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Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 1
Código UNSPSC 50151500
Nombre del Producto Aceites y grasas comestibles
Nombre Comercial del Producto
ACEITE DE CANOLA
Calidad
NTC 264 Esta norma establece los requisitos que deben cumplir los aceites de girasol (proveniente de las
diferentes variedades de semilla) refinado, blanqueado y desodorizado (RBD). Los residuos de plaguicidas no de beben exceder los límites máximos establecidos en la Resolución 2906 de 2007, Ministerio de la Protección Social o la norma que adicione modifique o sustituya.
Generalidades
El aceite refinado de canola es el producto obtenido del aceite crudo de canola rocedente de las semillas de colza (Brassica napus B. campestris), cuando este es sometido a un proceso completo de refinación que puede ser llevado a cabo por vía de refinación química o refinación física. La refinación química consiste de neutralización, lavado, blanqueo, hibernación (si se requiere), deodorización, filtración y envase.
Requisitos generales
El aceite refinado de canola no debe contener sustancias extrañas, o sustancias destinadas a dar aroma, color o modificar sus características fisicoquímicas. El producto no debe presentar mezcla con otros aceites y grasas. Olor característico del producto, exento de olores extraños o rancios. Color y sabor característico del producto, exento de sabores extraños o rancios. Apariencia líquido transparente y libre de cuerpos extraños. No se permite cualquier práctica que pueda alterar la estructura gliceridica del aceite. No se debe el tratamiento con aire, oxígeno, ozono u otras sustancias químicas oxidantes
Requisitos Específicos
Ácidos grasos libres (como ácido oléico) %: 0,05 máximo. Ácido erúcico : 2,0 % máximo. Humedad y materia volátil, en % 0,05 máximo. Índice de peróxido, en meq./Kg: 2,0 máximo. Impurezas insolubles, en % 0,02 máximo. El aceite refinado de canola debe cumplir con los requisitos fisicoquímicos establecidos en la NTC 264.
Empaque y rotulado
El producto debe ser envasado en recipientes suficientemente inerte al producto y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y comercialización.
El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social
Presentación Galon por 20 litros
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 2
Código UNSPSC 50151500
Nombre del Producto Aceites y grasas comestibles
Nombre Comercial del Producto
ACEITE DE OLIVA
Calidad NTC 258 aceite de Color Verde esmeralda aunque puede ir de claro a medio. Textura delicada al paladar Olor característico a fruta Elevado punto de humo (sobre 250 ° C)
Generalidades
Aceite de oliva refinado es el aceite obtenido de oliva virgen cuyas características organolépticas lo hacen inadecuado para el consumo en su estado natural se obtiene por métodos de refinado que no alteran la estructura glicérica inicial. El proceso completo de refinación que puede ser llevado a cabo por vía de refinación química o refinación física. La refinación química consiste de refinado, lavado, blanqueo, desodorización, filtración y envase.
Requisitos generales
El aceite refinado de oliva no debe contener sustancias extrañas, o sustancias destinadas a dar aroma, color o modificar sus características fisicoquímicas. El producto no debe presentar mezcla con otros aceites y grasas. El aceite de oliva debe tener aspecto limpio a 25°C, debe tener color, olor y sabor característico. El aceite de oliva debe estar libre de rancidez de materiales extraños de sustancias empleadas en su extracción y refinación
Requisitos Específicos
la composicion del aceite no debe superar el limite de metales pesados en este producto CARBARILO 25.0
FENTION 1.0, KRESOXIM-METILO 0.7, METIDATION 2.0 establecidos en la Resolución 2906 de 2007 del Ministerio de la Protección Social. al momento de la entrega el producto debe tener por lo menos el 75% de su vida útil.
Empaque y rotulado Debe envasarse en un recipiente inerte que no altere la calidad del producto, y que asegure su conservación y calidad en el transporte y almacenamiento.
Presentación Frasco por 1000 cm3
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 3
Código UNSPSC 50151500
Nombre del Producto Aceites y grasas comestibles
Nombre Comercial del Producto
ACEITE VEGETAL DE LA SEMILLA DE GIRASOL
Calidad
NTC 264 Esta norma establece los requisitos que deben cumplir los aceites de girasol (proveniente de las
diferentes variedades de semilla) refinado, blanqueado y desodorizado (RBD). Los residuos de plaguicidas no de beben exceder los límites máximos establecidos en la Resolución 2906 de 2007 del Ministerio de la Protección Social.
Generalidades
Corresponde a aceite comestible, es decir aquel aceite apto para consumo humano, sin ningún sabor u olor, el cual debe ser refinado, descerado, blanqueado y desodorizado. No exceder los Límites Máximos de Residuos de Plaguicidas –LMR– en alimentos para consumo humano Aceites puros: Aceite de girasol: aceite extraído de las semillas de girasol Debe corresponder a aceite puro de girasol. El contenido de ácidos grasos libres debe ser máximo del 0.2%.
Requisitos generales El aceite se debe observar con consistencia liquida, color amarillo claro y fresco. Aspecto limpio a 25°C, tener sabor y olor característico no objetable Libre de rancidez, de materiales extraños, de sustancias empleadas en su extracción y refinación.
Requisitos Específicos El producto debe cumplir con los siguientes requisitos: Ácidos grasos libres (como ácido oleico) %: 0,1 máximo. Impurezas insolubles, en % 0,05 máximo. PERMETRIN 1.0, PROCIMIDONA 0.5, PROCLORAZ 1.0
Empaque y rotulado
El aceite vegetal comestible debe ser en envase plástico (PET) con tapa rosca plástica, el cierre de la tapa debe ir reforzado para garantizar que el producto se conserve dentro de su empaque primario durante el transporte y almacenamiento. Los rótulos deberán ser de papel o de cualquier otro material que pueda ser adherido a los envases o de impresión permanente sobre los mismos. Cumplir con la Resolución No. 5109 de 2005, por medio de la cual se establecen los parámetros para el rotulado o etiquetado de productos terminados y materias primas
Presentación Galón Por 20 Litros.
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 4
Código UNSPSC 50192400
Nombre del Producto Mermeladas y gelatinas y pastas de untar de nuez y dulce y conservas de fruta
Nombre Comercial del Producto
GELATINA SIN SABOR
Calidad NTC 1629 Decreto 3075 Actualización del 2013 del Ministerio de Salud. ESTABLECE DEFINICIONES, REQUISITOS FISICOS, QUIMICOS, MICROBIOLOGICOS, ENSAYOS, EMPAQUE Y ROTULADO DE LA GELATINA
Generalidades
La Gelatina es una mezcla coloide (sustancia semisólida), incolora, translúcida, quebradiza y casi insípida que se obtiene a partir del colágeno procedente del tejido conectivo de del ganado. El empleo más común de gelatina es en la elaboración de gelatina de postres o jalea. Las preparaciones sólidas de estos postres son saborizadas con aromas artificiales, edulcorantes naturales o artificiales, colorantes y saborizantes que al ser diluida con agua caliente y posteriormente sometida a refrigeración se puede consumir como postre listo para el consumo. La gelatina puede ser comercializada en forma de polvo granulado para preparar, cuyas indicaciones debe estar en el rótulo de producto.
Requisitos generales
El producto puede contener aditivos (colorantes y saborizantes) de uso permitido de acuerdo a las Buenas Prácticas de Fabricación. Las gelatinas listas para el consumo presentan textura fácilmente quebradizas, la forma puede variar. Se caracteriza porque su consistencia es blanda y toma la forma de su empaque o molde una vez preparada. Color propio del colorante empleado. Sabor propio del saborizante empleado (limón, fresa, frambuesa, naranja, durazno etc.). Olor propio del saborizante empleado. Las gelatina para preparar debe estar exenta de humedad el color, sabor y olor son característicos del los aditivos empleados. Debe estar exento de sustancias toxicas o residuos de drogas o medicamentos.
Requisitos Específicos En su elaboración se debe cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 3075 de 1997 del Ministerio de Salud. Su composicion debe ser proteína (84-90%), sales minerales (1-2%) y agua 8%
Empaque y rotulado
El producto se empacará en recipientes suficientemente inertes al producto que aseguren su conservación. El empaque empleado para su comercialización durante el almacenamiento debe garantizar la conservación de sus características sensoriales, físicas químicas y microbiológicas de un producto apto para el consumo. El rotulado debe cumplir con los requisitos de la Resolución 5109 de 2005 del ministerio de la Protección Social.
Presentación El producto podrá ser distribuido en presentación en bolsa de 1. KILOGRAMO
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 5
Código UNSPSC 50192400
Nombre del Producto Mermeladas y gelatinas y pastas de untar de nuez y dulce y conservas de fruta
Nombre Comercial del Producto
MIEL
Calidad MIEL 100% PURA DE ABEJAS, EXTRAIDA DEL PANAL DE ABEJAS.
Generalidades producto elaborado a base de polen y néctar aportado por las distintas especies arbóreas de la zona.Miel en estado liquido libre de impureza
Requisitos generales Liquido denso, viscoso y traslucido o cristalizado, que no presenta sabor, olor desagradableabsorbido de materias extrañas durante su elaboración, envasado o almacenamiento
Requisitos Específicos
Extracción directa del panal por el productor. Con caracteristicas de Humedad 13-18%
Azucares reductores >6.5
PH 3-4
HMF <40Minerales >0.6%
Solido insolubles >0.1%
Grasa total 0%
Carbohidratos total 17g 6%
Sodio 0mg 0%
Azucares 16g
Proteína 0g
Empaque y rotulado El recipiente de almacenamiento y distribución del producto debe ser totalmente inocuo, que no altere las características organolépticas del producto, debe garantizar sus características sensoriales.
Presentación Botellas de vidrio en presentación de 1 LITRO
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 6
Código UNSPSC 50192400
Nombre del Producto Mermeladas y gelatinas y pastas de untar de nuez y dulce y conservas de fruta
Nombre Comercial del Producto
SALSA DE MORA
Calidad Norma Técnica Colombiana NTC 792 – Mora para consumo directo. Resolucion 1511 de 2011 del Ministerio de Proteccion Social
Generalidades Es un tipo de condimento que suele añadirse a ciertas preparaciones culinarias con el objeto de aumentar el sabor y aroma a mora.
Requisitos generales Se utiliza para decorar bebidas, helados, postres, tortas, galletas y pan.
Requisitos Específicos Se compone de Mora, agua, mantequilla, azucar, conservantes, homogenizantes, La composicion del producto debe ser 100% pulpa de mora. 50% azucar, los conservantes deben ser aptos para consumo humano no debe superar el 10% de la composicion. La textura debe ser densa en un 60%
Empaque y rotulado
Se deben envasar en recipientes elaborados con materiales inocuos y resistentes, de tal manera que no reaccionen con el producto o alteren las características físicas, químicas y sensoriales hasta el consumo final. Debe ofrecerse en envases de primer uso y de material adecuado que permita un cierre seguro y protección apropiada durante el almacenamiento. En el rótulo del producto se debe establecer las instrucciones de conservación y de uso de alimento. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 del 2005 expedida por el Ministerio de la Protección Social o, las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan.
Presentación Botella plástica x 1 LITRO. Unid
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 7
Código UNSPSC 50192400
Nombre del Producto Mermeladas y gelatinas y pastas de untar de nuez y dulce y conservas de fruta
Nombre Comercial del Producto
SALSA DE CARAMELO
Calidad Norma Técnica Colombiana NTC 792 – caramelo para consumo directo. Resolucion 1511 de 2011 del Ministerio de Proteccion Social
Generalidades Es un tipo de condimento que suele añadirse a ciertas preparaciones culinarias con el objeto de aumentar el sabor y aroma a caramelo.
Requisitos generales Se utiliza para decorar bebidas, helados, postres, tortas, galletas y pan.
Requisitos Específicos
Se compone de cacao, agua, mantequilla, azucar, conservantes, homogenizantes, ph. la composicion del producto debe ser 100% Caramelo a base de azucar. 50% de crema, y un 45% de cacao. los conservantes deben ser aptos para consumo humano no debe superar el 10% de la composicion. la textura debe ser densa en un 60%
Empaque y rotulado
Se deben envasar en recipientes elaborados con materiales inocuos y resistentes, de tal manera que no reaccionen con el producto o alteren las características físicas, químicas y sensoriales hasta el consumo final. Debe ofrecerse en envases de primer uso y de material adecuado que permita un cierre seguro y protección apropiada durante el almacenamiento. En el rótulo del producto se debe establecer las instrucciones de conservación y de uso de alimento. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 del 2005 expedida por el Ministerio de la Protección Social o, las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan.
Presentación El producto se comercializara en botella plástica de 1 LITRO cada una, con dispensador abre fácil.
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 8
Código UNSPSC 50192900
Nombre del Producto Pasta o tallarines natural
Nombre Comercial del Producto
FIDEOS DE ARROZ
Calidad
CUMPLIR CON NTC 1055 Pastas alimenticias compuestas.
Productos definidos en el numeral 3.1 a los que se les haincorporado en el proceso de elaboración alguna o varias de las siguientes sustanciascomestibles: gluten, soya, huevos, leche,vegetales, jugos, extractos, otras farináceas ocualquier otra sustancia aprobada por la autoridad sanitaria competente.Deberá cumplir con las requisitos establecidos en la NTC 1055 No se considera enriquecidos si al alimento se le adiciona solamente vitaminas A y D o C. Debe cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 3075 del Ministerio de Salud.
Generalidades
Producto higienizado, obtenido mediante un proceso tecnológico apropiado, preparado de la extrusión formado y secado apropiado de las diferentes figuras elaboradas a partir de una masa homogénea sin fermentar preparada con agua, y los derivados del trigo como sémola o semolato de trigo duro, se puede incorporar otros ingredientes tales como gluten, soya, huevos, leche, vegetales, jugos u otras farináceas u otro ingrediente permitido puede estar fortificado con la adición de proteínas, vitaminas y minerales.
Requisitos generales
Las pastas alimenticias deben presentar color, olor y sabor característico. Debe ser almacenado a temperatura ambiente, en su envase original. Debe estar libre de la presencia de plagas, protegido de la humedad. El alimento debe estar exento de contaminantes especialmente de sustancias farmacológicamente activas
Requisitos Específicos
Se rechaza producto quebrado, remojado o abierto el empaque. El color debe ser propio del producto, no debe ser pálido, ni con manchas de color diferente a la original. Humedad % (m/m): 13% máximo Cenizas % (m/m): 1,2% máximo. Acidez (acido láctico)% (m/m): 0,455 máximo. Proteína % (m/m): 10,5 % mínimo Contenido de aflatoxinas: 10mg/kg máximo.
Empaque y rotulado
El producto debe estar empacado en materiales atóxicos que aseguren la buena conservación e higiene del producto. - Paquete por 500 gramos. - Cumplir con la Resolución No. 5109 de 2005, por medio de la cual se establecen los parámetros para el rotulado o etiquetado de productos terminados y materias primas
Presentación Paquete 1 KILOGRAMO, totalmente sellado y sin muestras de algún tipo de alteración
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 9
Código UNSPSC 50202200
Nombre del Producto Bebidas alcohólicas
Nombre Comercial del Producto
AGUARDIENTE DE CAÑA
Calidad
NTC - 410 Contenido de alcohol a 20° C Mínimo 38 Metanol en mg/dm Máximo 3000, Esta norma establece los requisitos y los ensayos que debe cumplir la bebida alcohólica denominada aguardiente de caña, caña, cachaza o branquiña.
Generalidades
Aguardiente de Caña: Bebida alcohólica incolora obtenida por destilación especial, de acuerdo con las normas del país de origen, de mostos de zumos de caña de azúcar o de uss derivados sometidos a fermentación alcohólica. Aguardiente de caña compuesto: Aguardiente cuyo sabor y aroma se han modificado por la adición de aromatizantes naturales, de manera que no se desvirtúen sus características de origen.
Requisitos generales El aguardiente de caña debe ser un líquido transparente. El aguardiente de caña debe estar libres de sustancias extrañas y precipitados En los documentos soporte de las operaciones de bolsa se debe indicar el departamento o región de origen y la empresa que lo produce.
Requisitos Específicos El Aguardiente de caña debe cumplir con los parámetros establecidos en la NTC 410 en cuanto a contenido de alcohol, azúcares totales, metanol, furfural, cobre y hierro.
Empaque y rotulado
El aguardiente de caña se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Tapados y sellados de manera que aseguren su calidad durante el transporte y almacenamiento. Cuando los envases son de vidrio deben cumplir con la norma correspondiente. El rotulado debe cumplir con la legislación vigente para empaque y rotulado de bebidas alcohólicas, Debe contener la palabra “Aguardiente de caña”, cuando sea aguardiente compuesto de debe agregar la palabra “compuesto o compuesta” y la marca de fábrica. Se debe indicar el contenido de alcohol en el rótulo.
Presentación La presentación de distribución del aguardiente de caña es de botella en vidrio por 1000 ml minimo 26 % Grd Alcohol
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 10
Código UNSPSC 50201700
Nombre del Producto Café y té
Nombre Comercial del Producto
CAFÉ TOSTADO EN GRANO VARIEDAD ESPECIAL - CACHIPAY - CUNDINAMARCA
Calidad
Resolución No. 05 de 2002 del Comité Nacional de Cafeteros. Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 02 de 2002 del
Comité Nacional de Cafeteros, Que de conformidad con el Artículo 23 de la Ley 9a de 1991,
corresponde al Comitè Nacional de Cafeteros dictar las medidas
conducentes a garantizar la calidad del café de Exportación, las
cuales deberán ser observadas, tanto por la Federación
Nacional de Cafeteros de Colombia como por los exportadores
privados.
Generalidades
Todo café verde en almendra compuesto de grano grande, principalmente plano, parejo, retenido por encima de malla catorce (14/64 de pulgada), con tolerancia del uno punto cinco (1.5) por ciento (%) inferior a esa malla, pero retenido por la malla doce (12/64 de pulgada), de esmerado beneficio y debidamente seleccionado. En todo caso este café debe tener por lo menos un cincuenta (50) por ciento (%) de granos retenidos sobre la malla quince (15/64 de pulgada), de acuerdo con lo previsto en las normas de la Asociación de Café Verde de Nueva York (GCA por sus siglas en inglés).
Requisitos generales
Producto obtenido mediante la torrefacción y la molienda del café verde .El grado de molienda del café tostado. Debe tener color característico Debe tener sabor y aroma característico, debiendo estar libre de sabores defectuosos como fermento, producto químico, moho, etc. Debe estar libre de insectos vivos El nivel máximo de plaguicidas debe estar de acuerdo con el con lo indicado en el Codex Alimentarius.
Requisitos Específicos
Olor y Color: FRESCO- CARACTERÍSTICO, Almendra despues de Trilla: 1920, Merma en Trilla: 17.5% Humedad: 12.0%, Factor de Rendimiento (M14): 96.35% % Almendra Sana: 98.5%
Empaque y rotulado
Se debe empacar en sacos de fibra natural o sintética secos, limpios, sin olores, libre de compuestos tóxicos, los cuales deben estar cosidos y permitir su inspección y muestro con sondas, sin que la perforación ocasione perdidas de producto. El saco debe estar marcado indicando como mínimo, el nombre del producto, país de origen, código ICO (indicando país, exportador y número de lote) y marca registrada. La planilla que acompaña cada lote debe contener como mínimo la siguiente información: Nombre del producto y del vendedor, número de lote, número de sacos del lote y el contenido por saco, indicado en unidades del sistema métrico decimal
Presentación BOLSA X 1 LIBRA.Unidad
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 11
Código UNSPSC 50423800
Nombre del Producto Ajos Secos
Nombre Comercial del Producto
Ajo deshidratado
Calidad
Resolución 4241 de 1991 del Ministerio de Salud Por la cual se definen las características de las especias o condimentos vegetales y se
dictan normas sanitarias y de calidad de estos productos y de sus mezclas.
El Ministro de Salud, . El ajo o los productos elaborados a partir del mismo deben cumplir con los requisitos microbiológicos establecidos en la Resolución 4241 de 1991. Los residuos de plaguicidas no de beben exceder los límites máximos establecidos en la Resolución 2906 de 2007, el Ministerio de la Protección Social
Generalidades
Ajo (Allium sativum L.) es una hortaliza cuyo bulbo, o denominada comúnmente como cabeza de ajos, conformada por un bulbillo (diente), se encuentra envuelto por una túnica blanca, a veces algo rojiza, membranosa, transparente y muy delgada, semejante a las que cubren todo el bulbo. Su sabor es fuerte, especialmente en crudo y ligeramente picante y rústico con hábitos similares a la cebolla, se agrupaba dentro de la familia de las liliáceas pero actualmente se lo ubica dentro de la subfamilia de las alióideas de las amarilidáceas.
Requisitos generales
Características organolépticas del ajo: Color: característico del producto. Olor: fuerte propio del producto. Sabor: picante El producto debe estar entero, sano (sin rajaduras, ni enfermedades), limpio (sin materiales extraños), con un color típico de la variedad, de aspecto fresco. . El ajo debe estar libre de la presencia de plagas exentas de humedad exterior anormal, libre de olores y sabores extraños.
Requisitos Específicos Deben cumplir con los siguientes requisitos: Humedad, máximo 6.75%; Cenizas, máximo 8.5%; extracto etéreo 0.5 a 1.3%
Empaque y rotulado
El producto podrá ser empacado en canastas o cualquier otro envase que evite su deterioro y contaminación y permita su conservación, manipulación y visualización total del producto, el cual deberá mantenerse en buenas condiciones de higiene. El rotulado debe cumplir con lo establecido en la Resolución 5109 de 2005
Presentación El producto puede ser distribuido en empaque de 1 KILOGRAMO, deshidratados en escamas, o pulverizados.
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 12
Código UNSPSC 10151600
Nombre del Producto Semillas, bulbos, plántulas y esquejes
Nombre Comercial del Producto
AJONJOLI
Calidad
Resolución 4241 de 1991 del Ministerio de Salud Por la cual se definen las características de las especias o condimentos vegetales y se
dictan normas sanitarias y de calidad de estos productos y de sus mezclas.
El Ministro de Salud,
Generalidades Ajonjoli o sésamo: semillas sanas y limpias del “Sesamun orientale'' y del “Sesamun indicum''. Grano proveniente de de cualquier variedad de Sesamun indicum'' comprende aquellos granos cuyo tegumento presenta cloraciones blancas, castañas hasta negras
Requisitos generales
El producto debe estar libre de impurezas o materiales extraños. El color: puede ser amarillo o característico de la variedad. Sabor: a nuez Olor: característico de la variedad. Forma: ovalada. No debe presentar olores extraños, ni humedad externa anormal, no se permite la presencia de plagas, residuos químicos y signos de pudrición.
Requisitos Específicos El ajonjolí debe cumplir con los siguientes requisitos: Humedad (%) m/m: 7%; máximo Cenizas (%) m/m: 7%; máximo Cenizas insolubles (%) m/m: 1% máximo El proveedor debe cumplir con las Buenas Prácticas de Manufactura
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material atóxico, inalterable al contacto con el producto que no altere las características del producto y aseguren su conservación lo preserven durante su vida útil. El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social
Presentación El producto podrá ser distribuido o comercializado empacado en presentaciones de 1 LIBRA en bolsa plástica totalmente sellada, y sin ninguna partícula extraña ajena al alimento.
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 13
Código UNSPSC 10101800
Nombre del Producto Animales vivos
Nombre Comercial del Producto
ALMEJAS
Calidad
Resolución 670 de 2007del Ministerio de la Protección Social. Decreto 561 de 1984 del Ministerio de Salud. Resolución 776 de 2008 del ministerio de la Protección Social. Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social. La almeja debe cumplir con los requisitos microbiológicos y fisicoquímicos establecidos en la Resolución 670 de 2007 de Ministerio de la Protección Social.
Generalidades Almeja es un molusco bivalvo se entierra en la arena o el lodo por medio de un pie musculoso en forma de hacha. Su concha está formada por dos valvas iguales, unidas por un ligamento que posibilita su apertura y cierre.
Requisitos generales
El almeja muerto, fresco, deben presentar las siguientes características: Cuerpo: Ligeramente húmedo, brillante y consistente, Color: característico de la variedad. Olor: propio de cada especie. Todos los moluscos deben ser muertos por cocción en agua potable o agua de mar limpia, cuya graduación en cloruro de sodio no podrá ser superior al 3%. Los moluscos deberán ser refrigerados o congelados inmediatamente después de su cocción.
Requisitos Específicos
Debe cumplir con Resolución 670 de 2007 del Ministerio de la Protección Social. En el cual se especifican las siguientes caracteristicas Bases Volatiles Totales (mg/100g) (1)
Pescados frescos y congelados, crustáceos y moluscos Maximo 35 mg/100g
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material inocuos, resistentes y atóxico, inalterable al contacto con el producto que no altere las características propias del producto aseguren su conservación durante su vida útil. El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005,Los moluscos como la almeja deben almacenarse en refrigeración de 0 a 4 °C o congelado a –18° C.
Presentación La presentación de las almejas deben ser empacadas al vacio, ultracongeladas, sin perder la cadena de frio en empaques de 1 KILOGRAMO
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 14
Código UNSPSC 50101700
Nombre del Producto Frutos secos
Nombre Comercial del Producto
ALMENDRA CON CASCARA
Calidad NTC 1291 Esta norma establece la terminología, los requisitos y los sistemas de clasificación de las frutasy hortalizas destinadas a ser consumidas en estado fresco.
Generalidades La almendra cordobesa es un fruto seco que proviene del almendro pertenece a la familia de las Rosáceas, cuyo nombre botánico es Prunus dulcis La almendra tiene forma ovalada su drupa con exocarpo y mesocarpio correosos y endocarpio duro, y la semilla es el producto de consumo;
Requisitos generales Debe estar exento de impurezas sustancias extrañas, o sustancias destinadas modificar sus características fisicoquímicas. El alimento debe estar libre de la presencia de plagas y protegido de la humedad.
Requisitos Específicos
Cada almendra común está compuesta por un:
Carbohidratos: 2,3% mínimo
Celulosa:15,2% máximo
Proteína: 18,7 mínimo
Grasas: 58,1% de (grasa saturada 0,4; grasa monosaturada
0,32; grasa polyinsaturada 0,42) máximo
Humedad: 5% máximo
Empaque y rotulado
El empaque debe garantizar el mantenimiento de las características microbiológicas, fisicoquímicas, nutricionales y organolépticas del producto. El producto debe ser envasado en material suficientemente inerte al producto y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Bolsa x 1 kilo
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 15
Código UNSPSC 50101700
Nombre del Producto Frutos secos
Nombre Comercial del Producto
ALMENDRAS EN LAMINAS
Calidad NTC 1291 Esta norma establece la terminología, los requisitos y los sistemas de clasificación de las frutasy hortalizas destinadas a ser consumidas en estado fresco.
Generalidades
La almendra cordobesa es un fruto seco que proviene del almendro pertenece a la familia de las Rosáceas, cuyo nombre botánico es Prunus dulcis La almendra tiene forma ovalada su drupa con exocarpo y mesocarpio correosos y endocarpio duro, y la semilla es el producto de consumo; posee dos tegumentos envolventes difícilmente separables, la testa y el tegmen, que inicialmente son verdosos, pasan a color amarillo y de él a castaño claro y marrón, que va oscureciéndose con el tiempo; siendo un buen índice de envejecimiento de la semilla.
Requisitos generales
Color: que sea uniforme característico de producto, Olor y sabor: característico, Apariencia: firme seco y duro La almendra debe estar libre de residuos de sustancias toxicas o infectado. Debe estar exento de impurezas sustancias extrañas, o sustancias destinadas modificar sus características fisicoquímicas
Requisitos Específicos
la almendra debe estar fileteadas en láminas delgadas de 1 mm de grosor, color claro caracteristico, no debe presentar ningun tipo de alteracion en su composicion natural, debe estar libre de particulas que sean ajenas al producto y debe estar libre de microorganismos u hongos que afecten el producto. su composicion debe ser de Carbohidratos: 2,3% mínimo
Celulosa:15,2% máximo
Proteína: 18,7 mínimo
Grasas: 58,1% de (grasa saturada 0,4; grasa monosaturada
0,32; grasa polyinsaturada 0,42) máximo
Humedad: 5% máximo
Empaque y rotulado
Debe ser envasado o empacado en material inerte que le confiera al producto una adecuada protección durante el almacenamiento, transporte y comercialización. El producto debe ser envasado en material suficientemente inerte al producto y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación La presentación del producto debe ser en empaque plástico sellado, en presentación de 1 KILO, libre de cualquier particula extraña y alteración.
Regional Cundinamarca
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 16
Código UNSPSC 50202300
Nombre del Producto Bebidas no alcohólicas
Nombre Comercial del Producto
AGUA
Calidad NTC -3525 se define al agua envasada como agua que se comercializa envasada y sellada, apta para el consumo humano y que cumple con los requisitos basicos de consumo.
Generalidades Las aguas tratadas son aquellas sometidas a los siguientes tratamientos fisicoquímicos: aireación, coagulación, floculación, desinfección mediante cloración, ozonización, rayos ultravioleta, osmosis inversa, iones de plata o pasterización, gasificación o desgasificación
Requisitos generales El agua envasada debe presentar aspecto limpio, libre de cuerpos extraños, insectos, sedimentos o materiales en suspensión. No debe presentar color, sabor, ni olores extraños a las características originales o diseño del producto.
Requisitos Específicos
Debe cumplir con los siguientes requisitos físicoquímicos: Color: Máximo 5 unidades Pt-Co Turbiedad: Máximo 1 unidad nefelométrica de turbiedad UNT Sólidos disueltos: máximo 500 mg/l pera aguas tratadas PH a 20 ºC: Para Agua tratada de 5.0 a 9.0 Podrán establecerse requisitos microbiológicos adicionales cuando haya una necesidad de la autoridad sanitaria o por su aplicación práctica. Debe cumplir con los límites máximos de sustancias químicas y elementos establecidos en la norma técnica NTC 3525 Se debe cumplir con buenas prácticas de manufactura durante las fases de captación, elaboración y comercialización del agua de bebida envasada, de acuerdo a la legislación vigente.
Las concentraciones máximas admisibles de sustancias tóxicas deben estar de acuerdo con lo indicado en la reglamentación nacional vigente.
Empaque y rotulado
El agua envasada se debe empacar en recipientes adecuados que no alteren el sabor o color del producto, que se conserve clara y fresca durante el transporte y almacenamiento. Los envases utilizados deben ser de un material atóxico e inalterable, de manera que se evite la contaminación del agua. Todo envase deberá estar provisto de un dispositivo de cierre, diseñado para evitar falsificaciones, de forma tal que sea evidenciable la apertura del envase. El rótulo de los envases de cumplir con la resolución 5109 del Ministerio de Protección Social, y cualquier otra información que la autoridad sanitaria estime conveniente
Presentación Botella por unidad de 600 ml sellado, libre de cualquier particula extraña y alteración.
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 17
Código UNSPSC 50202200
Nombre del Producto Bebidas alcohólicas
Nombre Comercial del Producto
AMARETTO
Calidad
Cumplir con los requisitos establecidos en: Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen
Generalidades El Amaretto es un licor de origen italiano que se prepara con almendras, con un suave toque amargo. Para su elaboración se utilizan solamente ingredientes naturales de la más alta calidad como la esencia de 17 hierbas y frutas que acompañan a su ingrediente principal.
Requisitos generales Sus componentes básicos como son las almendras naturales, vainilla de Madagascar y azúcar puro caramelizado junto con aromas. Sabor característico, color caramelo
Requisitos Específicos Graduación alcoholimétrica: Máximo 30°, debe contener en un 99% su base de elaboracion de la almendra, vainilla de madagascar.
Empaque y rotulado
El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.
Presentación Botella en Vidrio x 1000ml. Unid
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 18
Código UNSPSC 50202200
Nombre del Producto Bebidas alcohólicas
Nombre Comercial del Producto
ANÍS
Calidad
Resolución 4241 de 1991 del Ministerio de Salud Por la cual se definen las características de las especias o condimentos vegetales y se
dictan normas sanitarias y de calidad de estos productos y de sus mezclas.
El Ministro de Salud,
Generalidades
Anís frutos sanos, limpios y desecados del “Pimpinella anisum'', L., popularmente el anís, anís verde o matalahúga, es una hierba de la familia de las apiáceas originaria del Asia. Planta herbácea anual cuyo fruto es un esquizocarpio oblongo de 3 a 5 mm de largo con un fuerte sabor es como el regaliz dulce con una chispita de picante muy aromático.
Requisitos generales
Características Sensoriales del anís: Color: marrón. Textura: dura y áspera. Sabor y olor son propios del producto. El producto debe estar sano, sin enfermedades, limpio sin materiales extraños. El anís debe estar libre de la presencia de plagas, exentas de humedad exterior anormal, libre de olores y sabores extraños.
Requisitos Específicos El anís debe cumplir con los siguientes requisitos: Humedad: 15% máximo Cenizas: 10% máximo. Fibra bruta: 25% máximo Aceite esencial: 1,5 %mínimo a 4% máximo.
Empaque y rotulado El producto se debe empacar en recipientes elaborados con materiales que aseguren su conservación e higiene durante el almacenamiento, transporte y expendio. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Botella en Vidrio x 1000ml. Unid
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 19
Código UNSPSC 50131700
Nombre del Producto Productos de leche y mantequilla
Nombre Comercial del Producto
AREQUIPE DE LECHE PARA MILHOJA
Calidad NTC 3757 Decreto 3075 de 1997 del Ministerio de Salud Resolución 2310 de 1986 del Ministerio de Salud por la cual se establece y se dan las normas sanitarias para los productos derivados de la leche como el arequipe
Generalidades Producto lácteo higienizado, condensado azucarado, obtenido por la condensación térmica de la mezcla de leche, sacarosa u otros azucares naturales, aditivos e ingredientes opcionales.
Requisitos generales En la elaboración del producto lácteo condensado azucarado se permite el empleo de saborizantes, incluidos los naturales, de acuerdo a las Buenas Prácticas de Fabricación.
Requisitos Específicos
Cuando el dulce se combine con otros ingredientes, el dulce de leche debe ser el componente principal en una cantidad mínima de 70%. No se admite la presencia de suero en polvo de cualquier origen, ni de grasas de procedencia no lácteas. Cuando el dulce se combine con otros ingredientes, el dulce
de leche debe ser el componente principal en una cantidad
mínima de 70%.
Sólidos lácteos no grasos % m/m, 17 % mínimo
Humedad % m/m: 30% máximo
Cenizas % m/m: 2,0 máximo
Almidones Negativo.
Empaque y rotulado El producto se empacará en recipientes suficientemente inertes al producto que aseguren su conservación. El rotulado debe cumplir con los requisitos de la Resolución 5109 de 2005
Presentación El producto podrá ser distribuido en presentaciones de caja de 5 kg cada uno, totalmente sellados, y sin ningún tipo de enmendadura.
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 20
Código UNSPSC 50131700
Nombre del Producto Productos de leche y mantequilla
Nombre Comercial del Producto
AREQUIPE DE LECHE PARA ROSCON
Calidad NTC 3757 Decreto 3075 de 1997 del Ministerio de Salud Resolución 2310 de 1986 del Ministerio de Salud por la cual se establece y se dan las normas sanitarias para los productos derivados de la leche como el arequipe
Generalidades Producto lácteo higienizado, condensado azucarado, obtenido por la condensación térmica de la mezcla de leche, sacarosa u otros azucares naturales, aditivos e ingredientes opcionales.
Requisitos generales . En el arequipe queda prohibida la adición de almidones. Se debe establecer mecanismos de control que permitan determinar la presencia y cantidad de metales pesados y metaloides en las materias primas, en el producto en proceso de elaboración o en el producto terminado.
Requisitos Específicos
Cuando el dulce se combine con otros ingredientes, el dulce de leche debe ser el componente principal en una cantidad mínima de 70%. No se admite la presencia de suero en polvo de cualquier origen, ni de grasas de procedencia no lácteas.u composicion debe ser 100% leche de origen animal especificamente de la vaca, y un 80% de azucar caramelizado, los conservantes deben ser aptos para consumo humano. Sólidos lácteos no grasos % m/m, 17 % mínimo
Humedad % m/m: 30% máximo
Cenizas % m/m: 2,0 máximo
Almidones Negativo.
Empaque y rotulado El producto se empacará en recipientes suficientemente inertes al producto que aseguren su conservación. El rotulado debe cumplir con los requisitos de la Resolución 5109 de 2005.
Presentación El producto podrá ser distribuido o comercializado en cajas de 5 kg que garanticen la inocuidad del producto y eviten cualquier tipo de contaminación.
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 21
Código UNSPSC 50121600
Nombre del Producto Marisco fresco
Nombre Comercial del Producto
AROS DE CALAMAR
Calidad
Resolución No. 776 de 2008. Por medio de la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos fisicoquímicos y microbiológicos que deben cumplir los productos de la pesca, en particular pescados, moluscos y crustáceos para el consumo humano, el siguiente texto: Deroga la Resolución 670 de 2007; e igualmente incluir el siguiente texto: Modificada parcialmente por la Resolución No 000122 de 2012, la cual modifica los artículos 1º, 2º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º y 10º de la Resolución No. 776 de 2008. El calamar debe cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 561 de 1984 del ministerio de Salud. El calamar debe cumplir con los requisitos microbiológicos y fisicoquímicos establecidos en la Resolución 670 de 2007 de Ministerio de la Protección Social. El producto debe cumplir con los requisitos establecidos en la NTC 5030.
Generalidades Especies comestibles de calamares o téutidos (Teuthida) son un orden de moluscos cefalópodos
Requisitos generales El calamar muerto, fresco, debe presentar las siguientes características: Cuerpo: Ligeramente húmedo, brillante y consistente, Color: característico de la variedad. Ojos brillantes: deben llenar la totalidad de la órbita, destacándose de la misma. Olor: propio de cada especie.
Requisitos Específicos
Debe cumplir con Resolución 670 de 2007 del Ministerio de la Protección Social. En el cual se especifican las siguientes caracteristicas Bases Volatiles Totales (mg/100g) (1)
Pescados frescos y congelados, crustáceos y moluscos Maximo 35 mg/100g, debe estar firme y sin presentar ningun tipo de alteraciones ni modificaciones, en la textura de la carne de calamar.
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material inocuos, resistentes y atóxico, inalterable al contacto con el producto que no altere las características propias del producto aseguren su conservación durante su vida útil. El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social. El calamar se comercializa fresco congelado, Este molusco debe almacenarse en refrigeración de 0 a 4 °C o congelado a –18° C. El proveedor debe cumplir con las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) Decreto 3075 de 1997 Ministerio de Salud.
Presentación El producto puede distribuirse en presentaciones de 1000 gr, cortados en aros, empacados al vacío conservando la cadena de frio.
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 22
Código UNSPSC 50202300
Nombre del Producto Bebidas no alcohólicas
Nombre Comercial del Producto
AGUA MINERAL
Calidad NTC -3525 se define al agua envasada como agua que se comercializa envasada y sellada, apta para el consumo humano y que cumple con los requisitos basicos de consumo.
Generalidades Las aguas minerales naturales son aquellas sometidas únicamente a los siguientes tratamientos permitidos: decantación, filtración, aireación, microfiltración, aplicación de rayos ultravioleta, gasificación y/o desgasificación
Requisitos generales El agua envasada debe presentar aspecto limpio, libre de cuerpos extraños, insectos, sedimentos o materiales en suspensión. No debe presentar color, sabor, ni olores extraños a las características originales o diseño del producto.
Requisitos Específicos
Debe cumplir con los siguientes requisitos físicoquímicos: Color: Máximo 5 unidades Pt-Co Turbiedad: Máximo 1 unidad nefelométrica de turbiedad UNT Sólidos disueltos: máximo 500 mg/l pera aguas tratadas PH a 20 ºC: Para Agua tratada de 5.0 a 9.0 y para agua mineral natural, el correspondiente a la fuente. El límite inferior de PH para las aguas carbonatadas es de 3.8. Debe cumplir con los siguientes requisitos microbiológicos: Microorganismos Técnica Método de Recuento Conteo directo Número más probable Presencia / ausencia Filtración por membrana Tubos Múltiples de fermentación Sustrato Enzimático Sustrato Enzimático Coliformes 0 UFC / 100 ml < 1.1/100ml < 1.1/100ml Ausencia Escherichia coli 0 UFC / 100 ml Negativo < 1.1/100ml Ausencia Pseudomonas aeruginosa 0 UFC / 100 ml < 2/ 100ml NA NA Fuente: NTC 3525 Podrán establecerse requisitos microbiológicos adicionales cuando haya una necesidad de la autoridad sanitaria o opr su aplicación práctica. Debe cumplir con los límites máximos de sustancias químicas y elementos establecidos en la norma técnica NTC 3525 Se debe cumplir con buenas prácticas de manufactura durante las fases de captación, elaboración y comercialización del agua de bebida envasada, de acuerdo a la legislación vigente. Las concentraciones máximas admisibles de sustancias tóxicas deben estar de acuerdo con lo indicado en la reglamentación nacional vigente.
Empaque y rotulado
El agua de bebida envasada se debe empacar en recipientes adecuados que no alteren el sabor o color del producto, que se conserve clara y fresca durante el transporte y almacenamiento. Los envases utilizados deben ser de un material atóxico e inalterable, de manera que se evite la contaminación del agua. Todo envase deberá estar provisto de un dispositivo de cierre, diseñado para evitar falsificaciones, de forma tal que sea evidenciable la apertura del envase. El rótulo de los envases de cumplir con la resolución 05109 del Ministerio de Protección Social, y cualquier otra información que la autoridad sanitaria estime conveniente
Presentación Botella por unidad de 600 ml
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 23
Código UNSPSC 50222000
Nombre del Producto Bebidas alcohólicas
Nombre Comercial del Producto
ARROZ ARBOREO
Calidad
Debe cumplir con la NTC – 671 por medio de la cual establece Cumplir con los requisitos establecidos en la norma Técnica -NTC 611 que establece las definiciones, clasificacion, requisitos y ensayos que debe cumplir el arroz para consumo humano.
Generalidades Arroz elaborado, descascarado al cual se le ha eliminado parcial o totalmente el germen y las capas de la aleurona Se conoce en el lenguaje internacional como arroz pulido. El arroz Arborio es una variedad italiana de arroz de grano corto, utilizado para hacer rissotos.
Requisitos generales No se debe adicionar aceite mineral. No se deben adicionar colorantes no permitidos por legislación nacional vigente. No se acepta el arroz blanco que esté infectado o infestado.
Requisitos Específicos El arroz Arborio es una variedad italiana de arroz de grano corto y redondo Tipo 1 La humedad del arroz blanco no debe ser mayor de 14%. no debe contener Aflatoxinas superiores a 20 ppb.
Empaque y rotulado Empacado o a granel. Los empaques destinados para contener el producto deben ser de fibras naturales, polipropileno, polietileno u otro material que no altere la calidad del producto. El rotulado debe cumplir con lo indicado en la Resolución05109 del Ministerio de Protección Social.
Presentación Caja por 1 kilogramo en polietileno, que conserve las características propias del producto, libre de humedad.
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 24
Código UNSPSC 50222000
Nombre del Producto Bebidas alcohólicas
Nombre Comercial del Producto
ARROZ BASMATI
Calidad
Debe cumplir con la NTC – 671 por medio de la cual establece Cumplir con los requisitos establecidos en la norma Técnica -NTC 671 que establece las definiciones, clasificacion, requisitos y ensayos que debe cumplir el arroz para consumo humano.
Generalidades Variedad de arroz caracterizada por tener un grano largo, cultivado en las montañas del Himalaya.
Requisitos generales No se debe adicionar aceite mineral. No se deben adicionar colorantes no permitidos por legislación nacional vigente. No se acepta el arroz que esté infectado o infestado.
Requisitos Específicos Los granos del arroz basmati pueden encontrarse en color blanco o moreno, es un arroz de grano largo de 6 milimetros aproximadamente de largo, con un contenido máximo de humedad del 15%.
Empaque y rotulado
Los empaques destinados para contener el producto deben ser de fibras naturales, polipropileno, polietileno u otro material que no altere la calidad del producto.
El rotulado debe cumplir con lo indicado en la Resolución 5109 del Ministerio de Protección Social
Presentación Paquete celofán, forradas de polietileno (PE), en formato1 kg
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 25
Código UNSPSC 50222000
Nombre del Producto Bebidas alcohólicas
Nombre Comercial del Producto
ARROZ ENTERO BLANCO TIPO 1 GRADO 2
Calidad
Debe cumplir con la NTC – 671 por medio de la cual establece Cumplir con los requisitos establecidos en la norma Técnica -NTC 671 que establece las definiciones, clasificacion, requisitos y ensayos que debe cumplir el arroz para consumo humano.
Generalidades Arroz elaborado, descascarado al cual se le ha eliminado parcial o totalmente el germen y las capas de la aleurona Se conoce en el lenguaje internacional como arroz pulido
Requisitos generales No se acepta el arroz blanco que esté infectado o infestado. El arroz blanco no debe exceder los límites de metales pesados, ni de plaguicidas establecidos en el Codex alimentarius.
Requisitos Específicos La humedad del arroz blanco no debe ser mayor a 14%. El arroz blanco no debe tener contenido de Aflatoxinas superior a 20 ppb. Arroz blanco seleccionado Vitamina A y Acido fólico.
Empaque y rotulado Empacado o a granel. Los empaques destinados para contener el producto deben ser de fibras naturales, polipropileno, polietileno u otro material que no altere la calidad del producto. El rotulado debe cumplir con lo indicado en la Resolución05109 del Ministerio de Protección Social.
Presentación El producto se comercializa en bultos de 50 kg, empacados en material de fibras sintéticas en prolipropileno.
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 26
Código UNSPSC 50222000
Nombre del Producto Bebidas alcohólicas
Nombre Comercial del Producto
ARROZ JAPONES
Calidad Debe cumplir con la NTC – 1643 ESTABLECE LOS REQUISITOS MINIMOS QUE DEBE CUMPLIR EL ARROZ PRECOCIDO DESCASCARADO Y EL PRECOCIDO PILADO.
Generalidades
Producto que mediante un proceso el arroz con cascara es sometido a un tratamiento hidrotérmico (Agua-Vapor) con secado constante y uniforme permitiéndole así absorber todas aquellas propiedades naturales provenientes del grano y que son desechadas en el momento del descascarado y pulido.
Requisitos generales
El arroz precocido no debe presentar ningún olor objetable. El arroz precocido no debe sobre pasar el contenido máximo de arroz del 10% de granos no gelatinizados. Debe ser almacenado a temperatura ambiente, en su envase original. Debe estar libre de la presencia de plagas (insectos o larvas)
Requisitos Específicos
Es una variedad de arroz de grano corto (Oryza sativa var. japonica) que se caracteriza por su textura única y su carácter pegajoso. Tiene una textura más suave que la del arroz integral y un aroma agradable, reteniendo todas las características saludables. El arroz debe estar en perfectas condiciones y no debe estar contaminado con ningún tipo de partícula ajena a él. debe ser de grano redondo no debe contener aflatoxinas superior a 20 ppb y debe ser de grano redondo, con una cantidad del 80% de almidon.
Empaque y rotulado Empacado o a granel. Los empaques destinados para contener el producto deben ser de fibras naturales, polipropileno, polietileno u otro material que no altere la calidad del producto. El rotulado debe cumplir con lo indicado en la Resolución 05109 del Ministerio de Protección Social.
Presentación El producto debe estar empacado en bolsas en polietileno en presentación de 5kg
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 27
Código UNSPSC 50222000
Nombre del Producto Bebidas alcohólicas
Nombre Comercial del Producto
ARROZ PARBOLIZADO
Calidad Debe cumplir con la NTC – 271 especifica los requisitos para el muestreo dinámico o estático, por medios mecánicos o manuales, de cereales y productos cereales, para la evaluación de su calidad y condición
Generalidades Arroz de grano redondo, con grano cristalino y color blanco uniforme. Se trata de un grano glutinoso, dulce, cremoso y seco una vez cocinado.
Requisitos generales Es una variedad de arroz de grano corto (Oryza sativa var. japonica) que se caracteriza por su textura única y su carácter pegajoso. Tiene una textura más suave que la del arroz integral y un aroma agradable, reteniendo todas las características saludables.
Requisitos Específicos
el arroz parbolizado La humedad no debe ser mayor a 14%. El arroz debe der grado 1no debe tener contenido de Aflatoxinas superior a 20 ppb. seleccionado Vitamina A y Acido fólico. Debe haber sido sometido al proceso termico de parbolizacion, debe ser granos sueltos y no se deben quebrar.
Empaque y rotulado Empacado o a granel. Los empaques destinados para contener el producto deben ser de fibras naturales, polipropileno, polietileno u otro material que no altere la calidad del producto. El rotulado debe cumplir con lo indicado en la Resolución05109 del Ministerio de Protección Social.
Presentación Bolsa en polietileno en presentación por 1 kilogramo
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 28
Código UNSPSC 10151600
Nombre del Producto Semillas, bulbos, plántulas y esquejes
Nombre Comercial del Producto
ARROZ SALVAJE
Calidad Debe cumplir con la NTC – 271 especifica los requisitos para el muestreo dinámico o estático, por medios mecánicos o manuales, de cereales y productos cereales, para la evaluación de su calidad y condición
Generalidades . Es una gramínea acuática que se conoce como Zizania Palustris. Bajo en grasas y rico en fibra, proteínas, minerales y vitaminas. Esta variedad de alto valor nutritivo, es una gramínea acuática que conserva su cáscara y que se cultiva en el norte de Canadá.
Requisitos generales No se debe adicionar mineral. No se deben adicionar colorantes no permitidos por legislación nacional vigente. El arroz no debe exceder los límites de metales pesados, ni de plaguicidas establecidos en el Codex alimentarius
Requisitos Específicos Tiene un alto contenido de proteína. Alrededor del 13 por ciento de la composición del arroz salvaje es proteica. No contiene gluten Contiene. Vitamina B, hierro, magnesio, potasio o hierro.
Empaque y rotulado Empacado o a granel. Los empaques destinados para contener el producto deben ser de fibras naturales, polipropileno, polietileno u otro material que no altere la calidad del producto. El rotulado debe cumplir con lo indicado en la Resolución 5109 del Ministerio de Protección Social.
Presentación El producto se comercializara en bolsas de polipropileno en presentaciones de 1 kilogramo cada una
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 29
Código UNSPSC 50161500
Nombre del Producto Azucares naturales o productos endulzantes
Nombre Comercial del Producto
AZUCAR BLANCA
Calidad Cumplir con los requisitos establecidos en la norma Técnica -NTC 611 establece los requisitos que debe cumplir y los ensayos a los cuales debe someterse el azucar comercialmente denominado azucar blanco
Generalidades Azúcar Blanco: producto sólido cristalizado constituido esencialmente por sacarosa, obtenido mediante procedimientos industriales apropiados y que ha sido sometido a proceso de refinación
Requisitos generales El azúcar blanco no deberá presentar insectos, arena, tierra u otras impurezas que indiquen una inadecuada manipulación del producto. El contenido de metales pesados en el azúcar blanco no debe ser superior, al indicado en el Codex Alimentarius.
Requisitos Específicos
El azúcar blanco destinado para consumo directo deberá cumplir con todos los requisitos indicados en la norma NTC – 611 – Azúcar Blanco vida útil 24 meses a partir de la fabricación. El cual establece que no debe haber sido procesado por medio de refinacion, Humedad granulado, % m/m: 0.05 máximo
Humedad, moldeado, % m/m: 0.1 máximo
Cenizas, % m/m: 0.04 máximo
Empaque y rotulado El azúcar blanco se debe empacar en recipientes de material adecuado que no altere las características del producto y lo preserven durante su transporte y almacenamiento. El rotulado debe cumplir con la Resolución 05109 del ministerio de Protección Social
Presentación El producto se comercializa en bulto de 50 kg, empacados en material de fibras sintéticas en prolipropileno.
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 30
Código UNSPSC 50161500
Nombre del Producto Azucares naturales o productos endulzantes
Nombre Comercial del Producto
AZUCAR MORENA
Calidad NTC607 ESTABLECE DEFINICIONES, CONDICIONES GENERALES, REQUISITOS FISICO-QUIMICOS Y MICROBIOLOGICOS, TOMA DE MUESTRAS Y CRITERIOS DE ACEPTACION O RECHAZO, ENSAYOS, EMPAQUE Y ROTULADO. DEL AZUCAR .
Generalidades Azúcar crudo: producto sólido obtenido de la caña o de la remolacha azucarera, constituido esencialmente por Cristales sueltos de sacarosa cubiertos por una película de la miel madre.
Requisitos generales El azúcar crudo no deberá presentar insectos, arena, tierra u otras impurezas que indiquen una inadecuada manipulación del producto. El proveedor debe cumplir con las Buenas Prácticas de Manufactura(B PM).
Requisitos Específicos
El azúcar Morena debe cumplir los siguientes requisitos de calidad: Polarizacióna20°C 96mínimo Humedad%:1máximo Factordeseguridad0.30máximo El azúcar crudo destinado para consumo directo deberá cumplir con los requisitos microbiológicos y contenido de metales pesados permitidos en el azúcar crudo,indicadoenlaNTC607. Los residuos de plaguicidas no deben exceder los límites máximo establecidos en la Resolución 2906 de 2007, del Ministerio de la Protección Social.
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material adecuado que no altere las características del producto y aseguren su conservación lo preserven durante su transporte y almacenamiento. El transporte a granel debe cumplir las mismas condiciones. El azúcar cruda debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Presentación del producto en bolsas de 12,5 kg en material prolipropileno.
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 31
Código UNSPSC 50202700
Nombre del Producto Jugos o concentrados de especies con una semilla grande frescas
Nombre Comercial del Producto
GRANADINA
Calidad
Norma Técnica Colombiana NTC 409 – Industrias Alimentarias. Colorantes Aditivos para Alimentos. Esta norma establece los colorantes permitidos en la industria alimenticia y los requisitos que deben cumplir los mismos
Generalidades La granadina o jarabe de granadina es una bebida que se elabora con azúcar y granadas y que no contiene alcohol.
Requisitos generales Ligero aroma y sabor a granadina.
Requisitos Específicos 0% de alcohol Color: Rojo brillante Color Artificial certificado. Libre de edulcolorantes prohibidos para consumo humano.
Empaque y rotulado
El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Tapados y sellados de manera que aseguren su calidad durante el transporte y almacenamiento. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social
Presentación El producto se comercializa en botella plástica de 500 ml.
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 32
Código UNSPSC 50202800
Nombre del Producto Jugos o concentrados de especies tropicales frescas
Nombre Comercial del Producto
CONCENTRADO CREMA DE COCO
Calidad
Resolución 7992 de 1991 del ministerio de Salud. NTC 404, Por Ia cual se reglamenta parcialmente el Título V de Ia Ley 09 de 1979, en lo
relacionado con la elaboración, conservación y comercialización de Jugos. Concentrados,
Néctares, Pulpas, Pulpas Azucaradas y Refrescos de Frutas
Generalidades Extraída del coco, usando su mayor parte grasa.
Requisitos generales
Crema de coco tiene una apariencia similar a la leche y se considera un producto derivado de la pulpa rallada del coco maduro y comúnmente mezclada con agua. No se debe confundir esta "leche" con el agua de coco, ya que el "agua" no se saca de la pulpa, sino que está de forma líquida y natural en la cavidad central de la pulpa del coco
Requisitos Específicos
Grasa Total 7 g. 11% Grasa Saturada 7 g. 35% Grasa Polinsaturada 2 mg. 0.1% Grasa Monoinsaturada 12 mg. 0.5% Colesterol: 0 g 0% Carbohidratos Totales: 40 g 16% Azucares: 40 g Fibra Dietética: 0 g 0 % Sodio: 80 mg. 3% Proteína: 0 % Apariencia: Liquido Denso Olor: Coco Sabor: Coco-Dulce
Empaque y rotulado
El empaque utilizado para la leche de coco debe ser el lata que garantice su conservación y debe estar construido con materiales inertes y libres de residuos de fabricación; debe permitir su manipulación durante el transporte y el almacenamiento y comercialización. El producto en su rótulo debe cumplir con lo establecido en la Resolución 5109 de 2005 del ministerio de la Protección Social. Debe estar enlatado, garantizando la calidad del producto, sometido a esterilización, el recipiente no debe contener ningún tipo de abolladura o golpe, no debe presentar ningún tipo de manipulación en el envase de este mismo.
Presentación El producto debe ser comercializado en latas de 480 gr, que no presenten ningún tipo de alteración, ni manipulación.
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 33
Código UNSPSC 50161800
Nombre del Producto Productos de confitería
Nombre Comercial del Producto
Bocadillo conserva
Calidad
NTC 5856 ESTABLECE LOS REQUISITOS FISICOQUIMICOS Y MICROBIOLOGICOS QUE DEBE CUMPLIR EL BOCADILLO DE GUAYABA, . Debe cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 3075 de 1997 del Ministerio de Salud. Debe cumplir con los Límites Máximos de Residuos de Plaguicidas establecidos en la Resolución 2906 de 2007 del ministerio de la Protección Social.
Generalidades Producto sólido obtenido de la concentración por cocción del jugo o pulpa de guayaba con la adición de edulcorantes y aditivos permitidos. Producto de consumo directo
Requisitos generales Las materias primas empleadas en la elaboración del producto, deben ser inspeccionados, previo al uso y deben cumplir con los requisitos microbiológicos, fisicoquímicos y organolépticos que garanticen un producto inocuo.
Requisitos Específicos El producto debe cumplir con los siguientes requisitos microbiológicos: Recuento de Coliformes fecales UFC/ml: ausencia. Detección de Salmonella/25g: ausencia, 100% pulpa de guayaba. conservantes y aditivos aptos para el consumo humano.
Empaque y rotulado
El producto se empacará en material inerte que garantice al producto el mantenimiento de las características microbiológicas, fisicoquímicas, nutricionales y organolépticas del producto, y mantenga una adecuada protección durante el almacenamiento, transporte y expendio; con cierre hermético que impida la contaminación y adulteración. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación El producto se comercializa empacado empacado al vacio, o en película plástica totalmente sellada, que no permita, la adulteración de los alimentos ni la entrada de ningún tipo de contaminante. 1LIBRA UNIDAD
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 34
Código UNSPSC 50202200
Nombre del Producto Bebidas alcohólicas
Nombre Comercial del Producto
BRANDY
Calidad
Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 634 - Bebidas alcohólicas. Brandy. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen.
Generalidades Es un aguardiente de alta graduación alcohólica. Es obtenido por destilación. Su elaboración se basa en el calentamiento, evaporación del alcohol de vino y su recuperación posterior en toneles de roble (crianza).
Requisitos generales Sabor característico, color café suave. El producto se podra envasar en vidrio o porcelana
Requisitos Específicos Debe contar con una Graduación alcoholimétrica: Máximo 60°, con un color café suave, sin ningun tipo de particulas extrañas, una densidad media.
Empaque y rotulado
El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las características del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.
Presentación Botella en Vidrio x 1000ml. Unid
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 35
Código UNSPSC 10151700
Nombre del Producto Semillas, bulbos, plántulas y esquejes
Nombre Comercial del Producto
BROTES DE SOJA
Calidad NORMA NTC 484 ESTABLECE LOS REQUISITOS MINIMOS QUE DEBE CUMPLIR LA SOYA PARA CONSUMO
Generalidades
la germinación de los granos secos de la soja da lugar a unos brotes alargados, de unos 3 o 4 cm, de color blanquecino. El cambio que acontece en la planta durante la germinación deriva en un alimento con una composición nutricional más propia de las hortalizas y verduras que de las legumbres
Requisitos generales
Los brotes de soja contienen una pequeña cantidad de proteína vegetal (2 g/100 g). Su digestión es fácil, por lo que están indicados para las personas que tienen digestiones pesadas y no toleran bien la legumbre en grano. Además, como ocurre con el resto de germinados, contribuyen a regenerar la flora intestinal, al ser alimentos ricos en enzimas que se desarrollan durante el proceso de germinación
Requisitos Específicos
Características Físico- Químicas
- Ph: 6,4 ± 0,2
- Vacío (cm Hg): > 38
- Grasas: 0,01 gr
- Grasas saturadas: 0,0 gr
- Hidratos de carbono: 2,1 gr
- Azúcares: 0,95 gr
- Fibra alimentaria: 0,7 gr
- Proteínas: 0,9 gr
- Sal: 0,88 gr
Empaque y rotulado Empaque hermético cerrado, sin alteraciones y cumpliendo normas de B.P.M
Presentación La presentación del producto debe ser en Caja plástica por 500 gr, totalmente sellada, sin alteraciones del producto
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 36
Código UNSPSC 50202200
Nombre del Producto Bebidas alcohólicas
Nombre Comercial del Producto
CACHAZA
Calidad
NTC - 410 Contenido de alcohol a 20° C Mínimo 38 Metanol en mg/dm Máximo 3000, Esta norma establece los requisitos y los ensayos que debe cumplir la bebida alcohólica denominada aguardiente de caña, caña, cachaza o branquiña.
Generalidades
Bebida alcohólica típica de Brasil, es un aguardiente que se extrae de la destilación de calderas de cobre con la caña de azúcar, mediante una fermentación, la cachaza se destila a partir del residuo “barra de melado de caña “es decir, a partir de las sobras de la fabricación del azúcar, la cachaza suele beberse en pequeños traguitos, o en cocteles, siendo el más conocido la caipiriña.
Requisitos generales a cachaza debe ser un líquido transparente, debe estar libre de sustancias, extrañas y precipitados.
Requisitos Específicos
Debe cumplir con los parámetros establecidos en la NTC 410
• Metanol, máximo 300 mg/dm alcohol anhidro
• Furfural, máximo 50mg/dm alcohol anhidro
• Cobre máximo 1 mg /dm alcohol anhidro
• Hierro máximo 8 mg /dm alcohol anhidro
Graduación alcoholimetría a 28 grados centígrados mínimo 38
Empaque y rotulado
La cachaza se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación, tapados y sellados de manera que aseguren su calidad durante el trasporte y almacenamiento, cuando los envases son de vidrio deben cumplir con la norma correspondiente, el rotulado debe tener la marca de fábrica y debe indicar el contenido de alcohol.
Presentación Botella en Vidrio x 1000ml. Unid
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 37
Código UNSPSC 50202800
Nombre del Producto Jugos o concentrados de especies tropicales frescas
Nombre Comercial del Producto
CONCENTRADO DE PIÑA
Calidad
Resolución 7992 de 1991 del ministerio de Salud. NTC 404, Por Ia cual se reglamenta parcialmente el Título V de Ia Ley 09 de 1979, en lo
relacionado con la elaboración, conservación y comercialización de Jugos. Concentrados,
Néctares, Pulpas, Pulpas Azucaradas y Refrescos de Frutas
Generalidades
El jugo concentrado de piña: es el producto elaborado a partir del jugo o la pulpa de piñas (Ananas spp), el cual se ha sometido al proceso de extracción parcial del agua de constitución, por evaporación o cualquier otro procedimiento térmico que permita obtener un 50% por encima del Bríx natural de la fruta. En los jugos concentrados que sean sometidos a proceso de esterilidad comercial no se permite la adición de sustancias conservantes y se deberá garantizar su estabilidad biológica.
Requisitos generales
El producto debe ser uniforme, libre de materiales extraños y cualquier sabor amargo, astringente o fermentado. El jugo concentrado de piña debe elaborarse en condiciones sanitarias adecuadas, empleando frutas frescas sanas y limpias. Debe estar libre de sabores y olores diferentes al propio de la fruta. Para su conservación, el concentrado de piña es sometido a tratamiento físico.
Requisitos Específicos Debe tener registro INVIMA. Acidez titulable (ácido cítrico anhidro) % m/m: 0,3 % Mínimo Porcentaje de sólidos disueltos, a 20°C (°Brix):15,0 Mínimo (por lectura refractométrica).
Empaque y rotulado
Los concentrados se deben empacar o envasar en material adecuado atóxico, hermético que no altere las características físicas, químicas, organolépticas y sanitarias del producto y asegure su higiene y buena conservación. Los concentrados de piña podrá llevar en el rótulo la frase 100% natural, solamente cuando al producto no se le agreguen aditivos, a excepción del ácido ascórbico. Los concentrados de fruta se designarán con la palabra “Concentrado de "seguido del nombre de la fruta utilizada en su elaboración. En su rótulo deberán cumplir con las demás disposiciones establecidas en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de Protección Social.
Presentación Envase x 500 ml Unid
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 38
Código UNSPSC 50202800
Nombre del Producto Jugos o concentrados de especies tropicales frescas
Nombre Comercial del Producto
FRESAS
Calidad NTC 4103 ESTABLECE LOS REQUSITOS QUE DEBE CUMPLIR LA FRESA VARIEDAD CHANDLER DESTINADA PARA EL CONSUMO EN FRESCO
Generalidades Fresa de la variedad Chandler Fragaria vesca, L., o freseras, es un género con varias especies de plantas rastreras. Su nombre deriva de la fragancia que posee (fraga, en latín). Son cultivadas por su fruto comestible llamado fresa o frutilla.
Requisitos generales Características de la organolépticas fresa: Color: de amarillo a rojo dependiendo del grado de madurez. Sabor: dulce y ligeramente ácido. Olor: muy aromático propio de la fruta. El producto debe estar entero, firme, limpio, sano, consistencia firme.
Requisitos Específicos
La fresa debe cumplir con los requisitos establecidos en la NTC 4103 Los residuos de plaguicidas no de beben exceder los limites máximos establecidos en la Resolución 2906 de 2007 del Ministerio de la protección Social. en su composicion debe tener un pH a 2 ºC 4.0 y sólidos solubles por lectura
refractométrica a 20 C (Bríx) en % m/m. 40% mínimo. debe estar firme, y de color caracteristico de la fruta, sin presentar ningun tipo de daño.
Empaque y rotulado
El contenido de cada unidad de empaque debe ser homogéneo y estar compuesto por frutos del mismo origen, variedad, categoría color y calibre. El producto podrá ser empacado en canastas o cualquier otro envase que evite su deterioro y contaminación y permita su conservación, manipulación y visualización de la fruta, el cual deberá mantenerse en buenas condiciones de higiene. El rótulo de la fresa debe cumplir con lo establecido en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación El producto puede ser distribuido Empacado en bolsas que permitan ver el producto y la calidad de cada uno, deben estar compuestos por alimentos de la misma especie, en bolsas de 1 kilogramo.
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 39
Código UNSPSC 50221000
Nombre del Producto Legumbres
Nombre Comercial del Producto
HARINA DE MAIZ
Calidad NTC 3594 por lo cual se reglamenta las caracteristicas de la harina de maiz apta para el consumo humano
Generalidades La harina de maíz es el polvo, más o menos fino, que se obtiene de la molienda de los subproductos del maíz.
Requisitos generales Características sensoriales de la harina de maíz color y olor característico de la variedad de maíz empleado. Aspecto: polvo o harinoso sin aglutinación o compactación, de aspecto homogéneo
Requisitos Específicos
Requisitos que debe cumplir la harina de maíz:
Proteína % (m/m): 60% mínimo.
Humedad % (m/m): 11% máximo.
Empaque y rotulado El producto podrá ser empacado en envases impermeables, suficientemente inertes al producto que aseguren su conservación. El empaque y rotulado debe cumplir con lo establecido en la NTC 421
Presentación El producto se comercializará en bolsa sellada sin alteraciones, en presentación de 1000 gr cada una.
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 40
Código UNSPSC 50121600
Nombre del Producto Marisco fresco
Nombre Comercial del Producto
CAMARON TIGRE
Calidad
Resolución No. 776 de 2008. Por medio de la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos fisicoquímicos y microbiológicos que deben cumplir los productos de la pesca, en particular pescados, moluscos y crustáceos para el consumo humano, el siguiente texto: Deroga la Resolución 670 de 2007; e igualmente incluir el siguiente texto: Modificada parcialmente por la Resolución No 000122 de 2012, la cual modifica los artículos 1º, 2º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º y 10º de la Resolución No. 776 de 2008.
Generalidades Crustáceos de la clase Malacostraca a veces también conocidos como gambas, producto obtenido de vertebrados acuáticos de sangre fría, que han sido desangrados con o sin cabeza, con sin cola eviscerados sometidos a refrigeración.
Requisitos generales
Los crustáceos muertos, frescos, deben presentar las siguientes características: Exoesqueleto: Ligeramente húmedo, brillante y consistente, Color: gris o ceniciento rojizo al ser extraído del agua. Rojo vivo una vez cocido. Cuerpo: curvado naturalmente, rígido, cola parcial o totalmente replegada bajo el tórax
Requisitos Específicos
Los crustáceos muertos, frescos, deben presentar las siguientes características: Exoesqueleto: Ligeramente húmedo, brillante y consistente, Color: gris o ceniciento rojizo al ser extraído del agua. Rojo vivo una vez cocido. Cuerpo: curvado naturalmente, rígido, cola parcial o totalmente replegada bajo el tórax. Apéndices: resistentes, firmes y bien adheridos al cuerpo. Ojos brillantes: deben llenar la totalidad de la órbita, destacándose de la misma. Olor: propio de cada especie. Todos los crustáceos deben ser muertos por cocción en agua potable o agua de mar limpia, cuya graduación en cloruro de sodio no podrá ser superior al 3%.El producto debe estar exento de cualquier material extraño que constituya un peligro para la salud. Los productos de la pesca que se exporten deben elaborarse bajo el Sistema de Análisis de Puntos Críticos de Control HACCP. El proveedor debe cumplir con las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM). El camarón debe cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 561 de 1984.
Empaque y rotulado Los empaques deben ser de un material inocuos, resistentes y atóxico, inalterable al contacto con el producto que no altere las características propias del producto aseguren su conservación durante su vida útil. El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005.
Presentación El producto debe estar distribuido empacada al vacío en presentaciones de 1000 gr, sin perder la cadena de frio.camaron tamaño 31/35
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 41
Código UNSPSC 50171500
Nombre del Producto Hierbas y especias y extractos
Nombre Comercial del Producto
CANELA EN ASTILLA
Calidad
Resolución 4241 de 1991, NTC 3288 y NTC 1417 Por la cual se definen las características de las especias o condimentos vegetales y se
dictan normas sanitarias y de calidad de estos productos y de sus mezclas.
El Ministro de Salud,
Generalidades Canela es la corteza desecada y privada en su mayor parte de la capa epidérmica, proveniente del árbol de la canela Canelero de Ceilán, Canelo, (Cinnamomum zeylanicum o Cinnamomum verum).
Requisitos generales
Características Sensoriales de la canela en astillas: Color: marrón. Textura: dura y áspera. Sabor y olor son propios del producto. El producto debe estar sano, sin enfermedades, limpio sin materiales extraños. La canela en astillas debe estar libre de la presencia de plagas, exentas de humedad exterior anormal, libre de olores y sabores extraños.
Requisitos Específicos
La canela debe cumplir con los siguientes requisitos: Humedad: 14% máximo Cenizas: 6% máximo Cenizas insolubles: 2%máximo. Extracto etéreo volátil: 0.8% mínimo. Debe cumplir con los límites máximos de plaguicidas permitidos establecidos en la Resolución 2906 de 2007 del Ministerio de la Protección Social
Empaque y rotulado El producto se debe empacar en recipientes elaborados con materiales que aseguren su conservación e higiene durante el almacenamiento, transporte y expendio. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación El producto podrá ser distribuido en presentación de 1 libra, sellada el empaque en bolsa de polietileno, libre de plagas y exentas de humedad
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 42
Código UNSPSC 50171500
Nombre del Producto Hierbas y especias y extractos
Nombre Comercial del Producto
CANELA EN POLVO
Calidad
Debe cumplir con lo establecido en: NTC 4423, código CAC/RCP 42-1995, Resoluciones 5109 de 2005, 10593 de 1985 y las normas que la modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. ESTABLECE LOS REQUISITOS Y LOS ENSAYOS A LOS CUALES DEBEN SER SOMETIDAS LAS ESPECIAS, LOS CONDIMENTOS VEGETALES Y SUS DERIVADOS.
Generalidades
Son sustancias aromáticas de origen vegetal, las cuales se adicionan para acentuar los aromas propios de la carne y para conferirles aromas y sabores característicos. Algunas actúan como conservantes. En la legislación colombiana son ingredientes de uso permitido, no hay cantidades máximas permitidas, pero se deben tener en cuenta las buenas prácticas de manufactura (BPM) y las exigencias del consumidor.
Requisitos generales El condimento puede estar compuesto por: polifosfatos, antihumectantes, ascorbatos, especias de plantas aromáticas y de uso culinario, como por ejemplo: cebolla, paprika, laurel, tomillo, orégano, pimienta, ajo, jengibre, clavo de olor, canela, perejil, nuez moscada, albahaca, entre otras.
Requisitos Específicos
La canela en polvo debe cumplir con los siguientes requisitos:
Humedad: 14% máximo
Cenizas: 6% máximo
Cenizas insolubles: 2%máximo.
Extracto etéreo volátil: 0.8% mínimo
La canela molida se permite adicionar carbohidratos proteínas comestibles anticompactantes en una proporción máxima de 10%m/m. Debe cumplir con los límites de plaguicidas establecidos en la Resolución 2906 de 2007del Ministerio de la Protección Social.
Empaque y rotulado
El producto se debe empacar en envases o empaques de material grado alimenticio, inocuos que aseguren su conservación e higiene durante el almacenamiento, transporte y expendio. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación El producto se comercializa en empaque totalmente sellado, sin ningún tipo de alteraciones en presentación de 1 kilogramo.
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 43
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto Carnes procesadas y preparadas
Nombre Comercial del Producto
CARNE DE CERDO CORTE COSTILLA
Calidad
Decretos 2965 de 2008, Resolución 4282 de 2007 , Decreto 2278 de 1982 y NTC 4271 por el cual se establece el reglamento técnico a través del cual se crea el
Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia y Control de la Carne, Productos
Cárnicos Comestibles y Derivados Cárnicos, destinados para el Consumo
Humano y los requisitos sanitarios y de inocuidad que se deben cumplir en su
producción primaria, beneficio, desposte, desprese, procesamiento,
almacenamiento, transporte, comercialización, expendio, importación o
exportación.
Generalidades
al esqueleto de los animales de la especie porcina, incluyendo su cobertura de grasa, tendones, vasos, nervios, aponeurosis y que ha sido declarada inocua y apta para el consumo humano. Sus cortes o postas provenientes al realizarse el deshuese, o la separación de la carne del tejido óseo de las diferentes partes del cerdo.
Requisitos generales
La carne debe provenir de una planta de beneficio autorizada. Debe estar libre de hematomas, fracturas, necrosis, abscesos, tumores, depósitos calcáreos, parásitos libre de olores anormales. La carne de cerdo en canal o en cortes debe estar exenta de contaminación por material fecal, orina, bilis, pelo, suciedad o materia extraña y debe ser manipulada en condiciones higiénicas que prevengan su contaminación.
Requisitos Específicos
En la carne de cerdo la musculatura, grasa, cartílagos deben presentar olor y color característicos normales de la especie. La carne de cerdo debe cumplir con los límites de Residuos de Medicamentos Veterinarios y otras Sustancias Químicas establecidos en la normatividad sanitaria vigente. La carne de cerdo debe provenir de proveedores que se encuentren autorizados y registrados ante la autoridad sanitaria competente y que hayan entregado el producto a la temperatura reglamentada. La carne debe ser transportada en vehículos que garanticen las condiciones de conservación de la misma. La carne de cerdo debe cumplir con los requisitos de calidad e inocuidad establecidos en la Resolución 4282 de 2007 del Ministerio de la Protección social, debe provenir de la parte del costillar del cerdo, debe estar compuesto por un 80% de carne y un 20% de grasa.
Empaque y rotulado
Los materiales de envase, empaque y embalaje deberán ser de primer uso y fabricados sobre la base de productos que no alteren las características organolépticas de la carne, que no transmitan a la misma, sustancias nocivas para la salud de las personas y que sean resistentes a la manipulación, al transporte y deberán manejarse y almacenarse en forma higiénica. La etiqueta del producto deberá contener como mínimo, fecha de beneficio, fecha de empaque, fecha de vencimiento, nombre del corte. El etiquetado deberá garantizar la trazabilidad del producto. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la protección Social.
Presentación El producto se comercializará empacada al vacío sin perder la cadena de frio de los alimentos, en presentaciones de 1 kilogramo en adelante, obtenido del costillar del cerdo, Corte St. Louis, Debe contener parte de hueso pero un 90% de parte pulpa de carn
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 44
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto Carnes procesadas y preparadas
Nombre Comercial del Producto
CARNE DE CERDO CORTE PIERNA
Calidad
Decretos 2965 de 2008, Resolución 4282 de 2007 , Decreto 2278 de 1982 y NTC 4271 por el cual se establece el reglamento técnico a través del cual se crea el
Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia y Control de la Carne, Productos
Cárnicos Comestibles y Derivados Cárnicos, destinados para el Consumo
Humano y los requisitos sanitarios y de inocuidad que se deben cumplir en su
producción primaria, beneficio, desposte, desprese, procesamiento,
almacenamiento, transporte, comercialización, expendio, importación o
exportación.
Generalidades Carne de cerdo: parte muscular y tejidos blandos que rodean al esqueleto de los animales de la especie porcina, incluyendo su cobertura de grasa, tendones, vasos, nervios, aponeurosis y que ha sido declarada inocua y apta para el consumo humano.
Requisitos generales
La carne debe provenir de una planta de beneficio autorizada. Debe estar libre de hematomas, fracturas, necrosis, abscesos, tumores, depósitos calcáreos, parásitos libre de olores anormales. La carne de cerdo en canal o en cortes debe estar exenta de contaminación por material fecal, orina, bilis, pelo, suciedad o materia extraña y debe ser manipulada en condiciones higiénicas que prevengan su contaminación.
Requisitos Específicos
En la carne de cerdo la musculatura, grasa, cartílagos deben presentar olor y color característicos normales de la especie. La carne de cerdo debe cumplir con los límites de Residuos de Medicamentos Veterinarios y otras Sustancias Químicas establecidos en la normatividad sanitaria vigente. La carne de cerdo debe provenir de proveedores que se encuentren autorizados y registrados ante la autoridad sanitaria competente y que hayan entregado el producto a la temperatura reglamentada. La carne debe ser transportada en vehículos que garanticen las condiciones de conservación de la misma. La carne de cerdo debe cumplir con los requisitos de calidad e inocuidad establecidos en la Resolución 4282 de 2007 del Ministerio de la Protección social, Debe estar obtenido, de la pierna trasera del animal en canal con una composicion de grasa: no mayor al 10% y no debe contener grasa intramuscular mayor al 5%.
Empaque y rotulado
Los materiales de envase, empaque y embalaje deberán ser de primer uso y fabricados sobre la base de productos que no alteren las características organolépticas de la carne, que no transmitan a la misma, sustancias nocivas para la salud de las personas y que sean resistentes a la manipulación, al transporte y deberán manejarse y almacenarse en forma higiénica. La etiqueta del producto deberá contener como mínimo, fecha de beneficio, fecha de empaque, fecha de vencimiento, nombre del corte. El etiquetado deberá garantizar la trazabilidad del producto. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la protección Social.
Presentación El producto se comercializará empacada al vacío sin perder la cadena de frio de los alimentos, en presentaciones de 1 kilogramo en adelante, obtenida del pernil del cerdo de la parte delantera, sin hueso, debe ser 100 % pulpa de carne.
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 45
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto Carnes procesadas y preparadas
Nombre Comercial del Producto
CARNE DE CERDO, CORTE LOMO POR 5 KILOS CADA UNO
Calidad
Decretos 2965 de 2008, Resolución 4282 de 2007 , Decreto 2278 de 1982 y NTC 4271 por el cual se establece el reglamento técnico a través del cual se crea el
Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia y Control de la Carne, Productos
Cárnicos Comestibles y Derivados Cárnicos, destinados para el Consumo
Humano y los requisitos sanitarios y de inocuidad que se deben cumplir en su
producción primaria, beneficio, desposte, desprese, procesamiento,
almacenamiento, transporte, comercialización, expendio, importación o
exportación.
Generalidades Carne de cerdo: parte muscular y tejidos blandos que rodean al esqueleto de los animales de la especie porcina, incluyendo su cobertura de grasa, tendones, vasos, nervios, aponeurosis y que ha sido declarada inocua y apta para el consumo humano.
Requisitos generales
La carne de cerdo en canal o en cortes debe estar exenta de contaminación por material fecal, orina, bilis, pelo, suciedad o materia extraña y debe ser manipulada en condiciones higiénicas que prevengan su contaminación. La carne debe ser inspeccionada y aprobada por la autoridad competente que garantice que está exenta de cualquier lesión patología y que es apta para el consumo humano.
Requisitos Específicos
En la carne de cerdo la musculatura, grasa, cartílagos deben presentar olor y color característicos normales de la especie. La carne de cerdo debe cumplir con los límites de Residuos de Medicamentos Veterinarios y otras Sustancias Químicas establecidos en la normatividad sanitaria vigente. La carne de cerdo debe provenir de proveedores que se encuentren autorizados y registrados ante la autoridad sanitaria competente y que hayan entregado el producto a la temperatura reglamentada. La carne debe ser transportada en vehículos que garanticen las condiciones de conservación de la misma. La carne de cerdo debe cumplir con los requisitos de calidad e inocuidad establecidos en la Resolución 4282 de 2007 del Ministerio de la Protección social, debe provenir el corte de la parte superior del animal en el, lomo cual la composicion de grasa no debe superar el 10%.
Empaque y rotulado
Los materiales de envase, empaque y embalaje deberán ser de primer uso y fabricados sobre la base de productos que no alteren las características organolépticas de la carne, que no transmitan a la misma, sustancias nocivas para la salud de las personas y que sean resistentes a la manipulación, al transporte y deberán manejarse y almacenarse en forma higiénica. La etiqueta del producto deberá contener como mínimo, fecha de beneficio, fecha de empaque, fecha de vencimiento, nombre del corte. El etiquetado deberá garantizar la trazabilidad del producto. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la protección Social, para materias primas.
Presentación El producto podrá ser distribuido o comercializado en canal o cortes, el peso aproximado es de 5 kilogramos cada lomo, el corte debe provenir de la parte superior del cerdo, con cantidad mínima de grasa, sin hueso, empacado al vacío sin perder la cadena d
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 46
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto Carnes procesadas y preparadas
Nombre Comercial del Producto
CARNE DE CORDERO CORTE COSTILLAR
Calidad
Decretos 2965 de 2008, Resolución 4282 de 2007 , Decreto 2278 de 1982 y NTC 4271 por el cual se establece el reglamento técnico a través del cual se crea el
Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia y Control de la Carne, Productos
Cárnicos Comestibles y Derivados Cárnicos, destinados para el Consumo
Humano y los requisitos sanitarios y de inocuidad que se deben cumplir en su
producción primaria, beneficio, desposte, desprese, procesamiento,
almacenamiento, transporte, comercialización, expendio, importación o
exportación.
Generalidades Carne de cordero parte muscular y tejidos blandos que rodean el esqueleto, incluyendo su cobertura de grasa, tendones, vasos, nervios, proveniente de corderos (cualquier especie del género Ovis aries, la oveja doméstica) que han sido declarados aptos para el consumo humano.
Requisitos generales
La carne debe estar libre de hematomas, fracturas, necrosis, abscesos, tumores, depósitos calcáreos, parásitos libre de olores anormales entre otros. La carne de codero en canal o en cortes debe estar exenta de contaminación por material fecal, orina, bilis, pelo, suciedad o materia extraña y debe ser manipulada en condiciones higiénicas que prevengan su contaminación.
Requisitos Específicos
En la carne de codero, la musculatura, grasa, cartílagos deben presentar olor y color característicos normales de la especie. La carne debe ser transportada en vehículos que garanticen las condiciones de conservación de la misma. La carne de codero debe cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 2278 de 1982 del Ministerio de Salud, debe provenir el corte de el costillar del animal el cual debe estar compuesto por un 90% proteina o carne y u 10% en grasa propia del animal.
Empaque y rotulado
La carne de codero deberá ser envasada o empacada, en material sanitario de primer uso, que no alteren las características organolépticas fisicoquímicas y microbiológicas de la carne y que sean resistentes a la manipulación, al transporte. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 para materias primas.
Presentación El producto debe comercializarse empacado al vacio, el costillar debe tener un 80% de carne pulpa y el restante hueso, no debe tener alteraciones en su empaque ni coloraciones extrañas. 1 kilo
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 47
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto Carnes procesadas y preparadas
Nombre Comercial del Producto
CARNE DE CORDERO CORTE PIERNA CON HUESO
Calidad
Decretos 2965 de 2008, Resolución 4282 de 2007 , Decreto 2278 de 1982 y NTC 4271 por el cual se establece el reglamento técnico a través del cual se crea el
Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia y Control de la Carne, Productos
Cárnicos Comestibles y Derivados Cárnicos, destinados para el Consumo
Humano y los requisitos sanitarios y de inocuidad que se deben cumplir en su
producción primaria, beneficio, desposte, desprese, procesamiento,
almacenamiento, transporte, comercialización, expendio, importación o
exportación.
Generalidades . La carne de cordero, procede de animales de entre un mes y un año de edad y con un peso de entre 5,5 y 25 kg, es la forma principal en que se consumen estas especies. La carne de ovejas mayores se comercializa con otro nombre.
Requisitos generales
La carne debe estar libre de hematomas, fracturas, necrosis, abscesos, tumores, depósitos calcáreos, parásitos libre de olores anormales entre otros. La carne de codero en canal o en cortes debe estar exenta de contaminación por material fecal, orina, bilis, pelo, suciedad o materia extraña y debe ser manipulada en condiciones higiénicas que prevengan su contaminación. La carne debe ser inspeccionada y aprobada por la autoridad competente que garantice que está exenta de cualquier lesión o patología y que es apta para el consumo humano.
Requisitos Específicos
En la carne de codero, la musculatura, grasa, cartílagos deben presentar olor y color característicos normales de la especie. La carne debe ser transportada en vehículos que garanticen las condiciones de conservación de la misma. La carne de codero debe cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 2278 de 1982 del Ministerio de Salud. debe provenir de las piernas traseras del animal el corte de carne, con un 10% de grasa intramuscular.
Empaque y rotulado
La carne de codero deberá ser envasada o empacada, en material sanitario de primer uso, que no alteren las características organolépticas fisicoquímicas y microbiológicas de la carne y que sean resistentes a la manipulación, al transporte. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 para materias primas.
Presentación El producto se comercializará empacado al vacío, con una capa de grasa no superior al 5% del peso del producto, en presentación de 5 kilogramos, sin perder cadena de frio.
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 48
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto Carnes procesadas y preparadas
Nombre Comercial del Producto
CARNE DE PATO PECHUGA
Calidad
Decretos 2965 de 2008, Resolución 4282 de 2007 , Decreto 2278 de 1982 y NTC 4271 por el cual se establece el reglamento técnico a través del cual se crea el
Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia y Control de la Carne, Productos
Cárnicos Comestibles y Derivados Cárnicos, destinados para el Consumo
Humano y los requisitos sanitarios y de inocuidad que se deben cumplir en su
producción primaria, beneficio, desposte, desprese, procesamiento,
almacenamiento, transporte, comercialización, expendio, importación o
exportación.
Generalidades
Carne de pato es el producto obtenido de la parte muscular y tejidos blandos que rodean al esqueleto del ave, incluyendo su piel, grasa, tendones y vasos, proveniente de patos domésticos ( de la familia Anatidae), que en edad de sacrificio que han sido declarados aptos para el consumo humano. Las canales de aves podrán ser fraccionadas en diferente corte para su comercialización.
Requisitos generales
En la carne pato debe presentar: Olor: característicos de la especie. Color de la carne: rosa pálido. La carne debe provenir de una planta de beneficio autorizada. Debe estar libre de hematomas, fracturas, necrosis, abscesos, tumores, depósitos calcáreos, parásitos, libre de olores anormales entre otros. La carne debe ser transportada en vehículos que garanticen las condiciones de conservación de la misma. La carne de pato, en canal o en cortes debe estar exenta de contaminación por material fecal, suciedad o materia extraña y debe ser manipulada en condiciones
Requisitos Específicos la carne pato debe presentar: Olor: característicos de la especie. Color de la carne: rosa pálido. La carne debe provenir de una planta de beneficio autorizada. Debe provenir de la parte del pecho del pato, el color debe ser caracteristico de la especie.
Empaque y rotulado
La carne de pato deberá ser envasada o empacada, en material sanitario de primer uso, que no alteren las características organolépticas fisicoquímicas y microbiológicas de la carne y que sean resistentes a la manipulación, al transporte. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del ministerio de la Protección Social para materias primas
Presentación El producto se comercializa empacado al vacio, con piel y sin hueso, la carne debe estar totalmente compacta, y no debe presentarse ningún tipo de alteración en su composición X 1 KILO. UNIDAD
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 49
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto Carnes procesadas y preparadas
Nombre Comercial del Producto
CARNE DE POLLO MUSLOS
Calidad
Decreto 2270 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social que establece el
reglamento técnico a través del cual se crea el Sistema Oficial de Inspección,
Vigilancia y Control de la Carne, Productos Cárnicos Comestibles y Derivados
Cárnicos, destinados para el Consumo Humano y se fijaron los requisitos
sanitarios y de inocuidad que se deben cumplir en su producción primaria,
beneficio, desposte, desprese, procesamiento, almacenamiento, transporte,
comercialización, expendio, importación o exportación.
Generalidades
Carne de pollo, es el producto obtenido de la parte muscular y tejidos blandos que rodean al esqueleto del ave, incluyendo piel, grasa, tendones y vasos, proveniente pollo o gallina, (aves de corral de la familia de Faisanidae, del género Gallus, de la especie domésticas) que en edad de sacrificio han sido declaradas aptas para el consumo humano. Las canales de aves podrán ser fraccionadas en diferente corte para su comercialización.
Requisitos generales
La carne debe provenir de una planta de beneficio autorizada. Debe estar libre de hematomas, fracturas, necrosis, abscesos, tumores, depósitos calcáreos, parásitos, libre de olores anormales entre otros. La carne de pollo o gallina, en canal o en cortes debe estar exenta de contaminación por material fecal, suciedad o materia extraña y debe ser manipulada en condiciones higiénicas que prevengan su contaminación. La carne debe ser inspeccionada y aprobada por la autoridad competente que garantice que está exenta de cualquier lesión o patología y que es apta para el consumo humano.
Requisitos Específicos En la carne pollo debe presentar: Olor: característicos de la especie. Color de la carne: rosa pálido. La carne debe ser transportada en vehículos que garanticen las condiciones de conservación de la misma.
Empaque y rotulado
La carne de pollo deberá ser envasada o empacada, en material sanitario de primer uso, que no alteren las características organolépticas fisicoquímicas y microbiológicas de la carne y que sean resistentes a la manipulación, al transporte. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 para materias primas
Presentación El producto se comercializara empacado al vacío, libre de partículas o sustancias que alteren el producto, sin perder la cadena de frio, en presentación de 5 unidades o aproximadamente 1 kilogramo.
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 50
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto Carnes procesadas y preparadas
Nombre Comercial del Producto
CARNE DE RES CORTE AGUJA
Calidad
Decretos 2965 de 2008, Resolución 4282 de 2007 , Decreto 2278 de 1982 y NTC 4271 por el cual se establece el reglamento técnico a través del cual se crea el
Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia y Control de la Carne, Productos
Cárnicos Comestibles y Derivados Cárnicos, destinados para el Consumo
Humano y los requisitos sanitarios y de inocuidad que se deben cumplir en su
producción primaria, beneficio, desposte, desprese, procesamiento,
almacenamiento, transporte, comercialización, expendio, importación o
exportación.
Generalidades Carne de bovino: parte muscular y tejidos blandos que rodean al esqueleto de los animales de la especie bovina o bufalina, incluyendo su cobertura de grasa, tendones, vasos, nervios, aponeurosis y que ha sido declarada inocua y apta para el consumo humano.
Requisitos generales
. Debe estar libre de hematomas, fracturas, necrosis, abscesos, tumores, depósitos calcáreos, parásitos libre de olores anormales entre otros. La carne de bovino en canal o en cortes debe estar exenta de contaminación por material fecal, orina, bilis, pelo, suciedad o materia extraña y debe ser manipulada en condiciones higiénicas que prevengan su contaminación.
Requisitos Específicos
En la carne de bovino la musculatura, grasa, cartílagos deben presentar olor y color característicos normales de la especie, al igual que las vísceras. La carne y vísceras deben ser transportadas en vehículos que garanticen las condiciones de conservación de la misma. debe provenir de una res o bovino que no supere los 12 meses de vida. de calidad angus, o hereford el corte de carne se debe obtener de la parte baja del lomo.
Empaque y rotulado
La carne de bovino deberá ser envasada o empacada, en material sanitario de primer uso, que no alteren las características organolépticas fisicoquímicas y microbiológicas de la carne y que sean resistentes a la manipulación, al transporte. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 para materias primas, debe estar empacada al vacio sin perder la cadena de frio.
Presentación El producto se comercializará empacado al vacío, con una capa de grasa no superior al 5% del peso del producto, en presentación de 5 kilogramos, sin perder cadena de frio.
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 51
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto Carnes procesadas y preparadas
Nombre Comercial del Producto
CARNE DE RES CORTE BOLA DE LOMO
Calidad
Decretos 2965 de 2008, Resolución 4282 de 2007 , Decreto 2278 de 1982 y NTC 4271 por el cual se establece el reglamento técnico a través del cual se crea el
Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia y Control de la Carne, Productos
Cárnicos Comestibles y Derivados Cárnicos, destinados para el Consumo
Humano y los requisitos sanitarios y de inocuidad que se deben cumplir en su
producción primaria, beneficio, desposte, desprese, procesamiento,
almacenamiento, transporte, comercialización, expendio, importación o
exportación.
Generalidades
. Sus cortes o postas provenientes al realizarse el deshuese, o la separación de los músculos de la estructura ósea, esta separación puede hacerse retirando el o los músculos que constituyen el corte final o que constituyen varios cortes que serán separados en una etapa posterior de las diferentes partes del bovino.
Requisitos generales
La carne de bovino en canal o en cortes debe estar exenta de contaminación por material fecal, orina, bilis, pelo, suciedad o materia extraña y debe ser manipulada en condiciones higiénicas que prevengan su contaminación. La carne y vísceras deben ser inspeccionadas y aprobadas por la autoridad competente que garantice que está exenta de cualquier lesión o patología y que es apta para el consumo humano.
Requisitos Específicos
En la carne de bovino la musculatura, grasa, cartílagos deben presentar olor y color característicos normales de la especie, al igual que las vísceras. de calidad angus, o hereford, este corte se encuentra en la parte central de las piernas traseras de la res, contiene al rededor de un 15 a 20% de grasa intramuscular.
Empaque y rotulado
La carne de bovino deberá ser envasada o empacada, en material sanitario de primer uso, que no alteren las características organolépticas fisicoquímicas y microbiológicas de la carne y que sean resistentes a la manipulación, al transporte. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 para materias primas, debe estar empacada al vacio sin perder la cadena de frio, en presentaciones de 5 kilogramos en adelante.
Presentación El producto se comercializará empacado al vacío, con una capa de grasa no superior al 5% del peso del producto, en presentación de 5 kilogramos, sin perder cadena de frio.
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 52
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto Carnes procesadas y preparadas
Nombre Comercial del Producto
CARNE DE RES CORTE CHATAS
Calidad
Decretos 2965 de 2008, Resolución 4282 de 2007 , Decreto 2278 de 1982 y NTC 4271 por el cual se establece el reglamento técnico a través del cual se crea el
Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia y Control de la Carne, Productos
Cárnicos Comestibles y Derivados Cárnicos, destinados para el Consumo
Humano y los requisitos sanitarios y de inocuidad que se deben cumplir en su
producción primaria, beneficio, desposte, desprese, procesamiento,
almacenamiento, transporte, comercialización, expendio, importación o
exportación.
Generalidades
Carne de bovino: parte muscular y tejidos blandos que rodean al esqueleto de los animales de la especie bovina o bufalina, incluyendo su cobertura de grasa, tendones, vasos, nervios, aponeurosis y que ha sido declarada inocua y apta para el consumo humano. Sus cortes o postas provenientes al realizarse el deshuese, o la separación de los músculos de la estructura ósea, esta separación puede hacerse retirando el o los músculos que constituyen el corte final o que constituyen varios cortes que serán separados en una etapa posterior de las diferentes partes del bovino.
Requisitos generales La carne de bovino en canal o en cortes debe estar exenta de contaminación por material fecal, orina, bilis, pelo, suciedad o materia extraña y debe ser manipulada en condiciones higiénicas que prevengan su contaminación.
Requisitos Específicos
En la carne de bovino la musculatura, grasa, cartílagos deben presentar olor y color característicos normales de la especie, al igual que las vísceras. de calidad angus, o hereford, este corte se encuentra entre el lomo y la pierna de la res, contiene una capa de grasa gruesa que no supera el 20% del total del producto en la parte superior del corte.
Empaque y rotulado
La carne de bovino deberá ser envasada o empacada, en material sanitario de primer uso, que no alteren las características organolépticas fisicoquímicas y microbiológicas de la carne y que sean resistentes a la manipulación, al transporte. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 para materias primas
Presentación Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 para materias primas, debe estar empacada al vacio sin perder la cadena de frio, en presentaciones de 5 kilogramos en adelante, en empaques que no alteren las características del a
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 53
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto Carnes procesadas y preparadas
Nombre Comercial del Producto
CARNE DE RES CORTE COSTILLA
Calidad
Decretos 2965 de 2008, Resolución 4282 de 2007 , Decreto 2278 de 1982 y NTC 4271 por el cual se establece el reglamento técnico a través del cual se crea el
Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia y Control de la Carne, Productos
Cárnicos Comestibles y Derivados Cárnicos, destinados para el Consumo
Humano y los requisitos sanitarios y de inocuidad que se deben cumplir en su
producción primaria, beneficio, desposte, desprese, procesamiento,
almacenamiento, transporte, comercialización, expendio, importación o
exportación.
Generalidades
Sus cortes o postas provenientes al realizarse el deshuese, o la separación de los músculos de la estructura ósea, esta separación puede hacerse retirando el o los músculos que constituyen el corte final o que constituyen varios cortes que serán separados en una etapa posterior de las diferentes partes del bovino.
Requisitos generales
La carne debe estar libre de hematomas, fracturas, necrosis, abscesos, tumores, depósitos calcáreos, parásitos libre de olores anormales entre otros. La carne de bovino en canal o en cortes debe estar exenta de contaminación por material fecal, orina, bilis, pelo, suciedad o materia extraña y debe ser manipulada en condiciones higiénicas que prevengan su contaminación. La carne debe ser inspeccionada y aprobada por la autoridad competente que garantice que está exenta de cualquier lesión o patología y que es apta para el consumo humano.
Requisitos Específicos
En la carne de res, la musculatura, grasa, cartílagos deben presentar olor y color característicos normales de la especie No debe presentar ningún tipo de alteración en sus características organolépticas. de calidad angus, o hereford, el corte de res debe obtenerse de la parte del costillar de la res magro, no debe tener una composicion mayor al 20% de grasa el 60% debe ser carne y el 20% maximo puede llegar a ser hueso.
Empaque y rotulado
La carne de res deberá ser envasada o empacada, en material sanitario de primer uso, que no alteren las características organolépticas fisicoquímicas y microbiológicas de la carne y que sean resistentes a la manipulación, al transporte. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 para materias primas.
Presentación El producto se comercializará empacado al vacio, sin perder la cadena de frio, la posta entera sin cortar, sin superar el 20% del total de la composición en hueso, el 80% debe ser carne pulpa adherida al hueso. 5 kilograsmos
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 54
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto Carnes procesadas y preparadas
Nombre Comercial del Producto
CARNE DE RES CORTE MURILLO MOLIDO
Calidad
Decretos 2965 de 2008, Resolución 4282 de 2007 , Decreto 2278 de 1982 y NTC 4271 por el cual se establece el reglamento técnico a través del cual se crea el
Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia y Control de la Carne, Productos
Cárnicos Comestibles y Derivados Cárnicos, destinados para el Consumo
Humano y los requisitos sanitarios y de inocuidad que se deben cumplir en su
producción primaria, beneficio, desposte, desprese, procesamiento,
almacenamiento, transporte, comercialización, expendio, importación o
exportación.
Generalidades Carne de bovino: parte muscular y tejidos blandos que rodean al esqueleto de los animales de la especie bovina o bufalina, incluyendo su cobertura de grasa, tendones, vasos, nervios, aponeurosis y que ha sido declarada inocua y apta para el consumo humano.
Requisitos generales
La carne y vísceras deben provenir de una planta de beneficio autorizada. Debe estar libre de hematomas, fracturas, necrosis, abscesos, tumores, depósitos calcáreos, parásitos libre de olores anormales entre otros. La carne de bovino en canal o en cortes debe estar exenta de contaminación por material fecal, orina, bilis, pelo, suciedad o materia extraña y debe ser manipulada en condiciones higiénicas que prevengan su contaminación.
Requisitos Específicos
En la carne de res, la musculatura, grasa, cartílagos deben presentar olor y color característicos normales de la especie. L No debe presentar ningún tipo de alteración en sus características organolépticas. de calidad angus, o hereford, debe molerse este corte obtenido de la parte cerca a la cabeza y lomo de la res.
Empaque y rotulado
La carne de res deberá ser envasada o empacada, en material sanitario de primer uso, que no alteren las características organolépticas fisicoquímicas y microbiológicas de la carne y que sean resistentes a la manipulación, al transporte. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 para materias primas.
Presentación El producto se comercializará empacado al vacio, con una molienda de primera clase, no debe estar mezclado con ningún otro tipo de carne, debe ser 100% molienda del corte de carne mencionado, y debe contener la grasa normal permitida de este corte que no
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 55
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto Carnes procesadas y preparadas
Nombre Comercial del Producto
CARNE DE RES CORTE SOBREBARRIGA
Calidad
Decretos 2965 de 2008, Resolución 4282 de 2007 , Decreto 2278 de 1982 y NTC 4271 por el cual se establece el reglamento técnico a través del cual se crea el
Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia y Control de la Carne, Productos
Cárnicos Comestibles y Derivados Cárnicos, destinados para el Consumo
Humano y los requisitos sanitarios y de inocuidad que se deben cumplir en su
producción primaria, beneficio, desposte, desprese, procesamiento,
almacenamiento, transporte, comercialización, expendio, importación o
exportación.
Generalidades Carne de bovino: parte muscular y tejidos blandos que rodean al esqueleto de los animales de la especie bovina o bufalina, incluyendo su cobertura de grasa, tendones, vasos, nervios, aponeurosis y que ha sido declarada inocua y apta para el consumo humano.
Requisitos generales
La carne y vísceras deben provenir de una planta de beneficio autorizada. Debe estar libre de hematomas, fracturas, necrosis, abscesos, tumores, depósitos calcáreos, parásitos libre de olores anormales entre otros. La carne de bovino en canal o en cortes debe estar exenta de contaminación por material fecal, orina, bilis, pelo, suciedad o materia extraña y debe ser manipulada en condiciones higiénicas que prevengan su contaminación.
Requisitos Específicos
En la carne de res, la musculatura, grasa, cartílagos deben presentar olor y color característicos normales de la especie. . No debe presentar ningún tipo de alteración en sus características organolépticas. de calidad angus, o hereford, se obtiene de la parte baja de la res, no debe contener mas del 20% de grasa, debe ser delgada.
Empaque y rotulado
La carne de res deberá ser envasada o empacada, en material sanitario de primer uso, que no alteren las características organolépticas fisicoquímicas y microbiológicas de la carne y que sean resistentes a la manipulación, al transporte. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 para materias primas.
Presentación El producto se comercializará empacado al vacio, sin ningún tipo de alteración en su empaque, debe garantizar la inocuidad del alimento en su totalidad, en presentación de 5 kiloS, no debe exceder el 30% de su composición en grasa.
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 56
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto Carnes procesadas y preparadas
Nombre Comercial del Producto
CARNE DE RES,CORTE LOMO
Calidad
Resolución 2905 de 2007 del Ministerio de la Protección Social. Decreto 2278 de 1982 del Ministerio de Salud. NTC 4271 por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios y de inocuidad de la carne y productos cárnicos comestibles de las especies bovina y bufalina destinados para el consumo humano y las disposiciones para su beneficio, desposte, almacenamiento, comercialización, expendio, transporte, importación o exportación.
Generalidades
. Sus cortes o postas provenientes al realizarse el deshuese, o la separación de los músculos de la estructura ósea, esta separación puede hacerse retirando el o los músculos que constituyen el corte final o que constituyen varios cortes que serán separados en una etapa posterior de las diferentes partes del bovino.
Requisitos generales
La carne de bovino en canal o en cortes debe estar exenta de contaminación por material fecal, orina, bilis, pelo, suciedad o materia extraña y debe ser manipulada en condiciones higiénicas que prevengan su contaminación. La carne y vísceras deben ser inspeccionadas y aprobadas por la autoridad competente que garantice que está exenta de cualquier lesión o patología y que es apta para el consumo humano.
Requisitos Específicos En la carne de bovino la musculatura, grasa, cartílagos deben presentar olor y color característicos normales de la especie, al igual que las vísceras. de calidad angus, o hereford, obtenidas de la parte superior de la res, con un porcentaje de grasa inferior al 10%.
Empaque y rotulado
La carne de bovino deberá ser envasada o empacada, en material sanitario de primer uso, que no alteren las características organolépticas fisicoquímicas y microbiológicas de la carne y que sean resistentes a la manipulación, al transporte. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 para materias primas
Presentación El producto se comercializará empacado al vacio, con una composición no mayor del 10% de grasa en el producto. En materiales que no alteren las características organolépticas del producto.5Kilos
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 57
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto Carnes procesadas y preparadas
Nombre Comercial del Producto
CARNE DE RES,CORTE PUNTA DE ANCA
Calidad
Decretos 2965 de 2008, Resolución 4282 de 2007 , Decreto 2278 de 1982 y NTC 4271 por el cual se establece el reglamento técnico a través del cual se crea el
Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia y Control de la Carne, Productos
Cárnicos Comestibles y Derivados Cárnicos, destinados para el Consumo
Humano y los requisitos sanitarios y de inocuidad que se deben cumplir en su
producción primaria, beneficio, desposte, desprese, procesamiento,
almacenamiento, transporte, comercialización, expendio, importación o
exportación.
Generalidades
Sus cortes o postas provenientes al realizarse el deshuese, o la separación de los músculos de la estructura ósea, esta separación puede hacerse retirando el o los músculos que constituyen el corte final o que constituyen varios cortes que serán separados en una etapa posterior de las diferentes partes del bovino.
Requisitos generales
La carne y vísceras deben provenir de una planta de beneficio autorizada. Debe estar libre de hematomas, fracturas, necrosis, abscesos, tumores, depósitos calcáreos, parásitos libre de olores anormales entre otros. La carne de bovino en canal o en cortes debe estar exenta de contaminación por material fecal, orina, bilis, pelo, suciedad o materia extraña y debe ser manipulada en condiciones higiénicas que prevengan su contaminación.
Requisitos Específicos En la carne de bovino la musculatura, grasa, cartílagos deben presentar olor y color característicos normales de la especie, al igual que las vísceras, debe ser obtenida de la parte superior del animal, en los cuartos traseros de la res.
Empaque y rotulado
La carne de bovino deberá ser envasada o empacada, en material sanitario de primer uso, que no alteren las características organolépticas fisicoquímicas y microbiológicas de la carne y que sean resistentes a la manipulación, al transporte. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 para materias primas
Presentación El producto se comercializará empacado al vacio, que no altere sus características organolépticas, con un porcentaje de grasa no superior al 20% y de reses que no hayan superado los 12 meses de vida.1 kl
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 58
Código UNSPSC 50221100
Nombre del Producto Legumbres
Nombre Comercial del Producto
COCOA EN POLVO
Calidad
NTC 518 Y NTC 792 ESTABLECE LOS REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR EL CACAO EN POLVO Y SUS MEZCLAS SECAS CON EDULCOLORANTES El cacao empleado debe cumplir con los requisitos específicos de calidad establecidos en la NTC 518 y NTC 792. El proveedor debe cumplir con las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), Decreto 3075 de 1997 del Ministerio de Salud. El producto no debe exceder los limites de metales pesados y residuos de plaguicidas establecidos en la Resolución 2906 de 2007.
Generalidades
La Cocoa es el producto de la molienda de la torta de cacao o licor de cacao. Producto al cual se le ha retirado la mayor parte de la manteca de cacao, mediante medios físicos reduciéndolo hasta un 28%, obteniendo una torta que se puede pulverizar o transformar en sólido, producto que se conoce como cocoa.
Requisitos generales No se permite la adición de sustancias inertes, dextrinas sustancias conservantes o materias extrañas. El color debe ser propio del producto, no debe presentar olores extraños, ni humedad externa anormal, o presencia de plagas, residuos químicos y signos de pudrición (rancidez).
Requisitos Específicos El cocoa debe contener: Contenido de grasa de cacao (%) m/m: 28% máximo. Humedad (%) m/m: 3,0 % máximo.
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material inocuos, resistentes y atóxico, inalterable al contacto con el producto que no altere las características del producto físicas, químicas y sensoriales hasta el consumo final y aseguren su conservación. El rótulo debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación El producto debe estar distribuido en material que evite la contaminación en su distribución y almacenamiento, en presentaciones de 1 kl.
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 59
Código UNSPSC 50221300
Nombre del Producto Harina y productos de molinos
Nombre Comercial del Producto
ALMIDON DE YUCA SIN PROCESAR
Calidad
NTC 926 ESTABLECE LOS REQUISITOS Y LOS METODOS DE ENSAYO QUE DEBE CUMPLIR EL ALMIDON DE MAIZ, SIN MODIFICAR. Debe cumplir con los requisitos microbiológicos establecidos en la NTC 927. Los residuos de plaguicidas no de beben exceder los límites máximos establecidos en la Resolución 2906 de 2007, Ministerio de la Protección Social o la norma que adicione modifique o sustituya
Generalidades
El almidón o fécula de yuca, es el producto obtenido por la molienda húmeda de la yuca (Manihot esculenta Crantz), y que corresponde a un polímero constituido de grupo anhidro de α D-glucosa. El almidón de yuca se obtiene del proceso de molienda, tamizado, separación con agua, sedimentación y secado. El almidón de yuca se usa en la industria alimentaria, en la elaboración de medicamentos, en la fabricación de textiles y papel.
Requisitos generales
Debe presentar color blanco, olor característico y sabor ligeramente dulce. Debe ser almacenado a temperatura ambiente, en su envase original. Debe estar exento de sustancias extrañas, o sustancias destinadas a dar aroma, color o modificar sus características fisicoquímicas. El alimento debe estar exento de contaminantes especialmente de sustancias farmacológicamente activas, libre de la presencia de plagas y protegido de la humedad. Debe cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 3075 de 1997 del Ministerio de Salud
Requisitos Específicos El almidón de yuca tienen solo un grado de calidad, debe estar libre de impurezas y cumplir con los siguientes requisitos: Humedad: 13% máximo. Contenido máximo de aflatoxinas 10mg/Kg máximo.
Empaque y rotulado
El producto debe ser empacado en material suficientemente inerte al producto y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y comercialización. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social
Presentación El producto se comercializará en empaques que no alteren la composición del alimento, en presentaciones de 1 kl
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 60
Código UNSPSC 50301500
Nombre del Producto Manzanas
Nombre Comercial del Producto
MANZANA ROJA GRANNY
Calidad NTC 3523 -1 ESTABLECE LOS REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS MANZANAS DE LAS VARIEDADES YELLOW, NEWTOWN, GRANNY SMITH, WHITE
Generalidades La manzana es de la familia de las Rosáceas, de las que hay cerca de 2.500 variedades conocidas y del género (Malus Pumila Mill) La manzana se clasifica en categoría Extra, I y II.
Requisitos generales Características sensoriales de la manzana: Color: depende de la variedad (verde, roja amarilla o combinadas de estos colores) Olor: característico de la variedad. Sabor: característico de la variedad. Las manzanas deben ser empacadas con el mismo grado de madurez, calidad y tamaño.
Requisitos Específicos
El producto debe cumplir con la norma NTC 3523-1 Energía 41
Proteína 0.30
Grasa Total (g) 0.10
Colesterol (mg) 0
Glúcidos 10.50, la manzana debe ser de color roja intenso.
Empaque y rotulado
El producto podrá ser empacado en canastas o cualquier otro envase que evite su deterioro y contaminación y permita su conservación, manipulación y visualización y aireación de la fruta, el cual deberá mantenerse en buenas condiciones de higiene. Se debe emplear separadores o insertos para evitar el roce de las manzanas o daño mecánico, los separadores pueden ser fabricados de cartón moldeado. No se admiten uso de papel periódico impreso
Presentación El producto debe ser distribuido, limpio sin ningún tipo de elemento ajeno a la composición del alimento, debe estar empacado en bolsa de 1 kilogramo, totalmente sellada, y con sus respectivas ventilaciones. que evite su deterioro y contaminación y permit
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 61
Código UNSPSC 50301500
Nombre del Producto Manzanas
Nombre Comercial del Producto
MANZANA VERDE GRANNY
Calidad NTC 3523 -1 ESTABLECE LOS REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS MANZANAS DE LAS VARIEDADES YELLOW, NEWTOWN, GRANNY SMITH, WHITE
Generalidades La manzana es de la familia de las Rosáceas, de las que hay cerca de 2.500 variedades conocidas y del género (Malus Pumila Mill) La manzana se clasifica en categoría Extra, I y II.
Requisitos generales Características sensoriales de la manzana: Color: depende de la variedad (verde, roja amarilla o combinadas de estos colores) Olor: característico de la variedad. Sabor: característico de la variedad. Las manzanas deben ser empacadas con el mismo grado de madurez, calidad y tamaño.
Requisitos Específicos
El producto debe cumplir con la norma NTC 3523-1 El Energía 41
Proteína 0.30
Grasa Total (g) 0.10
Colesterol (mg) 0
Glúcidos 10.50, la manzana debe ser de color verde, no debe presentar ningún grado de madurez superior.
Empaque y rotulado
El producto podrá ser empacado en canastas o cualquier otro envase que evite su deterioro y contaminación y permita su conservación, manipulación y visualización y aireación de la fruta, el cual deberá mantenerse en buenas condiciones de higiene. Se debe emplear separadores o insertos para evitar el roce de las manzanas o daño mecánico, los separadores pueden ser fabricados de cartón moldeado. No se admiten uso de papel periódico impreso
Presentación El producto debe ser distribuido, limpio sin ningún tipo de elemento ajeno a la composición del alimento, debe estar empacado en bolsa de 1 kilogramo, totalmente sellada, y con sus respectivas ventilaciones. que evite su deterioro y contaminación y permit
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 62
Código UNSPSC 50202200
Nombre del Producto Bebidas alcohólicas
Nombre Comercial del Producto
CERVEZA
Calidad Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 3854 ESTABLECE REQUISITOS GENERALES Y ESPECIFICOS Y METODOS DE ENSAYO QUE DEBE CUMPLIR LA CERVEZA
Generalidades
Cerveza es la bebida obtenida por fermentación alcohólica de un mosto elaborado con cebada germinada y otros cereales o azúcares, adicionado de lúpulo o su extracto natural, levadura yagua potable, a la cual se le podrán adicionar sabores naturales permitidos por el Ministerio de Salud y Protección Social
Requisitos generales
La cerveza no deberá contener impurezas o materiales extraños, ni sedimentos diferentes a los de las materias primas utilizadas permitidas en su elaboración o a los componentes normales que se forman después del proceso de elaboración. La levadura empleada en la elaboración de la cerveza debe provenir de un cultivo puro de levadura cervecera libre de cualquier otro tipo de microorganismo.
Requisitos Específicos Graduación alcoholimétrica: Máximo 15°, debe ser obtenida de la cebada, los compuestos o adiciones pueden ser lupulo, y trigo.
Empaque y rotulado
El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. El rotulo debera indicar fecha de vencimiento. El producto dependiendo del volumen podrá ser embalado en canastilla plástica, plástico termoencogible u otro material que garantice el mantenimiento de las caracteristicas del producto y del envase.
Presentación El producto debe ser comercializado en latas que no presenten ningún tipo de alteración en presentación de 1 LITRO
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 63
Código UNSPSC 50301700
Nombre del Producto Bananos
Nombre Comercial del Producto
BANANO
Calidad NTC 1190 Resolución 2906 de 2007 del ministerio de la Protección Social. ESTABLECE DEFINICIONES, CLASIFICACION, DESIGNACION, GRADOS DE CALIDAD, EMPAQUE, ROTULADO Y PRECAUCIONES. DEL PLATANO
Generalidades
El banano es una de las variedades del plátano procedentes de cualquier variedad del género Musa Sapientum., destinados a consumo fresco. El banano fruta de forma falcada o alongada, crece en racimos de hasta cien unidades y 50 kg de peso; de color amarillo cuando está maduro, es dulce y carnoso, rico en carbohidratos, potasio, vitamina A y vitamina C
Requisitos generales
El banano debe cumplir con los siguientes requisitos de calidad: • Enteros, duros con la forma característica de la variedad. • Secos, limpios, sin manchas ni grietas. • Sin rayas profundas, ni ataques de plagas o enfermedades. • Sin principios de pudrición, magulladuras, heridas no cicatrizadas o cuellos rotos.
Requisitos Específicos
Debe cumplir con los requisitos de calidad establecidos en la NTC 1190 Grasas – 0
Agua – 73’8
Fibra – 4’9 g
Calcio – 9 mg
Hierro – 0’6 mg
Yodo – 2 mcg
Magnesio – 38 mg
Cinc – 0’23 mg
Sodio – 1 mg
Potasio – 350 mg
Vitamina A – 33 mcg
Viatamina B1 – 0’06 mg
Vitamina B2 – 0’07 mg
Vitamina B3 – 0’8 mg
Vitamina B6 – 0’51 mcg
Vitamina B9 – 22 mcg
Vitamina C – 10 mg
Triptófano
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Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha Betacaroteno
Cobre
manganeso
Fósforo
Selenio
Empaque y rotulado El producto se debe empacar en recipientes elaborados con materiales que aseguren su conservación e higiene, que evite daños por acción mecánica durante el almacenamiento, transporte y expendio. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005.
Presentación El producto podrá ser distribuido empacado en bolsas que evite su deterioro y contaminación y permita su conservación, manipulación y visualización de la fruta, limpio, sin ningún tipo de sustancias o de objetos que sean ajenos al alimento X 1KILO.UNIDAD
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 64
Código UNSPSC 50302000
Nombre del Producto Moras
Nombre Comercial del Producto
MORA
Calidad NTC 4106 ESTABLECE LOS REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR LA MORA DE CASTILLA, DESTINADA PARA EL CONSUMO EN FRESCO O COMO MATERIA PRIMA
Generalidades
Fruto proveniente de la especie (Rubus spp.), cuyos fruto o baya está conformado por drupíllas que son pequeños frutos de forma esférica que conforman la mora, de pulpa agridulce y aromática, destinada para el consumo fresco o como materia prima para el procesamiento. Entre sus variedades más comunes se encuentra la mora de castilla o andina (Rubus glaucus). Es considerado fruto no climatérico, sus características color, tamaño, sabor, grado de madurez y defectos, establecerán su clasificación como categoría extra, I y II.
Requisitos generales
Características de la organolépticas mora: Color: amarillo verdoso a morado oscuro dependiendo del grado de madurez. Sabor: característico de la mora. Olor: propio de la fruta. La mora fresca debe tener drupíllas bien formadas llenas y bien adheridas, el fruto debe tener cáliz. El producto debe estar entero, firme, limpio, sano, consistencia firme. La mora debe estar libre de la presencia de plagas, de humedad externa anormal y olores extraños. Requisitos Específicos La mora debe cumplir con los requisitos establecidos en la NTC 4106. Los residuos de plaguicidas no de beben exceder los limites máximos establecidos en la Resolución 2906
Requisitos Específicos
Características de la organolépticas mora: Color: amarillo verdoso a morado oscuro dependiendo del grado de madurez. Sabor: característico de la mora. Olor: propio de la fruta. La mora fresca debe tener drupíllas bien formadas llenas y bien adheridas, el fruto debe tener cáliz. El producto debe estar entero, firme, limpio, sano, consistencia firme. La mora debe estar libre de la presencia de plagas, de humedad externa anormal y olores extraños DIAZINON 0.1
FENHEXAMIDE 15.0
FLUDIOXONIL 5.0
IPRODIONA 30.0
PERMETRIN 1.0
TOLILFLUANIDA 5.0
VINCLOZOLIN 5.0
Empaque y rotulado
El contenido de cada unidad de empaque debe ser homogéneo y estar compuesto por frutos del mismo origen, variedad, categoría color y calibre. El producto podrá ser empacado en canastas o cualquier otro envase que evite su deterioro y contaminación y permita su conservación, manipulación y visualización de la fruta, el cual deberá mantenerse en buenas condiciones de higiene. El rótulo de la mora debe cumplir con lo establecido en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social. Presentación El producto puede ser distribuido según lo requiera el mercado.
Presentación El producto podrá ser empacado en bolsas que evite su deterioro y contaminación y permita su conservación, manipulación y visualización de la fruta, el cual deberá mantenerse en buenas condiciones de higiene. El rótulo de la mora debe cumplir con lo estab
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 65
Código UNSPSC 50161500
Nombre del Producto Azucares naturales o productos endulzantes
Nombre Comercial del Producto
COBERTURA CHOCOLATE SUCEDANEO PARA MOLDEO
Calidad
Norma Técnica Colombiana NTC 792 –Chocolate y sucedaneos para consumo directo. Resolucion 1511 de 2011 STABLECE LOS REQUISITOS FISICOQUIMICOS Y MICROBIOLOGICOS ,Y LOS METODOS DE ENSAYO QUE DEBEN CUMPLIR EL CHOCOLATE Y SUS DERIVADOS
Generalidades Producto obtenido de chocolate, sucedáneos del chocolate, chocolate compuesto o chocolate aromatizado que se utilizan generalmente para recubrir otros productos o hacer productos de chocolates o productos de sucedáneos para consumo directo.
Requisitos generales El chocolate de cobertura debe contener, en extracto seco, no menos del 35% de extracto seco total de cacao, del cual no menos del 31% será manteca de cacao y el 2,5%, por lo menos, extracto seco magro de cacao.
Requisitos Específicos El producto debe contar con registro sanitario. Debe contener en sus componentes de fabricación, pasta de cacao, lecitina de soja, manteca de cacao
Empaque y rotulado
El rotulado deberá cumplir en su totalidad con lo establecido en las NTC¬512¬1 y
NTC 512¬2 Se deben envasar en recipientes elaborados con materiales inocuos y
Resistentes, de tal manera que no reaccionen con el producto o alteren las características físicas, químicas y sensoriales hasta el consumo final. Debe ofrecerse en envases de primer uso y de material adecuado que permita un cierre seguro y protección apropiada durante el almacenamiento
Presentación El producto se comercializará en presentaciones de 5 kilogramos, debe estar totalmente sellado el producto, sin muestras de algún tipo de alteración, el producto debe estar en láminas, o monedas, con su registro sanitario y fecha de vencimiento vigentes.
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 66
Código UNSPSC 50161500
Nombre del Producto Azucares naturales o productos endulzantes
Nombre Comercial del Producto
COBERTURA DE CACAO SEMIAMARGO
Calidad
Norma Técnica Colombiana NTC 792 –Chocolate y sucedaneos para consumo directo. Resolucion 1511 de 2011 STABLECE LOS REQUISITOS FISICOQUIMICOS Y MICROBIOLOGICOS ,Y LOS METODOS DE ENSAYO QUE DEBEN CUMPLIR EL CHOCOLATE Y SUS DERIVADOS
Generalidades Producto obtenido de chocolate, sucedáneos del chocolate, chocolate compuesto o chocolate aromatizado que se utilizan generalmente para recubrir otros productos o hacer productos de chocolates o productos de sucedáneos para consumo directo.
Requisitos generales
El chocolate de cobertura debe contener, en extracto seco, no menos del 50% de extracto seco total de cacao, del cual no menos del 31% será manteca de cacao y el 2,5%, por lo menos, extracto seco magro de cacao, debe estar obtenido del la pasta del cacao y no debe tener adiciones de productos lácteos
Requisitos Específicos
El producto debe contar con registro sanitario. Debe contener en sus componentes de fabricación, pasta de cacao, lecitina de soja, manteca de cacao. Y no debe tener ningún otro tipo de adición de ingredientes, ajenos a la composición natural de este. l 50% de extracto seco total de cacao, del cual no menos del 31% será manteca de cacao y el 2,5%,
Empaque y rotulado
El rotulado deberá cumplir en su totalidad con lo establecido en las NTC¬512¬1 y
NTC 512¬2 Se deben envasar en recipientes elaborados con materiales inocuos y
Resistentes, de tal manera que no reaccionen con el producto o alteren las características físicas, químicas y sensoriales hasta el consumo final. Debe ofrecerse en envases de primer uso y de material adecuado que permita un cierre seguro y protección apropiada durante el almacenamiento.
Presentación El producto se comercializará en presentaciones de 1 kilo en adelante, en materiales inocuos y de primer uso, no se permite que hayan sido modificados, ni alterados, debe contar con su registro sanitario y fecha de vencimiento.
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 67
Código UNSPSC 50161500
Nombre del Producto Azucares naturales o productos endulzantes
Nombre Comercial del Producto
COBERTURA DE CACAO 80% AMARGO
Calidad
Norma Técnica Colombiana NTC 792 –Chocolate y sucedaneos para consumo directo. Resolucion 1511 de 2011 STABLECE LOS REQUISITOS FISICOQUIMICOS Y MICROBIOLOGICOS ,Y LOS METODOS DE ENSAYO QUE DEBEN CUMPLIR EL CHOCOLATE Y SUS DERIVADOS
Generalidades Producto obtenido de chocolate, Que se utiliza para la elaboración de productos derivados del chocolate o cubrir otros productos.
Requisitos generales El chocolate de cobertura debe contener, en extracto seco, no menos del 80% de extracto seco total de cacao, del cual no menos del 10% será manteca de cacao y el 10%, por lo menos, extracto seco magro de cacao.
Requisitos Específicos
El chocolate semi amargo debe cumplir con el 80% mínimo de su composición en pasta de cacao, no debe tener aditivos como grasas o aceites, debe contar con su registro sanitario, y no debe tener adición de azúcar, el dulzor de este chocolate se debe dar por los azucares naturales del fruto del cacao. 80% de extracto seco total de cacao, del cual no menos del 10% será manteca de cacao y el 10%, por lo menos, extracto seco magro de cacao.
Empaque y rotulado El rotulado deberá cumplir en su totalidad con lo establecido en las NTC-512¬1 y NTC 512 deben ser recipientes inocuos de primer uso que no alteren ni modifiquen las características de los productos
Presentación El producto se comercializará en presentaciones de 1 kiloen adelante, en bloques, en material inerte que no altere las características organolépticas del producto ni su composición
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 68
Código UNSPSC 50161500
Nombre del Producto Azucares naturales o productos endulzantes
Nombre Comercial del Producto
COBERTURA DE CHOCOLATE 59%
Calidad
Norma Técnica Colombiana NTC 792 –Chocolate y sucedaneos para consumo directo. Resolucion 1511 de 2011 STABLECE LOS REQUISITOS FISICOQUIMICOS Y MICROBIOLOGICOS ,Y LOS METODOS DE ENSAYO QUE DEBEN CUMPLIR EL CHOCOLATE Y SUS DERIVADOS
Generalidades Producto obtenido de chocolate, sucedáneos del chocolate, chocolate compuesto o chocolate aromatizado que se utilizan generalmente para recubrir otros productos o hacer productos de chocolates o productos de sucedáneos para consumo directo
Requisitos generales El chocolate de cobertura debe contener, en extracto seco, no menos del 59% de extracto seco total de cacao, del cual no menos del 31% será manteca de cacao y el 10%, por lo menos, extracto seco magro de cacao
Requisitos Específicos El chocolate al 59% de cacao debe estar compuesto no menos de este porcentaje de pasta de cacao, no debe tener ningún aditivo independiente de los propios de este producto, es decir la adición de derivados de la leche, ni la adición de grasas y aceites.
Empaque y rotulado El rotulado deberá cumplir en su totalidad con lo establecido en las NTC¬512¬1 y NTC 512, deben ser recipientes inocuos de primer uso que no alteren ni modifiquen las características de los productos.
Presentación El producto se comercializará en presentaciones de 5 kilos , totalmente sellada en su empaque, con su registro sanitario y fecha de vencimiento, no debe presentar alteraciones en su empaque.
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 69
Código UNSPSC 50161500
Nombre del Producto Azucares naturales o productos endulzantes
Nombre Comercial del Producto
COBERTURA DE CHOCOLATE AL 36%
Calidad
Norma Técnica Colombiana NTC 792 –Chocolate y sucedaneos para consumo directo. Resolucion 1511 de 2011 STABLECE LOS REQUISITOS FISICOQUIMICOS Y MICROBIOLOGICOS ,Y LOS METODOS DE ENSAYO QUE DEBEN CUMPLIR EL CHOCOLATE Y SUS DERIVADOS
Generalidades Producto obtenido de chocolate, sucedáneos del chocolate, chocolate compuesto o chocolate aromatizado que se utilizan generalmente para recubrir otros productos o hacer productos de chocolates o productos de sucedáneos para consumo directo.
Requisitos generales El chocolate de cobertura debe contener, en extracto seco, no menos del 36% de extracto seco total de cacao, del cual no menos del 31% será manteca de cacao y el 30%, por lo menos, extracto seco magro de cacao
Requisitos Específicos El chocolate al 36% de cacao debe estar compuesto no menos de este porcentaje de pasta de cacao, no debe tener ningún aditivo independiente de los propios de este producto, es decir la adición de derivados de la leche, ni la adición de grasas y aceites.
Empaque y rotulado El rotulado deberá cumplir en su totalidad con lo establecido en las NTC¬512¬1 y NTC 512, deben ser recipientes inocuos de primer uso que no alteren ni modifiquen las características de los productos.
Presentación El producto se comercializará en presentaciones de 1 kilo, totalmente sellada en su empaque, con su registro sanitario y fecha de vencimiento, no debe presentar alteraciones en su empaque.
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 70
Código UNSPSC 50161500
Nombre del Producto Azucares naturales o productos endulzantes
Nombre Comercial del Producto
COBERTURA DE CHOCOLATE AL 43%
Calidad
Norma Técnica Colombiana NTC 792 –Chocolate y sucedaneos para consumo directo. Resolucion 1511 de 2011 STABLECE LOS REQUISITOS FISICOQUIMICOS Y MICROBIOLOGICOS ,Y LOS METODOS DE ENSAYO QUE DEBEN CUMPLIR EL CHOCOLATE Y SUS DERIVADOS
Generalidades Producto obtenido de la pasta de chocolate, chocolate compuesto o chocolate aromatizado que se utilizan generalmente para recubrir otros productos o hacer productos de chocolates o productos de sucedáneos para consumo directo.
Requisitos generales El chocolate de cobertura debe contener, en extracto seco, no menos del 43% de extracto seco total de cacao, del cual no menos del 31% será manteca de cacao y el 26%, por lo menos, extracto seco magro de cacao
Requisitos Específicos El chocolate al 43% de cacao debe estar compuesto no menos de este porcentaje de pasta de cacao, no debe tener ningún aditivo independiente de los propios de este producto, es decir la adición de derivados de la leche, ni la adición de grasas y aceites.
Empaque y rotulado El rotulado deberá cumplir en su totalidad con lo establecido en las NTC¬512¬1 y NTC 512, deben ser recipientes inocuos de primer uso que no alteren ni modifiquen las características de los productos.
Presentación El producto se comercializará en presentaciones de 1 kilo, totalmente sellada en su empaque, con su registro sanitario y fecha de vencimiento, no debe presentar alteraciones en su empaque.
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 71
Código UNSPSC 50161500
Nombre del Producto Azucares naturales o productos endulzantes
Nombre Comercial del Producto
COBERTURA SABOR A CHOCOLATE BLANCO
Calidad
Norma Técnica Colombiana NTC 792 –Chocolate y sucedaneos para consumo directo. Resolucion 1511 de 2011 STABLECE LOS REQUISITOS FISICOQUIMICOS Y MICROBIOLOGICOS ,Y LOS METODOS DE ENSAYO QUE DEBEN CUMPLIR EL CHOCOLATE Y SUS DERIVADOS
Generalidades Producto obtenido de chocolate, chocolate compuesto o chocolate aromatizado que se utilizan generalmente para recubrir otros productos o hacer productos de chocolates o productos de sucedáneos para consumo directo.
Requisitos generales El chocolate de cobertura blanco debe contener, en extracto seco, no menos del 50% de extracto seco total de cacao, del cual no menos del 31% será manteca de cacao y el 10%, por lo menos, extracto seco magro de cacao, lecitina de soja, leche en polvo y azúcar.
Requisitos Específicos El chocolate blanco debe estar compuesto no menos de 40% porcentaje de pasta de cacao, se permite la adición de compuestos naturales, como leche en polvo, lecitina de soja, azucares y no se permite el aditivo de aceites hidrogenados.
Empaque y rotulado El rotulado deberá cumplir en su totalidad con lo establecido en las NTC¬512¬1 y NTC 512, deben ser recipientes inocuos de primer uso que no alteren ni modifiquen las características de los productos.
Presentación El producto se comercializará en presentaciones de 1 kilo, totalmente sellada en su empaque, con su registro sanitario y fecha de vencimiento, no debe presentar alteraciones en su empaque.
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 72
Código UNSPSC 50304100
Nombre del Producto Limones
Nombre Comercial del Producto
LIMON TAHITI
Calidad NTC 4087 ESTABLECE LOS REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR LA LIMA TAHITI, DESTINADA PARA EL CONSUMO EN FRESCO O COMO MATERIA PRIMA PARA PRODUCCION.
Generalidades
Fruto proveniente de la especie (Citrus × limón), cuyos frutos son pequeños, verdes o amarillos, de pulpa ácida y fuertemente aromática, destinada para el consumo fresco o como materia prima para el procesamiento. Es considerado fruto no climatérico, sus características color, tamaño, sabor, grado de madurez y defectos establecerán su clasificación como categoría extra, I y II.
Requisitos generales
Características de la organolépticas limón: Color: propia del producto en su estado de madurez. Sabor: ácido Olor: aromático y cítrico propio de la fruta. El producto debe estar entero, firme, de forma característica, de aspecto fresco, limpio, sano, consistencia firme, y libre de magulladuras, El limón debe estar libre de la presencia de plagas, de humedad externa anormal y olores extraños.
Requisitos Específicos
No puede tener defecto en el color, cicatrices superficiales, y daño ocasionado por insectos no debe tener el fruto debe estar totalmente sano, Los residuos de plaguicidas no de beben exceder los límites máximos establecidos en la Resolución 2906 de 2007 del Ministerio de la protección Social. BIFENTRIN 0.05* Puede que haya residuos OXIDEMETÓN-METILO 0.2 próximos a ese nivel.
Empaque y rotulado
El contenido de cada unidad de empaque debe ser homogéneo y estar compuesto por frutos del mismo origen, variedad, categoría. El producto podrá ser empacado en canastas o cualquier otro envase que evite su deterioro y contaminación y permita su conservación, manipulación y visualización y aireación de la fruta, el cual deberá mantenerse en buenas condiciones de higiene.
Presentación El producto se comercializara en empaques que no alteren las características organolépticas del alimento, en el cual deben venir limpios, sin ningún tipo de plagas o elementos extraños al producto, sin que este supere el 30% de madurez al momento de entre
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 73
Código UNSPSC 50304500
Nombre del Producto Mangos
Nombre Comercial del Producto
MANGO
Calidad NTC 1266 ESTA NORMA ESTABLECE DEFINICIONES, REQUISITOS MINIMOS, PARA LAS FRUTAS FRESCAS Y SU TRANSPORTE
Generalidades Mango (Mangífera indica L) Familia: Anacardiaceae, El mango tiene maduración poscosecha, sus características color, tamaño, sabor, grado de acidez, contenido de fibra, depende de la variedad. El mango se clasifica en categoría Extra, I y II.
Requisitos generales El producto debe estar entero, firme, de aspecto fresco, sano, limpio y libre de manchas negras, magulladuras, insectos, humedad externa anormal, olores extraños. Índice de Madurez: se verifica por el color, forma y tamaño siendo especifico para cada variedad.
Requisitos Específicos
Los defectos del mango no deben exceder el 5%. su composicion minima debe ser:
0’7 g – Proteínas
0’5 g – Lípidos
14’5 g – Hidratos de carbono
1’9 g – Fibra
0 – Colesterol
10 mg – Calcio
0’5 mg – Hierro
18 mg – Magnesio
7 mg – Sodio
190 mg – Potasio
10 mg – Vitamina C
30 mcg – Ácido fólico Los residuos de plaguicidas no de beben exceder los límites máximos establecidos en la Resolución 2906 de 2007, el Ministerio de la Protección Social. CARBENDAZIM 2.0 Base de datos: benomilo
DIMETOATO 1.0 Po
DITIOCARBAMATOS 2.0 Base de datos: mancozeb
IMIDACLOPRID 0.2
PIRACLOSTROBIN 0.05*
PROPICONAZOL 0.05
TIABENDAZOL (tambièn utilizado como medicamento veterinario)
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha TRIADIMEFON 0.05*
TRIADIMENOL 0.5* 5.0 Po
Empaque y rotulado El producto podrá ser empacado en bolsas o cualquier otro envase que evite su deterioro y contaminación y permita su conservación, manipulación y visualización total de la fruta, el cual deberá mantenerse en buenas condiciones de higiene.
Presentación El producto se comercializara en empaques que no alteren las características organolépticas del alimento, en el cual deben venir limpios, sin ningún tipo de plagas o elementos extraños al producto, sin que este supere el 30% de madurez al momento de entre
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 74
Código UNSPSC 50171500
Nombre del Producto Hierbas y especias y extractos
Nombre Comercial del Producto
COMINO 4 LIBRAS
Calidad
Resolución 4241 de 1991 del Ministerio de Salud Por la cual se definen las características de las especias o condimentos vegetales y se
dictan normas sanitarias y de calidad de estos productos y de sus mezclas.
El Ministro de Salud,
Generalidades
El comino frutos sanos, limpios y desecados del Cominumcyminum, el cual es una planta herbácea anual perteneciente a la familia Apiaceae (antes llamadas umbelíferas). Las semillas son los frutos que constituyen la especia, de forma ovoidea o fusiforme alargada. El comino tiene un característico sabor amargo y un olor fuerte y dulzón por su alto contenido en aceites.
Requisitos generales
El producto debe estar libre de impurezas o materiales extraños. El color: característico de la variedad. Sabor: amargo y dulzón. Olor: fuerte. No debe presentar olores extraños, ni humedad externa anormal, no se permite la presencia de plagas, residuos químicos y signos de pudrición. El producto no debe contener sustancias destinadas a dar aroma, color o a modificar las características fisicoquímicas.
Requisitos Específicos
El comino molido debe cumplir con los siguientes requisitos: Humedad (%) m/m: 14%; máximo Cenizas (%) m/m: 12%; máximo Cenizas insolubles (%) m/m: 4% máximo Fibra bruta (%) m/m: 30% máximo. Aceite esencial (%) m/m: 1.5% mínimo. El proveedor debe cumplir con las Buenas Prácticas de Manufactura Decreto 3075 de 1997 del Ministerio de la Protección Social. El comino molido debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 4241 de 1991 del Ministerio de Salud y los requisitos establecidos en la NTC 4423. El producto no debe exceder los limites de metales pesados y plaguicidas establecidos en la Resolución 2906 de 2007.
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material atóxico, inalterable al contacto con el producto que no altere las características del producto y aseguren su conservación lo preserven durante su vida útil. El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación El producto debe ser comercializado en bolsas que no alteren las características del producto, en presentaciones de 1Kilo.
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 75
Código UNSPSC 50304500
Nombre del Producto Mangos
Nombre Comercial del Producto
MANGO TOMMY
Calidad NTC 1266 ESTA NORMA ESTABLECE DEFINICIONES, REQUISITOS MINIMOS, PARA LAS FRUTAS FRESCAS Y SU TRANSPORTE
Generalidades Mango (Mangífera indica L) Familia: Anacardiaceae, El mango tiene maduración poscosecha, sus características color, tamaño, sabor, grado de acidez, contenido de fibra, depende de la variedad. El mango se clasifica en categoría Extra, I y II.
Requisitos generales El producto debe estar entero, firme, de aspecto fresco, sano, limpio y libre de manchas negras, magulladuras, insectos, humedad externa anormal, olores extraños. Índice de Madurez: se verifica por el color, forma y tamaño siendo especifico para cada variedad.
Requisitos Específicos
Los defectos del mango no deben exceder el 5%. su composicion minima debe ser:
0’7 g – Proteínas
0’5 g – Lípidos
14’5 g – Hidratos de carbono
1’9 g – Fibra
0 – Colesterol
10 mg – Calcio
0’5 mg – Hierro
18 mg – Magnesio
7 mg – Sodio
190 mg – Potasio
10 mg – Vitamina C
30 mcg – Ácido fólico Los residuos de plaguicidas no de beben exceder los límites máximos establecidos en la Resolución 2906 de 2007, el Ministerio de la Protección Social. CARBENDAZIM 2.0 Base de datos: benomilo
DIMETOATO 1.0 Po
DITIOCARBAMATOS 2.0 Base de datos: mancozeb
IMIDACLOPRID 0.2
PIRACLOSTROBIN 0.05*
PROPICONAZOL 0.05
TIABENDAZOL (tambièn utilizado como medicamento veterinario)
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Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha TRIADIMEFON 0.05*
TRIADIMENOL 0.5* 5.0 Po
Empaque y rotulado El producto podrá ser empacado en canastas o cualquier otro envase que evite su deterioro y contaminación y permita su conservación, manipulación y visualización total de la fruta, el cual deberá mantenerse en buenas condiciones de higiene.
Presentación El producto se comercializara en empaques que no alteren las características organolépticas del alimento, en el cual deben venir limpios, sin ningún tipo de plagas o elementos extraños al producto, sin que este supere el 30% de madurez al momento de entre
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 76
Código UNSPSC 50304500
Nombre del Producto Mangos
Nombre Comercial del Producto
NARANJA
Calidad NTC 1266 ESTA NORMA ESTABLECE DEFINICIONES, REQUISITOS MINIMOS, PARA LAS FRUTAS FRESCAS Y SU TRANSPORTE
Generalidades La Naranja Valencia debe estar exenta de todo defecto aceptando alteraciones superficiales que no excedan el 10% (Tolerancia de Mancha) del área total del fruto, siempre y cuando no afecten la parte interna de la fruta
Requisitos generales La naranja debe estar libre de sabor y olor no característico Libre de pudrición y hongos sobre la superficie del producto Libre de deformaciones Libre de quemaduras de sol, cicatrices, cortaduras, o señales de maltrato. Libre de humedad
Requisitos Específicos
• Deben tener la forma característica de la NARANJA VALENCIA • Deben presentar cáliz • Deben estar sanas (libres de ataques de insectos y/o enfermedades, que desmeriten la calidad interna del fruto) • Deben estar libres de humedad externa anormal producida por mal manejo en las etapas post-cosecha (recolección, acopio, selección, clasificación, adecuación, empaque, almacenamiento y transporte) • Deben estar exentas de cualquier olor y/o sabor extraño (provenientes de otros productos, empaques o recipientes y/o agroquímicos, con los cuales hayan estado en contacto) • Deben presentar aspecto fresco y consistencia firme
Empaque y rotulado El producto podrá ser empacado en canastas o cualquier otro envase que evite su deterioro y contaminación y permita su conservación, manipulación y visualización total de la fruta, el cual deberá mantenerse en buenas condiciones de higiene
Presentación Deben estar exentas de materiales extraños (tierra, polvo, agroquímicos, y cuerpos extraños) visibles en el producto o en su empaque. Los residuos de plaguicidas no deben exceder los límites máximos establecidos en el Codex Alimentarías 1 kilo. Unidad
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 77
Código UNSPSC 50131700
Nombre del Producto Productos de leche y mantequilla
Nombre Comercial del Producto
CREMA DE LECHE
Calidad
Resolución 9553 De 1988., Resolución 1804 de 1989 y NTC 930 Los Derivados Lácteos que se produzcan, importen, exporten, transporten, procesen, envasen, comercialicen o consuman
en el territorio nacional, deberán cumplir con las reglamentaciones de la presente resolución y las disposiciones
complementarias que en desarrollo de la misma o con fundamento en la Ley 09 de 1979, dicte el Ministerio de Salud.
Generalidades
Es el producto higienizado, obtenido por reposo o centrifugación de la leche, adicionado o no de cultivos lácticos específicos, se puede obtener como crema de leche para batir, crema de leche batida, crema de leche en pulverizadores y crema de leche en polvo. Según su contenido en grasa láctea la crema de leche se clasificará en: rica en grasa, entera y semientera. La crema de leche proviene de la leche de especies aptas y autorizadas para el consumo humano. La crema de leche fresca, podrá estar elaborado a partir de leche cruda y ser sometida a proceso de pasteurización ultra pasteurización (UHT) o esterilización.
Requisitos generales
La crema de leche destinada al consumo humano directo, debe ser higienizada. Debe estar exenta de grasa de origen vegetal o animal diferente a la láctica y demás sustancias diferentes a las lácteas. La crema de leche debe estar exenta de sustancias tóxicas y residuos de drogas o medicamentos. Producto lácteo debe presentar color blanco, sabor, característico, olor a aroma lácteo, consistencia semi -liquida y cremosa a excepción de la crema de leche en polvo
Requisitos Específicos
Materia grasa % m/m: semientera: 18 % mínimo Entera: 35% mínimo Rica en grasa: 48% mínimo. Acidez como ácido láctico % m/m: 0,25% máximo La crema de leche acidificada con cultivo láctico debe presentar una acidez como ácido láctico no menor de 0.50% m/m. La crema de leche en polvo, debe presentar un máximo de 5% m/m de humedad. La crema de leche ultrapasteurizada (UHT) y esterilizada bien sea semientera, entera o rica en grasa, no debe presentar crecimiento microbiano. El producto debe mantenerse refrigerado a temperatura entre 0 y 4°C. El producto debe cumplir con los requisitos microbiológicos y fisicoquímicos establecidos en la Resolución 1804 de 1989. No pueden exceder los límites máximos de plaguicidas permitidos en la Resolución 2906 de 2007. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la NTC 930
Empaque y rotulado
El producto debe ser envasado o empacado en recipientes suficientemente inertes, resistentes, que no reaccionen con el producto o alteren sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y comercialización. La crema de leche debe denominarse según clasificación y el proceso de higienización utilizado. Por ejemplo “Crema de Leche Entera, Pasteurizada”. En el rótulo se debe declarar el contenido de grasa láctea en porcentaje m/m. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación El producto se comercializará en presentaciones de 1 litro, totalmente empacadas y selladas, con registro sanitario y fecha de vencimiento, debe ser apta para montar, debe contener un alto porcentaje de solidos, y material graso, no debe perder la cadena
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 78
Código UNSPSC 50202200
Nombre del Producto Bebidas alcohólicas
Nombre Comercial del Producto
CREMA DE CACAO
Calidad
Cumplir con los requisitos establecidos en: Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud ¬ Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686
Generalidades La Crema de Cacao es un dulce licor de chocolate elaborado principalmente a partir de granos de cacao y vainilla.
Requisitos generales Puede ser adicionado con sustancias aromatizantes permitidas, edulcolorado y coloreado. Sabor característico, color caramelo.
Requisitos Específicos Graduación alcoholimétrica: Máximo 25° Sabor cacao, color caramelo, densidad media.
Empaque y rotulado
El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. . Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853. El rotulo debera indicar fecha de vencimiento.
Presentación Botella en Vidrio x 1 litro. Unid
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 79
Código UNSPSC 50202200
Nombre del Producto Bebidas alcohólicas
Nombre Comercial del Producto
CREMA DE WHISKY
Calidad
Cumplir con los requisitos establecidos en: Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud ¬ Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686
Generalidades La crema de whisky es una bebida conformada por whisky, leche condensada, nata líquida, sirope de chocolate, café instantáneo y extracto de vainilla.
Requisitos generales Aroma caracteristico. Color uniforme y caracteristico. Sabor caracteristico sin indicios de fermentacion u oxidación. Es un licor con un contenido mínimo de 100 gr por litro de azúcar.
Requisitos Específicos Graduación alcoholimétrica: Máximo 35°, color caracteristico uniforme, no debe tener en su sabor indicios de fermentacion u oxidacion, no debe presentar materiales ajenos, elaborado a partir de leche.
Empaque y rotulado
El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.
Presentación Botella en Vidrio x 1 litro. Unid
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 80
Código UNSPSC 47131800
Nombre del Producto Soluciones de limpieza y desinfección
Nombre Comercial del Producto
Desengrasante industrial
Calidad
NTC 5131 El propósito global de las etiquetas y declaraciones ambientales es promover la demanda y la
oferta de productos y servicios que causen menor impacto en el ambiente, mediante la
comunicación de información verificable y exacta, no engañosa, sobre aspectos ambientales de
dichos productos y servicios, para estimular el mejoramiento ambiental continuo impulsado por
el mercado.
Generalidades Un desengrasante es una mezcla de sustancias químicas limpiadoras, fuertemente activas, que penetran en los depósitos de suciedad y los desprenden, dejando las superficies completamente limpias y libres de residuos
Requisitos generales
Debe contar con Registro sanitario
El desengrasante puede ser utilizado puro o diluido en agua. El producto no debe ser almacenado en cercanías de fuentes de ignición, tales como: equipos de soldadura, eléctricos, generadores de vapor, etc.
El producto debe almacenarse en lugares frescos y con suficiente ventilación y siempre debe manipularse con guantes
Requisitos Específicos
El desengrasante debe estar formulado con una mezcla pura de solventes tipo hidrocarburos y unos solventes 100% naturales biodegradables. No contiene solventes clorados que dañen la capa de ozono y debe poseer un alto índice de solubilidad. Estado físico: Líquido Soluble en agua Debe ser Biodegradable
Empaque y rotulado
El producto debe ser envasado en recipientes adecuados de forma tal que protejan el producto, y a las personas que lo manipulan, y lo conserven durante su transporte y almacenamiento. Su rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la NTC-5465 que establece los requisitos para el etiquetado de los productos de aseo y limpieza, e incluir los ingredientes activos. El envase debe ser nuevo, en plástico o canecas metálicas y venir debidamente sellado, sin observarse el re envasamiento del producto.
Presentación GALON POR 1000 ML
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 81
Código UNSPSC 50305200
Nombre del Producto Maracuyás
Nombre Comercial del Producto
MARACUYA
Calidad NTC 1267 ESTABLECE DEFINICION, CLASIFICACION, DESIGNACION, GRADOS DE CALIDAD, EMPAQUE Y ROTULADO. DEL MARACUYA
Generalidades
Maracuyá fruto proveniente de la especie (Passiflora edulis Sims) es una baya redonda u ovalada con un promedio entre 4 y 6 cm de diámetro y pesa entre 60 y 100 g. En la madurez es de color amarillo, existen variedades con frutos de color morado a la madurez, su pulpa es gelatinosa y tiene pequeñas semillas de color oscuro, es jugosa, ácida y aromática. Es considerado fruto climatérico, sus características color, tamaño, sabor, grado de madurez y defectos, establecerán su clasificación según su calidad como primera (1ª) y (2ª).
Requisitos generales
Características de la organolépticas del maracuyá: Color: amarillo intenso, amarillo rojizo o naranja en la madurez, la pulpa es verdosa. Sabor: agridulce. Olor: propio de la fruta. Forma: redonda u ovalada. El producto debe estar entero, limpio, sano y de consistencia firme, debe ser de una misma variedad. El maracuyá debe estar libre de la presencia de plagas, de humedad externa anormal y olores extraños
Requisitos Específicos
El maracuyá debe cumplircon los siguientes parametros, el fruto debe estar compuesto por Agua -% 82
Proteínas -% 0.8
Grasas -% 0.6
Carbohidratos -% 15
Fibra -% 0.4
Calcio -mg 5
Cenizas -% 1.2
Fósforo -mg 18
Hierro -mg 0.3
Vitamina C -mg 12 ademas el fruto no debe presentar ningun ataque de plagas, ni estar en mal estado.
Empaque y rotulado
El contenido de cada unidad de empaque debe ser homogéneo y estar compuesto por frutos del mismo origen, variedad, categoría color y calibre. El producto podrá ser empacado en canastas o cualquier otro envase que evite su deterioro y contaminación y permita su conservación, manipulación y visualización de la fruta, el cual deberá mantenerse en buenas condiciones de higiene. El rótulo del maracuyá debe cumplir con lo establecido en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación El producto se comercializara en empaques que no alteren las características organolépticas del alimento, en el cual deben venir limpios, sin ningún tipo de plagas o elementos extraños al producto, sin que este supere el 30% de madurez al momento de entre
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 82
Código UNSPSC 50171500
Nombre del Producto Hierbas y especias y extractos
Nombre Comercial del Producto
ESENCIA SABOR A VINO
Calidad
Cumplir con la Resolución 2606 de 2009 y NTC 1453. ESTABLECE LAS SUSTANCIAS QUE PUEDEN EMPLEARSE EN LA INDUSTRIA DE ALIMENTOS PARA CONSERVAR SUS PRODUCTOS
Generalidades
El producto debe estar rotulado con el nombre del producto, productor y/o empacador, peso, lote de producción, fecha de vencimiento superior a doce
meses
Requisitos generales , Producto obtenido a partir de la mezcla de químicos aromáticos odoriferos y saporíferos en medios hidroalcohólicos, con notas lacteas, frutales, herbales, dulces, saladas y alicoradas, debe contener sabor a vino
Requisitos Específicos
Mezclado Homogéneo de materiales líquidos y materiales en polvo. Composicion Agua o Propilenglicol o Alcohol potable o Sacarosa o Carboxil metil celulosa CMC o Preservantes (benzoato de sodio) o Saborizantes certificados,
Líquidos translucidos y/o ligeramente turbios, libre de particulas extrañas de olores y sabores caracteristicos frutales - herbales- lácteo - agrio - salados y/o alicorados, debe contener sabor a vino
Empaque y rotulado
Las esencias deben almacenarse a temperatura ambiente constante no mayor a 30ºC, lejos de la luz del sol o de radiaciones de calor. La excesiva humedad puede afectar su vida útil ocasionando alteración microbiológica. ¬ Las esencias son productos alimenticios, debe evitar almacenarse con materiales químicos que afecten sus propiedades organolépticas. El rótulo debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social
Presentación FRASCO X500ml. Unidad
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 83
Código UNSPSC 50171500
Nombre del Producto Hierbas y especias y extractos
Nombre Comercial del Producto
ESENCIA SABOR CANELA
Calidad
Cumplir con la Resolución 2606 de 2009 y NTC 1453. ESTABLECE LAS SUSTANCIAS QUE PUEDEN EMPLEARSE EN LA INDUSTRIA DE ALIMENTOS PARA CONSERVAR SUS PRODUCTOS
Generalidades
El producto debe estar rotulado con el nombre del producto, productor y/o empacador, peso, lote de producción, fecha de vencimiento superior a doce
meses
Requisitos generales , Producto obtenido a partir de la mezcla de químicos aromáticos odoriferos y saporíferos en medios hidroalcohólicos, con notas lacteas, frutales, herbales, dulces, saladas y alicoradas, debe contener sabor a canela
Requisitos Específicos
Mezclado Homogéneo de materiales líquidos y materiales en polvo. Composicion Agua o Propilenglicol o Alcohol potable o Sacarosa o Carboxil metil celulosa CMC o Preservantes (benzoato de sodio) o Saborizantes certificados,
Líquidos translucidos y/o ligeramente turbios, libre de particulas extrañas de olores y sabores caracteristicos frutales - herbales- lácteo - agrio - salados y/o alicorados, debe contener sabor a canela
Empaque y rotulado
Las esencias deben almacenarse a temperatura ambiente constante no mayor a 30ºC, lejos de la luz del sol o de radiaciones de calor. La excesiva humedad puede afectar su vida útil ocasionando alteración microbiológica. ¬ Las esencias son productos alimenticios, debe evitar almacenarse con materiales químicos que afecten sus propiedades organolépticas. El rótulo debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación FRASCO X500ml. Unidad
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 84
Código UNSPSC 50171500
Nombre del Producto Hierbas y especias y extractos
Nombre Comercial del Producto
ESENCIA SABOR COCO
Calidad
Cumplir con la Resolución 2606 de 2009 y NTC 1453. ESTABLECE LAS SUSTANCIAS QUE PUEDEN EMPLEARSE EN LA INDUSTRIA DE ALIMENTOS PARA CONSERVAR SUS PRODUCTOS
Generalidades
El producto debe estar rotulado con el nombre del producto, productor y/o empacador, peso, lote de producción, fecha de vencimiento superior a doce
meses
Requisitos generales , Producto obtenido a partir de la mezcla de químicos aromáticos odoriferos y saporíferos en medios hidroalcohólicos, con notas lacteas, frutales, herbales, dulces, saladas y alicoradas, debe contener sabor a coco
Requisitos Específicos
Mezclado Homogéneo de materiales líquidos y materiales en polvo. Composicion Agua o Propilenglicol o Alcohol potable o Sacarosa o Carboxil metil celulosa CMC o Preservantes (benzoato de sodio) o Saborizantes certificados,
Líquidos translucidos y/o ligeramente turbios, libre de particulas extrañas de olores y sabores caracteristicos frutales - herbales- lácteo - agrio - salados y/o alicorados, debe contener sabor a coco
Empaque y rotulado
Las esencias deben almacenarse a temperatura ambiente constante no mayor a 30ºC, lejos de la luz del sol o de radiaciones de calor. La excesiva humedad puede afectar su vida útil ocasionando alteración microbiológica. ¬ Las esencias son productos alimenticios, debe evitar almacenarse con materiales químicos que afecten sus propiedades organolépticas. El rótulo debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación FRASCO X500ml. Unidad
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 85
Código UNSPSC 50171500
Nombre del Producto Hierbas y especias y extractos
Nombre Comercial del Producto
ESENCIA SABOR AREQUIPE
Calidad
Cumplir con la Resolución 2606 de 2009 y NTC 1453. ESTABLECE LAS SUSTANCIAS QUE PUEDEN EMPLEARSE EN LA INDUSTRIA DE ALIMENTOS PARA CONSERVAR SUS PRODUCTOS
Generalidades
El producto debe estar rotulado con el nombre del producto, productor y/o empacador, peso, lote de producción, fecha de vencimiento superior a doce
meses
Requisitos generales , Producto obtenido a partir de la mezcla de químicos aromáticos odoriferos y saporíferos en medios hidroalcohólicos, con notas lacteas, frutales, herbales, dulces, saladas y alicoradas, debe contener sabor a arequipe
Requisitos Específicos
Mezclado Homogéneo de materiales líquidos y materiales en polvo. Composicion Agua o Propilenglicol o Alcohol potable o Sacarosa o Carboxil metil celulosa CMC o Preservantes (benzoato de sodio) o Saborizantes certificados,
Líquidos translucidos y/o ligeramente turbios, libre de particulas extrañas de olores y sabores caracteristicos frutales - herbales- lácteo - agrio - salados y/o alicorados, debe contener sabor a arequipe
Empaque y rotulado
Las esencias deben almacenarse a temperatura ambiente constante no mayor a 30ºC, lejos de la luz del sol o de radiaciones de calor. La excesiva humedad puede afectar su vida útil ocasionando alteración microbiológica. ¬ Las esencias son productos alimenticios, debe evitar almacenarse con materiales químicos que afecten sus propiedades organolépticas. El rótulo debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación FRASCO X500ml. Unidad
Regional Cundinamarca
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 86
Código UNSPSC 50171500
Nombre del Producto Hierbas y especias y extractos
Nombre Comercial del Producto
ESENCIA SABOR MANTEQUILLA
Calidad
Cumplir con la Resolución 2606 de 2009 y NTC 1453. ESTABLECE LAS SUSTANCIAS QUE PUEDEN EMPLEARSE EN LA INDUSTRIA DE ALIMENTOS PARA CONSERVAR SUS PRODUCTOS
Generalidades
El producto debe estar rotulado con el nombre del producto, productor y/o empacador, peso, lote de producción, fecha de vencimiento superior a doce
meses
Requisitos generales , Producto obtenido a partir de la mezcla de químicos aromáticos odoriferos y saporíferos en medios hidroalcohólicos, con notas lacteas, frutales, herbales, dulces, saladas y alicoradas, debe contener sabor a mantequilla
Requisitos Específicos
Mezclado Homogéneo de materiales líquidos y materiales en polvo. Composicion Agua o Propilenglicol o Alcohol potable o Sacarosa o Carboxil metil celulosa CMC o Preservantes (benzoato de sodio) o Saborizantes certificados,
Líquidos translucidos y/o ligeramente turbios, libre de particulas extrañas de olores y sabores caracteristicos frutales - herbales- lácteo - agrio - salados y/o alicorados, debe contener sabor a mantequilla
Empaque y rotulado
Las esencias deben almacenarse a temperatura ambiente constante no mayor a 30ºC, lejos de la luz del sol o de radiaciones de calor. La excesiva humedad puede afectar su vida útil ocasionando alteración microbiológica. ¬ Las esencias son productos alimenticios, debe evitar almacenarse con materiales químicos que afecten sus propiedades organolépticas. El rótulo debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación FRASCO X500ml. Unidad
Regional Cundinamarca
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 87
Código UNSPSC 50171500
Nombre del Producto Hierbas y especias y extractos
Nombre Comercial del Producto
ESENCIA SABOR PIÑA
Calidad
Cumplir con la Resolución 2606 de 2009 y NTC 1453. ESTABLECE LAS SUSTANCIAS QUE PUEDEN EMPLEARSE EN LA INDUSTRIA DE ALIMENTOS PARA CONSERVAR SUS PRODUCTOS
Generalidades
Concentrado líquido que aporta aroma y sabor a los productos alimenticios,
El producto debe estar rotulado con el nombre del producto, productor y/o empacador(
marca comercial), peso, lote de producción, fecha de vencimiento superior a doce
meses
Requisitos generales Concentrado líquido que aporta aroma y sabor a los productos alimenticios
Requisitos Específicos
Mezclado Homogéneo de materiales líquidos y materiales en polvo. Composicion Agua o Propilenglicol o Alcohol potable o Sacarosa o Carboxil metil celulosa CMC o Preservantes (benzoato de sodio) o Saborizantes certificados,
Líquidos translucidos y/o ligeramente turbios, libre de particulas extrañas de olores y sabores caracteristicos frutales - herbales- lácteo - agrio - salados y/o alicorados, debe contener sabor a piña
Empaque y rotulado FRASCO EN VIDRIO El rótulo debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación FRASCO X500ml. Unidad
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 88
Código UNSPSC 50171500
Nombre del Producto Hierbas y especias y extractos
Nombre Comercial del Producto
ESENCIA SABOR PONQUE
Calidad
Cumplir con la Resolución 2606 de 2009 y NTC 1453. ESTABLECE LAS SUSTANCIAS QUE PUEDEN EMPLEARSE EN LA INDUSTRIA DE ALIMENTOS PARA CONSERVAR SUS PRODUCTOS
Generalidades
Concentrado líquido que aporta aroma y sabor a los productos alimenticios,
El producto debe estar rotulado con el nombre del producto, productor y/o empacador(
marca comercial), peso, lote de producción, fecha de vencimiento superior a doce
meses
Requisitos generales Concentrado líquido que aporta aroma y sabor a los productos alimenticios
Requisitos Específicos
Mezclado Homogéneo de materiales líquidos y materiales en polvo. Composicion Agua o Propilenglicol o Alcohol potable o Sacarosa o Carboxil metil celulosa CMC o Preservantes (benzoato de sodio) o Saborizantes certificados,
Líquidos translucidos y/o ligeramente turbios, libre de particulas extrañas de olores y sabores caracteristicos frutales - herbales- lácteo - agrio - salados y/o alicorados, debe contener sabor a ponque
Empaque y rotulado FRASCO EN VIDRIO El rótulo debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación FRASCO X500ml. Unidad
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 89
Código UNSPSC 50171500
Nombre del Producto Hierbas y especias y extractos
Nombre Comercial del Producto
ESENCIA SABOR RON
Calidad
Cumplir con la Resolución 2606 de 2009 y NTC 1453. ESTABLECE LAS SUSTANCIAS QUE PUEDEN EMPLEARSE EN LA INDUSTRIA DE ALIMENTOS PARA CONSERVAR SUS PRODUCTOS
Generalidades
Concentrado líquido que aporta aroma y sabor a los productos alimenticios,
El producto debe estar rotulado con el nombre del producto, productor y/o empacador(
marca comercial), peso, lote de producción, fecha de vencimiento superior a doce
meses
Requisitos generales Concentrado líquido que aporta aroma y sabor a los productos alimenticios
Requisitos Específicos
Mezclado Homogéneo de materiales líquidos y materiales en polvo. Composicion Agua o Propilenglicol o Alcohol potable o Sacarosa o Carboxil metil celulosa CMC o Preservantes (benzoato de sodio) o Saborizantes certificados,
Líquidos translucidos y/o ligeramente turbios, libre de particulas extrañas de olores y sabores caracteristicos frutales - herbales- lácteo - agrio - salados y/o alicorados, debe contener sabor a ron
Empaque y rotulado FRASCO EN VIDRIO El rótulo debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación FRASCO X500ml. Unidad
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 90
Código UNSPSC 50171500
Nombre del Producto Hierbas y especias y extractos
Nombre Comercial del Producto
ESENCIA SABOR VAINILLA BLANCA
Calidad
Cumplir con la Resolución 2606 de 2009 y NTC 1453. ESTABLECE LAS SUSTANCIAS QUE PUEDEN EMPLEARSE EN LA INDUSTRIA DE ALIMENTOS PARA CONSERVAR SUS PRODUCTOS
Generalidades
Concentrado líquido que aporta aroma y sabor a los productos alimenticios,
El producto debe estar rotulado con el nombre del producto, productor y/o empacador(
marca comercial), peso, lote de producción, fecha de vencimiento superior a doce
meses
Requisitos generales Concentrado líquido que aporta aroma y sabor a los productos alimenticios
Requisitos Específicos
Mezclado Homogéneo de materiales líquidos y materiales en polvo. Composicion Agua o Propilenglicol o Alcohol potable o Sacarosa o Carboxil metil celulosa CMC o Preservantes (benzoato de sodio) o Saborizantes certificados,
Líquidos translucidos y/o ligeramente turbios, libre de particulas extrañas de olores y sabores caracteristicos frutales - herbales- lácteo - agrio - salados y/o alicorados, debe contener sabor a vainilla, de color blanco.
Empaque y rotulado FRASCO EN VIDRIO El rótulo debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación FRASCO X500ml. Unidad
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 91
Código UNSPSC 50171500
Nombre del Producto Hierbas y especias y extractos
Nombre Comercial del Producto
ESENCIA SABOR VAINILLA OSCURA
Calidad
Cumplir con la Resolución 2606 de 2009 y NTC 1453. ESTABLECE LAS SUSTANCIAS QUE PUEDEN EMPLEARSE EN LA INDUSTRIA DE ALIMENTOS PARA CONSERVAR SUS PRODUCTOS
Generalidades
Concentrado líquido que aporta aroma y sabor a los productos alimenticios,
El producto debe estar rotulado con el nombre del producto, productor y/o empacador(
marca comercial), peso, lote de producción, fecha de vencimiento superior a doce
meses
Requisitos generales Concentrado líquido que aporta aroma y sabor a los productos alimenticios
Requisitos Específicos
Mezclado Homogéneo de materiales líquidos y materiales en polvo. Composicion Agua o Propilenglicol o Alcohol potable o Sacarosa o Carboxil metil celulosa CMC o Preservantes (benzoato de sodio) o Saborizantes certificados,
Líquidos translucidos y/o ligeramente turbios, libre de particulas extrañas de olores y sabores caracteristicos frutales - herbales- lácteo - agrio - salados y/o alicorados, debe contener sabor a vainilla de color negro
Empaque y rotulado FRASCO EN VIDRIO El rótulo debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación FRASCO X500ml. Unidad
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 92
Código UNSPSC 50305400
Nombre del Producto Peras
Nombre Comercial del Producto
PERA
Calidad NTC 6101 ESTABLECE LOS REQUISITOS DE CALIDAD Y LOS MÉTODOS DE ENSAYO A LOS CUALES DEBEN SOMENTERSE LAS PERAS PIÑAS Y MANGOS
Generalidades
La pera es el fruto del peral, un árbol caducifolio de la especie Pyrus communis. Destinada para el consumo en fresco o como materia prima para el procesamiento. Puede servirse como fruta al natural o en variedad de jugos y conservas. Es rico en sacarosa, fructosa, glucosa, vitaminas y mineral. El fruto se destinada para el consumo fresco o como materia prima para el procesamiento. Es considerado fruto climatérico, sus características color, tamaño, sabor, grado de madurez y defectos, establecerán su clasificación según su calidad como primera (1ª) y (2ª).
Requisitos generales
Características de la organolépticas de la pera: - Color: la epidermis puede ser verdosa o amarilla o puede variar de acuerdo a la variedad, la pulpa puede presentar color crema intermedios a amarillo depende de la variedad. - Textura: la pulpa es dura pero en la madurez es blanda y la epidermis lisa. - Sabor: ácida y en la madurez es dulce. - Olor: la pulpa es aromática. - Forma: característica de la variedad Los requisitos mínimos de calidad son: tener un producto entero, sano (sin rajaduras, plagas ni enfermedades), limpio (sin materiales extraños), con un color típico de la especie y variedad, de aspecto fresco. La pera debe estar libre de la presencia de plagas exentas de humedad exterior anormal, libre de olores y sabores extraños.
Requisitos Específicos
La pera debe cumplir con los siguientes requisitos Proteínas 0,390g –
Glúcidos (azúcares) 12,7g 4%
Lípidos (grasas) 0,4g – Vitamina C 4mg 8%
Vitamina E 0,5mg 4%
Calcio 11mg –
Fósforo 11mg –
Magnesio 6mg – Los residuos de plaguicidas no de beben exceder los limites máximos establecidos en la Resolución 2906 de 2007 del Ministerio de la protección Social. AZINFOS-METILO 2.0
AZOCICLOTIN 0.2
BIFENTRIN 0.5
CAPTAN 25.0 T
CARBARILO 5.0 T (1999-2003)
CIHEXATIN 2.0
CIPRODINIL 1.0
Empaque y rotulado El contenido de cada unidad de empaque debe ser homogéneo envase que evite su deterioro y contaminación y permita su conservación, manipulación y visualización de la fruta, el cual deberá mantenerse en buenas condiciones de higiene.
Presentación Bolsa x 1 kilo. Unid
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 93
Código UNSPSC 50181700
Nombre del Producto Suministros y mezclas para hornear
Nombre Comercial del Producto
FECULA DE MAIZ
Calidad CUMPLIR CON LA NTC 926 ESTABLECE LOS REQUISITOS Y LOS METODOS DE ENSAYO QUE DEBE CUMPLIR EL ALMIDON DE MAIZ, SIN MODIFICAR
Generalidades
El almidón de maíz es u producto obtenido por molienda húmeda del grano de maíz y que corresponde a un polímero. El almidón de maíz se clasifica así: Almidón de maíz sin modificar para uso en la industria textil y en la industria de papel y cartón. Almidón o fécula de maíz sin modificar para uso en la industria alimentaria
Requisitos generales El almidón o fécula de maíz s e debe presentar en forma de polvo fino, blanco libre de partículas negras, suciedad u otras impurezas, no debe tener olor En el almidón o fécula de maíz no se permite la adición de edulcorantes, saborizantes ni ningún otro aditivo.
Requisitos Específicos El almidón o fécula de maíz sin modificar para la industria alimentaria debe cumplir con los requisitos establecidos en la norma NTC 926 y Microbiológicos, Humedad 13% maximo, proteina 0.5 maximo, grasa 2% maximo, fibra 2% maximo y cenizas 2% maximo.
Empaque y rotulado El almidón de maíz en sus usos, se debe empacar en bolsas de papel kraft o plásticas que permitan conservar la calidad e higiene del producto y facilitar el manejo como mínimo. El rotulado del producto debe cumplir con la resolución N° 05109 del Min de la Protección Social
Presentación Caja por 1 kilo gramos. Unid
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 94
Código UNSPSC 50307000
Nombre del Producto Frutas Nominant
Nombre Comercial del Producto
LECHE DE COCO LATA
Calidad NTC 1291 Esta norma establece la terminología, los requisitos y los sistemas de clasificación de las frutasy hortalizas destinadas a ser consumidas en estado fresco.
Generalidades
El coco (Cocos nucifera) es una fruta comestible obtenida del cocotero, la palmera más cultivada a nivel mundial. Tiene una cáscara exterior gruesa y fibrosa (mesocarpio) y otra interior dura, vellosa y marrón (endocarpio) que tiene adherida la pulpa (endospermo), que es blanca y aromática. Mide de 20 a 30 cm y llega a pesar 2,5 kg
Requisitos generales
La leche de coco es un ingrediente muy empleado en las cocinas de Asia como base de diferentes salsas, tiene una apariencia similar a la leche y se considera un producto derivado de la pulpa rallada del coco maduro y comúnmente mezclada con agua. No se debe confundir esta "leche" con el agua de coco, ya que el "agua" no se saca de la pulpa, sino que está de forma líquida y natural en la cavidad central de la pulpa del coco
Requisitos Específicos
Valor energético: 802 kJ/194 kcal
Grasas: 19 g
de las cuales saturadas: 18 g
Hidratos de Carbono: 4,1 g
de los cuales azúcares: 1,79 g
Fibra alimentaria: 0,1 g
Proteínas: 1,7 g
Sal: <0,25 g
Empaque y rotulado
El empaque utilizado para la leche de coco debe ser el lata que garantice su conservación y debe estar construido con materiales inertes y libres de residuos de fabricación; debe permitir su manipulación durante el transporte y el almacenamiento y comercialización. El producto en su rótulo debe cumplir con lo establecido en la Resolución 5109 de 2005 del ministerio de la Protección Social.
Presentación En latas de 414 grm.Unid
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 95
Código UNSPSC 40142500
Nombre del Producto Interceptores y coladores
Nombre Comercial del Producto
FILTRO DE TELA PARA SIFON
Calidad NTC 2902 ESTA NORMA TIENE POR OBJETO ESTABLECER LOS REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR Y LOS ENSAYOS A LOS CUALES DEBEN SOMETERSEN LOS ELEMENTOS INDUSTRIALES PARA LA PREPARACION DE LA BEBIDA DEL CAFE
Generalidades Filtros de tela y papel. Se utilizan para sustitución del filtro de las cafeteras de Syphon.
Requisitos generales
Los filtros de tela se utilizan para sustituir al que viene original en las cafeteras de sifón Hario.
La tela trae un hilo rodeándola para cubrir la malla existente muy fácilmente.
El filtro se mancha de café y se desgasta a lo largo del tiempo, por eso es recomendable reemplazarlo para darle un aspecto como nuevo a su cafetera.
Requisitos Específicos Los filtros deben estar fabricados en tela, con malla para el filtrado de café, debe ser de primer uso y colores claros.
Empaque y rotulado Filtros de tela para cafetera de sifón Hario TCA.
Presentación Caja x 5 unidades
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 96
Código UNSPSC 40142500
Nombre del Producto Interceptores y coladores
Nombre Comercial del Producto
FILTRO PARA AEROPRES
Calidad NTC 2902 ESTA NORMA TIENE POR OBJETO ESTABLECER LOS REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR Y LOS ENSAYOS A LOS CUALES DEBEN SOMETERSEN LOS ELEMENTOS INDUSTRIALES PARA LA PREPARACION DE LA BEBIDA DEL CAFE
Generalidades Filtro de tela o de papel desechables diseñado para cafetera aeropress Especialmente diseñados en papel grueso que permite extraer todos los aceites del café, y este impide el paso de particulas, gruesas de la molienda del café
Requisitos generales Filtros desechables exclusivos para cafeteras aero press que se ajustan perfectamente al porta filtro, estan diseñados para reducir la cantidad de particulas mas pesadas amargas que puedan pasar por un filtro de metal.
Requisitos Específicos los filtros de Papel deben ser fabricados en material no toxico para consumo de productos liquidos ( Café), que permita extraer todos los aceites del café. Debe ser de primer uso
Empaque y rotulado Especialmente diseñados en grueso papel que permite extraer todos los aceites del café, empaque en caja de cartón
Presentación
Caja x100 Unidades
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 97
Código UNSPSC 40142500
Nombre del Producto Interceptores y coladores
Nombre Comercial del Producto
FILTRO PARA V60 - DRIPPER
Calidad NTC 2902 ESTA NORMA TIENE POR OBJETO ESTABLECER LOS REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR Y LOS ENSAYOS A LOS CUALES DEBEN SOMETERSEN LOS ELEMENTOS INDUSTRIALES PARA LA PREPARACION DE LA BEBIDA DEL CAFE
Generalidades Filtro de tela o de papel. Diseñados para gotero de Café
Requisitos generales
Filtros Naturales de papel natural, sin blanqueadores. Estos filtros proveen tazas con sabores más puros y libres de contaminantes químicos del papel.
Requisitos Específicos os filtros de Papel deben ser fabricados en material no toxico para consumo de productos liquidos ( Café), que permita extraer todos los aceites del café. De colores claros y sin ningun tipo de adicion de quimicos, debe ser de primer uso.
Empaque y rotulado Especialmente diseñados en grueso papel que permite extraer todos los aceites del café, empaque en caja de cartón
Presentación
Caja x100 Unidades
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 98
Código UNSPSC 40142500
Nombre del Producto Interceptores y coladores
Nombre Comercial del Producto
FILTROS PARA CHEMEX x 6 tazas
Calidad NTC 2902 ESTA NORMA TIENE POR OBJETO ESTABLECER LOS REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR Y LOS ENSAYOS A LOS CUALES DEBEN SOMETERSEN LOS ELEMENTOS INDUSTRIALES PARA LA PREPARACION DE LA BEBIDA DEL CAFE
Generalidades Categorías: Chemex, Chemex. Etiquetas: chemex,filtro
Requisitos generales Filtros cónicos de grueso papel descartables para cafeteras Chemex de 6 tazas, CM-1C y CM-1GH.
Requisitos Específicos
Estos filtros son los denominados Oxygen Cleansed. Las dimensiones también son distintas ya que no tienen una forma y pegado concreto, sino que vienen abiertos y es el usuario quien le da la forma concreta dependiendo del tamaño de la cafetera. La particularidad de estos filtros sobre una Chemex, deben ser de primer uso en materiales inocuos que garantizen la calidad del producto obtenido
Empaque y rotulado Especialmente diseñados en grueso papel que permite extraer todos los aceites del café, empaque en caja de cartón.
Presentación
Caja x100 Unidades
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 99
Código UNSPSC 50307200
Nombre del Producto Aceitunas
Nombre Comercial del Producto
ACEITUNA
Calidad
El producto deberá cumplir con las condiciones establecidas en la Norma Técnica NTC-4842, así como con la información contenida en la presente ficha técnica de producto ESTABLECE LOS REQUISITOS PARA LAS ACEITUNAS PROVENIENTES DEL FRUTO DE OLIVO CULTIVADO (OLEA EUROPEA L.)
Generalidades
La aceituna es el fruto del olivo. El fruto es una drupa comestible, de tamaño variable, con una sola semilla, hueso o corazón, en su interior. El fruto del olivo puede cortarse en cualquiera de sus etapas, las aceitunas verdes son cortadas cuando el fruto no ha madurado y las aceitunas negras son cortadas cuando están maduras. Conforme el fruto del olivo madura, se vuelve de verde a rojo, a purpura, volviéndose finalmente negro.
Requisitos generales
Las aceitunas en salmuera pueden estar adicionadas de azúcar, vinagre, ácido láctico, aceite y otras sustancias autorizadas, para llegar finalmente al aliño o aderezo que lleva productos aromáticos vegetales y se autorizan una serie de aditivos como ácido benzoico, ácido sorbido, ácidos láctico y cítrico. Aceitunas verdes aderezadas en salmuera: son las que se han sometido a un tratamiento con lejía alcalina, acondicionándolas posteriormente en salmuera, y se conservan
Requisitos Específicos
contiene en su composicion AGUA,
SAL
POTENCIADOR DEL SABOR E-621, E-627, E-631
ACIDULANTE E-330, E-270 ANTIOXIDANTE E-300
CONSERVANTE E-202 * no contiene Azúcares 0,33 g/100gtotales
Cenizas totales 3,3 g/100g
Fibra bruta 4,8 g/100g
Empaque y rotulado
El empaque debe garantizar su conservación proteger al producto de daños mecánicos, y debe estar construido con materiales inertes y libres de residuos de fabricación; debe permitir su manipulación y estibamiento durante el transporte y el almacenamiento; y contar con un diseño que permita la ventilación del producto
Presentación Frasco por 500 grm.Unid
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 100
Código UNSPSC 50325800
Nombre del Producto Ciruelas secas
Nombre Comercial del Producto
CIRUELA PASA DESHUESADA
Calidad NTC 1291 Esta norma establece la terminología, los requisitos y los sistemas de clasificación de las frutasy hortalizas destinadas a ser consumidas en estado fresco.
Generalidades
La ciruela pasa (también llamada guindón) es una
ciruela
(Prunus domestica L.)
, o parte de la misma,
desecada,
deshidratada o pasa, a la cual se ha removido parci
almente o
totalmente el agua de constitución por medios natur
ales o
artificiales.
Requisitos generales
Características de la organolépticas ciruela pasa:
Color: negro azulado.
Sabor: dulce característico de la ciruela pasa.
Olor: propio de la fruta.
Debe ser almacenado a temperatura ambiente, en su envase Original, debe estar exento de sustancias extrañas, o sustancias destinadas a dar aroma, color o modificar sus caracteristicas fisicoquimicas. El alimento debe estarexento de contaminantesespecialmente de sustancias farmacologicamente activas, libre de presencia de plagas y protegido de la humedad
Requisitos Específicos
Ciruelas secas tiernizadas 65.9 % - 70.8 %
Agua 28.0 % - 34.0 %
Conservante 0.08 – 1.2 g/kg. Color: típico de la ciruela chilena.
Sabor y olor: característico, frutoso, sin olores ni sabores extraños.
Textura: normal para ciruela sin carozo.
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha Humedad: 32.0 % analizado con “FDA of California Moisture Tester”
Sorbato de potasio: 928 ppm de ácido sórbico.
Total todos los defectos: 2.78 % (p/p) incluyendo fuera de color.
Carozos/fragmentos: 0.2 % (u/u) Mohos < 1.000 ufc/g
Levaduras < 1.000 ufc/g
E. Coli < 3 ufc/g
Salmonella ausente en 25 g.
S. aureus < 3 ufc/g
Empaque y rotulado
Las ciruelas, se deben empacar o envasar en material grado alimenticio, inerte, resistente y hermético que no altere las características físicas, químicas y sanitarias del producto y asegure su higiene y buena conservación. El producto debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de Protección Social.
Presentación BOLSAS X 1000 GRMS. UNIDAD
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 101
Código UNSPSC 50161800
Nombre del Producto Productos de confitería
Nombre Comercial del Producto
FRUTA CRISTALIZADA COLOR CLARO TRANSPARENTE
Calidad NTC 3207 Resolución 14712 de 1984 ESTABLECE LOS REQUISITOS Y ENSAYOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS CARAMELOS BLANDOS.
Generalidades
La fruta confitada es la fruta o parte de la misma, fresca, seca o cristalizada, cubierta con un producto azucarado obtenido mediante el proceso de cocción que seca la fruta. Se permite la adición de edulcorantes, colorantes y aditivos permitidos, hasta alcanzar una concentración de sólidos solubles en la fruta que permita su conservación a temperatura ambiente. Denominada también como fruta caramelizada, escarchada o glaseada.
Requisitos generales
Color: que sea uniforme y brillante Olor y sabor: dulce Textura: firme y blanda Apariencia: brillante, transparente, uniforme en el color y en el tamaño. Debe ser almacenado a temperatura ambiente, en su envase original Debe estar exento de sustancias extrañas, o sustancias destinadas a dar aroma, color o modificar sus características fisicoquímicas. El alimento debe estar exento de contaminantes especialmente de sustancias farmacológicamente activas, libre de la presencia de plagas y protegido de la humedad.
Requisitos Específicos Contenido de azúcar: debe de estar entre 68 a 70 ºBrix pH: debe de estar entre 4,0 a 4,5 Humedad: el contenido 25%máximo. Debe cumplir con los requisitos microbiológicos establecidos en la NTC 3207.
Empaque y rotulado
El producto debe ser empacado en material suficientemente inerte al producto y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y comercialización. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Bolsa x 1000grms.Unid
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 102
Código UNSPSC 50327000
Nombre del Producto Frutas Nominant secas
Nombre Comercial del Producto
COCO
Calidad NTC 1291 Esta norma establece la terminología, los requisitos y los sistemas de clasificación de las frutasy hortalizas destinadas a ser consumidas en estado fresco.
Generalidades El Coco o cocotero, (cocus nucifera) pertenece a la familia de las palmáceas. Es considerado fruto no climatérico, sus características color, tamaño, sabor, grado de madurez y defectos, establecerán su clasificación según su calidad como primera (1ª) y (2ª).
Requisitos generales
Características de la organolépticas del coco: Color: depende de la variedad, la pulpa de blanca. Textura: la pulpa es dura. Sabor: dulce. Olor: La pulpa es aromática Forma: redonda u ovalada. Los requisitos mínimos de calidad son: tener un producto entero, sano (sin rajaduras, plagas ni enfermedades), limpio (sin materiales extraños), con un color según la variedad. El coco debe estar libre de la presencia de plagas exentas de humedad exterior anormal, libre de olores y sabores extraños.
Requisitos Específicos
El coco debe cumplir con los requisitos Materia vegetal inocua asociada con el producto (trozos de
cutícula) <3.0%
Recuento de microorganismos mesófilos <10.000 ufc/g
Coliformes totales: <10 ufc/g
Coliformes fecales: <10 ufc/g
Hongos y Levaduras: <300 ufc/g Húmedad máxima: 5%
Empaque y rotulado
El producto podrá ser empacado en canastas o cualquier otro envase que evite su deterioro y contaminación y permita su conservación, manipulación, el cual deberá mantenerse en buenas condiciones de higiene. El rótulo del melón debe cumplir con lo establecido en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Bolsa x 1000Grms. Unid
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 103
Código UNSPSC 50202200
Nombre del Producto Bebidas alcohólicas
Nombre Comercial del Producto
GINEBRA
Calidad
Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 300 Bebidas alcohólicas. Ginebra y Ginebra compuesta o Gin. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas.
Generalidades Aguardiente obtenido por destilación y rectificación de un mosto fermentado, posteriormente redestilado en presencia de bayas de enebro (Juniperos communis) y otras especies aromáticas utilizadas en la elaboración de dicho producto.
Requisitos generales Las características de la Ginebra la describen con un color que varía entre el dorado y el transparente, puede ser dulce, seca o semiseca, y con el tiempo no se añeja
Requisitos Específicos debe tener color transparente caracteristico y olor caracteristico del producto, Graduación alcoholimétrica: Mínimo 37.5
Empaque y rotulado
El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853
Presentación Botella en vidrio x 1 LITRO.Unid
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 104
Código UNSPSC 50361600
Nombre del Producto Albaricoques en lata o en frasco
Nombre Comercial del Producto
DURAZNOS EN ALMÍBAR
Calidad NTC 4929:-DURAZNOS- EN CONSERVA APLICA A LAS FRUTAS DE HUESO (CAROZO) DEL GÉNERO PRUNUS,
Generalidades
Producto obtenido esterilizando los fruta o partes de frutas frescas sanas desprovista o no de semillas, puestas en su propio jugo, en jugo edulcorado con productos naturales o en jarabe o almíbar como líquido de gobierno. En ningún caso se emplearan edulcorantes artificiales Denominada también como fruta caramelizada, escarchada o glaseada.
Requisitos generales
Frutos descorazonados en forma mecánica, desprovista de piel, debidamente seleccionada y clasificada. Las mitades son enlatadas con adicion de medio de cobertura y sometidas al tratamiento térmico Debe ser almacenado a temperatura ambiente, en su envase original Debe estar exento de sustancias extrañas, o sustancias destinadas modificar sus características fisicoquímicas. El alimento debe estar exento de contaminantes especialmente de sustancias farmacológicamente activas, libre de la presencia de plagas y protegido de la humedad. Los envases (latas)no deben tener golpes ni abolladuras, el contenido debe estar perfecto, es decir el melocotón de consistencia firme y color característico con buena cantidad de almíbar.
Requisitos Específicos En el almíbar el contenido de azúcar: 14°BRIX mínimo y 20° BRIX, deben venir totalmente sellada, y cortados en mitades los duraznos, color caracteristico y olor.
Empaque y rotulado
Productos empacados en latas de 820 gr (melocotones) que se proteja el producto de daños mecánicos, y que no cause ningún cambio ni en la parte interna ni externa del producto. Se debe asegurar que el manejo del producto durante el empaque se realice con buenas Prácticas de manipulación para preservar la calidad del producto.Se debe colocar la fecha de empaque, numero de lote y posible fecha de vencimiento del producto. En hoja de lata Stone electrónicamente estañada 401*411
Presentación En latas de 820 Grms, unid
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 105
Código UNSPSC 50362500
Nombre del Producto Cerezas en lata o en frasco
Nombre Comercial del Producto
CEREZAS MARRASQUINO
Calidad NTC 1291 Esta norma establece la terminología, los requisitos y los sistemas de clasificación de las frutasy hortalizas destinadas a ser consumidas en estado fresco.
Generalidades
Cerezas (Prunus avium), el cerezo común o de monte, es una especie de cerezo nativo de la familia de Rosaceae y al género Prunus, del cual se derivan la gran mayoría de los cultivares comerciales de cereza. Es considerado fruto no climatérico, sus características color, tamaño, sabor, grado de madurez y defectos, establecerán su clasificación como categoría extra, I y II.
Requisitos generales
Características de la organolépticas cereza: Color: rojo negruzco dependiendo del grado de madurez. Sabor: ácido y dulce característico de la cereza. Olor: propio de la fruta. El producto debe estar entero, firme, limpio, sano, consistencia firme. La cereza debe estar libre de la presencia de plagas, de humedad externa anormal y olores extraños.
Requisitos Específicos
La cereza debe tener Olor: propio de la fruta. El producto debe estar entero, firme, limpio, sano, consistencia firme. La cereza debe estar libre de la presencia de plagas, de humedad externa anormal y olores extraños. En almibar en el cual el contenido de azucar es de 14 BRIX minimo y 20 BRIX maximo.
Empaque y rotulado
El contenido de cada unidad de empaque debe ser homogéneo y estar compuesto por frutos del mismo origen, variedad, categoría color y calibre. El producto podrá ser empacado en canastas o cualquier otro envase que evite su deterioro y contaminación y permita su conservación, manipulación y visualización de la fruta, el cual deberá mantenerse en buenas condiciones de higiene. El rótulo de la cereza debe cumplir con lo establecido en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Frasco en Vidrio x 1000grms.Unid
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 106
Código UNSPSC 50373900
Nombre del Producto Kiwis orgánicos en lata o en frasco
Nombre Comercial del Producto
KIWI
Calidad NTC 1291 Esta norma establece la terminología, los requisitos y los sistemas de clasificación de las frutasy hortalizas destinadas a ser consumidas en estado fresco.
Generalidades El kiwi o actinidia (Actinidia deliciosa) fruto o baya oval cubierto de vellosidades, con piel delgada de color verde parduzco y superficie vellosa, la pulpa es de color verde y con diminutas semillas negras dispuestas en torno a un corazón blanquecino
Requisitos generales
Forma: baya con forma de elipse y cubierta de una piel repleta de vellosidades. Color: la piel es marrón y está recubierta de pequeños filamentos a modo de vellosidades y su pulpa tiene un color verde esmeralda con pequeñas semillas de negro. Debe estar exenta de humedad extra anormal, libre de la presencia de plagas. Libre de impurezas y cuerpos extraños. Exenta de síntomas de deshidratación.
Requisitos Específicos
Valor energético: 802 kJ/194 kcal
Grasas: 19 g
de las cuales saturadas: 18 g
Hidratos de Carbono: 4,1 g
de los cuales azúcares: 1,79 g
Fibra alimentaria: 0,1 g
Proteínas: 1,7 g
Sal: <0,25 g
Empaque y rotulado
El contenido de cada unidad de empaque debe ser homogéneo y estar compuesto por frutos del mismo origen, variedad, categoría, color y calibre. El producto podrá ser empacado en canastas o cualquier otro envase que evite su deterioro y contaminación y permita su conservación, manipulación, visualización y aireación de la fruta, la cual deberá mantenerse en buenas condiciones de higiene. Se debe emplear separadores o insertos para evitar el roce o daño mecánico, los separadores pueden ser fabricados de cartón moldeado. No se admiten uso de papel periódico impreso. El rotulado debe cumplir con lo establecido en la Resolución 5109 de 2005
Presentación Bolsa x 500Grms.Unid
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 107
Código UNSPSC 50377000
Nombre del Producto Frutas Nominant orgánicas en lata o en frasco
Nombre Comercial del Producto
LICHI CONSERVA
Calidad NTC 729 NTC 695 Resolución 14712 de 1984 del Ministerio de Salud ESTABLECE LOS TÉRMINOS Y LAS DEFINICIONES GENERALES DE LAS FRUTAS, LAS LEGUMBRES Y LAS HORTALIZAS PROCESADAS Y ENLATADAS
Generalidades
Especie: Litchi chinensis Sonn. (Syn.: Scytalia chinensis Gaertn., Dim carpus Litchi Lour., Nephelium Litchi Cambess).
Nombres comunes: Lychee, Litchi, Leechee, Lichee, Lichi.
Origen: El litchi es nativo de las tierras bajas de las provincias de Kwangtung y Fukien en China del sur. El cultivo se extendió durante los años a través de las áreas vecinas de Asia del sudeste e islas cercanas. Actualmente se planta en el norte de la India, Indochina, Tailandia, Formosa, el sur de Japón, el noroeste de Australia, África Oriental, Hawai, Brasil, Florida y otras regiones subtropicales del mundo.
Requisitos generales
Es una fruta que por su alto contenido en vitamina C se recomienda su consumo en aquellas personas que se encuentren en riesgo de sufrir carencias, sobretodo en personas que no toleran los cítricos u otros vegetales ricos en esta vitamina.
Destaca la acción antioxidante de esta vitamina, por lo que es una fruta útil para personas con colesterol alto, porque inhibe la oxidación del denominado como colesterol malo.
Es igualmente rico en potasio y sumamente bajo en sodio, por lo que su consumo se aconseja a su vez a personas con hipertensión arterial.
Es una fruta útil para reducir el riesgo de enfermedades cardiovasculares, ayudando a cuidar el corazón y a proteger los vasos sanguíneos.
Requisitos Específicos
Debe estar compuesta por:
Agua: 82 g.
Hidratos de carbono: 16,5 g.
Proteínas: 0,85 g.
Grasas: 0,45 g.
Fibra: 1,3 g.
Azúcares: 15,22 g.
Vitaminas: especialmente rica en vitamina C, ácido fólico, vitamina K, vitamina B1, B2, B3, B5 y B6.
Minerales: rica en potasio, calcio, hierro, magnesio, fósforo, cobre y zinc.
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
Empaque y rotulado Las otras formas de empaquetado son enlatados, en conserva, con su respecticva marcacionde fechas de vencimiento, superiores al 2016
Presentación Lata por 565 gramos.
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 108
Código UNSPSC 50171800
Nombre del Producto Salsas y condimentos y productos para untar
Nombre Comercial del Producto
HIERBABUENA
Calidad NTC 4423 Resolución 4241 de 1991 de Ministerio de Salud. ESTABLECE LOS REQUISITOS Y LOS ENSAYOS A LOS CUALES DEBEN SER SOMETIDAS LAS ESPECIAS, LOS CONDIMENTOS VEGETALES
Generalidades
Hierba aromáticas: hojas sanas, limpias y secas, provenientes de plantas que tienen propiedades, saborizantes y olores muy aromáticos, inclusive en ocasiones son medicinales empleándose en infusión como aromático. Igualmente sus hojas y/o tallos denominados como especias o condimentos vegetales porque contienen sustancias saborizantes o aromatizantes, las cuales se emplean para aderezar, aliñar o mejorar el aroma y sabor de los alimentos. Se le considera como especias pura, bien sea entera o molida si el producto está constituido por la especia genuina, la cual debe responder a las características propias de las mismas.
Requisitos generales
Características organolépticas del yerbas aromáticas: Color: verde característico de las hojas. Olor: aromático propio del producto. Sabor: propio del producto El producto debe estar sano, sin enfermedades, limpio sin materiales extraños. Las hojas de yerbas aromáticas deben estar libres de la presencia de plagas exentas de humedad exterior anormal, libre de olores y sabores extraños.
Requisitos Específicos
Deben cumplir con los siguientes requisitos: Humedad, máximo 15%; Cenizas, máximo 6 %; cenizas insolubles, máximo 1% Fibra bruta, máximo 30%; aceite esencial, mínimo 1.6% Las hojas de yerbas aromáticas y los productos elaborados a partir del mismo deben cumplir con los requisitos microbiológicos establecidos en la Resolución 4241 de 1991. Los residuos de plaguicidas no de beben exceder los límites máximos establecidos en la Resolución 2906 de 2007, el Ministerio de la Protección Social.
Empaque y rotulado
El producto podrá ser empacado en cualquier envase que evite su deterioro y contaminación y permita su conservación, manipulación y visualización total del producto, el cual deberá mantenerse en buenas condiciones de higiene. El rotulado debe cumplir con lo establecido en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social
Presentación Bolsa x 500grms.
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 109
Código UNSPSC 12352300
Nombre del Producto Compuestos y mezclas
Nombre Comercial del Producto
HIPOCLORITO DE SODIO
Calidad NTC 925 CONTEMPLA LOS REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR EL CLORO LÍQUDO USADO PARA ELTRATAMIENTO DE AGUA POTABLE E INDUSTRIAL
Generalidades
El hipoclorito de sodio o hipoclorito sódico, cloro, es un compuesto químico, fuertemente oxidante, cuya fórmula es NaClO. Contiene el cloro en estado de oxidación +1 y por lo tanto es un oxidante fuerte y económico. Debido a esta característica destruye muchos colorantes por lo que se utiliza como blanqueador. Además se aprovechan sus propiedades desinfectantes. En disolución acuosa sólo es estable a pH básico. Al acidular en presencia de cloruro libera cloro elemental. Por esto debe almacenarse alejado de cualquier ácido.
Requisitos generales
El cloro no debe contener sustancias minerales u orgánicas solubles en cantidades capaces de producir efectos dañinos. En estado liquido el cloro es ámbar y con una densidad 1,5 veces mayor que la del agua. El producto debe estar libre elementos o sustancias extrañas, que alteren la apariencia olor y color es específico del producto. El producto debe tener registro para su comercialización.
Requisitos Específicos
El hipoclorito de sodio debe cumplir con los siguientes requisitos Hipoclorito de Sodio en % m/v 15 min.
Hidróxido de sodio (alcalinidad total) en % m/v 1 máx.
Densidad a 20°C en g/ml 1.20 min.
Apariencia ligeramente amarilla
Empaque y rotulado El producto podrá ser distribuido o comercializado en presentaciones según lo requiera el mercado. Su peso estará establecido en unidades de volumen del Sistema Internacional
Presentación Botella Plastica x 1 LITRO
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 110
Código UNSPSC 50131600
Nombre del Producto Huevos y sustitutos
Nombre Comercial del Producto
HUEVO AAA 40 BANDEJAS X 30 UND
Calidad NTC 1240 INDUSTRIA ALIMENTARIA. HUEVOS DE GALLINA FRESCOS PARA CONSUMO.
Generalidades
El huevo fresco, es el óvulo de de la gallina (Gallus gallus) completamente evolucionado, no fecundo, con sus correspondientes reservas de sustancias nutritivas y su revestimiento calcáreo. Cuando se trate de huevos de otras especies, deberá declararse de cual proviene. El huevo fresco es aquel que observado por transparencia en el ovoscopio se presenta absolutamente claro, sin sombra alguna, con yema apenas perceptible y una cámara de aire que no sobrepasa la altura establecida en los requisitos.
Requisitos generales
La cáscara debe ser fuerte y homogénea. - Deben estar libres de contaminación y limpios Cascarón: Entero, limpio, ligeramente anormal en su forma y con pequeñas áreas manchadas al mover el huevo no deberá alejarse mucho del centro. Conservación y almacenamiento El huevo fresco debe estar libre de enfermedades transmisibles a través del huevo, como: Salmonellas pullorum y gallinarum, Leucosis linfoide, Temblor epidémico, Encefalomielitis aviar y Mycoplasma entre otras. Clasificación de los huevos como huevos limpios, ligeramente sucios y Sucios.
Requisitos Específicos Peso promedio: 50 a 80g. Cámara de aire (espesor máximo en mm): 5 a 9 mm. Cicatrícula o gérmen: invisible y sin sangre.
Empaque y rotulado Los empaques deben ser de un material inocuos, resistentes y atóxico, inalterable al contacto con el producto que no altere las características propias del producto aseguren su conservación durante su vida útil.
Presentación CUBETA POR 30 UNIDADES
Regional Cundinamarca
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 111
Código UNSPSC 53131600
Nombre del Producto Baño y cuerpo
Nombre Comercial del Producto
JABÒN ANTIBACTERIAL PARA MANOS SIN OLOR
Calidad NTC 760 ESTABLECE LOS REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR EL JABON DE TOCADOR DESTINADO A LA HIGIENE PERSONAL
Generalidades
Producto en pasta o líquido, soluble en agua, utilizado para la higiene personal y en ciertos casos como elemento decorativo en el cuarto de baño. El Producto es resultante de la saponificación de ácidos grasos, con adiciones como glicerina, perfumes, colorantes, antibacteriales, productos medicinales, entre otros. Por sus propiedades el jabón puede ser corriente, desodorante o con aditivos especiales; por su apariencia puede ser opaco, transparente o translúcido.
Requisitos generales
El jabón no puede tener olor No puede tener componentes que perjudiquen la piel humana o el medio ambiente. El producto debe contar con registro sanitario que permita su comercialización al interior del país. El registro sanitario debe estar vigente, tanto al momento de la negociación, como al momento de la entrega del producto. Debe cumplir con la normatividad vigente en materia ambiental y de salud pública
Requisitos Específicos
Debe cumplir íntegramente con los requisitos pH (20°C) 1 gramo/litro 7 – 8
Densidad: 1.04 gr/ml
Valoración volumétrica de TRICLOSAN: 1 – 2 %
Sabor: insípido en solución. Ligeramente amargo.
Olor: característico, ligero
Color: incoloro – traslucido
Apariencia: liquido viscoso.
Empaque y rotulado El envase debe proteger la calidad del producto durante su manejo, almacenamiento y transporte. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la NTC-5465 que establece los requisitos para el etiquetado de los productos de aseo y limpieza.
Presentación Envase x 1000ml.
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 112
Código UNSPSC 53131600
Nombre del Producto Baño y cuerpo
Nombre Comercial del Producto
JABON LAVALOZA con glicerina X 1.000 gramos
Calidad NTC 2860 ESTABLECE LOS REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR Y LOS ENSAYOS A LOS CUALES DEBE SOMETERSE LA PASTA EMPLEADA PARA LAVAR LOZA
Generalidades Sustancia que por acción química disuelve la grasa y la suciedad adherida a objetos, comúnmente utilizado para lavar utensilios de cocina. Puede ser sólido o semisólido.
Requisitos generales
El producto debe contar con registro sanitario. El producto debe presentar consistencia homogénea, no poseer olores objetables. No puede dejar remanentes al tacto de color u olor desagradables en los objetos lavados. No puede contener sustancias que irriten la piel en condiciones normales de uso. No puede contener sustancias peligrosas para el medio ambiente, debe ser biodegradable, no toxico, ni inflamable
Requisitos Específicos
Debe cumplir íntegramente con los requisitos establecidos en la norma técnica colombiana NTC 760, Olor: Característico de la fragancia.
Color: Generalmente verde (puede cambiar según el olor
característico de la fragancia).
pH: 10.5 -11.0
% activo: Mínimo 18.0, debe tener adicion de glicerina en un 10% en su composicion
Empaque y rotulado El envase debe proteger la calidad del producto durante su manejo, almacenamiento y transporte. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la NTC-5465 que establece los requisitos para el etiquetado de los productos de aseo y limpieza.
Presentación Envase x 1000ml
Regional Cundinamarca
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 113
Código UNSPSC 53131600
Nombre del Producto Baño y cuerpo
Nombre Comercial del Producto
JABON LAVAPLATOS 10 UND X 250GRM
Calidad NTC 2860 ESTABLECE LOS REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR Y LOS ENSAYOS A LOS CUALES DEBE SOMETERSE LA PASTA EMPLEADA PARA LAVAR LOZA
Generalidades sustancia que por acción química disuelve la grasa y la suciedad adherida a objetos, comúnmente utilizado para lavar utensilios de cocina. Puede ser sólido o semisólido
Requisitos generales
El producto debe contar con registro sanitario. El producto debe presentar consistencia homogénea, no poseer olores objetables. No puede dejar remanentes al tacto de color u olor desagradables en los objetos lavados. No puede contener sustancias que irriten la piel en condiciones normales de uso. No puede contener sustancias peligrosas para el medio ambiente, debe ser biodegradable, no toxico, ni inflamable.
Requisitos Específicos
Debe cumplir íntegramente con los requisitos establecidos en la norma técnica colombiana NTC 760, Olor: Característico de la fragancia.
Color: Generalmente verde (puede cambiar según el olor
característico de la fragancia).
pH: 10.5 -11.0
% activo: Mínimo 18.0
Empaque y rotulado El producto debe estar empacado de forma tal que se conserve su calidad durante su transporte y almacenamiento. Su rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la NTC-5465 que establece los requisitos para el etiquetado de los productos de aseo y limpieza.
Presentación Jabón en pasta, sólido en caja plastica X 250 GRAMOS
Regional Cundinamarca
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 114
Código UNSPSC 50377000
Nombre del Producto Frutas Nominant orgánicas en lata o en frasco
Nombre Comercial del Producto
PIÑA EN ALMIBAR LATA
Calidad NTC 729 NTC 695 Resolución 14712 de 1984 del Ministerio de Salud ESTABLECE LOS TÉRMINOS Y LAS DEFINICIONES GENERALES DE LAS FRUTAS, LAS LEGUMBRES Y LAS HORTALIZAS PROCESADAS Y ENLATADAS
Generalidades
Fruto proveniente de cualquier variedad cayena lisa, (Ananas comosus L. Meer), fruta o parte de la misma la cual es desecada, deshidratada o pasa, porque se le ha removido parcialmente o totalmente el agua de constitución por medios naturales o artificiales, alcanzando a reducir el contenido de humedad en el cuerpo de la misma hasta llegar a un 20% del peso. El proceso de deshidratación en las frutas se puede realizar empleando las técnicas de atomización, secado en rodillos, secado al vacío en bandejas o en cámaras de sacado por aire caliente
Requisitos generales
Características sensoriales: Color: amarillo Olor: piña Sabor: ligeramente dulce Apariencia: sólido (fruta entera , trozos o tajadas) Debe ser almacenado a temperatura ambiente, en su envase original Debe estar exento de sustancias extrañas, o sustancias destinadas a dar aroma, color o modificar sus características fisicoquímicas. La piña deshidratada debe estar exenta de contaminantes especialmente de sustancias farmacológicamente activas, libre de la presencia de plagas y protegido de la humedad.
Requisitos Específicos
Debe tener registro INVIMA. Acidez titulable (ácido cítrico anhidro) % m/m: 0,3 % Mínimo Porcentaje de sólidos disueltos, a 20°C (°Brix):15,0 Mínimo (por lectura refractométrica). El concentrado de piña debe cumplir con los requisitos microbiológicos establecidos en la Resolución 7992 de1991 del Ministerio de Salud. En su elaboración se pueden adicionar aditivos (conservantes y antioxidantes permitidos) establecidos en la Resolución 7992 de1991. El contenido máximo de metales pesados debe ser el establecido en la Resolución 7992 de1991del Ministerio de Salud.
Empaque y rotulado
Los concentrados se deben empacar o envasar en material adecuado atóxico, hermético que no altere las características físicas, químicas, organolépticas y sanitarias del producto y asegure su higiene y buena conservación. Los concentrados de piña podrá llevar en el rótulo la frase 100% natural, solamente cuando al producto no se le agreguen aditivos, a excepción del ácido ascórbico. Los concentrados de fruta se designarán con la palabra “Concentrado de "seguido del nombre de la fruta utilizada en su elaboración. En su rótulo deberán cumplir con las demás disposiciones establecidas en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de Protección Social.
Presentación LATA x 500 gramos
Regional Cundinamarca
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 115
Código UNSPSC 50121700
Nombre del Producto Invertebrados acuáticos
Nombre Comercial del Producto
LANGOSTINOS U8
Calidad
NTC 3434 Resolución 288 de 2007 Resolución 670 de 2007 Decreto 561 de 1984 del Ministerio de Salud. Resolución 776 de 2008 del ministerio de la Protección Social Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social. STABLECE LOS REQUISITOS FISICO QUIMICOS Y MICROBIIOLOGICOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS JAIBAS Y LOS CANGREJOS COCIDOS Y MOLUSCOS.
Generalidades
Langostino nombre científico de el langostino es Penaeus kerathurus. Es un crustáceo decápodo que habita en aguas profundas. Está emparentado con el camarón y la gamba. Existen dos variedades de langostinos caracterizadas por poseer, o no, bandas longitudinales oscuras en su cuerpo, son los langostinos tigre y blanco. Entre los primeros destacan: Langostino Atlántico (Penaeus duorarum).
Requisitos generales
Los crustáceos muertos, frescos, deben presentar las siguientes características: Exoesqueleto: Ligeramente húmedo, brillante y consistente, Color: Sus tonalidades abarcan colores como el rosáceoamarronado, atravesados lateralmente por franjas oscuras (como todos los miembros de la variedad de langostino tigre, aunque algunos reflejen mayor intensidad que otros Cuerpo: curvado naturalmente, rígido, cola parcial o totalmente replegada bajo el tórax. Apéndices: resistentes, firmes y bien adheridos al cuerpo. El producto debe estar exento de cualquier material extraño que constituya un peligro para la salud. Los productos de la pesca que se exporten deben elaborarse bajo el Sistema de Análisis de Puntos Críticos de Control HACCP. El proveedor debe cumplir con las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM). El langostino debe cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 561 de 1984 del Ministerio de Salud
Requisitos Específicos
Calorías: 104 K calorías/ 100 gr Proteínas: 24.3 gr/ 100 gr
Grasas: 0.8 gr/ 100 gr
Hidratos de Carbono: 0 gr/ 100 gr
Índice glucémico (IG): 5, TAMAÑO U8
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material inocuos, resistentes y atóxico, inalterable al contacto con el producto que no altere las características propias del producto aseguren su conservación durante su vida útil. El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación EMPAQUE POR 1000 GRAMOS
Regional Cundinamarca
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 116
Código UNSPSC 50131700
Nombre del Producto Productos de leche y mantequilla
Nombre Comercial del Producto
LECHE CONDENSADA
Calidad Resolución 2310 de 1986 del Ministerio de Salud. Decreto 616 de 2006 del Ministerio de la Protección Social. NTC 879 ESTABLECE LOS REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR LA LECHE CONDENSADA AZUCARADA (CONCENTRADA).
Generalidades La leche condensada es el producto higienizado, obtenido por deshidratación parcial, a baja presión, de una mezcla de leche y azúcares.
Requisitos generales
Color: blanco o crema. Sabor: dulce. Olor característico a aroma lácteo. Consistencia: liquida. El producto debe presentar un aspecto y consistencia uniformes, exentos de grumos y cristales de azúcar. Estar exenta de grasa de origen vegetal o animal diferente a la láctea y demás sustancias diferentes a las lácteas. La leche debe estar exenta de sustancias tóxicas y residuos de drogas o medicamentos según establecido en la Resolución 0676 de 2007 y en las demás disposiciones la modifiquen, adicionen o sustituyan. La leche condensada debe cumplir con los requisitos de Buenas prácticas de manufactura establecidos en el Decreto 3075 de 1997
Requisitos Específicos
Materia grasa láctea % m/m: 8,0% mínimo entera. 4,0 % mínimo semidescremada 1,0% máximo descremado. Sólidos grasos no lácteos % m/m: 20% mínimo Humedad %m/m: 30,0% máximo. Colorantes: cantidad máxima permitida 30mg/kg. La leche condensada después de ser envasada, podrá almacenarse a temperatura ambiente y según las condiciones estipuladas en el Decreto 3075 de1997 y en las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan. El producto debe cumplir con los requisitos establecidos en el Resolución 2310 de 1986 la NTC 879 No pueden exceder los límites máximos de plaguicidas permitidos en la Resolución 2906 de 2007
Empaque y rotulado
El producto debe ser envasado en recipientes suficientemente inerte, resistentes que no reaccionen con el producto o alteren sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y comercializaciónEl rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Lata abre fácil x 1000ml. Unid
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 117
Código UNSPSC 50401500
Nombre del Producto Alcachofas
Nombre Comercial del Producto
ALCACHOFA
Calidad NTC 3627-3 ESTABLECE LAS CONDICIONES NECESARIAS PARA CONSERVAR LAS ALCACHOFAS DURANTE SU ALMACENAMIENTO Y TRANSPORTE. Y CULTIVO
Generalidades
La alcachofa o alcaucil (Cynara scolymus) es una planta cultivada como alimento en climas templados. Pertenece al género de las Cynara dentro de la familia Asteraceae. Contiene hidratos de carbono, entre los que destaca la inulina y la fibra; minerales como el sodio, el potasio, el fósforo y el calcio; y entre las vitaminas destaca la presencia de B1, B3 y pequeñas cantidades de vitamina C. Sin embargo, lo más destacable de su composición son una serie de sustancias que se encuentran en pequeña cantidad, pero dotadas de notables efectos fisiológicos positivos: la Cinarina sustancia ácida con efecto colerético, es decir, con capacidad para aumentar la secreción biliar.
Requisitos generales
La alcachofa debe tener aspecto fresco, sin manchas, sin ataque de hongos ni notarse maltrato, deben estar limpias, desprovistas de tierra y libre de cualquier humedad anormal exterior. Debe estar exenta de daños causados por heladas y enfermedades. La alcachofa debe cumplir con los limites de plaguicidas establecidos en la Resolución 2906 de 2007. Debe presentar hojas enteras, con aspecto de frescura, y de coloración y aspectos normales para la variedad.
Requisitos Específicos
En las hojas de las alcachofas la longitud del peciolo no debe sobrepasar 10 cm. Se admitirá hasta un 10% debe tener una composicion de Agua 88%
Hidratos de carbono 7, 5% (fibra 3, 5%)
Proteínas 2, 3%
Lípidos 0, 1%
Potasio 570 mg/100 g
Sodio 35 mg/100 g
Fósforo 80 mg/100 g
Calcio 45 mg/100 g
Vitamina C 9 mg/100 g
Vitamina A 17 microgramos/100 g
Vitamina B1 0, 1 mg/100 g
Empaque y rotulado El empaque utilizado para la alcachofa debe garantizar su conservación proteger al producto de daños mecánicos y debe estar construido con materiales inertes y libres de residuos de fabricación; debe permitir su manipulación.
Presentación Envase x 1 KILO grms.Unid
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 118
Código UNSPSC 50131700
Nombre del Producto Productos de leche y mantequilla
Nombre Comercial del Producto
LECHE EN POLVO
Calidad NTC 1036 ESTABLECE LOS REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR LA LECHE EN POLVO PARA CONSUMO DIRECTO O ELABORACION POSTERIOR
Generalidades Polvo producto de la deshidratación de leches enteras, parcialmente descremada previamente higienizada de vaca o de otros mamíferos.
Requisitos generales El producto debe presentar color blanco-amarillento homogéneo característico. Debe presentar olor y sabor característico. Debe estar exento de sabores extraños
Requisitos Específicos
Humedad Máximo 3,50% NIR - Infraxact
Materia grasa Mínimo a 26,0 % NIR – Infraxact
Proteínas Mínimo 25,0 % NIR – Infraxact
Cenizas Máximo 7% NIR - Infraxact
Acidez titulable Máximo 17,00 ml de
NaOH 0,1 N/10g de SNG FIL IDF 86: 1981
Índice de Insolubilidad Máximo 1,00 ml FIL IDF 129 A: 1988
Partículas tostadas Máximo Disco “B” ADPI 916: 1990
Humectabilidad Máximo 60 s FIL 87:1979
Dispersabilidad Mínimo 85 % p/p FIL 87:1979
Empaque y rotulado
Empacada bolsas de diferentes materiales y presentaciones que protejan el producto de contaminación, humedad y acción de la luz y asegure su adecuada conservación, generalmente los bultos tienen una bolsa interior de polietileno y dos o tres bolsas de papel kraft. Las presentaciones minoristas son bolsas de papel aluminado. El rotulado debe cumplir con lo indicado en la Resolución 05109 del Ministerio de Protección Social
Presentación Bolsa x 1 KILO.Unid
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 119
Código UNSPSC 73131800
Nombre del Producto Procesamiento de lácteos y huevos
Nombre Comercial del Producto
LECHE EVAPORADA ENTERA
Calidad NTC 733 CONTIENE DEFINICION Y CLASIFICACION, REQUISITOS GENERALES Y ESPECIFICOS, TOMA DE MUESTRAS Y CRITERIOS DE ACEPTACION O RECHAZO DE LOS DERIVADOS LACTEOS.
Generalidades
Es un producto que se obtiene mediante la eliminación parcial del agua de la leche por el calor o por cualquier otro procedimiento que permita obtener un producto con la misma composición y características. El contenido de grasa y/o proteínas podrá ajustarse únicamente para cumplir con los requisitos de composición estipulado en la Norma Técnica Peruana 202.002.2007, mediante adición y/o extracción de los constituyentes de la leche, de manera que no se modifique la proporción entre la caseína y la proteína del suero de leche sometida a tal procedimiento
Requisitos generales
La leche evaporada se clasifica de acuerdo a su contenido graso en leche evaporada entera, leche evaporada parcialmente descremada y leche evaporada descremada. Se podrá adicionar aditivos alimenticios que estén aprobados por el Codex Alimentarius en su última versión vigente, en las dosis establecidas para la leche evaporada. La leche evaporada entera no necesita refrigeración cuando el envase está cerrado herméticamente, almacenándose en una temperatura de medio ambiente; una vez abierto el envase del producto se deberá consumir inmediatamente o refrigerar.
Requisitos Específicos
Requisitos organolépticos
Color : Blanco a crema
Olor : Agradable, libre de olores extraños
Sabor : Agradable característico, ligeramente dulce y libre de
sabores extraños a su naturaleza.
La muestra del producto, sometida a una incubación durante 7 días a 35
ºC – 37 ºC debe cumplir con los siguientes requisitos:
No sufrir modificaciones que alteren el envase, tales como
hinchamiento, fugas, etc.
Las características sensoriales tales como abombamiento, fugas,
color, aspecto, entre otros, no deben diferir sensiblemente de las de
una leche esterilizada sin incubar.
Requisitos físico – químicos
(
(*) Se obtendrá por diferencia entre los sólidos totales y la materia grasa.
iii) Requisitos microbiológicos*
Esterilidad Comercial: El producto debe cumplir con las condiciones de
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Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha la esterilidad comercial entendida como condición conseguida por la
aplicación de calor, por la cual se eliminan del alimento microorganismos
capaces de reproducirse en condiciones no refrigeradas de
almacenamiento y distribución y microorganismos viables de importancia
para la salud.
(*) R.M. N° 591-2008/MINSA “Norma Sanitaria que establece los Criterios Microbiológicos de
Calidad Sanitaria e Inocuidad para los Alimentos y Bebidas de Consumo Humano” (Criterio
XIX.1)
Característica Leche Entera
Evaporada
Método de
Ensayo
Materia grasa (% m/m) Mínimo 7.5 NTP 202.135
Sólidos no grasos (g/100g) Mínimo 17.5 *
Sólidos totales (% m/m) Mínimo 25.0 NTP 202.135
Proteína (N x 6,38) en los
sólidos no grasos (% m/m) Mínimo 34.0 NTP 202.135
Empaque y rotulado
Envase Envase primario: (a) Envases de hojalata electrolítica, íntegros, limpios, sin abolladuras, sellados herméticamente y con de barniz epóxido interior que aisle el producto respecto al envase metálico, de materiales adecuados para la conservación y manipuleo del producto y no transmitirán a este, sabores, colores y/o olores extraños. a fin de permitir un mejor manejo durante el transporte, distribución y almacenaje.
Presentación LATA X 375 ml. Unid
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 120
Código UNSPSC 50131700
Nombre del Producto Productos de leche y mantequilla
Nombre Comercial del Producto
LECHE LIQUIDA LARGA VIDA
Calidad NTC – 3856 ESTABLECE LOS REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS LECHES UAT (UHT) ULTRA ALTA TEMPERATURA LARGA VIDA Y LECHE ULTRAPASTEURIZADA
Generalidades Leche pasteurizada mediante tratamiento con ultra alta temperatura.
Requisitos generales
Pasterizada y ultra pasterizada mínimo a 135 grados centígrados durante 2 a 4 segundos, en flujo continuo seguido inmediatamente de enfriamiento rápido y envasado en recipiente estéril a prueba de luz y oxigeno. Textura liquida, color blanco característico olor característico y aroma característico. Los residuos de medicamentos, sustancias tóxicas y plaguicidas no deben ser superiores a lo dispuesto en el Codex Alimentarius
Requisitos Específicos
Característica Leche Entera
Pasteurizada
Materia grasa (g/100g) Mínima 3,2 NTP 202.028
NTP 202.126
Sólidos no grasos (g/100g) Mínimo 8,2 *
Sólidos totales (g/100g) Mínimo 11,40 NTP 202.118
Proteína (N x 6,38) en los
sólidos no grasos (g/100g) Mínimo 34 NTP 202.119
Acidez, expresada como
ácido láctico (g/100g) 0,14 – 0,18 NTP 202.116
Densidad a 15ºC 1,0296 - 1,0340 NTP 202.007
NTP 202.008
Empaque y rotulado La leche UHT debe envasarse en recipientes no retornables que cumplan con las barreras a la luz y al oxígeno y que permita un cierre hermético. El rotulado debe cumplir con lo indicado en la Norma técnica NTC 512-1.
Presentación Caja x 1000ml. Unid
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 121
Código UNSPSC 50121500
Nombre del Producto Pescado
Nombre Comercial del Producto
LENGUADO
Calidad
NTC 1443 Resolución 670 de 2007del Ministerio de la Protección Social. Decreto 561 de 1984 del Ministerio de Salud. Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social. ESTABLECE LOS REQUISITOS DEL PESCADO ENTERO, MEDALLONES Y TROZOS, REFRIGERADOS O CONGELADOS APTOS PARA EL CONSUMO HUMANO
Generalidades El filete de lenguado es el trozo de pescado, cortado fino y en forma de lámina proveniente de los peces lenguados que son una familia (Soleidae) de peces, el filete se obtiene después de haber sido desangrado y eviscerado sin cabeza y sin cola, sometidos a refrigeración.
Requisitos generales
El producto estará exento de cualquier material extraño que constituya un peligro para la salud. Según el almacenamiento se denomina como filete de pescado fresco refrigerado de 0 a 4 °C o congelado a –18° C. Los productos de la pesca que se exporten deben elaborarse bajo el Sistema de Análisis de Puntos Críticos de Control HACCP. El proveedor debe cumplir con las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM). El filete de lenguado debe cumplir con los requisitos de proceso establecidos en el Decreto 561 de 1984 del Ministerio de Salud.
Requisitos Específicos
El filete de lenguado debe cumplir con los requisitos fisicoquímicos AEROBIOS G: - 2 COLIFORMES: - 10,ANAEROBIOS: - 2, SALMONELLA: - 10, La carne debe ser de textura firme y delgada, la piel y escamas deben estar adheridas a la carne, aspecto brillante y olor a mar.
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material inocuos, resistentes y atóxico, inalterable al contacto con el producto que no altere las características propias del producto aseguren su conservación durante su vida útil. El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Empaque al vacio x 1 kilo. Unid
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 122
Código UNSPSC 50401600
Nombre del Producto Espárragos
Nombre Comercial del Producto
ESPARRAGOS
Calidad NTC 4930 PLICA A LOS ESPÁRRAGOS EN CONSERVA, QUE ESTÁN DESTINADAS AL CONSUMO DIRECTO, INCLUSIVE PARA FINES DE HOSTELERÍA.
Generalidades
Producto elaborado con espárragos frescos (Asparagus officinalis), sanos y limpios, envasados herméticamente en un medio de cobertura apropiado (solución a base de sal o ácido acético o vinagre de origen vínico) y sometidos a tratamientos físicos permitidos que garanticen su conservación. En los espárragos en conserva se emplean las siguientes variedades, espárragos blancos, espárragos, verdes y espárragos silvestres o trigueros
Requisitos generales
Los espárragos empleados deben tener aspecto fresco debe estar sana, sin manchas, sin ataque de hongos y sin notarse maltrato en las hojas, libre de la presencia de insectos y enfermedades. Sabor: característico. Color: que sea uniforme y brillante característico de producto Olor y sabor: característico depende el medio de cobertura empleado, tendiendo a ácido. Apariencia: brillante, transparente.
Requisitos Específicos
El producto en conserva debe alcanzar un pH de 4.5 El proveedor debe cumplir con las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), Agua 92,00 %
Carbohidratos 5,00 g
Proteína 3,30 g
Lípidos Tr g
Calcio 23,30 mg
Fósforo 61,40 mg
Fierro 0,70 mg
Potasio 310,00 mg
Sodio 3,30 mg
Empaque y rotulado
El empaque utilizado para los espárragos en conserva debe garantizar su conservación y debe estar construido con materiales inertes y libres de residuos de fabricación; debe permitir su manipulación durante el transporte y el almacenamiento y comercialización. El producto en su rótulo debe cumplir con lo establecido en la Resolución 5109 de 2005 del ministerio de la Protección Social.
Presentación Envase x 1000 grms.unid
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 123
Código UNSPSC 41106200
Nombre del Producto Medios, kits y equipo de propagación y transformación de microorganismos
Nombre Comercial del Producto
LEVADURA ACTIVA SECA
Calidad Levadura química para aligerar las masas y aumentar el volumen de productos horneados Cumplir con la NTC 1582 ESTABLECE LOS EMULSIFICANTES, ESTABILIZANTES Y ESPESANTES PERMITIDOS EN LA INDUSTRIA ALIMENTICIA Y LOS REQUISITOS
Generalidades Mezcla homogénea de ingredientes que actúan como agentes leudantes en productos de panadería, pastelería, etc. Fina glanulometría Alto y constante poder de gasificación Doble acción: actúa en el reposo y en el horneo Seguridad de volumen
Requisitos generales El producto se debe elaborar con buenas prácticas de manufactura. Se deben inocuos por si mismos en condiciones normales de uso, se deben presentar en forma de polvo. Debe tener color, sabor y aroma característicos del producto
Requisitos Específicos
Especificaciones físico-químicas
Apariencia: pequeños gránulos cilíndricos de gran fluidez
Color: Beige a café claro
Olor: aroma típico a levadura
Materia seca: > 95.0 %
Proteína: 46,0 % ± 3.0 %
Pentóxido de fósforo (P2O5): 2,3 % ± 0,2 %
Emulsificante: 1.1 % ± 0,3 %
Especificaciones microbiológicas
Mesófilos aeróbios (ufc/g) < 1,0 x 106
Coliformes totales < 1,0 x 103
E. Coli < 10
Empaque y rotulado Debe estar empacada en materiales atóxicos que aseguren la buena conservación e higiene del producto. Cumplir con la resolución N° 5109, por la cual se establecen los parámetros para el rotulado o etiquetado del producto y materias primas
Presentación Bolsa por 500 gramos. Unid
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 124
Código UNSPSC 50401700
Nombre del Producto Aguacates
Nombre Comercial del Producto
AGUACATE
Calidad NTC 1248 NCLUYE CONDICIONES DE COSECHA Y ALMACENAMIENTO, CARACTERISTICAS DE CALIDAD, METODO Y REQUISITOS DE TRANSPORTE
Generalidades Fruto (Persea americana) perteneciente a la familia de las lauráceas. Su fruto es una baya con una sola semilla, muy variable en tamaño, forma y características de su piel, pulpa y semilla se conoce nombre genérico como aguacate o palta.
Requisitos generales
El fruto al madurar la piel puede ser de color verde a morado oscuro casi negro dependiendo de la variedad. El producto debe estar entero, firme, de aspecto fresco, sano, limpio, sin presencia de insectos, humedad externa anormal y olores extraños. Los residuos de plaguicidas no de beben exceder los límites máximos establecidos en la Resolución 2906 de 2007, el Ministerio de la Protección Social.
Requisitos Específicos
El grado de madurez debe ser en más del 50 % de la fruta, su color verde amarillento moderado e interno amarillo claro brillante. Los pedúnculos deben tener un corte limpio y su longitud no debe ser superior a 10 mm seco e intacto, cuyo corte debe estar limpio. El fruto maduro no debe tener sabor amargo, no debe presentar magulladuras, golpes ni cortes. El producto debe dar cumplimiento a los requisitos de calidad para su clasificación establecidos en la NTC 1248
Empaque y rotulado
Envase que evite su deterioro y contaminación y permita su
conservación, manipulación y visualización total de la fruta, el
cual deberá mantenerse en buenas condiciones de higiene.
En su empaque se podrá utilizar papel limpio.
El rotulado debe cumplir con lo establecido en la Resolución
5109 de 2005.
Presentación Empaque x 500grms. Unid
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 125
Código UNSPSC 50202200
Nombre del Producto Bebidas alcohólicas
Nombre Comercial del Producto
LICOR DE CACAO BLANCA
Calidad
Cumplir con los requisitos establecidos en: Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud ¬ Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombia NTC 1035 ¬ Bebidas alcohólicas. Cremas Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas
Generalidades La Crema de Cacao es un dulce licor de chocolate elaborado principalmente a partir de granos de cacao y vainilla.
Requisitos generales Puede ser adicionado con sustancias aromatizantes permitidas, edulcolorado y coloreado. Sabor característico, color caramelo
Requisitos Específicos Graduación alcoholimétrica: Máximo 25° Sabor cacao, color caramelo, densidad suave
Empaque y rotulado
El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. . Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853. El rotulo debera indicar fecha de vencimiento.
Presentación Botella en Vidrio x 1000ml. Unid
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 126
Código UNSPSC 50202200
Nombre del Producto Bebidas alcohólicas
Nombre Comercial del Producto
LICOR DE CAFÉ
Calidad
Cumplir con los requisitos establecidos en: Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud ¬ Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombia NTC 1035 ¬ Bebidas alcohólicas. Cremas Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas
Generalidades El licor de Café es un dulce licor de café elaborado principalmente a partir de granos de cafe y vainilla.
Requisitos generales Puede ser adicionado con sustancias aromatizantes permitidas, edulcolorado y coloreado. Sabor característico, color negro.
Requisitos Específicos Graduación alcoholimétrica: Máximo 25° Sabor cafe, color negro, densidad suave
Empaque y rotulado
El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853. El rotulo debera indicar fecha de vencimiento.
Presentación Botella en vidrio x 1000 ml. Unid
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 127
Código UNSPSC 50202200
Nombre del Producto Bebidas alcohólicas
Nombre Comercial del Producto
LICOR DE MENTA
Calidad
Cumplir con los requisitos establecidos en: Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud ¬ Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombia NTC 1035 ¬ Bebidas alcohólicas. Cremas Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas
Generalidades La Crema dementa es un dulce licor de menta elaborado principalmente a partir de granos de menta y vainilla.
Requisitos generales Puede ser adicionado con sustancias aromatizantes permitidas, edulcolorado y coloreado. Sabor característico, color Verde Esmeralda.
Requisitos Específicos Graduación alcoholimétrica: Máximo 25° Sabor menta, color verde Esmeralda, densidad suave
Empaque y rotulado
El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853. El rotulo debera indicar fecha de vencimiento.
Presentación Botella de Vidrio por 1000ml. Unid
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 128
Código UNSPSC 50401800
Nombre del Producto Fríjoles
Nombre Comercial del Producto
FRIJOL
Calidad Cumplir con los requisitos de la norma técnica NTC -871 ESTABLECE LAS DEFINICIONES, CLASIFICACION Y REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR EL FRIJOL PARA CONSUMO.
Generalidades El fríjol para consumo se clasifica en dos tipos de acuerdo con los géneros y especificaciones así: Tipo I: Todas las variedades del género Phaseolussppque presentan tamaño, forma y color característico de la variedad que se considere.
Requisitos generales No se aceptará, entre los grados 1, 2, 3, y 4, fríjol con olores objetables o con residuos de materiales tóxicos, o que estén infestados o infectados El fríjol para consumo no debe exceder los límites de metales pesados y plaguicidas establecidos en el Codex Alimentarius.
Requisitos Específicos Humedad: relativa moderada Semilla (Kg/Ha.): 65 - 75 Kg. /Ha, según variedad., debe estar libre de plagas y de hongos, el producto debe estar en perfectas condiciones el grano
Empaque y rotulado El producto debe ser empacado de tal forma que el producto quede preservado de la contaminación, humedad y que aseguren la buena conservación del producto. El rótulo debe ser impreso cumplir con lo indicado en la Resolución No 005109 Min Protección Social
Presentación Bolsa de plástico x 1 KILO. Unid
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 129
Código UNSPSC 50402800
Nombre del Producto Acelgas
Nombre Comercial del Producto
ACELGA
Calidad NTC 1291 Esta norma establece la terminología, los requisitos y los sistemas de clasificación de las frutasy hortalizas destinadas a ser consumidas en estado fresco.
Generalidades
La acelga Beta Vulgaris pertenece a la familia de las Quenopodiáceas y a la variedad Cicla. Constituida por hojas onduladas con un promedio de 10 cm. de anchura grande, de color verde fresca, sin maltratar y una penca o tallo, de clor blanco. Las acelgas contienen 91% de agua, poquísimas calorías, Hidratos de Carbono, y Fibra.
Requisitos generales Las hojas deben tener aspecto fresco debe estar sana, sin manchas, sin ataque de hongos y sin notarse maltrato en las hojas, libre de la presencia de insectos y enfermedades. Color: Hoja verde oscuro y tallo blanco muy puro. Consistencia firme. Sabor: característico.
Requisitos Específicos Los defectos no deben exceder el 10% del área total del producto. PH: 6.5 – 7.5, HUMEDAD RELATIVA:70 – 90 %,
Empaque y rotulado
El empaque utilizado para la acelga debe garantizar su conservación proteger al producto de daños mecánicos, y debe estar construido con materiales inertes y libres de residuos de fabricación; debe permitir su manipulación y estibamiento durante el transporte y el almacenamiento; y contar con un diseño que permita la ventilación del producto
Presentación Empaque x 1 KILO.Unid
Regional Cundinamarca
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 130
Código UNSPSC 50403100
Nombre del Producto Cebollines
Nombre Comercial del Producto
CEBOLLIN
Calidad NTC 1291 Esta norma establece la terminología, los requisitos y los sistemas de clasificación de las frutasy hortalizas destinadas a ser consumidas en estado fresco.
Generalidades
Son una variedad de cebollas sin bulbo disponibles prácticamente todo el año y que aportan a las ensaladas un toque muy sabroso.
La planta produce una floración permanente, con escapos de 20 a 30 cm de altura, que sustentan vistosas umbelas de color púrpura que producen numerosas semillas, parecidas a las de cebolla, aunque más pequeñas, y que pueden usarse para establecer el cultivo.
Requisitos generales
Producción de sus hojas para condimento.
El órgano de consumo de esta especie son sus delgadas hojas, las que presentan un delicado sabor que las hace ser preferidas por los gourmets para darle sabor a numerosos platos.
Su consumo es preferentemente fresco, recién cortado, pero también se le usa cocido y deshidratado.
Requisitos Específicos Calidad (%): 99 purezaGerminación (%): 80Clima: MEDIO-FRÍORendimiento (gr./m2): 600Cantidad de Semilla (gr./Ha): 1000
Empaque y rotulado Bandeja ciboulette en Termoformado, o bolsa de polipropileno
Presentación
Bolsa de polipropileno por 1000 gr
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 131
Código UNSPSC 50403200
Nombre del Producto Maíces
Nombre Comercial del Producto
MAZORCA
Calidad
Decreto 3748/2004 el Min. Agricultura y Desarrollo Rural.
Certificado:
Certificación de INVIMA (visita sanitaria) Concepto Favorable Vigente para sitio de acopio
y distribución.
Certificación de INVIMA (visita sanitaria) Concepto Favorable Vigente para vehiculo de
distribución Procesamiento. Fases de transformación de las frutas y hortalizas para su mejor aprovechamiento o para la agregación de valor.
Generalidades
El choclo criollo es un maíz perteneciente a las gramíneas, es la mazorca
Tierna del maíz su nombre científico es la zea Mays y su genero es zea.
Requisitos generales Las mazorcas deberán presentar la forma típica de cultivar. Los choclos de cada lote deberán presentar brácteas de color verde, apretados y ordenadas, se tolera una pequeña abertura que puede verse en la punta
Requisitos Específicos
Se determinará por su longitud máxima del eje de la mazorca según el
siguiente cuadro:
Rango Tamaño (cm)
Grande 20 o más
Mediano 15 - 20
Pequeño 12 - 15
El choclo criollo se diferencia del choclo serrano en la calidad de los granos que son más grandes, carnosos y lechosos.
Color de los granos : Los granos deberán presentar un color blanco, salvo tolerancias permitidas en color clase.
Consistencia : Los granos deberán tener consistencia lechosa.
En todas las categorías, a reserva de las disposiciones especiales para cada categoría y las tolerancias permitidas, el choclo deberá estar exentos de:
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
Exentas de síntomas de deshidratación
Empaque y rotulado
Para el etiquetado se permite el uso de materiales, en particular papel o sellos, con indicaciones comerciales, siempre y cuando estén impresos con tinta o pegamento no tóxico. Asimismo el etiquetado contendrá como mínimo lo siguiente:
• Nombre o marca del producto cuando corresponda.
• Número de choclos por envase.
• Designación del producto según la calidad y tamaño.
• Procedencia y fecha de cosecha.
• Peso neto en kilogramos.
Los choclos criollos deberán ser acondicionados de tal manera que queden protegidas, ventiladas y bien presentados. El envase será en sacos de polipropileno que contengan de 30 a 100 unidades.
Presentación Empaque x 1 KILO.Unid
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 132
Código UNSPSC 50161800
Nombre del Producto Productos de confitería
Nombre Comercial del Producto
MANTECA DE CACAO
Calidad Decreto 3075 de 1997 del Ministerio de Salud. Decreto 126 de 1964 del Ministerio de Salud. NTC 574. STABLECE LOS REQUISITOS FISICOQUIMICOS Y MICROBIOLOGICOS QUE DEBE CUMPLIR LA MANTECA DE CACAO EMPLEADA COMO INGREDIENTE
Generalidades La manteca de cacao es la sustancia grasa sólida o semisólida, de origen vegetal obtenida a partir del grano de cacao.
Requisitos generales La manteca de cacao debe presentar: Olor: Característico a cacao, libre de rancidez. Color: crema, característico del producto. Sabor: a chocolate El producto debe estar libre de contaminación química, materias extrañas, olores objetables o infestación de insectos.
Requisitos Específicos La manteca de cacao debe cumplir con los siguiente requisitos: Humedad %(m/m): 1% máximo. Acidez expresada como ácido oleico%( m/m): 1,75 máximo
Empaque y rotulado
El producto debe ser envasado o empacado en recipientes resistentes que no reaccionen con el producto o alteren sus características microbiológicas, físicas, químicas y organolépticas y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y comercialización. El producto debe cumplir con los requisitos de rotulado establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Empaque x 1 KILO.Unid
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 133
Código UNSPSC 50131700
Nombre del Producto Productos de leche y mantequilla
Nombre Comercial del Producto
MANTEQUILLA 100% CONTENIDO GRASO LACTEO
Calidad Decreto 3075 de 1997 del Ministerio de Salud. Resolución 2310 de 1986 del Ministerio de Salud. NTC 734 . ESTABLECE LOS REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR LA MANTEQUILLA DESTINADA AL CONSUMO DIRECTO O UNA ELABORACIÓN .
Generalidades Mantequilla es el producto graso higienizado, obtenido a partir de la crema de leche fresca, adicionado o no de cultivos lácticos específicos y sometidos a proceso de batido.
Requisitos generales
La mantequilla debe presentar: Olor: Característico, libre de rancidez. Color: crema, característico del producto. La mantequilla no higienizada sólo podrá utilizarse como ingrediente en preparados alimenticios, Industriales o culinarios que se sometan a proceso de higienización y no podrá expenderse para consumo humano directo. Esto debe declararse en el rótulo. La mantequilla debe estar exenta de sustancias tales como grasa de origen vegetal o animal diferente a la láctea. El producto debe estar libre de contaminación química, materias extrañas, olores objetables o infestación de insectos.
Requisitos Específicos
La mantequilla debe cumplir con los siguiente requisitos: Materia grasa %m/m: 80% mínimo Humedad: 16% máximo. Sólidos lácteos no grasos % mlm, 2,0%máximo Cloruro de sodio %m/m: 3,0% máximo. Índice de Reichert-Meissel : 22-32 Prueba de Kreiss: negativa Prueba de fosfatasa:negativa La mantequilla debe estar prácticamente exenta de sustancias tóxicas y residuos de droga o medicamentos. El producto debe cumplir con lo establecido en la Resolución 2310 de 1986 del Ministerio de Salud. Y la NTC 734.
Empaque y rotulado
El producto debe ser envasado en recipientes resistentes que no reaccionen con el producto o alteren sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y comercialización. El producto debe cumplir con los requisitos de rotulado establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social
Presentación Empaque x 1 KILO.Unid
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 134
Código UNSPSC 50404100
Nombre del Producto Hierbas
Nombre Comercial del Producto
MENTA
Calidad NTC 4423 Resolución 4241 de 1991 de Ministerio de Salud. ESTABLECE LOS REQUISITOS Y LOS ENSAYOS A LOS CUALES DEBEN SER SOMETIDAS LAS ESPECIAS, LOS CONDIMENTOS VEGETALES
Generalidades
Hierba aromáticas: hojas sanas, limpias y secas, provenientes de plantas que tienen propiedades, saborizantes y olores muy aromáticos, inclusive en ocasiones son medicinales empleándose en infusión como aromático. Igualmente sus hojas y/o tallos denominados como especias o condimentos vegetales porque contienen sustancias saborizantes o aromatizantes, las cuales se emplean para aderezar, aliñar o mejorar el aroma y sabor de los alimentos. Se le considera como especias pura, bien sea entera o molida si el producto está constituido por la especia genuina, la cual debe responder a las características propias de las mismas.
Requisitos generales
Características organolépticas del yerbas aromáticas: Color: verde característico de las hojas. Olor: aromático propio del producto. Sabor: propio del producto El producto debe estar sano, sin enfermedades, limpio sin materiales extraños. Las hojas de yerbas aromáticas deben estar libres de la presencia de plagas exentas de humedad exterior anormal, libre de olores y sabores extraños.
Requisitos Específicos
Deben cumplir con los siguientes requisitos: Humedad, máximo 15%; Cenizas, máximo 6 %; cenizas insolubles, máximo 1% Fibra bruta, máximo 30%; aceite esencial, mínimo 1.6% Las hojas de yerbas aromáticas y los productos elaborados a partir del mismo deben cumplir con los requisitos microbiológicos establecidos en la Resolución 4241 de 1991. Los residuos de plaguicidas no de beben exceder los límites máximos establecidos en la Resolución 2906 de 2007, el Ministerio de la Protección Social.
Empaque y rotulado
El producto podrá ser empacado en canastas o cualquier otro envase que evite su deterioro y contaminación y permita su conservación, manipulación y visualización total del producto, el cual deberá mantenerse en buenas condiciones de higiene. El rotulado debe cumplir con lo establecido en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Empaque x 1 KILO.Unid
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 135
Código UNSPSC 50404400
Nombre del Producto Puerros
Nombre Comercial del Producto
CEBOLLA PUERRO
Calidad NTC 1291 Esta norma establece la terminología, los requisitos y los sistemas de clasificación de las frutasy hortalizas destinadas a ser consumidas en estado fresco.
Generalidades
Puerros (Allium porrum L.) pertenece a la familia de las Liliáceas y del género Allium. El bulbo es membranoso y de forma oblonda, alargado y de color blanco brillante, donde se puede ver la presencia de numerosas raicillas también de color blanco. Tanto el bulbo como las hojas son las partes comestibles de esta hortaliza. Los puerros contienen, fibra, un 90% de agua, es baja en calorías, hidratos de carbono y contienen Vitaminas: A, C, B6; minerales como potasio, calcio, fosforo, sodio, hierro y tianina, riboflavina, niacina, acido ascórbico, folatos, acido ascórbico. Los puerros se pueden clasificar en las siguientes variedades: - Var. Puerros cortos o semilargos: Grueso de Rouen, Musselburgh, Platina, Arcadia, Electra, Malabare y Dactilo - Var. Puerros largos: Largo de Gennevillier, Largo de Meziers, Largo de Bulgaraia, Large American Flag, Alaska, Artabau, Romil, Elina, Paina y Helvetia.
Requisitos generales
El puerro debe presentarse, sana, de consistencia dura, firme, de aspecto fresco, Olor: característico.
Color blanco en el bulbo y hojas verdes.
Sabor: característico del puerro.
El puerro debe encontrarse en un estado y fase de desarrollo que les permita conservarse bien durante el transporte y manipulación. El producto debe estar libre de humedad externa anormal, libre de presencia de plagas, moho u hongos o daños causados por éstas.
Se debe almacenar a temperatura ambiente, en un lugar seco
con buena ventilación
Requisitos Específicos
Debe cumplir con los requisitos específicos de calidad establecidos en la NTC 1291.
Agua 89%
Hidratos de carbono 8% (fibra 2%)
Proteínas 2, 5%
Lípidos 0, 3%
Potasio 315 mg/100 g
Sodio 9 mg/100 g
Fósforo 45 mg/100 g
Calcio 62 mg/100 g
Hierro 3 mg/100 g
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha Vitamina C 22 mg/100 g
Retinol (Vitamina A) 270 microgramos/100 g
Empaque y rotulado Los empaques deben ser de un material sanitario, resistentes, inalterable al contacto con el producto y aseguren su conservación. El rótulo del producto se debe indicar: nombre del producto, nombre de proveedor, fecha de empaque, lote de producto y peso neto al momento de ser empacado
Presentación Empaque x 2Kilos
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 136
Código UNSPSC 50404500
Nombre del Producto Lentejas
Nombre Comercial del Producto
LENTEJA
Calidad Cumplir con NTC 937 ESTABLECE LAS DEFINICIONES, CLASIFICACION Y REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS LENTEJAS SECAS PARA CONSUMO
Generalidades Las lentejas son leguminosas, sus granos provenientes de la especie Lens sculenta, Moench, se considera lentejas con tegumentos externos de colores marrón o verde característicos de la variedad, son fijadoras de nitrógeno.
Requisitos generales
Lenteja para el consumo humano. Comprende los granos procedentes de la especie Lens suculenta Moench. - Comprende lentejas con tegumentos externos de colores marrón o verde característicos de la variedad, acriba con orificios circulares de - Producto natural sin preservativos y/o aditivos. - Olor característico, color verde, limpias, libre de impurezas y materiales extraños No debe presentar signos de infestación o infecciones. Debe tener un solo color el producto.
Requisitos Específicos 1(>5.95 mm) de espesor La lenteja no debe tener una humedad mayor al 13%. Debe presentar color y olor característico propio del grano. La lenteja limpia no debe contener más del 1.0% de impurezas. De acuerdo a su calidad la lenteja se clasificara en tipo I y tipo II,
Empaque y rotulado
El producto debe estar empacado en materiales atóxicos que aseguren la buena conservación e higiene del producto. - Bolsa de polietileno de 1000 gramos. Cumplir con la Resolución No. 5109 de 2005, por medio de la cual se establecen los parámetros para el rotulado o etiquetado de productos terminados y materias primas
Presentación Bolsa x 1 KILO Unid
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 137
Código UNSPSC 50131700
Nombre del Producto Productos de leche y mantequilla
Nombre Comercial del Producto
MARGARINA INDUSTRIAL
Calidad Decreto 3075 de 1997 del Ministerio de Salud. Resolución 2310 de 1986 del Ministerio de Salud. NTC 241 GRASAS Y ACEITES COMESTIBLES VEGETALES Y ANIMALES. MARGARINAS Y ESPARCIBLES PARA USO EN MESA Y COCINA
Generalidades
La margarina de uso industrial comestible es un producto elaborado por la emulsión estabilizada de grasas y aceites vegetales, comestibles modificados o sin modificar por hidrogenación, fraccionación o interesterificación, incorporados de agua y adicionados o no de leche, sólidos de leche, ingredientes opcionales y aditivos alimentarios permitidos por la Secretaría de Salubridad y Asistencia. Es un producto elaborado con las normas más estrictas de calidad y avanzadas técnicas de fabricación.
Requisitos generales
Debe contener Aceites vegetales comestibles parcialmente hidrogenados y sin hidrogenar, agua, sal yodada, lecitina de soya, mono y diglicéridos de ácidos grasos, benzoato de sodio, sorbato de potasio, ácido cítrico, annato, BHA, BHT y saborizante artificial.. El producto debe estar libre de contaminación química, materias extrañas, olores objetables o infestación de insectos.
Requisitos Específicos
La margarina debe cumplir con los siguientes aspectos, Color: Amarillo paja- amarillo claro, ligeramente brilloso Olor: Nota grasa, ligeramente dulce, exenta de olores extraños y rancios Sabor: Nota grasa, ligeramente dulce, exenta de notas rancias o extrañas Aspecto: Barra sólida, homogénea, con una consistencia tersa y libre de grumos Grasas 60%
Ácidos grasos saturados 26%
Hidratos de carbono 0%
Azúcares 0%
Proteínas 0%
Sal 0,43%
Empaque y rotulado
El producto debe ser envasado o empacado en recipientes resistentes que no reaccionen con el producto o alteren sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y comercialización. El producto debe cumplir con los requisitos de rotulado establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social
Presentación CAJA POR 15 KILOGRAMOS
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 138
Código UNSPSC 50404800
Nombre del Producto Hongos o champiñones
Nombre Comercial del Producto
CHAMPIÑONES
Calidad NTC 940 y NTC 940-2 Resolución 4241 de 1991 de Ministerio de Salud. ESTABLECE LAS ESPECIFICACIONES DEL EMBALAJE (ENVASE, EMPAQUE Y EMBALAJE) DE LOS CHAMPIÑONES
Generalidades
Los champiñones (Agaricus spp), son hongos de la familia de las lepiotácias. Las setas de los champiñones son los cuerpos fructíferos de estos hongos, es decir los órganos encargados de la reproducción de esporas que, dispersas por el viento producirán nuevos hongos. El champiñón más utilizado desde el punto de vista alimentario es el champiñón común o champiñón de Paris (Agaricus bisporus var hortensis) es una subespecie que produce una carne blanca con un toque rosado, esta variedad se caracteriza por poseer un sombrero blanco manchado con gris con láminas de color marrón, no presenta ningún aroma particular y la carne enrójese al ponerse en contacto con el aire. Los champiñones frescos según su calidad se clasifican en categorías Extra, I y II.
Requisitos generales
Características organolépticas del Champiñón Color: blanco. Olor: aromático propio del producto. Sabor: propio del producto. El producto debe estar entero, limpio (sin materiales extraños). El champiñón debe estar libre de la presencia de plagas, exentas de humedad exterior anormal, libre de olores y sabores extraños
Requisitos Específicos
El champiñón debe cumplir con los requisitos de calidad establecidos en la NTC 940 Humedad relativa: 85-90 %.
Temperatura ambiente: 15-18ºC.
Duración: 4-6 semanas.
Ventilación: 4-6 renovaciones por hora.
Iluminación: se debe realizar el cultivo en total oscuridad, ya que la luz produce deformaciones en el hongo.
Empaque y rotulado
El producto podrá ser empacado en material grado alimenticio o cualquier otro envase que evite su deterioro y contaminación y permita visualización su conservación y manipulación del producto. El producto empacado debe cumplir con la NTC 940-2 El rotulado debe cumplir con lo establecido en la Resolución 5109 de 2005 de Ministerio de la Protección social.
Presentación Enteros x 1 kilo. Unid
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 139
Código UNSPSC 10101800
Nombre del Producto Animales vivos
Nombre Comercial del Producto
MEJILLONES
Calidad
Resolución 670 de 2007 del Ministerio de la Protección Social Decreto 561 de 1984 del Ministerio de Salud. Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social. Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos fisicoquímicos y
microbiológicos que deben cumplir los productos de la pesca, en particular pescados,
moluscos y crustáceos para consumo humano
Generalidades Los mejillones o choros o los mitílidos (Mytilidae), pertenecen a la familia de moluscos bivalvos, son animales filtradores que viven fijados al sustrato. Es un pequeño marisco de concha alargada y estriada, de un tono azulado más o menos oscuro
Requisitos generales
Los moluscos muertos, frescos, deben presentar las siguientes características: Exoesqueleto: Ligeramente húmedo, brillante y consistente, Color: característico de la variedad. Apéndices: resistentes, firmes y bien adheridos al cuerpo. Olor: Propio de cada especie. Todos los moluscos deben ser muertos por cocción en agua potable o agua de mar limpia, cuya graduación en cloruro de sodio no podrá ser superior al 3%. Los moluscos deberán ser refrigerados o congelados inmediatamente después de su cocción. El producto debe estar exento de cualquier material extraño que constituya un peligro para la salud. Los productos de la pesca que se exporten deben elaborarse bajo el Sistema de Análisis de Puntos Críticos de Control HACCP. El proveedor debe cumplir con las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM). El mejillón debe cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 561 de 1984 del Ministerio de Salud.
Requisitos Específicos
CARACTERÍSTICAS QUÍMICAS DEL PRODUCTO
N.B.V.T < 20 mg/100g
Mercurio (Hg.) 0.5 ppm
Plomo (Pb.) < 1 ppm
Cadmio (Cd) < 1 ppm
CARACTERÍSTICAS MICROBIOLÓGICAS DEL PRODUCTO
Microorganismos aerobios a 35 ºC UFC/g < 100.000/g
Coliformes Fecales NMP/g como E.Coli NMP/g 1 NMP
S. Aureus/g UFC/g < 100/g
Salmonella (25g) Ausencia/25 g
Listeria Monocytogenes < 100 UFC
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material inocuos, resistentes y atóxico, inalterable al contacto con el producto que no altere las características propias del producto aseguren su conservación durante su vida útil. El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Empaque al vacio x 4 kilos.Unid
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 140
Código UNSPSC 50404900
Nombre del Producto Mostazas
Nombre Comercial del Producto
MOSTAZA
Calidad Cumplir con los requisitos de la norma técnica NTC –1755 ESTABLECE LOS REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR LA MOSTAZA PREPARADA.
Generalidades
La Mostaza es una salsa baja en calorías y colesterol. Su semilla tiene un alto contenido proteico y de minerales. Además posee propiedades antisépticas Producto viscoso preparado con harina de mostaza, compuesto por una mezcla de semillas molidas de mostaza amarilla o blanca (Brassicahirtamoench), mostaza café (Brassicajuncea) o mostaza negra (Brassicanigra); adicionada de vinagre, sal, condimentos o especias y aditivos
Requisitos generales
El producto debe elaborarse con materias primas adecuadas y de calidad óptimas para consumo humano. Debe tener color y olor característicos del producto, color café claro, sabor característico El producto debe estar libre de impurezas o materiales extraños. El color: amarillo o amarillo- amarronado característico de la variedad. Sabor: picante. Olor: fuerte. No debe presentar olores extraños, ni humedad externa anormal, no se permite la presencia de plagas, residuos químicos y signos de pudrición. El producto no debe contener sustancias destinadas a dar aroma, color o a modificar las características fisicoquímicas
Requisitos Específicos
Los productos desengrasados de la mostaza debe cumplir con los siguientes requisitos: Humedad (%) m/m: 14%; máximo Cenizas (%) m/m: 6%; máximo Cenizas insolubles (%) m/m: 1,5% máximo Fibra bruta (%) m/m: 17% máximo. Aceite esencial (%) m/m: 0.5% mínimo 1% máximo. El proveedor debe cumplir con las Buenas Prácticas de Manufactura
Empaque y rotulado
El producto debe estar envasado en recipientes de plástico, o de otros materiales, con cierre hermético, que no alteren las características fisicoquímicas y organolépticas y que proporcione al producto una adecuada protección durante el transporte y almacenamiento.
Cumplir con la Resolución No. 5109 de 2005, por medio de la cual se establecen los parámetros para el rotulado o etiquetado de productos
Presentación Envase x 1 kilo. Unid
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 141
Código UNSPSC 50121500
Nombre del Producto Pescado
Nombre Comercial del Producto
MERLUZA
Calidad
NTC 1443 Resolución 670 de 2007del Ministerio de la Protección Social. Decreto 561 de 1984 del Ministerio de Salud. Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social. RODUCTOS DE LA PESCA Y ACUICULTURA. PESCADO ENTERO, MEDALLONES Y TROZOS, REFRIGERADOS O CONGELADOS.
Generalidades El filete de merluza es el trozo de pescado, cortado fino y en forma de lámina proveniente del pez mero (Epinephelus marginatus), El filete se obtiene después de haber sido desangrado y eviscerado sin cabeza, sin cola sometidos a refrigeración.
Requisitos generales
El producto estará exento de cualquier material extraño que constituya un peligro para la salud. Según el almacenamiento se denomina como filete de pescado fresco refrigerado de 0 a 4 °C o congelado a –18° C. Los productos de la pesca que se exporten deben elaborarse bajo el Sistema de Análisis de Puntos Críticos de Control HACCP. El proveedor debe cumplir con las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) Decreto 3075 de 1997 del Ministerio de salud. El filete de mero debe cumplir con los requisitos de proceso establecidos en el Decreto 561 de 1984 del Ministerio de Salud.
Requisitos Específicos
El filete de merluza debe estar compuesta por
Valor energético: 4,91
Proteínas: 14,65
Lipidos: 3,65,
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material inocuos, resistentes y atóxico, inalterable al contacto con el producto que no altere las características propias del producto, aseguren su conservación durante su vida útil. El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Empaque al vacio x 5 kilos
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 142
Código UNSPSC 50121500
Nombre del Producto Pescado
Nombre Comercial del Producto
MERO
Calidad
NTC 1443 Resolución 670 de 2007del Ministerio de la Protección Social. Decreto 561 de 1984 del Ministerio de Salud. Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social. RODUCTOS DE LA PESCA Y ACUICULTURA. PESCADO ENTERO, MEDALLONES Y TROZOS, REFRIGERADOS O CONGELADOS.
Generalidades El filete de mero es el trozo de pescado, cortado fino y en forma de lámina proveniente del pez mero (Epinephelus marginatus), El filete se obtiene después de haber sido desangrado y eviscerado sin cabeza, sin cola sometidos a refrigeración
Requisitos generales
El producto estará exento de cualquier material extraño que constituya un peligro para la salud. Según el almacenamiento se denomina como filete de pescado fresco refrigerado de 0 a 4 °C o congelado a –18° C. Los productos de la pesca que se exporten deben elaborarse bajo el Sistema de Análisis de Puntos Críticos de Control HACCP. El proveedor debe cumplir con las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) Decreto 3075 de 1997 del Ministerio de salud. El filete de mero debe cumplir con los requisitos de proceso establecidos en el Decreto 561 de 1984 del Ministerio de Salud.
Requisitos Específicos
El filete de mero debe cumplir con las siguientes caracteristicas Grasa total 8%
Proteínas 25%
Sodio 85%
COLESTEROL 60%
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material inocuos, resistentes y atóxico, inalterable al contacto con el producto que no altere las características propias del producto, aseguren su conservación durante su vida útil. El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Empaque x 2 Kilos.Unid.
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 143
Código UNSPSC 50404900
Nombre del Producto Mostazas
Nombre Comercial del Producto
MOSTAZA DIJON
Calidad Cumplir con los requisitos de la norma técnica NTC –1755 ESTABLECE LOS REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR LA MOSTAZA PREPARADA.
Generalidades
La Mostaza es una salsa baja en calorías y colesterol. Su semilla tiene un alto contenido proteico y de minerales. Además posee propiedades antisépticas Producto viscoso preparado con harina de mostaza, compuesto por una mezcla de semillas molidas de mostaza amarilla o blanca (Brassicahirtamoench), mostaza café (Brassicajuncea) o mostaza negra (Brassicanigra); adicionada de vinagre, sal, condimentos o especias y aditivos de mostaza de Dijon es una versión refinada de ese primer condimento
Requisitos generales
El producto debe elaborarse con materias primas adecuadas y de calidad óptimas para consumo humano. Debe tener color y olor característicos del producto, color café claro, sabor característico El producto debe estar libre de impurezas o materiales extraños. El color: amarillo o amarillo- amarronado característico de la variedad. Sabor: picante. Olor: fuerte. No debe presentar olores extraños, ni humedad externa anormal, no se permite la presencia de plagas, residuos químicos y signos de pudrición. El producto no debe contener sustancias destinadas a dar aroma, color o a modificar las características fisicoquímicas
Requisitos Específicos Proveniente del pais de francia, debe cumplir con los siguientes requisitos: Humedad (%) m/m: 14%; máximo Cenizas (%) m/m: 6%; máximo Cenizas insolubles (%) m/m: 1,5% máximo Fibra bruta (%) m/m: 17% máximo. Aceite esencial (%) m/m: 0.5% mínimo 1% máximo
Empaque y rotulado
El producto debe estar envasado en recipientes de plástico, o de otros materiales, con cierre hermético, que no alteren las características fisicoquímicas y organolépticas y que proporcione al producto una adecuada protección durante el transporte y almacenamiento. - Cumplir con la Resolución No. 5109 de 2005, por medio de la cual se establecen los parámetros para el rotulado o etiquetado de productos.
Presentación Frasco por 370 gramos. Unid
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 144
Código UNSPSC 50121500
Nombre del Producto Pescado
Nombre Comercial del Producto
MOJARRA ROSADA
Calidad
NTC 1443 Resolución 670 de 2007del Ministerio de la Protección Social. Decreto 561 de 1984 del Ministerio de Salud. Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social. RODUCTOS DE LA PESCA Y ACUICULTURA. PESCADO ENTERO, MEDALLONES Y TROZOS, REFRIGERADOS O CONGELADOS.
Generalidades
Son todas y cada una de las especies hidrobiológicas marinas o de agua dulce tales como pescados, crustáceos y moluscos, dentro de los cuales se entienden incluidos los productos de acuicultura en estado fresco, ya sea entero, fraccionado, eviscerado o no, ha sido sometido a la acción del frío, hasta alcanzar en el centro térmico una temperatura de cero a cuatro grados centígrados (O°C a 4°C).
Requisitos generales
Los productos de la pesca, en particular pescados, moluscos y crustáceos frescos, congelados, ultracongelados, precocidos, cocidos y en conserva deberán cumplir con las características o condiciones establecidas en el Decreto 561 de 1984 o los que los modifiquen, adicionen o sustituyan. Los músculos presionados fuertemente, apenas deben trasudar líquido. Los vasos sanguíneos deben hallarse intactos. Al frotar los músculos triturados sobre la mano, no se percibirán olores anormales.
Requisitos Específicos
el Codex Alimentarius y las demás especies de pescados que se comercialicen en el territorio nacional deben tener una composicion de Histamina, mg/kg en atún y bonito: 100 mg/kg mínimo y 200 mg/kg máximo. pH entre 5,8 y6,8 Bases Volátiles Totales (mg/100g) en pescados frescos y congelados, crustáceos y moluscos 356 mg/kg /100g.
Empaque y rotulado
El producto se debe envasar o empacar en material grado alimentario, inocuo y resistente, de tal manera que no reaccione con el producto o altere sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales, asegurando su conservación e inocuidad en las condiciones que exige el producto, durante el transporte, almacenamiento y comercialización. El rotulo debe contemplar lo establecido en la Resolución 5109 de 2005
Presentación Empaque al Vacio x 2 kilos. Unid
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 145
Código UNSPSC 50405300
Nombre del Producto Cebollas
Nombre Comercial del Producto
CEBOLLA ROJA
Calidad NTC 1291 Esta norma establece la terminología, los requisitos y los sistemas de clasificación de las frutasy hortalizas destinadas a ser consumidas en estado fresco.
Generalidades
Pertenece a la familia Liliaceae variedad y su nombre científico es Allium cepa. Morfológicamente posee hojas tubulares o cilíndricas y alargadas que se juntan en una base que se llama bulbo que es la principal parte comestible del tallo, el cual está dividido en dos, el superior aéreo y el inferior que forma el bulbo tunicado. La cebolla cabezona roja se clasifica de acuerdo a sus características de calidad en: calidad extra, de primera y segunda.
Requisitos generales
Las cebollas deben presentar las siguientes características: enteras, libres de humedad externa anormal, libre de presencia de plagas, moho u hongos o daños causados por éstas, el tallo deberá estar doblado o con un corte limpio La cebolla debe estar sana con la forma característica, de aspecto fresco, limpia, con olor y color característico, El proveedor debe cumplir con las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM). El producto no debe exceder los limites de metales pesados y plaguicidas establecidos en la Resolución 2906 de 2007
Requisitos Específicos De color rojo las cebollas deben estar en un estado y fase de desarrollo que les permita conservarse bien durante el transporte y manipulación. L a cebolla debe estar libre de raíces y hojas para lo cual se debe realizar un buen curado de los bulbos.
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material sanitario, resistentes, inalterable al contacto con el producto que no altere las características del producto y aseguren su conservación. El empaque debe cumplir con la Resolución del Min. Agricultura y Desarrollo Rural 224 / 2007 y normas técnicas NTC 1221-2 El rotulado del producto debe ser resistente a las condiciones humedad y de baja temperatura, debe indicar: nombre del producto, nombre de proveedor, fecha de empaque, lote de producto y peso neto al momento de ser empacado.
Presentación Empaque x 2 Kilos.Unid
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 146
Código UNSPSC 50405400
Nombre del Producto Alverjas
Nombre Comercial del Producto
ARVEJA
Calidad NTC 1250 STABLECE LOS REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR LA ALVERJA VERDE DESTINADA A SER CONSUMIDA EN ESTADO FRESCO
Generalidades Comprende a las vainas con sus granos en estado verde procedentes de la especie Pisum sativum L. Pertenece a la familia de los guisantes. Existen varias variedades de arvejas: Corne de belier, Perfect frezeer, Utrillo ente otras. La arveja se clasifica en dos calidades de primera y segunda.
Requisitos generales
La arveja verde debe comercializarse entera con vainas y granos. Las vainas deben estar enteras cerradas y deben presentar el color verde típico de la variedad. No debe tener hojas ni parte del tallo y deben estar desprovistas de humedad exterior extra normal. Las vainas deben estar sanas libres de manchas, plagas y daños mecánicos, exentas de olores y sabores extraños no marchitas. Los granos de la arveja deben estar bien formados frescos, suficientemente duros, y tener un olor verde característico de la variedad.
Requisitos Específicos Se permite un 10 a 15% de defectos en sus vainas dependiendo de su clasificación. Humedad: 28% máximo.
Empaque y rotulado
A granel o en empaques que garanticen su conservación y permitan la ventilación, protejan al producto de daños mecánicos. Los empaques deben estar construidos con materiales inertes y libres de residuos de fabricación; su diseño debe permitir su manipulación y estibamiento durante el transporte y el almacenamiento
Presentación EMPAQUE X 1 KILO. UNIDAD
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 147
Código UNSPSC 50405500
Nombre del Producto Maníes
Nombre Comercial del Producto
MANI
Calidad NTC 748 ESTABLECE DEFINICIONES, CLASIFICACION, DESIGNACION, REQUISITOS, NIVELES DE INFESTACION, EMPAQUE Y ROTULADO. DE LOS FRUTOS SECOS
Generalidades
Es el producto higienizado para consumo directo, obtenido mediante un proceso tecnológico apropiado mediante el cual al grano sin cascara procedente de cualquier variedad de la especie Arachishypogaea, se le ha sometido a un proceso de fritura con la adición de sal. .
El maní salado para consumo directo debe ser tipo 2 sin cascara y clase 1
Debe estar exento de la infección causada porr ciertas especies de hongos (Aspergillus flavusoA. parasiticus) contamina las semillas con aflatoxinas
Requisitos generales
Color: que sea uniforme característico de producto Olor y sabor: salado
Apariencia: firme seco y duro
El maní debe estar exento de colores objetables o residuos de sustancias toxicas o que este infectado.
Debe estar exento de impurezas sustancias extrañas, o sustancias destinadas modificar sus características fisicoquímicas.
El alimento debe estar libre de la presencia de plagas y protegido de la humedad.
Requisitos Específicos
Maní sin cascara debe contener una humedad de 9.0% máximo. El maní salado descascarado limpio debe contener máximo un 1,0% de impurezas y 0,1% de materias duras.
Empaque y rotulado
El empaque debe garantizar el mantenimiento de las características microbiológicas, fisicoquímicas, nutricionales y organolépticas del producto.
El producto debe ser envasado en material suficientemente inerte al producto y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte.
El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social
Presentación Bolsa por 1 KILO , Unid
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 148
Código UNSPSC 50405600
Nombre del Producto Pimientos
Nombre Comercial del Producto
PIMENTON
Calidad NTC 4423 Resolución 4241 de 1991 de Ministerio de Salud. ESTABLECE LOS REQUISITOS Y LOS ENSAYOS A LOS CUALES DEBEN SER SOMETIDAS LAS ESPECIAS, LOS CONDIMENTOS VEGETALES
Generalidades
Pimentón (Capsicum annuum) de variedades cultivares fruto del pimiento para ser consumido fresco, su color puede variar dependiendo de la variedad desde verde, amarillo, naranja al rojo sangre. Sus variedades pueden ser dulces, agridulces y picantes. La característica picante se la debe a la "capsaicina" presente en una proporción muy baja que junto con otros componentes llamados capsaicinoides no superan el 1%. El género Capsicum, incluye entre 20 a 30 especies de pimientos. El pimentón puede clasificarse como: pimentón alargado, cónico, cuadrado, obtuso, liso (tomate pimentón).
Requisitos generales El pimentón debe cumplir con los requisitos de calidad establecidos en la NTC 3634-1 Los residuos de plaguicidas no de beben exceder los límites máximos establecidos en la Resolución 2906 de 2007, el Ministerio de la Protección Social.
Requisitos Específicos
Características organolépticas del pimentón Color: verde, amarillo, naranja al rojo sangre. Olor: aromático propio del producto. Sabor: dulces, agridulces y ligeramente picante. El producto debe estar entero, limpio (sin materiales extraños). El pimentón debe estar libre de la presencia de plagas, exentas de humedad exterior anormal, libre de olores y sabores extraños.
Empaque y rotulado El producto podrá ser empacado en material grado alimenticio permita visualización su conservación y manipulación del producto
Presentación Empaque x 1 KILO.Unid
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 149
Código UNSPSC 50101700
Nombre del Producto Frutos secos
Nombre Comercial del Producto
NUEZ DE BRASIL
Calidad NTC 1291 Esta norma establece la terminología, los requisitos y los sistemas de clasificación de las frutasy hortalizas destinadas a ser consumidas en estado fresco.
Generalidades
Nuez nogal (Juglans regia L.) Pertenece a la familia de las Juglandaceae. Su fruto nuez grande, drupáceo, con mesocarpio carnoso y endocarpio duro, arrugado en dos valvas, y el interior dividido incompletamente en dos o cuatro celdas; semilla con dos o cuatro lóbulos y muchos hoyos. Especies cultivadas: Juglans regia (nogal europeo) Juglans cinerea (nogal ceniciento) Juglans nigra (nogal negro) Juglans californica (nogal de California) Dentro de cada grupo se dividen a su vez en variedades con frutos de cáscara tierna y variedades con frutos de cáscara dura, distinguiéndolas en subclases según se produzcan frutos comestibles o para extraer aceite. El fruto inmaduro se utiliza para la fabricación del licor conocido como 'Ratafía' y de su fruto se obtiene un buen
Requisitos generales
La nuez nogal no debe presentar semillas vacías, arrugadas oscuras o adheridas a la cáscara. Color: cascara o pies es café y el interior del fruto es blanco Olor y sabor: característico Apariencia: firme seco y duroLa nuez de macadamia debe estar exento en cualquiera de los grados de clasificación de colores objetables o residuos de sustancias toxicas o que este infectado. Debe estar exento de impurezas sustancias extrañas, o sustancias destinadas modificar sus características fisicoquímicas. El la nuez debe estar libre de la presencia de plagas y protegido de la humedad.
Requisitos Específicos
Composición química de la nuez nogal: - Agua 4% - Hidratos de carbono 15% (fibra 5%) - Proteínas 15% - Lípidos 60% (ácido linoleico 30%) - Sodio 4 mg/100 g - Potasio 500 mg/100 g - Calcio 80 mg/100 g - Fósforo 400 mg/100 g - Hierro 2 mg/100 g - Vitamina B1 0,3 mg/100 g - Vitamina B2 0,1 mg/100 g Debe cumplir con los requisitos microbiológicos establecidos en la NTC 1291. Debe cumplir con los Límites Máximos de Residuos de Plaguicidas establecidos en la Resolución 2906 de 2007
Empaque y rotulado
Debe ser envasado o empacado en material inerte que le confiera al producto una adecuada protección durante el almacenamiento, transporte y comercialización. El empaque debe garantizar el mantenimiento de las características microbiológicas, fisicoquímicas, nutricionales y organolépticas del producto. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Empaque plástico x 1KILO. Unid
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 150
Código UNSPSC 50101700
Nombre del Producto Frutos secos
Nombre Comercial del Producto
NUEZ DE MACADAMIA
Calidad NTC 1291 Esta norma establece la terminología, los requisitos y los sistemas de clasificación de las frutasy hortalizas destinadas a ser consumidas en estado fresco.
Generalidades
Nuez de macadamia o Macadamia integrifolia Macadamia ternifolia var. Integrifolia perteneciente a la familia: Proteáceas (Proteaceae). Los nombres comunes del fruto seco son: macadamia, nuez de arbusto y nuez maroochi. Sólo dos especies poseen importancia comercial por ser las únicas que tienen la nuez comestible: Macadamia integrifolia y Macadamia tetraphylla.
Requisitos generales
Composición química de la nuez de macadamia: - Agua 3% - Hidratos de carbono 15% (2% fibra) - Lípidos 71% - Proteínas 8% - Potasio 260 mg/100 g - Calcio 48 mg/100 g - Hierro 20 mg/100 g - Vitamina B1 0,34 mg/100 g - Vitamina B2 0,11 mg/100 g Limite de Aflatoxinas permitido 10 microgramos por kilogramo de maní descascarado Debe cumplir con los requisitos microbiológicos establecidos en la NTC 1291 Debe cumplir con los Límites Máximos de Residuos de Plaguicidas establecidos en la Resolución 2906 de 2007
Requisitos Específicos
Composición química de la nuez de macadamia: - Agua 3% - Hidratos de carbono 15% (2% fibra) - Lípidos 71% - Proteínas 8% - Potasio 260 mg/100 g - Calcio 48 mg/100 g - Hierro 20 mg/100 g - Vitamina B1 0,34 mg/100 g - Vitamina B2 0,11 mg/100 g Limite de Aflatoxinas permitido 10 microgramos por kilogramo de maní descascarado Debe cumplir con los requisitos microbiológicos establecidos en la NTC 1291 Debe cumplir con los Límites Máximos de Residuos de Plaguicidas establecidos en la Resolución 2906 de 2007
Empaque y rotulado
Debe ser envasado o empacado en material inerte que le confiera al producto una adecuada protección durante el almacenamiento, transporte y comercialización. El empaque debe garantizar el mantenimiento de las características microbiológicas, fisicoquímicas, nutricionales y organolépticas del producto. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Bolsa x 1KILO. Unid
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 151
Código UNSPSC 50121500
Nombre del Producto Pescado
Nombre Comercial del Producto
PARGO ROJO
Calidad
Decreto 561 de 1984 del Ministerio de Salud. Resolución 776 de 2008 del Ministerio de la Protección Social Resolución 676 de 2007 del Ministerio de la Protección Social NTC 1443. PRODUCTOS DE LA PESCA Y ACUICULTURA. PESCADO ENTERO, MEDALLONES Y TROZOS, REFRIGERADOS O CONGELADOS.
Generalidades
Son todas y cada una de las especies hidrobiológicas marinas o de agua dulce tales como pescados, crustáceos y moluscos, dentro de los cuales se entienden incluidos los productos de acuicultura en estado fresco, ya sea entero, fraccionado, eviscerado o no, ha sido sometido a la acción del frío, hasta alcanzar en el centro térmico una temperatura de cero a cuatro grados centígrados (O°C a 4°C).
Requisitos generales
Los productos de la pesca, en particular pescados, moluscos y crustáceos frescos, congelados, ultracongelados, precocidos, cocidos y en conserva deberán cumplir con las características o condiciones establecidas en el Decreto 561 de 1984 o los que los modifiquen, adicionen o sustituyan.
Requisitos Específicos Debe tener la piel firme, y la carne, las escamas adheridas al cuerpo, color caracteristico de la especie,olor a fresco, agallas rojas y ojos brillantes.
Empaque y rotulado
El producto se debe empacar en material grado alimentario, inocuo y resistente, de tal manera que no reaccione con el producto o altere sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales, asegurando su conservación e inocuidad en las condiciones que exige el producto, durante el transporte, almacenamiento y comercialización. El rotulo debe contemplar lo establecido en la Resolución 5109 de 2005
Presentación Empacado al vacio x 2kilogramos
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 152
Código UNSPSC 50171800
Nombre del Producto Salsas y condimentos y productos para untar
Nombre Comercial del Producto
PASTA DE AL 100 % DE TOMATE
Calidad NTC 1287 Resolución 15790 de 1984 del Ministerio de Salud. Resolución 14712 de 1984 del Ministerio de Salud. NTC 1287 Decreto 3075 de 1997 ESTABLECE LOS REQUISITOS Y LOS ENSAYOS QUE DEBEN CUMPLIR EL CONCENTRADO DE TOMATE.
Generalidades
Pasta de tomate es un producto higienizado elaborado a partir de tomates (Lycopersicumesculentum) sanos y maduros enteros troceados y triturados o de pulpa de tomate, con o sin la adición de aditivos permitidos, contiene como mínimo 18% de sólidos solubles del tomate. Pasta concentrada de tomate: es el concentrado de tomate que contiene como mínimo 24% de sólidos solubles de tomate.
Requisitos generales
Las características organolépticas de las pastas de tomate diluidos a 8 ° Brix serán: Aspecto: líquido espeso no translúcido de consistencia uniforme. Color: rojo característico (grado A o c Munsell). Olor: propio y libre de olor objetable. Sabor: propio y libre de sabores extraños La pasta no deberá presentar partes decoloradas ni oscuras o ennegrecimientos. No se permite la adición de almidones naturales o modificados. Debe estar libre de la presencia de plagas (insectos o larvas). La pasta de tomate debe cumplir con los requisitos específicos establecidos en la Resolución 15790 de 1984 y la NTC 1287. Debe cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 3075 del Ministerio de Salud. Debe cumplir con los Límites Máximos de Residuos de Plaguicidas establecidos en la Resolución 2906 de 2007 del Ministerio de la Protección Social. Color y olor característico.
Requisitos Específicos
Producto no cercano a su fecha de vencimiento.
La pasta de tomate refinada y de buena calidad tendrá los siguientes atributos:
• Sólidos solubles del tomate a 20°C %m/m: 18% mínimo.
• Color rojo brillante
• Alto contenido de azúcar.
• Medianamente baja acidez.
Empaque y rotulado Empaque hermético que conserve sus características organolépticas como garrafas de vidrio o doy pack según la presentación. Rotulado con el nombre del producto, nombre del empacador y/o productor (marca comercial), fecha de empaque y fecha de vencimiento.
Presentación Empaque por 1KILOGRAMO
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 153
Código UNSPSC 50405900
Nombre del Producto Vegetales marinos
Nombre Comercial del Producto
ALGA NORI
Calidad
Decreto 561 de 1984 del Ministerio de Salud. Resolución 670 de 2007 del Ministerio de la Protección Social. Resolución número 0776 de 2008 del Ministerio de la Protección Social. Por medio de la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos fisicoquímicos y microbiológicos que deben cumplir los productos de la pesca, en particular pescados, moluscos y crustáceos para el consumo humano
Generalidades Son algas marinas compactadas y deshidratadas, de origen del Norte de América, con algas marinas especiales para hacer sushi. De color verde brillante. Conocidas comercialmente como nori.
Requisitos generales El producto estará exento de cualquier material extraño que constituya un peligro para la salud.
Requisitos Específicos Algas Marinas Composición media por 100 gramos: Proteínas: 6,9%, Grasas: 1,1%, Hidratos de Carbono: 52,1%, Fibra: 34,7%, Potasio: 4330 mg, Calcio: 810 mg, Magnesio: 715 mg, Fósforo: 165 mg, Hierro: 16,5 mg, Yodo: 15,9 mg, Vitamina A: 0,04 mg, Vit B 12: 0,3 mg, Vit C: 0,35 mg.
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material inocuos, resistentes y atóxico, inalterable al contacto con el producto que no altere las características propias del producto aseguren su conservación durante su vida útil. El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación PAQUETE X 10 UNIDADES
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 154
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto Carnes procesadas y preparadas
Nombre Comercial del Producto
PIEL DE CERDO
Calidad Decreto 1500 de 2007, Resolución 4282 de 2007 , Decreto 2278 de 1982 y NTC 4271 STABLECE UN SISTEMA DE CLASIFICACION DE LA CANAL DEL BOVINO MADURO DE ACUERDO CON LAS CARACTERISTICAS DE CALIDAD DEL ANIMAL
Generalidades Piel de cerdo sin pelo procedente del lomo del anima
Requisitos generales
La piel o cuero debe provenir de una planta de beneficio autorizada. Debe estar libre de hematomas, fracturas, necrosis, abscesos, tumores, depósitos calcáreos, parásitos libre de olores anormales. La carne de cerdo en canal o en cortes debe estar exenta de contaminación por material fecal, orina, bilis, pelo, suciedad o materia extraña y debe ser manipulada en condiciones higiénicas que prevengan su contaminación. La carne debe ser inspeccionada y aprobada por la autoridad competente que garantice que está exenta de cualquier lesión patología y que es apta para el consumo humano.
Requisitos Específicos
En la carne de cerdo la musculatura, grasa, cartílagos deben presentar olor y color característicos normales de la especie. Debe cumplir con los límites de Residuos de Medicamentos Veterinarios y otras Sustancias Químicas establecidos en la normatividad sanitaria vigente. La piel de cerdo debe provenir de proveedores que se encuentren autorizados y registrados ante la autoridad sanitaria competente y que hayan entregado el producto a la temperatura reglamentada. La carne de cerdo debe cumplir con los requisitos de calidad e inocuidad establecidos en la Resolución 4282 de 2007 del Ministerio de la Protección social,debe ser la piel del animal en canal sin rasgos de maltrato, y completa, con una cantidad de grasa maxima del 10%.
Empaque y rotulado
Los materiales de, empaque deberán ser de primer uso y fabricados sobre la base de productos que no alteren las características organolépticas de la carne, que no transmitan a la misma, sustancias nocivas para la salud de las personas y que sean resistentes a la manipulación, al transporte y deberán manejarse y almacenarse en forma higiénica. La etiqueta del producto deberá contener como mínimo, fecha de beneficio, fecha de empaque, fecha de vencimiento, nombre del corte. El etiquetado deberá garantizar la trazabilidad del producto. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la protección Social, para materias primas.
Presentación Empacado al Vacío x 2 KILOGRAMOS
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 155
Código UNSPSC 50406400
Nombre del Producto Batatas
Nombre Comercial del Producto
BATATA
Calidad NTC 341 ESTABLECE LAS CARACTERISTICAS QUE DEBE REUNIR EL EMPAQUE DE LA PAPA DESTINADA PARA EL CONSUMO DOMESTICO
Generalidades La batata, boniato, camote del náhuatl camohtli, chaco o papa dulce (Ipomoea batatas) es una planta de la familia Convolvulaceae, cultivada por su raíz tuberosa comestible
Requisitos generales
La batata debe ser limpia fresca, entera, libre de raíces secundarias de cortaduras y nódulos. No debe estar torcida ni bifurcada y debe presentar las características de la variedad. Debe estar libre del ataque de plagas, enfermedades (pudrición) y olores y sabores extraños. Forma: la raíz de la batata es cilíndrica y oblonga. Consistencia: cáscara dura. Color: de corteza violácea o parda y pulpa amarilla anaranjada o blanca según la variedad. El producto debe estar entero, firme, de aspecto fresco, sano, limpio, sin presencia de insectos, humedad externa anormal y olores extraños.
Requisitos Específicos
El producto debe dar cumplimiento a los requisitos de composicion Agua 74%
Hidratos de carbono 21, 5% (fibra 1, 2%)
Lípidos 0, 2%
Proteínas 1, 2%
Sodio 41 mg/100 g
Potasio 385 mg/100 g
Fósforo 55 mg/100 g
Calcio 22 mg/100 g
Hierro 1 mg/100 g
Vitamina C 25 mg/100 g
Vitamina A 667UI/100 mg
Vitamina B1 0, 1 mg/100 g
Empaque y rotulado El producto podrá ser empacado en canastas o cualquier otro envase que evite su deterioro y contaminación y permita su conservación, manipulación y visualización total del producto, el cual deberá mantenerse en buenas condiciones de higiene.
Presentación Bolsa x 2 KILOGRAMO
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 156
Código UNSPSC 10151800
Nombre del Producto Semillas, bulbos, plántulas y esquejes
Nombre Comercial del Producto
PIMIENTA NEGRA MOLIDA
Calidad Resolución 4241 de 1991 NTC 4423 ESTABLECE LOS REQUISITOS Y LOS ENSAYOS A LOS CUALES DEBEN SER SOMETIDAS LAS ESPECIAS, LOS CONDIMENTO
Generalidades
Como pimienta Piper se conoce a una gran variedad de plantas cuyo fruto se emplea molido como especia picante en gastronomía: entre las más conocidas: Pimienta blanca: producto molido obtenido del fruto maduro y privado de la parte externa del ``Piper nigrum'', L. Pimienta de Cayena o roja:producto molido obtenido de frutos enteros desecados del ``Capsicum frutescens'', L. y ``C. Baccatum'', L. Pimienta de Jamaica molida procedente de la ``Pimenta officinalis'', B. Pimienta negra: producto molido, procedente del ``Piper nigrum'', L. Con no más del 5% de pedúnculos y granos abortados. Para cualquier variedad de pimienta molida, por efectos de tecnología de molienda, se permite utilizar carbohidratos, proteínas comestibles, anticompactantes, grasas o aceites comestibles, en una proporción máxima de 10%.
Requisitos generales
El producto debe estar libre de impurezas o materiales extraños. El color: característico de la variedad. Sabor: picante Olor: característico del producto. Aspecto: polvo No debe presentar olores extraños, ni humedad externa anormal, no se permite la presencia de plagas, residuos químicos y signos de pudrición. El producto no debe contener sustancias destinadas a dar aroma, color o a modificar las características fisicoquímicas. El proveedor debe cumplir con las Buenas Prácticas de Manufactura Decreto 3075 de 1997 del Ministerio de la Protección Social. El producto no debe exceder los limites de metales pesados y plaguicidas establecidos en la Resolución 2906 de 2007.
Requisitos Específicos
Según la variedad debe cumplir los siguientes requisitos: Pimienta blanca: humedad, máximo 18%; cenizas, máximo 3.5%; cenizas insolubles, máximo 0.3%; fibra bruta, máximo 9%; extracto etéreo fijo, mínimo 6%. Pimienta de Cayena o roja: humedad, máximo 9%; cenizas, máximo 8%; cenizas insolubles, máximo 1.25%; fibra bruta, máximo 28%; extracto etéreo volátil, mínimo 15%. Pimienta de Jamaica: humedad, máximo 10%; cenizas, máximo 6%; cenizas insolubles, máximo 0.4%; fibra bruta, máximo 25%; extracto etéreo volátil, mínimo 3%; aceite esencial, mínimo 3%. Pimienta negra: humedad, máximo 14%; cenizas, máximo 7%; cenizas insolubles, máximo 1.5%; fibra bruta, máximo 14%; extracto etéreo no volátil, mínimo 5.5%, aceite esencial 0.5 a 2.5%. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 4241 de 1991 del Ministerio de Salud y los requisitos establecidos en la NTC 4423.
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material atóxico, inalterable al contacto con el producto que no altere las características del producto y aseguren su conservación lo preserven durante su vida útil. El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Bolsa x 1 KILOGRAMO
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 157
Código UNSPSC 10151800
Nombre del Producto Semillas, bulbos, plántulas y esquejes
Nombre Comercial del Producto
PIMIENTA DE CAYENA
Calidad Resolución 4241 de 1991 NTC 4423 ESTABLECE LOS REQUISITOS Y LOS ENSAYOS A LOS CUALES DEBEN SER SOMETIDAS LAS ESPECIAS, LOS CONDIMENTO
Generalidades
Como pimienta Piperse conoce a una gran variedad de plantas cuyo fruto se emplea en grano como especia picante en gastronomía: entre las más conocidas se extrae : Pimienta blanca: es el fruto maduro y privado de la parte externa del ``Pipernigrum'', L. Pimienta de Cayena o roja: frutos enteros desecados del ``Capsicumfrutescens'', L. y ``C. Baccatum'', L. Pimienta de Jamaica: frutos desecados de ``Pimenta officinalis'', B. Pimienta negra: fruto incompletamente maduro y seco, procedente del ``Pipernigrum'', L. Con no más del 5% de pedúnculos y granos abortados.
Requisitos generales
El producto debe estar libre de impurezas o materiales extraños. El color: característico de la variedad. Sabor: picante Olor: característico del producto. No debe presentar olores extraños, ni humedad externa anormal, no se permite la presencia de plagas, residuos químicos y signos de pudrición. El producto no debe contener sustancias destinadas a dar aroma, color o a modificar las características fisicoquímicas
Requisitos Específicos
humedad, máximo 9%; cenizas, máximo 8%; cenizas insolubles, máximo 1.25%; fibra bruta, máximo 28%; extracto etéreo volátil, mínimo 15%. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 4241 de 1991 del Ministerio de Salud y los requisitos establecidos en la NTC 4423. El producto no debe exceder los limites de metales pesados y plaguicidas establecidos en la Resolución 2906 de 2007 el ministerio de la Protección Social.
Empaque y rotulado
Empaque hermético que conserve sus características organolépticas y lo proteja de la humedad como el polipropileno. Rotulado con el nombre del producto, nombre del empacador y/o productor (marca comercial), fecha de empaque.
El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Bolsa x 1 KILOGRAMO
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 158
Código UNSPSC 10151800
Nombre del Producto Semillas, bulbos, plántulas y esquejes
Nombre Comercial del Producto
PIMIENTA DE JAMAICA
Calidad Resolución 4241 de 1991 NTC 4423 ESTABLECE LOS REQUISITOS Y LOS ENSAYOS A LOS CUALES DEBEN SER SOMETIDAS LAS ESPECIAS, LOS CONDIMENTO
Generalidades Es una especia procedente del árbol de nombre Pimenta dioica. Su sabor y olor es similar al del clavo, canela, pimienta negra y nuez moscada
Requisitos generales Frutos desecados y enteros de Pimienta officinalis. 100% pimienta dulce o de Jamaica, sirve para aromatizar productos y en varios usos culinarios. Aspecto: Bayas Color: Marrón rojizo Olor: Aroma agradable. Exento de olores atípicos.
Requisitos Específicos
Aspecto: Bayas Color: Marrón rojizo Olor: Aroma agradable. Exento de olores atípicos. Sabor: Picante. Exento de sabores atípicos. Textura: Típica del producto Ausencia de materias extrañas
Escherichia coli (ufc/g): < 10 Salmonella (/25g): Ausencia Cl. sulfito reductores (ufc/g): < 1 * 103
Empaque y rotulado Los empaques deben ser de un material atóxico, inalterable al contacto con el producto, deben garantizar su conservación durante su vida útil. El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 o la norma que modifique adicione o sustituya
Presentación El producto será comercializado envasado en material que no cambie las características organolépticas del producto, en presentación de 1 KILOGRAMO
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 159
Código UNSPSC 50406700
Nombre del Producto Auyamas
Nombre Comercial del Producto
AHUYAMA
Calidad NTC 1291 Esta norma establece la terminología, los requisitos y los sistemas de clasificación de las frutasy hortalizas destinadas a ser consumidas en estado fresco.
Generalidades
Ahuyama (Cucurbita maxima L), se consumen como verdura, los frutos son por lo general, esferoidales, nunca claviformes, curvos o estrangulados y carecen de excrecencias cerosas; la superficie del fruto (cáscara) puede ser lisa o rugosa, de color externo generalmente verde o verde grisáceo y la pulpa es anaranjada. Fruto de tamaño variable, existen muchas variedades de ahuyama. El período vegetativo depende de la variedad y va de 5 a 6 meses. Es rico en betacaroteno y glucosa.
Requisitos generales El l fruto se debe conservar en condiciones adecuadas de luz, temperatura y humedad. La ahuyama no debe presentar magulladuras, manchas, decoloraciones, perforaciones, residuos químicos y signos de pudrición. El proveedor debe cumplir con las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM).
Requisitos Específicos El fruto debe presentar olor y color característico dependiendo de la variedad. Requisitos de calidad el producto debe estar entero, firme, de aspecto fresco, sano, limpio y libre de magulladuras, insectos, humedad externa anormal y olores extraños.
Empaque y rotulado Debe estar empacada en material inocuo, que no altere las características organolépticas de los alimentos, que se pueda ver el alimento desde afuera, limpio, y sin ningún tipo de contaminante visible.
Presentación Empacada en Bolsa x 1KILOGRAMO
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 160
Código UNSPSC 50202200
Nombre del Producto Bebidas alcohólicas
Nombre Comercial del Producto
PISCO
Calidad
Cumplir con los requisitos establecidos en: Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud ¬ Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcoholicas.
Generalidades El Pisco es un aguardiente de uva, fruto de la destilación de mostos frescos en alambiques que no rectifican el producto. El pisco así obtenido debe tener un color transparente o ligeramente ambarino. Tiene variedades o sub tipos como Pisco puro, Pisco aromatico, Pisco Mosto verde y Pisco acholado
Requisitos generales Color transparente o ligeramente ambarino
Requisitos Específicos Graduación alcoholimétrica: Mínimo 38° El producto debe contar con denominación de origen peruano.
Empaque y rotulado
El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.
Presentación BOTELLA DE VIDRIO POR LITRO
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 161
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto Carnes procesadas y preparadas
Nombre Comercial del Producto
POLLO ENTERO CON HUESO
Calidad
Decreto 2270 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social y las normas que lo sustituyan, modifiquen o reemplacen. Resolución 4287de 2007 del ministerio de la Protección Social y las normas que lo sustituyan, modifiquen o reemplacen. NTC 3644-2 Industrias Alimentarias. Pollo Beneficiado. NTC 3644-3 Industrias Alimentarias. Definición y Descripción de los cortes básicos de pollo.
Generalidades
Carne de pollo o gallina, es el producto obtenido de la parte muscular y tejidos blandos que rodean al esqueleto del ave, incluyendo piel, grasa, tendones y vasos, proveniente pollo o gallina, (aves de corral de la familia de Faisanidae, del género Gallus, de la especie domésticas) que en edad de sacrificio han sido declaradas aptas para el consumo humano. Las canales de aves podrán ser fraccionadas en diferente corte para su comercialización
Requisitos generales
La carne debe provenir de una planta de beneficio autorizada. Debe estar libre de hematomas, fracturas, necrosis, abscesos, tumores, depósitos calcáreos, parásitos, libre de olores anormales entre otros. La carne de pollo o gallina, en canal o en cortes debe estar exenta de contaminación por material fecal, suciedad o materia extraña y debe ser manipulada en condiciones higiénicas que prevengan su contaminación. La carne debe ser inspeccionada y aprobada por la autoridad competente que garantice que está exenta de cualquier lesión o patología y que es apta para el consumo humano.
Requisitos Específicos En la carne pollo debe presentar: Olor: característicos de la especie. Color de la carne: rosa pálido. El pollo debe estar totalmente intacto, sin signos de maltrato en su carne y piel, con hueso, olor caracteristico y fresco, color rosa y carne firme.
Empaque y rotulado
La carne de pollo deberá ser envasada o empacada, en material sanitario de primer uso, que no alteren las características organolépticas fisicoquímicas y microbiológicas de la carne y que sean resistentes a la manipulación, al transporte. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 para materias primas
Presentación Empacado al vacio x 2kilogramos
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 162
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto Carnes procesadas y preparadas
Nombre Comercial del Producto
POLLO PIERNA PERNIL
Calidad
Decreto 2270 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social y las normas que lo sustituyan, modifiquen o reemplacen. Resolución 4287de 2007 del ministerio de la Protección Social y las normas que lo sustituyan, modifiquen o reemplacen. NTC 3644-2 Industrias Alimentarias. Pollo Beneficiado. NTC 3644-3 Industrias Alimentarias. Definición y Descripción de los cortes básicos de pollo.
Generalidades
Carne de pollo, es el producto obtenido de la parte muscular y tejidos blandos que rodean al esqueleto del ave, incluyendo piel, grasa, tendones y vasos, proveniente pollo o gallina, (aves de corral de la familia de Faisanidae, del género Gallus, de la especie domésticas) que en edad de sacrificio han sido declaradas aptas para el consumo humano. Las canales de aves podrán ser fraccionadas en diferente corte para su comercialización.
Requisitos generales
La carne debe provenir de una planta de beneficio autorizada. Debe estar libre de hematomas, fracturas, necrosis, abscesos, tumores, depósitos calcáreos, parásitos, libre de olores anormales entre otros. La carne de pollo o gallina, en canal o en cortes debe estar exenta de contaminación por material fecal, suciedad o materia extraña y debe ser manipulada en condiciones higiénicas que prevengan su contaminación. La carne debe ser inspeccionada y aprobada por la autoridad competente que garantice que está exenta de cualquier lesión o patología y que es apta para el consumo humano.
Requisitos Específicos En la carne pollo debe presentar: Olor: característicos de la especie. Color de la carne: rosa pálido. La carne de pollo debe ser obtenida de las piernas y muslos del pollo, debe estar firme sin ningun tipo de olor extraño y materia extraña.
Empaque y rotulado
La carne de pollo deberá ser envasada o empacada, en material sanitario de primer uso, que no alteren las características organolépticas fisicoquímicas y microbiológicas de la carne y que sean resistentes a la manipulación, al transporte. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 para materias primas
Presentación Empacado al vacio x 2kilogramos
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 163
Código UNSPSC 50111500
Nombre del Producto Suministros y mezclas para hornear
Nombre Comercial del Producto
Polvo de hornear
Calidad Levadura química para aligerar las masas y aumentar el volumen de productos horneados Cumplir con la NTC 1582 ESTABLECE LOS EMULSIFICANTES, ESTABILIZANTES Y ESPESANTES PERMITIDOS EN LA INDUSTRIA ALIMENTICIA Y LOS REQUISITOS
Generalidades Mezcla homogénea de ingredientes que actúan como agentes leudantes en productos de panadería, pastelería, etc. Fina glanulometría Alto y constante poder de gasificación Doble acción: actúa en el reposo y en el horneo Seguridad de volumen
Requisitos generales
El producto se debe elaborar con buenas prácticas de manufactura. Se deben inocuos por si mismos en condiciones normales de uso, se deben presentar en forma de polvo. Especificaciones físico-químicas
Aspecto: polvo fino fluido
Color: blanco
Olor: característico
Humedad: ≤ 2.5 %
Volumen de CO2 desprendido
Velocidad 6,3 g 70°C, tiempo 30 min.: > 90 ml
pH (solución 1%): 6 – 7
Requisitos Específicos El producto debe cumplir con los requisitos establecidos en la norma NTC 1582
Empaque y rotulado Debe estar empacada en materiales atóxicos que aseguren la buena conservación e higiene del producto. Cumplir con la resolución N° 5109, por la cual se establecen los parámetros para el rotulado o etiquetado del producto y materias primas
Presentación Bolsa por 1 KILOGRAMO
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 164
Código UNSPSC 10101800
Nombre del Producto Animales vivos
Nombre Comercial del Producto
PULPO
Calidad
Resolución 670 de 2007 del Ministerio de la Protección Social Decreto 561 de 1984 del Ministerio de Salud. Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social. Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos fisicoquímicos y
microbiológicos que deben cumplir los productos de la pesca, en particular pescados,
moluscos y crustáceos para consumo humano
Generalidades El Pulpo (Octopus Vulgaris). Los octópodos en su orden de moluscos cefalópodos carecen de concha y poseen ocho brazos. Son animales marinos y carnívoros.
Requisitos generales
Vitaminas: B1- B2
Minerales: Calcio, hierro, fosforo.
Proteínas Manto: contiene órganos internos, incluidos el tracto digestivo, branquias, saco de la tinta y
órganos reproductores.
Extremidades: ocho tentáculos con dos hileras de ventosas equipadas con receptores táctiles y
olfativos.
Cabeza.
Requisitos Específicos
El pulpo se comercializa fresco congelado y en conserva. Su carne se ablanda al golpearla o al congelarla. Este molusco debe almacenarse en refrigeración de 0 a 4 °C o congelado a –18° C. El proveedor debe cumplir con las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) Decreto 3075 de 1997 Ministerio de Salud. El pulpo debe cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 561 de 1984 del ministerio de Salud. El pulpo debe cumplir con los requisitos microbiológicos y fisicoquímicos establecidos en la Resolución 670 de 2007 de Ministerio de la Protección Social.
Empaque y rotulado Los empaques deben ser de un material inocuos, resistentes y atóxico, inalterable al contacto con el producto que no altere las características propias del producto aseguren su conservación durante su vida útil. El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005.
Presentación Empaque al vacío x 5 Kilogramos
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 165
Código UNSPSC 50131800
Nombre del Producto Queso
Nombre Comercial del Producto
QUESO CAMPESINO TIPO CRIOLLO
Calidad Resolución 2310 de 1986 Resolución 1804 de 1989 NTC 750 ESTABLECE LAS DEFINICIONES, CLASIFICACION Y LOS REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS QUESOS DESTINADOS PARA CONSUMO DIRECTO O INDIRECTO
Generalidades
Producto fresco higienizado sin madurar, que después de su fabricación está listo para el consumo, obtenido por coagulación enzimática de leche pasteurizada, de color blanco. Para su conservación debe mantenerse a temperaturas de refrigeración. El queso puede ser obtenido de leche pasteurizada proveniente de especies aptas y autorizadas para el consumo humano El queso campesino está clasificado como queso fresco, blando graso o semigraso.
Requisitos generales
Producto lácteo debe presentar color blanco, sabor, característico, olor a aroma lácteo, textura sólida blanda y suave, sin babosidades. Su contenido de grasa puede variar y estar clasificado como graso o semigraso. Los quesos deben estar exentos de grasas y proteínas de origen vegetal o animal diferentes de las lácteas excepto las que provengan de los ingredientes utilizados. Debe estar exento de sustancias tóxicas y residuos de drogas o medicamentos, tipo criollo campesino.
Requisitos Específicos El queso fresco no debe estar elaborado a partir de leche cruda, salvo en los casos en que por las condiciones especiales de ubicación, dificultades de transporte, lo autorice la autoridad sanitaria competente. Humedad:67% máximo. Materia grasa (en extracto seco) m/m: 45,0% Mínimo.
Empaque y rotulado El producto debe ser envasado en recipientes suficientemente inerte, resistentes que no reaccionen con el producto o alteren sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y comercialización.
Presentación Bloque x 1 KILOGRAMO
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 166
Código UNSPSC 50131800
Nombre del Producto Queso
Nombre Comercial del Producto
QUESO COSTEÑO
Calidad Resolución 2310 de 1986 Resolución 1804 de 1989 NTC 750 ESTABLECE LAS DEFINICIONES, CLASIFICACION Y LOS REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS QUESOS DESTINADOS PARA CONSUMO DIRECTO O INDIRECTO
Generalidades
Producto fresco higienizado sin madurar, que después de su fabricación está listo para el consumo, obtenido por coagulación enzimática de leche pasteurizada, de color blanco. Para su conservación debe mantenerse a temperaturas de refrigeración. El queso puede ser obtenido de leche pasteurizada proveniente de especies aptas y autorizadas para el consumo humano El queso campesino está clasificado como queso fresco, blando graso o semigraso.
Requisitos generales
Producto lácteo debe presentar color blanco, sabor, característico, olor a aroma lácteo, textura sólida blanda y suave, sin babosidades. Su contenido de grasa puede variar y estar clasificado como graso o semigraso. Los quesos deben estar exentos de grasas y proteínas de origen vegetal o animal diferentes de las lácteas excepto las que provengan de los ingredientes utilizados. Debe estar exento de sustancias tóxicas y residuos de drogas o medicamentos
Requisitos Específicos El queso fresco no debe estar elaborado a partir de leche cruda, salvo en los casos en que por las condiciones especiales de ubicación, dificultades de transporte, lo autorice la autoridad sanitaria competente. Humedad:50% máximo. Materia grasa (en extracto seco) m/m: 45,0% Mínimo, sal 80%
Empaque y rotulado El producto debe ser envasado en recipientes suficientemente inerte, resistentes que no reaccionen con el producto o alteren sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y comercialización.
Presentación Bloque x 1 KILOGRAMO
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 167
Código UNSPSC 50131800
Nombre del Producto Queso
Nombre Comercial del Producto
QUESO CREMA
Calidad Resolución 2310 de 1986 Resolución 1804 de 1989 NTC 750 ESTABLECE LAS DEFINICIONES, CLASIFICACION Y LOS REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS QUESOS DESTINADOS PARA CONSUMO DIRECTO O INDIRECTO
Generalidades
Producto fresco higienizado sin madurar, que después de su fabricación está listo para el consumo, obtenido por coagulación enzimática de leche pasteurizada, de color blanco. Para su conservación debe mantenerse a temperaturas de refrigeración. El queso puede ser obtenido de leche pasteurizada proveniente de especies aptas y autorizadas para el consumo humano El queso campesino está clasificado como queso fresco, blando graso o semigraso.
Requisitos generales
Producto lácteo debe presentar color blanco, sabor, característico, olor a aroma lácteo, textura sólida blanda y suave, sin babosidades. Su contenido de grasa puede variar y estar clasificado como graso o semigraso. Los quesos deben estar exentos de grasas y proteínas de origen vegetal o animal diferentes de las lácteas excepto las que provengan de los ingredientes utilizados. Debe estar exento de sustancias tóxicas y residuos de drogas o medicamentos
Requisitos Específicos
El queso fresco no debe estar elaborado a partir de leche cruda, salvo en los casos en que por las condiciones especiales de ubicación, dificultades de transporte, lo autorice la autoridad sanitaria competente. Humedad:67% máximo. Materia grasa (en extracto seco) m/m: 80,0% Mínimo, queso para untar, elaborado apartir de la leche fresca.
Empaque y rotulado El producto debe ser envasado en recipientes suficientemente inerte, resistentes que no reaccionen con el producto o alteren sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y comercialización.
Presentación ENVASE PLASTICO X 500GRAMOS
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 168
Código UNSPSC 50131800
Nombre del Producto Queso
Nombre Comercial del Producto
QUESO DOBLE CREMA
Calidad Resolución 2310 de 1986 Resolución 1804 de 1989 NTC 750 ESTABLECE LAS DEFINICIONES, CLASIFICACION Y LOS REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS QUESOS DESTINADOS PARA CONSUMO DIRECTO O INDIRECTO
Generalidades
Producto fresco higienizado sin madurar, que después de su fabricación está listo para el consumo, obtenido por coagulación enzimática de leche pasteurizada, de color blanco. Para su conservación debe mantenerse a temperaturas de refrigeración. El queso puede ser obtenido de leche pasteurizada proveniente de especies aptas y autorizadas para el consumo humano El queso campesino está clasificado como queso fresco, blando graso o semigraso.
Requisitos generales
Producto lácteo debe presentar color blanco, sabor, característico, olor a aroma lácteo, textura sólida blanda y suave, sin babosidades. Su contenido de grasa puede variar y estar clasificado como graso o semigraso. Los quesos deben estar exentos de grasas y proteínas de origen vegetal o animal diferentes de las lácteas excepto las que provengan de los ingredientes utilizados. Debe estar exento de sustancias tóxicas y residuos de drogas o medicamentos
Requisitos Específicos
El queso fresco no debe estar elaborado a partir de leche cruda, salvo en los casos en que por las condiciones especiales de ubicación, dificultades de transporte, lo autorice la autoridad sanitaria competente. Humedad:67% máximo. Materia grasa (en extracto seco) m/m: 60,0% Mínimo. Producto a base de leche, Sal, cuajo, cultivo lactico, de queso semiduro y semigraso, en forma de
bloque, envuelto en bolsa sellada, libre de impurezas.
- Color blanco
Empaque y rotulado El producto debe ser envasado en recipientes suficientemente inerte, resistentes que no reaccionen con el producto o alteren sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y comercialización.
Presentación Bloque x 1 KILOGRAMO
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 169
Código UNSPSC 50131800
Nombre del Producto Queso
Nombre Comercial del Producto
QUESO DOBLE CREMA CONTENIDO GRASO 25%
Calidad Resolución 2310 de 1986 Resolución 1804 de 1989 NTC 750 ESTABLECE LAS DEFINICIONES, CLASIFICACION Y LOS REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS QUESOS DESTINADOS PARA CONSUMO DIRECTO O INDIRECTO
Generalidades
Producto fresco higienizado sin madurar, que después de su fabricación está listo para el consumo, obtenido por coagulación enzimática de leche pasteurizada, de color blanco. Para su conservación debe mantenerse a temperaturas de refrigeración. El queso puede ser obtenido de leche pasteurizada proveniente de especies aptas y autorizadas para el consumo humano El queso campesino está clasificado como queso fresco, blando graso o semigraso.
Requisitos generales
Producto lácteo debe presentar color blanco, sabor, característico, olor a aroma lácteo, textura sólida blanda y suave, sin babosidades. Su contenido de grasa puede variar y estar clasificado como graso o semigraso. Los quesos deben estar exentos de grasas y proteínas de origen vegetal o animal diferentes de las lácteas excepto las que provengan de los ingredientes utilizados. Debe estar exento de sustancias tóxicas y residuos de drogas o medicamentos
Requisitos Específicos
El queso fresco no debe estar elaborado a partir de leche cruda, salvo en los casos en que por las condiciones especiales de ubicación, dificultades de transporte, lo autorice la autoridad sanitaria competente. Humedad:67% máximo. Materia grasa (en extracto seco) m/m: 25,0% Mínimo. Producto a base de leche, Sal, cuajo, cultivo lactico, de queso semiduro y semigraso, en forma de bloque, libre de impurezas.
- Color blanco
Empaque y rotulado El producto debe ser envasado en recipientes suficientemente inerte, resistentes que no reaccionen con el producto o alteren sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y comercialización.
Presentación Bloque x 1 KILOGRAMO
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 170
Código UNSPSC 50131800
Nombre del Producto Queso
Nombre Comercial del Producto
QUESO MOZZARELLA TAJADO
Calidad Resolución 2310 de 1986 Resolución 1804 de 1989 NTC 750 ESTABLECE LAS DEFINICIONES, CLASIFICACION Y LOS REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS QUESOS DESTINADOS PARA CONSUMO DIRECTO O INDIRECTO
Generalidades
Producto fresco higienizado sin madurar, que después de su fabricación está listo para el consumo, obtenido por coagulación enzimática de leche pasteurizada, de color blanco. Para su conservación debe mantenerse a temperaturas de refrigeración. El queso puede ser obtenido de leche pasteurizada proveniente de especies aptas y autorizadas para el consumo humano El queso campesino está clasificado como queso fresco, blando graso o semigraso.
Requisitos generales
Producto lácteo debe presentar color blanco, sabor, característico, olor a aroma lácteo, textura sólida blanda y suave, sin babosidades. Su contenido de grasa puede variar y estar clasificado como graso o semigraso. Los quesos deben estar exentos de grasas y proteínas de origen vegetal o animal diferentes de las lácteas excepto las que provengan de los ingredientes utilizados. Debe estar exento de sustancias tóxicas y residuos de drogas o medicamentos
Requisitos Específicos
El queso fresco no debe estar elaborado a partir de leche cruda, salvo en los casos en que por las condiciones especiales de ubicación, dificultades de transporte, lo autorice la autoridad sanitaria competente. Humedad:67% máximo. Materia grasa (en extracto seco) m/m: 90,0% Mínimo. Se debe obtener de la leche de bufalo.
Empaque y rotulado El producto debe ser envasado en recipientes suficientemente inerte, resistentes que no reaccionen con el producto o alteren sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y comercialización.
Presentación Bloque x 1 KILOGRAMO
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 171
Código UNSPSC 50131800
Nombre del Producto Queso
Nombre Comercial del Producto
QUESO PARMESANO
Calidad Resolución 2310 de 1986 Resolución 1804 de 1989 NTC 750 ESTABLECE LAS DEFINICIONES, CLASIFICACION Y LOS REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS QUESOS DESTINADOS PARA CONSUMO DIRECTO O INDIRECTO
Generalidades
Producto fresco higienizado sin madurar, que después de su fabricación está listo para el consumo, obtenido por coagulación enzimática de leche pasteurizada, de color blanco. Para su conservación debe mantenerse a temperaturas de refrigeración. El queso puede ser obtenido de leche pasteurizada proveniente de especies aptas y autorizadas para el consumo humano El queso campesino está clasificado como queso fresco, blando graso o semigraso.
Requisitos generales
Producto lácteo debe presentar color blanco, sabor, característico, olor a aroma lácteo, textura sólida blanda y suave, sin babosidades. Su contenido de grasa puede variar y estar clasificado como graso o semigraso. Los quesos deben estar exentos de grasas y proteínas de origen vegetal o animal diferentes de las lácteas excepto las que provengan de los ingredientes utilizados. Debe estar exento de sustancias tóxicas y residuos de drogas o medicamentos
Requisitos Específicos
queso maduro, duro, graso que se elabora con leche semidescremada principalmente se elabora con un tiempo de nueve meses de maduración. Pese a ser un queso maduro, el aroma del queso parmesano incluye características florales y frescas. Al consumirse se percibe ligeramente un sabor dulce, picante y amargo. -
Empaque y rotulado El producto debe ser envasado en recipientes suficientemente inerte, resistentes que no reaccionen con el producto o alteren sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y comercialización.
Presentación EMPAQUE PLASTICO X 1000GRMS. UNID
Regional Cundinamarca
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FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 172
Código UNSPSC 50131800
Nombre del Producto Queso
Nombre Comercial del Producto
QUESO RICOTTA
Calidad Resolución 2310 de 1986 Resolución 1804 de 1989 NTC 750 ESTABLECE LAS DEFINICIONES, CLASIFICACION Y LOS REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS QUESOS DESTINADOS PARA CONSUMO DIRECTO O INDIRECTO
Generalidades
Producto fresco higienizado sin madurar, que después de su fabricación está listo para el consumo, obtenido por coagulación enzimática de leche pasteurizada, de color blanco. Para su conservación debe mantenerse a temperaturas de refrigeración. El queso puede ser obtenido de leche pasteurizada proveniente de especies aptas y autorizadas para el consumo humano El queso campesino está clasificado como queso fresco, blando graso o semigraso.
Requisitos generales
Producto lácteo debe presentar color blanco, sabor, característico, olor a aroma lácteo, textura sólida blanda y suave, sin babosidades. Su contenido de grasa puede variar y estar clasificado como graso o semigraso. Los quesos deben estar exentos de grasas y proteínas de origen vegetal o animal diferentes de las lácteas excepto las que provengan de los ingredientes utilizados. Debe estar exento de sustancias tóxicas y residuos de drogas o medicamentos
Requisitos Específicos Humedad:67% máximo. Materia grasa (en extracto seco) m/m: 45,0% Mínimo. obtenido de un segundo procesamiento del suero lácteo producido como derivado en la elaboración de quesos de pasta blanda, De color blanco, sabor suave y textura blanda y granulosa
Empaque y rotulado
resistentes que no reaccionen con el producto o alteren sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y comercialización.El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social
Presentación Envase plástico x 500grms Unid
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 173
Código UNSPSC 10151600
Nombre del Producto Semillas, bulbos, plántulas y esquejes
Nombre Comercial del Producto
QUINOA
Calidad Decreto 3075 de 1997 del Ministerio de la Protección Social NTC 6069 ESTABLECE LOS REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR LA HARINA DE QUINUA
Generalidades
La quinua, proviene de la especie Chenopodiumquinoa es un pseudocereal perteneciente a la subfamilia Chenopodioideaese le denomina seudocereal porque su alto contenido de almidón tiene el mismo uso de los cereales. Generalmente, para su uso la quinua es sometida a proceso de pre-cocción y molienda, se emplea en forma de polvo o harina.
Requisitos generales
El producto debe estar limpio, entero, libre de impurezas, del ataque de plagas, enfermedades (pudrición) y olores y sabores extraños. Color característico del producto. Olor propio de la quinua. El producto debe presentar aspecto, sano, limpio, sin presencia de insectos, humedad externa anormal y olores extraños. Los residuos de plaguicidas no de beben exceder los limites máximos establecidos en la Resolución 2906 de 2007, el Ministerio de la Protección Social.
Requisitos Específicos
El producto debe contener una humedad de 12% máximo El producto debe cumplir . Color Grano de forma lenticular Olor Crema Sabor Ligeramente
dulce Humedad 12 % Máx Saponinas Ausencia Proteinas 14.4 g Hidratos de carbono 67.8 g
Empaque y rotulado Los empaques deben ser de un material atóxico, inalterable al contacto con el producto que no altere las características del producto, aseguren su conservación durante su vida útil y debe ser de primer uso. El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005
Presentación El producto se comercializara en presentaciones de 1 KILO, el grano limpio sin ningún tipo de contaminante y sin alteraciones en el empaque.
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 174
Código UNSPSC 47131500
Nombre del Producto Trapos y paños de limpieza
Nombre Comercial del Producto
ROLLOS TOALLAS PAPEL PARA COCINA
Calidad Alta capacidad de absorción de líquidos y aceites y una baja liberación de pelusa
Generalidades Paños de limpieza para alimentos, en polipropileno con capacidad de absorción mayor
Requisitos generales Hechos de polipropileno y celulosa, poseen una excelente capacidad y velocidad de absorción de líquidos y una alta resistencia gracias a que son producidos con la tecnología HYDROKNIT
Requisitos Específicos
Debe estar compuesto por los siguientes ítems;
Gramaje g/m2 87,6 79,5 95,0 Calibre mil pulg 19, Ancho de hoja mm 284 Largo de hoja mm 432 Resistencia en seco Longitudinal gf/3’’ 11153 Resistencia en húmedo Longitudinal gf/3’’ 10829 Resistencia en seco Transversal gf/3’’ 7195 Resistencia en húmedo Transversal gf/3’’ 4641
Tamaño 42 x 28 cm
Empaque y rotulado Empacados en materiales inertes que no aporten al producto algún tipo de contaminación, ya que son para la industria alimentaria, Su rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la NTC-5465 que establece los requisitos para el etiquetado de los productos de aseo y limpieza
Presentación El producto debe estar comercializado en rollos de 100 paños de limpieza de 42 x 28 cm cada uno
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 175
Código UNSPSC 48102100
Nombre del Producto Suministros y equipo de manipulación y almacenamiento
Nombre Comercial del Producto
ROLLOS VINIPEL X 300 MTRS
Calidad PELICULA PLASTICA PARA ALIMENTOS
Generalidades Papel para envoltura autosellante no toxica que mantiene el sabor, la frescura y la humedad de los alimentos
Requisitos generales Fabricados con materias primas aptas para contacto directo con alimentos y óptimo para envolver Sándwiches Hamburguesas, Perros Calientes y toda clase de Comidas Rápidas así como productos de Panadería y Bizcochería
Requisitos Específicos capacidad para resistir la humedad y la grasa apta para alimentos rollo por 1500 mts color transparente
Empaque y rotulado Resistentes al agua, aceites y grasas. Excelente durabilidad. No se degradará si está fuera del alcance de la luz solar directa.
Presentación ROLLO X 1500 METROS
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 176
Código UNSPSC 50202200
Nombre del Producto Bebidas alcohólicas
Nombre Comercial del Producto
RON
Calidad NTC - 278 Contenido de alcohol a 20° C Mínimo 35 Acidez total Máximo 1.000
Generalidades
Ron: aguardiente obtenido por destilación especial de mostos fermentados del zumo de la caña de azúcar, sus derivados o subproductos, y no se priva de los principios aromáticos a loa cuales debe sus características específicas, se madura mínimo seis meses en recipientes de roble, de forma que al final posea el gusto y el aroma que le son característicos.
Requisitos generales
El ron debe ser un líquido transparente que posea aroma, color y sabor atribuidos a éste. El sabor del ron se puede suavizar por adición de azúcar o de otro edulcorante permitido El color se puede modificar con caramelo o con carbón activado En la elaboración del ron no se permite la práctica tendiente a sustituir el tiempo de atajamiento natural en recipientes de roble. En los documentos soporte de las operaciones de bolsa debe especificarse departamento o región de origen e empresa que lo produce.
Requisitos Específicos contenido de alcohol, extracto seco total, acidez total, acidez volátil, aldehídos y ésteres MINIMO 28% VOL
Empaque y rotulado
El ron se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Tapados y sellados de manera que aseguren su calidad durante el transporte y almacenamiento. Cuando los envases son de vidrio deben cumplir con la norma correspondiente. El rotulado debe cumplir con la legislación vigente para empaque y rotulado de bebidas alcohólicas
Presentación BOTELLA POR LITRO
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 177
Código UNSPSC 50171500
Nombre del Producto Hierbas y especias y extractos
Nombre Comercial del Producto
SAL
Calidad
Decreto 0547 del 19 de marzo de 1996 o norma que se adicione modifique o sustituya. Que es deber indelegable del Estado velar por la calidad y el adecuado uso de la sal para
consumo humano, estableciendo una reglamentación de obligatorio cumplimiento y observancia
en cuanto a las condiciones sanitarias y de calidad en los procesos de producción, empaque y
comercialización de dicho producto.
Generalidades
La sal refinada es el producto final refinado constituido predominantemente por cloruro de sodio, que se obtiene a partir de la sal marina o sal gema, clasificado como alimento y al que se le ha adicionado yodo y flúor en forma de sales solubles y un deshidratante o antiaglomerantes o anticompactante en cantidades permitidas
Requisitos generales
La sal se debe presentar en forma de cristales blancos, inodoros y sabor salino característico.
No debe exceder los limites de metales pesados establecidos en el Decreto 547 de 1996 o norma que adicione modifique o sustituya.
Requisitos Específicos
La sal debe estar exenta de sabores y olores extraños
No debe contener impurezas orgánicas, arena y fragmento de concha, color blanco, apariencia cristalina, altamente soluble en agua, finamente granulada.
Empaque y rotulado El producto debe estar empacado en materiales atóxicos que aseguren la buena conservación e higiene del producto. Cumplir con la Resolución No. 5109 de 2005, por medio de la cual se establecen los parámetros para el rotulado o etiquetado de productos terminados y materias prima
Presentación BOLSA.ARROBA
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 178
Código UNSPSC 50171500
Nombre del Producto Hierbas y especias y extractos
Nombre Comercial del Producto
SAL MARINA
Calidad
Decreto 547 del 1996 del Ministerio de Salud. NTC 516 Que es deber indelegable del Estado velar por la calidad y el adecuado uso de la sal para
consumo humano, estableciendo una reglamentación de obligatorio cumplimiento y observancia
en cuanto a las condiciones sanitarias y de calidad en los procesos de producción, empaque y
comercialización de dicho producto.
Generalidades
La sal marina es la sal procedente de la evaporación del agua
de mar, las salinas son los centros por excelencia de producción de sal marina.
La sal marina tiene un 86% de cloruro sódico (NaCl) y trazas de oligoelementos como calcio, cloruro de magnesio, potasio,yodo y manganeso. La sal marina refinada es compuesta casi exclusivamente de cloruro de sodio (más de 99%).
La composición de la sal marina varía dependiendo de la situación geográfica de la salina. Algunas pueden ser más rica en sales de magnesio y en partículas de flora marina (plancton, algas microscópicas) que la sal del Mediterráneo. Y varía su proporción de yodo.
Requisitos generales
No debe contener impurezas orgánicas, arena y fragmento de concha. Color: blanco Apariencia: cristalino, higroscópico Solubilidad: altamente soluble en agua Textura: granulada No debe exceder los limites de metales pesados establecidos en el Decreto 547 de 1996 o norma que adicione modifique o sustituya
Requisitos Específicos
Requisitos fisicoquímicos que debe cumplir la sal de mar empleada para el consumo humano:
Cloruro de sodio, NaCl m/m : 99 % mínimo
Humedad % m/m: 0,2 % máximo.Fluor, Fluoruro, mg/kg (ppm): 180% mínimo a 220 máximo.
Iodo, Yoduro, mg/kg (ppm): 50% mínimo a 100 máximo. Sulfatos, SO4 mg/kg: 2800 máximo.
Calcio Ca+2 mg/kg: 1000 máximo. Magnesio Mg +2 mg/kg: 800 máximo.
Debe cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 547 de 1996 y la NTC 1254
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material atóxico, inalterable al contacto con el producto, deben garantizar su conservación durante su vida útil.
En el rotulo la sal yodada debe tener el contenido de yodo y flúor expresado en ppm.
El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 o la norma que modifique adicione o sustituya.
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
Presentación EMPAQUE X 1 KILO
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 179
Código UNSPSC 50121500
Nombre del Producto Pescado
Nombre Comercial del Producto
SALMON FILETES
Calidad
NTC 1443 Resolución 670 de 2007del Ministerio de la Protección Social. Decreto 561 de 1984 del Ministerio de Salud. Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social. PRODUCTOS DE LA PESCA Y ACUICULTURA. PESCADO ENTERO, MEDALLONES Y TROZOS, REFRIGERADOS O CONGELADOS.
Generalidades El filete de salmón: es el trozo de pescado, cortado fino y en forma de lámina proveniente de los salmónidos “pez salmón” (del lat. Pristis,), el filete se obtiene después de haber sido desangrado y eviscerado sin cabeza y sin cola, y ser sometidos a refrigeración.
Requisitos generales
El producto estará exento de cualquier material extraño que constituya un peligro para la salud. Características organolépticas del filete de salmón. Color: anaranjada Sabor: característico de la variedad Olor: Característico a carne de pescado fresco. Según el almacenamiento se denomina como filete de pescado fresco refrigerado de 0 a 4 °C o congelado a –18° C. Los productos de la pesca que se exporten deben elaborarse bajo el Sistema de Análisis de Puntos Críticos de Control HACCP. El filete de salmón debe cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 561 de 1984 del Ministerio de Salud.
Requisitos Específicos
El filete de salmón debe cumplir con los requisitos Color Anaranjado intenso propio de la materia prima.
Aroma fresco
Sabor Delicados matices de humo.
Textura Suave consistencia. Humedad 61,1 %
Grasa 11,5 %
Proteína 23,6 %
Cenizas 4,5 %
Hidratos de Carbono 0 %
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material inocuos, resistentes y atóxico, inalterable al contacto con el producto que no altere las características propias del producto, aseguren su conservación durante su vida útil. El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Empaque al Vacío, x 5 Kilos
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 180
Código UNSPSC 50171800
Nombre del Producto Salsas y condimentos y productos para untar
Nombre Comercial del Producto
SALSA TABASCO
Calidad
NTC 1631 Resolución 4241 de 1991 del Ministerio de Salud. Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social. Resolución 2906 de 2007, el Ministerio de la Protección Social.ESTABLECE LOS REQUISITOS DE CALIDAD QUE DEBE CUMPLIR LA SALSA DE AJÍ O CHILE (CAPSICUM SPP.)
Generalidades
La salsa de ají, es el producto elaborado a partir de jugo o pulpa o concentrado del ají (Capsicum annuum, L.), baya que debe estar maduros, limpios y sanos; al que se le puede adicionar tomate, pimentón, edulcorantes, especias colorantes y conservantes permitidos y que son sometidos a tratamiento físico que garantice su conservación. Deberá cumplir con las características organolépticas propias de cada variedad.
Requisitos generales
Características organolépticas de la pasta de ají: Color: generalmente rojo característico del producto. Olor: fuerte propio del producto. Sabor: fuerte astringente y picante La pasta de ají debe tener un producto limpio (sin materiales extraños), con un color típico de la variedad, de aspecto fresco. La pasta de ají debe estar libre de la presencia de plagas exentas de humedad exterior anormal, libre de olores y sabores extraños.
Requisitos Específicos
La pasta de ají debe cumplir con Ají amarillo, sal, ácido cítrico E-330, Benzoato de sodio. E-211. Calorías 0
Calorías de grasa 0
Grasas 0g
Sodio 280mg
Carbohidratos 1g
Fibra dietética 0g
Azúcares 0g
Proteína 0g
Empaque y rotulado Los empaques deben ser de un material atóxico, inalterable que aseguren su conservación lo preserven durante su vida útil. El rótulo obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación FRASCO POR LITRO
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 181
Código UNSPSC 50171800
Nombre del Producto Salsas y condimentos y productos para untar
Nombre Comercial del Producto
SALSA DE CHOCOLATE
Calidad
Norma Técnica Colombiana NTC 792 – Chocolate y sucedaneos para consumo directo. Resolucion 1511 de 2011 del Ministerio de Proteccion Social Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que debe cumplir el chocolate y productos de chocolate para consumo humano, que se procese, envase, almacene, transporte, comercialice, expenda, importe o exporte en el territorio nacionaly las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen.
Generalidades Es un tipo de condimento que suele añadirse a ciertas preparaciones culinarias con el objeto de aumentar el sabor y aroma a chocolate.
Requisitos generales Se utiliza para decorar bebidas, helados, postres, tortas, galletas y pan
Requisitos Específicos
Se compone de cacao, agua, mantequilla, azucar, conservantes, homogenizantes, ph. la composicion del producto debe ser 100% Cacao . 50% de crema, y un 20% de azucar. los conservantes deben ser aptos para consumo humano no debe superar el 10% de la composicion. la textura debe ser densa en un 60%
Empaque y rotulado
Se deben envasar en recipientes elaborados con materiales inocuos y resistentes, de primer uso y de material adecuado que permita un cierre seguro y protección apropiada durante el almacenamiento. En el rótulo del producto se debe establecer las instrucciones de conservación y de uso de alimento. El rotulado expedida por el Ministerio de la Protección Social o, las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan.
Presentación BOTELLA PLASTICA POR LITRO
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 182
Código UNSPSC 50407000
Nombre del Producto Vegetales Nominant
Nombre Comercial del Producto
PAPRICA
Calidad NTC 4423 Resolución 4241 de 1991 de Ministerio de Salud. ESTABLECE LOS REQUISITOS Y LOS ENSAYOS A LOS CUALES DEBEN SER SOMETIDAS LAS ESPECIAS, LOS CONDIMENTOS VEGETALES
Generalidades
La páprika es un cultivo originario de América del Sur, concretamente del área de Perú y en algunas zonas de Bolivia. Es una planta cultivada desde la antigüedad por los habitantes americanos que Colón encontró en su primer viaje y la llevó a España en 1.943, extendiéndose a lo largo del siglo XVI por otros países de Europa, Asia y África. La Páprika constituía un alimento básico de la población indígena. La páprika es una planta con multitud de tipos que da origen a diferentes formas y usos del fruto.
Requisitos generales
Género: Pimiento no picante Molida en polvo Color : Rojizo Sabor: Característico especial (Agridulce). Olor: Característico especial. Climas: Se desarrolla en climas tropicales y semi-tropicales Suelos: Arenosos, bien aireados, provista de materia orgánica y Sobre todo con buen drenaje, no tolera sales.
Requisitos Específicos
Sin manchas y decoloraciones
En polvo
Uso : Consumo directo
La paprika deshidratada en polvo debe tener: Humedad %m/m: 8% mínimo 10% máximo. Contenido de fibra cruda: 2.8% máximo Contenido de ceniza menor a 8.5% Tamaño de partícula paso por malla de 0.5 mm (95%).
Empaque y rotulado Envase plástico que conserve sus características organolépticas y lo proteja de la humedad como el vidrio o el polipropileno. Rotulado con el nombre del producto, nombre del empacador y/o productor (marca comercial), fecha de empaque.
Presentación ENVASE PLASTICO X 1000 GRAMOS
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 183
Código UNSPSC 50407200
Nombre del Producto Tubérculos
Nombre Comercial del Producto
ARRACACHA
Calidad NTC 1291 Esta norma establece la terminología, los requisitos y los sistemas de clasificación de las frutasy hortalizas destinadas a ser consumidas en estado fresco.
Generalidades
Arracacha o apio criollo es una raíz tuberosa procedente de la especia Arracacia xanthorrhiza Bancroft, hortaliza de la familia de la apiceae. La arracacha se cultiva principalmente por su raíz reservante que es de sabor agradable y de fácil digestibilidad, su parte comestible es la raíz que asemeja a una zanahoria engrosada, ésta puede ser de color blanco, amarillo o morado según la variedad
Requisitos generales
La arracacha para el consumo humano debe estar limpia, sin raíces secundarias, turgente, libre de daños y no debe presentar bifurcaciones. El producto debe presentar forma característica, aspecto fresco, libre del ataque de los insectos, suciedad y enfermedades, libre de magulladuras, apariencia sana y fresca. Color: amarillo claro o según variedad. Consistencia: firme y dura. Sabor: ligeramente dulce.
Requisitos Específicos
Producto 100% natural, libre de partículas extrañas, en buenas condiciones, con olor, color y sabor
característicos de la arracacha.
Producto lavado y seco sin presencia de barro o tierra,Que no presente, aberturas ni que vengan partida.
Empaque y rotulado
El empaque utilizado para la arracacha debe garantizar su conservación proteger al producto de daños mecánicos, y debe estar construido con materiales inertes y libres de residuos de fabricación; debe permitir su manipulación y estibamiento durante el transporte y el almacenamiento; y contar con un diseño que permita la ventilación del producto
Presentación BOLSA POR KILOGRAMO
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 184
Código UNSPSC 50172000
Nombre del Producto Productos de fríjol de soya fermentados
Nombre Comercial del Producto
SALSA DE SOYA
Calidad
Norma Técnica Colombiana NTC 409 – Industrias Alimentarias. Colorantes aditivos para alimentos Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos de rotulado o etiquetado que deben cumplir los alimentos envasados y materias primas de alimentos para consumo humano.y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 5121 – Industrias Alimentarias. Rotulado y Etiquetado. Parte 1. Norma General. Norma Técnica Colombiana NTC 5122 – Industrias Alimentarias. Rotulado y Etiquetado. Parte 2. Rotulado Nutricional de alimentos envasados.
Generalidades La salsa soya es un condimento producido al fermentar semillas de soya con los hongos Aspergyllus Orizae o Aspergillus Sojae.
Requisitos generales
Ingredientes: agua, proteína vegetal hidrolizada (soya, maíz), contiene gluten de maíz. Las materias primas empleadas en la elaboración del producto, deben ser inspeccionados, previo al uso y deben cumplir con los requisitos microbiológicos, fisicoquímicos y sensoriales que garanticen un producto inocuo. El producto debe cumplir con las condiciones organolepticas, microbiologicas y fisico químicas. Cuando se utilicen colorantes artificiales, la cantidad máxima permitida es del 3%.
Requisitos Específicos Agua, azúcar, soja y vinagre destilado Puede contener arroz y sal, harina de trigo, ajo y chiles así como diversos conservantes y colorantes Su sabor es agridulce, de olor penetrante y acético,
Empaque y rotulado
El producto se debe empacar en recipientes elaborados con materiales que aseguren su conservación e higiene durante el almacenamiento, transporte y expendio. El rotulado deberá cumplir en su totalidad con lo establecido en las NTC5121 y NTC 5122. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación BOTELLA POR LITRO
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 185
Código UNSPSC 50171800
Nombre del Producto Salsas y condimentos y productos para untar
Nombre Comercial del Producto
SALSA DE TOMATE
Calidad Resolución 15790 de 1984 NTC 921 Decreto 3075 de 1997 ESTABLECE LOS REQUISITOS Y LOS ENSAYOS QUE DEBE CUMPLIR LA SALSA DE TOMATE, CATSUP O KETCHUP
Generalidades Producto higienizado elaborado a partir de tomates (Lycopersicum esculentum) sanos y maduros enteros troceados o triturados o de pulpa, pasta o concentrado de tomate adicionado de sal edulcorantes vinagre condimentos especies, con o sin la adición de aditivos permitidos.
Requisitos generales
La salsa de tomate deberá presentar las siguientes características organolépticas: - Aspecto: Consistencia blanda y uniforme. - Olor: propio del tomate y libre de olores extraños. - Sabor: agridulce y libre de sabores extraños. - Color: rojo uniforme, (Grado A o C de Munsell) no deberá presentar partes decoloradas ni oscuras o ennegrecimientos. No se permite la adición de almidones naturales o modificados. Debe estar libre de la presencia de plagas (insectos o larvas).
Requisitos Específicos Características fisicoquímicas de la salsa de tomate: Humedad en % :73 máximo Sólidos totales en % a 20°C: 31% mínimo 38.0 % máximo Acidez, como ácido acético %: 0,85
Empaque y rotulado
Debe ser envasado en material inerte que le confiera al producto una adecuada protección durante el almacenamiento, transporte y expendio, con cierre hermético o tapa que impida la contaminación y adulteración. Debe garantizar el mantenimiento de las características microbiológicas, fisicoquímicas, nutricionales y organolépticas del producto. El rotulo debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social
Presentación EMPAQUE POR 500 GRAMOS
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 186
Código UNSPSC 50171800
Nombre del Producto Salsas y condimentos y productos para untar
Nombre Comercial del Producto
SALSA INGLESA
Calidad
NTC 409 – Industrias Alimentarias. Colorantes aditivos para alimentos Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos de rotulado o etiquetado que deben cumplir los alimentos envasados y materias primas de alimentos para consumo humano.y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 5121 – Industrias Alimentarias. Rotulado y Etiquetado. Parte 1. Norma General. Norma Técnica Colombiana NTC 5122 – Industrias Alimentarias. Rotulado y Etiquetado. Parte 2. Rotulado Nutricional de alimentos envasados.
Generalidades Es un condimento líquido fermentado usado como saborizante de salsas (sobre todo en la cocina inglesa). Se elabora a base de vinagre, melaza o azúcar, jarabe
Requisitos generales
Las materias primas empleadas en la elaboración del producto, deben ser inspeccionados, previo al uso y deben cumplir con los requisitos microbiológicos, fisicoquímicos y sensoriales que garanticen un producto inocuo. El producto debe cumplir con las condiciones organolepticas, microbiologicas y fisico químicas. Cuando se utilicen colorantes artificiales, la cantidad máxima permitida es del 3%.
Requisitos Específicos El producto debe cumplir con los requisos Proteína vegetal hidrolizada, vinagre, especiado, color negro, textura densa.
Empaque y rotulado
producto se debe empacar en recipientes elaborados con materiales que aseguren su conservación e higiene durante el almacenamiento, transporte y expendio. El rotulado deberá cumplir en su totalidad con lo establecido en las NTC5121 y NTC 5122. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación BOTELLA POR LITRO
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 187
Código UNSPSC 48102100
Nombre del Producto Suministros y equipo de manipulación y almacenamiento
Nombre Comercial del Producto
TAPA BOCAS
Calidad NTC 1733 Higiene y seguridad. Equipos de protección respiratoria . ESTABLECE LOS REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR Y LOS ENSAYOS A LOS CUALES DEBEN SOMETERSE LOS EQUIPOS DESTINADOS LA PROTECCION RESPIRATORIA
Generalidades
Se denomina máscara quirúrgica, barbijo, mascarilla, cubrebocas, o tapaboca; a la máscara utilizada, para contener bacterias, polvo y contaminación en general, provenientes de la nariz y la boca. Los barbijos son también utilizados por personas en espacios públicos ante brotes o epidemias de enfermedades transmitidas por vías respiratorias, o bien cuando el aire de un determinado lugar está contaminado
Requisitos generales
Las partes del tapabocas deben estar unidas y aseguradas firmemente. De su uso adecuado no pueden presentarse desprendimientos, desajustes u otro tipo de defectos por ensamble inadecuado. Debe tener una adecuada presentación para su uso. Sus superficies deben tener un aspecto limpio, ser uniformes, tanto en color como en su textura, libres de astillas, rupturas, fisuras u otras imperfecciones. Los cauchos deben tener suficiente resistencia a la fricción para garantizar su durabilidad. Los materiales y diseño del tapabocas deben garantizar la completa protección para impedir el paso de partículas perjudiciales para la salud de los humanos. El tapabocas debe encontrarse libre de asperezas, elementos abrasivos o pegajosos. Si almohadíllale tapabocas es utilizado de forma adecuada, de acuerdo con las instrucciones del fabricante, no podrá transmitir partículas perjudiciales por los materiales utilizados en ellos. Los tapabocas deben estar limpios y no presentar ningún tipo de defecto en el momento de la entrega. Los materiales con que está elaborada no pueden ser tóxicos a los seres humanos. De material filtro, con dos cauchos laterales ajustables al tamaño de la cabeza puede ser cóncavo o plano Que ofrezca protección contra las partículas del exterior. Que el ajuste de los cauchos laterales sea el adecuado. Que sea cóncavo o plano
Requisitos Específicos
Tapaboca blando desechable, con bandas elásticas para ajuste en orejas, clip metálico que permite
ajustarse a la nariz.
Empaque y rotulado
Empacado en cajas de cartón o estuche plástico que garantice la calidad y conservación del producto durante su almacenamiento y transporte. El rotulado debe indicar como mínimo fabricante, país de fabricación, nombre y domicilio legal en Colombia del fabricante, importador o distribuidor responsable según corresponda, marca, tipo de producto y fecha de producción o número de lote.
Presentación CAJA X 50 UNIDADES
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 188
Código UNSPSC 50202200
Nombre del Producto Bebidas alcohólicas
Nombre Comercial del Producto
TEQUILA
Calidad
Cumplir con los requisitos establecidos en: Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas.
Generalidades
El Tequila es un aguardiente regional obtenido por la destilación de mostos fermentados de maguey tequilano, de acuerdo con las reglamentaciones del gobierno mexicano. De acuerdo a las características adquiridas en procesos posteriores a la destilación, el Tequila se clasifica en una de las siguientes clases: • Blanco o Plata. • Joven u Oro. • Reposado. • Añejo. • Extra añejo.
Requisitos generales El Tequila puede ser añadido de edulcorantes, colorantes, aromatizantes y/o saborizantes permitidos, con objeto de proporcionar o intensificar su color, aroma y/o sabor. El producto debe contar con denominación de origen mexicano.
Requisitos Específicos Graduación Alcoholimetría: Mínimo 35° TEQUILA Blanco o Plata., obtenido del agave.
Empaque y rotulado
El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.
Presentación BOTELLA POR LITRO
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 189
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto Carnes procesadas y preparadas
Nombre Comercial del Producto
TOCINETA
Calidad Decreto 1500 de 2007 del Ministerio de la Protección Social Decreto 2162 de 1983 del Ministerio de Salud. NTC 1325ESTABLECE LOS REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS PRODUCTOS CARNICOS PROCESADOS NO ENLATADOS.
Generalidades Derivado cárnico procesado, curado, ahumado o no, cocido, no embutido, elaborado con el costillar deshuesado del cerdo, con la adición de sustancias de uso permitido y sometido a tratamiento térmico.
Requisitos generales
La materia prima utilizada debe cumplir con los requisitos sanitarios exigidos Resolución 4282 de 2007 o la normatividad sanitaria vigente según la especie. El producto se debe conservar y mantener a temperatura de refrigeración (a temperatura de 0 a 4°C) durante su vida útil. No debe llegar congelado ni con partículas de hielo escarchado.
Requisitos Específicos
OLOR: se caracteriza por un aroma a humo con carne curada.
SABOR: se percibe una capacidad de sabor media alta, cuando el tocino es sin humo su sabor basico predomina ninguno de los sabores basicos
TEXTURA: Homogenea, rebanable, con buena ligazón entre la grasa y la carne y una jugosidad y masticabilidad adecuada. no debe superar el 10% del uso de nitratos y nitritos.
Empaque y rotulado
El producto se debe envasar o empacar en material grado alimentario, inocuo, al vacío y resistente, de tal manera que no reaccionen con el producto o altere sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales, asegurando su conservación e inocuidad en las condiciones que exige el producto, durante el transporte, almacenamiento y comercialización. En el rotulo se debe especificar para el caso de los derivados cárnicos crudos (precocidos), la leyenda: “este producto debe consumirse bien cocido” o equivalente. El rotulo debe contemplar lo establecido en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación EMPACADO AL VACIO POR KILOGRAMO
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 190
Código UNSPSC 50171500
Nombre del Producto Hierbas y especias y extractos
Nombre Comercial del Producto
TOMILLO
Calidad NTC 4423 Resolución 4241 de 1991 de Ministerio de Salud. ESTABLECE LOS REQUISITOS Y LOS ENSAYOS A LOS CUALES DEBEN SER SOMETIDAS LAS ESPECIAS, LOS CONDIMENTOS VEGETALES
Generalidades Tomillo: plantas y sumidades floridas, sanas, limpias y secas del ``Thymus vulgaris'', L. ``T. piperella'', L.
Requisitos generales
Características organolépticas de la especia: Color: verde. Olor: aromático propio del producto. Sabor: propio del producto El producto debe estar sano, sin enfermedades, limpio sin materiales extraños. El tomillo debe estar libre de la presencia de plagas, exentas de humedad exterior anormal, libre de olores y sabores extraños.
Requisitos Específicos El producto seco debe cumplir con los siguientes requisitos: Humedad: 12% máximo Cenizas: 12 % máximo Cenizas insolubles: 4% máximo Aceite esencial: 0,8% mínimo.
Empaque y rotulado
Empaque individual, plástico, transparente. que evite su deterioro y contaminación y permita su conservación, manipulación y visualización total del producto, el cual deberá mantenerse en buenas condiciones de higiene. El rotulado debe cumplir con lo establecido en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social
Presentación BOLSA POR KILOGRAMO
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 191
Código UNSPSC 50202200
Nombre del Producto Bebidas alcohólicas
Nombre Comercial del Producto
TRIPLE SEC
Calidad
Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1245 Bebidas alcohólicas. Aperitivos Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcoholicas.
Generalidades Licor elaborado por destilación de pieles de naranjas amargas (Citrus Curassaviensis) maceradas en alcohol y azúcar.
Requisitos generales Cumplir con los requisitos establecidos en la NTC 1245 Grado Alcoholimétrico: Máximo 40°
Requisitos Específicos Es un licor dulce en sabor, con un toque de sabor a naranja graduacion alcoholica minima de 25%.
Empaque y rotulado
El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.
Presentación BOTELLA POR LITRO
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 192
Código UNSPSC 50202200
Nombre del Producto Bebidas alcohólicas
Nombre Comercial del Producto
VERMOUTH
Calidad
Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Aperitivos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud ¬ Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas.
Generalidades
El Vermouth es el vino compuesto elaborado con vino, vino de frutas en una proporción no inferior al 75% en volumen, adicionado de alcohol vínico o alcohol etílico rectificado neutro, sustancias amargas aromáticas autorizadas, edulcorados o no, de tal manera que el producto posea el gusto, aroma y características que le son propias.
Requisitos generales
El vermouth puede ser rojo y blanco
El producto debe cumplir con los requisitos y ensayos establecidos en la NTC 1245. Graduación Alcoholimétrica. Mínimo 18%.
Requisitos Específicos Graduación Alcoholimétrica. Mínimo 18%. ntensos aromas a hierbas aromáticas y toques especiados. En boca presenta un equilibrio entre dulzor y acidez con agradable postgusto.
Empaque y rotulado El envase adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto
Presentación BOTELLA POR LITRO
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 193
Código UNSPSC 50171700
Nombre del Producto Vinagres y vinos de cocinar
Nombre Comercial del Producto
VINAGRE BLANCO
Calidad
Resolución 775 de 2008 del Ministerio de la Protección Social Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir las fábricas que procesen, envasen, transporten, expendan, almacenen, importen, exporten y comercialicen vinagre para consumo humano.
Generalidades Vinagre: El vinagre es obtenido a partir de la dilucion de vinagre concentrado con agua filtrada.
Requisitos generales Acidez (Expresado como Ac. Acético) 4% Máximo pH (a 20ºC) 2.6 Mínimo
Requisitos Específicos
En producto no se permite la presencia de materias extrañas objetables como pulpa, semillas, hojas piel entre otros.e plantas, condimentos, especias y frutas, o sus partes frescas, secas, deshidratadas o concentradas, troceadas o no,
Acidez (Expresado como Ac. Acético) 4% Máximo
pH (a 20ºC) 2.6 Mínimo
Empaque y rotulado
Envasar en material grado alimenticio, inerte, resistente y hermético que no altere las características físicas, químicas y sanitarias del producto y asegure su higiene y buena conservación. El producto debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de Protección Social
Presentación BOTELLA POR LITRO
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 194
Código UNSPSC 50171700
Nombre del Producto Vinagres y vinos de cocinar
Nombre Comercial del Producto
VINAGRE DE ARROZ
Calidad
Resolución 775 de 2008 del Ministerio de la Protección Social Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir las fábricas que procesen, envasen, transporten, expendan, almacenen, importen, exporten y comercialicen vinagre para consumo humano.
Generalidades
Vinagre: Producto de la doble fermentación alcohólica y acética de productos de origen agrícola que contengan azúcares o sustancias amiláceas. Según la materia prima originaria se establece la siguiente clasificación: Vinagre de vino: producto obtenido exclusivamente por fermentación acética del vino. Vinagre de frutas: producto obtenido a partir de frutas o bayas. Vinagre de sidra: producto obtenido a partir de la sidra o sus piquetas. Vinagre de alcohol: producto obtenido por la fermentación acética de alcohol destilado de origen agrícola. Vinagre de cereales: producto obtenido sin destilación intermedia por el procedimiento de doble fermentación alcohólica y acética, de cualquier cereal en grano, cuyo almidón se ha desdoblado en azúcares mediante un procedimiento distinto al de la diastasa de la cebada malteada. Vinagre de malta: producto obtenido sin destilación intermedia por el procedimiento de doble fermentación alcohólica y acética a partir de la cebada malteada, con o sin adición de grano, cuyo almidón se ha desdoblado en azúcares mediante la diastasa de la cebada malteada. Vinagre de miel de abejas: producto obtenido a partir de miel de abejas. Vinagre de suero de leche. Producto obtenido a partir de suero de leche
Requisitos generales
El producto debe ser uniforme, libre de materiales extraños y de cualquier sabor amargo. Se permite la adición de plantas, condimentos, especias y frutas, o sus partes frescas, secas, deshidratadas o concentradas, troceadas o no, en cantidad suficiente para dar al vinagre el aroma, sabor o aspecto característico, hasta un límite máximo de 150 gramos/litro del producto listo para el consumo, así como sus extractos o aromas naturales. Características organolépticas: Color: propio del producto según materia prima empleada. Sabor: ácido Olor: cítrico, propio de la materia prima empleada. En producto no se permite la presencia de materias extrañas objetables como pulpa, semillas, hojas piel entre otros.
Requisitos Específicos
En el vinagre puede emplearse ácido cítrico cristalizado, con pureza mínima del 99 % y en dosis total no exceda de 1 gramo por litro. El producto debe cumplir con los siguientes requisitos fisicoquímicos: Criterios fisicoquímicos Otros vinagres Acidez total g/l, expresado en ácido acético, no inferior a 50.0 60.0 Debe tener registro INVIMA.
Empaque y rotulado
El vinagre, se deben empacar o envasar en material grado alimenticio, inerte, resistente y hermético que no altere las características físicas, químicas y sanitarias del producto y asegure su higiene y buena conservación. El producto debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de Protección Social.
Presentación El producto se debe comercializar en botella plástica en presentaciones de 1 LITRO
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 195
Código UNSPSC 50171700
Nombre del Producto Vinagres y vinos de cocinar
Nombre Comercial del Producto
VINAGRE DE ESTRAGON
Calidad Cumplir con NTC 2188: Vinagre. ESTABLECE LOS REQUISITOS Y LOS MÉTODOS DE ENSAYO QUE DEBE CUMPLIR EL VINAGRE PARA CONSUMO HUMANO
Generalidades
Producto proveniente de la fermentación alcohólica y la Subsiguiente fermentación acética de infusiones, maceraciones o cocimiento de frutas azucaradas.
Producto elaborado con agua, vinagre conservantes (metabisulfito de potasio y sulfito.
Requisitos generales
El producto debe ser uniforme, libre de materiales extraños y de cualquier sabor amargo.
Se permite la adición de plantas, condimentos, especias y frutas, o sus partes frescas, secas, deshidratadas o concentradas, troceadas o no, en cantidad suficiente para dar al vinagre el aroma, sabor o aspecto característico.
En producto no se permite la presencia de materias extrañas objetables como pulpa, semillas, hojas piel entre otros
Transparente, libre de partículas en suspensión, vegetación criptogánica .
Requisitos Específicos Parámetro Rango Contenido Neto (ml) 500 – 515 Acidez (exp. como ácido acético) % 4.0 – 4.2 Anhidrido sulfuroso (mg/L) 0 – 75 pH 2.4 – 3.4 ° Brix 2.0 – 4.0 Densidad (g/ml) 1.000 – 1.038 Contenido de alcohol 0 - 1 Extracto seco (g/L) 7- 15
Empaque y rotulado
El producto debe estar envasado en recipientes de vidrio y no pueden llevar tapas metálicas.
- Cumplir con la Resolución No. 5109 de 2005, por medio de la cual se establecen los parámetros para el rotulado o etiquetado de productos terminados y materias primas
Presentación BOTELLA POR LITRO
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 196
Código UNSPSC 50171700
Nombre del Producto Vinagres y vinos de cocinar
Nombre Comercial del Producto
VINAGRE DE VINO TINTO
Calidad Cumplir con NTC 2188: Vinagre. ESTABLECE LOS REQUISITOS Y LOS MÉTODOS DE ENSAYO QUE DEBE CUMPLIR EL VINAGRE PARA CONSUMO HUMANO
Generalidades
Producto proveniente de la fermentación alcohólica y la Subsiguiente fermentación acética de infusiones, maceraciones o cocimiento de frutas azucaradas.
Producto elaborado con agua, vinagre conservantes (metabisulfito de potasio y sulfito.
Requisitos generales
El producto debe ser uniforme, libre de materiales extraños y de cualquier sabor amargo.
Se permite la adición de plantas, condimentos, especias y frutas, o sus partes frescas, secas, deshidratadas o concentradas, troceadas o no, en cantidad suficiente para dar al vinagre el aroma, sabor o aspecto característico, hasta un límite máximo de 150 gramos/litro del producto listo para el consumo, así como sus extractos o aromas naturales.
Características organolépticas:
Color: propio del producto según materia prima empleada. Sabor: ácido
Olor: cítrico, propio de la materia prima empleada.
En producto no se permite la presencia de materias extrañas objetables como pulpa, semillas, hojas piel entre otros
Transparente, libre de partículas en suspensión, vegetación criptogánica .
No se debe adicionar al producto agentes acidulantes, ácidos orgánicos ni inorgánicos; ni adición de sustancias edulcorantes.
Requisitos Específicos
En el vinagre puede emplearse ácido cítrico cristalizado, con pureza mínima del 99 % y en dosis total no exceda de 1 gramo por litro.
Fisicoquímicos: Criterios fisicoquímicos Vinagre de vino
Acidez total g/l, expresado en ácido acético, no inferior a 60.0
Alcohol residual no superior a 0.5 %
Metanol g/l no excederá 1.0
Sulfatos g/l expresado en sulfato potásico máximo 2.0
Empaque y rotulado
El producto debe estar envasado en recipientes de vidrio y no pueden llevar tapas metálicas.
- Cumplir con la Resolución No. 5109 de 2005, por medio de la cual se establecen los parámetros
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha para el rotulado o etiquetado de productos terminados y materias primas
Presentación BOTELLA POR LITRO
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 197
Código UNSPSC 50202200
Nombre del Producto Bebidas alcohólicas
Nombre Comercial del Producto
VINO CHARDONNAY SAUVIGNON
Calidad
Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación. Norma Técnica Colombiana NTC 1244 – Bebidas Alcoholicas. Vino de mesa. Norma Técnica Colombiana NTC 1588 – Vinos espumosos. Norma Técnica Colombiana NTC 1740 – Vinos licorosos o generosos. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Norma Técnica Colombiana NTC 708 – Bebidas alcoholicas. Vinos de frutas. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud ¬ Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen
Generalidades
El Chardonnay es la variedad blanca más apreciada, popular y extendida del mundo y el nº 2 tras la Cabernet Sauvignon. Originaria del Borgoña (Francia) se ha adaptado con buenos resultados en lugares muy distintos. El Chardonnay es la cepa preferida para la elaboración de vinos blancos secos, sus características pueden variar desde vinos ricos, gruesos y espesos, adecuados para envejecer en botella, a vinos más ligeros y frescos hechos sin madera y destinados a ser bebidos jóvenes
Requisitos generales
Vista: El Chardonnay a la vista presenta un color variable entre paja muy pálido y amarillo paja más pronunciado, casi dorado, que en muchos casos se debe al aporte de la madera, y reflejos verdosos, los cuales están definidos por la variedad utilizada.
Olfato: Los aromas característicos del Chardonnay poco maduro recuerdan a la manzana verde, los más maduros de clima frío alcanzan una notable acidez y huelen a limón, pomelo, pera, acacia, los de clima cálido adquieren aromas a frutas tropicales (mango, piña, banana, melón, ananá) puede aparecer algo de especias o caramelo.
Sabores: El Chardonnay es largo de boca, no tiene extremos duros ni una acidez agresiva. Presenta una gran gama de sabores los cuales están definidos por manzanas, cítricos, melón, peras, miel, cera, caramelo, dulce de leche, minerales entre los más reconocidos.
Requisitos Específicos Grado Alcoholimétrico: Mínimo 6° generalmente proviene de las siguientes cepas Chardonnay Chenin Gewurztraminer Champagne Grecánico Dorato Moscatel Moscato Pedro Ximénez Pinot Gris Riesling Sauvignon Blanc Semillón Tocai Friulano Torrontés Ugni.
Empaque y rotulado
Envase adecuado para el consumo y conservación. Envase debe disponer de un adecuado corcho, capsula, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.
Presentación BOTELLA POR LITRO
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 198
Código UNSPSC 50202200
Nombre del Producto Bebidas alcohólicas
Nombre Comercial del Producto
VODKA
Calidad
Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 305 – Bebidas Alcoholicas. Vodka. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud ¬ Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas
Generalidades El vodka es la bebida alcohólica, obtenida de alcohol etílico potables o destilados alcohólicos simples de origen agrícola rectificados, seguidos o no de filtración a través de carbón activado como forma de atenuar las características organolépticas de las materias primas originales.
Requisitos generales El vodka no debe tener ningún aroma o sabor distinto del que es propio del alcohol etílico neutro. El vodka debe ser un líquido transparente, libre de turbidez y sólidos suspendidos.
Requisitos Específicos Graduación Alcoholimetría. Mínimo 37.5% de color transparente.
Empaque y rotulado El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las características del producto.
Presentación BOTELLA POR LITRO
Regional Cundinamarca
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
FICHA TECNICA DE PRODUCTO No. 199
Código UNSPSC 50202200
Nombre del Producto Bebidas alcohólicas
Nombre Comercial del Producto
WHISKY
Calidad
Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 917 – Bebidas Alcoholicas. Whisky Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud ¬ Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas.
Generalidades
Whisky es la bebida alcohólica obtenida de la destilación de caldos de cereales malteados, en presencia o no de granos enteros de otros cereales, que haya sido sacarificada por la diastasa de malta que contiene, con o sin otras enzimas naturales y fermentada por la acción de la levadura, mediante una o varias destilaciones a menos de 94.8 grados alcoholimétricos, de forma que el destilado tenga el aroma y el sabor derivado de las materias primas utilizadas, envejecidas, al menos durante tres (3) años en recipientes de roble.
Requisitos generales El whisky debe ser un líquido límpido y con el color ámbar característico.
Requisitos Específicos Graduación Alcoholimétrica. Mínimo 40%., obtenido del trigo con una coloracion dorada, y olor caracteristico del mismo.
Empaque y rotulado
Envase adecuado para el consumo y conservación. El envase debe disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las características del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.
Presentación BOTELLA POR LITRO