Ética profesional

16
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CENTRO REGIONAL DE COCLÉ FACULTAD DE INGENIERÍA DE SISTEMAS COMPUTACIONALES Proyecto de Examen Semestral Ética Profesional Facilitador: Lic. Alex Stanley Estudiante: Margoth Del Rosario Carrera de Lic. En Desarrollo de Software IV año 2013

Upload: margoth-del-rosario

Post on 02-Jul-2015

1.910 views

Category:

Education


1 download

DESCRIPTION

La ética profesional basado en el código de ética de la Rep. de Panamá

TRANSCRIPT

Page 1: Ética Profesional

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ

CENTRO REGIONAL DE COCLÉ

FACULTAD DE INGENIERÍA DE SISTEMAS COMPUTACIONALES

Proyecto de Examen Semestral

Ética Profesional

Facilitador: Lic. Alex Stanley

Estudiante: Margoth Del Rosario

Carrera de Lic. En Desarrollo de Software

IV año

2013

Page 2: Ética Profesional

Ética y moral como formas de vida

“La ética no es otra cosa que la reverencia por la vida”

Albert Schweitzer, Premio Nobel de la Paz de 1952

De todas las especies del planeta, el ser humano es la única que puede elegir como

portarse. Los animales no pueden elegir entre portarse bien o mal, están regidos por

patrones instintivos de conducta. Caso contrario a nosotros lo seres humanos que

tenemos capacidad de raciocinio. Es aquí donde surge la ética como la reflexión sobre la

calidad de los actos personales y sociales.

Antes debo definir el concepto moral. La moral es: cómo un grupo social considera que

sus miembros deben vivir y relacionarse. Funciona como un mecanismo de control social.

La ética se relaciona con el estudio de la moral y de la acción humana. El concepto

proviene del término griego ethikos, que significa “carácter”. Ahora podemos decir que

una sentencia ética es una declaración moral que elabora afirmaciones y define lo que es

bueno, malo, obligatorio, permitido en lo referente a una acción o una decisión del ser

humano, originado por su carácter.

Fig. 1 La ética estudia la moral y la acción humana.

Page 3: Ética Profesional

Con esto podemos observar que cuando alguien aplica una sentencia ética sobre una

persona, está realizando un “juicio moral”.

Claro está que la ética no aplica la fuerza, ya que no impone castigos legales. Pero es de

gran ayuda en la justa aplicación de las normas legales en un Estado de derecho, pero

en sí misma no es vista como jurídica.

La principal diferencia entre las normas éticas y jurídicas es el nivel de fuerza que aplica

en sus sanciones. En la ética esta fuerza es nula, porque sus sanciones no son

obligatorias y queda a juicio de conciencia tanto personal, como de la sociedad hacia el

individuo que cometió la falta. En lo jurídico las sanciones si son de carácter obligatorio,

es decir aplica la fuerza si no se cumple con alguna norma.

Deontología, la ética normativa

La deontología se define como una disciplina que se centra en el análisis de los deberes y

de los valores regidos por la moral.

El responsable del nacimiento de esta noción se le atribuye al filósofo británico Jeremy

Bentham.

“El fin de la ley es obtener la mayor ventaja posible para el mayor número posible.”

Jeremy Bentham

La deontología forma parte de lo que se conoce como la ética normativa que es la que

indica qué debería considerarse como bueno y qué es lo que debería calificarse como

malo. Esto quiere decir que cada profesión, oficio o ámbito determinado puede tener su

propia deontología que indica cuál es el deber de cada persona.

Lo habitual es que ciertas profesiones cuenten con un código deontológico, que es una

especie de manual que recopila las obligaciones morales que tienen que respetar aquellos

que ejercen un trabajo.

Page 4: Ética Profesional

Fig. 2 La deontología como la ética normativa.

Es importante destacar que la deontología analiza los deberes internos del individuo; es

decir, aquello que debe hacer (o no hacer) según lo que dicta su conciencia. Los valores

compartidos y aceptados por la ética son recogidos por los códigos deontológicos.

Según la investigación puedo definir a la deontología como el conjunto de leyes, decretos,

reglamentos, normas y formas de conductas éticas que consciente o inconscientemente

rigen la actuación profesional de todo integrante de una profesión,

En nuestro país, para el correcto ejercicio de la función pública en las instituciones del

Gobierno Central, se cuenta con un instrumento que recoge las normas y principios éticos

y morales que deben orientar la conducta de los servidores públicos que laboran en tales

entidades. A este instrumento se le llama “Código Uniforme de Ética de los Servidores

Públicos”.

Antes de analizar el Código de Ética que se ejerce en nuestro país, debemos definir

ciertos conceptos básicos.

Por código se entiende el cuerpo de leyes que forma un sistema de legislación sobre

alguna materia. Ahora bien por Código de Ética, no es más que un sistema normativo, que

considera las responsabilidades y obligaciones que se imponen al profesional, que los

debe guiar a la reflexión, análisis y revisión de las normativas establecidas.

Page 5: Ética Profesional

El Código de Ética debe cumplir con ciertas funciones como:

Debe ser declarativa: formular valores fundamentales sobre los que se basa

determinada ética profesional.

Identificativa: permite dar identidad y rol social a una profesión.

Informativa: comunica a la sociedad los fundamentos y criterios éticos de una

profesión.

Discriminativa: diferencia de los actos lícitos de los ilícitos, los que está de acuerdo

o no con la ética profesional.

Metodológica y valorativa: ayudar a tomar decisiones éticas concretas, permitiendo

valorar situaciones específicas previstas por los códigos.

También debe seguir ciertos lineamientos generales de los códigos:

Preámbulo

Principios

Respeto a la dignidad de las personas

Competencia

Compromiso profesional

Integridad

Responsabilidad social

Normas deontológicas

Secreto profesional

Consentimiento informativo

Conclusión

Page 6: Ética Profesional

El profesional y su responsabilidad frente la ley ética

Las profesiones son ocupaciones que requieren de:

Conocimiento especializado, formación profesional que son capacitación educativa

de diferentes niveles: básica, media o superior,

Control sobre el contenido del trabajo,

Autorregulación: organización propia mediante colegios profesionales, sindicatos o

gremios,

Espíritu de servicio a la comunidad (altruismo), y

Elevadas normas éticas (la deontología profesional).

Fig. 3 La ética profesional.

Una profesión es una actividad especializada del trabajo dentro de la sociedad. A quien la

ejerce se le denomina Profesional.

Este profesional tiene muchas responsabilidades ante la sociedad, además de ejercer su

profesión. Procurando un impacto social positivo sobre las personas de su entorno y sobre

las comunidades en las cuales operan. Respetando a las personas locales y a los pueblos

originarios, sus valores, tradiciones y cultura.

Page 7: Ética Profesional

Asegurándose que las comunidades en las cuales trabajan, estén informadas de cualquier

factor que pudiera ser necesario que conozcan por su impacto social. Contribuyendo con

el desarrollo económico de las comunidades en las que desempeña su labor.

Finalmente cualquier profesional debe servir a la comunidad y a la sociedad con

productos y servicios útiles y en condiciones justas.

Para el correcto funcionamiento de una sociedad, se deben aplicar un conjunto de leyes

que guiarán a los profesionales a desenvolver su rol ético. Entre estas podemos

mencionar el cumplimiento de todas las leyes, regulaciones, normas del país en el que se

reside y en el que se trabaja. Alejándose de cualquier forma de corrupción, extorsión y

soborno, cumpliendo con los legítimos contratos y compromisos adquiridos. Conociendo

el alcance de su responsabilidad profesional tanto en lo civil y como en lo penal, y las

sanciones aplicables al incumplimiento de los deberes relacionados con su profesión.

Entre otras está la de cooperar con la justicia siempre que se lo requiera, denunciado

actos fuera de la ley de los que sea testigo y posea las pruebas objetivas requeridas por

la justicia para demostrar el hecho denunciado.

Page 8: Ética Profesional

Código de Ética de los Servidores Públicos

Fig. 4 Código de Ética Profesional.

El Código de Ética de los Servidores Públicos en Panamá, está regido por el Decreto

Ejecutivo N° 246 del 15 de diciembre de 2004.

Fue dado en la Ciudad de Panamá, el 15 de diciembre de 2004, por el Presidente a cargo

Martín Torrijos y el ministro de la Presidencia, Ubaldino real.

Este Código esta decretado en siete capítulos, que analizaremos a continuación.

Capítulo 1 Ámbito de Aplicación y Definiciones.

Este Capítulo describe quienes son los afectados y donde se aplica el decreto. Tiene 2

artículos (analizados).

En el Artículo 1: indica a quienes está dirigido. Que es de carácter obligatorio para

todos los funcionarios independiente de su nivel jerárquico y señala las

instituciones que se rigen por el decreto.

En el Artículo 2: define la actividad a la cual está dirigido este Código, la Función

Pública que como dice este artículo es toda actividad permanente o temporal

remunerada, realizada por una persona natural al servicio del Estado.

Capitulo II Principios Generales.

Este Capítulo señala todos los principios generales que se deben tomar en cuenta en el

momento que el servidor público ejerce su profesión. Tiene 12 artículos (analizados):

Page 9: Ética Profesional

En el Artículo 3: Probidad, cómo el servidor público debe actuar antes situaciones

que se le presenten. Con rectitud y honradez evitando faltas a sus deberes y

obligaciones.

En el Artículo 4: Prudencia, el servidor público debe actuar con pleno conocimiento

de las materias sometidas a su consideración y con diligencia. Cuidando la imagen

que da ante la sociedad.

En el Artículo 5: Justicia, se refiere al cumplimiento de sus funciones y los derechos

que goza en relación con el Estado.

En el Artículo 6: Templanza, desarrollar sus funciones con respeto y sobriedad,

utilizando los medios solo para cumplir con sus funciones.

En el Artículo 7: Idoneidad, es la aptitud técnica, legal y moral que debe contar el

funcionario para desempeñar su cargo.

En el Artículo 8: Responsabilidad, es el esfuerzo que el funcionario debe aplicar

para el cumplimiento de sus deberes.

En el Artículo 9: Transparencia, el servidor público, salvo las limitaciones en la ley,

asegura el acceso a la información gubernamental. También señala el uso

transparente y responsable de los recursos públicos.

En el Artículo 10: Igualdad, se debe respetar la igualdad de oportunidades para

todos los ciudadanos y extranjeros sin ningún tipo de discriminación.

En el Artículo 11: Respeto, el servidor público debe respetar la dignidad humana.

En el Artículo 12: Liderazgo, debe promover y apoyar son su ejemplo el Decreto

Ejecutivo que se está analizando.

Page 10: Ética Profesional

Capítulo III Principios Particulares

En este Capítulo se consideran los principios individuales de cada servidor público. Tiene

21 de los artículos.

En el Artículo 13: Aptitud, el servidor público debe cumplir con requisitos dispuestos

por la ley para conocer su idoneidad.

En el Artículo 14: Capacitación, para un mejor desempeño el servidor público debe

capacitarse.

En el Artículo 15: Legalidad, siempre se debe actuar de acuerdo a la Constitución

Nacional, leyes y reglamentos.

En el Artículo 16: Evaluación, evaluar sus antecedentes en sus cargos anteriores.

En el Artículo 17: Veracidad, contribuir siempre a la verdad en su cargo profesional.

En el Artículo 18: Discreción, guardar reserva a hechos e información que tenga

conocimiento.

En el Artículo 19: Declaración Jurada Patrimonial, según el artículo 304 de la

Constitución Política de la República debe presentar una declaración jurada.

En el Artículo 20: Obediencia, el servidor público debe dar cumplimiento a las

órdenes de sus superiores, salvo si manifiestan alguna ilegalidad.

En el Artículo 21: Independencia de Criterio, no involucrarse en actividades que no

le competen que lo conlleven a conflictos.

En el Artículo 22: Equidad, no se debe utilizar este criterio para adecuar soluciones

a un resultado más justo en contra de lo jurídico.

En el Artículo 23: Igualdad de Trato, no realizar actos de discriminación con los

demás.

Page 11: Ética Profesional

En el Artículo 24: Ejercicio Adecuado del Cargo, se refiere al cumplimiento personal

al Código Uniforme de Ética.

En el Artículo 25: Uso Adecuado de los bienes del estado. Se refieren a que el

servidor público debe proteger y conservar los bienes del estado. Y utilizarlos para

lo que les fue asignado.

El Artículo 26: Uso Adecuado del tiempo de trabajo. Al igual que debe usar el

tiempo comprendido dentro de su horario de trabajo, a el esfuerzo responsable de

sus quehaceres.

En el Artículo 27: Colaboración, debe realizar algunas tareas necesarias para

mitigar dificultades que se enfrente y darle solución en su cargo.

En el Artículo 28: Uso de Información: no utilizar para beneficio propio información

que no esté destinada al público en general.

En el Artículo 29: Obligación de denunciar, debe denunciar a las autoridades

correspondientes los actos que pueden afectar al Estado.

En el Artículo 30: Dignidad y Decoro, se debe actuar con sobriedad y moderación.

En el Artículo 31: Honor, en caso de que se impute un delito contra la

administración pública, debe facilitar la investigación. Para que quede a salvo su

honor y dignidad.

En el Artículo 32: Tolerancia, respeto frente a las críticas del público y de la prensa.

En el Artículo 33: Equilibrio, el servidor público debe actuar con sentido práctico y

buen juicio.

Page 12: Ética Profesional

Capítulo IV Prohibiciones.

En este Capítulo se habla sobre los límites como servidores públicos, lo que no debe

hacer. Tiene 5 de los artículos del decreto.

En el Artículo 34: Prohibiciones Generales, indica que los servidores públicos

tienen prohibiciones en aceptar o dar regalos, beneficios, promesas de

particulares u otros funcionarios.

En el Artículo 35: Beneficios Prohibidos, de las prohibiciones del artículo anterior.

No se pueden obtener beneficios como la de apresurar tareas en sus funciones,

influencia ante otro servidor público.

En el Artículo 36: Presunciones, también tiene que ver con los beneficios

prohibidos, cuando vienen de instituciones que desempeñan el servidor público.

En el Artículo 37: Excepciones, quedan exceptuados de las prohibiciones del

artículo 35. Cuando los reconocimientos protocolares sean de gobiernos,

organismos o entidades bajo el amparo de ley que permita la excepción.

En el Artículo 38: Exclusión, de los regalos de menor cuantía ya sean por amistad

quedan permitidos porque el acontecimiento que lo requiera.

Capítulo V Impedimentos por razones de las Funciones.

En este Capítulo se habla lo que no puede realizar un servidor público en consecuencia

de las funciones que desempeña. Tiene 5 de los artículos del decreto.

En el Artículo 39: Conflictos de Interés, el servidor público siempre debe mantener

un margen ante conflictos cuyo contexto tenga que ver con intereses personales,

laborales, económicos y afecten sus funciones profesionales.

En el Artículo 40: Excusa, el funcionario público debe abstenerse de participar en

casos que tengan conflictos de interés y notificar a su superior.

Page 13: Ética Profesional

En el Artículo 41: Nepotismo, se refiere a las abstenciones que deben tener los

funcionarios a nombramientos a personas con relaciones familiares, conyugues.

En el Artículo 42: Acumulación de Cargos, solo aquellos que estén en la

Constitución Política de la Republica.

En el Artículo 43: Prohibiciones de Celebrar Gestiones o Trámites, el servidor

público no debe patrocinar a favor de terceros tramites de acuerdo a su cargo, ni

celebrar contrato con la administración.

Capítulo VI Sanciones.

En este Capítulo se explica que si el servidor público llega a incurrir en alguna falta de

este decreto, que sanciones se le pueden aplicar y como. Tiene 2 de los artículos del

decreto.

En el Artículo 44: Sanciones, indica que si se comete alguna falta se le aplica una

sanción ya sea con amonestación verbal, escrita, suspensión del cargo o

destitución.

En el Artículo 45: Procedimiento, señala los pasos a seguir en tal caso se vaya a

aplicar una sanción. Guiado de la Ley N°9 del 20 de junio de 1994, en el Titulo VII.

Capítulo VII Disposiciones Finales.

Que muestra cuando se derogó el decreto e indica cuando empezó a regirse. Tiene 2 de

los artículos del decreto.

En el Artículo 46: el decreto derogó el Decreto Ejecutivo N° 13 de 24 de enero de

1991.

En el Artículo 47: según este artículo, el Decreto se empezó a regir a partir de su

publicación en la Gaceta Oficial.

Page 14: Ética Profesional

Legitimidad a los principios

El procedimentalismo, asigna a la ética la tarea de descubrir los procedimientos

legitimadores de las normas, estos procedimientos bien estructurados les permite a los

individuos, distinguir qué normas de las sugeridas en el mundo de la vida son correctas.

Estos procedimientos tienen la función de actualizar el concepto de voluntad racional,

para que se pueda asumir el carácter de universal, y no particular.

Fig. 5 Legitimidad del código ético.

Es así uno de los principales objetivos del código profesional analizado anteriormente,

determinar cuáles son esas normas que guían al individuo profesional, como actuar

éticamente y complementar su aptitud profesional.

Esta teoría destaca el poder de abstraerse del mundo de la vida con el fin de analizar

mediante un procedimiento racional el mismo mundo. Además esta corriente continua la

distinción moderna entre lo justo y lo bueno, pero no niega la ausencia del concepto de

bien o de bueno, dentro de las diversas propuestas del procedimentalismo.

Page 15: Ética Profesional

Sabiendo que el procedimentalismo ético no recomienda ningún valor social concreto,

sino que centra su campo de acción en resolver los procedimientos que den legitimidad

a estos principios.

La Ética entonces es una praxis racional de los principios y conceptos relacionados a la

Responsabilidad Social, desde una perspectiva de igualdad.

Entiéndase por praxis a una actividad consciente del hombre que transforma un cierto

objeto o realidad, de acuerdo a un fin racional. En este sentido, la praxis ética es una

actividad consciente y transformadora de una circunstancia humana, de cierta forma de

relaciones humanas.

En el caso de la Ética o Moral, se considera como tal al cumplimiento de la labor

profesional para lograr una Acción Voluntaria, considerándose como tal a aquella que

nos permita realizar una Obra de Bien, y que depende en muchos casos de la

apreciación y subjetividad de quien ejerce la profesión, de acuerdo a sus conocimientos

y a lo que él considere que está bien hacerse, y lo que debe omitirse para evitar un mal.

Page 16: Ética Profesional

Importancia de la Ética Profesional

En todo ámbito de nuestra vida tenemos la adquisición de Derechos y Obligaciones,

pudiendo contraerlos en forma natural o bien mediante la aceptación de un Contrato o

Reglamento, teniendo por un lado a las Normas Explícitas que consisten en leyes o

normativas redactadas, emitidas y promulgadas por un organismo competente a un

ámbito determinado, mientras que por otro lado tenemos Normas Implícitas que giran en

torno a los usos y costumbres que apuntan a una convivencia o bien al Bienestar Social

de un grupo determinado.

Este último grupo suele estar relacionado generalmente a buscar un Entorno Social

ameno, donde encontremos un ambiente de respeto y convivencia, y que podemos

encontrarlo en cada una de las etapas de nuestra vida, desde el Rol Familiar de cada

uno de los sujetos de una familia, hasta aplicado al Ámbito Laboral, respetando las

libertades individuales de las otras personas.

Todo oficio o profesión exige de sus miembros una conducta moral, que es algo distinto

al desempeño técnico y eficiente de una profesión. Para esto se requiere del desempeño

para respetar y cumplir con las normas morales. La importancia de esta es que

descubre en los hombres un valor en la actuación profesional, este valor surge como una

exigencia de la persona, cualquiera sea su trabajo, la ética profesional no debería ser

motivo de asombro o presunción, ya que debe ser algo con lo que debemos convivir

diariamente, debemos de estar plenamente conscientes y convencidos de que la ética se

rige bajo principios universales básicos, por lo tanto depende de nosotros mismos, el

establecer un entorno ético, con nuestra familia, amigos, y principalmente con nuestros

colaboradores.