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EL SUPERVISOR EN EL DESARROLLO DEL PERSONAL CALIDAD TOTAL EN LA EDUCACIÓN Y PROCEDIEMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO A LOS ALUMNOS Profesor: Dr. Luis E. Ortiz M. Integrantes: Falcón Elizabeth C.I.: V-17.458.717 Falcón, Royer C.I.: V-18.094.915 Rodríguez, María C.I.: V-11.674.453 Vilchez, Felicita C.I.: V-11.413.197 Guarenas, 30 de enero de 2010 TABLA DE CONTENIDO INTRODUCCIÓN ……………………………………………………………….……….. 4 EL SUPERVISOR EN EL DESARROLLO DEL PERSONAL ………………………. 5 ¿CÓMO DESARROLLAR LAS HABILIDADES DEL PERSONAL? ……… 5 INDUCCION DEL PERSONAL ……………………………………………….……..… 6 LOS PROPÓSITOS DE LA INDUCCIÓN ……………………………………. 7 ETAPAS DE LA INDUCCIÓN …………………………………………………. 8 EVALUACION DE LA EFICIENCIA EN EL DESEMPEÑO ………………………. 8 EL SABER ……………………………………………………………………….. 9 EL HACER ……………………………………………………………………….. 9

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EL SUPERVISOR EN EL DESARROLLO DEL PERSONAL

CALIDAD TOTAL EN LA EDUCACIN

Y

PROCEDIEMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIOA LOS ALUMNOS

Profesor: Dr. Luis E. Ortiz M. Integrantes:

Falcn Elizabeth C.I.: V-17.458.717

Falcn, Royer C.I.: V-18.094.915

Rodrguez, Mara C.I.: V-11.674.453

Vilchez, Felicita C.I.: V-11.413.197

Guarenas, 30 de enero de 2010

TABLA DE CONTENIDO

INTRODUCCIN ... 4

EL SUPERVISOR EN EL DESARROLLO DEL PERSONAL . 5CMO DESARROLLAR LAS HABILIDADES DEL PERSONAL? 5

INDUCCION DEL PERSONAL ... 6LOS PROPSITOS DE LA INDUCCIN . 7ETAPAS DE LA INDUCCIN . 8

EVALUACION DE LA EFICIENCIA EN EL DESEMPEO . 8EL SABER .. 9EL HACER .. 9

PROGRAMAS DE PERFECCIONAMIENTO Y ACTUALIZACION DEL PERSONAL . 10

CALIDAD TOTAL EN EDUCACIN .. 10

UNA ALTERNATIVA PARA MEJORAR 11PROCESO DE MEJORA EN EL PLANTEL 12

APLICABILIDAD DE LA FILOSOFIA DE CALIDAD TOTAL AL PROCESODE SUPERVISIN EDUCATIVA .. 13

PROCEDIEMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO A LOS ALUMNOS . 14 ........ 14CONSEJO DE DERECHO .. 14CONSEJO DE PROTECCIN .. 15PASOS DEL PROCEDIMIENTO .. 18ARMAR EXPEDIENTE .. 18CONTENIDO DEL EXPEDIENTE 18FALTA DISCIPLINARIA, ADMINISTRATIVA Y PENAL ... 19ARTICULOS IMPORTANTES .. 20

CONCLUSIN .. 23

ANEXOS 24ACTA DE INICIO DE AVERIGUACIN DE ALUMNOS 25COMUNICACIN AL ALUMNO PARA RENDIR DECLARACIONES 26ACTA DE DECLARACIN DEL ALUMNO .. 27CITACIN PARA DENUNCIANTES, TESTIGOS O PERSONAS QUEPUEDAN TENER CONOCIMIENTO DE LOS HECHOS .. 28ACTA DE DECLARACIN DE TESTIGOS 29ACTA DE CONCILIACIN O COMPROMISO . 31INFORME FINAL DE LA AVERIGUACIN .. 32ACTA DE CONSEJO DE PROFESORES . 33COMUNICACIN AL ALUMNO .. 34COMUNICACIN AL REPRESENTANTE 35

REFERENCIAS 36

INTRODUCCIN

Las instituciones educativas tienen como objetivo formar personas que puedan aportar valor aadido a la sociedad.La capacitacin es una necesidad que da a da se hace imprescindible en los individuos y en las comunidades laborales. Es el conjunto de actividades encaminadas a proporcionar conocimientos, desarrollar habilidades y modificar actitudes del personal de todos los niveles para que desempeen mejor su trabajo. Las organizaciones en general deben dar las bases para que sus colaboradores tengan la preparacin necesaria y especializada que les permita enfrentarse en las mejores condiciones a su tarea diaria.Cuando una empresa elige a su personal debe proporcionar informacin bsica de los antecedentes de la compaa, aunado a ello vendra la capacitacin, que es el proceso para ensear a los empleados nuevos las habilidades bsicas que necesitan saber para desempear su trabajo. Familiarizar al nuevo empleado con la organizacin, su cultura, sus principales directivos, su historia, su filosofa, es importante para que el empleado se identifique con la organizacin, y pueda desenvolverse satisfactoriamente.Adems de lo anterior, es necesario llevar a cabo una supervisin en el desarrollo del personal en la organizacin de manera que se obtengan resultados reales acerca de lo que el personal de la organizacin necesita mejorar y conocer sus fortalezas que pueden ayudar a optimizar el futuro de la empresa.La educacin cuenta con herramientas que pueden ser empleadas para instruir al personal de una organizacin, para ello es necesario aplicar la filosofa de calidad total al proceso de supervisin educativa.Es importante conocer acerca del Procedimiento Administrativo Disciplinario a los Alumnos, ya que este nos permite sancionar adecuadamente conductas que violen la normativa del Reglamento Escolar o Normas de Convivencia.

EL SUPERVISOR EN EL DESARROLLO DEL PERSONAL

El desarrollo del personal es la actividad que tiende a lograr el mejor aprovechamiento de los recursos humanos de la empresa, el crecimiento y la satisfaccin de cada uno. as actividades del desarrollo preparan a los trabajadores para ejercer sus responsabilidades en el futuro independientemente de las actuales. Muchos programas que se inician solamente para capacitar a un empleado concluyen ayudndolo a su desarrollo y aumentando el potencial a su capacidad como empleado directivo.El desarrollo de personal tiene la finalidad de aprovechar los recursos humanos de la empresa; esto quiere decir ubicar al personal de acuerdo a sus capacidades, poner en cada puesto a la persona que tiene aptitudes y desea desempear ese puesto.El factor ms importante en desarrollar la capacidad del personal es crear un entorno en el que se logre la cooperacin, comunicacin y un intercambio abierto de ideas.En las organizaciones que estn estructuradas rgidamente, les es ms difcil incorporar programas creativos de desarrollo de personal.

CMO DESARROLLAR LAS HABILIDADES DEL PERSONAL? Incrementar la participacin de los empleados en la toma de decisiones en reas que afecten su trabajo y dar el reconocimiento apropiado a su contribucin. Alentar las iniciativas y sugerencias individuales para mejorar el desempeo del programa. Establecer un programa para la promocin de los empleados como parte del paquete de beneficios de la organizacin (esto ayuda a retener al personal valioso que de otra manera se cambiara a otra organizacin). Utilizar la interaccin diaria con el personal y reuniones para impartir y compartir nuevos conocimientos y experiencias. Permitir a los empleados asistir a cursos, seminarios, congresos y conferencias. Proporcionar materiales de lectura para estudio. Dar capacitacin bsica y de apoyo regularmente, as como capacitacin especializada en respuesta a las necesidades comunicadas por el personal. Desarrollar un programa de rotacin de trabajo que permita que unos aprendan de otros dentro de la organizacin.

INDUCCIN DEL PERSONAL

La Induccin del Personal de nuevo ingreso se inicia desde el momento que es recibido para presentar su solicitud, se le proporciona informacin sobre la vacante que se pretende cubrir. Esta induccin se considera como terminada cuando el empleado ha tenido tiempo suficiente para digerir la informacin requerida y aplica con xito lo que ha estado aprendiendo.La induccin es frecuentemente responsabilidad conjunta del personal de capacitacin y del supervisor. La persona recin llegada est preocupada bsicamente por el puesto y su supervisor. Uno de los aspectos ms delicados del proceso de induccin tiene lugar el primer da de labores, donde se debe de considerar que cuando se inician por primera vez actividades en una organizacin, los individuos tienen necesidades de apoyo, seguridad y aceptacin; por lo tanto, las actividades que se realicen deben tener una actitud cordial.La mayora de los planes de induccin contienen informacin sobre la historia de la organizacin, sus objetivos, horarios, das de pago, polticas del personal, condiciones de contratacin, plan de beneficios para el empleado, etc., que se encuentran contenidos en el llamado Manual de Bienvenida, el cual debe ser entregado a cada nuevo trabajador.Con posterioridad se realizan: La evaluacin, visita a la planta,presentacin ante los representantes sindicales, informacin entregada por el gerente de rea, jefe de departamento, supervisor, etc.

LOS PROPSITOS DE LA INDUCCIN

1. FACILIDAD DE AJUSTE DEL NUEVO EMPLEADO A LA ORGANIZACIN:1.1. De una Manera Formal: La organizacin desea que el empleado se vuelva productivo con la mayor rapidez posible por eso el empleado necesita saber especficamente lo que significa el puesto. 1.2. De una Manera Informal: El empleado es recibido de una manera amistosa con sus compaeros y es introducido al grupo.2. PROPORCIONAR INFORMACIN RESPECTO A LAS TAREAS Y LAS EXPECTATIVAS EN EL DESEMPEO: Los empleados desean y necesitan saber exactamente lo que se espera de ellos. Se les debe explicar las reglas de la compaa y del departamento especfico al que han sido asignados.3. REFORZAR UNA IMPRESIN FAVORABLE: El trato amable que se le d al empleado desde su llegada har que ste se sienta cmodo y seguro y con nimos de trabajar.

ETAPAS DE LA INDUCCIN

PRIMERA ETAPA: Se proporciona informacin general acerca de la compaa. El Departamento de Recursos Humanos suele presentar temas que se relacionan con los empleados, como una visin panormica de la compaa, hacen un repaso de las polticas y procedimientos de la empresa, y los sueldos. Se presenta una lista donde se verifican si se le ha proporcionado toda la informacin sobre el trabajo al empleado.

SEGUNDA ETAPA: En esta etapa el responsable es el supervisor inmediato del empleado. En algunos casos, el supervisor puede delegar esta tarea a algn empleado de antigedad en el departamento. Las actividades que se cubren en esta etapa sonlos requerimientos del puesto, la seguridad, una visita por el departamento para que el empleado lo conozca, una sesin de preguntas y respuestas y presentaciones a los otros empleados. El supervisor debe explicar con claridad las expectativas en el desempeo y las reglas especficas de trabajo en ese momento.

TERCERA ETAPA: Implica la evaluacin y el seguimiento, que estn a cargo del departamento de recursos humanos junto con el supervisor inmediato. Durante la primera y segunda semana el supervisor trabaja con el empleado para aclarar informacin y cualquier duda que tenga el empleado y asegurarse de su integracin en el grupo de trabajo. Los profesionales de recursos humanos le ayudan a los supervisores a cerciorarse de que se efecte esta tercera etapa tan importante.

EVALUACIN DE LA EFICIENCIA EN EL DESEMPEO

Evaluar el desempeo de una persona significa evaluar el cumplimiento de sus funciones y responsabilidades, as como el rendimiento y los logros obtenidos de acuerdo con el cargo que ejerce, durante un tiempo determinado y de conformidad con los resultados esperados por la institucin u organizacin laboral.La evaluacin del desempeo pretende dar a conocer a la persona evaluada, cules son sus aspectos fuertes o sus fortalezas y cules son los aspectos que requieren un plan de mejoramiento o acciones enfocadas hacia el crecimiento y desarrollo continuo, tanto personal como profesional, para impactar sus resultados de forma positiva.Evaluar el desempeo de los docente y directivos docentes, es un proceso por medio del cual se busca emitir juicios valorativos sobre el cump responsabilidades en la enseanza, aprendizaje y desarrollo de sus estudiantes, previo un seguimiento permanente que permita obtener informacin vlida, objetiva y fiable para determinar los avances alcanzados en relacin con los logros propuestos con los estudiantes y el desarrollo de sus reas de trabajo.Esta evaluacin est referida a la idoneidad, tica y pedaggica que requiere la prestacin del servicio educativo y tiene en cuenta aquellos aspectos que son propios de las funciones de los docentes y directivos docentes, los cuales se precisan en dos grandes categoras que recogen los saberes, habilidades, actitudes y valores y que se hacen evidentes en los diferentes contextos sociales y econmicos del pas:

a) EL SABER: Responde a preguntas tales como: Sabe qu ensea? Sabe cmo ensearlo? Conoce los procesos de desarrollo y aprendizaje de los estudiantes? Se preocupa por mantenerse actualizado en su rea y por conocer y analizar crticamente las estrategias pedaggicas? Conoce cules son las estrategias, decisiones o actuaciones ms apropiadas para orientar el desarrollo de una organizacin o grupo de trabajo?b) EL HACER: Responde a preguntas tales como: Hace lo que se ha comprometido a hacer en razn del cargo que ocupa en la institucin escolar y del lugar que le corresponde como miembro de la comunidad educativa? Utiliza estrategias metodolgicas y didcticas propias del rea o nivel en el que se desempea y acordes con las caractersticas y contexto de los estudiantes? Es respetuoso y cooperativo en sus relaciones con los estudiantes, con los colegas, con los padres de familia y los demslimiento de sus

integrantes de la comunidad educativa?

Como la evaluacin de desempeo est diseada para fomentar el aprender y mejoramiento del docente o directivo docente, un componente esencial del proceso de la evaluacin de desempeo es el Plan de Desarrollo Profesional, que se elabora una vez que se han valorado los diferentes aspectos del desempeo y contiene las acciones y compromisos para el cambio, las metas que se van a alcanzar en un tiempo determinado y los acuerdos generados entre el evaluador y el evaluado para consolidar las fortalezas y mejorar los aspectos que requieren un mayor esfuerzo personal y al cual se le hace un seguimiento peridico que permita acompaar el proceso de mejoramiento, hacer los ajustes en caso necesario y facilitar las fuentes de informacin para la evaluacin del desempeo del siguiente perodo.Algunas de las fuentes para evaluar la eficiencia en el desempeo son: Entrevista individual, entrevista en grupo, aplicacin de cuestionarios, aplicacin de evaluaciones o pruebas, opiniones de consultores externos.PROGRAMAS DE PERFECCIONAMIENTO Y ACTUALIZACIN DEL PERSONAL

El Programa de Capacitacin, Perfeccionamiento y Actualizacin en servicio para el personal, tiene como finalidad adecuar la composicin de la planta de personal a los requerimientos y objetivos institucionales, promoviendo la actualizacin del personal de apoyo y tcnico que favorezca la modernizacin de la gestin de los recursos humanos.De esta forma en corto plazo la capacitacin incide en la mejora de la gestin institucional, mejora las cualidades de los trabajadores e incrementa su motivacin, esto, a su vez, conduce a una mayor productividad y a un incremento en la rentabilidad, proporciona conocimientos, desarrolla habilidades y modifica actitudes del personal de todos los niveles para que desempeen mejor su trabajo.Al introducir un programa de capacitacin, principalmente se deben evaluar las necesidades de los empleados y de la organizacin. La capacitacin tiene dos razones de ser: 1) satisfacer necesidades presentes de las empresas con base en conocimientos y actitudes, y 2) prever situaciones que se deban resolver con anticipacin.Los esfuerzos de capacitacin deben dirigirse a disminuir, hasta eliminar los problemas de falta de conocimientos, habilidades o actitudes del personal,que interfieren en el logro de la mxima eficiencia. De ste modo se podrn disminuir las inasistencias y los retardos, los errores, la cantidad y costo de desperdicios, los accidentes y las enfermedades profesionales, los conflictos interpersonales, etc.La capacitacin es una necesidad que da a da se hace imprescindible en los individuos y en las comunidades laborales. Es un esfuerzo que tienen que realizar las empresas y que no se puede suspender puesto que es una Inversin y no un gasto, la cual permitir estar mejor preparados para competir con su medio. Es un proceso continuo en el tiempo que toda empresa debe adoptar para mejorar sus servicios y satisfacer al cliente.Es importante mencionar que el concepto: la capacitacin aumenta la productividad, lo tengan presente los directivos de las empresas ya que stos son los encargados de continuar con el proceso de capacitacin de sus empleados y muchas veces de ellos depende que stos tengan resultados satisfactorios ante el entrenamiento que les fue dado. Sin embargo, el trabajo no termina aqu, despus de que se imparten los cursos de capacitacin, es esencial evaluarlos para as poder detectar fallas, errores o beneficios que se obtuvieron.

CALIDAD TOTAL EN LA EDUCACIN

La educacin tiene como propsito la formacin del ser humano, tanto en su aspecto tcnico como humanstico, formar un individuo capaz de enfrentar con inteligencia los problemas de la vida y darles soluciones efectivas y concretas utilizando o desarrollando la tecnologa ms adecuada a las necesidades, tambin que ese individuo est preparado para entender a sus semejantes y vivir en sociedad, con una conducta basada en los ms nobles principios morales. Para alcanzar estas metas es necesaria y conveniente una educacin de calidad.Para que se logre la calidad en la educacin es necesario que haya coherencia en las ideas, principios y decisiones de los componentes de la educacin.La eficacia, de acuerdo a Garca Hoz (op. cit), se refiere a la necesidad de que todos los componentes cumplan adecuadamente su funcin, de tal forma que el ser humano desarrolle todas sus potencialidades y compense sus limitaciones.La escuela de calidad ha de ser, por tanto, una escuela eficaz, esto es, una institucin escolar que alcanza los fines, las metas y los objetivos que la sociedad espera de ella.

UNA ALTERNATIVA PARA MEJORAR

La calidad total en educacin es un proceso que debe superar las expectativas del alumno, mejorar continuamente, compartir responsabilidades con los empleados y reducir los desechos y la reelaboracin.En educacin, algunos de nuestros clientes internos son nuestros propios empleados, nuestros alumnos y sus padres. Nuestros clientes externos son las universidades y escuelas.La esencia de la metodologa conduce a una participacin activa de todos los actores que estn involucrados en el proceso (alumnos, docentes, directivos, padres, asociaciones, empresa privada, etc.). Esta condicin es indispensable al momento de hablar de calidad total.

PROCESO DE MEJORA EN EL PLANTELa-. Medicin del grado de satisfaccin de los alumnos: Para medir el grado de satisfaccin de los clientes internos se debe aplicar un instrumento de autoevaluacin. Esta destacara las reas dbiles y fuertes de la gestin escolar de acuerdo a la propia opinin de sus beneficiarios. Tambin se aplica una encuesta dirigida exclusivamente a los estudiantes para que opinen sobre el desempeo profesional de sus docentes.b-. Anlisis colectivos de resultados: Luego de aplicar el instrumento se convocar a reuniones para reflexionar sobre los resultados, y a su vez planificar las acciones de mejora que deban realizarse.c-. Implementar planes de accin: Se estructuraran planes de accin destinados a mejorar las reas problemticas inicialmente reseadas por las comisiones. Realizar seguimiento a cada una de las iniciativas escogidas por la comunidad, haciendo nfasis en el proceso de sistematizacin de la informacin.d-. Aplicacin del cuestionario de autoevaluacin institucional: En el mes de julio debe aplicarse nuevamente el cuestionario de autoevaluacin para determinar el grado desatisfaccin de los alumnos y comparar los resultados iniciales obtenidos al comienzo de la intervencin con los registrados luego de los cambios concretos del plantel.Las cuatro fases descritas debern tener participacin activa o pasiva de los grupos que integran la comunidad educativa (alumnos, profesores, representantes, directivos y personal obrero y administrativo).

APLICABILIDAD DE LA FILOSOFA DE CALIDAD TOTAL AL PROCESO DE SUPERVISIN EDUCATIVA

La escuela, como institucin transmisora de los conocimientos validados socialmente, es un escenario rico en interacciones, en intercambios de ideas, valores, expectativas y conocimientos diversos, donde alumnos, maestros, obreros y el Ministerio del Poder Popular para la Educacin ocupan diferentes lugares condicionados por relaciones de saber poder.La supervisin educativa entendida como un proceso de seguimiento y participacin de los actores/clientes involucrados en la labor de la escuela, representa la oportunidad de transformacin positiva de la educacin desde la base misma del sistema.Resumiendo diramos que la supervisin educativa como fuerza de cambio, como aspecto importante de la educacin, debe sustentarse en objetivos muy claros y precisos que sirvan de gua a los funcionarios encargados de realizarla.Los objetivos de gran alcance o generales, orientan la labor total de la supervisin entre los cuales se encuentran el mejoramiento y la eficacia de las instituciones educativas, de los docentes en servicio y de la calidad del proceso de enseanza - aprendizaje.Los objetivos especficos tienen origen en necesidadesconcretas y cambiantes referidas a aspectos particulares de la supervisin, tales como: armonizar las actividades docentes y despertar en stos el inters por los problemas de la comunidad. Tanto los objetivos generales y especficos tienen como propsito favorecer el desarrollo del proceso educativo y lgicamente el progreso de la sociedad.

PROCEDIEMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO PARA LOS ALUMNOS

La LOPNNA es un instrumento legal cuyas siglas significan Ley Orgnica para la Proteccin de Nios, Nias y Adolescentes, en ella estn definidos los Derechos de todos los Nios, Nias y Adolescentes que se encuentren en el territorio Nacional, y una serie de disposiciones para el Funcionamiento del Sistema de Proteccin.Este Sistema de Proteccin, es un conjunto de rganos, Entidades y Servicios que dan Respuesta y Garanta de los Derechos y Deberes de los Nios, Nias y Adolescentes, los cuales se exponen a partir del Artculo 117 de la LOPNNA.

CONSEJO DE DERECHO DEL NIO, NIA Y ADOLESCENTE (CMDNNA): Artculo 134LOPNNA: Los Consejos de Derechos del Nio, Nia y Adolescente son rganos de naturaleza pblica, deliberativa, consultiva y contralora que, con representacin paritaria de entes del sector pblico y de la sociedad se encargan, de acuerdo a su competencia geogrfica, de velar por el cumplimiento de los derechos difusos y colectivos de los nios y adolescentes, consagrados en esta Ley.Las decisiones adoptadas por los Consejos de Derechos son actos administrativos y debern ser divulgados en un medio oficial de publicacin.La condicin de miembro de los Consejos de Derechos acarrea responsabilidadcivil, penal y administrativa, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y en las dems leyes de la Repblica.Existe un Consejo de Derecho del Nio, Nia y Adolescente a nivel nacional, estadal y municipal.

CONSEJO DE PROTECCIN DEL NIO, NIA Y ADOLESCENTE

Artculo 158 LOPNNA: LOS CONSEJOS DE PROTECCIN DEL NIO, NIA Y ADOLESCENTE son los rganos administrativos que, en cada municipio y por mandato de la sociedad, se encargan de asegurar la proteccin, en caso de amenaza o violacin de los derechos y garantas de uno o varios nios o adolescentes, individualmente considerados. Estos consejos son permanentes y tienen autonoma funcional, en los trminos de esta Ley.All se acude a denunciar hechos tales como negativa de una institucin educativa a inscribir a un nio, expulsin de nios o nias de instituciones de educacin, padres que no pagan la manutencin, abandonos por parte de los padres, etc.

Artculo 160LOPNNA: ATRIBUCIONES. Son atribuciones de los Consejos de Proteccin:a) dictar las medidas de proteccin;b) promover la ejecucin de sus decisiones pudiendo para ello requerir servicios pblicos o la inclusin del nio o adolescente y su familia en uno o varios programas;c) interponer las acciones correspondientes ante el rgano judicial competente en caso de incumplimiento de sus decisiones;d) denunciar ante el Ministerio Pblico cuando conozca o reciba denuncias de situaciones que configuren infracciones de carcter administrativo, penal o civil contra nios y adolescentes;e) instar a las partes involucradas a conciliar cuando se ventilen situaciones de carcter disponible y, en caso de que la conciliacin no sea posible, aplicar la medida de proteccin correspondiente;f) autorizar el traslado de nios y adolescentes dentro y fuera del territorio nacional, cuando dicho traslado se realice sin compaa de sus padres, representantes o responsables o cuando haya desacuerdo entre estos ltimos, en cuyo caso decidir el juez;g) autorizar a los adolescentes para trabajar y llevar el registro de adolescentes trabajadores;h) solicitar ante los funcionarios del Registro del Estado Civil o la autoridad de identificacin competente, la extensin o expedicin de partidas de nacimiento, defuncin o documentos de identidad de nios y adolescentes, que as lo requieran;i) solicitar la declaratoria de privacin de la patria potestad;j) solicitar la fijacin de la obligacin alimentaria;k) llevar un registro de control y referencia de los nios, adolescentes o sus familias a quienes se les haya aplicado medidas de proteccin.

Antes de entrar al procedimiento administrativo, se deben tener claros las siguientes definiciones:- DISCIPLINA ESCOLAR: Es la obligacin que tienen los maestros y los alumnos de seguir un cdigo de conducta conocido por lo general como reglamento escolar o normas de convivencia.- PROCEDIMIENTO: Es una serie de labores concatenadas, que constituyen una sucesin cronolgica y el modo de ejecutar un trabajo, encaminados al logro de un fin determinado.- VIOLACIN DE DERECHOS: Es una situacin en la que se menoscaban los derechos reconocidos en el ordenamiento jurdico, y todos aquellos inherentes a la persona humana, aunque no figuren expresamente en la ley.A QUIN ACUDO? Sepodr acudir a dos instancias:1.- A LA JUDICIAL: Cuando se trate de conflictos jurdicos o sociales, Tribunal de Proteccin del Nio, Nia y del Adolescente.2.- A LA VA ADMINISTRATIVA: Cuando se trata de la amenaza o violacin de los derechos individuales de los nios, nias y adolescentes, interviene el Consejo Municipal del Nio, Nia y Adolescente.En caso de amenaza o violacin de los derechos colectivos y difusos, se debe acudir al Consejo Municipal de Derecho del Nio, Nia y Adolescente, que son rganos administrativos que harn posible el ejercicio pleno y efectivo de los derechos difusos y colectivos.Los Consejos de Proteccin, de acuerdo con la LOPNNA, son los rganos que se encargan de asegurar la proteccin de los derechos y garantas de uno o varios nios o adolescentes individualmente considerados, bien sea cuando se vean amenazados o vulnerados.

Artculo 57LOPNNA: LA DISCIPLINA ESCOLAR debe ser administrada de forma acorde con los derechos, garantas y deberes de los nios y adolescentes. En consecuencia:a) debe establecerse claramente en el reglamento disciplinario de la escuela, plantel o instituto de educacin los hechos que son susceptibles de sancin, las sanciones aplicables y el procedimiento para imponerlas;b) todos los nios y adolescentes deben tener acceso y ser informados oportunamente, de los reglamentos disciplinarios correspondientes;c) antes de la imposicin de cualquier sancin debe garantizarse a todos los nios y adolescentes el ejercicio de los derechos a opinar y a la defensa y, despus de haber sido impuesta, se les debe garantizar la posibilidad de impugnarlaante una autoridad superior e imparcial;d) se prohben las sanciones corporales, as como las colectivas;e) se prohben las sanciones por causa de embarazo de una nia o adolescente.El retiro o la expulsin del nio o adolescente de la escuela, plantel o instituto de educacin slo se impondr por las causas expresamente establecidas en la ley, mediante el procedimiento administrativo aplicable. Los nios y adolescentes tienen derecho a ser reinscritos en la escuela, plantel o instituto donde reciben educacin, salvo durante el tiempo que hayan sido sancionados con expulsin.

Artculo 125LOPNNA: LAS MEDIDAS DE PROTECCIN: Son aquellas que impone la autoridad competente cuando se produce en perjuicio de uno o varios nios o adolescentes individualmente considerados, la amenaza o violacin de sus derechos o garantas, con el objeto de preservarlos o restituirlos.La amenaza o violacin a que se refiere este artculo puede provenir de la accin u omisin del Estado, la sociedad, los particulares, los padres, representantes, responsables o de la propia conducta del nio o del adolescente.

Artculo 201LOPNNA: DEFENSORA DEL NIO, NIA Y ADOLESCENTE: Es un servicio de inters pblico organizado y desarrollado por el Municipio o por la sociedad, con el objetivo de promover y defender los derechos de los nios, nias y adolescentes.

PASOS A SEGUIR PARA REALIZAR EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO A LOS ALUMNOS

Para que pueda proceder la apertura de este procedimiento es necesario que la falta grave o leve, administrativa, disciplinaria y/o penal se encuentre establecida en el Reglamento Escolar o enlas Normas de Convivencia de acuerdo a las leyes, incluyendo la sancin que ser aplicada, y que est firmado por los Padres y Representantes de la institucin educativa.

ARMAR EL EXPEDIENTE:Al Gerente Educativo le corresponde armar el expediente del alumno.

CONTENIDO DEL EXPEDIENTE:El expediente debe estar foliado con letras y nmeros, y debe contener: La Denuncia interpuesta. Indicando los datos de la persona que la realizo. El Acta de Inicio de Averiguacin de Alumnos. Se describen los hechos en que presuntamente el denunciado ha incurrido. La Comunicacin al alumno para rendir declaraciones. Informndole de la apertura de la averiguacin administrativa con la respectiva descripcin de los hechos. El Acta de Declaracin del Alumno. Donde se deja constancia de todo cuanto exponga el investigado. Se debe de permitir al alumno el Derecho a Opinar y a ser Odo (Artculo 80 de la LOPNNA). Citacin para denunciantes, testigos o personas que puedan tener conocimiento de los hechos. Para que rinda declaracin en la averiguacin que se le sigue al denunciado. Acta de declaracin de testigos. En esta acta se insertar la relacin que de los hechos haga el testigo, en la misma forma que l exponga, sin alteracin, ni correccin alguna. Acta de Conciliacin o Acta de Compromiso firmada por el alumno y/o los padres o representantes. Las actuaciones practicadas. Se debe levantar acta de cualquier otra diligencia que se realice. Antecedentes del denunciado. Copia del libro de vida, diario de clases, informe sobre rendimiento y conducta. Informe Final de la Averiguacin realizado por eldirector del plantel. En este informe se hace una redaccin sobre toda la averiguacin, indicando detalladamente las fechas de las actuaciones realizadas y actas levantadas y el nmero de folio de cada actuacin y acta. Adems una descripcin de los hechos, falta en la que ha incurrido el alumno y sancin que se le aplica. Comunicacin al alumno y a su representante. En la cual se le notifica por escrito de la decisin tomada y sancin aplicada.

NOTA:Una vez armado el expediente se llevar al rgano correspondiente:Le corresponde al Consejo de Proteccin del Nio, Nia y Adolescente conocer de:

FALTA DISCIPLINARIA:- El alumno no cumple con las normas de la institucin.- Se niega a utilizar el uniforme reglamentario.- Siempre sabotea la clase.

FALTA ADMINISTRATIVA:- Llega constantemente tarde a clases.- Habla en clase.- Se escapa de clase.- Retraso escolar.

FALTA PENAL:- Por venta de drogas (Fiscala o Polica).- Por consumo de Alcohol y/o drogas (Consejo de Proteccin del Nio, Nia y Adolescente).

Una vez recibido el expediente por los rganos correspondientes, estos tomaran medidas de proteccin (artculo 126 LOPNNA) si fuera el caso. El Consejo de Proteccin del Nio, Nia y Adolescente tratara de buscar la solucin ms idnea y rpida posible.

ARTICULOS IMPORTANTES

Artculo 49, La Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela, en su ordinal 1 "El debido proceso se aplicar a todas las actuaciones Judiciales y Administrativas y en consecuencia:1) La defensa y la asistencia jurdica son derechos inviolables en todoestado y grado de la investigacin y del proceso. Toda persona tiene derecho a ser notificada de los cargos por los cuales se le investiga, de acceder a las pruebas y de disponer del tiempo y de los medios adecuados para ejercer su defensa...Numeral 7 " Ninguna persona podr ser sometida a juicio por los mismos hechos en virtud de los cuales hubiese sido juzgado anteriormente".

La Ley Orgnica de Educacin en su artculo 114, indica la forma como debe iniciarse una averiguacin administrativa.

Artculo 57LOPNNA. Disciplina Escolar. La disciplina escolar debe ser administrada de forma acorde con los derechos, garantitas y deberes de los nios y adolescentes. En Consecuencia:

a) Debe establecerse claramente en el reglamento disciplinario de la escuela, plantel o instituto de educacin los hechos que son susceptibles de sancin, las sanciones aplicables y el procedimiento para imponerlas;b) Todos los nios y adolescentes deben tener acceso y ser informados oportunamente, de los reglamentos disciplinarios correspondientes;c) Antes de la imposicin de cualquier sancin debe garantizarse a todos los nios y adolescentes el ejercicio de los derechos a opinar y a la defensa y, despus de haber sido impuesta, se les debe garantizar la posibilidad de impugnarla ante autoridad superior e imparcial;d) Se prohben las sanciones corporales, as como las colectivas;e) Se prohbe las sanciones por causa de embarazo de una nia o adolescente;El retiro o la expulsin del nio o adolescente de la escuela, plantel o instituto de educacin solo se impondr por las causas expresamente establecidas en la Ley, mediante elprocedimiento administrativo aplicable, los nios y adolescentes tienen derecho a ser reinscritos en la escuela, plantel o instituto donde reciben educacin, salvo durante el tiempo que hayan sido sancionados con expulsin.

Artculo 80LOPNNA: Derecho a Opinar y a Ser Odo. Todos los nios y adolescentes tienen derecho a:a) Expresar libremente su opinin en los asuntos en que tengan inters;b) Que sus opiniones sean tomadas en cuenta en funcin de su desarrollo.Este derecho se extiende a todos los mbitos en que se desenvuelven los nios y adolescentes, entre ellos: al mbito estatal, familiar, comunitario, social, escolar, cientfico, cultural, deportivo y recreacional.

Artculo 125LOPNNA. Medidas de Proteccin. Son aquellas que impone la autoridad competente cuando se produce en perjuicio de uno o varios nios o adolescentes individualmente considerados, la amenaza o violacin de sus derechos o garantas, con el objeto de preservarlos o restituirlos.

Decreto N 1.130. El uso del uniforme escolar es obligatorio.

CONCLUSIN

Los programas de induccin deben ir desde las introducciones informales y breves, hasta los programas formales y largos.La capacitacin es un esfuerzo que tienen que realizar las organizaciones y que no se puede suspender puesto que es una inversin y no un gasto, la cual permitir estar mejor preparados para competir con el medio.Las actividades del desarrollo preparan a un empleado para ejercer sus responsabilidades en el futuro independientemente de las actuales.Para cualquier persona con responsabilidades de dirigir grupos de individuos dentro de una empresa, eltalento en materia tcnica y de supervisin es indispensable para lograr un mejor desempeo de una organizacin. Realmente los individuos esperan mucho de sus supervisores, los supervisores tambin esperan mucho de los componentes de su grupo.El supervisor debe tener capacidad para satisfacer las necesidades emocionales, sentimentales y materiales de aquellos que lo necesiten, con cualidades esenciales en todo liderato.Cuando un individuo se le llama para desarrollar actividades de supervisin, ese solo talento no es suficiente para asegurar el xito como supervisor. Este tambin debe poseer habilidad para fijar y lograr objetivos, establecer prioridades y planes de accin, tomar decisiones, organizar las tareas, motivar a sus colaboradores, controlar el curso de las acciones y retroalimentar a su personal. En otras palabras, debe saber manejar los recursos con que se dispone para lograr los objetivos y metas establecidas.Si los educadores quieren que sus escuelas sean calificadas de eficaces o de calidad educativa, deben definir con ms precisin cules son sus objetivos, contar con la aprobacin (al menos de los representantes) necesaria para llevar a cabo esos objetivos, dirigir la enseanza para su consecucin y utilizar regularmente indicadores o sistemas de medida que demuestren claramente si se estn haciendo progresos para cumplir con los mencionados objetivos.

ANEXOS

-----------------------REPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIN SUPERIORUNIVERSIDAD SANTA MARAESPECIALIZACIN EN GERENCIA EDUCATIVAMATERIA: LEGISLACION Y SUPERVISION EDUCATIVAEl supervisor en el desarrollo del personal calidad total en la educacin y procediemiento administrativo disciplinario