escuela miguel obregón lizano. · 2018-10-02 · escuela miguel obregón lizano. dirección...

14
Escuela Miguel Obregón Lizano. Dirección Regional de San José - Circuito Escolar 04 San Juan Tibás. Tel 22353582 Tel-fax: 2235-42-56 “Al Desarrollo por la Educación” REGLAMENTO INTERNO ESCUELA MIGUEL OBREGON LIZANO CAPITULO I Disposiciones Generales: Artículo 1. Las disposiciones del presente reglamento se aplicaran a todos los estudiantes de la Institución., padres de familia o representantes legales del menor. Artículo 2. La condición de estudiante de la Escuela Miguel Obregón Lizano, se adquiere con el acto de formalización de matrícula en la Institución. Artículo 3: Los alumnos, según la jornada a la que pertenezcan, deberán ingresar a la Institución en el siguiente horario: Jornada de la mañana 6:50 a.m. Jornada de la tarde 12: 20 p.m. Aulas Integradas, depende de la jornada por el número de alumno. En los casos de Actos Cívicos, las cuatro lecciones de materias específicas que reciben los estudiantes fuera de la jornada u otras actividades escolares, diez minutos antes del inicio de las mismas. Artículo 4. Con la formalización de la matrícula, y al informar la Institución de la existencia del presente reglamento, el alumno (a), padres de familia o representantes legales, aceptan implícitamente las disposiciones establecidas en el mismo. Artículo 5: En todo aquello en que el presente reglamento sea omiso, se aplicará lo dispuesto en el Reglamento de Evaluación de los aprendizajes del Ministerio de Educación Pública. CAPITULO II De los Objetivos de la Institución Artículo 6. Inculcar en el alumno el respeto a sí mismo y hacia los demás, de modo que tengan libertad de defender sus derechos y respetar el de los demás, basados en principios de justicia, dignidad, equidad y buenas normas de urbanidad. Artículo 7. Asegurar un ambiente escolar que permita llevar a cabo éxito los procesos de enseñanza-aprendizaje.

Upload: others

Post on 31-Jul-2020

18 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Escuela Miguel Obregón Lizano. · 2018-10-02 · Escuela Miguel Obregón Lizano. Dirección Regional de San José - Circuito Escolar 04 San Juan –Tibás.Tel 22353582 Tel-fax: 2235-42-56

Escuela Miguel Obregón Lizano. Dirección Regional de San José - Circuito Escolar 04

San Juan –Tibás. Tel 22353582 Tel-fax: 2235-42-56

“Al Desarrollo por la Educación”

REGLAMENTO INTERNO

ESCUELA MIGUEL OBREGON LIZANO

CAPITULO I

Disposiciones Generales:

Artículo 1. Las disposiciones del presente reglamento se aplicaran a todos los estudiantes de la

Institución., padres de familia o representantes legales del menor.

Artículo 2. La condición de estudiante de la Escuela Miguel Obregón Lizano, se adquiere con el

acto de formalización de matrícula en la Institución.

Artículo 3: Los alumnos, según la jornada a la que pertenezcan, deberán ingresar a la Institución

en el siguiente horario:

Jornada de la mañana 6:50 a.m.

Jornada de la tarde 12: 20 p.m.

Aulas Integradas, depende de la jornada por el número de alumno.

En los casos de Actos Cívicos, las cuatro lecciones de materias específicas que

reciben los estudiantes fuera de la jornada u otras actividades escolares, diez

minutos antes del inicio de las mismas.

Artículo 4. Con la formalización de la matrícula, y al informar la Institución de la existencia del

presente reglamento, el alumno (a), padres de familia o representantes legales, aceptan

implícitamente las disposiciones establecidas en el mismo.

Artículo 5: En todo aquello en que el presente reglamento sea omiso, se aplicará lo dispuesto en

el Reglamento de Evaluación de los aprendizajes del Ministerio de Educación Pública.

CAPITULO II

De los Objetivos de la Institución

Artículo 6. Inculcar en el alumno el respeto a sí mismo y hacia los demás, de modo que tengan

libertad de defender sus derechos y respetar el de los demás, basados en principios de justicia,

dignidad, equidad y buenas normas de urbanidad.

Artículo 7. Asegurar un ambiente escolar que permita llevar a cabo éxito los procesos de

enseñanza-aprendizaje.

Page 2: Escuela Miguel Obregón Lizano. · 2018-10-02 · Escuela Miguel Obregón Lizano. Dirección Regional de San José - Circuito Escolar 04 San Juan –Tibás.Tel 22353582 Tel-fax: 2235-42-56

Escuela Miguel Obregón Lizano. Dirección Regional de San José - Circuito Escolar 04

San Juan –Tibás. Tel 22353582 Tel-fax: 2235-42-56

“Al Desarrollo por la Educación”

CAPITULO III

De la Asistencia y Puntualidad:

Artículo 8. Todo estudiante debe asistir puntualmente y en forma regular a sus lecciones, centros

de repaso, presentación de pruebas, conferencias, actos cívicos, aula recurso, servicio de apoyo,

terapia de lenguaje y demás actividades curriculares o extracurriculares, dentro o fuera de la

Institución, convocados por la autoridad competente.

Artículo 9. En caso de inasistencia a clases o actividades convocadas por la autoridad

competente el estudiante debe justificar su ausencia, aportando los respectivos documentos,

dentro de los tres días hábiles siguientes a su reingreso y según criterio del docente, serán o no

motivadas por el padre de familia o encargado de forma escrita, a cada uno de los docentes y a

los servicios de apoyo.

La autoridad competente, valorará apegada a la normativa vigente la aceptación o rechazo de la

justificación. En caso de ser rechazada, deberá fundamentar sus motivos.

Artículo 10. La inasistencia a una prueba (examen) por enfermedad, debe motivarse con

dictamen médico de la Caja Costarricense de Seguro Social, dentro de los tres días hábiles

siguientes al reingreso de lo contrario no se le aplicará la prueba, salvo casos excepcionales en los

que se aplicará lo dispuesto en el párrafo segundo del Artículo anterior.

Artículo 11. Si el estudiante debe retirarse antes de terminar la jornada lectiva, debe presentar

el debido permiso en la agenda escolar por escrito y firmado por el padre de familia o encargado.

Dicho permiso se le presentará al docente a cargo quien llenará la boleta respectiva y enviará a

la dirección de la Institución para que le den el sello de visto bueno, el cual se le entregará al

personal a cargo de la vigilancia para que el estudiante pueda salir de la Institución. En ningún

caso podrá retirarse con personas menores de edad.

Artículo 12. No se otorgarán permisos para salir de la Institución cuando éstos se soliciten a

través de llamadas telefónicas.

Artículo 13. Las ausencias serán justificadas en los siguientes casos.

a.) Enfermedad comprobada del estudiante o enfermedad grave de cualquiera de los padres o encargado.

b.) Asistencia a funeral de algún miembro de la familia hasta de tercer grado de consaguinidad.

c.) Comparecencia a algún tribunal de justicia.

d.) Otros a juicio del docente para lo que se aplicará lo dispuesto en el párrafo segundo del Artículo 9.

Page 3: Escuela Miguel Obregón Lizano. · 2018-10-02 · Escuela Miguel Obregón Lizano. Dirección Regional de San José - Circuito Escolar 04 San Juan –Tibás.Tel 22353582 Tel-fax: 2235-42-56

Escuela Miguel Obregón Lizano. Dirección Regional de San José - Circuito Escolar 04

San Juan –Tibás. Tel 22353582 Tel-fax: 2235-42-56

“Al Desarrollo por la Educación”

Artículo 14. Si durante la jornada lectiva el estudiante se enferma o accidentara se llamará al

padre de familia o encargado para que venga a recogerlo. En caso de enfermedad o accidente

grave, la Institución gestionará como enviarlo al hospital más cercano y comunicarle al hogar. El

encargado será el responsable de cancelar los gastos en que incurra la entidad. Posteriormente,

el estudiante presentará los documentos médicos probatorios.

La Institución queda exento de cualquier tipo de responsabilidad cuando los números telefónicos

registrados no corresponde a los encargados o bien se encuentran suspendidos.

Artículo 15. Si algún docente está ausente, los estudiantes deben permanecer en el aula, a

cargo del Asistente de Dirección, o docente asignado por la Dirección, o el coordinador a cargo

distribuirá el grupo de forma que queden atendidos.

CAPITULO IV

Del uso de la Planta Física, Mobiliario y Equipo:

Artículo 16. Es obligación del estudiante y los padres de familia, cuidar y proteger la planta física,

equipo, mobiliario, material y en general los bienes de la Institución, y ayudar a su mejoramiento

y conservación.

Artículo 17. Todo daño a la planta física, equipo o mobiliario, aún por accidente, debe ser

cubierto por el padre o encargado del estudiante que lo ocasione.

CAPITULO V

Presentación Personal:

Artículo 18. Esta Institución tiene como uniforme oficial el establecido por el Ministerio de

Educación Pública (Decreto # 28557 M.E.P).

Artículo 19. Todo estudiante debe cumplir con las normas establecidas en el Reglamento de

Uniforme y en la Normativa Interna.

Artículo 20. Los alumnos están en la obligación de usar el uniforme correctamente según lo

establecido en el presente reglamento, dentro y fuera de la Institución, en toda actividad y

servicio.

Artículo 21. El uniforme es el siguiente:

Page 4: Escuela Miguel Obregón Lizano. · 2018-10-02 · Escuela Miguel Obregón Lizano. Dirección Regional de San José - Circuito Escolar 04 San Juan –Tibás.Tel 22353582 Tel-fax: 2235-42-56

Escuela Miguel Obregón Lizano. Dirección Regional de San José - Circuito Escolar 04

San Juan –Tibás. Tel 22353582 Tel-fax: 2235-42-56

“Al Desarrollo por la Educación”

Para varones:

Pantalón Largo color azul oscuro tela sincatex o similar, a la cintura, ruedo con doblez hacia adentro, de corte recto con dos bolsas laterales y dos bolsas traseras. No se permite con bolsas, tipo parche, pantalones anchos, de campana.

La faja debe ser de cuero o vinil, lisa color negro del tamaño adecuado.

Los calcetines (medias) color azul oscuro.

La camisa tiene que ser color blanco, tela docoma o similar, cuello tipo sport, sencillo de botones, manga corta y bolsa al lado izquierdo donde estará el escudo de la Institución.

Si usa camiseta interna debe ser blanca, sin dibujos.

Suéter negro, blanco o azul, de meter o con zipper al frente, de la medida correcta y sin logos.

Para Mujeres:

Falda de color azul oscuro, tela sincatex o similar holgada en la cadera con pretina con paletones. La falda debe medir de largo dos pulgadas por sobre la rodilla máximo.

Blusa color blanca, cuello sport, manga corta y bolsa al lado izquierdo, donde llevará el escudo de la Institución.

Calcetines (medias) color azul oscuro, caña baja (corta), no calcetas.

Queda opción de las alumnas el uso de pantalón, el cual será azul oscuro, de la misma tela de la falda de corte sencillo, a la cintura, recto, holgado zipper al frente, bolsa a los lados. No se permite bolsas traseras de parche de ojal, ni campana.

No se permite pantalones cortos, el ruedo debe llegar 2 centímetros después del tobillo.

Suéter negro, blanco o azul, sencillo, de meter o con zipper al frente, de la medida correcta y sin logos.

Uniforme de Educación Física, tenis blancas o azules sin plataforma.

Pantaloneta azul, camiseta blanca, con el logo de la escuela tenis blancas o azules sin plataforma, medias blancas.

CAPITULO VI

De otros aspectos sobre el uniforme:

Artículo 22. Los aspectos que a continuación se enumeran son de acatamiento obligatorio.

a.) No se otorgarán permisos por uniformes, excepto por insignia y zapatos, en situaciones debidamente justificadas. El permiso otorgado, será por un máximo de ocho días.

b.) Los zapatos para los varones y las mujeres deben ser completamente negros de tipo sencillo, mocasín o de amarrar de color negro. No debe de utilizar la bota, la media bota, zapatos de tela, goma, tacones altos o plataforma, ni sandalias.

Page 5: Escuela Miguel Obregón Lizano. · 2018-10-02 · Escuela Miguel Obregón Lizano. Dirección Regional de San José - Circuito Escolar 04 San Juan –Tibás.Tel 22353582 Tel-fax: 2235-42-56

Escuela Miguel Obregón Lizano. Dirección Regional de San José - Circuito Escolar 04

San Juan –Tibás. Tel 22353582 Tel-fax: 2235-42-56

“Al Desarrollo por la Educación”

c.) La insignia que lo identifica como alumno(a) de la Institución tiene que usarse pegada sobre la bolsa con costuras o en la manga derecha de la camisa.

d.) Los varones tienen que usar el cabello corto, éste debe quedar el cuello descubierto, al ras de las orejas, corte tradicional y queda totalmente prohibido el uso de colitas de caballo y cortes estilizados. Entiéndase cortes estilizados los rapados, el moja, tintes de cualquier tipo, dibujos, figuras o líneas en la cabeza, picos y Punk.

e.) No se permite en los varones usar aretes, collares, tatuajes, pulseras o anillos.

f.) No se permite adornos vistosos entre otros: lentes de contacto de lujo, pelucas, lentes oscuros, etc, ni otros accesorios que modifiquen la apariencia física.

g.) En las estudiantes no se permite el uso de maquillaje adornos ni esmalte de uñas. Los aretes deben ser discretas, no sobrepasen los dos centímetros, no se permite aretes en otras partes del cuerpo que no sean en las orejas.

h.) El suéter debe ser delgado, sencillo y de un solo color, azul oscuro, blanco o negro (sin dibujos), no se permite de mezclilla.

i.) Las estudiantes no deben usar tintes, ni cortes estilizados, tatuajes o sacarse las cejas.

j.) Y los puntos que están contemplados en el artículo 34, capítulo 11 de éste reglamento.

CAPITULO VII

De los Deberes y Obligaciones del Educando:

Artículo 23. Portar siempre el libro de comunicaciones debidamente lleno con la totalidad de la

información solicitada en la primera página y sellado por la Institución.

Artículo 24. Participar responsablemente de todas las actividades extracurriculares programadas

por la Institución.

Artículo 25. Prestar colaboración en las diferentes actividades organizadas por la Institución, en

las que sean convocados.

Artículo 26. Permanecer en la Institución desde el inicio hasta la finalización de la jornada lectiva,

según el horario establecido.

Page 6: Escuela Miguel Obregón Lizano. · 2018-10-02 · Escuela Miguel Obregón Lizano. Dirección Regional de San José - Circuito Escolar 04 San Juan –Tibás.Tel 22353582 Tel-fax: 2235-42-56

Escuela Miguel Obregón Lizano. Dirección Regional de San José - Circuito Escolar 04

San Juan –Tibás. Tel 22353582 Tel-fax: 2235-42-56

“Al Desarrollo por la Educación”

Artículo 27. Hacer fila en forma ordenada para hacer uso de la soda, el comedor y salida de la

Institución.

Artículo 28. Acatar todas las disposiciones establecidas en este reglamento u otras que se

comuniquen en el curso lectivo a través de circulares.

Artículo 29. Los estudiantes que no reciben la materia de Religión deberán permanecer dentro

del aula realizando trabajos asignados por el padre de familia o encargado. En el caso de no traer

un trabajo asignado, el estudiante deberá permanecer en el aula, manteniendo un buen

comportamiento y respeto hacia los demás. Si el estudiante incurre en faltas reguladas en la

evaluación de la conducta, se le aplicarán las sanciones correspondientes de acuerdo al

reglamento de evaluación de los aprendizajes.

Artículo 30. Cuando se realizan actividades religiosas en la Institución, los estudiantes no

católicos, estarán exentos de participar en ellas. Quedan los padres o representantes legales del

alumno (a), autorizados a retirarlos durante el período que dure la actividad. En caso de que no

sean retirados, el alumno (a), asistirá a la actividad con el docente a cargo y deberá permanecer

de forma respetuosa en la misma.

CAPITULO VIII

De las Prohibiciones:

Artículo 31. Se prohíbe terminantemente a los alumnos:

a.) Deambular por los corredores, en horas lectivas. b.) Traer a la Institución radios, grabadoras, walkman, beeper, teléfonos celulares, o

cualquier otro objeto distractor que ponga en peligro el orden y la seguridad, excepto, en situaciones de aprendizaje autorizados por el docente. Todos los artículos serán guardados en la Dirección mediante boleta y serán devueltos al presentarse el padre de familia. En caso de que se incurra en la misma falta, los artículos se decomisarán y devolverán al finalizar el curso lectivo, a su padre de familia o encargado.

c.) Jugar dentro de las aulas, baños, comedor, biblioteca, corredores o cualquier otra zona que no esté destinada para juegos.

d.) Ingerir alimentos o bebidas en aulas, talleres, laboratorios o servicios sanitarios. Se prohíbe la goma de mascar.

e.) Interrumpir las lecciones para dar mensajes o anuncios sin la debida autorización de la Dirección o del educador.

f.) Poseer llaves de las aulas, oficinas u otros lugares de la Institución. g.) Permanecer en la Institución una vez concluida la jornada lectiva. h.) Salir de la Institución en los recreos y durante la jornada lectiva. i.) Escenas amorosas dentro o fuera de la Institución, cuando los estudiantes vistan uniforme

o asistan a actividades culturales y sociales. j.) Las ventas de comida, objetos, rifas no autorizadas u otros de carácter lucrativo. k.) Actividades con carácter lucrativo que involucren a la Institución. l.) El uso del teléfono público en horas lectivas, salvo que cuente con autorización del

docente. m.) Usar distintivos que alteren el uniforme.

Page 7: Escuela Miguel Obregón Lizano. · 2018-10-02 · Escuela Miguel Obregón Lizano. Dirección Regional de San José - Circuito Escolar 04 San Juan –Tibás.Tel 22353582 Tel-fax: 2235-42-56

Escuela Miguel Obregón Lizano. Dirección Regional de San José - Circuito Escolar 04

San Juan –Tibás. Tel 22353582 Tel-fax: 2235-42-56

“Al Desarrollo por la Educación”

n.) Dejar objetos, libros, o cualquier otra pertenencia, guardados en aulas u oficinas de la Institución. En caso de pérdida de cualquier objeto, libro, o pertenencia extraviado en contra de lo dispuesto en éste inciso, se exime de toda responsabilidad a la Institución.

o.) La participación de personas ajenas a la Institución durante el proceso electoral estudiantil.

p.) Utilizar el equipo de cómputo para accesar a Internet con fines que no sean didácticos y no autorizados por el docente a cargo.

q.) Sólo se permiten balones de plástico o de hule. r.) Se prohíbe el ingreso con sustancias tóxicas o alergénicas que atenten contra la salud

pública

CAPITULO IX

Derechos de los alumnos y las alumnas:

Artículo 32:

Son derechos del alumno y alumna, los contemplados en los reglamentos del Ministerio de

Educación Pública respecto a:

a.) Reglas y normas de evaluación y promoción. b.) Conocer el reglamento interno. c.) Recibir de sus profesores y profesoras, funcionarios, funcionarias y compañeros y

compañeras, un trato basado en el respeto a su integridad física, emocional y moral, así como su intimidad y sus bienes.

d.) Utilizar los servicios y las instalaciones de la Institución de conformidad con las disposiciones reglamentarias pertinentes.

e.) Participar en los procesos de selección que se establezcan para la conformación de:

Organizaciones de la comunidad Estudiantil.

Delegaciones culturales, deportivas o de cualquier índole cuando ostenten la representación de la Institución.

f.) Garantizar el acceso oportuno a los procesos de aprendizaje a los estudiantes con discapacidad.

g.) La correcta aplicación de las adecuaciones curriculares a los y las estudiantes que lo ameriten.

h.) Participar, elegir y ser elegido (a), en procesos electorales estudiantiles de la Institución siempre y cuando cumplan con los requisitos de cada proceso de selección.

Page 8: Escuela Miguel Obregón Lizano. · 2018-10-02 · Escuela Miguel Obregón Lizano. Dirección Regional de San José - Circuito Escolar 04 San Juan –Tibás.Tel 22353582 Tel-fax: 2235-42-56

Escuela Miguel Obregón Lizano. Dirección Regional de San José - Circuito Escolar 04

San Juan –Tibás. Tel 22353582 Tel-fax: 2235-42-56

“Al Desarrollo por la Educación”

CAPITULO X

De los deberes y obligaciones de los padres de familia

o encargados legales de los estudiantes

Artículo 33. Son deberes y obligaciones del padre de familia:

a.) Presentarse a matricular a su hijo o a su hija con los documentos pertinentes. b.) Asistir a reuniones cuando sea convocado por el docente, la docente o la Dirección. c.) Cooperar con actividades institucionales oficiales, o de la sección. Entiéndase por

oficiales las aprobadas por la Dirección. d.) Ingresar a la Institución con ropa adecuada, no se permite entrar en pantaloneta, licra,

minifalda o short, ni blusas escotadas ni top. e.) Prohibido entrar a interrumpir al docente cuando está dando clases. Pedir una cita

previamente para poder ser atendido o atendida. Prohibido pasar al aula a sentar a su hijo o a su hija, permanecer en la puerta o establecer algún tipo de enfrentamiento con docentes, alumnos, alumnas o madres, padres o encargados. El padre de familia o encargado únicamente podrá ingresar a la Institución, después de haber depositado su cédula de identidad con el guarda de la entrada y haber recibido de éste un gafete que indicará el destino del visitante, que lo autoriza específicamente a dirigirse al lugar que indique dicho gafete.

f.) Justificar las ausencias de su hijo o hija por escrito en el término de tres días hábiles, utilizando el cuaderno de comunicaciones.

g.) Recibir todo comunicado enviado por el docente o la Institución de forma inmediata en caso de desacato o cualquier falta de su hijo o hija.

h.) Retirar personalmente la nota, el día y la hora señalada. i.) Responder a los compromisos económicos que asuma y a pagar los daños o deterioros

que cause su hijo o su hija en la Institución. j.) Informar por medio de una carta preferiblemente en los dos primeros meses del curso

lectivo, cuando su hijo(a) no recibe religión, dirigida a la Dirección. k.) Velar porque sus hijos o hijas dispongan de los materiales requeridos para el proceso de

aprendizaje. l.) Formular las objeciones pertinentes a las calificaciones otorgadas a sus hijos o a sus hijas,

dentro de los tres días hábiles siguientes a la entrega de los resultados conforme a las disposiciones que regulen esta materia.

m.) Respetar el orden jerárquico en cualquier trámite que realice con respecto al desenvolvimiento de su hijo(a) en el proceso educativo (docente-dirección-evaluación). Cuando el padre de familia o encargado, acuda a la dirección de la Institución a plantear alguna inconformidad con el lo establecido en el presente inciso, deberá aportar un documento idóneo que acredite que ya fue atendido de previo por el docente.

n.) Firmar los documentos de evaluación (tareas, exámenes, recados, trabajos en clase, entre otros) cuando así corresponda.

o.) Asistir a todas las citas o convocatorias que se le formulen en las actividades institucionales, puntualmente.

Page 9: Escuela Miguel Obregón Lizano. · 2018-10-02 · Escuela Miguel Obregón Lizano. Dirección Regional de San José - Circuito Escolar 04 San Juan –Tibás.Tel 22353582 Tel-fax: 2235-42-56

Escuela Miguel Obregón Lizano. Dirección Regional de San José - Circuito Escolar 04

San Juan –Tibás. Tel 22353582 Tel-fax: 2235-42-56

“Al Desarrollo por la Educación”

p.) Es deber del padre, madre o encargado(a), responsabilizarse de las acciones de su hija o de su hija, antes de la entrada y después de la salida de la Institución en su jornada escolar.

q.) Es obligación del padre, madre o encargado retirar a su hijo(a) una vez concluida la jornada lectiva, después de 20 minutos, se llamará al Patronato Nacional de la Infancia para que se haga cargo del estudiante.

r.) Es responsabilidad del padre de familia o encargado, presentarse inmediatamente a la Institución, después de ser localizado en caso de emergencia, para que asuma la responsabilidad de la situación de su hijo. En caso de delegarla a otra persona, debe comunicarlo a la Institución por escrito y la persona asignada portar la cédula de identidad del padre o encargado y la propia.

s.) Presentar documento de identificación, al ingresar a la Institución y firmar el control de visitas.

CAPITULO XI

DE LA VALORACIÓN DE LAS FALTAS EN LA NOTA DE

CONDUCTA

Artículo 34. Las faltas en que incurran los estudiantes de cualquiera de los niveles tendrán

consecuencias en el proceso de definición de la nota de conducta de cada período, de la

siguiente forma

La conducta del estudiante será evaluada tomando en cuenta el capítulo III, del Reglamento

de Evaluación de los Aprendizajes. Además de las faltas muy leves, leves, graves, muy graves

y gravísimas, se evaluarán las faltas que cometan los estudiantes en cuanto a deberes,

obligaciones y prohibiciones estipuladas en esta Normativa Interna. También de las faltas

que se estipulen por medio de circular en el transcurso del curso lectivo.

ARTICULO 35. FALTAS MUY LEVES: Se consideran faltas “muy leves”

además de las señaladas en el artículo 75 del Reglamento de Evaluación de

los Aprendizajes del MEP, los siguientes incumplimientos a sus deberes

con un rebajo de 1 a 5pts.

1. Uso incorrecto del uniforme. 1.1. Pantalones apretados, a la cadera, con bolsas o con parches....................... ( 4pts ). 1.2. Camisas o Blusas sin escudo o cortas o ajustadas....................................... ( 5pts ). 1.3. Medias de colores o estampadas.................................................................. ( 2pts ). 1.4. Zapatos de colores, tenis, suecos , plataforma, sandalias de goma o brillantes que no vayan con el uniforme...................................................... ( 4pts ).

1.5. Pantalones sin faja ........................................................................................( 3pts )

Page 10: Escuela Miguel Obregón Lizano. · 2018-10-02 · Escuela Miguel Obregón Lizano. Dirección Regional de San José - Circuito Escolar 04 San Juan –Tibás.Tel 22353582 Tel-fax: 2235-42-56

Escuela Miguel Obregón Lizano. Dirección Regional de San José - Circuito Escolar 04

San Juan –Tibás. Tel 22353582 Tel-fax: 2235-42-56

“Al Desarrollo por la Educación”

1.6. Aretes grandes de colores, collares, anillos, tatuajes, pulseras, piercing......(5pts ). 1.7. Uso del cabello en los varones contrario a lo dispuesto en el inciso D) del art. 22 del

presente reglamento.............................. ................................................. ( 5pts ). 1.8. Tintes, mechones, cortes estilizados ( hombres y mujeres ).........................( 5pts ). 1.9. Faldas por fuera ...........................................................................................( 4pts ).

1.10. Suéter amarradas a la cintura o de color que no sea azul, blanco o negro.. ( 4pts ).

1.11. Gorras, viseras, pañuelos para la cabezas, binchas de colores

fosforescentes sin justificación. .................................................................... ( 3pts).

ARTICULO 36. FALTAS LEVES: Se consideran faltas leves además de las señaladas en el

artículo 76 del Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes del MEP los siguientes

incumplimientos a sus deberes con un rebajo de 6 a 10pts.

1. Uso inadecuado del cuaderno de comunicaciones. 1.1. No portar el cuaderno de comunicaciones........................................................ (9pts). 2. No traer firmados por el padre de familia o encargado los mensajes enviados(10pts). 3. Interrupciones incorrectas al proceso de aprendizaje en el aula………… ( 5pts ) 3.1. Ponerse de pie sin el permiso respectivo del docente...................................... ( 6pts). 3.2. Interrupción oral mientras otra persona tiene la palabra dentro de clases o en cualquier actividad de la Institución........................................................ (8pts).

4. Fuga de las lecciones o de actividades curriculares programadas por la Institución........................................................................................................ (10pts).

5. Empleo de vocabulario vulgar o soez.............................................................. (10pts). 6. Ausencias injustificadas debidamente convocadas y no reguladas en los artículos 22, 27 y 28 del Reglamento de Evaluación de los Aprendizaje .........(8pts).

7. Tirar basura donde no corresponda .................................................................(10pts). 8. Poner sobrenombres.........................................................................................( 9pts). 9. Entrar tarde a clases al inicio de la jornada lectivo y después del recreo........(10pts). 10. Comer en clases................................................................................................( 6pts). 11. Salir del aula en desorden a la hora del recreo y salida....................................(6pts). 12. Correr por los corredores sin control................................................................(8pts). 13. Uso de gestos desafiantes e irrespetuosos........................................................(10pts)

ARTÍCULO 37. DE LAS FALTAS GRAVES. Se consideran “faltas graves” además de las señaladas en

el artículo 77 del Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes del MEP los siguientes

incumplimientos a sus deberes con un rebajo de 11 a 19pts.

Page 11: Escuela Miguel Obregón Lizano. · 2018-10-02 · Escuela Miguel Obregón Lizano. Dirección Regional de San José - Circuito Escolar 04 San Juan –Tibás.Tel 22353582 Tel-fax: 2235-42-56

Escuela Miguel Obregón Lizano. Dirección Regional de San José - Circuito Escolar 04

San Juan –Tibás. Tel 22353582 Tel-fax: 2235-42-56

“Al Desarrollo por la Educación”

1. La recurrencia de faltas leves en un mismo periodo (más de tres faltas leves)………………………………………………………19pts).

2. Las acciones y actitudes graves de indisciplina contra el director, los docentes, los alumnos y demás personal del centro educativo.....................( 19pts).

3. Daño intencionado contra el ornato, equipo, mobiliario, infraestructura de la Institución o vehículos usados para el transporte de estudiantes

en giras educativas, vehículos que se encuentran dentro las instalaciones,

sea de docentes o visitantes.............................................................................( 19pts).

4. Sustracción de bienes institucionales o personales..........................................( 19pts). 5. Las frases o los hechos irrespetuosos dichos o cometidos en contra del director, los docentes, alumnos, padres y otros miembros de la

comunidad educativa........................................................................................( 19pts).

6. El uso reiterado de un lenguaje o un trato irrespetuoso con los demás miembros de la comunidad educativa.............................................................( 19pts).

7. Alterar, falsificar o plagiar pruebas o cualquier otro tipo de trabajo académico con el que se deba cumplir como parte de su proceso educativo, sean

éstos realizados en beneficio propio o de otros estudiantes. ..........................( 18pts).

8. Sustraer, reproducir, distribuir o divulgar pruebas de evaluación antes de su aplicación......................................................................................( 18pts).

9. La utilización de las paredes, mesas, sillas, pupitres u otros bienes y objetos de la Institución, para colocar letreros, dibujos o gráficos no autorizados......( 19pts).

10. Fumar o ingerir bebidas alcohólicas en las siguientes situaciones: i) dentro de la Institución, ii) fuera de la Institución en horario lectivo, iii) fuera de la

Institución si portare el uniforme y iv) en actividades extracurriculares

convocadas oficialmente. ................................................................................(19pts).

11. Ingresar a la Institución en condiciones de evidente ingesta de bebidas alcohólicas......................................................................................................(19pts).

12. Acciones de indisciplina en los actos cívicos..................................................(18pts). 13. Formar o participar en grupos que atentan contra la integración física y moral de cualquier miembro de centro educativo...........................................................(18pts).

14. Traer cuadernos con portadas que promuevan mensajes eróticos o violentos.(16pts). 15. Juegos irrespetuosos, bruscos y violentos donde se presente agresión física..(19pts). 16. Amenazar a cualquier miembro de la comunidad estudiantil. .........................(18pts). 17. Traer al centro educativo o portar material pornográfico sea en revistas, tarjetas, cartas y juegos esotéricos, condones y en teléfonos celulares …...…..............(19pts).

Page 12: Escuela Miguel Obregón Lizano. · 2018-10-02 · Escuela Miguel Obregón Lizano. Dirección Regional de San José - Circuito Escolar 04 San Juan –Tibás.Tel 22353582 Tel-fax: 2235-42-56

Escuela Miguel Obregón Lizano. Dirección Regional de San José - Circuito Escolar 04

San Juan –Tibás. Tel 22353582 Tel-fax: 2235-42-56

“Al Desarrollo por la Educación”

ARTÍCULO 38. DE LAS FALTAS MUY GRAVES. Se consideran “faltas muy graves” además de las

señaladas en el artículo 78 del Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes del MEP los

siguientes incumplimientos a sus deberes con un rebajo de 20 a 32pts.

1. La reincidencia en la destrucción deliberada de bienes pertenecientes a la Institución educativa, al personal o a los demás miembros de la comunidad educativa, ya sea que esta acción se realice en forma individual o en grupo................................................................................................................ (32pts).

2. La escenificación pública de conductas contrarias a lo estipulado en el reglamento interno de la Institución, la moral pública o las buenas costumbres. (32pts).

3. Impedir que otros miembros de la comunidad educativa participen en el normal desarrollo de las actividades regulares de la Institución, así como

incitar otros a que actúen con idénticos propósitos..........................................(32pts).

4. Consumir, portar o distribuir cualquier tipo de droga dentro de la Institución, en actividades convocadas oficialmente o en cualquier otra de las circunstancias descritas en el artículo 61 del Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes del MEP.................................................................................................................(32pts).

5. Incitación a los compañeros a que participen en acciones que perjudiquen la salud, seguridad individual o colectiva ..........................................................(32pts).

6. Portar armas o explosivos así como otros objetos punzo cortantes potencialmente peligrosos para las personas, salvo aquellos expresamente autorizados por la Institución

con fines didácticos..............................................................................(32pts).

7. Cualquier tipo de acción discriminatoria por razones de raza, credo, género, discapacidad o cualquier otra contraria a la dignidad humana .............(32pts).

8. Reiteración en la comisión de faltas graves en un mismo periodo lectivo (más de tres faltas graves)................................................................................(32pts).

9. Escenas que vayan contra la moral, por ejemplo tocarles las partes íntimas a cualquier miembro de la Institución..............................................................(32pts).

10. Gestos vulgares contra cualquier miembro de la Institución.. .........................(32pts).

ARTÍCULO 39. DE LAS FALTAS GRAVÍSIMAS. Se consideran “faltas gravísimas” además de las

señaladas en el artículo 79 del Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes del MEP los

siguientes incumplimientos a sus deberes con un rebajo de 33 a 45pts)

1. Sustracción, alteración o falsificación de documentos oficiales .....................(40pts). 2. La reiteración, en un mismo curso lectivo, de la destrucción deliberada

Page 13: Escuela Miguel Obregón Lizano. · 2018-10-02 · Escuela Miguel Obregón Lizano. Dirección Regional de San José - Circuito Escolar 04 San Juan –Tibás.Tel 22353582 Tel-fax: 2235-42-56

Escuela Miguel Obregón Lizano. Dirección Regional de San José - Circuito Escolar 04

San Juan –Tibás. Tel 22353582 Tel-fax: 2235-42-56

“Al Desarrollo por la Educación”

de bienes pertenecientes a la Institución educativa, al personal o a los

demás miembros de la comunidad educativa, ya sea que esta acción se

realice en forma individual o en grupo................................................................(43pts).

3. Agresión física o verbal contra cualquier miembro de la comunidad educativa, Director, personal, alumnos o padres..................................................................(45pts).

4. Ingestión reiterada de bebidas alcohólicas en los siguientes casos: I) dentro de la Institución, II) fuera de la Institución en horario lectivo III) fuera

de la Institución si portare el uniforme; iv) en actividades extracurriculares

convocadas oficialmente......................................................................................(45pts).

5. Consumir o portar, de manera reiterada, drogas dentro de la Institución, en actividades convocadas oficialmente o en cualesquiera

otra de las circunstancias descritas en el articulo 61 del Reglamento de Evaluación de los

Aprendizajes del MEP......................................................................................(45pts).

6. Distribuir, inducir o facilitar el uso de cualquier tipo de drogas ilícitas dentro de la Institución, en actividades oficialmente convocadas o en cualesquiera

de las circunstancias señaladas en el artículo 61 de este Reglamento.................(45pts).

7. Tráfico o divulgación de material contrario a la moral pública.......................(40pts). 8. Intimidación a un miembro de la comunidad escolar para quitarles las cosas (amenaza de todo tipo)......................................................................................(45pts).

9. Falsificación de firmas.....................................................................................(45pts). 10. Arrancar las hojas del libro de comunicación donde se hayan enviado

Mensajes, alterar o borrar los mensajes enviados con corrector.....................(45pts).

CAPITULO XII

La conducta del estudiante será evaluada tomando en cuenta el capítulo III, del Reglamento

de Evaluación de los Aprendizajes. Además de las faltas muy leves, leves, graves, muy graves

y gravísimas, se evaluarán las faltas que cometan los estudiantes en cuanto a deberes,

obligaciones y prohibiciones estipuladas en esta Normativa Interna. También de las faltas

que se estipulen por medio de circulares en el transcurso del período lectivo.

Page 14: Escuela Miguel Obregón Lizano. · 2018-10-02 · Escuela Miguel Obregón Lizano. Dirección Regional de San José - Circuito Escolar 04 San Juan –Tibás.Tel 22353582 Tel-fax: 2235-42-56

Escuela Miguel Obregón Lizano. Dirección Regional de San José - Circuito Escolar 04

San Juan –Tibás. Tel 22353582 Tel-fax: 2235-42-56

“Al Desarrollo por la Educación”

CAPITULO XII

Acatar las disposiciones del “Instructivo para la Implementación del decreto Nº 34886- MEP”.

Aprobado por el Consejo de Profesores de la Institución. El día 16 de diciembre del 2008.

Rige a partir del inicio del curso lectivo del 2010.

______________________________

Firma del padre de familia:

______________________________

No. de cédula

_______________________________

Firma del Estudiante

_______________________________

No. de cédula.