el servicio de rentas internas autoriza tres tipos de documentos

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 UNIVERSIDAD CATOLICA DE SANTIAGO DE GUAYAQUIL FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS  ADMINISTRA TIVAS FACULTAD: INGENIERIA COMERCIAL PLANIFICACION TRIBUTARIA PARALELO “A” INTEGRANTES:  ANDREA CARA BAJO SANDY MEDINA GUISELLA SANTOS TITO  AÑO LECTIV O 2015 - 201

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UNIVERSIDAD CATOLICA DE SANTIAGO DE GUAYAQUIL

FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS ADMINISTRATIVAS

FACULTAD: INGENIERIA COMERCIALPLANIFICACION TRIBUTARIAPARALELO A

INTEGRANTES:ANDREA CARABAJO SANDY MEDINA GUISELLA SANTOS TITO

AO LECTIVO 2015 - 2016

El Servicio de Rentas Internas Autoriza tres tipos de documentos.

Los comprobantes de venta, comprobantes de retencin y documentos complementarios debern contener al menos la siguiente informacin de forma pre impreso.Son documentos autorizados previamente por el SRI, que respaldan las transacciones efectuadas por los contribuyentes en la transferencia de bienes o por la prestacin de servicios o la realizacin de otras transacciones gravadas con tributos, a excepcin de los documentos emitidos por las instituciones del Estado que prestan servicios administrativos y en los casos de los trabajadores en relacin de dependencia.Los comprobantes de venta podrn ser llenados en forma manual, mecnica o a travs de sistemas computarizados. Las facturas en original y copia deben ser llenadas en forma simultnea mediante el uso de papel carbn, carbonado; en cualquier caso las copias debern ser idnticas al original, caso contrario no sern vlidas.La falta de emisin o entrega de documentos autorizados, la emisin incompleta o falsa de stos, constituyen casos de defraudacin que sern sancionados de conformidad con el Cdigo Tributario.La emisin de comprobantes de venta, comprobantes de retencin y documentos complementarios se encuentra condicionada a un tiempo de vigencia dependiendo del comportamiento tributario del contribuyente. Recuerde que usted debe mantener en archivo los comprobantes de venta, retencin y documentos complementarios durante 7 aos.PLAZOS DE AUTORIZACIN PARA COMPROBANTES DE VENTA

1 aoCuando est al da en sus obligaciones tributarias.

3 mesesCuando tiene pendiente alguna obligacin tributaria. Este permiso se otorga una sola vez, hasta que el contribuyente regularice su situacin.

Sin autorizacinCuando ya se le otorg la autorizacin por 3 meses y no ha cumplido con sus obligaciones tributarias pendientes; o no se le ubica en el domicilio declarado; o su RUC se encuentra cancelado.

Si el nmero secuencial en los documentos autorizados por el SRI no completan los 9 dgitos, los ceros a la izquierda pueden encontrarse omitidos de manera parcial o total sin que esto invalide los mismos, conforme lo dispone el numeral 5 del Art. 18 del Reglamento de Comprobantes de Venta, Retencin y Documentos Complementarios.

a) Comprobantes de Venta.Se los debe entregar cuando se transfieren bienes, se prestan servicios o se realizan transacciones gravadas con tributos. Los tipos de comprobantes de venta son:

Facturas

Destinadas a sociedades o personas naturales que tengan derecho a crdito tributario y en operaciones de exportacin.

Notas de venta RISESon emitidas exclusivamente por contribuyentes inscritos en el Rgimen Simplificado.

Liquidaciones de compra de bienes y prestacin de servicios

Las emiten sociedades personas naturales y sucesiones indivisas en servicios o adquisiciones de acuerdo a las condiciones previstas en el Reglamento de Comprobantes de Venta, Retencin y Documentos Complementarios vigente.

Tiquetes emitidos por mquinas registradoras y boletos o entradas a espectculos pblicos

Se emiten en transacciones con usuarios finales, no identifican al comprador, nicamente en la emisin de tiquete si se requiere sustentar el gasto deber exigir una factura o nota de venta - RISE.

Otros documentos autorizados.Emitidos por Instituciones Financieras, Documentos de importacin y exportacin, tickets areos, Instituciones del Estado en la prestacin de servicios administrativos: sustenta costos y gastos y crdito tributario siempre que cumpla con las disposiciones vigentes.

b) Comprobantes de Retencin.Comprobantes que acreditan la retencin del impuesto, lo efectan las personas o empresas que actan como agentes de retencin.

c) Documentos Complementarios.Son documentos complementarios a los comprobantes de venta cuya finalidad es la siguiente:

Notas de crdito

Se emiten para anular operaciones, aceptar devoluciones y conceder descuentos o bonificaciones.

Notas de dbitoSe emiten para cobrar intereses de mora y para recuperar costos y gastos, incurridos por el vendedor con posterioridad a la emisin del comprobante.

Guas de remisinSustenta el traslado de mercaderas dentro del territorio nacional.

DOCUMENTOS NO AUTORIZADOS POR EL SRI.Si cualquiera de los documentos referidos en el presente artculo, no cumplen con los requisitos sealados en el presente reglamento, el emisor est en la obligacin de emitir el correspondiente comprobante de venta.