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FEDERACIÓN DEPORTIVA PERUANA DE AJEDREZ
EL INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE Y EL AJEDREZ PERUANO
Lima 26 de marzo de 2015
Estimados señores:
La RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 010 – 2015 – P /CD IPD, que
reconoce una supuesta Junta Directiva de La Federación Deportiva Peruana de Ajedrez, es
el absurdo jurídico y su análisis por parte de las autoridades judiciales, por la Contraloría y
por la prensa nacional e internacional, deben obligar a que el gobierno profesionalice y
especialice la administración del deporte en el Perú, sobre todo ahora que el IPD ha
iniciado su tránsito al nuevo régimen del Servicio Civil.
No es razonable que se encuentre al frente del IPD un Presidente sin experiencia en el
deporte y no es lógico ni legal que el Director Nacional de Deportes Afiliados, Akio
Tamashiro, dirija el deporte afiliado con una formación académica de 5to de secundaria,
habiendo miles de profesionales con conocimiento de gestión pública e incluso cientos de
Gerentes Públicos acreditados por la Autoridad Nacional de Servir - SERVIR, sin empleo.
El Perú felizmente tiene instancias de decencia y profesionalismo en la justicia y deben ser
las autoridades jurisdiccionales quienes deben analizar las siguientes resoluciones:
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 009 – 2015 – P /CD IPD,
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 010 – 2015 – P /CD IPD,
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 011 – 2014 – P /CD IPD y la
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 014 – 2014 – P /CD IPD para
entender como el IPD después de rechazar una elección a un señor (Boris Ascue) por
haber cometido delito doloso en proceso penal y por no tener la condición de dirigente de
www.ajedrezenperu.org
base de su respectiva federación, un año después, mediantes resoluciones posteriores
primero hacen una nueva interpretación del artículo 46 de la Ley 28036 modificado por la
Ley 29544 y dicen que dado que este señor ya cumplió su sentencia, la exigencia de la ley
no debe ser tomada en cuenta para él y en otra resolución posterior le reconocen la
condición de dirigente de base pese a que nunca integró formalmente una junta directiva
en un club deportivo registrado en el Registro Nacional del Deporte del IPD – RENADE, ni
en ningún Club Deportivo de la Federación Deportiva Peruana de Ajedrez.
Es decir, la exigencia del Artículo 46 de la Ley 28036 modificada por la Ley 29544 que
demanda literalmente a quienes postulen para el cargo de presidente de las federaciones
nacionales 1) No haber cometido delitos dolosos y 2) ser dirigentes de base, está de
adorno en un papel del presidente del IPD.
En nuestra sociedad, hay quienes para lograr sus ambiciones personales optan por el
delito, o para ocupar un cargo, no tienen reparos en aceptar una responsabilidad sin tener
ni la capacidad, ni el perfil profesional ni la capacitación adecuada .. pero para eso están
las autoridades.
Lamentablemente en el IPD las autoridades están coludidas con muchas irregularidades
entre ellas la que describo y frente a estas irregularidades están las instancias
jurisdiccionales y la prensa libre que debe investigar y denunciar este caso.
Frente a esta situación que debe ser conocida por la opinión pública la Federación
Deportiva Peruana de Ajedrez y sus Ligas convocan a una conferencia de Prensa el día 06
de abril en el local de la FDPA sito Av. República de Chile 295 Oficina 306 – Lima Cercado
Teléfono 01 7220999
Milton Iturry
Presidente de la Federación Deportiva Peruana de Ajedrez
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