1.3 CAMPAMENTO ORGANIZADO PERSONA 178.00 1.2.4.1.5 VISITA INTERACTIVA CON ENFOQUE

TEMÁTICO PERSONA 44.00

1.2.4.1.5.1 VISITA INTERACTIVA EN VERANO PERSONA/DÍA 173.00 1.2.4.1.6 SERVICIO DE CAFÉ PERSONA 40.00 1.2.4.1.8.1.2 CURSO DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN PERSONA 124.00 1.2.4.1.8.1.3 EDUCACIÓN AMBIENTAL PARA EL MANEJO

INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS DENTRO DE LA EMPRESA

PERSONA 3,077.00

1.2.4.1.8.1.3 CALIDAD AMBIENTAL Y CALIDAD DE VIDA PERSONA 3,077.00 1.2.4.1.8.1.3. LA PROBLEMÁTICA AMBIENTAL DE LA

ZONA METROPOLITANA DEL VALLE DE MÉXICO

CONFERENCIA 1,231.00

1.2.4.1.8.2.1 RECICLADO DE PAPEL PERSONA 3.00 1.2.4.1.8.2.2 ELABORACIÓN DE ALMÁCIGO PERSONA 3.00 1.2.4.1.8.2.3 IDENTIFICACIÓN DE ESPECIES PERSONA 3.00 1.2.4.1.8.2.4 DIBUJANDO NUESTRO ENTORNO PERSONA 3.00 1.2.4.1.8.2.8 ELABORACIÓN DE COMPOSTA PERSONA 3.00 1.2.4.1.8.2.0 HORTALIZAS EN HUERTO PERSONA 3.00 1.2.4.1.8.2.1 ELABORACIÓN DE BEBEDEROS DE AVES PERSONA 3.00 1.2.4.1.8.2.2 SEMBRANDO LA VIDA PERSONA 3.00 1.2.4.1.8.2.5 ELABORACIÓN DE SEMILLEROS PERSONA 7.00 1.2.4.1.8.2.7 OTRAS MANUALIDADES PERSONA 7.00 1.2.4.1.8.2.8 RE USO DE VIDRIO PERSONA 9.00 1.2.4.1.8.2.0 ELABORACIÓN DE ALEBRÍJES PERSONA 8.00 1.2.4.1.8.2.1 CINE DEBATE AMBIENTAL PERSONA 10.00 1.2.4.1.8.3.1 DESAYUNO PERSONA 40.00 1.2.4.1.8.3.2 COMIDA PERSONA 48.00 1.2.4.1.8.3.3 CENA PERSONA 34.00 1.2.4.1.8.4.4 ABEJA REYNA PIEZA 45.00 1.2.4.1.8.4.0 NÚCLEO APÍCOLA (ABEJA REYNA

FECUNDADA, 1 KG DE ABEJAS, 3 BASTIDORES DE CRÍA)

NÚCLEO 283.00

1.2.4.1.8.5.1 VISITA GUIADA PERSONA 10.00 1.2.4.1.8.6.1 SALÓN DE USOS MÚLTIPLES EVENTO 1,907.00 1.2.4.1.8.6.2 COMEDOR EVENTO 1,907.00 1.2.4.1.8.6.3 DORMITORIO PERSONA/NOCHE 42.00

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20 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

1.2.4.1.8.6.4 AULA EVENTO 541.00 1.2.4.1.8.6.7 USO DE ESPACIO PARA SESIÓN

FOTOGRÁFICA SESIÓN 61.00

1.2.4.1.9 VISITA GUIADA A GRUPOS ORGANIZADOS PERSONA 50.00 2.3.1.9.1 CURSO DE VERANO CURSO 98.00 2.7.1.3.21 TALLER EL "UNIVERSO" PERSONA 11.00 2.7.1.3.24 TALLER DE MARIPOSAS Y AVES PERSONA/TALLER 16.00 2.7.4.7 EDUCACIÓN AMBIENTAL ITINERANTE PERSONA 25.00 4.1.2.5.2.2 PLANTA DE ORNATO PIEZA 13.00 4.1.2.5.2.4 COMPOSTA KG 19.00 4.1.2.5.2.5 LOMBRICOMPOSTA KG 31.00 4.1.2.5.2.6 MIEL LITRO 74.00 YAUTLICA 1.2.3.1.3 TEATROS, AUDITORIOS Y FOROS AL AIRE

LIBRE EVENTO 753.00

1.2.3.1.4 TEATROS, AUDITORIOS, FOROS CERRADOS Y SALONES PARA FIESTAS

EVENTO 2,515.00

1.2.4.1.1.1 DE 25 A 45 PERSONAS EVENTO 279.00 1.2.4.1.2 ÁREA PARA CAMPAMENTO DÍA 252.00 1.2.4.1.3 CAMPAMENTO ORGANIZADO PERSONA 178.00 1.2.4.1.5 VISITA INTERACTIVA CON ENFOQUE

TEMÁTICO PERSONA 52.00

1.2.4.1.5.1 VISITA INTERACTIVA EN VERANO PERSONA/DÍA 173.00 1.2.4.1.6 SERVICIO DE CAFÉ PERSONA 40.00 1.2.4.1.7.1 ACCESO AL CENTRO DE EDUCACIÓN

AMBIENTAL PERSONA 4.00

1.2.4.1.8.1.2 CURSO DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN PERSONA 124.00 1.2.4.1.8.1.1 EDUCACIÓN AMBIENTAL PARA EL MANEJO

INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS DENTRO DE LA EMPRESA

PERSONA 3,077.00

1.2.4.1.8.1.2 CALIDAD AMBIENTAL Y CALIDAD DE VIDA PERSONA 3,077.00 1.2.4.1.8.1.3 LA PROBLEMÁTICA AMBIENTAL DE LA

ZONA METROPOLITANA DEL VALLE DE MÉXICO

CONFERENCIA 1,231.00

1.2.4.1.8.2.1 RECICLADO DE PAPEL PERSONA 3.00 1.2.4.1.8.2.2 ELABORACIÓN DE ALMÁCIGO PERSONA 3.00 1.2.4.1.8.2.3 IDENTIFICACIÓN DE ESPECIES PERSONA 3.00 1.2.4.1.8.2.4 DIBUJANDO NUESTRO ENTORNO PERSONA 3.00 1.2.4.1.8.2.8 ELABORACIÓN DE COMPOSTA PERSONA 3.00 1.2.4.1.8.2.0 HORTALIZAS EN HUERTO PERSONA 3.00 1.2.4.1.8.2.1 ELABORACIÓN DE BEBEDEROS DE AVES PERSONA 3.00 1.2.4.1.8.2.2 SEMBRANDO LA VIDA PERSONA 3.00 1.2.4.1.8.2.5 ELABORACIÓN DE SEMILLEROS PERSONA 7.00 1.2.4.1.8.2.7 OTRAS MANUALIDADES PERSONA 7.00 1.2.4.1.8.2.8 RE USO DE VIDRIO PERSONA 9.00 1.2.4.1.8.2.0 ELABORACIÓN DE ALEBRÍJES PERSONA 8.00 1.2.4.1.8.2.1 CINE DEBATE AMBIENTAL PERSONA 10.00 1.2.4.1.8.5.1 VISITA GUIADA PERSONA 10.00 1.2.4.1.8.6.1 SALÓN DE USOS MÚLTIPLES EVENTO 1,907.00 1.2.4.1.8.6.2 COMEDOR EVENTO 1,907.00 1.2.4.1.8.6.3 DORMITORIO PERSONA/NOCHE 40.00 1.2.4.1.8.6.4 AULA EVENTO 541.00 1.2.4.1.8.6.6 TROTA PISTA PERSONA/MES 36.00 1.2.4.1.8.6.7 USO DE ESPACIO PARA SESIÓN

FOTOGRÁFICA SESIÓN 61.00

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 21

1.2.4.1.9 VISITA GUIADA A GRUPOS ORGANIZADOS PERSONA 50.00 2.3.1.9.1 CURSO DE VERANO CURSO 98.00 2.5.9.2.3 ESTACIONAMIENTOS/DÍA DÍA 19.00 2.7.1.3.24 TALLER DE MARIPOSAS Y AVES PERSONA/TALLER 16.00 2.7.4.7 EDUCACIÓN AMBIENTAL ITINERANTE PERSONA 25.00 4.1.2.5.2.2 PLANTA DE ORNATO PIEZA 13.00 4.1.2.5.2.4 COMPOSTA KG 19.00 4.1.2.5.2.5 LOMBRICOMPOSTA KG 31.00 MUSEO DE HISTORIA NATURAL 1.4.1.2.1.4.1 USO DE ESPACIOS DE LA SALA DE

EXHIBICIÓN TEMPORAL BÓVEDA DE LA TIERRA PROYECTO MUNDO TOXICO

MES 21,946.00

2.5.8.1 ACCESO GENERAL PERSONA 23.00 2.5.8.1.1 ACCESO NIÑOS, MAESTROS Y

ESTUDIANTES PERSONA 11.00

2.5.8.1.2 ACCESO A CÁMARA FOTOGRÁFICA PERSONA 12.00 2.5.8.1.3 ACCESO A VIDEO GRABADORA PERSONA 23.00 2.5.8.2 VISITA GUIADA PERSONA 5.00 2.5.8.3.1 CURSO DE VERANO PERSONA/CURSO 1,255.00 4.1.1.2.9 GUÍA DE ÁRBOLES Y ARBUSTOS DE LA

ZONA METROPOLITANA DE LA CD. DE MÉXICO

GUIA 221.00

REFORESTACIÓN URBANA, PARQUES Y CICLOVIAS

1.2.4.2.6.1 SIEMPRE VIVA (CAJA DE ALMACIGO Y PAPER POT)

5 A 18 CM. 2.00

1.2.4.2.6.1 CORDONCILLO (CAJA DE ALMACIGO Y PAPER POT)

5 A 18 CM. 2.00

1.2.4.2.6.1 KALANCHOE (CAJA DE ALMACIGO Y PAPER POT)

5 A 18 CM. 2.00

1.2.4.2.6.1 PANALILLO (CAJA DE ALMACIGO Y PAPER POT)

5 A 18 CM. 2.00

1.2.4.2.6.1 CORTINA (BOLSA DE 17X17 CM.) 10 A 40 CM. 3.00 1.2.4.2.6.1 DEDO MORO (BOLSA DE 17X17 CM.) 10 A 40 CM. 3.00 1.2.4.2.6.1 ROCIÓ (BOLSA DE 17X17 CM.) 10 A 40 CM. 3.00 4.1.2.5.1.1 VELO DE NOVIA (CAJA DE ALMACIGO) 5 CM. 2.00 4.1.2.5.1.1 CHISME (CAJA DE ALMACIGO) 5 CM. 2.00 ARBOLES 1.2.4.2.6.2 CEDRO BLANCO (BOLSA 7X25CM Y

9X25CM.) 10 A 50 CM. 3.00

1.2.4.2.6.2 TROENO (BOLSA7X25 CM Y 9X25CM) 10 A 50 CM. 3.00 1.2.4.2.6.2 PINO MICHOACANA (BOLSA 7X25CM Y 9X25

CM.) 10 A 50 CM. 3.00

1.2.4.2.6.2 RETAMA (BOLSA 7X25CM Y 9X25 CM) 10 A 50 CM. 3.00 1.2.4.2.6.2 CHAPULIXTLE (BOLSA 7X25CM Y 9X25 CM) 10 A 50 CM. 3.00 1.2.4.2.6.2 JACARANDA (BOLSA 7X25 CM Y 9X25CM) 10 A 50 CM. 3.00 1.2.4.2.6.2 PIRÚL COMÚN (BOLSA 7X25CM Y 9X25 CM) 10 A 50 CM. 3.00 1.2.4.2.6.2 CAPULÍN (BOLSA 7X25 CM Y 9X25 CM.) 10 A 50 CM. 3.00 1.2.4.2.6.2 ABELIA (BOLSA 7X25CM Y 9X25CM.) 10 A 50 CM. 3.00 1.2.4.2.6.2 PIRACANTO (BOLSA 7X25CM Y 9X25CM) 10 A 50 CM. 3.00 1.2.4.2.6.2 RETAMA (BOLSA 7X25CM, 9X25CM Y 11X25

CM) 51 A 100 CM. 4.00

1.2.4.2.6.2 PINO MICHOACANA (BOLSA 7X25CM, 9X25CM Y 11X25CM)

51 A 100 CM. 4.00

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22 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

1.2.4.2.6.2 CEDRO BLANCO (BOLSA 7X25CM, 9X25CM Y

11X25CM) 51 A 100 CM. 4.00

1.2.4.2.6.2 CIPRÉS (BOLSA 7X25CM, 9X25CM Y 11X25CM)

51 A 100 CM. 4.00

1.2.4.2.6.2 FRESNO (BOLSA 7X25CM, 9X25CM Y 11X25 CM)

51 A 100 CM. 4.00

1.2.4.2.6.2 EUCALIPTO CINÉREA (BOLSA 7X25CM, 9X25CM Y 11X25CM)

51 A 100 CM. 4.00

1.2.4.2.6.2 TROENO (BOLSA 7X25CM, 9X25CM Y 11X25CM)

51 A 100 CM. 4.00

1.2.4.2.6.2 PERLILLA (BOLSA 7X25CM, 9X25CM. Y 11X25CM)

51 A 100 CM. 4.00

1.2.4.2.6.2 ACACIA (BOLSA 9X25CM) 100 A 200 CM. 5.00 1.2.4.2.6.2 CASUARINA (BOLSA 9X25 CM) 100 A 200 CM. 5.00 1.2.4.2.6.2 FRESNO (BOLSA 9X25 CM) 100 A 200 CM. 5.00 1.2.4.2.6.2 TROENO (BOLSA 20X25, 25X30 Y 22X22CM.) 10 A 75 CM. 5.00 1.2.4.2.6.2 LIQUIDÁMBAR (BOLSA 20X25, 25X30 Y

22X22CM.) 10 A 75 CM. 5.00

1.2.4.2.6.2 PERLILLA (BOLSA 20X25, 25X30 Y 22X22CM.) 10 A 75 CM. 5.00 1.2.4.2.6.2 OLIVO (BOLSA 20X25, 25X30 Y 22X22CM.) 10 A 75 CM. 5.00 1.2.4.2.6.2 CIPRÉS (BOLSA 20X25, 25X30 Y 22X22 CM.) 10 A 75 CM. 5.00 1.2.4.2.6.2 JUNÍPERO (20X25, 25X30 Y 22X22 CM.) 10 A 75 CM. 5.00 1.2.4.2.6.2 EUCALIPTO CINÉREA (20X25, 25X30 Y 22X22

CM.) 10 A 75 CM. 5.00

1.2.4.2.6.2 CHAPULIXTLE (BOLSA 20X25, 25X30 Y 22X22CM.)

10 A 75 CM. 5.00

1.2.4.2.6.2 PIRÚL (BOLSA 20X25, 25X30 Y 22X22CM.) 10 A 75 CM. 5.00 1.2.4.2.6.2 PALO LOCO (BOLSA 20X25, 25X30 Y

22X22CM.) 10 A 75 CM. 5.00

1.2.4.2.6.2 NÍSPERO (20X25, 25X30 Y 22X22CM.) 10 A 75 CM. 5.00 1.2.4.2.6.2 DURAZNO (20X25, 25X30 Y 22X22CM.) 10 A 75 CM. 5.00 1.2.4.2.6.2 BUGAMBILIA (20X25, 25X30 Y 22X22CM.) 10 A 75 CM. 5.00 1.2.4.2.6.2 BOJ ARRAYÁN (20X25, 25X30 Y 22X22CM.) 10 A 75 CM. 5.00 1.2.4.2.6.2 ROCIÓ (BOSA 20X25, 25X30 Y 22X22CM.) 10 A 75 CM. 5.00 1.2.4.2.6.2 ROSA LAUREL (20X25, 25X30 Y 22X22CM.) 10 A 75 CM. 5.00 1.2.4.2.6.2 PIRACANTO (BOLSA 20X25, 25X30 Y

22X22CM.) 10 A 75 CM. 5.00

1.2.4.2.6.2 AZALEA (BOLSA 20X25, 25X30 Y 22X22CM.) 10 A 75 CM. 5.00 1.2.4.2.6.2 SANTOLINA (BOLSA 20X25, 25X30 Y 22X22

CM.) 10 A 75 CM. 5.00

1.2.4.2.6.2 SIEMPRE VIVA (BOLSA 20X25, 25X30 Y 22X22CM.)

10 A 75 CM. 5.00

1.2.4.2.6.2 ALCATRAZ (BOLSA 20X25, 25X30 Y 22X22CM.)

10 A 75 CM. 5.00

1.2.4.2.6.2 JACARANDA (BOLSA 20X25, 25X30 Y 22X22 CM.)

10 A 75 CM. 5.00

1.2.4.2.6.2 PINO AYACAHUITE (BOLSA 20X25, 25X30 Y 22X22CM.)

10 A 75 CM. 5.00

1.2.4.2.6.2 TULIA (BOLSA 20X25, 25X30 Y 22X22 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.2 AILE (BOLSA 20X25, 25X30 Y 22X22 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.2 RETAMA (20X25, 25X30 Y 22X22 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.2 GREVILEA (BOLSA 20X25, 25X30 Y 22X22

CM.) 26 A 50 CM. 7.00

1.2.4.2.6.2 TROENO (BOLSA 20X25, 25X30 Y 22X22 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.2 ENCINO (BOLSA 20X25, 25X30 Y 22X22 CM.) 26 A 50 CM. 7.00

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 23

1.2.4.2.6.2 LIQUIDÁMBAR (BOLSA 20X25, 25X30 Y

22X22CM.) 26 A 50 CM. 7.00

1.2.4.2.6.2 AHUEJOTE (BOLSA 20X25, 25X30 Y 22X22CM.)

26 A 50 CM. 7.00

1.2.4.2.6.2 TAMARIX (BOLSA 20X25, 25X30 Y 22X22 CM.)

26 A 50 CM. 7.00

1.2.4.2.6.2 AGAPANDO (20X25, 25X30 Y 22X22 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.2 BERBERÍS (BOLSA 20X25, 25X30 Y 22X22

CM.) 26 A 50 CM. 7.00

1.2.4.2.6.2 HIEDRA (BOLSA 20X25, 25X30 Y 22X22 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.2 DEDO MORO (BOLSA 20X25, 25X30 Y 22X22

CM.) 26 A 50 CM. 7.00

1.2.4.2.6.2 ROSA LAUREL (20X25, 25X30 Y 22X22CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.2 NOLINA (BOLSA 20X25, 25X30 Y 22X22 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.2 CLAVO VERDE (BOLSA 20X25, 25X30 Y

22X22 CM.) 26 A 50 CM. 7.00

1.2.4.2.6.2 PIRACANTO (BOLSA 20X25, 25X30 Y 22X22CM.)

26 A 50 CM. 7.00

1.2.4.2.6.2 AGUACATILLO (BOLSA 20X25, 25X30 Y 22X22 CM.)

26 A 50 CM. 7.00

1.2.4.2.6.2 CIRUELO (BOLSA 20X25, 25X30 Y 22X22 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.2 CIPRÉS (BOLSA 20X25, 25X30 Y 22X22 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.2 TEPOZÁN (BOLSA 20X25, 25X30 Y 22X22

CM.) 26 A 50 CM. 7.00

1.2.4.2.6.2 BUGAMBILIA (20X25, 25X30 Y 22X22CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.2 NOCHEBUENA (BOLSA 20X25, 25X30 Y 22X22

CM.) 26 A 50 CM. 7.00

1.2.4.2.6.2 CIRUELO (BOLSA 20X25, 25X30 CM.) 76 A 100 CM. 8.00 1.2.4.2.6.2 PERA (BOLSA 20X25 Y 25X30 CM.) 76 A 100 CM. 8.00 1.2.4.2.6.2 ABELIA (BOLSA 20X25 Y 25X30 CM.) 76 A 100 CM. 8.00 1.2.4.2.6.2 CIPRÉS (BOLSA 20X25 Y 25X30 CM.) 76 A 100 CM. 8.00 1.2.4.2.6.2 RETAMA (BOLSA 20X25 Y 25X30 CM.) 76 A 100 CM. 8.00 1.2.4.2.6.2 CIPRÉS (BOLSA 20X25 Y 25X30 CM.) 100 A 150 CM. 9.00 1.2.4.2.6.2 FRESNO (BOLSA 20X25 Y 25X30 CM.) 100 A 150 CM. 9.00 1.2.4.2.6.2 AHUEJOTE (BOLSA 20X25 Y 25X30 CM.) 100 A 150 CM. 9.00 1.2.4.2.6.2 SAUCE (BOLSA 20X25 Y 25X30 CM.) 100 A 150 CM. 9.00 1.2.4.2.6.2 AILE (BOLSA 20X25 Y 25X30 CM.) 100 A 150 CM. 9.00 1.2.4.2.6.2 TAMARIX (BOLSA 20X25 Y 25X30 CM.) 100 A 150 CM. 9.00 1.2.4.2.6.2 EUCALIPTO GLOBULUS (BOLSA 20X25 Y

25X30 CM.) 100 A 150 CM. 9.00

1.2.4.2.6.2 EUCALIPTO CITRIODORA (BOLSA 20X25 Y 25X30 CM.)

100 A 150 CM. 9.00

1.2.4.2.6.2 AGAPANDO (BOLSA 40X40 CM.) 20 A 50 CM. 9.00 1.2.4.2.6.2 JACARANDA (BOLSA 40X40 CM.) 20 A 50 CM. 9.00 1.2.4.2.6.2 ALCATRAZ (BOLSA 40X40 CM.) 20 A 50 CM. 9.00 1.2.4.2.6.2 PALMA DÁTIL (BOLSA 40X40 CM.) 20 A 50 CM. 9.00 1.2.4.2.6.2 ACACIA (BOLSA 20X25 Y 25X30 CM.) 150 A 200 CM. 10.00 1.2.4.2.6.2 FRESNO (BOLSA 20X25 Y 25X30 CM.) 150 A 200 CM. 10.00 1.2.4.2.6.2 AILE (BOLSA 20X25 Y 25X30 CM.) 150 A 200 CM. 10.00 1.2.4.2.6.2 EUCALIPTO GLOBULUS (BOLSA 20X25 Y

25X30 CM.) 150 A 200 CM. 10.00

1.2.4.2.6.2 EUCALIPTO CAMALDULENSIS (BOLSA 20X25 Y 25X30 CM.)

150 A 200 CM. 10.00

1.2.4.2.6.2 PIRÚL DEL BRASIL (BOLSA 20X25, 25X30 Y 40X40 CM.)

100 A 300 CM. 11.00

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24 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

1.2.4.2.6.2 ROSA LAUREL (20X25, 25X30 Y 40X40CM.) 100 A 300 CM. 11.00 1.2.4.2.6.2 CIPRÉS (20X25, 25X30 Y 40X40 CM.) 100 A 300 CM. 11.00 1.2.4.2.6.2 CASUARINA (BOLSA 20X25, 25X30 Y 40X40

CM.) 100 A 300 CM. 11.00

1.2.4.2.6.2 EUCALIPTO GLOBULUS (BOLSA 20X25, 25X30 Y 40X40CM.)

180 A 200 CM. 15.00

1.2.4.2.6.2 EUCALIPTO CAMALDULENSIS (BOLSA 20X25, 25X30 Y 40X40 CM.)

180 A 200 CM. 15.00

1.2.4.2.6.2 CHAMAENCYPARIS (BOLSA DE 54X57 CM.) 25 A 50 CM. 24.00 1.2.4.2.6.2 MANDARINO (BOLSA DE 22X22 CM.) 51 A 70 CM. 7.00 1.2.4.2.6.2 TROENO VERDE (BOLSA DE 22X22 CM.) 51 A 70 CM. 7.00 1.2.4.2.6.2 ORQUÍDEA (38X38 Y 40X40 CM.) 10 A 25 CM. 10.00 1.2.4.2.6.2 HORTENSIA (BOLSA DE 38X38 Y 40X40 CM.) 10 A 25 CM. 10.00 1.2.4.2.6.2 MAGNOLIA (BOLSA DE 38X38 Y 40X40 CM.) 10 A 25 CM. 10.00 1.2.4.2.6.2 AZALEA (BOLSA 38X38 Y 40X40 CM.) 10 A 25 CM. 10.00 1.2.4.2.6.2 HEMEROCALIS (BOLSA 38X38 Y 40X40 CM.) 10 A 25 CM. 10.00 1.2.4.2.6.2 HUELE DE NOCHE (BOLSA 38X38 Y 40X40

CM.) 10 A 25 CM. 10.00

1.2.4.2.6.2 COORDELINE AUSTRALIANO (BOLSA DE 38X38 Y 40X40 CM.)

10 A 25 CM. 10.00

1.2.4.2.6.2 GALATEA RAYADA (BOLSA 38X38 Y 40X40 CM.)

10 A 25 CM. 10.00

1.2.4.2.6.2 FICUS (BOLSA 38X38 Y 40X40 CM.) 26 A 50 CM. 16.00 1.2.4.2.6.2 PIRÚL COMÚN (BOLSA 38X38 Y 40X40 CM.) 26 A 50 CM. 16.00 1.2.4.2.6.2 PIRÚL DEL BRASIL (BOLSA 38X38 Y 40X40

CM.) 26 A 50 CM. 16.00

1.2.4.2.6.2 ORQUÍDEA (38X38 Y 40X40 CM.) 26 A 50 CM. 16.00 1.2.4.2.6.2 ARALEA JAPÓNICA (BOLSA 38X38 Y 40X40) 26 A 50 CM. 16.00 1.2.4.2.6.2 ARALEA ARBORÍCOLA (BOLSA 38X38 Y

40X40 CM.) 26 A 50 CM. 16.00

1.2.4.2.6.2 ARALIA POLYSIA (BOLSA 38X38 Y 40X40 CM.)

26 A 50 CM. 16.00

1.2.4.2.6.2 CISSUS ROMBIFOLIA (BOLSA 38X38 Y 40X40 CM.)

26 A 50 CM. 16.00

1.2.4.2.6.2 ANTARTÍCA (BOLSA 38X38 Y 40X40 CM.) 26 A 50 CM. 16.00 1.2.4.2.6.2 DRACENA FRAGANS (BOLSA 38X38 Y 40X40

CM.) 26 A 50 CM. 16.00

1.2.4.2.6.2 DRACENA ROJA (38X38 Y 40X40 CM.) 26 A 50 CM. 16.00 1.2.4.2.6.2 DRACENA WARNEQUI (BOLSA 38X38 Y

40X40 CM.) 26 A 50 CM. 16.00

1.2.4.2.6.2 HOJA ELEGANTE (BOLSA DE 38X38 Y 40X40 CM.)

26 A 50 CM. 16.00

1.2.4.2.6.2 PHILOGRENDRUM INDURE (BOLSA DE 38X38 Y 40X40 CM.)

26 A 50 CM. 16.00

1.2.4.2.6.2 PIÑANONA (BOLSA DE 38X38 Y 40X40 CM.) 26 A 50 CM. 16.00 1.2.4.2.6.2 SINGONIO (BOLSA DE 38X38 Y 40X40 CM.) 26 A 50 CM. 16.00 1.2.4.2.6.2 LIMÓN (BOLSA DE 38X38 Y 40X40 CM.) 26 A 50 CM. 16.00 1.2.4.2.6.2 NARANJO (BOLSA DE 38X38 Y 40X40 CM.) 26 A 50 CM. 16.00 1.2.4.2.6.2 NOCHE BUENA COMÚN (BOLSA DE 38X38 Y

40X40 CM.) 26 A 50 CM. 16.00

1.2.4.2.6.2 MAGNOLIA (BOLSA DE 38X38 Y 40X40 CM.) 26 A 50 CM. 16.00 1.2.4.2.6.2 ABELIA (BOLSA DE 38X38 Y 40X40 CM.) 26 A 50 CM. 16.00 1.2.4.2.6.2 ACALIFA (BOLSA DE 38X38 Y 40X40 CM.) 26 A 50 CM. 16.00 1.2.4.2.6.2 CIPRÉS (BOLSA DE 38X38 Y 40X40 CM.) 51 A 75 CM. 19.00 1.2.4.2.6.2 FICUS (BOLSA 38X38 Y 40X40 CM.) 51 A 75 CM. 19.00

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25

1.2.4.2.6.2 PALMA ABANICO (BOLSA DE 38X38 Y 40X40

CM.) 51 A 75 CM. 19.00

1.2.4.2.6.2 SOLANUM (BOLSA DE 38X38 Y 40X40 CM.) 51 A 75 CM. 19.00 1.2.4.2.6.2 TROENO VERDE (BOLSA DE 38X38 Y 40X40

CM.) 51 A 75 CM. 19.00

1.2.4.2.6.2 AVE DEL PARAÍSO (BOLSA DE 38X38 Y 40X40 CM.)

51 A 75 CM. 19.00

1.2.4.2.6.2 ARALIA SCHEBOLDI (BOLSA DE 38X38 Y 40X40 CM.)

51 A 75 CM. 19.00

1.2.4.2.6.2 ESPARRAGO ESPRENGERI (BOLSA DE 38X38 Y 40X40 CM.)

51 A 75 CM. 19.00

1.2.4.2.6.2 PIÑANONA (BOLSA DE 38X38 Y 40X40 CM.) 51 A 75 CM. 19.00 1.2.4.2.6.2 FICUS (BOLSA 38X38 Y 40X40 CM.) 76 A 100 CM. 22.00 1.2.4.2.6.2 LAUREL DE LA INDIA (BOLSA DE 38X38 Y

40X40 CM.) 76 A 100 CM. 22.00

1.2.4.2.6.2 ROSA COMÚN (BOLSA DE 38X38 Y 40X40 CM.)

76 A 100 CM. 22.00

1.2.4.2.6.2 BIGNINEA BLANCA (BOLSA DE 38X38 Y 40X40 CM.)

76 A 100 CM. 22.00

1.2.4.2.6.2 BIGNINEA ROJA (BOLSA 38X38 Y 40X40 CM.) 76 A 100 CM. 22.00 1.2.4.2.6.2 EVÓNIMO MINIATURA (BOLSA DE 38X38 Y

40X40 CM.) 76 A 100 CM. 22.00

1.2.4.2.6.2 DRACENA VERDE (BOLSA DE 38X38 Y 40X40 CM.)

76 A 100 CM. 22.00

1.2.4.2.6.2 GUAYABO (BOLSA 38X38 Y 40X40 CM.) 76 A 100 CM. 22.00 1.2.4.2.6.2 SOMBRERO CHINO (BOLSA 38X38 Y 40X40

CM.) 76 A 100 CM. 22.00

1.4.1.3.1.1.1 CICLOESTACIÓN URBANA MES 5,639.00 2.7.4.1.1. VISITAS GUIADAS EN VIVERO PERSONA 8.00 4.1.2.5.1.2 CEDRO BLANCO (BOLSA DE 20X25 CM.) 150 CM. 24.00 4.1.2.5.1.2 ACACIA PIRAMIDAL (BOLSA DE 20X25 CM.) 150 CM. 25.00 4.1.2.5.1.2 ACACIA (BOLSA DE 20X25 CM.) 150 CM. 25.00 4.1.2.5.1.2 CASUARINA (BOLSA DE 20X25 CM.) 150 CM. 25.00 4.1.2.5.1.2 RETAMA (BOLSA DE 20X25 CM.) 150 CM. 25.00 4.1.2.5.1.2 AGUACATILLO (BOLSA DE 20X25 CM.) 150 CM. 25.00 4.1.2.5.1.2 TROENO ÁRBOL (BOLSA DE 20X25 CM.) 150 CM. 25.00 4.1.2.5.1.2 ALAMO PLATEADO (BOLSA DE 20X25 CM.) 150 CM. 25.00 4.1.2.5.1.2 AHUEJOTE (BOLSA DE 20X25 CM.) 150 CM. 25.00 4.1.2.5.1.2 PIRÚL COMÚN (BOLSA DE 20X25 CM.) 150 CM. 25.00 4.1.2.5.1.2 PIRÚL DEL BRASIL (BOLSA DE 20X25 CM.) 150 CM. 25.00 4.1.2.5.1.2 TAMARIX (BOLSA DE 20X25 CM.) 150 CM. 25.00 4.1.2.5.1.2 CIRUELO ROJO (BOLSA DE 20X25 CM.) 150 CM. 25.00 4.1.2.5.1.2 PERA CALLERIANA (BOLSA DE 20X25 CM.) 150 CM. 25.00 4.1.2.5.1.2 DURAZNO (BOLSA DE 20X25CM.) 150 CM. 25.00 4.1.2.5.1.2 CAPULÍN (BOLSA DE 20X25 CM.) 150 CM. 25.00 4.1.2.5.1.2 CALISTEMO (BOLSA DE 20X25 CM.) 150 CM. 25.00 4.1.2.5.1.2 ASTRONÓMICA (BOLSA DE 20X25 CM.) 150 CM. 25.00 4.1.2.5.1.2 PINO AYACAHUITE (BOLSA DE 40X40 CM.) 150 CM. 35.00 4.1.2.5.1.2 NEGUNDO (BOLSA DE 40X40 CM.) 150 CM. 35.00 4.1.2.5.1.2 AILE (BOLSA DE 40X40 CM.) 150 CM. 35.00 4.1.2.5.1.2 TEPOZÁN (BOLSA 40X40 CM.) 150 CM. 35.00 4.1.2.5.1.2 FRESNO (BOLSA DE 40X40 CM.) 150 CM. 35.00 4.1.2.5.1.2 GREVILEA (BOLSA 40X40 CM.) 150 CM. 35.00 4.1.2.5.1.2 JACARANDA (BOLSA DE 40X40 CM.) 150 CM. 35.00 4.1.2.5.1.2 SAUCE LLORÓN (BOLSA DE 40X40 CM.) 150 CM. 35.00

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26 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

4.1.2.5.1.2 GUAYABO (BOLSA 40X40 CM.) 150 CM. 35.00 4.1.2.5.1.2 ÁRBOL DE LA ORQUÍDEA (BOLSA DE 40X40

CM.) 150 CM. 35.00

4.1.2.5.1.2 CIPRÉS (BOLSA DE 40X40 CM.) 150 CM. 38.00 4.1.2.5.1.2 LIQUIDAMBAR (BOLSA DE 40X40 CM.) 150 CM. 40.00 4.1.2.5.1.2 ENCINO (BOLSA DE 40X40 CM.) 150 CM. 40.00 4.1.2.5.1.2 AHUEHUETE (BOLSA DE 40X40 CM.) 150 CM. 40.00 4.1.2.5.1.2 LAUREL DE LA INDIA (BOLSA DE 40X40

CM.) 150 CM. 40.00

4.1.2.5.1.2 FICUS (BOLSA DE 40X40 CM.) 150 CM. 40.00 4.1.2.5.1.2 TULIA (BOLSA DE 40X40 CM.) 100 CM. 124.00 4.1.2.5.1.2 CEDRO LIMÓN (BOLSA 40X40 CM.) 100 CM. 124.00 4.1.2.5.1.2 TULIA (BOLSA DE 40X40 CM.) 150 CM. 185.00 4.1.2.5.1.2 CEDRO LIMÓN (BOLSA 40X40 CM.) 150 CM. 185.00 4.1.2.5.1.2 MAGNOLIA (BOLSA DE 40X40 CM.) 150 CM. 185.00 4.1.2.5.1.2 ARAUCARIA (BOLSA DE 40X40 CM.) 150 CM. 185.00 4.1.2.5.1.2 PALMA ABANICO (BOLSA DE 40X40 CM.) 150 CM. 185.00 4.1.2.5.1.2 PALMA CANARIA (BOLSA DE 40X40 CM.) 150 CM. 185.00 4.1.2.5.1.2 CEDRO BLANCO (MACETA DINÁMICA

1/SUELO) 200 CM. 73.00

4.1.2.5.1.2 ACACIA PIRAMIDAL (MACETA DINÁMICA 1/SUELO)

200 CM. 73.00

4.1.2.5.1.2 ACACIA (MACETA DINÁMICA 1/SUELO) 200 CM. 73.00 4.1.2.5.1.2 CASUARINA (MACETA DINÁMICA 1/SUELO) 200 CM. 73.00 4.1.2.5.1.2 RETAMA (MACETA DINÁMICA 1/SUELO) 200 CM. 73.00 4.1.2.5.1.2 AGUACATILLO (MACETA DINÁMICA

1/SUELO 200 CM. 73.00

4.1.2.5.1.2 TROENO ÁRBOL (MACETA DINÁMICA 1/SUELO)

200 CM. 73.00

4.1.2.5.1.2 ÁLAMO PLATEADO (MACETA DINÁMICA 1/SUELO)

200 CM. 73.00

4.1.2.5.1.2 AHUEJOTE (MACETA DINÁMICA 1/SUELO) 200 CM. 73.00 4.1.2.5.1.2 PIRÚL COMÚN (MACETA DINÁMICA

1/SUELO) 200 CM. 73.00

4.1.2.5.1.2 PIRÚL DEL BRASIL (MACETA DINÁMICA 1/SUELO)

200 CM. 73.00

4.1.2.5.1.2 TAMARIX (MACETA DINÁMICA 1/SUELO) 200 CM. 73.00 4.1.2.5.1.2 CIRUELO ROJO (MACETA DINÁMICA

1/SUELO) 200 CM. 73.00

4.1.2.5.1.2 PERA CALLERIANA (MACETA DINÁMICA 1/SUELO)

200 CM. 73.00

4.1.2.5.1.2 DURAZNO (MACETA DINÁMICA 1/SUELO) 200 CM. 73.00 4.1.2.5.1.2 CAPULÍN (MACETA DINÁMICA 1/SUELO) 200 CM. 73.00 4.1.2.5.1.2 CALISTEMO (MACETA DINÁMICA 1/SUELO) 200 CM. 73.00 4.1.2.5.1.2 ASTRONÓMICA (MACETA DINÁMICA

1/SUELO) 200 CM. 73.00

4.1.2.5.1.2 LIMÓN (MACETA DINÁMICA 1/SUELO) 200 CM. 73.00 4.1.2.5.1.2 MANDARINO (MACETA DINÁMICA

1/SUELO) 200 CM. 73.00

4.1.2.5.1.2 NARANJO (MACETA DINÁMICA 1/SUELO) 200 CM. 73.00 4.1.2.5.1.2 NEGUNDO (MACETA DINÁMICA 1/SUELO) 200 CM. 90.00 4.1.2.5.1.2 AILE (MACETA DINÁMICA 1/SUELO) 200 CM. 90.00 4.1.2.5.1.2 TEPOZÁN (MACETA DINÁMICA 1/SUELO) 200 CM. 90.00 4.1.2.5.1.2 FRESNO (MACETA DINÁMICA 1/SUELO) 200 CM. 90.00

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 27

4.1.2.5.1.2 SAUCE LLORÓN (MACETA DINÁMICA

1/SUELO) 200 CM. 90.00

4.1.2.5.1.2 GUAYABO (MACETA DINÁMICA 1/SUELO) 200 CM. 90.00 4.1.2.5.1.2 ÁRBOL DE LA ORQUÍDEA (MACETA

DINÁMICA 1/SUELO) 200 CM. 90.00

4.1.2.5.1.2 PINO AYACAHUITE (MACETA DINÁMICA 1/SUELO)

200 CM. 111.00

4.1.2.5.1.2 CIPRÉS (MACETA DINÁMICA 1/SUELO) 200 CM. 111.00 4.1.2.5.1.2 GREVILEA (MACETA DINÁMICA 1/SUELO) 200 CM. 111.00 4.1.2.5.1.2 JACARANDA (MACETA DINÁMICA 1/SUELO) 200 CM. 111.00 4.1.2.5.1.2 LIQUIDÁMBAR (MACETA DINÁMICA

1/SUELO) 200 CM. 111.00

4.1.2.5.1.2 ENCINO (MACETA DINÁMICA 1/SUELO) 200 CM. 111.00 4.1.2.5.1.2 LAUREL DE LA INDIA (MACETA DINÁMICA

1/SUELO) 200 CM. 111.00

4.1.2.5.1.2 FICUS (MACETA DINÁMICA 1/SUELO) 200 CM. 111.00 4.1.2.5.1.2 TULIA (MACETA DINÁMICA 1/SUELO) 200 CM. 246.00 4.1.2.5.1.2 AHUEHUETE (MACETA DINÁMICA 1/SUELO) 200 CM. 246.00 4.1.2.5.1.2 CEDRO LIMÓN (MACETA DINÁMICA

1/SUELO) 200 CM. 246.00

4.1.2.5.1.2 MAGNOLIA (MACETA DINÁMICA 1/SUELO) 200 CM. 246.00 4.1.2.5.1.2 ARAUCARIA (MACETA DINÁMICA 1/SUELO) 200 CM. 246.00 4.1.2.5.1.2 PALMA ABANICO (MACETA DINÁMICA

1/SUELO) 200 CM. 246.00

4.1.2.5.1.2 PALMA CANARIA (MACETA DINÁMICA 1/SUELO)

200 CM. 246.00

4.1.2.5.1.2 TEPOZÁN (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 300 CM. 165.00 4.1.2.5.1.2 SAUCE LLORÓN (MACETA DINÁMICA

2/SUELO) 300 CM. 165.00

4.1.2.5.1.2 GUAYABO (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 300 CM. 165.00 4.1.2.5.1.2 ÁRBOL DE LA ORQUÍDEA (MACETA

DINÁMICA 2/SUELO) 300 CM. 165.00

4.1.2.5.1.2 ACACIA (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 300 CM. 165.00 4.1.2.5.1.2 AGUACATILLO (MACETA DINÁMICA

2/SUELO) 300 CM. 165.00

4.1.2.5.1.2 TROENO ÁRBOL (MACETA DINÁMICA 2/SUELO)

300 CM. 165.00

4.1.2.5.1.2 AHUJOTE (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 300 CM. 165.00 4.1.2.5.1.2 PIRÚL COMÚN (MACETA DINÁMICA

2/SUELO) 300 CM. 165.00

4.1.2.5.1.2 PIRÚL DEL BRASIL (MACETA DINÁMICA 2/SUELO)

300 CM. 165.00

4.1.2.5.1.2 TAMARIX (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 300 CM. 165.00 4.1.2.5.1.2 DURAZNO (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 300 CM. 165.00 4.1.2.5.1.2 CAPULÍN (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 300 CM. 165.00 4.1.2.5.1.2 CALISTEMO (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 300 CM. 165.00 4.1.2.5.1.2 ASTRONÓMICA (MACETA DINÁMICA

2/SUELO) 300 CM. 165.00

4.1.2.5.1.2 LIMÓN (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 300 CM. 165.00 4.1.2.5.1.2 MANDARINO (MACETA DINÁMICA

2/SUELO) 300 CM. 165.00

4.1.2.5.1.2 NARANJO (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 300 CM. 165.00 4.1.2.5.1.2 CIPRÉS (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 300 CM. 222.00 4.1.2.5.1.2 CIRUELO ROJO (MACETA DINÁMICA

2/SUELO) 300 CM. 222.00

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28 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

4.1.2.5.1.2 PERA CALLERINA (MACETA DINÁMICA

2/SUELO) 300 CM. 222.00

4.1.2.5.1.2 LAUREL DE LA INDIA (MACETA DINÁMICA 2/SUELO)

300 CM. 222.00

4.1.2.5.1.2 FICUS (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 300 CM. 222.00 4.1.2.5.1.2 ENCINO (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 300 CM. 222.00 4.1.2.5.1.2 AHUEHUETE (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 300 CM. 394.00 4.1.2.5.1.2 CEDRO LIMÓN (MACETA DINÁMICA

2/SUELO) 300 CM. 394.00

4.1.2.5.1.2 MAGNOLIA (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 300 CM. 394.00 4.1.2.5.1.2 ARAUCARIA (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 300 CM. 394.00 4.1.2.5.1.2 PALMA ABANICO (MACETA DINÁMICA

2/SUELO) 300 CM. 394.00

4.1.2.5.1.2 PALMA CANARIA (MACETA DINÁMICA 2/SUELO)

300 CM. 394.00

4.1.2.5.1.2 CEDRO BLANCO (MACETA DINÁMICA 2/SUELO)

400 CM. 246.00

4.1.2.5.1.2 ACACIA (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 400 CM. 246.00 4.1.2.5.1.2 CASUARINA (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 400 CM. 246.00 4.1.2.5.1.2 AGUACATILLO (MACETA DINÁMICA

2/SUELO) 400 CM. 246.00

4.1.2.5.1.2 ALAMO PLATEADO (MACETA DINÁMICA 2/SUELO)

400 CM. 246.00

4.1.2.5.1.2 AHUEJOTE (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 400 CM. 246.00 4.1.2.5.1.2 PIRÚL COMÚN (MACETA DINÁMICA) 400 CM. 246.00 4.1.2.5.1.2 PIRÚL DEL BRASIL (MACETA DINÁMICA

2/SUELO) 400 CM. 246.00

4.1.2.5.1.2 TAMARIX (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 400 CM. 246.00 4.1.2.5.1.2 DURAZNO (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 400 CM. 246.00 4.1.2.5.1.2 CAPULÍN (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 400 CM. 246.00 4.1.2.5.1.2 LIMÓN (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 400 CM. 246.00 4.1.2.5.1.2 MANDARINO (MACETA DINÁMICA

2/SUELO) 400 CM. 246.00

4.1.2.5.1.2 NARANJO (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 400 CM. 246.00 4.1.2.5.1.2 NEGUNDO (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 400 CM. 289.00 4.1.2.5.1.2 AILE (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 400 CM. 289.00 4.1.2.5.1.2 FRESNO (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 400 CM. 289.00 4.1.2.5.1.2 GREVILEA (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 400 CM. 289.00 4.1.2.5.1.2 JACARANDA (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 400 CM. 289.00 4.1.2.5.1.2 SAUCE LLORÓN (MACETA DINÁMICA

2/SUELO) 400 CM. 289.00

4.1.2.5.1.2 GUAYABO (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 400 CM. 289.00 4.1.2.5.1.2 ÁRBOL DE LA ORQUÍDEA (MACETA

DINÁMICA 2/SUELO) 400 CM. 289.00

4.1.2.5.1.2 ACACIA PIRAMIDAL (MACETA DINÁMICA 2/SUELO)

400 CM. 289.00

4.1.2.5.1.2 TROENO ÁRBOL (MACETA DINÁMICA 2/SUELO)

400 CM. 289.00

4.1.2.5.1.2 CIPRÉS (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 400 CM. 369.00 4.1.2.5.1.2 LIQUIDÁMBAR (MACETA DINÁMICA

2/SUELO) 400 CM. 369.00

4.1.2.5.1.2 CIRUELO ROJO (MACETA DINÁMICA 2/SUELO)

400 CM. 369.00

4.1.2.5.1.2 PERA CALLERINA (MACETA DINÁMICA 2/SUELO)

400 CM. 369.00

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 29

4.1.2.5.1.2 LAUREL DE LA INDIA (MACETA DINÁMICA

2/SUELO) 400 CM. 369.00

4.1.2.5.1.2 FICUS (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 400 CM. 369.00 4.1.2.5.1.2 ENCINO (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 400 CM. 555.00 4.1.2.5.1.2 AHUEHUETE (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 400 CM. 555.00 4.1.2.5.1.2 CEDRO LIMÓN (MACETA DINÁMICA

2/SUELO) 400 CM. 555.00

4.1.2.5.1.2 MAGNOLIA (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 400 CM. 555.00 4.1.2.5.1.2 ARAUCARIA (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 400 CM. 555.00 4.1.2.5.1.2 PALMA ABANICO (MACETA DINÁMICA

2/SUELO) 400 CM. 555.00

4.1.2.5.1.2 PALMA CANARIA (MACETA DINÁMICA 2/SUELO)

400 CM. 555.00

4.1.2.5.1.2 ACACIA PIRAMIDAL (MACETA DINÁMICA 2/SUELO)

600 CM. 437.00

4.1.2.5.1.2 CASUARINA (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 600 CM. 437.00 4.1.2.5.1.2 AILE (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 600 CM. 640.00 4.1.2.5.1.2 FRESNO (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 600 CM. 640.00 4.1.2.5.1.2 GREVILEA (MACETA DINÁMICA 2/SUELO) 600 CM. 640.00 4.1.2.5.1.2 LIQUIDÁMBAR (MACETA DINÁMICA

2/SUELO) 600 CM. 640.00

4.1.2.5.1.3 EVÓNIMO VERDE (BOLSA DE 20X25 CM.) 26 A 50 CM. 4.00 4.1.2.5.1.3 TROENO DORADO (BOLSA DE 20X25 CM.) 26 A 50 CM. 4.00 4.1.2.5.1.3 JUNÍPERO AZUL (BOLSA 40X40 CM/SUELO) 100 CM. 35.00 4.1.2.5.1.3 JUNÍPERO HORIZONTAL (BOLSA DE

40X40CM./SUELO) 100 CM. 35.00

4.1.2.5.1.3 JUNÍPERO AZUL (MACETA DINÁMICA 1/SUELO)

200 CM. 90.00

4.1.2.5.1.3 JUNÍPERO HORIZONTAL (MACETA DINÁMICA 1/SUELO)

200 CM. 90.00

ORNAMENTAL INTERIOR 4.1.2.5.1.5 NOCHE BUENA HÍBRIDA (MACETA

NÚMERO 8.5) 30 CM. 24.00

ORNAMENTAL EXTERIOR 4.1.2.5.1.4 MARIGOLD (BOLSA DE 20X25, 22X22 Y

25X30 CM.) 20 CM. 4.00

4.1.2.5.1.4 NOCHE BUENA COMÚN (BOLSA DE 25X30 CM.)

30 A 50 CM. 13.00

ARBUSTO 1.2.4.2.6.3 JUNÍPERO HORIZONTAL (CAJA FRESERA

CANTERO Y CHAROLA) 10 A 25 CM. 2.00

1.2.4.2.6.3 JUNÍPERO MENJULIP (CAJA FRESERA CANTERO Y CHAROLA)

10 A 25 CM. 2.00

1.2.4.2.6.3 ROSA LAUREL (CAJA FRESERA CANTERO Y CHAROLA)

10 A 25 CM. 2.00

1.2.4.2.6.3 SIEMPRE VIVA (CAJA FRESERA CANTERO Y CHAROLA)

10 A 25 CM. 2.00

1.2.4.2.6.3 BOJ ARRAYAN (CAJA FRESERA CANTERO Y CHAROLA)

10 A 25 CM. 2.00

1.2.4.2.6.3 ARALIA 7 VIRTUDES (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.)

5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 SANSE VIERA ESPADA (BOLSA 22X22 Y 25X30 CM.)

5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 LAUREL DE LA INDIA (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.)

5 A 50 CM. 6.00

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30 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

1.2.4.2.6.3 CROTHÓN (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.) 5 A 50 CM. 6.00 1.2.4.2.6.3 DRÁCENA SANDERINA (BOLSA DE 22X22 Y

25X30 CM.) 5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 BUGAMBILIA (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.)

5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 BELÉN (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.) 5 A 50 CM. 6.00 1.2.4.2.6.3 DRACENA WARNEQUI (BOLSA DE 22X22 Y

25X30 CM.) 5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 ARALIA SCHEFLERA (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.)

5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 ROSA COMÚN (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.)

5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 ROSA GARAMBUYO (BOLSA 22X22 Y 25X30 CM.)

5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 ASTRONÓMICA (BOLSA 22X22 Y 25X30 CM.) 5 A 50 CM. 6.00 1.2.4.2.6.3 COORDELINE VERDE (BOLSA DE 22X22 Y

25X30 CM.) 5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 TROENO DORADO (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.)

5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 ROSA LAUREL (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.)

5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 VERÓNICA AZUL (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.)

5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 CISSUS COMÚN (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.)

5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 DEDO MORO (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.) 5 A 50 CM. 6.00 1.2.4.2.6.3 GALVIA COMÚN (BOLSA 22X22 Y 25X30

CM.) 5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 GERANIO (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.) 5 A 50 CM. 6.00 1.2.4.2.6.3 FALANGIO (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.) 5 A 50 CM. 6.00 1.2.4.2.6.3 HELECHO PEINE (BOLSA 22X22 Y 25X30 CM.) 5 A 50 CM. 6.00 1.2.4.2.6.3 HELECHO CHINO (BOLSA DE 22X22 Y 25X30

CM.) 5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 HELECHO PLUMOSO (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.)

5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 HIDRA PINTA (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.)

5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 HIEDRA VERDE (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.)

5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 PEPERONIA COMÚN (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.)

5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 AZALEA (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.) 5 A 50 CM. 6.00 1.2.4.2.6.3 HORTENSIA (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.) 5 A 50 CM. 6.00 1.2.4.2.6.3 COORDELINE ROJO (BOLSA DE 22X22 Y

25X30 CM.) 5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 ESPARRAGO ESPRENGERY (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.)

5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 GALATEA RAYADA (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.)

5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 GINKGO (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.9 5 A 50 CM. 6.00 1.2.4.2.6.3 PALMA ABANICO (BOLSA 22X22 Y 25X30

CM.) 5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 HIGO (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.) 5 A 50 CM. 6.00 1.2.4.2.6.3 BOJ ARRAYAN (BOLSA DE 22X22 Y 25X30

CM.) 5 A 50 CM. 6.00

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 31

1.2.4.2.6.3 CALISTEMO (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.) 5 A 50 CM. 6.00 1.2.4.2.6.3 JUNÍPERO AZUL (BOLSA DE 22X22 Y 25X30

CM.) 5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 JUNÍPERO DORADO (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.)

5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 COLEUS VERDE (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.)

5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 HEMEROCALIS (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.)

5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 NOCHEBUENA (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.)

5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 AGLAMOENA (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.)

5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 ALCATRAZ (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.) 5 A 50 CM. 6.00 1.2.4.2.6.3 PASTO RAYADO (BOLSA DE 22X22 Y 25X30

CM.) 5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 PEPERONIA AMARILLA (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.)

5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 PEPERONIA VERDE (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.)

5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 NÍSPERO (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.) 5 A 50 CM. 6.00 1.2.4.2.6.3 PIRÚL COMÚN (BOLSA DE 22X22 Y 25X30

CM.) 5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 GALVIA PINTA (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.)

5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 NOCHEBUENA REHILETE (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.)

5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 NARCISO (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.) 5 A 50 CM. 6.00 1.2.4.2.6.3 ASPIDISTRA (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.) 5 A 50 CM. 6.00 1.2.4.2.6.3 SPATOPHYLUM (BOLSA DE 22X22 Y 25X30

CM.) 5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 HIDRA SUECA (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.)

5 A 50 CM. 6.00

1.2.4.2.6.3 EVÓNIMO PINTO (BOLSA 25X30 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.3 EVÓNIMO VERDE (BOLSA 25X30 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.3 PIRACANTO (BOLSA 25X30 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.3 VERÓNICA AZUL (BOLSA 25X30 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.3 BELÉN (BOLSA 25X30 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.3 GALVIA RASTRERA (BOLSA 25X30 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.3 BAMBÚ (BOLSA 25X30 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.3 CISSUS ROMBIFOLIA (BOLSA 25X30 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.3 DRACENA FRAGANS (BOLSA 25X30 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.3 DRACENA ROJA (BOLSA 25X30 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.3 ESPARRAGO MEYERI (BOLSA 25X30 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.3 GALATEA RAYADA (BOLSA DE 25X30 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.3 HELECHO CUERNO (BOLSA DE 25X30 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.3 LIRIO (BOLSA 25X30 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.3 SANSEVIERA ESPADA (BOLSA 25X30 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.3 SINGONIO (BOLSA 25X30 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.3 TELÉFONO (BOLSA 25X30 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.3 CLAVO PINTO (BOLSA 25X30 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.3 JUNÍPERO DORADO (BOLSA 25X30 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.3 JUNÍPERO VERDE (BOLSA 25X30 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.3 TROENO VERDE (BOLSA 25X30 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.3 ASTRONÓMICA (BOLSA 25X30 CM.) 26 A 50 CM. 7.00

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32 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

1.2.4.2.6.3 AZALEA (BOLSA DE 25X30 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.3 ROSA COMÚN (BOLSA 25X30 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.3 DRACENA SANDERIANA (BOLSA 25X30 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.3 HELECHO BOSTONIENSIS (BOLSA 25X30

CM.) 26 A 50 CM. 7.00

1.2.4.2.6.3 PASTO VERDE (BOLSA 25X30 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.3 PHOLODRENDO INDURE (BOLSA 25X30 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.3 LAUREL DE LA INDIA (BOLSA 25X30 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.3 ACALIFA (BOLSA 25X30 CM.) 26 A 50 CM. 7.00 1.2.4.2.6.3 AMARANTO HÍBRIDO (BOLSA 25X30 CM.) 51 A 75 CM. 9.00 1.2.4.2.6.3 CROTHÒN (BOLSA 25X30 CM.) 51 A 75 CM. 9.00 1.2.4.2.6.3 ROSA LAUREL (BOLSA 25X30 CM.) 51 A 75 CM. 9.00 1.2.4.2.6.3 TULIA DORADA (BOLSA 25X30 CM.) 51 A 75 CM. 9.00 1.2.4.2.6.3 ARALIA 7 VIRTUDES (BOLSA 25X30 CM.) 51 A 75 CM. 9.00 1.2.4.2.6.3 CLAVO VERDE (BOLSA 25X30 CM.) 51 A 75 CM. 9.00 1.2.4.2.6.3 TROENO SAKURA (BOLSA 25X30 CM.) 51 A 75 CM. 9.00 1.2.4.2.6.3 ESPARRAGO ESPRENGERI (BOLSA 25X30

CM.) 51 A 75 CM. 9.00

1.2.4.2.6.3 TROENO VERDE (BOLSA 25X30 CM.) 51 A 75 CM. 9.00 1.2.4.2.6.3 SOLANUM (BOLSA 25X30 CM.) 51 A 75 CM. 9.00 1.2.4.2.6.3 TULIA DORADA (BOLSA 25X30 CM.) 76 A 100 CM. 11.00 1.2.4.2.6.3 CALISTEMO (BOLSA 25X30 CM.) 76 A 100 CM. 11.00 1.2.4.2.6.3 TROENO VERDE (BOLSA 25X30 CM.) 76 A 100 CM. 11.00 1.2.4.2.6.3 PENTAJAZIN (BOLSA 25X30 CM.) 76 A 100 CM. 11.00 1.2.4.2.6.3 JUNÍPERO HORIZONTAL (BOLSA 22X22 Y

25X30 CM.) 101 A 175 CM. 11.00

1.2.4.2.6.3 GUAYABO (BOLSA 22X22 Y 25X30 CM.) 101 A 175 CM. 11.00 1.2.4.2.6.3 TROENO VERDE (BOLSA DE 22X22 Y 25X30

CM.) 101 A 175 CM. 11.00

1.2.4.2.6.3 DRACENA VERDE (BOLSA DE 25X30 CM.) 126 150 CM. 12.00 1.2.4.2.6.3 TROENO VERDE (BOLSA DE 25X30 CM.) 126 150 CM. 12.00 1.2.4.2.6.3 PIRÚL DEL BRASIL (BOLSA DE 25X30 Y

30X35 CM.) 170 A 250 CM. 22.00

1.2.4.2.6.3 BOJ ARRAYAN (BOLSA DE 25X30 Y 30X35 CM.)

170 A 250 CM. 22.00

1.2.4.2.6.3 BAMBÚ (BOLSA 40X40 CM.) 150 A 190 CM. 25.00 1.2.4.2.6.3 TULIA DORADA (BOLSA 40X40 CM.) 150 A 190 CM. 25.00 1.2.4.2.6.3 NARANJO (BOLSA 40X40 CM.) 150 A 190 CM. 25.00 1.2.4.2.6.3 TROENO VERDE (BOLSA DE 30X35 CM.) 240 CM. 29.00 ORNAMENTAL EXTERIOR 1.2.4.2.6.4 CISSUS (BOLSA DE 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 HELECHO PEINE (BOLSA 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 NOCHEBUENA COMÚN (BOLSA DE 22X22

CM.) 10 A 25 CM. 5.00

1.2.4.2.6.4 NOCHEBUENA REHILETE (BOLSA DE 22X22 CM.)

10 A 25 CM. 5.00

1.2.4.2.6.4 ACALIFA (BOLSA DE 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 ARALIA 7 VIRTUDES (BOLSA DE 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 PASTO RAYADO (BOLSA DE 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 GALVIA COMÚN (BOLSA 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 HIEDRA PINTA (BOLSA DE 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 TELÉFONO (BOLSA DE 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 ARALIA SCHEFLERA (BOLSA DE 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 PALMA ABANICO (BOLSA DE 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 HIGO (BOLSA DE 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 33

1.2.4.2.6.4 TULIPÁN COMÚN (BOLSA DE 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 BEGONIA (BOLSA DE 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 GERANIO (BOLSA DE 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 HEMEROCALIS (BOLSA DE 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 ASPIDISTRA (BOLSA DE 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 COORDELINE ROJO (BOLSA DE 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 DRACENA VERDE (BOLSA DE 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 FALANGIO (BOLSA DE 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 HELECHO BOSTONIENSIS (BOLSA 22X22

CM.) 10 A 25 CM. 5.00

1.2.4.2.6.4 MILLONARIA (BOLSA DE 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 PASTO VERDE (BOLSA 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 PEPERONIA COMÚN (BOLSA DE 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 PHILODRENDRO INDURE (BOLSA DE 22X22

CM.) 10 A 25 CM. 5.00

1.2.4.2.6.4 NÍSPERO (BOLSA DE 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 ASTRONÓMICA (BOLSA DE 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 BOJ ARRAYAN (BOLSA DE 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 CLAVO PINTO (BOLSA 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 CLAVO VERDE (BOLSA DE 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 SANTOLINA (BOLSA DE 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 MARGARITA (BOLSA 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 GALATEA RAYADA (BOLSA DE 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 HIEDRA SUECA (BOLSA DE 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 HIDERA VERDE (BOLSA DE 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 PEPERONIA VERDE (BOLSA DE 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 SINGONIO (BOLSA 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 HELECHO CHINO (BOLSA DE 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 TROENO VERDE (BOLSA 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 AZALEA (BOLSA 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 PIRÚL COMÚN (BOLSA DE 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 JUNÍPERO AZUL (BOLSA DE 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 JUNÍPERO DORADO (BOLSA DE 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 JUNÍPERO TUROLOSA (BOLSA DE 22X22

CM.) 10 A 25 CM. 5.00

1.2.4.2.6.4 SPATOPHYLUM (BOLSA DE 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 TULIA DORADA (BOLSA DE 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 JAZMÍN (BOLSA DE 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 AGAPANDO (BOLSA 22X22 CM.) 10 A 25 CM. 5.00 1.2.4.2.6.4 NOCHE BUENA COMÚN (BOLSA 28X38 Y

30X35 CM.) 20 A 30 CM. 8.00

1.2.4.2.6.4 ROSA COMÚN (BOLSA 28X38 Y 30X35 CM.) 20 A 30 CM. 8.00 1.2.4.2.6.4 ALCATRAZ (BOLSA 28X38 Y 30X35 CM.) 20 A 30 CM. 8.00 1.2.4.2.6.4 CALISTEMO (BOLSA 28X38 Y 30X35 CM.) 20 A 30 CM. 8.00 1.2.4.2.6.4 AMARANTO HÍBRIDO (BOLSA 30X35 CM.) 31 A 50 CM. 9.00 1.2.4.2.6.4 ASPIDISTRA (BOLSA DE 30X35 CM.) 31 A 50 CM. 9.00 1.2.4.2.6.4 ESPARRAGO MAYERI (BOLSA DE 30X35

CM.) 31 A 50 CM. 9.00

1.2.4.2.6.4 HELECHO CHINO (BOLSA DE 30X35 CM.) 31 A 50 CM. 9.00 1.2.4.2.6.4 HELECHO PEINE (BOLSA DE 30X35 CM.) 31 A 50 CM. 9.00 1.2.4.2.6.4 NOCHE BUENA COMÚN (BOLSA DE 30X35

CM.) 31 A 50 CM. 9.00

1.2.4.2.6.4 ACALIFA (BOLSA DE 22X22 Y 30X35 CM) 51 A 100 CM. 10.00 1.2.4.2.6.4 ARALEA SCHEFLERA (BOLSA DE 22X22 Y

30X35 CM) 51 A 100 CM. 10.00

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34 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

1.2.4.2.6.4 ORQUÍDEA (BOLSA DE 22X22 Y 30X35 CM) 51 A 100 CM. 10.00 1.2.4.2.6.4 TROENO VERDE (BOLSA DE 22X22 Y 30X35

CM) 51 A 100 CM. 10.00

1.2.4.2.6.4 SOLANUM (BOLSA 22X22 Y 30X35 CM) 51 A 100 CM. 10.00 1.2.4.2.6.4 SOMBRERO CHINO (BOLSA 22X22 Y 30X35

CM) 51 A 100 CM. 10.00

1.2.4.2.6.4 ASTRONÓMICA (BOLSA 30X35 CM.) 76 A 100 CM. 12.00 1.2.4.2.6.4 BIGNONIA BLANCA (BOLSA 30X35 CM.) 76 A 100 CM. 12.00 1.2.4.2.6.4 CLAVO PINTO (BOLSA DE 30X35 CM.) 76 A 100 CM. 12.00 1.2.4.2.6.4 ARALIA 7 VIRTUDES (BOLSA DE 30X35 CM.) 76 A 100 CM. 12.00 1.2.4.2.6.4 FICUS (BOLSA DE 30X35 CM.) 76 A 100 CM. 12.00 1.2.4.2.6.4 LAUREL DE LA INDIA (BOLSA DE 30X35

CM.) 76 A 100 CM. 12.00

ORNAMENTAL INTERIOR 4.1.2.5.1.4 MARIGOLD (MACETA NÚMERO 1) 10 CM. 2.00 4.1.2.5.1.4 AGAPANDO (BOLSA DE 38X38 CM.) 20 A 40 CM. 11.00 4.1.2.5.1.5 NOCHE BUENA HIBRIDA (MACETA

NÚMERO 8,5) 30 CM. 13.00

4.1.2.5.1.5 LANTANA (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.) 15 A 40 CM. 4.00 4.1.2.5.1.5 HOJA ELEGANTE (BOLSA DE 22X22 Y 25X30

CM.) 15 A 40 CM. 4.00

4.1.2.5.1.5 HIEDRA AUSTRALIANA (BOLSA DE 22X22 Y 25X30 CM.)

15 A 40 CM. 4.00

4.1.2.5.1.5 VIOLETA AFRICANA (MACETA NÚMERO 8,5) 10 CM. 10.00 MADERA 4.1.4.5 MADERA (EUCALIPTO) M3 124.00 CURSOS 2.7.1.1 CURSO DE CAPACITACIÓN PARA LA PODA

Y DERRIBO DE ÁRBOLES PERSONA/CURSO 2,265.00

2.7.1.2 CURSO PARA REVALIDAR Y RENOVAR LA ACREDITACIÓN PARA LA PODA Y DERRIBO DE ÁRBOLES

PERSONA/CURSO 406.00

2.7.1.2.4 CURSO DE JARDINERÍA PERSONA/CURSO 2,460.00 2.7.1.2.5 CURSO TEÓRICO PRÁCTICO DE MANEJO DE

PLAGAS Y ENFERMEDADES DE LA VEGETACIÓN URBANA

PERSONA/CURSO 2,749.00

2.7.1.2.5 CURSO TEÓRICO PRÁCTICO DE MANEJO DE PLAGAS Y ENFERMEDADES

PERSONA/CURSO 3,015.00

2.7.1.3.22 CURSO-TALLER PARA LA IDENTIFICACIÓN, USO Y MANEJO DE AGROQUÍMICOS EN LAS ÁREAS VERDES (3 DÍAS)

PERSONA 886.00

2.7.1.3.23 CURSO-TALLER PARA EL MANEJO DE LAS ÁREAS VERDES (2 DÍAS)

PERSONA 922.00

4.1.2.5.3.1 NOCHEBUENA (MACETA DE 3" CON ESQUEJE Y DE 1 A 3 FLORES)

PLANTA DE 10 A 15 CM. 6.00

4.1.2.5.3.1 NOCHEBUENA (MACETA DE 6" CON TRES ESQUEJES Y DE 5 A 6 FLORES)

PLANTA DE 15 A 25 CM. 15.00

4.1.2.5.3.1 NOCHEBUENA (MACETA DE 8" CON ESQUEJE DE DOS PODAS Y DE 8 FLORES)

PLANTA DE 30 A 50 CM. 35.00

4.1.2.5.3.1 NOCHEBUENA (MACETÓN DE 14" CON 4 PLANTAS POR MACETÓN Y DE 10 A 15 FLORES)

MACETÓN DE 14" 148.00

4.1.2.5.3.1 NOCHEBUENA EXTERIOR (CON UNA ESTACA)

BOLSA 25X30 CM. 13.00

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 35

4.1.2.5.3.1 NOCHE BUENA COMÚN (ORNAMENTAL DE

TEMPORADA EN BOLSA DE 22X22 Y 25X30) 31 A 50 CM. 10.00

4.1.2.5.1.4 ORNAMENTAL EXTERIOR (NOCHEBUENA COMÚN EN BOLSA DE 25 A 30 CM.)

30 A 50 CM. 13.00

4.1.2.5.3.1 NOCHEBUENA (ORNAMENTAL EN BOLSA DE 25X30 CM.)

30 A 50 CM. 13.00

4.1.2.5.3.2 ÁRBOL CIRUELO (BOLSA DE 40X40 CM.) 150 A 200 CM. 25.00 4.1.2.5.3.3 TULIPÁN AFRICANO (ORNAMENTAL) 40X40 CM. 35.00 4.1.2.5.3.4 GERANIO (ORNAMENTAL) MACETA 6" 7.00 4.1.2.5.3.4 GERANIO (ESPECIE ORNAMENTAL QUE SE

ENCUENTRA EN BOLSA DE 20X25 Y 22X22) 15 A 30 CM. 7.00

4.1.2.5.3.4 GERANIO (ESPECIE ORNAMENTAL FLORAL EN BOLSA DE 22X22)

15 A 30 CM. 15.00

4.1.2.5.3.4 GERANIO (ESPECIE ORNAMENTAL DE SOL EN MACETA DE NO. 6)

PLANTA 10.00

4.1.2.5.3.5 ACACIA RETINOIDES (BOLSA DE 40X40 CM.) 150 A 200 CM. 24.00 4.1.2.5.3.5 ACACIA RETINOIDES (BOLSA DE 40X40 CM.) 200 A 250 CM. 30.00 4.1.2.5.3.5 ACACIA RETINOIDES (BOLSA DE 40X40 CM.) 250 A 300 CM. 37.00 4.1.2.5.3.6 ACACIA PIRAMIDAL (BOLSA DE 40X40 CM.) 150 A 200 CM. 24.00 4.1.2.5.3.6 ACACIA PIRAMIDAL (BOLSA DE 40X40 CM.) 200 A 250 CM. 31.00 4.1.2.5.3.6 ACACIA PIRAMIDAL (BOLSA DE 40X40 CM.) 250 A 300 CM. 37.00 4.1.2.5.3.7 CEDRO LIMÓN (BOLSA DE 40X40 CM.) 50 CM. 62.00 4.1.2.5.3.7 CEDRO LIMÓN (BOLSA DE 40X40 CM.) 80 CM. 98.00 4.1.2.5.3.7 CEDRO LIMÓN (BOLSA DE 57 A 67 CM. 250 CM. 308.00 4.1.2.5.3.7 CEDRO LIMÓN (M.D. NO.2, M.D. NO.3, 70X90,

80X110, 90X100 Y SUELO) 350 CM. 516.00

4.1.2.5.3.7 CEDRO LIMÓN (M.D. NO.2, M.D. NO.3, 70X90, 80X110, 90X100 Y SUELO)

450 CM. 640.00

4.1.2.5.3.8 TROENO VERDE (BOLSA DE 20X25 CM.) 100 A 150 CM. 11.00 4.1.2.5.3.9 PINO AYACAHUITE (BOLSA DE 40X40 CM.) 10 A 75 CM. 24.00 4.1.2.5.3.10 PINO MAXIMARTINENZII (BOLSA DE 40X40

CM.) 50 A 100 CM. 50.00

4.1.2.5.3.10 PINO MAXIMARTINENZII (MACETA DINÁMICA DEL NO. 1)

100 A 150 CM. 185.00

4.1.2.5.3.10 PINO MAXIMARTINENZII (MACETA DINÁMICA DEL NO. 2)

150 A 200 CM. 394.00

4.1.2.5.3.10 PINO MAXIMARTINENZII (MACETA DINÁMICA DEL NO. 2)

200 A 250 CM. 492.00

4.1.2.5.3.10 PINO MAXIMARTINENZII (MACETA DINÁMICA DEL NO. 2)

250 A 300 CM. 567.00

4.1.2.5.3.11 CAPULÍN (ÁRBOL FRUTAL EN BOLSA DE 20X25 CM.)

50 A 100 CM. 9.00

4.1.2.5.3.12 PALMA DATILERA (ORNAMENTAL EN BOLSA DE 40X40 CM.)

100 A 150 CM. 62.00

4.1.2.5.3.13 ÁLAMO PLATEADO (ORNAMENTAL EN BOLSA DE 40X40 CM.)

50 A 100 CM. 10.00

4.1.2.5.3.13 ÁLAMO PLATEADO (ORNAMENTAL EN MACETA DINÁMICA NO. 2)

200 A 300 CM. 111.00

4.1.2.5.3.13 ÁLAMO PLATEADO (ORNAMENTAL EN MACETA DINÁMICA NO. 2)

300 A 400 CM. 160.00

4.1.2.5.3.13 ÁLAMO PLATEADO (ORNAMENTAL EN BOLSA DE 40X40 CM.)

100 A 150 CM. 13.00

4.1.2.5.3.13 ÁLAMO PLATEADO (ORNAMENTAL EN MACETA DINÁMICA NO. 1)

150 A 200 CM. 73.00

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36 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

4.1.2.5.3.14 ÁRBOL PERA (ÁRBOL FRUTAL EN BOLSA

DE 20X25 CM.) 100 A 150 CM. 15.00

4.1.2.5.3.14 ÁRBOL PERA (PERA ÁRBOL FRUTAL EN CONTENEDOR DE 20X25)

150 CM. 24.00

4.1.2.5.3.14 ÁRBOL PERA (PERA ÁRBOL FRUTAL EN BOLSA DE 40X40)

200 CM. 73.00

4.1.2.5.3.14 ÁRBOL PERA (ÁRBOL FRUTAL EN BOLSA DE 20X25 CM.)

150 A 200 CM. 24.00

4.1.2.5.3.15 BUGAMBILIA (ORNAMENTAL EN BOLSA DE 40X40 CM.)

30 A 60 CM. 45.00

4.1.2.5.3.15 BUGAMBILIA (ORNAMENTAL EN BOLSA DE 38X38 CM.)

50 A 90 CM. 30.00

4.1.2.5.3.15 BUGAMBILIA (ORNAMENTAL TREPADORA EN CONTENEDOR DE 70X90)

120 CM. 105.00

4.1.2.5.3.16 CEDRO BLANCO (ÁRBOL FORESTAL EN BOLSA DE 20X25 CM.)

10 A 75 CM. 5.00

4.1.2.5.3.16 CEDRO BLANCO (ÁRBOL FORESTAL EN BOLSA DE 20X25 Y 25X30)

100 A 150 CM. 10.00

4.1.2.5.3.16 CEDRO BLANCO (40X40) 200 CM. 50.00 4.1.2.5.3.17 NÍSPERO (ESPECIE DE ÁRBOL FRUTAL QUE

SE ENCUENTRA EN BOLSA DE 38X38) 50 A 150 CM. 62.00

4.1.2.5.3.17 NÍSPERO (ÁRBOL FRUTAL EN BOLSA DE 40X40 CM.)

50 A 150 CM. 62.00

4.1.2.5.3.17 NÍSPERO (ÁRBOL FRUTAL EN BOLSA DE 90 X100 CM.)

150 A 250 CM. 105.00

4.1.2.5.3.18 PIRÚL COMÚN ( EN BOLSA DE 38X38CM ) 50 CM 24.00 4.1.2.5.3.18 PIRÚL COMÚN ( EN BOLSA DE 40X40CM ) 50 A 100 CM. 30.00 4.1.2.5.3.18 PIRÚL COMÚN ( EN BOLSA DE 54X57CM ) 100 A 150 CM. 62.00 4.1.2.5.3.19 BOJ ARRAYAN (ARBUSTO EN BOLSA DE 22

X 22 ) 15 A 35 CM 6.00

4.1.2.5.3.19 BOJ ARRAYAN (ESPECIE DE ARBUSTO EN BOLSA DE PLÁSTICO DE 25X30)

20 A 40 CM. 7.00

4.1.2.5.3.19 BOJ ARRAYAN (ARBUSTO ORNAMENTAL EN BOLSA DE 25X30)

25 A 50 CM. 13.00

4.1.2.5.3.20 ARAUCARIA (BOLSA DE 90X100 CM ) 250 A 300 CM. 369.00 4.1.2.5.3.20 ARAUCARIA (MACETA DINÁMICA DEL NO.

2 ) 250 A 300 CM. 369.00

4.1.2.5.3.20 AURAUCARIA ( ÁRBOL ORNAMENTAL EN BOLSA DE PLÁSTICO DE 70 X 90)

300 A 350 CM 555.00

4.1.2.5.3.21 ORQUÍDEA ( BOLSA DE 38 X 38 ) 50 A 70 CM 13.00 4.1.2.5.3.21 ORQUÍDEA ( BOLSA DE 54 X 47 ) 50 A 60 CM 13.00 4.1.2.5.3.21 ORQUÍDEA ( BOLSA DE 40 X 40 ) 50 A 150 CM. 35.00 4.1.2.5.3.21 ORQUÍDEA ( BOLSA DE 54 X 57 ) 70 A 90 CM 62.00 4.1.2.5.3.21 ORQUÍDEA ( BOLSA DE 90 X100 ) 150 A 180 CM 73.00 4.1.2.5.3.21 ÁRBOL ORQUÍDEA (ÁRBOL ORNAMENTAL

EN BOLSA DE PLÁSTICO DE 47X54 Y 54X47) 200 A 250 CM. 80.00

4.1.2.5.3.21 ORQUÍDEA (ÁRBOL EN CONTENEDOR DE 70X90)

200 A 250 CM. 90.00

4.1.2.5.3.22 FICUS BENJAMINA (ESPECIE DE ÁRBOL ORNAMENTAL QUE SE ENCUENTRA EN BOLSA DE 54X47)

150 CM. 55.00

4.1.2.5.3.22 FICUS BENJAMINA (BOLSA 38X38 CM.) 100 A 150 CM. 24.00 4.1.2.5.3.22 FICUS BENJAMINA (BOLSA DE 40X40 CM.) 150 A 200 CM. 45.00 4.1.2.5.3.22 FICUS BENJAMINA (ÁRBOL ORNAMENTAL

QUE SE ENCUENTRA EN BOLSA DE 55X75) 150 A 200 CM. 68.00

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 37

4.1.2.5.3.22 FICUS BENJAMINA (ÁRBOL ORNAMENTAL

QUE SE ENCUENTRA EN BOLSA DE 70X90) 150 A 200 CM. 80.00

4.1.2.5.3.23 FRESNO ( BOLSA DE 38X38 Y 40X40) 50 A 100 CM. 37.00 4.1.2.5.3.23 FRESNO (ESPECIE DE ÁRBOL EN BOLSA DE

PLÁSTICO DE 38X38) 100 A 150 CM. 40.00

4.1.2.5.3.23 FRESNO (ESPECIE DE ÁRBOL EN BOLSA DE PLÁSTICO DE 54X47)

150 CM, 62.00

4.1.2.5.3.23 FRESNO (ESPECIE DE ÁRBOL EN BOLSA DE PLÁSTICO DE 70X90)

150 CM. 80.00

4.1.2.5.3.24 GUAYABO ( ÁRBOL FRUTAL EN BOLSA 22 X 22)

100 A 150 CM. 24.00

4.1.2.5.3.24 GUAYABO (ESPECIE DE ÁRBOL FRUTAL QUE SE ENCUENTRA EN BOLSA DE 54X47)

100 A 150 CM. 50.00

4.1.2.5.3.24 GUAYABO (ESPECIE DE ÁRBOL FRUTAL QUE SE ENCUENTRA EN BOLSA DE 54X47)

250 A 300 CM. 90.00

4.1.2.5.3.25 JACARANDA (ÁRBOL ORNAMENTAL EN BOLSA DE PLÁSTICO 55X75)

150 A 200 CM. 73.00

4.1.2.5.3.25 JACARANDA ( BOLSA 38 X 38 ) 150 A 250 CM. 45.00 4.1.2.5.3.25 JACARANDA (BOLSA 90X100 CM.) 200 A 300 CM. 62.00 4.1.2.5.3.25 JACARANDA (ÁRBOL EN BOLSA DE 70X90) 200 A 300 CM. 148.00 4.1.2.5.3.26 LAUREL DE LA INDIA ( BOLSA DE 38X38) 100 A 150 CM 30.00 4.1.2.5.3.26 LAUREL DE LA INDIA (ESPECIE DE ÁRBOL

ORNAMENTAL EN BOLSA DE PLÁSTICO DE 47X54 Y 54X47)

150 CM. 50.00

4.1.2.5.3.26 LAUREL DE LA INDIA (ESPECIE DE ÁRBOL ORNAMENTAL EN BOLSA DE PLÁSTICO DE 70X90)

150 A 200 CM. 116.00

4.1.2.5.3.26 LAUREL DE LA INDIA (ESPECIE DE ÁRBOL ORNAMENTAL EN BOLSA DE PLÁSTICO DE 90X100)

200 CM. 185.00

4.1.2.5.3.26 LAUREL DE LA INDIA (BOLSA DE 54X57CM.) 150 A 250 CM. 45.00 4.1.2.5.3.27 MAGNOLIA (ESPECIE ORNAMENTAL QUE

SE ENCUENTRA EN BOLSA DE 54X47) 100 A 150 CM. 197.00

4.1.2.5.3.27 MAGNOLIA ( BOLSA 70 X 90 CM ) 150 A 250 CM. 185.00 4.1.2.5.3.27 MAGNOLIA ( ÁRBOL EN MACETA

DINÁMICA DEL NO. 2) 180 A 300 CM 370.00

4.1.2.5.3.27 MAGNOLIA ( ÁRBOL EN MACETA DINÁMICA DEL NO. 2)

300 A 450 CM. 492.00

4.1.2.5.3.27 MAGNOLIA (ESPECIE ORNAMENTAL QUE SE ENCUENTRA EN BOLSA DE 54X47)

100 A 150 CM. 197.00

4.1.2.5.3.27 MAGNOLIA (ÁRBOL ORNAMENTAL EN CONTENEDOR DE 55X75)

150 A 200 CM. 185.00

4.1.2.5.3.28 MANDARINO (ESPECIE DE ÁRBOL FRUTAL EN BOLSA DE PLÁSTICO DE 38X38)

50 A 100 CM. 21.00

4.1.2.5.3.28 MANDARINO ( ÁRBOL FRUTAL BOLSA 25X30 CM )

50 A 100 CM. 4.00

4.1.2.5.3.28 MANDARINO (ESPECIE DE ÁRBOL FRUTAL EN BOLSA DE 54X47)

100 A 150 CM 43.00

4.1.2.5.3.29 NARANJO ( ÁRBOL FRUTAL BOLSA 90X100 CM)

100 A 200 CM. 62.00

4.1.2.5.3.29 NARANJO (ÁRBOL FRUTAL EN CONTENEDOR DE 70X90)

200 CM. 73.00

4.1.2.5.3.30 BAMBÚ (ORNAMENTAL BOLSA 25X30 CM.) 05 A 50 CM 10.00 4.1.2.5.3.31 CASUARINA (ÁRBOL BOLSA 38X38 CM.) 150 A 20 CM 24.00

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38 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

4.1.2.5.3.32 CIPRÉS ITALIANO ( ÁRBOL EN BOLSA 38 X

38 Y 40 X 40 CM ) 100 A 150 CM. 72.00

4.1.2.5.3.33 ABELIA ( ORNAMENTAL ARBUSTIVA EN BOLSA DE PLÁSTICO 22X22 Y 25X30)

40 A 60 CM 7.00

4.1.2.5.3.34 ACACIA ( M.D. NO. 2, 55X75 Y SUELO ) 250 CM. 111.00 4.1.2.5.3.34 ACACIA ( M.D. NO. 2, 70 X 90, 80 X 110, 90 X

100 Y SUELO ) 350 CM 197.00

4.1.2.5.3.34 ACACIA ( M.D. NO. 2, 70 X 90, 80 X 110, 90 X 100 Y SUELO )

450 CM 308.00

4.1.2.5.3.35 ACACIA MELANOXILON ( M.D. NO. 2 55X 75 Y SUELO )

250 CM. 124.00

4.1.2.5.3.35 ACACIA MELANOXILON ( M.D. NO. 2, 70X90, 80X110, 90X100 Y SUELO )

350 CM 222.00

4.1.2.5.3.35 ACACIA MELANOXILON ( M.D. NO. 2, 70X90, 80X110, 90X100 Y SUELO )

450 CM 332.00

4.1.2.5.3.36 AGAPANDO ( ESPECIE ORNAMENTAL DE EXTERIOR EN BOLSA DE PLÁSTICO 20 X 25 Y 25 X 30 )

20 A 30 CM 9.00

4.1.2.5.3.36 AGAPANDO (ESPECIE ORNAMENTAL FLORAL EN MACETA DE PLÁSTICO DE NO. 6 Y/O SU EQUIVALENTE EN 25X30)

40 A 70 CM. 15.00

4.1.2.4.3.37 AMOHENA ( ESPECIE ORNAMENTAL QUE TOLERA SEMISOMBRA BOLSA DE PLÁSTICO DE 38 X 38 )

40 A 60 CM 19.00

4.1.2.5.3.38 ARALIA 7 VIRTUDES ( ESPECIE ORNAMENTAL PARA INTERIOR, QUE SE ENCUENTRA EN BOLSA 38 X 38

100 A 150 CM. 15.00

4.1.2.5.3.38 ARALIA 7 VIRTUDES ( ESPECIE ORNAMENTAL PARA INTERIOR, QUE SE ENCUENTRA EN BOLSA 54 X 47)

100 A 150 CM. 30.00

4.1.2.5.3.39 ARALIA ARBORÍCOLA ( ESPECIE ORNAMENTAL PARA INTERIOR QUE SE ENCUENTRA EN BOLSA DE 25 X 30)

75 A 100 10.00

4.1.2.5.3.40 ARALIA SHEFLERA ( ESPECIE ORNAMENTAL PARA INTERIOR QUE SE ENCUENTRA EN BOLSA DE 40 X 40

75 A 100 16.00

4.1.2.5.3.40 ARALIA SHEFLERA ( ESPECIE ORNAMENTAL PARA INTERIOR QUE SE ENCUENTRA EN BOLSA DE 47 X 54 Y 54 X 47)

150 A 250 CM 62.00

4.1.2.5.3.41 ASPIDISTRA (ESPECIE ORNAMENTAL PARA INTERIOR EN BOLSA DE 38X38)

50 CM. 13.00

4.1.2.5.3.41 ASPIDISTRA (ESPECIE ORNAMENTAL PARA INTERIOR QUE SE ENCUENTRA EN BOLSA DE 38X38)

50 CM. 20.00

4.1.2.5.3.41 ASPIDISTRA (ORNAMENTAL PARA SOMBRA EN BOLSA DE 38X38)

50 CM. 20.00

4.1.2.5.3.42 ASTRONÓMICA (ÁRBOL ORNAMENTAL DE PORTE BAJO ENVASADO EN BOLSA DE 47X54)

150 A 200 CM. 55.00

4.1.2.5.3.43 CISSUS (ESPECIE ORNAMENTA CUENTA EN BOLSA DE

150 A 200 CM. 17.00

4.1.2.5.3.44 COORDELINE VERDE (ESPECIE ORNAMENTAL PARA INTERIOR QUE SE ENCUENTRA EN BOLSA DE 40X40)

100 A 150 CM. 11.00

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 39

4.1.2.5.3.45 CROTHON (ESPECIE ORNAMENTAL QUE

TOLERA SEMISOMBRA, EN BOLSA DE 20X25)

25 CM. 6.00

4.1.2.5.3.45 CROTHON (ESPECIE ORNAMENTAL PARA INTERIOR QUE SE ENCUENTRA EN BOLSA DE 40X40)

65 CM. 17.00

4.1.2.5.3.46 DRACENA ROJA (ESPECIE ORNAMENTAL PARA INTERIOR QUE SE ENCUENTRA EN BOLSA DE 22X22)

25 CM. 7.00

4.1.2.5.3.47 DRACENA SANDERIANA (ESPECIE ORNAMENTAL PARA INTERIOR QUE SE ENCUENTRA EN BOLSA DE 38X38)

70 CM. 17.00

4.1.2.5.3.48 DRACENA VERDE (ESPECIE ORNAMENTAL PARA INTERIOR QUE SE ENCUENTRA EN BOLSA DE 20X25)

35 CM. 6.00

4.1.2.5.3.48 DRACENA VERDE (ESPECIE ORNAMENTAL PARA INTERIOR QUE SE ENCUENTRA EN BOLSA DE 54X47)

200 CM. 24.00

4.1.2.5.3.49 DRACENA WARNECKY (ESPECIE ORNAMENTAL PARA INTERIOR QUE SE ENCUENTRA EN BOLSA DE 20X25)

30 CM. 6.00

4.1.2.5.3.49 DRACENA WARNECKY (ESPECIE ORNAMENTAL PARA INTERIOR QUE SE ENCUENTRA EN BOLSA DE 54X47)

60 CM. 35.00

4.1.2.5.3.50 HUELE DE NOCHE (ESPECIE ORNAMENTAL QUE SE ENCUENTRA EN BOLSA DE 22X22)

30 A 50 CM. 7.00

4.1.2.5.3.50 HUELE DE NOCHE (ESPECIE ORNAMENTAL QUE SE ENCUENTRA EN BOLSA DE 25X30)

30 A 50 CM. 10.00

4.1.2.5.3.51 JUNÍPERO AZUL (ARBUSTO ORNAMENTAL EN BOLSA DE PLÁSTICO 38X38)

40 CM. 24.00

4.1.2.5.3.52 JUNÍPERO DORADO (ARBUSTO ORNAMENTAL EN BOLSA DE PLÁSTICO 38X38)

40 CM. 13.00

4.1.2.5.3.53 JUNÍPERO HORIZONTAL (ARBUSTO ORNAMENTAL EN BOLSA DE PLÁSTICO 38X38)

100 CM. 38.00

4.1.2.5.3.54 JUNÍPERO TUROLOSA (ARBUSTO ORNAMENTAL EN BOLSA DE PLÁSTICO 38X38)

150 A 200 CM. 62.00

4.1.2.5.3.55 LANTANA (ESPECIE ORNAMENTAL ARBUSTIVA EN BOLSA DE PLÁSTICO DE 20X25)

25 A 40 CM. 7.00

4.1.2.5.3.56 LIMÓN (ÁRBOL FRUTAL EN BOLSA DE 38X38 Y 40X40)

50 A 100 CM. 45.00

4.1.2.5.3.56 LIMÓN (ESPECIE DE ÁRBOL FRUTAL EN BOLSA DE PLÁSTICO 90X100)

100 A 150 CM. 90.00

4.1.2.5.3.57 NOCHE BUENA HÍBRIDA (ORNAMENTAL DE TEMPORADA M-6 PULGADAS Y 7)

30 CM. 24.00

4.1.2.5.3.57 NOCHEBUENA (ESPECIE ORNAMENTAL FLORAL EN MACETA DE PLÁSTICO DEL NO. 7, Y/O SU EQUIVALENTE EN 25X30)

20 A 35 CM. 38.00

4.1.2.5.3.57 NOCHEBUENA HIBRIDA (ESPECIE ORNAMENTAL HIBRIDA CON UN ESQUEJE QUE SE ENCUENTRA EN M NO. 1)

10 A 20 CM. 4.00

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40 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

4.1.2.5.3.57 NOCHEBUENA HIBRIDA (ESPECIE

ORNAMENTAL HIBRIDA CON UN ESQUEJE QUE SE ENCUENTRA EN M NO. 6)

10 A 20 CM. 20.00

4.1.2.5.3.58 PALMA ABANICO (ESPECIE ORNAMENTAL EN BOLSA DE PLÁSTICO 54X57, 70X90 Y 90X100)

100 A 150 CM. 124.00

4.1.2.5.3.59 PALMA CANARIA (ESPECIE ORNAMENTAL EN BOLSA DE PLÁSTICO 54X57 Y 70X90)

100 A 150 CM. 124.00

4.1.2.5.3.59 PALMA CANARIA (ESPECIE ORNAMENTAL EN BOLSA DE PLÁSTICO 70X90)

200 A 250 CM. 246.00

4.1.2.5.3.60 PALMA REAL (ESPECIE ORNAMENTAL EN BOLSA DE PLÁSTICO 54X47)

100 A 150 CM. 124.00

4.1.2.5.3.61 PASTO RAYADO (ESPECIE ORNAMENTAL QUE SE ENCUENTRA EN BOLSA DE 20X25)

15 A 25 CM. 6.00

4.1.2.5.3.62 PEPERONIA AMARIALLA (ESPECIE ORNAMENTAL QUE SE ENCUENTRA EN BOLSA DE 20X25)

10 A 20 CM. 6.00

4.1.2.5.3.63 PEPERONIA VERDE (ESPECIE ORNAMENTAL QUE SE ENCUENTRA EN BOLSA DE 20X25)

10 A 20 CM. 6.00

4.1.2.5.3.64 PIRÚL COMÚN (ESPECIE DE ÁRBOL QUE SE ENCUENTRA EN BOLSA DE 54X47 Y 55X75)

100 A 150 CM. 62.00

4.1.2.5.3.64 PIRÚL COMÚN (ÁRBOL EN BOLSA DE 40X40) 150 CM. 24.00 4.1.2.5.3.65 PIRÚL DEL BRASIL (ESPECIE DE ÁRBOL

QUE SE ENCUENTRA EN BOLSA DE 54X47) 100 A 150 CM. 62.00

4.1.2.5.3.65 PIRÚL DEL BRASIL (ÁRBOL EN BOLSA DE 40X40)

150 A 200 CM. 24.00

4.1.2.5.3.66 TULIA DORADA (ARBUSTO ORNAMENTAL EN BOLSA DE PLÁSTICO 38X38)

50 A 100 CM. 35.00

4.1.2.5.3.66 TULIA DORADA (ARBUSTO ORNAMENTAL EN BOLSA DE PLÁSTICO 54X47)

100 A 150 CM. 93.00

4.1.2.5.3.66 TULIA DORADA (ARBUSTO ORNAMENTAL A SUELO)

150 A 200 CM. 431.00

4.1.2.5.3.67 AILE (M.D. NO. 2, 55X75 Y SUELO) 250 CM. 111.00 4.1.2.5.3.67 AILE (M.D. NO. 2, 70X90, 80X110, 90X100 Y

SUELO) 300 CM. 192.00

4.1.2.5.3.67 AILE (M.D. NO. 2, 70X90, 80X110, 90X100 Y SUELO)

350 CM. 227.00

4.1.2.5.3.68 CIPRÉS (40X40) 200 CM. 55.00 4.1.2.5.3.69 GREVILIA (ÁRBOL DE ALINEAMIENTO EN

BOLSA DE 20X25) 100 A 200 CM. 15.00

4.1.2.5.3.69 GREVILIA (M.D. NO.1, 55X75 Y SUELO) 250 CM. 148.00 4.1.2.5.3.69 GREVILIA (M.D. NO.2, 70X90, 80X110, 90X100

Y SUELO) 300 CM. 197.00

4.1.2.5.3.69 GREVILIA (M.D. NO.2, 70X90, 80X110, 90X100 Y SUELO)

350 CM. 246.00

4.1.2.5.3.69 GREVILIA (M.D. NO.2, 70X90, 80X110, 90X100 Y SUELO)

450 CM. 320.00

4.1.2.5.3.69 GREVILIA (40X40) 200 CM. 55.00 4.1.2.5.3.70 P. GREGGII (40X40) 100 A 150 CM. 45.00 4.1.2.5.3.71 P. HALEPENSIS (40X40) 100 A 150 CM. 45.00 4.1.2.5.3.71 PINO HALEPENSIS (ESPECIE FORESTAL EN

BOLSA DE 55X75 Y M.D. NO. 1) 1.5 A 2.0 CM. 111.00

4.1.2.5.3.71 P. HALEPENSIS (M.D. NO. 1) 200 CM. 45.00 4.1.2.5.3.72 P. LEIOPHYLLA (40X40) 100 A 150 CM. 45.00 4.1.2.5.3.73 P. PATULA (40X40) 100 A 150 CM. 45.00

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 41

4.1.2.5.3.74 P. RUDIS (40X40) 100 A 150 CM. 45.00 4.1.2.5.3.75 CEDRO BLANCO (54X57 Y 55X75) 200 CM. 73.00 4.1.2.5.3.75 ACACIA PIRAMIDAL (54X57 Y 55X75) 200 CM. 73.00 4.1.2.5.3.75 ACACIA (54X57 Y 55X75) 200 CM. 73.00 4.1.2.5.3.75 CASUARINA (54X57 Y 55X75) 200 CM. 73.00 4.1.2.5.3.75 RETAMA (54X57 Y 55X75) 200 CM. 73.00 4.1.2.5.3.75 AGUACATULLO (54X57 Y 55X75) 200 CM. 73.00 4.1.2.5.3.75 TROENO ÁRBOL (54X57 Y 55X75) 200 CM. 73.00 4.1.2.5.3.75 ALAMO PLATEADO (54X57 Y 55X75) 200 CM. 73.00 4.1.2.5.3.75 AHUEJOTE (54X57 Y 55X75) 200 CM. 73.00 4.1.2.5.3.75 PIRÚL COMÚN (54X57 Y 55X75) 200 CM. 73.00 4.1.2.5.3.75 PIRÚL DEL BRASIL (54X57 Y 55X75) 200 CM. 73.00 4.1.2.5.3.75 TAMARIX (54X57 Y 55X75) 200 CM. 73.00 4.1.2.5.3.75 CIRUELO ROJO (54X57 Y 55X75) 200 CM. 73.00 4.1.2.5.3.75 PERA CALLERYANA (54X57 Y 55X75) 200 CM. 73.00 4.1.2.5.3.75 DURAZNO (54X57 Y 55X75) 200 CM. 73.00 4.1.2.5.3.75 CAPULÍN (54X57 Y 55X75 200 CM. 73.00 4.1.2.5.3.75 CALISTEMO (54X57 Y 55X75) 200 CM. 73.00 4.1.2.5.3.75 ASTRONÓMICA (54X57 Y 55X75) 200 CM. 73.00 4.1.2.5.3.75 LIMÓN (54X57 Y 55X75) 200 CM. 73.00 4.1.2.5.3.75 MANDARINO (54X57 Y 55X75) 200 CM. 73.00 4.1.2.5.3.75 NARANJO (54X57 Y 55X75) 200 CM. 73.00 4.1.2.5.3.76 NEGUNDO (54X57 Y 55X75) 200 CM. 90.00 4.1.2.5.3.76 AILE (54X57 Y 55X75) 200 CM. 90.00 4.1.2.5.3.76 TEPOZÁN (54X57 Y 55X75) 200 CM. 90.00 4.1.2.5.3.76 FRESNO (54X57 Y 55X75) 200 CM. 90.00 4.1.2.5.3.76 SAUCE LLORON (54X57 Y 55X75) 200 CM. 90.00 4.1.2.5.3.76 GUAYABO (54X57 Y 55X75) 200 CM. 90.00 4.1.2.5.3.76 ÁRBOL DE LA ORQUÍDEA (54X57 Y 55X75) 200 CM. 90.00 4.1.2.5.3.76 FRESNO (ÁRBOL DE ALINEAMIENTO EN

BOLSA DE 55X75 Y 70X90) 3,0 M 124.00

4.1.2.5.3.77 P. AYACAHUITE (54X57 Y 55X75) 200 CM. 111.00 4.1.2.5.3.77 CIPRÉS (54X57 Y 55X75) 200 CM. 111.00 4.1.2.5.3.77 GREVILIA (54X57 Y 55X75) 200 CM. 111.00 4.1.2.5.3.77 JACARANDA (54X57 Y 55X75) 200 CM. 111.00 4.1.2.5.3.77 LIQUIDÁMBAR (54X57 Y 55X75) 200 CM. 111.00 4.1.2.5.3.77 ENCINO (54X57 Y 55X75) 200 CM. 111.00 4.1.2.5.3.77 LAUREL DE LA INDIA (54X57 Y 55X75) 200 CM. 111.00 4.1.2.5.3.77 FICUS (54X57 Y 55X75) 200 CM. 111.00 4.1.2.5.3.78 TULIA (54X57 Y 55X75) 200 CM. 246.00 4.1.2.5.3.78 AHUEHUETE (54X57 Y 55X75) 200 CM. 246.00 4.1.2.5.3.78 CEDRO LIMÓN (54X57 Y 55X75) 200 CM. 246.00 4.1.2.5.3.78 MAGNOLIA (54X57 Y 55X759 200 CM. 246.00 4.1.2.5.3.78 ARAUCARIA (54X57 Y 55X75) 200 CM. 246.00 4.1.2.5.3.78 PALMA ABANICO (54X57 Y 55X75) 200 CM. 246.00 4.1.2.5.3.78 PALMA CANARIA (54X57 Y 55X75) 200 CM. 246.00 4.1.2.5.3.79 TEPOZÁN (70X90, 80X110 Y 90X100) 300 CM. 165.00 4.1.2.5.3.79 SAUCE LLORON (70X90, 80X110 Y 90X100) 300 CM. 165.00 4.1.2.5.3.79 GUAYABO (70X90, 80X110 Y 90X100) 300 CM. 165.00 4.1.2.5.3.79 ÁRBOL DE LA ORQUÍDEA (70X90, 80X110 Y

90X100) 300 CM. 165.00

4.1.2.5.3.79 ACACIA (70X90, 80X110 Y 90X100) 300 CM. 165.00 4.1.2.5.3.79 AGUACATILLO (70X90, 80X110 Y 90X100) 300 CM. 165.00 4.1.2.5.3.79 TROENO ÁRBOL (70X90, 80X110 Y 90X100) 300 CM. 165.00 4.1.2.5.3.79 AHUEJOTE (70X90, 80X110 Y 90X100) 300 CM. 165.00

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42 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

4.1.2.5.3.79 PIRÚL COMÚN (70X90, 80X110 Y 90X100) 300 CM. 165.00 4.1.2.5.3.79 PIRÚL DEL BRASIL (70X90, 80X110 Y 90X100) 300 CM. 165.00 4.1.2.5.3.79 TAMARIX (70X90, 80X110 Y 90X100) 300 CM. 165.00 4.1.2.5.3.79 DURAZNO (70X90, 80X100 Y 90X100) 300 CM. 165.00 4.1.2.5.3.79 CAPULÍN (70X90, 80X110 Y 90X100) 300 CM. 165.00 4.1.2.5.3.79 CALISTEMO (70X90, 80X110 Y 90X100) 300 CM. 165.00 4.1.2.5.3.79 ASTRONÓMICA (70X90, 80X110 Y 90X100) 300 CM. 165.00 4.1.2.5.3.79 LIMÓN (70X90, 80X110 Y 90X100) 300 CM. 165.00 4.1.2.5.3.79 MANDARINO (70X90, 80X110 Y 90X100) 300 CM. 165.00 4.1.2.5.3.79 NARANJO (70X90, 80X110 Y 90X100) 300 CM. 165.00 4.1.2.5.3.80 CIPRÉS (70X90, 80X110 Y 90X100) 300 CM. 222.00 4.1.2.5.3.80 CIRUELO ROJO (70X90, 80X110 Y 90X100) 300 CM. 222.00 4.1.2.5.3.80 PERA CALLERYANA (70X90, 80X110 Y

90X100) 300 CM. 222.00

4.1.2.5.3.80 LAUREL DE LA INDIA (70X90, 80X110 Y 90X100)

300 CM. 222.00

4.1.2.5.3.80 FICUS (70X90, 80X110 Y 90X100) 300 CM. 222.00 4.1.2.5.3.81 ENCINO (70X90, 80X110 Y 90X100) 300 CM. 308.00 4.1.2.5.3.82 AHUEHUETE (70X90, 80X110 Y 90X100) 300 CM. 394.00 4.1.2.5.3.82 CEDRO LIMÓN (70X90, 80X110 Y 90X100) 300 CM. 394.00 4.1.2.5.3.82 MAGNOLIA (70X90, 80X110 Y 90X100) 300 CM. 394.00 4.1.2.5.3.82 PALMA ABANICO (70X90, 80X110 Y 90X100) 300 CM. 394.00 4.1.2.5.3.82 PALMA CANARIA (70X90, 80X110 Y 90X100) 300 CM. 394.00 4.1.2.5.3.83 CIPRÉS (70X90, 80X110 Y 90X100) 400 CM. 369.00 4.1.2.5.3.83 LIQUIDÁMBAR (70X90, 80X110 Y 90X100) 400 CM. 369.00 4.1.2.5.3.83 CIRUELO ROJO (70X90, 80X110 Y 90X100) 400 CM. 369.00 4.1.2.5.3.83 PERA CALLERIANA (70X90, 80X110 Y

90X100) 400 CM. 369.00

4.1.2.5.3.83 LAUREL DE LA INDIA (70X90, 80X110 Y 90X100)

400 CM. 369.00

4.1.2.5.3.83 FICUS (70X90, 80X110 Y 90X100) 400 CM. 369.00 4.1.2.5.3.84 ENCINO (70X90, 80X110 Y 90X100) 400 CM. 555.00 4.1.2.5.3.84 AHUEHUETE (70X90, 80X110 Y 90X100) 400 CM. 555.00 4.1.2.5.3.84 CEDRO LIMÓN (70X90, 80X110 Y 90X100) 400 CM. 555.00 4.1.2.5.3.84 MAGNOLIA (70X90, 80X110 Y 90X100) 400 CM. 555.00 4.1.2.5.3.84 ARAUCARIA (70X90, 80X110 Y 90X100) 400 CM. 555.00 4.1.2.5.3.84 PALMA ABANICO (70X90, 80X110 Y 90X100) 400 CM. 555.00 4.1.2.5.3.84 PALMA CANARIA (70X90, 80X110 Y 90X100) 400 CM. 555.00 4.1.2.5.3.85 PANALILLO (ESPECIE ORNAMENTAL

CUBRESUELO EN BOLSA DE 17X17 Y 22X22) 10 A 25 CM. 7.00

4.1.2.5.3.85 PANALILLO (17X17) 4.00 4.1.2.5.3.86 KALANCHOE (ESPECIE ORNAMENTAL

FLORAL EN BOLSA DE 22X22 Y 25X30) 10 A 25 CM. 15.00

4.1.2.5.3.86 KALANCHOE (20X25, 22X22 Y 25X30) 6.00 4.1.2.5.3.87 GAZANIA (ESPECIE ORNAMENTAL FLORAL

EN MACETA DE PLÁSTICO DEL NO. 6 Y/O SU EQUIVALENTE EN BOLSA DE 25X30)

20 A 30 CM. 9.00

4.1.2.5.3.87 GAZANIA (20X25, 22X22 Y 25X30) 4.00 4.1.2.5.3.88 GUDELIA (ORNAMENTAL TAPIZANTE EN

BOLSA DE 17X17 Y 22X22) 5 A 15 CM. 7.00

4.1.2.5.3.88 GUDELIA (17X17, 22X22 Y 20X25) 4.00 4.1.2.5.3.89 BELÉN DE GUINEA (ESPECIE ORNAMENTAL

FLORAL EN MACETA DE PLÁSTICO DEL NO. 6 Y /O SU EQUIVALENTE EN 25X30)

15 A 35 CM. 15.00

4.1.2.5.3.89 BELÉN DE GUINEA (22X22, 20X25 Y 25X35) 6.00

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 43

4.1.2.5.3.90 CORTINA (ESPECIE ORNAMENTAL

CUBRESUELO EN BOLSA DE 17X17 Y 22X22) 10 A 25 CM. 7.00

4.1.2.5.3.90 CORTINA (ORNAMENTAL-CUBREPISO EN BOLSA DE 20X25)

10 A 20 CM. 5.00

4.1.2.5.3.91 NOLINA (ESPECIE ORNAMENTAL EN BOLSA DE 40X40)

50 CM. 13.00

4.1.2.5.3.92 LIQUIDÁMBAR (ÁRBOL DE ALINEAMIENTO EN BOLSA DE 40X40)

1.50 A 1.99 M 73.00

4.1.2.5.3.92 LIQUIDÁMBAR (ÁRBOL DE ALINEAMIENTO EN M.D. NO. 1, 54X57 Y 75X55)

300 CM. 234.00

4.1.2.5.3.93 CALISTEMO (ÁRBOL EN BOLSA DE 40X40) 150 CM. 55.00 4.1.2.5.3.94 AVE DEL PARAÍSO (ORNAMENTAL EN

BOLSA DE 54X57) 80 CM. 55.00

4.1.2.5.3.95 YUCA (ORNAMENTAL EN BOLSA DE 40X40) 60 A 100 CM. 73.00 4.1.2.5.3.96 AGAVE (ESPECIE ORNAMENTAL EN

CONTENEDOR DE 40X40) 30 A 50 CM. 45.00

4.1.2.5.3.97 MANZANO (ÁRBOL FRUTAL EN CONTENEDOR DE 20X25)

150 CM. 24.00

4.1.2.5.3.97 MANZANO (ÁRBOL FRUTAL EN CONTENEDOR DE 40X40)

200 CM. 73.00

4.1.2.5.3.98 NOGAL (ESPECIE FRUTAL EN ENVASE DE 20X25)

150 CM. 24.00

4.1.2.5.3.98 NOGAL (ESPECIE FRUTAL EN ENVASE DE 40X40)

200 CM. 73.00

4.1.2.5.3.99 CHABACANO (ÁRBOL FRUTAL EN BOLSA DE 20X25)

150 CM. 24.00

4.1.2.5.3.99 CHABACANO (ÁRBOL FRUTAL EN BOLSA DE 40X40)

200 CM. 73.00

4.1.2.5.3.100 TEJOCOTE (ÁRBOL FRUTAL EN BOLSA DE 40X40)

1.50 A 2.0 M 73.00

4.1.2.5.3.100 TEJOCOTE (ÁRBOL FRUTAL EN BOLSA DE 20X25)

150 CM. 24.00

4.1.2.5.3.101 HIGUERA (ÁRBOL FRUTAL EN BOLSA DE 20X25)

150 CM. 24.00

4.1.2.5.3.102 GRANADO (ARBUSTO FRUTAL EN BOLSA DE 20X25)

150 CM. 24.00

4.1.2.5.3.103 PALO DULCE (ARBUSTO DE SOTOBOSQUE EN BOLSA DE 20X25)

100 A 150 CM. 15.00

4.1.2.5.3.103 PALO DULCE (ÁRBOL NATIVO EN BOLSA DE 40X40)

1.50 A 2.0 M 45.00

4.1.2.5.3.104 MADROÑO (ÁRBOL FORESTAL EN BOLSA DE 40X40)

100 A 150 CM. 50.00

4.1.2.5.3.105 PINO MONTEZUMAE (ÁRBOL FORESTAL EN BOLSA DE 40X40)

100 A 150 CM. 50.00

4.1.2.5.3.106 TABACHIN (ARBUSTO URBANO EN BOLSA DE 38X38)

150 A 200 CM. 148.00

4.1.2.5.3.107 GALVIA (ORNAMENTAL RASTRERA EN BOLSA DE 17X17)

90 CM. 10.00

4.1.2.5.3.108 SIEMBREVIVA (ESPECIE ORNAMENTAL DE SOL EN BOLSA DE 25X30)

40 CM. 10.00

4.1.2.5.3.109 SIEMPREVIVA (ORNAMENTAL CUBREPISO EN BOLSA DE 17X17 Y 22X22)

30 A 60 CM. 7.00

4.1.2.5.3.109 AZALEA (ORNAMENTAL DE SEMISOMBRA EN BOLSA DE 38X38)

90 CM. 85.00

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44 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

4.1.2.5.3.111 CLAVO ENANO (PLANTA ORNAMENTAL EN

BOLSA DE 25X30) 20 A 35 CM. 13.00

4.1.2.5.3.112 ACANTO (ESPECIE ORNAMENTAL FLORAL EN MACETA

15.00

4.1.2.5.3.113 LINO AFRICANO (ORNAMENTAL CUBREPISO EN BOLSA DE 25X30)

30 A 60 CM. 24.00

4.1.2.5.3.114 ACACIA AZUL (ÁRBOL DE ALINEAMIENTO EN BOLSA DE 40X40)

1.50 A 2.0 M 73.00

4.1.2.5.3.114 ACACIA AZUL (ÁRBOL DE ALINEAMIENTO EN BOLSA DE 55X75 Y 70X90)

2.0 A 2.50 M 111.00

4.1.2.5.3.114 ACACIA AZUL (ÁRBOL DE ALINEAMIENTO EN BOLSA DE 55X75 Y 70X90)

2.50 A 3.00 M 165.00

4.1.2.5.3.114 ACACIA AZUL (ÁRBOL DE ALINEAMIENTO EN BOLSA DE 70X90 Y 90X100 Y SUELO)

3.0 A 4.0 M 283.00

4.1.2.5.3.114 ACACIA AZUL (ÁRBOL DE ALINEAMIENTO EN BOLSA DE 90X100 Y 80X110 Y SUELO)

4.0 A 5.0 M 369.00

4.1.2.5.3.115 FLOR DE MAYO (ÁRBOL ORNAMENTAL EN BOLSA DE 55X575 Y 70X90)

2.0 A 2.50 M 85.00

4.1.2.5.3.116 EVÓNIMO DORADO (ARBUSTO ORNAMENTAL EN BOLSA DE 25X30)

25 A 50 CM. 13.00

4.1.2.5.3.117 TROENO DORADO (ARBUSTO ORNAMENTAL EN BOLSA DE 25X30)

30 A 50 CM. 13.00

4.1.2.5.3.118 ROCIÓ (ORNAMENTAL TAPIZANTE EN BOLSA DE 17X17)

5 A 15 CM. 7.00

4.1.2.5.3.118 ROCIÓ (ORNAMENTAL TAPIZANTE EN BOLSA DE 22X22)

5 A 15 CM. 7.00

4.1.2.5.3.119 DEDO MORO (ESPECIE ORNAMENTAL CUBRESUELO EN BOLSA DE 17X17 Y 22X22)

10 A 25 CM. 7.00

4.1.2.5.3.120 BEGONIA (ESPECIE ORNAMENTAL FLORAL EN MACETA DE PLÁSTICO DEL NO. 6 Y/O SU EQUIVALENTE EN 25X30)

25 A 45 CM. 15.00

4.1.2.5.3.121 HORTENSIA (ESPECIE ORNAMENTAL FLORAL EN MACETA DE PLÁSTICO DEL NO.7,Y/O SU EQUIVALENTE EN 25X30)

25 A 40 CM. 22.00

4.1.2.5.3.122 CHISME (ORNAMENTAL CUBREPISO EN BOLSA DE 17X17 Y 22X22)

5 A 10 CM. 7.00

4.1.2.5.3.123 VELO DE NOVIA (ORNAMENTAL CUBREPISO EN BOLSA DE 17X17 Y 22X22)

5 A 15 CM. 4.00

4.1.2.5.3.124 MARIGOLD (ESPECIE ORNAMENTAL FLORAL EN BOLSA DE 22X22)

15 A 30 CM. 15.00

2.5.1.2 SERVICIO DE DERRIBO, PODA, TRASPLANTE Y RETIRO DE ÁRBOLES

POR METRO DE ALTURA 88.00

2.5.1.2.1.1 ACARREO Y TRASLADO AL SITIO DE DEPOSICIÓN DE MATERIALES PRODUCTO DE LA PODA Y DERRIBO DE ÁRBOLES

CAMIÒN DE 6M3/VIAJE 754.00

2.7.1.2.11 PARA LA ACREDITACIÓN DE DICTAMINADORES EN ARBOLADO URBANO

PERSONA/CURSO 3,200.00

4.1.1.4.2 MANUAL TÉCNICO DE PODA PIEZA 185.00 2.5.1.2.16 PODA DE ÁRBOLES, ACARREO Y

TRASLADO PARA LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD

PIEZA/ÁRBOL 486.00

2.5.1.6.1 ECOBICI INSCRIPCIÓN ANUAL 345.00 2.5.1.6.2 ECOBICI REPOSICIÓN DE TARJETA TARJETA 9.00

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 45

2.5.1.6.3 ECOBICI RENTA POR TIEMPO A PARTIR DEL

MINUTO 30 CON 01 SEGUNDOS Y HASTA EL MINUTO 60

APARTIR DEL MINUTO 30 CON 01 SEGUNDOS Y HASTA EL

MINUTO 60

9.00

2.5.1.6.4 ECOBICI RENTA POR TIEMPO A PARTIR DEL MINUTO 60 CON 01 SEGUNDOS

POR HORA O FRACCIÒN 30.00

2.5.1.6.5 ECOBICI EXTRAVIÓ DE BICICLETAS O PODER UTILIZAR LA BICICLETA MÁS DE 24 HORAS

BICICLETA (EXTRAVIO/UTILIZACIÒN DE

MAS DE 24 HORAS)

4,310.00

2.5.16.6 ECOBICI INSCRIPCIÓN 24 HORAS 24 HORAS 78.00 2.5.16.7 ECOBICI INSCRIPCIÓN 72 HORAS 72 HORAS 155.00 2.5.16.8 ECOBICI INSCRIPCIÓN 7 DÍAS 7 DIAS 259.00 2.5.17.1 REPOSICIÓN DE ACREDITACIONES PERSONA 45.00 2.5.18.1 CURSO PARA LA RENOVACIÓN DE LA

ACREDITACIÓN DE DICTAMINADORES EN ARBOLADO URBANO DE ACUERDO A LA NADF-001-RNAT-2006

PERSONA 642.00

DIRECCIÓN GENERAL DE ZOOLÓGICOS Y VIDA SILVESTRE

1.4.1.1.1.2.1 COMEDOR PARA EL PERSONAL (72.30M2) MES 1,210.00 1.4.1.1.1.2.2 USO DE ESPACIO PARA LA OPERACIÓN DE

UN SIMULADOR DE VIAJES (40 M2) MES 25,488.00

1.4.1.1.1.3.1 AUDIOGUIAS (DOS MÓDULOS 2.78 X 2.47 M2 Y 2.47 X 2.47 M2)

MES 9,583.00

1.4.1.1.1.3.2 INSTALACIÓN DE UNA MAQUINA IMPRESORA DE FOTOGRAFÍAS (6.46 M2)

MES 4,843.00

1.4.1.1.1.3.3 VENTA DE FOTOGRAFÍAS (9.34 M2) MES 6,920.00 1.4.1.1.1.1.6 USO DE ESPACIO PARA LA VENTA DE

GLOBOS, SONAJAS, FIGURAS INFLABLES Y FIGURAS DE GLOBO (1.00M2)

MES 214.00

1.4.1.1.1.1.7 USO DE ESPACIO PARA LA VENTA DE GLOBOS, REHILETES, AVIONES Y SONAJAS (1.00M2)

MES 214.00

1.4.1.1.1.1.8 USO DE ESPACIO PARA TALLER DE PINTURA (12.00M2)

MES 94.00

1.4.1.1.1.1.1 USO DE ESPACIO PARA LA VENTA DE REGALOS, SOUVENIRS, FOTOGRAFÍA Y PINTACARITAS (3.92 M2)

MES 2,297.00

1.4.1.1.1.1.2 USO DE ESPACIO PARA LA VENTA PALETAS DE HIELO, CREMA Y HELADOS (0.50 M2)

MES 214.00

1.4.1.1.1.1.3 USO DE ESPACIO PARA LA VENTA DE DULCES CRISTALIZADOS Y ALGODONES (1.00 M2)

MES 214.00

1.4.1.1.1.1.4 USO DE ESPACIO PARA LA VENTA DE CHICHARRONES, FRITURAS, REFRESCOS Y RASPADOS (1.14 M2)

MES 214.00

1.4.1.1.1.1.5 USO DE ESPACIO PARA LA VENTA DE ELOTES Y ESQUITES (2.25 M2)

MES 928.00

2.7.9.1.1 CURSO DE VERANO ZOO ARAGÓN SERVICIO 466.00 2.7.9.2.1 CURSO DE VERANO ZOO CHAPULTEPEC SERVICIO 466.00 2.7.9.3.1 CURSO DE VERANO ZOO COYOTES SERVICIO 466.00 4.1.1.1.4 MAPA GUÍA MAPA GUIA 5.00 4.1.1.1.5 CALENDARIO PIEZA 93.00 4.1.1.1.6 TARJETA POSTAL PIEZA 4.00 2.7.13.1 PRÉSTAMO TEMPORAL DEL EJEMPLAR DE

PANDA GIGANTE PRÉSTAMO

3,364,782.00

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46 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

1.2.4.3.5 CUOTA DE RECUPERACIÓN DE CARÁCTER

VOLUNTARIO POR EL SERVICIO DE RECREACIÓN, ESPARCIMIENTO Y EDUCACIÓN DENTRO DE LOS ZOOLÓGICOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

N.D. N.D.

DIRECCIÓN GENERAL DE LA COORDINACIÓN DE RECURSOS

NATURALES

2.5.9.7.1 CONTENIDO DE HUMEDAD PRUEBA 58.00 2.5.9.7.2 PUREZA PRUEBA 117.00 2.5.9.7.3 NUMERO DE SEMILLAS POR KILOGRAMO PRUEBA 82.00 2.5.9.7.4 VIABILIDAD PRUEBA 112.00 2.5.9.7.5 GERMINACIÓN PRUEBA 202.00 2.5.9.8.1 PROCESAMIENTO DE CONOS HASTA EL

ENVASADO DE SEMILLAS PARA SU ALMACENAMIENTO

KG. DE CONO O FRUTO 4.00

2.5.9.8.2 PROCESAMIENTO DE SEMILLA SUCIA PARA BENEFICIO Y LIMPIEZA Y CLASIFICACIÓN POR TAMAÑO HASTA SU ALMACENAMIENTO

KILOGRAMO 48.00

2.5.9.8.3 ALMACENAMIENTO DE SEMILLA DE CÁMARA FRÍA (-18° C)

TONELADA 5,740.00

3.2.1.1.1 P.H. PRUEBA 18.00 3.2.1.1.2 CONDUCTIVIDAD ELÉCTRICA PRUEBA 23.00 3.2.1.1.3 SODIO PRUEBA 70.00 3.2.1.1.4 POTASIO PRUEBA 42.00 3.2.1.1.5 POTASIO INTERCAMBIABLE PRUEBA 37.00 3.2.1.1.6 CALCIO PRUEBA 42.00 3.2.1.1.7 MAGNESIO PRUEBA 42.00 3.2.1.1.8 RELACIÓN DE ADSORCIÓN DE SODIO (RAS) PRUEBA 42.00 3.2.1.1.9 INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS MUESTRA 117.00 3.2.1.1.10 HIERRO PRUEBA 42.00 3.2.1.1.11 COBRE PRUEBA 42.00 3.2.1.1.12 MANGANESO PRUEBA 42.00 3.2.1.1.13 ZINC PRUEBA 42.00 3.2.1.1.14 CADMIO PRUEBA 42.00 3.2.1.1.15 NÍQUEL PRUEBA 42.00 3.2.1.1.16 PLOMO PRUEBA 42.00 3.2.1.2.1.1 DENSIDAD APARENTE PRUEBA 23.00 3.2.1.2.1.2 CONTENIDO DE HUMEDAD PRUEBA 23.00 3.2.1.2.1.3 GRANULOMETRIA (TAMAÑO DE

PARTÍCULAS) PRUEBA 29.00

3.2.1.2.1.4 TEXTURA (BOUYOUCOS) PRUEBA 34.00 3.2.1.2.2.1 P.H. PRUEBA 18.00 3.2.1.2.2.2 CONDUCTIVIDAD ELÉCTRICA PRUEBA 34.00 3.2.1.2.2.3.1 NITRÓGENO TOTAL PRUEBA 70.00 3.2.1.2.2.3.2 FÓSFORO EXTRAÍBLE PRUEBA 42.00 3.2.1.2.2.3.3 POTASIO INTERCAMBIABLE PRUEBA 42.00 3.2.1.2.2.3.4 CALCIO INTERCAMBIABLE PRUEBA 42.00 3.2.1.2.2.3.5 MAGNESIO INTERCAMBIABLE PRUEBA 42.00 3.2.1.2.2.4.1 SODIO INTERCAMBIABLE PRUEBA 42.00 3.2.1.2.2.4.2 HIERRO PRUEBA 42.00 3.2.1.2.2.4.3 COBRE PRUEBA 42.00 3.2.1.2.2.4.4 MANGANESO PRUEBA 42.00 3.2.1.2.2.4.5 ZINC PRUEBA 42.00

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 47

3.2.1.2.2.4.6 NÍQUEL PRUEBA 76.00 3.2.1.2.2.4.7 CADMIO PRUEBA 76.00 3.2.1.2.2.4.8 PLOMO PRUEBA 76.00 3.2.1.2.2.4.9 MATERIA ORGÁNICA PRUEBA 47.00 3.2.1.2.3 INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS DE LOS

LABORATORIOS FÍSICO Y QUÍMICO MUESTRA 234.00

3.2.1.3.1 NITRÓGENO PRUEBA 42.00 3.2.1.3.2 DIGESTIÓN DE LA MUESTRA PARA

DETERMINAR LOS SIGUIENTES ELEMENTOS PRUEBA 37.00

3.2.1.3.3.1 FÓSFORO PRUEBA 36.00 3.2.1.3.3.2 POTASIO PRUEBA 33.00 3.2.1.3.3.3 CALCIO PRUEBA 42.00 3.2.1.3.3.4 MAGNESIO PRUEBA 36.00 3.2.1.3.4.1 HIERRO PRUEBA 29.00 3.2.1.3.4.2 MANGANESO PRUEBA 29.00 3.2.1.3.4.3 ZINC PRUEBA 29.00 3.2.1.3.4.4 COBRE PRUEBA 29.00 3.2.1.3.4.5 MOLIBDENO PRUEBA 30.00 3.2.1.3.5 INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS MUESTRA 174.00 3.2.2.1.1 RAÍZ PRUEBA 1,166.00 3.2.2.1.2 TALLO PRUEBA 1,166.00 3.2.2.1.3 HOJA PRUEBA 1,166.00 3.2.2.1.4 FLOR PRUEBA 1,166.00 3.2.2.1.5 FRUTO PRUEBA 1,166.00 3.2.2.1.6 SEMILLA PRUEBA 1,166.00 3.2.2.1.7 INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS MUESTRA 583.00 3.2.2.2 IDENTIFICACIÓN DE HONGOS

FITOPATÓGENOS EN SUSTRATOS PRUEBA 1,166.00

4.1.2.2.2.1 ÁRBOL EN CONTENEDOR V-93 ÁRBOL FORESTAL 2.00 4.1.2.2.2.2 ÁRBOL EN CONTENEDOR V-310 ÁRBOL FORESTAL 8.00 4.1.2.2.2.3 ÁRBOL EN CONTENEDOR V-530 ÁRBOL FORESTAL 10.00 4.1.2.2.5 VENTA DE ÁRBOLES FRUTALES PIEZA 73.00 4.1.2.2.6 TRANSPORTE DE PLANTA KM 19.00 4.1.4.7.5 CONTENEDORES Y PALLETS KG 2.00 DIRECCIÓN GENERAL DE LA CALIDAD

DEL AIRE

1.11.1.2. RATIFICACIÓN DE AUTORIZACIÓN PARA OPERAR Y MANTENER UN CENTRO DE VERIFICACIÓN VEHICULAR POR LÍNEA DE VERIFICACIÓN A GASOLINA Y DUAL

POR LINEA DE VERIFICACION A GASOLINA Y DUAL

15,573.00

2.5.9.11.2 RATIFICACIÓN DE AUTORIZACIÓN PARA OPERAR Y MANTENER UN CENTRO DE VERIFICACIÓN VEHICULAR POR LÍNEA DE VERIFICACIÓN A GASOLINA Y DUAL

CREDENCIAL 5,191.00

2.5.9.11.1 EXAMEN DEL PERSONAL OPERATIVO DE LOS VERIFICENTROS DE LA ZONA ECONÓMICA "A"

PRUEBA 260.00

2.5.9.11.2 CREDENCIALES DEL PERSONAL OPERATIVO DE LOS VERIFICENTROS DE ZONA ECONÓMICA "A"

CREDENCIAL 78.00

DIRECCIÓN GENERAL DE REGULACIÓN AMBIENTAL

1.4.1.5.1 DECLARATORIA DE CUMPLIMIENTO AMBIENTAL

POR OBRA 4,027.00

1.4.1.5.2 EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA POR OBRA 10,740.00

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48 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

1.4.1.5.3 INCLUSIÓN AL PADRÓN DE LABORATORIOS

AMBIENTALES MEDIANTE EL REGISTRO DE PERDONAS FÍSICAS/MORALES PARA LA MATERIA DE ANÁLISIS DE AGUAS RESIDUALES

ANUAL POR MUESTREADOR 523.00

1.4.1.5.4 INCLUSIÓN AL PADRÓN DE LABORATORIOS AMBIENTALES MEDIANTE EL REGISTRO DE PERDONAS FÍSICAS/MORALES PARA LA MATERIA DE EMISIONES A LA ATMOSFERA

ANUAL POR ANALIZADOR DE GASES

3,924.00

1.4.1.5.5 INCLUSIÓN AL PADRÓN DE LABORATORIOS AMBIENTALES MEDIANTE EL REGISTRO DE PERDONAS FÍSICAS/MORALES PARA LA MATERIA DE RECUPERACIÓN DE VAPORES

ANUAL POR ANALIZADOR DE GASES

3,924.00

1.4.1.5.6 INCLUSIÓN AL PADRÓN DE LABORATORIOS AMBIENTALES MEDIANTE EL REGISTRO DE PERDONAS FÍSICAS/MORALES PARA LA MATERIA DE EMISIONES SONORAS

ANUAL POR SONOMETRO 2,616.00

1.4.1.5.7 INCLUSIÓN AL PADRÓN DE LABORATORIOS AMBIENTALES MEDIANTE EL REGISTRO DE PERSONAS FÍSICAS/MORALES PARA LA MATERIA DE VIBRACIONES MECÁNICAS

ANUAL POR ACELEROMETRO 654.00

1.4.1.5.8 RENOVACIÓN DE LA INCLUSIÓN EN EL REGISTRO AL PADRÓN DE LABORATORIOS AMBIENTALES DE PERSONAS FÍSICAS/MORALES PARA LA MATERIA DE ANÁLISIS DE AGUAS RESIDUALES

ANUAL POR MUESTREADOR 335.00

1.4.1.5.9 RENOVACIÓN DE LA INCLUSIÓN EN EL REGISTRO AL PADRÓN DE LABORATORIOS AMBIENTALES DE PERSONAS FÍSICAS/MORALES PARA LA MATERIA DE EMISIONES A LA ATMOSFERA

ANUAL POR ANALIZADOR DE GASES

3,140.00

1.4.1.5.10 RENOVACIÓN DE LA INCLUSIÓN EN EL REGISTRO AL PADRÓN DE LABORATORIOS AMBIENTALES DE PERSONAS FÍSICAS/MORALES PARA LA MATERIA DE RECUPERACIÓN DE VAPORES

ANUAL POR ANALIZADOR DE GASES

3,140.00

1.4.1.5.11 RENOVACIÓN DE LA INCLUSIÓN EN EL REGISTRO AL PADRÓN DE LABORATORIOS AMBIENTALES DE PERSONAS FÍSICAS/MORALES PARA LA MATERIA DE EMISIONES SONORAS

ANUAL POR SONOMETRO 2,093.00

1.4.1.5.12 RENOVACIÓN DE LA INCLUSIÓN EN EL REGISTRO AL PADRÓN DE LABORATORIOS AMBIENTALES DE PERSONAS FÍSICAS/MORALES PARA LA MATERIA DE VIBRACIONES MECÁNICAS

ANUAL POR MUESTREADOR 523.00

1.4.1.5.13 LEVANTAMIENTO DE LA SUSPENSIÓN DE LA AUTORIZACIÓN Y REGISTRO PERTENECIENTE A PERSONAS FÍSICAS/MORALES (LABORATORIO AMBIENTAL) EN EL PADRÓN DE LABORATORIOS AMBIENTALES

POR EVENTO DE SUSPENSION 5,191.00

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 49

1.4.1.5.14 ALTA DE PERSONAL EN EL REGISTRO Y

AUTORIZACIÓN EN EL PADRÓN DE LABORATORIOS AMBIENTALES

POR MODIFICACION DEL PERSONAL REGISTRADO ANTE EL PADRON DE LABORATORIOS

AMBIENTALES

519.00

1.4.1.5.15 ALTA DE EQUIPO EN EL REGISTRO Y AUTORIZACIÓN EN EL PADRÓN DE LABORATORIOS AMBIENTALES

POR MODIFICACION DEL EQUIPO REGISTRADO

519.00

Nota: Cuando preceda, de acuerdo a la Ley del Impuesto al Valor Agregado a las cuotas se les deberá adicionar el I.V.A.

TRANSITORIOS Primero.- Los presentes conceptos y cuotas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación. Segundo.- La Dirección Ejecutiva de Administración, a través de la Dirección de Recursos Financieros, deberá dar a conocer el presente documento, a los Centros Generadores de Ingresos de Aplicación Automática, para su observancia y aplicación. Tercero.- Quedan sin efectos las Reglas para el Control y Manejo de los Ingresos que se recauden por concepto de aprovechamientos y productos que se asignen a las Dependencias, Delegaciones y órganos Desconcentrados que los generen, mediante el mecanismo de Aplicación Automática de Recursos, publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 29 de enero de 2013.

México D.F; a 24 de febrero de 2014

(Firma)

LIC. IGNACIO CASTRO PALACIOS DIRECTOR EJECUTIVO DE ADMINISTRACIÓN

EN LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE

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50 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

SECRETARÍA DE SALUD

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS DÍAS INHÁBILES DE LA OFICINA DE INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA SECRETARÍA DE SALUD DEL DISTRITO FEDERAL Y DE LOS SERVICIOS DE SALUD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, CORRESPONDIENTES AL AÑO 2014 Y ENERO DE 2015, PARA EFECTOS DE LOS ACTOS Y PROCEDIMIENTOS COMPETENCIA DE ESTAS OFICINAS. DOCTOR JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA, Secretario de Salud del Distrito Federal y Director General de los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 87, 97, 98 y 99 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 14 fracción lX del Estatuto Orgánico de los Servicios de Salud del Distrito Federal; 16 fracción lV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, y;

CONSIDERANDO Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal (LTAIPDF), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de agosto de 2011, uno de sus objetivos es proveer lo necesario para que toda persona pueda tener acceso a la información pública gubernamental, mediante procedimientos sencillos, expeditos y gratuitos. Que la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, en su artículo 29, establece que serán días de descanso obligatorio los que señale el calendario oficial y el que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral. Que asimismo de acuerdo a la última reforma del Decreto por el que se establece el Calendario Oficial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2006, son días de descanso obligatorio el 1 de enero, el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero, el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo, 1 y 5 de mayo, 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre, el 1 de diciembre de cada seis años y el 25 de diciembre. Que la Ley Federal del Trabajo en su artículo 74, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII y IX, disponen que son días de descanso obligatorio, entre otros, el 1 de enero, el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero, el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo, el 1 de mayo, el 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre, el 1 de diciembre de cada seis años, el 25 de diciembre y el que determinen las leyes federales y locales electorales. Que la LTAIPDF establece en su artículo 7 que en todas aquellas cuestiones relacionadas con el procedimiento no previstas en dicho ordenamiento, se aplicará la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal y, en su defecto, el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. Que de conformidad con el artículo 71 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, las actuaciones y diligencias en ella previstas se practicarán en días y horas hábiles, considerando como inhábiles los días: sábados y domingos, 1 de enero, el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero, el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo, el 1 de mayo, el 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre, el 1 de diciembre de cada seis años, el 25 de diciembre y aquellos en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores, los que se harán del conocimiento público mediante acuerdo del titular de la dependencia, entidad o delegación respectiva, que se publicará en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Que existe un criterio interpretativo identificado con el número 199650 emitido por el Poder Judicial de la Federación, visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, del mes de enero de 1997, tomo V, página 479, en el sentido de que es un hecho notorio de que las festividades religiosas como semana santa y el día de muertos inciden para computar los términos legales, ya que generalmente las oficinas de las autoridades, entre otras las fiscales, permanecen cerradas

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 51

Sin perjuicio de lo dispuesto por los artículos 9, 10, 11 y 12 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, de conformidad con lo señalado por el artículo 4 fracción Xlll del citado ordenamiento, la Oficina de Información Pública es la unidad administrativa receptora de las peticiones ciudadanas de información, a cuya tutela estará el trámite de las mismas, conforme al reglamento de la Ley; y con la finalidad de otorgar seguridad jurídica todas las personas vinculadas de cualquier forma con los procedimientos que se tramitan ante la Oficina de Información Pública de la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud Pública, ambos del Distrito Federal, se dan a conocer al público en general, el siguiente: Que en términos de lo dispuesto por los artículos 32, 35, 38 y 40 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal (LPDPDF), se establecen plazos perentorios para la atención de las solicitudes de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales en posesión de Entes Públicos y la sustanciación y resolución del recurso de revisión competencia del Instituto de Acceso a al Información y Protección de Datos Personales del Distrito Federal. Que el numeral 31 de los “Lineamientos para la gestión de solicitudes de información pública y de datos personales a través del sistema INFOMEX del Distrito Federal”, establece que serán días inhábiles, entre otros, el 1 de enero, el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero, el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo, 1 de mayo; 16 de septiembre; tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre y el 25 de diciembre. Asimismo, en dicho ordenamiento se consideran inhábiles los días en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores o los términos relativos a los procedimientos previstos en dichos Lineamientos, mismos que se publicarán en la Gaceta Oficial del Distrito Federal o en el órgano de difusión oficial que corresponda, además de darse a conocer en el portal de Internet del Instituto y en el sistema INFOMEX. Que durante los días declarados inhábiles para esta Oficina de Información Pública se suspenderán los plazos y términos relacionados con:

• La recepción de respuestas por parte de la Áreas Administrativas. • La atención a las solicitudes de acceso a la información pública, y de acceso, rectificación, cancelación y oposición

de solicitudes de datos personales que son presentadas y tramitadas en la Oficina de Información Pública. • La recepción, substanciación y seguimiento de los recursos de revisión, revocación y denuncias interpuestas ante

posibles incumplimientos a la LTAIPDF • La recepción, substanciación, resolución y seguimiento de los escritos interpuestos por probables infracciones a la

LPDPDF.

ACUERDO PRIMERO. Para efectos de la recepción, registro, trámite, resolución y notificación de las solicitudes de Acceso a la Información Pública y de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de Datos Personales que ingresan o se encuentran en proceso a través del Sistema Electrónico INFOMEX y TEL-INFODF, CORREO ELECTRÓNICO DE LA OFICINA DE INFORMACIÓN PÚBLICA ([email protected]), POR ESCRITO O EN FORMA PERSONAL y demás procedimientos administrativos, competencia de esta Oficina de Información Pública de la Secretaría de Salud del Distrito Federal y de los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, se considerarán inhábiles del año dos mil catorce los días: el 17 marzo en conmemoración del 21 de marzo; 14, 15, 16, 17 y 18 de abril; 1 y 5 de mayo; 21, 22, 23, 24, 25, 28, 29, 30 y 31 de julio; 1 de agosto; 16 de septiembre; 17 de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre y 22, 23, 24, 26, 29, 30 y 31 de diciembre de dos mil catorce, así como el 2, 5 y 6 de enero de dos mil quince. SEGUNDO.- Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en los estrados de la OIP y en el sitio de Internet de la Secretaría de Salud y de los Servicios de Salud Pública ambos del Distrito Federal.

TERCERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

México, Distrito Federal, a 04 de febrero de 2014

(Firma) DR. JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA

SECRETARIO DE SALUD DEL DISTRITO FEDERAL Y DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE

SALUD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

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52 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS CONCEPTOS Y CUOTAS POR CONCEPTO DE APROVECHAMIENTOS Y PRODUCTOS QUE SE GENEREN MEDIANTE EL MECANISMO DE APLICACIÓN AUTOMÁTICA DE RECURSOS EN LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL. MTRO. CARLOS JESÚS CADENA LOZANO, Oficial Mayor de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 15 fracción X y último párrafo, y 16 fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 10 fracciones IV y XI de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, y 15 fracción XIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal; y

CONSIDERANDO Que con fecha 20 de enero de 2014 se publicaron en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, las “Reglas para el Control y Manejo de los Ingresos que se recauden por Concepto de Aprovechamientos y Productos que se asignen a las Dependencias, Delegaciones y Órganos Desconcentrados que los generen, mediante el Mecanismo de Aplicación Automática de Recursos”. Que de conformidad con lo establecido en la Regla Séptima, numeral 2, de las “Reglas para el Control y Manejo de los Ingresos que se recauden por Concepto de Aprovechamientos y Productos que se asignen a las Dependencias, Delegaciones y Órganos Desconcentrados que los generen, mediante el mecanismo de Aplicación Automática de Recursos”, se deberá publicar en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el listado de conceptos, cuotas y tarifas que se aplicaran durante la vigencia de las Reglas. Que el listado de conceptos, cuotas y tarifas a que se refiere el considerando anterior deberá contener la clave, el concepto, la unidad de medida y tarifa a aplicar. Que con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Regla Séptima, numeral 2, de las referidas Reglas, he tenido a bien expedir el siguiente: AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS CONCEPTOS Y CUOTAS POR CONCEPTO DE APROVECHAMIENTOS Y PRODUCTOS QUE SE GENEREN MEDIANTE EL MECANISMO DE APLICACIÓN AUTOMÁTICA DE RECURSOS EN LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL. ÚNICO.- En cumplimiento a la Regla Séptima numeral 2, de las “Reglas para el Control y Manejo de los Ingresos que se recauden por Concepto de Aprovechamientos y Productos que se asignen a las Dependencias, Delegaciones y Órganos Desconcentrados que los generen, mediante el mecanismo de Aplicación Automática de Recursos”, publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 20 de enero de 2014, se da a conocer el listado de conceptos, cuotas y tarifas que aplicarán durante la vigencia de éstas, conforme a lo siguiente: CENTRO GENERADOR: DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS FINANCIEROS

CLAVE CONCEPTO UNIDAD DE MEDIDA

CUOTA 2014

1 APROVECHAMIENTOS POR EL USO O APROVECHAMIENTO DE BIENES DEL DOMINIO PÚBLICO O POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL EJERCICIO DE FUNCIONES DE DERECHO PUBLICO

1.2 Uso o Aprovechamiento de Bienes del Dominio Público para la Realización de Eventos Sociales, Culturales o Deportivos

1.2.3 Instalaciones para eventos diversos 1.2.3.2 Relacionadas con alimentación

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 53

1.2.3.2.1 Cafeterías Mes 36,911.00 1.2.3.2.16 Expendedoras mixtas (alimentos y bebidas) Mes 984.00 1.2.3.3 Para actividades comerciales 1.2.3.3.2 Puestos y módulos. Mes 617.00 1.4 Autorización para el uso o aprovechamiento de bienes del dominio público 1.4.2 Uso o aprovechamiento de bienes del dominio público de dependencia,

delegaciones y órganos desconcentrados

1.4.2.1 Relacionadas con alimentación 1.4.2.1.2 Espacio para la instalación de máquinas expendedoras de bebidas y

similares Mes 755.00

1.4.2.6 Uso de espacios para la instalación de casetas telefónicas Mes 246.00 2 PRODUCTOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE

DERECHO PRIVADO

2.8 Servicios que presta la Secretaría de Seguridad Pública 2.8.2 Cursos de Capacitación 2.8.2.1 Cursos de Capacitación a elementos prestadores de servicios de seguridad

privada

2.8.2.1.1 Básico Persona/curso 1,476.00 2.8.2.1.2 Especialidad Persona/curso 1,845.00 2.8.2.1.3 Actualización de Básico Persona/curso 1,476.00 2.8.2.1.4 Actualización de Especialidad Persona/curso 1,476.00 CENTRO GENERADOR: DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA Y PROCEDIMIENTOS SISTEMÁTICOS DE OPERACIÓN POLICIAL

CLAVE CONCEPTO UNIDAD DE MEDIDA

CUOTA 2014 (1)

1 APROVECHAMIENTO POR EL USO O APROVECHAMIENTO DE BIENES DEL DOMINIO PÚBLICO O POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL EJERCICIO DE FUNCIONES DE DERECHO PÚBLICO

1.8 Servicios que prestan el Distrito Federal a través de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal

1.8.1.1 Registro del personal de seguridad privada Por cada persona

162.00

1.8.1.2 Registro por cambio de socios o titularidad de las acciones, por actas de asambleas ordinarias o extraordinarias que contemplen cambio en alguna parte social de la empresa, cambio de director general, representante o apoderado legal

Por cada concepto

2,000.00

1.8.1.3 Registro de perros Por cada animal

100.00

1.8.1.4 Registro de vehículos o equipo de radiocomunicación independiente del uso de frecuencia o señal requerida

Por cada bien 250.00

1.8.1.5 Registro de toletes, tonfas, bastones, macanas, silbatos, fornituras, gases, chalecos antibalas, máscaras antigases y lámparas

Por cada aditamento

10.00

1.8.1.6 Registro de armas de fuego, dispositivo, aparato, sistema o procedimiento tecnológico para efectuar las modalidades de la seguridad privada

Por cada concepto

250.00

1.8.1.7 Por inscripción en el Padrón de Evaluadores y Capacitadores para los Servicios de Seguridad Privada

Por cada inscripción

3,000.00

1.8.1.8 Infracciones a la Ley de Seguridad Privada para el Distrito Federal y a su Reglamento

1.8.1.8.1 Contravenir por más de una vez lo dispuesto en el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Seguridad Privada para el Distrito Federal

SMGVDF 100 a 300

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54 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

1.8.1.8.2 No contar con autorización de autoridad competente para uso de equipo o

canes SMGVDF 100 a

300 1.8.1.8.3 Cuando personal directivo, administrativo u operativo, no cuente con

certificado de enseñanza secundaria SMGVDF 100 a

300 1.8.1.8.4 Cuando personal directivo, administrativo u operativo, no cuente con

cartilla liberada del Servicio Militar Nacional SMGVDF 100 a

300 1.8.1.8.5 Cuando personal operativo o el particular, que de manera individual preste

servicios de seguridad, no cuente con la Licencia del servicio de seguridad privada, expedida por la Dirección General

SMGVDF 100 a 300

1.8.1.8.6 Omitir el número de permiso o autorización en la papelería, documentación y publicidad del prestador del servicio

SMGVDF 100 a 300

1.8.1.8.7 No utilizar el término de "Seguridad Privada", en papelería, vehículos, uniformes o publicidad del prestador de servicio

SMGVDF 100 a 300

1.8.1.8.8 No presentar mensualmente, durante los primeros cinco días hábiles a la Dirección General, las altas y bajas del personal directivo, administrativo u operativo, así como las altas que se pretenden realizar

SMGVDF 100 a 300

1.8.1.8.9 Presentar extemporáneamente la solicitud de revalidación SMGVDF 100 a 300

1.8.1.8.10 Cuando el personal operativo o el particular de manera individual preste servicios de seguridad o custodia de personas, no porte visiblemente la Licencia del servicio de seguridad privada durante la prestación del servicio

SMGVDF 301 a 800

1.8.1.8.11 Contratar personal que no haya aprobado satisfactoriamente las evaluaciones contempladas en los artículos 26-28 fracción XII del Reglamento de la materia

SMGVDF 3,001 a 4,000

1.8.1.8.12 No presentar ante la Dirección General los resultados de los exámenes establecidos en el artículo 20 del Reglamento de la Ley de Seguridad Privada para el Distrito Federal aplicados a personal directivo, administrativo y operativo, así como los establecidos en el artículo 21 fracción XII del mismo Reglamento

SMGVDF 301 a 800

1.8.1.8.13 Contratar a menores de edad SMGVDF 301 a 800

1.8.1.8.14 Contratar personal que sea adicto al consumo de alcohol, sustancias psicotrópicas, estupefacientes u otros que produzcan efectos similares

SMGVDF 3,001 a 4,000

1.8.1.8.15 Abstenerse de coadyuvar con las autoridades e instituciones de Seguridad Pública del Distrito Federal en situaciones de urgencia o desastre, cuando así lo soliciten

SMGVDF 301 a 800

1.8.1.8.16 No contar con permiso de autoridad competente para la instalación de equipo de radiocomunicación y uso de la frecuencia respectiva

SMGVDF 301 a 800

1.8.1.8.17 Utilizar en documentos, bienes muebles o inmuebles del prestador del servicio, insignias, identificaciones, logotipos, emblemas nacionales u oficiales de otros países, así como todo tipo de uso de placas metálicas de identidad

SMGVDF 301 a 800

1.8.1.8.18 Omitir en vehículos utilizados por el personal del prestador del servicio, su denominación, logotipo y número que los identifique plenamente u omitir en los mismos, el término seguridad privada y/o sus inscripciones en el Registro correspondiente

SMGVDF 301 a 800

1.8.1.8.19 Omitir en los uniformes utilizados por los elementos operativos o de apoyo el uso de hombreras, solapas sobre las bolsas de la camisola y franjas en mangas y a los costados de los pantalones, signos distintivos en telas en color contrastante y diferente al resto del uniforme

SMGVDF 301 a 800

1.8.1.8.20 Omitir el informe a la Dirección General de las modificaciones relativas a las condiciones administrativas y operativas que integran en el expediente de su permiso o autorización dentro de los cinco días hábiles siguientes al día en que ocurran

SMGVDF 301 a 800

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 55

1.8.1.8.21 Omitir la presentación de la póliza de fianza de fidelidad patrimonial ante

la Dirección General SMGVDF 301 a

800 1.8.1.8.22 No contar con un Jefe de Operaciones, su equivalente o no tenerlo

registrado ante la Dirección General SMGVDF 301 a

800 1.8.1.8.23 Omitir la presentación ante la Dirección General de los planes, programas

y manuales de capacitación y adiestramiento del personal operativo. SMGVDF 301 a

800 1.8.1.8.24 Impedir, obstaculizar o limitar las visitas de verificación que ordene la

Dirección General SMGVDF 3,001 a

4,000 1.8.1.8.25 Omitir la presentación a la Dirección General de los informes relativos al

cumplimiento de los planes y programas de capacitación y adiestramiento. SMGVDF 301 a

800 1.8.1.8.26 No presentar la póliza de seguro de responsabilidad por daños a terceros,

ante la Dirección General SMGVDF 801 a

2,000 1.8.1.8.27 Omitir el registro de la utilización de la torreta, estribos, equipo de

emergencia en vehículos al servicio de la seguridad privada SMGVDF 801 a

2,000 1.8.1.8.28 Contratar personal que haya sido destituido de los cuerpos de Seguridad

Pública o de las Fuerzas Armadas o en su caso de un particular que de manera individual preste servicios de seguridad o custodia de personas, y que haya sido destituido de dichos cuerpos

SMGVDF 801 a 2,000

1.8.1.8.29 Carecer el personal operativo o el particular que de manera individual preste servicios o realiza actividades de seguridad, de las constancias que acrediten su capacitación y adiestramiento

SMGVDF 801 a 2,000

1.8.1.8.30 Efectuar investigaciones sobre delitos, el prestador de servicios o realizador de actividades de seguridad privada o su personal

SMGVDF 801 a 2,000

1.8.1.8.31 Omitir la presentación del informe mensual de altas y bajas de sus prestatarios, o presentarlos sin la totalidad de los requisitos a que se refiere el artículo 21 fracción XVI del Reglamento de la materia

SMGVDF 801 a 2,000

1.8.1.8.32 Abstenerse de informar a la autoridad competente de hechos probablemente constitutivos de delitos, de los que tenga conocimiento su personal

SMGVDF 801 a 2,000

1.8.1.8.33 Abstenerse de informar a la autoridad competente de hechos probablemente constitutivos de delitos, en los que haya intervenido su personal

SMGVDF 801 a 2,000

1.8.1.8.34 Realizar el prestador de servicios o realizador de actividades de seguridad privada, funciones reservadas a los cuerpos e instituciones de Seguridad Pública o a las Fuerzas Armadas

SMGVDF 801 a 2,000

1..8.1.8.35 Abstenerse de cumplir las medidas de seguridad impuestas o de realizar las acciones ordenadas al efecto

SMGVDF 801 a 2,000

1.8.1.8.36 Abstenerse de publicar en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y/o Diario de circulación en el Distrito Federal, la suspensión temporal de la prestación de servicios o actividades de seguridad privada

SMGVDF 801 a 2,000

1.8.1.8.37 Obstaculizar o impedir, por cualquier medio, la ejecución de la orden de clausura

SMGVDF 4,001 a 5,000

1.8.1.8.38 Contratar personal de nacionalidad distinta a la mexicana o que el particular que de manera individual preste servicios de seguridad privada de nacionalidad extranjera

SMGVDF 2,001 a 3,000

1.8.1.8.39 Omitir la presentación del documento con el que acredite la legal estancia en el país y la calidad migratoria

SMGVDF 2,001 a 3,000

1.8.1.8.40 Utilizar denominaciones prohibidas que induzcan a confundir al prestador del servicio con los cuerpos de Seguridad Publica Fuerzas Armadas u otras autoridades

SMGVDF 2,001 a 3,000

1.8.1.8.41 Contratar personal que sea miembro activo de los cuerpos de Seguridad Publica o de las Fuerzas Armadas, o que el particular que de manera individual preste servicios de seguridad sea miembro activo de los cuerpos de Seguridad Pública o de las Fuerzas Armadas

SMGVDF 2,001 a 3,000

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56 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

1.8.1.8.42 Contratar personal que hubiese sido condenado por delito doloso con

sanción privativa de la libertad mayor de un año; o que el particular que de manera individual preste servicios de seguridad privada, haya sido condenado por delito doloso con sanción privativa de la libertad mayor de un año

SMGVDF 3,001 a 4,000

1.8.1.8.43 No actualizar ante la Dirección General la información y documentos relativos al Registro de los Servicios de Seguridad Privada y del Personal.

SMGVDF 2,001 a 3,000

1.8.1.8.44 Omitir la presentación de su personal para su registro ante la Dirección General

SMGVDF 3,001 a 4,000

1.8.1.8.45 No contar con permiso, autorización o licencia expedida por la Dirección General

SMGVDF 4,001 a 5,000

1.8.1.8.46 Prestar servicios sin haber obtenido la revalidación correspondiente SMGVDF 4,001 a 5,000

(1) El incremento de cuotas por estos conceptos está sujeto a la Ley de Seguridad Privada para el Distrito Federal y su Ley Reglamentaria.

SMGVDF: Salario Mínimo General Vigente en el Distrito Federal. CENTRO GENERADOR: DIRECCIÓN EJECUTIVA DE SALUD Y BIENESTAR SOCIAL

CLAVE CONCEPTO UNIDAD DE MEDIDA

CUOTA 2014

1 APROVECHAMIENTOS POR EL USO O APROVECHAMIENTO DE BIENES DEL DOMINIO PÚBLICO O POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL EJERCICIO DE FUNCIONES DE DERECHO PUBLICO

1.4 Autorización para el uso o aprovechamiento de bienes del dominio público 1.4.2 Uso o aprovechamiento de bienes del dominio público de dependencia,

delegaciones y órganos desconcentrados

1.4.2.7 Uso de espacios para eventos diversos 1.4.2.7.1 Exposición "Asesinos Seriales y Pena de Muerte" Día 20% de

taquilla 1.4.2.7.2 Exposición "Vampiros, Hombres Lobo, Mitos y Realidades" Día 10% de

taquilla 2 PRODUCTOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE

DERECHO PRIVADO

2.8 Servicios que presta la Secretaría de Seguridad Pública 2.8.1 Actividades artístico-musicales 2.8.1.1 Presentaciones 2.8.1.1.1 Banda Sinfónica 2.8.1.1.1.1 Para Instituciones Públicas Hora 3,691.00 2.8.1.1.1.2 Cuota General Hora 14,765.00 2.8.1.1.2 Mariachi Nueva Guardia Nacional 2.8.1.1.2.1 Para Instituciones Públicas Hora 1,845.00 2.8.1.1.2.2 Cuota General Hora 2,707.00 2.8.1.1.3 Músico-vocal Los Nuevos Tenientes de Anáhuac 2.8.1.1.3.1 Para Instituciones Públicas Hora 984.00 2.8.1.1.3.2 Cuota General Hora 1,476.00 2.8.1.1.4 Músico-vocal Centuriones 2.8.1.1.4.1 Para Instituciones Públicas Hora 984.00 2.8.1.1.4.2 Cuota General Hora 1,476.00 2.8.1.1.5 Músico-vocal Romántico 2.8.1.1.5.1 Para Instituciones Públicas Hora 984.00 2.8.1.1.5.2 Cuota General Hora 1,476.00 2.8.1.1.6 Músico-vocal Voces y Guitarras

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 57

2.8.1.1.6.1 Para Instituciones Públicas Hora 984.00 2.8.1.1.6.2 Cuota General Hora 1,476.00 2.8.1.1.7 Danzonera Pegaso. 2.8.1.1.7.1 Para Instituciones Públicas Hora 1,856.00 2.8.1.1.7.2 Cuota General Hora 4,921.00 2.8.1.1.8 Versátil Yombata 2.8.1.1.8.1. Para Instituciones Públicas Hora 1,845.00 2.8.1.1.8.2 Cuota General Hora 4,921.00 2.8.1.1.9 Orquesta Metropolitana 2.8.1.1.9.1 Para Instituciones Públicas Hora 1,845.00 2.8.1.1.9.2 Cuota General Hora 4,921.00 2.8.1.1.10 Trío Los Capitanes 2.8.1.1.10.1 Para Instituciones Públicas Hora 862.00 2.8.1.1.10.2 Cuota General Hora 1,230.00 CENTRO GENERADOR: DIRECCIÓN GENERAL DEL CENTRO DE CONTROL DE CONFIANZA

CLAVE CONCEPTO UNIDAD DE MEDIDA

CUOTA 2014

2 PRODUCTOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE DERECHO PRIVADO

2.8 Servicios Diversos 2.8.3 Servicios Prestados por la Dirección General del Centro de Control de

Confianza

2.8.3.1 Evaluación Psicológica Evaluación 1,302.00 2.8.3.2 Evaluación Médica Personal Operativo Evaluación 676.00 2.8.3.3 Evaluación Médica para Mandos y Grupos Sensibles Evaluación 1,246.00 2.8.3.4 Evaluación de Entorno Social Evaluación 1,186.00 2.8.3.5 Poligráficas Evaluación 1,624.00 2.8.3.6 Examen Químico Toxicológicas de Drogas de Abuso Evaluación 626.00 2.8.3.7 Evaluación Integral de Control de Confianza para Personal Operativo Evaluación 5,415.00 2.8.3.8 Evaluación Integral de Control de Confianza para Mandos y Grupos

Sensibles Evaluación 5,985.00

CENTRO GENERADOR: DIRECCIÓN DE ARMAMENTO

CLAVE CONCEPTO UNIDAD DE MEDIDA

CUOTA 2014 (2)

4 PRODUCTOS POR ENAJENACIÓN DE BIENES DEL DOMINIO PRIVADO

4.1 Enajenación de 4.1.4 Materiales de desecho susceptibles de reciclaje 4.1.4.7 Reciclaje de residuos sólidos 4.1.4.7.6 Venta de casquillo de bala (material latón) Tonelada ** 4.1.4.7.7 Venta de plomo de desecho (ojivas) Tonelada ** (2) El monto por la venta de residuos sólidos estará sujeto al precio y cantidad que se determine en la adjudicación por

licitación.

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58 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

CENTRO GENERADOR: DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES

CLAVE CONCEPTO UNIDAD DE MEDIDA

CUOTA 2014 (3)

4 PRODUCTOS POR ENAJENACIÓN DE BIENES DEL DOMINIO PRIVADO

4.1 Enajenación de 4.1.4 Materiales de desecho susceptibles de reciclaje 4.1.4.7 Reciclaje de residuos sólidos 4.1.4.7.15 Venta de Material Kevlar Kilogramo ** (3) El monto por la venta de residuos sólidos estará sujeto al precio y cantidad que se determine en la adjudicación por licitación.

TRANSITORIOS Primero.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal para su debida observancia y aplicación. Segundo.- Los presentes conceptos y cuotas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación. Tercero.- Se deja sin efectos el AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS CONCEPTOS Y CUOTAS POR CONCEPTO DE APROVECHAMIENTOS Y PRODUCTOS QUE SE GENEREN MEDIANTE EL MECANISMO DE APLICACIÓN AUTOMÁTICA DE RECURSOS EN LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal No. 1575, de fecha 03 de abril de 2013. Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal a los veintiún días del mes de febrero de dos mil catorce.

OFICIAL MAYOR DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

(Firma)

MTRO. CARLOS JESÚS CADENA LOZANO

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 59

POLICÍA AUXILIAR DEL DISTRITO FEDERAL

PRIMER SUPERINTENDENTE LIC. JUAN JAIME ALVARADO SÁNCHEZ, Director General de la Policía Auxiliar del Distrito Federal, con fundamento en los Artículos 1º, 15º fracción X y último párrafo de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 5º fracción II y 6º de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, 4º, 8º y Transitorio 5º de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del D. F.; 52º y 56º fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal y los acuerdos delegatorios de facultades para el Director General de la Policía Auxiliar del Distrito Federal, de fechas 31 de enero de 2001 y 19 de marzo de 2002, expedidos por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, emito la siguiente:

NOTA ACLARATORIA DEL AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS TARIFAS CORRESPONDIENTES A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA QUE EN FUNCIÓN DE DERECHO PRIVADO PRESTA LA POLICÍA AUXILIAR DEL DISTRITO FEDERAL, VIGENTES DURANTE EL AÑO 2013, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL DÍA 5 DE JUNIO DE 2013, CON NÚMERO 1619 En la Pagina 21, párrafo 2 DICE: JUAN JAIME ALVARADO SÁNCHEZ, Director General de la Policía Auxiliar del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 5 y 6 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, 14 y 47 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal; y DEBE DECIR: PRIMER SUPERINTENDENTE LIC. JUAN JAIME ALVARADO SÁNCHEZ, Director General de la Policía Auxiliar del Distrito Federal, con fundamento en los Artículos 1º, 15º fracción X y último párrafo de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 5º fracción II y 6º de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, 4º, 8º y Transitorio 5º de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del D. F.; 52º y 56º fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal y los acuerdos delegatorios de facultades para el Director General de la Policía Auxiliar del Distrito Federal, de fechas 31 de enero de 2001 y 19 de marzo de 2002, expedidos por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal; y Lo anterior, debido a que fueron omitidos diversos ordenamientos que robustecen las facultades de la Dirección General de la Policía Auxiliar del Distrito Federal y se consideraron artículos del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad que no corresponden a las funciones que esta desempeña.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. SEGUNDO.- Los considerandos, tarifas y demás artículos no sufren ninguna modificación.

México, Distrito Federal, 17 de febrero de 2014.

EL C. PRIMER SUPERINTENDENTE LIC. JUAN JAIME ALVARADO SÁNCHEZ DIRECTOR GENERAL DE LA POLICÍA AUXILIAR DEL DISTRITO FEDERAL

(Firma)

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60 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

POLICIA AUXILIAR DEL DISTRITO FEDERAL

AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS TARIFAS CORRESPONDIENTES A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA QUE EN FUNCIÓN DE DERECHO PRIVADO PRESTA LA POLICÍA AUXILIAR DEL DISTRITO FEDERAL, VIGENTES DURANTE EL AÑO 2014. PRIMER SUPERINTENTE LIC. JUAN JAIME ALVARADO SÁNCHEZ, Director General de la Policía Auxiliar del Distrito Federal, con fundamento en los Artículos 1°, 15° fracción X y último párrafo de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 5° fracción II y 6° de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, 4° y 8° de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del D.F.; 52º y 56º fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal y el acuerdo delegatorio de facultades del Director General de la Policía Auxiliar del Distrito Federal, el 30 de enero de 2001 y publicada el día 31 de enero de 2001 expedido por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal; y

CONSIDERANDO I. Con fundamento en los Acuerdos publicados los días 31 de enero de 2001 y 19 de marzo de 2002, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, se delega en el titular de la Dirección General de la Policía Auxiliar del Distrito Federal, la facultad de suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones y autorizar los precios de las tarifas de la Corporación como contraprestación por los servicios que formaliza en función de derecho privado. Y en términos del artículo 56 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, corresponde al Director General de la Policía Auxiliar del Distrito Federal, determinar el costo de los servicios que preste. II. Que en apego al Acuerdo publicado el día 07 de febrero de 2002, las Reglas para el Manejo y Control de los Ingresos que se recauden por concepto de productos derivados de los servicios que presta la Policía Complementaria del Distrito Federal y por las que se autoriza a la Dirección General de la Policía Auxiliar del Distrito Federal para prestar Servicios de Tesorería. III. Que los contratos de servicios de seguridad y vigilancia que presta la Policía Auxiliar del Distrito Federal, se encuentran regulados por lo dispuesto en el Código Civil para el Distrito Federal, tomando en consideración que se trata de obligaciones de derecho privado y los mismos se celebran de acuerdo a las necesidades y requerimientos del usuario contratante en términos de lo dispuesto por los artículos 1792, 1793, 1794 del Código Civil para el Distrito Federal. IV. Que conforme al artículo 12 del Código Fiscal del Distrito Federal, son productos las contraprestaciones por los servicios que presta el Distrito Federal en sus funciones de derecho privado, así como por el uso aprovechamiento y enajenación de sus bienes de dominio privado; encuadran en la definición de créditos fiscales y se exceptúan del procedimiento administrativo de ejecución establecido en el mismo Código, para actuar conforme a las normas y leyes mexicanas en términos de la normatividad civil o mercantil aplicable. V. Que las tarifas se derivan del acuerdo de voluntades de las partes. La publicación de tarifas establece rangos de mínimos y máximos por sectores de usuarios bajo el concepto de que el Gobierno del Distrito Federal incluye a los Órganos Autónomos y con Registro Federal de Contribuyentes propio que forman parte de la Administración Pública descentraliza o desconcentrada del Distrito Federal. VI. Que las tarifas publicadas no consideran el Impuesto al Valor Agregado que se aplica en el sector privado y de los usuarios gubernamentales que están obligados bajo régimen fiscal y la Policía Auxiliar del Distrito Federal solo realiza funciones de retención bajo las leyes y normas fiscales federales aplicables. AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS TARIFAS CORRESPONDIENTES A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA QUE EN FUNCIÓN DE DERECHO PRIVADO PRESTA LA POLICÍA AUXILIAR DEL DISTRITO FEDERAL, VIGENTES DURANTE EL AÑO 2014.

SECTORES 2014 Administración Pública Federal 400.00 - 1,852.00 Gobierno del Distrito Federal 393.83 - 2,083.00 Delegaciones 481.00 - 1,861.00 Privado 400.00 - 2,320.00

TRANSITORIO

ÚNICO. Estas tarifas están vigentes para el ejercicio de 2014, con sus variables.

México, Distrito Federal, a 17 de febrero de 2014

EL C. PRIMER SUPERINTENDENTE LIC. JUAN JAIME ALVARADO SÁNCHEZ DIRECTOR GENERAL DE LA POLICÍA AUXILIAR DEL DISTRITO FEDERAL.

(Firma)

________________________________________________

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 61

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN MARA NADIEZHDA ROBLES VILLASEÑOR, SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL, con fundamento en los artículos 15, 16 fracciones III y IV y 23 Quater de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 13, 38, 49 y 119 fracción IX de la Ley de Educación del Distrito Federal; 32, 33, 34 fracción I, 35, 36, 38 y 39 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 50 y 51 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 14 fracción XXI de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, y demás disposiciones legales vigentes y aplicables, he tenido a bien emitir el siguiente: AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN Y ACTUALIZACIÓN EN EDUCACIÓN INICIAL Y PREESCOLAR, PARA LAS PERSONAS QUE OFRECEN ATENCIÓN EDUCATIVA ASISTENCIAL, A LAS NIÑAS Y LOS NIÑOS MATRÍCULADOS EN LOS CENTROS DE ATENCIÓN Y CUIDADO INFANTIL (CACI), CENTROS COMUNITARIOS DE ATENCIÓN A LA INFANCIA (CCAI) Y CENTROS DE EDUCACIÓN INICIAL (CEI) DEL DISTRITO FEDERAL, EN SU COMPONENTE: SEMINARIO DE ACTUALIZACIÓN DOCENTE EN ASISTENCIA EDUCATIVA.

La Secretaría de Educación convoca: A las y los interesados en participar como beneficiarios del Programa de Formación y Actualización en Educación Inicial y Preescolar, el cual es un programa de Servicios cuyo componente “Seminario de Actualización Docente en Asistencia Educativa”, impartido por el CECATI No. 162, surge como una opción para la formación actualización de las docentes que ofrecen atención educativa-asistencial, a las niñas y los niños de 45 días de nacidos a 6 años de edad, matriculados en los CACI, CCAI Y CEI, debiendo cumplir los siguientes: I.- REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO Requisitos de ingreso al Seminario de Actualización Docente en Asistencia Educativa Ser personal docente adscrito y activo de los CACI, CCAI Y CEI mencionados en los convenios celebrados entre la Administración Federal de Servicios Educativos y el Gobierno del Distrito Federal en fecha 07 abril 2010 o 19 agosto 2011 además de contar con una edad mínima de 21 años. Acudir a las instalaciones de la Coordinación General de Educación, ubicada en la Calle de Jalapa # 15, 1° piso, colonia Roma, delegación Cuauhtémoc, C.P. 06700, en un horario de 09:00 a 18:00 horas de lunes a viernes, con original y copia de la documentación siguiente: 1.- Acta de nacimiento 2.- Comprobante de domicilio 3.- Identificación oficial vigente (IFE “sin huella digital” o Pasaporte) 4.- Clave única de Registro de Población (CURP) 5.- Último Certificado de estudios 6.- Ser personal docente en activo en los CACI, CCAI y CEI, situación que deberán acreditar mediante documento

expedido por la Dirección del CACI, CCAI y CEI, que certifique la experiencia laboral de cada aspirante frente a grupo de preescolar de 3 años en adelante.

Procedimiento de acceso Las y los aspirantes deberán acudir en las fechas señaladas con la documentación especificada, a las instalaciones de la Coordinación General de Educación ubicada en la Calle de Jalapa # 15, 1° piso, colonia Roma, delegación Cuauhtémoc, C.P. 06700, en un horario de 09:00 a 18:00 horas de lunes a viernes. Alta

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62 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

Serán dados de alta todas las aspirantes que cumplan con los requisitos de registro establecidos para el programa. Los listados de personal que resulte beneficiario, se publicarán en las instalaciones de la Coordinación General de Educación, ubicada en la Calle de Jalapa # 15, 1° piso, colonia Roma, delegación Cuauhtémoc, C.P. 06700, en un horario de 09:00 a 18:00 horas de lunes a viernes. Baja Será motivo de baja, incurrir en alguno de los siguientes supuestos:

• Incumplir con los requisitos de permanencia dispuestos por el Centro de Capacitación para el Trabajo Industrial (CECATI) No. 162.

• Dejar de laborar para los Centros de Atención a la Infancia.

I.1. El Programa de Formación y Actualización en Educación Inicial y Preescolar, componente: Seminario de Actualización Docente en Asistencia Educativa, se apegará a los calendarios y periodos de ejecución que para ello establezca el CECATI No. 162. Criterios de selección a). Revisión de la documentación presentada. b). Entrevista c). Cotejo de la información documental que integra el expediente, con la información vertida en la solicitud y formato de

entrevista requisitado por las aspirantes durante su registro. d). Emisión de dictamen.

Los resultados podrán consultarse en los listados que se publicarán en la Coordinación General de Educación, ubicada en Jalapa No 15, 1° piso col. Roma, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06700 y/o en el sitio de internet de la Secretaría de Educación del Distrito Federal www.educación.df.gob.mx. Las docentes acudirán a la reunión informativa y de asignación de sedes, en el lugar, fecha y horario que se indique. Del registro de aspirantes para el ingreso al Programa de Formación y Actualización en Educación Inicial y Preescolar componente: Seminario de Actualización Docente en Asistencia Educativa, serán seleccionadas las siguientes:

No. de Beneficiarias Etapa 75 1ª 75 2ª

Las y los docentes no seleccionados podrán acudir a la Coordinación General de Educación, ubicada en Jalapa No 15, 1° piso col. Roma, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06700. Teléfono 51 34 07 70 ext. 1914, 1915, 1916, 1917, para conocer las causas que motivaron el dictamen de no aceptación al programa. En ningún caso las y los funcionarios podrán solicitar o proceder de manera diferente a lo establecido en las Reglas de Operación del Programa de Formación y Actualización en Educación Inicial y Preescolar publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de enero de 2014, con número 1788 Bis. II. Cronograma de Actividades Selección de Beneficiarias

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 63

ACTIVIDADES FECHA HORARIO

Difusión de la convocatoria 28 de febrero 2014 --- Registro y recepción de documentos para la integración de expedientes

3 de marzo 2014 9:00 a 18:00 hrs.

Notificación telefónica a las aspirantes aceptadas

4 de marzo de 2014 9:00 a 18:00 hrs.

Reunión de asignación de horarios Auditorio de la Secretaría de Educación del Distrito Federal

5 de marzo de 2014 16:30 hrs.

Inicio del Seminario

1ª ETAPA 17:00 A 20:00 hrs. 10 de marzo 2014

2ª ETAPA 2 de septiembre 2014

Los requisitos, fechas, horarios y lugares, para la realización de los trámites se incluyen en esta convocatoria y se encuentran disponibles en la Coordinación General de Educación, ubicada en Calle Jalapa No. 15 1° piso ala oriente, Col. Roma, C. P. 06700, Delegación Cuauhtémoc, y es responsabilidad de las aspirantes mantenerse informadas sobre el proceso y los resultados. A. Publicación de Resultados

La lista de candidatas y candidatos seleccionados porque cumplieron con el perfil y los requisitos contenidos en las Reglas de Operación, se darán a conocer vía telefónica y en las oficinas que ocupa la Coordinación General de Educación, ubicada en Calle Jalapa No. 15 1° piso Col. Roma, C. P. 06700, delegación Cuauhtémoc, de acuerdo a las fechas y horarios establecidos en el cronograma. B. Supervisión y Control

El Gobierno del Distrito Federal a través de la Secretaría de Educación, se encargará de vigilar los avances del Programa con apego a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. C. El Procedimiento de Queja o Inconformidad Ciudadana

Si las y los beneficiarios consideran que han sido perjudicados en la aplicación del presente Programa por una acción u omisión de una o un servidor público responsable del mismo, podrán presentar su inconformidad ante la Coordinación General de Educación, ubicada en Jalapa # 15, 1° piso, Colonia Roma Norte, Delegación Cuauhtémoc, C. P. 06700, en un horario de 09:00 a 18:00 horas de lunes a viernes, o al teléfono 51 34 07 70 ext. 1914, 1915, 1916, 1917, a través de un escrito de inconformidad; o bien, de manera verbal, caso en el cual se levantará un acta circunstanciada a fin de ratificar su dicho. Las inconformidades deberán contener como mínimo los siguientes datos: Nombre Domicilio Número telefónico de quien interpone la queja o inconformidad, donde se le pueda localizar. Narración sucinta de los hechos que motivan la inconformidad. La respuesta a la inconformidad deberá ser expedita, conforme la naturaleza del caso lo amerite, de conformidad con las disposiciones legales aplicables y en el marco de las Reglas de Operación publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de enero de 2014 con número 1788 Bis. En caso de que la dependencia o entidad responsable del programa no resuelva la queja, los interesados podrán interponer la queja ante la Contraloría Interna de la Secretaría de Educación y/o la Procuraduría Social del Distrito Federal; o bien, registrar su queja a través del Servicio Público de Localización Telefónica, LOCATEL, de conformidad con lo previsto en los artículos 71 y 72 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal.

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64 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

D. Los Mecanismos de Exigibilidad La Secretaría de Educación del Distrito Federal y la Coordinación General de Educación, a través de la ésta última, mantendrá a la vista del público los requisitos y procedimientos para que las interesadas (os) puedan acceder a los beneficios que otorga el Programa de Formación en Educación Inicial y Preescolar, componente: Seminario de Actualización Docente en Asistencia Educativa e Informática en:

• La página de la Secretaría de Educación del Distrito Federal, www.educacion.df.gob.mx • La Coordinación General de Educación, ubicada en Jalapa No. 15, 1° Piso col. Roma, delegación Cuauhtémoc, C.P.

06700. El registro al programa se llevará a cabo en las fechas, lugares y horarios establecidos en la presente Convocatoria. El incumplimiento de los requisitos establecidos, la falsedad u omisión de información solicitada, serán motivo de no incorporación al programa. Las Reglas de Operación de acuerdo al presupuesto asignado determinan el número de beneficiarias que podrán acceder al programa, por lo cual, los servidores públicos no están facultados para modificar las cifras de acceso establecidas. En caso de omisión, las aspirantes rechazadas podrán exigir su cumplimiento ante la Contraloría General del Distrito Federal, que es el órgano competente para conocer las denuncias en materia de Desarrollo Social en apego a la normatividad aplicable, lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. La Contraloría General del Gobierno del Distrito Federal es el órgano competente para conocer las denuncias de violación e incumplimiento de derechos en materia de desarrollo social. Las y los aspirantes podrán exigir los derechos por incumplimiento o violación de los mismos, en los siguientes casos:

• Cuando él o la solicitante cumpla con los requisitos y criterios de selección para acceder al programa y no se le haya considerado.

• Cuando se incurra en el incumplimiento de los periodos establecidos para la ejecución del programa. En observancia al artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal se señala que: “Este programa es de carácter público y no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.

TRANSITORIO

UNICO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, para su debido cumplimiento. Ciudad de México, Distrito Federal a 24 de febrero de 2014.

LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN (Firma)

DRA. MARA NADIEZDHA ROBLES VILLASEÑOR

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GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL SECRETARÍA EJECUTIVA DEL MECANISMO DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PROGRAMA DE DERECHOS HUMANOS

DEL DISTRITO FEDERAL

MTRA. MARCIA ITZEL CHECA GUTIÉRREZ, SECRETARIA EJECUTIVA, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 36 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL; 7 DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL; 11 DE LA LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL; 19 DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL EN RELACIÓN CON LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 19 PRIMER PÁRRAFO, 22, 28 FRACCIÓN SIETE Y 31 DEL REGLAMENTO DEL MECANISMO DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PROGRAMA DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL, TENGO A BIEN EMITIR EL: AVISO POR EL CUAL SE DA A CONCER EL PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2014

Resumen Presupuestal CAPÍTULO 1000 Servicios Personales 11,578.00 CAPÍTULO 2000 Materiales y Suministros 589,686.00 CAPÍTULO 3000 Servicios Generales 4, 503,600.00 CAPÍTULO 4000 Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas 500,000.00 CAPÍTULO 5000 Bienes muebles, Inmuebles e Intangible 300,000.00

TOTAL 5, 904,864.00

Resumen de Procedimientos de Adquisición Programados De Conformidad con la ley de Adquisiciones para el Distrito Federal

Artículo 1 168,000.00 Artículo 30 4, 690,678.00 Artículo 55 1, 046,186.00 TOTAL 5, 904,864.00

SIN QUE EL DOCUMENTO IMPLIQUE COMPROMISO ALGUNO DE CONTRATACIÓN, PODRÁ SER ADICIONADO, MODIFICADO, SUSPENDIDO O CANCELADO

TRANSITORIO ÚNICO.- PUBLÍQUESE EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

México, Distrito Federal, 24 de Febrero de 2014

MTRA. MARCIA ITZEL CHECA GUTIÉRREZ (Firma)

SECRETARIA EJECUTIVA

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66 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES LIC. HEGEL CORTÉS MIRANDA, Secretario de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades (SEDEREC), con fundamento en los artículos 15 fracción XX, 16 fracciones III y IV, y 23 Quintus de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 6 y 33 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 26 fracciones X y XII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; Acuerdo por el que se delega a la “SEDEREC” la facultad que se indica en la publicación de la Gaceta Oficial del 30 de marzo de 2007, las Reglas de Operación de los Programas Sociales de la SEDEREC publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal numero 1789 Bis, Aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos específicos para acceder a los Programas Sociales de la Secretaria de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades bajo la modalidad de demanda publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, numero 1808 de fecha 28 de febrero de 2014,

NOTA ACLARATORIA AL AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS PARA ACCEDER A LOS PROGRAMAS SOCIALES DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES BAJO LA MODALIDAD DE DEMANDA PUBLICADAS EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL NUMERO 1808 DEL DIA 28 DE FEBRERO DE 2014.

REGULARIZACIÓN MIGRATORIA.

Programa de Ciudad Hospitalaria, Intercultural y de Atención a Migrantes en la Ciudad de México Dirección de Atención a Huéspedes, Migrantes y sus Familias.

ÚNICO.- En la página 181, renglón 13, del capítulo de Requisitos de Acceso, se adiciona en numeral 5, para quedar en la forma siguiente: DICE Así como los siguientes requisitos de acceso:

1. .. 2. . 3. 4.

En ningún caso se requerirá constancia de RFC, CURP o identificación vigente a la o el solicitante. DEBE DECIR: Así como los siguientes requisitos de acceso:

1. ………………. 2. ……………… 3. ……. 4. …….. 5. Carta compromiso en la cual la o el solicitante manifiesta con la totalidad de requisitos establecidos en estos

lineamientos específicos, así como con la totalidad de los requisitos generales establecidas en las Reglas de Operación correspondientes.

En ningún caso se requerirá constancia de RFC, CURP o identificación vigente a la o el solicitante.

CAPITULO V “COADYUVAR EN LA LIBERACIÓN ANTICIPADA DE LAS Y LOS INDÍGENAS EN RECLUSIÓN”

Del Programa de Equidad para los Pueblos Indígenas, Originarios y Comunidades De Distinto Origen Nacional de la Ciudad de México.

De la Dirección General de Equidad para los Pueblos y Comunidades

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 67

PRIMERO.- En la página 189, renglón 13, del capítulo de Requisitos de Acceso, se adiciona en numeral 5, para quedar en la forma siguiente: DICE: Artículo90.- Con el objetivo de brindar apoyo en la tramitación de los beneficios de ley a las y los indígenas privados de su libertad que tengan derecho, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

• Se apoyará hasta una reincidencia siempre y cuando tenga derecho a un beneficio otorgado por la autoridad competente y que no haya recibido previamente apoyo por parte de la SEDEREC bajo estos lineamientos y de la regla de Operación 2014 cuando lo autorice el Comité Técnico Interno (CTI), previa aprobación del Subcomité de Equidad para los Pueblos y Comunidades.

DEBE DECIR: Artículo 90.- Con el objetivo de brindar apoyo en la tramitación de los beneficios de ley a las y los indígenas privados de su libertad que tengan derecho, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

• Se apoyará hasta una reincidencia siempre y cuando tenga derecho a un beneficio otorgado por la autoridad competente y que no haya recibido previamente apoyo por parte de la SEDEREC bajo estos lineamientos y de la regla de Operación 2014, previa autorización del Comité Técnico Interno (CTI), la Dirección General de Equidad para los Pueblos y Comunidades o bien de la Jefatura de Unidad Departamental de Atención a Indígenas.

SEGUNDO.- En la página 190, renglón noveno, del capítulo de Requisitos de Acceso, se adiciona en numeral 5, para quedar en la forma siguiente: DICE: Artículo 92.- Procedimiento para Indígenas privados de su libertad con sentencia

• Una vez emitida la aprobación del Comité Técnico Interno, la Dirección General de Equidad para los Pueblos y Comunidades o bien la Jefatura de Unidad Departamental de Atención a Indígenas conforme a estos lineamientos, realizará los trámites de solicitud de Billetes de Depósito respectivos al Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros (BANSEFI).

DEBE DECIR: Artículo 92.- Procedimiento para Indígenas privados de su libertad con sentencia

• Una vez emitida la autorización por parte de la Dirección General de Equidad para los Pueblos y Comunidades o bien la Jefatura de Unidad Departamental de Atención a Indígenas conforme a estos lineamientos, se deberán realizar los trámites de solicitud de los Billetes de Depósito respectivos al Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros (BANSEFI).

PROYECTOS

De los Programas de Agricultura Sustentable a Pequeña Escala en la Ciudad de México; Cultura Alimentaria, Artesanal, Vinculación Comercial y Fomento de la Interculturalidad y Ruralidad de la Ciudad de México y; el

Programa de Equidad para la Mujer Rural, Indígena, Huésped y Migrante de la Ciudad de México en su Subprograma Mujer Rural

De la Subdirección de Proyectos Especiales y Vinculación Comercial PRIMERO.- En la página 194 párrafo segundo Artículo 108, se modifica para quedar como sigue

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68 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

DICE: Artículo 108-Para el caso de proyectos que se pretendan ingresar en cualquiera de los Programas de la Subdirección de Proyectos Especiales y Vinculación Comercial (SPEyVC) bajo la modalidad de demanda sólo podrá realizarse mediante Asociaciones e Instituciones No Lucrativas y de Enseñanza que cumplan con los siguientes requisitos:

12 Presentar solicitud por escrito del presidente o representante legal de la asociación, disponible en la ventanilla de acceso al programa social.

13 Original y 2 copias legibles para cotejo de identificación oficial vigente del presidente de la asociación o representante legal (IFE, Pasaporte, Cédula Profesional, Licencia de Conducir, Documento Migratorio).

14 Original y 2 copias legibles para cotejo de datos del su comprobante de domicilio fiscal o de la figura asociativa, con una vigencia de al menos tres meses.

15 2 copias legibles del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con homoclave de la figura asociativa expedido por el Servicio de Administración Tributaria.

16 2 copias legibles de la Clave Única de Registro de Población (CURP) del presidente de la asociación o del representante legal.

17 Carta, “Bajo protesta de decir verdad”, en la que manifiesten que no tiene adeudos por ayudas otorgadas en otros ejercicios fiscales de los programas de la SEDEREC y que no recibe, ni recibirá o solicitará ayudas de otros programas de la Secretaría durante el año 2014 (disponible en la ventanilla correspondiente).

18 Carta del presidente o representante legal de la asociación en cual manifieste su compromiso para brindar facilidades a las personas que la SEDEREC designe, para el seguimiento de las actividades del proyecto, (disponible en la ventanilla correspondiente).

19 Original y copia legible para cotejo del Acta Constitutiva de la razón social, en caso de que los poderes del representante legal no estén expresos en el Acta Constitutiva presentar original y copia de los mismos.

20 Original y Copia legible del registro ante la Secretaria de Desarrollo Social del Distrito Federal. 21 Proyecto por escrito en original firmado y rubricado por el presidente o representante legal de la asociación y su

comité, acompañado por copia en disco compacto en los términos establecidos en la Convocatoria en formato PDF. 22 Cuando se trate de instituciones de Asistencia Privada los requisitos anteriormente señalados deberán presentar:

a) Constancia de registro ante la junta de asistencia privada; y b) Dictamen fiscal de ejerció del año anterior con sello de recibido por la Junta de Asistencia Privada.

DEBE DE DECIR: Artículo 108-Para el caso de proyectos que se pretendan ingresar en cualquiera de los Programas de la Subdirección de Proyectos Especiales y Vinculación Comercial (SPEyVC) bajo la modalidad de demanda sólo podrá realizarse mediante Asociaciones e Instituciones No Lucrativas y de Enseñanza que cumplan con los siguientes requisitos:

1. Presentar solicitud por escrito del presidente o representante legal de la asociación, disponible en la ventanilla de acceso al programa social.

2. Original y 2 copias legibles para cotejo de identificación oficial vigente del presidente de la asociación o representante legal (IFE, Pasaporte, Cédula Profesional, Licencia de Conducir, Documento Migratorio).

3. Original y 2 copias legibles para cotejo de datos del su comprobante de domicilio fiscal o de la figura asociativa, con una vigencia de al menos tres meses.

4. 2 copias legibles del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con homoclave de la figura asociativa expedido por el Servicio de Administración Tributaria.

5. 2 copias legibles de la Clave Única de Registro de Población (CURP) del presidente de la asociación o del representante legal.

6. Carta, “Bajo protesta de decir verdad”, en la que manifiesten que no tiene adeudos por ayudas otorgadas en otros ejercicios fiscales de los programas de la SEDEREC y que no recibe, ni recibirá o solicitará ayudas de otros programas de la Secretaría durante el año 2014 (disponible en la ventanilla correspondiente).

7. Carta del presidente o representante legal de la asociación en cual manifieste su compromiso para brindar facilidades a las personas que la SEDEREC designe, para el seguimiento de las actividades del proyecto, (disponible en la ventanilla correspondiente).

8. Original y copia legible para cotejo del Acta Constitutiva de la razón social, en caso de que los poderes del representante legal no estén expresos en el Acta Constitutiva presentar original y copia de los mismos.

9. Original y Copia legible del registro ante la Secretaria de Desarrollo Social del Distrito Federal. 10. Proyecto por escrito en original firmado y rubricado por el presidente o representante legal de la asociación y su

comité, acompañado por copia en disco compacto en los términos establecidos en la Convocatoria en formato PDF. 11. Cuando se trate de instituciones de Asistencia Privada los requisitos anteriormente señalados deberán presentar:

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 69

a) Constancia de registro ante la junta de asistencia privada; y b) Dictamen fiscal de ejerció del año anterior con sello de recibido por la Junta de Asistencia Privada.

SEGUNDO.- En la página 194 párrafo décimo sexto, se modifica para quedar como sigue DICE: Artículo 110.-El acceso de solicitudes por demanda se realizará personalmente en la Subdirección de Proyectos Especiales y Vinculación Comercial (SPEyVC) dentro de los meses de 3 de marzo a agosto del año 2014, en un horario de 10:00 a 15:00 horas de lunes a viernes y, de conformidad a la suficiencia presupuestal. Las ventanillas de acceso a las ayudas relacionadas con este aviso será: DEBE DECIR: Artículo 110.-El acceso de solicitudes por demanda se realizará personalmente en la Subdirección de Proyectos Especiales y Vinculación Comercial (SPEyVC), a partir de enero a agosto del año 2014, de conformidad a la suficiencia presupuestal, en un horario de 10:00 a 15:00 horas de lunes a viernes en días hábiles. Las ventanillas de acceso a las ayudas relacionadas con este aviso será:

TRANSITORIO ÚNICO.- Publíquese la presente Nota Aclaratoria en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y en el portal electrónico de la SEDEREC.

México, Distrito Federal a los tres días del mes de marzo del dos mil catorce.

(Firma)

LIC. HEGEL CORTÉS MIRANDA Secretario de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades

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70 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES LIC. HEGEL CORTÉS MIRANDA, Secretario de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades (SEDEREC), con fundamento en los artículos 15 fracción XX, 16 fracciones III y IV, y 23 Quintus de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 6 y 33 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 26 fracciones X y XII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; Acuerdo por el que se delega a la “SEDEREC” la facultad que se indica en la publicación de la Gaceta Oficial del 30 de marzo de 2007, las Reglas de Operación de los Programas Sociales de la SEDEREC publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal numero 1789 Bis, y el Aviso por el que se dan a conocer las Convocatorias 2014 de los programas sociales de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal número 1808 de fecha 28 de febrero de 2014, se emite la siguiente

NOTA ACLARATORIA AL AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS CONVOCATORIAS 2014 DE LOS PROGRAMAS SOCIALES DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y

EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES PUBLICADAS EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL NUMERO 1808 DE FECHA 28 DE FEBRERO DE 2014.

CONVOCATORIA 2014

PROGRAMA DE EQUIDAD PARA LOS PUEBLOS INDÍGENAS, ORIGINARIOS Y COMUNIDADES DE DISTINTO ORIGEN NACIONAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

“APOYAR LOS PROYECTOS DE ACCESO A LA JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS

INDÍGENAS EN LA CIUDAD DE MÉXICO” PRIMERO.- En página 61, renglón 28, del capítulo de REQUISITOS ESPECÍFICOS, Requisitos para Grupos de Trabajo, se omite el numeral 13 para quedar como párrafo en la forma siguiente: DICE: Requisitos para Grupos de Trabajo 12.- Al momento de ingresar la solicitud, deberán presentarse todos los integrantes del grupo de trabajo. 13. Presentar documentos que avalen los conocimientos y la experiencia sobre lo actividad que desarrollará el proyecto. DEBE DECIR: Requisitos para Grupos de Trabajo 12.- Al momento de ingresar la solicitud, deberán presentarse todos los integrantes del grupo de trabajo. Tanto en lo individual como en grupos de trabajo, deberán presentar documentos que avalen los conocimientos y la experiencia sobre la actividad que desarrollará el proyecto. SEGUNDO.- En página 61, párrafo quinto, del capítulo de CARACTERÍSTICAS DE LOS PROYECTOS, en su numeral I.- IDENTIFICACIÓN, se modifica para quedar como sigue: DICE: Los proyectos deberán contener siguiente: I.- IDENTIFICACIÓN 1.1 Nombre, sexo, edad, lugar de origen y pueblo de origen de la o los solicitantes.

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 71

DEBE DECIR: Los proyectos deberán contener siguiente: I.- IDENTIFICACIÓN 1.1 Nombre, sexo, edad, lugar de origen y pueblo de origen (si es el caso) de la o los solicitantes.

CONVOCATORIA 2014

PROGRAMA DE EQUIDAD PARA LOS PUEBLOS INDÍGENAS, ORIGINARIOS Y COMUNIDADES DE

DISTINTO ORIGEN NACIONAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO “APOYAR A LA ECONOMÍA DE GRUPOS DE INDÍGENAS Y DE PUEBLOS ORIGINARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO MEDIANTE PROYECTOS PRODUCTIVOS PARA GRUPOS DE INDÍGENAS Y DE PUEBLOS

ORIGINARIOS”

ÚNICO- En página 98, renglón 32, del capítulo de REQUISITOS PARA GRUPOS DE TRABAJO, se elimina el contenido y se modifica el numeral 12, para quedar en la forma siguiente: DICE: REQUISITOS PARA GRUPOS DE TRABAJO 12. Presentar documentos que avalen los conocimientos y la experiencia sobre actividades que desarrollarán el proyecto 13. Dos cotizaciones como mínimo en original de cada equipo, maquinaria, mobiliario o insumos que requieran para la ejecución del proyecto. DEBE DE DECIR: 12. Dos cotizaciones como mínimo en original de cada equipo, maquinaria, mobiliario o insumos que requieran para la ejecución del proyecto.

CONVOCATORIA 2014

DEL PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO Y APOYO A PUEBLOS ORIGINARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

PRIMERO En página 109, párrafo sexto, del capítulo de REQUISITOS, se modifica el numeral 12, para quedar en la forma siguiente: DICE: REQUISITOS PARA LOS CASOS DE GRUPOS DE TRABAJO EN EL QUE ALGUNO DE LOS INTEGRANTES SEA SUSTITUIDO DURANTE EL TIEMPO EN QUE SE LLEVE A CABO EN CUALQUIER ETAPA DEL PROCESO (DESDE RECEPCIÓN DE DOCUMENTO HASTA ANTES DE FIRMA DE FINIQUITO), DEBERÁN NOTIFICAR POR ESCRITO A LA SEDEREC, ACOMPAÑADO DEL ACTA DE ASAMBLEA FIRMADA POR LAS PERSONAS QUE SE RETIRAN Y LOS QUE SE INTEGRAN QUEDANDO COMO RESPONSABILIDAD DEL GRUPO DE TRABAJO, EN TODO CASO SE DEBERÁ SOMETER A APROBACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO INTERNO. DEBE DECIR: REQUISITOS

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72 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

PARA LOS COMITÉS EN EL QUE ALGUNO DE LOS INTEGRANTES SEA SUSTITUIDO DURANTE EL TIEMPO EN QUE SE LLEVE A CABO EN CUALQUIER ETAPA DEL PROCESO (DESDE RECEPCIÓN DE DOCUMENTO HASTA ANTES DE FIRMA DE FINIQUITO), DEBERÁN NOTIFICAR POR ESCRITO A LA SEDEREC, ACOMPAÑADO DEL ACTA DE ASAMBLEA FIRMADA POR LAS PERSONAS QUE SE RETIRAN Y LOS QUE SE INTEGRAN QUEDANDO COMO RESPONSABILIDAD DE LA ASAMBLEA COMUNITARIA, EN TODO CASO SE DEBERÁ SOMETER A APROBACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO INTERNO. SEGUNDO.- En página 111, párrafo primero, del capítulo de DISPOSICIONES FINALES, se elimina dicho párrafo, para quedar en la forma siguiente: DICE: DISPOSICIONES FINALES La comprobación de los recursos se hará en un periodo de sesenta días hábiles a partir de la firma del Convenio. Se realizara mediante facturas, notas de venta y/o notas de remisión, recibo simple (estos dos últimos tanto de forma individual o ambas, no podrán exceder de 20% del monto total aprobado y tendrá que venir acompañado con una copia de identificación oficial de quien emita estos). Los aspectos no previstos en la presente Convocatoria y no estén considerados en las reglas correspondientes y demás instrumentos jurídicos aplicables, serán resueltos por el Comité Técnico Interno de la Secretaría. DEBE DE DECIR: DISPOSICIONES FINALES Los aspectos no previstos en la presente Convocatoria y no estén considerados en las reglas correspondientes y demás instrumentos jurídicos aplicables, serán resueltos por el Comité Técnico Interno de la Secretaría. TERCERO.- En página 124, párrafo tercero, del capítulo OTROS, 2.- En caso de incumplimiento se elimina el numeral 2.2, para quedar en la forma siguiente: DICE: OTROS 2. De los integrantes de los comités 2.1 Los comités están obligados a atender tanto los compromisos establecidos en la presente Guía, como en el Convenio de Concertación. 2.2 PARA LOS CASOS DE GRUPOS DE TRABAJO EN EL QUE ALGUNO DE LOS INTEGRANTES SEA SUSTITUIDO DURANTE EL TIEMPO EN QUE SE LLEVE A CABO EN CUALQUIER ETAPA DEL PROCESO (DESDE RECEPCIÓN DE DOCUMENTO HASTA ANTES DE FIRMA DE FINIQUITO), DEBERÁN NOTIFICAR POR ESCRITO A LA SEDEREC, ACOMPAÑADO DEL ACTA DE ASAMBLEA FIRMADA POR LAS PERSONAS QUE SE RETIRAN Y LOS QUE SE INTEGRAN QUEDANDO COMO RESPONSABILIDAD DEL GRUPO DE TRABAJO, EN TODO CASO SE DEBERÁ SOMETER A APROBACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO INTERNO DEBE DE DECIR: OTROS 2. De los integrantes de los comités 2.1 Los comités están obligados a atender tanto los compromisos establecidos en la presente Guía, como en el Convenio de

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 73

Concertación. 2.2.- Se elimina

CONVOCATORIA 2014

PROGRAMA DE TURISMO ALTERNATIVO Y PATRIMONIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

“AYUDAR A PROMOVER LA PRÁCTICA Y CONOCIMIENTO DEL TURISMO ALTERNATIVO Y PATRIMONIAL, LA CREACIÓN Y PROMOCIÓN DE RUTAS TURÍSTICAS, AGROALIMENTARIAS Y PATRIMONIALES; ACONDICIONAMIENTO, EQUIPAMIENTO, AMPLIACIÓN Y HABILITACIÓN DE ESPACIOS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TURISMO ALTERNATIVO Y PATRIMONIAL;

PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN DEL TURISMO ALTERNATIVO, ASÍ COMO IMPULSAR EL TURISMO SOCIAL, EN EL MARCO DE LAS RUTAS PATRIMONIALES”

ÚNICO.- En página 131, párrafo último, del capítulo DISPOSICIONES FINALES, se modifica para, para quedar en la forma siguiente: DICE: DISPOSICIONES FINALES La comprobación de los recursos se hará en un periodo de sesenta días hábiles a partir de la firma del Convenio. Se realizará mediante factura, nota de venta y/o nota de remisión, recibo simple (estos dos últimos tanto de forma individual o ambas, no podrán exceder del 20% del monto total aprobado y tendrá que venir acompañado con una copia de identificación oficial de quien emita estos).

DEBE DECIR: DISPOSICIONES FINALES La comprobación de los recursos se hará en un periodo de sesenta días hábiles a partir de la firma del Convenio. Se realizará únicamente mediante documentación que reúna los requisitos fiscales.

CONVOCATORIA 2014

DEL PROGRAMA DE EQUIDAD PARA LA MUJER RURAL, INDÍGENA, HUÉSPED Y MIGRANTE DE LA

CIUDAD DE MÉXICO SUBPROGRAMA “MUJER INDÍGENA Y DE PUEBLOS ORIGINARIOS” PRIMERO En página 132, párrafo octavo y noveno, del capítulo de CONVOCA, se modifica para quedar en la forma siguiente: DICE:

CONVOCA Los grupos de trabajo deberán de conformarse por al menos 4 mujeres indígenas y de pueblos originarios de la Ciudad de México. El trámite de acceso al programa deberán realizarlo personalmente las 4 integrantes del grupo de trabajo, independientemente de su pertenencia a alguna organización social, en el caso de que no se presenten todas las integrantes y no entregue la documentación completa no se recepcionará la solicitud. DEBE DECIR:

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74 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

CONVOCA Los grupos de trabajo deberán de conformarse por al menos 5 mujeres indígenas y de pueblos originarios de la Ciudad de México. El trámite de acceso al programa deberán realizarlo personalmente las 5 integrantes del grupo de trabajo, independientemente de su pertenencia a alguna organización social, en el caso de que no se presenten todas las integrantes y no entreguen la documentación completa no se recepcionará la solicitud. SEGUNDO.- En la página 134, párrafo siete del capítulo de REQUISITOS, se modifica el numeral 13 para quedar en la forma siguiente: DICE: REQUISITOS 12. Llenado de cédula de evaluación socioeconómica de cada integrante del grupo de trabajo, debidamente requisitada (disponible en la ventanilla correspondiente). 13. En el caso de proyectos de continuidad, proporcionar copia del acta finiquito de primer apoyo.

• Presentar documentos que avalen los conocimientos y la experiencia sobre actividades que desarrollarán el proyecto. 14. Los demás requisitos adicionales en caso de convenir concurrencia. DEBE DECIR: REQUISITOS 12. Llenado de cédula de evaluación socioeconómica de cada integrante del grupo de trabajo, debidamente requisitada (disponible en la ventanilla correspondiente). 13. En el caso de proyectos de continuidad, proporcionar copia del acta finiquito de primer apoyo. 14. Los demás requisitos adicionales en caso de convenir concurrencia. TERCERO.- En la página 134, párrafo noveno, del capítulo de REQUISITOS, se modifica para quedar en la forma siguiente: DICE: REQUISITOS Para los casos de los Grupos de Trabajo en el que alguno (s) de los integrantes sea sustituido durante el tiempo en que se lleva a cabo en cualquier etapa del proceso (desde su recepción de documentación hasta antes de la firma de finiquito), deberán notificar por escrito a la SEDEREC, acompañado del Acta de Asamblea firmada por las personas que se retiran y los que se integran, quedando como responsabilidad del grupo de trabajo. Únicamente se permitirá el cambio cuando se trate de causas de fuerza mayor la cual se deberá someter a aprobación del Comité Técnico Interno, de lo contrario no se permitirá el cambio de integrantes. DEBE DECIR: REQUISITOS Para los casos de los Grupos de Trabajo en la que alguna (s) de las integrantes sea sustituida durante el tiempo en que se lleva a cabo en cualquier etapa del proceso (desde su recepción de documentación hasta antes de la firma de finiquito), deberán notificar por escrito a la SEDEREC, acompañado del Acta de Asamblea firmada por las personas que se retiran y los que se integran, quedando como responsabilidad del grupo de trabajo. Únicamente se permitirá el cambio cuando se trate de causas de fuerza mayor la cual se deberá someter a aprobación del Comité Técnico Interno, de lo contrario no se permitirá el cambio de integrantes.

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 75

CUARTO.- En la página 136, párrafo sexto, del capítulo de CARACTERÍSTICAS DEL PROYECTO, numeral Estructura presupuestal por actividad a realizar se modifica para quedar en la forma siguiente: DICE: CARACTERÍSTICAS DEL PROYECTO, Estructura presupuestal por actividad a realizar.

Para los proyectos artesanales de apertura se podrá asignar hasta un 30% en insumos, hasta $6,000.00 (seis mil pesos 00/100M.N) para módulos de venta (kiosco, carretas de madera, mostradores, exhibidores) en corredores artesanales, siempre y cuando presenten la autorización por la instancia correspondiente.

DEBE DECIR: CARACTERÍSTICAS DEL PROYECTO, Estructura presupuestal por actividad a realizar.

Para los proyectos artesanales de apertura se podrá asignar hasta un 30% en insumos. En caso de que en los proyectos artesanales de apertura, requieran la adquisición de módulos de venta (kiosco, carretas de madera, mostradores, exhibidores), para ser utilizados en corredores artesanales, siempre y cuando presenten la autorización por la instancia correspondiente. Esta adquisición no deberá exceder la cantidad de $6,000.00, (seis mil pesos 00/100 M.N.). Monto que deberá contemplarse dentro del porcentaje autorizado para la compra de maquinaria o equipo.

CONVOCATORIA 2014

DEL PROGRAMA DE EQUIDAD PARA LA MUJER RURAL, INDÍGENA, HUÉSPED Y MIGRANTE DE LA

CIUDAD DE MÉXICO”

EN SU SUBPROGRAMA “MUJER RURAL” PRIMERO.- En la página 152, párrafo sexto, del capítulo de RECEPCIÓN DE SOLICITUDES, se modifican las fechas, para quedar en la forma siguiente: DICE RECEPCIÓN DE SOLICITUDES: El período de recepción de las solicitudes será del 03 al 14 de marzo de 2014. DEBE DE DECIR RECEPCIÓN DE SOLICITUDES: El período de recepción de las solicitudes será del 10 al 21 de marzo de 2014. SEGUNDO.- En la página 153, párrafo sexto, del capítulo de PUBLICACIÓN DE RESULTADOS, se modifican las fechas, para quedar en la forma siguiente: DICE PUBLICACIÓN DE RESULTADOS.

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76 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

La Subdirección de Proyectos Especiales y Vinculación Comercial tendrá hasta el 27 de Junio de 2014 para publicar los resultados de la Convocatoria en los estrados de la ventanilla receptora, y en el portal electrónico de la SEDEREC www.sederec.df.gob.mx. Serán publicados el número de folio, el nombre de la beneficiaria y en su caso, nombre del proyecto, nombre del programa y componente, para que la ciudadanía pueda supervisar el programa, con la plena protección de los datos personales establecidos en la legislación aplicable. DEBE DE DECIR PUBLICACIÓN DE RESULTADOS. La Subdirección de Proyectos Especiales y Vinculación Comercial tendrá hasta el 04 de Julio de 2014 para publicar los resultados de la Convocatoria en los estrados de la ventanilla receptora, y en el portal electrónico de la SEDEREC www.sederec.df.gob.mx. Serán publicados el número de folio, el nombre de la beneficiaria y en su caso, nombre del proyecto, nombre del programa y componente, para que la ciudadanía pueda supervisar el programa, con la plena protección de los datos personales establecidos en la legislación aplicable.

CONVOCATORIA 2014

DEL PROGRAMA DE AGRICULTURA SUSTENTABLE A PEQUEÑA ESCALA, EN SUS COMPONENTES:

“AGRICULTURA URBANA”

“MEJORAMIENTO DE TRASPATIOS”

“FOMENTAR LA PRODUCCIÓN ORGÁNICA”

PRIMERO.- En la página 163, párrafo segundo, del capítulo de RECEPCIÓN DE SOLICITUDES, se modifican las fechas, para quedar en la forma siguiente: DICE RECEPCIÓN DE SOLICITUDES El período de recepción de las solicitudes será del 03 al 14 de marzo de 2014. La o el solicitante deberá dirigirse personalmente a las siguientes ventanillas: DEBE DE DECIR RECEPCIÓN DE SOLICITUDES El período de recepción de las solicitudes será del 10 al 21 de marzo de 2014. La o el solicitante deberá dirigirse personalmente a las siguientes ventanillas: SEGUNDO.- En la página 163, párrafo primero, del capítulo de PUBLICACIÓN DE RESULTADOS, se modifican las fechas, para quedar en la forma siguiente: DICE: PUBLICACIÓN DE RESULTADOS

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 77

La Subdirección de Proyectos Especiales y Vinculación Comercial tendrá hasta el 27 de Junio de 2014 para publicar los resultados de la Convocatoria en los estrados de la ventanilla receptora, y en el portal electrónico de la SEDEREC www.sederec.df.gob.mx. Serán publicados el número de folio, el nombre del beneficiario-a y en su caso, nombre del proyecto, nombre del programa y componente, para que la ciudadanía pueda supervisar el programa, con la plena protección de los datos personales establecidos en la legislación aplicable. DEBE DE DECIR PUBLICACIÓN DE RESULTADOS La Subdirección de Proyectos Especiales y Vinculación Comercial tendrá hasta el 4 de Julio de 2014 para publicar los resultados de la Convocatoria en los estrados de la ventanilla receptora, y en el portal electrónico de la SEDEREC www.sederec.df.gob.mx. Serán publicados el número de folio, el nombre del beneficiario-a y en su caso, nombre del proyecto, nombre del programa y componente, para que la ciudadanía pueda supervisar el programa, con la plena protección de los datos personales establecidos en la legislación aplicable.

CONVOCATORIA 2014

DEL PROGRAMA CULTURA ALIMENTARIA, ARTESANAL, VINCULACION COMERCIAL Y FOMENTO DE LA INTERCULTURALIDAD Y RURALIDAD DE LA CIUDAD DE MEXICO EN SUS COMPONENTES:

“VINCULACION COMERCIAL DE PRODUCTOS RURALES, ALIMENTARIOS Y ARTESANALES”

“CONSERVAR E IMPULSAR LA CULTURA ALIMENTARIA Y ARTESANAL”

PRIMERO.- En la página 170, párrafo primero, del capítulo de RECEPCIÓN DE SOLICITUDES, se modifican las fechas, para quedar en la forma siguiente DICE RECEPCIÓN DE SOLICITUDES El período de recepción de las solicitudes será del 03 al 14 de marzo de 2014. DEBE DE DECIR RECEPCIÓN DE SOLICITUDES El período de recepción de las solicitudes será del 10 al 21 de marzo de 2014. SEGUNDO.- En la página 170, párrafo octavo, del capítulo de PUBLICACIÓN DE RESULTADOS, se modifican las fechas, para quedar en la forma siguiente: DICE PUBLICACIÓN DE RESULTADOS La Subdirección de Proyectos Especiales y Vinculación Comercial tendrá hasta el 27 de Junio de 2014 para publicar los resultados de la Convocatoria en los estrados de la ventanilla receptora, y en el portal electrónico de la SEDEREC www.sederec.df.gob.mx. Serán publicados con el número de folio, el nombre del beneficiario-a y en su caso, nombre del proyecto, nombre del programa y componente, para que la ciudadanía pueda supervisar el programa, con la plena protección de los datos personales establecidos en la legislación aplicable. DEBE DE DECIR PUBLICACIÓN DE RESULTADOS

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78 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

La Subdirección de Proyectos Especiales y Vinculación Comercial tendrá hasta el 4 de Julio de 2014 para publicar los resultados de la Convocatoria en los estrados de la ventanilla receptora, y en el portal electrónico de la SEDEREC www.sederec.df.gob.mx. Serán publicados con el número de folio, el nombre del beneficiario-a y en su caso, nombre del proyecto, nombre del programa y componente, para que la ciudadanía pueda supervisar el programa, con la plena protección de los datos personales establecidos en la legislación aplicable.

Transitorio

Único.- Publíquese la presente Nota aclaratoria en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y en el portal electrónico de la SEDEREC.

México, Distrito Federal a los tres días del mes de marzo del dos mil catorce.

(Firma)

LIC. HEGEL CORTÉS MIRANDA

Secretario de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 79

DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN

LEONEL LUNA ESTRADA, JEFE DELEGACIONAL EN ÁLVARO OBREGÓN, con fundamento en los artículos 87, 112 segundo párrafo y 117 fracción VII del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 15 fracción VI, 16 fracciones III, IV y VII, 38, 39 y demás relativos de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 32, 33 y 35 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; 44 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2014 y 50, 51 y 52 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; así mismo, con base a los Lineamientos y Mecanismos de Operación publicados el 30 de enero de 2014 en la Gaceta oficial del Distrito Federal No. 1788, expido el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER LA CONVOCATORIA PARA EL PROGRAMA DE COINVERSIÓN SOCIAL PARA LA REHABILITACIÓN DE UNIDADES HABITACIONALES

”CONVIVE” 2014

Las Unidades Habitacionales de esta demarcación han sido objeto de un abandono gradual por parte de sus habitantes, que las ha colocado en un estado de deterioro que pone en riesgo sus inmuebles; demeritan las condiciones de vida y convivencia de quienes habitan estos conjuntos condominales. La Delegación Álvaro Obregón, consciente de que las Unidades Habitacionales son propiedad privada, ha encontrado fundamento en los artículos 27 y 75 fracción II de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal; así mismo, crear convenios con dichas unidades y asumir una corresponsabilidad social, dotándolas de obras y reparaciones básicas de mantenimiento y restauración de sus áreas comunes. Sobre esta bese se diseñó el Programa de Coinversión Social para la Rehabilitación de Unidades Habitacionales “CONVIVE”. APOYOS ECONÓMICOS En el presente Ejercicio se designó un monto total de $15’000,000.00 (Quince millones de pesos 00/100 M.N.), con el cual se beneficiarán hasta 10 (DIEZ) Unidades Habitacionales ubicadas dentro del Perímetro Delegacional, seleccionadas con base a las 34 Demandas Ciudadanas ingresadas. ACCESO El administrador, representante y/o vecino de la Unidad Habitacional debe ingresar solicitud por escrito en el Centro de Servicios y Atención Ciudadana “CESAC”, ubicado en el edificio Delegacional en Calle Canario s/n, esquina Calle 10, Colonia Tolteca, c. p. 01150, de lunes a viernes de 09:00 a 17:00 horas, dirigido al Jefe Delegacional en Álvaro obregón con copia al Director General de Obras y Desarrollo Urbano, señalando domicilio completo, teléfono y número de viviendas. VIGENCIA 1° de Enero al 31 de Diciembre de 2014. REQUISITOS

• El administrador, representante y/o vecino de la Unidad Habitacional debe ingresar por escrito la solicitud en la Coordinación del Centro de Servicios y Atención Ciudadana “CESAC “ y/o en la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano.

• La Unidad Habitacional deberá encontrarse ubicada en el perímetro que ocupa la Delegación Álvaro Obregón. • Contar con una administración constituida y registrada ante la Procuraduría Social del Gobierno del Distrito Federal o acreditar el proceso de constitución y registro. • Deberá tener una antigüedad mínima de cinco años. • Deberá contar con un mínimo de diez viviendas y/o departamentos. • La Unidad Habitacional deberá mostrar deterioro en sus áreas de uso común.

PROCESO DE SOLICITUD

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80 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

El Órgano Político Administrativo a través de la Coordinación de Programas Comunitarios le informará por escrito, vía telefónica o visita domiciliaria que serán beneficiarios del programa y deberá presentar a dicha Coordinación los siguientes documentos debidamente formalizados para los trámites administrativos correspondientes:

• Copia del Acta Constitutiva de la Unidad Habitacional actualizada ante la Procuraduría Social del Distrito Federal.

• Copia de la Credencial de Elector, expedida por el Instituto Federal Electoral de cada uno de los integrantes de la Comisión de Administración y Supervisión.

• Comprobante de domicilio de cada uno de los integrantes del Comisión de Administración y Supervisión. • Acta de la Resolución de la Asamblea Condominal; durante la asamblea se determinan por consenso de prioridad

los trabajos de rehabilitación y mantenimiento que se realizarán, así como los vecinos que conformarán la Comisión de Administración y la Comisión de Supervisión.

• Convenio de Corresponsabilidad entre el Órgano Político Administrativo, el contratista y las comisiones nombradas. *Se entenderá por Convenio de Corresponsabilidad, al documento donde se estipule el Apoyo Económico para el mantenimiento de áreas comunes que el Órgano Político Administrativo otorgue, así como el tiempo que tendrá la Unidad Habitacional para hacer uso del Apoyo Económico y en el que se obliga la Comisión de Administración y Supervisión a responder del mismo. CONSIDERACIONES

• El ingreso de la solicitud de la solicitud de la Unidad Habitacional no garantiza la asignación del apoyo, sino exclusivamente el derecho a participar en la selección.

• Con base en la suficiencia presupuestal para el presente ejercicio, serán seleccionadas las Unidades Habitacionales que muestren mayor deterioro y/o que enfrenten situaciones de riesgo.

CAUSALES DE BAJA

• No presentar la Documentación Correspondiente en tiempo y forma. • No promover por parte del solicitante la participación en toda la Unidad Habitacional.

“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente.”

TRANSITORIOS

Primero.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Segundo.- La presente publicación entrará en vigor el día siguiente de su Publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

México D. F. a 27 de Febrero de 2014. A t e n t a m e n t e

Lic. Leonel Luna Estrada (Firma)

C. Jefe Delegacional en Álvaro Obregón ___________________________________________________

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 81

DELEGACIÓN MILPA ALTA

ARQ. VÍCTOR HUGO MONTEROLA RÍOS, JEFE DELEGACIONAL DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL EN MILPA ALTA con fundamento en los artículos, 1º, 8 fracción II, 12 fracción III, 87 párrafo tercero y 104 y 105 párrafo primero del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1º, 10 fracción XII, 37, 38 párrafo primero, 39 fracciones XLV, LXI, LXV y LXXXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1º fracción III, 2º fracción IV, 3º fracciones I, VI y VII, 6° fracción III, 10 fracciones III, IV y V, 18 fracción VIII, 19 fracciones I, II, III y XI, 24 y 85 fracción VI último párrafo de la Ley Ambiental de la Protección a la Tierra en el Distrito Federal; 1° fracciones I, II, IV, V, VII, IX, XII, XV y XX y 34 fracción II de la Ley Desarrollo Social para el Distrito Federal; 56, 57 y 58 último párrafo del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y 1, 2, 3, 8, 10; 26 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal y 1º, 120, 121, 122 último párrafo, 122 bis fracción XII, inciso G) y 176 fracciones II, IV y X del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; me permito emitir el siguiente: AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL PADRÓN DE BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA PARA EL DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE DE MILPA ALTA (PRODERSUMA 2013) TIPO DE AYUDA: Monetario FRECUENCIA DE LA ENTREGA: Una vez al año DELEGACIÓN: Milpa Alta

No. APELLIDO PATERNO

APELLIDO MATERNO NOMBRE(S)

EDAD EN

AÑOS

SEXO H/M

UNIDAD TERRITORIAL DELEGACIÓN

1 Paredes Gutiérrez Gerardo 48 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

2 Flores Baranda Rosalio 58 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

3 Flores Mata Josué 21 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

4 Flores Yedra Ignacio 60 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

5 Valdés Tapia Francisco 41 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

6 Miranda Corona José Guadalupe 52 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

7 Ortiz Arelio Elena 76 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

8 Villegas García José Ignacio 22 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

9 Villegas Villanueva Ignacio 46 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

10 Villegas García Guadalupe 23 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

11 García Pineda Rufina 46 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

12 Yedra Flores Abraham 70 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

13 Sánchez Islas Jorge 57 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

14 Espiridión González Cirila 71 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

15 Guerrero Espiridión Ignacia 45 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

16 Guerrero Espiridión Antonia 50 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

17 Torres Sánchez Benita 48 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

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82 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

18 Flores Méndez Lidia 43 M Santa Ana

Tlacotenco Milpa Alta

19 García Pineda Heriberto 54 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

20 Hernández Tapia Juana 48 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

21 Torres Solís Eleuteria 65 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

22 Rosas Torres Edgar Alejandro 36 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

23 Baranda Anaya Alfonso 49 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

24 Dávalos Torres Francisco 50 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

25 Garibay Flores Enrique 47 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

26 Galicia Morales Bulmaro 44 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

27 Morales Corona Hilarión 60 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

28 Alvarado Oropeza Maria Luisa 24 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

29 Pineda Lima Virginia 49 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

30 Montaño Melo Néstor Rosario 58 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

31 Martínez Chávez Dominga 79 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

32 Abad Arroyo Rosalía 46 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

33 Bonilla Flores Dominga 45 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

34 García Hernández Gerardo 24 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

35 García Hernández José 20 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

36 Oropeza Garibay Leonarda 62 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

37 Rodríguez Silva Amalia 77 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

38 Robles Alvarado María Cristina 48 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

39 Hernández Pineda Rodrigo 38 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

40 Meza Jardines Estela 56 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

41 Silva Morales Gloria 43 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

42 Silva Morales Ricardo 46 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

43 Silva Morales Margarita 35 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

44 Martínez Roque Evangelina 42 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

45 Manterola Suárez Cristina Sonia 28 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 83

46 De la Rosa

Romero Romero José Luis 42 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

47 Reyes Leyva Cirilo 64 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

48 Pineda Alvarado Paula 58 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

49 Rivera Peña Aquilina 63 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

50 Rosas Alvarado Enriqueta 58 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

51 Morales Ramos Armando 66 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

52 Torres Sánchez Juan 42 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

53 Jurado Monterola Olimpia 44 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

54 Arenas Espiridión Marisol 35 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

55 Paredes Gutiérrez Bernabé 56 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

56 Flores García Sotera Ángela 82 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

57 Alvarado Oropeza Alejandro 28 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

58 Manterola Suarez Luis Ángel 30 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

59 Pérez Suárez Francisca 55 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

60 Solís Guerrero Araceli 26 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

61 Solís Silva Enedino 54 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

62 Solís Guerrero Janet 21 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

63 Nápoles Rosas Luciana 45 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

64 Dávalos Nápoles Leydi Laura 28 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

65 Carrillo Ávila María Teresa 47 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

66 Calderón Beltrán José Juan 52 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

67 Linares Alvarado Ramón 56 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

68 Cruz Nápoles Avelino Eusebio 60 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

69 Vergara Martínez Natividad 42 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

70 López Flores Piedad 63 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

71 Flores Torres Ricardo 45 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

72 Monroy Meza Maribel 36 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

73 Alvarado Alvarado José Mario 43 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

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84 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

74 Montaño Melo Rufino 61 H Santa Ana

Tlacotenco Milpa Alta

75 Hernández Tapia Enrique 44 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

76 Melo Martínez Luis 53 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

77 Montaño Rivera Ana Yadira 24 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

78 Méndez Romero Nicolasa 67 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

79 Martínez Alvarado Manuel 64 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

80 Martínez Muñoz Ilce Rubith 25 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

81 Morales Cárdenas Heder 27 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

82 Pineda Castor Jenny 21 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

83 Islas Jurado Gregorio 59 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

84 Dávalos Torres Enriqueta 37 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

85 Leyva Arenas Romana 53 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

86 Nápoles Martínez Juan Carlos 30 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

87 Sevilla Villanueva Gloria 51 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

88 Rosas Arellano Candelario 53 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

89 Ortiz Rosas Juana 56 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

90 Manterola Ortiz Norma 34 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

91 Nápoles Martínez Víctor Manuel 32 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

92 Guerrero Pérez Lorenzo 44 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

93 Rodríguez Silva Isidra 44 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

94 Blancas Tapia Gloria 36 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

95 Silva Arenas Crescencio 80 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

96 Silva Morales Roberto 51 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

97 Nápoles Peña Guadalupe 49 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

98 Lima Rodríguez José 48 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

99 Vilchis Lemus Francisco 26 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

100 Rosas Blancas Vicenta 55 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

101 Blancas Carrillo Sabino Juan 62 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 85

102 Dávalos Garibay José Luis 36 H Santa Ana

Tlacotenco Milpa Alta

103 Paredes Flores Pablo 36 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

104 Chávez Pineda Irma 35 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

105 Torres Jurado Juan 19 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

106 Oliver Medina Patricia 39 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

107 Calderón Guzmán Ubaldo 50 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

108 Mata Nápoles José 37 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

109 Manterola Ortiz Elizabeth 33 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

110 García De La Cruz Patricia 33 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

111 Vergara Sánchez Mateo 62 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

112 Solares Escandón Jorge 51 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

113 Alvarado Solares Agapita 82 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

114 Ramírez Cruz Claudia 45 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

115 Cruz Flores Nancy 30 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

116 Rivas Alanís Filadelfo 62 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

117 X Flores Vicente 59 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

118 Domínguez Rosey Arturo 54 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

119 Hernández Cañedo Norma 47 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

120 Rosas Mejía Nicasio 65 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

121 Meza Salazar Javier 50 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

122 Lozada Meza Marino 72 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

123 Núñez Alarcón Rogelio 69 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

124 Cristóbal Meza Jorge 60 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

125 Medina Molina Cristino 62 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

126 Flores Alanís María Félix 55 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

127 Molina Anaya Erasmo 61 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

128 Ruiz Rosas Félix 63 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

129 Rivas Flores Elías Rodolfo 46 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

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86 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

130 Téllez Nava Rubí Celia 41 M San Pablo

Oztotepec Milpa Alta

131 Martínez Sandoval Leonardo 50 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

132 Cristóbal Ramírez Araceli 30 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

133 Lozada Olivos Rodolfo 56 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

134 Valdez Ortiz Mariana 66 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

135 Molina Vázquez Ascención 84 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

136 Molina Ávila Juana 45 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

137 Orenda Meza Adela 65 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

138 Solares Ramírez Jorge 22 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

139 Galicia Hernández María del Karen 23 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

140 Salazar Jiménez Alejandra 38 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

141 Cruz Salazar Georgina 52 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

142 Vázquez Molina Juan 63 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

143 Acosta García Lidia 42 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

144 Salazar Tovar Reyna 56 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

145 Orenda Llanos María 56 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

146 Sánchez Amado José Luis 54 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

147 Bárcena Ruiz Mario 32 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

148 Alfaro Orenda Aidee 35 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

149 Reynoso Medina Salvador 58 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

150 Gómez Medina Gildardo 54 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

151 Rosey Medina Fernando 49 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

152 Alarcón Acevedo Felipa 48 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

153 Molina Alarcón Jesús 62 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

154 Llanos Zúñiga Tomas 49 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

155 Caballero Quiñones Erika 33 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

156 Llanos Santos Oscar 38 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

157 Rosey Vázquez Alejandra 54 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 87

158 Pérez Garfias Juana 47 M San Pablo

Oztotepec Milpa Alta

159 Amado Zendejas Fátima 22 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

160 Llanos Caballero Sandra 18 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

161 Quiñonez López Anayanci 22 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

162 Sánchez Salazar Joel Manuel 24 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

163 Calzada Martínez Soledad 77 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

164 Flores Monroy María Isabel 42 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

165 Téllez Calzada Javier 47 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

166 Ramírez Téllez Luis Alberto 20 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

167 López Salazar Mitzy Alejandra 19 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

168 Téllez Flores Elide 41 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

169 Ramírez García Macario 46 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

170 Ramírez Téllez Lizbeth 22 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

171 Trejo Santos María De Lourdes 55 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

172 Galicia Retana Gabriel 60 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

173 Ramos Roldan María De Los Ángeles 49 M San Salvador

Cuauhtenco Milpa Alta

174 Galicia Retana Milca Elisma 23 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

175 Téllez Calzada Salvadora 58 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

176 Benítez Martínez Renato 66 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

177 Ramírez Tiol Armando 49 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

178 López Bobadilla Fidel 27 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

179 Balanzario González Cristeta 85 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

180 Bobadilla Balanzario Teresa 50 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

181 Vega Caldiño Adela 51 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

182 Retana Jiménez Francisco 56 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

183 Padilla García Bernarda 70 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

184 Jiménez Quintos José 76 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

185 Solares Berrocal Antonia 63 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

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88 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

186 Medina Torrez Nanahuatzin 21 H San Salvador

Cuauhtenco Milpa Alta

187 Jiménez Arellano Fidel 41 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

188 Rojas García Jokabeth 47 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

189 Rojas Rosas Silvia 47 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

190 Téllez Flores Jorge Luis 23 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

191 Tapia Bobadilla Lauro 52 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

192 Ramírez Bobadilla Angélica 22 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

193 Nava Alderete Rosa Isela 59 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

194 López Jiménez Selene 29 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

195 Galicia Gervacio Andrés 43 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

196 Rojas García Yvette 39 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

197 Jiménez Limas Adelfo 77 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

198 Arenas Tapia Marcos 49 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

199 Caldiño Casales Virginia 67 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

200 Ramírez Bobadilla Rosario 24 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

201 Calderón Galicia Gabriela 21 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

202 Téllez Nava Juan Carlos 34 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

203 Galicia Balanzario Ignacio 74 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

204 Galicia Jiménez Efraín 52 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

205 García Roa José Ixtlixochitl 65 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

206 López Almazan Araceli 44 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

207 Retana Jiménez Mauro 47 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

208 Téllez Flores Javier 19 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

209 Galicia Rojas Cesar 22 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

210 Téllez Galicia Rogelio 38 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

211 Mancilla Romero María Del Pilar 36 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

212 Balanzario González Estefana 71 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

213 Téllez Romero Gonzalo 63 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 89

214 Mendoza Jiménez Juan 53 H San Salvador

Cuauhtenco Milpa Alta

215 Arias Gómez Margarita 58 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

216 Pineda Molina Silvia 64 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

217 Jiménez Caldiño Marcela 48 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

218 Sánchez Rentería Francisco 75 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

219 Retana Jiménez Gerardo 49 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

220 Rojas Arenas Patricia 49 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

221 Pérez Ronquillo Juan 66 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

222 Carrillo Ávila Eustaquio 54 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

223 Carrillo Rojas Andrés 80 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

224 Zamora Andrade Gregorio 70 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

225 Arelio Mendoza María Bertha 43 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

226 Zamora Ramírez Olga Lidia 33 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

227 Ramírez X Epigmenia 68 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

228 González Madrid Hipólito 49 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

229 León Yedra Laurencia 48 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

230 González Medina Edith 21 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

231 Zarate Díaz Lucina 47 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

232 Rodríguez Zarate Misael 20 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

233 Rodríguez Ríos Ignacio 47 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

234 Segura Ramírez María Eugenia 44 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

235 Hernández Salazar Erik Francisco 19 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

236 Galicia Segura Brenda Berenice 18 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

237 Galicia Abad Jorge 45 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

238 Ramírez Galicia Albino 64 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

239 González Rodríguez Luis Miguel 22 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

240 Ávila X Manuela 70 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

241 Carrillo Garcés Ismael 23 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

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90 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

242 Carrillo Miranda Jorge 37 H San Lorenzo

Tlacoyucan Milpa Alta

243 Martínez Álvarez Benjamín 51 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

244 Martínez Beltrán Carla Irahi 27 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

245 Reyes Madrigal Virginia 61 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

246 Beltrán Martínez Ana Natalia 48 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

247 Garcés Reyes Ana 49 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

248 Galicia Abad Magdaleno 40 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

249 Vázquez Quevedo Adolfa 39 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

250 Galicia Segura Juan 21 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

251 Muñoz Galicia Amada 52 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

252 Galicia Muñoz Roberto Carlos 29 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

253 Galicia Medina Roberto 56 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

254 Pérez Pueblas Norma Angélica 35 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

255 Segura Torres Olivia 46 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

256 González Medina Juliett 18 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

257 Medina Hernández Rocío 43 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

258 González Reyes Ernesto 50 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

259 Reyes Carrillo Juan Carlos 32 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

260 Reyes Carrillo Omar 20 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

261 Cárdenas López Cristino Julio 52 H San Antonio Tecomitl Milpa Alta

262 Suárez Garcés Asunción 78 H San Antonio Tecomitl Milpa Alta

263 Flores Roldan Daniel 59 H San Antonio Tecomitl Milpa Alta

264 Rivera Flores Hilda 32 M San Antonio Tecomitl Milpa Alta

265 Rivera Flores Samuel 43 H San Antonio Tecomitl Milpa Alta

266 Anzures Galindo Rosa Ángela 32 M San Antonio Tecomitl Milpa Alta

267 Roldan Medina Rogelio 63 H San Antonio Tecomitl Milpa Alta

268 Vera Medina Rosa 65 M San Antonio Tecomitl Milpa Alta

269 Martínez Blancas Hilario 66 H San Antonio Tecomitl Milpa Alta

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 91

270 Alva Labarrios Jorge Ricardo 57 H San Antonio

Tecomitl Milpa Alta

271 Chaparro Vanegas Buenaventura 63 M San Antonio Tecomitl Milpa Alta

272 Jiménez Meza Heriberto 41 H San Antonio Tecomitl Milpa Alta

273 Acevedo Peña María Guadalupe Sonia 52 M San Antonio

Tecomitl Milpa Alta

274 Labarrios López José Luis 59 H San Antonio Tecomitl Milpa Alta

275 López Martínez José Luis 46 H San Antonio Tecomitl Milpa Alta

276 Peña Núñez María Guadalupe 44 M San Antonio Tecomitl Milpa Alta

277 Alvarado Noriega Efrén 89 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

278 Muñoz Galicia Cleotilde 54 M San Juan Tepenahuac Milpa Alta

279 Evillano Galicia Adelfo 52 H San Pedro Atocpan Milpa Alta 280 Evillano Bruno Ana Karen 23 M San Pedro Atocpan Milpa Alta 281 De Jesús Hernández Marcela 30 M San Pedro Atocpan Milpa Alta 282 Evillano Bruno Juan Carlos 29 H San Pedro Atocpan Milpa Alta 283 Bruno Cortes Hermelinda 46 M San Pedro Atocpan Milpa Alta 284 Miranda Rodríguez Verónica 42 M San Pedro Atocpan Milpa Alta 285 Robles Montes De Oca Carlos Jorge 58 H Villa Milpa Alta Milpa Alta 286 Vega Baranda Nadia Erandi 31 M San Pedro Atocpan Milpa Alta 287 Rodríguez Jiménez Fernando 65 H San Pedro Atocpan Milpa Alta

288 Alarcón Bermúdez Rubén 40 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

289 Álvarez Torres Nely 38 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

290 Álvarez Villafuerte Arnulfo 64 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

291 Alarcón Bermúdez Araceli 45 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

292 Torres Llanos Tomasa 62 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

293 Medina Rodríguez Rebeca 36 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

294 Gutiérrez Molina Perla Xochitl 28 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

295 Cruz Cruz Fidencio 60 H San Pedro Atocpan Milpa Alta 296 Cruz Fernández Araceli 35 M San Pedro Atocpan Milpa Alta

297 Cruz Fernández Claudia Guadalupe 39 M San Pedro Atocpan Milpa Alta

298 Cruz Fernández Pedro 42 H San Pedro Atocpan Milpa Alta 299 Cruz Fernández Ariel 33 H San Pedro Atocpan Milpa Alta 300 Bolaños Colín María Carmen 40 M San Pedro Atocpan Milpa Alta 301 Fernández X Irene 60 M San Pedro Atocpan Milpa Alta

302 Rosey Medina Rosario 47 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

303 Flores Rosey Valeria 20 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

304 Flores Bárcena José Luís 48 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

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92 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

305 Flores Rosey Jorge 26 H San Pablo

Oztotepec Milpa Alta

306 Bárcena Alvarado Cándida 86 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

307 Flores Bárcena Julia 52 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

308 Flores Acosta Ladislao 83 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

309 Molina Flores Vicente 62 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

310 Jiménez Romero María Guadalupe 61 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

311 Molina Jiménez José Ulises 39 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

312 Molina Jiménez Fabiola 41 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

313 Salazar Molina Josephe Yair 21 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

314 Uribe Molina Ingrid Madai 18 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

315 Salazar Molina Sandra Devora 22 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

316 Molina Flores Luís 68 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

317 Cañedo Orihuela Marcela 69 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

318 Molina Cañedo Leticia 38 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

319 Molina Cañedo Raúl 35 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

320 Molina Cañedo Miguel Ángel 42 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

321 Molina Santillán Arturo 28 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

322 Molina Cañedo Celia 45 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

323 Martínez Molina Yuridia 31 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

324 García Loaeza Sarai 27 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

325 Martínez Molina Gabriel 34 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

326 Martínez Molina Diana Emilia 31 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

327 Martínez Villagrán Agustín 49 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

328 Martínez Molina Belén 28 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

329 Rentería Flores Angélica 46 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

330 García Millán Roberta 57 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

331 Rosete García Virgilio 41 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

332 Rosete García Flor 40 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 93

333 Rosete García Salvador 35 H San Salvador

Cuauhtenco Milpa Alta

334 Peña Galicia Norma 30 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

335 Rosete Vela Abigail 18 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

336 Rosete Gómez Matías 61 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

337 Gómez González Benito 46 H Villa Milpa Alta Milpa Alta 338 Gómez Leal José Leobardo 67 H Villa Milpa Alta Milpa Alta

339 Aguilar Arriaga Margarito 62 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

340 Basurto Romero Ismael 21 H Villa Milpa Alta Milpa Alta 341 Salazar González Luís Alberto 25 H Villa Milpa Alta Milpa Alta

342 Hernández Rodríguez Librado 43 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

343 Gómez Jacinto Rodrigo 27 H Villa Milpa Alta Milpa Alta 344 Ronquillo Salazar Misael 19 H Villa Milpa Alta Milpa Alta

345 Rosey Medina Anselmo Luís 53 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

346 Rosey Bermúdez Hugo Luís 28 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

347 Bermúdez Borjas María del Carmen 51 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

348 Rosey Bermúdez Crystián 31 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

349 Rosey Bermúdez Karin Samantha 26 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

350 Medina Villagrán Carmen 76 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

351 Rosey Bermúdez Israel 30 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

352 Venegas Jiménez Jorge 25 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

353 Mata Peredo Verónica 35 M San Juan Tepenáhuac Milpa Alta

354 Alvarado Galicia Abel 38 H San Juan Tepenáhuac Milpa Alta

355 Domínguez Navarrete Juana 36 M San Juan Tepenáhuac Milpa Alta

356 Pedroza Cabello Eduardo Francisco 18 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

357 De la Rosa Galicia Delfina 76 M San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

358 Alvarado Galicia Nancy 30 M San Juan Tepenáhuac Milpa Alta

359 Navarrete De la Rosa Carina 37 M San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

360 Jiménez Flores Tomasa 44 M San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

361 Romero Mata Virginia 48 M San Juan Tepenahuac Milpa Alta

362 Romero Lara Leopoldo 33 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

363 Romero Lara Jorge 34 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

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94 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

364 Sánchez Ramírez Arturo 28 H San Lorenzo

Tlacoyucan Milpa Alta

365 Sánchez Ramírez Marcos 30 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

366 Romero Salazar Bernardino 58 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

367 Vázquez Reyes María Angélica 30 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

368 Sánchez Ramírez Armando 23 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

369 Molina Cruz Balbina 57 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

370 Medina Molina Madai 33 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

371 Medina Rosales Pablo 56 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

372 Mata Villanueva Rocío Alejandra 30 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

373 Medina Molina Abimael 27 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

374 Rentería López Nubia 26 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

375 Medina Molina Yearim 29 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

376 Chora Meza Catalina 50 M San Antonio Tecómitl Milpa Alta

377 Suárez Chora Alejandro 28 H San Antonio Tecómitl Milpa Alta

378 Chora Meza Gloria 66 M San Antonio Tecómitl Milpa Alta

379 Medina Flores Sara 28 M San Antonio Tecómitl Milpa Alta

380 Chora Meza Demetrio 57 H San Antonio Tecómitl Milpa Alta

381 Olvera Rodríguez Karina 29 M San Antonio Tecómitl Milpa Alta

382 Suárez Chora Francisco Javier 30 H San Antonio Tecómitl Milpa Alta

383 Estrada Sánchez María Alejandra 46 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

384 Mendoza Jiménez David 60 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

385 Rosete Gómez Martiniano 57 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

386 Becerril Amaya Emma 63 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

387 González Lamadrid Agustina 69 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

388 Jiménez Lozada José 74 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

389 Villagrán Blancas Otilio 72 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

390 Rosete Trejo Mauricio 24 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

391 Rosete Gómez Lorenzo 50 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 95

392 Gutiérrez Rosete Rufino 43 H San Salvador

Cuauhtenco Milpa Alta

393 Alarcón Molina María Piedad 51 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

394 De Jesús Galicia Luciralia 31 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

395 Rosete Alarcón Ana Bertha 28 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

396 Villagrán González Martha 41 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

397 Delgado Flores Laura Rosalía 40 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

398 González Torres Eleazar 48 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

399 Martínez Jiménez Sandra 21 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

400 Llanos González Edith 37 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

401 González Llanos Celeste 19 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

402 González Castillo Magdalena 63 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

403 Llanos González Norma 43 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

404 Acosta Llanos Carlos 39 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

405 Llanos González Silvia 38 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

406 Orenda Llanos Carlos 20 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

407 Orenda Llanos Edgar 18 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

408 García Piña Rosa María 39 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

409 Jiménez Zamora Lorenza 62 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

410 Pérez Jiménez Araceli 41 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

411 Pérez Jiménez Rosalba 29 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

412 Pérez Jiménez Marco Antonio 38 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

413 Pérez Jiménez Luís Enrique 35 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

414 Pérez Jiménez José Juan 43 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

415 Islas Martínez Olga Natividad 65 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

416 Rojas Tapia Francisco 50 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

417 Zamora González Erika 19 M Villa Milpa Alta Milpa Alta 418 Zamora González Aldo Trinidad 25 H Villa Milpa Alta Milpa Alta

419 Flores Noriega María Isabel 31 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

420 Flores Noriega Rosalía 22 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

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96 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

421 Flores Noriega Oscar 25 H Santa Ana

Tlacotenco Milpa Alta

422 Flores Yedra Concepción 43 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

423 Cabello Perea Juan 50 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

424 De la Rosa Galicia Venancio 56 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

425 Flores Romero Gerardo 55 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

426 Reyes González Isaías 60 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

427 Dimas Vaquier Florencia 52 M San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

428 Cabello Flores Paz 50 M San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

429 Flores Reyes María Angélica 34 M San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

430 Flores Romero Porfirio 53 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

431 Venegas Salazar Laura Erendira 33 M San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

432 Salazar Blancas María Eleazar 71 M San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

433 Olivos Rodríguez Felipe 59 H San Pedro Atocpan Milpa Alta

434 Olivos González Eva María Guadalupe 36 M San Pedro Atocpan Milpa Alta

435 González Cazares Juana Carolina 56 M San Pedro Atocpan Milpa Alta 436 Olivos Rodríguez Imelda 57 M San Pedro Atocpan Milpa Alta 437 Hernández Fuentes Patricia Berenice 31 M San Pedro Atocpan Milpa Alta 438 Vázquez Zavaleta Claudio 44 H San Pedro Atocpan Milpa Alta 439 Fuentes Olivares Juan 61 H San Pedro Atocpan Milpa Alta 440 Ramírez Jiménez Crispina 63 M Villa Milpa Alta Milpa Alta 441 López Laguna María de Lourdes 52 M Villa Milpa Alta Milpa Alta 442 Ramírez López Adriana 34 M Villa Milpa Alta Milpa Alta 443 Ramírez López Alejandra 26 M Villa Milpa Alta Milpa Alta 444 Muñoz Ramírez Carmen Alondra 28 M Villa Milpa Alta Milpa Alta 445 Ramírez Jiménez Adrian 56 H Villa Milpa Alta Milpa Alta 446 Muñoz Gómez Alfonso Felipe 67 H Villa Milpa Alta Milpa Alta 447 Ramírez López Javier 25 H Villa Milpa Alta Milpa Alta

448 García Rodríguez Fulgencio 51 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

449 Romero Jiménez Beatriz 46 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

450 García Romero Verónica 30 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

451 García Romero Juan Manuel 28 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

452 Romero Jiménez Leticia 42 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

453 García López Ana Guadalupe 18 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

454 García Romero Mauricio 21 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

455 Blancas González Adela 49 M San Antonio Tecómitl Milpa Alta

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 97

456 Blancas González María Teresa 45 M San Antonio

Tecómitl Milpa Alta

457 Cabrera Blancas María Concepción 24 M San Antonio Tecómitl Milpa Alta

458 Blancas González Elizabeth 43 M San Antonio Tecómitl Milpa Alta

459 González Arenas Carlota 72 M San Antonio Tecómitl Milpa Alta

460 Cabrera Blancas José Emiliano 21 H San Antonio Tecómitl Milpa Alta

461 Blancas González Silvia 38 M San Antonio Tecómitl Milpa Alta

462 Nolasco Roa Raymundo 57 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

463 Roa Perea José Luís 36 H San Juan Tepenáhuac Milpa Alta

464 Alvarado Galicia Gabriel 35 H San Juan Tepenáhuac Milpa Alta

465 Arrieta Navarro Julio Cesar 47 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

466 Venegas Martínez Marcos 31 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

467 Reyes Olivares Álvaro 31 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

468 Nolasco Guzmán Omar 26 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

469 Martínez González Eladio 52 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

470 Flores Reyes Verónica 35 M San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

471 Vildosola Garcés Raúl 33 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

472 Ochoa García Mario Alejandro 24 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

473 García Flores José 68 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

474 García Flores Adela 56 M Villa Milpa Alta Milpa Alta

475 Flores Vanegas María 82 M San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

476 Reyes Elizalde Nicolás 47 H Villa Milpa Alta Milpa Alta

477 Reyes García Julio Cesar 20 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

478 García Flores Esmeralda 40 M San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

479 Mata Navarrete Rutilio 44 H San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

480 Flores Navarro Leticia 36 M San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

481 Fernández Peña Cesar 36 H San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

482 Meza Rosas Melquiades 37 H San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

483 Peñaloza Pérez Fernando 23 H San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

484 Romero Meza Gustavo 32 H San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

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98 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

485 Quintero De la Cruz Edgar 25 H San Francisco

Tecoxpa Milpa Alta

486 Galicia Abad Genaro 47 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

487 Galicia Jiménez Cuauhtémoc 32 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

488 Lara Yedra Gerardo 36 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

489 Galicia Zamora Erik 22 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

490 Zamora Ramírez María de Lourdes 47 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

491 Garcés García Luís Adolfo 30 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

492 Galicia Zamora Ariana 24 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

493 Lara Segura Francisco 66 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

494 Yedra Jiménez Fernanda 59 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

495 Lara Yedra Roselia 40 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

496 Lara Segura Adalberto 63 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

497 De Jesús Reyes Juan 35 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

498 Galicia X Juan 78 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

499 Olguín Meza Salvador 40 H Villa Milpa Alta Milpa Alta

500 Tapia Meza Leticia 34 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

501 Arelio Nápoles Rosa Isela 25 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

502 Martínez Guzmán Norma Leticia 42 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

503 Vigueras Gutiérrez Silvia 38 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

504 López Ramírez Higinio 42 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

505 Valdés Tapia Rogelio 25 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

506 Martínez Guzmán Yaquelin 34 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

507 Benavides Rodríguez José Luís 39 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

508 Ángel Gómez Eduardo 21 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

509 Cruz Vigueras Sonia 36 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

510 Guzmán Flores Guadalupe 60 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

511 Sánchez Álvarez Edgar Omar 35 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

512 Martínez Guzmán Diana 31 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 99

513 Martínez Y Medina Pablo 67 H Santa Ana

Tlacotenco Milpa Alta

514 Martínez Guzmán Bernardo 38 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

515 Martínez Guzmán Alma Delia 36 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

516 Durán Oviedo Andra Guadalupe 33 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

517 De la Rosa Martínez Pedro 51 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

518 Aranda Morales Leopoldo Concepción 60 H Villa Milpa Alta Milpa Alta

519 De la Rosa Martínez Roberta María de los Ángeles 58 M Villa Milpa Alta Milpa Alta

520 Aranda De la Rosa Enrique 33 H Villa Milpa Alta Milpa Alta

521 Gómez Trujillo María Marisol 28 M San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

522 De la Rosa García Eduardo 27 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

523 Aranda Morales Blanca Estela 52 M Villa Milpa Alta Milpa Alta 524 De León Velázquez Arnoldo Mario 55 H Villa Milpa Alta Milpa Alta

525 Montaño Meléndez Ruperto 47 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

526 Ramírez Medina Patricia 37 M San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

527 Montaño Meléndez Pablo 43 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

528 Montaño Castañeda Pedro 53 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

529 Rivera Morales Olga 43 M San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

530 Montaño Ramírez José Manuel 18 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

531 Quiroz Romero Jorge Antonio Alfredo 46 H San Jerónimo

Miacatlán Milpa Alta

532 Meza Flores Nicolasa Noelia 41 M San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

533 Robles Montero Gustavo 28 H San Agustín Ohtenco Milpa Alta

534 Aguilar Pérez Alfredo 38 H San Antonio Tecómitl Milpa Alta

535 Garcés Corona Alfonsina 62 M San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

536 Vildosola Garcés Eduardo Leonardo 25 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

537 Vildosola Garcés Leonardo 27 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

538 Olivares Becerril Álvaro 41 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

539 Rojas Valderrama Agustina 43 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

540 Rojas Valderrama Aurora 51 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

541 Rojas González Brian 21 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

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100 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

542 Rojas Valderrama Inés 45 M San Salvador

Cuauhtenco Milpa Alta

543 Rojas González Iván 23 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

544 Rojas González Ariana 22 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

545 Flores Vergara Pablo 55 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

546 Jurado Serralde Cirilo 77 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

547 Mejía Cruz Alicia 37 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

548 Ávila Islas Alberto 77 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

549 Mendoza Beltrán Eduardo 36 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

550 Sánchez Caballero Nicolasa 73 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

551 Jurado Monterola Emma Guadalupe 47 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

552 Navarro Reyes José Luís 45 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

553 Vargas Ortiz Ma. Concepción 69 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

554 Lozada Vargas Ruth Guadalupe 41 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

555 Lozada López Prometeo 74 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

556 Retana Manjarrez Isaías 39 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

557 Ramírez Patiño Blanca Adriana 31 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

558 Ramírez Patiño Mireya Alicia 26 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

559 Ramírez Carrillo Guillermo Guadalupe 45 H San Francisco

Tecoxpa Milpa Alta

560 Gallardo Quintero Aarón 65 H San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

561 Mata Reynoso Eleno 58 H San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

562 Romero Molina Gardenia 39 M San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

563 Ramírez Carrillo Alejandro 35 H San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

564 Gallardo Pérez Aarón Bernardo 27 H San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

565 Martínez Galván Gabriel 32 H San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

566 Rosas Martínez Doris 49 M San Antonio Tecómitl Milpa Alta

567 Gámez Rosas José Antonio 22 H San Antonio Tecómitl Milpa Alta

568 Gámez Rosas Brenda Scarlet 20 M San Antonio Tecómitl Milpa Alta

569 Rosas Abad Juan 84 H Villa Milpa Alta Milpa Alta 570 Abad Rosas Luz María 43 M Villa Milpa Alta Milpa Alta

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 101

571 Ponce Galindo José de Jesús 43 H Villa Milpa Alta Milpa Alta 572 Martínez Laguna Sofía 69 M Villa Milpa Alta Milpa Alta

573 Nápoles Perea Juliana 42 M San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

574 Navarro Alvarado Antonia 52 M San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

575 García González Araceli 33 M San Agustín Ohtenco Milpa Alta

576 Perea Vildosola Catalina 67 M San Agustín Ohtenco Milpa Alta

577 Ramírez Meléndez Juana 42 M San Agustín Ohtenco Milpa Alta

578 Nápoles Perea Gilberto 35 H San Agustín Ohtenco Milpa Alta

579 Venegas Salazar Miguel 49 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

580 Saldaña Linares Silvia 47 M San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

581 Nápoles Venegas Salomón 40 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

582 Noriega Arenas José Luís 53 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

583 Navarro Alvarado Pedro 45 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

584 Reynoso Campuzano Francisco Maximiliano 50 H San Agustín

Ohtenco Milpa Alta

585 Medina Martínez Soledad 43 M San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

586 Vanegas Chavarría Gregorio 69 H San Antonio Tecómitl Milpa Alta

587 Vanegas Díaz Liliana 42 M San Antonio Tecómitl Milpa Alta

588 Vanegas Díaz Felipe 36 H San Antonio Tecómitl Milpa Alta

589 Esparza Díaz Socorro Virgilia 56 M San Antonio Tecómitl Milpa Alta

590 Vanegas Díaz Teresa 41 M San Antonio Tecómitl Milpa Alta

591 Díaz Villalpando María Guadalupe 36 M San Antonio Tecómitl Milpa Alta

592 Jiménez Vanegas Ulises Abisay 21 H San Antonio Tecómitl Milpa Alta

593 Flores Cabrera José Antonio 61 H San Antonio Tecómitl Milpa Alta

594 Suárez Martínez Pablo 60 H San Antonio Tecómitl Milpa Alta

595 Flores Corrales José 76 H San Antonio Tecómitl Milpa Alta

596 Ramos Pérez Claudia Hibeth 35 M San Antonio Tecómitl Milpa Alta

597 Cárdenas Oropeza Miguel Ángel 29 H San Antonio Tecómitl Milpa Alta

598 Cárdenas Romero Samuel 63 H San Antonio Tecómitl Milpa Alta

599 Abad Alva Francisco 72 H San Antonio Tecómitl Milpa Alta

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102 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

600 Aguilar Silva Carlos 25 H San Antonio

Tecómitl Milpa Alta

601 Blancas Medina Ángel de Jesús 28 H San Antonio Tecómitl Milpa Alta

602 Cedillo Reyes Melissa 26 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

603 Cruz Raymundo Verónica Reyna 27 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

604 Caldiño Romero Alberto 52 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

605 Chávez Lozada Azalia 40 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

606 Galicia Limas Odilia 46 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

607 De la Torre Hernández Adriana Henlly 35 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

608 Villamar Ramírez Luciralia 58 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

609 Vanegas Rojas Agustín 58 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

610 Alvarado Ibáñez Ascencio 57 H San Juan Tepenahuac Milpa Alta

611 Venegas Navarro Mario 39 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

612 Venegas González Roberto 38 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

613 Venegas González Miguel Ángel 33 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

614 Noriega Arenas Juan Carlos 40 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

615 Flores Navarrete Cándida 40 M San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

616 Venegas González Mario 40 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

617 Venegas Rojas José Merced 75 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

618 Morales Carcaño Antonio 52 H San Antonio Tecómitl Milpa Alta

619 Melo Moral Marcos Concepción 56 H San Antonio

Tecómitl Milpa Alta

620 González Salmerón Luís 38 H San Antonio Tecómitl Milpa Alta

621 Serrano Paguia Iván 34 H San Antonio Tecómitl Milpa Alta

622 Ávila Alva Heliodoro 70 H San Antonio Tecómitl Milpa Alta

623 Medina Olivares Francisco Javier 54 H San Antonio Tecómitl Milpa Alta

624 Meza Vigueras Pascual 65 H San Antonio Tecómitl Milpa Alta

625 López Flores Martín 36 H San Antonio Tecómitl Milpa Alta

626 Alva Retana Juan José 35 H San Antonio Tecómitl Milpa Alta

627 Cruz Garcés María Guadalupe 55 M San Antonio Tecómitl Milpa Alta

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 103

628 Olivos Flores Carmelo 46 H San Antonio

Tecómitl Milpa Alta

629 X Serrano Pablo 72 H San Antonio Tecómitl Milpa Alta

630 Aristeo Hernández Luís 76 H San Antonio Tecómitl Milpa Alta

631 Mozqueda García José Juan 56 H San Antonio Tecómitl Milpa Alta

632 Loza Jurado Juan Carlos 39 H Villa Milpa Alta Milpa Alta 633 Torres Puebla Alejandro 29 H Villa Milpa Alta Milpa Alta 634 Jurado Muñoz Maximina 60 M Villa Milpa Alta Milpa Alta 635 Uribe Cleofás Jorge 21 H Villa Milpa Alta Milpa Alta

636 Lagunas Ramírez Gerardo 22 H San Antonio Tecómitl Milpa Alta

637 Loza Laguna Marta Yamilet 19 M Villa Milpa Alta Milpa Alta 638 Loza Meza Genaro 65 H Villa Milpa Alta Milpa Alta

639 Peña Bracho Pedro 47 H San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

640 Nava Morales Daniel 37 H San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

641 Roa Gallardo Matilde 44 M San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

642 Velázquez Peña Lizbeth 20 M San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

643 Peña Bracho Teresa 49 M San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

644 Velázquez Peña Deyssy 20 M San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

645 Velázquez Peña Magali 24 M San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

646 Abad García Feliciano 58 H San Juan Tepenáhuac Milpa Alta

647 Martínez Venegas José Luís 49 H San Juan Tepenáhuac Milpa Alta

648 Abad García Magdaleno 64 H San Juan Tepenáhuac Milpa Alta

649 Perea Bonilla Román 64 H San Juan Tepenáhuac Milpa Alta

650 Medina González Genaro 58 H San Juan Tepenáhuac Milpa Alta

651 Garnica López Gustavo 19 H San Juan Tepenáhuac Milpa Alta

652 Jiménez Salvador Cirilo 56 H San Juan Tepenáhuac Milpa Alta

653 Juárez Bonilla Raymundo 45 H San Juan Tepenáhuac Milpa Alta

654 Molina Ibáñez Miguel Ángel 47 H San Juan Tepenáhuac Milpa Alta

655 Sánchez García Marco Antonio 22 H San Juan Tepenáhuac Milpa Alta

656 Ocampo Cabello Iván 37 H San Juan Tepenáhuac Milpa Alta

657 Abad García Celene 34 M San Juan Tepenáhuac Milpa Alta

658 Gutiérrez Abad Elizabeth 29 M San Juan Tepenáhuac Milpa Alta

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104 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

659 Gutiérrez Abad Adriana 25 M San Juan

Tepenáhuac Milpa Alta

660 Miranda Torres Nora Isela 28 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

661 Flores Martínez Javier Ediberto 30 H Villa Milpa Alta Milpa Alta

662 Torrez Domínguez María del Carmen 62 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

663 Miranda Torres Ana Lilia 39 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

664 Miranda Bautista Francisco 60 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

665 Valverde Hernández Sergio 49 H Villa Milpa Alta Milpa Alta

666 Figueroa Castillo Mirna Angélica 32 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

667 Magaña Ángeles Elsa 30 M Villa Milpa Alta Milpa Alta

668 Lozada Villavicencio Efrén 57 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

669 Villavicencio Alarcón Lucia 67 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

670 Rosillo Ávila Aida Patricia 54 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

671 Molina Ortiz Lorenza 65 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

672 Martínez Meza Karina 37 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

673 Lozada Rosillo Daniela Alexandra 22 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

674 Rodríguez Villavicencio Edgar 41 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

675 Lozada Hernández Hilda 52 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

676 Arenas Tapia Arcelia 44 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

677 Canto Cruz Leonor 45 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

678 González Padilla Beatriz 46 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

679 Arenas Tapia Concepción 55 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

680 González Padilla María Elena 55 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

681 Arenas González Cecilia 18 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

682 Acosta Vázquez Blanca Estela 34 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

683 Suárez Mendoza Jorge 58 H San Antonio Tecómitl Milpa Alta

684 Melo Medina Maribel 53 M San Antonio Tecómitl Milpa Alta

685 Suárez Melo Jorge Isaac 25 H San Antonio Tecómitl Milpa Alta

686 Suárez Melo Martha Isabel 31 M San Antonio Tecómitl Milpa Alta

687 Suárez Salazar Ezequiel 22 H San Antonio Tecómitl Milpa Alta

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 105

688 Suárez Melo Ana Luz 31 M San Antonio

Tecómitl Milpa Alta

689 Suárez Salazar Isaac 24 H San Antonio Tecómitl Milpa Alta

690 Bonilla Sandoval Lucia 31 M San Juan Tepenáhuac Milpa Alta

691 Palacios Bonilla Bertha 56 M San Juan Tepenáhuac Milpa Alta

692 Flores Jiménez María Belem 45 M San Juan Tepenáhuac Milpa Alta

693 Bonilla x Ricardo 41 H San Juan Tepenáhuac Milpa Alta

694 Palacios Bonilla Teodora 74 M San Juan Tepenáhuac Milpa Alta

695 Jiménez Cruz Raymundo 34 H San Juan Tepenáhuac Milpa Alta

696 García Bolaños Miguel Ángel 23 H San Juan Tepenáhuac Milpa Alta

697 Flores Alvarado Naila Marily 26 M San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

698 Reyes Rivera Ana 49 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

699 Dávalos Chavarría Jorge 54 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

700 Alvarado Ramírez Alejandra 52 M San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

701 Alvarado Ramírez María Eugenia 44 M San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

702 Chavira Sevilla Arturo Lizandro 43 H Villa Milpa Alta Milpa Alta

703 Reyes Rivera Lidia 39 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

704 Manterola Bonilla Efrén 30 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

705 Mata Méndez Raúl 49 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

706 Guzmán Linares Pablo 45 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

707 X Méndez Miguel 55 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

708 Noriega Meza Ventura 64 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

709 Cruz Ramírez Imelda 46 M San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

710 Campos López Jorge Luís 22 H San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

711 Iturbe Vanegas Moisés 56 H San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

712 Jiménez Cruz Liliana Citlali 24 M San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

713 Cruz Ramírez Francisca 58 M San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

714 Guzmán Hernández María de Jesús 33 M San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

715 Iturbe Cruz Javier 32 H San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

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106 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

716 Jiménez Cruz Bernardo 26 H San Francisco

Tecoxpa Milpa Alta

717 Arabedo Nava Luz María 28 M San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

718 Cruz Castillo Jessica Guadalupe 18 M San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

719 Cruz Castillo Rodrigo 22 H San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

720 Castillo Gutiérrez Juana Antonia 50 M San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

721 Campos López Francisco Javier 25 H San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

722 Iturbe Cruz Erendida 25 M San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

723 Jiménez Villagomez Luís 54 H San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

724 Jiménez Beltrán José Luís 40 H San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

725 Frías Moreno Javier 50 H San Antonio Tecómitl Milpa Alta

726 Jiménez Bastida Librado 75 H San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

727 Laurrabaquio Órgano Irma 44 M Villa Milpa Alta Milpa Alta 728 Cruz Moreno Erick 26 H Villa Milpa Alta Milpa Alta 729 Cruz Moreno Nahieli 28 M Villa Milpa Alta Milpa Alta

730 Reyes Aguilar Juan José 30 H San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

731 Narváez Romero José Luís 49 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

732 Narváez Romero Raúl 38 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

733 Narváez Garduño Perla Berenice 23 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

734 Narváez Romero Rosa María 55 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

735 Narváez Romero Gloria 52 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

736 Romero Olivares Luisa 79 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

737 Narváez Garduño Paola Ivonne 18 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

738 Galicia Medina Claudia Cristina 20 M San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

739 Galicia Medina Gabriel 47 H San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

740 Galicia Medina Fresvinda 52 M San Agustín Ohtenco Milpa Alta

741 Montero González Diana 24 M San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

742 Galicia Pérez María Sarahi 21 M San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

743 Pérez Robles Leticia 42 M San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

744 Galicia Medina Rodrigo 56 H San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 107

745 Cabello Vanegas Eustaquio 72 H San Jerónimo

Miacatlán Milpa Alta

746 Cabello Jiménez Maximino 71 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

747 Alvarado Noriega Hilario 73 H San Juan Tepenahuac Milpa Alta

748 Aguilar Olivares Aureliano 64 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

749 Cazares Torres Ma. del Transito 57 M San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

750 Alvarado Villagomez Antonia 42 M San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

751 Jiménez Navarro Enrique Manuel 63 H San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

752 Alvarado Villagomez María Nicolasa 49 M San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

753 Guerrero Pérez Silvestra 48 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

754 Melo Rosas Margarita 31 M Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

755 Amado Ramírez José Luís 39 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

756 Villagomez Martínez Edgar 39 H Santa Ana Tlacotenco Milpa Alta

757 Arroyo Bernal Víctor Manuel 27 H San Pablo Oztotepec Milpa Alta

758 Meza Zendejas Jaffany 32 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

759 Zendejas Alvarado María del Carmen 53 M San Pablo Oztotepec Milpa Alta

760 Flores Reynoso Pedro 53 H San Agustín Ohtenco Milpa Alta

761 Flores Saldaña Nayeli 23 M San Agustín Ohtenco Milpa Alta

762 Saldaña Gallardo Obdulia 48 M San Agustín Ohtenco Milpa Alta

763 Saldaña Gallardo Hugo 27 H San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

764 González Martínez Sandra Esmeralda 33 M San Francisco Tecoxpa Milpa Alta

765 Saldaña X Mauricio Conrrado 79 H San Francisco

Tecoxpa Milpa Alta

766 Martínez Saldaña María de Lourdes 33 M San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

767 Carrillo Alamán Anayeli 21 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

768 X Ramos Blanca Estela 44 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

769 Pérez Morales Daniele 29 M Villa Milpa Alta Milpa Alta 770 Ferriz Jiménez Silvia 50 M Villa Milpa Alta Milpa Alta 771 González Ferriz Cecilia 22 M Villa Milpa Alta Milpa Alta 772 González Ferris Lucia 25 M Villa Milpa Alta Milpa Alta

773 Alvarado Medina Paloma Guadalupe 33 M San Jerónimo Miacatlán Milpa Alta

774 Aranda Ramírez Saúl 64 H Villa Milpa Alta Milpa Alta 775 Romero Flores Virginia 60 M Villa Milpa Alta Milpa Alta

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108 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

776 Torres Sevilla Juan Luís 62 H Villa Milpa Alta Milpa Alta 777 González Ramírez Manuela 58 M Villa Milpa Alta Milpa Alta 778 Jurado Torres Joel Gustavo 52 H Villa Milpa Alta Milpa Alta 779 Blancas Padilla Ignacio Eric 47 H Villa Milpa Alta Milpa Alta

780 Galindo Ramírez Fredy 47 H San Agustín Ohtenco Milpa Alta

781 Canales González Tomas 64 H San Agustín Ohtenco Milpa Alta

782 Nicolás Vázquez José Luís 31 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

783 Díaz Ronquillo José 55 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

784 Neri Herrera Diana 31 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

785 González Leon Álvaro 29 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

786 Rosas Rosas Estefany 19 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

787 Pérez Puebla Alejandro 32 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

788 López Pérez Anel 20 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

789 Arguelles Morales Marcelino 45 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

790 Díaz Ronquillo Rogelio 49 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

791 Melo Ramírez Armando 37 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

792 Ávila Zamora Juan Carlos 19 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

793 López Garcés José 44 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

794 Olivos Medina María Beatriz 49 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

795 Ramírez Lara Víctor Alonso 25 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

796 Francisco Cruz Nicolás 40 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

797 Vázquez Puebla María Luisa 49 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

798 Ávila Rubiales Justino 32 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

799 Marquina Quintín Vianey 24 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

800 Luna Bonilla Francisco 42 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

801 Lara Galicia Adelina 52 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

802 Domínguez Almazán Adolfo 47 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

803 Cueto Reyna Mariano 49 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

804 Mendoza Leon Nancy 32 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

805 Fuentes Galicia Bartolomé 55 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 109

806 Urbina Mateo Lázaro 36 H San Lorenzo

Tlacoyucan Milpa Alta

807 Rosas Muñoz María Luisa 50 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

808 Carrillo Martínez Ricardo 19 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

809 Granados Ávila Concepsión 27 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

810 Muñoz Mediana Maura 58 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

811 Hernández López Gabriela 23 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

812 Saldaña Sánchez Pascuala 57 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

813 González Leon Alicia 36 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

814 González Leon Miguel 32 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

815 Islas Montaño Justina 53 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

816 Leon Meza María Porfiria 75 M San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

817 Moreno Rojas Federico 36 H San Lorenzo Tlacoyucan Milpa Alta

818 Tapia Balanzario Elisa 61 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

819 Jiménez Tapia Sara 31 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

820 Jiménez Flores Antonio 66 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

821 Jiménez Tapia Antonia 40 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

822 Jiménez Tapia Jorge 33 H San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

823 Rodríguez Galicia Zurisaddai 30 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

824 Jiménez Tapia Roxana 28 M San Salvador Cuauhtenco Milpa Alta

TRANSITORIO

Único.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Dado en el Distrito Federal, en la Ciudad de México, a los treinta y un días de enero de dos mil catorce.

ARQ. VÍCTOR HUGO MONTEROLA RÍOS JEFE DELEGACIONAL DEL GOBIERNO DEL

DISTRITO FEDERAL EN MILPA ALTA (Firma)

______________________________________________

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110 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

DELEGACIÓN MILPA ALTA

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA CONVOCATORIA PARA LA INSCRIPCIÓN AL PROGRAMA INTEGRAL DE APOYO A LOS PRODUCTORES DE NOPAL 2014.

VÌCTOR HUGO MONTEROLA RÍOS, JEFE DELEGACIONAL EN MILPA ALTA, con fundamento en los artículos 12, Fracción III, 87, 104, 105, 112 párrafo segundo y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10 Fracción XII, 37, 38 y 39 Fracción XLIV, XLV y LXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 96, 97 y 101 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 3 Fracción III, 120, 122 bis Fracción XII inciso F, 123 Fracción XII, 175 Fracciones III, IV, VIII y XIII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y Acuerdo Delegatorio de Facultades, Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 24 de Octubre de 2012 y en cumplimiento de las Reglas de Operación del Programa Integral de Apoyo a los productores de Nopal 2014, publicadas el 14 de febrero del 2014 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, emite el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA CONVOCATORIA PARA LA INSCRIPCIÓN AL PROGRAMA

INTEGRAL DE APOYO A LOS PRODUCTORES DE NOPAL 2014. A los productores de nopal de las comunidades de San Agustín Ohtenco, San Francisco Tecoxpa, San Lorenzo Tlacoyucan, San Pedro Atocpan, San Jerónimo Miacatlan, San Antonio Tecomitl, San Juan Tepenahuac, Santa Ana Tlacotenco, San Pablo Oztotepec y Villa Milpa Alta, se les comunica de los días de inscripción que se realizarán en los diferentes poblados de la demarcación conforme al calendario, horarios y sitios siguientes:

PUEBLO O BARRIO

FECHA DE

INSCRIPCIÓN

HORARIO

LUGAR

San Lorenzo Tlacoyucan 6 de Marzo 9 a 15horas. Coordinación de Enlace Territorial San Francisco Tecoxpa 7 de Marzo 9 a 14 horas. Coordinación de Enlace Territorial San Agustín Ohtenco 7 de Marzo 16 a 19 horas. Coordinación de Enlace Territorial San Juan Tepenahuac 10 de Marzo 9 a 14 horas. Coordinación de Enlace Territorial San Jerónimo Miacatlan 10 de Marzo 16 a 20 horas. Coordinación de Enlace Territorial Santa Ana Tlacotenco 11 de Marzo 9 a 14 horas. Coordinación de Enlace Territorial San Antonio Tecomitl 11 de Marzo 16 a 19 horas. Coordinación de Enlace Territorial Barrio La Luz 12 de Marzo 09 a 13 horas. Callejón Chihuahua San Pedro Atocpan 12 de Marzo 16 a 19 horas Coordinación de Enlace Territorial San Pablo Oztotepec 12 de Marzo 10 a 13 horas Coordinación de Enlace Territorial Barrio Santa Cruz 13 de Marzo 9 a 13 horas. Modulo Deportivo Herrería Barrio San Agustín el Alto 13 de Marzo 16 a 19 horas. Atrio de la iglesia Barrio Los Ángeles 14 de Marzo 09 a 13 horas. Atrio de los Ángeles Barrio San Mateo 14 de Marzo 16 a 19 horas. Centro Cultural Analco Barrio Santa Martha 15 de Marzo 09 a 14 horas. Salón Santa Martha Barrio La Concepción 15 de Marzo 16 a 19 horas. Centro de Acopio

Nota: Los horarios para el registro estarán sujetos a la suficiencia de solicitudes y/o hasta agotar el número de folios asignados a cada poblado.

REQUISITOS PARA EL REGISTRO

Los Productores interesados en participar en el Programa deberán presentar la siguiente documentación:

• Copia legible (amplificada al 150% en blanco y negro y/o a color) de la credencial para votar vigente, expedida por el Instituto Federal Electoral con domicilio dentro de la Delegación Milpa Alta.

• Copia legible (amplificada al 150%) de la Clave Única de Registro de Población (C.U.R.P.) • Copia legible del comprobante de domicilio, con residencia en la Delegación Milpa Alta (recibo de luz, agua,

predial, teléfono, constancia de domicilio emitida por la autoridad), documento que deberá contar con vigencia del año 2014,al momento del registro.

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• Croquis de localización del predio a beneficiar, indicando la superficie cultivada (con superficies mayores de 500 m2) señalando puntos de referencia, colindantes, orientación, paraje y ubicación del predio, con firma del productor. .

REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN En fecha posterior al registro, la Unidad Departamental de Fomento a la Producción de Nopal, notificará al productor la fecha para entregar la documentación complementaria para concluir con su inscripción al Programa.

• Copia legible de la Constancia de Productor de Nopal, expedida por la autoridad local agraria, preferentemente, la que deberá tener una vigencia máxima de tres meses de antigüedad al momento del registroo emitida por el Comité Local del Programa Integral de Apoyo a los Productores de Nopal 2014.

• Copia legible del documento que ampare la posesión del predio a beneficiar, a nombre del productor solicitante (Documento privado de compra-venta, contrato de arrendamiento, carta o constancia de posesión firmada y sellada por la autoridad agraria), presentando el original para su cotejo. .

NOTAS IMPORTANTES

El productor de nopal deberá presentarse a realizar los trámites personalmente en los lugares y horarios establecidos, ya que el apoyo es individual e intransferible. El monto del apoyo individual será de $11,200.00 (Once mil doscientos pesos 00/100 M.N.) por productor por única vez en el año. El registro de solicitudes está sujeto al cumplimiento del ejercicio anterior, de los requisitos o de los procedimientos indicados en las Reglas de Operación del Programa. Lo no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por la Delegación a través de la Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable. “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”

TRANSITORIOS Primero.- Publíquese al Aviso por el cual se da a conocer la Convocatoria de Registro e Inscripción al Programa Integral de Apoyo a los Productores de Nopal 2014, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Segundo.- La presente Convocatoria de Registro e Inscripción al Programa Integral de Apoyo a los Productores de Nopal 2014, entrarán en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. En la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintiséis días del mes de febrero de dos mil catorce.

(Firma)

__________________________________________ VÍCTOR HUGO MONTEROLA RÍOS

JEFE DELEGACIONAL DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL EN MILPA ALTA

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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

DELEGACIÓN MILPA ALTA

AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE LAS ACTIVIDADES INSTITUCIONALES, QUE LLEVARÁ A CABO LA DELEGACIÓN MILPA ALTA, A

TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL Y ECONÓMICO SUSTENTABLE PARA EL EJERCICIO 2014.

VÌCTOR HUGO MONTEROLA RÍOS, JEFE DELEGACIONAL EN MILPA ALTA, con fundamento en los artículos 12, Fracción III, 87, 104, 105, 112 párrafo segundo y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10 Fracción XII, 37, 38 y 39 Fracción XLIV, XLV y LXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 96, 97 y 101 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 3 Fracción III, 120, 122 bis Fracción XII inciso F, 123 Fracción XII, 175 Fracciones III, IV, VIII y XIII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y Acuerdo Delegatorio de Facultades, Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 24 de Octubre de 2012, emite el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE LAS ACTIVIDADES INSTITUCIONALES, QUE LLEVARÁ A CABO LA DELEGACIÓN MILPA ALTA, A TRAVÉS DE LA

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL Y ECONÓMICO SUSTENTABLE PARA EL EJERCICIO 2014.

1.- PROGRAMA DE DESARROLLO SECTORIAL (PRODESEC) 2014

CONSIDERANDO Primero: Que el Programa General de Ordenamiento Ecológico del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el día 1 de Agosto de 2000, establece que la Delegación Milpa Alta, cuenta con una superficie de 28,151 hectáreas., siendo la Delegación con la mayor extensión territorial dentro del Suelo de Conservación, misma que se ha caracterizado por ser una de las regiones productoras de servicios ambientales y de abastecimiento alimenticio a la Ciudad de México y zona conurbana, en donde la actividad de desarrollo industrial y/o empresarial de alto nivel no tiene cabida, elementos que hacen de la Delegación Milpa Alta una población eminentemente rural en donde los productores de los diferentes sectores agrícolas han venido trabajando de conformidad a sus usos y costumbres, generando una erosión reflejada en la desertificación de los suelos productivos así mismo derivado de la apertura errónea de nuevas parcelas en las zonas agrícolas-forestales en donde por las condiciones topográficas y climáticas del lugar no son factibles la agricultura tradicional; en un segundo escenario la producción del nopal representa un importante porcentaje de la base económica de la población que a últimas fechas se ha visto afectada por la falta de organización encaminada al procesamiento y comercialización del nopal, sumado a ello la falta de tecnificación y capacitación en el manejo de nuevas formas de producción y control de enfermedades. Segundo: Que debido a que la Delegación Milpa Alta representa el 32% del Suelo de Conservación del Distrito Federal, es necesario instrumentar políticas públicas encaminadas a fomentar el desarrollo rural y económico sustentable de los distintos sectores productivos de la demarcación en concordancia con los habitantes de las doce comunidades de Milpa Alta, asegurando así el desarrollo económico de sus habitantes. Tercero: Que conforme a la Ley de Fomento para el Desarrollo Económico del Distrito Federal, corresponde a las Delegaciones impulsar los proyectos de Fomento Económico que propicien la creación y conservación de empleos así como promover la concertación con los sectores privado y social de la demarcación. Lo anterior con la finalidad de contribuir a la preservación, conservación, y reactivación de las zonas agrícolas del Suelo de Conservación en la Delegación Milpa Alta. Cuarto: El Programa de Desarrollo Sectorial (PRODESEC 2014) está encaminado a implementar una política económica y social, que permita fortalecer la preservación del suelo de conservación a través del desarrollo agropecuario, agro – industrial y eco – turístico, promoviendo el desarrollo rural sustentable por medio de la capacitación, organización,

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capitalización y formación de los diferentes sectores productivos, acciones que estarán encaminadas a fomentar nuevas técnicas de producción, industrialización y comercialización de los diferentes productos elaborados al interior de la demarcación. Por lo anterior es que se emiten las: REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO SECTORIAL (PRODESEC) 2014

I.- DEPENDENCIA O ENTIDAD RESPONSABLE DEL PROGRAMA. La Delegación Milpa Alta, será la responsable del desarrollo del Programa de Desarrollo Sectorial (PRODESEC) 2014, a través de la Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable. II. DEFINICIONES Para los efectos de las presentes Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Sectorial (PRODESEC) 2014, se entenderá por: PRODESEC: Programa de Desarrollo Sectorial. Programa: Programa de Desarrollo Sectorial (PRODESEC) 2014. Comité: Comité de Aprobación y Asignación de Recursos del Programa de Desarrollo Sectorial. Sector: Al conjunto de individuos que desempeñen una activad productiva en común, conformando una misma actividad económica. Demarcación: Se entiende por demarcación, a la unidad territorial denominada Delegación Milpa Alta, de conformidad a los artículos 10 Fracción XII y 11 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. Beneficiario: Integrante del grupo que ha sido aprobado para ser sujeto al apoyo, a través del presente programa. Convocatoria: Documento que contiene los plazos, términos, requisitos y condiciones para participar en el programa. Activos productivos.-Serán todos aquellos bienes y derechos con los que cuente el grupo. Cadena Productiva.-Es un conjunto de actividades económicas que participan directamente en la producción, transformación y en el traslado hasta el mercado. III.-OBJETIVOS Y ALCANCES Objetivo General. Impulsar el desarrollo de los diferentes sectores productivos que residan y produzcan al interior de la demarcación, a través del otorgamiento de apoyos económicos encaminados a la implementación de proyectos productivos de inversión, con acciones que permitan asegurar la conservación y reactivación de la vocación productiva del Suelo de Conservación, así como el fortalecimiento de los diferentes sectores productivos. Objetivos Específicos. 1.- Implementar una política económica y de desarrollo rural encaminada a fortalecer la preservación del Suelo de

Conservación a través del desarrollo agropecuario y agroindustrial; 2.- Promover el desarrollo sustentable por medio de la capitalización, capacitación, organización y formación de los

diferentes sectores productivos; 3.- Fomentar nuevas técnicas de producción, industrialización y comercialización, que permita un mayor ingreso

económico, siempre respetando el medio ambiente; 4.- Mejorar las condiciones socioeconómicas del sector primario mediante el otorgamiento de apoyos económicos; 5.- Incrementar el desarrollo turístico mediante la conservación, difusión, capacitación y acondicionamiento de los

diferentes espacios de interés cultural y recreativo; 6.- Garantizar el desarrollo económico de los sectores Productivos a través de la vinculación con las diferentes instituciones

públicas y privadas en busca de canales de comercialización y de financiamiento; y 7.- Promocionar las diferentes actividades productivas de la región a través de espacios gubernamentales y no

gubernamentales. 8.- Promover y mantener la prosperidad o bienestar económico y social de los habitantes; 9.- Aumentar la calidad de vida de la población, combatiendo la desigualdad; 10.- Proveer los medios productivos para que las personas vivan mejor.

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Alcances. 1.- Fomentar y potencializar a los diferentes sectores productivos para alcanzar un desarrollo rural y económico sustentable. 2.- Modernizar los sistemas de producción, industrialización y comercialización que permitan una mayor eficiencia en el desarrollo de sus actividades. IV. METAS La meta Proyectada es de atender 35 proyectos, que podrá variar de acuerdo al número de proyectos aprobados por el comité; mismos que estarán sujetos al recurso programado de conformidad a las presentes Reglas de Operación. V. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL Los recursos del PRODESEC provienen del presupuesto asignado a la Delegación (Capítulo de Gasto 4000), por un monto de $2’000,000.00 (Dos Millones de pesos 00/100 M. N.), mismos que serán distribuidos de acuerdo al tipo de proyecto y al número de solicitudes ingresadas que hayan cubierto los requisitos establecidos en las presentes Reglas de Operación y en la Convocatoria, por única vez en el año. Los montos de los apoyos serán: Para proyectos de nueva incorporación al Programa: Se apoyará el 85% del monto solicitado, según la disponibilidad de los recursos y previa evaluación y aprobación del proyecto por el Comité de Aprobación y Asignación de Recursos, de conformidad a los mecanismos de selección, el 15% restante será aportación del grupo beneficiado. Para proyectos apoyados por el PRODESEC en ejercicios anteriores: se apoyarán con el 50% del monto solicitado, según la disponibilidad de los recursos y previa evaluación y aprobación del proyecto por el Comité de Aprobación y Asignación de Recursos, de conformidad a los mecanismos de selección, el 50% restante será aportación del grupo beneficiario. El monto de asignación por grupo beneficiado será de acuerdo a las características del proyecto, sujeto a la evaluación y demanda: ninguno podrá rebasar el 10% del monto total presupuestado para este Programa. VI. REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO DE ACCESO A) Requisitos. La recepción de solicitudes y expedientes se realizará a través del CESAC (Centro de Servicios y Atención Ciudadana) en su horario oficial establecido, debiendo anexar la siguiente documentación: 1.- Solicitud de inscripción en el formato establecido. 2.- Acta de Conformación del grupo trabajo y Acta Constitutiva a grupos legalmente constituidos, para ambos casos copia y original para cotejo, el grupo deberá estar integrado con un mínimo de 5 (cinco) socios y en mezcla de recursos el número de integrantes será de acuerdo a las características del proyecto. 3.- Acta de Asamblea del grupo trabajo y a grupos legalmente constituidos, copia y original para cotejo: 4.- Copia de Credencial de Elector de todos los integrantes. 4.- Copia de comprobante de domicilio de los integrantes reciente máximo de 3 meses de antigüedad al momento de la inscripción (IFE, recibo de teléfono, luz, agua, constancia de domicilio expedida por autoridad competente) con residencia dentro de la Delegación Milpa Alta. 6.- Copia del CURP de todos los integrantes. 7.- Documento que acredite la posesión legal y pacifica del predio, con croquis de ubicación. 8.- Proyecto por apoyar escrito en original y copia en disco compacto, que contenga como mínimo los siguientes elementos, no rebasando las 20 fojas: I.- Portada

Nombre del programa al que se desea ingresar. Imagen o logotipo representativo del proyecto o empresa (Si tiene) Sector y actividad Nombre del proyecto Nombre del grupo Comunidad donde se lleva a cabo el proyecto

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Nombre del Responsable o Representante Teléfono Correo Electrónico(Si tiene)

II.- Antecedentes del proyecto III.- Conformación del grupo: nombre, edad, sexo, nivel de estudios, CURP y cargos y/o actividades de cada uno de los integrantes del grupo. IV.- Descripción de la actividad que realizan. V.- Descripción de la ubicación del proyecto, croquis o plano de localización. VI.- Activos productivos con que cuenta y su descripción. VII.- Conceptos de apoyo solicitados, describiendo características físicas, costo unitario con IVA desglosado, en su caso. Se deberá anexar tres cotizaciones, que contenga razón social, dirección y teléfono, de los materiales y/o equipos por adquirir. VIII.- Experiencia y nivel de capacitación de los integrantes. IX.- Descripción del proceso productivo que realizan, donde se incluya además dónde, cómo, cuánto y cuándo compran sus materias primas. X.- Mecanismo de comercialización. XI.- Rentabilidad esperada, con y sin el proyecto. XII.- Beneficios esperados (Empleos directos e indirectos esperados, ambientales, económicos y sociales). 9.- Copia de la solicitud de trámite de la opinión en materia de uso de suelo, emitida por la Dirección General de Medio Ambiente de esta Delegación. 10.- En caso de haber sido apoyado por otras instituciones presentar finiquito. 11.- Presentar carta bajo protesta de decir verdad no haber recibido ningún apoyo por parte de la Delegación u otra Institución, de los conceptos por apoyar dentro del proyecto y en caso de haber sido apoyado en ejercicios anteriores presentar carta finiquito. 12.- Una vez aprobado el proyecto deberán presentar copia del documento de apertura de cuenta bancaria mancomunada, en la cual se refleje la aportación líquida del 15% ó 50%, según corresponda a la modalidad del proyecto. 13.- Comprobar y justificar física y documentalmente el apoyo otorgado mediante comprobantes originales que cumplan con las disposiciones administrativas y/o fiscales correspondientes, respetando los tiempos para la comprobación, señalados en el convenio de concertación de acciones con la Delegación. (Posterior a la entrega del recurso los grupos contaran con un plazo no mayor a 3 meses para la comprobación del recurso otorgado), y en caso de no comprobar en el termino señalado para ello, serán suspendidos temporalmente, contando con prorroga de un mes más para la comprobación y en caso no comprobar serán vetados total y definitiva del programa, independientemente de los procedimientos legales que corresponda. B) Procedimiento de acceso. Son sujetos susceptibles de apoyo los diferentes grupos conformados como sector productivo mismos que deberán residir al interior de la Delegación Milpa Alta. La recepción de solicitudes y expedientes se realizará a través del CESAC (Centro de Servicios y Atención Ciudadana) en su horario oficial establecido, presentando la documentación indicada en el apartado de requisitos de las presentes Reglas de Operación. En caso de existir inconsistencias u observaciones al expediente (requisitos) se notificará por escrito al solicitante para que en el término de 15 días hábiles, contados a partir de su notificación, subsane lo correspondiente. En caso de incumplimiento se le notificara que no fue procedente su solicitud de inscripción. De ser aprobado el proyecto, se notificará al grupo a través del CESAC. Los apoyos del Programa estarán orientados a la ejecución de las siguientes acciones: a.- Actividades agroindustriales: 1.- Rehabilitación y mejoramiento de infraestructuras. 2.- Equipamiento y mantenimiento de instalaciones. 3.- Capacitación y pago de asistencia técnica. 4.- Pago de la constitución legal. b.- Actividades agropecuarias: 1.- Habilitación, rehabilitación y mejoramiento de infraestructuras. 2.- Equipamiento y mantenimiento de instalaciones.

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3.- Adquisición de implementos de trabajo. 4.- Capacitación y pago de asistencia técnica. 5.- Pago de la constitución legal. c).- Actividades de transformación con características propias de la zona rural: 1.- Rehabilitación y mejoramiento de infraestructuras 2.- Equipamiento y mantenimiento de instalaciones. 3.- Difusión, promoción, capacitación y pago de asistencia técnica 4.- Pago de la constitución legal. C) Selección. La selección de proyectos se llevará a cabo a través de un Comité de Aprobación y Asignación de Recursos, donde se privilegien a proyectos que:

• Beneficien a un mayor número de participantes de forma directa. • Sea innovadores, que se basen en producción sustentable y protejan el medio ambiente. • En su desarrollo se dé prioridad a la incorporación de las perspectivas de género e igualdad de oportunidades. • Beneficie a mujeres rurales e indígenas. • Integren a personas de la tercera edad y/o jóvenes entre 18 y hasta 39 años de edad. • Integren a personas discapacitadas. • Formen parte de una cadena productiva.

El monto autorizado para cada solicitud, dependerá del impacto ambiental, social, productivo y económico, además del número de miembros que integren el grupo de trabajo o grupo legalmente constituidos. Asimismo los proyectos aprobados estarán sujetos al recurso disponible. VII. LOS PROCEDIMIENTOS DE INSTRUMENTACIÓN Difusión. La difusión del PRODESEC 2014 estará a cargo de la Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable, con apoyo de la Dirección de Fomento Económico y Cooperativo, en coordinación con la Unidad Departamental de Vinculación y Desarrollo Agroindustrial, la cual establecerá una estrategia de difusión del programa y realizar las acciones conducentes para dar a conocer los requisitos de participación, la corresponsabilidad de los beneficiarios y los apoyos a otorgar establecidos en las presentes Reglas de Operación. Registro. La recepción de solicitudes y expedientes se realizará a través del CESAC (Centro de Servicios y Atención Ciudadana) en su horario oficial establecido. Revisión e integración de expedientes. La Jefatura de la Unidad Departamental de Vinculación y Desarrollo Agroindustrial, será la responsable de realizar las siguientes actividades:

Verificar la adecuada integración de los expedientes. Revisar que el proyecto presentado se apegue a lo establecido en el apartado VI inciso A. Realizar la verificación técnica de campo, el geoposicionamiento y la elaboración de ficha técnica de campo. Elaboración de cédula de validación socioeconómica de los integrantes del grupo. Elaborar cédula de dictamen. Elaborar Ficha de Autorización del Recurso. Verificación física de los activos adquiridos por los grupos beneficiados. Recepción y revisión de la documentación comprobatoria de los recursos otorgados a cada uno de los grupos

beneficiados. Dar seguimiento al desarrollo del proyecto hasta su finiquito.

Autorización de proyectos.

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El otorgamiento de apoyos económicos será a través de un Comité Interno de Aprobación y Asignación de Recursos, mismo que determinará la procedencia del apoyo de conformidad a las Reglas de Operación del Programa. El Comité estará constituido por: Un Presidente, que será el Jefe Delegacional con derecho a voz y voto, y además en caso de empate voto de calidad. Un Secretario Técnico, que será el Director General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable con derecho a voz y voto. Un Secretario Ejecutivo, que será el Director de Fomento Económico y Cooperativo con derecho a voz y voto. Tres Vocales, que serán el Director General Jurídico y de Gobierno, el Director General de Administración y un Asesor Delegacional; con derecho a voz y voto. Dos Asesores, que será un representante de la Contraloría Interna y un representante de la Dirección General de Jurídico y Gobierno con derecho a voz. Un Contralor Ciudadano, con derecho a voz y voto. Invitados, los que designe el Jefe Delegacional en su carácter de Presidente, con derecho a voz. Corresponde al Presidente del Comité: I.- Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias. II.- Autorizar el Orden del Día de las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias. III.- Presidir las Sesiones del Comité y emitir voto de calidad en caso de que un acuerdo no sea consensado por mayoría. IV.- Proponer la designación de invitados al Comité. V.- Las demás atribuciones que determine el Comité y demás ordenamientos legales aplicables al programa.

Corresponde al Secretario Técnico: I.- En ausencia del Presidente conducir la Sesión de Comité. II.- Conducir el desarrollo de las sesiones del Comité y dar seguimiento a los acuerdos tomados en las mismas. III.- Realizar las funciones a su cargo previstas en el Reglamento Interior del Comité de Aprobación y Asignación de Recursos del PRODESEC 2014 y demás disposiciones aplicables al programa, así como aquellas que le encomiende el presidente o el Comité en pleno. Corresponde al Secretario Ejecutivo: I.- Elaborar el Orden del Día de cada sesión, integrar y remitir las carpetas con la documentación e información de los casos a presentar al Comité. II.- Presentar el Orden del Día, considerando los asuntos propuestos y someterlo a consideración del pleno del Comité; III.- Elaborar e integrar las actas de las sesiones del comité, así como la custodia de las mismas por el tiempo que marquen las disposiciones aplicables. IV.- Elaborar las convocatorias a las sesiones del Comité, y; V.- Las demás que le encomiende el Presidente o el Comité en pleno. Corresponde a los vocales: I.- Asistir a las Sesiones del Comité, de acuerdo con el Calendario Autorizado. II.- Revisar y valorar los proyectos y asuntos que se integren a la carpeta ejecutiva para la sesión del Comité. III.- Emitir su opinión y voto para los proyectos y asuntos que se presentan para su resolución en el seno del Comité. Corresponde a los Controladores Ciudadanos: I.- Asistir a las Sesiones del Comité, de acuerdo con el Calendario Autorizado. II.- Observar que las resoluciones del Comité, se conlleven de acuerdo con el Calendario Autorizado. III.- Observar que las resoluciones del Comité sean apegadas a los procedimientos normativos aplicables al PRODESEC 2014. IV.- Emitir su opinión y voto para los proyectos y asuntos que se presentan para su resolución en el seno del Comité.

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Corresponde a los Asesores: Asesorar al Comité para que las resoluciones y acuerdos sean apegados a los procedimientos normativos aplicables al PRODESEC y demás legislación vigente. Corresponde a los Invitados: Emitir su opinión con respecto al tema específico para el que fueran convocados por el Presidente. El Comité tiene las siguientes facultades y atribuciones: a.- Aprobar con cargo al presupuesto autorizado, los proyectos presentados de conformidad a cada uno de los diversos sectores productivos. Para ello, los solicitantes deberán cumplir con los requisitos establecidos en el PRODESEC 2014. b.- El Comité observará el presupuesto disponible y lo dispuesto en las Reglas de Operación publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, para la autorización de los proyectos. c.- El Comité, autorizará, modificará o ratificará el Reglamento Interior del Comité de Aprobación y Asignación de Recursos del PRODESEC 2014 en cada ejercicio presupuestal o cuando se requiera por ser necesario para la óptima ejecución del programa. d.- El Comité será la instancia en la que se tratarán asuntos relacionados con el PRODESEC 2014 y sólo en el seno de éste, se acordarán las resoluciones respectivas. Los casos no previstos en las Reglas de Operación del PRODESEC 2014 serán presentados y resueltos en dicho Comité. e.- El Comité recibirá la carpeta ejecutiva con el resumen de las solicitudes remitidas por la Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable al Secretario Técnico del Comité. f.- El Comité revisará las solicitudes presentadas, aprobando o rechazando las mismas, con base en el cumplimiento de las Reglas de Operación del PRODESEC 2014. Al efecto, emitirá un acuerdo para cada solicitud, que sustentará la notificación a los solicitantes. g.- El Comité solicitará un informe final de cada uno de los proyectos autorizados a la Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable. h.- El Comité tendrá la facultad de vetar de manera temporal, definitiva y el retiro del mismo a los grupos de beneficiados.

Entrega de recursos. Una vez aprobado el proyecto en la sesión del Comité, la Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable, notifica al presidente del grupo la aprobación del proyecto, así mismo se solicita entregue copia de la cuenta bancaria mancomunada donde se refleje el porcentaje de aportación y se firme un Convenio de Colaboración entre la Delegación y el grupo beneficiado, donde se especifican los conceptos y montos autorizados a adquirir. Posteriormente se firma una Carta Compromiso, donde se especifican los conceptos y montos que deberán comprobar y se entregan los recursos por medio de cheque que se debe depositar en la cuenta mancomunada. Comprobación del recurso. La comprobación de los bienes adquiridos con el apoyo otorgado se realizará de forma física y documental, como se indica a continuación:

• Comprobación física; por medio de una supervisión a la unidad productiva, presentando lo descrito en la comprobación documental.

• Comprobación documental; mediante factura, notas de mostrador (con la Cédula de Identificación Fiscal, teléfono y domicilio de la empresa o persona física), listas de nomina y/o recibo de honorarios u otros de acuerdo al tipo de bien o servicio contratado, mismas que deberán cubrir con los requisitos fiscales marcados por la Ley en la materia, y las cuales deberán estar firmadas por el presidente del grupo.

• El grupo contara con 3 meses para la comprobación, a partir de la fecha de entrega del recurso, en caso de no comprobar en el termino señalado para ello, se suspenderán temporalmente sus derechos, contando con una prorroga de un mes más para la comprobación y en caso de no comprobar serán vetados total y definitivamente del programa, independientemente de los procedimientos legales a que correspondan de lo contrario si hace caso omiso a este requisito, el grupo se compromete a reintegrar a la delegación de manera líquida los recursos no comprobados.

Los beneficiarios del Programa deberán dar a la Delegación, las facilidades necesarias para la supervisión física del proyecto y de los bienes adquiridos. Finiquito.

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Una vez concluida la ejecución de las actividades autorizadas, y comprobado el destino de los recursos financieros otorgados, se procederá a la firma del Acta Finiquito entre la mesa directiva del grupo y la Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable, en coordinación con la Jefatura de Unidad Departamental de Vinculación y Desarrollo Agroindustrial. Supervisión y control. La supervisión y control de las diferentes etapas de este programa estará a cargo de la Unidad Departamental de Vinculación y Desarrollo Agroindustrial misma que implementará diferentes mecanismos de control interno y externo, gestión administrativa para la liberación de los recursos económicos hasta el finiquito y visitas a campo acompañadas del grupo productivo. A través del Informe Mensual de Avance Programático se conocerán los avances cuantitativos y cualitativos alcanzados al término de cada mes. VIII. EL PROCEDIMIENTO DE QUEJA O INCONFORMIDAD CIUDADANA. Las quejas y/o denuncias, podrán presentarse por escrito ante, la Unidad Departamental de Vinculación y Desarrollo Agroindustrial, la Dirección de Fomento Económico y Cooperativo, la Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable; las dos primeras ubicadas en el primer piso y las dos ultimas en la planta baja, del Edificio Morelos, sita en avenida Constitución esquina Andador Sonora, en Villa Milpa Alta, Delegación Milpa Alta, Distrito Federal, México. En caso de que las áreas no resuelvan la queja, se podrán interponer la queja ante la Contraloría Interna de la Delegación, ubicada en la planta baja del Edificio Morelos, sita en avenida Constitución esquina Andador Sonora, en Villa Milpa Alta, Delegación Milpa Alta, Distrito Federal, México; teléfono 58 62 31 50 extensión 1201. IX. MECANISMOS DE EXIGIBILIDAD Con el interés de transparentar el ejercicio de los recursos, se colocarán estrados de información en el exterior de las oficinas de la Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable, que contengan los tiempos de inscripción y requisitos de acceso al PRODESEC 2014; elementos que permitirán, al particular, realizar la exigencia del cumplimiento de las Reglas de Operación. El recurso de inconformidad será tramitado ante el superior jerárquico. Derechos de los beneficiarios: 1.- Ser atendidos y orientados por la Unidad Departamental de Vinculación y Desarrollo Agroindustrial, sobre los requisitos y procedimientos del programa. 2.- Recibir la totalidad de los recursos autorizados para la realización del proyecto ingresado y aprobado. Obligaciones de los beneficiarios: 1.- Sujetarse a los tiempos de registro y requisitos establecidos en las Reglas de Operación. 2.- Presentar documentación fidedigna, de conformidad a las Reglas de Operación. 3.- Una vez aprobado el proyecto, brindar las facilidades para realizar la supervisión física y documental de los apoyos. 4.- Presentar la comprobación documental de los recursos otorgados. 5.- Presentar los bienes adquiridos con el apoyo otorgado. 6.- En los casos que no se realice la comprobación de recursos, en los tiempos que se establecen en el Convenio de Colaboración, se procederá a realizar el veto al grupo en los programas que se tienen al interior de la Delegación o cualquier Órgano Gubernamental. 7.- Participar en los diferentes eventos para la exhibición de la producción de cada uno de los grupos beneficiados del Programa. Causas de suspensión de los apoyos: 1.- No cumplir con los requisitos establecidos en la Convocatoria,

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2.- Presentar documentación falsa, 3.- Que los requerimientos solicitados en el proyecto, no estén sujetos a las líneas de acción establecidas en el PRODESEC 2014. 4.- No haber finiquitado o concluido con los requerimientos de las diferentes áreas de alguno de los programas de la Delegación en los ejercicios que comprenden del 2008 al 2013. 5.- En el caso de que la Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable, en coordinación con las diferentes áreas que la conforman, detecte desviaciones o incumplimiento en el ejercicio de los recursos otorgados y en apego a las Reglas de Operación, por parte de los productores beneficiados se suspenderá el apoyo e inclusive podrá solicitar su reintegro en apego a la normatividad aplicable. El incumplimiento a cualquiera de los derechos y obligaciones o violación a los mismos se podrá reportar a la Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable, Contraloría Interna de la Delegación Milpa Alta y/o Contraloría General del Gobierno del Distrito Federal, tal como se indica en el apartado VIII Procedimiento de Queja o Inconformidad Ciudadana, de estas Reglas de Operación. X. MECANISMOS DE EVALUACIÓN Y LOS INDICADORES La Unidad Departamental de Vinculación y Desarrollo Agroindustrial informará al término del programa, los resultados de evaluación en atención a las acciones realizadas durante el desarrollo del programa, siguiendo las fórmulas de evaluación: 1.- Indicador de eficacia.

Núm.de proyecto apoyados X 100= % de eficacia de proyectos apoyados. Núm. de proyectos inscritos

2.- Indicador de eficiencia.

Núm.de proyecto apoyados X 100= % de eficacia de proyectos apoyados. Núm. de proyectos meta

3.- Indicador de eficiencia presupuestal.

Recursos ejercidos X 100= % de eficiencia presupuestal Recurso autorizado

4.- Impacto de cobertura de género (mujeres).

Núm. de mujeres beneficiadas X 100= % Mujeres beneficiadas Población beneficiada

XI. LAS FORMAS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL En el Programa podrán participar todos los productores rurales mayores de 18 años que cumplan con los requisitos establecidos en el mismo y bajo principios de equidad y no discriminación, por motivos de género, religión, condición social, preferencias políticas o sexuales o de pertenencia a grupos étnicos. La Autorización de proyectos, se realiza a través de un Comité Interno de Aprobación y Asignación de Recursos, en el cual participa un contralor ciudadano con derecho a voz cuyas facultades son: I.- Asistir a las Sesiones del Comité, de acuerdo con el Calendario Autorizado. II.- Observar que las resoluciones del Comité, se conlleven de acuerdo con el Calendario Autorizado. III.- Observar que las resoluciones del Comité sean apegadas a los procedimientos normativos aplicables al PRODESEC. XII. LA ARTICULACIÓN CON OTROS PROGRAMAS Se podrá realizar mezcla de recursos con otros Programas Concurrentes, e instrumentos de financiamiento promovidos por el gobierno local o federal, siempre y cuando sean complementarios y no dupliquen las metas y/o conceptos de apoyo o contravengan las disposiciones normativas de este Programa y de los Programas que puedan coincidir en mezcla.

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Lo no Previsto en las Presentes Reglas de Operación se determinara por el Comité Interno de Aprobación y Asignación de Recursos Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el distrito federal, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.

2.- PROGRAMA DE APOYO PARA EL CULTIVO DE FORRAJES Y PAGO DE SERVICIOS DE TRACTOR 2014.

CONSIDERANDO Que la Delegación Milpa Alta, Distrito Federal, tiene 28,151 hectáreas de Suelo de Conservación, lo cual significa el 32.% del total en el Distrito Federal, territorio dentro del cual 1,668 hectáreas, son cultivadas con forrajes, equivalente al 5.9% del territorio Delegacional, situación que permite la generación de importantes beneficios productivos y ambientales para el Valle de México, destacando principalmente, la producción de forraje como alimento para el ganado y como una cubierta vegetal que reduce la erosión provocada por el viento y el escurrimiento superficial del agua, por el valor propio de la producción de forrajes con respecto a otros cultivos menos rentables, como una zona verde de amortiguamiento, por la captura de importantes cantidades de carbono y la producción de oxigeno, por la recarga del acuífero en los suelos cultivados con estos forrajes, y por el valor adicional que se obtiene al transformar forraje en carne o leche, estos cultivos ayudarán a mejorar las condiciones físicas del suelo, por lo tanto se generará un mejor equilibrio de nutrientes, la capa arable del suelo tendrá mayor calidad de fertilización; y por resultado se podrán mantener los espacios ocupados por cultivos rentables ante la amenaza de la mancha urbana. Que al tener la Delegación Milpa Alta una vocación eminentemente agrícola y forestal, las actividades productivas dentro del Suelo de Conservación son básicamente agropecuarias, dentro de las cuales destaca la siembra de forraje, principalmente avena, ebol, alfalfa, maíz forrajero, pasto forrajero y veza en los poblados de San Salvador Cuauhtenco, Santa Ana Tlacotenco, San Lorenzo Tlacoyucan, San Pablo Oztotepec y San Antonio Tecómitl, principalmente. Dentro de los poblados rurales de la demarcación, casi siempre se realiza la cría de animales de traspatio, los cuales consumen la mayor parte del forraje producido, además de la comercialización de los excedentes. Por lo cual es imperante promover e incentivar la producción de forrajes en las zonas eminentemente agrícolas. Que para evitar la degradación productiva y ambiental de las tierras de cultivo resulta indispensable mejorar los sistemas de producción a través de la entrega de apoyos que favorezcan la reducción de los costos, la reactivación de los predios abandonados e incrementar la productividad de las parcelas en uso y detener la apertura de nuevas tierras a costa de las masas forestales. Por lo anterior es que se emiten las siguientes: REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYO PARA EL CULTIVO DE FORRAJES Y PAGO DE SERVICIOS DE TRACTOR 2014 I.- DEPENDENCIA O ENTIDAD RESPONSABLE DEL PROGRAMA El Órgano Político Administrativo, Delegación Milpa Alta a través de la Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable es la responsable de ejecutar el Programa de Apoyo para el Cultivo de Forrajes y Pago de Servicios de Tractor 2014 desde el año 2007 a través de la Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable. II.- OBJETIVOS Y ALCANCES Objetivo General. Fortalecer la actividad primaria en la Delegación Milpa Alta mediante el otorgamiento de apoyos encaminados al cultivo de forrajes, así como al pago de la contratación de servicios de tractor para el laboreo, para incrementar la rentabilidad de los cultivos forrajeros, mejorando las condiciones de vida de los productores y al mismo tiempo incorporar a la producción parcelas en abandono e impidiendo la apertura de nuevas tierras de cultivo en menoscabo de las zonas forestales.

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Objetivos Específicos. Ayudar a los productores de forraje a reducir sus costos de producción e incrementar la productividad de sus cultivos. Reincorporar a la producción parcelas en abandono e impedir la apertura de nuevas tierras de cultivo en menoscabo de las zonas forestales. Generar fuentes de alimentación para el ganado existente en las comunidades y favorecer la economía de los productores. Generar un impacto ambiental positivo a través de la producción de cultivos forrajeros. Alcances: Asegurar la permanencia de las actividades agrícolas y pecuarias en la Delegación Milpa Alta. Evitar la degradación de las tierras de cultivo, la disminución y pérdida de los servicios ambientales que estas áreas generan. Reactivación del cultivo de forrajes para la reconversión productiva y contribuir a la reducción en la tasa de cambio de uso de suelo de forestal a agrícola. III.- META FISICA: Beneficiar a 600 productores, con el otorgamiento de apoyos económicos para el cultivo de forrajes y pago de servicios de tractor. Buscar opciones de mercado para los productores de forraje con excedente de producción. IV PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL: El presupuesto para el ejercicio 2014 será de $960,000 (novecientos sesenta mil pesos/100 M. N.). El apoyo por productor beneficiado será de $900.00 (novecientos pesos/100 M.N.) para la compra de semilla de forraje y $700 (setecientos pesos/100 M.N.), para el pago de laboreo del suelo. El apoyo se entregará en una sola exhibición y por única vez en el año. V.- LOS REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO Requisitos: a).- El productor debe acudir personalmente a la Jefatura de Unidad Departamental de Fomento para el Desarrollo Sustentable para inscribirse en el Programa, en los lugares, fechas y horarios establecidos en la Convocatoria que se emita, presentando los siguientes documentos vigentes y legibles en original y copia: 1.- Identificación oficial (Credencial de Elector Actualizada); 2.- Clave Única de Registro de Población (CURP); 3.- Comprobante de domicilio, (agua, luz, teléfono, predial, o carta bajo protesta de decir verdad en la cual se manifieste su domicilio, con dos testigos que deberán anexar copia legible de la Credencial de Elector con vigencia dentro del ejercicio presupuestal (con tres meses de antigüedad al momento de la inscripción); 4.- Documento que ampare la posesión del predio a beneficiar, (documento privado de compra-venta, comodato, o constancia de posesión expedida por la Representación Agraria); 5.- Croquis de localización de acceso al predio a beneficiar (partiendo desde la Avenida; o calle principal), con colindantes (norte, sur, oriente, poniente) , nombre del productor, paraje, poblado y superficie. 6.- Constancia de productor de cultivo de forraje, con vigencia dentro del ejercicio presupuestal; b).- Se apoyará 8,000 metros cuadrados como mínimo. c).- El apoyo se otorgará en forma individual, es intransferible y todos los trámites son personales. d).- Bajo ninguna circunstancia se recibirá documentación incompleta al momento de la inscripción Procedimiento de acceso: El acceso al programa será a través de la solicitud que presenten los productores (as) de cultivo de forrajes de la Delegación Milpa Alta, que cuenten con parcelas con una superficie mínima de 8,000 metros cuadrados y que cumplan con los requisitos y procedimientos establecidos en las presentes Reglas de Operación. Los apoyos estarán sujetos a la

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disponibilidad del recurso presupuestal asignado para el presente ejercicio. Solo se recibirán las solicitudes de inscripción, que cumplan con todos los requisitos establecidos en las Reglas de Operación hasta registrar 600 productores (as); posteriormente, se levantará una lista de espera, para que en caso de existir cancelación de algún productor (a) por los motivos que presentan las Reglas de Operación, se de lugar al productor (a) que cumpla con lo establecido en el orden en que se fueron recibiendo las solicitudes de inscripción. Una vez abierto el otorgamiento de apoyo a los productores (as) de forrajes, se cancelara la lista de espera por lo que los productores (as) solicitantes no beneficiados (as) en este año (2014) deberán ingresar su solicitud en la siguiente convocatoria (2015), sujeta a las Reglas de Operación que se apliquen para ese año. VI.- LOS PROCEDIMIENTOS DE INSTRUMENTACIÓN: La Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable, a través de la Subdirección de Desarrollo Agropecuario, en coordinación con la Unidad Departamental de Fomento para el Desarrollo Sustentable, establecerán la estrategia de difusión del Programa y realizarán las acciones conducentes para dar a conocer los requisitos de participación, la corresponsabilidad de los beneficiarios y los apoyos a otorgar, establecidos en las presentes Reglas de Operación. 1. Realizar la difusión del “Programa de Apoyo para el Cultivo de Forrajes y Pago de Servicios de Tractor 2014” para los productores (as) que deseen ser beneficiados por el programa en mención, así como las fechas y horarios en los que deberán acudir a las oficinas de la Jefatura de Unidad Departamental de Fomento para el Desarrollo Sustentable, para las inscripciones, trámites y para recibir su cheque de apoyo. 2.-El productor (a) debe acudir personalmente a la Jefatura de Unidad Departamental de Fomento para el Desarrollo Sustentable, a inscribirse en las fechas y horarios establecidos en la Convocatoria, emitida por la instancia correspondiente presentando en original y copia la documentación señalada en los requisitos indicados en las presentes Reglas de Operación en el Apartado V inciso a). 3.- La inscripción al Programa para el otorgamiento del apoyo, no crea derecho a obtenerlo, ya que cualquier omisión e incumplimiento en la entrega de su documentación así como la falsedad en la información proporcionada, serán motivos de cancelación de la solicitud. 4. Se entrega al productor (a) un comprobante de recepción de documentos para dar seguimiento a la solicitud. 5. Cumpliendo con todos los requisitos, el productor (a) firmará un Convenio de Colaboración con la Delegación, en el que se compromete a utilizar los recursos otorgados por la Delegación Milpa Alta para los fines y conceptos especificados dentro del ciclo productivo y en el ejercicio presupuestal vigente, así como ajustarse a las Reglas de Operación del presente Programa. 6. El productor (a) recibe un Comprobante de Inscripción al Programa, establecido por la Jefatura de la Unidad Departamental de Fomento para el Desarrollo Sustentable. 7. El productor (a) realiza en primera instancia el gasto por el monto total de los conceptos para la adquisición de semilla de forraje y para el pago de servicios de tractor. 8. Los productores (as) acudirán personalmente a las oficinas de la Jefatura de la Unidad Departamental de Fomento para el Desarrollo Sustentable para presentar los comprobantes que amparen el monto total del recurso a otorgar. 9. La documentación para comprobar el recurso a otorgar debe ser mediante facturas, notas de mostrador y/o notas de remisión, en dichos comprobantes deberá anexar copia de la credencial de elector del vendedor de la semilla. Para el pago de servicio de laboreo del suelo, deberán utilizar el formato proporcionado por la J. U. D de Fomento para el Desarrollo Sustentable y anexar copia de la Credencial de Elector del prestador de servicios (en un plazo no mayor a 10 días hábiles después de la fecha de supervisión). 10. Se realizarán supervisiones a los predios a beneficiar previo a la recepción del apoyo, dejando constancia de la supervisión realizada mediante una Acta Circunstanciada de Verificación al cultivo de forraje (teniendo como fechas de supervisión del 01 de julio al 30 de septiembre del presente año). 11.- Una vez concluido el lapso de supervisiones para los productores (as) que no se hayan presentado, se procederá a la suspensión del apoyo, con fundamento en el numeral VIII apartado 2 incisos b), c) y d), apartado 3 incisos a) y b) de las presentes Reglas de Operación. 12. El productor (a) recibe su cheque de reembolso y firma de conformidad, en póliza de cheque y en copia de credencial del elector. 13. El productor (a) es responsable de asistir a cobrar su apoyo en un plazo no mayor a diez días hábiles después de que se le notifique la existencia del mismo, en caso de no recojerlo se procederá a dar de baja el cheque. 14. Los casos no previstos en las presentes Reglas de Operación, serán resueltos entre el Productor y la Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable a través de la Subdirección de Desarrollo Agropecuario.

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VII.- PROCEDIMIENTO DE QUEJA O INCONFORMIDAD CIUDADANA: Las quejas y/o denuncias, podrán presentarse por escrito, ante la Subdirección de Desarrollo Agropecuario; la cual se encuentra ubicada en la planta alta del Edificio Morelos, en avenida Constitución esquina Andador Sonora, en Villa Milpa Alta, Delegación Milpa Alta, Distrito Federal, México; teléfono 58 62 31 50 extensión 1803. En caso de que las áreas no resuelvan la queja, se podrán interponer la queja ante la Contraloría Interna de la Delegación, en la planta baja del Edificio Morelos, ubicado en avenida Constitución esquina Andador Sonora, en Villa Milpa Alta, Delegación Milpa Alta, Distrito Federal, México; teléfono 58 62 31 50 extensión 1201. VIII.- LOS MECANISMOS DE EXIGIBILIDAD: Con el interés de transparentar el ejercicio de los recursos se colocarán estrados de información en el exterior de las oficinas de la Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable que contenga los tiempos de inscripción y requisitos de acceso al Programa de Apoyo para el Cultivo de Forrajes y Pago de Servicios de Tractor 2014, elementos que permitirán al particular realizar la exigencia del cumplimiento de las Reglas de Operación. 1. Derechos de los beneficiarios: a).- Ser atendidos y orientados por el personal de la Unidad Departamental de Fomento para el Desarrollo Sustentable, conforme a los requisitos y procedimientos del programa. b).- Recibir un trato digno y respetuoso por parte del personal encargado de la operación del programa. c).- Recibir el apoyo apegado a los requisitos de acceso del programa. d).- Presentar quejas y denuncias inherentes al objeto del programa. 2. Obligaciones de los beneficiarios del Programa: a).- Presentar la documentación y cumplir con todos los requisitos que se establece en las Reglas de Operación. b).- Permitir el acceso a los predios a beneficiar con el objeto de realizar las supervisiones requeridas. c).- Estar presente el día y hora establecidos para realizar la supervisión. d).- Realizar la comprobación del gasto, de acuerdo al objetivo del Programa conforme a las Reglas de Operación. e.- Dar un trato digno y respetuoso al personal encargado de la operación del Programa. 3. Causas de suspensión de los apoyos: a).- Incumplimiento de las obligaciones en tiempo y forma de los requisitos establecidos en la Convocatoria, Reglas de Operación del Programa y a los requerimientos formulados por la Unidad Departamental de Fomento para el Desarrollo Sustentable. b).- Presentar datos y/o documentos falsos y/o alterados. c).- Actuar con dolo o mala fe; d).- Por pretender un trato preferencial con relación al resto de los beneficiarios del Programa. e).- No haber finiquitado o concluido con los requerimientos de las diferentes áreas de alguno de los Programas de la Delegación en los ejercicios 2009 al 2013. f).- Cuando se detecten desviaciones o incumplimiento en el ejercicio de los recursos otorgados, por parte de los productores (as) beneficiados (as), se suspenderá el apoyo e inclusive se podrá solicitar el reintegro del mismo, en apego a la normatividad aplicable. g).- El incumplimiento a cualquiera de los derechos y obligaciones o violación a los mismos se podrá reportar a la Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable, Contraloría Interna de la Delegación Milpa Alta y/o Contraloría General del Gobierno del Distrito Federal, tal como se indica en el apartado VII Procedimiento de Queja o Inconformidad Ciudadana, de estas Reglas de Operación.

IX.- MECANISMOS DE EVALUACIÓN: La Unidad Departamental de Fomento para el Desarrollo Sustentable informará, al término del ejercicio, los resultados de evaluación del Programa, de conformidad a las acciones realizadas en el año y a los indicadores siguientes:

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1.- Efectividad en la entrega de apoyos. Total de apoyos entregados -------------------------------------- X 100 = Porcentaje de apoyos entregados Total de apoyos programados

2.- Preservación de la Actividad Productiva. Superficie beneficiada ---------------------------------------- X 100 = % Preservación de la actividad productiva Superficie cultivada con forrajes X.- FORMAS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL En el Programa podrán participar todos los productores (as) mayores de 18 años que cumplan con todos los requisitos establecidos en el mismo y bajo principios de equidad y no discriminación, por motivos de género, religión, condición social, preferencias políticas o sexuales o de pertenencia a grupos étnicos.

XI.- LA ARTICULACIÓN CON OTROS PROGRAMAS: Se podrá realizar mezcla de recursos con otros Programas e instrumentos de financiamiento promovidos por el Gobierno Local o Federal, siempre y cuando sean complementarios y no dupliquen las metas y/o conceptos de apoyo o contravengan las disposiciones normativas de este Programa y de los Programas que puedan coincidir en mezcla de recursos. 3.- REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYO CON PAQUETES DE ESPECIES MENORES Y/O

AVES DE CORRAL 2014. I.- DEPENDENCIA O ENTIDAD RESPONSABLE DEL PROGRAMA La Delegación Milpa Alta será la responsable del desarrollo del Programa de Apoyo con Paquetes de Especies Menores y/o Aves de Corral 2014, a través de la Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable. II.-OBJETIVOS Y ALCANCES Objetivo general: Apoyar e impulsar la actividad pecuaria de traspatio en la Delegación Milpa Alta a través de la entrega de paquetes de especies menores y/o aves de corral a mujeres mayores de 18 años, en forma individual o en grupos organizados, para favorecer y mejorar el nivel de vida e impulsar el desarrollo rural sustentable. Objetivo específico: • Otorgar paquetes que contengan 100 pavos cada uno a grupos organizados por 5 mujeres como mínimo mayores de 18 años de edad, residentes en la Delegación Milpa Alta. • Otorgar paquetes que contengan 180 pollas y 20 gallos de postura a grupos organizados por 5 mujeres como mínimo mayores de 18 años de edad, residentes en la Delegación Milpa Alta. • Otorgar paquetes que contenga 27 conejos (25 vientres y dos machos) cada uno a grupos organizados por 5 mujeres como mínimo mayores de 18 años de edad, residentes en la Delegación Milpa Alta. • Otorgar paquetes que contenga 9 pollas y 1 gallo de postura, a mujeres mayores de 18 años de edad, residentes en la Delegación Milpa Alta, para coadyuvar a la conservación del modo de vida rural y el desarrollo rural sustentable de la Delegación. • Mejorar la economía de las familias a través de la producción en traspatio. Alcances: • Lograr un desarrollo rural sustentable basado en la producción de alimento de buena calidad a nivel local, para reducir la dependencia del abasto del exterior y mejorar el nivel de vida de las familias.

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• Contar con una alternativa para el fortalecimiento de la economía familiar y local, a través del uso integral de los recursos y modo de vida rural característicos de la Delegación Milpa Alta. III.- META FÍSICA Otorgar 6, 331 (seis trescientos treinta y uno) paquetes de aves de corral a mujeres mayores de 18 años de edad que residan en la Delegación Milpa Alta, cada paquete estará conformado por 9 pollas y 1 gallo. Otorgar 35 (treinta y cinco) paquetes de pavos a mujeres organizadas (5 mujeres como mínimo) mayores de 18 años de edad, que residan en la Delegación Milpa Alta, cada paquete estará conformado por 100 pavos. Otorgar 10 (diez) paquetes de pollas y gallos de postura a mujeres organizadas (5 mujeres como mínimo) mayores de 18 años, que residan en la Delegación Milpa Alta, cada paquete estará conformado por 200 aves (180 pollas y 20 gallos). Otorgar 6 (seis) paquetes de conejos a mujeres organizadas (5 mujeres como mínimo) mayores de 18 años de edad que residan en la Delegación Milpa Alta, cada paquete estará conformado por 27 conejos (25 vientres y 2 machos). IV.- PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL El presupuesto para el ejercicio 2014 será de $1,765,000.00 (Un millón setecientos sesenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.) V.- REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO Requisitos Individuales: • Ser mujer mayor de 18 años de edad. • Copia legible de Credencial de Elector amplificada a media carta, vigente y original para cotejo • Copia legible de la Clave Única de Registro de Población (CURP) amplificada a media carta. • Copia legible de comprobante de domicilio reciente y dentro de la Delegación Milpa Alta, vigente dentro del ejercicio presupuestal (recibo de teléfono, luz, agua, predial, constancia de residencia expedida por autoridad competente y/o carta bajo protesta de decir verdad). Requisitos en el caso de los Grupos: • Ser mujer mayor de 18 años de edad. • Copia legible de Credencial de Elector amplificada a media carta, vigente y original para cotejo. • Copia legible de la Clave Única de Registro de Población (CURP) amplificada a media carta. • Copia legible de comprobante de domicilio reciente y dentro de la Delegación Milpa Alta, vigente dentro del ejercicio presupuestal (recibo de teléfono, luz, agua, predial, constancia de residencia expedida por autoridad competente y/o carta bajo protesta de decir verdad). • Presentar Acta de Conformación del Grupo de Trabajo. • Contar con las instalaciones adecuadas para el desarrollo de las granjas. Procedimientos de acceso individual: • Las peticionarias realizarán en su comunidad el registro de acuerdo a las fechas y horas establecidas en la Convocatoria y con la documentación indicada en el apartado V de las presentes Reglas de Operación. • El trámite será de manera personal e individual. • La Unidad Departamental de Fomento Agropecuario, realizará el registro de solicitudes en cada una de las comunidades que integran la Delegación Milpa Alta. Procedimientos de acceso grupal: • Acta de Conformación del Grupo de Trabajo para las mujeres que deseen el apoyo por grupo. • Tener las instalaciones adecuadas y el espacio mínimo y necesario para el desarrollo de los animales. • Las peticionarias realizarán en su comunidad el registro de acuerdo a las fechas y horas establecidas en la Convocatoria y con la documentación indicada en el apartado V de las presentes Reglas de Operación. • El trámite será de manera grupal.

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• La Unidad Departamental de Fomento Agropecuario, realizará el registro de solicitudes en cada una de las comunidades que integran la Delegación Milpa Alta. VI.- PROCEDIMIENTOS DE INSTRUMENTACIÓN. • La Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable, con apoyo de la Dirección de Fomento Económico y Cooperativo, la Subdirección de Desarrollo Agropecuario y la Unidad Departamental de Fomento Agropecuario, formularán la Convocatoria para inscribirse al Programa, en la que señalaran los requisitos, procedimientos, fechas y horarios de recepción de solicitudes por poblado. • El trámite será individual o grupal, por lo que las solicitantes deberá presentar de forma personal o en forma grupal la documentación requerida en las fechas y horarios que se asignen a cada poblado conforme a lo señalado en la Convocatoria. • La Unidad Departamental de Fomento Agropecuario, establecerá una estrategia de difusión para la entrega de los paquetes a las beneficiarias inscritas en el Programa. • El personal de la Unidad Departamental de Fomento Agropecuario recibe y verifica la documentación requerida para la inscripción conforme a lo establecido en las Reglas de Operación, y se entregara a la solicitante un comprobante de inscripción al Programa. • Al momento de recibir el apoyo, la beneficiaria firmará recibo de apoyo y la documentación que integra el expediente, así como una carta compromiso donde se especifica que se dará un manejo adecuado a los animales entregados y en el caso grupal se firmará un Convenio de Colaboración. • Si de acuerdo al registro de inscripción al Programa de Paquetes de Especies Menores y/o Aves de Corral, en la entrega, no se presentan a recoger el apoyo respectivo el total de beneficiarias en la fecha y sitios indicados, los paquetes serán entregados entre las mujeres mayores de 18 años presentes en el momento, siempre y cuando entreguen la documentación requerida en las Reglas de Operación. Lo anterior debido a la imposibilidad de dar alimentación y alojamiento adecuado a los animales y evitar el estrés y muerte de estos. • La Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable, la Dirección de Fomento Económico y Cooperativo, la Subdirección de Desarrollo Agropecuario y la Unidad Departamental de Fomento Agropecuario, determinarán el número de paquetes que serán entregados en cada comunidad, según la asignación histórica por poblado, así mismo dará seguimiento puntual al desarrollo de los módulos de producción en los casos grupales. • Los casos no previstos en las Reglas de Operación, serán resueltos entre la beneficiaria y la Dirección General Desarrollo Rural y Económico Sustentable. VII.- PROCEDIMIENTO DE QUEJA O INCONFORMIDAD CIUDADANA Las quejas y/o denuncias, podrán presentarse por escrito ante la Unidad Departamental de Fomento Agropecuario y/o la Subdirección de Desarrollo Agropecuario, las cuales se encuentran ubicadas en la planta alta del Edificio Morelos, sita en Avenida Constitución esquina Andador Sonora, en Villa Milpa Alta, Delegación Milpa Alta, Distrito Federal, México; teléfono 58 62 31 50 extensión 1803 (Subdirección de Desarrollo Agropecuario) y/o extensión 1806 (Unidad Departamental de Fomento Agropecuario). En caso de que las áreas no resuelvan la queja, se podrá interponer la queja ante la Contraloría Interna de la Delegación, ubicada en la planta baja del Edificio Morelos, sita en avenida Constitución esquina Andador Sonora, en Villa Milpa Alta, Delegación Milpa Alta, Distrito Federal, México; teléfono 58 62 31 50 extensión 1201 VIII.- LOS MECANISMOS DE EXIGIBILIDAD Con el interés de transparentar el ejercicio de los recursos se colocarán estrados de información en el exterior de las oficinas de la Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable que contenga los tiempos de inscripción y requisitos de acceso al Programa de Apoyo con Paquetes de Especies Menores y/o Aves de Corral 2014, elementos que permitirán al particular realizar la exigencia del cumplimiento de las Reglas de Operación. Derechos de los beneficiarios: • Recibir un trato digno al realizar la solicitud de inscripción y recibir el apoyo (paquete) en apego a la Reglas de Operación y a la Convocatoria. • Ser informada sobre el registro de inscripción y la entrega del apoyo (fechas y horarios). • Recibir el beneficio de conformidad con los lineamientos establecidos en las Reglas de Operación. • La beneficiaria tiene derecho a tener acceso a otros programas de financiamiento a nivel Local y Federal.

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• Presentar quejas y denuncias inherentes al objeto del Programa. Obligaciones de los beneficiarios del Programa: • Entregar la documentación solicitada en la Convocatoria conforme a las Reglas de Operación. • Firmar la documentación necesaria en apego a las Reglas de Operación. • Dar el uso adecuado al apoyo para los fines que le fue otorgado, en apego al Convenio de Colaboración, que se firmara una vez que el grupo sea sujeto de apoyo. • Dar un trato digno y respetuoso al personal encargado de la operación del Programa. Causas de suspensión de los apoyos: La suspensión de los beneficios ocurre bajo alguna de las siguientes circunstancias: • No haber finiquitado o concluido con los requerimientos de las diferentes áreas de alguno de los programas de la Delegación. • Por presentar datos falsos o alterados. • Por duplicación de registros • Cuando se haya registrado en otro poblado que no le corresponda. • Actuar con dolo o mala fe. El incumplimiento a cualquiera de los derechos y obligaciones o violación a los mismos se podrá reportar a la Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable y/o a la Contraloría Interna de la Delegación Milpa Alta, tal como se indica en el apartado VII Procedimiento de Queja o Inconformidad Ciudadana, de estas Reglas de Operación. IX. MECANISMOS DE EVALUACIÓN La Unidad Departamental de Fomento Agropecuario informará al término del ejercicio, los resultados de evaluación del Programa, de conformidad a las acciones realizadas en el año y a los indicadores siguientes: 1.- Efectividad en la entrega de apoyos. Total de apoyos entregados -------------------------------------- X 100 = Porcentaje de apoyos entregados Total de apoyos programados 2.- Indicador de Cobertura. Total de mujeres de 18 años atenidas ----------------------------------------------- X 100 = % Porcentaje de mujeres mayores de 18 años atendidas Total de mujeres mayores de 18 años en la Delegación 3.- Indicador de Eficiencia. Presupuesto ejecutado ----------------------------------------------- X 100 = % Porcentaje de eficiencia Presupuesto programado X. -FORMAS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL: En el programa podrán participar todas las mujeres mayores de 18 años que residan dentro de la demarcación y que cumplan con los requisitos establecidos en el mismo, bajo principios de equidad y no discriminación, por motivos de religión, condición social, preferencias políticas o sexuales o de pertenencia a grupos étnicos.

4.- REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE ABONO ORGÁNICO EN ESPECIE 2014.

CONSIDERANDO:

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Que la superficie de la Delegación Milpa Alta, es predominantemente de vocación agrícola y de acuerdo a datos del Sistema de Información Agrícola y Pesquero (SIAP), dependiente de la SAGARPA, en el año 2012, se cultivaron en Milpa Alta 8,053.08 hectáreas, de las cuales 4,327 hectáreas correspondieron al nopal, siendo el principal cultivo por la superficie que ocupa (53.73%), además, el valor de la producción, que para el mismo año 2012 fue de 640.03 millones de pesos, representando el 92.1% del valor total de la producción agrícola de la demarcación de ese año, por lo cual la producción, transformación y comercialización del nopal verdura constituye uno de los pilares de la economía de la Demarcación. Que por la extensión destinada a la producción de maíz, con 1,449 hectáreas cultivadas en el 2012, es el segundo cultivo en importancia en Milpa Alta, que además da identidad y es base de la cultura gastronómica de la región; que sin embargo se ve afectado por el incremento en los costos de producción, situación que ha generado la disminución paulatina en la superficie cultivada. Que debido a que Milpa Alta representa el 32% del Suelo de Conservación del Distrito Federal, es necesario instrumentar políticas públicas encaminadas a la preservación de las áreas agrícolas productivas para el fomento de los servicios ambientales que generan para la viabilidad de la Ciudad de México, entre las que se destaca la captación e infiltración de agua de lluvia a los mantos freáticos, por lo que es necesario reducir el uso de agroquímicos que contaminan las aguas y ocasionan la degradación paulatina del suelo. Que el Gobierno Delegacional considera pertinente fortalecer la producción agrícola sustentable, a través de la sustitución de fertilizantes químicos por abonos orgánicos, que contribuyan al mejoramiento de la fertilidad y estructura de los suelos, al incremento de la producción, a la conservación de las actividades productivas por medio de apoyos directos a la producción y a la conservación de los servicios ambientales del Suelo de Conservación. Por lo anterior es que se emiten las siguientes: REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE ABONO ORGÁNICO EN ESPECIE 2014 I.- DEPENDENCIA O ENTIDAD RESPONSABLE DEL PROGRAMA La Delegación Milpa Alta será la responsable del desarrollo del Programa de Abono Orgánico en Especie 2014, a través de la Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable. II. Objetivos y alcances Objetivo General. Apoyar a los productores de la Delegación Milpa Alta con el abastecimiento directo de abono orgánico, para incrementar la producción, mejorar la fertilidad y estructura del suelo, además de contribuir a la sustitución de fertilizantes químicos en beneficio del ambiente e iniciar un proceso hacia sistemas de producción sustentable. Objetivos Particulares. • Abastecer abono orgánico a pie de parcela en producción. • Reducir los costos de producción por la adquisición y transporte de abonos. • Mejorar las condiciones productivas del suelo como una forma de contribuir a la continuidad de las actividades productivas. Alcances. Reducir el uso de agroquímicos que degradan la estructura del suelo para garantizar la fertilidad e incremento de la producción; evitar el abandono de las actividades del campo; reducir el cambio de uso del suelo de agrícola urbano; por ende, disminuir la contaminación de los cuerpos de agua que abastecen a la Ciudad de México. III.- METAS Suministrar abono orgánico a pie de parcela a 250 productores. El suministro estará sujeto a la disponibilidad de abono orgánico y a las condiciones operativas del equipo de arrastre. IV. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL El costo del Programa es con base a gasto corriente.

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El apoyo individual será conforme a la disponibilidad de las fuentes de abastecimiento de abono orgánico y de la infraestructura existente. V. REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO DE ACCESO Requisitos. 1. Copia legible de la Credencial de elector amplificada a media carta, vigente y original para cotejo 2. Copia legible de la Clave Única de Registro de Población (CURP) amplificada a media carta. 3. Copia legible del comprobante de domicilio, con residencia en la delegación Milpa Alta (recibo de luz, agua, predial, teléfono, constancia de domicilio expedida por autoridad competente o en su caso carta bajo protesta de decir verdad) con vigencia dentro del ejercicio presupuestal. 4. Copia legible de la Constancia de Productor, expedida por la Autoridad Local Agraria. 5. Copia del documento que acredite la posesión del terreno. (Con superficie mínima de 1,000 m2). 6. Croquis de localización del terreno a beneficiar (con superficie mínima de 1,000 m2). Procedimientos de acceso. • El productor deberá acudir a la Jefatura de Unidad Departamental de Fomento Agropecuario de forma individual a solicitar su inscripción, presentando la documentación indicada en los requisitos de las Reglas de Operación del Programa. • Se dará atención conforme al orden como sean recibidas las solicitudes de inscripción y que cumplan con los requisitos establecidos en las Reglas de Operación. • La Unidad Departamental de Fomento Agropecuario integra el expediente e indica al productor el tiempo y la forma de abastecimiento de abono orgánico. • La Unidad Departamental de Fomento Agropecuario con base a la capacidad de abastecimiento de abono orgánico, programará al productor para que asista a recibir su dotación, en caso de no acudir su apoyo será cancelado. • La inscripción al programa no crea derecho a obtener el apoyo, ya que de cualquier omisión, incumplimiento, así como la falsedad de información proporcionada por el solicitante, será motivo de cancelación. VI.- LOS PROCEDIMIENTOS DE INSTRUMENTACIÓN 1. La Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable, la Dirección de Fomento Económico y Cooperativo, la Subdirección de Desarrollo Agropecuario, y la Unidad Departamental de Fomento Agropecuario, establecerán la estrategia de difusión del Programa y realizará las acciones conducentes para dar a conocer los requisitos de participación, la corresponsabilidad de los beneficiarios y los apoyos a otorgar establecidos en las presentes reglas. 2. El productor deberá acudir a la Unidad Departamental de Fomento Agropecuario para solicitar su inscripción, presentando la documentación indicada en los requisitos de las Reglas de Operación del Programa. 3. La Unidad Departamental de Fomento Agropecuario determinará la cantidad del apoyo por productor; la valoración de la asignación estará sujeta a la disponibilidad de abono orgánico. 4. La Unidad Departamental de Fomento Agropecuario, programará al productor inscrito en el presente ejercicio. 5. La programación podrá sufrir adecuaciones con motivo de las condiciones técnico-operativas del equipo de transporte y la disponibilidad de recursos materiales y humanos. 6. El productor inscrito deberá asistir a recibir su apoyo en la fecha y hora indicados por la Unidad Departamental de Fomento Agropecuario, en caso de no acudir su apoyo será cancelado. 7. El productor firmará de conformidad haber recibido su apoyo en cada entrega de abono orgánico, si las hubiese. 8. El productor beneficiado debe introducir y distribuir el abono orgánico dentro de su parcela antes de surtir las siguientes etapas de entrega de abono, de no ejecutar las acciones en comento, no podrá ser sujeto de los apoyos subsecuentes. 9. La Unidad Departamental de Fomento Agropecuario verificará que los productores beneficiados en el ejercicio anterior, hayan introducido y distribuido el abono orgánico recibido, de lo contrario no será beneficiario del programa y quedará cancelado su apoyo para el presente ejercicio. VII.- PROCEDIMIENTO DE QUEJA O INCONFORMIDAD CIUDADANA Las quejas y/o denuncias, deberán presentarse por escrito ante la Unidad Departamental de Fomento Agropecuario y/o la Subdirección de Desarrollo Agropecuario, las cuales se encuentran ubicadas en la planta alta del Edificio Morelos, sita en

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avenida Constitución esquina Andador Sonora, en Villa Milpa Alta, Delegación Milpa Alta, Distrito Federal, México; teléfono 58 62 31 50 extensión 1803 (Subdirección de Desarrollo Agropecuario) y/o extensión 1806 (Unidad Departamental de Fomento Agropecuario). En caso de que las áreas no resuelvan la queja, se podrán interponer la queja ante la Contraloría Interna de la Delegación, ubicada en la planta baja del Edificio Morelos, sita en avenida Constitución esquina Andador Sonora, en Villa Milpa Alta, Delegación Milpa Alta, Distrito Federal, México; teléfono 58 62 31 50 extensión 1201. VIII.- LOS MECANISMOS DE EXIGIBILIDAD Con el interés de transparentar el ejercicio de los recursos se colocarán estrados de información en el exterior de las oficinas de la Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable que contenga los tiempos de inscripción y requisitos de acceso al Programa de Abono Orgánico en Especie 2014, elementos que permitirán al particular realizar la exigencia del cumplimiento de las Reglas de Operación. Derechos de los beneficiarios: • Ser atendidos y orientados por la Unidad Departamental de Fomento Agropecuario, sobre los requisitos y procedimientos del Programa. • Recibir un trato digno y respetuoso por parte del personal encargado de la operación del Programa. • Recibir el apoyo apegado a los requisitos de acceso. • Presentar quejas y denuncias inherentes al objeto del Programa. Obligaciones de los beneficiarios: • Introducir y distribuir el abono orgánico en la parcela registrada. • Proporcionar datos verídicos. • Asistir cuando se le solicite para recibir el abono orgánico y para las aclaraciones con respecto del Programa. • Firmar la documentación comprobatoria de abastecimiento del abono orgánico. Causas de suspensión de los apoyos: • No cumplir en tiempo y forma con los requisitos establecidos en las Reglas de Operación. • Presentar datos y/o documentos falsos. • Actuar con dolo o mala fe. • No haber introducido el abono orgánico dentro de la parcela antes de surtir las siguientes etapas de entrega sí las hubiese. • No haber finiquitado o concluido con los requerimientos de las diferentes áreas de alguno de los programas de la Delegación. • Si el productor fue beneficiado en el programa anterior y no haber introducido o distribuido el abono dentro de su parcela. IX. MECANISMOS DE EVALUACIÓN La Unidad Departamental de Fomento Agropecuario informará al término del ejercicio, los resultados de evaluación del Programa, de conformidad a las acciones realizadas en el año y a los indicadores siguientes: 1.- Indicador de Eficacia. Total de m3 de abono orgánico programados -------------------------------------------------------- X 100 = Porcentaje de m3 entregados Total de m3 de abono orgánico programados 2.- Indicador de Atención. Numero de beneficiarios atendidos ----------------------------------------------- X 100 = Porcentaje de beneficiados atendidos Numero de productores inscritos X. FORMAS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL

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En el programa podrán participar todos los productores rurales mayores de 18 años que cumplan con los requisitos establecidos en el mismo y bajo principios de equidad y no discriminación por motivos de género, religión, condición social, preferencias políticas o sexuales o de pertenencia a grupos étnicos. XI. LA ARTICULACIÓN CON OTROS PROGRAMAS Se podrá realizar mezcla de recursos con otros Programas e instrumentos de financiamiento promovidos por el Gobierno Local o Federal, siempre y cuando sean complementarios y no dupliquen las metas y/o conceptos de apoyo o contravengan las disposiciones normativas de este Programa y de los Programas que puedan coincidir en mezcla.

5.- REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO TURÍSTICO 2014

CONSIDERANDO Que un sector importante en la economía del Distrito Federal es el turismo, que representa cerca del 7% del Producto Interno Bruto Local y genera más de 200 mil empleos directos y más de 500 mil indirectos, sin embargo, la concepción general es que el Distrito Federal es una zona urbana, a pesar de que el 59% del territorio es Suelo de Conservación donde aún sobreviven poblados rurales y una gran riqueza en recursos naturales. Que entre otras actividades comerciales y de servicios en la Delegación Milpa Alta están registrados 24 artesanos, 12 temazcales activos, 17 agroindustrias de nopal y verduras, (mermeladas, alimentos y cosméticos), 13 procesadores de miel de abeja y 8 procesadores de amaranto, dentro de los límites de la Delegación no hay grandes tiendas de autoservicio, ni plazas comerciales integradas con servicios bancarios, centros de entretenimiento o restaurantes de comida rápida, factores que le permiten aún conservar valores de la cultura rural, muy contrastantes con la ciudad, que se encuentra a tan sólo una hora del centro de la Ciudad de México y que resulta muy atractiva para visitantes de zonas urbanas. Que existen doce poblados rurales donde se respeta la delimitación de barrios y donde existen iglesias de corte Franciscano que fueron construidas en los siglos XVI y XVII, así como monumentos históricos como: el Cuartel Zapatista donde se ratificó el Plan de Ayala el 16 de junio de 1914, la Iglesia de Chalmita, que fueron testigos de la Revolución Mexicana. Así como La Troje, La Era y La Olla, sitios que formaron parte de la Hacienda de Santa Fe de Tetelco; El Tulmiac, que es un ojo de agua; Los temascales, elementos importante de la medicina herbolaria tradicional y alternativa, siendo parte de la herencia de la cultura mexica, factores que deberán aprovecharse para la construcción de proyectos turísticos que generen empleos y bienestar para las familias de Milpa Alta. Que de los 59 pueblos originarios que existen en México y que aún conservan tradiciones y costumbres indígenas con una relación sincrética, Milpa Alta es una de las más representativas y esto se refleja en la gran cantidad de fiestas y celebraciones que suman 724 festejos en el año. Entre estas celebraciones se destacan por su tamaño una serie de ferias con diversos motivos, unas con varias ediciones, como por ejemplo la Feria Regional de Villa Milpa Alta, que se realiza desde 1939 o la Feria Gastronómica y del Elote en Santa Ana Tlacotenco, que dio inicio a partir del 2003. Como las principales ferias se encuentran las siguientes: Muestra Ganadera de Oztotepec. Existen antecedentes que desde la década de los 50, se llevaba a cabo esta muestra ganadera en la comunidad de San Pablo Oztotepec, como una tradición en el mes de noviembre, empatándose con las festividades de día de muertos, al paso del tiempo se fue perdiendo esta actividad y se retoma en el año 2001, cambiando la fecha a Semana Santa, dada la gran afluencia de gente que visita la comunidad por los carnavales y festejos de Semana Santa. Actualmente el propósito de la Muestra Ganadera de Oztotepec es promover la comercialización de los productos pecuarios y agrícolas de la comunidad y se organiza a través de la elección de un comité de feria elegido por la comunidad que se encarga de las gestiones y organización de la muestra. Feria Regional de Villa Milpa Alta. Desde el año de 1939, en el mes de agosto, se lleva a cabo la festividad de La Asunción de María, patrona de los Milpaltenses, esta ha sido conservada como fiesta de hospitalidad para los visitantes que acuden de toda la Delegación. La organización de la feria se lleva a cabo por medio del Comité de Feria que está conformada por representantes de los siete barrios de la cabecera Delegacional. La realización de la Feria Regional de Villa Milpa Alta ha sido un marco excelente para dar a conocer la cultura, la gran variedad gastronómica, así como para comercializar la producción agropecuaria y comercial de la región.

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Feria Anual de Tlacoyucan. En el año de 1995 se crea en la comunidad de San Lorenzo Tlacoyucan una muestra Ganadera, Artesanal y Gastronómica, que se realiza en el mes de agosto, coincidiendo con la fiesta del santo patrono, dentro de esta feria se pueden degustar platillos típicos de la región a base de nopal, se comercializan artesanías y los animales que se presentan en la muestra, además se realizan una serie de actividades culturales propias de la Delegación. La organización de la Feria Anual de Tlacoyucan es a través de la elección de un Comité de Feria elegido por la comunidad, que se encarga de las gestiones necesarias y de la organización de la feria. Feria de la Pera y Otras Frutas de Temporada. Esta feria es relativamente nueva, ya que comienza en el año 2002 en la comunidad de San Pablo Oztotepec, en esta feria se realiza una muestra de productos agrícolas como son pera, manzana, jitomate, fresa etc., que se producen en la comunidad, esta feria tiene lugar en septiembre ya que en este mes se tiene una gran producción de las frutas antes mencionadas y se aprovechan los festejos de fiestas patrias que congregan una gran cantidad de gente en la plaza, a un costado de la iglesia de Chalmita. La organización de la Feria se realiza a través de la elección de un Comité de Feria elegido por la comunidad que se encarga de las gestiones necesarias y de la organización de la feria. Feria Gastronómica y del Elote Tlacotenco. Esta feria se inicio en el 2003, por iniciativa del grupo social “Hombres y Mujeres Trabajando”, con el objetivo de promover los productos agrícolas y artesanales de los campesinos de Santa Ana Tlacotenco, así como para dar a conocer la gran variedad gastronómica que se puede crear con el maíz, así mismo permite la cohesión de la comunidad que se organiza cada mes de septiembre para realizar esta feria. Feria de la Barbacoa y Muestra Ganadera. Se realiza desde el año 2000 en la comunidad de San Salvador Cuauhtenco, en la que se comercializa y promueve el consumo de la barbacoa de borrego, conejo y res, cocinada en horno y bote. Paralelamente se realiza una exposición ganadera y de productos típicos de la región. La organización de la feria es a través de la elección de un Comité de Feria, elegido por la comunidad que se encarga de las gestiones necesarias y de la organización de esta. Feria Nacional del Mole. Desde el año de 1977, se ha realizado la Feria Nacional del Mole en el poblado de San Pedro Atocpan, evento que ha tenido como objetivo fundamental realizar un frente común de todos los Productores de Mole de San Pedro Atocpan, logrando a través de esta festividad, la difusión y comercialización de los productos que se procesan en la región. Por lo anterior es que se emiten las siguientes: REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO TURÍSTICO 2014 I. DEPENDENCIA O ENTIDAD RESPONSABLE La Delegación Milpa Alta, será la responsable del desarrollo del Programa de Desarrollo Turístico 2014, a través de la Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable. II. OBJETIVOS Y ALCANCES Objetivo Fortalecer el turismo y la comercialización de los productos y servicios que ofrecen las diferentes comunidades de la Delegación a través de la promoción y difusión de sus atractivos, con el fin de generar fuentes de empleo y fortalecer la economía de la región. Alcances. Impulsar el sector turístico en la Delegación Milpa Alta entre los visitantes a las ferias y exposiciones que se realizan y fortalecer la economía de los sectores vinculados a la actividad. III. METAS FÍSICAS Apoyar a 7 (siete) ferias tradicionales de la Delegación Milpa Alta.

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IV. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL Se contará con un presupuesto de $1, 421,950.00 (un millón cuatrocientos veintiún mil novecientos cincuenta pesos 00/100 M. N.) que será distribuido entre las siete festividades de acuerdo al histórico de apoyos otorgados. El apoyo se entregará en una sola ministración y por única vez en el año. V. REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO Requisitos de inscripción: La recepción de solicitudes se realizará a través del CESAC (Centro de Servicios y Atención Ciudadana) en su horario oficial establecido, con 30 días de antelación a la realización de la feria, debiendo anexar la siguiente documentación: 1.- Oficio de petición dirigido al Jefe Delegacional. 2.- Copia de Acta de Asamblea que acredite al Comité de Feria, integrada por Presidente, Secretario y Tesorero, con visto bueno de las autoridades en turno (Representante Comunal, Representante Ejidal, Consejo de Pueblo y/o Coordinador de Enlace Territorial).

3.- Copia legible de la Credencial vigente para votar, expedida por el Instituto Federal Electoral con domicilio dentro de la delegación Milpa Alta, de los integrantes de la mesa directiva del Comité del Feria, (amplificada a media carta). 4.- Copia legible de la Clave Única de Registro de Población (CURP), (amplificada a media carta).

5.- Copia legible del comprobante de domicilio, con residencia en la delegación Milpa Alta (recibo de luz, agua, predial, teléfono, o constancia de residencia emitida por la Dirección General Jurídica y de Gobierno de esta demarcación) con una antigüedad máxima de tres meses al momento de ingresar la petición a CESAC. Procedimientos de acceso: 1.- La mesa directiva del Comité de Feria ingresará la documentación señalada en los requisitos de inscripción a través del CESAC (Centro de Servicios y Atención Ciudadana) en su horario oficial establecido, ingresar la solicitud con 30 días de anticipación. 2.- Una vez revisada y aceptada la documentación ingresada se convoca al Comité de Feria para llevar a cabo una reunión de coordinación sobre los apoyos solicitados. 3.- Se contesta el CESAC y continúan con los trámites para la elaboración y firma del Convenio de Colaboración y Carta Compromiso donde se manifiesta que deberá entregar los documentos comprobatorios para justificar la ayuda recibida. 4.- Se realiza la comprobación física y documental de los bienes y servicios adquiridos con los apoyos otorgados. VI. PROCEDIMIENTO DE INSTRUMENTACIÓN 1.- La Subdirección de Desarrollo Económico y Cooperativo, en coordinación con la Unidad Departamental de Promoción Turística, realizará la recepción y revisión de documentos ingresados por el Comité de Feria a través del CESAC. 2.- Una vez revisada la documentación, se procederá a programar una reunión de coordinación, entre la Unidad Departamental de Promoción Turística y el Comité de Feria, con el objeto de revisar los apoyos a otorgar por la Delegación, los cuales estarán sujetos a la disponibilidad presupuestal considerando el histórico de apoyos otorgados. 3.- Existiendo el acuerdo de apoyos, se procede a contestar la solicitud vía CESAC y se firma un Convenio de Colaboración entre la Delegación y el Comité de Feria, así como una Carta Compromiso donde se manifieste que deberá entregar los documentos comprobatorios de la ayuda recibida. 4.- Los bienes o servicios que le sean facilitados a los Comités de Feria se especificarán en el Convenio de Colaboración, mismos que deberán entregar en las mismas condiciones en que fueron recibidos.

Los bienes o servicios que sean adquiridos con los recursos otorgados con motivo del apoyo solicitado al programa se deberán comprobar de forma física y documental, como se indica a continuación: a.- Forma física, por medio de una supervisión de los materiales adquiridos. b.- Forma documental, mediante factura electrónica, de conformidad a las leyes hacendarias aplicables, la cual debe ser firmada por el presidente o tesorero del Comité de Feria.

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c.- Entregar el listado de participantes con firma de recibido en los formatos establecidos por esta desconcentrada de los insumos, alimento para ganado y/o herramientas agrícolas que se les entregue como incentivo a los expositores, así como Copia legible de la Credencial vigente para votar, expedida por el Instituto Federal Electoral con domicilio dentro de la delegación Milpa Alta, (amplificada a media carta), Copia legible de la Clave Única de Registro de Población CURP, (amplificada a media carta) y Copia legible del comprobante de domicilio, con residencia en la delegación Milpa Alta (recibo de luz, agua, predial, teléfono, o constancia de residencia emitida por la Dirección General Jurídica y de Gobierno de esta demarcación) con una antigüedad máxima de tres meses al momento de celebrarse la feria respectiva. 1.- En caso de que el comité no compruebe física y documentalmente los recursos aportados por la Delegación en su totalidad, se obliga el comité a través de su Presidente Secretario y/o Tesorero a reintegrar a la Delegación de manera liquida los recursos no comprobados. VII. PROCEDIMIENTO DE QUEJA O INCONFORMIDAD CIUDADANA. Las quejas y/o denuncias, deberán presentarse, por escrito ante la Dirección de Fomento Económico y Cooperativo, Subdirección de Desarrollo Económico y Cooperativo y/o la Unidad Departamental de Promoción Turística; todas ubicadas en el primer piso del Edificio Morelos, sita en Avenida Constitución esquina Andador Sonora, en Villa Milpa Alta, Delegación Milpa Alta, Distrito Federal, México. En caso de que las áreas no resuelvan la queja, se podrán interponer la queja ante la Contraloría Interna de la Delegación, ubicada en la planta baja del Edificio Morelos, sita en avenida Constitución esquina Andador Sonora, en Villa Milpa Alta, Delegación Milpa Alta, Distrito Federal, México; teléfono 58 62 31 50 extensión 1201. VIII. MECANISMOS DE EXIGIBILIDAD Los requisitos, derechos, obligaciones, procedimientos y plazos para que las personas beneficiarias puedan acceder al programa y realizar la exigencia del cumplimiento estos, se podrán consultar en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, así como en los estrados de información en el exterior de la oficina de la Subdirección de Desarrollo Económico y Cooperativo. Los derechos de los beneficiarios del programa son: 1.- Ser atendidos y orientados por el personal responsable de la operación del programa, sobre los requisitos y procedimientos. 2.- Recibir la totalidad de los recursos autorizados y plasmados en el Convenio de Colaboración suscrito entre la Delegación y el Comité de Feria. Circunstancias bajo las cuales se procederá a la suspensión de los beneficios: 1.- No haber finiquitado o concluido con los requerimientos de las diferentes áreas de alguno de los programas de la Delegación en los años comprendidos de 2011, 2012 y 2013. 2.- Presentar documentación falsa. 3.- Violentar lo establecido en el Convenio de Colaboración suscrito. El incumplimiento a cualquiera de los derechos o violación a los mismos se podrá reportar a la Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable, Dirección de Fomento Económico y Cooperativo, Contraloría Interna de la Delegación Milpa Alta y/o Contraloría General del Gobierno del Distrito Federal, tal como se indica en el apartado VII Procedimiento de Queja o Inconformidad Ciudadana, de estas Reglas de Operación. IX. LOS MECANISMOS DE EVALUACIÓN Y LOS INDICADORES La Unidad Departamental de Promoción Turística informará, al término del ejercicio, los resultados de evaluación del Programa de Desarrollo Turístico, tomando en consideración los requerimientos solicitados y los apoyos otorgados:

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1.- Cobertura de Ferias Impulsadas

Número de ferias apoyadas --------------------------------------------- X 100 = Porcentaje de cobertura de ferias impulsadas

Número de solicitudes presentadas X. LAS FORMAS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL La ciudadanía elige a los representantes de feria, a través de asambleas públicas, convocadas por turno (Representante Comunal, Representante Ejidal, Consejo de Pueblo y/o Coordinador de Enlace Territorial), quienes se encargan de la organización de las mismas y actuarán como órganos fiscalizadores.

XI. LA ARTICULACIÓN CON OTROS PROGRAMAS Se podrá realizar mezcla de recursos con otros Programas e instrumentos de financiamiento promovidos por el gobierno local o federal, siempre y cuando sean complementarios y no dupliquen las metas y/o conceptos de apoyo o contravengan las disposiciones normativas de este Programa y de los Programas que puedan coincidir en mezcla.

TRANSITORIOS:

PRIMERO: Publíquense las presentes Reglas de Operación de las Actividades Institucionales que llevará acabo la Delegación Milpa Alta, a través de la Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable para el ejercicio 2014, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. SEGUNDO: Las presentes Reglas de Operación, entrarán en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintiséis días del mes de febrero del año dos mil catorce.

(Firma)

__________________________________________ VÍCTOR HUGO MONTEROLA RÍOS

JEFE DELEGACIONAL DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL EN MILPA ALTA

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DELEGACION MILPA ALTA,

ARQ. VICTOR HUGO MONTEROLA RIOS, JEFE DELEGACIONAL EN MILPA ALTA, con fundamento en los artículos 87,112 segundo párrafo y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 38 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 114 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; así como 96, 97 y 101 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, emite el siguiente: Aviso por el cual se dan a conocer las Reglas de Operación de las Actividades Institucionales que se llevaran a cabo de la Delegación Milpa Alta, a través de la Dirección General de Desarrollo Social para el Ejercicio 2014 que a continuación se enlistan: 1.- Ayuda a la Población Afectada por Desastres Naturales, Contingencias o que requiera Atención Medica Especializada. 2.-. Ayudas Económicas o en Especie para la Preservación de las Raíces Históricas y Culturales en Milpa Alta. 3.- “Servicio Funerario Digno”. 4.- Centros de Desarrollo Infantil Delegacionales. AVISO POR CUAL SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE LA ACTIVIDAD INSTITUCIONAL:

1.- “AYUDA A LA POBLACIÓN AFECTADA POR DESASTRES NATURALES, CONTINGENCIAS O QUE REQUIERA ATENCIÓN MÉDICA ESPECIALIZADA”

INTRODUCCIÓN: PRIMERO.- La Delegación Milpa Alta cuenta con una superficie total de 28,375 hectáreas; es la segunda más grande ya que constituye el 19.06% de la superficie del Distrito Federal; a pesar de encontrarse ubicada en Suelo de Conservación, el 6.7% de su superficie se destina para usos urbanos la cual está conformada por los 12 pueblos rurales. SEGUNDO.- Según datos del INEGI del censo poblacional del 2010, la Delegación Milpa Alta cuenta con 130,582 habitantes. La población se concentra principalmente, entre las cotas de 2500 y 2600 msnm, zonas en las que son más evidentes las difíciles condiciones de vida, debido principalmente a la carencia de los servicios urbanos mínimos necesarios que favorezcan un desarrollo encaminado a lograr un mejor nivel de vida. Esta situación, la coloca en desventaja al ubicarse en un nivel de muy alta pobreza respecto de las otras que conforman el Distrito Federal, alcanzando el mayor grado de marginalidad y el más bajo Índice de Desarrollo Humano (IDH). Dicha circunstancia se hace más palpable en la población que habita la periferia de los diferentes poblados de las partes altas de la demarcación, es decir la zona de transición entre el casco urbano y la zona agrícola y/o boscosa. TERCERO.- Las difíciles condiciones topográficas que caracteriza a esta demarcación, incrementan el grado de riesgo y vulnerabilidad de la población, sus bienes y su entorno, ante cualquier desastre natural, contingencia o emergencia; ante ello, la administración delegacional considera importante contar con un programa dirigido a la atención de la población en general, con el propósito coadyuvar a minimizar los daños ocasionados por un desastre natural o antropogénico. CUARTO.- Por otro lado, la información del INEGI 2010, señalan que en la Delegación existe un registro aproximado de 5,830 personas cuya situación de salud representa un problema de discapacidad o personas que por circunstancias adversas han visto mermada su salud, en algunos casos y derivado de la baja o nula posibilidad de adquirir aparatos especiales que ayuden a su recuperación, o bien para la adquisición de medicamentos para continuar con su tratamiento. Se hace necesario establecer un programa que ayude para que dichas personas puedan continuar con rehabilitación a fin de mejorar su calidad de vida. (Ponderando a personas de escasos recursos). Al proporcionar apoyo económico o en especie a las personas que padezcan alguna discapacidad o problemas de salud que no les permitan potencializar su desarrollo como seres humanos.

I. DEPENDENCIA O ENTIDAD RESPONSABLE DEL PROGRAMA Delegación Milpa Alta Dirección General de Desarrollo Social Dirección de Gestión Social Subdirección de Equidad Social Jefatura de Unidad Departamental de Servicios de Salud. II. LOS OBJETIVOS Y ALCANCES

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OBJETIVO GENERAL: Auxiliar a la población a minimizar los impactos ocasionados por desastres naturales o de origen antropogénico, que puedan suscitarse en su entorno; así como la ayuda para afrontar las secuelas de lesiones y/o discapacidades, lo anterior para mejorar sus condiciones de vida. OBJETIVOS ESPECIFICOS:

• Se proporcionara ayuda en especie a las personas que hayan sido afectadas, por la ocurrencia de algún fenómeno natural o antropogénico, que puedan suscitarse en su entorno a través de la entrega de láminas y/o cobijas y/o polines de madera; cuya situación sea de un riesgo por las condiciones socioeconómicas y por su exposición a las inclemencias naturales o aquellas que pudieran ser causadas por el hombre.

• Por otro lado se otorgará apoyo económico, a personas de escasos recursos que lo soliciten y que debido a secuelas de lesiones y/o discapacidad, requieran atención médica especializada, adquisición de implementos o medicamentos que les ayuden a minimizar las secuelas que puedan presentar.

• Se busca garantizar los derechos a una vida digna, tales como a la salud y la vivienda. • Se entregaran apoyos en especie tales como bastones, sillas de rueda y andaderas hasta agotar existencia en la Unidad

Departamental de Servicios de Salud de la Delegación, a personas de escasos recursos preferentemente.

c) Alcances • La importancia de llevar a cabo las actividades contempladas en este programa, radican en el nivel de vida de los habitantes

y los riesgos a que se encuentran expuestos ante la topografía de las zonas que habitan, lo que incrementa las posibilidades de que ocurra un fenómeno que ponga en riesgo sus bienes y entorno; así también, a la atención que se debe promocionar a las personas que sufren alguna enfermedad, que por su grado de vulnerabilidad no les es posible solventar o adquirir insumos o aparatos para su rehabilitación.

III. METAS FÍSICAS Atender a la población que solicite la atención, hasta agotar el recurso asignado y cuyos indicadores serán referenciados en un comparativo del año inmediato anterior, toda vez que no puede ser previsible la ocurrencia de un fenómeno. IV. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL Para la operación de esta actividad se cuenta con una suficiencia presupuestal de $ 200,000.00 (Doscientos Ochenta mil 00/100 M.N.) V. LOS REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO DE ACCESO Para las personas que se le brinde la ayuda en especie afectadas por desastres naturales o antropogénico.

Ser habitante de la Delegación Milpa Alta. Copia legible de la Credencial de Elector vigente. Copia legible de Clave Única de Registro de Población (CURP) En caso de no contar con los documentos referidos, se podrá presentar un acta testimonial firmada por 2 vecinos del

poblado y/o el Coordinador de Enlace Territorial. Para las personas que soliciten ayuda económica o en especie para atención médica especializada o implementos Médicos exclusivos, deberá cumplir con:

Ser habitante de la Delegación Milpa Alta. Acudir directamente a la Subdirección de Equidad Social para determinar la factibilidad de la Ayuda. Presentar ante el Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC), la solicitud de ayuda especificando si se trata de

ayuda económica o en especie. Copia legible de Credencial de Elector Vigente. Copia legible de la Clave Única de Registro de Población (CURP). Copia del comprobante de domicilio no máximo a tres meses. Presentar documento oficial que acredite su situación de salud. Cotización del concepto a adquirir

VI. PROCEDIMIENTO DE INSTRUMENTACIÓN

Para la difusión del programa:

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La Jefatura de Servicios de Salud elaborará carteles de difusión del programa mismos que se colocaran en las Coordinaciones de Enlace Territorial, en los estrados de la Subdirección de Equidad Social, así como a través del portal de internet de la Delegación Milpa Alta y a través de los teléfonos de atención 58 62 31 50 ext.1506 y 1508, de lunes a viernes de 09:00 a 21:00 hrs.

Para el acceso del programa: En el caso de Apoyos Económicas para las personas preferentemente de escasos recursos que por algún accidente, enfermedad u otra causa requieran atención médica especializada, se podrá solicitar mediante un oficio dirigido al Jefe Delegacional por medio del CESAC con un horario de 09:00 a 15:00 hrs. En caso de Ayudas en Especie (láminas de cartón y/o cobijas y/o polines de madera) se solicitaran de la siguiente manera: acudiendo directamente a la Jefatura Delegacional, Dirección General de Desarrollo Social y a la Jefatura de Unidad Departamental de Servicios de Salud, donde proporcionaran los datos para el llenado del formato correspondiente, mismo que será complemento del padrón de acuerdo al Artículo 58 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social.

Para el registro ante el programa: En el caso de Ayudas Económicas la Jefatura de Unidad Departamental de Servicios de Salud, recibirá la solicitud vía CESAC y realizara un estudio socioeconómico por parte del personal de Trabajo Social, posteriormente se realizará un dictamen y se dará contestación a la petición en forma escrita. Para el registro de Ayudas en Especie acudirá directamente a la Jefatura de Unidad Departamental de Servicios de Salud. Los datos personales de los beneficiarios del programa se regirá por lo establecido en las Leyes de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y Protección de Datos Personales del Distrito Federal y con fundamento en el artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal de las personas beneficiarias del programa social, todos los formatos llevarán impresa la siguiente leyenda: “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos programas en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”. Todo el trámite es gratuito.

Para la Operación: En el caso de Ayudas Económicas, se cita a la persona una vez que haya sido aprobada su solicitud en la Dirección General de Desarrollo Social, para firma del Convenio respectivo, mismo que se remite a la Dirección General de Administración para los trámites correspondientes y otorgar dicha ayuda. En caso de Ayuda en Especie, los beneficiarios deberán entregar la documentación requerida en las Reglas de Operación, y firmar el formato de entrega proporcionando los datos que establece el Artículo 58 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal. NOTA IMPORTANTE: Para Apoyo Económica o Apoyo en Especie, se entregará una sola ayuda para el mismo propósito.

Supervisión y Control. La Dirección General de Desarrollo Social, a través de la Dirección de Gestión Social, Subdirección de Equidad y la Jefatura de Unidad de Servicios de Salud supervisará cada una de las fases del programa, cuidando el buen manejo de los recursos así como la verificación, la comprobación de gasto y/o documentos que acrediten fehacientemente el gasto realizado. VII. EL PROCEDIMIENTO DE QUEJA O INCOFORMIDAD CIUDADANA Las quejas, inconformidades y/o denuncias, podrán presentarse de manera verbal, por escrito y/o vía telefónica ante la Dirección General de Desarrollo Social, Subdirección de Equidad Social, Unidad Departamental de Servicios de Salud y/o el Órgano de Control Interno en la Delegación Milpa Alta, todas ubicadas en la planta baja del Edificio Morelos, sita en avenida Constitución esquina Andador Sonora, en Villa Milpa Alta, Delegación Milpa Alta, Distrito Federal, México; teléfono 58 62 31 56 (Dirección General de Desarrollo Social) 58 62 31 50, extensión 1506 (Subdirección de Equidad Social), 1508 (Unidad Departamental de Servicios de Salud) y/o 1201 (Contraloría Interna). VIII. LOS MECANISMOS DE EXIGIBILIDAD Para la ejecución del programa es obligación tener a la vista de la población beneficiaria y público en general, los requisitos, derechos, obligaciones y procedimientos para que los beneficiarios puedan acceder, a toda información y será acudiendo como primera instancia a la Dirección General de Desarrollo Social, Subdirección de Equidad Social y/o a la Unidad Departamental de Servicios de Salud, así como a la ventanilla del Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC) y en caso de omisión de la información o de la negativa de la ayuda, puede exigir su cumplimiento a la Contraloría General del Distrito Federal , ubicada en Av. Tlaxcoaque No. 8 Delegación Cuauhtémoc; con apego a la normatividad aplicable.

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IX. LOS MECANISMOS DE EVALUACIÓN Y LOS INDICADORES La Subdirección de Equidad Social y la Unidad Departamental de Servicios de Salud, integrara los resultados generados en el Informe Trimestral de Avance Programático, lo que permitirá conocer las metas realizadas. INDICADORES Nuestra fórmula para evaluar los alcances de la meta anual, será el resultado del comparativo de: No. de Ayudas Económicas otorgadas/el presupuesto asignado= % de avance presupuestal, No. Ayudas en Especie Otorgadas /el No. de peticionarios = población beneficiada. X. LAS FORMAS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL Las maneras de conocer la participación de la población, serán: • La ciudadanía podrá sumarse a las actividades en caso de desastre, así mismo cuando se le solicite podrá tener accesos a la información exceptuando en los casos que prevé la Ley de Protección de Datos Personales. • La Ciudadanía participará en las diferentes etapas a través del Consejo Delegacional de Desarrollo Social. • La Ciudadanía participará en las diferentes etapas a través del Consejo Delegacional de Salud. XI. LA ARTICULACIÓN CON OTROS PROGRAMAS SOCIALES: La atención a los beneficiarios del programa, “Ayuda a la población afectada por Desastres Naturales, Contingencias o que requiera Atención Médica Especializada” es un programa de carácter Delegacional que se aplica en su ámbito territorial con recursos propios y reglas claras, sin la participación de algún otro ente público. Para su desarrollo y mejora se podrán tomar en cuenta principios establecidos en algún otro programa local o federal con el mismo sentido. REGLAS DE OPERACIÓN DE LA ACTIVIDAD INSTITUCIONAL: 2.- “AYUDAS ECONÓMICAS O EN ESPECIE PARA LA PRESERVACIÓN DE LAS RAÍCES HISTÓRICAS Y CULTURALES EN MILPA ALTA” QUE LLEVARÁ A CABO LA DELEGACIÓN MILPA ALTA, A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL PARA EL EJERCICIO 2014, QUE A CONTINUACIÓN SE ENLISTAN: INTRODCCION: PRIMERO.-. La cultura constituye una dimensión fundamental del proceso de desarrollo y contribuye a fortalecer la independencia, la soberanía y la identidad de un pueblo, así mismo la cultura es el conjunto de símbolos, normas, creencias, ideales, costumbres, mitos y rituales que se transmite de generación en generación, otorgando identidad a los miembros de una comunidad y que orienta, guía y da significado a sus distintos quehaceres sociales. La cultura da consistencia a una sociedad en la medida en que en ella se hallan condensadas herencias, imágenes compartidas y experiencias colectivas que dan a la población su sentido de pertenencia, el desarrollo auténtico persigue el bienestar y la satisfacción constante de los Pueblos la participación ciudadana de los habitantes de Milpa Alta en torno al sistema de fiestas, que no son otra cosa que la renovación de antiguos pactos de identidad y cohesión social y existen formas de organización muy diversas como son las mayordomías, comités de carnavales, asambleas comunitarias, comisiones representativas, fiscalías, mesas directivas, representaciones comunales y ejidales, etc. cuyo propósito común es la reproducción cultural del pueblo, para conservar sus tradiciones, usos y costumbres que garanticen la identidad como pueblo originario y preserve su rico patrimonio material e inmaterial. SEGUNDO.- Milpa Alta es la delegación con el IDH (Índice de Desarrollo Humano), más bajo del Distrito Federal, Por ello, Milpa Alta es una delegación con desarrollo humano medio, razón por la cual es de suma importancia promover acciones que impulsen el desarrollo intelectual, educativo y cultural de nuestra demarcación, cabe mencionar que la infraestructura cultural es escasa, no existen cines ni teatros, motivo por el cual los habitantes de esta demarcación no tienen fácil acceso a las manifestaciones artísticas que se cuentan en la Ciudad de México, lo que hace primordialmente importante apoyar la manifestaciones de rescate, fomento, promoción y cultural en cualquiera de sus vertientes es de resaltar que las celebraciones de los Santos que son los patronos de los pueblos y barrios se realizan normalmente durante ocho días, los festejos se relacionan con las vísperas, la fiesta, la tornafiesta y la octava. Además se organizan fiestas por el día de muertos, la representación del viacrucis, el carnaval y diversas ferias entre otras muchas que dan como resultado 69 festejos registrados que en conjunto suman un total de 724 días de fiestas en el año. TERCERO.- La administración local reconoce las acciones que desde las comunidades se realizan con este propósito, por lo que respeta el actuar y responsabilidad de cada organización social, particularmente para la realización de fiestas patronales,

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carnavales, ferias, muestras gastronómicas, celebraciones, conmemoraciones, certámenes, concursos y muchas más que cada población organiza, representada por organizadores quienes serán encargados de la celebración de dichas festividades, así mismo la Delegación Milpa Alta preocupada por la población milpaltense se propone realizar actividades institucionales que coadyuven con la participación y esfuerzos en la promoción y desarrollo de las mismas que permita brindarle a un número mayor de ciudadanos la accesibilidad a diferentes ayudas. Por lo anterior, he tenido a bien expedir la siguiente actividad institucional. I. DEPENDENCIA O ENTIDAD RESPONSABLE DEL PROGRAMA: Delegación Milpa Alta Dirección General de Desarrollo Social Dirección de Gestión Social Subdirección de Educación, Cultura y Recreación Jefatura de Unidad Departamental de Fomento Cultural II. LOS OBJETIVOS Y ALCANCES: Promover y preservar las tradiciones, usos y costumbres de los pueblos de la Delegación Milpa Alta, rescatando sus raíces e identidad, impulsando aquellas expresiones generadas en el seno de la sociedad milpaltense que reflejen las costumbres y modos de vida forjados en su devenir cotidiano e histórico, realizando eventos culturales y recreativos, todo con el fin de fomentar la integración familiar y participación ciudadana, así como acrecentar el sentido de pertenencia y reforzar los valores de convivencia y participación social. OBJETIVO GENERAL Promover la cohesión social a través del otorgamiento de ayudas económicas y/o en especie para la realización de eventos culturales, deportivos y recreativos organizados por la delegación ó por mayordomías, comités, comisiones, organizaciones, asociaciones, grupos de danza folklórica y en general grupos organizados que contribuyan a elevar el nivel cultural de la comunidad, que tengan como propósito fundamental el rescate, la preservación, la promoción y el fomento de los usos, costumbres y tradiciones de los pueblos de la Delegación Milpa Alta. OBJETIVOS ESPECIFICOS

Fortalecer las raíces e identidad cultural de los pueblos de la Delegación Milpa Alta mediante la preservación de tradiciones, usos y costumbres, a través del otorgamiento de ayudas económicas por única vez en el transcurso del año a los diferentes grupos sociales tales como: Mayordomías, Comités de Ferias, Comisiones, Organizaciones, Asociaciones, Grupos de Danza Folklórica y en general grupos organizados, para el desarrollo de actividades que promuevan la cultura y las tradiciones.

Preservar y fomentar las costumbres y tradiciones de los pueblos de la delegación Milpa Alta, a través del otorgamiento de ayudas en especie, en eventos culturales y recreativos a mayordomías, comités, comisiones, organizaciones, asociaciones, grupos de danza folklórica y en general grupos organizados, que tengan los fines en mención.

Promover la oferta cultural y la participación ciudadana mediante la realización de eventos, concursos, certámenes, etc., otorgando diferentes premios para incentivar el desarrollo de actividades que tengan como propósito fundamental la preservación y fomento de las costumbres y tradiciones de los pueblos de la Delegación Milpa Alta.

Fomentar la integración y convivencia social de niños y jóvenes que concluyen sus estudios, en los niveles de Preescolar, Primaria, Secundaria, Medio Superior y Superior de planteles públicos de la Delegación Milpa Alta, proporcionando un pastel con motivo de la Clausura de fin de curso, y en actividades delegacionales dirigidas a la comunidad en general durante el año.

Reconocer el desempeño de los profesores activos y jubilados que laboran y/o laboraron, en los planteles educativos oficiales de la demarcación, con la realización de una comida y rifa, en el marco del festejo del “Día del Maestro”.

Entregar juguetes a niños y niñas de hasta 12 años de edad, a niños y jóvenes con discapacidades diferentes en situación de vulnerabilidad, para satisfacer su inquietud frente a una tradición cultural “Día de Reyes” y/o “Día del Niño”, en el caso de tener juguetes sobrantes serán entregados en actividades dirigidas a los infantes durante el año.

Realizar Eventos Culturales y Recreativos, con motivo del Día del Niño en cada uno de los diversos poblados que componen la demarcación.

ALCANCES Ennoblecer las raíces e identidad cultural de los pueblos de la Delegación Milpa Alta mediante la preservación de tradiciones, usos y costumbres, para el desarrollo de actividades que promuevan la cultura y las tradiciones otorgando ayudas económicas o en especie a diferentes mayordomías, comités, asociaciones, asambleas comunitarias, comisiones representativas, fiscalías, mesas directivas, representaciones comunales y ejidales, organizaciones, grupos de cualquier expresión artística y cultural y en general grupos organizados ,se realizará con base al apoyo histórico y a los recursos disponibles para este programa.

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III. METAS FÍSICAS: Atender la población que solicite el apoyo hasta agotar los recursos asignados a través de 160 ayudas económicas y 1450 eventos, los cuales son dirigidos a la comunidad en general. IV. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL La realización de la presente actividad se tiene un presupuesto asignado de $4, 000,000.00 (Cuatro millones de pesos 00/100 M.N.) hasta su adecuación presupuestal. V. LOS REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO: 1.- AYUDAS ECONÓMICAS Para el caso de las ayudas económicas o en especie (mariachis, gran soport, cantantes de música versátil, Grupos musicales, payasos, etc.) otorgadas a Mayordomías, Comités de Ferias, Comisiones, Organizaciones, Asociaciones, Grupos de Danza Folklórica y en general grupos organizados, se deberá cumplir con lo siguiente:

Residir en alguna de las unidades territoriales de la Delegación Milpa Alta. Ser mayor de 18 años. Constituirse en grupo organizado y reconocido por la comunidad a través de Acta Constitutiva, con Visto Bueno del

Coordinador de Enlace Territorial o Consejo de Pueblo, en el caso de Villa Milpa Alta por el Consejo Vecinal. Oficio de petición dirigido al Jefe Delegacional ingresado en el Centro de Servicios y Atención Ciudadana, mediante el

formato único de captación (CESAC). Copia legible de Credencial de Elector del solicitante, expedida por el Instituto Federal Electoral amplificada al 150%. Copia legible de la Clave Única de Registro de Población CURP del solicitante amplificada al 150%. Llenado del formato único de apoyos en especie con firma y huella digital.

2.- AYUDAS EN ESPECIE En el caso de eventos organizados por la Delegación y tener acceso a las ayudas en especie (Pasteles, Día de Muertos, entrega de piñatas, caramelos, naranjas y/o mandarinas, etc) deberán cubrir los siguientes requisitos:

Residir en alguna de las unidades territoriales de la Delegación Milpa Alta. Ser mayor de 18 años. Proporcionar los datos solicitados para llenado del padrón de beneficiarios con fundamento al artículo 58° del

Reglamento de la Ley de Desarrollo Social. Entregar copia legible de la Credencial de Elector del beneficiario, expedida por el Instituto Federal Electoral amplificada

al 150%. Entregar copia legible del CURP del beneficiario amplificada al 150%.

En el caso de eventos organizados por la Delegación y tener acceso a las ayudas en especie (Día de Reyes y/o Día del Niño) deberán cubrir los siguientes: REQUISITOS

Residir en alguna de las unidades territoriales de la Delegación Milpa Alta. Tener de 0 hasta 12 años cumplidos de edad. Entregar copia legible del CURP del beneficiario, en caso de no contar con el CURP y ser menor de 6 años, podrán

presentar cualquiera de los siguientes documentos: Copia del Acta de nacimiento, copia de la cartilla de vacunación, copia de credencial escolar vigente o copia del Certificado de alumbramiento.

Proporcionar los datos solicitados para llenado del padrón de beneficiarios con fundamento al artículo 58° del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social, salvo características específicas del programa o casos excepcionales.

2.- AYUDAS ECONÓMICAS Residir en alguna de las unidades territoriales de la Delegación Milpa Alta. Ser mayor de 18 años. Los interesados deberán acudir a la Dirección General de Desarrollo Social, por la Solicitud de Otorgamiento de Ayuda

Económica y formato de Acta Constitutiva. Con respecto al Acta Constitutiva, los interesados deberán integrarse como: mayordomía, comités de feria, comisión,

organización, mesa directiva, grupo organizado, grupo de danza, etc. Así mismo los integrantes de mesa directiva no deberán haber participado en alguna otra mesa directiva o comité solicitante durante los dos años anteriores.

Presentar original del Acta Constitutiva, así como original de lista de asistencia. Presentar original de Solicitud de Otorgamiento de Ayuda Económica.

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El formato de Acta constitutiva deberá tener el visto bueno del Comité Vecinal para Villa Milpa Alta y para el resto de los poblados deberá tener el visto del Coordinador de Enlace Territorial.

Presentar copia legible de la credencial de elector, expedida por el Instituto Federal Electoral de cada uno de los integrantes de la mesa directiva (Presidente (a), Secretario (a) y Tesorero (a)), amplificada al 150%.

Presentar copia legible de la Clave Única de Registro de Población (CURP) de cada uno de los integrantes de la mesa directiva (Presidente (a), Secretario (a) y Tesorero (a)), amplificada al 150%.

Los interesados deberán acudir a la Dirección General de Desarrollo Social, para la revisión y validación de la documentación señalada en los requisitos de acceso, previo al ingreso al Centro de Servicio y Atención Ciudadana (CESAC).

Una vez validada la documentación los interesados podrán ingresar su solicitud vía CESAC. La solicitud de Ayuda económica se deberá tramitar 2 meses antes de la realización del evento. Se otorgará la ayuda económica en base al presupuesto disponible, en base al año inmediato anterior. En caso de solicitar la ayuda económica por primera vez, se determinará en base al presupuesto disponible y el monto de

la ayuda económica lo determinará la Dirección General de Desarrollo Social. No se otorgará la ayuda económica si en años anteriores no se realizó la comprobación documental de la ayuda

solicitada. Una vez cumplidos con los requisitos establecidos se elaborará y se procederá a la firma del Convenio. La Dirección General de Desarrollo Social dará seguimiento a la ayuda económica. Se deberá realizar la comprobación de la ayuda económica ante la Delegación, mediante la presentación de facturas, notas de remisión, contratos, recibos de honorarios por prestación de servicios, los cuales deberán contar con nombre del proveedor o prestador del servicio, así como, con el domicilio y número telefónico del mismo; además, ser legibles, no presentar raspaduras, ni enmendaduras o correcciones; en el caso de contratos se deberá de acompañar con copia de la credencial de elector del prestador de servicio, se deberán anexar fotografías, así como realizar un escrito haciendo entrega de la comprobación documental, dicha documentación deberá venir firmada por los integrantes de la mesa directiva. La comprobación documental deberá entregarse en un lapso de 20 días hábiles después de haberse realizado el evento. En caso de incumplimiento por parte de los solicitantes, de las obligaciones o cualquier otra disposición contenida en las Reglas de Operación o en el Convenio, se procederá a lo siguiente: De no realizar la comprobación financiera en tiempo y forma, se suspenderá el otorgamiento de ayudas económicas posteriores a mayordomías, comités de feria, comisiones, organizaciones, mesas directivas y grupos organizados, hasta que sea comprobada al 100% la ayuda otorgada y presente el Acta Finiquito; en caso de incumplimiento, la Dirección General de Desarrollo Social emitirá tres oficios recordatorios al beneficiario, si persiste la negativa, se turnará al área jurídica para iniciar el proceso legal correspondiente. VI. LOS PROCEDIMIENTOS DE INSTRUMENTACION: 1.-AYUDAS EN ESPECIE • Para la realización de eventos organizados por la Delegación a través de la Subdirección de Educación Cultura y Recreación en coordinación con la J.U.D. de Fomento Cultural y la J.U.D. de Actividades Recreativas, donde se haga entrega de una ayuda en especie se deberá cumplir con lo señalado en el art. 38 de la Ley de Desarrollo Social, salvo los casos de excepción que señalan las presentes reglas de operación. • En el caso de ayudas en especie a mayordomías, comités de feria, comisiones, organizaciones, asociaciones, grupos de danza folklórica y en general grupos organizados que contribuyan a elevar el nivel cultural de la comunidad, deberá solicitarse por escrito para estar en posibilidades de brindar la ayuda. Estas ayudas son durante el año. • El programa de ayudas en especie estará sujeto a la disponibilidad y suficiencia presupuestal asignada al programa y partida correspondiente. OPERACIÓN La Dirección General de Desarrollo Social a través de la Subdirección de Educación Cultura y Recreación coordinará el proceso de entrega de las ayudas en especie a las personas beneficiadas. La Subdirección de Educación, Cultura y Recreación establecerá acuerdos y convenios de coordinación con otras dependencias delegacionales y dependencias del GDF, para evitar la duplicidad de beneficiarios. 2.- PARA AYUDAS ECONOMICAS

La Dirección General de Desarrollo Social recibe la documentación enviada por el CESAC que deberá ser: Solicitud de Otorgamiento de Ayuda Económica, Acta Constitutiva, lista de asistencia, copia de credencial de elector de de cada uno de los integrantes de la mesa directiva (Presidente (a), Secretario (a) y Tesorero (a), copia del CURP de cada uno de los integrantes de la mesa directiva (Presidente (a), Secretario (a) y Tesorero (a), para el dictamen correspondiente.

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La Dirección General de Desarrollo Social realizará el Convenio y una vez realizado se procederá a la firma por cada uno de la mesa directiva, así como la firma del Director General de Desarrollo Social y el Director General de Jurídico y Gobierno.

La Dirección General de Desarrollo Social realizará la Autorización Expresa, la cual deberá contar con la firma del Director General de Desarrollo Social, para solicita se otorgue suficiencia presupuestal, posteriormente dicha Autorización deberá ser firmada por el Jefe Delegacional.

La Dirección General de Desarrollo Social envía la documentación soporte anexando: Autorización Expresa con suficiencia presupuestal, CESAC autorizado, Convenio debidamente firmado, Solicitud de otorgamiento de ayudas económicas, Acta constitutiva, Lista de asistencia, Copia de credencial de elector y CURP de cada uno de los solicitantes, a la Dirección de Desarrollo de Personal y Recursos Financieros para la liberación del recurso.

La Dirección General de Administración una vez que ya cuenta con el contra-recibo, informa a la Dirección General de Desarrollo Social para que el tesorero pase por su contra-recibo.

El tesorero recoge el contra-recibo en la Unidad Departamental de Programación y Presupuesto para realizar el canje en la Secretaría de Finanzas.

La Dirección General de Desarrollo Social recibirá la documentación documental original que justifique los gastos realizados por los solicitantes.

En caso de no comprobarse la ayuda económica en el lapso correspondiente se solicitará la entrega de la comprobación documental.

La Dirección General de Desarrollo Social deberá tener el expediente correspondiente a cada una de las ayudas otorgadas.

OPERACIÓN La Dirección General de Desarrollo Social será la encargada de la entrega de las ayudas económicas, así como de recibir la comprobación documental de las ayudas económicas otorgadas. SUPERVISIÓN Y CONTROL

La Dirección General de Desarrollo Social en conjunto con las áreas operativas supervisarán cada una de las fases del las diferentes actividades.

La Dirección de Gestión Social y la Subdirección de Educación Cultura y Recreación contarán con un registro de cada una de las ayudas económicas o en especie otorgadas.

Se considerará como información confidencial los datos personales que requieran del consentimiento de los personas para su difusión, como lo establece la Ley de Protección de Datos Personales del Distrito Federal y el Artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal.

“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos programas en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”. Todo el trámite es gratuito. EVALUACIÓN • La Subdirección de Educación Cultura y Recreación, en coordinación con sus áreas operativas, realizará anualmente, el seguimiento de metas de operación y de resultados para proponer mejoras en el programa, con base en los indicadores de evaluación establecidos. VII. EL PROCEDIMIENTO DE QUEJA O INCONFORMIDAD CIUDADANA: Las quejas, inconformidades y/o denuncias, podrán presentarse de manera verbal, por escrito y/o vía telefónica ante la Dirección General de Desarrollo Social, ubicada en planta baja del Edificio Morelos, sita en avenida Constitución esquina Andador Sonora, Subdirección de Educación, Cultura y Recreación, Jefatura de Unidad Departamental de Fomento Cultural, ubicadas en Andador Sonora No. 9, y/o el Órgano de Control Interno ubicada en planta baja del Edificio Morelos, sita en avenida Constitución esquina Andador Sonora, en Villa Milpa Alta, Delegación Milpa Alta, Distrito Federal, México; teléfono 58 62 31 56 (Dirección General de Desarrollo Social) 58 62 31 50, extensión 1502 (Subdirección de Educación, Cultura y Recreación), 1503 (Jefatura de Unidad Departamental de Fomento Cultural) y/o 1201 (Contraloría Interna).

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VIII. LOS MECANISMOS DE EXIGIBILIDAD: Para la ejecución de los programas es obligación del área responsable tener a la vista de la población beneficiaria y público en general los requisitos, derechos, obligaciones y procedimientos para que los beneficiarios puedan acceder a su disfrute y en caso de omisión puede exigir su cumplimiento en apego a la normatividad aplicable, y en caso de omisión de la información o de la negativa de la ayuda, puede exigir su cumplimiento a la Contraloría General del Distrito Federal , ubicada en Av. Tlaxcoaque No. 8 Delegación Cuauhtémoc; con apego a la normatividad aplicable. IX. LOS MECANISMOS DE EVALUACIÓN E INDICADORES: La Subdirección de Educación, Cultura y Recreación, realiza Informes Mensuales de Avance Programático, Trimestral y Anual, reportando el cumplimiento o incumplimiento de los Eventos establecidos para el Ejercicio 2014. OBJETIVO META INDICADORES Satisfacer la inquietud de los infantes frente a una tradición cultural, a través de celebraciones y de transferencias en especie a niños y niñas en situación de alta marginación.

M O: Difundir las celebraciones del Día de Reyes y/o Día del Niño en el 100% de las Coordinaciones Territoriales de la Delegación.

IC= NÚMERO DE POBLACIÓN ATENDIDA/ TOTAL DE POBLACIÓN OBJETIVO * 100

M O: Entregar juguetes a los niños milpaltenses con motivo del Día de Reyes y/o Día del Niño. M R: Garantizar en al menos el 80% de los infantes el acceso a diversas actividades.

Satisfacer la inquietud de los infantes frente a una tradición cultural, a través de eventos culturales y/o recreativos.

M O: Difundir las celebraciones del Día de Reyes y/o Día del Niño en el 100% de las coordinaciones territoriales de la Delegación.

IC= NÚMERO DE POBLACIÓN ATENDIDA/ TOTAL DE POBLACIÓN OBJETIVO * 100

M O: Realizar eventos a los niños milpaltenses con motivo del Día de Reyes y/o Día del Niño.

M R: Garantizar en al menos el 80% de los infantes el acceso a diversas actividades.

Reconocer el desempeño de los profesores que laboran en los planteles educativos oficiales de la demarcación, con la realización de una comida, en el marco de los festejos del “Día del Maestro”.

M O: Festejar a los 2500 profesores de escuelas públicas de todos los niveles con la realización de una comida.

IC= NÚMERO DE POBLACIÓN ATENDIDA/ TOTAL DE POBLACIÓN OBJETIVO * 100

M R: Que el 100% de los beneficiarios asistan al festejo para una mayor convivencia y agradecer la labor que desempeñan.

Fomentar la integración y convivencia social de los niños y jóvenes que concluyen sus estudios de nivel básico, proporcionando un pastel al finalizar el ciclo escolar.

M O: Entrega de un pastel a escuelas públicas de diferentes turnos.

IA=NÚMERO DE POBLACIÓN ATENDIDA/TOTAL DE POBLACIÓN OBJETIVO*100

M R: Garantizar que el 70 % de los estudiantes de escuelas públicas se integren y convivan en un ambiente sano.

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Preservar y fomentar las costumbres y tradiciones de los pueblos de la delegación Milpa Alta , a través de otorgar ayudas en especie en eventos culturales y recreativos a mayordomías, comités de feria, comisiones, organizaciones, asociaciones, grupos de danza folklórica, casas de cultura y en general grupos organizados, que tengan esos fines.

M O: Entregar ayudas en especie a grupos organizados que existen en la demarcación que cuenten con antecedente histórico.

IA= SERVICIOS BRINDADOS/ NÚMERO TOTAL DE SOLICITUDES INGRESADAS *100

M R: Que el 100% de los beneficiados indirectamente (toda la población milpaltense), asista a los diferentes festejos a divertirse.

Promover la oferta cultural y la participación ciudadana mediante la realización de eventos, concursos, certámenes, entre otros. Otorgando diferentes premios para incentivar el desarrollo de actividades que tengan como propósito fundamental la preservación y fomento de las costumbres y tradiciones de los pueblos de la delegación Milpa Alta.

M O: Difundir las convocatorias en los doce poblados de la demarcación.

IC= NÚMERO DE POBLACIÓN ATENDIDA/ TOTAL DE POBLACIÓN OBJETIVO *100

M R: Garantizar el acceso de los participantes en las diferentes convocatorias emitidas en los doce poblados de la demarcación.

Fortalecer las raíces e identidad cultural de los pueblos de la delegación Milpa Alta, mediante la preservación de tradiciones, usos y costumbres, a través del otorgamiento de ayudas económicas por única vez en el transcurso del año a los diferentes grupos sociales tales como: mayordomías, comités de feria, comisiones, organizaciones, asociaciones, grupos de danza folklórica, casas de cultura y en general grupos organizados, para el desarrollo de actividades que promuevan la cultura y las tradiciones.

M O: Entregar la ayuda económica a grupos organizados.

IA= SERVCIOS BRINDADOS/ NÚMERO TOTAL DE SOLICITUDES INGRESADAS * 100

M R: Preservar las tradiciones y costumbres de la delegación a través de la atención de solicitudes de grupos organizados.

MO: Meta Operacional MR: Meta de Resultados X. LAS FORMAS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL: Con el objeto de garantizar la participación ciudadana en la actividad institucional se recibirán todas las propuestas y opiniones que mejore la funcionalidad de la actividad debiéndose presentar en la Subdirección de Educación, Cultura y Recreación, la Jefatura de Unidad Departamental de Fomento Cultural y la Jefatura de Unidad Departamental de Actividades Recreativas. La ciudadanía conocerá todo lo referente a la actividad que le permita participar libremente en la obtención de la ayuda objeto de la actividad, y si fuera necesario se presentarán en el Consejo Delegacional de Desarrollo Social. XI. LA ARTICULACIÓN CON OTROS PROGRAMAS SOCIALES: Este programa se realiza con presupuesto Delegacional, no obstante se tiene una relación con la Secretaría de Cultura del Distrito Federal y el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes CONACULTA.

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 147

REGLAS DE OPERACIÓN DE LA ACTIVIDAD INSTITUCIONAL:

3.- “SERVICIO FUNERARIO DIGNO” INTRODUCCION: PRIMERO.- La Delegación Milpa Alta, cuenta con una superficie total de 28,375 hectáreas y es la segunda delegación más grande; constituye el 19.06 % de la superficie del Distrito Federal, ubicada totalmente en Suelo de Conservación, el 6.7% de su superficie se destina para usos urbanos, está conformada por 12 pueblos rurales organizados y múltiples asentamientos humanos irregulares que progresivamente han surgido en su entorno, además que es considerada de muy alto grado de marginalidad dentro del desarrollo social tal y como lo establece el Índice de Desarrollo Social de las Unidades Territoriales del Distrito Federal, Publicado en el año 2011, razón por la cual se hace necesario proporcionar ayuda a personas que no cuenten con recursos para solventar el gasto del servicio funerario ante la muerte de un consanguíneo o de algún vecino sin familia conocida. SEGUNDO.- Durante la última década, la atención a grupos vulnerables, también conocidos como grupos sociales en condiciones de desventaja, ocupa un espacio creciente en la agenda gubernamental de las políticas públicas, con especial atención a los procesos de vulnerabilidad social de las familias, grupos y personas. Se considera como vulnerable a diversos grupos de la población entre los que se encuentran las niñas, los niños y jóvenes en situación de calle, los migrantes, las personas con discapacidad, los adultos mayores y la población indígena, que más allá de su pobreza, viva en situaciones de riesgo. I. DEPENDENCIA O ENTIDAD RESPONSABLE DEL PROGRAMA Delegación Milpa Alta Dirección General de Desarrollo Social Dirección de Gestión Social Subdirección de Equidad Social Jefatura de Unidad Departamental de Atención a Grupos Vulnerables. II.- OBJETIVOS Y ALCANCES OBJETIVO GENERAL Ante el deceso de un integrante de alguna familia en situación de vulnerabilidad económica se pretende evitar una inestabilidad en la economía de la misma, pero también apoyar a aquellas personas sin familia pero con vecinos solidarios al momento de su fallecimiento. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

• Otorgar un servicio funerario digno y gratuito consistente en por lo menos un ataúd de madera, equipo de velación y orientación para realizar algún trámite ante el Servicio Médico Forense de la PGJDF, si se requiere.

• Excepcionalmente se otorgará el traslado del SEMEFO u Hospitales en el ámbito territorial del Distrito Federal al domicilio donde se realice la velación del occiso.

ALCANCES Otorgar un servicio funerario digno y gratuito a personas que hayan vivido en situación de vulnerabilidad económica, evitando la inestabilidad económica de su círculo social y/o familiar. III.- METAS FÍSICAS Proporcionar 40 ayudas de servicio funerario gratuito para las familias o solicitantes de escasos recursos económicos que residan en la Delegación Milpa Alta. IV.- PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL Para la operación de esta actividad se tiene un presupuesto de $152,000.00 (Ciento Cincuenta y dos mil pesos 00/100 M.N.) hasta su adecuación presupuestal V.- REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO Él o la persona solicitante deberán:

Ser habitante de la Delegación Milpa Alta. Solicitar el servicio funerario mediante el formato correspondiente en la Jefatura Delegacional, Dirección

General de Desarrollo Social, Jefatura de Unidad Departamental de Atención a Grupos Vulnerables, mismo que deberá ser llenado, bajo protesta de decir verdad de que la persona occisa vivió en condición de vulnerabilidad económica.

Copia simple legible de su identificación oficial vigente.

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Copia legible de su Clave Única de Registro de Población (CURP). Comprobante de domicilio o Constancia de Residencia actualizado. Certificado de defunción en original, una vez que le haya sido entregado por la oficina del Registro Civil.

Una vez recibida la demanda de apoyo la Jefatura de Unidad Departamental de Atención a Grupos Vulnerables elaborará un estudio socioeconómico para verificar la veracidad de la información en la solicitud sobre la condición socioeconómica del occiso, sin embargo debido a la naturaleza de la circunstancia, obra de buena fe al tramitar sin demora el mismo, aún sin haber elaborado previamente dicho estudio socioeconómico. VI.- PROCEDIMIENTO DE INSTRUMENTACIÓN DIFUSIÓN Para la difusión del Programa, la J.U.D. de Atención a Grupos Vulnerables divulgará los requisitos en estrados de la Dirección General de Desarrollo Social, Coordinaciones de Enlace Territorial y a través de los órganos de difusión de la Jefatura Delegacional. REGISTRO La Jefatura de Unidad Departamental de Atención a Grupos Vulnerables deberá integrar cada expediente que contendrá los documentos para otorgar este servicio, y elaborará un padrón de beneficiarios. Los datos personales recabados y demás información generada y administrada se regirá por lo establecido por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, y la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, y cada los formatos empleados llevarán la leyenda: “Este programa es de carácter público no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito Federal será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.” OPERACIÓN La Dirección de Gestión Social, realizará los trámites administrativos conducentes ante la Dirección General de Administración para tramitar el pago correspondiente al proveedor del servicio. La Dirección General de Desarrollo Social a través de la Jefatura de Unidad Departamental de Atención a Grupos Vulnerables, incorporará al padrón de beneficiarios a quienes cumplan con los requisitos de acceso y los criterios de selección establecidos, de acuerdo al Artículo 58 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social y conforme al presupuesto anual asignado para dicho fin. SUPERVISIÓN Y CONTROL La Dirección General de Desarrollo Social, a través de la Dirección de Gestión Social, Subdirección de Equidad Social supervisará cada una de las fases del programa, cuidando el buen manejo de los recursos. VII.- PROCEDIMIENTO DE QUEJA O INCONFORMIDAD CIUDADANA El interesado podrá presentar su reclamo o inconformidad con el programa y/o las Unidades Administrativas encargadas de su aplicación, ante la Dirección General de Desarrollo Social, la Dirección de Gestión Social, la Subdirección de Equidad Social y/o la Jefatura de Unidad Departamental de Atención a Grupos Vulnerables, siendo esta última la responsable de proporcionarle una respuesta pronta y expedita. Para lograr una adecuada comunicación con las y los demandantes de la ayuda, la Jefatura de Unidad Departamental de Atención a Grupos Vulnerables implementará un buzón para la recepción de comentarios, garantizando la confidencialidad los datos u opiniones ahí vertidos. En caso de no recibir respuesta a la inconformidad, el quejoso podrá acudir ante la oficina de la contraloría interna correspondiente, ubicada en Constitución esquina con Andador Sonora, Edificio “Morelos”, Villa Milpa Alta. VIII.- MECANISMOS DE EXIGIBILIDAD La oficina de la Jefatura de Unidad Departamental de Atención a Grupos Vulnerables tendrá a disposición de manera permanente, los días hábiles de los 365 días naturales del año, en horario de 09:00 a 20:30 horas, la información impresa que comprenda los requisitos de acceso al programa, misma que se entregará al demandante que así lo solicite, y en estrados para el caso de los días festivos e inhábiles, con un texto que se pueda leer e interpretar con claridad. El peticionario que cumpla con los requisitos contenidos en las presentes reglas de operación, podrá acceder al otorgamiento de la ayuda, con la única limitante de la restricción económica del programa, descrita en la programación presupuestal anual asignado para dicho fin. La Contraloría General del Gobierno del Distrito Federal a través de su órgano interno es la instancia competente para conocer las denuncias de violación e incumplimiento de derechos en materia de desarrollo social, y de incumplimiento a lo estipulado en estas reglas de operación, en Av. Tlaxcoaque #8 Edificio Juana de Arco Col. Centro, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06090.

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 149

IX.- MECANISMOS DE EVALUACIÓN E INDICADORES La Subdirección de Equidad Social y la JUD de Atención a Grupos Vulnerables integrarán los resultados generados en el Informe Trimestral de Avance Programático (ITAP) lo que permitirá conocer periódicamente las metas realizadas. INDICADORES Para la evaluación del Programa se utilizará un indicador de gestión conforme a la siguiente fórmula: Número de ayudas otorgadas/número de metas programadas x 100 X.- FORMAS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL Con el fin de promover los procesos de transparencia en la instrumentación, operación y evaluación de las etapas del programa, que permitan su mejora, ajustes sustantivos o cambios , se podrá invitar a las y los Contralores Ciudadanos de la Red de Contralores Ciudadanos de la Contraloría General del Distrito Federal, así como a las y los ciudadanos e integrantes de los Consejos del Pueblo, para que emitan sus opiniones que conduzcan a mejorar la funcionalidad del programa, sin que ello genere intrusión al proceso de duelo de la familia o personas cercanas al occiso. XI.-ARTICULACIÓN CON OTROS PROGRAMAS SOCIALES El programa de Ayuda para otorgar el Servicio Funerario Gratuito a personas que se hayan encontrado en situación de vulnerabilidad económica es de carácter Delegacional, y se aplica en su ámbito territorial con recursos propios y reglas claras, sin la participación de algún otro ente público. REGLAS DE OPERACIÓN DE LA ACTIVIDAD INSTITUCIONAL

4.- “CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL DELEGACIONALES”

INTRODUCCION: Primero.- De acuerdo a las cifras del Conteo de Población 2010, realizado por el Instituto Nacional de estadística, Geografía e Informática (INEGI), el total de la población en la delegación Milpa Alta es de 130,582 habitantes, el 11.77 %, es decir 15,369 son infantes menores de 6 años; es precisamente en esta edad, en la que se deben proporcionar los cuidados e inicios en la educación. Segundo.- La Educación Inicial forma parte de la educación básica obligatoria de acuerdo a las modificaciones del Art. 3 Constitucional. Considerando que a esta edad se sientan las bases del aprendizaje mejorando la adaptabilidad y la formación de valores; así como las actitudes y aptitudes que favorecen la capacidad de diálogo y de la tolerancia en las relaciones interpersonales, además constituye uno de los Ejes sobresalientes que promueven la consolidación de la Equidad Social entendida como la igualdad de oportunidades en el acceso a los servicios educativos, la permanencia en ellos y el logro de aprendizajes relevantes. Tercero.- Con base a los datos que registran en el INEGI 2010 existe un incremento en los hogares con jefatura femenina y con el objetivo de disminuir los obstáculos para el ingreso de las mujeres al campo laboral, el programa está dirigido a los hijos e hijas de las mismas. Cuarto.- Debido a la infraestructura, plantilla laboral y los recursos destinados a este propósito, resultan insuficientes para albergar a la totalidad de las niñas y niños hijos de madres trabajadoras que demandan un espacio que proporcione tranquilidad mientras cubren su jornada laboral. I.- DEPENDENCIA O ENTIDAD RESPONSABLE DEL PROGRAMA: Delegación Milpa Alta Dirección General de Desarrollo Social Dirección de Gestión Social. Subdirección de Equidad Social Coordinación CENDIDEL II.- OBJETIVO Y ALCANCES: OBJETIVO GENERAL:

A través de éste programa, se proporciona servicio educativo-asistencial a los infantes, sin embargo a los que cursan nivel preescolar se brinda educación inicial, todo lo anterior a los hijos e hijas de madres trabajadoras, para que los menores gocen de un espacio adecuado y seguro donde permanecen, mientras la mujer trabajadora desempeña su jornada laboral.

OBJETIVOS ESPECIFICOS: • Brindar educación inicial a los hijos e hijas de madres trabajadoras, cuya edad oscile entre 1 año 6 meses y los 5

años 11 meses de edad.

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150 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

• Desarrollar las habilidades y destreza de los niños de acuerdo a su edad. • Estimular los sentidos del niño, para iniciarlo en la formación de valores, el conocimiento, comprensión de la

naturaleza y del medio que lo rodea. • Inducir la participación de las madres de familia en los logros de los niños y las niñas, propiciando una mejor

relación afectiva.

III.- META FÍSICA: 700 personas, Nota: la meta física puede variar en función a diversas circunstancias. IV.- PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL: Para el ejercicio 2014, este programa tiene un presupuesto de $550,000.00 (Quinientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) V.- REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO:

Ser hijo de madre trabajadora. La madre trabajadora deberá acreditar su situación laboral, con el último recibo de pago en original y copia (se

devolverá el original una vez cotejada). A falta del documento requerido, se solicitará carta bajo protesta de decir verdad, en la que se haga constar su situación laboral.

Acta de nacimiento del menor, en original y copia, (se devolverá el original una vez cotejada). CURP del menor, en original y copia, (se devolverá el original una vez cotejada), Cuatro fotografías del menor, tamaño infantil, (color o blanco y negro), Cartilla de vacunación del menor, actualizada, original y copia, (se devolverá el original una vez cotejada), Cuatro fotografías tamaño infantil (color o blanco y negro) de la(s) persona(s) autorizada(s) por la madre, para

recoger al menor, quienes deberán ser mayores de 18 años. Entrevista inicial con la madre o tutor del menor con las áreas médicas (trabajo social, nutrición, psicología y

pedagogía). Resultado de los análisis clínicos del menor, los cuales deberán ser entregados al médico del CENDIDEL o al

área médica de la Coordinación de la Delegación, para su correspondiente trámite y en su oportunidad anexar dicha información al expediente de la Coordinación y Dirección del Plantel Educativo.

La documentación antes referida deberá ser legítima, en caso contrario será causa de baja del menor. ACCESO:

Las madres trabajadoras o tutores, que deseen el ingreso de su hija e hijo en alguno de los siete planteles CENDIDEL que elijan, deberán acudir a la Coordinación, para anotarse en una lista de espera y posteriormente ésta se enviará a cada uno de los planteles donde la Trabajadora Social de cada CENDI efectuará los estudios necesarios, para poder determinar el acceso. La aceptación del beneficiario dependerá de la disponibilidad de espacios vacantes de cada plantel, así como los tiempos que marque la SEP, a los CENDIS; se enlazará a través de la Coordinación de CENDIDEL. Se notifica vía telefónica al beneficiario, para que se presente al CENDI, a realizar los trámites correspondientes; de tal forma tendrá que efectuar el pago de inscripción anual y la cuota alimenticia mensualmente. VI.- PROCEDIMIENTOS DE INSTRUMENTACIÓN:

Las actividades se realizan con base a un Programa de Educación Inicial establecido por la Secretaria de Educación Pública en coordinación con la Secretaria de Desarrollo Social, con la supervisión de los inspectores asignados a cada demarcación territorial, evaluando las funciones del personal docente profesionalizado, Médicos, Psicólogos, Trabajadores Sociales, Pedagógicos, Odontólogos y Nutriólogos.

DIFUSIÓN de los CENDIS se realiza con carteles fuera de los mismos en la primera semana de enero. Se podrá solicitar información al teléfono 58 62 31 50, extensión 1519 (Coordinación de Centros de Desarrollo

Infantiles Delegacionales), de 08:00 a 21:00 hrs., de lunes a viernes.

REGISTRO: La Coordinación CENDIDEL se encarga de entregar a cada Centro de Desarrollo Infantil Delegacional (CENDIDEL), su lista de espera y a través de la Trabajadora Social realizará las llamadas pertinentes. OPERACIÓN: La madre se presentará en el Centro de Desarrollo Infantil Delegacional (CENDIDEL), correspondiente donde la darán toda la información necesaria, respecto a la documentación, cuotas de inscripción y alimentación. Firmaran de conformidad una carta compromiso, la cual explica todas las reglas que se deben de seguir, los menores y los padres de familia. SUPERVISIÓN Y CONTROL: Los menores que no pudieran ser atendidos por falta de espacio, deberán permanecer en lista de espera, la cual será atendida por la Coordinación CENDIDEL, de tal manera controlará los turnos de acceso

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 151

Los datos personales de los beneficiarios del programa se regirá por lo establecido en las Leyes de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y Protección de Datos Personales del Distrito Federal y con fundamento en el artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal de las personas beneficiarias del programa social, todos los formatos llevarán impresa la siguiente leyenda: “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos programas en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”. Todo el trámite es gratuito. VII.- PROCEDIMIENTOS DE QUEJA O INCONFORMIDAD CIUDADANA Las quejas, inconformidades y/o denuncias, podrán presentarse de manera verbal, por escrito y/o vía telefónica ante la Dirección General de Desarrollo Social, Subdirección de Equidad Social, Coordinación CENDIDEL y/o el Órgano de Control Interno en la Delegación Milpa Alta, todas ubicadas en la planta baja del Edificio Morelos, sita en avenida Constitución esquina Andador Sonora, en Villa Milpa Alta, Delegación Milpa Alta, Distrito Federal, México; teléfono 58 62 31 56 (Dirección General de Desarrollo Social) 58 62 31 50, extensión 1506 (Subdirección de Equidad Social), 1519 (Coordinación de Centros de Desarrollo Infantiles Delegacionales) y/o 1201 (Contraloría Interna). VIII.- MECANISMOS DE EXIGIBILIDAD Para la ejecución del programa es obligación tener a la vista de la población beneficiaria y público en general, los requisitos, derechos, obligaciones y procedimientos para que los beneficiarios puedan acceder, a toda información y será acudiendo como primera instancia a la Dirección General de Desarrollo Social, Subdirección de Equidad Social y/o a la Coordinación CENDIDEL, así como a la ventanilla del Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC) y en caso de omisión de la información o de la negativa de la ayuda, puede exigir su cumplimiento a la Contraloría General del Distrito Federal , ubicada en Av. Tlaxcoaque No. 8 Delegación Cuauhtémoc; con apego a la normatividad aplicable. IX.- LOS MECANISMOS DE EVALUACIÓN Y LOS INDICADORES

La principal evaluación que se realiza en el actual programa, que se lleva a cabo en cada centro de trabajo y a su vez es supervisado por personal técnico-pedagógico, que evalúa periódicamente las actividades desarrolladas en los siete CENDIDEL, dicha evaluación está basada en planes y programas de la Secretaria de Educación Pública, quien a su vez también lo supervisa.

INDICADORES Se maneja el indicador de gestión de la siguiente manera: Número de niños programados/Número de niños

atendidos*100. El desarrollo académico de cada menor está determinado por el nivel de desenvolvimiento que a lo largo del

ciclo escolar presente, y será evaluado con base a criterios pedagógicos de cada docente, establecidos por la SEP.

X.- FORMAS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL Los padres de familia usuarios de los CENDIDEL, participan en reuniones y asambleas escolares, de estas designaran entre ellos a quienes los representen, así se conformaran las Mesas de Padres de Familia o Comités, participando en diversas actividades. Las madres trabajadoras, beneficiarias de los siete CENDIDEL participan durante todo el año de acuerdo a las fechas conmemorativas; como es desfiles, concurso de Inter-CENDIS, Así como a las actividades planeadas en cada plantel de acuerdo a las estrategias diseñadas como pláticas pedagógicas y psicológicas. XI.- ARTICULACIÓN CON OTROS PROGRAMAS SOCIALES: La atención a los beneficiarios del programa de Centros de Desarrollo Infantil Delegacionales (CENDIDEL), es un programa de carácter Delegacional, con recursos propios y reglas claras, sin la participación de algún otro ente público. Para su desarrollo y mejora se podrán tomar en cuenta principios establecidos en algún otro programa local o federal con el mismo sentido.

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152 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

TRANSITORIOS Primero: Publíquese las presentes Actividades Institucionales en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Segundo: las presentes Actividades Institucionales entrarán en vigor al día hábil, siguiente a su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Dado en la Ciudad de México,

Distrito Federal, a los veintiocho días de febrero del año dos mil catorce

A T E N T A M E N T E

(Firma)

_________________________________________ EDGAR ALFONSO GONZÁLEZ OLIVARES

DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL EN MILPA ALTA

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TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL

El licenciado Mario Velázquez Miranda, Secretario Administrativo del Tribunal Electoral del Distrito Federal, en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 170 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal y en observancia a lo dispuesto en los artículos 30 de los Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, en correlación con el 25 del Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, ambos ordenamientos del Tribunal Electoral del Distrito Federal, publica el siguiente aviso donde se da a conocer el:

PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014.

Cuadros Resumen

CAPÍTULO DENOMINACIÓN TOTAL

1000 Servicios Personales 160’273,441.43 2000 Materiales y Suministros 2’011,420.35 3000 Servicios Generales 24’441,121.32 5000 Bienes Muebles e Inmuebles 81,200.00

TOTAL CAPITULOS 2000, 3000 Y 5000 26’533,741.67

DESCRIPCIÓN NO. DE PROCEDIMIENTOS MONTO TOTAL Contratación de Irreductibles 16 6’801,825.46 Licitación Pública Nacional 3 1’829,877.18 Adjudicación Directa por montos de Actuación 21 6’607,824.90 Adjudicación Directa (Pago de Servicios Irreductibles) 9 4,479,856.04

TOTALES 49 19,719,383.58 La información de cada uno de los procedimientos del Programa, se encuentra publicada en la página del Tribunal Electoral del Distrito Federal: www.tedf.org.mx.

Ciudad de México, a 26 de febrero de 2014. TRANSITORIO:

Único.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

ATENTAMENTE EL SECRETARIO ADMINISTRATIVO

(Firma) LIC. MARIO VELÁZQUEZ MIRANDA

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154 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

SECCIÓN DER AVISOS

ANHEUSER-BUSCH MÉXICO HOLDING, S. DE R.L. DE C.V.; MARCAS MODELO, S. DE R.L. DE C.V.;

MARKETING MODELO, S.A. DE C.V. Y

CERVEZAS INTERNACIONALES, S.A. DE C.V.

AVISO DE FUSIÓN

En Asamblea de Socios de Anheuser-Busch México Holding, S. de R.L. de C.V. (la “Fusionante”) y Asambleas Socios o Accionistas, según corresponda de Marcas Modelo, S. de R.L. de C.V., Marketing Modelo, S.A. de C.V. y Cervezas Internacionales, S.A. de C.V., (conjuntamente, las “Fusionadas” y, éstas junto la Fusionante, las “Sociedades”) celebradas el día 28 de febrero de 2014 (las “Asambleas de Fusión”), respectivamente, resolvieron la fusión de las Sociedades, extinguiéndose las Fusionadas y subsistiendo la Fusionante. En dichas Asambleas de Fusión, las Sociedades aprobaron los términos del convenio de fusión que contempla los siguientes acuerdos: (a) Balance General: las cifras que servirán de base para la fusión serán las contenidas en los balances generales de cada una de las Sociedades al 31 de diciembre de 2013; (b) Efectos: La fusión surtirá plenos efectos entre las Fusionadas, la Fusionante, los socios y accionistas de todas ellas, según corresponda, y para todos los efectos fiscales a que haya lugar, a partir de la fecha de celebración del convenio de fusión; (c) Sistema de Extinción de Pasivos de las Fusionadas: cada una de las Fusionadas estableció el siguiente sistema de extinción de pasivos: (i) acuerda el pago inmediato de todas las deudas exigibles y a plazo que tienen contraídas con cualquier persona que exija su pago, salvo por las de aquellos acreedores que hayan dado o den su consentimiento al momento de que surta efectos la fusión; (ii) la Fusionante tomará a su cargo todas las obligaciones y créditos de cualquier naturaleza o calidad, principales, derivados o accesorios, que integren el pasivo de cada una de las Fusionadas al momento en que surta efectos la fusión. Todos esos pasivos se extinguirán a través de su puntual y oportuno cumplimiento por parte de la Fusionante, en las fechas de pago establecidas en los actos jurídicos que los hubieren originado o que resulten de acuerdo con la ley; y (iii) la Fusionante presentará los avisos fiscales correspondientes, liquidará los impuestos que pudiera tener pendientes de pago cualquiera de las Fusionadas y cumplirá dentro de los términos legales, con cualquier otra obligación de índole fiscal inherente a las Fusionadas. (d) Causahabiencia universal: Al surtir efectos la fusión, todos los activos, partes sociales, marcas y derechos, así como todos los pasivos, obligaciones y responsabilidades de cualquier índole y, en general, los patrimonios respectivos de cada una de las Fusionadas, sin reserva ni limitación alguna, se transmitirán a título universal a la Fusionante y, por lo mismo, ésta hará suyos y asumirá en su totalidad los pasivos y obligaciones de cualquier índole a cargo de cada una de las Fusionadas, por lo que quedará obligada expresamente al pago de los mismos; en la inteligencia de que aquellos pasivos y correlativos derechos que existieren entre las partes de este Convenio quedarán extinguidos por confusión al consolidarse éstos en la Fusionante como consecuencia de la fusión; (e) Órganos de administración y vigilancia: Como consecuencia de la fusión, los órganos de administración y vigilancia de cada una de las Fusionadas desaparecerán. No se realizará cambio alguno en la integración de los órganos de administración y de vigilancia de la Fusionante; (f) Poderes: Como consecuencia de la fusión, quedarán automáticamente revocados todos los poderes que las Fusionadas hubiere conferido con anterioridad a la fecha de celebración de las Asambleas de Fusión. Asimismo, todos los poderes que la Fusionante haya conferido con anterioridad a la fecha en que surta efectos la fusión y se encuentren en vigor, subsistirán en todos sus términos; y (g) Capital social: Como consecuencia de la fusión, el capital social de la Fusionante quedará en la cantidad de $183’486,216,556.00 (ciento ochenta y tres mil cuatrocientos ochenta y seis millones doscientos dieciséis mil quinientos cincuenta y seis pesos 00/100 M.N.), representado por 3 (tres) partes sociales. Conforme a lo dispuesto por el Artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, en este acto se publica el presente Aviso de Fusión y los balances generales de la Fusionante y la Fusionada, al 31 de diciembre de 2013, en los siguientes términos:

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 155

MARCAS MODELO, S. DE R.L. DE C.V. Balance general al 31 de diciembre de 2013

(Cifras en pesos mexicanos)

ACTIVO

CIRCULANTE: Efectivo y equivalentes de efectivo $ 20,160,147,535

Cuentas por cobrar 7,765,361,521 Cuentas por cobrar a compañías relacionadas 488,160,919

Suma el activo circulante 28,413,669,975

NO CIRCULANTE: Impuesto a la utilidad diferido 10,187,624,045 Suma el activo no circulante 10,187,624,045

Suma el activo $ 38,601,294,020

PASIVO

CIRCULANTE:

Anticipo de clientes por valor de la marca $ 33,958,746,815 Cuentas por pagar partes relacionadas 937,700,000

Préstamos por pagar partes relacionadas 60,000,000 Impuesto a las utilidades por pagar 3,120,461,180

Suma el pasivo circulante 38,076,907,995

NO CIRCULANTE: Contingencias y compromisos -

Suma el pasivo 38,076,907,995

CAPITAL CONTABLE

Capital social 52,683

Capital social histórico 50,000

Utilidades acumuladas: Reserva legal 10,000

Por aplicar 265,457,390 Del ejercicio 258,865,952

524,333,342

Suma el capital contable 524,386,025

Suman el pasivo y el capital contable $ 38,601,294,020

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156 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

MARKETING MODELO, S.A. DE C.V. Balance general al 31 de diciembre de 2013

(Cifras en pesos mexicanos)

ACTIVO

CIRCULANTE: Efectivo y equivalentes de efectivo $ 278,060,480

Cuentas por cobrar y otros 605,586,404 Pagos anticipados 858,054,187

Suma el activo circulante 7,741,701,071

NO CIRCULANTE: Pagos anticipados a largo plazo 336,540,313 Impuesto a la utilidad diferido 1,758,927,653 Suma el activo no circulante 2,095,467,966

Suma el activo $ 9,837,169,037

PASIVO

CIRCULANTE:

Proveedores y otras cuentas por pagar $ 1,452,268,019 Anticipo de clientes 6,709,234,135

Impuesto a las utilidades por pagar 496,166,100 Suma el pasivo circulante 8,657,668,254

NO CIRCULANTE:

Contingencias y compromisos -

Suma el pasivo 8,657,668,254

CAPITAL CONTABLE

Capital social 50,000 Capital social histórico 50,000

Utilidades acumuladas:

Reserva legal 10,323 Por aplicar 794,003,199

Del ejercicio 385,437,261 1,179,450,783

Suma el capital contable 1,179,500,783

Suman el pasivo y el capital contable $ 9,837,169,037

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 157

CERVEZAS INTERNACIONALES, S.A. DE C.V. Balance general al 31 de diciembre de 2013

(Cifras en pesos mexicanos)

ACTIVO

CIRCULANTE: Efectivo y equivalentes de efectivo $ 36,110,360

Cuentas por cobrar y otros 358,180,199 Mercancías en tránsito 32,125,798

Suma el activo circulante 426,416,357

NO CIRCULANTE: Impuesto a la utilidad diferido 2,499,037 Suma el activo no circulante 2,499,037

Suma el activo $ 428,915,394

PASIVO

CIRCULANTE:

Proveedores y otras cuentas por pagar $ 212,555,303 Impuesto especial sobre producción y servicios

por pagar

69,477,062 Impuesto a las utilidades por pagar 1,061,522

Suma el pasivo circulante 283,093,887

NO CIRCULANTE: Contingencias y compromisos -

Suma el pasivo 283,093,887

CAPITAL CONTABLE

Capital social 19,071,122

Capital social histórico 5,000,000

Utilidades acumuladas: Reserva legal 10,749,739

Por aplicar 63,693,204 Del ejercicio 52,307,442

126,750,385

Suma el capital contable 145,821,507

Suman el pasivo y el capital contable $ 428,915,394

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158 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

ANHEUSER-BUSH MÉXICO HOLDING, S. DE R.L. DE C.V. Balance general al 31 de diciembre de 2013

(Cifras en pesos mexicanos)

ACTIVO

CIRCULANTE: Efectivo y equivalentes de efectivo $ 29,680,400,335

Cuentas por cobrar y otros 1,157,046,675 Suma el activo circulante 30,837,447,010

NO CIRCULANTE: Inversión en acciones 442,512,547,723 Activos intangibles 2,868,673,817

Impuesto a la utilidad diferido 848,333,530 Suma el activo no circulante 446,229,555,070

Suma el activo $ 477,067,002,080

PASIVO

CIRCULANTE:

Proveedores y otras cuentas por pagar $ 2,083,305,159 Intereses por pagar 1,962,812,716

Impuesto a las utilidades por pagar 1,249,726,187 Suma el pasivo circulante 5,295,844,062

NO CIRCULANTE: Préstamos por pagar 277,014,211,797

Instrumento diferido de acciones de capital 19,676,664,856 Suma el pasivo no circulante 296,690,876,653

Suma el pasivo 301,986,720,715

CAPITAL CONTABLE

Capital social 183,486,147,756

Capital social histórico 183,486’147,756

Utilidades (pérdidas) acumuladas: Por aplicar 13,692,496

Del ejercicio (8,419,558,887) (8,405,866,391)

Suma el capital contable 175,080,281,365

Suman el pasivo y el capital contable $ 477,067,002,080

México, Distrito Federal, a 28 de febrero de 2014 (Firma)

_________________________________________ Alfonso Nosti Cervantes

Delegado Especial de las Asambleas de Fusión de las Sociedades

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 159

JISS, S.A. DE C.V. En Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de JISS, S.A. DE C.V., celebrada el 31 de octubre de 2013, se acordó escindir la sociedad aportando en bloque parte de su activo, pasivo y capital social a una sociedad de nueva creación que en principio se denominará Promofrontier, S.A. de C.V. La aportación en bloque de parte del activo, pasivo y capital a la sociedad escindida, comprende todos los derechos, obligaciones, licencias, permisos, concesiones y en general cualesquiera actos y operaciones realizadas u otorgadas por JISS, S.A. DE C.V. con tanto cuanto de hecho y por derecho le corresponda, en la proporción acordada. Al surtir efectos la escisión, la sociedad escindida, será causahabiente a título universal de los bienes, derechos y obligaciones correspondientes, que se transmiten por virtud de la escisión y tendrá el dominio directo de todos los bienes y asumirá las obligaciones derivadas de los bienes que se transmiten; activos, pasivos, capital social y demás conceptos de capital contable escindidos, quedando incorporados a su patrimonio, sin reserva ni limitación alguna en su dominio y sin que sea necesario cualquier acto jurídico específico complementario. Es de mencionarse que el texto completo de la presente escisión se encuentra a disposición de los socios de JISS, S.A. DE C.V. y sus acreedores en el domicilio de la sociedad durante un plazo de 45 días naturales a partir de la presente publicación. La escisión surtirá efectos frente a terceros a partir de que transcurra el plazo antes mencionado posterior a su protocolización, y de su inscripción en el Registro Público de Comercio. Se formula el presente aviso en cumplimiento a lo dispuesto por la fracción V del artículo 228 Bis de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

(Firma) ______________________________________________

FERNANDO SANZ JUÁREZ PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN Y

DELEGADO ESPECIAL DE JISS, S.A. DE C.V.

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160 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

TIERRA FUND, S. DE R.L. DE C.V.

AVISO DE TRANSFORMACIÓN Para los efectos del artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se avisa que la Asamblea General

de Socios de Tierra Fund, S. de R.L. de C.V., celebrada el 14 de febrero del 2014 (la “Asamblea”), resolvió la transformación de Tierra Fund, S. de R.L. de C.V., en sociedad anónima, continuando con la modalidad y régimen de capital variable, así como el cambio de tipo social de la sociedad de Tierra Fund, S. de R.L. de C.V., a Tierra Fund, la que irá siempre seguida de las palabras “Sociedad Anónima de Capital Variable”, o de su abreviatura “S.A. de C.V.”. Por virtud de lo anterior se reformaron íntegramente los estatutos de la sociedad. La transformación de la sociedad surtió efectos entre la sociedad y sus accionistas a partir de la fecha de la Asamblea, y respecto de terceros surtirá efectos a partir de que el instrumento público en que se protocolice el acta de la Asamblea haya sido inscrito en el Registro Público de Comercio del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por los artículos 228 y 225 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, toda vez que todos los acreedores de la sociedad consintieron expresamente su transformación.

(Firma)

________________________________________ FRANCISCO JAVIER GÁNDARA LOIS

Delegado Especial de la Asamblea

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 161

TIERRA FUND, S. DE R.L. DE C.V.

AVENIDA JALISCO 180, PISO 4, TACUBAYA MIGUEL HIDALGO, CP 11870

REG FED: TFU1011294Q2 CEDULA: TFU1011294Q2

BALANCE GENERAL AL 31/01/2014

ACTIVO

ACTIVO CIRCULANTE

CAJA Y BANCOS 169,193 INVERSIONES 3,099,999 CLIENTES INMUEBLES 238,959 CLIENTES ARQUITECTURA -380,000 RESERVA CUENTAS INCOBRABLES 0 INVENTARIO INMUEBLES 215,656,757 ESCANDON 26,619,857 GUADALAJARA 13,844,699 SINALOA 195 2,2779,082 ZACATECAS 11,323,376 CHOAPAN 8,759,902 TEHUANTEPEC 27,789,030 JUCHITÁN 12,186,419 CHOAPAN 45 8,759,902 PEDREGAL 103,665,724 SAN MIGUEL CHAPULTEPEC 58,000 INVENTARIO INMUEBLES TERRAPAT 24,630,356 LAGO HURÓN 187,198 RANCHO DE LA CRUZ 284,280 ZAQUIPA/CACALCO 0 TACUBAYA 12,239,902 CALLE 3 11,918,976 DEUDORES DIVERSOS 8,073,980 MCDGR 3,010,263 TOWN MARKET 5,000,000 VARIOS 63,717 ANTICIPO A PROVEEDORES 821,021 IVA POR ACREDITAR 127,594 IMPUESTOS A FAVOR 6,178

TOTAL ACTIVO CIRCULANTE 252,443,047 ACTIVO FIJO MOBILIARIO INMUEBLES 844,046 DEPN. MOBILIARIA INMUEBLES -64,552 EQUIPO DE COMPUTO 334,541 DEPN. EQUIPO DE COMPUTO -94,351 EQUIPO DE TRANSPORTE 0 DEPN. EQUIPO DE TRANSPORTE 0

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162 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

ACTIVO DIFERIDO GASTOS DE INSTALACIÓN 159,332 DEPN. GASTOS DE INSTALACIÓN 0 DEPÓSITOS EN GARANTÍA 163,289

TOTAL ACTIVO 253,785,353

PASIVO Y CAPITAL

CIRCULANTE

PROVEEDORES/ACREEDORES 69,720,480 IVA POR PAGAR -1,709,429 IMPUESTOS POR PAGAR 118,319

PASIVO A CORTO PLAZO

PRESTAMO TERRAPAT 10,839,421 INTERES TERRAPAT 1,045,529 PRESTAMO AGG/AGM/XG 144,423,200 PRESTAMO LGG 0 CONCEPTO RISOGRAFICO 0

OTROS PASIVOS

PROVISIONES 0 ANTICIPO DE CLIENTES 17,955,144 IMPUESTO DIFERIDO POR PAGAR 0 APORTACIÓN A FUTUROS AUMENTOS AL CAPITAL EPS/LGG 13,959,585

TOTAL DEL PASIVO 256,352,217

CAPITAL

CAPITAL SOCIAL 3,000 CAP. SOCIAL HISTÓRICO FIJO 3,000 CAP. SOCIAL HISTÓRICO VARIABLE 0 EFECTO ACUMULADO I.S.R. DIFERIDO 0 RESULTADO EJERCICIOS ANTERIORES -829,123 RESULTADO DEL EJERCICIO -1,740,741

TOTAL CAPITAL -2,566,864

TOTAL PASIVO Y CAPITAL 253,785,353

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 163

CENTRO EXHIBIMEX, S.A. DE C.V. Y

PROFACTUM, S.A. DE C.V.

AVISO DE FUSION

Mediante resoluciones adoptadas en las Asambleas Generales Extraordinarias de Accionistas de Centro Exhibimex, S.A. de C.V., Profactum, S.A. de C.V. del 15 de Agosto de 2013 se acordó la Fusión de Profactum, S.A. de C.V. y Centro Exhibimex, S.A. de C.V., subsistiendo esta última como sociedad fusionante y desapareciendo la primera como sociedad fusionada. En términos del Artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles se publican los siguientes:

ACUERDOS DE FUSION

“1. Se acuerda y aprueba expresamente la fusión de sociedades mercantiles entre Centro Exhibimex, S.A. de C.V., como sociedad fusionante, con Profactum, S.A. de C.V., como sociedad fusionada, de acuerdo con los balances generales de dichas sociedades al 31 de Julio de 2013.” “2. Como consecuencia de la fusión acordada y al momento en que esta tenga efecto, dejará de existir la actual Profactum, S.A. de C.V., como sociedad fusionada.” “3. La fusión surtirá efectos entre las sociedades fusionante y fusionada el 31 de Julio de 2013.” “4. Como consecuencia de la fusión, y a la fecha de la misma, todos los activos y pasivos, y todos los derechos y obligaciones de la actual Profactum, S.A. de C.V., sin reserva ni limitación, pasarán a Centro Exhibimex, S.A. de C.V. al valor que tengan en libros, Centro Exhibimex, S.A. de C.V. reconocerá y hará suyos todos los pasivos que la actual Profactum, S.A. de C.V., tuviere a la fecha de la fusión, quedando obligada expresamente a pagarlos.” “5. La transmisión a Centro Exhibimex, S.A. de C.V., sociedad fusionante, del patrimonio de la sociedad fusionada, comprende todo el activo, pasivo y responsabilidades contingentes de dicha sociedad fusionada, y en consecuencia, Centro Exhibimex, S.A. de C.V., queda subrogada en todos los derechos, garantías y privilegios derivados de todas las relaciones jurídicas en las que la sociedad fusionada sea parte, con todo y cuanto por hecho y por derecho le corresponda, y asume todas y cada una de las obligaciones que sean a cargo de la misma y queda obligada a cumplir y pagar dichas obligaciones en todos sus términos.” “6. En virtud de la fusión aprobada, los actuales accionistas de la sociedad fusionada recibirán acciones de Centro Exhibimex, S.A. de C.V. por los siguientes totales

Sociedad Fusionada Total de Acciones

Julián García Sánchez 22,381,714 Lorenzo González Bosco 22,688,616 45,070,330

Con objeto de que el Capital suscrito y pagado por los socios represente una proporción del 50% del Capital Total se propone a la Asamblea que el Licenciado Julián García Sánchez suscriba y pague un aumento al Capital Social Variable por un monto de $306,902.00 (Trescientos Seis Mil Novecientos Dos Pesos 00/100 M.N.) cantidad que será tomada de las Aportaciones para Futuros Aumentos de Capital que en años anteriores y en el presente ejercicio este ha realizado a la empresa. Estando presente el accionista Lorenzo González Bosco renuncia en este instante a su derecho del tanto que le otorga la Ley General de Sociedades Mercantiles para suscribir el Aumento de Capital Social Variable que se acuerda en este punto de la asamblea, quedando autorizado dicho aumento por unanimidad de votos. Como consecuencia de este acuerdo el Capital Social Total de la sociedad queda representado como sigue:

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164 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

Total de

Acciones Julián García Sánchez 22,688,617 Lorenzo González Bosco 22,688,617 45,377,234

“7. En su oportunidad emítanse 45,377,234 Cuarenta y Cinco Millón Trescientas Setenta y Siete Mil Doscientas Treinta y Cuatro Acciones, comunes, liberadas, nominativas que estarán representadas por 50,000 (Cincuenta Mil) acciones de la parte fija del Capital Social y 45,327,234 (Cuarenta y Cinco Millones Trescientas Veinti Siete Mil Doscientas Treinta y Cuatro) acciones representativas de Capital Social Variable de Centro Exhibimex, S.A. de C.V. con un valor nominal de $1.00 M.N. (Un peso 00/100 M. N.), cada una.” “8. Como consecuencia de la fusión una vez que surta efectos y el aumento al Capital Social acordado, el Capital Social Fijo de Centro Exhibimex, S.A. de C.V. íntegramente suscrito y pagado estará representado por $50,000 (Cincuenta Mil Pesos 00/100 M.N.) y el Capital Social Variable por $45,327,234 (Cuarenta y Cinco Millones Trescientos Veinti Siete Mil Doscientos Treinta y Cuatro Pesos 00/100 M.N.), íntegramente suscrito y pagado y representado por 50,000 (Cincuenta Mil) acciones del capital social fijo y 45,327,234 (Cuarenta y Cinco Millones Trescientas Veinti Siete Mil Doscientas Treinta y Cuatro) acciones del Capital Social Variable, siendo estas comunes liberadas, nominativas, con valor nominal de $1.00 M.N. (Un Peso 00/100 M. N.) cada una.” “9. En su oportunidad, cancélense los títulos representativos de las acciones de la sociedad actualmente en circulación, y canjéense por nuevos títulos que representen la totalidad del capital social de $45,377,234 (Cuarenta y Cinco Millones Trescientos Setenta y Siete Mil Doscientos Treinta y Cuatro Pesos 00/100 M.N.) representado por 45,377,234 (Cuarenta y Cinco Millones Trescientas Setenta y Siete Mil Doscientas Treinta y Cuatro) Acciones comunes liberadas, nominativas con valor nominal de $1.00 M.N: (Un Peso 00/100 M.N.) cada una.” “10. Se hace constar que se encuentra a disposición de los acreedores de las sociedades que hayan de fusionarse, el importe correspondiente a las deudas de dichas sociedades.” “11. En su oportunidad, efectúense los asientos contables respectivos; realícense las anotaciones en el libro de registro de acciones y en el libro de variaciones de capital tanto de la sociedad fusionante como de la sociedad fusionada.” “12. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles publíquense en el periódico oficial del domicilio de la sociedad los acuerdos de fusión tomados en esta asamblea, así como los balances generales al 31 de Julio de 2013, de las sociedades que hayan de fusionarse, e inscríbanse dichos acuerdos de fusión en los registro públicos de comercio que corresponda.” “13. Formalícese ante fedatario público el acta de la presente asamblea y realícense todos los trámites necesarios para su inscripción en los registros de comercio públicos respectivos.”

CENTRO EXHIBIMEX, S.A. DE C.V. PROFACTUM, S.A. DE C.V.

ESTADO DE SITUACION FINANCIERA AL 31 DE JULIO DE 2013

ESTADO DE SITUACION FINANCIERA AL 31 DE JULIO DE 2013

ACTIVO ACTIVO Circulante Circulante Bancos e Inversiones 2,245,858 Deudores 2,104,082Clientes 4,079,960 Inversiones 30,500,000 Cuentas por Cobrar 25,057,485 32,604,082

Pagos Anticipados 1,401,459

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 165

Terrenos 6,680,000 PASIVO Y CAPITAL Edificios 13,563,000 CAPITAL SOCIAL 62,200,000Mobiliario 811,619 Resultados Acumulados (29,573,598)Depreciación (7,898,498) Resultado del Ejercicio (22,320)

45,940,883 32,604,082

PASIVO Y CAPITAL Cuentas por Pagar 8,393,327CAPITAL SOCIAL 30,549,998Aportación de Socios 5,717,351 Resultados Acumulados (480,556)Resultado del Ejercicio 1760763

45,940,883

15 de Agosto de 2013 (Firma)

Lic. Julián García Sánchez Delegado Especial de las Asambleas Generales Extraordinarias de Accionistas de

Centro Exhibimex, S.A. de C.V. Profactum, S.A. de C.V.

“COMERCIAL GLOBAL INTEGRADORA” S. DE R.L. BALANCE DE LIQUIDACION AL 8 DE NOVIEMBRE DE 2013

Activo Efectivo en caja 0 Pasivo Capital 0

México, D.F. , a 27 de Febrero de 2014. Liquidador

ALBERTO CASTILLO PANTOJA (Firma)

“CONSULTORIA TOTAL INTEGRADA” S. DE R.L. BALANCE DE LIQUIDACION

AL 27 DE NOVIEMBRE DE 2013 Activo Efectivo en caja 0 Pasivo Capital 0

México, D.F. , a 27 de Febrero de 2014. Liquidador

ALFREDO HERNANDEZ GONZALEZ (Firma)

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166 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

TROLL SERVICE MÉXICO S.A. DE C.V.

BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN AL 20 de enero de 2014. (EN PESOS)

ACTIVO PASIVO

Caja y Bancos 50,000 Proveedores 0 Clientes 0 Acreedores 0 Deudores diversos 0 Sundry Creditors 0 Inventario 0 Total Activo Circulante 50,000 Total Pasivo 0 CAPITAL Activo Fijo: 0 Capital Social 50,000 Edificios 0 Total Capital Contable 50,000 Equipo de Transporte 0 Equipo de Computo 0 Diferido Total Activo Diferido 50,000 50,000 (Firma) Lic. Carlos Niño López Liquidador de “Troll Service México S.A. DE C.V.”

PROMOTORA COLLAR DE LA PERLA DEL MAR DE CORTÉS, S.A. DE C.V.

AVISO DE EJERCICIO DE DERECHO DE PREFERENCIA

En cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 132 de la Ley General de Sociedades Mercantiles y a lo estipulado en la Cláusula Octava inciso D) de la Escritura Constitutiva de PROMOTORA COLLAR DE LA PERLA DEL MAR DE CORTÉS, S.A. DE C.V., se comunica a los Accionistas de la Sociedad que no estuvieron presentes en la Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad, celebrada el día 13 de febrero del año 2014, que en la misma se adoptó la resolución de aumentar el Capital Social Variable de la Sociedad en la cantidad de $939,000.00 (NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL PESOS 00/100 M.N.), mediante la emisión de 939,000 (NOVECIENTAS TREINTA Y NUEVE MIL) Acciones Nominativas Ordinarias de la Serie “B”. Asimismo, se les informa que podrán ejercer su derecho de preferencia para suscribir las Acciones representativas del Aumento al Capital Social de la Sociedad en su Parte Variable acordado en la Asamblea, en proporción al número de Acciones de las que son actualmente propietarios, dentro de los 15 (QUINCE) días siguientes a la publicación del presente aviso.

México, D.F. a 14 de febrero del año 2014. (Firma)

LIC. RAFAEL ENRIQUE MARTÍNEZ DE ESCOBAR JENIK

DELEGADO DE LA ASAMBLEA

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 167

MERCURIO ARQUITECTOS S.A.DE C.V.

BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 31 DE DICIEMBRE DE 2012

ACTIVO CAJA 0 TOTAL ACTIVO 0 PASIVO CUENTAS POR PAGAR 0 TOTAL PASIVO 0 CAPITAL CAPITAL SOCIAL 750,000 RESULTADOS EJERCICIOS ANTERIORES -750,000 TOTAL CAPITAL CONTABLE 0 TOTAL PASIVO Y CAPITAL 0

La publicación se hace en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles

México D.F. a 17 de febrero del 2014 (Firma)

Liquidador.: C. JUAN CARLOS ELIAS MENDOZA CABRERA

MIC ESTUDIO, SUPERVISION Y MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES ELECTRICAS S.A.DE C.V.

BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 20 DE JULIO DE 2013

ACTIVO CAJA 0 TOTAL ACTIVO 0 PASIVO CUENTAS POR PAGAR 0 TOTAL PASIVO 0 CAPITAL CAPITAL SOCIAL 0 TOTAL CAPITAL CONTABLE 0 TOTAL PASIVO Y CAPITAL 0

La publicación se hace en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles México D.F. a16 de OCTUBRE del 2013

(Firma) Liquidador.: C. LAZARO OSORNIO ESCALONA

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168 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

ASISTENCIA Y LOGISTICA LCC, S. A. DE C. V. BALANCE GENERAL DEL 01 DE ENERO AL 31

DE DICIEMBRE DE 2013

Activo Caja y Bancos $ 0 Pasivo Capital $ 0

México, D. F. a 26 de febrero de 2014.

Liquidador

(Firma)

José Jesús Rojas Vega

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ENERHAUS S.A DE C.V.

BALANCE GENERAL AL 31 DE AGOSTO DE 2013. ( PESOS MEXICANOS )

ACTIVO PASIVO

CIRCULANTE: A CORTO PLAZO:

BANCOS E INVERSIONES 0.00 PROVEEDORES 0.00CLIENTES 0.00 ACREEDORES DIVERSOS 0.00INVENTARIOS 0.00 IMPUESTOS POR PAGAR 0.00ANTICIPO DE IMPUESTOS 0.00 OTROS 0.00 0.00

0.00

SUMA PASIVO A CORTO PLAZO 0.00

0.00 CAPITAL CONTABLE ACTIVO NO CIRCULANTE

MOBILIARIO Y EQ. DE OFICINA 0.00 CAPITAL SOCIAL 50,000.00DEPRECIACION ACUM. DE MOB 0.00 PERDIDAS ACUMULADAS -44,885.84

PERDIDA DEL EJERCICIO -5,114.16

0.00 SUMA DE CAPITAL CONTABLE 0.00

TOTAL DE ACTIVO 0.00 TOTAL DE PASIVO Y CAPITAL 0.00

(Firma) C.P.C. JOSE LUIS FLORES GARNICA LIQUIDADOR

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170 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

Subway Realty de México, S.A. de C.V. (en Liquidación) BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN AL 31 DE DICIEMBRE DE 2013

(PESOS)

El presente Balance se publica en y para los efectos del artículo 247 fracción II de la Ley General de Sociedades Mercantiles, habiéndose procedido a practicar el Balance Final de Liquidación con cifras al 31 de Diciembre de 2013 el cual se publicará por tres veces en diez días. Activo Pasivo y Capital Cajas y Bancos $ 859,989.06 Pasivos $ - Deudores Diversos $ 1,000,003.36 __________ Total del Pasivo $ - Capital Capital Social $ 1,000,000.00 Resultados Acumulados $ 859,992.42 __________ Total del Capital $ 1,859,992.42 __________ Total del Activo $ 1,859,992.42 Total de Pasivo más Capital $ 1,859,992.42

México D.F., a 31 de diciembre de 2013

(Firma)

_________________________________________________________

Ricardo Isidro Hernández Liquidador

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 171

BULK SOLID MECHANICAL HANDLING S.A. DE C.V.

BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 31 DE DICIEMBRE DE 2013

ACTIVO PASIVO

ACTIVO CIRCULANTE PASIVO A CORTO PLAZO EFECTIVO 10,000.00 TOTAL PASIVO A CORTO PLAZO 0.00 TOTAL ACTIVO CIRCULANTE 10,000.00 SUMA DEL PASIVO 0.00 CAPITAL CAPITAL CONTABLE TOTAL CAPITAL CONTABLE 0.00 CAPITAL SOCIAL 10,000.00 SUMA DEL CAPITAL 10,000.00 SUMA DEL ACTIVO 10,000.00 SUMA DEL PASIVO Y CAPITAL 10,000.00

El presente balance se publica en cumplimiento y para los efectos de la fracción II del artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

Liquidador

(Firma)

Mónica del Carmen Vargas Patlán

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172 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

CLUB DE FUTBOL AMERICA, S.A. DE C.V. AV. VASCO DE QUIROGA NO. 2000, COL. SANTA FE,

C.P. 01210, MEXICO, D.F.

AVISO DE DISMINUCIÓN DE CAPITAL SOCIAL Mediante Resoluciones por Votación Unánime de los Accionistas adoptadas el 16 de julio de 2013, se aprobó la disminución del capital social de Club de Futbol América, S.A. de C.V., en la cantidad de $800.00 (Ochocientos pesos 00/100 Moneda Nacional), para quedar en la cantidad de $242’393’900.00 (Doscientos cuarenta y dos millones trescientos noventa y tres mil novecientos pesos 00/100 Moneda Nacional), mediante la cancelación de 8 (ocho) acciones de la Clase “I”, correspondientes al capital mínimo o fijo, a razón de $20.23946229 (Veinte pesos 23946229/100000000 Moneda Nacional) por acción. El texto completo de las resoluciones adoptadas por los accionistas, se encuentra a disposición de los accionistas y acreedores en el domicilio de la sociedad ubicado en Av. Vasco de Quiroga #2000, Edificio “A”, Tercer Piso, Colonia Santa Fe, Código Postal 01210, México, D.F., de las 10:00 a las 14:00 horas y de las 16:00 a las 18:00 horas, a partir de la fecha de la primera publicación del presente aviso en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y hasta 5 días hábiles posteriores a la fecha en que se realice la tercera publicación del presente aviso en dicha Gaceta, en términos del Artículo Noveno de Ley General de Sociedades Mercantiles.

México, D.F., 11 de febrero de 2013

(Firma)

María Azucena Domínguez Cobián Delegada Especial

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 173

PLANIFICACION Y ACUERDOS EMPRESARIALES S. A. DE C. V.

BALANCE GENERAL DEL 01 DE ENERO AL 31 DE JULIO DE 2013

Activo Caja y Bancos $ 0 Pasivo Capital $ 0

México, D. F. a 26 de febrero de 2014.

Liquidador

(Firma)

Daniela Hernández Ramos

CREDITO INMOBILIARIO, S.A. DE C.V., SOFOM, ENR

AVISO DE REDUCCION DE CAPITAL SOCIAL Por resolución de la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de CREDITO INMOBILIARIO, S.A. DE C.V., SOFOM, ENR, celebrada a partir de las 10:00 horas del 1 de diciembre del 2013, el capital social fijo de CREDITO INMOBILIARIO, S.A. DE C.V., SOFOM, ENR, quedó en la cantidad de $387,920.00 M.N. (trescientos ochenta y siete mil novecientos veinte pesos 00/100, moneda nacional). Lo anterior se publica en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 9 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

Distrito Federal, México, a 11 de febrero del 2014.

(Firma)

___________________________________ Luis A. Cervantes Castillo

Delegado Especial de la Asamblea de Accionistas de CREDITO INMOBILIARIO, S.A. DE C.V., SOFOM, ENR

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174 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

“TALLER COLECTIVO”, S.A. DE C.V.

BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 30 DE NOVIEMBRE DE 2013.

ACTIVO IMPORTE PASIVO IMPORTECIRCULANTE A CORTO PLAZO BANCOS 0 ACREEDORES DIVERSOS 0 CLIENTES 0 IMPUESTOS POR PAGAR 0 DEUDORES DIVERSOS 0 IVA POR PAGAR 0 IMPTOS. PAGADOS POR ANTICIPADO 0 __ TOTAL PASIVO 0 CAPITAL CONTABLE CAPITAL SOCIAL 0 UTILIDAD DE EJERCICIOS ANTERIORES 0 UTILIDAD DEL EJERCICIO 0 TOTAL CAPITAL CONTABLE 0 ACTIVO TOTAL 0 PASIVO MAS CAPITAL CONTABLE 0

México, D.F., a 10 de Febrero de 2014.

(Firma) _______________________________ SR. JOSE LUIS LOPEZ MORENO

LIQUIDADOR

INMOBILIARIA LOVE S.A. DE C.V. ESTADO DE POSICION FINANCIERA AL 31 DE OCTUBRE DE 2013 (CIFRAS EN PESOS)

Bolívar No. 31 Int. 307-A, Col. Centro de la Ciudad de México Área 5 D.F., CP. 06050 Tel. 5540-7977 ACTIVO FIJO CAPITAL CONTABLE TERRENO 290.00 CAPITAL SOCIAL FIJO 54,000.00 EDIFICIO 10,333,347.00 RESERVA LEGAL 109,757.00 DEPRECIACION DE EDIFICIO -1,627,627.00 OTRAS CUENTAS DE CAPITAL 1,337,144.00 SUMA TOTAL DEL ACTIVO 8,706,010.00 RESULTADO DE EJERCICIO ANTERIOR 7,567,474.00 RESULTADO DEL EJERCICIO -362,365.00 SUMA DEL CAPITAL CONTABLE 8,706,010.00

(Firma)

SR. RICARDO ALBIN ZYCHLINSKY LIQUIDADOR

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 175

AGISA, S.A. DE C.V. AVISO DE DISOLUCION DE LA SOCIEDAD AGISA, S.A. DE C.V. de conformidad con las cláusulas trigésima primera y trigésima segunda de sus estatutos sociales y de la escritura 38,573 de fecha veintinueve de marzo de dos mil siete pasada ante la fe del notario 94 del Distrito Federal Lic. Erik Namur Campesino en la que se protocolizo el acta de asamblea extraordinaria de accionistas del ocho de enero de dos mil siete, en que se acordó la disolución y liquidación anticipada de la sociedad, se publicá el último balance de la sociedad al 31 de diciembre de 2013.

AGISA, S.A. DE C.V. BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2013

ACTIVO PASIVO Activo circulante: Pasivo circulante: Bancos 0 Acreedores diversos 0 Cuentas por cobrar 0 Suma el activo circulante 0 Suma el pasivo 0 CAPITAL CONTABLE Capital social 0 Resultados acumulados 0 Suma el capital 0 Suma el activo 0 Suma el pasivo y capital 0

(Firma)

OMAR OTTO OLIVARES DOMINGUEZ R.F.C.: OIDO690726G8A

Liquidador

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176 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

INMUEBLES METRO PARK, S.A. DE C.V.

Aviso por Reducción de Capital

De conformidad con lo establecido por el Artículo 09 de la Ley General Sociedades Mercantiles, en relación al Artículo 206 del mismo ordenamiento, se informa que mediante Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de Inmuebles Metro Park, S.A. de C.V. celebrada con fecha 02 de Diciembre del 2013, se resolvió, entre otros asuntos, reducir el capital social en su parte fija la cantidad de $3’186,962.00 pesos (Tres millones ciento ochenta y seis mil novecientos sesenta y dos pesos 00/100 moneda nacional) mediante la amortización y cancelación de 5’348,481 acciones de la Serie “A” y en su parte variable la cantidad de $1’213,283.00 pesos (Un millón doscientos trece mil doscientos ochenta y tres pesos 00/100 moneda nacional) mediante la amortización y cancelación de 2’036,177 acciones de la Serie “B”, para quedar el Capital Social en su parte fija en la cantidad de $33’199,829.00 pesos (Treinta y tres millones ciento noventa y nueve mil ochocientos veintinueve pesos 00/100 moneda nacional), representada por 55’717,219 acciones de la Serie “A”, y en su parte variable la cantidad de $13’909,956.00 pesos (Trece millones novecientos nueve mil novecientos cincuenta y seis pesos 00/100 moneda nacional), representada por 23,344,219 acciones de la Serie “B”.

México, D.F., a 02 de Diciembre del 2013

(Firma)

________________________________ Lic. Guillermo Adrián Reséndiz López

Secretario del Consejo de Administración

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 177

ESTRATEGIAS CORR, S. A. DE C. V. BALANCE GENERAL DEL 01 DE ENERO AL 31

DE DICIEMBRE DE 2013

Activo Caja y Bancos $ 0 Pasivo Capital $ 0

México, D. F. a 17 de febrero de 2014.

Liquidador (Firma)

José Jesús Rojas Vega

CSP LOGISTICA Y ADMINISTRACION, S. A. DE C. V.BALANCE GENERAL DEL 01 DE ENERO AL 31

DE JULIO DE 2013

Activo Caja y Bancos $ 0 Pasivo Capital $ 0

México, D. F. a 17 de febrero de 2014.

Liquidador (Firma)

Ana Laura Mendoza Domínguez

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178 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

GRUPO KOMAN, S.A. DE C.V. BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 31 DE ENERO DEL 2014

(CIFRAS EXPRESADAS EN PESOS MEXICANOS)

Activo Disponible Capital Contable Bancos 219,202.00 Capital Social 150,000.00 Resultado de Ejercicios Anteriores 75,335.00 Activo Diferido Pagos por Anticipado 6.133.00 Total Activo 225,335.00 Total Pasivo + Capital 225,335.00

En cumplimiento de lo dispuesto por el Articulo 247 Fracciones l y ll de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se lleva a cabo la publicación del Balance Final de Liquidación de GRUPO KOMAN, S.A. DE C.V. (en liquidación) y se determina que del haber social corresponderá a cada Socio acorde al porcentaje de participación, la cantidad de $214,068.00 y $11,267.00 respectivamente.

México, D.F., a 31 de enero del 2014 (Firma)

Liquidador: Oscar Álvarez Pérez

GRUPO CORPORATIVO INAD, S. A. DE C. V. BALANCE GENERAL DEL 01 DE ENERO AL 31

DE JULIO DE 2013

Activo Caja y Bancos $ 0 Pasivo Capital $ 0

México, D. F. a 17 de febrero de 2014.

Liquidador (Firma)

Daniela Hernández Ramos

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6 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 179

E D I C T O S

JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE LO CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL

EDICTO

EMPLAZAR A: GRANDES IDEAS ACTIVAS, S. A DE C. V, MARÍA GUADALUPE VICTORIA VILCHIS MORA, ARTURO SEGOVIANO BRISEÑO, JAVIER VILCHIS MORA. En los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por CRÉDITO INTEGRAL, S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA, en contra de GRANDES IDEAS ACTIVAS, S.A. DE C.V., MARÍA GUADALUPE VICTORIA VILCHIS MORA, ARTURO SEGOVIANO BRISEÑO, JAVIER ARTURO VILCHIS MORA, GUILLERMINA MACÍAS GARCÍA E IGNACIO MATUS JIMÉNEZ, expediente 1505/2011. El C. Juez Décimo Cuarto de lo Civil , dicto en fecha catorce de noviembre del año dos mil trece: Como lo solicita y tomando en consideración que no ha sido posible localizar a los codemandados Grandes Ideas Activas, S.A. de C.V., a través de su representante legal Guadalupe Victoria Vilchis Mora, Javier Arturo Vilchis Mora y Arturo Segoviano Briseño,... se ordena llevar a cabo el emplazamiento de los codemandados por medio de edictos... haciendo de su conocimiento que deberán señalar bienes suficientes para garantizar las prestaciones reclamadas, con el apercibimiento que de no hacerlo, el derecho pasará al actor. Asimismo, para que dentro del plazo de ocho días comparezca a hacer paga llana de las cantidades reclamadas, o bien para oponer las excepciones y defensas que tuvieren, en el entendido de que se les reclama la cantidad de $710,000.00 (setecientos diez mil pesos 00/100 moneda nacional), por concepto de suerte principal; la cantidad de $21,300.00 (veintiún mil trescientos pesos 00/100 moneda nacional), por gastos de cobranza; el importe de $317,454.15 (trescientos diecisiete mil cuatrocientos cincuenta y cuatro pesos 15/100 moneda nacional), por concepto de intereses ordinarios y la cantidad de $157,087.51 (ciento cincuenta y siete mil ochenta y siete pesos 51/100 moneda nacional), por concepto de intereses moratorios. De igual forma, deberán señalar domicilio dentro de esta jurisdicción, dado que de lo contrario las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal les surtirán efectos mediante publicación en el Boletín Judicial, quedando en la secretaría las copias simples de traslado por quince días, los cuales son independientes a los ocho días antes mencionados... Notifíquese...--------------------------------------------------------- México, Distrito Federal, a diez de noviembre de dos mil once.--------------------------------------------------------------------- Con el escrito de cuenta y documentos que se acompañan, fórmese expediente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número 1505/2011 que le correspondió. Se tiene por presentadas a... con el carácter de apoderadas de CRÉDITO INTEGRAL, S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA ... Se tiene a los promoventes demandado en la vía EJECUTIVA MERCANTIL de GRANDES IDEAS ACTIVAS, S.A. DE C.V., a través de su representante legal, MARÍA GUADALUPE VICTORIA VILCHIS MORA, ARTURO SEGOVIANO BRISEÑO, JAVIER ARTURO VILCHIS MORA, GUILLERMINA MACÍAS GARCÍA E IGNACIO MATUS JIMÉNEZ, el pago de la cantidad de $710,000.00 por concepto de suerte principal y demás accesorios reclamados... según decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2008, se admite la demanda en la vía y forma propuesta... requiérase a la demandada para que en el momento de la diligencia haga pago a la parte actora de la cantidad reclamada... no haciéndolo así en el acto de la diligencia embárguensele bienes de su propiedad suficientes para garantizar las referidas prestaciones, poniéndolos en depósito de la persona que bajo su responsabilidad designe la parte actora, siguiéndose para tal efecto las reglas del Código Federal de Procedimientos Civiles, respecto de los embargos.-----------------

México, D.F., a 11 de Febrero 2014 C. SECRETARIO DE ACUERDOS.

(Firma) LIC. MARCO ANTONIO GAMBOA MADERO

(Al margen inferior izquierdo un sello legible) PARA SU PUBLICACIÓN POR TRES VECES DE MANERA CONSECUTIVA EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL Y EN EL PERIÓDICO LA JORNADA.

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180 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL

“2010, Bicentenario de la Independencia de México y Centenario de la Revolución Mexicana”.

JUZGADO TRIGESIMO SEPTIMO CIVIL

EDICTO

EXPEDIENTE: 404/2012.

En los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL (CUADERNO DE TERCERIA EXCLUYENTE DE PREFERENCIA), seguido por SERVICIOS DE COBRANZA, RECUPERACION Y SEGUIMIENTO, S.A. DE C.V, en contra de JESUS OSCAR BRAVO ORTIZ Y JUAN CARLOS BRAVO ORTIZ, la C. Juez Trigésimo Séptimo de lo Civil de esta Ciudad, ordeno emplazar al coejecutado JESÚS OSCAR BRAVO ORTIZ por medio de edictos, haciéndole de su conocimiento que tiene un termino de VEINTE DÍAS, contados a partir de la última publicación del presente edicto, para que de contestación a la demanda instaurada en su contra y oponga excepciones y defensas de su parte, asimismo deberá de señalar domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de esta Jurisdicción, apercibida que en caso de no hacerlo le surtirán por Boletín Judicial en términos del artículo 1070 del Código de Comercio y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria al de la Materia, quedando en la Secretaria “B” de este H. Juzgado las copias de traslado para que comparezca a recibirlas.

“SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECION”. LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS.

(Firma) LIC. ARELI GUADALUPE ROJAS RAMIREZ.

(Al margen inferior izquierdo un sello legible)

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AVISO PRIMERO. Se da a conocer a la Administración Pública del Distrito Federal; Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y Asamblea Legislativa del Distrito Federal; Órganos Autónomos del Distrito Federal; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, que la Gaceta Oficial del Distrito Federal será publicada de lunes a viernes y los demás días que se requieran a consideración de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos. No se efectuarán publicaciones en días de descanso obligatorio. SEGUNDO. Las solicitudes de publicación y/o inserción en la Gaceta Oficial del Distrito Federal se sujetarán al siguiente procedimiento:

I. El documento a publicar deberá presentarse ante la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, en la Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios para su revisión, autorización y, en su caso, cotización con un mínimo de 4 días hábiles de anticipación a la fecha en que se requiera que aparezca la publicación, en el horario de 9:00 a 13:30 horas;

II. El documento a publicar deberá ser acompañado de la solicitud de inserción dirigida a la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, y en su caso, el comprobante de pago expedido por la Tesorería del Distrito Federal.

III. El documento a publicar se presentará en original legible debidamente fundamentado, rubricado, y firmado (nombre y cargo) por quien lo emita.

TERCERO. La cancelación, modificación o corrección de publicaciones en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, procederá cuando se solicite por escrito a más tardar, el día siguiente a aquél en que se hubiera presentado la solicitud, en el horario de 9:00 a 13:30 horas. CUARTO. Tratándose de documentos que requieran publicación consecutiva, se anexarán tantos originales o copias certificadas como publicaciones se requieran. QUINTO. La información a publicar deberá ser grabada en disco flexible 3.5 o Disco Compacto, en procesador de texto Microsoft Word en cualquiera de sus versiones, con las siguientes especificaciones:

I. Página tamaño carta; II. Márgenes en página vertical: Superior 3, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 2;

III. Márgenes en página horizontal: Superior 2, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 3; IV. Tipo de letra Times New Roman o CG Times, tamaño 10; V. Dejar un renglón como espacio entre párrafos (no renglones), sin interlineado;

VI. No incluir ningún elemento en el encabezado o pie de página del documento pero si con titulo; VII. Presentar los Estados Financieros o las Tablas Numéricas en tablas de Word ocultas; y

VIII. Etiquetar el disco con el título que llevará el documento. IX. No utilizar el formato de Revisión de la maquina ya que con cualquier cambio que se elabore se generarán

globos de texto. X. La fecha de firma del documento a insertar deberá ser anterior a la fecha de publicación

SEXTO. La ortografía y contenido de los documentos publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal son de estricta responsabilidad de los solicitantes.

AVISO IMPORTANTE Las publicaciones que aparecen en la presente edición son tomadas de las fuentes (documentos originales), proporcionadas por los interesados, por lo que la ortografía y contenido de los mismos son de estricta responsabilidad de los solicitantes.

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184 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Marzo de 2014

DIRECTORIO

Jefe de Gobierno del Distrito Federal

MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA

Consejero Jurídico y de Servicios Legales JOSÉ RAMÓN AMIEVA GÁLVEZ

Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos

CLAUDIA LUENGAS ESCUDERO

Director de Legislación y Trámites Inmobiliarios FLAVIO MARTÍNEZ ZAVALA

Subdirector de Estudios Legislativos y Publicaciones

EDGAR OSORIO PLAZA

Jefe de la Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios MARCOS MANUEL CASTRO RUIZ

INSERCIONES

Plana entera ...................................................................................... $ 1,637.00 Media plana ............................................................................................ 880.50 Un cuarto de plana ................................................................................. 548.00

Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad de Publicaciones, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n, Col. 10 de Mayo,

C.P. 15290, Delegación Venustiano Carranza.

Consulta en Internet http://www.consejeria.df.gob.mx

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, IMPRESA POR “CORPORACIÓN MEXICANA DE IMPRESIÓN”, S.A. DE C.V.,

CALLE GENERAL VICTORIANO ZEPEDA No. 22, COL. OBSERVATORIO C.P. 11860. TELS. 55-16-85-86 y 55-16-81-80

(Costo por ejemplar $73.00)