empresa de familia
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EMPRESA DE FAMILIA. Por Fernando Pérez Hualde. LA EMPRESA DE FAMILIA. - PowerPoint PPT PresentationTRANSCRIPT
EMPRESA DE FAMILIAEMPRESA DE FAMILIA
Por Fernando Pérez Hualde
LA EMPRESA DE FAMILIALA EMPRESA DE FAMILIA“Cuando los integrantes de una familia, dirigen,
controlan y son propietarios de una empresa, la que constituye su medio de vida y tienen la intención de mantener dicha situación en el tiempo con marcada identificación entre la suerte de la familia y la empresa” (Favier Dubois);
Elementos:– Objetivos: existencia de la familia y la empresa;– Subjetivo: intención de mantener la empresa en la
familia y que la primera sea el sustento de la segunda;
CANTIDAD CONFORME ESTADÍSTICASCANTIDAD CONFORME ESTADÍSTICAS
- Argentina: 70%– Italia: 99%–USA: 98%
–España: 71%
POSIBILIDAD DE SUPERVIVENCIAPOSIBILIDAD DE SUPERVIVENCIA 1ª a 2ª Generación 30%
2ª a 3ª Generación 15%
+ de 4ª Generación 5%
FORTALEZASFORTALEZASIntereses comunes, autoridad reconocida,
confianza mutua, comunicación y respeto entre sus miembros;
Ética del trabajo y de la creatividad;Mayor compromiso, sentido de pertenencia y
rapidez en la toma de decisiones;EFECTOS:
– Inversiones a largo plazo;– Mejor predisposición para acompañar la Empresa en
épocas de crisis;
DEBILIDADESDEBILIDADESConfusión de planos entre Empresa y Familia;Herederos con derecho (o la obligación) de
gestionar o trabajar en la EF;Conflictos familiares que impactan en la EF; Pago de retribuciones a empleados familiares
distintas a las de mercado;– Malestar de directivos no familiares;
Justicia Familiar vs. Justicia Empresaria;Familia: pretendido poder de los padres de igualar
diferencias naturales;
REALIDADES INVOLUCRADASREALIDADES INVOLUCRADASSISTEMA FAMILIAR Finalidad: cuidado y promoción de la vida de sus miembros
(sistema emocional); Familia: (latín) ¨grupo de siervos y esclavos patrimonio del
jefe de la gens¨ Roma: incorporó a la esposa e hijos del Pater. ¨Grupos de personas emparentadas entre sí
(ascendientes, descendientes, colaterales y afines), que comparten su vida y las relaciones¨
Vínculos: afinidad y consanguineidad; Familia básica y extendida. Cambio de terminología
REALIDADES: SISTEMA FAMILIARREALIDADES: SISTEMA FAMILIAR
- Trasladar la ética;
- Necesidad de compartir igual escala de valores y principios;
- Evitar el enfrentamiento generacional;
- La impronta generada en la familia determinará si permite a la misma pensar en una EF.
- Variación del alcance del concepto de Familia en función de la generación incorporada a la EF;
REALIDADES: SISTEMA EMPRESAREALIDADES: SISTEMA EMPRESAEconomía: Organización de factores para la
producción o intercambio de bienes o servicios con un fin económico;
Finalidad: crear y repartir valor;Vínculo entre las personas establecido en
función de la finalidad de la empresa;– Encuentro de culturas;
Derecho: discusión (Broseta Pont) ¿Sujeto-patrimonio de afectación–universalidad?
REALIDADES: SISTEMA EMPRESAREALIDADES: SISTEMA EMPRESA ¨Conjunto de elementos de distinta naturaleza que, ¨Conjunto de elementos de distinta naturaleza que,
bajo un régimen de organización (establecido por el bajo un régimen de organización (establecido por el empresario) se afectan funcionalmente a una empresario) se afectan funcionalmente a una determinada actividad económica, consistente en la determinada actividad económica, consistente en la producción, comercialización e intercambio de producción, comercialización e intercambio de bienes y servicios para el mercado¨.bienes y servicios para el mercado¨.
ACTIVIDAD - ORGANIZACIÓN;ACTIVIDAD - ORGANIZACIÓN;– Organización:Organización:
Cuenta con objetivos – personas – régimen normativo Cuenta con objetivos – personas – régimen normativo (escala de autoridad, sistemas de entrada y salida, etc);(escala de autoridad, sistemas de entrada y salida, etc);
INSTITUCIÓNINSTITUCIÓN
SIMETRÍASSIMETRÍASAmbas son Instituciones;Tienen pluralidad de componentes;Se conforman con pluralidad de vínculos;
– Relaciones diferenciales;Tienen actividad común;Persiguen propósitos de perdurabilidad;
– Estabilidad de los vínculos;Ambas son Organizaciones;Tienen mecanismos de autoridad y alistamiento;Son subsistemas;
EMPRESA DE FAMILIA EMPRESA DE FAMILIA Superposición de sistemas;Diversidad de modelos de cada sistema:
– Hiperprotector;– Democrático permisivo;– Sacrificante;– Intermitente;– Delegante;– Autoritario
Complejidad: falta de un concepto unitario, regulación específica, protección legislativa;
Existencia de jurisdicciones diferentes;
AMBITOS A COMPATIBILIZARAMBITOS A COMPATIBILIZAR(Tagiuri y Davis)(Tagiuri y Davis)
PLANOS DE ESTUDIOPLANOS DE ESTUDIO GESTIÓN
– Gobierno de la Empresa (asamblea, directorio, comité ejecutivo, gerencia);
Elección del nuevo líder;
– Gobierno de la Familia (Asamblea familiar, Consejo familiar);– Gobierno de la propiedad (ej. Holding, spin off);
PSICOLÓGICO– Promover la salud y el bienestar de los integrantes;– Sacar a la luz lo oculto: cuentas sin saldar;– Estilos educativos y formativos;
Choque de culturas familiares;
– Trabajo con personas difíciles; JURÍDICO
TEMÁTICA DEL CURSOTEMÁTICA DEL CURSOANÁLISIS JURÍDICO
– Plano de análisis indispensable para el logro de todo tipo de solución;
– INTERDISCIPLINARIO; FAMILIA; SUCESIONES; DERECHO REALES – FIDEICOMISO CONTRATOS; SOCIETARIO; CONCURSAL; LABORAL FISCAL
¿EMPRESA O SOCIEDAD DE ¿EMPRESA O SOCIEDAD DE FAMILIA?FAMILIA?
Distinción y Consecuencias– Régimen sucesorio:
Opciones de la Ley 14.394 (soc. de hecho con un solo administrador);
Opción del condominio (divisibilidad);
Sociedad de Familia:– Sociedad de Hecho;
Requisitos mínimos; Naturaleza de la actividad (agropecuaria o profesional); Hijo asociado a la actividad empresaria;
SOCIEDAD DE FAMILIASOCIEDAD DE FAMILIASociedad regular:
– Búsqueda de la limitación de responsabilidad;
– Sociedad entre cónyuges (arts. 27 y 29 LS);– Supuestos de inoponibilidad a los
herederos; “MORROGH, BERNARD, JUAN F C/GRAVE DE PERALTA
DE MORROGH BERNARD, EUGENIA Y OTS.”, CCiv. Y Com. Concepción del Uruguay, 9/2/79, LA LEY 1979-D-237;
“FERRETTI, SILVIA C. NÓBILE, FRANCA”, CNCiv, sala B, 12/11/09, Rev. La Ley 12/04/2010;
SOCIEDAD DE FAMILIA: caracteresSOCIEDAD DE FAMILIA: caracteresInexistencia tipológica;Normalmente organizada como SA;Dividendos inexistentes (mensualidad);Alto índice de informalidad en el funcionamiento
de los órganos;Falta de distinción entre capital y trabajo;Ausencia de mecanismos de salida;Escaso uso de herramientas legales (ej.
prestaciones accesorias, causales de resolución parcial, dictado de reglamentos, etc.);
Cambio de Causa (Favier Dubois);
SOCIEDAD: VentajasSOCIEDAD: VentajasInaplicabilidad del art. 1277 c.c.;Organización de la transmisión sucesoria;
– Evito el estado de indivisión por el fallecimiento;– Facilita la partición (arts. 90, 155 y 214 LSC);
Posibilidad de disociar la transmisión del poder y de la propiedad (ej. Gerente de SRL);
Utilización del usufructo de acciones (permite desdoblar derechos políticos y económicos);
Desventajas:Desventajas: - cumplimiento de las formas;– De la autocracia a la democracia;
DISTINCIÓN CON LA SOC. DISTINCIÓN CON LA SOC. CERRADASCERRADAS
Sociedades anónimas cerradas: aquellas que no recurren al público en general para que realicen aportaciones o contribuciones;
Pueden, o no, ser de familia;Propuesta de modificación del tipo de la S.A.:
– Convocatorias a asamblea;– Asambleas universales, no unánimes;– Responsabilidad directores conforme actuación;
Sociedad Anónima de Familia Abierta: control;
TIPOS SOCIALES TIPOS SOCIALES VENTAJAS DE SRL:
– exclusión por justa causa (grave incumplimiento de sus obligaciones);
Instrumentación de prestaciones accesorias (obligaciones de hacer o no hacer);
– Sistema de notificación de asambleas (art. 159 LS); “SCHILLACI, IRENE M. Y OTRA C. ESTABLECIMIENTO TEXTIL SAN
MARCO S.A.”
– Especial tratamiento de la incorporación de los herederos;
– Durabilidad del gerente (arts. 157 – 129 LS).– Ventajas en SRL Holding (diferencia SA);
Orden de prelación de las leyesOrden de prelación de las leyesCódigo Civil
– Art. 16: palabras o espíritu de la ley; ppios. de leyes análogas y ppios. generales del derecho;
Código de Comercio:– Pto. 1 Tít. Preliminar y art. 207 c.co.: aplicación ley civil;
Aplicación prioritaria de Ley mercantil;
– Importancia de la costumbre (ptos. 2 y 5 Tit. Preliminar y arts. 217, 218 inc. 6, 219 c.co.);
Doctrina: aplicación del orden de prelación del art. 16 c.civ. en el sistema del Código de Comercio;