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ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE VIGILANCIA Y PATRULLAJE I 15/08/2011

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Page 1: Etapas de Servicio

ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL

SERVICIO

DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I 15/08/2011

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ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

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Etapas que conforman el Servicio de Patrullaje I

Etapas que conforman el Servicio de Patrullaje II.

Técnicas básicas de vigilancia policial.

Procedimientos policiales I

Operatividad de las actuaciones básicas I

Operatividad de las actuaciones básicas II

Consideraciones tácticas de las operaciones

policiales.

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I | FICHA DE ESTE RECURSO EDUCATIVO|

| ASPECTOS GENERALES:

Título del Recurso: Etapas organizativas que conforman el servicio de patrullaje.

Propósito: Comprender conceptos y situaciones sobre las etapas organizativas

que conforman el servicio de patrullaje I. Etapas Organizativas Que Conforman El

Servicio De Patrullaje 2. Técnicas básicas de vigilancia policial. Procedimientos

Policiales I. Operatividad de las actuaciones básicas. Operatividad de las

actuaciones básicas II. Consideraciones Tácticas de las operaciones policiales.

Sectorización del servicio de Patrullaje. El Acta. El sistema de emergencia.

Dirigido a: Discentes de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad

(UNES)

Palabras Claves: Historia, vigilancia, patrullaje, nuevo modelo policial.

Tabla de Contenido:

Introducción:

Duración de la Navegación: Treinta (30) minutos aproximadamente

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ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

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| RECONOCIMIENTOS

Autor: Universidad Nacional Experimental de la Seguridad (UNES)

Diseño pedagógica web: Vanessa Rivero – [email protected]

Montaje y Edición: Vanessa Rivero – [email protected]

Leynis Pelayo – [email protected].

Expertos en contenido: Olave Gustavo, Martin León, Igork E. Méndez T.,

Castellano Alfonso, González Neomar, Xavier Bermúdez, Franklin J. Semprún G.,

Notto Chacín, Pedro Casanova y José Alcalá.

Fecha de creación: 15 Agosto del 2011

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ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

TÉCNICAS BÁSICAS DE VIGILANCIA Y PATRULLAJE | DIAGNÓSTICO COMUNAL.

Un diagnóstico comprende un conjunto de

actividades grupales y participativas, a través

de las cuales se busca e incentiva a los

propios vecinos y vecinas de una comunidad, a

que definan sus necesidades sentidas o

aquellos aspectos de su vida que se

encuentren en situación de carencia o que

sientan como insatisfechos e inaceptables. En

este caso, el foco estará en el tema de la

seguridad ciudadana.

El objetivo del diagnóstico es detectar y

sistematizar necesidades o problemas sociales

de la comunidad especialmente en materia de seguridad ciudadana, susceptibles de ser

solucionados, así como los recursos con los que cuentan, con la finalidad de superarlos

mediante la ejecución de futuros proyectos sociales o planes policiales, en consulta y con

participación de la comunidad. Esta información comunal es fundamental para el diseño

de cualquier planificación que desea atender las demandas de seguridad de los

ciudadanos1.

| INDICE DE INFORMACIÓN.

Son los datos numéricos con lo cual se representa convencionalmente el grado o

intensidad de una determinada cualidad o fenómeno: índice delictivo, denuncias recibidas,

índice de natalidad. Los números índices nacen de la necesidad de conocer en

profundidad la magnitud de un fenómeno y poder realizar comparaciones del mismo en

distintos territorios o a lo largo del tiempo. Su significado etimológico es indicio o señal,

1 GENTE PARA SERVIR, Practiguía sobre Servicio de Policía Comunal

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VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

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por eso se recibe el nombre el dedo de la mano, entre el pulgar y el medio, que se utiliza

para mostrar algo.

| CARACTERIZACIÓN DE LA ZONA.

Es el proceso mediante el cual se trata de identificar y determinar los atributos particulares

o peculiares de cada región, zona o área de intervención. Con la finalidad de ser un

instrumento de consulta y de valoración, para la planificación del patrullaje, el no es

determinante o indispensable para el éxito de la misión planteada; pero contribuiría a

tener una visión más cercana y real del área de estudio. Como lo son:

ASPECTOS FÍSICO – GEOGRÁFICOS

a. División Política Administrativa b. Ubicación geográfica y límites. c. Relieve. d. Condiciones Climáticas. e. Hidrografía.

ASPECTOS DEMOGRÁFICOS

a. Población Total. b. Grupos Etarios. c. Jóvenes. d. Población Indígenas.

INFRAESTRUCTURA, ENERGÍA Y

TELECOMUNICACIONES

a. Vías de Comunicación b. Servicios de Energía y telecomunicaciones.

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ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

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ASPECTOS SOCIALES

a. Indicadores de salud de la población. b. Salud Ambiental. c. Educación. d. Vivienda. e. Deportes y Recreación. f. Patrimonio Cultural Históricos

ASPECTOS ECONÓMICOS

a. Pobreza Regional. b. Empleo e ingreso. c. Sector Agropecuario. d. Actividad Económica. e. Comercializadoras de productos. f. Organizaciones de Productores y/o Comerciantes. g. Turismo. h. Industrias. i. Servicios.

ASPECTOS AMBIENTALES

a. Biodiversidad. b. Suelo. c. Recursos Hídricos. d. Recurso Marinos Costeros. e. Preparación para desastres naturales. f. Planificación Territorial.

ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL,

MUNICIPAL Y SOCIEDAD CIVIL

a. Instituciones del sector público. b. Municipalidades. c. Organización de la sociedad civil o Comunitaria.

ENTORNO INTERNACIONAL

a. Tratados Comerciales. b. Convenios Internacionales con implicación en la zona. c. Relaciones Culturales y comerciales. d. Cooperación Internacional.

| LA PLANIFICACIÓN Es una herramienta que sirve para dar un ordenamiento lógico de las acciones que se

proponen realizar las dependencias tanto administrativas como operativas de la

Institución Policial. El desarrollo de esta herramienta permitirá optimizar el uso de los

recursos disponibles y el cumplimiento de objetivos y meta trazadas; además de contribuir

con el cumplimiento de la misión institucional.

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ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

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| TIPOS DE PLANIFICACIÓN Conocer los distintos planes y niveles de aplicación en la organización policial, con el

objeto de clarificar las funciones de cada uno, nos permite orientarnos al momento de

diseñar el plan, sobre nuestro nivel de competencia. Existen varios tipos de planes, pero

según su nivel en la organización los podemos dividir en tres áreas:

Plazo Niveles Tipo de Planes

Objetivo

Largo Plazo

Estratégico (Institucional)

Estratégicos

Son los que establecen los lineamientos generales de la Policía. Orientados en regir la obtención, uso y disposición de los medios necesarios para alcanzar los objetivos generales de la organización. (Debilidades, oportunidades, fortalezas y amenazas. Incertidumbre).

Mediano Plazo

Táctico (Intermedio)

Táctico

Conversión e interpretación de las estrategias en planes concretos, en cada uno de las Coordinaciones o Divisiones de la Policía, con el fin de poner en práctica los recursos de la organización.

Corto Plazo

Operativo Operativos

Subdivisión de planes tácticos en planes para cada tarea; su función consiste en la formulación y asignación de actividades más desarrolladas que deben ejecutarse para el logro del objetivo.

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ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

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| VENTAJAS DE LA PLANIFICACIÓN.

Propicia el desarrollo de la policía al

establecer métodos de utilización

racional de los recursos.

Prepara a la policía para hacer frente a

las contingencias que se presenten, con

las mayores garantías de éxito.

Mantiene una mentalidad futurista

teniendo más visión del porvenir y un

afán de lograr y mejorar las cosas.

Condiciona a la Institución al ambiente

que lo rodea.

Establece un sistema racional para la

toma de decisiones, evitando las

corazonadas o empirismo.

Reduce al mínimo los riesgos y

aprovecha al máximo las oportunidades.

Las decisiones se basan en hechos y no

en emociones.

Promueve la eficiencia al eliminar la improvisación.

Proporciona los elementos para llevar a cabo el control.

Al establecer un esquema o modelo de trabajo (plan), suministra las bases a

través de las cuales operará la policía.

Disminuye al mínimo los problemas potenciales y proporciona al Coordinador o

Supervisor magníficos rendimientos de su tiempo y esfuerzo.

Es posible realizar un seguimiento del mismo, con el fin de evitar desviaciones en

los objetivos.

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VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

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ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE

PATRULLAJE 2

| DESPLIEGUE.

Consiste en la etapa donde se ejecutan las

actividades planificadas, basado

principalmente en la conformación y

distribución de la fuerza (oficiales, equipos,

unidad policial, entre otros) en las zonas o

sectores de responsabilidad. Este despliegue

será constantemente monitoreado y

controlado por los supervisores de 1ra. Línea,

con apoyo de los distintos niveles de mando

involucrados.

| ELABORACIÓN DEL PLAN DE VIGILANCIA Y PATRULLAJE.

Es un plan a nivel táctico, destinado al estudio de una determinada dependencia político

territorial (parroquia, municipio), la cual tienes sus características particulares. Su finalidad

principal es determinar o reconocer las principales formas de conducta social y delictual

de la ciudadanía, para lograr las definir políticas de intervención para la resolución de los

problemas de seguridad. Es un plan que por sus características es de mediana duración y

está diseñado y aprobado, por los niveles medio de la Organización.

| CONTENIDO DEL PLAN: PARTE ESCRITA DEL PLAN DE VIGILANCIA Y

PATRULLAJE.

Breve análisis de la situación socio operativa de la demarcación: Consiste en la

valoración de las características sociales y las operaciones policiales actuales.

Clasificación de las personas buscadas por la policía: Consiste en la organización

y ubicación de los ciudadanos solicitados en el área de responsabilidad por delito,

por sectores, entre otras.

Objetivos del plan: Es la identificación del fin o los productos finales que queremos

alcanzar.

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ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

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Misiones de las Fuerzas: Es la distribución y tareas especificas designadas a cada

servicio de patrullaje.

Ideas de las acciones: Son las actividades o tareas que se programan para cumplir

con los objetivos planteados.

Tablas de fuerzas y medios que se emplean: es la especificación de la cantidad de

personal utilizado en cada tarea y los equipos utilizados.

Tabla con la clasificación de las postas: Esquema donde se especifican los lugares

y cantidades de oficiales de los apostamientos policiales.

Organización de la cooperación y los sistemas de comunicaciones: Consiste en la

identificación dentro del plan de las entidades gubernamentales o no, que conviven

en el área de responsabilidad o de aplicación y las vías de trasporte principales.

| CONTENIDO DEL PLAN: PARTE GRÁFICA DEL PLAN DE VIGILANCIA Y

PATRULLAJE.

Recorrido de los funcionarios y funcionarias según sus horarios.

Áreas de servicio o sectorización.

Tramos de vía para patrullaje focalizado y puntos de control

especificando horarios.

Puntos de control de tránsito especificando horarios.

Áreas de recorrido de los grupos y medios de otras unidades de vigilancia y

patrullaje.

Sistemas de protección en los objetivos económicos cubierto por fuerzas de las

diferentes agencias de protección y seguridad.

Áreas de los objetivos vitales ubicados en la circunscripción.

Ubicación de las sedes del Gobierno en caso de haberlas en el sector.

Límites de los consejos comunales y las Estaciones de Policía.

Otros detalles de interés (deben ubicarse los grupos, centros de atención médica,

y de emergencias, empresas básicas del estado, zonas de trasmisión de energía,

redes telefónicas, acueductos, entre otros).

Áreas más complejas de la vialidad de tránsito.

Puntos de cierre operativo.

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| LA VARIANTE OPERATIVA.

Constantemente la realidad y condiciones de seguridad ciudadana en las comunidades se

transforma. Estos cambios suponen también modificaciones en el plan de vigilancia y

patrullaje originalmente formulado. La consideración de estas variaciones, para adaptar

los alcances del servicio a la realidad comunitaria se conoce como “Variante Operativa”.

Es donde quedan definidas las formas de cómo se realizara el despliegue del personal

policial y los procesos que deben realizar para cumplir con los objetivos planteados en el

Plan de Vigilancia y patrullaje. Dicha variante es la que permite la adaptabilidad y

durabilidad del plan, debido que es el momento donde se reconsideran las acciones y la

distribución de la fuerza, basándose en los cambios de la zona o por los efectos

generados por el plan. Todo esto sin afectar el fin del plan.

Esta especificidad contemplada en la conformación de la variante, está distribuida por los

diferentes servicios que conformen la Coordinación de patrullaje.

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| PLANIFICACIÓN DE LA REUNIÓN DE LA VARIANTE OPERATIVA.

Las coordinaciones de patrullaje de cada Centro de Coordinación Policial realizarán las

actualizaciones del plan de vigilancia y patrullaje cada seis (6) meses y revisarán

sistemáticamente su organización de acuerdo a la situación operativa más conveniente.

| ACCIONES DE CONTROL DE LA VARIANTE OPERATIVA.

Deben producirse reuniones periódicas

para revisar y actualizar el Plan de

Vigilancia y Patrullaje. Estas reuniones

son un espacio para la reflexión y

valoración del cumplimiento del sistema

de vigilancia y patrullaje a cada nivel, y

están dirigidas a tomar decisiones para

darle respuesta a las problemáticas de la

situación operativa vigentes en cada

momento. En éstas se evaluará y tomarán decisiones respecto a:

Resultados de los controles realizados al Servicio de Patrullaje.

Situación Operativa actual del territorio y la redistribución de los grupos de

patrullaje para instrumentar la respuesta.

Ocurrencia de los delitos priorizados.

Incidencias o impacto de las estrategias empleadas para Confrontar el delito.

Información de los Consejos Comunales.

Informaciones y Pronósticos propios y de otros servicios del Sistema de Policía.

Disponibilidad de fuerzas y medios, propias y agregada.

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| ACCIONES PARA MEJORAR LOS RESULTADOS DEL SISTEMA.

Durante el proceso de aplicación y validación de la

variante operativa los jefes en los niveles que les

corresponda, han de desarrollar acciones de influencia

sobre los demás factores comunitarios con intereses en

la seguridad y protección de personas y bienes, para

impulsar la cooperación más eficaz que sea posible

lograr.

A tales efectos será oportuno tener en cuenta los

siguientes elementos:

Coordinación de trabajo con los cuerpos de seguridad y protección ubicados en la

circunscripción del núcleo.

Coordinación con los Consejos Comunales y demás fuerzas vivas presentes en

cada sector (directores de escuelas, prefectos, coordinadores de ambulatorios y

de centros de desarrollo integral, etc.)

Verificar los sistemas de seguridad y protección de los objetivos económicos del

territorio.

Chequeo sistemático –en los despachos de la guardia y reuniones de análisis de

la situación operativa– del comportamiento de la vigilancia y la incidencia delictiva

en los objetivos económicos y su entorno.

| PLANES OPERATIVOS.

El plan operativo es la culminación de un plan estratégico o táctico; en su defecto viene

derivado de las funciones del área o coordinación que realiza el plan. Debido a esta

circunstancia, el Plan Operativo debe adaptar los objetivos generales de la Institución

Policial a cada departamento, y traducir la estrategia global de la misma en el día a día de

sus trabajadores y trabajadoras.

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ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

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En consecuencia, todo Plan Operativo debe contener objetivos específicos enmarcados

en tres aspectos de tiempo de acción, que son el antes, el durante y el después. Esto

quiere decir simplemente, las acciones que se van a diseñar para evitar que suceda el

hecho que quiero resolver (antes), si sucede que puedo hacer (durante) y que acciones

debo de hacer luego que sucedió el evento (después). Los planes operativos se

conforman de la siguiente manera:

| OBJETIVO GENERAL.

Para determinar el Objetivo de un Plan debe tomarse como referencia los problemas

identificados, y determinar la mejor forma de actuar ante ellos. Un objetivo es una

situación deseada que la policía intenta lograr, es una imagen que la organización

pretende para el futuro (qué pueda ser logrado).

| OBJETIVO S ESPECÍFICOS.

Los objetivos específicos son los objetivos derivados del Objetivo General. Los objetivos

generales abarcan el fin que se quiere alcanzar (o tema), y los específicos la forma o el

camino para alcanzar dicho objetivo. Por lo antes expuesto, estos objetivos deben

contemplar tres ámbitos de acción:

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|CARACTERÍSTICAS DE LOS OBJETIVO S ESPECÍFICOS.

|ACTIVIDADES O TAREAS.

Las actividades del plan no son más que las tareas o acciones concretas que se deben

realizar para cumplir los objetivos específicos, las cuales deben tener unas metas y unos

indicadores, que permitan conocer si se cumplió el fin de esa actividad y que nos indica

ese cumplimiento.

Nos facilitará el trabajo si contestamos la siguiente pregunta: ¿Cómo obtenemos los

resultados esperados?

|METAS.

Las metas no son más que el fin que se desea obtener por medio de una acción, que

tienen que ser cuantificables y deseables.

Medibles: Seguimie

nto y Evaluació

n Apropiados: A los sistemas, objetivos

y estrategia

s

Temporales: Con un tiempo

específico para

alcanzarlos

Específicos: Para evitar

interpretaciones

Realistas: Alcanzables, con sentido

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ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

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Debemos contestar a la siguiente pregunta: ¿Qué productos obtendremos de la ejecución

de cada una de las actividades planificadas?

|INDICADORES.

Los indicadores son necesarios para poder mejorar. Lo que

no se mide no se puede controlar, y lo que no se controla no

se puede gestionar. Son variables que intentan medir u

objetivar en forma cuantitativa o cualitativa una situación

determinada y a la vez poder evaluar su comportamiento en

el tiempo mediante su comparación con otras situaciones

que utilizan la misma forma de apreciar la realidad. En

consecuencia, sin ellos tendríamos dificultades para efectuar

comparaciones.

|CONTROL Y EVALUACIÓN.

La Evaluación del plan es el proceso sistémico y objetivo

que verifica la eficacia, eficiencia y efectividad de los Planes

Operativos, a la luz de sus objetivos, en cada una de sus

dimensiones (ejecución y resultados), debiendo tomar en

cuenta los avances en el cumplimiento de compromisos que

corresponda, en relación a los Planes Estratégicos o

Tácticos y a otros a los que contribuye.

Es el último paso del proceso de planificación operativa, la

cual consiste en la comparación de los resultados con los

objetivos y metas propuestas.

En este sentido, la evaluación constituye una herramienta de gestión que permite tomar

decisiones al proveer información acerca del grado de cumplimiento de los objetivos del

Plan, los desvíos en el cumplimiento de los objetivos y sus causas, así como los

principales problemas y los nudos que requieren atención.

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ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

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|FORMAS DE EVALUACIÓN.

Fundamentalmente las formas de evaluación para los Planes Operativos son las

siguientes:

Este control se debe de realizar mediante un formato (Control de Actividades) que permita

tener un registro periodo de las actividades y sus desempeños, para lo cual deben de

estar bien definidos los indicadores.

|REUNIONES Y EVENTOS DE DIRECCIÓN.

La orientación para el servicio consta de tres etapas fundamentales en su realización.

Ellas son: Antes de la prestación del servicio el funcionario o funcionaria responsable de

la supervisión del servicio debe realizar la formación para inspeccionar el porte y aspecto

haciendo énfasis en el cabello, cara afeitada para los hombres, estado del uniforme y el

calzado y orientar sobre las órdenes y demás disposiciones vigentes, enfatizando

aquellas que por su importancia deben reiterarse para lograr su mejor compresión y

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cumplimiento. Además incluye una actualización del conocimiento y dominio de la

situación operativa del área de servicio.

TÉCNICAS BÁSICAS DE VIGILANCIA POLICIAL

La vigilancia policial es una tarea de carácter estratégico que consiste en la acción

especializada que se realiza de manera sistemática por los funcionarios y funcionarias de

la Policía; orientada a la observación de indicios y circunstancias asociados a la

ocurrencia de hechos delictivos o las conductas que afecten al buen orden de

convivencia. Es el proceso de monitoreo de personas, objetos o procesos dentro de

sistemas para la conformidad de normas esperadas o deseadas en sistemas confiables

para control de seguridad social.

Según Hurtado (citado por La Red Escolar Nacional del Ministerio del Poder Popular para

la Ciencia, Tecnología e industrias Intermedias, 2000), la observación es la primera forma

de contacto o de relación con los objetos que van a ser estudiados. Constituye un proceso

de atención, recopilación y registro de información, para el cual el investigador se apoya

en sus sentidos (vista, oído, olfato, tacto, sentidos kinestésicos y cenestésicos), para estar

al pendiente de los sucesos y analizar los eventos ocurrentes en una visión global, en

todo un contexto natural. De este modo la observación no se limita al uso de la vista.

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VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

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|LA OBSERVACIÓN.

Es un método científico utilizado en casi todas las

investigaciones por lo que se debe tener en cuenta lo

siguiente:

La Observación de vigilancia y patrullaje es una

observación abierta en la que los oficiales no tienen un

objeto o fenómeno especifico de investigación por lo

que no es posible elaborar una guía de todos los aspectos posibles a observar, el

funcionario de policía debe permanecer pendiente de todo lo que sucede, evitando

escapar detalles importantes. Para esto, se vale de todos sus sentidos; pues cualquier

aspecto puede ser relevante (clima, aroma, sonidos, iluminación, entre otros) (Hernández,

Fernández y Baptista, citados por La Red Escolar Nacional del Ministerio del Poder

Popular para la Ciencia, Tecnología e industrias Intermedias 2003).

|SOSPECHOSOS.

Aunque el Circuito Judicial Penal y el Ministerio Público

Venezolano ha dado muestras de reserva con relación

a este concepto y a las actuaciones de los funcionarios

policiales derivados de éste no deja de ser cierto que

es una herramienta importante para los policías que

realizan la labor de vigilancia desde patrullaje, por lo

que es importante conocer el concepto para que lo

utilicemos como herramienta y no como motivo en el

descubrimiento del delito.

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ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

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|CÓMO RECONOCER A UN SOSPECHOSO.

El método para reconocer un evento, una persona o un objeto sospechoso(a) es seguir la

lógica de método de observación:

• Observar el evento, persona u objeto.

• Ubicarlo (a) en el contexto.

• Elaborar una hipótesis sobre el porqué de las acciones.

• Intentar predecir la consecuencia lógica de las acciones.

• Llegar a una conclusión.

• Decidir si intervenir o no.

|MODALIDADES DE LA OBSERVACIÓN.

|LA OBSERVACIÓN OPERATIVA A DISTANCIA.

El servicio de observación operativa a distancia se sustenta en el empleo de un conjunto

de fuerzas, medios y métodos a cuyo cargo se encuentra la vigilancia con instrumentos

ópticos y de televisión para contribuir a incrementar la eficacia del resto de los factores

que cumplen el Servicio de Vigilancia y Patrullaje, mediante la detección y fijación de

hechos, personas con indicios y circunstancias y objetos de interés policial.

La aplicación de este servicio requiere un estudio previo y en el cual se proyectarían los

puntos de observación de las cámaras de televisión operativa, los puntos de observación

con medios óptico, cámaras de vídeo y medios de automatización para los registros

operativos, así como el equipamiento necesario para el monitoreo y control que habría

que ubicar en puestos de mando creados a tales efectos.

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ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

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PROCEDIMIENTOS POLICIALES I

|PROCEDIMIENTOS POLICIALES (MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

POLICIALES)

Son las actuaciones cotidianas, eventuales, sistemáticas y coordinadas realizadas por las

funcionarias y los funcionarios policiales en el ejercicio de sus funciones, en asuntos que

así lo justifiquen, siendo éstos responsables por las faltas en que incurran, con arreglo a

los principios de legalidad, necesidad, proporcionalidad y respeto a los derechos

humanos, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución y las leyes, así como los

lineamientos y directrices emanadas del órgano rector para el cumplimiento del mandato

policial. Los procedimientos policiales se clasifican Ordinarios y Extraordinarios.

|PROCEDIMIENTOS POLICIALES ORDINARIOS.

Son las actuaciones cotidianas, sistemáticas y coordinadas realizadas por los funcionarios

y funcionarias policiales, que se ejecutan en situaciones de baja complejidad, para

preservar un ambiente de paz en el ejercicio de los derechos y libertades de los

ciudadanos y ciudadanas.

|PROCEDIMIENTOS POLICIALES EXTRAORDINARIOS.

Son actuaciones eventuales, sistemáticas y coordinadas realizadas por los funcionarios y

funcionarias policiales, que requieren mayor atención y especialización, pudiendo incluso

traspasar las propias habilidades y competencias, obligando así a la intervención

coordinada de varios organismos de acuerdo a los criterios establecidos por la ley.

Igualmente son procedimientos policiales extraordinarios todos los que se producen en

eventos multitudinarios o situaciones de desastre o emergencia, donde es sobrepasada la

capacidad de respuesta de los organismos de atención primaria.

Page 22: Etapas de Servicio

ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

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|PROTOCOLO DE ACTUACIÓN. Es un protocolo expedito y unificado para los

procedimientos policiales, ajustados a las

prescripciones legales y administrativas vigentes. Los

funcionarios y funcionarias policiales se regirán por el

siguiente protocolo de actuación:

Ejercer el servicio de policía con ética,

imparcialidad, legalidad, necesidad,

transparencia, proporcionalidad, humanidad, y

denunciar, –con base en la seguridad individual

y colectiva– cualquier acto violatorio de los

derechos humanos del que tenga conocimiento,

así como los actos de corrupción que conozcan

en la prestación del servicio.

Ejercer el servicio de policía utilizando los mecanismos y medios pertinentes para

preservar la paz y garantizar el disfrute de los derechos humanos.

Respetar la integridad física de todas las personas y bajo ninguna circunstancia

infligir, instigar o tolerar ningún acto arbitrario, ilegal, discriminatorio o de cultura u

otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes, protegiendo así el carácter

absoluto del derecho a la integridad física, psíquica y moral garantizado

constitucionalmente.

Evitar el uso de armas, excepto cuando haya resistencia que ponga en peligro la

vida o la integridad física de personas o del funcionario policial.

Abstenerse de ejecutar órdenes que comporten acciones u omisiones ilícitas o que

sean lesivas o menoscaben los derechos humanos garantizados en la

Constitución de República Bolivariana de Venezuela o en los tratados

internacionales y denunciar toda violación a los derechos humanos que conozcan

o de los haya indicio de que se van a producir.

Identificarse en el momento de la captura como agente de la autoridad.

Hacer uso de la fuerza –de manera proporcional– sólo cuando sea estrictamente

necesario, respetando y protegiendo la dignidad humana y los derechos humanos

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ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

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de todas las personas sin discriminación por motivos de origen étnicos, sexo,

religión, nacionalidad, idioma, opinión política, posición económica o de cualquier

otra índole.

Informar al detenido acerca de sus derechos y mantener un trato correcto y

esmerado, así como informar a parientes o personas relacionadas sobre el lugar

de su detención.

Preservar la identidad de los detenidos y las víctimas ante los medios de

comunicación social, a menos que éstos expresen el deseo contrario ante un

defensor.

Garantizar el estado de las personas detenidas asegurándose de la debida

asistencia médica antes de ser trasladado a la unidad policial.

Asentar el lugar, día y hora de la detención en un acta inalterable. En todo

procedimiento policial, el funcionario o funcionaria deberá adecuar su actuación

atendiendo las siguientes particularidades según se trate de víctimas,

aprehendidos, testigos y comunidad.

|PROTOCOLO PARA LA VÍCTIMA.

Los funcionarios y las funcionarias policiales se destacarán por un trato acorde para la

víctima en su condición de afectado, dando prioridad a su bienestar físico y psicológico y

facilitando al máximo su participación en los trámites en que deba intervenir, entendiendo

que el delito cometido es irreversible. La asistencia oportuna a las víctimas contribuye

decisivamente a limitar las consecuencias negativas que el delito tiene para ellas. Por ello

debe asegurarse a las personas en esta situación:

Un tratamiento con dignidad y respeto.

Asistencia material, legal, médica, psicológica y social.

Conocimiento de las implicaciones que para ellos tienen los procedimientos

policiales y/o judiciales.

Información oportuna sobre las actuaciones.

Información sobre la decisión de sus causas.

Protección de su intimidad, garantizando su seguridad, la de sus familiares y de

los testigos a su favor, contra cualquier acto de intimidación y represalia.

Page 24: Etapas de Servicio

ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

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Se prestará especial atención a aquellas personas o grupos que puedan ser

discriminados, marginados o vulnerables, protegiendo especialmente a aquellas

que por alguna de estas condiciones se encuentren en circunstancias de debilidad

manifiesta (adultos mayores, niños, niñas y adolescentes, personas con

discapacidad), atendiendo a las normas legales que regulan su especialidad, así

como en el caso de pueblos indígenas las normas propias, diferencias socio-

culturales y patrones de asentamiento que correspondan a su jurisdicción especial

indígena.

|PROTOCOLO PARA LOS APREHENDIDOS.

Sólo se procederá a la aprehensión de personas

cuando exista una orden judicial, cuando éstas

sean sorprendidas en flagrancia en la

participación de un delito que se está cometiendo

o se acaba de cometer, o cuando el sospechoso

se vea perseguido por la autoridad policial, por la

víctima, el clamor público o cuando sea

sorprendido a poco de haberse cometido el hecho

en el lugar o cerca del lugar con armas,

instrumentos u otros objetos que de alguna

manera hagan presumir con fundamento que es el

autor.

En los casos donde resulte la aprehensión de una

persona a quien se le señale como autor o partícipe de un hecho punible, los funcionarios

y funcionarias policiales deberán apegarse a los siguientes principios de actuación:

Hacer uso de la fuerza sólo cuando sea estrictamente necesario y en la proporción

que lo requiera la ejecución de la detención.

No utilizar armas, excepto cuando haya resistencia que ponga en peligro la vida o

la integridad física de personas, dentro de las limitaciones a que se refiere el

numeral anterior.

Page 25: Etapas de Servicio

ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

25

No infligir, instigar o tolerar ningún acto de tortura u otros tratos o castigos crueles,

inhumanos o degradantes, tanto en el momento de la captura como durante el

tiempo de la detención.

No presentar a los detenidos ante ningún medio de comunicación social sin el

expreso consentimiento de ellos, el cual se otorgará en presencia del defensor, y

se hará constar en las diligencias respectivas.

Identificarse, en el momento de la captura, como agente de la autoridad y

cerciorarse de la identidad de la persona o personas contra quienes se procede. El

funcionario policial no está facultado para capturar a una persona distinta de

aquella a que se refiera la correspondiente orden de detención. La identificación

de la persona a detener no se exigirá en los casos de flagrancia.

Informar al detenido acerca de sus derechos.

Asentar el lugar, día y hora de la detención en un acta inalterable.

En caso de detención de mujeres, el funcionario y funcionaria policial atenderá a la

condición especial de la mujer, entendiendo que las detenidas deberán estar

separadas de los hombres, igualmente a las condiciones relativas a la no

discriminación, asignando a personal femenino la custodia y el registro personal de

mujeres detenidas.

|PROTOCOLO PARA NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.

Cada vez que un menor de edad sea privado de su libertad se notificará inmediatamente

a sus padres o tutor. Las circunstancias y el lugar de detención serán comunicados al

Fiscal con competencia en Responsabilidad Penal de Niños, Niñas y Adolescentes,

recibiendo en todo momento un trato con humanidad y respeto de manera que se tenga

en cuenta las necesidades propias de las personas de su edad. Para ello deberá estar

obligatoriamente separado de los adultos y tendrá derecho a mantener contacto con su

familia. Se deberá notificar inmediatamente de la aprehensión al Ministerio Público.

|PROTOCOLO PARA LOS TESTIGOS.

Page 26: Etapas de Servicio

ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

26

Un testigo es una persona no necesariamente dotada de capacidad de obrar, pero sí para

percibir y dar razón de hechos que a través de sus sentidos fueron percibidos. En la

habilitación de testigos, el funcionario policial estará atento al cumplimiento de las

siguientes cuestiones:

Los testigos deben recibir un tratamiento con dignidad y respeto.

Los funcionarios y funcionarias policiales, en el ejercicio de cualquier actividad

propia del servicio policial y de acuerdo con la ley, deben procurar la presencia de

personas que servirán de testigos y respaldarán y darán mayor legitimidad a su

actuación.

Debe tener en consideración que el testigo no tenga relación con el aprehendido o

de la víctima.

Debe garantizarse que el testigo pueda declarar sobre lo que percibió en relación

con hechos concretos y relevantes en el proceso, pudiendo así aportar los

conocimientos propios del hecho en la investigación o juicio.

El funcionario y funcionaria policial pondrá al testigo en conocimiento de las

implicaciones que involucran los procedimientos policiales y/o judiciales sobre los

cuales van a atestiguar.

Los funcionarios y funcionarias policiales darán protección a la intimidad del

testigo, garantizando su seguridad y la de sus familiares, contra cualquier acto de

intimidación y represalia.

|PROTOCOLO PARA LAS COMUNIDADES.

En la función policial los funcionarios y funcionarias policiales afrontarán situaciones y

circunstancias que pueden afectar o alterar la convivencia. Situaciones a las que darán

una respuesta equilibrada, basadas en el reconocimiento del derecho de todos y todas a

comportarse libremente en comunidad y garantizando el ejercicio del derecho a la libertad,

fomentando en la ciudadanía los deberes u obligaciones que la convivencia exige,

implícitos en el respeto a la libertad, la dignidad y los derechos reconocidos de los demás,

en los que todas las personas puedan desarrollar en libertad sus actividades de libre

circulación, de ocio, de trabajo y de esparcimiento, armonizando la pluralidad de

Page 27: Etapas de Servicio

ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

27

expresiones y las diversas formas de vivir y

disfrutar. En consecuencia, el funcionario o

funcionaria policial:

Brindará una respuesta a los

ciudadanos, atendiendo

permanentemente a las necesidades

individuales y colectivas en materia de seguridad ciudadana mediante la

prevención, disuasión y la articulación de estrategias institucionales y sociales,

fomentando la confianza y aumentando la cooperación y la participación

ciudadana.

Atenderá la seguridad de las comunidades y bajo un criterio de anticipación a

todos aquellos factores que generan el delito en cualquiera de sus

manifestaciones.

Ejercerá labores de orientación e información relacionadas con la falta o infracción

concreta cometida, teniendo como finalidad concientizar al infractor en cuanto al

debido comportamiento dentro de la colectividad.

Llevará a cabo procedimientos policiales que garanticen y protejan los objetivos

que contemplan las ordenanzas municipales, sin perjuicio de los derechos y

garantías de las personas.

Afrontará las situaciones y circunstancias que pueden afectar o alterar la

convivencia, brindando una respuesta equilibrada a dichas situaciones y

circunstancias.

Fomentará las actividades de colaboración y cooperación educadora y social, así

como los valores de convivencia y de civismo.

Actuará ante todas aquellas conductas que puedan perturbar la convivencia y

corregirá los comportamientos no cívicos.

Aplicará las sanciones debidas ante la violación de normas de conducta que

corresponden en caso de infracción.

Fomentará los valores de la convivencia y el mejor desarrollo de las libertades

públicas, procurando sustituir las sanciones por medidas educativas.

Page 28: Etapas de Servicio

ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

28

Prevendrá los conflictos identificando sus causas para solucionar los problemas

mediante el diálogo, mediación y la negociación, garantizando a todos el pleno

ejercicio de los derechos.

Protegerá a aquellas personas o grupos que puedan ser discriminados,

marginados o vulnerables, especialmente los que por alguna de estas condiciones

se encuentren en circunstancias de debilidad manifiesta (adultos mayores, niños,

niñas y adolescentes, personas con discapacidad), atendiendo a las normas

legales que regulan su especialidad, así como en el caso de los pueblos

indígenas, las normas propias, diferencias socio-culturales y patrones de

asentamiento de su jurisdicción.

|PROTOCOLO PARA LOS BIENES.

Los funcionarios y funcionarias policiales en sus procedimientos garantizan y protegen el

derecho a la propiedad entendida ésta como todas aquellas cosas y bienes susceptibles

de satisfacer necesidades humanas que forman parte de un patrimonio, incluyendo los

objetos intangibles o cosas susceptibles de valor. Se clasifican de la siguiente forma:

Page 29: Etapas de Servicio

ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

29

|PROTOCOLO PARA INSPECCIÓN DE PERSONAS.

Se realizará sólo en aquellos casos en que se presuma con razón suficiente que

oculta entre sus ropas o adheridos a su cuerpo objetos relacionados con un hecho

punible.

Antes de proceder a la inspección de la persona, ésta deberá ser advertida de la

sospecha y del objeto buscado, pidiéndole su exhibición.

Para la realización de la inspección el funcionario o funcionaria policial deberá

crear las condiciones necesarias que salvaguarden el pudor de la persona.

La inspección de la persona sólo podrá ser practicada por un funcionario policial

del mismo sexo del inspeccionado y en lo posible se procurará hacerlo en

presencia de testigos.

|PROTOCOLO PARA INSPECCIÓN DE VEHÍCULOS.

Se realizará sólo en aquellos casos en

que haya motivo suficiente para

presumir que una persona oculte en él

objetos relacionados con un hecho

punible.

Antes de proceder a la inspección del

vehículo, el funcionario policial deberá

advertir al propietario, conductor y

tripulantes sobre el motivo de la

inspección y sospecha del objeto buscado, pidiendo su exhibición.

Para la realización de la inspección los funcionarios policiales deberán crear las

condiciones de seguridad necesarias que estén a su alcance (lugar) y que les

sean posibles.

Page 30: Etapas de Servicio

ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

30

|PROTOCOLO PARA REGISTRO DE LUGAR PÚBLICO.

Se hará sólo en aquellos casos en que haya motivo suficiente para presumir que

en un lugar público existen rastros del delito investigado o personas fugadas. Sólo

cuando haya obligatoriedad de una orden de allanamiento, se podrá realizar

directamente el registro del lugar.

En los casos en que sean necesarias inspecciones personales o registro de

muebles o compartimientos cerrados de uso personal se procederá de acuerdo a

los procedimientos de inspección de personas y de inspección de vehículos.

Antes de iniciar el registro, se solicitará la presencia del propietario; si se

encuentra ausente, lo hará el encargado y a falta de éste cualquier otra persona

mayor de edad.

Los registros en lugares cerrados, aunque sean de uso público, podrán ser

practicados en horario nocturno, dejando constancia del motivo en el acta. Esto

podrá realizarse sólo:

Page 31: Etapas de Servicio

ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

31

|PROTOCOLO PARA ALLANAMIENTOS.

Cuando el registro deba practicarse en una

morada, establecimiento comercial, en sus

dependencias cerradas o en recinto habitado,

se requiere la orden escrita de un juez.

En los casos en que sea necesario

dada la urgencia, se podrá solicitar

ante el juez de control la respectiva

orden, previa autorización por

cualquier medio del fiscal del Ministerio Público. Esta autorización deberá constar

en la solicitud.

El registro deberá llevarse a cabo en presencia de dos testigos hábiles, en lo

posible vecinos del lugar, y que no tengan vinculación con la policía.

Si el imputado se encuentra presente y no está su defensor, se pedirá a otra

persona que lo asista.

En los casos en que el allanamiento se practique con la intención de impedir la

perpetración de un delito, o cuando se trate del imputado a quien se persigue para

su aprehensión, se obviarán las formalidades anteriormente descritas.

Bajo las formalidades descritas, se levantará un acta. En los casos de las

excepciones mencionadas anteriormente, se dejará constancia detallada de los

motivos que determinaron este allanamiento.

|LA ORDEN DE ALLANAMIENTO DEBE CONTENER.

La autoridad judicial que decreta el allanamiento y la sucinta descripción del

procedimiento que se ordena.

El señalamiento concreto del lugar o lugares a ser registrados.

La autoridad que practicará el registro.

El motivo preciso del allanamiento, con la indicación exacta de los objetos o

personas buscadas y las diligencias a realizar.

La fecha y la firma.

Page 32: Etapas de Servicio

ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

32

La orden tendrá una duración máxima de siete días, después de los cuales caduca

la autorización, salvo que haya sido expedida por tiempo indeterminado, en cuyo

caso constará este dato.

La orden de allanamiento será notificada a quien habite el lugar o se encuentre en

él, entregándole una copia y se procederá de acuerdo a las inspecciones. Si el

notificado o notificada se resiste o nadie responde a los llamados, se hará uso de

la fuerza pública para entrar.

Al terminar el registro, si el lugar está vacío, se cuidará que quede cerrado y, de no

ser ello posible, se asegurará que otras personas no ingresen. Se hará constar en

acta.

|PROTOCOLO PARA LA INSPECCIÓN DEL SITIO DEL SUCESO.

El Cuerpo de Policía y/o Unidad Organizacional (Funcionario o funcionaria

Involucrado) resguarda el lugar donde haya ocurrido un hecho punible, e impide

que las evidencias, rastros o trazas vinculados al mismo se alteren o

desaparezcan, a los fines de facilitar las investigaciones correspondientes y la

aplicación de la cadena de custodia, además toma nota de testigos presenciales

de haberlos y personas presentes en el sitio.

En caso de muerte violenta o cuando existan fundadas sospechas de que la

muerte es consecuencia de la perpetración de un hecho punible, antes de

procederse a la inhumación del occiso u occisa, se debe solicitar inmediatamente

la presencia del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas

que se encargará del procedimiento. Se tomará nota de la identidad de los

funcionarios del CICPC y se entregarán los recaudos.

|PROTOCOLO DE ORDEN PÚBLICO.

Los Cuerpos de Policía, en su ámbito político territorial (nacional, estadales y

municipales), en su labor preventiva y de control de orden público, contarán con

funcionarios y funcionarias policiales debidamente equipados, formados, capacitados,

adiestrados en técnicas y tácticas relacionadas con el control de multitudes, uso

progresivo y diferenciado de la fuerza policial, con el uso de las armas y equipos (agentes

químicos, cartuchos y otros recursos) aprobados para tal fin. Podrán actuar de forma

Page 33: Etapas de Servicio

ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

33

coordinada con otros organismos de seguridad

de ser necesario y de acuerdo con los niveles y

criterios de actuación policial, manejando

técnicas de solución pacifica de conflictos. Su

actuación siempre estará enmarcada en el

ordenamiento jurídico vigente y los

lineamientos emanados del Órgano Rector,

con sujeción a los principios de legalidad,

celeridad, cooperación, imparcialidad, participación ciudadana, universalidad, igualdad,

derechos humanos, necesidad y proporcionalidad, así como a los valores de respeto,

tolerancia, justicia, establecidos en la Constitución, tratados, convenios internacionales y

Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana. En

consecuencia:

Los cuerpos de Policía Municipal, en casos de situaciones de alteración de orden

público, tendrán como función la misión conciliadora propia de la proximidad,

teniendo como objetivos fundamentales el ordenamiento del tránsito, las

orientaciones debidas a los ciudadanos y el control de perímetro externo de la

zona de conflicto, de tal forma que garantice al resto de los ciudadanos su

seguridad, buscando crear la situación favorable para facilitar la operatividad de

los cuerpos de orden público de las Policías Estadales y Nacional, obteniendo

información que pueda ser útil y que será transmitida al cuerpo con competencia

en orden público que se presente al lugar.

Es responsabilidad directa de los cuerpos de Policía de los Estados, las

actuaciones en reuniones y manifestaciones que comprometan el orden público.

En casos de complejidad e intensidad media y con mayor nivel de especificidad,

en caso de ser sobrepasada, deberá transferir el control y mando de la situación al

Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana. Es estos casos, su actuación quedará

subordinada a las instrucciones que reciba del funcionario policial en materia de

orden público, encargado de tomar el control operativo de la zona por parte del

Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana.

El Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana, será el organismo encargado de tomar

el control en aquellas situaciones donde las Policías Estadales sean sobrepasadas

en su capacidad operativa, es decir, en situaciones de orden público de

Page 34: Etapas de Servicio

ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

34

complejidad, especificidad e intensidad alta, momento en el cual asumirá la

responsabilidad del lugar de los hechos, y podrá contar con las unidades de orden

público estadales para coadyuvar en su actuación, siempre que esto se realice de

forma coordinada.

OPERATIVIDAD DE LAS ACTUACIONES BÁSICAS.

|ATENCIÓN A LA DENUNCIA.

Los oficiales de policías, deberán estar atentos

y vigilantes a las necesidades requeridas por las

diferentes comunidades de su sector de

responsabilidad e igualmente durante su estadía

en las sedes policiales, así mismo deberá

orientar, guiar y solucionar problemas de

conflictos que le sean abordados, de manera

cordial y profesional, para esto deberán:

Bajarse de la unidad policial al momento de cualquier llamado realizado por la

comunidad, para brindar una buena imagen y presencia.

Trasladarse con la víctima o denunciante al lugar requerido para solventar el

problema.

Prestarle apoyo a la comunidad en casos de emergencias (personas enfermas,

lesionadas, hurto y robo).

Tomar nota de las novedades presentadas en la comunidad, para posteriormente

utilizar los canales adecuados o correspondientes y dar con la solución del

problema.

En los casos contrarios, cuando estemos de servicio en los centros de coordinación,

debemos orientar a las personas acerca de las diferentes autoridades competentes que

tienen para formular la denuncia y cuáles pueden formular en el núcleo según sea el

requerimiento.

Casos de violencia doméstica, maltrato, abuso sexual, hostigamiento.

Lesiones leves y graves.

Daños a la propiedad.

Page 35: Etapas de Servicio

ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

35

Hurto.

Robo.

Apropiación indebida.

Entre otras.

|EN LOS CASOS DE VEHÍCULOS RECUPERADOS ABANDONADOS.

Recibe la denuncia

Ubica al Imputado

Verifica si existe evidencia

Culmina y elabora el reporte de actividades

Oficial

Detenciones

Colección de evidencias

Si

SiNo

No

Ubica el Vehículo

Oficial Actuante Oficial de

Recepción de documentos

Oficial de custodia

de vehículos

Traslada el vehículo hasta

La sede operativa

Se presenta el Oficial

de

Investigaciones

Penales

Elabora Planilla de Revisión

De Vehículos (PVR)

Elabora Acta Policial

y Demás Oficios

Supervisa la Revisión y

se hace cargo de la

custodia del vehículo

Recibe las Actas

y demás Oficios

Oficial De

Investigaciones Penales

Reporta a la

División de Investigaciones

Page 36: Etapas de Servicio

ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

36

El oficial que recupera el vehículo debe realizar lo siguiente:

Ubicación de los vehículos.

Identificación de los vehículos.

Procede a informar a la división de investigaciones penales quien se encargara de

realizar las actuaciones necesarias y urgentes en materia de criminalmente, tales

como: Inspección técnica, fijaciones fotográficas y colección de los vehículos.

Se traslada hasta la sede operativa en compañía del oficial de Investigaciones y

procede a realizar lo siguiente:

Elaboración de acta policial.

Elaboración de planilla de revisión de vehículos.

Entrega de actuaciones al supervisor de primera línea para su revisión.

Se realiza la notificación a la Fiscalía de guardia del Ministerio Público.

Se notifica al oficial de planta y al oficial interno de custodia.

Se realiza el Oficio de remisión interna de las actuaciones a la División

Investigaciones Penales.

|EN LOS CASOS DE OBJETOS RECUPERADOS ABANDONADOS.

Identifica los objetos

Elabora Remisión

al Parque y Cadena de

Custodia

Si

No

Oficial que recupera los objetos Oficial de

recepción de documentos

Elabora Acta Policial

y Demás Oficios

Oficial de custodia

de evidencias

Recibe y

Almacena

Colecta los Objetos

Se presenta el Oficial

de

Investigaciones

Penales

Recibe las Actas

y demás Oficios

Reporta a la

División de Investigaciones

Oficial De

Investigaciones Penales

Page 37: Etapas de Servicio

ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

37

El oficial que recupera los objetos debe de realizar lo siguiente:

Identificación de los Objetos.

Procede a informar a la división de investigaciones Penales quien se encargara de

realizar las actuaciones necesarias y urgentes en materia de criminalística, tales

como: inspección técnica, fijaciones fotográficas y colección de evidencias.

Se traslada hasta la Sede operativa en compañía del oficial de Investigaciones.

Se procede a realizar lo siguiente:

Elaboración de acta policial.

Elaboración de oficio de remisión al depósito de evidencias y cadena de

custodia.

Entrega de actuaciones al supervisor de primera línea para su revisión.

Se realiza el oficio de remisión de las actuaciones a la División Investigaciones

Penales a fin de abrir una investigación interna.

|EN LOS CASOS DE APREHENSIÓN O ARRESTO.

Uso de Fuerza

Traslada a un

Centro Medico

Verifica si posee

pertenencias

Verifica si

posee lesiones

Traslada al Calabozo

al Detenido

Realiza la Detención

Retira Constancia

Médica

Si

NoSi

NoSi

Elabora Notas de

Retención y

Entregas

No

Elabora Acta Policial,

Notificación de

Derechos, Informe de Uso de

Fuerza y demás oficios

Oficial que realiza la Detención Oficial Interno de

Custodia

Recibe y Registra al

Detenido

Recibe las Actas

y demás Oficios

Oficial de

recepción de documentos

Page 38: Etapas de Servicio

ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

38

Al realizar un arresto, el oficial debe informar al

ciudadano sus derechos básicos

contemplados en los Artículos 44 ordinales 2,

49 ordinales 1 y 5 de la C.R.B.V. Y Articulo

125 ordinales 1 y 2 del C.O.P.P.

Se debe realizar una inspección

corporal antes de introducirlo a la

unidad policial para verificar que no

posea algún objeto o armas.

Debe trasladarse al detenido hasta la sede operativa debidamente esposado en el

asiento trasero de la unidad y con el cinturón de seguridad colocado.

Se debe velar por el bienestar físico, moral y mental del ciudadano.

En el caso del Uso de la Fuerza:

Verificar si el ciudadano no se encuentra lesionado.

Trasladarlo a un centro médico para verificar su estado.

Solicitar al médico el informe respectivo.

Trasladarlo luego hasta la Sede Operativa.

Ya en la sede antes mencionada, se procede la retención preventiva de sus

pertenencias.

Cuando se encuentra evidencia u otros objetos al realizar la inspección corporal al

detenido en la sala de registro, se procede a elaborar un acta de retención donde

se describan dichos objetos y se especifica en el acta policial.

Se elaboran notas de retención de objetos Personales, en esta acta de retención

se debe de especificar los objetos los cuales quedaran bajo la custodia en el

comando a la orden de la fiscalía del ministerio público hasta que el ciudadano sea

trasladado o se retire del recinto de detención preventiva.

Se procede a la entrega del ciudadano detenido al oficial interno de custodia.

El oficial que realizó el arresto se traslada a la sala de elaboración de expediente

para:

Elaboración del acta policial.

Elaboración del Acta de Notificación de Derechos.

Elaboración del Informe de Uso de fuerza.

y demás oficios.

Page 39: Etapas de Servicio

ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

39

Entrega de Actuaciones al Supervisor de Primera línea para su revisión.

Se verifica la notificación a la fiscalía de guardia del Ministerio público.

OPERATIVIDAD DE LAS ACTUACIONES BÁSICAS II

|EN EL CASO DE ARRESTOS CON OBJETOS INCAUTADOS.

El oficial actuante realiza la detención.

Procede a informar a la división de investigaciones penales quien se encargara de

realizar las actuaciones necesarias y urgentes en materia de criminalística, tales

como: inspección técnica, fijaciones fotográficas y colección de evidencias.

Se traslada hasta la sede operativa a realizar lo siguiente:

Elaboración de acta policial.

Elaboración de acta de retención de objetos incautados.

Elaboración de acta de notificación de derechos.

Elaboración de oficio de remisión al depósito de evidencias y cadena de

custodia.

Entrega de actuaciones al supervisor de primera línea para su revisión.

Uso de Fuerza

Traslada a un

Centro Medico

Verifica si posee

Pertenencias

Personales

Verifica si

posee lesiones

Traslada al Calabozo

al Detenido

Realiza la Detención

Retira Constancia

Médica

Si

NoSi

No

Si

Elabora Notas de

Retención y

Entregas

No

Elabora Acta Policial,

Notificación de

Derechos y demás

oficios

Oficial Actuante Oficial Interno

De Custodia

Oficial de

recepción de documentos

Recibe las Actas

y demás Oficios

Recibe y

Registra al

Detenido

Elabora Retención de los Objetos

Recuperados, Remisión al Parque

y Cadena de CustodiaRecibe y

Almacena

Oficial de

custodia de evidencias

Page 40: Etapas de Servicio

ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

40

Se realiza el oficio de remisión interna de las actuaciones a la División de

Investigaciones Penales.

|EN EL CASO DE VEHÍCULOS RECUPERADOS CON DETENIDOS.

Se debe cumplir con el mismo protocolo de arresto a personas como lo indica el caso

número 1.

Se ubica el vehículo.

Se procede a informar a la división de investigaciones penales quien se encargara

de realizar las actuaciones necesarias y urgentes en materia de criminalística,

tales como: inspección técnica, fijaciones fotográficas y colección y traslado del

vehículo hasta la sede operativa.

El oficial que realizó el arresto se traslada a la sala de elaboración de expediente

para:

Elaboración del acta policial.

Elaboración del acta de notificación de derechos.

Elaboración del informe de uso de fuerza (si es necesario).

Planilla de revisión de vehículos.

Entrega de actuaciones al supervisor de primera línea para su revisión.

Se realiza la notificación a la fiscalía de guardia del Ministerio Público.

Se notifica al oficial de planta y al oficial interno de custodia.

Se realiza la Detención y

se ubica el Vehículo

Oficial Actuante Oficial de

recepción de documentos

Oficial de Custodia

de Vehículos

Proceso de

Detención de Personas

Con objetos recuperados

Supervisa la Revisión y

se hace cargo de la

custodia del vehículo

Recibe las Actas

y demás Oficios

Proceso de Vehículos

Recuperados

Page 41: Etapas de Servicio

ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

41

Se realiza el oficio de remisión interna de las actuaciones a la División de

Investigaciones Penales.

|EN EL CASO DE ADOLESCENTES DETENIDOS.

Se debe dar trato adecuado a su condición.

Se debe informar inmediatamente a sus representantes sobre su arresto.

El detenido debe permanecer en un sitio adecuado a su situación vulnerable.

Su traslado y aplicación de uso de fuerza, es igual al de los adultos.

Se debe cumplir con el protocolo de detenidos adultos, pero se debe informar y

entregar actuaciones a la fiscalía del Ministerio Público, en el departamento

especializado en materia de adolescentes.

|EN LOS CASOS DE ADOLESCENTES DETENIDOS POR FLAGRANCIA.

El adolescente debe permanecer bajo la custodia de la institución a la orden del

Ministerio Público a quien se le informa de manera inmediata vía telefónica, y se

remitirán posteriormente por oficio las actuaciones policiales sobre su detención.

Detiene al Adolescente

Oficial encargado

De la custodia deAdolescentes

Oficial Actuante

Uso de Fuerza

Traslada a un

Centro Medico

Verifica si posee

pertenencias

Verifica si

posee lesiones

Traslada al Adolescente

A la sala destinada para

Su detención

Retira Constancia

Médica

Si

No Si

No

Si

Elabora Notas de

Retención y

Entregas

No

Elabora Acta Policial,

Notificación de

Derechos y demás

oficios

Recibe las Actas

y demás Oficios

Recibe y Registra al

Adolescente Detenido Comunica a Sus

Representantes

Page 42: Etapas de Servicio

ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

42

En caso de presentación inmediata o mandato de conducción: Se realiza la

detención del adolescente requerido por el tribunal, se debe notificar tanto al

tribunal que ordenó la medida como a la Fiscalía del Ministerio Público en materia

de menores. Luego se envía al adolescente con un oficio, en el cual se notifican

las actuaciones del adolescente hasta el lugar señalado por el juez que ordenó la

detención.

Detención de menores por medida privativa de libertad:

Cuando el adolescente es requerido mediante oficio para que sea trasladado

inmediatamente ante un despacho oficial (juzgado, fiscalía, juez de paz, intendencia, etc.),

se debe realizar el traslado a través de oficio de remisión y presentarlo en el menor

tiempo posible, preservando siempre sus derechos básicos.

|ENTREVISTAS DE ADOLESCENTES.

Cuando sea necesario arrestar un

adolescente se debe preservar la paz social,

se debe informar inmediatamente a su

representante, a quien se le hará entrega

mediante un acta al adolescente,

haciéndole responsable por las actuaciones

de su representado.

En los casos de procedimientos donde

encontramos muertos por diferentes causas:

Llegar y verificar la información

De ser cierta la información

procederá a resguardar el sitio del

suceso y permanecer allí hasta tanto se presenten los organismos competentes.

Solicitar a la central de comunicaciones que se comunique inmediatamente con el

C.I.C.P.C, para notificarles lo ocurrido, con la finalidad de que acudan al sitio. De

igual manera deberán informar al oficial de guardia de la división de

investigaciones penales para que asista al lugar del hecho.

Page 43: Etapas de Servicio

ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

43

Al llegar las comisiones al lugar se deberá tomar nota de los funcionarios

actuantes por el C.I.C.P.C, e informar a la centra, para luego retirarse del sitio.

|EN LOS CASOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER.

Atender a la víctima e informarle que debe formular la denuncia ante un órgano

policial.

Solicitar apoyo y proceder a la búsqueda del agresor.

De ubicarlo se procede a la detención.

Al realizar un arresto, el oficial debe informar a los ciudadanos sus derechos

básicos contemplados en los Artículos 44 ordinales 2, 49 ordinales 1 y 5 de la

C.R.B.V. Y artículo 125 ordinales 1 y 2 del C.O.P.P.

Se debe realizar una inspección corporal antes de introducirlo a la unidad policial

para verificar que no posea algún objeto o armas.

Debe trasladarse al detenido hasta la sede operativa debidamente esposado en el

asiento trasero de la unidad y con el cinturón de seguridad colocado.

Se debe velar por el bienestar físico, moral y mental del ciudadano.

En caso de no ubicar al agresor, la flagrancia en estos casos es de 48 horas a

partir de la comisión del hecho, por lo que el individuo puede ser buscado y

detenido dentro de ese lapso.

Al llegar a la sede operativa el funcionario debe proceder a:

Elaboración del acta policial.

Elaboración del acta de notificación de derechos.

Elaboración del informe de uso de fuerza (si lo hubo).

Remisiones y demás oficios.

Verificar que la víctima formule la denuncia y de ser necesario que se le

otorgue la orden para la medicatura forense.

|EN CASOS DE INCIDENTES CON HERIDOS.

En estos casos el herido, herida, lesionada o lesionado deberá ser trasladado en

una ambulancia con soporte básico o avanzado según sea la gravedad, sólo podrá

ser trasladado en la unidad policial, cuando el paciente presente lesiones leves o

cuando no se cuente con el apoyo de la ambulancia.

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ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

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Cuando el herido o lesionado es trasladado en la unidad policial es recomendable

solicitar la colaboración de algún familiar o de cualquier ciudadano que apoye el

traslado, con la finalidad de que sirva de testigo, sobre la actuación policial.

Al culminar el traslado se debe tomar nota de los datos del lesionado o herido, del

testigo, del médico que lo atiende , lugar donde ocurrió el hecho, fecha y hora,

nombre del centro médico al que fue trasladado; todos estos datos deben ser

incorporados en el acta policial.

|EN LOS CASOS DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO.

El o la oficial debe llegar al sitio y controlar

el tránsito, solicitando apoyo e informando

a la central del incidente para que esta

notifique a la coordinación u organismo

competente y que este se traslade al lugar

del hecho.

En los casos donde se presenten

lesionados, solicitar apoyo de ambulancias

y permanecer en el sitio hasta tanto se presente el organismo encargado (policía de

circulación).

|EN CUANTO A LAS ORDENANZAS MUNICIPALES Y SERVICIOS PÚBLICOS.

Durante el recorrido del patrullaje es posible que cualquier ciudadano solicite apoyo o

denuncie alguna situación irregular en cuanto a ordenanzas y servicios públicos como por

ejemplo: el bote de aguas blancas o residuales, acumulación de basura, escombros en la

vía pública, vehículos viejos convertidos en chatarra obstaculizando el libre tránsito de

peatones etc. El y la oficial está en el deber de atender estos casos y notificar a los

organismos competentes la situación que se está presentando, a través de la central de

comunicaciones.

|EN CASO DE CATÁSTROFES NATURALES.

En los casos de sismos, temblores, terremotos, incendios forestales, inundaciones u

otros, informar inmediatamente a la central, para contactar al organismo encargado

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ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

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(Protección civil); éstos deben colaborar con el orden público, para evitar o minimizar

riesgos en el sitio del incidente.

CONSIDERACIONES TÁCTICAS DE LAS OPERACIONES

POLICIALES

|ATENCIÓN A LA DENUNCIA.

|PERSONA A PIE.

Bajarse de la unidad policial al

momento de cualquier llamado

realizado por la comunidad, para

dar respuesta a cualquier

situación inesperada; se procede

a notificar la novedad a COPP

sobre la ubicación y situación

observada. Se debe analizar el

entorno y escuchar con atención

al ciudadano denunciante a fin de darle una respuesta oportuna.

Trasladarse con la víctima o denunciante al lugar requerido para solventar el

problema, no sin antes cerciorarse que el abordaje del ciudadano a la unidad no

represente peligro.

Prestarle apoyo a la comunidad en casos de emergencias (personas enfermas,

lesionadas, hurto y robo).

Tomar nota de las novedades presentadas en la comunidad, para posteriormente

utilizar los canales adecuados o correspondientes y dar con la solución del

problema.

También se sugiere tener en cuenta los elementos del plan táctico. Verificar la

identidad del ciudadano a través del COPP, asegurarse que no porte arma y que

no se encuentre bajo influencia alcohólica o/u otra sustancia.

|PERSONA DENTRO DE UNA VIVIENDA.

Bajarse de la unidad policial al momento de cualquier llamado realizado por la comunidad,

para brindar una buena imagen y presencia, así dar respuesta a cualquier situación

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ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

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inesperada. Se debe notificar la novedad a COP sobre la ubicación y situación observada,

analizar el entorno, solicitar educadamente que la persona salga de la vivienda para

establecer una mejor comunicación y escuchar con atención al ciudadano denunciante a

fin de darle una respuesta oportuna. Mantener el adecuado alerta mental.

|PERSONA DENTRO DE UN VEHÍCULO.

Notificar la novedad a COP sobre la ubicación y situación observada, verificar la

placa identificadora del vehículo, analizar el entorno, solicitar educadamente que la

persona baje del mismo para establecer una mejor comunicación y escuchar con

atención al ciudadano denunciante a fin de darle una respuesta oportuna. Debe

bajarse de la unidad policial para brindar una buena imagen y presencia, así dar

respuesta a cualquier situación inesperada, manteniendo la adecuada alerta

mental.

De no existir otra alternativa, aproximarse al vehículo ubicándose en el área lateral

izquierda hasta cerciorarse que el acercamiento no representa un peligro, pude ser

de ayuda observar el espejo lateral con la intensión de identificar cualquier indicio

de riesgo que provenga del conductor.

|INSPECCIÓN DE PERSONAS.

Los oficiales de policías, deberán actuar con cautela y respeto al momento de realizar las

inspecciones corporales a las personas, informándoles el motivo de por el cual serán

revisados basándonos en los artículos 205 y 206 del COPP, también deberán tomar en

cuenta el lugar apropiado para realizar dicha inspección. Para esto debemos tomar en

cuenta lo siguiente:

Intervenir en pareja como mínimo, para realizar estas inspecciones identificando el

origen que la precedió. Cuando se tenga intención de realizar una inspección se

deberá:

Notificar a la COP de la ubicación donde se está

Solicitud da presencia policial (apoyo) cuando lo considere el oficial

Petición del uso restringido o exclusivo de la frecuencia policial

Atender a el planteamiento táctico y sobre todo a la técnica de revisión corporal

en el cual se solicita al ciudadano adoptar un posición restringida de

movimientos para hacer dicha inspección

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ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

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Informarle a la persona con un tono de voz adecuado el motivo de su revisión.

Informarle que exhiban si tiene armas de fuegos u objetos de interés personal o

criminalístico adheridos a su cuerpo o en sus bolsillos.

Dar las instrucciones para la inspección corporal en voz alta y clara y de ser

necesario dar ejemplo.

Las inspecciones se realizaran respetando el pudor de las personas, (Art.206).

Solicitar su documentación personal, para verificarla a través de nuestra central de

comunicaciones y esperar que nos informe que esta sin novedad.

Finalmente ofrecer disculpas por las molestias causadas.

Si al momento de realizar la inspección corporal, se visualiza o detecta algún objeto de

interés criminalístico (drogas, armas de fuego, objetos punzo cortantes y penetrantes,

entre otros), deberá hacerla en presencia de dos testigos como mínimo, quienes

constataran y afirmaran la actuación legal del funcionario, pasos a seguir:

El funcionario o funcionaria actuante deberá informarle a su supervisor a través de

la central de comunicaciones, acerca de los resultados obtenidos del

procedimiento.

El funcionario o funcionaria deberá informarle a la coordinación de investigaciones,

en los casos que el ciudadano al cual se persigue, se despoje de objetos de

interés criminalístico durante su huida o que en el lugar donde se practicó su

aprehensión, hallan indicios u objetos que favorezcan su detención.

El funcionario o funcionaria deberá trasladar al detenido al hospital más cercano, si

el caso lo amerita, para que el galeno de guardia le realice un diagnostico sobre su

estado de salud, quien deberá especificar a través de una constancia medica, los

resultados de las condiciones del ciudadano.

El funcionario o funcionaria actuante y su supervisor, deben velar por el traslado

de los testigos hasta el núcleo de coordinación correspondiente, donde se les

realizara una declaración verbal y escrita en los casos que participen como

testigos, y se les tomara una denuncia en los casos que sean victimarios.

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ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

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|APREHENSIÓN.

Los y las oficiales de policías siempre deben intervenir en pareja como mínimo, para

realizar las aprehensiones de ciudadanos atendiendo a lo establecido en el manual del

UPDFP analizando si estamos frente algún tipo de Riesgo desconocido. Cando se tenga

intención de realizar una aprehensión se deberá:

Identificar frente a qué tipo de esposamiento nos encontramos si es del tipo

cooperador o no cooperador

Notificar a la COP de la ubicación del procedimiento.

Solicitud da presencia policial (apoyo) cuando lo considere el oficial.

Petición del uso restringido o exclusivo de la frecuencia policial.

Atender el planteamiento táctico y sobre todo a la técnica de revisión corporal en el

cual se solicita al ciudadano adoptar una posición restringida de movimientos para

hacer dicha inspección se debe realizar antes de introducirlo a la unidad policial

para verificar que no posea algún objeto o armas.

Si la aprehensión ameritó el UPDFP, se deberá trasladar al ciudadano al centro

asistencial más cercano.

|SEGUIMIENTO DE VEHÍCULOS.

Es importante resaltar que el seguimiento de vehículos no es sinónimo de persecución, en

todo caso la intensión es seguir el vehículo e ir informando al resto de las unidades la

ubicación para poder coordinar una parada segura. Para llevar un seguimiento del

vehículo debemos tener en cuenta una serie de normas que no debemos pasar por alto,

las cuales nos permitirán una mejor maniobrabilidad, visibilidad y dominio del objetivo,

tales como:

Solicitar apoyo a través de la central de comunicaciones.

Informar nuestra ubicación exacta del lugar de los hechos.

Informar las características del vehículo y el número de personas abordo.

Utilizar las luces de emergencias para alertar a los ciudadanos de nuestra

presencia.

Cuando se trate del seguimiento de vehículos solicitados, producto de robo, o

involucrados en algún delito, se deberá realizar lo siguiente:

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VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

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Coordinar con otras unidades del sector y las cercanas al seguimiento para

realizar un cierre de calles y avenidas.

Alertar a otros cuerpos de seguridad para que se integren al seguimiento en los

casos que salgan de las jurisdicciones correspondientes.

Si el seguimiento se sale del control a los funcionarios, es recomendable abortarlo.

|PARADAS DE VEHÍCULOS.

Toda parada de vehículo constituye un riesgo desconocido, por lo tanto, es importante

que tomemos en cuenta los diferentes escenarios que se nos puedan presentar y como

abordarlos al momento de realizar las diferentes paradas de vehículos, bien sea:

De riesgo desconocido:

Son los más usuales ya que las realizamos a diario y

constantemente, como por ejemplo: infracciones de tránsito,

ingesta de bebidas alcohólicas, vehículos no aptos para la

circulación, entre otros. Igualmente el oficial deberá:

Encender las luces de emergencia para advertir su

presencia.

Dar instrucciones al conductor a través del

megáfono, para realizar la parada.

Solicitar apoyo si es necesario (Tener en cuenta

número de tripulantes y zona de parada).

Informarle a la central de comunicaciones COP, su

ubicación exacta y la falta cometida por el infractor.

Suministrar a la central de comunicaciones COP, las

características del vehículo y la placa identificadora

del mismo.

Realizar una inspección visual sigilosa y breve del

escenario.

Hacerle las indicaciones al conductor que apague el

vehículo, colocando las llaves sobre el techo, que

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ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

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muestre las dos manos por la ventana y abra la puerta con las dos manos, que se

baje y de una vuelta de pie quedando con la espalda al oficial que dirige las

instrucciones.

Pedirle al ciudadano que camine en

dirección a la patrulla y se entreviste con

el oficial auxiliar quien se ubicara para la

entrevista en el área derecha trasera de la

patrulla.

Solicitar documentos personales y

documentos del vehículo.

De alto riesgo:

Estos no son tan usuales, pero cuando se

presentan se requiere de apoyo suficiente para

implementar los niveles tácticos necesarios para

minimizar y neutralizar el peligro, estos son los

casos siguientes: cuando se detecte personas armadas a bordo, cuando haya la certeza

de la ocurrencia de un hecho delictivo o a pocos minutos de haberse cometido, para esto

deberá:

Solicitar inmediatamente apoyo a través de la central de comunicaciones COP.

En caso de seguimiento, ir informando la ubicación del recorrido exacta, si es

preciso especificar puntos de referencias entre otros.

Si el sospechoso se percata de su presencia, encender las luces de emergencia y

girar instrucciones para lograr la detención del vehículo.

Elegir un lugar apropiado para la detención del vehículo, al menos que el

sospechoso haga una parada fortuita.

Detener la radio-patrulla detrás del vehículo a una distancia de 7 metros

aproximadamente y dejando la punta derecha de ésta detrás a la altura de la placa

identificadora.

Ubicar las unidades de apoyo policial estratégicamente.

Una vez detenida la marcha del vehículo, el oficial actuante deberá informar al

conductor que apague el vehículo y coloque las llaves arriba del techo del mismo.

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ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

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Ordenarle que baje del vehículo y exhiba si posee algún objeto de interés

criminalístico entre sus ropas o pertenencias o adheridos a su cuerpo.

En los casos que sean más de dos personas, ordenarles que baje uno por uno y

por la misma puerta del conductor y se aplicará el mismo paso anterior.

Se les pedirá que se tiendan en el piso boca abajo.

La aproximación al vehículo se hará ubicando los puntos ciegos del vehículo para

observar el interior del mismo

Los y las oficiales de apoyo procederán a realizar la inspección corporal de los

ciudadanos y posteriormente realizarán la inspección al vehículo.

Los y las oficiales verificarán los documentos personales de los ciudadanos y los

del vehículo, a través de la central de comunicaciones COP.

|INSPECCIÓN DE VIVIENDAS O ÁREAS CONFINADAS.

|ARGUMENTOS LEGALES.

Código Orgánico Procesal Penal (COPP). Artículo 210. Allanamiento. Cuando el registro

se debe practicar en una morada, establecimiento comercial, en sus dependencias

cerradas, o en recinto habitado, se requerirá la orden escrita de un Juez.

Se exceptúan de lo antes dispuesto los casos siguientes:

Se refiere a las casas, habitaciones, sótanos, empresas, oficinas, etc. La revisión de estos

lugares es considerada circunstancia de alto riesgo, donde siempre hay que tener

presente la utilización de los elementos tácticos.

Para nadie es un secreto que muchas son las situaciones en las que los miembros de

cualquier comunidad, llaman a la policía para denunciar ruidos extraños, alarmas

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ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

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activadas, sombras en sus propiedades y hasta ladridos de sus perros guardianes. En

cada uno de los casos, anteriormente nombrados, debe actuar un grupo de acciones

especiales, pero resulta muy costoso e improcedente, ya que no se cuenta con la

cantidad de grupos ni con equipo necesario. Entonces se hace necesario que los oficiales

de policía tengan conocimiento en lo que respecta a

entradas en binomio en áreas confinadas.

Al momento de realizar la inspección de un área

confinada, tienen que actuar por lo menos 4 oficiales,

dependiendo de las dimensiones del inmueble que se va a

revisar. En cuyo caso los oficiales deben recibir un

entrenamiento especial para la revisión.

|INSPECCIÓN DE VEHÍCULOS.

Fundamentos legales.

Código Orgánico Procesal Penal (COPP). Artículo 207.

La policía podrá realizar la inspección de un vehículo,

siempre que haya motivo suficiente para presumir que una

persona oculta en él objetos relacionados con un hecho

punible. Se realizará el mismo procedimiento y se

cumplirán iguales formalidades que las previstas en la

inspección de personas.

Esta inspección se realizará en los sitios más resaltantes como: Los tapa sol, guantera, la

unión o ranura del espaldar con el asiento de los cojines, debajo de los cojines y felpudos

y el maletero. En los sitios ocultos como: Detrás del tablero, detrás de la tapicería de las

puertas, cojines y techo, debajo de la tapicería del maletero, dentro o debajo del

neumático de repuesto.

|INSPECCIÓN EN SITIOS DESPEJADOS.

Al igual que en la revisión de áreas confinadas, este tipo de revisión es considerada de

alto riesgo, y se nos pueden presentar las siguientes condiciones:

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ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

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Lo principal es asegurarse que existe iluminación natural en el sitio a revisar de lo

contrario no se recomienda la inspección a menos que se encuentre suficiente

iluminación artificial.

Si la zona es muy boscosa (gran cantidad de árboles), se realiza un barrido o

peinado con una línea de oficiales no menor a seis hombres, con una separación

entre cada uno de aproximadamente tres metros; los oficiales que realizan

inspecciones en zonas como estas, tienen que estar muy atentos de los árboles,

relieves, desniveles, arbustos, cañadas, etc.

Si es una llanura con poca o mucha vegetación, el barrido o peinado se realizará

con un mínimo de seis oficiales formando una línea, con una separación entre

hombre y hombre de 4 a 5 metros.

Si estos ambientes son mixtos se aplicará técnica que corresponde en cada caso.

|REVISIÓN Y CHEQUEO DE UNIDADES.

A las unidades policiales se le debe

realizar una revisión o chequeo diario, la

cual se realizará en cada cambio de

turno. El funcionario o funcionaria

deberá chequear:

Limpieza y buen estado de la

unidad.

Chequeo de los fluidos.

Estado de los neumáticos.

Kilometraje para estar atento al cambio de aceite.

Abolladuras o rasguños en la carrocería si los posee.

Estado del rotulado.

Funcionamiento de las luces de emergencia y megáfono.

Dotación de los implementos de seguridad básicos de la unidad (gato hidráulico,

triangulo de seguridad, llave de cruz, neumático de repuesto, chaleco iridiscente y

traje impermeable).

Una vez realizada dicha inspección y registrada en la planilla de revisión de

Vehículos, debe ser abalada con la firma de ambos funcionarios, quienes darán fe

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ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

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de lo registrado y notificaran a través de un informe dirigido a Servicios Generales

de alguna anormalidad o desperfecto que presente la unidad.

|UTILIZACIÓN DE CLAVES O LUCES DE EMERGENCIA.

Son de color azul y rojo, tradicionalmente, de uso exclusivo para los órganos de

seguridad. Sirven para alertar la atención de emergencia y preferencia de paso en la vía.

Se complementan con una sirena que emite un sonido que sirve para alertar su presencia.

También existen luces de color amarillo integradas que permiten organizar el paso

vehicular y, en algunos casos, una luz blanca que permite mejorar la visión en la noches.

La utilización de este dispositivo se estila en procedimientos específicos, en donde la

utilización de las claves dos y tres, debe ser informado a la central de Comunicaciones:

|PROTOCOLO DE COMUNICACIÓN (NORMATIVA).

Deberá evitarse en todo momento de la comunicación comentarios que propicien

entre la Central de Comunicaciones-Funcionaria (o); el desorden, la falta de

respeto, juegos personales y reportes que no tengan relación a la función o

procedimiento policial; independientemente el canal que se esté utilizando.

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ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

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Los reportes realizados por cualquier operadora (or) de radio frecuencia Central-

Funcionaria (o) deberán hacerse con el uso exclusivo del alfabeto fonético, claves

policiales, números ordinales y/o alguna palabra que por su naturaleza no pueda

ser utilizada en clave si fuera el caso, con el objeto de minimizar el tiempo del

reporte, evitando una comunicación en ciertos momentos incomprensible e

innecesaria.

Deberá evitarse interrupciones de frecuencia cuando exista una comunicación en

progreso entre el emisor y el receptor, por lo tanto, aquel (la) operador(a) de radio

frecuencia que requiera realizar algún reporte deberá esperar que ésta culmine, al

menos que tenga alguna emergencia policial como tal, en tal caso será permitido

la interrupción.

|CENTRAL DE COMUNICACIONES.

1.- La (el) operador (a) de radio

(recepcionista) tiene la obligación de

suministrarle la información y/o denuncia

recibida al operador (a) por muy

irrelevante que parezca o por lo menos

hacerle del conocimiento al supervisor de

turno si esté existe.

2.- La (el) operador (a) (recepcionista),

debe tener un libro de novedades donde

plasmará toda la información y/o denuncia

recibida, haciendo uso del alfabeto fonético y las claves policiales si así fuera el caso,

excepto alguna palabra o frase que por su naturaleza y significado no pueda ser

informada a través de éste; con el objeto de tener por escrito un aval de todas las

informaciones recibidas y despachadas de la Central de Comunicación, ya que esta sirve

como soporte por alguna eventualidad donde resultara averiado el sistema de grabación

interno de la central para revisiones futuras.

3.- La (el) recepcionista deberá o estará en la obligación de suministrar la información

recibida, al despachador haciendo uso de las claves policiales, alfabeto fonético y

números ordinales, con la finalidad de acortar el tiempo de despacho de la denuncia y/o

información hacia la unidad radio patrullera u operador de radio fuera de la central.

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ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

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4.- La (el) despachador (a) deberá radiar la información suministrada por la (el)

recepcionista con la mayor exactitud en la utilización de las claves policiales, números

ordinales, alfabeto fonético y/o palabras de manera que sea recibida por la unidad radio

patrullera u operador de radio fuera de la central con la mayor comprensión posible y así

ayudar a minimizar el tiempo de respuesta, la atención a la ciudadana o ciudadano y el

resultado del procedimiento sea el más idóneo y satisfactorio posible para la comunidad.

5.- La (el) despachador (a) deberá esperar un tiempo prudencial entre reportes para

poder radiar uno nuevo, el cual será de tres (3) segundos; permitiendo así que la (el)

funcionaria (o) que se encuentra en la unidad radio patrullera u operador de radio

cualquiera pueda reportarse al procedimiento en cuestión.

6.- La (el) despachador (a), deberá esperar el mismo espacio de tiempo para que se

reporte el apoyo policial, una vez solicitado por la (el) funcionaria (o) actuante del

procedimiento o bien; sea enviado directamente por la (el) misma (o) despachador (a) si

fuera el caso, según sea la naturaleza del delito o falta y la relevancia del mismo con que

se esté desarrollando.

7.- La (el) despachador (a), estará en la potestad de enviar apoyo policial a la funcionaria,

funcionario o grupo de éstos sin que lo haya (n) solicitado en los siguientes casos:

Durante un canal restringido; donde la (el) funcionaria (o) o grupo de éstos no

respondan los reportes.

Durante un canal libre; donde la (el) funcionaria (o) o grupo de éstos no respondan

los reportes.

Cuando sea radiado algún procedimiento que tenga que ver con los delitos o

faltas.

Cuando durante un canal restringido o libre sea radiado un procedimiento

relacionado a delitos o faltas anteriormente citados y según su relevancia.

8.- La (el) despachador (a), está en la obligación de atender cualquier reporte hecho por

algún operador de radio fuera de la Central de Comunicaciones y darle la respectiva

respuesta a su solicitud, a la mayor brevedad posible, siempre y cuando la información

requerida tenga que ver con la función policial.

9.- La (el) despachador (a), deberá informar de un canal restringido o libre en el momento

que alguna funcionaria o algún funcionario lo requiera, con el objeto de hacer del

conocimiento a todos los operadores de radio que estén en frecuencia fuera de la Central

de Comunicaciones, no pudiendo continuar con la comunicación hasta tanto la (el)

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ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

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funcionaria (o) actuante informe la característica de canal disponible; e informarlo

nuevamente para tales efecto.

10.- Cuando exista un canal restringido o libre, en el cual durante determinado tiempo no

se hayan realizado reportes relacionados a éste, la (el) despachador (a) estará en la

potestad de verificar con la (el) funcionaria (o) o grupo de estos actuante (s) la situación

momentánea, con el objeto de saber si requieren o no apoyo policial y en caso tal enviarlo

o en su defecto utilizar algún otro medio de comunicación (teléfono) y saber el esta-do de

los mismos.

11.- Cuando algún operador de radio fuera de la Central de Comunicaciones solicite

realizar sus reportes por algún otro canal, bien sea para recibir o suministrar información o

simplemente entablar una conversación, la (el) despachador (a), estará en la obligación

de darle el comprendido y atenderlo por el canal solicitado.

12.- Cuando la (el) funcionaria (o) ó grupo de éstos realicen reportes que no correspondan

con el uso reglamentario del canal en cuestión, la (el) despachador (a) estará en la

obligación de informarle que deberá realizar tales reportes por el canal debido y atenderlo

una vez hecho el cambio de canal, previo reporte del solicitante, con la finalidad de evitar

reportes innecesarios que pudiesen inclusive en determinado momento poner en riesgo la

vida de alguna funcionaria o algún funcionario o grupo de estos, por el hecho de que no

hayan podido realizar algún reporte oportuno en determinadas situaciones de calle.

13.- Cuando varias (os) funcionarias (os) realicen reportes consecutivamente sin esperar

el debido comprendido de la despachadora o del despachador para ser atendido, éste

último estará en el deber de ordenar la secuencia de los reportes, atendiendo o

reportando a la funcionaria o al funcionario que se haya reportado de primero, al menos

que el reporte consecutivo sea motivo de alguna emergencia o procedimiento de

relevancia para la (el) funcionaria (o) de calle, independientemente de la jerarquía que

tenga la (el) funcionaria (o) que haya realizado el reporte.

14.- La (el) despachador (a) podrá radiar un nuevo procedimiento durante un canal

restringido o libre, siempre y cuando existan ciertas circunstancias mencionadas

anteriormente y previa consulta con el supervisor general de turno o cualquiera de los

supervisores de primera línea en el caso de que el supervisor general no esté atento al

desenvolvimiento del procedimiento, por cualquier eventualidad que se le haya

presentado.

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ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

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|FUNCIONARIO(A) OPERADOR(A) DE CALLE.

1.- La (el) funcionaria (o) deberá realizar un

reporte, donde se identifica con la clave

laboral del día ó clave asignada y esperar que

la Central de Comunicaciones le informe para

poder continuar con la comunicación, porque

de lo contrario la (el) despachador (a) podrá

hacer caso omiso de la información, excepto

que dicha funcionaria (o) se encuentre en una

situación de emergencia y en tal caso; deberá

informar al canal restringido o libre. De igual

forma deberá hacerlo la (el) despachador (a)

antes de suministrar la información a la

funcionaria o al funcionario que lo requiera. La

excepción existirá cuando éste último vaya a radiar algún procedimiento, donde lo

informará y esperará el reporte de la funcionaria o del funcionario que vaya a atender el

procedimiento.

2.- Cuando exista una comunicación en progreso en determinado momento, cualquier

funcionaria (o) que requiera realizar algún reporte, deberá esperar que culmine para poder

realizarlo, a excepción de si existiera alguna emergencia; entonces si podrá efectuarlo.

3.- Cuando alguna funcionaria o algún funcionario tenga alguna emergencia policial,

donde necesite coordinar ciertos planes tácticos o en el peor de los casos esté en riesgo

su integridad física o de otros ciudadanos, deberá informar a la despachadora o al

despachador y requerir la característica de canal restringido o libre según sea el caso.

4.- La (el) funcionaria (o) que desee o tenga que cambiar de canal por alguna

circunstancia laboral, podrá hacerlo siempre y cuando lo informen debidamente;

requiriendo el cambio de canal y esperando respuesta de la Central antes de cambiarse,

así como también la autorización de su supervisor de primera línea en el caso de que la

petición sea para una comunicación directa por el canal correspondiente con alguna otra

funcionaria o algún funcionario.

5.- Aquella funcionaria o funcionario que se encuentre en cualquier procedimiento, una

vez culminado deberá realizar el reporte correspondiente a la Central, informando el

resultado del mismo y el retiro de todos aquellos funcionarios que se encuentren en el

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VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

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lugar, preferiblemente debe hacerlo la (el) funcionaria (o) actuante; siendo éste el que

tiene mayor y completo conocimiento del procedimiento desde su inicio.

6.- Cuando finalice cualquier procedimiento, en el cual hubo o se hizo uso de la

característica de canal restringido o libre, la (el) funcionaria (o) actuante deberá informar

al canal disponible, o en su defecto cualquiera de las funcionarias (os) que llegaron al sitio

del suceso en calidad de apoyo, para notificar a la Central de Comunicaciones, con la

finalidad de informar que la emergencia culmino, evitando así consecuencias

desfavorables por la causa que hubo.

7.- La (el) funcionaria (o) deberá hacer uso correcto de los distintos canales de

comunicación según sea el caso y para lo que necesite suministrar o recibir información.

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ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

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VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

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http://www.iadb.org/idbamerica/index.cfm?thisid=2818 [Consultado diciembre

2010]

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Fernández, Ernesto. (2005). Enfoque contemporáneo de vigilancia y participación

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Buenos Aires.

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ETAPAS ORGANIZATIVAS QUE CONFORMAN EL SERVICIO DE PATRULLAJE

VIGILANCIA Y PATRULLAJE I

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http://bit.ly/nBvHQP Consejos comunales en Venezuela

http://bit.ly/mQLh6s PNB en entrevista

http://bit.ly/oUE3tU PNB dirigiendo el tránsito

http://bit.ly/ppop3F Despliegue policial

http://bit.ly/p3So2N PNB en formación

http://bit.ly/p68Scw Vista de autopista de la ciudad

http://bit.ly/psg6oq Reunión policial Caracas

http://bit.ly/qAltVq PNB en Oficina de Servicio

http://bit.ly/o7dSgn Policías trotando

http://bit.ly/pBR9Gk Policía viendo computadoras

http://bit.ly/pIM9y7 Policía ante cámaras de TV

http://bit.ly/mSkmgl Comisario con foto en la mano

http://bit.ly/p8AgdZ Policía inspeccionando vehículo

http://bit.ly/qJZ0aC Policía con adolescente