fuentes del derecho tributario y el tributo presentación1
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UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICE RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS POLITICAS Y JURIDICAS ESCUELA DE DERECHO
Alumna:Rosangela Katherine Vivas Noguera C.I: 25.713.146Saia : E
DERECHO TRIBUTARIO
DEFICIÒN DEL DERECHO TRIBUTARIO
Es una rama del Derecho Público que estudia las normas jurídicas, a través de las cuales, el Estado ejerce su poder tributario con el propósito de obtener, de los particulares, ingresos que sirvan para sufragar el Gasto Público, en aras de la consecución del bien común.
El Derecho Tributario no es pura recaudación, es las Instituciones que regulan la recaudación, como operan, si operan en armonía con las garantías del individuo.
Fuentes Del Derecho
Tributario
1. Las disposiciones constitucionales
5. Las leyes y los actos con fuerza
de ley .
4 .Las reglamentaciones y demás disposiciones de carácter general establecidas por los
órganos administrativos
facultados para tal efecto.
3. Los contratos relativos a la
estabilidad jurídica de regímenes de tributos nacionales, estadales y
municipales.
2. Los tratados, acuerdos o convenios
internacionales celebrados por la
Republica
EL TRIBUTO
Según Sáinz de Bufanda, se entiende por tributo toda prestación patrimonial obligatoria -habi tualmente pecuniaria- establecida por la ley, a cargo de las perso nas físicas y jurídicas que se encuentren en los supuestos de hecho que la propia ley determine, y que vaya dirigida a dar satisfacción a los fines que al Estado y a los restantes entes públicos estén en comendados.
Su fin primordial es el de obtener los ingresos necesarios para el sostenimiento del gasto público, sin perjuicio de su posible vinculación a otros fines. De las definiciones anteriores, se puede concretizar que los tributos no son otra cosa que las prestaciones en dinero, que el Estado, en ejercicio de su poder de imperio, exige con el objeto de obtener recursos para el cumplimiento de sus fines.
CLASES DE TRIBUTOS O
CATEGORÍAS TRIBUTARIAS
TASAS
• Son aquellos tributos cuyo hecho imponible consiste en la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público.
CONTRIBUCIONES ESPECIALES
• Son aquellos tributos cuyo hecho imponible consiste en la obtención por el sujeto pasivo de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes.
IMPUESTOS
• Son los recursos exigidos sin contraprestación, cuyo hecho imponible está constituido por negocios, actos o hechos de naturaleza jurídica o económica.