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EL ORDENAMIENTO DEL SUELO COSTERO EN VENEZUELA Por: MSC. JOSÉ ALBERTO REYES GARCÍA* RESUMEN En los últimos años se ha despertado un interés creciente por el estudio del Suelo costero, así como de los principales problemas ambientales que se derivan producto de la acción humana que incide sobre nuestro sistema costero venezolano debido al desarrollo de diversas actividades de la gestión y gobernabilidad costera. Rangel (2015) hace mención a que las zonas costeras son un espacio con diversificación de recursos, atractivo para el arraigo de poblaciones, lo que ha causado la perdida y degradación acelerada y permanente de los ecosistemas y sus servicios. Esta circunstancia ha implicado desafíos por parte de científicos y gobernantes en el mundo, planteándose la necesidad de reorientar la gestión pública, con el fin de abordar los problemas económicos , sociales, y ambientales de forma integrada. Venezuela no escapa de esta realidad, los cambios en la gestión pública y específicamente los referidos a las zonas costeras, tienen su base en la Constitución de 1999 que planteó un modelo independiente de desarrollo. Este trabajo de investigación se centra en el análisis de la ley y el plan de la ordenación y gestión de las zonas costeras, tomando en cuenta el Decálogo de la Gestión Integrada de Áreas Litorales para comprender la orientación del modelo Socialista de gestión y comprobar si conducen a una gestión humanista y de desarrollo sustentable para futuras generaciones. Palabras Claves : Gestión Costera, Ocupación de Playa, Concesiones en Zona Costera, Venezuela. ______________________ *JOSÉ ALBERTO REYES GARCÍA Msc. En Transporte Marítimo. Universidad Nacional Experimental Marítima del Caribe con Mención de Excelencia. Venezuela Especialista en Derecho Marítimo Internacional. Universidad Pontificia ICAI - ICADE Comillas Madrid. España - Instituto Marítimo Español Lic. En Estudios Internacionales y Abogado. Universidad Central De Venezuela Locutor. Universidad Central De Venezuela Productor Nacional Independiente. Ministerio del Poder Popular Para las Comunicaciones. Venezuela Programa Técnico – IMDG Transporte de Mercancías Peligrosas. Escuela de Negocios de las Islas Canarias. España. Diploma en Política Exterior. Instituto de Altos Estudios Diplomáticos Pedro Gual, Cancilleria Venezolana. Diplomado en Comercio Exterior y Transporte Marítimo. Universidad Central de Venezuela Diplomado en Planificación y Finanzas Públicas. Escuela Venezolana de Planificación y Escuela Nacional de Administración y Hacienda Pública. Ministerios de Finanza y Planificación. Venezuela Miembro Titular del Instituto Iberoamericano de Derecho Marítimo ABSTRACT In recent years there has been a growing interest in the Study of the Coastal Soil, as well as the main problems environmental impacts that derive from the human action that affects our Venezuelan coastal system due to the development of various activities of coastal management and governance. Rangel (2015) mentions that the coastal zones are a space with diversification of resources, attractive for the population, which has caused the loss and accelerated degradation and of the ecosystems and their services. This circumstance has involved challenges for part of scientists and governments in the world, considering the need to reorient public management, in order to address economic problems, social, and environmental in an integrated manner. Venezuela does not escape from this reality, the changes in public management and specifically those related to coastal areas, have their basis in the 1999 Constitution that proposed an independent development model. This research work focuses on the analysis of the law and the plan for the management and management of coastal zones, taking into account the Decalogue of the Integrated Management of Areas Coastal to understand the orientation of the Socialist management model

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EL ORDENAMIENTO DEL SUELO COSTERO EN VENEZUELA

Por: MSC. JOSÉ ALBERTO REYES GARCÍA*

RESUMENEn los últimos años se ha despertado un interés creciente por el estudio del Suelo costero, así como

de los principales problemas ambientales que se derivan producto de la acción humana que incide sobrenuestro sistema costero venezolano debido al desarrollo de diversas actividades de la gestión ygobernabilidad costera. Rangel (2015) hace mención a que las zonas costeras son un espacio condiversificación de recursos, atractivo para el arraigo de poblaciones, lo que ha causado la perdida ydegradación acelerada y permanente de los ecosistemas y sus servicios. Esta circunstancia ha implicadodesafíos por parte de científicos y gobernantes en el mundo, planteándose la necesidad de reorientar lagestión pública, con el fin de abordar los problemas económicos , sociales, y ambientales de formaintegrada. Venezuela no escapa de esta realidad, los cambios en la gestión pública y específicamente losreferidos a las zonas costeras, tienen su base en la Constitución de 1999 que planteó un modeloindependiente de desarrollo. Este trabajo de investigación se centra en el análisis de la ley y el plan de laordenación y gestión de las zonas costeras, tomando en cuenta el Decálogo de la Gestión Integrada deÁreas Litorales para comprender la orientación del modelo Socialista de gestión y comprobar si conducena una gestión humanista y de desarrollo sustentable para futuras generaciones. Palabras Claves : Gestión Costera, Ocupación de Playa, Concesiones en Zona Costera, Venezuela.______________________*JOSÉ ALBERTO REYES GARCÍAMsc. En Transporte Marítimo. Universidad Nacional Experimental Marítima del Caribe con Mención de Excelencia.VenezuelaEspecialista en Derecho Marítimo Internacional. Universidad Pontificia ICAI - ICADE Comillas Madrid. España -Instituto Marítimo EspañolLic. En Estudios Internacionales y Abogado. Universidad Central De VenezuelaLocutor. Universidad Central De Venezuela Productor Nacional Independiente. Ministerio del Poder Popular Para las Comunicaciones. VenezuelaPrograma Técnico – IMDG Transporte de Mercancías Peligrosas. Escuela de Negocios de las Islas Canarias.España.Diploma en Política Exterior. Instituto de Altos Estudios Diplomáticos Pedro Gual, Cancilleria Venezolana.Diplomado en Comercio Exterior y Transporte Marítimo. Universidad Central de VenezuelaDiplomado en Planificación y Finanzas Públicas. Escuela Venezolana de Planificación y Escuela Nacional deAdministración y Hacienda Pública. Ministerios de Finanza y Planificación. VenezuelaMiembro Titular del Instituto Iberoamericano de Derecho Marítimo

ABSTRACT

In recent years there has been a growing interest in the Study of the Coastal Soil, as well as the mainproblems environmental impacts that derive from the human action that affects our Venezuelan coastalsystem due to the development of various activities of coastal management and governance. Rangel(2015) mentions that the coastal zones are a space with diversification of resources, attractive for thepopulation, which has caused the loss and accelerated degradation and of the ecosystems and theirservices. This circumstance has involved challenges for part of scientists and governments in the world,considering the need to reorient public management, in order to address economic problems, social, andenvironmental in an integrated manner. Venezuela does not escape from this reality, the changes in publicmanagement and specifically those related to coastal areas, have their basis in the 1999 Constitution thatproposed an independent development model. This research work focuses on the analysis of the law andthe plan for the management and management of coastal zones, taking into account the Decalogue of theIntegrated Management of Areas Coastal to understand the orientation of the Socialist management model

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and check whether lead to humanistic management and sustainable development for future generations. Key Words: Coastal Management, Beach Occupation, Concessions in the Coastal Zone, Venezuela.

INTRODUCCIÓN

En los últimos años se ha incrementado una tendencia hacia el uso racional de las Concesiones de ZonasCosteras en cuanto al aprovechamiento de sus sistemas físico-naturales y socioculturales presentes en losSuelos Costero. Esto obedece no sólo a la toma de conciencia progresiva a nivel individual y colectivosobre la diversidad económica y riqueza natural presente en las Zonas Costeras, sino también de loscrecientes problemas socio-ambientales generados por el impacto ambiental producido por las actividadeshumanas realizadas en estas áreas. Estas dificultades ambientales se evidencian entre otras cosas por lapérdida progresiva de las costas, la desaparición de especies animales y vegetales, la disminución de lacalidad del agua, la sobre explotación producto de las actividades turísticas e industriales y lamodificación de las afabilidades escénicas, entre otras. La posición descrita ha trascendido el ámbitolocal, regional y continental, convirtiéndose en un problema de dimensiones mundiales que requiere labúsqueda, diseño e implementación de acciones concretas donde participen no sólo las organizacionesgubernamentales sino también la comunidad organizada para aportar opciones de solución que permitanel tratamiento técnico, jurídico y administrativo de dicha problemática y la incorporación del elementosociocultural a partir de la participación comunitaria. Las políticas públicas constituyen una de las piedrasangulares que pueden orientar hacia la sostenibilidad. Representan posibilidades de actuación y relaciónde fuerzas entre Estado - Sociedad y Mercado (Barragán, 2014). Incluso bien orientadas, y apoyadas enuna administración pública y en la participación social, facilitarían el consenso necesario para elequilibrio entre lo social, lo económico y lo ambiental. Consenso que se ha buscado desde 1987 en elinforme "Nuestro Futuro Común" de la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y Desarrollo, queseñaló que el problema de administrar el ambiente recaía en la forma sectorial en que se había concebido,planteándose la necesidad de reorientar la gestión pública (Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente yel Desarrollo CMMAD - ONU, 1987).Los objetivos básicos se encuentran orientados a examinar los criterios utilizados para el establecimientodel concepto de zona costera a través del ordenamiento del suelo costero para el caso de Venezuela; asícomo, los principales problemas ambientales existentes, desde una perspectiva integradora y laimportancia de considerar la Educación Ambiental, como marco de referencia para proponer opciones desolución factibles a los problemas ambientales existentes en las zonas costeras del país. La tarea deimpulsar los cambios en la gestión pública corresponde principalmente a los gobiernos, quienes son losencargados de diseñar, gestionar y evaluar las políticas públicas (Comisión Económica para AméricaLatina CEPAL, 2011). Siendo éstas sustentadas en legislaturas y administraciones públicas competentes,bajo un enfoque integrado y multidisciplinario. Algunos gobiernos en el mundo han emprendido unaprofunda reforma de las estructuras institucionales oficiales y se han adoptado nuevas modalidades dediálogo para lograr una mejor integración entre los actores relacionados con el medio ambiente y eldesarrollo (Comisión sobre el Desarrollo Sostenible CDS – ONU, 1992).Windevoxhel, Rodríguez y Lahmann (2003), señalan que en la generalidad de los casos las zonas costerasde Centroamérica y el Caribe, incluyendo a Venezuela, se caracterizan por la gran cantidad de actividadeshumanas que en ella se realizan, así como por su elevada capacidad productiva y diversidad biológica, lacual se encuentra relacionada de manera directa con las características específicas de los ecosistemas quelo componen. Como puede notarse, las zonas costeras y ribereñas con la que cuenta en una elevadaextensión Venezuela, son de vital importancia para su desarrollo integral ya que constituyen además degrandes reservas de recursos naturales, elementos de carácter económico que deben ser manejados demanera coherente a partir del establecimiento de mecanismos políticos, jurídicos, económicos, sociales,educativos y administrativos que favorezcan su uso racional y conservación para el disfrute y beneficio delas futuras generaciones.La necesidad de esta reorientación se debe al continuo empeoramiento de los ecosistemas y sus servicios,de los que depende el bienestar humano, tal y como lo indica el Programa 21 aprobado en la Cumbre de la

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Tierra de Río de Janeiro en 1992. La preocupación por parte de expertos, es que a medida que se han idoacelerando las presiones de los seres humanos en el sistema Tierra, se ha acercado a varios umbralescríticos con importantes consecuencias negativas para el bienestar humano (Programa de las NacionesUnidas para el Medio Ambiente PNUMA, 2012).Ante este escenario y sumado a la necesidad de reorientar la gestión pública, se incorpora también elEnfoque Ecosistémico, que permite dar seguimiento a los cambios, abordando la complejidad de lossistemas biofísicos de la tierra. Este enfoque, que se plantea como una forma de gestión o manejoecosistémico, se basa en el entendimiento de la interdependencia entre los sistemas naturales y lossistemas sociales, y requiere de una gestión adaptable dada la complejidad y dinámica de los ecosistemas(Andrade A., Arguedas S., Vides R., 2011). Este enfoque se encuentra sustentado en el pensamientosistémico en la década de los 60 y que se toma en cuenta en el marco político global, desde la Conferenciade las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD), Declaración de Rio sobreel Medio Ambiente y el Desarrollo en 1992, y que se ha incorporado en el Programa 21, en el manejointegrado de cuencas hidrográficas y zonas costeras(Comisión sobre el Desarrollo Sostenible CDS -ONU, 1992). Implementándose en varios países, y que ha calado en la base conceptual y metodológicapara promover el desarrollo sostenible (Andrade A., Arguedas S., Vides R., 2011).En concordancia con lo antes citado, el reto es que la visión política, tal y como la describe Rojas (2003),debe concebirse en términos de sistemas complejos, capaces de tener en cuenta las interacciones múltiplesy dinámicas a distintas escalas desde lo local a lo global, con mecanismos de coordinación yconcentración que operen de forma transcendental y que a su vez se adapten a un proceso continuo quepermita ir mejorando cada vez más la gestión costera en cuanto a gobernabilidad y gerencia de los bienesde uso publico costero. Para este fin, son piezas claves la formulación de políticas y el establecimiento deun marco general que delimite las reglas del juego, y que a luz de esta investigación su análisis se abordapara el manejo de zonas costeras.La importancia de esta investigación se relaciona con los aportes del presente estudio al conocimiento dela visión físico-natural, socio- ambiental y educativa de las zonas costeras venezolanas y de losprincipales problemas e impactos generados por las actividades humanas que en éstas áreas se realizan. Elobjeto de estudio de esta investigación es el análisis de la normativa nacional de ordenación y gestión delas zonas costeras de la Republica Bolivariana de Venezuela, con base en los elementos que constituyenel logro de la sostenibilidad como, el enfoque ecosistémico, la visión integrada y la adaptabilidad en lagestión. La metodología para el análisis es el Decálogo de la Gestión Integrada de Áreas Litorales(Barragán, 2014), cuyo autor sostiene que "los grupos sociales, su comportamiento y organización seerigen en protagonistas de la GIAL." Asimismo, que "no conviene utilizar una lógica que tenga alecosistema costero marino como centro absoluto de un razonamiento, legal, técnico y científico. Muy alcontrario, es aconsejable otro de tipo social y político que debería ajustarse, en lo posible, a los procesosnaturales que se observan en esos mismos ecosistemas.". Los diez elementos que componen el decálogoestán conectados entre sí e incluso son interdependientes, y construyen una plataforma de análisis para elestudio de un modelo institucional de administración de áreas litorales, que se aplicará para estainvestigación. El interés por el análisis de la normativa, se debe a que es de data reciente para el país,además que forma parte de un grupo de nuevas normas y de una reestructuración de la administraciónpública venezolana, que se han emprendido desde la nueva Constitución de 1999. Constitución que hasido pionera en Latinoamérica al establecer los derechos ambientales, reconociendo el derecho de losciudadanos a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Derechos que se han reflejado enlos tres Planes de la Nación posteriores a la constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela de1999.DEFINICIONES CLAVES: El Proyecto de Decreto del Plan de Ordenación y Gestión Integrada de lasZonas Costeras (POGIZC) de Venezuela reconoce la necesidad de clarificar ocho conceptos, algunos deellos conocidos mediante documentos técnicos y legales, a continuación se definen:Costa: Término general e indefinido que designa la tierra que bordea la orilla del mar.Dominio Público: Conjunto de espacios, bienes y derechos de titularidad pública, destinados al usopúblico o a un servicio público, según lo señala el Artículo 9° del Decreto con Fuerza de Ley de ZonasCosteras y demás normas de la República.Gestión Integrada de las Zonas Costeras: Proceso dinámico de administración por el cual mediante el

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desarrollo e implementación de una estrategia de coordinación interinstitucional y participaciónciudadana, se procura la debida utilización sustentable de los recursos naturales en armonía con losrecursos socio - culturales presentes en las zonas costeras.Humedales: Extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean éstasde régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres osaladas, incluidas las extensiones de agua marina cuya profundidad en marea baja no exceda de seismetros (6 m).Localidad Costera: Unidad de gestión territorial con características funcionales derivadas del ámbitocostero, amparada en la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno y su Reglamento.Unidad Costera: Expresión espacial de la zonificación o sectorización del territorio que conforma laszonas costeras, en atención a sus condiciones socioeconómicas, ambientales, históricas y culturales, y enlas cuales se correlacionen las características actuales y potenciales del territorio, con el fin de establecerlas propuestas de ordenación en este espacio, asimismo, se consideran como unidades de gestiónterritorial amparadas en la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno y su Reglamento.Unidad de Ordenación: Término genérico empleado para señalar las acciones de asignación de usos,funciones, potenciales, valores u objetivos a diferentes partes o compartimentos de la superficie de latierra en el marco de la planificación territorial o espacial.Zona Costera: Conforme a lo señalado en el Artículo 2° del Decreto con Fuerza de Ley de las ZonasCosteras, se entiende como la unidad geográfica de ancho variable, conformada por una franja terrestre, elespacio acuático adyacente y sus recursos, en la cual se interrelacionan los diversos ecosistemas, procesosy usos presentes en el espacio continental e insular. Tratados y Convenciones Internacionales con Mayor Impacto En La Temática del Manejo deEspacios Costeros y Acuáticos de la República Bolivariana de Venezuela: A) Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho al Mar Ginebra (1958, 1960, 1982) (DerechoInternacional) Derechos y obligaciones de los Estados. Base Internacional sobre la protección y eldesarrollo sostenible del medio marino y costero y sus recursos: Establece un orden jurídico para losmares y océanos para facilitar la comunicación internacional y promover los usos con fines pacíficos delos mares y océanos, la utilización equitativa y eficiente de sus recursos, el estudio, la protección y lapreservación del medio marino y la conservación de sus recursos vivos. Venezuela reservó los artículos12 y 24, párrafos 2 y 3, sobre mar territorial y zona contigua y del artículo 6 sobre plataforma continental.En Montego Bay, Jamaica 1982 reservo los artículos 15, 74 y 83 y el párrafo 3 del artículo 121, una seriede artículos (del 279 al 285) referente a las formas de resolver las controversias y en los cuales se le dabapreferencias a la intervención de terceros, así como ,a los problemas de interpretación a que da lugar elartículo 298 del mismo proyecto de la Convención. (Peña, J. 2006) .B) Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional como Hábitat de AvesAcuáticas (Convención RAMSAR 1971, Protocolo Modif. París 198): Detener la ocupación ydesaparición progresiva de las marismas debido al valor económico, cultural, científico y de recreo.C) Convenio para la Protección y Desarrollo del Medio Marino en la Región del Gran CaribeCartagena de Indias, Colombia (1983): Proteger y ordenar el medio marino y las zonas costeras de laRegión del Gran Caribe.D) Protocolo relativo a la Cooperación para Combatir los Derrames de Hidrocarburos en la Región delGran Caribe Cartagena de Indias, Colombia (1983): Promover la cooperación regional para la adopciónde medidas, tanto preventivas como correctivas que sean necesarias para proteger el medio marino ycostero de la Región del Gran Caribe de los incidentes de derrames de hidrocarburos.E) Protocolo relativo a las Áreas Flora y Fauna Silvestres Especialmente Protegidas (SPAW)Kingston , Jamaica (1990) : Proteger y preservar en la zona de aplicación del Convenio para laProtección y Desarrollo del Medio Marino en la Región del Gran Caribe, los ecosistemas raros o

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vulnerables, así como el hábitat de las especies amenazadas o en peligro de extinción.F) Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático en Río de Janeiro Brasil(1992 ): Lograr la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera aun nivel que impida la interferencia antropogénica peligrosa con el clima. Posibles efectos adversos delascenso del nivel del mar sobre las islas y las zonas costeras. Articulo 4 Compromisos, adaptación a losimpacto del cambio climático; desarrollar y elaborar planes apropiados e integrados para la ordenación delas zonas costeras. G) Convenio sobre la Diversidad Biológica Río de Janeiro, Brasil (1992 y 1995) : Conservación ypreservación de la Diversidad Biológica desde el nivel genético hasta el ecosistémico, la utilizaciónsustentable de sus componentes y la participación justa y equitativa de los beneficios que se deriven de lautilización de los recursos genéticos. Programa 6.3 Diversidad biológica costera y marina: aspectoscientíficos, técnicos y tecnológicos de la conservación y uso sostenible de la diversidad biológica costeray marina.H) Informe Bruntland (1987), Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y Desarrollo de lasNaciones Unidas, Cumbre para la Tierra Río de Janeiro, Brasil (1992), Comisión sobre elDesarrollo Sostenible de las Naciones Unidas Declaración de Río sobre el Medio Ambiente yDesarrollo Programa 21: Sección I. Dimensiones sociales y económicas. 8. Integración del medioambiente y el desarrollo de la adopción de decisiones. Capitulo 17. Protección de los océanos y de losmares de todo tipo, incluidos los mares cerrados y semicerrados, y de las zonas costeras, y protección,utilización racional y desarrollo de sus recursos vivos. Nuevos enfoques de ordenación y desarrollo delmedio marino y las zonas costeras: Los planos nacional, subregional, regional y mundial, deben serintegrados en su contenido y estar orientados hacia la previsión y la prevención. Programas definidos: a)Ordenación integrada y desarrollo sostenible de las zonas costeras y las zonas marinas, entre ellas laszonas económicas exclusivas; b) Protección del medio marino ; c) Aprovechamiento sostenible yconservación de los recursos marinos vivos sujetos a la jurisdicción nacional; d) Solución de lasprincipales incertidumbres que se plantean respecto de la ordenación del medio marino y el cambioclimático; e) Fortalecimiento de la cooperación internacional y de la cooperación y la coordinaciónregionales; f) Desarrollo sostenible de las islas pequeñas.I) Conferencia “Protección del Ambiente Marino de las actividades terrestres” Washington, D.C(1995) Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) : Programa de AcciónMundial: Orientación conceptual y práctica a la que puedan recurrir las autoridades nacionales yregionales al elaborar y aplicar medidas duraderas para prevenir, reducir, controlar y eliminar ladegradación del medio marino derivada de actividades realizadas en tierra. Colaboración entre gobiernosy las organizaciones e instituciones con responsabilidades y competencias respecto de las zonas marinas ycosteras a todos los niveles: nacional, regional y mundial. Entre ellas cabe destacar el fomento demecanismos financieros innovadores que permitan generar los recursos que hacen falta.J) Conferencia Mundial de Costas, Holanda (1993) Panel Intergubernamental del CambioClimático (IPCC): La importancia de impulsar un Manejo Integrado De Zonas Costeras y sus recursosnaturales asociados, descritos explícitamente en el capítulo 17 de la Agenda 21, conllevó a que seconvocara una reunión internacional en la cual se reconoció que "el MIZC es la estrategia identificadacomo la más apropiada para tratar la problemática costera a largo plazo."K) Convenio Integral de Cooperación Venezuela - Cuba (Asistencia Técnica y Capacitación) (2004-2009), Proyecto de “Asistencia técnica para la formulación de los Planes de Ordenación y GestiónIntegrada de Zonas Costeras en la República Bolivariana de Venezuela”: Aplicación teórico-prácticay de capacitación realizada en los estados costeros de la República Bolivariana de Venezuela enOrdenamiento Ambiental y Gestión Integrada de las Zonas Costeras.

Marco Regulador de Zonas Costeras en Venezuela

En relación a las normativas específicas de zonas costeras, Venezuela contaba con dos Leyes, previas al

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Decreto con Fuerza de Ley de Zonas Costeras (DCFLZC) de 2001, la primera de ella era el Decreto No623 de la Zona Protectora al Espacio Territorial, próxima a la costa y paralela al mar (1990): La ZonaProtectora al Espacio Territorial, próxima a la costa y paralela al mar tendría un ancho de 80 mt, medidosen proyección horizontal a partir de la línea de la marea más alta, la norma previa la elaboración de unplan de ordenación territorial y un reglamento especial de uso para esta zona por parte del Ministerio delAmbiente y los Recursos Naturales Renovables, donde se indicarían los lineamientos, directrices ypolíticas para su administración. Asimismo, establecía que se respetarían los usos y actividadesautorizados con anterioridad, aunque debían adecuarse en la medida de lo posible a las permisiones de losplanes de ordenación del territorio y los reglamentos de uso. Esta figura de Zona Protectora es una de lasÁreas Bajo Régimen de Administración Especial (ABRAE) de Venezuela y que se orientan a laprotección ambiental.La segunda fue la Ley de Conservación y Saneamiento de Playas (2000) : el objetivo de esta Ley era elde establecer los principios, disposiciones y mecanismos para la conservación, saneamiento ambiental yuso sustentable de las playas y áreas adyacentes. Se refería a playas lacustres y las áreas adyacentesincorporaban la Zona Protectora de 80 mt. de la Ley de 1990, las franjas, servidumbre o afectaciones quedeterminaran las legislaciones nacionales y las áreas marino costeras capaces de incidir en las playas.Declaraba de utilidad pública la conservación, saneamiento, uso y ordenación sustentable de las playas yáreas adyacentes. Asimismo, a la playas como de dominio público, de acceso libre y gratuito. Establecía,el derecho de las personas a disfrutar de playas y zonas costeras limpias, libres de contaminación, asícomo de su belleza y valor escénico y de las obligaciones en la conservación y saneamiento. Debíaelaborarse un Plan Nacional de Conservación y Saneamiento de Playas y Áreas Adyacentes con consultapública previa. Creó una Oficina Técnica Nacional de Playas y Costas. Establecía incentivos económicosy sanciones en función de los usos y la coordinación entre la Guardería Ambiental y los demás entesinvolucrados, así como también lo establecía como política nacional la Conservación y Saneamiento dePlayas .Ambas leyes se orientaban a la temática ambiental con regulaciones de uso a través de la ordenación delespacio. La del año 2000 se diferenciaba por la incorporación de la utilidad pública de la conservación,saneamiento, uso y ordenación sustentable, así como, del dominio público de las playas y la consultapública previa. Sin embargo, en estas aun no se reflejaba la visión integrada de la ordenación y gestión ysolo se referirían a una franja terrestre, acotando que las mismas reflejaban en cierta medida loestablecido en los Convenios Internacionales suscritos en esta materia.Estas normativas fueron derogadas por el Decreto Con Fuerza de Ley de Zonas Costeras (Gaceta Oficial37.349), de fecha 19 de diciembre de 2001, el cual se desprende de la nueva Constitución de la RepúblicaBolivariana de Venezuela de 1999. Las normativas sustentan el modelo regulador de las actividadeshumanas en las zonas costeras. El conocimiento de éstas, tanto de las específicas como de aquellas quepuedan afectar el espacio y los ecosistemas o que incidan a nivel administrativo, son imprescindibles parael logro de una gestión integrada (Barragán, 2014). En Venezuela, la Constitución de 1999 es la principalnorma de donde se desprende el sistema jurídico venezolano. La normativa específica de las zonascosteras es el Decreto con Fuerza de Ley de Zonas Costeras (2001), que forma parte de un grupo denormas relacionadas con el espacio acuático. Asimismo, forma parte de un grupo de normas sectoriales,procedimentales, territoriales, etc, que sustentan el modelo de desarrollo planteado en la Constitución.

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Ordenamiento jurídico-Orden Jerárquico de la República Bolivariana de Venezuela

• Derecho Internacional: Pactos, Tratados y Convenciones• Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999) , Tratados Internacionales de

Derechos Humanos (Tienen Rango Constitucional, Art. 23 de la CRBV)• Leyes Orgánicas: se dictan para organizar los poderes públicos o para desarrollar los derechos

constitucionales y que sirvan de marco normativo a otras leyes.” (Art. 203 de la CRBV)• Leyes Especiales: El Art. 14 del Código Civil establece que “Las disposiciones contenidas en los

códigos y leyes nacionales especiales se aplicarán con preferencia a las de este Código en lasmaterias que constituyan su especialidad", lo que supone la consagración del principio de laprimacía de la ley especial sobre la ordinaria.

• Leyes Ordinarias: Todos aquellos actos sancionados por la Asamblea Nacional como cuerpolegislativo, que no ameritan una jerarquía que las acerque a la constitución. (Art. 202 de laCRBV).

• Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley: El Presidente de la República, en consejo deMinistros puede, previa ley formal habilitante, dictar DCRVyFL., su materia es la misma que laley orgánica (Art. 203 y 236 No 8 de la CRBV).

• Reglamentos: Actos administrativos de efectos generales emanados por el órgano representativode la rama ejecutiva de cualquiera de los Poderes Públicos (Nacional, Estadal, Municipal) enejercicio de su competencia y cuya finalidad es de desarrollar los contenidos expresos en la ley sinalterar el espíritu, propósito y razón del legislador. El Presidente de la República tiene atribucionesde “Reglamentar total o parcialmente las leyes, sin alterar su espíritu, propósito y razón (Art.236Numeral 10 de la CRBV).

• Leyes Estadales: Cada Estado por un Consejo Legislativo tendrá las atribuciones de legislarsobre las materias de la competencia estadal (Art. 162 Numeral 1 de la CRBV) .

• Ordenanzas Municipales: Son los actos sancionados por las cámaras municipales ocabildos, cuya aplicación son para regular las actividades del municipio. Entre las competenciasdel Municipio se asignan de forma especial la ordenación y promoción del desarrollo económico ysocial (Art. 178 de la CRBV).

Tabla nº1 Cuadro Normativo de Zonas Costeras de la República Bolivariana De Venezuela

Nombre o Numero de la Norma yEnte Emisor

Tema del que Trata Observaciones

CONSTITUCIÓN DE LAREPUBLICA BOLIVARIANA DEVENEZUELA (1999)

Las costas marinas son bienes deldominio público (Art. 12). LaProtección del aire, el agua, los suelos,las costas, el clima, la capa de ozono,las especies vivas (Art. 127)

Obligación fundamental del Estado,con la activa participación de lasociedad de garantizar que lapoblación se desenvuelva en unambiente libre de contaminación. En laConstitución no se hace mención azonas costeras, el termino “costasmarinas”, se puede interpretar como

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línea de costa. En la Exposición deMotivos del DCFLZC se plantea lanoción de costa y ribera como zonascosteras. Aunque no se haga menciónexacta del termino zonas costeras laConstitución plantea una nueva visióndel espacio geográfico nacional alintegrar el territorio continental,insular y marítimo, y al otorgarcarácter de dominio público a lasaguas y a las costas de la República.

DECRETO CON RANGO, VALOR YFUERZA DE LEY ORGÁNICA DEBIENES PÚBLICOS (2012)

Definición de los Bienes Públicos deldominio público

Los espacios lacustre y fluvial, marterritorial, áreas marinas interiores,históricas y vitales y las comprendidasdentro de las líneas de base recta queha adoptado o adopte la República; lascostas marinas; el suelo y subsuelo deéstos; el espacio aéreo continental,insular y marítimo y los recursos queen ellos se encuentran, incluidos losgenéticos, los de las especiesmigratorias, sus productos derivados ylos componentes intangibles que porcausas naturales allí se hallen.

LEY DE AGUAS (2007) La utilidad pública e interés general enla gestión integral de las aguas

Entre la Ley de Aguas y el DecretoCon Fuerza de Ley de Zonas Costerasexiste una vinculación en cuanto alobjeto y ámbito: •Regulación delmanejo, gestión y protección de aguasmarinas, intermedias e insulares. •Eldominio público acuático y el terrestreadyacente y los derechos adquiridospor los particulares. En la Ley deAguas no se hace mención a las zonascosteras. En el DCFLZC se hacemención a lagos, ríos e islas fluviales.En cuanto a delimitación de la franjaterrestre (dominio público) y a losecosistemas y elementosgeomorfológicos que forman parte deldominio publico.

Fuente: Elaboración Propia

Continuación de la Tabla Nº1 Cuadro Normativo de Zonas Costeras de la República Bolivariana De Venezuela

Nombre o Numero de la Norma yEnte Emisor

Tema del que Trata Observaciones

Ley de Zonas Costeras se realiza el07.11.2001 y Se le realiza reimpresiónel 19.12.2001 como Decreto conFuerza de Ley de Zonas Costeras

Derecho de propiedad privada, en laprimera impresión el art. 9 declarabadel dominio público de la Repúblicatodo el espacio acuático adyacente alas zonas costeras y la franja terrestrecomprendida desde la línea de más altamarea hasta una distancia no menor deochenta metros (80m)

Se realizo una demanda porinconstitucional a la primeraimpresión, al no cumplirse con el Art.115 y 116 de la CRBV donde segarantiza el derecho de propiedadprivada y la no confiscación de bienessegún los casos permitidos por laConstitución. En la reimpresión al art.9 se le agrega “sin perjuicio de losderechos legalmente adquiridos por losparticulares”. “Los derechoslegalmente adquiridos por losparticulares”, se refiere a que seconfieren los atributos de uso, goce,disfrute y disposición sin máslimitaciones que las establecidas en la

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CRBV. Como se observa de igualforma en la Ley de Aguas.

Decreto No 623 de la Zona Protectoraal Espacio Territorial, próxima a lacosta y paralela al mar (1990):Actualmente Derogada, Normativas deZonas Costeras previas al DCFLZC,2001

La Zona Protectora al EspacioTerritorial, próxima a la costa yparalela al mar tendría un ancho de 80metros, medidos en proyecciónhorizontal a partir de la línea de lamarea más alta, la norma previa laelaboración de un plan de ordenaciónterritorial y un reglamento especial deuso para esta zona por parte delMinisterio del Ambiente y losRecursos Naturales Renovables, dondese indicarían los lineamientos,directrices y políticas para suadministración

Establecía que se respetarían los usos yactividades autorizados conanterioridad, aunque debían adecuarseen la medida de lo posible a laspermisiones de los planes deordenación del territorio y losreglamentos de uso. Esta figura deZona Protectora es una de las ÁreasBajo Régimen de AdministraciónEspecial (ABRAE) de Venezuela y quese orientan a la protección ambientalactualmente y proviene de esanormativa.

Ley de Conservación y Saneamientode Playas (2000): ActualmenteDerogada, Normativas de ZonasCosteras previas al DCFLZC, 2001

El objetivo de esta Ley era el deestablecer los principios, disposicionesy mecanismos para la conservación,saneamiento ambiental y usosustentable de las playas y áreasadyacentes. Se refería a playaslacustres y las áreas adyacentesincorporaban la Zona Protectora de 80metros de la Ley de 1990, las franjas,servidumbre o afectaciones quedeterminaran las legislacionesnacionales y las áreas marino costerascapaces de incidir en las playas.

Ambas leyes se orientaban a latemática ambiental con regulaciones deuso a través de la ordenación delespacio. La de 2000 se diferenciabapor la incorporación de la utilidadpública de la conservación,saneamiento, uso y ordenaciónsustentable, así como, del dominiopúblico de las playas y la consultapública previa. Sin embargo, en estasaun no se reflejaba la visión integradade la ordenación y gestión y solo sereferirían a una franja terrestre.

Fuente: Elaboración Propia

Caracterización de las Zonas Costeras de Venezuela Sistema Costero de la República Bolivariana de Venezuela: La República Bolivariana de Venezuela seubicada al norte de la línea ecuatorial, en la costa septentrional de América del Sur. Localizada entre los0° 38 ́ 53 ́ ́ y 12° 11 ́ 46 ́ ́ de latitud Norte y 59° 47 ́ 30 ́ ́ y 73° 23 ́ de longitud Oeste. Su territoriocontinental e insular tiene una extensión aproximada de 916.445 Km2 y su espacio acuático 500.000 Km2que incluye el Mar Territorial, la Zona Contigua y la proyección de la Zona Económica Exclusiva.Subsistema político administrativo :las zonas costeras se conforman parcialmente de 14 Estados, 91Municipios, 270 parroquias, el Territorio Insular Francisco de Miranda y sus Dependencias Federales.Asimismo, en este espacio se encuentran ciudades con más 30 mil habitantes (Maracaibo, Punto Fijo,Coro, Puerto Cabello, La Guaira, Higuerote, Barcelona – Puerto La Cruz, Cumaná, Tucupita, LaAsunción, entre otras).

Imagen Nº 1 Principales Dependencias Federales de Venezuela

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Fuente: Ministerio del Poder Popular para el Ambiente, 2017.

Subsistema social y económico: las zonas costeras tienen una población de 4.227.451 habitantes querepresentan el 18% del total nacional. Con una densidad de población de 72 hab./Km2, valor que triplicael promedio nacional. Cerca de 60% de la población mundial y 70% de la población venezolana seencuentran emplazadas a una distancia inferior de 100 Km de la línea de costa. Del total de habitantescorresponden 172.250 habitantes indígenas, el 4% del total de la Zona Costera y 32% del total depoblación indígena nacional. Las comunidades indígenas que se emplazan pertenecen a los pueblosWuayu y Añu hacia la Península de La Guajira en el Estado Zulia, Kariñas hacia el Estado Sucre y,Guaraos hacia el sistema deltaico del Orinoco en los Estados Sucre, Monagas y Delta Amacuro. Presentantierras de alta y media preservación agrícola. Producción pesquera (recursos hidrobiológicos), continentaly marina, rubros sardinas, atún, crustáceos y moluscos. La pesca artesanal representa el 70% de laproducción pesquera total del país. La explotación de minerales no metálicos se asocia a las arenas,gravas, granzón, arcilla, caliza, piedra picada, yeso, y sal, además de la producción, actual y futura, dehidrocarburos (petróleo y gas natural) tanto en el espacio terrestre como en el acuático (lacustre ymarino).

Las Penínsulas de La Guajira, Paraguaná, Macanao y Araya, y las Islas de Coche y La Tortuga poseencondiciones para desarrollar proyectos de fuentes energéticas no convencionales o complementarias, enparticular solar y eólica. Se emplazan unas 440 Industrias concentradas en los estados Zulia y Anzoáteguipara la elaboración de productos alimenticios y de bebidas, fabricación de productos metálicos,maquinaria y equipos, fabricación de sustancias y productos químicos, derivados de petróleo, carbón,caucho y plástico. Y representan las ZC, el principal atractivo de la industria turística nacional.

A nivel de equipamiento las zonas costeras presentan: 17 presas o embalses, tres embalses enconstrucción (Tocuyo, San Juan - San Francisco, Macanao) y 28 proyectos para abastecimiento de aguapotable; 62 infraestructuras de sistemas de tratamiento y 48 proyectos para tratamiento; 51 sitios dedisposición desechos sólidos (39 vertederos y 12 rellenos sanitarios); 1.287 establecimientos hospitalarios(274 establecimientos especializados y 541 consultorios populares); 6.806 establecimientos educativos

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(desde preescolar hasta diversificado); 230 puertos con diversas finalidades, siendo La Guaira, PuertoCabello, Puerto La Cruz, Sucre (Carúpano y Cumaná), Punto Fijo y Maracaibo, los principales; Además,presenta aproximadamente 4.200 Km. De vialidad distribuidos entre 19 Troncales que conecta a las zonascosteras con el país; y 21 aeropuertos que cubren rutas nacionales e internacionales.

Subsistema físico y natural : Sus zonas costeras cuentan con una extensión geográfica de 142.301 Km2 yrepresentan el 10% del territorio nacional. Su línea de costa es de 6.068 Km. distribuida en tres fachadasla Fachada Caribeña de 2.467 Km. que se extiende desde Punta Castilletes en la frontera con Colombiahasta Punta Peñas en Paria, la Fachada Atlántica de 1.417 Km. entre Punta Peñas y Punta de Playa y laFachada del Lago de Maracaibo de 770 Km. Posee más de 311 islas, islotes y cayos que conforman lafachada insular del país con aproximadamente unos 1.413 Km. de costa. Esta fachada se compone de lasislas de Margarita, Coche y Cubagua que integran el Estado Nueva Esparta y la otra parte constituye lasDependencias Federales, que a su vez parcialmente conforman el Territorio Insular Francisco de Miranda.Estas se caracterizan por tener una gran diversidad de paisajes y recursos escénicos naturales comoplayas, islas, islotes, lagunas, bahías y marismas que son el principal atractivo turístico - recreacional delpaís. Además, son el sustento de un sistema económico nacional regional y local de recursos, como loshidrobiológicos. En el Artículo 127 de la CRBV, se reconocen las costas como espacios especialmente protegidos, además,de que consagra, en la preservación del ambiente, el "principio de solidaridad generacional, inter (lageneración que existe con las venideras) e intra (la de hoy)". Asimismo, incorpora el "derecho de todapersona a un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado", es decir, el ambiente como un derechohumano y planteá la obligación compartida de la protección del ambiente entre el Estado y la Sociedad,con la participación activa de los ciudadanos. Con respecto a la ordenación del territorio la CRBV de1999 en su artículo 128 reconoce la ordenación territorial como principio regulador para la sostenibilidad,así como también, la participación ciudadana como instrumento para la ordenación y gestión ambiental.En el artículo 129 establece que todas las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemasdeben ser previamente acompañadas de estudios de impacto ambiental y sociocultural.En el Artículo 299 establece que el régimen económico venezolano se fundamenta en la “justicia social,democracia, eficiencia, libre competencia, protección del ambiente, productividad y solidaridad, a losfines de asegurar el desarrollo humano integral y una existencia digna y provechosa para la colectividad”.Lo que quiere decir, que el concepto de desarrollo no se refiere solo a lo económico, sino que incorpora lanoción de viabilidad social y ecológica. Reforzándose con lo establecido en el Art. 127 donde se le da unpapel preponderante a la Diversidad Biológica, los recursos genéticos y los procesos ecológicos,declarados en las normas específicas como de utilidad pública e interés general. Estos preceptosconstitucionales se incorporan en los planes de la nación, en los cuales se establecen las estrategias,políticas y medidas para hacerlos operativos. Estos planes se orientan a la construcción de un NuevoModelo de Desarrollo, que implica cambios sustanciales en los sistemas económico, político, social yterritorial de Venezuela.Para el momento de la aprobación de la nueva Constitución en Diciembre de 1999, tuvo lugar en esemismo mes un evento hidrometeorológico extraordinario en el país. Este evento afectó 10 estadoscosteros, siendo los más afectados Vargas, Falcón y Miranda que concentraron la mayor cantidad dedaños en materia de infraestructura, ambiente y de pérdidas humanas. El estado Vargas fue el másafectado, denominándose al evento "La Tragedia de Vargas", siendo el pilar que impulsó, pese al dañosufrido, aspectos positivos para el fortalecimiento de la gestión de prevención de desastres en el país.Constituyéndose un marco legal de aproximadamente de 11 leyes vinculadas a la Protección Civil yAdministración de Desastres , estos antecedentes conforman la generalización de cómo se ha venidollevando a cabo el proceso para la ordenación y gestión de las zonas costeras en Venezuela.Las normativas en ordenación y gestión de las zonas costeras venezolanas se orientan hacia elcumplimiento de los principios constitucionales de participación protagónica y de derecho a un ambientesano y ecológicamente equilibrado. Si bien es cierto que la normativa por si sola es insuficiente, porquesu aplicabilidad depende de la voluntad y del concierto de agentes sociales e institucionales de diferentesescalas de gestión, ésta sustenta el modelo regulador de las actividades humanas en las áreas litorales. Yes allí donde radica la importancia de un buen compendio normativo que oriente hacia la sostenibilidad

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(Barragán, 2014). En Venezuela, los cambios que se han venido gestando se sustentan en la Constituciónde 1999, por lo que es conveniente destacar los principios Constitucionales, que se relacionan con loplanteado en la ordenación y gestión integrada, y que llevan un rumbo común que es la sostenibilidad, porlo que “establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en unEstado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, lapaz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para estay las futuras generaciones”.(Preámbulo, Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 1999, p.1), es un derecho y un deber que cada generación proteja y mantenga el ambiente ya que todos las persona tienen el derecho individual y colectivo a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano yecológicamente equilibrado. El DCFLZC y el PD-POGIZC son herramientas que ayudan a conducir haciauna ordenación y gestión integrada de las zonas costeras venezolanas para alcanzar la sostenibilidad delbienestar humano.

Medidas de ordenación y manejo de las Zonas Costeras según el Decreto conFuerza de Ley de Zonas Costeras 2001

LINEAMIENTOS Y DIRECTRICES DE LA GESTIÓN INTEGRADA DE LAS ZONAS COSTERAS:1. Actividades recreacionales. Se garantizará la accesibilidad y la igualdad de oportunidades recreativas, yse protegerán aquellos recursos y elementos con características únicas para el desarrollo de talesactividades.2. Uso turístico. Se garantizará que el aprovechamiento del potencial turístico se realice sobre la base dela determinación de las capacidades de carga, entendida ésta como la máxima utilización de un espacio orecurso para un uso en particular, estimada con base en la intensidad del uso que para el mismo sedetermine, la dotación de infraestructuras adecuadas y la conservación ambiental.3. Recursos históricos y arqueológicos. Se protegerán, conservarán y restaurarán los recursos históricos oprehistóricos, naturales o antrópicos y el patrimonio arqueológico subacuático.4. Recursos paisajísticos. Se protegerán y conservarán los espacios naturales y sitios de valor paisajístico.5. Áreas protegidas. Se garantizará el cumplimiento de los objetivos para cuya consecución se hayanestablecido las áreas naturales protegidas, tomando en cuenta los ecosistemas y elementos de importanciaobjeto de protección.6. Infraestructuras de servicios. Se garantizará que las nuevas infraestructuras y la ampliación omodificación de las ya existentes, se localicen, diseñen o construyan de acuerdo con las especificacionestécnicas exigidas por la ley y en total apego a los principios del desarrollo sustentable.7. Riesgos naturales. Se establecerán planes que contemplen acciones apropiadas para mitigar el efecto delos fenómenos naturales.8. Desarrollo urbano. Se asegurará que el desarrollo urbano se realice mediante una adecuadaplanificación y coordinación interinstitucional.9. Participación pública. Se estimulará la toma de conciencia ciudadana y se garantizará la participaciónciudadana en la toma de decisiones, mediante los mecanismos que establezca la ley.10.Protección de playas. Se protegerán y conservarán las playas para garantizar su aprovechamientosustentable y el disfrute público de las mismas.11.Recursos naturales. Se garantizará la protección, conservación y el aprovechamiento sustentable de losrecursos naturales.12.Hidrocarburos. Se garantizará que la exploración, extracción, transporte, comercialización, uso ydisposición final de los hidrocarburos y sus derivados, se realicen de manera ambientalmente segura ysustentable.13.Investigación científica. Se estimulará, orientará y promoverá la investigación científica y tecnológica

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dirigida a la administración de los recursos naturales y el desarrollo sustentable de las zonas costeras.14.Manejo de cuencas. Se garantizará que su manejo, protección, conservación y aprovechamientosustentable, se orienten a controlar y mitigar los efectos de la erosión; así como a controlar el aporte desedimentos, nutrientes y contaminantes a las zonas costeras.15.Supervisión ambiental. Se asegurará el control y vigilancia permanente en materia ambiental ysanitaria.16.Recursos socio-culturales. Se protegerán, conservarán y fomentarán las expresiones socio -culturales,propias de las poblaciones costeras.17.Actividades socio -económicas. Se orientará que el desarrollo de las actividades socio -económicastradicionales, atienda a las políticas y normas de conservación y desarrollo sustentable.18.Navegación. Se orientará la implementación de políticas y planes que promuevan el desarrollo de estaactividad en todas sus modalidades, en especial la navegación a vela, así como aquellas destinadas aldesarrollo de puertos, marinas y la prestación de los servicios náuticos afines con ellas, y que éstas serealicen de manera ambientalmente segura y sustentable.19.Coordinación interinstitucional. Se establecerán mecanismos de coordinación interinstitucional comoestrategia fundamental para la gestión Integrada de las zonas costeras.En las Dependencias Federales e Islas Fluviales y Lacustres, se considera como franja terrestre toda lasuperficie emergida. En los lagos y ríos: Las franjas terrestre y acuática serán determinadas en la ley, ydesarrolladas en el Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras. La franja terrestre dedominio público en ningún caso será menor de ochenta metros 80m. Los ecosistemas y elementosgeomorfológicos que forman parte del dominio público de las zonas costeras, los determinará la ley y losdesarrollará en el Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras. PROHIBICIONES Y RESTRICCIONES EN LAS ZONAS COSTERAS DE DOMINIO PÚBLICO:1. La disposición final o temporal de escombros, residuos y desechos de cualquier naturaleza.2. La colocación de vallas publicitarias.3. La extracción de arena y otros minerales en las playas y dunas de las costas marinas.4. Las demás actividades que prevea la ley.5. Las autoridades competentes podrán restringir el acceso y uso al dominio público de las zonas costeras,por razones sanitarias, de conservación, de seguridad y defensa nacional, de seguridad de los usuariosante la inminencia de determinados fenómenos naturales, así como por cualquier otra de interés público.En este último caso, será necesaria la opinión de la comunidad mediante la consulta y participaciónpública previstos en la ley. RESTRICCIONES DE LA FRANJA TERRESTRE:1. La construcción de instalaciones e infraestructuras que disminuyan el valor paisajístico de la zona.2. El aparcamiento y circulación de automóviles, camiones, motocicletas y demás vehículos de motor,salvo en las áreas de estacionamiento o circulación establecidas a tal fin, y las excepciones eventuales porrazones de mantenimiento, ejecución de obras, prestación de servicios turísticos, comunitarios, deseguridad, atención de emergencias u otras que señale la ley.3. La generación de ruidos emitidos por fuentes fijas o móviles capaces de generar molestias a laspersonas en las playas o balnearios, salvo aquellos generados con motivo desituaciones de emergencia, seguridad y defensa nacional.4. La extracción de arena y otros minerales, así como las labores de dragado y alteración de los fondosacuáticos.5. Otras que se prevean en la ley y en el Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras.

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LA CONSERVACIÓN Y APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE COMPRENDE:1. La protección de los procesos geomorfológicos que permiten su formación, regeneración y equilibrio.2. La protección de la diversidad biológica.3. La protección de los topónimos geográficos originales de sus elementos.4. La ordenación de las zonas costeras.5. La determinación de las capacidades de uso y de carga de las zonas costeras, incluidas las capacidadesde carga industrial , habitacional, turística, recreacional y los esfuerzos de pesca, entre otras.6. El control, corrección y mitigación de las causas generadoras de contaminación, provenientes tanto defuentes terrestres como acuáticas.7. La vigilancia y control de las actividades capaces de degradar el ambiente.8. El tratamiento adecuado de las aguas servidas y efluentes, y la inversión pública o privada destinada agarantizar su calidad.9. La promoción de la investigación y el uso de tecnologías apropiadas para la conservación y elsaneamiento ambiental.10.El manejo de las cuencas hidrográficas que drenen hacia las zonas costeras, el control de la calidad desus aguas y el aporte de sedimentos.11.La recuperación y reordenación de los espacios ocupados por actividades y usos no conformes.12.La educación ambiental formal y no formal.13.La incorporación de los valores paisajísticos de las zonas costeras en los planes y proyectos dedesarrollo.14.La valoración económica de los recursos naturales.15.La protección y conservación de los recursos históricos, culturales, arqueológicos y paleontológicos,incluido el patrimo nio arqueológico subacuático.16.Cualquier otra medida dirigida al cumplimiento del objeto del presente Decreto Ley.

Proyecto Decreto del Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras De LaRepública Bolivariana De Venezuela

La elaboración del proyecto correspondió a la primera disposición transitoria del DCFLZ, iniciándose enel año 2004 e integrando las capacidades provenientes del Convenio Integral de Cooperación Cuba -Venezuela. Su objetivo fue el establecer el marco de referencia espacial y temporal que garantice laconservación, el uso y aprovechamiento sustentable de las zonas costeras y permita elevar la calidad devida de sus pobladores. Tiene previsto un horizonte de planificación a largo plazo, el cual abarca 20 años,donde sus actuaciones a nivel nacional, estadal y local se realizaran en un mediano y corto plazo parapoder obtener los resultados a largo plazo (República Bolivariana de Venezuela - Ministerio del PoderPopular para el Ambiente, 2018). Para su formulación, se establecieron cuatro fases, que resumen losavances en el proceso desde que se aprobó el DCFLZC, las cuales son:I. PREPARACIÓN 2001 – 2003 , UNIDAD (DIRECC.) TÉCNICA DE LAS ZONAS COSTERAS(2002): • POGIZC, Recuperación de la Zona Costera, Coordinación de la participación, Conformación delos Comités de Trabajo de las Zonas Costeras a Nivel Central y Estadales. ESTRATEGIAS : ConvenioIntegral de Cooperación Cuba-Venezuela (Asistencia Técnica y Capacitación) , Participación de los 14Comités de Trabajo de las Zonas Costeras a Nivel Central y Estadales , Participación de la Comunidad enlas Localidades Costeras .II. FORMULACIÓN DE BASES A ESCALA ESTADAL 2004- 2007 : Gestión Integrada Fase I y FaseII (ESCALA ESTADAL) ,Ordenación de las Zonas Costeras (ESCALAESTADAL), Gestión Integrada (Iy II) y Ordenación de Áreas Piloto Políticas Nacionales de conservación y desarrollo sustentable de lasZonas Costeras como incentivos de la gestión integrada.

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III. DISEÑO DEL PLAN DE ORDENACIÓN Y GESTIÓN INTEGRADA DE LAS ZONASCOSTERAS (POGIZC) 2008 – 2011 : Consulta pública, presentación,discusión, documento propuestaPOGIZCN, Análisis y validación, articulación , validación , zonificación y asignación de usos, Prognosis,tendencia, prospectiva , ZONIFICACIÓN PRELIMINAR (Art. 16 LZC) , ABRAE actuales y propuesta,Áreas de riesgo , Caladeros de pesca y asentamientos pesqueros . ANÁLISIS DE PROPUESTAS DEORDENACIÓN (ESCALA ESTADAL) : Imagen- Objetivo, Análisis legal, ajuste limite de las ZonasCosteras (9 Millas Náuticas), análisis territorial fundamentado en los documentos estadales de ordenacióny gestión de las Zonas Costeras y líneas de base ambiental,visión de la ZC por los comités de trabajo delas mismas, Identificación de usos, criterios de localización de actividades asociadas a los usos,Aprobación en Consejo de Ministros y Publicado en Gaceta Oficial. IV. INSTRUMENTACIÓN, EJECUCIÓN Y CONTROL A Partir del Año 2011 hasta la actualidad:Implementación del POGIZC, seguimiento y control, evaluación, ajustes y PARTICIPACIÓN DE LOSCOMITÉS DE TRABAJO DE LAS ZONAS COSTERAS, COMUNIDAD Y OTROS INTERESADOS .Los Comités constituyen la instancia de coordinación interinstitucional creada para implementar elproceso de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras de Venezuela en los cuales participanlas siguientes instituciones por parte del Estado de Venezuela: Ministerio del Poder Popular para elAmbiente (Minamb) , Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz (MPPRIJP),Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores (MRE), Ministerio del Poder Popular para laDefensa (MD) , Ministerio del Poder Popular para el Turismo (Mintur) , Ministerio del Poder Popularpara Transporte Acuático y Aéreo (MPPTAA) , Ministerio del Poder Popular de Petróleo y Minería(MPPPM) , Ministerio del Poder Popular para la Planificación (MPPP) , Ministerio del Poder Popularpara Vivienda y Hábitat (MPPVH), Ministerio del Poder Popular para la Salud (MPPS) , TerritorioInsular Francisco de Miranda (TIFM) , Instituto del Patrimonio Cultural (IPC) , Instituto Nacional de losEspacios Acuáticos (INEA) , Instituto Socialista de la Pesca y Acuicultura (Insopesca) , Instituto Nacionalde Parques (Inparques) , Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar (IGVSB) , Instituto Nacionalde Tierras (INTI) , Fundación Venezolana de Investigaciones Sismológicas (Funvisis) .Delimitación de las Zonas Costeras con base al Proyecto Decreto del Plan de Ordenación y GestiónIntegrada de Zonas Costeras de la República Bolivariana de Venezuela (2014): Las Zonas Costeras dela República Bolivariana de Venezuela, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4 del Decreto conFuerza de Ley de Zonas Costeras, corresponden a la porción de territorio nacional comprendida por unafranja terrestre con un ancho no menor de quinientos metros (500 mts) medidos perpendicularmentedesde la proyección vertical de la línea de más alta marea, hacia la costa y la franja acuática con un anchode nueve millas náuticas (9 MN) pertenecientes al Mar Territorial, medidas a partir del límite de lafranja terrestre hacia el mar o de las Líneas de Base Recta adoptadas por la República, con excepción deaquellos espacios marítimos donde los procesos de delimitación de la República no permitan alcanzardicho valor e Isla de Aves, donde la franja acuática es de doce millas náuticas (12 MN). Los criteriosempleados para la demarcación de la poligonal de las Zonas Costeras de la República Bolivariana deVenezuela, son: 1. Los límites político - administrativos nacionales, estadales y municipales, y de lasÁreas Bajo Régimen de Administración Especial. 2. Las características físico - naturales, lo cual incluyólos aspectos geomorfológicos como espacios de interacción de los elementos clima, suelo, vegetación,geología, hidrografía, entre otros. También forman parte integral de las zonas costeras los elementoscomo arrecifes coralinos, praderas de fanerógamas marinas, manglares, estuarios, deltas, lagunas costeras,humedales costeros, salinas, playas, dunas, restingas, acantilados, terrazas marinas, costas rocosas,ensenadas, bahías, golfos, penínsulas, cabos y puntas, los terrenos invadidos por el mar, que porcualquiera causa pasen a formar parte de su lecho en forma permanente, los terrenos ganados al mar porcausas naturales o por acción del hombre, las especies, ecosistemas marinos y costeros que soncaracterísticos en estas zonas. 3. Las variables ambientales, socioeconómicas y culturales, integradas porelementos naturales y artificiales como: áreas con manejo especial, áreas en recuperación, vialidad,centros poblados costeros, actividades económicas predominantes en donde generan una funcionalidadrepresentada en el intercambio o flujos de bienes y servicios que determinan un área de influencia, asícomo también forman parte de estos los recursos históricos, culturales, arqueológicos, turísticos,recreacionales, entre otros. 4. Las distancias funcionales, entendiendo por ellas a los límites establecidospor el Mar Territorial, la Zona Económica Exclusiva, la franja terrestre variable que va entre quinientosmetros (500 m) y doscientos treinta y tres kilómetros (233 Km.), medidos perpendicularmente desde la

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proyección vertical de la línea de más alta marea hacia la costa, las aguas interiores, las Líneas de BaseRecta y las delimitaciones de los espacios marítimos adoptadas por la República.Los límites de la franja de dominio público en el espacio terrestre de las zonas costeras se establecerán enel Plan Especial del Dominio Público de las Zonas Costeras, tomando en consideración los criteriosestablecidos en el Artículo 91 de este Decreto. En las áreas donde el dominio público incluya elementosgeomorfológicos tales como: estuarios, lagos, deltas, humedales costeros, salinas y manglares, éste sedelimitará a partir de las márgenes de los mismos. La administración, uso y gestión integrada del dominiopúblico de las zonas costeras se desarrollará con base en lo establecido en el Decreto con Fuerza de Leyde Zonas Costeras, este Decreto y el Plan Especial del Dominio Público de las Zonas Costeras que a talefecto se elabore. De la franja terrestre que no es dominio público en el Artículo 95 se denomina ZonaContigua al Dominio Público al espacio localizado en la franja terrestre de las zonas costeras, delimitadopor el Dominio Público y un ancho de cuatrocientos veinte metros (420 mts) medidosperpendicularmente desde la proyección vertical del límite del Dominio Público hacia tierra. Tabla Nº2 Planes de la Nación Aspectos relacionados con la ordenación y gestión de las Zonas Costeras

Líneas Generales del Plan deDesarrollo Económico y Social de laNación 2001-2007

Proyecto Nacional Simón Bolívar:Primer Plan Socialista deDesarrollo Económico y Social dela Nación 2007-2013

Ley del Plan de a Patria, Segundo PlanSocialista de Desarrollo Económico ySocialde la Nación 2013-2019

Equilibrio económico. Desarrolloeconómico sectorial. 8. El sectorturismo, un nuevo rubro deexportación : Reafirmar el régimen delas playas y parques nacionales,racionalizando el otorgamiento deconcesiones turísticas en función de laprotección ambiental.

II. SUPREMA FELICIDADSOCIAL II-1. Enfoque l. ParaVenezuela es imperante prestaratención al calentamiento global,entre otros aspectos, por susextensas costas y el incremento queeso representa para el nivel de susaguas.

GRAN OBJETIVO HISTÓRICO N° 3Convertir a Venezuela en un paíspotencia en lo social, lo económico y lopolítico dentro de la Gran PotenciaNaciente de América Latina y elCaribe, que garanticen la conformaciónde una zona de paz en Nuestra América.

Equilibrio Social. Objetivo Alcanzarla justicia social. 2.1. Garantizar eldisfrute de los derechos sociales deforma universal y equitativa. 2.1.4.Vivienda y ambiente sano, seguro yecológicamente equilibrado. 2.1.4.5Conservar y manejar las cuencashidrográficas para garantizar la

V. NUEVA GEOPOLÍTICANACIONAL V-1. Enfoque : Elimpacto de las actividadeshumanas actuales pone en riesgola capacidad de carga de la zonaCentro-norte-costera y sonprecisamente los pobres los másafectados por la degradación

3.4.1 .1 .d) Impulsar el desarrollointegral de áreas geográficas, que porsus características y ubicación, sonconsideradas estratégicas para interesesnacionales, procurando que en lasmismas tenga l ugar una expansiónproductiva y un correctoaprovechamiento de los recursos

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calidad y disponibilidad del recursohídrico. La Cuenca como unidadfundamental de gestión ambiental. Lagestión sustentable e integral de lascuencas. Equilibrio Territorial.Objetivo: Ocupar y consolidar elterritorio. 4.2 Incrementar lasuperficie cultivada en las zonas dedesconcentración .4.2.1 Racionalizar el uso de recursosnaturales.Se aprovecharan de manerasustentable los recursos agua, suelos,energías primarias, y los recursos quese encuentran en los espaciosmarítimos.4.2.1.1 Recuperar,conservar y proteger cuencashidrográficas críticas.

ambiental. Es imperante prestaratención al calentamiento globaldada sus extensas costas y elincremento que eso representapara el nivel de sus aguas. V-3.Estrategias y Políticas V-3.3Ordenar el territorio asegurandola base de sustentación ecológica :V-3.3.1 Conservar las cuencashidrográficas y la biodiversidad. V-3.3.2 Formular los Planes deOrdenación del Territorio.

naturales, a través de las ZonasEconómicas Especiales . 3 .4 .1. 2 .Ordenar el territorio y asegurar la basede sustentación ecológica, mediante laformulación e implementación de planespara las distintas escalas territoriales, lapreservación de cuencas hidrográficas ycuerpos de agua, la conservación ypreservación de ambientes .3.4.1 .10.Preservar las cuencas hidrográficas y loscuerpos de agua. 3.4.1.11 Maximizar elsistema portuario y aeroportuario quepermita e flujo e intercambio entre loscentros poblados naturales. GRANOBJETIVO HISTÓRICO N° 5 Contribuircon la preservación de la vida en elplaneta y la salvación de la especiehumana. 5.1 .6 .3 .Realizar estudios parael desarrollo de fuentes energéticasmarinas específicamente la olamotriz y lamareomotriz; con el fin de aprovechar lapotencialidad de nuestras extensascostas.5 .2 .1. Promover acciones en elámbito nacional e internacional para laprotección, conservación y gestiónsustentable de áreas estratégicas, talescomo fuentes y reservorios de agua dulce(superficial y subterránea),cuencashidrográficas,diversidad biológica, mares, océanos ybosques.

Fuente: República Bolivariana de Venezuela - Presidencia, 2018.En los planes de la nación, se encuentran varios aspectos relacionados a las costas, no explícitamente dela "gestión integrada de zonas costeras", pero que guardan relación y a través de los cuales se detallan laspolíticas y estrategias adecuadas a los preceptos de la CRBV para poder ejecutarlos y convertirlos en ley.Estos planes se orientan a la construcción de un nuevo modelo de desarrollo socialista, que implicancambios sustanciales en los sistemas económico, político, social y territorial de la República Bolivarianade Venezuela. A nivel general, en estos planes prevalece el logro de la sostenibilidad de los ecosistemas ydel uso de los recursos. Asimismo de las cuencas hidrográficas que constituyen una unidad fundamentalde gestión ambiental, preciso de señalar debido a que su gestión incide en las zonas costeras. En cuanto ala ordenación del territorio se plantea asegurando la base de sustentación ecológica mediante laimplementación de planes, y se promueve la protección, conservación y gestión sustentable de áreasestratégicas. La Institucionalidad a cargo de la Gestión de Zonas Costeras (Autoridades y Funciones): ElComité de Asesoramiento y Participación en Actividades Específicas y Especializadas del ConsejoNacional de Espacios Acuáticos, es el máximo órgano en esta materia y esta conformado por: 1.Marina Mercante Venezolana, 2. Marina de Pesca y Acuicultura, 3. Marina Deportiva, Recreacional yTurística, 4. Dependencias Federales, 5. Industria Naval, 6. Puertos, 7. Formación, Capacitación yActualización de los Recursos Humanos del Sector Acuático, 8. Investigación Científica y TecnológicaAcuática, 9. Derecho del Mar y Derecho Marítimo, 10. Seguridad de los Espacios Acuáticos, 11.Servicios de Pilotaje, Remolcadores, Lanchaje, Señalización, Balizaje y Canalizaciones, 12. Hidrografía,Meteorología, Oceanografía y Cartografía Náutica, 13. Protección del Ambiente Acuático, 14. Seguridadde la Vida Humana en el Mar, 15. Costas. El Consejo Nacional de los Espacios Acuáticos (CNEA): es el organismo asesor del Ejecutivo Nacionalen materia de fomento y desarrollo de la marina mercante, puertos, industria naval, el desarrollo de loscanales de navegación en ríos y lagos, la investigación científica y tecnológica del sector acuático, laformación, capacitación, actualización y certificación del talento humano de dicho sector. Además es unórgano de participación de las comunidades organizadas en el asesoramiento para la formulación y

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seguimiento de políticas, planes y programas del sector acuático. CNEA esta integrado por:Viceministrode Servicios del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de infraestructura y transporte,quien lo presidirá; un (1) Viceministro en representación de cada uno de los Ministerios del Poder Popularcon competencia en materia de: Defensa, Relaciones Exteriores, Interior y Justicia, Finanzas, Educación,Deporte, Turismo, Energía y Petróleo, Agricultura y Tierras, Ambiente, Planificación y Desarrollo, yCiencia y Tecnología; un (1) representante: de la Cámara Venezolana de la Industria Naval, de la CámaraVenezolana de Armadores, del Colegio de Oficiales de la Marina Mercante, de la Asociación Venezolanade Derecho Marítimo, de asociaciones pesqueras, de las universidades vinculadas a esta materia y susrespectivos suplentes.Unidad Técnica de las Zonas Costeras: dependiente del Ministerio del Ambiente y de los RecursosNaturales (Hoy Ministerio del Poder Popular para Ecosocialismo, Hábitat y Vivienda) a través de:dirección general de cuencas hidrográficas, oficina nacional de diversidad biológica, dirección general debosques , dirección general calidad ambiental, dirección general educación ambiental y participacióncomunitaria, dirección general de planificación y ordenación ambiental, dirección general de vigilancia ycontrol ambiental. Su función entre otras, es servir como ente asesor, de apoyo y coordinador de losorganismos públicos nacionales, estadales y municipales y del Comité de Asesoramiento y Participaciónde Costas del Consejo Nacional de los Espacios Acuáticos. Tabla Nº3 Coordinación y cooperación entre los Órganos del Poder Público según el Decreto con Fuerza de Ley de Zonas Costeras2001

Poder Público Municipal Poder Público Estadal Poder Público Nacional

Artículo 25.3.Colaborar en laimplementación deprogramas de saneamientoambiental, incluyendo lacaracterización y señalizaciónde las playas aptas o no,conforme a los medios deconsulta y participaciónpública previstos en la ley.6. Cooperar, a través de susórganos de policía, en lavigilancia y control de lasactividades que en ella sedesarrollen.7. Establecer los mecanismosde coordinacióninterinstitucional municipal

Artículo 24.2. Coadyuvar con la gestiónintegrada de las zonas costeras en losmunicipios.5. Colaborar en la implementación deprogramas de saneamiento ambiental,incluyendo lacaracterización y señalización de lasplayas aptas o no, involucrando a losmedios de consulta yparticipación pública previstos en laley.6. Cooperar con los municipios en ladotación de servicios y el saneamientoambiental.7. Establecer los mecanismos decoordinación interinstitucional estadal.8. Cooperar a través de sus órganos depolicía en la vigilancia de lasactividades que en ella se desarrollen.

Artículo 27. El Ministerio delAmbiente y delos Recursos Naturales asesorará yapoyará a losorganismos públicos nacionales,estadales y municipales en elcumplimiento eimplementación de las disposicionesestablecidas en este Decreto Ley.Artículo 23. 3. Establecer losmecanismos decoordinacióninterinstitucional.4 . Cooperar con losestados y municipios en lagestión integrada de laszonas costeras. 7. Cooperar con losestados y municipios en ladotación de servicios y elsaneamiento ambiental.8. Cooperar a través de susórganos de policía en lavigilancia y control de lasactividades que en ella sedesarrollen.

Fuente: Decreto con Fuerza de Ley de Zonas Costeras, 2001

En la República Bolivariana de Venezuela, a partir del año 1989 se inician las primeras acciones paradesarrollar el complejo proceso de Gestión Integrada de Zonas Costeras (GIZC) con los siguientestrabajos: Ordenación y Gestión de áreas marino – costeras en el Caribe, Programa Ambiental del Caribedel PNUMA. Proyecto “Formación para la Ordenación y Manejo de Áreas Marinas Costeras, Estudio deCaso Venezuela”. Convenio Ad Hoc MARN – PNUMA. Inventario de la situación de los espacios yrecursos marinos con la identificación de áreas críticas, Convenio MARN – PNUMA. Plan Piloto deManejo Integrado de los Municipios Costeros. Programa de Planificación Integrada y DesarrolloInstitucional para la Gestión de los Recursos Marinos y Costeros, Convenio MARN – PNUMA. Estudio

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de Vulnerabilidad al Incremento del Nivel del Mar, Caso Estudio Venezuela sobre Cambios ClimáticosMARN – MEM.

Tabla Nº4 Competencias de los Órganos del Poder Público para el cumplimiento de los objetivos del Decreto con Fuerza de Ley deZonas Costeras 2001

Ministerio del Poder Popular para el Ambiente – Unidad Técnica de las Zonas CosterasAsesorar, apoyar y coordinar

Poder Público Nacional Poder Público Estadal Poder Público Municipal

Formular las políticas de conservacióny desarrollo sustentable.

Adecuar el Plan Estadal de Ordenacióndel Territorio a lo previsto en esteDecreto Ley.

Adecuar el Plan de OrdenaciónUrbanística a lo previsto en esteDecreto Ley.

Elaborar y controlar la ejecución delPlan deOrdenación y Gestión Integrada de lasZonasCosteras.

Establecer el régimen deaprovechamiento de losminerales no metálicos, no reservadosal Poder Nacional, las salinas y losostrales en su jurisdicción, deconformidad con la ley.

Recomendar al Poder PúblicoNacional, una vez oída la opiniónconforme a los medios de consulta yparticipación pública previstos en laley.

Establecer los mecanismos decoordinacióninterinstitucional

Establecer los mecanismos decoordinacióninterinstitucional Estadal.

Establecer los mecanismos decoordinación interinstitucionalmunicipales

Cooperar con los estados y municipiosen lagestión integrada de las zonas costeras.

Coadyuvar con la gestión integrada delas zonascosteras en los municipios.

Colaborar implementando programasde saneamiento ambiental,caracterización y señalización deplayas.

Elaborar los planes de ordenamiento yreglamentos de uso de las Áreas BajoRégimen de Administración Especial,oída la opinión conforme a losmecanismos de consulta yparticipación pública previstos en laley.

Colaborar en la implementación deprogramas de saneamiento ambiental,incluyendo la caracterización yseñalización de las playas aptas o no,involucrando a los medios de consultay participación pública.

Cooperar, a través de sus órganos depolicía, en la vigilancia y control delas actividades que en ella se desarrollen.

Fuente: Decreto con Fuerza de Ley de Zonas Costeras, 2001

El concepto de Gestión pública hace referencia a todo el esfuerzo que se genera para que se orientenpolíticas satisfactorias en cuanto a la efectividad de la administración de los recursos del Estado oTerritorio de una nación, con el interés de satisfacer las necesidades de la población y promover eldesarrollo del mismo. Por ello es importante resaltar que esta gestión la deben ejercer de manera colectivatodos los entes que conforman el poder ejecutivo nacional de un Estado-Nación en coordinación con lascompetencias residuales y la Autonomía de algunas áreas bajo régimen de administración especial enVenezuela.

Tabla Nº5 Superficie que ocupa las zonas costeras con respecto a la República Bolivariana de Venezuela

Ámbito Venezuela (Km2) Zona Costera (Km2) % del Total Nacional

Espacio Terrestre 916.445ª 58.507,00 6,4

Espacio Acuático Marino 500.000º 85.080,00 17,0

Total 1.416.445 143.587,00 10,1ª: No se Incluye los 159.500 Km2 de la Guayana Esequiba.

º: Superficie preliminar (sujeta a modificación) de los espacios acuáticos de la República Bolivariana de Venezuela en el Mar Caribe y elOcéano Atlántico.

Fuente: Plan de ordenación y gestión integrada de las zonas costeras de Venezuela, con base a las Hojas 1:100.000 del IGVSB.

De acuerdo con la exposición de motivos, del Decreto con Fuerza de Ley de Zonas Costeras, 2001: “Los6.068 Km. de costas venezolanas se encuentran distribuidos en dos fachadas bien definidas y decaracterísticas diferentes, la fachada Caribeña, de 2.467 Km. que se extiende desde Punta Castilletes en lafrontera con Colombia hasta Punta Peñas en Paria, en el extremo oriental del país; y la fachada Atlántica

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de 1.417 Km. entre Punta Peñas y Punta de Playa, además de los 770 Km. de costa del espacio del Lagode Maracaibo. Igualmente, posee más de 311 islas, islotes y cayos que conforman la fachada insular delpaís, y forman parte integral del espacio geográfico venezolano, las mismas abarcan aproximadamenteunos 1.413 Km. de costa. Las islas de Margarita, Coche y Cubagua integran el Estado Nueva Esparta,mientras que los demás territorios insulares constituyen las Dependencias Federales y formanparcialmente el Territorio Insular Francisco de Miranda”.Tabla Nº6 Longitud de la línea de costa de la República Bolivariana de Venezuela

Sectores Longitud (Km.) Longitud (Km.)Acumulada

% del Total

Punta Castilletes - PuntaPeñas en Paria (sin incluir lacosta del Lago deMaracaibo)

2468 2468 40,7

Punta Peñas en Paria - Puntade Playa

1417 3885 23,4

Nueva Esparta yDependencias Federales

1413 5298 23,2

Lago de Maracaibo 770 6068 12,7

Total 6068 - 100Fuente: Plan de ordenación y gestión integrada de las zonas costeras de Venezuela, con base a las Hojas 1:100.000 del IGVSB.

En el área Sur del Lago de Maracaibo y en el delta del Orinoco se presentan tierras de alta y mediapreservación agrícola. La producción pesquera (recursos hidrobiológicos), continental y marina,entendida como pesca de captura, alcanza las 400.000 TN/anuales, siendo los principales rubros lassardinas, atún, crustáceos y moluscos, apoyándose con la presencia de unos 334 asentamientos pesqueros,5.239 buques pesqueros menores o iguales a 10 UAB (peñeros), 4.639 mayor o igual a 10 UAB (flota demedia altura e industrial), y unos 26.009 pescadores. La pesca artesanal representa el 70% de laproducción pesquera total del país. La explotación de minerales no metálicos se asocia a las arenas,gravas, granzón, arcilla, caliza, piedra picada, yeso, y sal, además de la producción, actual y futura, dehidrocarburos (petróleo y gas natural) tanto en el espacio terrestre como en el acuático (lacustre ymarino). Las Penínsulas de La Guajira, Paraguaná, Macanao y Araya, y las Islas de Coche y La Tortugaposeen condiciones para desarrollar proyectos de fuentes energéticas no convencionales ocomplementarias, en particular la solar y la eólica. Adicionalmente en la zona costera se emplazan unas440 Industrias (6,51% del TN), concentradas en los estados Zulia y Anzoátegui con establecimientosdedicados a la elaboración de productos alimenticios y de bebidas, fabricación de productos metálicos,maquinaria y equipos, fabricación de sustancias y productos químicos, derivados de petróleo, carbón,caucho y plástico. Asimismo, las zonas costeras representan el principal atractivo de la industria turísticanacional, soportado con la declaratoria de 16 ABRAE bajo la categoría de Zonas de Interés TurísticoA nivel de equipamiento, las zonas costeras presentan 17 presas o embalses, tres embalses enconstrucción (Tocuyo, San Juan - San Francisco, Macanao) y 28 proyectos para abastecimiento de aguapotable; 62 infraestructuras de sistemas de tratamiento y 48 proyectos para tratamiento; 51 sitios dedisposición desechos sólidos (39 vertederos y 12 rellenos sanitarios); 1.287 establecimientos hospitalarios(274 establecimientos especializados y 541 consultorios populares); 6.806 establecimientos educativos(desde preescolar hasta diversificado); 230 puertos con diversas finalidades, siendo La Guaira, PuertoCabello, Puerto La Cruz, Sucre (Carúpano y Cumaná), Punto Fijo y Maracaibo, los principales; ademáspresenta aproximadamente 4.200 Km. de vialidad distribuidos entre 19 Troncales que conecta a las zonascosteras con el país; y 21 aeropuertos que cubren rutas nacionales e internacionales (MARNR,2018).Adicionalmente, la zona costera venezolana forma parte integral de la política de seguridad de laNación, especialmente en los aspectos vinculados a la evolución del Derecho del Mar, el cual tuvo comoconsecuencia una ampliación considerable de la extensión de las áreas marítimas bajo soberanía yjurisdicción nacional, en particular en lo que se refiere a la Zona Económica Exclusiva de 200 Mn y a laplataforma continental, para lo cual las Dependencias Federales juegan un papel clave.

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Tabla Nº7 Delimitaciones efectuadas y pendientes con varios Estados

Estados Territorio Insulares Año de Delimitación Dependencia FederalVenezolana Vinculada

Estados Unidos deNorteamérica

Puerto Rico, Islas Vírgenes 1978 Isla de Aves

Reino de los Países Bajos Aruba, Bonaire, CurazaoSaba, St. Eustasius

1978 Archipiélago Los Monjes

República Dominicana 1979 Archipiélago Los MonjesIsla de Aves

República Francesa Guadalupe, Martinica 1980 Isla de Aves

República de Trinidad yTobago

1990 Isla de Patos

República de Colombia Pendiente Archipiélago Los Monjes

Saint Kitts y Nevis (SanCristóbal y Nieves)

Pendiente Isla de Aves

Reino Unido de GranBretaña e Irlanda del Norte

Monserrat Pendiente Isla de Aves

Dominica Pendiente Isla de Aves

Saint Lucia (Santa Lucía) Pendiente Isla de Aves

Saint Vincent y LasGrenadinas (San Vicente y

Las Granadinas)

Pendiente Isla de Aves ArchipiélagoLos Testigos Archipiélago

Los Hermanos

Grenada (Granada) Pendiente Isla de Aves ArchipiélagoLos Testigos

República de Guyana Pendiente Fuente: Plan de ordenación y gestión integrada de las zonas costeras de Venezuela, con base en Sandoval (2007).

En este sentido, para el año de 1999, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (2000),estableció que las costas marinas son bienes del dominio público; donde se fundamentan laresponsabilidad entre el Estado y la sociedad civil para la protección de las mismas; y que el principio dela responsabilidad se ejerce sobre los ámbitos económico, social, político, cultural, geográfico, ambientaly militar; y que la atención de las fronteras es prioritaria en el cumplimiento y aplicación de los principiosde seguridad de la Nación; por lo que, de acuerdo a las premisas del desarrollo sustentable, la expresiónformal de estos hechos y actividades en el territorio deben ser ordenados atendiendo a realidades, nosolamente económicas, sino también ecológicas, financieras, socioculturales y políticas, con el fin deconformar una política ajustada al nuevo esquema de desarrollo que busca el Plan de Ordenación yGestión Integrada de las de las Zonas Costeras (POGIZC) de Venezuela, constituyendo un instrumentotécnico moderno dirigido a la conservación, regulación y protección de los espacios y recursos que loconforman, mediante el diseño de aquellas acciones que garanticen un desenvolvimiento adecuado con laparticipación de los organismos y entes públicos, las comunidades organizadas, así como las institucionesprivadas, a fin de conciliar las necesidades de todos los participantes en el proceso de desarrollo, con laspolíticas nacionales en materia económica y ambiental.

Ocupación del Espacio Publico en el Estado Vargas de Venezuela y su Principales Problemas de

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Gestión

En los Comités de Trabajo Central y Estatales, han participado actores clave institucionales de losdiferentes niveles central, estadal y local, en este proceso participativo se han identificado dos problemasgenerales que enmarcan los problemas específicos, relacionados con la coordinación, planificación ycontrol institucional señalados como los principales problemas de gestión; estos son: a) Proceso deocupación ilegal del espacio de playa que puede incrementarse, debido a la deficiencia en la gestión parala preservación y conservación de los componentes bióticos, abióticos y socioculturales en las zonascosteras, el concepto de espacio público para el ciudadano promedio que habita en las comunidades delEstado Vargas de los sectores populares está presente en la medida en que este se encuentre disponiblepara el uso directo por parte de su familia y allegados.

El uso del espacio público de playa se entiende en diversas formas de acuerdo a las necesidades de cadaindividuo o grupo social; debido a que ese espacio es de utilidad tanto como espacio necesario para eldesplazamiento como para la recreación y trabajo, su uso se considera como un derecho, el cual no sepuede enajenar ni perder. La percepción del espacio público desde la opinión de la gente no está medidapor la imposición normativa de la definición que establece la Ley, donde el concepto del interés colectivode lo público y lo privado prima sobre lo demás, sino por la posibilidad de hacer o no uso de este espacio.Si definimos al Espacio Público como elemento fundamental para la convivencia e integración de loshabitantes de una ciudad, fuera del espacio de su residencia o trabajo, o como elemento que permite lamovilidad y disfrute dentro del entorno urbano, vemos con preocupación que muchas de nuestrasciudades carecen de este elemento y se presentan como simple adición de funciones, con marcadaimportancia en la circulación vehicular y con muy poca preocupación por el peatón y por su propiavivencia y participación de los espacios colectivos en la ciudad, los cuales pueden permitir una mejorpercepción de la misma.

Cuando hablamos de umbral en el espacio público de la ciudad debemos hablar de límite como definidorde espacios y de arquitectura, como el arte fronterizo que encierra el ambiente entre el hombre y suentorno (Trías,1991) ; o bien, como un umbral entre el construir y el habitar (Muntañola, 1998). Ambasdefiniciones traen consigo la idea de que la configuración de la ciudad y en consecuencia, la de su espaciopúblico, nacen de la relación entre el hombre y su territorio, la historia y la sociedad donde se insertan,teniendo en cuenta necesidades básicas que han de satisfacer los ámbitos urbanos primarios, para que enellos exista calidad sociocultural. Ellas son: 1. Espacio funcionalmente apropiado, se corresponde con laurgencia de contar con condiciones físicas del espacio urbano, que le otorguen un equipamiento adecuadoy suficiente y un fluido dinamismo; en donde sea posible dar respuesta a todas las demandas –particularmente las de requerimiento social y cultural– en forma efectiva, pública, accesible, segura ydigna. 2. Espacio ambientalmente apto, busca dar respuesta a la necesidad de habitar en un ambiente en sucondición holística, integral que reúna todas las condiciones de seguridad, por su gran estabilidad ehigiene y, de complacencia, por su gran calidad percibida sensorialmente. 3. Participación ciudadanaactiva, está referido a la existencia de actividades impulsoras de la participación e integración entre losmiembros de la comunidad para el encuentro, el logro compartido y la ayuda mutua. 4. Expresión culturalpermanente, expresa el interés y riqueza de la comunidad del ámbito, por mantener, fomentar y manifestarvalores de carácter cultural que los representa. 5. Posibilidades para la recreación, establece la capacidadexistente en la comunidad para permitir y desarrollar en ella actividades de ocio, expansión, descanso y

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crecimiento físico y mental, asociadas a las mismas. 6. Presencia de seguridad, plantea la necesariapresencia de niveles óptimos de seguridad personal en la comunidad, para fomentar condiciones sociales,culturales y deportivas.

Para la gente este espacio es identificable como tal, en la medida que ella pueda transitarlo o hacerpresencia física dentro de él y en la medida que entiende que el “público” lo utiliza, excluyendo de estamanera elementos como inmuebles arquitectónicos privados por estar estos fuera de su posible uso yalcance. Existen diferenciaciones en el entendimiento del espacio público, según este provenga de ungrupo o sector determinado, de acuerdo al género u ocupación o también de acuerdo a su estratificaciónsocioeconómica. Los eventos de gran magnitud climatologíca en la zona costera de Vargas, a pesar de serpoco frecuentes, constituyen una amenaza importante para la población, dada la alta vulnerabilidad de losdesarrollos urbanos, mayormente ubicados en las zonas de mayor potencial de inundación: el riesgo deocurrencia de un desastre y que se produzca una gran destrucción, es alto. La fuerte amenaza no fuetomada en cuenta a la hora de ubicar las zonas habitadas, básicamente por el desconocimiento y por lafalta de planificación. Como consecuencia, es necesario proyectar y construir todo un sistema deprotección ambiental, lo cual incluye obras de control de torrentes (represas de distintos tipo) en las partesaltas y medias de la cuenca, y canalizaciones que faciliten el libre tránsito del agua de lluvia al mar.

Actualmente en el mes de Mayo del año 2018, parte de este esfuerzo ha sido adelantado, pero susresultados son muy variables y, en la mayoría de los casos, insuficientes, por deficiencias de proyecto, delos materiales escogidos o de los procesos constructivos, como por la falta de conclusión de muchas deestas obras. La planificación urbana durante el año 2000 se hizo con el apoyo de las instituciones deurbanismo de la Universidad Central de Venezuela (Instituto de Urbanismo IU/UCV), de la UniversidadSimón Bolívar (Instituto de Estudios Regionales y Urbanos IERU/USB) y de la UniversidadMetropolitana (maestría de diseño urbano de la UNIMET), esta última contó con el apoyo directo de laUniversidad de Harvard. En cuanto a la recuperación de zonas ocupadas durante el año 2000 se realizaronlos trabajos de desarrollo urbano con las universidades, lo que permitió garantizar que el conocimientodesarrollado en estos estudios, fuera ampliamente difundido en la población profesional interesada.También permitió impulsar el reconocimiento a estas instituciones y su vinculación con la accióngubernamental a partir de la búsqueda de soluciones necesarias para el país, situación que hoy en día nose aprecia por las diferencias políticas existentes entre los rectores de dichas universidades y el Presidentede la República Bolivariana de Venezuela, ya que los objetivos que se buscan cumplir al incorporar lasuniversidades, son los de impulsar y aprovechar la cooperación internacional que se puede desarrollaralrededor de estas instituciones, dando mayor proyección a los esfuerzos de los profesores y alumnos delas instituciones participantes, para garantizar un auditorio interesado de reconocidos académicosextranjeros que puedan contribuir con el desarrollo de los proyectos.

En fin, la incorporación de las universidades como instituciones innovadoras de las visiones y proyectosde la reconstrucción y el desarrollo del estado Vargas, estaba asociado a la condición de ser vocesautorizadas técnicamente, que representaran intereses de búsqueda del conocimiento y mejorar la calidadde vida de la gente, no asociada a grupos económicos, en cuanto a concretizar sobre la no ocupación deespacios públicos de playa.

La visión de desarrollo que se concibió desde la Autoridad Única (AUAEV), era una visión integral quedefinió estructuras y funciones para las distintas unidades territoriales (AUAEV 2001). Se procuraba

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motivar las iniciativas de la reconstrucción del estado Vargas y su desarrollo, para obtener niveles de vidasuperiores para sus habitantes. Para ello se buscaba reconocer y superar las situaciones creadas por latragedia, en especial en las zonas de los cauces de quebradas y ríos, así como aprovechar la nuevageografía, la nueva línea costera definida por las tierras ganadas al mar y la estrecha relación existenteentre la montaña, el mar y la franja urbanizada.

Los aspectos estratégicos de esta visión se basaban en las comunicaciones internacionales que propicianel Aeropuerto Internacional Simón Bolívar de Maiquetía y el puerto de La Guaira, en el plenoaprovechamiento de la infraestructura mediante su recuperación, y en la formulación de planes paraimpulsar su desarrollo y el del estado Vargas. Pero a pesar de muchos esfuerzos actualmente en Mayo de2018, aun no se ha atendido adecuadamente el objeto central de la administración de su territorio, el cuales: organizar, armonizar y administrar la ocupación y uso del espacio, de modo que éstos contribuyan aldesarrollo humano ecológicamente sostenible, espacialmente armónico y socialmente justo, por lo que enla actualidad no existe un plan de acción para lograr procesos de restitución ni de recuperación de zonasocupadas lo que no permite visualizar hasta la fecha ningún caso de gestión ante la ocupación de algúnespacio público de playa. En el caso de Vargas, lo primero que resulta evidente es que sus condicionesnaturales han dificultado el logro de este objetivo, ya que la mayoría de sus asentamientos humanos sehan ubicado en planicies de inundación y conos de deyección de cursos de agua que descienden de laCordillera de La Costa, lugares que limitan considerablemente su desarrollo. Por otra parte, los criteriosque han prevalecido en Venezuela en materia de organización y desarrollo del territorio, son de carácterpolítico; la necesidad de un puerto y posteriormente de un aeropuerto para Caracas, condicionó laordenación y el desarrollo del territorio de Vargas, lo que ha requerido asentar población en espacios pocoaptos para tal fin, aunque de insustituible valor geoestratégico.

Caracas y el país han requerido históricamente de un vínculo con su entorno internacional, y Vargas consus limitaciones lo ha provisto, sin poder obtener un justo fruto por ello. Otra importante omisión en laadministración de este territorio costero, ha sido de orden social; no se ha involucrado responsablemente ala sociedad en esta tarea, la proliferación de áreas de invasión y la consolidación de asentamientosinformales, son también característicos de la zona. Estos contingentes poblacionales se ubican allí ante laausencia de respuesta del estado a sus problemas de vivienda y empleo, a los cuales el territorio de Vargassolo puede ofrecer sus precarios espacios geográficos y una economía menguada por la voracidad delaparato burocrático nacional.

La ausencia de regulaciones técnicas efectivas en materia de ordenación territorial y urbanística es unadeuda histórica, que ha sido suplida con la aplicación de normativas incompletas y caducas quecontribuyen a empeorar los patrones de ocupación y el desarrollo, a lo que se suma una subsecuente ydébil base fiscal y una precaria plataforma institucional, que hace de los gobiernos locales unos neófitosen términos técnicos y financieros. Se ha creado una división político territorial, con un municipio y unestado que tienen y comparten un mismo territorio y una misma población, pero que son incapaces deproveerse de sus más ínfimos menesteres porque sus principales fuentes de recursos son usufructuadaspor entidades nacionales que no les reportan renta aguas abajo en sus presupuestos. El estado/municipioVargas ha vivido, a lo largo de su historia, importantes eventos naturales que han generado y modelado elterritorio que ocupa. Pero los eventos ocurridos en 1999, 2005 y 2010, adquirieron carácter de tragediapor no haberse formulado un ordenamiento y un desarrollo territorial cónsono con sus condiciones

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naturales. Estas tragedias propiciaron que diversas instituciones emprendieran una serie de procesossistemáticos de organización de la información existente con miras a la producción de conocimiento quepermitiera abordar la reconstrucción de las áreas afectadas, procesos que han tenido su expresión másnotoria en obras de vialidad y de control de torrentes, así como también, en la elaboración de nuevosordenamientos en materia territorial y urbana, pero que solo se han quedado en el papel, con pocosavances significativos en su aplicación en la actualidad.

b) La excesiva burocratización de los procesos, derivada de la concurrencia de competencias, existiendoinsuficiente integración entre las capacidades, decisiones y responsabilidades de los diferentes actores queadministran el espacio de las zonas costeras tiene sus antecedentes durante la tragedia de Vargas, ya queel 17 de diciembre de 1999 el fallecido Presidente de la República Hugo Chavez creó la ComisiónNacional para la Atención de la Emergencia, la cual era dirigida por el ministro de salud, el Dr. GilbertoRodríguez Ochoa, esta comisión tuvo la responsabilidad de coordinar el rescate (conjuntamente con elministro de la defensa), de coordinar la atención en refugios, el suministro de alimentos y la atención a losdamnificados.

El ministerio de salud contaba con un instituto adscrito que era el Fondo Único Social (FUS), el cualdebía ocuparse de la atención a todos los problemas sociales relativos a la tragedia: atención de refugiadosy desplazados, cuidado de refugios, atención a situaciones de emergencia, búsqueda de personasextraviadas, especialmente los niños, desplazamientos a refugios en otros estados del país, apoyo en lacreación de las nuevas ciudades que deseaba crear el Presidente (Guarumito y Pueblo Guri), coordinacióncon el ministerio de infraestructura (MINFRA) para la asignación de viviendas en el resto del país yatención a los problemas de salud de los afectados.

El trabajo del FUS era coordinado por el Teniente coronel William Fariñas, acompañado de personal,principalmente militar lo que genera muchas veces conflictos a la hora de cumplir objetivos en cuanto aplanes de formulación y ejecución, por lo cual el ejecutivo para mantener sus afectos ha creado ladenominada Unión Cívico Militar. El 5 de Enero de 2000 se creó la Autoridad Única de Área para elEstado Vargas (AUAEV), de acuerdo a lo establecido en la ley Orgánica para la Ordenación delTerritorio, de 1983, en particular en lo referido en el capítulo V: “De las Autoridades Únicas de Área”.

La AUAEV fue creada con la finalidad de desarrollar la planificación de la reconstrucción urbana y laprotección ambiental, pero dentro de sus funciones nunca fue autorizada la de ejecución de obras, por loque los recursos que administró estaban estrictamente dirigidos a estudios y proyectos, nunca a laejecución de obras. En un principio, las tareas de ejecución, tales como remoción de escombros, fueronrealizadas bajo la directa orden de los ministerios de la Defensa, Ambiente y Recursos Naturales eInfraestructura (en especial, a través de Fontur). Para el trabajo de la AUAEV, se integraron comisionestécnicas con unos 200 profesionales, las cuales se ocuparon de las siguientes tareas: Evaluación delfenómeno (análisis climatológico, hidrológico y geológico), estudio de cuencas y cambios geográficos,evaluación de la amenaza sísmica, estudios de la actividad económica y los factores para el desarrollo,proyectos de desarrollo urbano, vialidad y desarrollo económico, recuperación del casco histórico eintegración del puerto de La Guaira, proyectos de control de torrentes, los cuales incluían represas decontrol en las partes altas y medias de las cuencas, y obras de canalización en las partes bajas de lascuencas, para asegurar la desembocadura al mar de las crecidas por lluvias importantes, así como la

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disposición de los sedimentos, definición de un marco promotor del desarrollo inmobiliario y estudiosoceanográficos y de costas.

La visión que esa institución tenía de su labor, estaba centrada en el objetivo de crear los planes quepudieran conducir a lograr un estado Vargas reconstruido y en proceso de desarrollo, con criteriosurbanísticos de alta calidad. Se apuntaba a conseguir un litoral con alta seguridad y calidad ambiental, conel fin de garantizar una excelente calidad de vida y el desarrollo adecuado de actividades comerciales,turísticas y recreacionales, tanto para sus habitantes como para los visitantes. Las tareas desplegadas porla AUAEV durante el año 2000, requirieron unas 220.000 horas de ingeniería para el levantamiento deinformación y la elaboración de proyectos de ingeniería y de desarrollo urbano. Este plan requería de laparticipación de distintos entes gubernamentales, cada uno con tareas de su competencia, para larecuperación de la infraestructura del estado Vargas, prioritariamente para ejecutar los proyectos delsistema de suministro de aguas y de recolección, tratamiento y disposición de las aguas servidas.

La AUAEV se apoyó en las Universidades Venezolanas mas prestigiosas por su conocimiento, capacidadtécnica y compromiso con la procura de la mejora de la calidad de vida, y por no estar asociados apoderes económicos. En Venezuela nunca antes se había realizado un proyecto de planificación urbana deZonas Costeras de esta magnitud, que tomara en cuenta contribuciones urbanísticas, ambientales,jurídicas, económicas y de ingeniería. Estos proyectos fueron discutidos en asambleas con lascomunidades activando la democracia participativa y protagonica que establece la Constitución de laRepública Bolivariana de Venezuela, con lo que se contaba con su apoyo y se les motivaba conentusiasmo a reconstruir sus vidas y el estado. El objetivo de estos planes era el de construir un estado dealto nivel urbano y de protección ambiental, que mejorara las condiciones existentes antes de la tragedia.

Pero pronto vinieron los conflictos originándose un cruce de competencias en lo que en el área respectapara alcanzar algunos logros los cuales fueron: Coordinación Para alcanzar sus logros, la AUAEV tuvoque sortear una larga lista de inconvenientes y conflictos, de los que mencionaremos algunos: Elgobernador del Estado desplazaba maquinarias para mover tierra y escombros, y colocaba los desechos enzonas que habían sido previamente despejadas y que seguían un plan coordinado por la AUAEV con loque dañaba el trabajo de despeje de vías y drenajes. Altos funcionarios del Ministerio del Ambiente(MARN), impidieron en numerosas ocasiones la coordinación de los equipos de ingenieros que trabajaronen el diseño de las obras de control de torrentes en la AUAEV, con las delegaciones extranjeras, yretuvieron información valiosa y no la pusieron a la disposición de la AUAEV.

El MARN presentaba estadísticas contradictorias e inconsistentes sobre el avance de obras como lossistemas de cloacas. Los enfrentamientos en cartografía llegaron al extremo que en una reunión entre elInstituto de Cartografía y el Servicio de Cartografía de la Fuerza Armada, se fueron a las manos.

El Consejo Nacional de la Vivienda (CONAVI), adquirió fotos de vuelos fotométricos y le negaba elacceso a la AUAEV, inclusive en el momento en el que la AUAEV carecía de recursos. La dirección deOrdenamiento Urbanístico del Ministerio de Infraestructura, participó en la propuesta para la zona deMaiquetía, incluyendo al aeropuerto, el puerto y el casco histórico de La Guaira. En medio del conflictoelectoral de 2000, los dos líderes de ese grupo, dejaron de asistir a la AUAEV y se llevaron el proyecto ylo entregaron al gobernador que en ese momento se enfrentaba a la AUAEV, impidiendo su uso por partede la AUAEV, por lo que se tuvo que hacer otro proyecto. El director responsable de esa acción luego fueministro de cultura y de vivienda.

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De la AUAEV a Corpovargas, una vez avanzados los proyectos fundamentales se creó la Corporaciónpara la Recuperación y Desarrollo del Estado Vargas, Corpovargas, la cual tenía la misión de ejecutar losproyectos preparados en la AUAEV: creación de nueva infraestructura de protección ambiental en lascuencas y cauces y desarrollar y promocionar los proyectos urbanos, de recuperación inmobiliaria ydesarrollo social.

En 2003 Corpovargas cambió los proyectos de represas de concreto y los sustituyó con obras de gavionesque han presentado numerosas fallas de distinta naturaleza. Por ejemplo la represa de gaviones en Anarecedió con las lluvias de 2005. El Ministerio del Ambiente (MPPARN) de 2006 tuvo que demoler el canalde El Cojo que había construido Corpovargas con gaviones, y reconstruirlo con concreto armado, sin quese hayan establecido responsabilidades hasta el momento (2018).

Las presas abiertas de gaviones (de piedras y alambre) que construyó Corpovargas en el año 2003, nopueden hacer frente a flujos de barro de alta densidad, ya que si esos flujos pudieron desplazar grandesrocas de más de 10 toneladas, más fácilmente pueden desplazar gaviones. Su construcción representa unaamenaza adicional a la vida de los pobladores. Las delegaciones extranjeras manifestaron a Corpovargassu desacuerdo con esas construcciones, pero Corpovargas no atendió esos criterios técnicos. El primerpresidente de Corpovargas fue el ingeniero Umberto Fontana, quien fue destituido en un lapso de unosdos meses. A continuación fue nombrado en el cargo el vicealmirante Quintana Castro, quien habíadesempeñado con éxito las tareas de rescate por vía marítima de los afectados por la tragedia. Durante sugestión, de unos 12 meses aproximadamente, no se adelantaron de manera significativa ni las obrasprevistas ni los programas de desarrollo urbano.

La razón principal que justificó el retraso fue la ausencia de recursos, en noviembre de 2001 fuenombrado presidente de Corpovargas el coronel Alejandro Volta, quien tenía como tarea primordial,concluir la ingeniería de detalle e iniciar la ejecución de las obras ya proyectadas. Durante el 2002, Voltadirigió la construcción de obras de control de torrentes en el estado Vargas. A inicios de 2003, uno de losingenieros que había sido proyectista de la AUAEV, realizó un reconocimiento de las obras realizadas porCORPOVARGAS. La sorpresa fue mayúscula al comprobar que muchos de los proyectos originaleshabían sido alterados, y que, desafortunadamente, las alteraciones no mejoraban la calidad de las obras nireguardaban la seguridad de la población.

Llamó particularmente la atención, el uso de gaviones en la construcción de presas abiertas de control desedimentos, y la ausencia de estribos que garantizaran el necesario empotramiento de distintas represasconstruidas. Estas alteraciones de los proyectos originales de la AUAEV pueden traer como consecuenciaque el nivel de riesgo de la población sea superior al previsto. Uno de los problemas más importantes quepresentan las obras realizadas por Corpovargas, tiene que ver con el uso de gaviones en la construcción derepresas abiertas para el control de los flujos torrenciales. En 2003, Corpovargas había cambiado losproyectos originales de la AUAEV de represas de concreto y los había sustituido con gaviones. Estadecisión no contó con la aprobación de los ingenieros que inicialmente habían realizado los proyectos. Elproblema consiste en que las presas abiertas de gaviones que construyó Corpovargas en 2002 y 2003, nopueden hacer frente a los impactos de materiales arrastrados por los flujos torrenciales, ni a flujos de barrode alta densidad, como los que desplazaron grandes rocas de más de 10 toneladas en diciembre 1999.Esos flujos de barros hiperconcentrados, con densidades superiores a 2 ton/m3 , que lograron arrastrar por

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flotación a esas grandes rocas, pueden también fácilmente desplazar gaviones que funcionan porgravedad. La construcción de represas con estos gaviones representa una amenaza adicional para la vidade los pobladores del estado Vargas , ya que el riesgo y la alta vulnerabilidad a la cual se exponen losgrupos humanos de manera consciente o inconscientemente, es difícil de cuantificar cuando no existenpolíticas orientadas a disminuir este tipo de situaciones que se ponen en evidencia ante las amenazasnaturales que se ciernen sobre la geografía de una determinada comunidad, ciudad o país.

CONCLUSIONES

Después del análisis de los resultados de la investigación documental que lleva por título: ElOrdenamiento Del Suelo Costero En Venezuela, se obtuvieron las siguientes conclusiones: 1.- En lo querespecta a la caracterización de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, estainicio las bases de la construcción de un nuevo modelo eco socialista de desarrollo, humanista ysustentable articulando políticas públicas en materia de gobernabilidad para la ordenación y gestión deforma integrada de las zonas costeras como un proceso participativo, coordinado y en cooperación, queprocura una relación armónica entre la sociedad y los servicios ecosistémicos, ya que la gerencia yplanificación de los gobiernos anteriores en cuanto a recursos legales y ambientales en Venezuela antesde la CRBV de 1999, se orientaban desde un punto de vista únicamente economicista del desarrollo. 2.-El Decreto con Fuerza de Ley de Zonas Costeras (Gaceta Oficial 37.349) de fecha 19 de Diciembre de2001 es la primordial norma seguidamente de la CRBV 1999 y el Plan de Ordenación y Gestión Integradade Zonas Costeras de la República Bolivariana de Venezuela, ya que es el principal instrumento queamplía el contenido del (DCFLZC) . Ambos, constituyen la configuración de un procedimiento queinvolucra relaciones y voluntades políticas entre el Estado, empresas públicas, empresas privadas,sociedad y organizaciones gubernamentales y no gubernamentales para el cumplimiento de políticasacertadas en el desarrollo ambiental, económico, social y tecnológicos de las Zonas Costeras. 3.- Lademocracia participativa y protagonista del poder popular en el proceso hace que las comunidades sesientan identificadas con lo propuesto en el PD-POGIZC, al ser tomadas en cuenta para el proceso deformulación de políticas públicas, ya que las decisiones colectivas ejercen una influencia directa en lasdecisiones públicas y son adoptadas desde el Estado y por el Pueblo, confiriéndole legitimidad. 4.-Laszonas costeras incluyen ecosistemas de gran productividad natural y económica y áreas de grandesriquezas paisajísticas, geográficas y de diversidad biológica y cultural. Representando sus recursos unelemento de gran importancia en la satisfacción de las necesidades básicas de la población. 5.- Entérminos generales se puede afirmar que los aspectos económicos y tecnológicos son la base para elintercambio de capitales, bienes y servicios que generan una sostenibilidad en los procesos deplanificación, para las políticas y las estrategias de inversión a la Marina Mercante mediante estrategiasde acción que evitan operaciones ineficientes en el transporte de carga, utilización de modos de transportemenos contaminantes; la mejora de la infraestructura, la logística y las operaciones en el cambio defuentes energéticas y tecnológicas de combustible limpias (menos contaminantes), por que dentro de lasgrandes potencialidades existentes en las zonas costeras, se han identificado algunas limitacionesimportantes para el manejo integral de estas áreas, las cuales se relacionan con: la carencia de informaciónen relación con las características de lugares particulares; limitada capacidad técnica y financiera para elestudio e implementación de soluciones a los problemas ambientales detectados; falta de proyectosenmarcados en el desarrollo sustentable para educar ambientalmente y tomar conciencia del cuidado deestos ecosistemas.

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