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1 Escuela Básica Santa Marta de Liray

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Escuela Básica Santa Marta de Liray

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Historia En 1964 Don Javier Errázuriz Letelier propietario del Fundo Santa Marta ubicado en la comuna de Colina, para satisfacer las necesidades de sus inquilinos cede parte del terreno donde se encontraba ubicada desde tiempos de la Colonia, casa patronal. La casona fue utilizada cómo escuela básica llamada “Santa Marta de Liray” con un singular tipo de enseñanza, para ese entonces se contaba con un vivero, huerto escolar y crianza de conejos. Cada habitación servía como sala de clases, la gran chimenea del comedor principal permitía en los duros inviernos calentar, secar y cobijar a niños y profesores quienes llegaban de diferentes rincones del fundo Santa Marta y alrededores. En 1985 después del terremoto que asoló a la Región Metropolitana la casona quedó muy deteriorada, por lo que el señor Intendente de entonces, se hizo presente indicando que las dependencias de la escuela no podían ser ocupadas como sala de clases por lo que se instaló una escuela de emergencia, mientras se construían los primeros pabellones de la remodelada Escuela Básica Santa Marta de Liray. A medida que han transcurrido los años el Establecimiento a mejorado y aumentados el número de salas construidas de material sólido para así adaptar e iniciar en 1999 la Jornada Escolar Completa.

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INTRODUCCIÓN

El presente Reglamento Interno de Educación básica, tiene por objeto la sistematización de las

disposiciones legales y reglamentarias vigentes que se refieren al bienestar de los niños y niñas, a la

convivencia, el buen trato y demás aspectos esenciales que resguarden el adecuado funcionamiento

de la Educación básica, en nuestro establecimiento.

Nuestro colegio, está basado en un enfoque humanista enfatizando en el aprendizaje y

descubrimiento de la propia identidad y naturaleza, que fundamenta su accionar en promover estilo

de vida saludable, prácticas deportivas, el desarrollo de la afectividad y cuidado del medio ambiente.

Manifestamos la convicción de que todos nuestros estudiantes pueden alcanzar el máximo de sus

capacidades; siempre y cuando el ambiente escolar en el que se desenvuelven promueva un

armonioso desarrollo físico, cognitivo y emocional. Disponiendo de un ambiente para todos

nuestros estudiantes, y sobre todo para los más pequeños, es la gran meta que como Comunidad

Educativa nos hemos propuesto.

IDENTIFICACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO

Descripción y reconocimiento oficial:

El Colegio Santa Marta de Liray, RBD 10411-6, es un Establecimiento municipal, ligado a la

corporación municipal de desarrollo social de Colina.

El Establecimiento se encuentra ubicado en calle Liray s/n, panamericana norte km.25 y medio

comuna de Colina, instalado en una zona rural.

Niveles de Enseñanza y matrícula:

• El Establecimiento entrega una educación completa en sus dos niveles: Educación Parvularia y

Enseñanza básica.

• La matrícula general es de 556 estudiantes y en educación Básica 478 estudiantes, en la

Educación Parvularia de 78 estudiantes.

• El nivel de educación parvularia cuenta con tres cursos, que trabajan en forma paralela: un Pre

Kínder y Kínder

• El nivel básico cuenta con 11 cursos.

• Nivel párvulo cuenta con 2 cursos.

Equipo de trabajo:

• Trabajan en el Establecimiento 45 funcionarios, liderados por un Equipo Directivo conformado

por Director, Jefe de Unidad Técnico Pedagógica, Encargada de Convivencia Escolar y

Coordinadora del proyecto de Integración Escolar.

• Se desempeñan en el colegio 17 docentes, 16 asistentes de la educación, 7 integrantes del equipo

PIE y 2 integrantes de la dupla psicosocial. Específicamente en la Enseñanza Prebásica, se

desempeñan 2 educadoras de Párvulos y 3 asistentes de aula.

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Proyecto Educativo Institucional (PEI):

El Proyecto Educativo Institucional que sustenta al Colegio, es el principal instrumento orientador

de la gestión del Establecimiento; tiene como finalidad el mejoramiento progresivo de procesos de

aprendizaje y la formación de los estudiantes.

¿El Proyecto Educativo Institucional (PEI) del Colegio Santa Marta de Liray orienta la formación de

estudiantes comprometidos y dispuestos al aprendizaje, tolerantes y abiertos hacia la diferencia y

que valoran la importancia de convivir en un ambiente respetuoso y fraterno? El logro de los

objetivos planteados en el PEI, solo es posible si todos los integrantes de la Comunidad educativa

(estudiantes, apoderados/as, docentes, asistentes de la educación y sostenedor) se adscriben a su

planteamiento ideológico, lo aceptan, reconocen y respetan. Es por ello que, para integrarse a esta

Comunidad Educativa tanto padres, madres y apoderados/as como estudiantes, deben

comprometerse con esta propuesta formativa, relacional y educativa.

Misión de Escuela

Educar en la tradición ambientalista deportiva enfatizando la formación para los desafíos

tecnológicos, fundando las raíces para el conocimiento de una educación integral, para

mejorar las posibilidades de resultados y electividad de los alumnos en sus estudios futuros.

Visión de la Escuela

Ser reconocida por su solidez académica integradora, múltiple y participativa, aportando en

los ámbitos deportivos, tecnológicos, medioambientalistas y abriendo a la comunidad

oportunidades académicas sólidas para que los alumnos egresados puedan continuar

estudios siendo capaces de elegir donde desarrollar sus competencias y habilidades.

Sello Niños y niñas, integradores, involucrados en el deporte, de la mano con la prevención, la

educación financiera y cuidado del medio ambiente.

Valores

Puntualidad, solidaridad, honradez, respeto, tolerancia, integración.

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PROCESO DE POSTULACIÓN, MATRÍCULA

El Colegio Santa Marta de Liray imparte educación básica:

• Desde primero a octavo básico.

REQUISITOS DE INGRESO

Postulación de Estudiantes:

La postulación es por el sistema SAE (Sistema de Admisión Escolar Online)

Esta se realiza a través de la postulación en la página ministerial www.sistemadeadmicionescolar.cl

la cual estará sujeta a las vacantes disponibles o declaradas por el establecimiento en todos los

niveles en los que se imparten clases en nuestra escuela. De no quedar un cupo disponible, quedará

en una lista de espera, la cual en la medida que se produzca una vacante, correrá lista de espera

según orden de inscripción.

Matrícula

Una vez que se produzca un cupo, se informará a la familia, para proceder a matricular a su hijo,

completando la ficha de matrícula y toma de conocimiento del PEI de la escuela, reglamento interno

de convivencia escolar de la escuela.

FUNCIONAMIENTO Y HORARIO DE ATENCION

El horario de atención del colegio Santa Marta de Liray es de: lunes a jueves de 07:30 a 16:30 y

viernes de 07:30 a 13:30 horas, para los estudiantes el horario es de: lunes a jueves 08:00 a 15:30

horas y viernes de 08:00 a 13:45 horas.

Excepción por Pandemia COVID-19

Horario que se ha visto modificado en pandemia, y que queda sujeto las modificaciones locales

propias del plan “Paso a Paso” del ministerio de Salud.

Puntualidad: (Valor que se aplica a cada horario modificado y en clases virtuales de ser el modo de trabajo)

La puntualidad implica respeto por uno mismo y por los demás y asegura el orden necesario para

cumplir con la misión educativa. La impuntualidad perjudica al estudiante y a sus compañeros,

puesto que interfiere en el clima de aprendizaje. La hora de entrada al colegio es a las 08:00 horas,

toda llegada después de las 08:00 horas será considerada como un atraso, (solo se justifica a

estudiantes que vienen el bus de acercamiento de los 17).

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Salida antes del término de horario de jornada escolar

• El alumno/a que necesite salir de la Escuela, antes de la hora del término de la jornada de clases,

deberá ser retirado única y exclusivamente por su apoderado. No se aceptarán peticiones de retiro

por medio de comunicaciones, avisos telefónicos o notas escritas.

Objetivos del Manual de Convivencia

ARTICULOS: 1

1-El presente reglamento tiene por finalidad promover y desarrollar en todos los integrantes

de la comunidad educativa los principios y elementos que construyan una sana convivencia

escolar, con especial énfasis en una formación que favorezca la prevención de toda clase de

violencia o agresión (Física y/o verbal).

2.- Asimismo establece protocolos de actuación para los casos de maltrato escolar, los que

deberán estimular el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e implementar

acciones reparatorias para los afectados.

3.-Lo anterior es sin perjuicio de impulsar acciones de prevención tales como talleres de

habilidades socio- afectivas, habilidades para la vida, alfabetización emocional,

competencias parentales, entre otros, teniendo en cuenta especialmente el proyecto

educativo institucional de la escuela Santa Marta de Liray.

4.-Los principales fundamentos legales del Reglamento de Convivencia Escolar son los

siguientes:

El Reglamento Interno de Convivencia Escolar (RICE) se fundamenta en el siguiente marco

legal:

1. Declaración Universal de los Derechos Humanos. Naciones Unidas, 1948.

2. Convención sobre los Derechos del Niño y la Niña. UNESCO, 1989.

3. Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la

Mujer.

4. Constitución Política de la República de Chile, 1980.

5. Ley N° 20.370 General de Educación. Chile, 2009.

6. Ley N° 19.979 Régimen de Jornada Escolar Completa Diurna. Chile, 2004.

7. Ley N° 20.422 Igualdad de Oportunidades e Inclusión de Personas con Discapacidad.

Chile, 2010.

8. Ley N° 20.536 Violencia Escolar. Chile, 2011.

9. Ley N° 20.529 Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación. Chile,

2011.

10. Ley N° 20.609 Medidas Contra la Discriminación. Chile, 2012.

11. Ley N° 20.845 Inclusión Escolar. Chile, 2015.

12. Ley N°20.084 Sistema de Responsabilidad de los Adolescentes. Chile, 2005.

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13. Ley N° 20.000 Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas. Chile, 2005.

14. Ley N° 19.925 Bebidas Alcohólicas; Consumo de Alcohol. Chile, 2004.

15. Ley N° 19.253 Sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas. Chile, 1993.

16. Ley N° 19.070 Estatuto de los Profesionales de la Educación. Chile, 1991.

17. Ley N° 20.105 Ambientes Libres de Humo de Tabaco. Chile, 2013.

18. Ley N° 20.501 Ley de Calidad y Equidad de la Educación. Chile 2011.

19. Ley N° 20.526 Acoso Sexual de Menores, la Pornografía Infantil Virtual y la Posesión

de Material Pornográfico Infantil. Chile, 2005.

20. D.F.L. N°2 Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales. Chile, 1998.

21. Decreto N°79 Norma Situación Estudiantes Embarazadas y Madres. MINEDUC, Chile,

2004.

22. Decreto N°50 Norma Centro de estudiantes. MINEDUC, Chile, 1990.

23. Decreto N°24 Reglamento Consejos Escolares. MINEDUC, Chile, 2005.

24. Decreto N°565 Reglamento de Centro General de Padres, Madres y Apoderados.

MINEDUC, Chile, 1990.

25. Decreto N°215 Reglamenta Uso de Uniforme Escolar. MINEDUC, Chile, 2009.

26. Decreto N° 313 Incluye a los y las Estudiantes en Seguro de Accidentes

27. Decreto N°256 Establece objetivos fundamentales y contenidos mínimos obligatorios

para enseñanza básica y media. MINEDUC, Chile, 2009.

28. Circular N°1 Establecimientos Educacionales Subvencionados Municipales y

Particulares, Superintendencia de Educación, Chile, 2014

Normativas Reglamento Convivencia Escolar

El DFL N.º 2 del 20/08/98 de Subvenciones, exige el Reglamento Interno como Requisito

para que los establecimientos educacionales puedan obtener la Subvención y, sanciona

como infracción grave, el incumplimiento de alguna de las Disposiciones señaladas. El

Reglamento de Convivencia forma parte del Reglamento Interno.

En el artículo 46ª, letra f. Se establece que todos los establecimientos subvencionados

deben contar con un Reglamento Interno que regule las relaciones entre el establecimiento

y los distintos actores de la comunidad educativa, y que garantice el justo procedimiento

en el caso en que se contemplen sanciones, las que en ningún caso podrá contravenir la

normativa vigente.

En el artículo 9º. Se establece que cada comunidad educativa tiene el derecho a definir

sus propias normas de convivencia, de acuerdo con los valores expresados en su proyecto

educativo. Estas deben enmarcarse en la ley y en todas las normas vigentes y deben tener

como horizonte la formación de los y las estudiantes.

El artículo 10º, letra b. señala que es deber de las familias conocer el proyecto educativo

y normas de funcionamiento del establecimiento, cumplir con los compromisos asumidos

con el establecimiento educacional y respetar su normativa interna.

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El artículo 15º. Sobre la participación de la comunidad educativa, padres, madres y

apoderados, puedan participar en la revisión del Reglamento de Convivencia a través del

Consejo Escolar, y aprobarlo, si se le hubiese otorgado esta atribución.

ARTICULOS 2º Conceptos.

2.1 La sana convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los miembros

de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y

el respeto que éstas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso

educativo implementando en un ambiente tolerante y libre de violencia, orientado a que

cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus

derechos y cumplir sus deberes correlativos.

2.2 Por comunidad educativa se entiende aquella agrupación de personas que, inspiradas

en un propósito común, integran la institución educacional, incluyendo a alumnos,

alumnas, padres, madres y apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la

educación, equipos docentes directivos y sostenedores educacionales.

Principios Educacionales Nuestros principios educacionales están basados en un enfoque humanista enfatizando el aprendizaje y descubrimiento de la propia identidad y naturaleza y sentido de la conciencia y la propia responsabilidad. Lograr una formación integral dando énfasis en la relación profesor como facilitador, animador, receptivo y el estudiante responsable de un aprendizaje activo y autónomo, que aprendan entre pares. El presente Reglamento Interno reconoce expresamente el derecho de asociación con que cuentan tanto los estudiantes, los padres y apoderados, también el personal Docente y Asistentes de la educación. Cada uno de los miembros de esta Comunidad Educativa, desde su ingreso al Colegio, reconocen la existencia y conocimiento del presente Reglamento Interno de Educación básica, el cual deberá ser cumplido, en todas sus partes, para garantizar el buen funcionamiento en nuestra comunidad de aprendizaje.

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Conceptos básicos del Manual de convivencia

Con el objetivo de facilitar la comprensión del presente Reglamento es que definiremos algunos conceptos básicos: Proyecto Educativo Institucional: la Ley General de Educación establece que el propósito compartido de toda comunidad educativa se expresa en el Proyecto Educativo Institucional, este propósito contribuye a la formación y al logro de los aprendizajes de todos los estudiantes, para asegurar su pleno desarrollo espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico; en definitiva, el Proyecto Educativo Institucional es el instrumento que ordena y da sentido a la gestión de establecimiento educacional. Reglamento Interno: el Plan Específico de Seguridad Escolar debe ser parte del Reglamento Interno junto con el protocolo de actuación ante emergencias, como forma de ratificar la acción formadora integral que requieren los estudiantes. Comunidad educativa: una agrupación de personas que inspiradas en un propósito común integran una institución educativa cuyo objetivo común es contribuir a la formación y el logro de aprendizajes de todos los alumnos para asegurar su pleno desarrollo espiritual; ético, moral, afectivo, intelectual. Convivencia escolar: Coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y favorece el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos, en un clima que propicia el desarrollo integral en la primera infancia. Buen trato: Responde a la necesidad de los niños y niñas de afecto, cuidado, protección, educación, respeto y apego, en su condición de sujetos de derecho, el que debe ser garantizado, promovido y respetado por los adultos a su cargo. Seguridad escolar: Conjunto de condiciones, medidas y acciones enfocadas al desarrollo del autocuidado y a la prevención de riesgos, requerido para que los miembros de la comunidad educativa puedan realizar el ejercicio pleno de los derechos, libertades y obligaciones, que les reconoce o les impone el ordenamiento jurídico interno y las normas y tratados internacionales ratificados por Chile. Autocuidado: Capacidad progresiva que tienen niñas, niños, adolescentes y adultos de tomar decisiones, respecto de la valoración de la vida, de su cuerpo, de su bienestar y de su salud, así como el desarrollo de prácticas y hábitos para mejorar su propia seguridad y con ello, prevenir riesgos. Prevención de riesgos: Refiere a la preparación de medidas para anticiparse y minimizar un daño que es posible que ocurra; en el ámbito de la seguridad escolar, la prevención de riesgos implica que la comunidad educativa, en su conjunto, sea capaz de comprender y desarrollar recursos para identificar los riesgos, evitarlos, mitigarlos, y de responder en forma efectiva ante sus consecuencias. Accidente escolar: Toda lesión que un estudiante sufra a causa o con ocasión de sus estudios, o de la realización de su práctica educacional, y que le produzca incapacidad o muerte. Este se reconoce

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tanto al interior del Establecimiento en horario lectivo, como en salidas a terreno de carácter pedagógico debidamente acreditadas Plan Integral de Seguridad Escolar: Instrumento a través del cual las comunidades educativas deben desarrollar los programas de planificación en prevención de riesgos y de respuesta ante emergencias. Comité de Seguridad Escolar: Instancia coordinadora de las acciones tendientes al autocuidado y la prevención de riesgos en la comunidad educativa, promoviendo la participación y el compromiso de todos/as los actores pertenecientes a ella, para el logro de una mayor seguridad y mejor calidad de vida de sus integrantes. Normas de funcionamiento: Las normas regulan las relaciones entre los miembros de la comunidad educativa en función de la formación social y personal de los/as estudiantes. Las normas dentro del reglamento van dirigidas a todos los miembros de la comunidad educativa. PERFIL DEL ALUMNO DE LA ESCUELA SANTA MARTA DE LIRAY

De acuerdo a lo anterior, el estudiante de la escuela debe alcanzar el siguiente perfil:

a. Respeto por sí mismo, sus pares y toda la Comunidad Educativa.

b. Solidaridad con sus semejantes.

c. Responsable con el medio ambiente y su sustentabilidad.

d. Honestidad en su actuar privado y público.

e. Tolerancia hacia la diversidad.

f. Conocimiento y comprensión de la Misión de la escuela.

g. Rigurosidad y orden en su trabajo escolar.

h. Ejercicio de su autonomía en forma responsable y respetuosa.

i. Cuidado en su presentación personal.

j. Interés frente a las motivaciones que le proporciona el medio educativo con el fin de mejorar

sus áreas cognitivas, afectivas y valóricas.

k. Crítico, participativo y activo en las funciones escolares propias.

l. Respeto y compromiso con los valores del Proyecto Educativo.

m. Respeto por la normativa explicitada en el Reglamento Interno.

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Reconocimiento por una destacada Convivencia Escolar

• Anotaciones positivas.

• Entregas de diplomas u otros estímulos por: Asistencia, puntualidad, valores de la escuela, presentación personal, buen compañero, actividades ambientalistas, deportivas y artísticas, otros.

Beneficios que la escuela ofrece a sus estudiantes.

1. Biblioteca CRA.

2. Clínica dental de la comuna.

3. Equipos tecnológicos, de acuerdo al nivel en el que están, (Table, computadores).

4. Equipo PIE.

5. Beca Alimenticia: Desayuno y almuerzo otorgada por JUNAEB.

6. Actividades Extra programáticas, culturales, deportivas y talleres.

PERFIL DEL ALUMNO DE LA ESCUELA SANTA MARTA DE LIRAY

De acuerdo a lo anterior, el estudiante de la escuela debe alcanzar el siguiente perfil:

a. Estudiante responsable con sus aprendizajes académicos y valóricos.

b. Interés frente a las motivaciones que le proporciona el medio educativo con el fin

de mejorar sus áreas cognitivas, afectivas y valóricas.

c. Responsable con el medio ambiente y su sustentabilidad.

d. Rigurosidad y orden en su trabajo escolar.

e. Crítico, participativo y activo en las funciones escolares propias.

f. Respeto y compromiso con los valores del Proyecto Educativo.

g. Respeto por la normativa explicitada en el Reglamento Interno.

h. Respeto por sí mismo, sus pares y toda la Comunidad Educativa.

i. Solidaridad con sus semejantes.

j. Honestidad en su actuar privado y público.

k. Tolerancia hacia la diversidad.

l. Conocimiento y comprensión de la Misión de la escuela.

m. Ejercicio de su autonomía en forma responsable y respetuosa.

n. Cuidado en su presentación personal.

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DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES.

Derechos de los estudiantes son:

a. Todos los estudiantes tienen derecho a la Educación, es un proceso permanente que

tiene por objeto el pleno desarrollo de la persona.

b. Todos los estudiantes tienen derecho, de manera progresiva, a acceder a la Enseñanza

Básica y permanecer en el Establecimiento, respetando las normas establecidas en

este reglamento.

c. Todo estudiante deberá ser respetado en dignidad, derechos y recibir un trato

deferente por parte de los integrantes de la Comunidad Educativa.

d. Ser escuchado por la persona que corresponda a la naturaleza del problema en caso

de encontrarse en alguna situación que le impida o altere el normal desarrollo de su

proceso educativo.

e. Todos los estudiantes tienen derecho a recibir Orientación Vocacional acorde a su

nivel.

f. Todo estudiante tiene derecho a que los contenidos y métodos de enseñanza sean

compatibles con los objetivos y fines de la Educación.

g. Conocer el registro de observaciones positivas o negativas con su debida explicación,

en el momento en que éstas se registren, por el docente responsable de la anotación.

h. Conocer el seguro escolar y hacer uso, en caso de accidente escolar ocurrido dentro

del Establecimiento o en el trayecto, dentro de las 48 horas siguientes, de acuerdo a

su edad y a las disposiciones de la Ley de Seguro de Accidente Escolar.

i. Recibir material didáctico proporcionado por el MINEDUC, consistente en textos de

estudio y útiles escolares.

j. Todo estudiante tiene derecho a conocer con anticipación el calendario de trabajos

escolares, evaluaciones y en que será evaluado (pauta de cotejo, rúbricas, entre otros)

k. Conocer su rendimiento académico y ser evaluado de acuerdo con el Reglamento de

Evaluación y Promoción interno de la escuela, en el marco de las disposiciones

legales vigentes.

l. Participar activamente en las actividades curriculares y extracurriculares planificadas.

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m. Ser informado sobre becas tales como la beca indígena y otras que ofrezca la

JUNAEB, de acuerdo a la normativa vigente.

n. Utilizar los servicios de la biblioteca CRA de la escuela de acuerdo a la disposición

de la sala.

o. Formar parte del Centro de alumnos del curso y/o de la escuela, de acuerdo con los

estatutos de los órganos correspondientes, (4° a 8° básico).

p. Optar al beneficio de alimentación de la JUNAEB (Junta Nacional de Auxilio Escolar

y Becas).

q. Ser atendido por el Programa de Integración Escolar (PIE) de la escuela y también

por el Centro de Diagnóstico de la Comuna.

r. Ser atendido en el Servicio Dental de la comuna.

s. Los estudiantes con necesidades educativas especiales, transitorias o permanentes,

tienen derecho de participar de todas las actividades del proceso educativo,

otorgándoseles las facilidades pertinentes que éstas requieran.

Deberes

Es deber de todos los estudiantes de la Escuela Santa Marta de Liray

• Mantener consigo en todo momento la libreta de comunicaciones, la que tendrá carácter

de obligatoria y será el medio de relación entre el apoderado y la Escuela.

Presentarse uniformado según lo estipulado por parte de la Escuela:

“Implementándose una excepción en este punto, producto del escenario en

que se encuentra nuestra comunidad escolar, producto de la pandemia

COVID-19” autorizando el buzo u otra vestimenta que se asemeje, para no

generar gastos adicionales a los que ya se han vivido bajo este contexto”

• Uniforme Damas: Falda (no muy corta), polera, calcetas burdeos, polerón burdeos

• Uniformes Varones: Pantalón gris, polera, polerón burdeos.

• Actividades Deportivas: Buzo y polera de la Escuela, zapatillas.

• Para actos oficiales los varones deben presentarse con camisa blanca, corbata de la

escuela y vestón azul marino, en las damas: falda, camisa blanca, corbata de la

escuela y blazer azul marino.

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a. El alumno/a deberá presentarse en el establecimiento cumpliendo con la debida y

adecuada higiene personal. Los varones deberán venir con el pelo corto hasta los

hombros y sin diseño de fantasía. No se aceptará ningún tipo de maquillaje o adorno

personal que contradiga la sana sobriedad que se espera de los alumnos (a) y sus familias.

b. El alumno/a que necesite salir de la Escuela, antes de la hora del término de la jornada de

clases, deberá ser retirado única y exclusivamente por su apoderado. No se aceptarán

peticiones de retiro por medio de comunicaciones, avisos telefónicos o notas escritas,

respetando horarios estipulados para ello, excepción de urgencias.

c. Rendir pruebas y cumplir con los trabajos en las fechas estipuladas por los profesores. En

caso de impedimento, el apoderado deberá oportunamente justificar la inasistencia. Una

vez que el alumno/a se reintegre a clases, rendirá su prueba, entregará su trabajo en el

horario y día fijado por el profesor.

d. El alumno/a que sea sorprendido copiando durante una prueba será suspendido de esta y

se registrara esta situación en su hoja de vida, y deberá someterse a una nueva evaluación

en el horario y día que el profesor estime conveniente previo informe a UTP.

e. El alumno/a no podrá traer a la Escuela ningún objeto de valor (dinero, relojes, joyas,

collares, aros, pircing), (Celulares, tables o computadores u otros). En caso de ser

sorprendido con algunos de estos objetos durante las horas de clases, serán requisados

hasta que el apoderado lo retire, en caso de pérdida, hurto o destrozos la escuela no se

hará responsable bajo ningún término.

f. Es deber de todos los niños y niñas ayudar a la mantención y buen funcionamiento de la

infraestructura de la Escuela, por lo que cualquier daño provocado a esta será repuesto

por su apoderado de manera oportuna.

g. Los y las estudiantes velaran por mantener un clima escolar óptimo, por lo que no podrán

traer a la Escuela cualquier elemento que sea dañino o peligroso (armas blancas,

cortopunzantes, entre otros) para su propia seguridad física o la de sus compañeros. Se

realizará una investigación por parte del establecimiento.

De la Responsabilidad (Del cumplimiento de sus obligaciones académicas)

a. El estudiante deberá cumplir con sus obligaciones académicas ciñéndose a las normas

específicas de cada asignatura; de no hacerlo, deberá acatar lo estipulado en ellas y/o las

del reglamento interno y sus adjuntos. A su vez, debe cumplir con lo estipulado en el

“Compromiso para la Permanencia”.

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Acerca de la asistencia, inasistencia y atrasos.

• El alumno deberá asistir a las actividades programadas por el establecimiento.

• Para la asistencia a actividades fuera del establecimiento, el apoderado deberá enviar con

anterioridad una autorización escrita. Sin esta autorización, el estudiante no podrá

participar de la actividad programada y deberá permanecer en el colegio. El

establecimiento se reserva el derecho de no dar curso a la autorización en determinadas

circunstancias, analizadas por la directora y/o profesor a cargo de la actividad.

• Los estudiantes con enfermedades complejas que requieran extensos periodos de

hospitalización, reposo u otros asociados y las alumnas embarazadas recibirán un trato

acorde a su situación, flexible y respetuoso de su estado de salud, el cual no será motivo

de desvinculación del colegio, previa certificación médica que constate su condición. Aun

así, se exigirá a estos estudiantes el correspondiente certificado médico.

• Todo niño o niña que llegue atrasado en forma reiterada deberá presentarse en inspectoría

para justificar personalmente la situación y/ o presentar una justificación de su apoderado.

Puntualidad:

• La puntualidad implica respeto por uno mismo y por los demás y asegura el orden

necesario para cumplir con la misión educativa. La impuntualidad perjudica al

estudiante y a sus compañeros, puesto que interfiere en el clima de aprendizaje. La hora

de entrada al colegio es a las 08:00 horas, toda llegada después de las 08:00 horas será

considerada como un atraso, (solo se justifica a estudiantes que vienen el bus de

acercamiento de los 17).

Clases de Religión

• El estudiante que opta por no realizar la clase de religión previamente autorizado por

el apoderado, deberá permanecer en la sala de clase con otro tipo actividades

entregadas por el profesor de religión, con contenidos valóricos.

Beneficios de la escuela ofrece a sus estudiantes.

1. Biblioteca CRA.

2. Clínica dental de la comuna.

3. Equipo PIE.

4. Beca Alimenticia: Desayuno y almuerzo otorgada por JUNAEB.

5. Actividades Extra programáticas, culturales, deportivas y talleres.

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De los Apoderados

Deberes

a. Debe ser mayor de 18 años. Es la persona que se responsabiliza y compromete por el

normal desarrollo del alumno/a ante la dirección de la Escuela.

b. Todo apoderado asume responsablemente su rol desde el momento en que se efectúa la

matrícula de su alumno/a y no podrá delegar su función en ninguna otra persona

excepción del segundo apoderado anotado en hoja de matrícula.

c. Debe conocer el reglamento de Convivencia Escolar y velar porque su hijo(a) cumpla

con las disposiciones contenidas en este.

d. Matricular personalmente a su hijo(a) en las fechas según calendario indicado para ello

del establecimiento educacional.

e. El apoderado es el primer y principal responsable de la asistencia de él o la estudiante a

la Escuela.

f. Mantener actualizado los datos personales del estudiante para un contacto permanente

entre la escuela y la familia.

g. Es obligación del Apoderado controlar y revisar diariamente la libreta de comunicaciones

de su alumno/a.

h. Es deber del Apoderado concurrir periódicamente al establecimiento con el fin de

informarse de la vida escolar del o la estudiante en horario establecido para la atención

apoderados de cada profesor.

i. Todo Apoderado debe asistir a las reuniones de curso que se realizan, así como a las

convocadas por el Centro General de Padres y Apoderados de la Escuela o aquellas que

de modo excepcional se citen (Asistir sin niños o alumnos por su propia seguridad y

normal desarrollo de las reuniones).

j. Respetar los horarios de atención de apoderados, para beneficiar una adecuada atención.

k. Justificar personalmente antes de 48 hrs. toda inasistencia de su hijo(a) o pupilo a clase

regular o actividad planificada por la escuela.

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l. Es responsabilidad ineludible del Apoderado comunicar inmediatamente al

Establecimiento acerca de cualquier accidente que sufra el alumno/a en el trayecto (ida

y regreso) a la Escuela, con el fin de acogerse al seguro escolar.

m. Mantener un trato digno y respetuoso entre apoderados y hacia cualquier integrante de

la comunidad educativa.

n. Formalizar con su firma en el libro de salida todo retiro excepcional de su hijo(a) durante

la jornada de escolar.

o. Responder por todo daño o perjuicio causado por su hijo(a) a toda especie o estructura de

propiedad de la escuela o de un tercero dentro del establecimiento.

p. Velar que su hijo(a)

q. El apoderado será informado frente a cualquier situación especial que afecte a su hijo(a).

Ante cualquier situación que lo requiera

a. El Apoderado deberá respetar el conducto regular estipulado para tales efectos: Profesor

de asignatura, Profesor Jefe, Orientadora, director/a.

b. Si un Apoderado no asiste a una reunión de curso, será citado en un horario que fije el

profesor correspondiente.

Nota: El Apoderado como primer educador de su alumno/a deberá dar ejemplo de

cumplimiento del presente reglamento y las normas estipuladas en él y velar por que su hijo/a

también lo haga.

Se pierde la calidad de Apoderado de la Escuela cuándo:

a. El niño o niña deja de ser alumno/a regular de la Escuela

b. Agredir verbal o físicamente a cualquier miembro de la Escuela y faltas graves a la

convivencia de esta. En tal caso, la decisión será privativa del EGE de la escuela (equipo

de gestión escolar).

Declaración Adjunta

Page 19: Escuela Básica Santa Marta de Liray

19

Los padres y apoderados, por la razón natural, son los primeros educadores de sus hijos, su

cooperación, apoyo y comprensión con la escuela es indispensable para lograr los objetivos

educacionales que la escuela Santa Marta de Liray ha propuesto.

Derechos

a. Participar activamente en el proceso de aprendizaje de su hijo(a).

b. Derecho a recibir un trato respetuoso de parte de todos los integrantes de la Unidad

Educativa.

c. Derecho a recibir oportunamente la documentación de su hijo(a) para los fines que

estime conveniente, de acuerdo a la factibilidad pertinente.

d. Derecho ser recibido y atendido por las autoridades del establecimiento.

e. Recibir informes académicos de su hijo(a) en forma periódica.

f. Informarse de los registros de convivencia que afecten a su hijo(a).

g. Derecho a ser informados de todo accidente escolar que sufra su hijo(a).

h. A organizarse con sus pares CPA.

i. Solicitar entrevista personal con su profesor jefe o de asignatura en horarios y fechas

establecidas por la escuela.

j. Proponer acciones que beneficien a su hijo(a) y toda la escuela.

k. Participar de todas las reuniones programadas para su curso.

l. Participar de las actividades artístico-culturales, deportivas y otras convocadas para

tales efectos, desde la escuela.

m. Al uso de las dependencias comunes de la escuela, recursos de biblioteca y otros,

debidamente solicitados por escrito y con anticipación solo para uso educacional o

formativo previo autorización de dirección.

Reconocimiento por una destacada Convivencia Escolar

• Anotaciones positivas.

Page 20: Escuela Básica Santa Marta de Liray

20

Reconocimiento “Espíritu Santa Marta a 8° básico”.

Entregas de diplomas u otros estímulos por: Asistencia, puntualidad, valores de la escuela,

presentación personal, buen compañero, buen rendimiento académico, participación en

centros de alumnos, actividades ambientalistas, deportivas y artísticas, otros.

Cancelación de Matrícula

Instancias de apelación

Ante un caso de una infracción gravísima, de algún estudiante, que atenta a la integridad de

otro, donde se han puesto todas las medidas reparatorias (señaladas en hojas posteriores), por

parte del establecimiento educacional, en el cual se menciona que entre las medidas

disciplinarias que contempla el Reglamento Interno de Convivencia Escolar del

establecimiento, se encuentra la “Cancelación de Matrícula”, señalando que ante la

aplicación de esta medida el estudiante podrá apelar a la revisión de su caso, para ello su

apoderado deberá presentar una apelación escrita ante el director para tal efecto, esta

deberá ser entregada máximo de 15 días hábiles , el Director deberá resolver la apelación

como ente imparcial y objetivo" de acuerdo a:

El marco legislativo nacional, regula las relaciones entre el establecimiento y los distintos

actores de la comunidad escolar, incorporando políticas de prevención, medidas pedagógicas,

protocolos de actuación y diversas conductas que constituyan faltas a la buena convivencia

escolar, graduándolas de acuerdo a su menor o mayor gravedad. De igual forma, establece

las medidas disciplinarias correspondientes a tales conductas, que podrán incluir desde una

medida pedagógica hasta la cancelación de la matrícula. En la aplicación de dichas medidas

deberá garantizarse en todo momento el justo y debido proceso. En este contexto, los

principales elementos legales son:

1. La Ley 20.845 de Inclusión, en su artículo 1° introduce modificaciones al DFL N°2, de

2009, el cual refundió, coordinó y sistematizó de la ley N° 20.370 con las normas no

derogadas del DFL N° 1, de 2005, sobre subvención del Estado a Establecimientos

educacionales.

2. Así, la Ley 20.845 en su artículo 2° introduce modificaciones al DFL N°2, de 1998, el

cual refundió, coordinó y sistematizó el DFL N° 2, de 1996, agregando la letra h) que señala

que: "solo podrán aplicarse las sanciones o medidas disciplinarias contenidas en el

reglamento interno”. Luego, agrega en el siguiente párrafo: No podrá decretarse la medida

de expulsión o la de cancelación de matrícula de un o La Ley de Inclusión establece un

procedimiento común, aplicable a ambos tipos de medidas disciplinarias (procedimiento

regulado en el artículo 6 letra d) del DFL N° 2/1988, del Ministerio de Educación).

Compromiso de los padres y apoderados

Page 21: Escuela Básica Santa Marta de Liray

21

Al centro general de padres y apoderados de la escuela básica Santa Marta de Liray

pertenecen, por derecho propio todos los padres y apoderados del establecimiento. El

reglamento que los rige estipula sus derechos y obligaciones como tales.

Este reglamento de convivencia tiene como objetivos principales formar hábitos, corregir

conductas inadecuadas, propiciar conductas inadecuadas, propiciar actitudes positivas,

ayudar a interrelacionarse y fomentar valores. Los padres, como principales actores en el

proceso formativo de sus hijos se comprometen en el momento de la matrícula a:

• Respetar las disposiciones reglamentarias vigentes.

• Asistir a toda actividad, reunión, citación y entrevistas programadas por la escuela.

• Tomar conocimiento y firmar toda comunicación requerida por la escuela.

Si algún apoderado reiteradamente no cumple estas normas o provoca conflictos que alteren

la normal convivencia escolar explicita en el PEI del establecimiento, la dirección de la

escuela se reserva el derecho de solicitar un cambio de apoderado que asuma la

responsabilidad que le compete.

Derechos del Director/a.

1.- Conducir la realización del Proyecto Educativo del establecimiento que dirige.

Deberes del Director/a. a. Dirigir la Escuela de acuerdo a las políticas educacionales de la misma, teniendo como

objetivo central la educación de todos los educandos.

b. Determinar juntos a los otros estamentos de la Escuela los objetivos propios de la misma,

en orden a las necesidades de la comunidad educativa.

c. Proponer, estructurar y organizar las acciones pedagógicas del establecimiento.

d. Propiciar y motivar un ambiente escolar positivo y un adecuado clima organizacional,

creando así condiciones favorables para lograr los objetivos de la Escuela.

e. Dirigir las instancias pedagógicas y administrativas propias de la Escuela, delegando

funciones cuando corresponda.

f. Estimular y favorecer el perfeccionamiento profesional y capacitación laboral de los

miembros de la Escuela.

g. Velar por el cumplimiento de las normas de prevención, higiene y seguridad al interior

de la Escuela.

Page 22: Escuela Básica Santa Marta de Liray

22

Deberes Jefe Unidad Técnica Pedagógica.

Propende al óptimo funcionamiento de la unidad Educativa, asesorando en la planificación,

implementación y desarrollo de planes, proyectos y programas semestrales o por periodos

parciales en enseñanza aprendizaje, instrumentos de evaluación y desarrollo de los mismos.

a. Sugerir técnicas, métodos y materiales de enseñanza apropiados, para elevar el nivel del

rendimiento escolar.

b. Controlar la correcta aplicación de técnicas e instrumentos de evaluación.

c. Velar por la aplicación de planes y programas en vigencia.

d. Calendarizar las actividades de evaluación.

e. Supervisar el desarrollo de la acción de evaluación del establecimiento: aplicación de

decretos de evaluación y promoción, aplicación de principios de evaluación.

f. Proponer la adquisición y confección de material didáctico, textos de estudio acorde con

la necesidad del plantel.

g. Sugerir formula de tratamiento psicopedagógico para resolver problemas individuales de

los alumnos/as.

h. Formular líneas de acción orientadora, de la comunidad educativa.

i. Organizar comité de estudio de los alumnos /as.

j. Programar y dirigir los consejos técnicos pedagógicos.

k. Asesorar a coordinadores de proyecto de la unidad educativa y cumplimiento del plan

operativo semestral y anual del establecimiento.

Deberes del Orientador

El especialista en orientador tiene la responsabilidad de conducir el proceso de Orientación

del Establecimiento, bajo la dirección del jefe del Establecimiento.

Le corresponde Principalmente:

Page 23: Escuela Básica Santa Marta de Liray

23

a. Planificar y coordinar las actividades de orientación educacional, vocacional y

profesional del Establecimiento.

b. Asesorar, específicamente a los profesores jefes en sus funciones de guías de alumnos/as,

a través de la jefatura y consejo decurso, proporcionándoles materiales de apoyo a su

labor.

c. Asesorar técnicamente a profesores de subsectores, cursos y especialidades en materiales

de rendimiento escolar.

d. Atender problemas de orientación educacional, vocacional pedagógico. socioeconómico

y cultural.

e. Coordinar y asesorar la programación de actividades propias de programas especiales

(escuela para padres, alcoholismo y drogadicción, etc.).

f. Coordinar el proceso de posibilidades sobre ocupación laboral y /o prosecución de

estudios.

g. Contribuir al perfeccionamiento del personal del Establecimiento en material de

orientación.

Deberes del Encargado de Convivencia Escolar

Profesional cuya responsabilidad se centra en la mantención de climas propicios para el

aprendizaje en las dependencias colectivas del Colegio. Debe velar además por el manejo de

la disciplina y hacer respetar el Manual de Convivencia Escolar en el marco del PEI.

• Hacer cumplir el Manual de Convivencia Escolar.

• Actualizar constantemente el Manual de convivencia.

• Participar de los procesos de mediación disciplinaria junto al equipo mediador de

conflictos formada por los estudiantes de los diversos niveles.

• Mantener una convivencia sana con todos los integrantes de los demás estamentos.

• Recepcionar a las madres, padres o apoderados para compartir la situación disciplinaria

de los hijos/as.

• Coordinar y supervisar las actividades generales del establecimiento.

• Elaborar calendario mensual de reuniones de los subcentros de padres y apoderados.

• Coordinar atenciones de Padres y Apoderados con los Profesores Jefes de acuerdo a un

calendario semanal.

Deberes del Profesor /a jefe.

El Profesor Jefe es el profesional responsable de planificar, ejecutar y evaluar las actividades

de Orientación de su curso, de acuerdo a lo señalado en el Programa de Orientación de la

Escuela, así como las necesidades de los alumnos/as y padres de ese grupo. Esto no implica

alejarse de las singularidades de cada estudiante o padres.

Page 24: Escuela Básica Santa Marta de Liray

24

Educador de Párvulo

El cumplimiento de esta tarea general, requiere funciones más específicas

como:

a. Facilitar la existencia de un buen clima de convivencia y de aprendizaje entre os alumnos

/as de sus cursos.

b. Realizar un seguimiento personal de cada alumno/a y comunicar estas necesidades a cada

profesor.

c. Coordinar la evaluación de los alumnos /as el curso, preocupándose de aquellos que

requieren evaluación diferenciada.

d. Encauzar las inquietudes y demandas de los alumnos/as a fin de evitar futuros conflictos.

e. Orientar a los alumnos/as en temas referidos a situaciones personales, escolares y

vocacionales.

f. Servir de enlace entre los profesores de los subsectores y los padres de los alumnos/as.

g. Colaborar con el Orientador de la Escuela en el diseño, aplicación, seguimiento y

evaluación del programa anual de Orientación.

h. Asesorar a los padres y apoderados para que puedan cumplir de mejor forma el rol

formativo con sus hijos.

i. Contribuir a la elaboración de un diagnóstico institucional, dónde se consiga identificar y

priorizar los problemas de Orientación de los alumnos/as.

Deberes del Profesor/a de Subsector

No es apropiado establecer separaciones entre el rol de Educador y mediador, ya que no se

puede dar uno sin el otro, de ahí que se señala que este profesional es el responsable directo

de la Orientación Educacional, a través de la actividad propia de su especialidad. Es a través

de las experiencias de aprendizaje que los alumnos/as van desarrollando en sus clases de cada

asignatura como va descubriendo y desarrollando sus capacidades y aprende a interactuar y

relacionarse con las personas en un ambiente de respeto y responsabilidad. Por lo tanto, la

mayoría de las funciones del profesor jefe, también corresponde al profesor de Asignatura

quien también necesita estar en comunicación con el Orientador.

Derechos: Profesores/as y Educadoras de Párvulos

Page 25: Escuela Básica Santa Marta de Liray

25

a. Recibir información adecuada y oportuna en forma verbal y/o escrita sobre situaciones

educacionales del establecimiento, comuna o a nivel nacional.

b. Participar activamente en los consejos de profesores teniendo en ellos derecho a voz.

c. Organizar activamente en el establecimiento con su curso, con la comunidad en beneficio

de la unidad educativa.

d. Solicitar permiso administrativo con antelación de 48 horas siempre que éste no interfiera

el normal funcionamiento de la escuela.

e. Participar en actividades del colegio de profesores.

f. Beneficiarse del seguro de accidentes laborales.

g. Organizar activamente en el establecimiento con su curso, con la comunidad en beneficio

de la unidad educativa.

h. Participar en actividades del colegio de profesores.

i. Beneficiarse del seguro de accidentes laborales.

j. Hace uso de licencias médicas cuando corresponda.

Deberes de la Técnico en Párvulos.

a. Apoyar y potenciar a la Educadora de Párvulos.

b. Mantener un trato deferente con Apoderados, niños y niñas.

c. Organizar recreos lúdicos con los niños y niñas.

d. Confeccionar material didáctico dentro de la sala de clases.

Derechos

Page 26: Escuela Básica Santa Marta de Liray

26

Nota: Todos los trabajadores de la Educación se rigen por el Estatuto Docente.

Deberes y derechos de los Asistentes de la Educación

a. Cumplir con las tareas encomendadas con responsabilidad y eficiencia, así como

también mostrar disponibilidad frente a cualquier situación no prevista.

b. Cumplir con la carga horaria establecida por contrato, de acuerdo a los días de

funcionamiento del establecimiento.

c. Mantener una actitud leal con la Escuela en toda circunstancia.

d. Mantener una actitud de respeto para con todos los miembros de la comunidad

educativa.

e. Mantener una actitud de cuidado con los bienes de la comunidad educativa,

especialmente con los que son de responsabilidad personal y que son entregados en

función de las tareas asignadas.

f. Mantener una adecuada presentación personal dentro del establecimiento.

Derechos de los/as Asistentes de la Educación.

a. Trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo.

b. Que se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios

o degradantes.

c. Recibir un trato respetuoso de parte de los demás integrantes de la comunidad escolar.

d. Participar de las actividades de la comunidad escolar.

NOTA: Todos los funcionarios de la Corporación de Colina, se rigen bajo el

Reglamento Interno

de Orden e Higiene y Seguridad.

Page 27: Escuela Básica Santa Marta de Liray

27

DERECHO DE CENTRO DE ALUMNOS Y PADRES Y

APODERADOS.

La Constitución Política de la República establece la libertad de asociación (Art. 19 Nº 15).

De acuerdo con ello, los alumnos podrán constituir un Centro de Alumnos; y los Apoderados

un Centro de Padres y Apoderados.

Los Centros de alumnos están regulados por la Ley General de Educación, y por el Decreto

N° 524 de 1990 (modificado el 2006).

Los Centros de Padres y Apoderados, por su parte, por la Ley General de Educación y por el

Decreto N° 565 de 1990. A.-

CENTRO DE ALUMNOS.

El Centro de Alumnos es la organización formada por los estudiantes a partir de 4° A 8º año

de enseñanza básica. Su finalidad es servir a sus miembros, en función de los propósitos del

establecimiento y dentro de las normas de organización escolar, como medio de desarrollar

en ellos el pensamiento reflexivo, el juicio crítico y la voluntad de acción; de formarlos para

la vida democrática, y de prepararlos para participar en los cambios culturales y sociales.

Organismos que componen el Centro de Alumnos:

1. La Asamblea General: estará constituida por todos los alumnos del establecimiento

pertenecientes al segundo ciclo de enseñanza básica. Funciones:

1) Convocar a elecciones de Centro de Alumnos;

2) Elegir la Junta electoral;

3) Aprobar el Reglamento Interno del Centro de Alumnos.

2. La Directiva: estará constituida, a lo menos, por un presidente, un vicepresidente, un

Secretario Ejecutivo, un Secretario de Finanzas y un Secretario de Actas. Funciones:

1) Dirigir y administrar el Centro de Alumnos;

2) Elaborar y ejecutar el plan de trabajo del Centro de Alumnos;

3) Representar al Centro de Alumnos ante distintas autoridades y organismos (Dirección,

Consejo de Profesores, Consejo Escolar, etc.).

Page 28: Escuela Básica Santa Marta de Liray

28

3. El Consejo de Delegados de Curso: estará formado, según establezca el Reglamento

Interno de cada Centro de Alumnos, hasta por tres delegados de cada uno de los cursos desde

4° A 8º básico. El presidente del Consejo de Curso será por derecho propio uno de estos

delegados. Funciones:

1) Elaborar el Reglamento Interno de Centro de Alumnos.

2) Aprobar el Plan Anual de Trabajo y Presupuesto presentado por la Directiva del Centro de

Alumnos.

3) Informar y estudiar las propuestas de los distintos cursos y grupos de estudiantes.

4. El Consejo de Curso: Lo integran todos los alumnos del curso respectivo. Se organiza

democráticamente, elige su directiva y representantes ante el Consejo de Delegados de Curso;

y participa activamente en los planes de trabajo preparados por los diversos organismos del

Centro de Alumnos.

CENTRO DE PADRES Y APODERADOS (CPA).

Los Centros de Padres y Apoderados: corresponde a la organización que representa a las

familias en el establecimiento educacional. Los padres y apoderados que deseen participar

en un CPA podrán hacerlo según sus posibilidades, a través de los siguientes organismos:

La Asamblea General, el Directorio, los Subcentros y el Consejo de Delegados de Curso. Los

Consejos Escolares, en los cuales están representados los padres y apoderados, es la instancia

para que estos se informen, propongan y opinen sobre materias relevantes para la educación

de sus hijos. Normas de constitución y funcionamiento.

1) Ser parte de una organización de padres es una opción voluntaria.

2) El Directorio debe ser elegido anualmente por la Asamblea General en votación universal,

secreta e informada, dentro de los 90 días de iniciado el año escolar.

3) El monto de las Cuotas del CPA debe ser aprobado por el Consejo de Delegados de Curso.

En los establecimientos subvencionados (municipales y particulares) su pago es voluntario y

su valor no puede exceder a 0,5 UTM anuales.

4) El Directorio debe entregar anualmente una Cuenta Pública, es decir, un informe donde

rinde cuentas de su trabajo en ese período.

5) La Personalidad Jurídica es el reconocimiento legal de la existencia del CPA. Obtenerla

le permite comprar, vender y administrar recursos económicos, pudiendo acceder a fondos

de financiamiento a través de proyectos. También hace más transparente y democrático el

funcionamiento del Centro de Padres.

Page 29: Escuela Básica Santa Marta de Liray

29

CONSEJO ESCOLAR.

El Consejo Escolar se conformará por representantes de la Comunidad Escolar de la escuela.

Se reunirá al menos cuatro veces al año y en ocasiones extraordinarias, cuando sea convocado

por la Dirección de la escuela, con los miembros que concurran.

A. Composición. Estará compuesto por:

1. El o la directora (a) del establecimiento, que lo presidirá.

2. El Sostenedor o un representante designado por él mediante documento escrito.

3. Un docente elegido por el cuerpo de profesores del establecimiento mediante

procedimiento previamente establecido por éstos.

4. Presidente o miembro de la Directiva del Centro de Padres.

5. Presidente o miembro de la Directiva del Centro de Alumnos.

6. Representante de Asistentes de la Educación La Dirección podrá invitar a otro miembro

de la Comunidad Educativa, quien no tendrá derecho a voto.

B. El Consejo Escolar tendrá las siguientes atribuciones:

1. Conocer el Proyecto Educativo Institucional y participar en su elaboración y actualización,

considerando la Convivencia Escolar como un eje central.

2. Proponer modificaciones al Reglamento Interno del establecimiento.

3. Oír a los distintos estamentos de la comunidad escolar y absolver las consultas que se le

plantee.

4. Proponer al equipo de gestión necesidades y/o sugerencias a incorporar en planes de

mejora.

5. Elaborar, en conjunto con él o la Encargada de Convivencia Escolar, un Plan de Acción

para promover la buena convivencia y prevenir la violencia en el establecimiento, que

incluyan la proposición de acciones de reparación a quienes puedan ser víctimas de estas

situaciones, cuando se estime necesario.

6. Participar en la elaboración de las metas del establecimiento y los proyectos de

mejoramiento propuestos en el área de Convivencia Escolar.

7. Proponer y promover, cuando lo estime necesario, medidas y programas que promuevan

la buena convivencia entre los miembros de la comunidad educativa.

8. Participar en la elaboración de la programación anual y actividades extracurriculares del

establecimiento, incorporando la Convivencia Escolar como contenido central.

Page 30: Escuela Básica Santa Marta de Liray

30

9. Cualquier otra atribución que las leyes le encomienden.

C. Deber de información.

El Consejo será informado, a lo menos, de las siguientes materias, en las oportunidades y con

los requisitos que a continuación se señalan:

1. Los logros de aprendizaje de los alumnos. El o la directora del establecimiento deberá

informar, a lo menos semestralmente, acerca de los resultados de rendimiento escolar y/o

mediciones de la calidad de la educación, obtenidos por el establecimiento;

2. Los informes de las visitas de fiscalización del Ministerio de Educación respecto del

cumplimiento de la Ley Nº 18.962 y del D.F.L. Nº 2 de 1998, del Ministerio de Educación.

Esta información será comunicada por el director en la primera sesión del Consejo luego de

realizada la visita;

D. Deber de consulta.

El Consejo será consultado, a lo menos, en los siguientes aspectos:

1. Plan de convivencia escolar;

2. Programación anual y actividades extracurriculares;

3. Las metas del establecimiento y los proyectos de mejoramiento propuestos;

4. La elaboración y las modificaciones al Reglamento Interno del establecimiento, sin

perjuicio de la aprobación del mismo.

Page 31: Escuela Básica Santa Marta de Liray

31

Acciones formativas/reparatorias

Estas acciones deben tomarse siempre en relación con la situación que las genera, de forma

proporcional y en miras a acompañar el proceso formativo del él o la estudiante.

Todas ellas deben ser registradas en el Libro de Clases o cuaderno de entrevista del

estudiante.

a. Diálogo personal pedagógico y correctivo: instancia en la que el profesor o quien haya

detectado la falta, mantendrá una conversación privada con él o la estudiante, buscando

acoger y corregir con claridad y firmeza.

b. Diálogo grupal reflexivo: en caso de que la falta sea general, se propiciará una instancia

de diálogo entre quien haya detectado la falta y el grupo involucrado. El objetivo es llegar a

acuerdos y corregir lo que se haya hecho mal.

c. Mediación: este procedimiento en el que una persona o grupo de personas, ajenas al

conflicto, ayuda a los involucrados a llegar a un acuerdo y/o resolución del problema, sin

establecer sanciones ni culpables, sino buscando el acuerdo para restablecer la relación y la

reparación cuando sea necesaria.

El sentido de la mediación es que todos los involucrados aprendan de la experiencia y se

comprometan con su propio proceso formativo. El mediador adopta una posición de

neutralidad respecto de las partes en conflicto y no impone soluciones, sino que orienta el

diálogo y el acuerdo. Es importante tener presente que no es aplicable la mediación

cuando ha existido un uso ilegítimo de la fuerza o el poder, porque esta estrategia no

está orientada a sancionar conductas de abuso. Es importante que cuando se realiza

algunas de estas intervenciones con algún integrante de la comunidad educativa, es necesario

dejar el registro e informar a quien corresponda según sea el caso.

Aplica: Profesor jefe, de asignatura, encargada de convivencia escolar, psicólogos,

orientadores, inspectores profesor (a) de turno.

d. Derivación psicosocial (Terapia personal, familiar, grupal; taller de reforzamiento,

educación o de control de conductas contrarias a la sana convivencia escolar): El colegio,

asesorado debidamente por los profesionales competentes, podrá exigir, en caso de ser

necesario, el apoyo de especialistas externos para tratar temáticas que estén afectando la

Page 32: Escuela Básica Santa Marta de Liray

32

atmósfera de sana convivencia escolar. En el caso de que haya algún miembro del círculo

cercano al o la estudiante que genere alteraciones en el proceso escolar del mismo, el colegio,

asesorado debidamente, sugerirá esta acción formativa.

Aplica: Directivos, Encargado (a) de Convivencia Escolar, Psicólogos, orientadores y

profesor jefes.

e. Asistencia a charlas o talleres relacionados al tema que generó la consecuencia: El

colegio podrá exigir al estudiante (a), o a la familia, que participe de alguna actividad que

refuerce su reflexión ante la falta cometida. El o la estudiante deberá presentar algún

documento que acredite que cumplió con esta medida.

Aplica: Directivos, encargado (a) de Convivencia Escolar, Psicólogos y orientadores.

f. Servicios y/o trabajos comunitarios: constituye una medida reparatoria, el colegio podrá

exigir un servicio y/o trabajo comunitario, tales como apoyo escolar a otros (as) estudiantes,

ayudantía a profesores, limpieza y/o mantención de algún sector del colegio, etc. Esta medida

se llevará a cabo bajo la supervisión de un docente o encargada de convivencia escolar,

resguardando siempre la seguridad del él o la estudiante, con previo consentimiento del

apoderado.

Aplica: Profesor jefe, de asignatura, encargado (a) de Convivencia Escolar.

g. Seguimiento y cierre de casos

Aplica: Profesor jefe, encargado (a) de Convivencia Escolar, Psicólogo.

Page 33: Escuela Básica Santa Marta de Liray

33

Medidas

Las infracciones a este Reglamento disciplinario serán sancionadas de acuerdo a su

gravedad, recurrencia y las circunstancias atenuantes y agravantes que concurran. Se podrán

imponer las siguientes sanciones:

• Conversación o diálogo: Es el llamado de atención que hará el (la) profesor(a),

inspector(a) o autoridad escolar ante alguna infracción de carácter leve que suceda

durante el desarrollo de una clase o fuera de ella.

• Amonestación Escrita: Es la censura realizada por el (la) profesor(a), inspector(a),

directivo docente o dirección del colegio frente a la reiteración de alguna falta leve o una

falta grave. Siempre será registrada en el libro de observaciones con una notificación y/o

citación del apoderado o tutor del alumno(a).

• Compromiso de mejora actitudinal: es un compromiso adquirido por el alumno, en

conocimiento de su apoderado, ante una acumulación de faltas leves en un mes o falta

graves, con el objetivo de posibilitar el cambio de comportamiento con apoyo de los

padres. Se extiende por un periodo máximo de tres meses académicos, con revisión

mensual. Una vez concluido el periodo de esta medida se evaluará levantarlo, mantenerlo

o ampliarlo. Se dispone acompañamiento de un tutor.

• Servicio Comunitario: Es la realización de alguna actividad que beneficie a la

comunidad escolar a la que pertenece, como son el reparar mobiliario, hermosear jardín,

ayudar por un día al auxiliar de patio o del comedor, limpiar su sala, entre otros. La

actividad a desarrollar por el(la) estudiante debe tener relación con la falta e implica

hacerse responsable de su infracción a través de un esfuerzo personal.

• Condicionalidad: Es aquella sanción que condiciona la matricula del alumno(a) que han

incurrido en infracciones graves o gravísimas. Con todo, el consejo de profesores y/o

puede levantar la condicionalidad si los méritos de comportamiento y rendimiento del

alumno(a) lo ameritan.

• Licenciatura 8º básico: Es la suspensión a la graduación de 8° básico en forma grupal,

en donde él o la estudiante tendrá una ceremonia individual en la oficina de la directora

del establecimiento Educacional.

Page 34: Escuela Básica Santa Marta de Liray

34

• Rendir solo Evaluaciones: El Director/a y en conocimiento del Consejo de Profesores

conformado por el profesor jefe además de los profesores de asignatura que le realizan

clases al estudiante, determina que el o la estudiante asistirá al establecimiento sólo a

rendir evaluaciones, cuando a pesar de recibir los apoyos de convivencia escolar, dupla

Psicosocial y del Equipo Multidisciplinario, el alumno no manifiesta cambios

conductuales positivos, reflejados en su hoja de desarrollo personal. Por esta razón, el

apoderado deberá asistir una vez por semana a la oficina Unidad Técnico Pedagógico

(previamente entregadas por cada profesor de asignatura) a retirar material y guías para

la rendición de sus pruebas, rigiéndose por el calendario de evaluación que se le entregue.

• Cambio de Establecimiento Educacional: Es aquella sanción que es impuesta al

alumno que ha incurrido en faltas gravísimas en forma reiterativa, previa consulta al

consejo de profesores y Dirección de Educación.

• Seguimientos

• Cierre de casos.

En casos calificados, tales como la existencia de buenos antecedentes académicos del (la)

estudiante (a) o su irreprochable comportamiento anterior, el consejo de profesores podrán

imponer al infractor una medida disciplinaria de menor gravedad que las señaladas en los

artículos anteriores.

Page 35: Escuela Básica Santa Marta de Liray

35

Anexos

Page 36: Escuela Básica Santa Marta de Liray

36

Situaciones que

amenazan la

convivencia Escolar

GRADUACIÓN DE FALTAS Y MEDIDAS FORMATIVAS O SANCIONES

Medidas disciplinarias y tipificación de faltas

Aquellos comportamientos inadecuados que no permitan llevar a cabo las actividades

Pedagógicas o actividades que se desarrollen en el Establecimiento o fuera de él, se han

Page 37: Escuela Básica Santa Marta de Liray

37

graduado en Faltas de Carácter Leve, Faltas de Carácter Grave y Faltas de Carácter

Gravísimo.

Faltas de Carácter Leve: Son aquellas actitudes y comportamiento que alteran el normal

desarrollo del proceso de enseñanza aprendizaje, que no involucran daño físico a otro

miembro de la Comunidad Educativa.

Faltas de Carácter Grave: Son aquellas actitudes y comportamiento, que son leves, y que

hayan sido reiteradas en 3 ocasiones por parte del alumno; también aquellas acciones que

afectan la buena Convivencia, atentando la integridad de algún miembro de la Comunidad

Educativa, sus bienes y servicios.

Faltas de Carácter Gravísimo: Son aquellas actitudes y comportamiento que dañan

gravemente la buena Convivencia Escolar y a la integridad física y psicológica de los

miembros de la Comunidad Educativa.

A continuación, se detallan las acciones que constituyen falta, su graduación y respectivas

medidas formativas y sanciones:

Se considerarán Faltas Leves (Que alteran en menor grado la

Convivencia Escolar)

a. Comer durante la hora de clases.

Medidas:

• Amonestación Verbal

• Si vuelve a reincidir anotación en la hoja de vida del libro de clases.

• Si esto sucede más de tres veces en el mismo subsector, se citará al apoderado.

b. Uniforme de la escuela y/o deportivo incompleto.

Medidas:

• Amonestación Verbal.

• Si vuelve a reincidir anotación en la hoja de vida del libro de clases.

• Si esto sucede más de tres veces en el mismo subsector, se citará al apoderado.

c. Provocar desorden en la clase, desconcentrando a los compañeros.

Medidas:

• Amonestación Verbal

• Si vuelve a reincidir anotación en la hoja de vida del libro de clases.

• Si esto sucede más de tres veces en el mismo subsector, se citará al apoderado.

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d. No desarrollar actividades indicadas por el profesor.

Medidas:

• Amonestación Verbal

• Si vuelve a reincidir anotación en la hoja de vida del libro de clases.

• Si esto sucede más de tres veces en el mismo subsector, se citará al apoderado.

e. La inasistencia a horas de clases o actividades del curso, programadas para el

alumnado, estando dentro del establecimiento.

Medidas:

• Amonestación Verbal.

• Si vuelve a reincidir anotación en la hoja de vida del libro de clases.

• Si esto sucede más de tres veces en el mismo subsector u otro subsector, se citará al

apoderado, para tomar compromisos en mejoras de convivencia escolar.

• Si el estudiante, vuelve a reincidir aún después de los compromisos adquiridos,

realizara trabajo comunitario, acordados previamente con apoderado (preparación

diario mural y cuidado del área verde jardines, etc. por 2 días hábiles)

f. Presentación personal inadecuada: uso de aros en los varones o, llamativos en las

damas, uso de maquillaje u objetos de valor cortes de pelo inadecuados, faldas

excesivamente cortas, uso inadecuado del pantalón escolar en los varones. Uso de

prendas de vestir que no correspondan al uniforme escolar.

Medidas:

• Amonestación Verbal y registrar cuaderno de entrevista del estudiante, toma de

compromisos.

• Si vuelve a reincidir se le quitaran los accesorios que no corresponden al uniforme, se le

devolverán solo al apoderado.

g. Uso de celulares o cualquier objeto que no sea necesario para su aprendizaje en la

sala de clases.

Medidas:

• Se le quitaran todos los elementos que no correspondan a la escuela y el profesor que

incauta el o los objetos le hará entrega al apoderado.

h. Incumplimiento con deberes escolares (no traer tareas o trabajos, no traer

materiales, entre otros).

Medidas:

• Conversación y registrar cuaderno de entrevista del estudiante, toma de compromisos.

• Si vuelve a reincidir anotación en la hoja de vida del libro de clases.

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• Si esto sucede más de tres veces en el mismo subsector, se citará al apoderado, para

tomar compromisos en responsabilidades escolares.

• Si el estudiante, vuelve a reincidir aún después de los compromisos adquiridos, realizara

trabajo comunitario, acordados previamente con apoderado.

i. Abrir páginas inconvenientes y reñidas con la moral en computadores

Medidas:

• Conversación y registrar cuaderno de entrevista del estudiante, toma de compromisos.

• Si reincide anotación en hoja de vida en libro de clases.

• Si esto sucede más de tres veces en el mismo subsector, se citará al apoderado, para

tomar compromisos.

• Si el estudiante, vuelve a reincidir aún después de los compromisos adquiridos, no usara

computadores en el establecimiento por una semana ya sea personal o del

establecimiento.

• Si la situación continua después de presentarse a la citación del apoderado se suspende

el uso de estos el resto del semestre.

j. Tirar papeles y objetos dentro o fuera de la sala de clases.

Medidas:

• Conversación y registrar cuaderno de entrevista del estudiante, toma de compromisos.

• Si reincide anotación en la hoja de vida del libro de clases.

• Si vuelve a reincidir después de los compromisos tomados, el estudiante realizara trabajo

comunitario ayudar en el aseo de la sala durante la semana, acordados previamente con

apoderado.

k. Copiar en evaluaciones (pruebas) y controles escritos, ya que altera la legitimidad

de la evaluación

Medidas:

• Se le quita la prueba y se aplica segunda evaluación en el momento

• Si reincide se le aplicara segunda evaluación con nota máxima 4.0.

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Medidas Leves en tiempos de Pandemia COVI19

A.- Uso incorrecto de la mascarilla de protección de forma deliberada.

• Conversación e instrucción de la importancia de su uso correcto.

• Si reincide anotación en la hoja de vida del libro de clases.

• Si vuelve a reincidir después de los compromisos tomados, se citará apoderado.

B.- Respetar distanciamiento social.

• Conversación e instrucción de la importancia del distanciamiento en tiempos de

pandemia.

• Si reincide anotación en la hoja de vida del libro de clases.

• Si vuelve a reincidir después de los compromisos tomados, se citará apoderado.

Uso correcto de los Protocolos de en tiempos de pandemia COVID19

• Se socializa e instrucción a toda la comunidad educativa, de la importancia de conocer

las orientaciones en los protocolos en tiempos de pandemia COVID19.

• Si el estudiante conociendo los protocolos, no los sigue, se realizará una amonestación

verbal o escrita.

• Si vuelve a reincidir después de los compromisos tomados, se citará apoderado.

Medida en clases Remotas

La y el estudiante no debe compartir el link o enlace del encuentro virtual con personas ajenas

al colegio o estudiantes de otros cursos. Este acto es considerado falta grave o gravísima según

corresponda.

• Se explicará la importancia de no dar algún link, de clases remotas

• Si el estudiante reincide se cita apoderado.

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Faltas a la puntualidad:

Si durante un mes incurre en 6 o más atrasos, el encargado e convivencia escolar, establecerá

una conversación con él o la estudiante, con el fin de visualizar las causas existentes que

provocan dicha impuntualidad, además, se citará al apoderado quién firmará un documento

donde se compromete a mejorar esta situación. En los siguientes 6 atrasos (sumando 12

atrasos), el estudiante será citado por el encargado de convivencia escolar y se acordará

nuevas medidas reparatorias correspondientes a cada caso individual.

• Las inasistencias deberán justificarse por escrito, menos las de los días Lunes o viernes,

las cuales tendrán que ser justificadas en forma personal por el Apoderado.

Nota: No se aceptará ninguna disculpa o justificación por teléfono.

Los(as) alumnos(as) que infrinjan las normas establecidas en el presente Reglamento serán

sancionados conforme a éste, siempre que la infracción se haya efectuado:

• Dentro de los recintos del colegio.

• En lugares ajenos al colegio en que se haya programado alguna actividad académica o

extracurricular de carácter permanente u ocasional; o fuera del colegio y de actividades

escolares oficiales, en la medida en que la conducta de un estudiante (a) afecte

gravemente a otro(a) estudiante (a), o a un (a) profesor(a), inspector(a) u otro miembro

de la institución, o que dañe el prestigio del colegio.

En cuanto a los apoderados:

a.- Que los(as) apoderados(as) ingresen al establecimiento sin autorización.

• Citación al apoderado a la Dirección.

• Registrar hecho en el cuaderno de entrevista.

b. -Ausencia de los(as) apoderados(as) a reuniones y citaciones.

• Registrar inasistencia en libro de clases (reunión de apoderados)

• Si reincide en no asistir a reunión, citar a entrevista con profesor/a jefe

• Si no se presenta a más de tres reuniones se citará con la orientadora, para toma de

compromisos parentales.

Nota: Solo serán entrevistados y/o atendidos los apoderados y padres debidamente

registrados en la ficha escolar de cada estudiante.

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Se considerarán Faltas Graves a la Convivencia Escolar las siguientes

situaciones

a. Agresión física o verbal a cualquier persona de la comunidad escolar.

Medidas:

• Profesor, Inspector o adulto presente actuará de mediador para ver la problemática del

conflicto, tomando las medidas necesarias, para solucionar la problemática que afecta

ambos involucrados.

• Si el estudiante vuelve a tener una conducta agresiva, se registrará en la hoja de vida del

estudiante, se citará al apoderado.

• Si persiste la conducta se notificará a la Dirección para ser derivados a los especialistas

correspondientes.

b. Salir de la Escuela en las horas correspondientes a las actividades escolares, sin

autorización de los adultos responsables.

Medidas:

• Se notificará en forma inmediata al apoderado, dirección del establecimiento y de ser

necesario a la Dirección de Educación de Colina.

• Si persiste la conducta se notificará a la Dirección para ser derivados a los especialistas

correspondientes.

• Si esta situación continua se le solicitará el cambio de establecimiento.

c. Hurtos en sala de clases (útiles escolares u otros).

Medidas:

• Investigación del adulto que recibe la queja.

• Si al realizar investigación y se comprueba quien cometió esta acción, el estudiante será

derivado a la Orientadora, o directora quien tomará las medidas correspondientes,

citando al apoderado, para que tome conocimiento de los hechos.

d. No asistir a actividades escolares obligatorias (hacer la cimarra).

Medidas:

• Citar al apoderado

• Ser reincidente dar cuenta a Carabineros

• Si ocurre más de tres veces se enviará al especialista, para ser evaluado y tratado

• Si esta situación continua se le solicitara el cambio de establecimiento.

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e. Falsificación de firmas, justificativos o cualquier otra adulteración, sustracción o mal

uso de documentos oficiales de la escuela.

Medidas:

• Citación al apoderado por el profesor jefe y/o encargado de convivencia escolar, para

informar de lo sucedido, toma de compromisos.

• Si el estudiante, vuelve a reincidir aún después de los compromisos adquiridos, realizara

trabajo comunitario, acordados previamente con apoderado.

• Si esta situación continua, se pedirá cambio de establecimiento.

f. Destrucción, daño o mal uso del material, infraestructura y/o inmobiliario escolar

Medidas:

• Citación al apoderado por el profesor jefe y/o encargado de convivencia escolar, para

informar de lo sucedido, toma de compromisos en reposición o reparación del material

dañado.

• Si reincide se suspenderá de clases por 3 días hábiles, reponiendo o reparando el material

dañado.

• Si esta situación continua, se pedirá cambio de establecimiento.

g. Faltar el respeto a alumnos(as), apoderados(as), docentes, directivos(as) docentes,

funcionarios(as), administrativos(as) o auxiliares, ya sea alzar la voz, decir improperios,

dar portazos, hacer gestos groseros o amenazantes o cualquier otra conducta similar.

Medidas:

• Amonestación escrita hoja de vida del estudiante y se citara apoderado.

• Si el estudiante, vuelve a reincidir aún después de los compromisos adquiridos, realizara

trabajo comunitario, acordados previamente con apoderado.

• Si ocurre más de tres veces Suspensión de clases 3 días y se derivara especialista.

• Si esta situación continua, se pedirá cambio de establecimiento.

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Se considerarán especialmente infracciones GRAVÍSIMAS las siguientes:

• Portar o usar arma blanca o de fuego.

• Tener un conflicto, llegando a las agresiones psicológicas y físicas.

• Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, ofender o burlarse reiteradamente

de un(a) estudiante u otro miembro de la institución, o realizar un acto de discriminación

en su contra, ya sea por su condición social, religión, pensamiento político o filosófico,

raza, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad o

cualquier otra circunstancia. (MATONAJE ESCOLAR BULLING).

• Que los(as) apoderados(as) agredan verbal y/o físicamente al personal del colegio.

• Hacer uso de Internet, al interior o fuera del establecimiento educacional, para ofender,

amenazar, injuriar o desprestigiar a un(a) estudiante o cualquier otro/a integrante de la

comunidad escolar, así como para exhibir o difundir cualquiera de estas conductas, ya

sea mediante chats, blogs, fotologs, mensajes de texto para aparatos celulares, correo

electrónico, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, páginas webs,

teléfonos y cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico.

• Consumir, portar, vender y/o consumir bebidas alcohólicas; portar, drogas ilícitas o

lícitas.

• Las agresiones, acosos o ataques de connotación sexual, aunque no sean constitutivos de

delito.

Medidas :

• Citación al apoderado por el profesor jefe y/o encargado de convivencia escolar, para

informar de lo sucedido, toma de compromisos.

• Si el estudiante, vuelve a reincidir aún después de los compromisos adquiridos, realizara

trabajo comunitario, acordados previamente con apoderado, quedando condicional.

• Si ocurre más de tres veces suspensión de clases 5 días hábiles y se derivara especialista.

• En el caso del 8º básico en término de año escolar (graduación) se realizará una

ceremonia individual en la oficina de la directora.

• Realizar las denuncias correspondientes, si la falta lo amerite.

• Si persiste el problema se solicita cambio de establecimiento educacional

NOTA: El o la directora en caso de abuso sexual hará la denuncia correspondiente y

los afectados podrán realizar la denuncia a los tribunales que correspondan.

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Procedimientos en caso de:

Como proceder en caso de Agresión (Bullying)

1. Trabajo de profesor y orientadora con el curso afectado o niños(as)

2. Plan de acompañamiento a: Agresores, agredidos, padres y apoderados.

3. Formar redes de apoyo con miembros de la Unidad Educativa

Si la situación persiste:

1. Solicitar apoyo a Equipo Multidisciplinario de la Corporación si la situación persiste.

2. En caso de que estas faltas sean reiteradas se solicitara cambio de establecimiento al

o la estudiante previa consulta al consejo de profesores y dirección de Educación.

3. Cualquier falta grave no estipulada en el siguiente reglamento será consultada y

resuelta por consejo de profesores y Dirección de Educación según lo amerite.

Que hacer en caso de tráfico y/o consumo de Drogas o Sustancias Ilícitas

• Sospecha de consumo de drogas.

• Realizar entrevistas de acogida inicial la cual puede ser efectuada por profesor jefe y si

el caso lo amerita deberá derivar el caso al orientador (a) quien realizará entrevista con

el niño (a) y apoderado para determinar el nivel de consumo los problemas anexos y los

factores de riesgo y factores protectores con los que cuenta el estudiante.

• Informará el orientador (a) al profesor (a) o director (a).

• En caso que sea necesario se evaluará la necesidad de solicitar apoyo profesional de

común acuerdo con la familia derivándolo (a) a SENDA-Previene o CESFAM más

cercano.

Tráfico de sustancias ilícitas DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO ESCOLAR

1) Dar cuenta a directora, poniendo todos los antecedentes posibles de manera reservada y

oportuna, quien llamará al apoderado, FAMILIA O A UN ADULTO SIGNIFICATIVO

DEL O DE LOS ESTUDIANTES INVOLUCRADOS EN LA SITUACIÓN, Y

UNIDAD POLICIAL MÁS CERCANA PARA DENUNCIAR EL DELITO QUE SE

ESTA COMETIENDO.

2) El fiscal de drogas y las policías realizaran la investigación pertinente, con la reserva

necesaria de la identidad del o los denunciantes.

3) El director y los miembros de su equipo directivo tomaran contacto y solicitaran el

apoyo de las redes institucionales a nivel local, tales como CONACE-Previene y OPD

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de tal manera de brindar las medidas de protección y atención de los niños (as) y

adolescentes que se vean involucrados.

NOTA: Los docentes y personal del establecimiento que detecten o sean informados

de una situación de posible tráfico de droga, deben resguardar el principio de

inocencia.

¿Qué hacer en caso de sospecha o certeza de maltrato infantil Grave o Abuso Sexual?

Procedimiento reglamentario Ante caso de sospecha o certeza de maltrato infantil grave

o abuso sexual.

“El (la) docente debe mantener atento frente a las conductas del (la) estudiante, y frente a

cualquier cambio brusco y sin explicación en su comportamiento, frente a la conducta de

los pares y a la información de otros(as) profesores(as)”

Si un estudiante presenta señales que hacen pensar en maltrato o en abuso sexual, o si el

niño o niña lo dice directamente, se deberá:

a. El o la docente, u otro funcionario(a) deberá acoger al estudiante de manera no

culpabilizada, cosa que el niño o niña se sienta seguro(a) y protegido(a). Ante todo,

escucharlo(a) y contenerlo

b. El funcionario(a) deberá tratar la información de manera discreta y deberá hacerla

llegar al director(a), quien se encargará de realizar las acciones necesarias.

c. En todo este proceso se resguardará la intimidad del niño o niña y evitar que éste

sea estigmatizado como niño(a) maltratado(a)

El o la docente a quien se le develó la información, deberá registrar y guardar los antecedentes

del caso, de manera de ponerlos a disposición de los centros especializados.

En ningún caso incitar al niño o niña a repetir una y otra vez lo que sucedió. No es misión

del docente ni del establecimiento investigar los hechos, esto es función de los sistemas

policiales y judiciales, y del personal especializado.

La función del o la docente es acoger, escuchar y apoyar al niño o niña.

¿Existe certeza de maltrato grave o abuso sexual infantil?

En el caso de que si existiera:

a. El o la directora del establecimiento deberá designar a un funcionario(a) para llevar

el caso.

b. El caso debe ser abordado en forma discreta.

c. El o la directora o la persona designada por el o la directora deberá ponerse en

contacto con algún familiar del niño o niña que sea de absoluta confianza y al que se

le pueda aconsejar en la búsqueda de ayuda en un centro especializado de la comuna.

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d. El o la directora y/o persona designada deberá tomar contacto con dicho Centro

Especializado y derivar al niño o niña junto al familiar escogido, entregando por

escrito a dicho familiar los datos de la institución a la que está derivado.

e. El o la directora y/o persona designada realizará la denuncia, como dirección de la

escuela, al Ministerio Público (Fiscalía Local), Tribunal de Garantía, Carabineros o

Policía de Investigaciones de Chile.

El establecimiento educacional deberá mantenerse al tanto del caso brindando toda ayuda

y las facilidades posibles para él o la estudiante y su familia. Recordemos que es labor de

la justicia realizar investigaciones y aplicar sanciones a los responsables. El rol del

establecimiento es acoger al niño o niña, proteger sus derechos e informar del caso los

centros especializados.

El o la directora del establecimiento debe velar porque sus funcionarios:

• Se preparen en el manejo del tema

• Realicen acciones de prevención en el colegio.

• Mantengan contacto permanente con redes locales.

• Se relacionen con las instituciones pertinentes para el manejo de casos detectados.

El o la directora es siempre el responsable de lo que suceda en el establecimiento.

Nota: El Reglamento Interno de Convivencia Escolar se revisará y modificar

anualmente según necesidades de la escuela.

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Cancelación de Matrícula

Instancias de apelación

Ante un caso de una infracción gravísima de algún estudiante, que atenta a la integridad de

otro, donde se han puesto todas las medidas reparatorias (señaladas en hojas posteriores) por

parte del establecimiento educacional, en el cual, se menciona que entre las medidas

disciplinarias que contempla el Reglamento Interno de Convivencia Escolar del

establecimiento, se encuentra la “Cancelación de Matrícula”, señalando que ante la

aplicación de esta medida el estudiante podrá apelar a la revisión de su caso, para ello, su

apoderado deberá presentar una apelación escrita ante el director para tal efecto, esta

deberá ser entregada en un máximo de 15 días hábiles, el Director deberá resolver la

apelación como ente imparcial y objetivo" de acuerdo a:

El marco legislativo nacional, regulariza las relaciones entre el establecimiento y los distintos

actores de la comunidad escolar, incorporando políticas de prevención, medidas pedagógicas,

protocolos de actuación y diversas conductas que constituyan faltas a la buena convivencia

escolar, graduándolas de acuerdo a su menor o mayor gravedad. De igual forma, establece

las medidas disciplinarias correspondientes a tales conductas, que podrán incluir desde una

medida pedagógica hasta la cancelación de matrícula. En la aplicación de dichas medidas,

deberá garantizarse en todo momento el justo y debido proceso. En este contexto, los

principales elementos legales son:

1. La Ley 20.845 de Inclusión, en su artículo 1° introduce modificaciones al DFL N°2, de

2009, el cual refundió, coordinó y sistematizó de la ley N° 20.370 con las normas no

derogadas del DFL N° 1, de 2005, sobre subvención del Estado a Establecimientos

educacionales.

2. Así, la Ley 20.845 en su artículo 2° introduce modificaciones al DFL N°2, de 1998, el

cual refundió, coordinó y sistematizó el DFL N° 2, de 1996, agregando la letra h) que señala

que: "solo podrán aplicarse las sanciones o medidas disciplinarias contenidas en el

reglamento interno”. Luego, agrega en el siguiente párrafo: No podrá decretarse la medida

de expulsión o la de cancelación de matrícula de un o una estudiante por motivos académicos,

de carácter político, ideológicos o de cualquier otra índole de acuerdo a lo que establece “La

Ley de Inclusión” procedimiento común, aplicable a ambos tipos de medidas disciplinarias

(procedimiento regulado en el artículo 6 letra d) del DFL N° 2/1988, del Ministerio de

Educación).

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Escuela Santa Marta de Liray

Colina

_________________________

Director Daniel Tello Chávez

____________________ _______________________________

UTP Encargada de Convivencia Escolar

Cristina Tapia Barahona Hilda Ortiz Lillo

___________________ _______________________

Representante CPA Representante C. Alumnos

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