escuela “manuel rodrÍguez erdoiza”...esuela ^manuel rodriguez e _ rbd: 1266 telefono 96513060...

15
REPUBLICA DE CHILE REGION DE VALPARAISO ILUSTRE MUNICIPALIDAD SAN FELIPE DIRECCION DE ADMINISTRACION DE EDUCACION MUNICIPAL ESCUELA “MANUEL RODRIGUEZ E” RBD: 1266 TELEFONO 96513060 ESCUELA “MANUEL RODRÍGUEZ ERDOIZA” SEGÚN DECRETO EXENTO DE EDUCACIÓN QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ENSEÑANZA BÁSICA 1° a 8°: N°511/97 y Decreto 107 de 2003 modificatorio del Artículo N° 10 Proyecto Integración Escolar Dcto.170, Ley 20.201 Decreto N° 83-2015/Evaluación diferenciada/DUA//PAI/PACI al reglamento interno de evaluación y Promoción Escolar N° 511/1997 TÍTULO I: DE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ALUMNOS PÁRRAFO 1º: DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1º: Las disposiciones del presente Reglamento Interno de Evaluación se aplicarán en la Escuela “Manuel Rodríguez Erdoíza” de San Felipe, para Educación General Básica, Decreto Exento Nº 511/1997 y modificaciones Decreto Nº 107/2003 correspondiente a Enseñanza Básica. ARTICULO 1°.2. El reglamento de evaluación en el ámbito de la educación diferencial, se regirá por las disposiciones planteadas por el decreto 83 en cuanto a generar adecuaciones curriculares con tal asegurar la inclusión y equidad educativa para todos los alumnos, considerando los siguientes criterios: † Presentación de la información: La forma de presentar la información debe permitir a los estudiantes acceder a través de modos alternativos, que pueden incluir información auditiva, táctil, visual y la combinación entre estos. Como por ejemplo: ampliación de la letra o de las imágenes, amplitud de la palabra o del sonido, uso de contrastes, utilización de color para resaltar determinada información, videos o animaciones, velocidad de las animaciones o sonidos, uso de ayudas técnicas que permitan el acceso a la información escrita (lupa, recursos multimedia, equipos de amplificación de audio), uso de textos escritos o hablados, medios audiovisuales, uso de lengua de señas, apoyo de intérprete, uso de sistema Braille, uso de gráficos táctiles, presentación de la información a través de lenguajes y signos alternativos y/o complementarios y con distintos niveles de complejidad, entre otros. -28- Ministerio de Educación Gobierno de Chile - Decreto N°83/2015 † Formas de respuesta: La forma de respuesta debe permitir a los estudiantes realizar actividades, tareas y evaluaciones a través de diferentes formas y con la utilización de diversos dispositivos o ayudas técnicas y tecnológicas diseñadas específicamente para disminuir las barreras que interfieren la participación del estudiante en los aprendizajes. Por ejemplo, responder a través del uso de un ordenador adaptado, ofrecer posibilidades de expresión a través de múltiples medios de comunicación tales como texto escrito, sistema Braille, lengua de señas, discurso, ilustración, diseño, manipulación de materiales, recursos

Upload: others

Post on 07-Aug-2020

1 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: ESCUELA “MANUEL RODRÍGUEZ ERDOIZA”...ESUELA ^MANUEL RODRIGUEZ E _ RBD: 1266 TELEFONO 96513060 multimedia, música, artes visuales, escultura, persona que transcriba las respuestas

REPUBLICA DE CHILE REGION DE VALPARAISO ILUSTRE MUNICIPALIDAD SAN FELIPE DIRECCION DE ADMINISTRACION DE EDUCACION MUNICIPAL ESCUELA “MANUEL RODRIGUEZ E” RBD: 1266 TELEFONO 96513060

ESCUELA “MANUEL RODRÍGUEZ ERDOIZA”

SEGÚN DECRETO EXENTO DE EDUCACIÓN QUE APRUEBA EL REGLAMENTO

INTERNO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ENSEÑANZA BÁSICA 1° a 8°: N°511/97 y Decreto 107 de 2003 modificatorio del Artículo N° 10

Proyecto Integración Escolar Dcto.170, Ley 20.201 Decreto N° 83-2015/Evaluación diferenciada/DUA//PAI/PACI al reglamento interno de evaluación

y Promoción Escolar N° 511/1997

TÍTULO I: DE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ALUMNOS

PÁRRAFO 1º: DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1º: Las disposiciones del presente Reglamento Interno de Evaluación se aplicarán en la Escuela “Manuel Rodríguez Erdoíza” de San Felipe, para Educación General Básica, Decreto Exento Nº 511/1997 y modificaciones Decreto Nº 107/2003 correspondiente a Enseñanza Básica. ARTICULO 1°.2. El reglamento de evaluación en el ámbito de la educación diferencial, se regirá por las disposiciones planteadas por el decreto 83 en cuanto a generar adecuaciones curriculares con tal asegurar la inclusión y equidad educativa para todos los alumnos, considerando los siguientes criterios:

† Presentación de la información: La forma de presentar la información debe permitir a los estudiantes acceder a través de modos alternativos, que pueden incluir información auditiva, táctil, visual y la combinación entre estos. Como por ejemplo: ampliación de la letra o de las imágenes, amplitud de la palabra o del sonido, uso de contrastes, utilización de color para resaltar determinada información, videos o animaciones, velocidad de las animaciones o sonidos, uso de ayudas técnicas que permitan el acceso a la información escrita (lupa, recursos multimedia, equipos de amplificación de audio), uso de textos escritos o hablados, medios audiovisuales, uso de lengua de señas, apoyo de intérprete, uso de sistema Braille, uso de gráficos táctiles, presentación de la información a través de lenguajes y signos alternativos y/o complementarios y con distintos niveles de complejidad, entre otros. -28- Ministerio de Educación Gobierno de Chile - Decreto N°83/2015 † Formas de respuesta: La forma de respuesta debe permitir a los estudiantes realizar actividades, tareas y evaluaciones a través de diferentes formas y con la utilización de diversos dispositivos o ayudas técnicas y tecnológicas diseñadas específicamente para disminuir las barreras que interfieren la participación del estudiante en los aprendizajes. Por ejemplo, responder a través del uso de un ordenador adaptado, ofrecer posibilidades de expresión a través de múltiples medios de comunicación tales como texto escrito, sistema Braille, lengua de señas, discurso, ilustración, diseño, manipulación de materiales, recursos

Page 2: ESCUELA “MANUEL RODRÍGUEZ ERDOIZA”...ESUELA ^MANUEL RODRIGUEZ E _ RBD: 1266 TELEFONO 96513060 multimedia, música, artes visuales, escultura, persona que transcriba las respuestas

REPUBLICA DE CHILE REGION DE VALPARAISO ILUSTRE MUNICIPALIDAD SAN FELIPE DIRECCION DE ADMINISTRACION DE EDUCACION MUNICIPAL ESCUELA “MANUEL RODRIGUEZ E” RBD: 1266 TELEFONO 96513060 multimedia, música, artes visuales, escultura, persona que transcriba las respuestas del estudiante, uso de calculadora, ordenadores visuales, organizadores gráficos, entre otros. † Entorno: La organización del entorno debe permitir a los estudiantes el acceso autónomo, mediante adecuaciones en los espacios, ubicación, y las condiciones en las que se desarrolla la tarea, actividad o evaluación. Por ejemplo, situar al estudiante en un lugar estratégico del aula para evitar que se distraiga y/o para evitar que distraiga a los otros estudiantes, o que pueda realizar lectura labial; favorecer el acceso y desplazamiento personal o de equipamientos especiales; adecuar el ruido ambiental o la luminosidad, entre otros. † Organización del tiempo y el horario: La organización del tiempo debe permitir a los estudiantes acceso autónomo, a través de modificaciones en la forma Ministerio de Educación Gobierno de Chile - Decreto N°83/2015 -29- que se estructura el horario o el tiempo para desarrollar las clases o evaluaciones. Por ejemplo, adecuar el tiempo utilizado en una tarea, actividad o evaluación; organizar espacios de distensión o desfogue de energía; permitir el cambio de jornada en la cual se rinda una evaluación, entre otros. Estas adecuaciones curriculares de acceso, aplicadas según las necesidades educativas especiales de los estudiantes, para sus procesos de aprendizaje, deben ser congruentes con las utilizadas en sus procesos de evaluación, de modo que, al momento de evaluar, sean conocidas por los estudiantes para que no constituyan una dificultad adicional. b) Adecuaciones curriculares en los objetivos de aprendizaje. Los Objetivos de Aprendizaje establecidos en las Bases Curriculares pueden ser ajustados en función de los requerimientos específicos de cada estudiante con relación a los aprendizajes prescritos en las distintas asignaturas del grupo curso de pertenencia. Los objetivos de aprendizaje expresan las competencias básicas que todo alumno debe alcanzar en el transcurso de su escolaridad. En consecuencia, deben adoptarse como resultado de un proceso de evaluación amplio y riguroso y de carácter interdisciplinario. Un criterio fundamental a tener en cuenta para la decisión del uso de adecuaciones en los objetivos de aprendizaje es evitar la eliminación de aquellos aprendizajes que se consideran básicos imprescindibles para el desarrollo integral del estudiante, que son requisitos para seguir aprendiendo y que se detallan más adelante. -30- Ministerio de Educación Gobierno de Chile - Decreto N°83/2015 Las adecuaciones curriculares en los objetivos de aprendizaje pueden considerar los siguientes criterios: † Graduación del nivel de complejidad. Es una medida orientada a adecuar el grado de complejidad de un contenido, cuando éste dificulta el abordaje y/o adquisición de los aspectos esenciales de un determinado objetivo de aprendizaje, o cuando esté por sobre o por debajo de las posibilidades reales de adquisición de un estudiante. Algunos de los criterios que orientan la graduación del nivel de complejidad de los aprendizajes son los siguientes: • Conocer a cabalidad los aprendizajes que han alcanzado los estudiantes, así como también aquellos que no han logrado. • Plantear objetivos de aprendizaje que sean alcanzables y desafiantes al mismo tiempo, basados en los objetivos de aprendizajes del currículum nacional. • Operacionalizar y secuenciar con mayor precisión (metas más pequeñas o más amplias) los niveles de logro con la finalidad de identificar el nivel de aprendizaje adecuado al estudiante. † Priorización de objetivos de aprendizaje y contenidos. Consiste en seleccionar y dar prioridad a determinados objetivos de aprendizaje, que se consideran básicos imprescindibles para su desarrollo y la adquisición de aprendizajes posteriores. Implica, por tanto, jerarquizar a unos por sobre otros, sin que signifique renunciar a los de segundo orden, sino más bien a su postergación o sustitución temporal.

Page 3: ESCUELA “MANUEL RODRÍGUEZ ERDOIZA”...ESUELA ^MANUEL RODRIGUEZ E _ RBD: 1266 TELEFONO 96513060 multimedia, música, artes visuales, escultura, persona que transcriba las respuestas

REPUBLICA DE CHILE REGION DE VALPARAISO ILUSTRE MUNICIPALIDAD SAN FELIPE DIRECCION DE ADMINISTRACION DE EDUCACION MUNICIPAL ESCUELA “MANUEL RODRIGUEZ E” RBD: 1266 TELEFONO 96513060 Algunos de los contenidos que se deben priorizar por considerarse fundamentales son: • Los aspectos comunicativos y funcionales del lenguaje, como comunicación oral o gestual, lectura y escritura. Ministerio de Educación Gobierno de Chile - Decreto N°83/2015 -31- • El uso de operaciones matemáticas para resolución de problemas de la vida diaria. • Los procedimientos y técnicas de estudio. † Temporalización. Consiste en la flexibilización de los tiempos establecidos en el currículum para el logro de los aprendizajes. Este tipo de adecuación curricular está preferentemente orientada a la atención de las necesidades educativas especiales que afectan el ritmo de aprendizaje. Puede implicar la destinación de un período más prolongado o graduado para la consecución y consolidación de ciertos aprendizajes sin que se altere la secuencia de éstos. † Enriquecimiento del currículum: Esta modalidad de adecuación curricular corresponde a la incorporación de objetivos no previstos en las Bases Curriculares y que se consideran de primera importancia para el desempeño académico y social del estudiante, dadas sus características y necesidades. Supone complementar el currículum con determinados aprendizajes específicos, como por ejemplo, el aprendizaje de una segunda lengua o código de comunicación, como la lengua de señas chilena, lengua nativa de los pueblos originarios, el sistema Braille u otros sistemas alternativos de comunicación, o profundizar en algún aspecto del currículo correspondiente al nivel, a través de la estrategia de integración de asignaturas o incorporando objetivos de aprendizaje, materiales y actividades que respondan a las necesidades de profundización de algunos estudiantes. -32- Ministerio de Educación Gobierno de Chile - Decreto N°83/2015 † Eliminación de aprendizajes. La eliminación de objetivos de aprendizaje se debe considerar sólo cuando otras formas de adecuación curricular, como las descritas anteriormente, no resultan efectivas. Esta será siempre una decisión a tomar en última instancia y después de agotar otras alternativas para lograr que el estudiante acceda al aprendizaje. Algunos de los criterios para tomar la decisión de eliminar un aprendizaje son los siguientes: • cuando la naturaleza o la severidad de la necesidad educativa especial es tal, que los otros tipos de adecuación no permiten dar respuesta a las necesidades de aprendizaje del estudiante. • cuando los aprendizajes esperados suponen un nivel de dificultad al cual el estudiante con necesidades educativas especiales no podrá acceder. • cuando los aprendizajes esperados resultan irrelevantes para el desempeño del estudiante con necesidades educativas especiales en relación con los esfuerzos que supondría llegar a alcanzarlos. • cuando los recursos y apoyos extraordinarios utilizados no han tenido resultados satisfactorios. • cuando esta medida no afecte los aprendizajes básicos imprescindibles, tales como el aprendizaje de la lectoescritura, operaciones matemáticas y todas aquellas que permitan al estudiante desenvolverse en la vida cotidiana. Las adecuaciones curriculares a utilizar para los estudiantes con necesidades educativas especiales no deberían afectar los aprendizajes básicos imprescindibles; por lo tanto, es importante considerar en primera instancia las adecuaciones curriculares de acceso antes de afectar los objetivos de aprendizaje del currículo. Las adecuaciones curriculares de acceso a través de mínimos ajustes posibilitan que los estudiantes participen en el currículum nacional en igualdad de condiciones que los estudiantes sin necesidades educativas especiales. ARTÍCULO 2º: Las Planificaciones del proceso de evaluación y la determinación de todos los aspectos Administrativos complementarios serán registradas en calendario escolar interno y comunicado, al inicio del Año Escolar a los Apoderados, Alumnos, Dirección de Administración de Educación Municipal y Departamento Provincial de Educación San Felipe.

Page 4: ESCUELA “MANUEL RODRÍGUEZ ERDOIZA”...ESUELA ^MANUEL RODRIGUEZ E _ RBD: 1266 TELEFONO 96513060 multimedia, música, artes visuales, escultura, persona que transcriba las respuestas

REPUBLICA DE CHILE REGION DE VALPARAISO ILUSTRE MUNICIPALIDAD SAN FELIPE DIRECCION DE ADMINISTRACION DE EDUCACION MUNICIPAL ESCUELA “MANUEL RODRIGUEZ E” RBD: 1266 TELEFONO 96513060 ARTÍCULO 3º: La Evaluación y Promoción de los diferentes niveles se regirán por los siguientes Decretos: Nº 511/1997 y modificaciones Decreto Nº 107/2003 correspondiente a Enseñanza Básica, y además por el Decreto N° 83-2015/Evaluación diferenciada/DUA//PAI/PACI al reglamento interno de evaluación y Promoción Escolar N° 511/1997 ARTICULO 4°: Los alumnos/as serán evaluados en períodos Semestrales, debiendo ser registradas las evaluaciones con el mínimo de calificaciones, en las asignaturas y Talleres como se indica, estas deberán ser anotadas en Calendario de Pruebas de cada curso (documento adjunto en libro de clases) e informadas al apoderado vía agenda, con antelación mínima de 4 (cuatro días) a dicha evaluación. Esta programación que redundará en la entrega oportuna de trabajos escritos u orales, tareas escolares, preparación de pruebas, disertaciones, investigaciones, informes, preparación de paneles, diarios murales, eventos, salida a terreno, seminarios y otros: a) Con 6 a 8 horas de clases semanales : mínimo 6 evaluaciones coeficiente 1 y una coeficiente 2

b) Con 4 a 5 horas de clases semanales : mínimo 5 evaluaciones coeficiente 1 y una coeficiente 2

c) Con 3 horas de clases semanales : mínimo 3 evaluaciones coeficiente 1 y una coeficiente 2

d) Con 2 a 1 hora de clases semanales : mínimo 2 evaluaciones coeficiente 1 y una coeficiente 2 Los Talleres impartidos correspondientes a la Jornada Escolar Completa no registrarán evaluaciones coeficiente 2. ARTICULO 5°: La Escuela “Manuel Rodríguez Erdoíza” aplicará los siguientes procedimientos evaluativos: a) Para medir el logro de los Objetivos de Aprendizaje: Pruebas individuales y/o grupales, interrogaciones individuales y/o grupales, trabajos de investigación, disertaciones, dramatizaciones, autoevaluación, coevaluaciones y/o tareas, otros que el profesor estime convenientes, todas y cada una de ellas destinadas a determinar el logro de objetivos. b) Para medir el logro de los Objetivos Aprendizajes Transversales: Observaciones y Registros en el Libro de Clases: Hoja de Vida, Bitácora de Entrevista. Pauta de Observaciones de acuerdo al Informe de Desarrollo Personal y Social. Escalas de Apreciación realizadas por los docentes de aula. ARTICULO 6°: Las orientaciones de ajuste curricular se sustentan en el principio de que el aprendizaje debe lograrse en una forma de trabajo pedagógico, que tiene por centro la actividad de los alumnos, sus características socio emocionales, sus conocimientos y experiencias previas. ARTICULO 7°: El trabajo pedagógico se debe ajustarse plenamente al PEI del establecimiento, tomando como referente central los sellos de FELICIDAD y DESARROLLO HUMANO, además de los cinco ejes que rigen el funcionamiento de esta Unidad Educativa. Esto persigue el valorar primeramente al alumno como un ser humano quien requiere de forma prioritaria ser considerado y tratado desde y hacia el desarrollo su inteligencia emocional y seguridad social, con el fin de cosecutivamente generar en éste aprendizajes autónomos y significativos. Las

Page 5: ESCUELA “MANUEL RODRÍGUEZ ERDOIZA”...ESUELA ^MANUEL RODRIGUEZ E _ RBD: 1266 TELEFONO 96513060 multimedia, música, artes visuales, escultura, persona que transcriba las respuestas

REPUBLICA DE CHILE REGION DE VALPARAISO ILUSTRE MUNICIPALIDAD SAN FELIPE DIRECCION DE ADMINISTRACION DE EDUCACION MUNICIPAL ESCUELA “MANUEL RODRIGUEZ E” RBD: 1266 TELEFONO 96513060 estrategias pedagógicas deben ser diferenciadas, variadas y adaptadas a los distintos ritmos y estilos de aprendizaje de un alumnado heterogéneo, orientando el trabajo escolar con un enfoque basado en competencias, desarrollando actividades de exploración, análisis, interpretación, síntesis de información, resolución de problemas, comprensión sistémica de procesos y de fenómenos, comunicación de ideas, opiniones, sentimientos de manera coherente y fundamentada, para construir nuevos conocimientos, en forma individual, colaborativo y trabajo en equipo, en el logro de una educación de calidad y equidad. ARTICULO 8°: La evaluación diferenciada es pertinente y adecuada para atender la diversidad, para todo grupo de alumnos/as o personal para cada alumno/a, que en forma temporal o permanente presenta impedimentos que le dificultan trabajar en pos de algunos aprendizajes esperados. Ello permite conocer y respetar los estilos y ritmos de aprendizaje de cada uno de los alumnos, conocer cómo los alumnos desarrollan sus potencialidades para seguir aprendiendo, como también conocer las estrategias pedagógicas que les resultan más favorables. Atender esta diversidad significa aplicar diferentes procedimientos evaluativos, usar medios tecnológicos, diferentes espacios y dependencias, que permitan alcanzar los niveles de logros que aseguren mejores aprendizajes. El Decreto 170/10 reglamenta la Integración Escolar de los alumnos con discapacidad auditiva, visual, motora, trastorno severo de la relación y la comunicación, por lo cual en el proceso de enseñanza - aprendizaje se debe aplicar la evaluación diferenciada y la atención especializada de psicopedagogía, para casos declarados y reconocidos por medio de Resolución del Ministerio de Educación. ARTICULO 9°: Es conveniente tener claridad sobre los momentos y funciones de la evaluación: diagnóstica, formativa, acumulativa: qué evaluar, cuándo evaluar, con qué procedimientos evaluar, cómo realizar el seguimiento y monitoreo de los aprendizajes, determinando los objetivos, aprendizajes esperados, los indicadores necesarios, los niveles de logro que determinan el puntaje de las evaluaciones, los tipos de ítems con contextos significativos centrados en el logro de competencias ARTICULO 10°: Considerar diferentes formas de evaluación, oral o escritas, utilizando pauta de cotejo, registro de observación directa, donde se incorpore ítems obligatorios de compromisos institucionales, que evalúen compresión lectora, manejo de vocabulario contextual, resolución de problemas en todas las asignaturas, propiciando la autoevaluación y coevaluación del trabajo pedagógico, integrando al docente y estudiante en este procedimiento. ARTICULO 11°: Cada docente deberá entregar los instrumentos evaluativos a Unidad Técnica Pedagógica, con 48 horas de anticipación a su aplicación. El plazo para entregar los resultados a los alumnos, subirlos a la plataforma y registrarlos en el libro de clases es de 10 días como máximo, en casos excepcionales este plazo se modificará previo acuerdo con UTP. ARTICULO 12°: Todo alumno(a) deberá presentar oportunamente (es decir, en el momento de reintegrarse al establecimiento) a quien corresponda: Profesor de asignatura, Profesor de Taller, Profesor Jefe, Asistente de la Educación, Unidad de Inspectoría, los permisos y/o excusas por las inasistencias o retrasos en las actividades de evaluación obligatorias y calendarizadas en el cronograma de evaluaciones, avalado por certificación médica o justificación personal de su apoderado, para tener la oportunidad de ser evaluado en una nueva fecha al integrarse a clases. En caso de no justificar, el (la) alumno(a) tendrá derecho a rendir su evaluación, según lo determinado por el docente, con una nota máxima de 4,0 (cuatro coma cero). ARTICULO 13°: El Marco de la Buena Enseñanza, orienta a los Docentes sobre lo que deben conocer, saber y hacer para contribuir al mejoramiento de la enseñanza – aprendizaje que imparte la Escuela, para ello debe incluir en su planificación pedagógica los cuatro dominios, que son los siguientes:

Page 6: ESCUELA “MANUEL RODRÍGUEZ ERDOIZA”...ESUELA ^MANUEL RODRIGUEZ E _ RBD: 1266 TELEFONO 96513060 multimedia, música, artes visuales, escultura, persona que transcriba las respuestas

REPUBLICA DE CHILE REGION DE VALPARAISO ILUSTRE MUNICIPALIDAD SAN FELIPE DIRECCION DE ADMINISTRACION DE EDUCACION MUNICIPAL ESCUELA “MANUEL RODRIGUEZ E” RBD: 1266 TELEFONO 96513060

a) Preparación de la Enseñanza.- Los Docentes organizan las unidades de aprendizaje considerando la cobertura e implementación con los ajustes curriculares vigentes, para comprometer a todos los estudiantes con los aprendizajes de: conocimientos, desarrollo de habilidades, competencias, actitudes y valores que se requieren según perfil de egreso para desenvolverse en la sociedad actual. b) Creación de ambiente propicio para el aprendizaje.- Los Docentes, consideran las características, intereses, preocupaciones particulares y su potencial intelectual, social y emocional de cada alumno, para dar las posibilidades de aprendizaje y desarrollo personal y vocacional fortalecido con los OFT, que se consideran en cada diseño de aprendizaje, creando un ambiente estimulante. c) Enseñanza para el aprendizaje de todos los alumnos.- Los Docentes deben generar oportunidades de aprendizaje y desarrollo de competencias para todos los estudiantes, organizando situaciones interesantes y productivas que favorezca el desarrollo del pensamiento por medio de la indagación, la interacción y la socialización de los aprendizajes, permitiendo la participación activa y comprometida de todos los alumnos, involucrando al Docente, quien debe evaluar permanentemente estos aprendizajes para alcanzar aprendizajes esperados. d) Responsabilidades Profesionales.- El propósito de este ámbito es el compromiso personal y pedagógico del Docente a que todos los alumnos aprendan, garantizando una educación de calidad, buscando las mejores estrategias para el logro de los objetivos del PEI, conociendo el grado de vulnerabilidad de sus alumnos y de necesidades educativas especiales (NEE). ARTICULO 14°: De la Eximición de Asignaturas. 14.1. La Dirección del Establecimiento, previo informe Técnico Pedagógico, podrá eximir de un sector o actividad contemplada en los Planes de Estudios, a los alumnos que acrediten tener dificultades de aprendizaje, problemas de salud u otro motivo, debidamente acreditado por un profesional, no obstante, el alumno tendrá la obligación de estar presente dentro del aula y realizará las actividades pertinentes programadas. El plazo para que el Apoderado solicite a la Dirección la eximición del sector de aprendizaje con impedimentos para cursar en forma regular por el alumno, no podrá exceder del 30 de abril, salvo situaciones especiales que calificará la Dirección del Establecimiento. 14.2. Procedimientos para la eximición. a) Para lograr lo especificado en el Inciso 14.1., el apoderado del alumno(a) hará la presentación del caso a la Dirección de la Escuela “Manuel Rodríguez Erdoíza” mediante solicitud escrita. Dicha solicitud deberá ser acompañada de un informe del profesional que corresponda (médico especialista, neurólogo, kinesiólogo u otro) y de un informe técnico pedagógico emitido por el Profesor Jefe, del orientador y/o del especialista encargado del Proyecto de Integración de la Escuela “Manuel Rodríguez Erdoíza”, según corresponda. b) En el caso de los alumnos/as que por razones médicas sean eximidos de la asignatura de Educación Física, estos deberán presentar el certificado del médico tratante en la Unidad de Inspectoría, quien procederá a ingresarlo al libro de registro, con copia a la Unidad Técnico – Pedagógica, al Profesor de la Asignatura y al Profesor Jefe en un plazo no superior a 5 días hábiles a partir de la recepción del

Page 7: ESCUELA “MANUEL RODRÍGUEZ ERDOIZA”...ESUELA ^MANUEL RODRIGUEZ E _ RBD: 1266 TELEFONO 96513060 multimedia, música, artes visuales, escultura, persona que transcriba las respuestas

REPUBLICA DE CHILE REGION DE VALPARAISO ILUSTRE MUNICIPALIDAD SAN FELIPE DIRECCION DE ADMINISTRACION DE EDUCACION MUNICIPAL ESCUELA “MANUEL RODRIGUEZ E” RBD: 1266 TELEFONO 96513060

documento. Este trámite se efectuará sólo hasta el 30 de abril, salvo situaciones especiales que calificará la Dirección del Establecimiento. El alumno(a) eximido de la asignatura de Educación Física deberá permanecer con el docente durante las clases, realizando actividades colaborativas o trabajos de investigación dados por el profesor. En casos debidamente fundados, el (la) alumno(a) realizará sus actividades en la Biblioteca de la Escuela, siendo supervisado por el personal encargada de CRA.

b) Para la asignatura de Inglés, sólo podrán optar a la eximición aquellos alumnos que previo informe psicopedagógico acrediten tener dificultades de aprendizaje. En ese caso deberán presentar una solicitud escrita a la Dirección del Establecimiento, adjuntando además el informe psicopedagógico otorgado por el especialista tratante. Una vez analizados los antecedentes y consultados la Unidad Técnico Pedagógica, el Departamento de Orientación, el Profesor de la Asignatura y el Profesor Jefe, podrá otorgar la eximición o rechazarla. Los alumnos(as) eximidos del sector de Inglés podrán asistir en forma paralela durante las clases de la asignatura a la sala de integración en caso de ser necesario, de lo contrario, deberán realizar las actividades programadas para la asignatura, respetando los lineamientos de buena convivencia en el aula.

c) 14.3. Los alumnos(as) de la Escuela “Manuel Rodríguez Erdoíza” en ningún caso podrán eximirse de la asignatura de Religión.

d) ARTICULO 15°: Situación de alumnas embarazadas: 15.1. La Escuela “Manuel Rodríguez Erdoíza” otorgará todas las condiciones necesarias para que las alumnas embarazadas puedan realizar y participar del proceso de aprendizaje en un clima propicio y adecuado. 15.2. En el caso de aquellas alumnas embarazadas que por razones de salud o por acogerse a su periodo de pre y post natal deban ausentarse, será responsabilidad del apoderado presentar en la Unidad de Inspectoría el certificado médico respectivo, indicando la situación y los días de reposo indicados por el médico tratante. Inspectoría informará a la Unidad Técnico – Pedagógica quien solicitará a los profesores de asignatura calendarizar fechas y contenidos a evaluar. EL cronograma de evaluaciones y actividades de aprendizaje correspondiente será entregado a la alumna y al apoderado. Si la alumna no concurre a las evaluaciones calendarizadas y/o no entrega los trabajos en los plazos estipulados, Inspectoría procederá a llamar a la alumna y al apoderado para que se presente en la Escuela “Manuel Rodríguez Erdoíza” a recalendarizar los trabajos y/o evaluaciones. Si por razones de salud la alumna no puede asistir la Dirección, una vez analizados los antecedentes y consultados a los Departamentos de Unidad Técnico – Pedagógica, determinará el cierre de las asignaturas y/o año escolar si procediera. ARTICULO 16°: Término de año escolar anticipado 16.1. Sólo podrán terminar el año escolar en forma anticipada aquellos alumnos que presenten problemas de salud u otras razones debidamente justificadas. La solicitud de término anticipado del año escolar deberá ser presentada ante la Dirección y Unidad Técnico Pedagógica, quien analizados los antecedentes emitirá la resolución mediante documento escrito rechazando o autorizando el término del año escolar. PÁRRAFO 2º: DE LAS CALIFICACIONES: ARTÍCULO 17°: Las calificaciones parciales, promedios semestrales y anuales, se determinarán, de acuerdo a lo siguiente:

Page 8: ESCUELA “MANUEL RODRÍGUEZ ERDOIZA”...ESUELA ^MANUEL RODRIGUEZ E _ RBD: 1266 TELEFONO 96513060 multimedia, música, artes visuales, escultura, persona que transcriba las respuestas

REPUBLICA DE CHILE REGION DE VALPARAISO ILUSTRE MUNICIPALIDAD SAN FELIPE DIRECCION DE ADMINISTRACION DE EDUCACION MUNICIPAL ESCUELA “MANUEL RODRIGUEZ E” RBD: 1266 TELEFONO 96513060

17.1. Los Alumnos deberán ser calificados en todas las asignaturas del Plan de Estudio, utilizando una escala numérica del 1.0 a 7.0, con un decimal, con un 60% de exigencia. Estas calificaciones deberán referirse solamente a rendimiento escolar. La calificación mínima de aprobación deberá ser 4,0. Cada Profesor Jefe, confeccionará un Informe sobre el rendimiento escolar de los alumnos de su curso el cual se entregará mensualmente, a través de las reuniones de los Subcentros de Padres y Apoderados, calendarizadas anualmente el 4° martes de cada mes. 17.2. El promedio de notas semestrales, será el promedio aritmético de las evaluaciones del semestre con aproximación de la centésima. 17.3. El promedio anual de las asignaturas, será el promedio aritmético de las evaluaciones del primer y segundo semestre con aproximación de la centésima. 17.4. En el caso de promedio anual de una asignatura con nota limítrofe (3.9) y previa conversación con El Profesor de Asignatura, debe informar de la situación al Jefe Técnico y Dirección de la Escuela, y así otorgar al alumno(a) la oportunidad de realizar una evaluación más, que se anexará a las calificaciones del segundo semestre. Si en dicha evaluación el nivel de logro del estudiante es igual o superior al 60% (sesenta por ciento), la nota que se anexará debe ser la exacta para que la asignatura sea aprobada con un promedio final de 4.0 (cuatro coma cero), y en el caso de que el logro sea inferior a lo establecido, la nota debe asegurar que la asignatura será reprobada con un promedio 3.8 (tres coma ocho). Sólo se aplicará una prueba cuando este promedio incida en la promoción del alumno(a).

17.5. El promedio general, será el promedio aritmético de todas las asignaturas de los niveles respectivos con aproximación de la centésima, excluyéndose la asignatura de Religión (se evalúa con conceptos) y los Talleres de Libre Disposición (JEC) 17.6. El promedio final semestral obtenido en Talleres de J.E.C., lo registrará el Docente que imparte el Taller en la Asignatura afín, en un plazo de una semana antes del término de cada semestre. Los Talleres y Asignaturas afines, se detallan a continuación: 17.8. Descripción de notas de Talleres de Asignaturas a fines TALLER ASIGNATURA A FIN CURSOS

Taller intercultural SEGÚN CODOCENCIA 1° a 8° Taller de arte ARTES VISUALES 1º a 6ª Taller de huerto CIENCIAS NATURALES 7º/8° Taller Emprendimiento Laboral ED. ARTISTICA 8° Taller aplicaciones tecnológicas TECNOLOGIA 5° Taller de deportes EDUCACION FISICA 1° -8º

Page 9: ESCUELA “MANUEL RODRÍGUEZ ERDOIZA”...ESUELA ^MANUEL RODRIGUEZ E _ RBD: 1266 TELEFONO 96513060 multimedia, música, artes visuales, escultura, persona que transcriba las respuestas

REPUBLICA DE CHILE REGION DE VALPARAISO ILUSTRE MUNICIPALIDAD SAN FELIPE DIRECCION DE ADMINISTRACION DE EDUCACION MUNICIPAL ESCUELA “MANUEL RODRIGUEZ E” RBD: 1266 TELEFONO 96513060 17.9. Las calificaciones obtenidas por los alumnos en la asignatura de Religión no incidirán en su promoción escolar, (Decreto 924/1983). 17.10. La Educación Pre Básica se evaluará a través de conceptos. 17.11. La Asignatura de Orientación no registra calificaciones. PÁRRAFO 3º: DE LA PROMOCIÓN ARTÍCULO 18º: Para la Promoción al curso superior se considerará conjuntamente la asistencia y el rendimiento de los alumnos según Decretos: 511/1997 y 107/2003. ARTICULO 19°: DE LA ASISTENCIA: Para ser promovidos los alumnos, deberán asistir a lo menos, al 85% de las clases establecidas en el calendario escolar anual. No obstante, por razones de salud u otras causas debidamente justificadas, la dirección del Establecimiento, consultando equipo de gestión y al Consejo General de Profesores, podrá autorizar la promoción de los alumnos con porcentajes menores de asistencia a través de una Resolución Interna. Esta autorización refrendada por el Consejo de Profesores, se autorizará solo una vez durante el proceso educativo en la Escuela “Manuel Rodríguez Erdoíza”, desde Pre Básica a 8° básico como una medida estratégica de mejorar el compromiso de asistir a clases regularmente. Se pone en vigencia a contar desde el año 2014 a la fecha. 19.1. En caso de inasistencia, el apoderado deberá justificar personalmente en Inspectoría, firmando el registro correspondiente para este fin. El plazo de justificación es inmediatamente se reincorpora el alumno al establecimiento. Sólo en casos debidamente fundados, el apoderado justificará vía agenda comprometiéndose a venir personalmente en un plazo no superior a una semana. El incumplimiento de esta normativa será considerada falta grave según Reglamento Interno. 19.2. Las inasistencias reiteradas y masivas por parte de un estudiante, serán derivadas para su seguimiento a través de las redes de apoyo comunales (OPD – SENAME – CESFAM y otros), además de su seguimiento e indagación por parte de la Asistente Social del DAEM y Escuela. ARTICULO 20°: DEL RENDIMIENTO 20.1. Serán promovidos todos los alumnos que hubieren aprobado todos las asignaturas del Plan de Estudio en sus respectivos cursos, nota de aprobación mínima de 4,0 (Cuatro coma cero). 20.2. Igualmente serán promovidos todos los alumnos que hayan reprobado una asignatura, con un promedio general de calificaciones igual o superior a 4,5 incluida la asignatura reprobada.

Page 10: ESCUELA “MANUEL RODRÍGUEZ ERDOIZA”...ESUELA ^MANUEL RODRIGUEZ E _ RBD: 1266 TELEFONO 96513060 multimedia, música, artes visuales, escultura, persona que transcriba las respuestas

REPUBLICA DE CHILE REGION DE VALPARAISO ILUSTRE MUNICIPALIDAD SAN FELIPE DIRECCION DE ADMINISTRACION DE EDUCACION MUNICIPAL ESCUELA “MANUEL RODRIGUEZ E” RBD: 1266 TELEFONO 96513060 20.3. Igualmente, serán promovidos todos los alumnos que hubieren reprobado dos asignaturas, siempre que su promedio general de calificaciones corresponda a un promedio general de 5,0 o superior, excepto si estas dos asignaturas en conjunto son Lenguaje y Matemáticas. 20.4. No obstante, lo señalado en las letras anteriores, la Dirección de la Escuela, podrá decidir excepcionalmente, previo informe fundado en variadas evidencias del profesor jefe de curso y de asignaturas de los alumnos afectados, no promover de 1° a 2do. Año, o de 3° a 4° año básico a aquellos alumnos que presentan un retraso significativo respecto a los aprendizajes esperados en los programas de estudio vigentes que aplica el establecimiento y que pueda afectar la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior. PÁRRAFO 4º: DE LAS CALIFICACIONES ANUALES DE ESTUDIO Y DE LAS ACTAS DE REGISTRO DE CALIFICACIONES Y PROMOCIÓN ESCOLAR. ARTÍCULO 21º: Las Actas de Registros de Calificaciones y Promoción consignarán, en cada curso la cédula de identidad, sexo, fecha de nacimiento y comuna de residencia, calificaciones finales de cada asignatura, porcentaje anual de asistencia, situación final de los alumnos. Por el reverso debe presentar el Nombre y R.U.T. del Profesor Jefe y de los Profesores que atienden las asignaturas/módulos en cada curso. Las actas se confeccionarán en el sistema computacional a través de la página www.comunidadescolar.cl cerrando la página cuando todos los cursos tengan la información pertinente, se sellará con certificado emitido a través del sistema computacional. PÁRRAFO 5º: DE LA LICENCIA DE ENSEÑANZA BÁSICA: ARTÍCULO 22º: La Licencia de Enseñanza Básica será obtenida por todos los alumnos y alumnas que hubieren aprobado 8º Año Básico, se confeccionará un Libro de Registro Interno, cuya nómina se ordenará alfabéticamente con su respectivo Nº RUT. TÍTULO II: PROCEDIMIENTO DE DETECCIÓN Y DERIVACIÓN DE ALUMNOS CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES (Ley 20.201, Decretos 170) La Escuela “Manuel Rodríguez Erdoíza”, es la primera instancia formal donde los alumnos/as manifiestan sus potencialidades y también sus dificultades. El desarrollo de estas potencialidades y la forma de evolución de las dificultades, dependerá en medida importante, de lo que la Escuela “Manuel Rodríguez Erdoíza” en su conjunto sea capaz de ofrecer. La actual Política de Educación Especial señala que para hacer efectivo el derecho a la educación de todos los/as jóvenes, se requiere de un cambio social, cultural y político que reconozca y acepte que somos una sociedad diversa, en donde todos/as tenemos los mismos derechos y deberes. Enmarcada en esta visión, el procedimiento que se presenta a continuación, ha sido diseñado con el propósito de apoyar a estos/as jóvenes, a sus padres y apoderados, a los profesores y asistentes de la educación, en la comprensión de los alumnos/as con Necesidades Educativas Especiales, transitorias o permanentes, de modo de favorecer su participación y aprendizaje en la Escuela “Manuel Rodríguez Erdoíza”. Para este procedimiento, se tienen en cuenta los siguientes criterios:

Page 11: ESCUELA “MANUEL RODRÍGUEZ ERDOIZA”...ESUELA ^MANUEL RODRIGUEZ E _ RBD: 1266 TELEFONO 96513060 multimedia, música, artes visuales, escultura, persona que transcriba las respuestas

REPUBLICA DE CHILE REGION DE VALPARAISO ILUSTRE MUNICIPALIDAD SAN FELIPE DIRECCION DE ADMINISTRACION DE EDUCACION MUNICIPAL ESCUELA “MANUEL RODRIGUEZ E” RBD: 1266 TELEFONO 96513060 Apertura, para aceptar las diferencias individuales, sus necesidades específicas y creer que pueden existir modos de actuar distintos a los que se espera.

Flexibilidad, para asumir las manifestaciones de la diversidad de los estudiantes y orientar caminos acordes a sus necesidades.

Creatividad para innovar caminos y soluciones cada vez que se requiera, utilizando los diversos recursos disponibles.

Participación, como criterio básico en la comprensión y búsqueda de las mejores estrategias y actividades para el logro de los objetivos de todos los niños y niñas.

Sensibilización a la Comunidad Escolar que incluya a todos los integrantes: padres y apoderados, profesores, asistentes. ARTICULO 23°: Procedimiento Interno para Detección y Evaluación de NEE: a) Detección por parte del Profesor Jefe o Profesor de Asignatura de un alumno/a que presenta una eventual NEE o de los Especialistas encargados del Proyecto de Integración. b) En el caso de ser detectado por el profesor, informar por escrito o derivar a la Coordinadora del PIE, educadoras diferenciales y/o psicopedagogas. Para estos efectos, solicitar formularios tipo al Dpto. de Integración (Informe Pedagógico y Pauta de Observación al Profesor). c) El Profesor deriva vía Ordinario al Especialista del Proyecto de Integración. d) Según sea el caso y a criterio del Especialista, se agendará una entrevista con la familia o adultos responsables del estudiante, para señalarles la inquietud y sugerir, como parte de un plan de apoyo, que el alumno/a sea evaluado por un especialista del proyecto de integración y/o especialista externo de ser necesario. De dicha entrevista depende el inicio del proceso de evaluación psicopedagógica, para lo cual es indispensable, la Autorización Formal del padre y/o apoderado. e) El Especialista, de acuerdo a observaciones y antecedentes recopilados, inicia el proceso de evaluación psicopedagógica, autorización del apoderado, entrevista a la familia, evaluaciones de salud, psicológicas u otras que fuesen necesarias según la dificultad que presente el alumno/a para una postulación al Proyecto de Integración Escolar. f) El alumno/a es evaluado por un equipo de especialistas que determinan que necesidades educativas especiales presenta y cuáles son los apoyos educativos que se brindaran para el determinado diagnóstico del alumno/a. g) El alumno/a se postula al Proyecto de Integración Escolar, lo cual significa que el alumno/a puede ingresar o no ingresar al proyecto. El Ministerio de Educación envía las respectivas resoluciones de cada alumno/a sobre los resultados de la postulación. h) Una vez recepcionado el diagnóstico del alumno/a, y la certeza de haber sido informada a la familia/apoderado/s mediante un informe, se agenda una reunión del Especialista con el Profesor Jefe y con los profesores de los sectores/módulos que resulten pertinente, para establecer las adecuaciones curriculares si fueren necesarias y diseñar/revisar los instrumentos de evaluación diferenciada, hasta que el alumno adquiera las estrategias que le permitan superar u optimizar sus NEE.

Page 12: ESCUELA “MANUEL RODRÍGUEZ ERDOIZA”...ESUELA ^MANUEL RODRIGUEZ E _ RBD: 1266 TELEFONO 96513060 multimedia, música, artes visuales, escultura, persona que transcriba las respuestas

REPUBLICA DE CHILE REGION DE VALPARAISO ILUSTRE MUNICIPALIDAD SAN FELIPE DIRECCION DE ADMINISTRACION DE EDUCACION MUNICIPAL ESCUELA “MANUEL RODRIGUEZ E” RBD: 1266 TELEFONO 96513060 i) Se le solicitará al apoderado que el alumno/a deberá ser evaluado al menos una vez en el semestre, por el especialista interno/externo que corresponda. j) Si el alumno/a presenta un diagnóstico de salud, neurológico, pediátrico, psicológico entre otros, que certifique que presenta una necesidad educativa especial que deba ser atendida y apoyada por el equipo PIE de especialistas, y el alumno/a no se encuentra en un curso con proyecto de integración escolar, se sugiere dar apoyo con especialistas externos y entregar certificado al establecimiento para que los educadores diferenciales puedan emitir un informe hacia el profesor jefe, del sector/módulo y jefe de UTP con las sugerencias, observaciones o pautas a seguir con el alumno/a. ARTICULO 24°: Los procedimientos evaluativos privilegiarán un esquema referido a criterio, en que se compare al alumno consigo mismo, y no con el grupo curso, aplicándose en su evaluación la escala normal de calificación de 1.0 a 7.0 ARTICULO 25°: La promoción del alumno/a evaluado en forma diferenciada, deberá atenerse a los decretos específicos para cada uno de los casos vigentes de promoción escolar de un alumno de educación regular. ARTICULO 26°: Los responsables del acompañamiento – seguimiento y evaluación de los alumnos/as con necesidades educativas especiales son: el Especialista del Proyecto de Integración, especialistas de apoyo, Jefe de UTP, Profesores del Sector/Módulo y familia de acuerdo a las competencias y funciones que le corresponda a cada uno. ARTICULO 27°: Aquellos casos que no correspondan a Necesidades Educativas Especiales detalladas en este procedimiento, se derivarán a los especialistas que correspondan bajo la responsabilidad del padre y/o apoderado del alumno/a (entre otros: problemas conductuales, psicológicos, psiquiátricos, drogadicción, lenguaje, etc.). ARTICULO 28°: Sobre los Proyectos de Integración: En la Comuna de San Felipe y de acuerdo a la normativa vigente, se atienden las siguientes Necesidades Educativas Especiales Permanentes: Déficit Intelectual: para cuyo diagnóstico es imprescindible un informe emitido por la Psicóloga.

Déficit Motor: para cuyo diagnóstico es imprescindible un informe emitido por un Fisiatra o terapeuta.

Déficit Auditivo: para cuyo diagnóstico es imprescindible un informe emitido por un Otorrinolaringólogo.

Déficit Visual: para cuyo diagnóstico es imprescindible un informe emitido por un oftalmólogo.

Disfasia Severa: para cuyo diagnóstico es imprescindible un informe emitido por un neurólogo.

Trastorno Autista: para cuyo diagnóstico es imprescindible un informe emitido por un genetista, neurólogo o psiquiatra.

Multidéficit: para cuyo diagnóstico es imprescindible un informe emitido por un equipo integral de especialistas dependiendo de los multidéficit que el niño/a presente. 28.1. Necesidades Educativas Especiales Transitorias:

Page 13: ESCUELA “MANUEL RODRÍGUEZ ERDOIZA”...ESUELA ^MANUEL RODRIGUEZ E _ RBD: 1266 TELEFONO 96513060 multimedia, música, artes visuales, escultura, persona que transcriba las respuestas

REPUBLICA DE CHILE REGION DE VALPARAISO ILUSTRE MUNICIPALIDAD SAN FELIPE DIRECCION DE ADMINISTRACION DE EDUCACION MUNICIPAL ESCUELA “MANUEL RODRIGUEZ E” RBD: 1266 TELEFONO 96513060 Trastorno Específico del Aprendizaje: para cuyo diagnóstico es imprescindible un informe emitido por la Educadora Diferencial y un Informe de Salud emitido por un Médico Pediatra.

Trastorno de Déficit Atencional con o sin Hiperactividad: para cuyo diagnóstico es imprescindible un informe emitido por un Neurólogo y un informe de salud emitido por un Médico Pediatra.

Limítrofe: para cuyo diagnóstico es imprescindible un informe emitido por la Psicóloga y un informe emitido por un Médico Pediatra.

Trastorno Específico del Lenguaje: para cuyo diagnóstico es imprescindible un informe emitido por una fonoaudióloga. Apoyo Especializado: Tipo de NEE Carga Horaria Asignada por Curso Permanentes y Transitorias Por grupo de alumnos/as semanal

10 horas cronológicas semanales (distribuidas en aula de recursos y aula común según necesidades de los alumnos/as). Apoyo de otros especialistas, se determinará según necesidades de los alumnos/as.

28.2. Adecuaciones Curriculares: Son modificaciones que es necesario realizar en los diversos elementos del currículum oficial, para adecuarlos a la realidad concreta del alumnado. A partir del currículo oficial y en todos los niveles y modalidades del sistema, se deben realizar las adaptaciones curriculares y las modificaciones organizativas necesarias que garanticen la escolarización, el progreso, la promoción y el egreso de los alumnos/as con Necesidades Educativas Especiales, transitorias o permanentes. La adecuación del currículo que hace el profesor y el especialista, no consiste solamente en el ajuste a determinadas condiciones individuales o sociales de los alumnos, sino un esfuerzo por alcanzar los objetivos educativos a partir del reconocimiento de la diversidad del alumnado y de las necesidades reales experimentadas en la Escuela “Manuel Rodríguez Erdoiza”. En casos excepcionales, cuando los alumnos padecen graves discapacidades que hacen imposible adquirir las competencias o habilidades, estaría justificado adecuar las expectativas de la Escuela “Manuel Rodríguez Erdoiza” a las limitaciones claramente presentes entre estos alumnos, modificando el nivel de los objetivos educativos planteados. Estas adecuaciones curriculares deben ser realizadas por la Educadora Diferencial en conjunto con el Profesor del Sector/Módulo.

Page 14: ESCUELA “MANUEL RODRÍGUEZ ERDOIZA”...ESUELA ^MANUEL RODRIGUEZ E _ RBD: 1266 TELEFONO 96513060 multimedia, música, artes visuales, escultura, persona que transcriba las respuestas

REPUBLICA DE CHILE REGION DE VALPARAISO ILUSTRE MUNICIPALIDAD SAN FELIPE DIRECCION DE ADMINISTRACION DE EDUCACION MUNICIPAL ESCUELA “MANUEL RODRIGUEZ E” RBD: 1266 TELEFONO 96513060 28.3. Evaluación Diferenciada: Se considera como Evaluación Diferenciada de los alumnos/as, aquellos procedimientos evaluativos que permiten atender a la diversidad de estudiantes, que en forma temporal o permanente, presentan impedimentos que le dificultan trabajar en pos de algunos objetivos. La Evaluación Diferenciada persigue los siguientes objetivos: Determinar el logro de los objetivos a evaluar.

Dar atención especial a un alumno/a, en forma permanente o temporal, dependiendo de la situación detectada y que requiera un cambio en la forma de evaluar.

Favorecer que todos los alumnos/as desarrollen al máximo sus propias potencialidades, cualquiera sea su punto de partida, más aún, si se diera el caso de alumnos/as que presenten dificultades permanentes. Procedimientos evaluativos diferenciados: Los procedimientos evaluativos diferenciados que se utilicen deben ser coherentes al diagnóstico previamente realizado y al tipo de necesidad educativa detectada, transitoria o permanente. Algunos de los procedimientos educativos diferenciados serán los siguientes: a) Instrumento de evaluación con distinto grado de dificultad respecto del aplicado en el curso

b) Interrogaciones orales, en reemplazo de evaluaciones escritas o viceversa

c) Autoevaluación del alumno(a) como complemento o parte de los objetivos de aprendizaje definidos por el docente de asignatura en las actividades o tareas definidas previamente

d) Valoración de la búsqueda de información y aportes personales a un tema

e) Escala de apreciación por parte del profesor

f) Otorgar mayor cantidad de tiempo para el desarrollo de la evaluación planteada

g) En algunos casos previo acuerdo con el docente, la evaluación puede ser tomada por el especialista que intera el Programa de la Escuela. ARTICULO 29°: Rol del Profesor en la atención de alumnos/as con Necesidades Educativas Especiales: 1. Comprender qué se entiende por alumnos con NEE, saber el rol que le corresponde frente a ellos y conocer los requerimientos formales que la Escuela “Manuel Rodríguez Erdoíza” solicita. 2. El profesor jefe o de algún sector/módulo, al detectar alguna dificultad durante el proceso de aprendizaje de un alumno/a, debe implementar estrategias de solución:

a) Identificar claramente el problema.

Entrevistar al alumno para conocer cuáles son las dificultades que está enfrentando. Se deberá formalizar un compromiso de acompañamiento, delimitando cuales son las obligaciones y responsabilidades del alumno/a.

c) Coordinar con especialistas del proyecto de integración, manifestando las dificultades de aprendizaje del alumno/a detectadas por el docente, para realizar un trabajo colaborativo con los profesores de sector/módulo en apoyo a las necesidades educativas especiales que presente el alumno/a.

Page 15: ESCUELA “MANUEL RODRÍGUEZ ERDOIZA”...ESUELA ^MANUEL RODRIGUEZ E _ RBD: 1266 TELEFONO 96513060 multimedia, música, artes visuales, escultura, persona que transcriba las respuestas

REPUBLICA DE CHILE REGION DE VALPARAISO ILUSTRE MUNICIPALIDAD SAN FELIPE DIRECCION DE ADMINISTRACION DE EDUCACION MUNICIPAL ESCUELA “MANUEL RODRIGUEZ E” RBD: 1266 TELEFONO 96513060 d) Entrevista con apoderados, para fijar su compromiso en este acompañamiento del alumno/a. 3. El profesor debe informar por escrito al Dpto. de PIE sobre los avances y retrocesos del alumno/a. 4. En casos que fuese necesario el profesor debe adecuar las instancias de aprendizaje, en cualquier elemento del currículo (objetivos, contenidos, metodologías, evaluaciones), conforme a las capacidades del alumno/a y en concordancia con las indicaciones realizadas por el/los especialista/s internos/externos. 5. Presentar a las profesionales Especialista del Proyecto de Integración, las pruebas diseñadas para los alumnos/as con Evaluación Diferenciada y/o Adecuación Curricular significativa. Estas deben entregarse al menos dos días hábiles antes de la fecha aplicación de la misma. 6. Favorecer o fomentar un ambiente de respeto, integración y aceptación en el curso, por el alumno/a con NEE. 7. Intervenir activamente, evitando o frenando situaciones que representen maltrato, burla o menoscabo de la integridad física y/o psicológica del alumno/a con NEE. 8. Revisar el cuaderno para cerciorarse de que el alumno/a tenga anotadas sus tareas y pruebas. 9. Disponer de un horario de entrevista en caso que el apoderado o el especialista externo/interno, requiera una reunión de coordinación. 10. Mantener un contacto periódico con el Dpto. de integración, de tal manera de resolver dudas, dar a conocer avances o retrocesos, coordinarse con los especialistas internos/externos o con el apoderado del alumno/a. SAN FELIPE, FEBRERO 2017