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Síntesis Histórica Los primeros proyectos de colonización de la zona fueron apoyados por la Iglesia Católica, por el INTA. La gran extensión de la zona y su desocupación la convirtieron en un centro de confluencia de campesinos provenientes de muchas partes del país que llegaban en busca de tierras para trabajar y establecerse. El poblamiento del Ixcán se incrementa durante los años setenta y principios de los ochenta, y se llevó a cabo a través del proyecto de colonización impulsado por la Iglesia Católica. La población en esta zona se organizó en cinco centros que luego se conformaron en cooperativas y se integraron en la Cooperativa Ixcán Grande R.L. en enero de 1970. En todo este proceso organizativo y de desarrollo, destaca la participación y el impulso dados por el trabajo del padre Guillermo Woods. En 1976, el padre Guillermo Woods, principal promotor de las cooperativas, muere en un accidente aéreo, aparentemente por fallas de la avioneta en que viajaba, aunque la opinión generalizada es que se trató de una acción del Ejército. Esta teoría cobró mayor fuerza, cuando el substituto del padre Woods, el padre Carlos Stetter fue expulsado, por el Gobierno, en 1978. Más tarde, el sacerdote José María Gran, que atendía el Ixcán, y su sacristán, Domingo Batz, fueron asesinados en 1980. Falla (1992:37-40, citado por Garst 1993:19) estima que más de cien habitantes del Ixcán fueron asesinados o desaparecidos por el Ejército entre 1979 y 1981. A partir de 1982, la situación de violencia contra la población civil alcanza sus niveles más altos. La necesidad de salvar la vida provocó en la población su huida hacia las montañas y la posterior formación de varios grupos. Los que quedaron escondidos en la selva se organizaron y, a pesar de repetidos ataques del Ejército, lograron sobrevivir y formar las Comunidades de Población en Resistencia -CPR- 1 . 1 En 1993, las CPR salen de la montaña y se instalan en comunidades accesibles y cercanas. En 1996 se trasladan hacia sus tierras definitivas bajo jurisdicción SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE CONTABILIDAD II 01

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Síntesis Histórica

Los primeros proyectos de colonización de la zona fueron apoyados por la Iglesia Católica, por el INTA. La gran extensión de la zona y su desocupación la convirtieron en un centro de confluencia de campesinos provenientes de muchas partes del país que llegaban en busca de tierras para trabajar y establecerse.

El poblamiento del Ixcán se incrementa durante los años setenta y principios de los ochenta, y se llevó a cabo a través del proyecto de colonización impulsado por la Iglesia Católica. La población en esta zona se organizó en cinco centros que luego se conformaron en cooperativas y se integraron en la Cooperativa Ixcán Grande R.L. en enero de 1970. En todo este proceso organizativo y de desarrollo, destaca la participación y el impulso dados por el trabajo del padre Guillermo Woods.

En 1976, el padre Guillermo Woods, principal promotor de las cooperativas, muere en un accidente aéreo, aparentemente por fallas de la avioneta en que viajaba, aunque la opinión generalizada es que se trató de una acción del Ejército. Esta teoría cobró mayor fuerza, cuando el substituto del padre Woods, el padre Carlos Stetter fue expulsado, por el Gobierno, en 1978. Más tarde, el sacerdote José María Gran, que atendía el Ixcán, y su sacristán, Domingo Batz, fueron asesinados en 1980. Falla (1992:37-40, citado por Garst 1993:19) estima que más de cien habitantes del Ixcán fueron asesinados o desaparecidos por el Ejército entre 1979 y 1981.

A partir de 1982, la situación de violencia contra la población civil alcanza sus niveles más altos. La necesidad de salvar la vida provocó en la población su huida hacia las montañas y la posterior formación de varios grupos. Los que quedaron escondidos en la selva se organizaron y, a pesar de repetidos ataques del Ejército, lograron sobrevivir y formar las Comunidades de Población en Resistencia -CPR- .

Se estima que hubo cerca de 50,000 refugiados en México, reconocidos como tales y organizados en campamentos, y cerca de 25,000 más, dispersos.

Durante los aproximadamente doce años de refugio en México, la población desarrolló, con ayuda del Gobierno Mexicano y de varias instituciones, especialmente de la Diócesis de Chiapas y en particular del padre Samuel Ruiz, un sistema organizativo bastante importante. Lograron satisfacer sus necesidades básicas y realizar programas de educación y salud, entre otros.

El primer retorno colectivo realizado en el marco de este acuerdo, fue en 1993, y tuvo como destino el Polígono 14, donde se fundó la comunidad Victoria 20 de enero. La población que regresó al país en el marco de este acuerdo se autodenominó población retornada.

Luego del retorno de la población a las tierras de Ixcán Grande (entre 1993 y 1994), se inició un proceso de conflicto y división entre la misma población.

A finales de 1996, con la firma del Acuerdo final de Paz, en el área se produce una nueva crisis producto de la negativa de algunos miembros de las cooperativas a la incorporación de los excombatientes a sus comunidades. Finalmente, como producto de la negociación, se acepta la incorporación de los desmovilizados. Esto pone fin al enfrentamiento armado que afectó duramente la región, pero no supone el final de la situación de conflicto y división entre sus habitantes.

Ixcán como región formaba parte del Municipio de San Miguel Uspantán, pero debido a las presiones socio-políticas que imperaban en el área, fue elevado a la categoría de Municipio según consta en el Acuerdo Gubernativo 772-85, de fecha 21 agosto de 1985.

 

Fiesta Titular: La fiesta titular se celebra en el mes de mayo, del 10 al 16 en honor a San Isidro Labrador, patrono de los agricultores. Durante la fiesta patronal se realizan actividades deportivas, sociales y comerciales, últimamente se ha realizado la feria agropecuaria donde se da la oportunidad para que agricultores, comerciantes y empresarios muestren y vendan sus productos.

Marco Geográfico:

Ixcán, municipio del departamento de Quiché, se encuentra ubicado en el noroccidente del país. Colinda al norte con México; al sur con los municipios de Chajul y Uspantán, también de Quiché; al este con los municipios de Cobán y Chisec, Alta Verapaz; y al oeste con el municipio de Barillas, Huehuetenango.

Tiene una extensión de 1,575 Kms. cuadrados y se encuentra a una altura promedio de 280 metros sobre el nivel del mar. El clima es tropical semi-húmedo y la temperatura oscila entre los 25 y los 36 grados centígrados.

El municipio se encuentra a una distancia de 374 Kms. de la capital del país y a 160 de la ciudad de Cobán, la cabecera departamental más accesible. Los medios de transporte más comunes son los terrestres.

Cultural:

La conformación social de las comunidades se caracteriza por el multilingüismo, la pluriculturalidad y la multietnicidad. Actualmente el uso de los trajes de la cultura maya se está perdiendo en parte por intercalarse los idiomas y otras culturas.

Las costumbres de la cultura maya están sufriendo cambios, poco interés en la artesanía, en la espiritualidad, cocina, artesanía, y en la práctica de los valores.

Actualmente existe discriminación a personas por el uso de los trajes y los idiomas mayas. Esto hace que la importancia del enfoque cultural de la educación sea cada vez más grande como medio para la recuperación de la identidad.

Social:

La familia es la organización básica del desarrollo de la comunidad y de la sociedad. Sin embargo nuestra realizad muestra que existen dentro del seno familiar discriminación, delincuencia, drogadicción, problemas intrafamiliares, especialmente por la migración, desintegración familiar, rebeldía, desintegración, escasos recursos económicos, poca comunicación intrafamiliar, la violencia como medio de educación para los hijos, en algunas familias el alcoholismo es un problema, así como la amenaza especialmente a las mujeres.

La inseguridad es un tema de carácter urgente, porque en los últimos meses se han elevado las acciones de asalto.

Ambiental:

Es una preocupación no solo de las instancias afines, educativas, sino también de la población. Sin embargo no se muestran soluciones concretas sobre el problema de la quema, la reforestación, los incendios forestales, la contaminación del suelo a través del uso de insecticidas, de basuras inorgánicas, la cacería, la tala ilegal e inmoderada de bosques.

La grave crisis ecológica que atraviesa el área exige, además de educación ambiental. Esta situación también entronca fuertemente con la creación de alternativas productivas que propicien la subsistencia de la población sin provocar el deterioro del ecosistema.

En la actualidad la población se encuentra a la expectativa a raíz de los mega-proyectos que se pretenden impulsar en el área (hidroeléctricas, explotación de petróleo, carreteras) y los impactos negativos para el medio ambiente que estos puedan ocasionar.

División Política-Administrativa

Político:

El aspecto político es la orientación del presente y el futuro de una comunidad, de una cultura, de un municipio y de un país. Para ello es importante una participación integral de la ciudadanía. En las comunidades se refleja de la manera siguiente:

No contempla un plan de desarrollo educativo integral, se ubica en la cabecera municipal.

Los padres y madres muestran una poca participación en la toma decisiones en la educación para sus hijos. Las autoridades no se han preocupado por orientar y organizar a los padres de familias. Las mujeres son las que menos tienen participación en el aspecto político.

El adelanto ilegal de las campañas electorales han empezado a genera una serie de conflictos en la región, los cuales se han de seguir muy de cerca para los próximos días.

Administrativa

El Gobierno Municipal se encuentra asentado en la cabecera municipal Playa Grande, la que está organizada  territorialmente en 5 zonas. El Municipio se encuentra organizado en  7  Microrregiones (estructura implementada en la década de los 90 por PRODERE), en las que se distribuyen  las 175 comunidades.

Micro Región

Cabecera M/R

Extensión KM2

Población /Hab

Numero de Comunidades

Micro Región I

Playa Grande

394 Km2

19,375

43

Micro Región II

Tzetún

139 km2

7,919

24

Micro Región III

Santiago Ixcán

262 km2

5,699

7

Micro Región IV

Valle de Candelaria I

122 km2

4,963

15

Micro Región V

El Recuerdo

146 km2

8,414

26

Micro Región VI

San Juan Chactelá

123 mk2

6,205

34

Micro Región VII*

Mayalán

398.92 km2

13,309

26

* En esta Micro-Región están incluidas 14 comunidades que administrativamente pertenecen al Municipio de Barillas (Departamento de Huehuetenango), pero que son atendidas por la Municipalidad de Ixcán; los habitantes de estas comunidades se encuentran identificadas con el Municipio de Ixcán.

Económico:

La situación económica es la base del desarrollo educativo, en salud y nutrición, el mejoramiento de producción y de vivienda de los habitantes de una comunidad. Nuestras comunidades tienen la siguiente característica: La economía se sustenta en la producción agrícola de subsistencia, a través del cultivo de granos básicos, como maíz, frijol, arroz, cardamomo, café, pero estos dos últimos en menor escala. La ganadería y la artesanía es de tipo familiar, el intercambio se da pero en menor escala.

En menor cantidad también existe explotación de maderas preciosas como cedro, caoba y otros.

Los productos de la región tienen un bajo precio, por la falta de mercado, diversificación y tecnificación de la producción. Esto provoca la migración de mucha gente al extranjero, entre hombres, mujeres y jóvenes hacia México y Estados Unidos especialmente.

Así como la falta de fuentes de empleo en el área provoca la migración y el bajo nivel de vida de los habitantes, especialmente el riesgo en la salud de los niños y ancianos.

Educación:

La educación es uno de los problemas más agudos del Municipio de Ixcán, la problemática educativa es consecuencia de la falta de priorización del Gobierno Central, a esto se suma las consecuencias del Conflicto Armando ya que Ixcán fue uno de los Municipios más afectados.

La educación en el Municipio recién ha recibido impulso con esfuerzos privados, aún así su cobertura y calidad son insuficientes para la demanda actual y futura.

En el Municipio laboran maestros/as contratados/as de diferente forma, por ejemplo: con Plazas presupuestadas en el renglón 011 (funcionarios permanentes); con contrato 022 del Estado y maestros por contrato con COEDUCA/PRONADE.

A manera de información, se puede decir que de un total de 143 comunidades en las que se realizó el Diagnóstico Comunitario (septiembre 2002 a enero 2003), 133 (92.36%), cuentan con atención escolar primaria para sus niños/as. De éstas, 118 comunidades (81.94%) cuentan con edificios educativos formales, mientras que las 15 comunidades restantes (10.42%) no cuentan con infraestructura formal para impartir educación. Estos últimos establecimientos funcionan en instalaciones poco adecuadas para la educación y 11 comunidades no cuentan con servicios de educación para la niñez.

Analfabetismo:

En nuestro medio el analfabetismo es un problema serio ya que las autoridades encargadas no han podido combatirlo. El porcentaje de analfabetismo según CONALFA, es de 39.5%1.

CONSTITUCION DE SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE

TEMA DE INVESTIGACION

Sociedad en Comandita Simple

Sociedad

En virtud de que el contrato social es bilateral o plurilateral, es decir, cuando menos deben existir un socio comanditado y un socio comanditario.

ComanditaPorque en ella puede haber dos o más personas, un gestor y un comanditario, los gestores responden solidaria e ilimitadamente, los comanditarios responden según sus aportes. El gestor puede aportar trabajo e industria y son quienes administran y representan la empresa. Los comanditarios solo pueden ser delegados de los gestores para la representación de la empresa.

Simple:

Su capital se divide en aportaciones cuyo valor consta en la escritura constitutiva, al igual que en la limitada y en la colectiva, y por ningún momentos su capital pueden ser representado por títulos o acciones. El capital social debe pagarse completo al constituirse la sociedad.

ANTECEDENTES DEL PROBLEMA

En Guatemala desde el año de 1,971, el Registro Mercantil General de la República tiene la misión de Registrar, Certificar, dar Seguridad Jurídica a todos los actos mercantiles que realicen personas individuales o jurídicas, pero esto para algunas personas, no es suficiente para formar una sociedad mercantil en Guatemala ya que existen diversos obstáculos, especialmente por la falta de conocimiento sobre las sociedades mercantiles, funciones, ventajas y desventajas actividades económicas, financiamiento de una sociedad mercantil.

El balance entre la certeza jurídica y la agilidad en el servicio a nuestros usuarios, es sin duda la mejor mezcla que nuestra organización presta a todos los ciudadanos que los solicitan.

Inscripción de todas las sociedades nacionales y extranjeras, los respectivos representantes legales, las empresas mercantiles, los comerciantes individuales y todas las modificaciones que de estas entidades se quieran inscribir.

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

Poco conocimiento sobre la constitución de Sociedad en Comandita Simple en Guatemala.

DEFINICION DEL PROBLEMA

DE LA SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE

ARTÍCULO 68. SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE. Sociedad en comandita simple, es la compuesta por uno o varios socios comanditados que responden en forma subsidiaria, ilimitada y solidaria de las obligaciones sociales; y por uno o varios socios comanditarios que tienen responsabilidad limitada al monto de su aportación.

Las aportaciones no pueden ser representadas por títulos o acciones.

ARTÍCULO 69. RAZÓN SOCIAL. La razón social se forma con el nombre de uno de los socios comanditados o con los apellidos de dos o más de ellos si fueren varios y con el agregado obligatorio de la leyenda: y Compañía, Sociedad en Comandita, la que podrá abreviarse: y Cía. S. en C.

ARTÍCULO 70. NOMBRE DE LA RAZÓN SOCIAL. Cualquier persona que no sea socio comanditado, que haga figurar o permita que su nombre figure en la razón social, quedará obligada en favor de terceros en igual forma que los comanditados. En igual responsabilidad incurrirán los socios comanditarios cuando se omita en la razón social la expresión: Sociedad en Comandita, o su abreviatura.

ARTÍCULO 71. APORTACIÓN INTEGRA DEL CAPITAL. El capital de la sociedad debe ser aportado íntegramente al constituirse, por uno o más socios comanditarios o por éstos y por socios comanditados.

ARTÍCULO 72. ADMINISTRACIÓN. Los socios comanditados tendrán con exclusividad la administración de la sociedad y la representación legal de la misma, salvo que la escritura social permita que la administración la tengan extraños.

En este caso el nombramiento de administradores que hubieren hecho los socios comanditados no surtirá efecto, hasta en tanto no se obtenga la aprobación de los socios comanditarios, por el voto que represente la mitad más uno del capital aportado por ellos.

ARTÍCULO 73. COMANDITARIOS NO PUEDEN ADMINISTRAR. Los socios comanditarios tienen prohibido cualquier acto de administración de la sociedad, aun en calidad de apoderados de los socios comanditados o de la sociedad. El socio comanditario que viole dicha prohibición quedará responsable en la misma forma que los socios comanditados en favor de terceros, por todas las pérdidas y obligaciones de la sociedad, sean anteriores o posteriores a la contravención, salvo lo dispuesto en el artículo 75 de este Código.

ARTÍCULO 74. NO SON ACTOS DE ADMINISTRACIÓN. Para los efectos del artículo anterior, no son actos de administración por parte de los socios comanditarios:

1º. Asistir a las juntas de socios, con voz, pero sin voto.

2º. Examinar, inspeccionar, vigilar y fiscalizar la contabilidad y los actos de los administradores.

3º. Celebrar contratos por cuenta propia o ajena con la sociedad, siempre que los mismos no afecten la libre administración de la sociedad.

4º. Dar autorizaciones, dictámenes e informes para determinadas operaciones sociales.

5º. Participar en la liquidación de la sociedad.

ARTÍCULO 75. MUERTE O INCAPACIDAD DEL ADMINISTRADOR. Si para los casos de muerte o incapacidad del socio administrador, no se hubiere determinado en la escritura social la forma de sustituirlo y la sociedad hubiere de continuar, podrá un socio comanditario, a falta de otro comanditado, desempeñar enteramente los actos urgentes o de mera administración, durante un plazo que no podrá exceder de un mes contado desde el día en que la muerte o incapacidad hubiere ocurrido.

En este caso, el socio comanditario no será responsable más que de la ejecución adecuada de su gestión.

ARTÍCULO 76. UTILIDADES COBRADAS DE BUENA FE. Los socios comanditarios no están obligados a restituir las utilidades que hubieren cobrado de buena fe, de acuerdo con los estados financieros aprobados.

ARTÍCULO 77. OTRAS DISPOSICIONES APLICABLES. Es aplicable a las sociedades en comandita simple lo dispuesto en los artículos 65, 66, 67, 81 y 83 de este Código.

Lo dispuesto en los artículos 60 y 63 de este Código es aplicable únicamente a los socios comanditados.

JUSTIFICACIÓN

La Sociedad en Comandita Simple (S en C.S.) es aquella sociedad que tiene por objeto la realización de uno o más actos de comercio o, en general, una actividad sujeto al derecho mercantil. Se diferencia de un contrato de sociedad civil.

Como toda sociedad, son entes a los que la ley reconoce personalidad jurídica propia y distinta de sus miembros, y que contando también con patrimonio propio, canalizan sus esfuerzos a la realización de una finalidad lucrativa que es común, con vocación tal que los beneficios que resulten de las actividades realizadas, solamente serán percibidos por los socios.

DELIMITACION DEL PROBLEMA

DELIMITACION ESPACIAL:

Para la constitución de una sociedad no tiene preferencia de lugares, ya sea colonia, barrio, zonas, aldeas, municipios, departamentos, etc. lo mas importante es tener debidamente registrado ante el Registro Mercantil de Guatemala.

DELIMITACION TEMPORAL:

La presente investigación tiene una duración de tres meses, que comprende desde el mediado mes de mayo hasta mediado del mes de agosto del año dos mil diez.

DELIMITACION TEORICA:

El presente trabajo fue investigado en diferentes fuentes, tanto, en línea de internet, códigos de comercio, derecho mercantil, etc.

CONCEPTO DE SOCIEDAD MERCANTIL

Sociedad se deriva de la palabra latina societas, que por su vez deriva de la palabra socius, a cual significa compañero.

Mercantil, por estar comprendida en la relación de las calificadas como tales, por el Artículo l0, del Código de Comercio de Guatemala; asimismo, como consecuencia de la Personalidad Jurídica, articulo 14 del mismo código.

Es sociedad mercantil la que existe bajo una denominación o razón social, mediante el acuerdo de voluntades de un grupo de personas llamadas socios, que unen sus esfuerzos y capitales para la realización de un fin común de carácter económico con propósito de lucro”.

Son dos o más personas que crean relaciones de obligación y patrimoniales mediante un trato unitario para la consecuencia de un fin común.

Las sociedades mercantiles pueden constituirse bajo el régimen de capital fijo o de capital variable, por lo tanto, no debe pensarse que la sociedad de capital variable es una sociedad mas que hayamos omitido, si no que, cualquiera puede adoptar esta modalidad. La constitución de las sociedades mercantiles deberá hacerse ante un notario público, mediante escritura social que inscribirá en el registro público de comercio.

Las sociedades mercantiles se rigen por la Constitución Política de la República de Guatemala, el Código de Comercio de Guatemala, la constitución de unas y otras, deberá constar en escritura social ante notario público.

ARTÍCULO 337. SOCIEDADES MERCANTILES. La inscripción de las sociedades mercantiles se hará con base en el testimonio respectivo, que comprenderá:

1º. Forma de organización.

2º. Denominación o razón social y nombre comercial si lo hubiere.

3º. Domicilio y el de sus sucursales.

4º. Objeto.

5º. Plazo de duración.

6º. Capital social.

7º. Notario autorizante de la escritura de constitución, lugar y fecha.

8º. Órganos de administración, facultades de los administradores.

9o. Órganos de vigilancia si los tuviere.

Siempre que se trate de sociedades cuyo objeto requiera concesión o licencia estatal, será indispensable adjuntar el acuerdo gubernativo o la autorización correspondiente y el término de inscripción principiará a contar a partir de la fecha del acuerdo o autorización.

Características generales de las sociedades mercantiles

Al momento de constituirse una sociedad a la vida jurídica una nueva persona ésta es un sujeto jurídico que tiene capacidad de goce y capacidad de ejercicio distinto de las personas que la conforman o que la integran y que crean un ente diverso el cual tiene características propias las cuales son las siguientes:

I. La capacidad jurídica: Es la aptitud de ser titular de derechos y obligaciones pero en materia mercantil la capacidad esta limitada o condicionada por el fin de la sociedad, esto significa que solo puede tener derechos y obligaciones que estén contenidas dentro de su objeto social.

II. Patrimonio (propio): El patrimonio de una sociedad es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones de los que es titular una sociedad mercantil y se clasifica en los siguientes grupos:

· Patrimonio Activo: Que se refiere a los bienes y derechos de una sociedad y que puede ser aportado al momento de la constitución de la sociedad mercantil, en un aumento de capital, en un aumento del haber social o con las ganancias obtenidas por la sociedad.

· Patrimonio Pasivo: El patrimonio pasivo de una sociedad esta constituido por las obligaciones de la misma y estas se pueden adquirir desde el momento de la creación de la sociedad mercantil y consisten en deudas y obligaciones de dar o de hacer.

III. Nombre: En derecho mercantil se le llama también denominación o razón social y se define como el conjunto de caracteres que identifican a una individualidad, distinguiéndola de los demás.

IV. Domicilio: Es el lugar donde se harían la principal sede de negocios de una sociedad mercantil. En materia de sociedades mercantiles el domicilio por práctica común se determina en una ciudad, sin especificar número, calle o colonia.

Una persona moral o sociedad mercantil puede tener uno o demás domicilios siempre y cuando esto quede plasmado en el acta constitutiva, poder señalar un domicilio principal y varios accesorios, al domicilio principal se le conoce como domicilio matriz y a los accesorios como sucursales, para efectos legales puede utilizar uno u otro indistintamente.

I. Nacionalidad: La nacionalidad de las sociedades mercantiles será mexicana cuando las mismas se conformen de acuerdo a las leyes de nuestro país, y que establezcan su domicilio en el mismo en caso contrario se consideran extranjeras.

CLASIFICACIÓN

Las Sociedades comerciales se pueden clasificar conforme a varios criterios, entre los que destacan los siguientes: (Punto 15, Derecho Mercantil)

CLASIFICACION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES

Sociedad de Personas: Dentro de estas se encuentran la colectiva y las comanditas; y una de sus características es que se identifican con razón social, lo que permite que el público las conozca por medio de los nombres o apellidos de sus socios, los que generalmente son conocidos en el tráfico comercial.

Sociedad de Capital. El ejemplo es la sociedad anónima, lo que cuenta es el capital que aporte, la cantidad de acciones que compra y ese volumen de capital determinará su influencia dentro de la sociedad mixta.

Sociedad Mixta Es la sociedad de responsabilidad limitada que puede tener razón social o denominación, su número limitado de socios permite el conocimiento entre los mismos y se aplica en su organización la naturaleza personalista como la capitalista.

ELEMENTOS DE LA SOCIEDAD: Derecho Mercantil

Elemento personal: los socios

Elemento patrimonial: Patrimonio y Capital.

Capital social: es la suma del valor de las aportaciones o del valor nominal de las acciones en que está dividido.

SEGÚN SU TIPO DE CAPITAL

· Capital Fijo: El capital social no puede ser modificado, sino por una modificación de los estatutos.

· Capital Variable: El capital social puede disminuir y aumentar conforme el avance de la sociedad, sin procedimientos complejos.

CONSTITUCIÓN

La Constitución es el acto por medio del cual una sociedad mercantil adquiere personalidad jurídica, para lo cual debe cumplir con requisitos y solemnidades legales que les sean aplicables.

Las sociedades que carezcan de los requisitos mencionados son conocidas como Sociedades Irregulares.

SEGÚN SU CONSTITUCIÓN

Se clasifican en sociedades de capital, sociedades de personas y sociedades mixtas.

· ARTICULO 86. SOCIEDAD ANONIMA. Sociedad anónima es la que tiene el capital dividido y representado por acciones. La responsabilidad de cada accionista está limitada al pago de las acciones que hubiere suscrito.

· ARTICULO 87. DENOMINACION. La sociedad anónima se identifica con una denominación, la que podrá formarse libremente, con el agregado obligatorio de la leyenda: Sociedad Anónima, que podrá abreviarse S.A.La denominación podrá contener el nombre de un socio fundador o los apellidos de dos o más de ellos, pero en este caso, deberá igualmente incluirse la designación del objeto principal de la sociedad.

· ARTICULO 59. SOCIEDAD COLECTIVA. Sociedad colectiva es la que existe bajo una razón social y en la cual todos los socios responden de modo subsidiario, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales.

· ARTICULO 61. RAZON SOCIAL. La razón social se forma con el nombre y apellido de uno de los socios o con los apellidos de dos o más de ellos, con el agregado obligatorio de la leyenda; y compañía Sociedad Colectiva, leyenda que podrá abreviarse: y Cía. S.C.

· ARTICULO 68. SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE. Sociedad en comandita simple, es la compuesta por uno o varios socios comanditados que responden en forma subsidiara, ilimitada y solidaria de las obligaciones sociales; y por uno o varios socios comanditarios que tienen responsabilidad limitada al monto de su aportación.

Las aportaciones no pueden ser representadas por títulos o acciones.

· ARTICULO 69. RAZON SOCIAL. La razón social se forma con el nombre de uno de los socios comanditados o con los apellidos de dos o más de ellos si fueren varios y con el agregado obligatorio de la leyenda: y Compañía, Sociedad en Comandita, la que podrá abreviarse: y Cía. S. en C.

· ARTICULO 195. SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES. Sociedad en comandita por acciones, es aquélla en la cual uno o varios socios comanditados responden en forma subsidiara, ilimitada y solidaria por las obligaciones sociales y uno o varios socios comanditarios tienen la responsabilidad limitada al monto de las acciones que han suscrito, en la misma forma que los accionistas de una sociedad anónima.

Las aportaciones deben estar representadas por acciones.

· ARTICULO 196. REGIMEN. La sociedad en comandita por acciones se regirá por las reglas relativas a la sociedad anónima, salvo lo dispuesto en los artículos siguientes.

· ARTICULO 197. RAZON SOCIAL. La razón social se forma con el nombre de uno de los socios comanditados o con los apellidos de dos o más de ellos, si fueren varios, y con el agregado obligatorio de la leyenda: y Compañía Sociedad en Comandita por Acciones, la cual podrá abreviarse: y Cía., S.C.A.

· ARTICULO 205 EN SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. En las sociedades de responsabilidad limitada, no podrá otorgarse la escritura de aumento de capital, si no consta de manera fehaciente que la ampliación del capital ha sido íntegra y efectivamente pagada.

ÓRGANOS DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES

Administración

La administración la constituye el Consejo de Administración y estará a cargo de uno o varios administradores, quienes podrán, ser socios comanditados o personas extrañas a ellas.

El socio o socios comanditarios no pueden ejercer acto alguno de administración. (Art. 73). Los comanditarios serán los dirigentes de la empresa, los comanditarios si administrasen serán ilimitadamente responsables frente a los terceros.

Órgano Supremo

Está constituido por la Asamblea o Junta de Socios que representan la reunión de los socios legalmente convocados cuando menos una vez al año, generalmente posterior al cierre del ejercicio social.

Órgano de Vigilancia

Corresponde a los socios comanditados, no administradores y a todos los socios comanditarios quienes podrán nombrar a un interventor que vigile los actos de los administradores, y tendrán el derecho de examinar el estado de la administración, la contabilidad, y papeles de la compañía, haciendo las reclamaciones convenientes.

TIPOS DE SOCIOS:

Socio Comanditado o Socio Gestor: En la sociedad en comandita, el socio comanditado es el que tiene con exclusividad la administración de la sociedad, así como la representación legal de la misma, y debe responder de todas la obligaciones sociales. El socio comanditado puede o no aportar capital a la sociedad.

Socio Comanditario: En la sociedad en comandita, el socio comanditario es el que aporta el capital, él no participa en la administración de la sociedad ni tiene la representación legal de la misma, su responsabilidad es limitada al monto de su aportación.

CONTABILIDAD

ARTÍCULO 368. CONTABILIDAD Y REGISTROS INDISPENSABLES. Los comerciantes están obligados a llevar su contabilidad en forma organizada, de acuerdo con el sistema de partida doble y usando principios de contabilidad generalmente aceptados.

Para ese efecto deberán llevar, los siguientes libros o registros: 1.- Inventarios; 2.- De primera entrada o diario; 3.- Mayor o centralizador; 4.- De Estados Financieros.

Además podrán utilizar los otros que estimen necesarios por exigencias contables o administrativas o en virtud de otras leyes especiales.

También podrán llevar la contabilidad por procedimientos mecanizados, en hojas sueltas, fichas o por cualquier otro sistema, siempre que permita su análisis y fiscalización.

ARTÍCULO 369. IDIOMA ESPAÑOL Y MONEDA NACIONAL. Los libros y registros deben operarse en español y las cuentas en moneda nacional.

ARTÍCULO 370. SANCIONES. La infracción a lo dispuesto en el artículo anterior, lo mismo que a lo determinado en el artículo 368 de este Código, hará incurrir al empresario en una multa no menor de cien quetzales, ni mayor de mil, en cada caso.

ARTÍCULO 371. FORMA DE OPERAR. Toda sociedad mercantil, están obligados a llevar su contabilidad por medio de Contadores.

Los libros exigidos por las leyes tributarias deberán mantenerse en el domicilio fiscal contribuyente o en la oficina de contador del contribuyente que esté debidamente registrado en la Dirección General de Rentas Internas.

ARTÍCULO 372. AUTORIZACIÓN DE LIBROS O REGISTROS. Los libros de inventarios y de primera entrada o diario, el mayor o centralizador y el de estados financieros, deberán ser autorizados por el Registro Mercantil.

ARTÍCULO 374. BALANCE GENERAL Y ESTADO DE PERDIDAS Y GANANCIAS. El comerciante deberá establecer, tanto al iniciar sus operaciones como por lo menos una vez al año, la situación financiera de su empresa, a través del balance general y del estado de pérdidas y ganancias que deberán ser firmados por el comerciante y el contador.

ARTÍCULO 375. PROHIBICIÓN DE LLEVAR MAS DE UNA CONTABILIDAD. Es prohibido llevar más de una contabilidad para la misma empresa. La infracción de esta prohibición es causa de que ninguna de las contabilidades haga prueba, sin perjuicio de las demás responsabilidades a que haya lugar.

ARTÍCULO 376. CONSERVACIÓN DE LIBROS Y REGISTROS. Los comerciantes, sus herederos o sucesores, conservarán los libros o registros del giro en general de su empresa por todo el tiempo que ésta dure y hasta la liquidación de todos sus negocios y dependencias mercantiles.

ARTÍCULO 377. ESTADOS FINANCIEROS. El libro o registro de estados financieros, contendrá:

1º. El balance general de apertura y los ordinarios y extraordinarios que por cualquier circunstancia se practiquen.

2º. Los estados de pérdidas y ganancias o los que hagan sus veces, correspondientes al balance general de que se trate.

3º. Cualquier otro estado que a juicio del comerciante sea necesario para mostrar su situación financiera.

ARTÍCULO 379. EXHIBICIÓN DE LA SITUACIÓN FINANCIERA. El balance general deberá expresar con veracidad y en forma razonable, la situación financiera del comerciante y los resultados de sus operaciones hasta la fecha de que se trate.

ARTÍCULO 380. PUBLICACIÓN DE BALANCES. Toda sociedad mercantil y las sociedades extranjeras autorizadas para operar en la República, deben publicar su balance general en el Diario Oficial al cierre de las operaciones de cada ejercicio contable, llenando para el efecto los requisitos que establezcan otras leyes.

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION DE UNA SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE.

1. Verificación de nombre que se le quisiera poner a la S. en C.S. en las delegaciones del Registro Mercantil o Central. (Como mínimo 5 nombres posibles). Según artículo 26 del Código de Comercio. (Derecho a la razón social).- la inscripción de una sociedad en el Registro Mercantil, le otorga el derecho al uso exclusivo de su razón social o de su denominación, la que deberá ser claramente distinguible de cualquier otra y no podrá ser adoptada por sociedad del mismo o semejante objeto, mientras subsista inscrita la primera.

2. Comprar su formulario para la inscripción de S. en C.S. y llenar a maquina.

3. Al formulario se le adjunta primer testimonio de S. en C.S. original y fotocopia para la precalificación en las delegaciones y calificación en la central (oficina jurídica).

4. Si pasa la precalificación el registro mercantil procede a la emisión de boletas de pago de un banco del sistema el cobro se hace con una base de Q.275.00 de base + el 6 por millar (mínimo de capital).Más Q.15.00 de un edicto.

5. Si no pasase la calificación el Registro Mercantil emite un documento de rechazo en donde se especifica lo que se tiene que corregir.

6. Si la escritura constitutiva cumple con los requisitos se inscribe PROVISIONALMENTE y se emite el edicto correspondiente asignándole No. De registro , Folio y Libro.(articulo. 341 del Código de Comercio, reformado por el decreto 62-95 del Congreso de la República)

7. El edicto se publica en diario oficial 1 vez, esta publicación generalmente puede tener un valor de Q.525.62 si tiene 25 líneas o menos y si se pasase se cobrara Q.18.09 por línea adicional.

8. En el transcurso de la publicación se procede a la inscripción del Auxiliar de Comercio, para esta inscripción se procede a la compra del formulario en las delegaciones del registro mercantil, o central el formulario tiene una valor de Q2.00

9. El pago para esta inscripción es de Q.75.00

10. Dicha inscripción se hace en un aproximado de 48hrs.

11. Al momento de tener la hoja del diario oficial donde se procedió a la publicación de la inscripción provisional se esperan ocho días hábiles por cualquier oposición a la inscripción que pudiera haber.

12. Luego de transcurridos estos 8 días se procede a la solicitud de la inscripción definitiva.

13. Para dicha solicitud de inscripción se adjunta la escritura constitutiva original hoja de publicación del diario oficial, con memorial de solicitud de inscripción definitiva y fotocopia de la inscripción del representante legal en el registro mercantil.

14. La patente de Sociedad se emite en un término de 72 horas junto con la razón de inscripción definitiva. Y se le adhieren 2 timbres de Q.100.00 para la patente de Sociedad. Y un timbre de Q.0.50ctvs. para la razón de inscripción definitiva.

15. Luego se procede a la solicitud de inscripción de empresa de la Sociedad.

16. Para este trámite se compra el formulario de inscripción de empresa el cual se llena a maquina, y se le adjunta certificación de capital en giro, fotocopia de patente de Sociedad, y fotocopia del nombramiento el representante legal.

17. Se procede a la calificación de estos documentos y si llenan los requisitos se procede a emitir la boleta de pago por un valor de Q.100.00

18. Esta patente se emite en 48hrs. Y se le adhieren 2 timbre de Q.25.00.

19. Y por ultimo si la S.A. fuese por acciones se procede a la inscripción de la emisión de acciones.

Observación Importante:

Transcurridos 60 días desde la fecha de Inscripción provisional, sin que se hubiere presentado la publicación del edicto, el Registrador ordenara la CANCELACION DE LA INSCRIPCIÓN PROVISIONAL. Art. 341 Código de Comercio, reformado por el decreto 62-95 del Congreso de la República.

OBJETIVOS

OBJETIVOS GENERALES DE LA INVESTIGACION

· Realizar el estudio de factibilidad para conformar una empresa productora de bebidas, con el fin de ser empresarios y generar empleos, contribuyendo al desarrollo socioeconómico de la región.

· Contribuir para el mejoramiento de nuestra empresa, cumpliendo con los requisitos de la Administración Tributaria.

OBJETIVOS ESPECIFICOS DE LA INVESTIGACION.

· Buscar las mejores ofertas para consolidar una empresa productora de bebidas, tratando de ofrecer un producto óptimo y rentable.

· Obtener las bases necesarias por medio de estudio de mercado para poder generar estrategias de venta; permitiendo a esta empresa buscar competitividad, productividad y buenas utilidades.

· Identificar los pasos a realizar para inscribir la sociedad en comandita simple, en el registro mercantil, dando a conocer los pasos que conlleva.

HIPOTESIS:

En el municipio de Ixcán existen bajo nivel de sociedades mercantiles, por que las personas no tienen conocimiento sobre las funciones, tipo de organización, formación de capital y como consecuencia, no existe una educación especifica impartida por profesionales en el nivel intermedio o entes intermediarios.

VARIABLES

VARIABLE INDEPENDIENTE

Bajo nivel de sociedades mercantiles en nuestro medio.

VARIABLE DEPENDIENTE

No existe una educación específica impartida por profesionales en el nivel intermedio o entes intermediarios.

METODOLOGIA

Interna

Comprende todas las actividades realizadas, entre las que sobresale: el trabajo grupal, investigaciones bibliográficas, investigación a empresas y reflexiones relacionadas.

Externa

Nuestro programa de estudio y de nuestra empresa es brindar un buen servicio a los consumidores para ser una empresa de prestigio.

TECNICAS UTILIZADAS

· Recolección de datos

· Investigación

· Entrevista

ALCANCES:

· Se recabó información con los entrevistados.

· Se conocieron las causas del problema.

· Se describieron sugerencias para disminuir las causas del problema.

· Se conoció la información que poseen las autoridades mercantiles respecto al tema.

· Se logro opiniones de de la SAT, Registro Mercantil, Catedrático del Curso de Contabilidad.

· Se logro despertar interés para crear sociedades mercantiles en nuestro medio.

· Se hizo análisis del tema.

· Confianza en cooperar con la información de parte de los entrevistados.

· Comunicación telefónica entre seminaristas.

· Energía eléctrica para trabajo en equipo.

· Internet en la mayoría de las investigaciones.

LIMITES:

· Carencia de recursos económicos.

· Ausencia de autoridades mercantiles para recabar información.

· Seminaristas residentes de comunidades muy retiradas de la cabecera municipal.

· Poca disponibilidad de tiempo de las autoridades mercantiles y superintendente para dar información.

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

Programado

DESARROLLO DE ACTIVIDADES

Ejecutado

MOMENTOS

RESPONSABLES

MES

JULIO

AGOSTO

SEMANA

1

2

3

4

1

2

3

4

Planificación

Equipo

Organización

Equipo

Investigación

Equipo

Recopilación de datos, entrevistas

Equipo

Redacción del Informe Final

Equipo

Redacción del Informe Final

Equipo

PRESUPUESTO DEL PROYECTO

No.

DESCRIPCION

VALOR

1

Alquiler de Computadora

Q. 300.00

2

Transporte para recolección de datos

Q. 300.00

3

Formularios

Q. 25.00

4

Impresión y Fotocopias

Q. 200.00

5

Cañonera

Q. 75.00

6

Alimentación

Q. 100.00

TOTAL

Q. 1000.00

FINANCIAMIENTO DEL PROYECTO:

El presente trabajo de investigación fue financiado por fondos propios de cada uno de los estudiantes de la carrera de técnico en gerencia administrativa.

BIBLIOGRAFIA:

http://www.inforpressca.com/playagrandeixcan/historia.php

http://biblioteca.usac.edu.gt/EPS/03/03_0715_v4.pdf

www.infomipyme.com.gt

http://portal.sat.gob.gt/sitio/

Codigo de comercio

Derecho Mercantil

� En 1993, las CPR salen de la montaña y se instalan en comunidades accesibles y cercanas. En 1996 se trasladan hacia sus tierras definitivas bajo jurisdicción de Chisec, Alta Verapaz, estableciéndose en lo que hoy se conoce como Primavera del Ixcán.

SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE CONTABILIDAD II010