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FICHA TÉCNICA DE NEGOCIACIÓN TIPO SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA FICHA TÉCNICA DE NEGOCIACIÓN TIPO SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA

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FICHA TÉCNICA DE NEGOCIACIÓN TIPO SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA

FICHA TÉCNICA DE NEGOCIACIÓN TIPO SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD

PRIVADA

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FICHA TÉCNICA DE NEGOCIACIÓN COMPRA DE BIENES, PRODUCTOS Y/O SERVICIOS DE CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS UNIFORMES Y DE COMÚN UTILIZACIÓN

1. DEFINICIONES APLICABLES AL PROCESO A continuación, se incluyen las definiciones de los términos utilizados en la ficha técnica de negociación con el objeto de facilitar su entendimiento así:

ANUNCIO PÚBLICO: Se entenderá aquel que se realiza: (i) Anuncio público previo sobre el proceso de selección de sociedades comisionistas. Se refiere a la divulgación de la información sobre el proceso de selección de sociedades comisionistas miembros que actúen por cuenta de Entidades Estatales, que se realiza de manera previa a la celebración de la Rueda de Selección, dando cuenta sobre el día y la hora en que se realizará dicha rueda. (ii) Anuncio público de negociación. Se refiere a la divulgación previa a la Rueda de Negociación, de la Información relacionada con el día y la hora en que se llevará a cabo dicha rueda.

MERCADO DE COMPRAS PÚBLICAS MCP: A través del mercado de compras públicas, en adelante “MCP” se celebrarán aquellas operaciones que tengan como causa la adquisición o enajenación de bienes, productos y/o servicios de características técnicas uniformes por cuenta de una entidad estatal que se encuentre sometida al Estatuto General de Contratación Pública.

BIENES Y PRODUCTOS Y/O SERVICIOS: Se refiere a: (i) Bienes y servicios de características técnicas uniformes y; (ii) Productos de origen o destinación agropecuaria, según se definen en el presente Reglamento y en la normatividad aplicable, que pueden ser objeto de adquisición a través de la modalidad de selección abreviada por Bolsa de Productos.

BASTÓN DE MARCACIÓN: Dispositivo mediante el cual se supervisa el cumplimiento de las rondas de vigilancia garantizando la Seguridad en el turno del Guardia. Con los datos estadísticos se determina la eficiencia del vigilante, porcentajes del cumplimiento, duración del recorrido y ausencias entre otros.

SOCIEDADES COMISIONISTAS: Corresponde al operador de mercado miembro de la Bolsa, que cuenta con la autorización para participar en las diferentes etapas del Mercado de Compras Públicas, denominada SCBC cuando actúa por cuenta de la Entidad Estatal o SCBV cuando actúa por cuenta del comitente vendedor.

COMITENTE VENDEDOR:

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Corresponde a la persona natural o jurídica, que individualmente o mediante figura asociativa (consorcio, unión temporal) pretende participar en las negociaciones adelantadas en el Mercado de Compras Públicas a través de una sociedad comisionista miembro de la Bolsa.

COMITENTE COMPRADOR: Corresponde a la Entidad Estatal participante en el Mercado de Compras Públicas.

COMISIONISTA COMPRADOR: Corresponde a la sociedad comisionista miembro seleccionada para actuar por cuenta de la Entidad Estatal.

COMISIONISTA VENDEDOR: Corresponde a la sociedad comisionista miembros que actúa por cuenta del comitente vendedor (empresa de vigilancia autorizada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada) individualmente o a través de figura asociativa consorcio o unión temporal.

FICHA TÉCNICA DE NEGOCIACIÓN: Documento a través del cual se delimita el objeto del encargo que se confiere a la sociedad comisionista compradora y se establecen las obligaciones que, en adición a las contenidas en el presente Reglamento y las normas que lo desarrollan, debe cumplir la sociedad comisionista compradora, así como la forma de ejecutar el encargo conferido a través del contrato de comisión, las condiciones y obligaciones especiales que debe cumplir el comitente vendedor, la posibilidad de solicitar cantidades adicionales y todas las particularidades que la Entidad Estatal pretenda hacer valer en consecución del fin del proceso de adquisición o enajenación adelantado. La Ficha Técnica de Negociación se identificará como “Provisional” hasta la fecha en que se produzca la publicación de que trata el artículo 3.6.2.1.3.1. del presente Reglamento; a partir de dicha publicación la Ficha Técnica de Negociación se identificará como “Definitiva”.

DOCUMENTO DE CONDICIONES ESPECIALES DE BIENES, PRODUCTOS O SERVICIOS: Se refiere al documento elaborado con base en la Ficha Técnica aprobada por el Comité de Estándares de la Bolsa y que para determinado proceso de negociación en el MCP contendrá las calidades particulares de los bienes, productos y/o servicios a negociar en el proceso que corresponda, así como las demás condiciones de estos que se pretendan exigir en la negociación. El Documento de Condiciones Especiales de Bienes, Productos o Servicios hará parte integral de la Ficha Técnica de Negociación.

CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN EN LA RUEDA DE NEGOCIACIÓN: Condiciones de Participación en la Rueda de Negociación. Corresponden a las condiciones objetivas jurídicas, de experiencia, capacidad técnica, financiera y de organización que fijará la Entidad Estatal en la Ficha Técnica de Negociación, como requisitos exigidos a las potenciales sociedades comisionistas miembros vendedoras y a sus comitentes. El cumplimiento de estas condiciones será requisito para que cualquier sociedad comisionista miembro actúe por cuenta del comitente que corresponda, en la Rueda de Negociación.

GARANTÍAS ADICIONALES: Garantías que deben otorgar los comitentes vendedores que resultan adjudicatarios de las ruedas de negociación que resulten adjudicatarios de las operaciones celebradas para mitigar riesgos no amparados por las garantías otorgadas a través del sistema de

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compensación y liquidación de operaciones de la Bolsa, siendo claro que los riesgos amparados de este modo, no serán compensables por dicho sistema, debiendo entonces las entidades estatales proceder a verificar la efectividad de dichas garantías acudiendo al procedimiento propio de aquellas, el cual es ajeno a la Bolsa.

ADICIÓN Y TERMINACIÓN ANTICIPADA Hace referencia al procedimiento establecido en los artículos 3.6.2.1.4.9 y 3.6.2.1.4.11 del Reglamento de Funcionamiento y Operación de la Bolsa.

SERVICIO DE VIGILANCIA Las actividades que en forma remunerada o en beneficio de una organización pública o privada, desarrollan las personas naturales o jurídicas, tendientes a prevenir o detener perturbaciones a la seguridad y tranquilidad individual en lo relacionado con la vida y los bienes propios o de terceros y la fabricación, instalación, comercialización y utilización de equipos para vigilancia y seguridad privada, blindajes y transportes con este mismo fin.

MODALIDADES DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA

Los servicios de vigilancia y seguridad privada podrán autorizarse en cuatro (4) modalidades:

1. Vigilancia fija. Es la que se presta a través de vigilantes o de cualquier otro medio, con el objeto de dar protección a personas o a bienes muebles o inmuebles en un lugar determinado.

2. Vigilancia móvil. Es la que se presta a través de vigilantes móviles o cualquier otro medio, con el objeto de dar protección a personas, bienes muebles o inmuebles en un área o sector delimitado.

3. Escolta. Es la protección que se presta a través de escoltas con armas de fuego, o de servicios de vigilancia y seguridad privada no armados a personas, vehículos, mercancías o cualquier otro objeto, durante su desplazamiento.

4. Transporte de valores. Es el servicio de vigilancia y seguridad privada que se presta para transportar, custodiar y manejar valores y el desarrollo de actividades conexas.

COOPERATIVA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA

Se entiende por cooperativa de vigilancia y seguridad privada, la empresa asociativa sin ánimo de lucro en la cual los trabajadores, son simultáneamente los aportantes y gestores de la empresa, creada con el objeto de prestar servicios de vigilancia y seguridad privada en forma remunerada a terceros en los términos establecidos en este Decreto y el desarrollo de servicios conexos, como los de asesoría, consultoría e investigación en seguridad.

OBJETIVO DE LA VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA

La finalidad de los servicios de vigilancia y seguridad privada, en cualquiera de sus modalidades, es la de disminuir y prevenir las amenazas que afecten o puedan afectar la vida, la integridad personal o el tranquilo ejercicio de legítimos derechos sobre los bienes de las personas que reciben su protección, sin alterar o perturbar las condiciones para el ejercicio de los derechos y libertades públicas de la ciudadanía y sin invadir la órbita de competencia reservada a las autoridades.

2. OBJETO

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Objeto de la Negociación: La presente negociación tiene como objeto la prestación del servicio integral de seguridad privada en las modalidades móvil, sin armas, con medios de apoyo humano, tecnológicos y caninos para la permanente y adecuada protección, custodia, amparo y salvaguarda de los bienes muebles e inmuebles en la sede administrativa, predios, parques y escenarios administrados por el IDRD, así como de aquellos por lo que le correspondiere velar en virtud de disposición legal, contractual o convencional. El IDRD debe garantizar la vigilancia y seguridad requerida, empleando para ello cualquier medio humano, material o tecnológico, tales como centrales de monitoreo y alarma, circuitos cerrados, equipos de detención, controles de acceso, controles perimétricos y similares, con lo cual se logra el propósito de permitir el uso adecuado de los espacios con seguridad y bienestar a los usuarios, teniendo en cuenta lo señalado en las siguientes tablas:

TABLA No. UNO (1)

ÍTEM DESCRIPCIÓN CANTIDAD DE SERVICIOS

SERVICIOS DE VIGILANCIA PARA LA SEDE ADMINISTRATIVA Y PARQUES

1 24 HORAS 30 DÍAS AL MES MEDIO HUMANO SIN ARMAS CON CANINO 35

2 24 HORAS 30 DÍAS AL MES MEDIO HUMANO SIN ARMAS VIGILANTE RESPONSABLE DE ZONA CON MOTO

2

3 24 HORAS 30 DÍAS AL MES MEDIO HUMANO SIN ARMAS VIGILANTE RESPONSABLE DE PUESTO FIJO CON MOTO

13

4 24 HORAS 30 DÍAS AL MES MEDIO HUMANO SIN ARMAS VIGILANTE CON MOTO

7

5 24 HORAS 30 DÍAS AL MES MEDIO HUMANO SIN ARMAS SIN CANINO 150

6 12 HORAS MEDIO HUMANO SIN ARMAS SIN CANINO (6 PM A 6 AM) LUNES A DOMINGO

2

7 12 HORAS MEDIO HUMANO SIN ARMAS SIN CANINO (6 AM A 6 PM) LUNES A DOMINGO

40

SERVICIOS DE VIGILANCIA PARA LA SEDE ADMINISTRATIVA Y PARQUES POR DEMANDA

ÍTEM DESCRIPCIÓN CANTIDAD DE SERVICIOS

1 12 HORAS MEDIO HUMANO SIN ARMAS SIN CANINO TURNOS SÁBADOS DOMINGOS Y FESTIVOS

(APROXIMADO AL PROMEDIO MENSUAL)

150

NO REGULADO

ÍTEM DESCRIPCIÓN CANTIDAD

1 CIRCUITO CERRADO DE TV. PAGO MENSUAL 28

2 CONTROL DE VISITANTES PAGO MENSUAL 1

3 RODAMIENTO MEDIO HUMANO SIN ARMAS CON MOTO 22

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4 VALOR ADICIONAL MEDIO HUMANO SIN ARMAS CON MOTO 15

TABLA No. DOS (2)

TIPO DE

VEHÍCULO CARACTERÍSTICAS CANTIDAD

CAMIONETA Patrulla con disponibilidad las 24 horas, tipo campero 5 puertas 4X4 o camioneta 4X4 doble cabina teniendo en cuenta los sitios donde se encuentran los parques del IDRD, para uso del Coordinador del contrato. Ver Documento de Condiciones Especiales. El comitente vendedor deberá adjuntar pantallazo del RENOVA donde se pueda verificar que cuenta con el mínimo de vehículos solicitados para la prestación del servicio de modelo superior al (2017) propios o adquiridos mediante las figuras de arrendamiento y/o leasing y/o renting, registrados en el RENOVA para efectos de la supervisión y visitas de control a las distintas sedes donde se presta el servicio, los cuales deberán estar registrados ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

1

CAMIONETA Vehículo en óptimas condiciones tipo campero 5 puertas 4X4 o camioneta 4X4 doble cabina con platón y disponibilidad las 24 horas, para uso del Supervisor del contrato. Ver Documento de Condiciones Especiales. El comitente vendedor deberá adjuntar pantallazo del RENOVA donde se pueda verificar que cuenta con el mínimo de vehículos solicitados para la prestación del servicio de modelo superior al (2017) propios o adquiridos mediante las figuras de arrendamiento y/o leasing y/o renting, registrados en el RENOVA para efectos de la supervisión y visitas de control a las distintas sedes donde se presta el servicio, los cuales deberán estar registrados ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

1

MOTOCICLETA Mínimo de 125 CC en perfecto estado de funcionamiento, mantenimiento y dotadas de los accesorios de seguridad, para uso de los 22 servicios motorizados, cada servicio lo prestan 3 vigilantes, Ver Documento de Condiciones Especiales.

66

BICICLETAS Ver especificaciones en este mismo documento de FTN, numeral 6. ELEMENTOS ADICIONALES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA. numeral 6.1. BICICLETAS.

90

CASETA PARA VIGILANTE

Deben ser de 1.50 metros de largo, 1.50 metros de ancho y 2.0 metros de alto, con puerta corrediza (Tipo parqueadero). Ver Documento de Condiciones Especiales.

80

CONTROL DE RONDA

El control electrónico de rondas es un sistema muy práctico y eficaz para controlar que guardias, cumplan los recorridos establecidos, respetando esquemas, horarios fijados rondas de control, seguridad. El Kit del sistema de control de rondas debe contener todos los elementos necesarios para hacer una implementación completa de hasta mínimo 5 puntos a controlar por escenario. Ver Documento de Condiciones Especiales.

125

Los servicios vigilancia y seguridad con apoyo técnico, circuito cerrado de televisión - CCTV y control de acceso, serán prestados en la sede administrativa del IDRD y en los escenarios, parques y terrenos administrados por el IDRD. Con destino al INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE, de conformidad con el procedimiento establecido en el Reglamento de Funcionamiento y operación de la Bolsa para el Mercado de Compras Públicas. Modalidad de Adquisición: La negociación se realizará bajo la modalidad de puja por precio, en una operación contra el valor de los medios tecnológicos como se detalla a continuación: DEBERÁ, INSTALAR Y PONER EN FUNCIONAMIENTO LOS SIGUIENTES CCTV CON SUS RESPECTIVOS EQUIPOS:

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ESCENARIOS Y CANTIDADES

Ítem Lugar Control Grabador

16 canales

Grabador 32

canales Monitor

32" Monitor

42"

Cámara IP Tipo

PTZ

Mini Domo IP PTZ

Cámaras Móviles

IP Cámaras Fijas IP

Total, Cámaras

IPs

1 ESTADIO EL

CAMPIN 1 3 0 0 3 12 3 4 7 26

2 PLAZA DE TOROS 1 1 0 0 1 10 0 0 6 16

3 COMPLEJO ACUÁTICO 1 2 0 0 2 14 0 0 7 21

4 SEDE

ADMINISTRATIVA 1 2 0 0 2 14 0 0 14 28

5 UDS 1 2 0 0 2 15 0 0 9 24

6 PARQUE SIMÓN

BOLÍVAR 1 2 0 0 2 16 0 0 2 18

7 PARQUE SAN

ANDRÉS 1 1 0 0 1 5 0 0 3 8

8 PARQUE

SAUZALITO 1 1 0 0 1 5 0 0 5 10

9 PARQUE TERCER

MILENIO 1 2 0 0 2 13 0 0 6 19

10 ESTADIO OLAYA 1 1 0 0 1 6 0 0 4 10

11 PARQUE TUNAL 1 1 0 0 1 10 0 0 1 11

12

PARQUE CAYETANO CAÑIZARES 1 1 0 0 1 9 0 0 6 15

13 PARQUE SAN CRISTÓBAL 1 1 0 0 1 9 0 0 3 12

14 PARQUE TIMIZA 1 1 0 0 1 7 0 0 3 10

15 ESTADIO DE

TECHO 1 2 0 0 2 11 0 0 5 16

16 PRD Y UCAD 1 2 0 0 2 14 0 0 9 23

17 PARQUE

VIRGILIO BARCO 1 1 0 1 0 5 0 0 4 9

18 ESTADIO TABORA 1 1 0 1 0 5 0 0 3 8

19 PARQUE LA

GAITANA 1 1 0 1 0 6 0 0 4 10

20 PARQUE JAZMÍN 1 1 0 1 0 6 0 0 2 8

21 PARQUE

ATAHUALPA 1 1 0 1 0 6 0 0 4 10

22

PARQUE FONTANAR DEL

RIO 1 1 0 1 0 8 0 0 4 12

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23 PARQUE CIUDAD

MONTES 1 1 0 0 1 7 0 0 5 12

24 PARQUE GAITÁN

CORTES 1 1 0 0 1 6 0 0 4 10

25 PARQUE GILMA

JIMÉNEZ 1 1 0 0 1 7 0 0 10 17

26 ARCHIVO

PUENTE ARANDA 1 1 0 0 1 2 0 0 13 15

27 PARQUE

NACIONAL 1 0 1 0 1 8 0 0 12 20

28 SERENA 1 1 0 1 0 5 0 0 3 8

29

CONTROL DE ACCESO SEDE

ADMINISTRATIVA

28 36 1 7 30 241 3 4 158 406

1.1. PLAZO DE PUESTA EN SERVICIO DE LOS CCTV

El nuevo comitente vendedor no podrá dejar sin servicios de CCTV al IDRD en los sitios establecidos y donde vienen funcionando, por lo cual el nuevo comitente vendedor podrá optar por CONTRATAR los equipos en funcionamiento del comitente vendedor anterior o instalar un nuevo CCTV, de igual o mejores condiciones al existente o lo requerido, en caso de optar por contratar los equipos de CCTV existentes, deberán hacer llegar a la supervisión designada por el comitente comprador, copia del contrato, dentro de los 10 días siguientes al acta de inicio para su aprobación con soportes de vigencia del servicio e instalación de cámaras y equipos los cuales no deben sobrepasar 3 años de servicio en funcionamiento. En caso de instalar nuevos CCTV tienen un plazo máximo de 1 mes y 15 días calendario para poner en servicio el 100% de estos, sin embargo en el caso de grandes escenarios como: Estadio el Campin, Estadio de Techo, parque Simón Bolívar, parque el Tunal, Sede Administrativa y Control de Acceso de la Sede Administrativa se tendrá un plazo máximo de 10 días calendario a partir de la firma del acta de inicio del contrato, para su instalación y puesta en funcionamiento al 100%, previo cronograma aprobado por la supervisión. Para la ejecución del proyecto y la puesta en funcionamiento de la solución electrónica se debe entregar la siguiente documentación:

Plan de diseño con planos de la solución a instalar por cada una de las 28 sedes.

Descripción detallada de obras civiles e implementaciones de infraestructura y adecuaciones a disponer por parque.

Listado del personal con sus respectivas afiliaciones y cursos vigentes de alturas y de manejo de sistemas eléctricos actualizado.

Cronograma de instalación con estructura de desglose de trabajo.

Oficio para trámite de permisos y obras a realizar por sede.

Plan de trabajo para migración de datos biométricos y data sensible de los controles de acceso para personal administrativo y visitantes.

Arquitectura de conectividad y topología para la Red MAN y segmentación de red de la totalidad del esquema de seguridad electrónica

Contrato con operador de comunicaciones o ISP para la persistencia de los canales de internet detallado por sede.

Contrato que garantice la persistencia del esquema de seguridad electrónica mientras se realizan las instalaciones del nuevo esquema.

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En caso de seguir con los equipos instalados, estos no deben SOBREPASAR una vida útil mayor a 3 años, una vez se cumpla este tiempo deberán ser retirados del servicio y reemplazados por nuevos equipos, deberá iniciar la renovación de cámaras, monitores y demás elementos en servicio. Todo el cableado será en fibra óptica y tendrán un canal exclusivo de 100 megas por parte del comitente vendedor, cómo mínimo en la prestación del servicio y visualización de cámaras desde centro de monitoreo establecido por el IDRD. La empresa adjudicada deberá hacer un estudio de viabilidad de ubicación de cámaras q dentro de los 15 días calendario siguientes al inicio del servicio como fecha máxima, este estudio definirá la ubicación eficiente de las cámaras para la prestación de servicio de vigilancia. Se elaborará acta de puesta en funcionamiento firmada por el comitente vendedor, supervisor y administrador del parque para efectos de pagos mensuales. La vida útil de los equipos que se pretende prestar el servicio debe ser conforme a las características técnicas definidas en este documento, se verificará con la ficha técnica de cada uno de ellos. Nota En caso de Consorcios o Uniones Temporales con que uno de los integrantes cumpla con los requisitos anteriormente descritos, se entenderá que cumple con esta disposición.

2. CONTROL DE VISITANTES SEDE ADMINISTRATIVA IDRD

El IDRD requiere un control de visitantes ubicado en la sede administrativa el cual consta de los siguientes elementos: 2.1. CONTROL DE ACCESO

CANTIDAD DESCRIPCIÓN

4 TORNIQUETE ELECTROMECÁNICO, FABRICADO EN ACERO INOXIDABLE, INCLUYE 3 BRAZOS, PICTOGRAMA DE GUIADO, PICTOGRAMA DE APROBACIÓN, TARJETA

ELECTRÓNICA DE CONTROL (PARA EMERGENCIAS EL BRAZO DEBE SER ABATIBLE).

2 TORNIQUETE FABRICADO EN ACERO INOXIDABLE PARA MANEJO DE PERSONAS DISCAPACITADAS, INCLUYE PICTOGRAMAS Y FUENTE DE ALIMENTACIÓN.

2 3 METROS DE CERRAMIENTO PERIMETRAL EN ACERO INOXIDABLE PARA COMPLEMENTO DE TORNIQUETES.

12 LECTORA DE PROXIMIDAD CON ALCANCE DE 4 CM

5 CONTROLADOR DE ACCESO CON ENTRADA PARA DOS LECTORAS Y OPCIÓN DE AMPLIACIÓN A 4 LECTORAS, MEDIANTE INTERFACE WIGAN, INCLUYE BATERÍA,

FUENTE, CARGADOR, CAJA METÁLICA, SOFTWARE DE GESTIÓN.

2 TARJETA EXPANSORA PARA DOS LECTORAS CON TECNOLOGÍA WIGAN.

450 TARJETA DE PROXIMIDAD.

1 INSTALACIÓN, PROGRAMACIÓN, PUESTA EN MARCHA Y CAPACITACIÓN.

1 COMPUTADORA PARA SISTEMA DE CONTROL DE ACCESO.

5 CONTROL ACCESO HUELLERO ENTRADA SALIDA.

2 TARJETA CONVERSADORA DE RED

2.2. DOS ARCOS Y CONTROL DE ACCESO SEDE ADMINISTRATIVA

DOS (2) arcos detectores de armas y metales los cuales deberán contar como mínimo las siguientes condiciones y que hace parte del control de visitantes sede administrativa:

1. Zonas de detección mínimo 33 zonas 2. Señalización visual y audible

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3. Protección mínima IP55 4. Ajuste de sensibilidad 5. Contar con pantalla y teclado para visualización y configuración 6. Varias frecuencias de operación 7. El sistema de acceso debe estar equipado con escáner y arco de detección de metales con monitor y mesa auxiliar para

deslizar los elementos de uso personal. Los requerimientos solicitados se verificarán frente a las especificaciones de carácter técnico del citado arco, que precisen el punto de localización del metal, inspeccionando desde la cabeza a los pies, que posean capacidad de reducir falsas alarmas, causadas por llaves y monedas, y control de acceso.

3. COMPONENTES De igual forma hace parte del control de acceso sede administrativa, un control de accesos modular, que como mínimo tenga las siguientes características, así:

1) Registro rápido de visitantes, documento de identidad más sus objetos personales. Arquitectura cliente servidor, licenciamiento 20 mil usuarios 2) Dos cámaras para el registro o fotografía digital instantánea y de reconocimiento biométrico de la persona para identificación o verificación. 3) CHECKPOINT VISITOR LICENCIA ADMINISTRATIVA entendiendo esta licencia como la correspondiente al Software para administración remota en línea y tiempo real de los diferentes puntos de chequeo para estadísticas y reportes por visitantes, contratistas, dependencias y fecha, serán admitidas soluciones que cuenten con el alcance solicitado. 4) Dos (2) impresoras térmicas 300 DPI para stickers auto adhesivos incluyendo los consumibles necesarios respectivos. 5) Video impresora para generar credencial auto adhesiva con la foto del visitante y/o la evidencia con foto de los elementos ingresados o retirados (4 segundos). 6) LECTOR DE CÓDIGO DE BARRAS. Deberá ser un lector láser omnidireccional de código de barras, ligero resistente y pequeño en el tamaño de alto rendimiento. 7) CÁMARA CON ZOOM y control remoto inalámbrico para registro de activos y elementos que ingresan y salen de la sede administrativa. 8) INSTALACIÓN, CONFIGURACIÓN, IMPLEMENTACIÓN, PRUEBA Y CAPACITACIÓN. - Se deberán suministrar las guías de usuarios, capacitación técnica para supervisores y administradores con manuales técnicos por sistema. Nota 1: En todo caso el comitente vendedor podrá presentar condiciones iguales o superiores a los equipos exigidos en el presente numeral que mejore el sistema de control de acceso, y que garantice un óptimo control de ingreso y salida de personal.

Nota 2: Para el control de visitantes el IDRD tiene instalados dos (2) computadores compatibles software del Instituto y de propiedad del IDRD; el sistema operativo del control de visitantes es propiedad de la empresa de vigilancia el cual se encuentra en funcionamiento y en la especificación del nuevo sistema control visitantes.

En todo caso el comitente vendedor ganador puede hacer sugerencias para implementar y mejorar el sistema de control de accesos, que garantice un óptimo control de ingreso y salida. Se debe garantizar el control de ingreso de funcionarios, es conveniente revisar las falencias de ingreso por biométrico, garantizando que el sistema implementado soporte una base de datos de mínimo 20.000 usuarios, de ser necesario se debe contemplar implementar un sistema RFID o identificación por radiofrecuencia.

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3.1. SCANNER (GARRETT) CONTROL ELEMENTOS METÁLICOS El sistema de acceso debe estar equipado con escáner y arco de detección de metales, con monitor y mesa auxiliar para deslizar los elementos de uso personal. El comitente vendedor deberá de disponer mínimo cinco (5) SCANNER para control acceso sede administrativa, parqueadero y archivo bodega puente Aranda.

3.2. MEDIOS TÉCNICOS DE APOYO REQUERIDO, QUE HACEN PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN Y SUPERVISIÓN DE LA NEGOCIACIÓN

El comitente vendedor deberá contar con la disponibilidad de los elementos de apoyo de conformidad con lo establecido en el cuadro de Medios de apoyo que se encuentra al final de la presente ficha técnica. El comitente vendedor deberá aportar al momento de iniciar la negociación, el suministro de radios punto a punto y de largo alcance, casetas en lámina, patrullas, motos y en general, todos los medios necesarios para llevar a cabo los servicios de protección y vigilancia previstos, y brindar colaboración al Instituto para la supervisión a entera satisfacción de la negociación, son parte integral de la prestación del servicio.

3.3. ELEMENTOS DE COMUNICACIÓN 3.3.1. RADIOS PUNTO A PUNTO. UHF Según lo establecido en el cuadro MEDIOS DE APOYO REQUERIDOS, se hace necesario dotar a los vigilantes de trescientos treinta (330) radios punto a punto inicialmente. Esto con el fin de facilitar las comunicaciones entre los vigilantes de un mismo escenario; son parte integral de la prestación del servicio.

3.3.2. RADIOS DE LARGO ALCANCE. UHF Con el fin de facilitar la comunicación ágil, oportuna y veraz entre los diferentes terrenos, parques y escenarios con la central ubicada en la sede administrativa, se hace necesario disponer para la ejecución de la negociación de ciento treinta y cinco (135) radios de largo alcance, son parte integral de la prestación del servicio.

3.3.3. UN RADIO BASE CON FRECUENCIA EXCLUSIVA UHF Para la negociación en la que se instalará en central de monitoreo en la sede del IDRD, con su respectiva antena con cobertura a todos los parques ubicados en Bogotá distrito capital. El IDRD también podrá autorizar: radio de comunicaciones, TRUNKIN o Avantel o celular o cualquier otro medio de comunicación de tecnología avanzada, por cada puesto de servicio, con los respectivos accesorios, para cada una de las sedes de la Entidad, donde se prestará el servicio de vigilancia. El comitente vendedor deberá garantizar que los equipos de comunicación dispuestos para la ejecución de la negociación permitan la comunicación entre los puestos de servicio, la sala y/o central de monitoreo de la empresa, el coordinador designado por el comitente comprador, el supervisor operativo de la empresa de vigilancia y el supervisor designado por la Entidad. No se aceptan equipos a nombre de personas naturales. La empresa seleccionada para la prestación del servicio, además de los sistemas de comunicación para dotación de los turnos de vigilancia, deberá suministrar sin costo adicional cuatro (4) sistemas de comunicación de radio y cinco (5) sistemas Avantel con manos libres o celular, que permanecerán a disposición de la supervisión para el control y supervisión designada por el comitente comprador.

4. ALARMAS

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EL IDRD requiere el mantenimiento correctivo y/o preventivo y servicio técnico de 30 alarmas, que se encuentran instaladas: de las cuales un (1) servicio de alarma con monitoreo electrónico para la Sede administrativa oficina de Tesorería y los 29 restantes en parques sin monitoreo electrónico.

4.1. KIT DE ALARMA

Una (1) central con comunicador digital, batería y teclado monitoreado desde la empresa de vigilancia y/o central de monitoreo instalada, la cual se requiere para la oficina de tesorería.

Mínimo 2 sensores infrarrojos interiores de movimiento por alarma.

Una (1) sirena de 30 watts.

Un (1) botón de pánico inalámbrico (receptor/ transmisor), alcance mínimo de 20 metros.

El sistema de monitoreo y control del sistema de alarma estará a cargo de la empresa seleccionada, a través de personal debidamente capacitado y se prestará durante las veinticuatro (24) horas del día por toda la ejecución de la negociación. En el evento que los equipos de sistema de monitoreo y sistema de alarma presenten fallas técnicas de cualquier orden que impidan la adecuada prestación del servicio o se presenten situaciones naturales que los deje fuera del servicio, el comitente vendedor deberá restablecer el servicio de manera inmediata.

5. PLATAFORMA Y CONTROL SUPERVISIÓN EN LÍNEA CONTROL DE RONDAS, SOLICITADOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y CONTROL DE VIGILANTES, DE ACUERDO CON LA FICHA TÉCNICA DE NEGOIACIÓN. LOS CUALES DEBEN SER SUMINISTRADOS DENTRO DE LOS 15 DÍAS SIGUIENTES A LA INICIACIÓN DE LA OPERACIÓN.

El Control Electrónico de Rondas, es un sistema muy práctico y eficaz para controlar que guardias, cumplan los recorridos establecidos, respetando esquemas, horarios fijados rondas de control, seguridad. El Kit del sistema de control de Rondas debe contener todos los elementos necesarios para hacer una implementación completa de hasta mínimo 5 puntos a controlar por escenario. El IDRD pretende que el comitente vendedor implante una plataforma control de rondas y control de vigilantes de zona, de puesto y de recorredores de canchas sintéticas por zona en Línea y brinde información en línea sobre las actividades de supervisión que permitan evidenciar las visitas a cada puesto de trabajo y que permita tener los registros de marcaciones de visitas de supervisión de los responsables de zona y garantizar la confiabilidad de la información, por lo tanto se debe contar con una plataforma y equipos dedicados a través de los cuales se registren las novedades identificadas en los diferentes puestos, en tiempo real, tanto al IDRD como a la central de operaciones, con informes mensuales de cumplimiento presentado por el comitente vendedor y de acceso en cualquier momento cuando el Instituto lo requiera. Serán instalados 125 controles de rondas inicialmente, con 5 puntos de control como mínimo, cada uno de acuerdo con requerimiento del IDRD.

Esta plataforma tendrá una terminal en una oficina de monitoreo en el IDRD, mediante este sistema, el coordinador general designado por el comitente vendedor, el supervisor operativo y la supervisión del IDRD puedan acceder en tiempo real a la verificación y comprobación de la prestación del servicio de vigilantes y recorredores de zona y parques, canchas deportivas del distrito capital de acuerdo al listado que hace parte de la presente ficha técnica de negociación y del control de rondas electrónico en cada parque, de acuerdo a cuadro requerimiento IDRD con mínimo 5 puntos de control por cada marcador, con informe mensual de cumplimiento presentado por el comitente vendedor. Se deben mantener mínimo 10 lectores en stock, estos equipos deben permanecer en un sitio destinado por el IDRD, para reemplazar los equipos que se encuentren en mantenimiento por servicio. Los equipos serán renovados anualmente tendrán una vida útil de un año debidamente certificado por el comitente vendedor, teniendo en cuenta el servicio que se presta las 24 horas.

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6. ELEMENTOS ADICIONALES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA.

6.1. BICICLETAS

Especificaciones mínimas de las bicicletas, nuevas, todo terreno, solicitadas para la prestación del servicio, de acuerdo con lo señalado en la presente ficha técnica de negociación, las cuales deben ser suministradas dentro de los 15 días siguientes a la iniciación del contrato y hacen parte de la administración y supervisión del comitente vendedor.

General Particular Detalle

Tipo MONTANA

Material Acero

Llantas Tamaño del Rin 26

Material del Rin Aluminio doble pared Pared Radios Cromado

Manzanas Acero

Eje Puntilla 2 ruedas

Neumático (Marca/Tipo) Válvula/Grosor) Kenda o similar 26 x 1.90

Coraza (Marca/Dimensiones) EASTMAN o similar 26x1.90 Negra Tenedor

Marca y Material del Tenedor GW o similar

Espiga (Material, Tamaño, Tipo) Marco) Acero Roscado

Manubrio Aluminio

Marca de la Caña Rito o similar

Material de la Caña (Negra/blanca/plateada)

Aluminio

Marca Mangos CSR/STL o similar Anatómico Acero Roscado

Sillín Marca On – Trail o similar

Puntilla Aluminio

Poste (Tamaño) 25.4

Frenos Tipo Vbrake o similar

Mecanismo Guaya

Cambios Marca Yuanda o similar

Número de cambios 18 cambios de acuerdo con el escenario y/o necesidades del parque, previo concepto de la supervisión del contrato.

Plato (Número de Platos y Dientes) 3 Platos 44 Biela (Material y Tamaño) 170 mm en Aluminio

Pacha (Número piñones) 6 piñones

Caja de Centro eje y cajas individuales

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Cadenilla TEC o similar

Descarrilador SYPO o similar

Tensor SYPO o similar

Control de Cambios Griship o similar

Pedales Teflón

Las bicicletas deben estar marcadas con el logotipo respectivo, el centro debe ser tipo cartucho, bielas en aluminio, plato No. 44, piñón 20, se debe proveer los elementos de protección personal.

7. CASETAS EN LÁMINA

Con el fin de garantizar al vigilante y/o guía canino protección de las inclemencias de los cambios de clima y teniendo en cuenta que el servicio se presta en algunos terrenos sin instalaciones físicas adecuadas, se necesitan mínimo ochenta (80) casetas de vigilancia, y deben ser de 1.50 metros de largo, 1.5 metros de ancho y 2.0 metros de alto, con puerta corrediza (Tipo Parqueadero), las cuales deben ser suministradas por el comitente vendedor para la protección de los guardas en los parques, donde no se cuente con instalaciones del IDRD, son parte integral de la prestación del servicio.

8. DISPONIBILIDAD DE EQUIPOS, VEHÍCULOS, BICICLETAS, PATRULLAS Y MOTOS. El comitente vendedor con la presentación de documentos de condiciones de participación, su participación en la rueda de negociación y la adjudicación de la operación se compromete a contar con lo exigido para la ejecución de la operación: Contar con la disponibilidad, tanto de personal como de los equipos, vehículos (patrullas, bicicletas y motos) necesarios para la prestación del servicio, objeto de este proceso de acuerdo con ficha calidad del servicio. Garantizar en la ejecución de la negociación de un canal de comunicación exclusivo para el IDRD que sirva para el reporte oportuno y eficiente de las novedades que se puedan presentar en la sede administrativa, los terrenos, parques y escenarios administrados por el IDRD, este canal de comunicaciones debe estar en un rango UHF de 438 – 520 Mhz; con un radio base exclusivo para el contrato, con suministro de fuente, cargador de batería de 12 voltios, 12 amperios, con regulación automática, con protección de corto y sobre carga, identificación de llamada y/o alerta de llamada MDC, con antena tipo 8 dipolos, en línea de alta ganancia de producción, para estación base; incluyendo soporte de anclaje de antena. La conexión se debe hacer en cable coaxial tipo heleax de ½”, con sus respectivos conectores. Este radio debe contar con un operario las 24 horas, incluyendo sábados, domingos y festivos, el cual se encuentra incluido en el personal que contrata el Instituto. El IDRD suministrará el lugar en el cual estará instalado el radio. NOTA: EN CASO DE OPTAR POR SISTEMA DE COMUNICACIONES TRUNKIN, AVANTEL O SIMILAR EL COMITENTE VENDEDOR DEBERÁ CERTIFICAR POR ESCRITO QUE CUENTA CON LOS ELEMENTOS NECESARIOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PROPIOS O EN ARRENDAMIENTO DONDE DEBERÁ ANEXAR COPIA DEL CONTRATO CON LA EMPRESA QUE LE PRESTA EL SERVICIO. Las características técnicas propias del servicio se encuentran detalladas en el documento de condiciones especiales que hacen parte integral a este documento y de las obligaciones descritas para la debida ejecución del servicio de vigilancia y seguridad privada. Una vez cerrada la negociación, el comisionista vendedor y su comitente vendedor informarán a la comisionista compradora y a la Dirección de Información, los precios unitarios de los medios tecnológicos y del servicio que resultarán aplicables en la ejecución de la negociación y como resultado de la rueda de negociación, incluyendo el IVA correspondiente.

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El comitente comprador podrá solicitar en la ejecución de la negociación la prestación del servicio al comitente vendedor por encima o por debajo del tiempo pactado en la presente ficha técnica de negociación, hasta en un cincuenta por ciento (50%), previa aceptación del comitente vendedor. La adición y terminación anticipada antes señalada, es posible siempre y cuando el comitente comprador la solicite con TREINTA (30) días calendario de anticipación a la fecha establecida para la prestación del servicio o entrega de bienes (medios tecnológicos) adicionales o terminación anticipada.

3. VALOR MÁXIMO DE LA OPERACIÓN

El valor máximo de los bienes a adquirir será de ONCE MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES TRESCIENTOS DIECISIETE MIL SETECIENTOS QUINCE PESOS M/CTE ($11.828.317.715,00)

, así:

DESCRIPCIÓN TOTAL

VALOR MEDIO HUMANO 11.474.095.319

VALOR MEDIOS TECNOLÓGICOS 354.222.396

TOTAL 11.828.317.715

Valor que NO incluye IVA de los bienes, comisiones, impuestos, tasas, gravámenes, costo de Bolsa Servicio de Compensación, Liquidación y Administración de Garantías. Conforme a lo establecido en la modalidad de negociación, se aclara que la negociación se adelantará por el valor de los medios tecnológicos que corresponde a $354.222.396.

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NOTA: Se aclara que los valores antes establecidos, corresponden a las tarifas establecidas por la Superintendencia de Vigilancia y

Seguridad Privada, por tratarse de tarifas reguladas, mediante Circular Externa No. 2020130000015 del 09 de enero de 2020.

4. PLAZOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

El plazo para la prestación del servicio objeto de la presente negociación será de SEIS (6) meses a partir del sexto día hábil siguiente a la celebración de la rueda de negociación y hasta agotar el presupuesto. Adicionalmente los medios tecnológicos requeridos para la prestación del servicio deberán ser debidamente instalados y estar en funcionamiento, antes del inicio de la ejecución.

5. SITIOS DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

La prestación del servicio se deberá efectuar en las sedes del comitente comprador.

RELACIÓN DE PARQUES Y ESCENARIOS ADMINISTRADOS POR EL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE, EN LOS CUALES SE TIENE VIGILANCIA PRIVADA:

COD TIPO DE

PARQUE Y/O ESCENARIO

NOMBRE DEL PARQUE Y/O ESCENARIO

DIRECCIÓN

LOCALIDAD USAQUÉN

1 01-023 Zonal Servita Calle 165 No 14 - 62 *Calle 165 No 7-38

2 01-075 Zonal Alta Blanca

Calle 156 B No 18 - 40 / Calle 159 Carrera 18 B Costado Sur Occidental * Calle 156 B No 8 - 40

3 01-1000 Metropolitano

Cancha Polo Country Club

Diagonal 127 A Carrera 13 A *Calle 127 A No 11 B – 76

LOCALIDAD CHAPINERO

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COD

TIPO DE PARQUE Y/O ESCENARIO

NOMBRE DEL PARQUE Y/O ESCENARIO

DIRECCIÓN

LOCALIDAD SANTA FE

COD

TIPO DE PARQUE Y/O ESCENARIO

NOMBRE DEL PARQUE Y/O ESCENARIO

DIRECCIÓN

4 03-035 Metropolitano El Nacional

Calle 36 hasta 40 Carrera 7 hasta 5 * Calle 35 No 3 – 50

5 03-035 Administración

Casa Tercera Edad

Calle 36 hasta 40 Carrera 7 hasta 5 * Calle 35 No 3 – 50

6 03-035 Metropolitano

Camino Monserrate

Carrera 2 este No. 21-48

7 03-036 Zonal Las Cruces

Carrera 4 No 00-45 / Carrera 5 A No 1 C-95/Carrera 5 No. 1 B-50

8 03-039 Metropolitano

La Independencia

Calle 26 Carrera 5 hasta 7 * carrera 7 No 26 - 07

9 03-085 Metropolitano Tercer Milenio

Avenida Jiménez hasta Caracas Calle 6 * Calle 6 Carrera 10

LOCALIDAD SAN CRISTÓBAL

COD

TIPO DE PARQUE Y/O ESCENARIO

NOMBRE DEL PARQUE Y/O ESCENARIO

DIRECCIÓN

10 04-075 Zonal Villa de los Alpes

Calle 36 Sur Carrera 3 B Costado Norte/Carrera 3 B No 35 A Sur -21 * Carrera 3 B No 35 - 22 Sur

11 04-103 Zonal Gaitán Cortés

Carrera 4 Este No 31-00 Sur / Carrera 4 Este Calle 31 A hasta 32 Sur/Avenida 32 Sur No 4-12 E * Calle 31 No 5 A -20 Este

12 04-122 Zonal La Victoria

Transversal 1 F este con diagonal 39 sur costado nororiental

13 04-127 Metropolitano San Cristóbal

Calle 12 hasta 13 Sur Carrera 3 hasta 4 Este/Calle 13 Sur No 1-70 Este * Calle 13 Sur No 2 A - 50 Este

14 04-127 Metropolitano

CEFE San Cristóbal

Calle 12 hasta 13 Sur Carrera 3 hasta 4 Este/Calle 13 Sur No 1-70 Este * Calle 13 Sur No 2 A - 50 Este

15 04-196 Metropolitano

Deportivo Primero de Mayo

Diagonal 19 Sur Calle 13 Sur Carrera 2 A hasta 5 / Calle 18 No 3 - 00 * Calle 18 B No 5 - 13

LOCALIDAD USME

COD

TIPO DE PARQUE Y/O ESCENARIO

NOMBRE DEL PARQUE Y/O ESCENARIO

DIRECCIÓN

16 05-002 Zonal La Aurora

Carrera 31 B este Calle 91 B Sur * Carrera 39 Calle 71 F Sur (Autopista al Llano)

17 05-003 Zonal Valles de Cafam

Transversal 44 Este No 89 C-62 / Calle 91 B Sur No 46-04 Este

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18 05-004 Zonal La Andrea

Calle 85 Sur No 46 A-10 Este / Carrera 1 H No 79-31 Sur/Calle 80 sur No 1 G-54 * Carrera 1 H No 79-45 Sur

19 05-016 Zonal El Virrey Sur

Calle 93 Sur Carrera 54 Este / Diagonal 93 B Sur Carrera 54 Este/Calle 93 B No 54-00 E * Carrera 3 Este No 93 A - 03 Sur

20 05-087 Zonal Villa alemana Avenida Vía Villavicencio 102-05 Sur

21 05-236 Zonal San Cayetano Calle 75 Sur Carrera 14 Este

LOCALIDAD TUNJUELITO

COD

TIPO DE PARQUE Y/O ESCENARIO

NOMBRE DEL PARQUE Y/O ESCENARIO

DIRECCIÓN

22 06-017 Zonal Nuevo Muzú Carrera 59 No 52 A - 50 Sur

23 06-063 Metropolitano El Tunal

Calle 47 Sur Carrera 24 B / Carrera 24 Calle 48 B Sur/Diagonal 52 B Sur 24 B-30 * Calle 48 B Sur No 22 A - 70

24 06-063 Metropolitano CEFE El tunal

Calle 47 Sur Carrera 24 B / Carrera 24 Calle 48 B Sur/Diagonal 52 B Sur 24 B-30 * Calle 48 B Sur No 22 A - 70

25 06-099 Zonal El Redentor Av. Carrera 51 Diagonal 58 sur

LOCALIDAD BOSA

COD

TIPO DE PARQUE Y/O ESCENARIO

NOMBRE DEL PARQUE Y/O ESCENARIO

DIRECCIÓN

26 07-035 Zonal Naranjos

Carrera 86 No 70 A 04 Sur / Calle 70 A Carrera 86 Diagonal 3 A/ Calle 70 D sur No 87-56 * Calle 70 F sur No 80 J - 86

27 07-036 Metropolitano

Timiza Sector Villa del Rio

Calle 56 A Sur Carrera 85 Costado Norte

28 07-152 Zonal

Autopista Sur - Pavco

Avenida calle 57 R sur con carrera 72 costado occidental

29 07-163 Zonal Clarelandia

Calle 58 D Sur No 88-20 / Calle 59 D hasta 59 Carrera 87 Sur hasta 88 Sur * Carrera 80 G Calle 58 J sur

30 07-164 Zonal

El Río San José de Maryland

Carrera 99 A No 74-09 Sur

31 07-165 Zonal La Palestina

Calle 68 Sur No 9-05 / Calle 68 sur No 81 G-05 * Calle 68 Sur No 81 C - 09

32 07-260 Metropolitano El Recreo

Proyecto Metro vivienda Bosa * Carrera 97 C No 69 A -00 Sur

33 07-273 Zonal La Esperanza

Calle 75 Bis sur y calle 78 sur entre carreras 79 y 80 J

34 07-274 Zonal Tibanica Calle 73 D sur Carrera 78 A a 82 A BIS

35 07-391 Zonal Porvenir Calle 54 sur carrera 95 A

36 07-436 Zonal Campo Verde Carrera 95 A Calle 75 sur

LOCALIDAD KENNEDY

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COD

TIPO DE PARQUE Y/O ESCENARIO

NOMBRE DEL PARQUE Y/O ESCENARIO

DIRECCIÓN

37 08-034 Zonal Patio Bonito

Carrera 101 Calle 34 Bis Sur / Carrera 101 No 34 Bis - 02 Sur

38 08-109 Metropolitano Tintal

Avenida Ciudad de Cali Calle 6 A * Avenida Ciudad de Cali No 6 C - 09

39 08-110 Metropolitano Gibraltar

Carrera 91 No. 43-20 / Calle 49 sur con la prolongación de la carrera 100 B

40 08-144 Zonal Dindalito Calle 40 Sur hasta 42 A Sur transversal 108 B

41 08-200 Zonal Castilla Calle 8 B No 73 B-01 * Carrera 75 No 8 A-50

42 08-212 Zonal La Igualdad

Transversal 68 F Diagonal 6 hasta 3 * Carrera 68 F No 3 A - 94

43 08-219 Metropolitano Timiza

Carrera 72 hasta 71 A Calle 43 hasta 47 Sur/Diagonal 40 C sur No 69 A-02 * Carrera 72 N Calle 40 H Sur

44 08-241 Metropolitano

Cayetano Cañizares

Carrera 86 No 40-55 Sur

45 08-355 Zonal La Amistad

Transversal 79 No 41-10 Sur * Transversal 78 J No 41 - 10 Sur

46 08-552 Zonal

Gilma Giménez (Las Margaritas)

Prolongación Carrera 91 calle 46 hasta 51 Sur * Calle 49 Sur Carrera 95

47 08-791 Zonal San Ignacio Calle 6 C con carrera 94

LOCALIDAD FONTIBÓN

COD

TIPO DE PARQUE Y/O ESCENARIO

NOMBRE DEL PARQUE Y/O ESCENARIO

DIRECCIÓN

48 09-020 Zonal

Carmen de la laguna

Diagonal 18 D Carrera 104 Costado Oriental

49 09-104 Zonal Atahualpa

Carrera 116 entre Calles 36 y 39 Costado Sur y Carrera 113 entre Calles 36 y 39

50 09-111 Zonal Sauzalito

Transversal 66 Diagonal 22 B Costado Occidental * Diagonal 22 B No 68 D - 43

51 09-125 Metropolitano Zona Franca Diagonal 12 C entre carreras 109 y 112 C

LOCALIDAD ENGATIVÁ

COD

TIPO DE PARQUE Y/O ESCENARIO

NOMBRE DEL PARQUE Y/O ESCENARIO

DIRECCIÓN

52 10-018 Zonal Villa Luz

Carrera 80 A hasta 77 A Prolongación Calle 61 * Carrera 77 A Calle 64 B

53 10-102 Zonal

Villas de Granada

Carrera 111 A hasta 112 A Calle 75 D hasta 74 C * Carrera 112 A Calle 78

54 10-169 Zonal El Carmelo

Carrera 101 A hasta 104 A Calle 71 B Canal Jaboque/Carrera 111 A No. 77-00 * Carrera 104 Diagonal 71 C

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55 10-171 Metropolitano

Juan Amarillo-Colsubsidio

Carrera 111 A Av. Calle 90

56 10-192 Zonal Estadio Tabora

Calle 74 hasta 75 Carrera 77/ Calle 74 No 76-84 * Calle 74 No. 76-62

57 10-215 Zonal Bonanza Carrera 70 F No. 75-80

58 10-223 Zonal La Serena Carrera 86 No 90 A-00

59 10-234 Zonal San Andrés

Carrera 100 hasta 102 Calle 79 hasta 82 * Calle 82 No 100 A - 91 Calle 82 No 101 - 52

60 10-311 Regional La Florida Avenida Engativá Rio Bogotá K2 Autopista Medellín

61 10-531 Zonal Ptar Salitre Carrera 120 Calle 80 A Bis

LOCALIDAD SUBA

COD

TIPO DE PARQUE Y/O ESCENARIO

NOMBRE DEL PARQUE Y/O ESCENARIO

DIRECCIÓN

62 11-069 Zonal Casablanca Carrera 68 entre calles 140 y 141

63 11-204 Metropolitano El indio-Cometas Av. Calle 127 Carrera 87 A

64 11-205 Zonal La Gaitana Carrera 116 con calle 132

65 11-212 Zonal Tibabuyes

Calle 139 No 122-46 / Calle 139 No 127 C - 48 * Calle 139 No 139 No 127 C - 48

66 11-368 Zonal Fontanar del Rio Diagonal 145 carrera 122

67 11-368 Metropolitano

CEFE Fontanar del Rio

Diagonal 145 carrera 122

LOCALIDAD BARRIOS UNIDOS

COD

TIPO DE PARQUE Y/O ESCENARIO

NOMBRE DEL PARQUE Y/O ESCENARIO

DIRECCIÓN

68 12-015 Zonal Alcázares

Calle 71 A Diagonal 70 A Carrera 24 * Carrera 24 No 71 – 25

69 12-023 Zonal

Gimnasio del Norte

Calle 63 B No 29-70/Calle 63 B Carrera 28 * Calle 63 B No 27 B-70

70 12-091 Metropolitano

Recreo Deportivo El Salitre

Transversal 48 No 63 - 65 Entrada Parqueadero

71 12-091 Administración UCAD Avenida Carrera 68 No. 63 C-73

72 12-091 Metropolitano Pista de BMX Transversal 48 No 63 - 65 Entrada Parqueadero

73 12-092 Metropolitano

SB sector Los Novios

Avenida calle 63 carrera 36 A costado norte

74

12-141 Parque

Parque de los niños (Antiguo Museo de los niños)

Transversal 48 No 63 - 65 Entrada Parqueadero

75 12-1000 Metropolitano

Complejo Acuático

Calle 63 No 42-00

LOCALIDAD TEUSAQUILLO

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COD

TIPO DE PARQUE Y/O ESCENARIO

NOMBRE DEL PARQUE Y/O ESCENARIO

DIRECCIÓN

76 13-088 Metropolitano Virgilio Barco

Transversal 47 Paralelo Vía Férrea con Diagonal 59 Modulo Ludoteca

77 13-089 Metropolitano

Central Simón Bolívar

Calle 53 Transversal 48 Avenida 68 * Carrera 63 No 53 - 86 * Calle 63 No 48 - 17 Portería 4

LOCALIDAD LOS MÁRTIRES

COD

TIPO DE PARQUE Y/O ESCENARIO

NOMBRE DEL PARQUE Y/O ESCENARIO

DIRECCIÓN

78 14-030 Zonal Eduardo Santos

Carrera 19 No 4-51 / Carrera 18 B Transversal 19 Calle 4 hasta 5 A * Calle 4 No 18 B - 52

79 14-036 Metropolitano Renacimiento

Calle 26 Carrera 32/Calle 26 No 22-55 * calle 26 No 22 – 05

LOCALIDAD ANTONIO NARIÑO

COD

TIPO DE PARQUE Y/O ESCENARIO

NOMBRE DEL PARQUE Y/O ESCENARIO

DIRECCIÓN

80 15-036 Zonal Villa Mayor

Avenida Carrera 30 hasta 35 Calle 34 hasta 30 A Sur * Carrera 34 B No 34 - 48 Sur

81 15-040 Zonal La Fragua

Carrera 30 No 14 B-57 Sur * Carrera 31 No 14 B - 57 Sur

LOCALIDAD PUENTE ARANDA

COD

TIPO DE PARQUE Y/O ESCENARIO

NOMBRE DEL PARQUE Y/O ESCENARIO

DIRECCIÓN

82 16-024 Escenario

Estadio La Alquería

Calle 43 Sur Carrera 49 A hasta 79 C * Carrera 52 B Calle 42 B Sur

83 16-099 Zonal Milenta

Entre transversal 54 y carrera 56 * Carrera 55 Calle 18 Sur

84 16-099 Zonal Tejar Carrera 52 Calle 19 D Sur

85 16-112 Zonal Ciudad Montes Calle 10 Sur No 39-29

86 16-204 Zonal El Jazmín Diagonal 2 No 45 A-19

87 16-416 Vecinal

Industrial Los Ejidos

Carrera 36 entre calles 12 y 12 A

88 Zonal Veraguas

LOCALIDAD LA CANDELARIA

COD

TIPO DE PARQUE Y/O ESCENARIO

NOMBRE DEL PARQUE Y/O ESCENARIO

DIRECCIÓN

LOCALIDAD RAFAEL URIBE URIBE

COD

TIPO DE PARQUE Y/O ESCENARIO

NOMBRE DEL PARQUE Y/O ESCENARIO

DIRECCIÓN

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89 18-028 Metropolitano

Bosque San Carlos

Carrera 12 C No 27 A - 70 Sur

90 18-073 Metropolitano Santa Lucia Carrera 14 Calle 41 B sur

91 18-090 Escenario Pijaos

Carrera 10 D Calle 34 Sur hasta 33 Sur * Carrera 10 entre Calles 32 hasta 24 Sur

92 18-162 Zonal Molinos Calle 48 P No 4-30 Sur

93 18-205 Zonal Quiroga Calle 31 B Sur No 22-07

94 18-207 Zonal

Parque Estadio Olaya

Carrera 22 Sur No 21-09 / Calle 22 sur hasta 27 Sur Avenida 19 * Carrera 21 No 25-35 Sur

95 18-452 Escenario Gimnasio Sur

Carrera 22 Sur No 21-09 / Calle 22 sur hasta 27 Sur Avenida 19 * Carrera 21 No 25-35 Sur

LOCALIDAD CIUDAD BOLÍVAR

COD

TIPO DE PARQUE Y/O ESCENARIO

NOMBRE DEL PARQUE Y/O ESCENARIO

DIRECCIÓN

96 19-188 Zonal

Arborizadora Alta

Calle 72 B sur No 42 A - 03

97 19-189 Zonal

Candelaria La Nueva

Calle 62 B Sur No 22-47 * Calle 62 Sur No 22 I-27

98 19-229 Metropolitano

Arborizadora Alta

Diagonal 79 BIS calle 72 F sur transversal 34 B

99 19-230 Zonal Meissen

Avenida Calle 61 Sur Carrera 16 / Carrera 16 C hasta 17 Bis A Costado Norte Calle 62 Bis * Avenida Calle 61 Sur No 16 - 00 Calle 62 Bis No 17 A Bis Sur

100 19-231 Zonal Estancia

Entre calle 58 B sur (carrera 74 Q) y calle 58 C sur con carrera 74 A y carrera 74 C

101 19-346 Zonal Illimani Carrera 27 I transversal 27 H calle 71 P (Antigua)

102 19-348 Zonal

Taller el Ensueño

Transversal 70 C No. 68 B-85 sur

103 19-756 Zonal

Altos de la Estancia

Diagonal 67 A sur No. 87 A-39

104 19-347 Zonal Buenavista Carrera 17 F Calle 76 A sur

105 19-190 Zonal Sierra Morena Transversal 73 B Calle 75 A sur

GRANDES ESCENARIOS

COD

TIPO DE PARQUE Y/O ESCENARIO

NOMBRE DEL PARQUE Y/O ESCENARIO

DIRECCIÓN

106 03-093 Escenario

Plaza de Toros de Santa María

Calle 26 No 0-26 / Carrera 6 No 26-50 * Calle 6 No 26 - 50 Entrada 6

107 10-290 Metropolitano

Unidad Deportiva El Salitre

Calle 63 Av. 68/Carrera 57 No 62-99 * Calle 63 No 68 – 41

108 12-125 Metropolitano

Palacio de los Deportes Calle 63 No 42-00

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109 13-122 Escenario

Estadio El Campin

Avenida 30 No 58-94 / Avenida 30 Calle 54 hasta 58/ Carrera 30 No 56-14 * Carrera 30 No 57 - 60 Entrada 8 y 9

110 13-123 Escenario

Campincito - Palacio del Colesterol

Calle 57 No. 27-72

111 13-123 Escenario CEAD Diagonal 61 C Carrera 27

112 13-123 Escenario Movistar Arena Diagonal 61 C No. 26-36

113 08-554 Metropolitano

Estadio de Techo

Detrás de la carrera 71 a 71 B calle 26 sur / Transversal 71 D No 6 A Sur - 04 * Transversal 71 D No 2 A - 26

OTROS SERVICIOS

COD

TIPO DE PARQUE Y/O ESCENARIO

NOMBRE DEL PARQUE Y/O ESCENARIO

DIRECCIÓN

114 12-145 Sede

Sede Administrativa

Calle 63 No. 59 A-06

115 Bodega Archivo Puente Aranda Calle 17 No. 52-02

CANCHAS SINTÉTICAS PARQUES VECINALES VISITADAS POR VIGILANTES

MOTORIZADOS (1 VISITA PROMEDIO DIARIA)

ITEM PARQUE CÓDIGO

IDRD LOCALIDAD DIRECCIÓN

TIPO PARQUE

1 Cedritos 01-031 Usaquén Carrera 9 Calle 145 VECINAL

2 Toberin 01-079 Usaquén Calle 164 Carrera 16 C VECINAL

3 Estrella norte 01-189 Usaquén Calle 160 Carrera 19 B VECINAL

4 Verbenal 01-313 Usaquén Calle 187 Transversal 18 B VECINAL

5 Calle 170 01-540 Usaquén Carrera 17 Calle 175 VECINAL

6 Laches 03-148 Santafé Diagonal 4B Carrera 8 E VECINAL

7 Lourdes Santafé VECINAL

8 Mira valle 05-042 Usme Carrera 14 H Bis Calle 74 D sur VECINAL

9 Alfonso López 05-141 Usme Avenida Llano Diagonal 91 sur VECINAL

10 Nuevo Usme 05-459 Usme Carrera 14 A Calle 137 B sur VECINAL

11 Nuevo milenio1 05-476 Usme Carrera 11 Calle 67 A Bis sur VECINAL

12 Nuevo milenio2 05-476 Usme Carrera 11 Calle 67 A Bis sur VECINAL

13 Urb. Tunjuelito 06-012 Tunjuelito Carrera 12 Calle 59 sur VECINAL

14 Laguneta 06-005 Tunjuelito Carrera 55 Diagonal 49 sur VECINAL

15 Carvajal 08-040 Kennedy Carrera 70 B Calle 24 A sur VECINAL

16 Américas Occidental 08-127 Kennedy Avenida Boyacá Calle 2 sur VECINAL

17 Primavera 08-770 Kennedy Calle 2 Carrera 91 C VECINAL

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18 Modelia 09-016 Fontibón Carrera 81 C No. 24 C 50 VECINAL

19 Villemar 09-026 Fontibón Carrera 96 G N° 20 A 35 VECINAL

20 Carlos Lleras (El

Fuego) 09-048 Fontibón Carrera 70 Calle 23 C VECINAL

21 Villas del Madrigal 10-002 Engativá Calle 75 C Carrera 99 B VECINAL

22 Bachué 10-117 Engativá Calle 90 A Carrera 95 D VECINAL

23 Florencia 10-249 Engativá Carrera 88 Calle 75 VECINAL

24 Ciudadela Cafam 11-008 Suba Carrera 113 C Calle 142 A VECINAL

25 Berlín 11-015 Suba Calle 142 Carrera 145 B VECINAL

26 Parque Vecinal Urb Lombardía (1 Etapa)

11-052 Suba Calle 143 con Carrera 107B

costado sur-oriental VECINAL

27 Burgos britalia1 11-058 Suba Carrera 73 Calle 160 VECINAL

28 Burgos britalia2 11-058 Suba Carrera 73 Calle 160 VECINAL

29 Bilbao 11-074 Suba Calle 142 C Carrera 151 A VECINAL

30 Tibabuyes1 11-084 Suba Carrera 121 C Calle 130 C VECINAL

31 Tibabuyes2 11-084 Suba Carrera 121 C Calle 130 C VECINAL

32 Prado Pinzón 11-109 Suba Calle 143 Carrera 49 VECINAL

33 Victoria norte 11-162 Suba Calle 150 Carrera 54 VECINAL

34 Valle de Refous 11-686 Suba Carrera 101 calle 150a VECINAL

35 Urbanización Salitre

(Greco) 13-016 Teusaquillo Carrera 66 B Calle 43 VECINAL

36 Pepita 14-008 Mártires Calle 10 Carrera 26 VECINAL

37 Luna Park 15-029 Antonio Nariño Carrera 14 Calle 13 sur VECINAL

38 Alameda de la 12

N1 15-029 Antonio Nariño Carrera 12 D Calle 19 sur VECINAL

39 Alameda de la 12

N2 15-029 Antonio Nariño Carrera 12 D Calle 19 sur VECINAL

40 Champión Primavera

16-012 Puente Aranda Transversal 42 A Calle 5 A VECINAL

41 Pradera sur 16-153 Puente Aranda Avenida Calle 3 Carrera 66 VECINAL

42 Marruecos 18-041 Rafael Uribe Calle 48 P sur Carrera 5L VECINAL

43 Molinos 18-055 Rafael Uribe Transversal 5 Calle 48 L sur VECINAL

44 Domingo Lain 19-032 Ciudad Bolívar Calle 64 C sur Transversal 17 N VECINAL

45 Arborizadora Alta 19-058 Ciudad Bolívar Diag. 73 A sur Transversal 36 B VECINAL

46 Paraíso 19-490 Ciudad Bolívar Carrera 27 Q Calle 71 K sur VECINAL

47 Balmoral Guadalupe 19-750 Ciudad Bolívar Autopista sur Carrera 71 VECINAL

48 Palermo Sur Rafael Uribe VECINAL

49 Europa Engativá Calle 68 bis - Carrera 71 D VECINAL

50 Villa de los Sauces 08-180 Kennedy Calle 58b bis # 77h-83 VECINAL

51 Movistar arena 1 Teusaquillo Carrera 30 - Calle 63 VECINAL

52 Movistar arena 2 Teusaquillo Carrera 30 - Calle 63 VECINAL

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53 Movistar arena 3 Teusaquillo Carrera 30 - Calle 63 VECINAL

54 Movistar arena 4 Teusaquillo Carrera 30 - Calle 63 VECINAL

Modalidad de los servicios requeridos: Servicio 24 horas talento humano y canino. Servicio 24 horas talento humano vigilante responsable de zona, puesto fijo y recorredores de moto. Servicio 24 horas con talento humano sin canino. Servicio 12 horas diurnas y 12 horas nocturnas sin canino.

6. FORMA DE PAGO El comitente comprador pagará a través del Sistema de Compensación, Liquidación y Administración de Garantías de la Bolsa Mercantil de Colombia S.A., así:

a) El valor de la negociación se pagará en mensualidades vencidas, previa certificación de cumplimiento expedida por el supervisor designado por el comitente comprador y presentación de la factura de cobro correctamente elaborada de acuerdo con los servicios prestados. b) El último pago se realizará, previa entrega por parte del comitente vendedor al supervisor designado por el IDRD del informe final en el que conste la entrega total del servicio y elementos derivados de las obligaciones contractuales, para que se genere el recibo a satisfacción con la aprobación del respectivo informe y el paz y salvo por todo concepto, incluido el pago de salarios, prestaciones sociales y aportes a la seguridad social integral general del personal a cargo de la prestación del servicio contratado por parte del IDRD.

El valor mensual de la negociación será cancelado en mensualidades vencidas de acuerdo con los servicios prestados, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la entrega de la documentación completa y al cumplimiento del mes respectivo, previa disponibilidad del PAC y presentación y aprobación de los documentos requeridos para el pago. Para efectos de los pagos durante la ejecución de la negociación , el comitente vendedor deberá acreditar el pago de los aportes parafiscales y su afiliación obligatoria y pago actualizado al sistema de seguridad social, salud y pensiones, conforme al artículo 182 de la ley 100 de 1993, a ley 789 de 2002, el decreto 1703 de agosto 2 de 2002, la Leyes 797 y 828 de 2003 y el decreto 510 de 2003, y demás que las adicionen, reglamenten, complementen o modifiquen, so pena de hacerse acreedor a las sanciones establecidas en la misma, así mismo deberá allegar certificación expedida por el Ministerio de Trabajo, donde se evidencie que en la planta de personal el comitente vendedor mantiene vinculado el número de trabajadores con discapacidad. El pago respectivo se hará con sujeción a la programación anual de caja PAC de conformidad con la Ley 80 de 1993, la Ley orgánica de presupuesto y sus decretos. Las sumas que la entidad contratante se obliga a pagar están sujetas a las apropiaciones presupuestales y a la situación de fondos del (PAC).

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El plazo de pago será con corte mensual, dentro de los TREINTA (30)1 días hábiles siguientes a la prestación del servicio objeto de corte mensual, previa entrega revisión y aprobación de los documentos requeridos para el pago. La documentación requerida para proceder con el pago debe ser entregada por el comitente vendedor a la sociedad comisionista compradora, quien a su vez lo remitirá al supervisor designado por el comitente comprador a mas tardar dentro de los TRES (3) días hábiles siguientes al corte del mes de prestación del servicio que será objeto de pago los cuales se describe a continuación:

1. Factura del servicio prestado.

2. Certificaciones de los pagos correspondientes a los aportes al sistema general de seguridad social integral y demás aportes parafiscales debidamente suscritas por el representante legal o por el revisor fiscal si a ello hubiere lugar y copia de la planilla de dichos aportes, correspondientes al personal designado para la prestación del servicio.

3. Acta de recibo a satisfacción emitida por el supervisor designado para la prestación del servicio, la cual, será emitida dentro de los TRES (3) días hábiles siguientes al corte del mes de prestación del servicio.

Para la validación y aprobación de la documentación previo al pago, el supervisor designado por el comitente comprador contará con DOS (2) días hábiles siguientes a la radicación, en caso de presentarse observaciones a la documentación, el comitente vendedor contará con DOS (2) días para corregir las observaciones formuladas.

PARÁGRAFO: Los pagos de cada uno de los ítems anteriores se efectuarán dentro del plazo establecido, efecto para el cual el comitente comprador adelantará los trámites pertinentes para realizar el pago dentro de dicho término2. El pago al comitente vendedor depende de la oportunidad, calidad y aprobación en la presentación de los documentos e información señalados que en todos los casos deben ser allegados en el término acá establecido y no proceder a la acreditación en los sistemas dispuestos por la Bolsa, hasta tanto no se dé la aprobación de los documentos. NOTA: En caso de que las facturas radicadas por el comitente vendedor ingresen en cuentas por pagar o reserva presupuestal, éstas se cancelarán dentro del primer trimestre del año 2021.

7. CONDICIONES DE LA SOCIEDAD COMISIONISTA VENDEDORA CORRESPONDIENTES AL COMITENTE VENDEDOR PREVIAS A LA CELEBRACIÓN DE LA NEGOCIACIÓN 3

A efectos de participar en la Rueda de Negociación por cuenta del Comitente Vendedor, la Sociedad Comisionista Vendedora deberá entregar a la Bolsa, debidamente diligenciados, los Anexos No. 40 (Manifestación de Interés para participar en Rueda de Negociación) y No. 41 (Certificación del cliente sobre la no conformación de Beneficiario Real - Autorización para el levantamiento de la reserva para la validación de la conformación de Beneficiario Real) de la Circular Única de Bolsa, los cuales se adjuntan a la presente Ficha Técnica de Negociación.

1 La entidad Estatal deberá fijar el término de pago que en todos los casos deberá contarse desde la entrega de los bienes, productos o servicios. 2 La entidad estatal, deberá incluir, la forma de pago de los servicios, cuando los mismos pasan de una vigencia a otra, en caso de resultar procedente. 3 A continuación, se incluyen las condiciones de participación requeridas al comitente vendedor y que permitirán su participación, en todos los casos deberán mantenerse dichas condiciones y solo podrán ser adicionadas o eliminadas las existentes, sin en ningún caso proceder a su modificación.

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La certificación con todos los documentos señalados, deben ser entregados a más tardar el CUARTO (4°) día hábil anterior a la Rueda de negociación por lo menos antes de las 2:00 p.m. adjuntando cada uno de los documentos soportes de las condiciones exigidas en la presente ficha técnica de negociación, los cuales tienen que ser radicados debidamente foliados y con su respectivo índice, que contendrá los documentos de carácter jurídico y el otro los de carácter técnico, financiero y de experiencia. Para efectos de revisión, cada carpeta debe estar marcada, dependiendo si los documentos son Jurídicos o Técnicos. A más tardar el tercer (3°) día hábil anterior antes de las 12:00 m a la Rueda de Negociación, la Unidad de Gestión Estructuración remitirá a las sociedades comisionistas que hayan radicado documentos, el resultado de la verificación documental, para lo cual, las sociedades comisionistas vendedoras deberán, el día hábil anterior a la Rueda de Negociación a más tardar a las 02:00 p.m. entregar los documentos sujetos a subsanación. Nota: En cumplimiento del Artículo 3.1.2.5.6.1 de la Circular Única de Bolsa, el término pactado anteriormente para la subsanación será único, por lo que, los documentos allegados con posterioridad no serán admitidos ni objeto de verificación documental.

CONDICIONES JURÍDICAS DE PARTICIPACIÓN

1. Certificado de Existencia y de Representación Legal

Tratándose de persona jurídica, encontrarse inscrita en la Cámara de Comercio y tener vigente y renovada la matrícula mercantil, para lo cual, deberá allegar el certificado de existencia y representación legal, expedido por la Cámara de Comercio o por la autoridad que corresponda, con fecha de expedición no superior a (treinta (30)) días calendario anteriores a la entrega de la documentación, en el cual, de conformidad con la normatividad vigente se certifique su existencia y representación legal, donde conste que el objeto social permita celebrar y ejecutar la negociación, y que la duración de la sociedad no es inferior a la vigencia de la misma y un (1) año más.

2. Certificado de Matrícula de Persona Natural y del Establecimiento de Comercio

Tratándose de personas naturales, deberá acreditar su inscripción vigente en el Registro Mercantil, para lo cual, deberá allegar el certificado de Registro Mercantil expedido por la Cámara de Comercio con fecha no superior a (treinta (30))4 días calendario anteriores a la entrega de la documentación, en el que conste que la actividad económica que ejerce le permita celebrar y ejecutar la negociación.

3. Fotocopia legible de la cédula de ciudadanía del comitente vendedor Deberá allegar fotocopia de la cédula de ciudadanía del comitente vendedor (persona natural) y del representante legal (persona jurídica), correspondiente a la persona que suscribe los documentos requeridos por el comitente comprador como requisitos.

4. Documento privado de constitución de la figura asociativa; Consorcio o Unión Temporal Deberá allegar documento privado de constitución de la figura asociativa bajo los términos establecidos en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993 y demás normas que lo modifiquen, aclaren, adicionen o sustituyan. Los integrantes de la figura asociativa (consorcio o unión temporal) deberán allegar de forma individual los requisitos jurídicos solicitados.

5. Certificado de Pagos a la Seguridad Social, Aportes Parafiscales

4 La Entidad Estatal deberá incluir el término de expedición del documento.

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El comitente vendedor deberá haber pagado los aportes a Seguridad Social (salud, pensión, ARL), aportes Parafiscales (SENA, ICBF y cajas de compensación), cuando aplique, para lo cual allegará certificación expedida por el revisor fiscal cuando cuente con esta figura según el tipo societario, o por el representante legal, en el cual se señale que la sociedad ha cumplido en los últimos seis (6) meses con las obligaciones sobre el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social (Salud, Pensiones, Riesgos laborales), aportes parafiscales (ICBF, SENA y Cajas de Compensación Familiar). En caso de que sea el revisor fiscal quien firme esta certificación, deberá aportar una fotocopia de la tarjeta profesional y el Certificado de Antecedentes Disciplinarios expedido por la Junta Central de Contadores con una vigencia no superior a noventa (90) días anteriores a la fecha de entrega de la documentación5.

6. Registro Único Tributario Documento de inscripción en el Registro Único Tributario, expedido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN –. NOTA: Para el caso de Consorcios o Uniones temporales, si es adjudicada la negociación, deberá presentar el Registro Único Tributario, el cual deberá ser entregado al comisionista comprador dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la negociación. NOTA: Los requisitos incluidos en los numerales 7, 8, 9 y 10 deberán corresponder a la persona natural o el representante legal (persona jurídica) que, para todos los efectos, suscribe los documentos de condiciones previas a la negociación6.

7. Certificación de antecedentes fiscales No podrán aparecer reportados en el Boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República, de conformidad con lo exigido por el artículo 60 de la Ley 610 de 2000, para lo cual, deberá allegar el certificado que en tal sentido expida la Contraloría General de la República, correspondiente al comitente vendedor (persona natural) o el representante legal y la persona jurídica (personas jurídicas).

8. Certificado o consulta de antecedentes disciplinarios No podrán registrar antecedentes disciplinarios o inhabilidades vigentes, para lo cual, deberá allegar certificado que en tal sentido expida la Procuraduría General de la Nación, correspondiente al comitente vendedor (persona natural) o el representante legal y la persona jurídica (personas jurídicas).

9. Antecedentes Judiciales No podrán registrar antecedentes judiciales, para lo cual, deberá allegar certificado que en tal sentido expida la Policía Nacional, correspondiente al comitente vendedor (persona natural y/o representante legal).

10. Certificación de no encontrarse incurso en causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar con Entidades Estatales

5 La Entidad Estatal podrá determinar no incluir la certificación. 6 Se incluye texto con el fin de que los documentos que requieran suscripción por parte del Representante legal se alleguen con la firma de este, dado que en ocasiones tratándose de personas jurídicas con suplentes, los documentos son firmados por personas diferentes que ostentan esa calidad.

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Certificación con fecha de expedición no superior a (treinta (30)) días calendarios anteriores a la fecha de entrega de la documentación, suscrita por el representante legal del comitente vendedor, bajo la gravedad de juramento donde manifieste que ni él ni la persona jurídica que representa se encuentran incursos en causal alguna de Inhabilidad e Incompatibilidad para contratar con Entidades Estatales.

11. Certificación de no haber participado en operaciones declaradas incumplidas en el escenario de la Bolsa Mercantil de Colombia S.A.

Certificación con fecha de expedición no superior a cinco días calendario anteriores a la fecha de entrega de los documentos, suscrita por el representante legal del comitente vendedor, en el cual bajo la gravedad de juramento manifieste que ni él, ni la persona jurídica que representa, de forma individual ni como integrante de consorcio o unión temporal, han participado en operaciones declaradas incumplidas en el escenario de la Bolsa Mercantil de Colombia S.A. en los últimos dos (2) años contados a partir de la fecha de entrega de la documentación . En caso de consorcio o unión temporal, cada uno de los integrantes deberá dar cumplimiento al documento anterior y presentar este certificado.

CONDICIONES FINANCIERAS DE PARTICIPACIÓN

Con el objeto de lograr determinar la capacidad del comitente vendedor para ejecutar las obligaciones propias de la negociación, se verificará la capacidad financiera de los comitentes vendedores, a partir de la fijación de indicadores financieros, información que se verificará en el Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación – RUP, correspondiente a los estados financieros con corte a 2019 el cual deberá estar vigente y en firme para el día de la presentación de los documentos.

INDICADOR CONDICIÓN VALOR

LIQUIDEZ (AC/PC) Mayor o Igual a 1.6

NIVEL DE ENDEUDAMIENTO (PT/AT) Menor o Igual a 55%

RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES (UTO /GI) Mayor o Igual a 0 Donde: AC: Activo Corriente, PC: Pasivo Corriente, AT: Activo Total, PT: Pasivo total, UTO: Utilidad Operacional, GI: Gastos sobre Intereses.

Nota: Los comitentes vendedores cuyos gastos de intereses sean CERO (0) no podrán calcular el indicador de razón de cobertura de intereses. En este caso el proponente cumple el indicador salvo que la utilidad operacional sea negativa, caso en el cual no cumple con el indicador de razón de cobertura de intereses. CAPACIDAD ORGANIZACIONAL Se incluye la Capacidad Organizacional y su respectiva manera de medir la rentabilidad de los activos y del patrimonio.

INDICADOR CONDICIÓN VALOR

RENTABILIDAD DEL ACTIVO (UTO/AT)*100

Mayor o Igual a 5 %

RENTABILIDAD DEL PATRIMONIO (UTO/Patr)*100

Mayor o Igual a 9 %

Donde: AT: Activo Total, Patr: Patrimonio, UTO: Utilidad Operacional.

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Se considera que el comitente vendedor cumple con la capacidad financiera solicitada y que está en condiciones de participar en la negociación, si obtiene en cada indicador los valores anteriormente establecidos. A continuación, se muestra la fórmula de cómo se deberá realizar el cálculo de los Indicadores Financieros para Uniones Temporales o Consorcios, el criterio de revisión será: De acuerdo con la sumatoria de las partidas individuales ponderado por su porcentaje de participación como el siguiente ejemplo:

Liquidez = AC 1*(%P) + AC2*(%P) / PC1*(%P) + PC 2*(%P)

CONDICIONES TÉCNICAS DE PARTICIPACIÓN

1. REQUISITO DE EXPERIENCIA

MODALIDAD EXPERIENCIA EN RUP: El comitente vendedor acreditará su experiencia mediante la información contenida en su Registro Único de Proponentes. Por lo cual deberá allegar certificación suscrita por su representante legal donde relacione el número del consecutivo de los contratos registrados en el RUP con los cuales acreditará el requisito. Los contratos deberán estar clasificados en uno de los siguientes códigos UNSPSC, se deberá acreditar un valor superior o igual al OCHENTA por ciento (80 %) del presupuesto oficial del presente proceso. Teniendo en cuenta el clasificador de bienes y servicios de la Organización de Naciones Unidas (ONU). La clasificación para el presente proceso de servicio integral de seguridad privada para los bienes muebles e inmuebles en la sede administrativa, predios, parques y escenarios administrados por el IDRD será mínimo de tercer nivel conforme a la clasificación siguiente:

CLASIFICACIÓN UNSPSC

GRUPO SEGMENTO FAMILIA CLASE PRODUCTO

92121502 Servicios Servicios de defensa, orden público, seguridad y vigilancia

Seguridad y protección personal

Servicios de guardias

Servicios de protección contra robos

92121504 Servicios Servicios de defensa, orden público, seguridad y vigilancia

Seguridad y protección personal

Servicios de guardias

Servicios de guardas de seguridad

92121701 Servicios Servicios de defensa, orden público, seguridad y vigilancia

Seguridad y protección personal

Servicios de guardias

Vigilancia o mantenimiento o monitoreo de alarmas

MODALIDAD EXPERIENCIA CON CERTIFICACIONES: , el comitente vendedor deberá allegar máximo cinco (5) certificaciones de los contratos registrados en el RUP con los que pretende acreditar experiencia debidamente ejecutados con entidades públicas y/o privadas o negociaciones en el escenario de Bolsa, cuyo objeto haya sido la prestación del servicio de vigilancia y Seguridad Privada con medio humano, móvil, con o sin armas, con medios de apoyo humano, tecnológicos y caninos, que uno de los contratos con los cuales se acredite experiencia, su fecha de inicio no sea mayor a CINCO (5) años anteriores a la presentación de documentos habilitantes y que su sumatoria sea mayor o igual al OCHENTA por ciento (80 %) del presupuesto TOTAL DE LA NEGOCIACIÓN.

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Para el caso de experiencia con entidades públicas y/o privadas, las certificaciones de contratos deberán contener mínimo la siguiente información:

• Nombre o razón social de la empresa contratante • Nombre del comitente vendedor. Si se ejecutó en Unión Temporal o Consorcio identificar los integrantes y su porcentaje de participación • Número del contrato. (Si existe) • Objeto del contrato • Fechas de iniciación y terminación • Valor final del contrato • Nombre y firma de la persona competente quien expide la certificación • Actividades desarrolladas en el contrato que correspondan a las modalidades solicitadas en la presente ficha técnica de negociación.

NOTA 1: Se entiende que el contrato contiene medio de apoyo humano en todas las certificaciones, salvo que de manera expresa se señalen que se trata de servicios de circuito cerrado de televisión u otros medios tecnológicos no operados con apoyo humano, por lo anterior en la certificación no se exigirá de manera expresa que se señale que el servicio de vigilancia se ejecutó con medio de apoyo humano. NOTA 2: Las modalidades descritas podrán ser acreditadas de forma independiente, o conjunta en cada certificación, con la condición de que en la sumatoria de las 5 certificaciones aportadas se encuentren acreditadas en la totalidad de las modalidades. Todos los soportes y documentos deben ser legibles. De existir diferencia entre el plazo de ejecución del contrato y el acta de recibo a satisfacción, se tomará como fecha valida la experiencia reportada en el acta de recibo a satisfacción. No será válido para acreditar la experiencia, fotocopias de contratos sin la correspondiente certificación o sin allegar el acta de recibo a satisfacción o acta de liquidación del contrato. Cada certificación se analizará por separado. En caso de presentar certificaciones que incluyan contratos u órdenes adicionales a la principal, estas se contarán como una sola. Las certificaciones deberán estar firmadas por la persona competente, así:

Para contratos públicos, por el ordenador del gasto de la entidad contratante o el funcionario competente.

Para contratos privados suscritos con personas jurídicas, por el representante legal de la empresa contratante, o la persona delegada para suscribirlo.

Para contratos privados suscritos con personas naturales, por la misma persona natural con quien se celebró la relación contractual.

NOTA 3: No se aceptarán certificaciones suscritas por supervisores externos a la Entidad contratante. En el evento en que el comitente vendedor no cuente con una certificación con toda la información anteriormente descrita, podrá adjuntar entre otros la siguiente documentación:

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Si el contrato se suscribió en Consorcio o en Unión Temporal se podrá acreditar el porcentaje de participación mediante copia del acuerdo de Consorcio o de Unión Temporal.

La fecha de iniciación de la ejecución del contrato se podrá acreditar con la copia del acta de iniciación, de la orden de iniciación o con el documento previsto en el contrato.

La fecha de terminación de la ejecución del contrato se podrá acreditar con copia del acta de recibo definitivo, acta de liquidación o con el documento previsto en el contrato.

El valor final del contrato se podrá acreditar con copia del acta de liquidación (o el documento que haga sus veces) o el acta de recibo final a satisfacción cuando el contrato se encuentre terminado y en proceso de liquidación.

Los servicios prestados, con el acta de recibo final a satisfacción o el documento que haga sus veces o con copia del acta de liquidación.

NOTA 4: Las certificaciones de experiencia se consideran expedidas bajo la gravedad del juramento. ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA PARA UNIONES TEMPORALES Y/O CONSORCIOS

Para los contratos ejecutados originalmente por Consorcios o Uniones Temporales de los cuales haya hecho parte un participante, se acreditará la experiencia afectando el valor certificado por el correspondiente porcentaje de participación. En este caso se debe presentar el documento de acuerdo consorcial aplicado al contrato correspondiente. Si el contrato ha sido ejecutado por los mismos socios del Consorcio o Unión Temporal se contará como un (1) contrato y no se afectará por porcentajes de participación. En certificaciones de acreditación de experiencia proveniente de cesión de contratos, se deberá aportar documentos de cesión donde se indique claramente los porcentajes de la cesión efectuada, para determinar el valor y actividades realizadas de acuerdo con el objeto del presente proceso. NOTA: La experiencia certificada y aportada por los comitentes vendedores en forma individual o como consorcios o uniones temporales, debe estar inscrita en los Códigos de Bienes y Servicios solicitados hasta el tercer nivel en el Registro Único de Proponentes. Por lo tanto, se dará aplicación a la Circular Externa No. 12 del 5 de mayo de 2014 expedida por Colombia Compra Eficiente o la que la modifique, sustituya o complemente. Los valores de los contratos certificados aportados por el comitente vendedor deberán en sumatoria ser igual o superior al 80% 10780 del presupuesto oficial del presente proceso de selección, expresado en SMMLV certificados en el RUP. EXPERIENCIA ACREDITADA EN LA BOLSA MERCANTIL DE COLOMBIA

Para el caso de experiencia en negociaciones en el escenario de Bolsa, la sociedad comisionista vendedora, deberá allegar comunicación suscrita por su representante legal, en el que indique las operaciones celebradas en este escenario por su comitente, que pretende sean aportadas al presente proceso de contratación. Así, para la validación de la experiencia, la Unidad de Estructuración de Negocios solicitará las certificaciones de las operaciones indicadas por la sociedad comisionista vendedora a través del aplicativo tecnológico dispuesto para estos efectos, y procederá a su validación adjuntándolas a la carpeta correspondiente. 2. LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO

El comitente vendedor deberá allegar copia de la licencia de funcionamiento, expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, para prestar el servicio de vigilancia y seguridad privada, la cual deberá estar vigente a la fecha de presentación de documentos y renovarse una vez esté vencida.

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En caso de que la licencia de funcionamiento se encuentre en trámite de renovación, el comitente vendedor deberá presentar adicionalmente copia del radicado expedido por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y constancia de encontrarse en trámite. Adicionalmente, en caso de vencimiento de la licencia en el plazo establecido para la ejecución de la negociación, el comitente vendedor, deberá allegar comunicación suscrita por su representante legal con fecha de emisión no mayor a los cinco (5) días hábiles anteriores a la presentación de los documentos, en el que se comprometa a dar inicio oportuno al trámite de renovación. 3. LICENCIA DE TELECOMUNICACIONES Y PERMISO PARA EL USO DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO.

El comitente vendedor debe allegar, copia legible de la resolución vigente expedida por el Ministerio De Tecnologías De La Información Y Las Comunicaciones, en donde le otorga la licencia para uso del espectro radioeléctrico, con cubrimiento en la zona o zonas donde se prestará el servicio. En el evento en que el proponente opte por el sistema de comunicación TRUNKIN que facilite las operaciones simultaneas entre los diferentes puestos de vigilancia, el cual se entenderá presentado y ofrecido con la presentación de la oferta, así como la documentación requerida en la Nota descrita a continuación: Nota 1: En caso de que la frecuencia sea arrendada se deberá anexar el correspondiente contrato junto la licencia de operación vigente expedida por el Ministerio de Comunicaciones. Lo anterior de conformidad con el artículo 20 del Decreto 1979 de 2001. Nota 2: El comitente vendedor que resulte adjudicatario deberá mantener vigente la licencia durante el término de ejecución de la negociación Nota 3: En caso de participación bajo la modalidad de Consorcio o Unión Temporal, el integrante que ofrezca el servicio de comunicaciones con exclusividad para el IDRD debe ser quien aporte esta licencia y se comprometa a mantenerla vigente durante la ejecución de la negociación, para lo cual, deberá allegar comunicación manifestando el integrante que asumirá el servicio de comunicaciones. 4. LICENCIA PARA LA OPERACIÓN DE MEDIOS TECNOLÓGICOS El comitente vendedor que ofrezca equipos que sean considerados por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada como “Medios Tecnológicos” de conformidad con lo establecido en los artículos 5 y 95 del Decreto 356 de 1995 y demás disposiciones concordantes, deberán contar con la respectiva licencia para la operación de medios tecnológicos expedida por la mencionada Superintendencia. En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, bastará que uno de sus integrantes cuente con la autorización para prestar este servicio. Si al momento del cierre la licencia esta por vencerse el comitente vendedor deberá anexar documento donde conste que esta se encuentre en trámite de renovación, la cual se podrá ser acreditada con la copia del radicado y certificación expedida por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. 5. LICENCIA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CON CANINOS. De conformidad con el artículo 11 del Decreto 2187 de 2001 y la Resolución No. 3776 del 24 de junio de 2009, el comitente vendedor deberá presentar la licencia, expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, para la prestación de los servicios

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con medios caninos. La licencia y autorizaciones deben mantenerse vigentes durante el término de ejecución de la negociación. En caso de presentarse propuesta por parte de un Consorcio o Unión Temporal la licencia deberá ser presentada por el integrante que se encargue de este servicio, lo cual deberá indicarse en el correspondiente documento de conformación, bien sea de Consorcio o Unión Temporal. 6. RESOLUCIÓN DE AUTORIZACIÓN DE UNIFORMES Y DISTINTIVOS El comitente vendedor deberá allegar copia de la Resolución por la cual, la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada le autoriza el uso de uniformes y distintivos, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1979 del 17 de septiembre de 2001 y la Resoluciones 510 de 2004, 2852 de 2006, y 5351 de 2007 de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

Si el comitente vendedor ha solicitado ante la Superintendencia alguna modificación a sus informes y distintivos, allegara además de la copia de la Resolución el respectivo documento con recibo de radicación ante dicha Superintendencia.

En caso de Consorcio o Unión Temporal, cada uno de sus integrantes deberá cumplir con el requisito señalado anteriormente.

7. HABILITACIÓN POR PARTE DEL MINISTERIO DE TICS

Con el fin de que la empresa de vigilancia pueda prestar el servicio de monitoreo de alarma vía radio o mediante un sistema inalámbrico GPRS para las sedes contempladas en el punto 4. LUGARES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO7; en el entendido de que, para la prestación de lo solicitado, se necesita realizar operaciones de tele monitoreo y tele alarmas, los cuales corresponden a servicios de telecomunicaciones, razón por la cual, el comitente vendedor deberá contar con la respectiva habilitación expedida por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, lo cual podrá acreditar con cualquiera de los siguientes documentos:

• Licencia vigente para la prestación de servicios de Valor Agregado y Telemáticos o, • Título Habilitante Convergente vigente que ampare la habilitación de dichos servicios o, • A través de la formalización de la habilitación General de la que trata la ley 1341 de 2009, por medio del registro TIC.

En el caso de uniones temporales o consorcios, la habilitación del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones podrá ser presentada por uno solo de los integrantes, el cual deberá tener un porcentaje de participación como mínimo del 20%; quien aporte la Licencia será el encargado de desarrollar la actividad de monitoreo a la totalidad de los sistemas de alarmas asignados.

En el evento de que la empresa de vigilancia este contratando estos servicios de comunicación con una empresa, entonces es la empresa de comunicaciones la que debe contar con la habilitación expedida por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. 8. CERTIFICACIÓN PARQUE AUTOMOTOR El comitente vendedor deberá adjuntar pantallazo del RENOVA donde se pueda verificar que cuenta con el mínimo de vehículos solicitados para la prestación del servicio de modelo superior al (2017) propios o adquiridos mediante las figuras de arrendamiento y/o leasing y/o renting, registrados en el RENOVA para efectos de la supervisión y visitas de control a las distintas sedes donde se presta el servicio, los cuales deberán estar registrados ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. Lo anterior

7 La Entidad Estatal debe identificar el lugar de prestación del servicio.

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conforme al Decreto - Ley 356 de 1994 “Estatuto de Vigilancia y Seguridad Privada”, el Decreto Reglamentario 2187 de 2001, el artículo 15 del Decreto 1979 de 2001 que regula lo relacionado con el equipo automotor y las demás normas que tengan concordancia sobre el tema. Los vehículos deben contar con la documentación vigente correspondiente a: tarjeta de propiedad, SOAT y revisión tecno mecánica. 9. AUTORIZACIÓN DE HORAS EXTRAS EXPEDIDA POR EL MINISTERIO DE TRABAJO El comitente vendedor presentará copia de la resolución vigente expedida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por medio de la cual autorizan y aprueban para laborar horas extras. En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los integrantes de estas personas conjuntas debe allegar la copia de este documento. Se aceptarán autorizaciones que estén en trámite de renovación de conformidad con lo establecido en el artículo 35 del Decreto Ley 019 de 2012, en donde se permite acreditar dicha situación con el radicado de la solicitud de renovación de la autorización anterior, siempre que el comitente vendedor anexe los soportes que demuestren que la solicitó dentro de los plazos previstos en la normatividad vigente, con el lleno de la totalidad de requisitos exigidos para ese fin, hasta tanto se produzca la decisión de fondo por parte de la entidad competente sobre dicha renovación. El comitente vendedor deberá manifestar mediante compromiso escrito, mantener vigente esta licencia en caso de que se llegue a vencer durante la ejecución de la negociación. 10. CERTIFICACIÓN DE MECANISMO DE ATENCIÓN A LOS USUARIOS El comitente vendedor deberá emitir una certificación en la que se indique que la empresa cuenta y contará con un mecanismo de atención a los usuarios de manera oportuna, de conformidad con la Circular 20 de 2012 de la Supervigilancia y que el personal contará con el perfil requerido por el comitente comprador.

En virtud de lo señalado en la Sentencia del Consejo de Estado Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Quinta del 28 de marzo de 2019

Radicado No. 25000-23-41-000-2018-00867-01. M.P. Alberto Yepes Barreiro y teniendo en cuenta las observaciones realizadas, el comitente

vendedor NO está obligado a aportar los siguientes documentos:

Red de Apoyo de la Policía Metropolitana de la ciudad de Bogotá

Frente de Seguridad Empresarial de la Dijin

Red de Apoyo de Antiexplosivos de la Fiscalía General de la Nación

Por lo anterior se elimina ese requisito.

11. CERTIFICACIÓN DE SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA El comitente vendedor deberá allegar copia de la certificación expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, con fecha de expedición no superior a noventa (90) días hábiles previa presentación de documentos, en la cual conste el estado de los servicios de vigilancia y seguridad privada respecto a las multas y sanciones impuestas. Cuando se trate de consorcio o unión temporal, cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal debe anexar dicha certificación.

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El certificado será requerido para verificar que las multas y/o sanciones impuestas, no afectan de manera directa la ejecución de la negociación. Por tal motivo, en caso de indicar que sí se tienen multas o sanciones, deberá allegarse el acto administrativo que especifique el motivo de ello. 12. COPIA DE LA PÓLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL

Se deberá allegar copia legible de la póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual que deben tener las empresas de vigilancia y seguridad privada conforme lo establece el decreto ley 356 de 1994, que ampare los riesgos de uso indebido de las armas de fuego u otros elementos de vigilancia, expedida por una compañía de seguros legalmente constituida la cual debe ser por un valor mayor o igual a 400 SMMLV y con una vigencia hasta por el plazo de ejecución de la negociación. En caso, que, al momento de la acreditación de los documentos, se evidencia el vencimiento de la póliza en término anterior al plazo de ejecución de la negociación, el comitente vendedor, deberá allegar comunicación suscrita por su representante legal en el que manifieste que procederá a la renovación oportuna y en los términos acá señalados y que por lo tanto la mantendrá vigente durante toda la negociación. 13. REPOSICIÓN DE BIENES POR DAÑOS O SUSTRACCIONES

El comitente vendedor deberá aportar certificación bajo la gravedad de juramento, donde se obligue con la Entidad a efectuar la reposición de los bienes, equipos y demás elementos dañados o extraviados de las instalaciones objeto de la prestación del servicio en un cien por ciento (100%) de su valor comercial y dentro de los treinta (30) días calendario siguientes contados a partir de la reclamación por parte de la Entidad cuando se compruebe que dicho daño o sustracción sea por causas u omisiones imputables al comitente vendedor.

8. REVISIÓN Y ACEPTACIÓN DOCUMENTAL

No se tendrán en cuenta documentos que no se ciñan estrictamente a los requisitos solicitados.

Una vez adjudicada la operación, los documentos soporte de los requisitos del comitente vendedor deberán ser solicitados por el comisionista comprador en la Unidad de Gestión de Estructuración de Negocios, al día siguiente que se celebre la rueda de negocios antes de las 5:00 p.m., a fin de que ésta última los entregue al comitente comprador para la revisión, aceptación o rechazo de los mismos, para lo cual contará con un máximo de dos (2) días hábiles contados a partir del día siguiente a la negociación. La sociedad comisionista compradora se obliga a informar a la Unidad de Gestión de Estructuración de Negocios mediante certificación suscrita por el representante legal, manifestando el cumplimiento, aceptación o rechazo por parte del comitente comprador de los documentos soporte de los requisitos de los comitentes vendedores como máximo el tercer (3) día hábil siguiente a la rueda de negociación, de no hacerlo se entenderá la aceptación de estos por parte del comitente comprador.

9. OBLIGACIONES DE LA SOCIEDAD COMISIONISTA VENDEDORA Y COMITENTE VENDEDOR

A continuación, se establecen las obligaciones a cargo de la sociedad comisionista vendedora y comitente vendedor para la ejecución de la negociación. OBLIGACIONES GENERALES COMITENTE VENDEDOR

1. Garantizar, las comunicaciones con todos y cada uno de los servicios descritos en el presente documento y en los documentos

adjuntos, a partir de la suscripción del acta de inicio, durante las veinticuatro (24) horas del día, con equipos de comunicación de última tecnología.

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2. Prestar el servicio objeto de la negociación, de acuerdo con las especificaciones descritas en la ficha técnica de negociación y en los documentos adjuntos dentro del término y en el sitio señalado.

3. Cumplir como condición de entrega las instrucciones impartidas por el funcionario encargado del control y vigilancia designado por el comitente comprador y las demás que sean inherentes al objeto de la presente contratación.

4. Dar cumplimiento a las obligaciones con los sistemas de seguridad social, salud y pensiones y presentar los documentos respectivos que así lo acrediten, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley 100 de 1993, el Decreto 1703 de 2002, la Ley 789 de 2002, Ley 797 de 2003, Decreto 510 de 2003, Ley 1122 de 2007, Ley 1150 de 2007, Ley 1562 de 2012, Decreto 723 de 2013 y demás que las adicionen, reglamenten, complementen o modifiquen.

5. Presentar como condición de pago mensualmente al supervisor designado por el comitente comprador los comprobantes de pago de las obligaciones parafiscales, de conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y en concordancia 9 de la Ley 828 de 2003, y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.

6. Informar oportunamente de cualquier petición, amenaza de quien actuando por fuera de la ley pretenda obligarlo a hacer u omitir algún acto u ocultar hechos que afecten los intereses del COMITENTE COMPRADOR.

7. Cumplir con los plazos establecidos en la ficha técnica de negociación y en los documentos adjuntos y en particular con los determinados para la constitución de pólizas adicionales establecidas en el presente documento.

8. Cumplir con todas las leyes y reglamentos que le sean aplicables respecto a salud ocupacional y medio ambiente, de manera tal que se proteja la seguridad y salud de sus trabajadores, de terceras personas involucradas en sus operaciones, funcionarios, contratistas y terceros que se encuentren en las instalaciones del COMITENTE COMPRADOR y del público en general. Así mismo, realizará las actividades que sean necesarias, tendientes a la protección del medio ambiente.

9. El comitente vendedor y el personal que prestará el servicio deberá acatar la Constitución, la Ley y la ética profesional, respetar los derechos fundamentales y libertades de la comunidad, absteniéndose de asumir conductas reserva, a la fuerza pública, actuar de manera que se fortalezca la confianza pública en los servicios que prestan.

10. Reportar de manera inmediata cualquier novedad o anomalía de la negociación, al supervisor o interventor, según el caso. 11. Mantener la reserva legal de la información y documentos a los que la Ley le ha establecido dicho carácter. 12. No divulgar la información y documentos categorizados como información pública clasificada y publica reservada que se

encuentren en el Sistema de Gestión del IDRD. 13. Responder por la conservación, el uso adecuado, deterioro o pérdida de los elementos que le sean entregados por la entidad

para la ejecución del contrato (si es del caso). 14. En cumplimiento de la Directiva No. 003 de 2012 expedida por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el

comitente vendedor se obliga a: a) Velar por el respeto de los derechos constitucionales y laborales de los trabajadores que utilice para la ejecución del contrato, para lo cual, eliminará formas de contratación lesivas para los derechos laborales de los trabajadores. b) Velar por el respeto de la legislación laboral vigente e incentivar la mejor oferta laboral y prestacional que garantice el acceso a mejores oportunidades de trabajo. El incumplimiento de las obligaciones contractuales incluidas en el presente numeral ocasionará el inicio de procesos sancionatorios, conforme con la normatividad vigente, esto es, la imposición de multas o la declaratoria de incumplimiento haciendo efectiva la cláusula penal pecuniaria, si es del caso.

15. Dar cumplimiento a lo dispuesto en la Circular No. 1 de 2011 de fecha 19 de enero de 2011, expedida por la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., en el sentido de no contratar a menores de edad, en cumplimiento de los pactos, convenios y convenciones internacionales ratificados por Colombia, según lo establece la Constitución Política de 1991 y demás normas vigentes sobre la materia, en particular aquellas que consagran los derechos de los niños.

16. Dar cumplimiento al literal a) del punto 4 de la Directiva 001 de 2011 (reiterada por la Directiva 008 de 2012), en el sentido de vincular para la ejecución de la negociación personas que se encuentren identificadas como beneficiarias de tal Directiva (en el evento que la entidad así lo exija en el estudio previo), en los siguientes términos:

a. La vinculación, siguiendo lo establecido en el literal a) del punto 4) de la Directiva 001 de 2011, podrá hacerse a través del establecimiento de relaciones de orden laboral o contractual.

b. Tal vinculación deberá extenderse por toda la duración de la negociación, a menos que el beneficiario de la Directiva termine, unilateralmente, el contrato de trabajo, o termine anticipadamente el de prestación de servicios respectivo, según el caso. En los casos en que la actividad a desarrollar por el beneficiario no se requiera a lo largo de toda la ejecución contractual, deberá garantizarse que se realizará por todo el término necesario para el cumplimiento de la

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labor específica para la cual fue vinculado el beneficiario. c. Lo anterior no obsta para que el comitente vendedor pueda dar por terminado el contrato de trabajo, o contrato de

prestación de servicios, según el caso, en el evento de que se configure una de las justas causas, o causas legales de terminación del contrato de trabajo; o si se presentare un incumplimiento del contrato civil por parte del beneficiario.

d. El cumplimiento de las obligaciones relacionadas con los aportes a la seguridad social se verificará a través de la entrega, al supervisor designado por el comitente comprador, de los correspondientes soportes del pago de aportes y del desprendible de nómina o documento similar.

El comitente vendedor para dar cumplimiento a esta obligación debe dirigirse a la Subdirección de Formación y Capacitación de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, ubicada en la Plaza de los Artesanos Carrera 60 No. 63 A 52, PBX 4379420, con el fin de determinar la población formada para el trabajo y el desarrollo humano en el Distrito Capital, que pueda seleccionar y contratar para la ejecución de la negociación.

17. El comitente vendedor durante la vigencia de la negociación para la prestación del servicio deberá cumplir con las políticas y lineamientos señalados en el Plan Institucional de Gestión Ambiental (PIGA) implementado por el Instituto Distrital de Recreación y Deporte.

18. Cumplir con los ACUERDOS DE NIVELES DE SERVICIOS. 19. Mantener la vinculación de trabajadores con discapacidad, , lo cual se verificará para cada uno de los pagos con los soportes de

aportes al Sistema de Seguridad Social y con la certificación que para tal fin expide el Ministerio de Trabajo. La reducción del número de trabajadores con discapacidad acreditado para obtener puntaje adicional constituye incumplimiento del contrato, de conformidad con el Decreto 392 de 2018.

20. El comitente vendedor será responsable de la custodia y salvaguarda de los bienes que son de su propiedad, utilizados para la ejecución de la negociación.

21. Mantener absoluta reserva de la información propia del comitente comprador a la que tenga acceso junto con su personal en la ejecución de la negociación.

22. Durante la ejecución de la negociación, el comitente vendedor deberá garantizar que su personal cumpla los protocolos de seguridad por COVID 19 por lo que, adicionalmente deberá suministrar los elementos de protección personal que resulten necesarios.

23. Todas las demás inherentes o necesarias para la correcta ejecución de la negociación. OBLIGACIONES ESPECIALES DEL COMITENTE VENDEDOR

1. Garantizar que el personal dispuesto para la prestación del servicio cumpla con los perfiles establecidos en el Documento de Condiciones Especiales, en el capítulo de Requisitos Específicos, lo cual se describe a continuación:

PERSONAL EQUIPO MÍNIMO REQUERIDO HABILITANTE (PROFESIONALES PROPUESTOS)

COORDINADOR GENERAL DE LA OPERACIÓN

ESTUDIOS EXPERIENCIA

Título profesional en áreas administrativas y/o que ostente el título de oficial en uso de buen retiro de las fuerzas Militares o de la Policía Nacional con estudios de postgrado en áreas de seguridad privada y consultor con credencial vigente expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad privada

Experiencia profesional mínima de cinco (5) años en el ejercicio de actividades administrativas y de coordinación de operaciones de vigilancia y seguridad privada en el sector público o privado. Así mismo, y con el fin de comprobar que EL COMITENTE VENDEDOR si cuenta con dicho coordinador y que será quien ejecute sus obligaciones dentro de la operación a celebrar, debe presentar una carta de aceptación por parte del profesional para participar o vincularse al proyecto como coordinador de este y con la acreditación de la experiencia aquí establecida.

DOCUMENTOS SOPORTE DE LA HOJA DE VIDA DEL COORDINADOR: - La documentación para aportar es la siguiente: a) Fotocopia de la cédula de ciudadanía. b) Certificado de situación militar definida c) Certificado de antecedentes judiciales expedido por la Policía Nacional. d) Certificado de antecedentes expedido por la Personería Distrital. e) Certificado de antecedentes expedido por la Procuraduría General de la Nación.

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f) Certificado de antecedentes fiscales expedido por la Contraloría General de la República. g) Título profesional en áreas administrativas otorgado por institución de educación superior aprobada por el Ministerio de Educación Nacional anexando copia del diploma de grado y tarjeta profesional y/o acreditación como oficial en uso de buen retiro de las fuerzas armadas o de la Policía Nacional, con estudios de postgrado en áreas de seguridad. h) Certificaciones de experiencia profesional de cinco (5) años en la realización de actividades dirección, jefatura, o coord inación de operación de vigilancia y seguridad privada en el sector público o privado. i) Credencial y/o Resolución como consultor expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad privada con una antigüedad de dos (2) años, en ej ercicio de dichas actividades. En caso de que el comitente vendedor sea un Consorcio o Unión Temporal, se acepta vinculación a uno de ellos. ANTECEDENTES JUDICIALES Y DISCIPLINARIOS No tener antecedentes judiciales ni disciplinarios, para lo cual deberá allegar certificaciones expedidos por la Policía Nacional, Procuraduría General de la Nación con fecha de vencimiento de un (1) mes de anterioridad a la fecha del cierre del proceso. Nota 1: El Coordinador designado para la ejecución de la operación no generará costo alguno para la Entidad. Nota 2: El Coordinador designado para la ejecución de la operación deberá estar disponible las 24 horas del día para atender cualquier requerimiento con respecto al servicio de vigilancia requerido. Nota 3: El comitente vendedor deberá presentar la hoja de vida, soportes de estudio, experiencia y antecedentes del Coordinador que asignará para la prestación del servicio al supervisor. PERSONAL Y DOCUMENTOS PRESENTADOS POR EL COMITENTE VENDEDOR ADJUDICATARIO. PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SUPERVISIÓN PARA LA EJECUCIÓN DE LA OPERACIÓN REQUERIDA. SUPERVISOR OPERATIVO DE LA OPERACIÓN DESIGNADO POR LA EMPRESA PRESTADORA DEL SERVICIO Quien deberá cumplir el servicio sin arma con vehículo disponible (camioneta), en el horario de 7:00 a.m. a 6:00 p.m., de lunes a sábado, con comunicación permanente con los servicios de vigilancia de las demás sedes de la entidad. Función primordial verificación de plataforma supervisión en línea, encargado medios tecnológicos estudios de seguridad Operatividad de la operación en terreno, verificación puestos de trabajo en los parques de la operación.

PERFIL ESTUDIOS EXPERIENCIA

Tecnólogo en carreras administrativas con experiencia de 4 años en empresas de seguridad, como jefe de seguridad, director de operaciones y/o supervisor, con atención de inquietudes y solicitudes del personal, alto dinamismo, atención al cliente y liderazgo y con conocimiento en CCTV conocimientos previos en seguridad vial y SG y SST y personal de seguridad. Credencial de consultor vigente expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

Cuatro (4) años de experiencia certificada como supervisor y/o coordinador de operación de seguridad.

PARA ACREDITAR LA EXPERIENCIA Deberá aportar certificaciones, en las que se acredite que prestó el servicio o la vinculación como supervisor y/o coordinador de operación similares en empresas públicas o privadas. La certificación deberá ser expedida por la empresa contratante. ANTECEDENTES JUDICIALES Y DISCIPLINARIOS No tener antecedentes judiciales ni disciplinarios, para lo cual deberá allegar certificaciones expedidos por la Policía Nacional, Procuraduría General de la Nación con fecha de vencimiento de un (1) mes de anterioridad a la fecha del cierre del proceso. El supervisor operativo no podrá ser reemplazado, sin la autorización previa del Supervisor de la operación designado por el IDRD. NOTA 1: El comitente vendedor ganador deberá presentar la hoja de vida, soportes de estudio, experiencia y antecedentes del supervisor operativo que asignará para la prestación del servicio. Para ser revisada aprobada por el instituto a la firma del acta de inicio. NOTA 2: El SUPERVISOR OPERATIVO para la ejecución de la operación no generará costo alguno para la Entidad. Documentos soporte de la hoja de vida del coordinador: a) Fotocopia de la cédula de ciudadanía. b) Certificado de situación militar definida c) Certificado de antecedentes judiciales expedido por la Policía Nacional. d) Certificado de antecedentes expedido por la Personería Distrital.

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e) Certificado de antecedentes expedido por la Procuraduría General de la Nación. f) Certificado de antecedentes fiscales expedido por la Contraloría General de la República g) Título como Tecnólogo en carreras administrativas otorgado por institución de educación superior aprobada por el Ministerio de Educación Nacional anexando copia del diploma de grado. h) Certificaciones de experiencia de cuatro (4) años en la realización de actividades dirección, jefatura, o coordinación de operación de vigilancia y seguridad privada en el sector público o privado. i) Credencial y/o resolución como consultor expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad privada con una antigüedad de cinco (5) años, en ejercicio de dichas actividades. PROFESIONAL PARA SOPORTE EN INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE CIRCUITO CERRADOS DE TELEVISIÓN Y ALARMAS:

CARGO FORMACIÓN ACADÉMICA/

EXPERIENCIA EXPERIENCIA

Profesional CCTV Ingeniero de sistemas, electrónico o eléctrico o Meca trónica.

Experiencia mínima de tres (3) años en la instalación, operación y mantenimiento de circuitos cerrados de televisión y alarmas.

NOTA 1: La acreditación de la experiencia del profesional se hará con constancias laborales expedidas por las empresas correspondientes, igualmente se deberán aportar los títulos de la formación en pregrado otorgado por institución universitaria aprobada por el Ministerio de Educación Nacional y el certificado de vigencia de la matrícula profesional vigente. NOTA 2: El comitente vendedor ganador deberá presentar la hoja de vida, soportes de estudio, experiencia y antecedentes del PROFESIONAL DE CCTV que asignará para la prestación del servicio. Para ser revisada y aprobada por el instituto a la firma del acta de inicio. Nota 3: El PROFESIONAL soporte de CCTV para la ejecución de la operación no generará costo alguno para la Entidad. INSTRUCTOR CANINO:

CARGO FORMACIÓN ACADÉMICA/EXPERIENCIA EXPERIENCIA

Instructor canino

Acreditación de curso de Instructor canino de academia aprobada por la Superintendencia de Seguridad y Vigilancia privada y/o de la Policía Nacional y/o Ministerio de Defensa Nacional.

Experiencia mínima de tres (3) años como instructor canino.

NOTA 1: La acreditación de la experiencia del instructor canino se hará con constancias laborales expedidas por las empresas correspondientes y acompañada de la resolución de acreditación como instructor canino expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad privada, vigente a la fecha del cierre del proceso. NOTA 2: El comitente vendedor ganador deberá presentar la hoja de vida, soportes de estudio, experiencia y antecedentes. Para ser revisada y aprobada por el instituto a la firma del acta de inicio. NOTA 3: El INSTRUCTOR CANINO para la ejecución de la operación no generará costo alguno para la Entidad. CERTIFICACIÓN DE ADIESTRAMIENTO Y AUTORIZACIÓN DE REGISTRO DE CANINOS. EL COMITENTE VENDEDOR dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del acta de inicio deberá hacer entrega al IDRD de los documentos de certificación de policía o ejército nacional en que acredite la formación de los caninos como de defensa controlada, así como la correspo ndiente resolución de autorización de registro de los caninos expedida por la SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA de los caninos requeridos para la prestación del servicio. NOTA 1: De no contarse con la correspondiente resolución de autorización de registro de los caninos expedida por la SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA de los caninos requeridos para la prestación del servicio la entidad aceptara la radicación del correspondiente trámite ante la SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA. NOTA 2: Los caninos con los cuales se prestará el servicio podrán ser de propiedad DEL COMITENTE VENDEDOR o subcontratados, evento en el cual EL COMITENTE VENDEDOR deberá allegar adicionalmente la operación por medio del cual se subcontrata la prestación del servicio de caninos. NOTA 3: En caso de presentarse en Consorcio o Unión Temporal la licencia deberá ser presentada por el integrante que se encargue de este servicio, lo cual deberá indicarse en el correspondiente documento de conformación, bien sea de Consorcio o Unión Temporal. NOTA 4: Para el cumplimiento de la prestación de servicio de vigilancia con medio canino EL COMITENTE VENDEDOR debe cumplir lo establecido en la ley 395 de 1994, y demás normas que reglamenten el servicio de vigilancia y seguridad privada con medio canino.

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PROFESIONAL COORDINADOR GENERAL DE LA OPERACIÓN

Disponer de una coordinación de que trata el numeral 29 del artículo 74 del decreto 356 de 1994, en forma exclusiva para el IDRD con disponibilidad de 12 horas diurnas, incluyendo sábados, domingos y festivos, que cumpla con los requisitos exigidos con apoyo de equipo técnico y asistencial suministrado por el comitente vendedor. El coordinador debe contar obligatoriamente con una (1) patrulla con disponibilidad las 24 horas, tipo campero 5 puertas 4 x 4 o camioneta 4 x 4 doble cabina, teniendo en cuenta los sitios donde se encuentran los parques del IDRD, durante la ejecución de la operación , la cual deberá estar debidamente señalizada y autorizada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada para el uso de signos técnicos, dotada con equipos de comunicación de largo alcance, con cubrimiento con todos y cada uno de los parques, escenarios, la sede administrativa y la central de Operaciones del comitente vendedor. Para el vehículo (automotor) requerido se deberá anexar la tarjeta de propiedad y demás documentos exigidos por las autoridades para transitar en Bogotá distrito capital, incluida, la respectiva autorización de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. Dicho vehículo no podrá tener una antigüedad superior a dos (2) años en el modelo, la patrulla hace parte de la administración y supervisión de la operación. Para la coordinación entre el Supervisor de la operación por parte del IDRD y el coordinador designado por el comitente vendedor, la empresa comitente vendedor deberá suministrar dos (2) sistemas de radio y celular, con acceso telefónico, mensaje de texto y transmisión de mensajes vía Internet, en un plan empresarial, los cuales hacen parte de la administración y supervisión de la operación. FUNCIONES DEL COORDINADOR GENERAL DE LA OPERACIÓN

Las funciones del coordinador serán entre otras las siguientes:

Controlar y garantizar la perfecta ejecución de la operación. Organizar, programar, dirigir, coordinar y controlar todas las labores del personal asignado al mismo, actuar como enlace en primera instancia con el IDRD o

supervisor que se designe para tal fin. Coordinar la acción de los supervisores y responsables de zona y de puesto, llevar el control de pagos, el control de las novedades presentadas y las soluciones

dadas, establecer condiciones de riesgo, detectar oportunamente y corregir los problemas en la prestación del servicio, programar la rotación continúa de vigilantes, responsables de zona y de puesto, y asistir a las reuniones que programe el IDRD o supervisor que se designe para tal fin.

Preparar los informes sobre la ejecución de la operación y mantener disponibilidad permanente, durante la ejecución de la operación, para atender los requerimientos que se hagan por parte del el IDRD o supervisor que se designe para tal fin.

Realizar y/o actualizar los estudios de seguridad por escenario o parques del IDRD donde se tenga personal asignado de vigilancia, antecedentes, riesgos de seguridad y posibles soluciones y recomendaciones y entregar copia de éste al IDRD o supervisor que se designe para tal fin, dentro de los 4 meses siguientes al acta de inicio, los estudios de riesgos se efectúan teniendo en cuenta los recursos que el IDRD asigne a cada escenario.

Presentar un informe mensual de gestión al IDRD o supervisor que se designe para tal fin, sobre ejecución de la operación, visitas, hurtos, refuerzos, novedades, presupuesto, entre otros. Este informe deberá contener como soporte las actas debidamente firmadas para pagos.

Realizar visitas periódicas a cada parque o escenario soportado en minutas de puestos de vigilancia. Nota 1: El coordinador general para la ejecución de la operación no generará costo alguno para la Entidad.

SUPERVISOR OPERATIVO DE LA OPERACIÓN DESIGNADO POR EL COMITENTE VENDEDOR Quien deberá cumplir el servicio en forma exclusiva para el IDRD con disponibilidad de 12 horas diurnas, incluyendo sábados, domingos y festivos, que cumpla con los requisitos exigidos con apoyo de equipo técnico y asistencial suministrado por el comitente vendedor para estudios de seguridad, operatividad de la operación en terreno, verificación puestos de trabajo en los parques de la operación y se encargará de la operatividad de la plataforma en línea y su control. El supervisor operativo, debe contar obligatoriamente con un (1) vehículo en óptimas condiciones tipo campero 5 puertas 4X4 ó camioneta 4X4 doble cabina con platón y disponibilidad las 24 horas, suministrada por la empresa comitente vendedor, teniendo en cuenta los sitios donde se encuentran los parques del IDRD, durante la ejecución de la operación , la cual deberá estar debidamente señalizada y autorizada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada para el uso de signos técnicos, dotada con equipos de comunicación de largo alcance, con cubrimiento con todos y cada uno de los parques, escenarios, la sede administrativa y la central de Operaciones del comitente vendedor. Para el vehículo (automotor) requerido se deberá anexar la tarjeta de propiedad y demás documentos exigidos por las autoridades para transitar en Bogotá distrito

capital, incluida la respectiva autorización de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. Dicho vehículo no podrá tener una antigüedad superior a dos

(2) años en el modelo, hace parte de la administración y supervisión de la operación.

El supervisor operativo no podrá ser reemplazado, sin la autorización previa del Supervisor de la operación designado por el IDRD.

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NOTA: El comitente vendedor ganador deberá presentar la hoja de vida, soportes de estudio, experiencia y antecedentes del supervisor operativo que asignará para la prestación del servicio. Para ser revisada y aprobada por el Instituto a la firma del acta de inicio. Nota 1: El SUPERVISOR OPERATIVO para la ejecución de la operación no generará costo alguno para la Entidad. FUNCIONES DEL SUPERVISOR OPERATIVO Las funciones del supervisor serán entre otras las siguientes:

Controlar y garantizar la perfecta ejecución de la operación. Organizar, programar, dirigir, coordinar y controlar las labores del personal asignado al mismo. Atender los problemas de hurtos, coordinar la acción de los responsables de puesto y supervisores e igualmente actuar como enlace en primera instancia con el coordinador general de la empresa, el IDRD o supervisor que se designe para tal fin.

Coordinar la acción de los supervisores y responsables de zona y de puesto, el control de las novedades presentadas y las soluciones dadas, establecer condiciones de riesgo, detectar oportunamente y corregir los problemas en la prestación del servicio, programar la rotación continúa de vigilantes, responsables de zona y de puesto, y asistir a las reuniones que programe el IDRD o supervisor que se designe para tal fin.

Mantener disponibilidad permanente, durante la ejecución de la operación, para atender los requerimientos que se hagan por parte del el IDRD o supervisor que se designe para tal fin.

Realizar y/o actualizar los estudios de seguridad por escenario o parques del IDRD donde se tenga personal asignado de vigilancia, antecedentes, riesgos de seguridad y posibles soluciones y recomendaciones y entregar copia de éste al IDRD o supervisor que se designe para tal fin, dentro de los 4 meses siguientes al acta de inicio.

Presentar un informe mensual de gestión al IDRD o supervisor que se designe para tal fin, sobre ejecución de la operación, visitas, hurtos, refuerzos, novedades, presupuesto, entre otros. Este informe deberá contener como soporte las actas debidamente firmadas para pagos.

Realizar visitas periódicas a cada parque o escenario soportado en minutas de puestos de vigilancia.

PROFESIONAL PARA SOPORTE EN INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE CIRCUITO CERRADOS DE TELEVISIÓN Y ALARMAS. Profesión: INGENIERO ELECTRÓNICO, ELÉCTRICO, MECATRÓNICO O DE SISTEMAS El profesional debe cumplir con los requisitos exigidos, quien deberá tener disponibilidad permanente incluyendo sábados domingos y festivos, con elementos y equipo técnico de apoyo y velará por el mantenimiento y buen funcionamiento de estos equipos durante la ejecución de la operación, Hace parte de la administración y supervisión de la operación. Nota 1: El profesional soporte de CCTV y alarmas para la ejecución de la operación, no generará costo alguno para la Entidad

2. Velar porque el personal esté debidamente uniformado, carnetizado y capacitado de acuerdo con la normatividad

exigida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. Así mismo, si la negociación es adjudicada a un

consorcio o unión temporal, los integrantes deberán dotar al personal que prestará el servicio con una chaqueta que los

identifique como miembros del consorcio o unión temporal, el diseño y el color serán iguales para todos los miembros

del consorcio o unión temporal.

Nota: La chaqueta será proporcionada de manera adicional al uniforme establecido por la ley. 3. Garantizar el correcto funcionamiento del software y la capacitación del personal encargado de su operación, durante la vigencia de la prestación del servicio contratado. 4. Firmar el acta de inicio de ejecución de la operación, en la cual se dejará constancia del recibo de las instalaciones (inventarios) y puesta en funcionamiento de los equipos, elementos, recurso humano, dotación, y demás requeridos para la correcta ejecución de las obligaciones contractuales. 5. Evitar la suspensión de la prestación del servicio de forma inmediata, en caso de ser declarado incumplido, por l o que deberá esperar a que se genere el procedimiento establecido por la Bolsa en los términos de su reglamento de funcionamiento y operación, o la Entidad y se adelante un nuevo proceso de selección. Tiempo que será cancelado por la entidad bajo los términos pactados, por lo que, el comitente vendedor deberá prestar el servicio con las mismas condiciones pactadas en la ficha técnica de negociación, documento de condiciones especiales y disposiciones normativas que resulten procedentes. 6. Disponer en la ejecución de la negociación de un coordinador y un supervisor exclusivo que cumpla con las funciones, calidades y experiencia requerida por la Entidad para la prestación del servicio. 7. Designar un representante, quien tendrá contacto permanente con el supervisor de la negociación que designe el comitente comprador, presentando informes mensuales ordinarios, suficientes y oportunos, sobre el estado de los servicios, que contengan

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como mínimo el estado de la ejecución de la negociación, con la información correspondiente a los insumos entregados y las novedades presentadas; y extraordinarios, en el momento en que se requieran con la caracterización de la situación o evento particular y las alternativas de solución. Durante el período de la negociación, se harán reuniones periódicas, mensuales, dentro de la primera semana de cada mes, entre el supervisor de la negociación y el representante designado por el comitente vendedor, con el objeto de evaluar entre otros temas, la calidad del servicio prestado lo cual deberá quedar consignado en el acta respectiva. 8. Realizar durante la primera semana de ejecución de la negociación, visita de inspección en las sedes del comitente comprador, con el fin de verificar el normal desarrollo de la negociación, el cumplimiento de las obligaciones contractuales, verificación y análisis de hechos que puedan alterar la seguridad de las instalaciones de la Entidad objeto de vigilancia y formulación de recomendaciones que reduzcan estos riesgos, todo lo cual quedará consignado en un acta que se levante para el efecto. 9. Presentar al supervisor designado por el COMITENTE COMPRADOR, a más tardar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la adjudicación de la negociación, una relación de los números de los equipos de comunicación que se destinarán a la prestación del servicio. 10. Como condición de entrega y prestación del servicio No exceder la jornada laboral y reconocer las horas extras, llevar el registro correspondiente y entregar copia a los trabajadores en la forma como lo establece la ley. 11. Mantener el precio de cierre de la operación conforme al documento entregado el día de la celebración de la negociación que hará parte integral del proceso de contratación sin reajuste alguno, durante la vigencia de este, salvo lo exija la normatividad vigente. 11. Atender las solicitudes de realización de pruebas de funcionamiento de los equipos, cuando así lo considere conveniente el supervisor de la negociación. 12. Atender en un plazo máximo de tres (3) días hábiles cualquier requerimiento realizado por los supervisores del COMITENTE COMPRADOR. 13. Presentar dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de iniciación del servicio de la negociación, un plan de contingencia del servicio, en el cual se indique, entre otras, que ninguno de los puestos de trabajo se descuidará durante la prestación del servicio, para garantizar el nivel de seguridad del COMITENTE COMPRADOR y que en las horas de almuerzo habrá personal disponible para efectuar los relevos correspondientes, con el fin que los titulares, además de tomar sus descansos y alimentos de manera decorosa, puedan disfrutar los descansos acorde con la jornada laboral y tener acceso a la asistencia médica que requieran sin que sufra menoscabo el servicio. 14. Garantizar que los medios tecnológicos sean instalados y programados en la central de monitoreo del comitente vendedor, dentro de un plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha de iniciación de la negociación. 15. Atender, en forma inmediata, las solicitudes de realización de pruebas de funcionamiento de las alarmas en cada uno de los puestos solicitados, cuando así lo considere conveniente los supervisores de la negociación designados por la Entidad. 16. Atender durante las veinticuatro (24) horas del día y en forma inmediata, las llamadas y señales de emergencia. 17. Cumplir con el objeto contratado en el tiempo y forma establecida, de conformidad con la Ficha Técnica de Condiciones, los anexos y la propuesta presentada y aceptada. 18. Ejecutar la negociación, con el personal, medios de apoyos tecnológicos, transporte (patrullas y motocicletas) equipos de comunicación, alarmas, Circuitos Cerrados de Televisión, casetas, caninos y demás especificaciones contenidas en el documento de condiciones especiales, anexos. 19. El Comitente Vendedor deberá en el evento de presentar daños al CCTV proceder de manera inmediata a repararlo o en su defecto a reemplazarlo, en todo caso tendrá que adoptar las medidas necesarias para garantizar la continuidad de la prestación del servicio sin que éste hecho genere costo adicional al IDRD, salvo para los escenarios del Campin y Techo cuyo reemplazo es inmediato. Tiempos de respuesta en CCTV: En los demás escenarios el comitente vendedor contará con 72 horas para reparar o reemplazar cualquier accesorio que haga parte del CCTV. Sin embargo, contará con un plan de contingencia que asegure un servicio de vigilancia eficaz, bien sea a través del reemplazo del medio tecnológico por otro de igual o superior especificaciones técnicas o aumentando el número de vigilantes, o la que sea aceptada por la supervisión del contrato. La supervisión designada por el comitente comprador verificara el funcionamiento de CCTV y de cámaras. 20. Aceptar y cumplir las instrucciones y consignas tanto verbales como escritas que le sean impartidas por el IDRD a través del supervisor. 21. Responder por los daños que ocurran en las instalaciones los terrenos, parques y escenarios, materia del presente contrato. Así

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mismo, responder por hurtos, hurtos calificados y demás actos lesivos que puedan presentarse en las instalaciones objeto del presente contrato, previa determinación de la responsabilidad del comitente vendedor en cuanto al incumplimiento de sus obligaciones contractuales pactadas, el cual se determinará, mediante el siguiente procedimiento: a) En el evento de presentarse cualquiera de los hechos enunciados anteriormente, el Instituto a través del supervisor informará al comitente vendedor sobre los acontecimientos, previa investigación preliminar y verificación de los mismos. b) Una vez recibido el informe por el comitente vendedor, éste deberá dar respuesta, con las justificaciones a que haya lugar en un tiempo no mayor a 8 días hábiles. c) Verificado por parte del IDRD dicho informe, se programará una reunión entre las partes, en la cual se definirá la responsabilidad del comitente vendedor y por ende el pago a que haya lugar, al resarcimiento de los daños causados, y/o a la restitución de los bienes de igual o mejor calidad de los hurtados.

22. Efectuar la reposición de los bienes, equipos y demás elementos dañados o extraviados de las instalaciones objeto de la prestación del servicio en un cien por ciento (100%) de su valor comercial y dentro de los treinta (30) días calendario siguientes contados a partir de la reclamación por parte de la Entidad cuando se compruebe que dicha daño o sustracción sea por causas u omisiones imputables al comitente vendedor.

23. Reportar al supervisor designado por el comitente comprador diariamente en horas de la mañana, verbal o escrita y sin que transcurra un lapso mayor de veinticuatro (24) horas cualquier novedad presentada en los puestos de vigilancia e inmediata cuando se trate de robos, hurtos, asonadas, accidentes.

24. Se efectuará un comité semanal, durante el desarrollo de la negociación, con el objeto de atender reclamaciones y decisiones relativas al servicio, las cuales quedarán consignadas en actas y serán de obligatorio cumplimiento. El representante legal del comitente vendedor debe asistir por lo menos dos (2) veces al mes a comité de seguimiento de la negociación.

25. Presentar informes y recomendaciones mensuales al supervisor designado por el comitente comprador, sobre las novedades y desarrollo del servicio en las diversas modalidades.

26. Supervisar por su cuenta y riesgo, los puestos de vigilancia las veinticuatro (24) horas del día, de conformidad con lo exigido en la Ficha Técnica de Negociación, anexos, utilizando sus vehículos, motos y equipos de comunicación dispuestos y solicitados para tal fin.

27. Emplear personal debidamente seleccionado que reúna las condiciones en cuanto a responsabilidad, seriedad, criterio, capacitación, honorabilidad, entrenamiento y presentación personal que garanticen una óptima prestación del servicio, de conformidad con las exigidas en la Ficha Técnica de Negociación y aceptadas por el comitente vendedor. No obstante, el IDRD podrá exigir el retiro de cualquier vigilante, guía o supervisor en forma inmediata cuando no reúne los requisitos enunciados anteriormente o que cumpliéndolos de muestras de indisciplina o incapacidad para el desempeño de su labor mediante solicitud escrita y/o telefónica del supervisor y/o interventor designado por el comitente comprador. Así mismo podrá exigir en cualquier momento las hojas de vida y demás documentos que considere pertinentes sobre el personal requerido para el desarrollo el objeto contractual.

28. Suministrar la cantidad de personal, materiales y equipos requeridos en la presente ficha técnica de negociación para la correcta prestación del servicio contratado, los cuales serán de responsabilidad exclusiva del COMITENTE VENDEDOR. Al iniciar la operación debe contar cada vigilante con dos (2) dotaciones completas, uniformes, logos, insignias, de acuerdo con directrices de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. En caso de que el proponente ganador sea un Consorcio o Unión Temporal, se debe unificar un solo tipo de logotipo y uniforme.

29. No retirar, trasladar, modificar la planta de personal de vigilantes, supervisores y coordinadores, asignados a la vigilancia y seguridad de los terrenos, parques y escenarios objeto del presente proceso de contratación, sin la consulta y visto bueno del comité de vigilancia, el cual está integrado por: COMITENTE VENDEDOR, el supervisor, salvo casos de fuerza mayor.

30. Hacer un estudio de viabilidad de ubicación de cámaras que dentro de los 15 días calendario siguientes al inicio del servicio como fecha máxima, este estudio definirá la ubicación eficiente de las cámaras para la prestación de servicio de vigilancia.

31. Actualizar y aplicar el estudio individual de riesgos, de seguridad y necesidades de seguridad, dentro de los dos (2) meses siguientes al inicio de la negociación, que sirva como base para prestar el servicio, definido sobre los requerimientos detectados en las visitas efectuadas a cada una de las instalaciones y a la información suministrada por el Instituto, realizando un estudio sectorizado de los servicios que defina, metodología y recursos que se pondrán a disposición para obtener el nivel de calidad del servicio requerido en cada parque y terreno del Instituto, el cual deberá incluir como mínimo: a)- Descripción de las rutinas diarias, estableciendo los recorridos perimétricos en las áreas internas y externas. b)- Programación del servicio conforme a los

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requerimientos del IDRD y la modalidad de relevos. c)- Organigrama propuesto, el cual deberá indicar el número de supervisores y demás personal con sus correspondientes perfiles, así como el manejo que se dará al personal, con la rotación, desplazamientos, para garantizar la prestación del servicio con la frecuencia mínima, de acuerdo con el estudio de seguridad. d)- Recomendaciones del tipo y número de barreras que deben de instalarse en cada uno de los parques y escenarios objeto de la vigilancia del presente proceso de contratación, de conformidad con lo previsto en el manual de seguridad general, teniendo como base el presupuesto asignado por el IDRD a cada parque, recursos con los cuales se debe prestar el servicio.

32. Presentar un cronograma de las visitas de inspección de seguridad, que realizarán los coordinadores de seguridad, a todos y cada uno de los parques, este cronograma deberá incluir visitas sábados domingos y festivos, teniendo en cuenta que el mayor índice de ocupación de los parques o escenarios se alcanza durante los fines de semana y deberá ser efectuada mínimo una vez al mes. Mediante la visita se deberá comprobar total o parcialmente el grado de cumplimiento de las normas de seguridad en vigencia, de los manuales de procedimientos y de las recomendaciones ordenadas sobre la base del estudio individual de riesgos y seguridad.

33. Enviar cada quince días al supervisor y/o interventor designado por el comitente comprador una relación de los vigilantes que se encuentran en turno diurno, nocturno, relevos, supervisores y adicionales para sábados, domingos y festivos.

34. Mantener actualizada toda la información y documentación del personal con el cual va a suministrar el servicio, objeto del presente proceso de contratación.

35. El comitente vendedor debe entregar al supervisor los manuales de procedimientos, medidas de prevención, disuasión, protección y vigilancia. Con los cuales prestará el servicio. Las anteriores medidas deberán estar enmarcadas dentro de las fases que a continuación se explican: Prevención. Es la etapa más importante y por lo tanto requiere de mayor tiempo, cuidado y dedicación, contempla el conjunto de actividades que se realizan para obtener un nivel de seguridad que disuada o impida la acción de quienes en alguna forma quieren causar daños al personal, instalaciones, información, documentos, muebles, enseres, equipos de oficina, etc., de propiedad del IDRD.

36. CIRCUITOS CERRADOS DE TELEVISIÓN Y ALARMAS. a) Instalar y poner en funcionamiento, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la firma del contrato, las alarmas y casetas NUEVAS en lámina, exigidas en la Ficha Técnica de Negociación y ofrecidas en la propuesta. b) Instalar y poner en funcionamiento dentro de los treinta (30) días calendario al inicio del presente contrato los Circuitos Cerrados de Televisión, conservando las especificaciones técnicas, accesorios, características, tuberías, cableado, cantidad de operarios, horarios de trabajo, siguiendo las recomendaciones del fabricante y la Ficha Técnica de Negociación y la propuesta presentada para el presente proceso selectivo. c) El comitente vendedor se compromete a garantizar el buen funcionamiento, mantenimiento y conservación de las alarmas y Circuitos Cerrados de Televisión, durante la ejecución del contrato. El pago del servicio de los Circuitos Cerrados de Televisión se iniciará una vez el comitente vendedor entregue al supervisor del contrato los equipos funcionando en su debida forma y a entera satisfacción. para el pago mensual, se efectuará revisión por cada circuito firma de acta de verificación y se aplicará regla de tres, para descontar el pago de las cámaras que estén fuera de servicio por más de 72 horas en el mes, de los CCTV en cada parque.

37. Dar cumplimiento a lo establecido en el Código de Policía de Bogotá, especialmente en el Espacio Público y los parques. 38. COMUNICACIONES. Disponer al inició de la negociación, para cada uno de los terrenos, parques o escenarios de un (1) radio de

largo alcance (Manteniendo la comunicación permanente entre la central de operaciones del comitente vendedor y el terreno, parque o escenario) y de punto a punto en los sitios requeridos y de acuerdo con los términos de referencia y la propuesta presentada por el comitente vendedor. Los equipos serán de uso exclusivo del servicio de protección y vigilancia de las instalaciones objeto del presente contrato y deberán permanecer en perfecto estado de funcionamiento y mantenimiento. Cada equipo de comunicación debe contar con: pila de repuesto, cargador y batería adicional.

39. PATRULLAS. El comitente vendedor está obligado a poner a disposición al momento de iniciar la negociación y durante la ejecución del mismo los vehículos solicitados para los supervisores, y las motocicletas para los vigilantes coordinadores de puesto fijo y de zona y las bicicletas solicitadas en forma exclusiva para el servicio del IDRD, los marcadores electrónicos de ronda tipo esfero o similar con los puntos de marcación en los parques de acuerdo a distribución y garantizando su buen funcionamiento, suministro de combustibles lubricantes, repuestos, equipos de seguridad, seguros, protectores, que garanticen su normal desplazamiento por la ciudad y cumpliendo con las normas del Departamento de Tránsito y Transporte del Distrito Capital.

40. CANINOS. Los CANINOS solicitados por el IDRD, deberán cumplir con las normas y disposiciones contempladas en la Resolución

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3776 del 24 de junio de 2009 “Por la cual se fijan criterios de adiestramiento y evaluación de caninos, para la prestación del servicio de vigilancia y seguridad privada con medio canino.” Los caniles de los perros deben ser de 1.50 metros de ancho, 2.0 metros de largo y 1.5 metros de alto, incluyendo el patio.

41. Entrega de Certificados del Medio Canino: El comitente vendedor, dentro de los tres días siguientes al acta de inicio, presentará el Certificado de Adiestramiento o Código Único – Certificación vigente por cada canino, expedido por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, y/o radicación de solicitud ante Superintendencia de Seguridad y Vigilancia Privada.

42. PROGRAMA DE CAPACITACIÓN: El comitente vendedor deberá presentar dentro de los primeros cinco días calendario de iniciado de la negociación, un programa de capacitación que involucre todo el personal propuesto para el desarrollo del objeto de la negociación, indicando fechas de los cursos, cronograma, seminarios, boletines, intensidad horaria y el contenido y alcance de cada uno de ellos. Programa en el cual se recomienda incluir cursos intensivos de primeros auxilios y Capacitación en atención al cliente, (interno y externo) Este programa debe estar orientado a que el personal de vigilancia asignado a cumplir el objeto del contrato coadyuve al cumplimiento de la misión del Instituto que consiste en promover la recreación, el deporte y el aprovechamiento del tiempo libre de todos los habitantes de la ciudad. EL PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DEBE CONTEMPLAR ENTRE OTROS: 1. Educación y conciencia de la seguridad. - Es importante tener en cuenta que la seguridad se debe prestar en parques, donde confluyen personas de diferentes edades, clase social y religión, razón por la cual los guías o vigilantes y el personal de supervisión tienen que ser capacitados en este sentido, con el fin de que brinden apoyo y colaboración a cada uno de los usuarios, convirtiéndose en un facilitador más del IDRD. Es indispensable lograr que cada individuo conozca los peligros que afecten en general la prestación del servicio y los riesgos involucrados en su propia actividad y funciones. Por lo tanto, actual o potencial, todo peligro y riesgo debe ser cuidadosamente analizado para que el personal los conozca y esté en capacidad de enfrentarlos y actuar convenientemente. Debe recordarse que los factores que más favorecen la acción de intrusos son la rutina y el menosprecio de la seguridad. Estos dos factores llevan a la negligencia y el peligro. El personal en sus diferentes cargos y niveles debe comprender que tiene la responsabilidad de la seguridad, que puede colaborar con ella, y más aún la seguridad del Instituto es parte de su propia seguridad. 2. Conciencia del peligro. Todo el personal de la empresa debe tener presente los peligros que de una u otra forma amenazan el escenario o parque. No basta su enumeración, no se trata simplemente de decir que podemos ser víctimas de hurtos o sustracciones, sino que es necesario un análisis profundo para determinar cuáles de ellos verdaderamente nos afectan y en qué forma. Debe considerarse que estos peligros cambian de acuerdo con circunstancia de tiempo modo y lugar, entre otros. 3. Conciencia de riesgo. Frente a los peligros determinados, el personal debe estar atento a los riesgos que los aproximan a ellos. Dichos riesgos pueden ser entre otros la entrada y salida de personal o vehículos, el uso de las comunicaciones, presencia de personal sospechoso en los alrededores del escenario, expendio de sustancias alucinógenas y bebidas embriagantes, presencia de pandillas juveniles y vándalos, invasión del espacio público. A estos riesgos deben agregarse las vulnerabilidades o debilidades propias de cada sitio a vigilar y la atención al ciudadano, cliente externo y cliente interno.

43. El COMITENTE VENDEDOR velará por que se cumplan las siguientes funciones: a)- PROCEDIMIENTOS DEL PERSONAL DE VIGILANCIA. Cerrar las puertas de las oficinas y de las demás instalaciones que lo requieran y mantener cada uno de los puestos bien aseados, una vez terminada la jornada laboral. b) Suministrar y disponer en forma permanente en cada puesto de vigilancia de un libro o minuta en donde se consigne: 1) Nota de apertura firmada por el Coordinador de la zona. 2) Las consignas de cada puesto. 3) Diariamente se registrará al momento de recibir el puesto el nombre del vigilante, número de cédula de ciudadanía, número de la credencial de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, firma y hora respectiva. 4) Novedades de entrada y salida de bienes. 5) Novedades de daños a las instalaciones. 6) Realizar el control de ingreso y salida de visitantes a las instalaciones de los terrenos, parques y escenarios, objeto del contrato.

44. FUNCIONES DE LOS RESPONSABLES DE ZONA a) Presentar para el visto bueno del supervisor designado por el comitente comprador, el manual de consignas de los puestos contratados dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la iniciación del contrato. b) Presentar análisis detallado y recomendaciones correspondientes a la seguridad de cada una de las áreas vigiladas en donde se incluya control de accesos, protección perimetral, protección exterior, protección interior. c) Exigir al personal a su cargo, supervisores que posean y exhiban la credencial expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad y el código de la empresa, según estatuto de vigilancia y seguridad privada, Decreto 356 del 11 de febrero de 1994. d) Responder por el buen manejo y funcionamiento de los medios de apoyo (Circuitos Cerrados de Televisión, alarmas, caninos, etc.) solicitados por el Instituto y requeridos para mantener los más altos niveles de seguridad. e) Brindar reentrenamiento y

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actualización al personal de seguridad y vigilancia, destinados para el desarrollo del objeto de negociación. f) Velar por el buen uso y mantenimiento de los equipos de comunicación. g) Diseñar estrategias y dispositivos de seguridad durante la ejecución del contrato. h) Hacer visitas de inspección y seguridad como mínimo dos veces al mes a todos y cada uno de los terrenos, parques y escenarios, con el fin de comprobar el grado de cumplimiento de las normas de seguridad en vigencia. i) Colaborar en la elaboración del Estudio de Seguridad que el comitente vendedor debe presentar al Instituto dentro de los 3 primeros meses de ejecución del contrato. j) Investigar las vulnerabilidades, riesgos, e incidentes en seguridad privada, que se puedan presentar en los sectores. k) Elaborar el estudio de riesgos y necesidades de seguridad privada integral, para cada uno de los sectores, dentro del término previsto en el contrato. l) Formular recomendación y adopción de estrategias continuas en planes y programas relacionados con políticas, organización, métodos, y procedimientos de vigilancia y seguridad privada para los terrenos, parques y escenarios. m) Prestar la asistencia necesaria, con el fin de ejecutar dichas estrategias, planes, programas y acciones preventivas o correctivas para satisfacer las necesidades identificadas y propender por los objetivos indicados en el estatuto para la vigilancia y seguridad privada. n) Asumir toda la responsabilidad en relación con la seguridad física de cada uno de los parques, terrenos y escenario. o) Determinar y dar a conocer sus criterios en el campo de la seguridad. p) Elaborar y poner en práctica procedimientos de administración y promoción de empleados. q) Estar en contacto permanente con el funcionario del Instituto encargado de la supervisión del contrato, con el fin de dar solución en forma inmediata a los posibles problemas que se presenten en la ejecución del objeto de este. r) Hacer las investigaciones preliminares cuando se originen incidentes o pérdidas de elementos de propiedad del Instituto en los inventarios de los terrenos, parques y escenarios enviando el resultado de la investigación y medidas correctivas del incidente presentado al Área Administración Escenarios. s) Estar en contacto permanente con el funcionario del Instituto encargado de la supervisión y/o interventor del contrato, con el fin de dar solución en forma inmediata a los posibles problemas que se presenten en la ejecución de este. t) Elaborar mensualmente la programación de personal de acuerdo con las necesidades de cada escenario. La anterior programación se debe presentar al supervisor del contrato por parte el IDRD para su seguimiento y control.

45. FUNCIONES DE LOS VIGILANTES RESPONSABLES DE PUESTO FIJO: a) Prestar su servicio en forma permanente y exclusiva, para los parques, escenarios deportivos y sede administrativa. Su tarea de supervisión está encaminada a ejercer un control y coordinación. b) Hacerse cargo del entrenamiento, la capacitación e inducción, administrar el recurso humano, materiales y equipos. c) Coordinar el trabajo en forma oportuna, con el fin de conseguir una óptima seguridad de cada sitio vigilado. d) Responder e informar al funcionario del Instituto encargado de la supervisión y/o interventoría del contrato, así como al superior inmediato de la empresa, lo relacionado con la disciplina, entrenamiento y cumplimiento de las funciones encomendadas por el comitente vendedor y el Instituto, a cada una de las personas asignadas bajo su control. e) Conocer los estudios y planes de seguridad. f) Velar por la presentación del personal bajo su cargo y la correcta utilización de la dotación, equipos de comunicación y apoyos. g) Solicitar, coordinar y asistir a los cursos y seminarios de capacitación. h) Ejercer control y dirigir permanentemente la ejecución de los planes. i) Debe prestar especial atención en: supervisar los procedimientos en las porterías y escenarios. - Revisar los documentos de rutina (minutas y programación de personal) en los puestos de trabajo. - Revisar los sistemas de barreras, vigilancia, material, equipo al servicio de la seguridad física para pedir su mantenimiento en caso de daños y deterioro.

46. FUNCIONES DE LOS VIGILANTES. La función primaria de la vigilancia es la PREVENCIÓN. - Prevención significa prepararse con anticipación para evitar que algo suceda, procurar el aislamiento con el fin de que estén en condiciones de hacer frente en lo que pueda suceder en el futuro inmediato. Mirar, anunciar, velar, observar, advertir, disuadir, aconsejar. La segunda función de la vigilancia es la acción: CUSTODIAR. Cuidar, conservar, controlar, requisar, proteger, defender, investigar, comunicar, denunciar, corregir e inspeccionar. La función primordial es la de prestar servicios de vigilancia, protección de personas, bienes muebles e inmuebles puestos bajo su cuidado; y de conformidad con lo anterior cumplir lo siguiente: a) Asistir puntualmente a sus turnos de vigilancia, presentarse con 20 minutos de antelación a la hora de recibir el turno correspondiente, con su debida dotación y medios de apoyo para prestar sus servicios. b) No retirarse del puesto hasta tanto sea relevado por el compañero que recibe. c) Conocer y cumplir las normas de cada puesto, así como sus consignas generales y particulares. d) No dormir estando en servicio. e) No desatender las funciones del puesto de servicio. f) Tratar con respeto, cortesía y buenos modales a los empleados de la empresa, visitantes, superiores y compañeros y en general dando muestras de buena conducta y educación. g) No fumar ni comer en su sitio de trabajo. h) Mantenerse alerta, ver, oír e informar sobre lo que suceda en los terrenos parques, escenarios y Sede Administrativa. I) Desempeñar su trabajo con eficiencia. j) Conocer bien su sitio de trabajo, vulnerabilidades

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e inventarios de cada uno de los terrenos, parques y escenarios. k) Hacer las anotaciones de lo que ocurra en su turno, dejar escritas en la minuta de trabajo las consignas recibidas y las novedades del turno que entrega. l) Mantener informados a sus jefes y superiores de todas las novedades que se presentan relacionadas con el funcionamiento de las alarmas y Circuitos Cerrados de Televisión. m) Acatar y aceptar con respeto las recomendaciones que le hagan y cumplirlas a cabalidad. n) No confiarse, verificar cualquier orden que reciba de personas que no son sus jefes o directivos. o) No abandonar el lugar de trabajo sin antes haber sido debidamente reemplazado por otro vigilante y haberlo enterado del estado en que se entrega el turno. p) No ver revistas, periódicos, novelas, durante la prestación del servicio. q) No debe recibir visitas en horas de trabajo y no permitir la entrada de sus familiares o amigos al lugar de trabajo. r) No puede recibir su turno de trabajo bajo efectos del licor o sustancias alucinógenas o bebidas embriagantes. s) No debe portar o usar drogas intoxicantes o alucinógenas o bebidas embriagantes durante sus horas de trabajo.

47. PROCEDIMIENTOS: Al efectuar la revista de inspección, seguimiento y control debe proceder así: A) Constatar el estado de las puertas, chapas, ventanas y vidrios. B) Revisar el estado de sanitarios, llaves de agua y duchas. C) Verificar los inventarios a cargo de cada escenario y puesto de trabajo, verificando igualmente los elementos de las áreas comunes tales como teléfonos, extintores, fax, máquinas de escribir, computadores, radios etc. D) Constar el estado de los elementos eléctricos, breakers, toma corrientes, lámparas en general, enchufes y cables de luz. E) Revisar el funcionamiento de todo el sistema de agua y luz. F) Revisar y verificar el inventario de vehículos, su estado e inventario de copas, gatos, repuestos, stop, parabrisas, bómperes, etc. G) No hará entrega del puesto de trabajo, cuando el compañero se presente con síntomas de alicoramiento, debe reportar en forma inmediata a la central de operaciones de la empresa para que le envíen un relevo. H) Debe permanecer en el lugar zona asignada para la prestación del servicio, desarrollando alguna actividad productiva para el mejoramiento y presentación de su sitio de trabajo. I) Debe responder por elementos faltantes o daños que se presenten durante su turno de trabajo.

48. OBLIGACIÓN DE MANTENER EL PERSONAL PROPUESTO: En el caso de cambiar el personal ofrecido el comitente vendedor podrá presentar uno que cuente con igual o mejores características con relación a su formación y experiencia.

49. AUMENTO O DISMINUCIÓN DEL SERVICIO. La cantidad de vigilantes para la prestación del servicio de vigilancia podrá ser aumentada, disminuida o cambiada de ubicación, conforme a las necesidades del IDRD, lo cual se hará mediante previa comunicación al COMITENTE VENDEDOR, su valor se liquidará según los precios establecidos en la negociación.

50. Ejecutar la operación de acuerdo con el alcance del objeto, la ficha técnica de negociación, documentos de condiciones especiales, anexos y disposiciones previstas para la prestación del servicio de vigilancia y seguridad privada.

51. Entregar al supervisor designado por el comitente comprador el Certificado de autorización de distribuidor autorizado de los equipos exigidos en la Ficha Técnica de Negociación y documentos de condiciones especiales.

52. Entregar al supervisor designado por el comitente comprador las hojas de vida y documentos que soportan lo exigido en la Ficha Técnica de Negociación.

53. Las demás a que haya lugar, según lo considere necesario el IDRD para el cumplimiento del objeto del contrato, de conformidad con la Ficha Técnica de Negociación y la propuesta presentada documentos que forman parte integral del contrato.

54. Presentar el informe de las actividades realizadas cuando el supervisor designado por el comitente comprador lo requiera donde se efectué un análisis detallado y las recomendaciones correspondientes a la prestación del servicio en cada uno de los puntos o lugares asignados.

55. El representante legal del comitente vendedor o su delegado deberá asistir personalmente a las reuniones periódicas que convoque el IDRD durante el desarrollo de la negociación, con el objeto de atender reclamaciones o sugerencias y tomar decisiones relativas al servicio, las cuales quedarán consignadas en actas y serán de obligatorio cumplimiento.

56. Asumir el pago de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones de carácter laboral, del personal que contrate para la ejecución del objeto contratado, de conformidad con lo establecido en la Ley. PARÁGRAFO: En caso de que el adjudicatario sea una cooperativa, ésta deberá garantizar los derechos laborales de sus trabajadores de conformidad con lo ordenado por la Honorable Corte Constitucional en sentencia C-614 del 2 de septiembre de 2009 y así mismo garantizar que no se estén vulnerando los derechos laborales de los trabajadores vinculados a través de este mecanismo, ni se pongan en riesgo los intereses patrimoniales del Estado o la eficiente gestión pública que les ha sido encomendada.

57. Asumir el pago de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones de carácter laboral, del personal que contrate para la ejecución del objeto contratado, de conformidad con lo establecido en la Ley.

58. Las demás que le asigne el IDRD mediante comunicación escrita y que correspondan a la naturaleza del servicio contratado.

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59. El Comitente Vendedor deberá mantener las licencias y autorizaciones vigentes durante el término de ejecución de la negociación.

60. Abstenerse de contratar menores de edad para la ejecución de la negociación. 61. Constituyen derechos y deberes del comitente vendedor para efectos de la negociación los contenidos en el artículo 5o de la ley

80 de 1993 y lo previsto en el Reglamento de Funcionamiento y Operación de la Bolsa. 62. Vinculación personal de conformidad con Directiva N.º. 001 de 2011 que promueve "la democratización de las oportunidades

económicas de las personas naturales vulnerables, marginadas y/o excluidas de la dinámica productiva de la ciudad, con edad para trabajar, beneficiarias de procesos de formación para el trabajo y el desarrollo humano adelantados por las entidades y organismos del Distrito Capital" el comitente vendedor deberá vincular para la ejecución de la negociación, a personas identificadas como beneficiarias, mediante relaciones de orden laboral o contractual, tomadas de la base de datos de beneficiados de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico. Las personas deben cumplir con los requisitos exigidos por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y adicionalmente los perfiles exigidos en la negociación.

63. Integración de Cámaras del IDRD: El comitente vendedor, integrará a su central de monitoreo las cámaras y domos de propiedad del IDRD que sean solicitadas, dichas cámaras estarán instaladas y en funcionamiento o que sean instaladas a futuro, en los CEFES de Tunal, San Cristóbal y Fontanar del Rio, sin que genere costo para la entidad, obligándose al mantenimiento correctivo y/o preventivo, el comitente vendedor deberá entregar un plan de trabajo donde se indique la frecuencia y los trabajos a realizar durante los mantenimientos y deberá ser aprobado por el supervisor designado por el comitente comprador.

64. La empresa de vigilancia (coordinador, supervisor operativo), debe realizar visitas permanentes a los parques, escenarios, terrenos donde preste el servicio, dejando registro de la visita, para verificar la buena prestación del servicio, riesgos, tomando medidas preventivas, correctivas para que el personal preste el servicio adecuadamente, minimizando la ocurrencia de delitos en estos escenarios. Estos registros deben venir en el informe mensual, mínimo dos (2) de visitas de verificación a cada parque relacionado.

65. Con el informe mensual además de soportes para pago y parafiscales, debe anexarse lo siguiente: a) Informe de coordinador de contrato y supervisor operativo, b) Informe control de rondas de cada puesto (de ronderos) c) Informe de supervisión en línea de responsables de zona. d) Informe de visita a lotes y predios del listado relacionado donde no se cuente con vigilancia permanente. e) Informe de asistencia y capacitación mensual. f) Acta de verificación de CCTV en funcionamiento para pago.

66. Mantener en custodia y con reserva las minutas de vigilancia y documentos que se generen durante la ejecución de la negociación y por una duración de veinticuatro (24) meses más a la terminación de este; El IDRD podrá solicitar documentación concerniente a la ejecución y soportes de minutas en procesos investigativos.

67. Con el fin de conservar la grabación del Circuito Cerrado de Televisión (CCTV) en servicio, los medios de almacenamiento como mínimo (Discos duros con una capacidad de 4TB por sistema con un almacenamiento mínimo rotatorio de un (1) mes) deberán ser suministrados por el comitente vendedor y por el tiempo de ejecución de la negociación, estos medios a su vez deberán estar custodiados por el comitente vendedor durante tres (3) meses más posteriores a la finalización de la negociación, los costos por estos medios, operación, mantenimiento, montaje y desmontaje, hacen parte del valor de la prestación del servicio del sistema de CCTV.

68. Los equipos de propiedad del comitente vendedor y que sean usados al interior de la entidad deberán estar en el dominio de esta, administrados sin acceso a ningún contenido externo como (redes sociales Facebook, WhatsApp, Twitter y sitios desconocidos), esta labor la realizará el comitente vendedor conjuntamente con el personal técnico del área de Sistemas.

69. La empresa vigilancia deberá establecer una estrategia de copias de seguridad y retención de las mismas la cual debe ser aprobada por el supervisor del contrato, cumpliendo el estándar de seguridad ISO 27001 y la Resolución No. 305 de 2008 en su artículo 5 de la Comisión Distrital de Sistemas que señala: “la utilización creciente de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones -TIC-, genera beneficios para las entidades, organismos y órganos de control del Distrito Capital, mejorando el cumplimiento de la misión y la prestación de servicios a la ciudadanía. Sin embargo, por ser la información el activo más importante de la organización, es necesario protegerla frente a los posibles riesgos derivados del uso de las nuevas tecnologías, para garantizar la seguridad de la información, en aspectos tales como disponibilidad, confiabilidad, accesibilidad e integridad de esta, en los términos de la Directiva 05 de 2005 del Alcalde Mayor de Bogotá”. El documento deberá ser entregado a la supervisión del contrato.

70. Se debe llevar un registro en una plataforma electrónica que permita conocer de primera mano las incidencias que se presenten

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en cada una de las cámaras y la trazabilidad de la solución que se dé. 71. Se debe tener un procedimiento para manejo de claves y protocolo de estas de acuerdo con el cumplimiento del estándar de la

ISO 27001 y la Resolución No. 305 de 2008 en artículo 5, el cual deberá presentarse al supervisor del contrato. 72. La empresa deberá entregar al supervisor designado el plan de mantenimiento de los equipos de cómputo y todos los elementos

tecnológicos; de tal manera que informe acceso y ventanas de mantenimiento, así como el procedimiento que realizará con los mismos.

73. La empresa se compromete a tener el licenciamiento de los equipos de cómputo que ingrese a la entidad y los diferentes aplicativos o software que requiera para su manejo, así mismo deberá presentar un inventario de estos al supervisor del contrato. De igual manera se compromete a instalar parches y actualizaciones a todos los dispositivos con los que cuente. Se apoyará con el profesional técnico de la Subdirección Técnica de Parques.

74. Instalar sistemas de altavoz en los parques grandes como: Simón Bolívar, Tunal, UDS, Nacional, San Cristóbal, Tercer Milenio, PRD, Fontanar del Río, Cayetano Cañizares, la Florida, Gilma Jiménez, como medida de prevención o protección para que por medio de estos se informe, alerte o prevenga a los usuarios sobre situaciones, incidentes, accidentes o hechos, que sean de interés.

75. Las bicicletas deben estar marcadas con el logotipo respectivo, el rin doble pared en aluminio, el centro debe ser tipo cartucho, bielas en aluminio, plato No. 44, piñón 20, la caña y el manubrio en aluminio, y se debe proveer los elementos de protección personal.

76. Los equipos para el control de rondas (celulares), deben venir con su protector de pantalla y el accesorio para cargarlo al cuerpo, con el fin de evitar las caídas y la pérdida cuando el vigilante tiene que reaccionar y debe correr.

77. Utilizar el bastón de marcación para efectos de control de las rondas en los parques que no cuentan con energía eléctrica, ni con señal de comunicación.

78. Como condición de entrega, EL COMITENTE VENDEDOR se compromete, a que, en caso de requerirse, realizará un backup selectivo de videos, por posibles novedades, eventualidades o anomalías presentadas (a criterio de la supervisión). Estos backups selectivos, se deberán extraer de manera inmediata en medios magnéticos (CD o DVD y sin oposición alguna por parte del comitente vendedor.

79. Como condición de entrega, pagar oportunamente los salarios de los trabajadores vinculados en la ejecución de la operación y en consecuencia realizar en forma oportuna el pago de los aportes parafiscales a que haya lugar y los aportes al Sistema General de Seguridad Social Integral, para todos sus trabajadores y adicionalmente respetar las normas laborales, así mismo la liquidación de los contratos, correspondiente en dado caso. El pago al personal que participa en la ejecución del servicio, en ningún caso, dependerán del pago que el comitente comprador se encuentre gestionando para el comitente vendedor.

10. GARANTÍAS ADICIONALES A CARGO DEL COMITENTE VENDEDOR

El comitente vendedor deberá constituir, suscribir y otorgar a favor del COMITENTE COMPRADOR, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la celebración de la rueda de negociación tratándose de persona jurídica individualmente o dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la celebración de la rueda de negociación tratándose de figuras asociativas (uniones temporales o consorcios), las siguientes garantías:

1. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO

Para garantizar las obligaciones que se adquieren en virtud de la negociación, el comitente vendedor otorgará a favor del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, una garantía que ampare los siguientes riesgos: De acuerdo con el análisis anterior la garantía debe cubrir los siguientes amparos: Con excepción de la cobertura de riesgo relativa a la Responsabilidad Extracontractual que deberá ser una Póliza de Seguros, atendiendo lo establecido en el Decreto 1082 de 2015, el comitente vendedor podrá otorgar a favor del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, cualquiera de las coberturas de riesgo establecidas en el mencionado Decreto.

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Si se opta por la Póliza de Seguros, ésta debe cubrir los siguientes riesgos: El Comitente Vendedor se obliga a constituir a favor del IDRD, garantía única expedida por una compañía de seguros establecida legalmente en Colombia, cuya póliza matriz está aprobada por la Superintendencia Bancaria, de acuerdo con los lineamentos señalados en el Decreto 1082 de 2015 que ampare lo siguiente:

AMPARO SUFICIENCIA VIGENCIA

AMPARO DE CUMPLIMIENTO

Por un valor equivalente al treinta por ciento (30%) del valor total de la negociación más IVA. Al monto de esta garantía se imputará el valor de las multas, y se repondrá si por este motivo se disminuyere o agotare.

Por el plazo total de ejecución de la negociación y seis (6) meses más.

PAGO DE SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES LEGALES E INDEMNIZACIONES LABORALES

Por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor total de la negociación más IVA.

Por el plazo total de ejecución de la negociación y tres (3) años más.

CALIDAD DEL SERVICIO Por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor de la negociación más IVA.

Por el plazo total de ejecución de la negociación y seis (6) meses más.

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1. PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL Para garantizar la responsabilidad civil frente a terceros, derivada de la ejecución del contrato, en cuantía equivalente al 5% del valor de la negociación, que cubra los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, gastos médicos inmediatos, responsabilidad patronal y de contratistas, con una vigencia igual a la del plazo de la negociación. El amparo de responsabilidad civil extracontractual debe contener además de la cobertura básica de predios, labores y operaciones, los amparos señalados en el artículo 2.2.1.2.3.2.9. del Decreto 1082 de 2015.

1.1. PROTECCIÓN DE LOS BIENES

De conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.1.2.3.2.11. del Decreto 1082 de 2015, la entidad contratante debe exigir a su comitente vendedor un contrato de seguro que ampare la responsabilidad cuando con ocasión de la ejecución del contrato existe riesgo de daño de los bienes de la Entidad Estatal. Así mismo, indica que la Entidad Estatal debe definir el valor asegurado en la Ficha Técnica de Negociación. Por consiguiente, realizado el análisis correspondiente la Entidad determinó que no existe riesgo de daño para sus bienes, en consecuencia, no se exigirá la constitución de un subamparo adicional en la póliza de responsabilidad civil extracontractual.

Estas garantías cubren los riesgos asociados a las obligaciones no compensables y descritas en la presente Ficha Técnica de Negociación. En todo caso, corresponderá al comitente comprador, realizar todos los actos de verificación, estudio, seguimiento, ejecución, aprobación y custodia, así como todos los demás actos que sean necesarios para la efectividad de estas. PARÁGRAFO: En los casos en que se prorrogue el plazo de ejecución de la negociación y/o se adicione en valor, el comitente vendedor se compromete, dentro de los DOS (2) días calendarios siguientes al evento, presentar el certificado de modificación de la garantía de conformidad con el nuevo plazo y/o valor pactados.

11. CONDICIONES Y CAUSAS RELACIONADAS CON LA CALIDAD Y OPORTUNIDAD QUE GENERAN EL INCUMPLIMIENTO DEL SERVICIO

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CONDICIONES Y CAUSAS QUE AFECTAN LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO: Se entiende como condiciones y causas que afectan la ejecución del servicio, las siguientes: 1. CON RELACIÓN A LAS OBLIGACIONES REFERENTES A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO CON EL PERSONAL REQUERIDO EN LAS

SEDES ESTABLECIDAS:

• Se produce la afectación cuando la sede o puesto de trabajo no es cubierta, de acuerdo con el dispositivo de seguridad establecido y con el personal mínimo requerido.

• No se presenta el personal requerido en el sitio de trabajo de manera oportuna. • No se procede al remplazo inmediato del personal asignado de manera oportuna • Porte indebido de uniformes y equipos. • Ausencia o indebida calidad de los equipos requeridos. • Actos de indisciplina. • No se cumplen los horarios diurnos y nocturnos establecidos mediante circular por la Supervigilancia, y los cambios de turno

respectivamente. • No se cumple con el perfil requerido para el total del personal necesario para la ejecución de la negociación. • No se presentan las hojas de vida y respectivos soportes dentro del término establecido en el presente documento. • En caso de cambio de supervisor, coordinador y/o guardas de seguridad, no se notifique de manera oportuna y no se

presenten las hojas de vida y soportes bajo el cumplimiento estricto de los requisitos exigidos en el presente documento. • Cuando por solicitud de la entidad no se realicen los cambios del personal requerido en el presente documento una vez

sustentados por la supervisión de la Entidad. 2. CON RELACIÓN A LAS OBLIGACIONES REFERENTES A LAS FECHAS DE ENTREGA, CALIDAD Y CANTIDAD DE EQUIPOS Y MEDIOS TECNOLÓGICOS ACORDADOS. 2.1. No se efectúa la entrega de equipos en la fecha acordada. 2.2. Cuando la entrega del equipo no corresponde con las cantidades requeridas. 2.3. Cuando los equipos entregados no corresponden a las calidades o características requeridas, según acta firmada por el supervisor designado por el comitente comprador. 2.4. Cuando no se presente la instalación de los medios tecnológicos dentro de los términos del presente documento. 2.5. Cuando no se presente el cambio de equipos y medios tecnológicos en la oportunidad requerida y de acuerdo a la solicitud de la Entidad. 2.6. Cuando no se realice el cambio de los equipos, en iguales o superiores características según lo establecido en la presente ficha y en el documento de condiciones especiales. 2.7. Cuando no se realice el backup de los videos según lo establecido en las obligaciones del comitente vendedor. 3. CON RELACIÓN A LAS OBLIGACIONES REFERENTES AL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL, SALUD OCUPACIONAL, SEGURIDAD SOCIAL Y PAGOS A EMPLEADOS DEL COMITENTE VENDEDOR: 3.1. El incumplimiento y/o vulneración de las normas de seguridad industrial. 3.2. El incumplimiento y/o vulneración de normas de salud ocupacional. 3.4. Cuando no se realice el pago de la nómina, seguridad social, aportes parafiscales y liquidaciones de los guardas, supervisor y coordinador por parte del Comitente Vendedor en el término indicado en el presente documento. PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO EN LA EJECUCIÓN DE LA NEGOCIACIÓN: Frente a las causas anteriores el procedimiento es el siguiente: Se harán llamados de atención y/o requerimientos escritos por parte del supervisor de la negociación designado por el comitente comprador, los cuales contendrán el detalle de la no conformidad del servicio prestado, así como también el requerimiento de solución inmediata en caso de que aplique.

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En caso de que el comitente vendedor de respuesta controvirtiendo la no conformidad, deberá manifestarlo por escrito dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación. Sobre la misma, el supervisor deberá pronunciarse en caso de que se reitere el incumplimiento o no conformidad hallada, solicitando el requerimiento de solución inmediata.

En caso de ocurrencia de los eventos anteriormente enunciados, las partes acuerdan que, el comitente vendedor, a través de su comisionista vendedor, reconocerá al comitente comprador un cero punto dos por ciento (0,2%) del valor mensual por cada evento que implique una obligación incumplida hasta máximo a cero punto dos por ciento (0,2%) del valor total de la negociación, caso en el cual la sociedad comisionista compradora, podrá solicitar la declaratoria de incumplimiento de la operación; en todo caso no podrán facturarse servicios que no sean efectivamente prestados. Adicionalmente, si se evidencia el incumplimiento reiterativo de alguna obligación en 5 eventos o más, el comprador podrá solicitar el incumplimiento total de la operación; evento en el cual, el supervisor de la negociación, designado por el comitente comprador, informará a la sociedad comisionista de Bolsa compradora para que ésta, a su vez, informe a la Bolsa, de manera inmediata, con el objetivo de que la Bolsa Mercantil de Colombia pueda proceder según su reglamento. En caso de declaratoria de incumplimiento, el servicio no se suspenderá de manera inmediata, dada la imposibilidad de que se interrumpa la prestación del servicio negociado, razón por la cual el comitente vendedor incumplido seguirá prestando los servicios, bajo las mismas condiciones pactadas, hasta tanto la Bolsa Mercantil de Colombia, de acuerdo a sus procedimientos, honre la operación, o hasta cuando la Entidad pueda iniciar un nuevo proceso hasta lograr el cierre de una nueva negociación y el inicio de la prestación del servicio, término que será cancelado por la entidad bajo los mismos términos.

12. INTERVENTORÍA Y/O SUPERVISIÓN

El comitente comprador por cuenta de quien se celebra esta operación utilizará mecanismos de supervisión para verificar el cumplimiento de la misma, para efectos de8 la Supervisión, esta será ejercida por la doctora OLGA LUCIA SILVA GUTIERREZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 60. 328.758, Profesional Especializado 222 -11 de la Subdirección Técnica de Parques – Área Administración de Escenarios, o quien haga sus veces, quién será la persona responsable de verificar el cumplimiento del objeto y las obligaciones establecidas en los estudios previos, en el contrato y en el contrato y en anexos al mismo, autorizando los pagos correspondientes. 1. OBLIGACIONES DEL SUPERVISOR O INTERVENTOR

1.1. Ejercer las facultades y cumplir con los deberes establecidos en la Ley 1474 de 2011. 1.2. Cumplir y hacer cumplir las condiciones pactadas en el contrato y en la negociación y en los documentos que de él forman

parte. 1.3. Proyectar y suscribir las actas de inicio y de liquidación del contrato. 1.4. Verificar el cumplimiento de las obligaciones previstas en la Ley 100 de 1993 y sus decretos reglamentarios, en el artículo 50

de la Ley 789 de 2002, Ley 828 de 2003 y demás normas concordantes. 1.5. Cumplir con las obligaciones establecidas en el Manual Unificado de Contratación, Supervisión e interventoría, adoptado en

el Instituto Distrital de Recreación y Deporte. 1.6. Verificar previa aprobación de cada uno de los pagos, que en la planta de personal el comitente vendedor mantiene vinculado

el número de trabajadores con discapacidad exigidos. Esta verificación se hará con el certificado expedido por el Ministerio de Trabajo, la cual debe estar vigente. La reducción del número de trabajadores con discapacidad acreditado para obtener puntaje adicional constituye incumplimiento del contrato, de conformidad con el Decreto 392 de 2018.

8 La entidad deberá establecer los temas referentes a la supervisión o interventoría, conforme a las condiciones de la negociación y su ejecución

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1.7. Emitir informes de supervisión periódica y finalizada la ejecución deberá realizar un informe final que, dé cuenta de la ejecución técnica, administrativa, jurídica, financiera y contable de manera cualitativa y cuantitativa, con las recomendaciones al Ordenador del Gasto a que haya lugar.

1.8. En general todas las que se desprendan del ejercicio de la supervisión o interventoría, según el caso.