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.El Nuesu País. - Una ventana a las tierras y gentes del País Leonés -

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EDITORIALCarlos Javier Salgado Fuentes, Colectivo Ciudadanos del Reino de León

33 años de Constitución, 28 años de inconstitucionalidad

Tras celebrarse el 33 aniversario de la aprobación de la Constitución, cabe recordar que el Estatuto de Autonomía

de Castilla y León (Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero, Estatuto de Autonomía de Castilla y León) y sus

posteriores reformas (la última la Ley Orgánica 14/2007 de 30 de noviembre, de reforma del estatuto de autonomía

de Castilla y León) vulneran lo establecido en el artículo 2 de la Constitución Española así como en el 143.1 de la

misma en que se hace referencia al derecho a la autonomía de las regiones españolas y el 4.2 que hace referencia a

los símbolos autonómicos.

De este modo, consideramos que el Estatuto de Autonomía de Castilla y León vulnera la Constitución Española por

las siguientes razones:

1) En el momento de la aprobación de la Constitución Española en 1978 y hasta 1983 existían como regiones

separadas León y Castilla la Vieja estando formadas la leonesa por las provincias de León, Salamanca y Zamora y la

castellanovieja por las de Ávila, Burgos, Logroño (actual La Rioja), Palencia, Santander (actual Cantabria), Segovia,

Soria y Valladolid. Debido a que la Constitución establece en su artículo 2 que son las regiones y nacionalidades las

que poseen el derecho a la autonomía consideramos que, por tanto, poseen el derecho a la autonomía la región de

León y la de Castilla la Vieja de manera separada tal y como se encontraban en el momento de la aprobación de la

Constitución. Consideramos que las comunidades autónomas no deben inventar regiones sino que han de ser las

regiones reconocidas en el momento de la aprobación de la Constitución las que accedan a su derecho a la

autonomía.

División provincial y regional de España en 1978 al aprobarse la Constitución

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2) “Castilla y León” nunca antes de 1983 había sido una región española y, de hecho, el propio nombre de la

comunidad autónoma de Castilla y León indica claramente la formación de la misma por dos territorios diferentes:

Castilla por una parte y León por otra. Además, el propio preámbulo del Estatuto de Castilla y León reconoce que

“la Comunidad Autónoma de Castilla y León surge de la moderna unión de los territorios históricos que componían y

dieron nombre a las antiguas coronas de León y Castilla”, mientras que el artículo 1.1 del mismo establece que la

comunidad autónoma “tiene su origen en los antiguos Reinos de León y de Castilla”, por lo que se puede concluir que

indirectamente incluso el propio estatuto castellano y leonés reconoce la birregionalidad de la comunidad

autónoma, lo que choca frontalmente con el artículo 2 de la Constitución Española que establece que las regiones

poseen derecho a su autonomía, no a juntarse entre ellas para formar autonomías suprarregionales como es el caso

(de hecho el artículo 145 de la Constitución prohíbe explícitamente la federación de comunidades dando a entender

que las regiones históricas no deben unirse entre sí).

Bandera de la Región Leonesa o País Leonés

3) Consideramos que ha de darse una solución a esta problemática desde esta perspectiva por parte del Tribunal

Constitucional ya que éste en ningún momento se ha pronunciado sobre la constitucionalidad de Castilla y León en

su configuración territorial pues los recursos interpuestos contra el Estatuto no planteaban la cuestión de que

habían de ser las regiones preexistentes las que poseían el derecho a la autonomía sino que hacían referencia

exclusivamente a la introducción de dos provincias en dicha autonomía (las de León y Segovia) buscando el recurso

de la primera la anulación del acuerdo aprobado en 1980 que incluía a dicha provincia en la actual comunidad y la

segunda su conversión en autonomía uniprovincial. Por tanto creemos que el Tribunal debe pronunciarse sobre si es

la actual “Castilla y León” la que posee el derecho a la autonomía pese a no existir como región en el momento de

aprobación de la Constitución o si, por el contrario, dicho derecho lo poseen las regiones históricas de León y Castilla

la Vieja separadamente tal y como estaban reconocidas en el mapa regional al aprobarse la Constitución, hace hoy

33 años.

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4) Consideramos, por otra parte, que si se estima que han de ser aquellos territorios a los que se otorgó la pre-

autonomía los considerados como regiones ni Cantabria ni La Rioja tendrían derecho a ser comunidad autónoma al

haber sido incluidos en el “Consejo General de Castilla y de León”, por lo tanto, cabe hacer notar que el ámbito

territorial de la actual “Castilla y León” es diferente al que poseía en su órgano preautonómico , órgano en cuya ley

de formación (Real Decreto-Ley 20/1978, de 13 de junio) sostenía en su artículo 2 que la inclusión de las provincias

en el mismo no prejuzgaba la futura adscripción de las mismas a una autonomía castellano-leonesa por lo que se

daba a entender que dicho órgano preautonómico reconocía que las regiones de León y de Castilla la Vieja podían

llegar a conformarse como comunidades autónomas tal y como les reconocía la Constitución pese a haber sido

introducidas dentro de un órgano preautonómico que les agrupaba.

No obstante consideramos que los órganos preautonómicos no deben considerarse como regiones habida cuenta de

que desde órganos estatales oficiales han seguido considerando hasta 1983 a León como una región propia

formada por las provincias de Salamanca, Zamora y León, como así lo hizo el Instituto Nacional de Estadística en sus

anuarios o el propio Ministerio de Obras Públicas que, por ejemplo, en 1980 editaba “Divisiones territoriales en

España” y establecía que España poseía 15 regiones históricas (Extremadura, Aragón, Castilla la Nueva, Murcia, León,

Andalucía, Asturias, Navarra, Castilla la Vieja, Cataluña, Valencia, Galicia, Baleares, Canarias y Vascongadas). Del

mismo modo los acuerdos comerciales internacionales establecidos con Suiza (BOE 17-III-1976), Austria (BOE 20-XII-

1977) o la República Italiana (BOE 16-XII-1980) reconocían las regiones mencionando en los propios acuerdos las

mismas estando León como una más entre ellas con personalidad propia y sin estar unida a ninguna otra región

vecina.

5) Creemos que es incoherente que León haya existido y estado reconocido como reino o región de España desde

el 910 hasta 1983, así como que su blasón heráldico sea uno de los que aparecen en el escudo nacional (por tanto,

siendo considerado uno de los pilares de la formación de la misma) y, sin embargo, a la región leonesa se le haya

negado el derecho a conformarse como comunidad autónoma, derecho que por otra parte consideramos nos asiste

a los leoneses al haber existido oficialmente como región propia hasta 1983 formada por las provincias de

Salamanca, Zamora y León.

6) Pese a que el artículo 143.1 de la Constitución establece que para acceder a la autonomía las provincias que

integrarían la misma han de poseer características históricas, culturales y económicas comunes éste no es el caso

de León y Castilla, ya que históricamente han sido reinos o regiones diferenciadas desde el siglo X hasta 1983 y, de

hecho, históricamente León estaría más enlazado a Extremadura o Asturias que a Castilla la Vieja, del mismo modo

que ésta se encontraría más enlazada en dicho aspecto a Castilla-La Mancha o Murcia que a León. Es cierto que León

y Castilla la Vieja formaron parte de una Corona de Castilla y León (cuyos símbolos históricos emplea la actual

autonomía) pero dentro de la misma siguieron siendo reinos separados y reconocidos como tal, al igual que el resto

de reinos o territorios que formaban dicha Corona como Galicia, Murcia, Extremadura, Asturias, etc.

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Económicamente la ausencia de características económicas comunes entre León y Castilla (o al menos no más

comunes que las que unen a otras regiones como Extremadura o Asturias en el caso leonés) se ha vuelto evidente

con la puesta en marcha de la comunidad de Castilla y León, como muestra el hecho de que desde 1991 la Región

Leonesa (asentada económicamente de manera tradicional en torno al eje de la Vía de la Plata) haya perdido

56.022 habitantes mientras que en el mismo periodo Castilla la Vieja ha ganado 52.558 habitantes1, siendo

precisamente las provincias leonesas las que más habitantes perdieron de la comunidad (León –21.149, Salamanca

–17.874, Zamora –16.999) ganando población la mayoría de provincias castellanas.

Gráfico que muestra la variación de número de población en la comunidad de Castilla y León entre 1991 y 2010

Este efecto se evidencia también en los datos de envejecimiento habiendo sido las tres provincias que más se han

envejecido de la comunidad desde la puesta en marcha de ésta. Del mismo modo en otros aspectos económicos

(como creación de empresas, población activa, etc.) también se ha evidenciado un desajuste entre León y Castilla en

beneficio de esta última que evidencia la ausencia de características económicas comunes que hacen que León se

haya anclado en su ancestral posición en torno a la Vía de La Plata mientras que Castilla la Vieja lo haría en su

tradicional eje Santander/País Vasco-Madrid. Esto además no haría sino chocar con el artículo 40.1 de la

Constitución en que se recoge que “los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso

social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa...” , por lo que la unión de

León y Castilla en una misma autonomía no haría sino lesionar el artículo 40.1 de la Carta Magna en lo referente a

1 Según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) referentes a los padrones de 1991 y 2010.

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la Región Leonesa al haber llevado a unas condiciones desfavorables para el progreso social y económico leonés

así como para la distribución equitativa de la renta entre leoneses y castellanos.

Por otro lado, las características culturales también podrían separar a ambas regiones acercándolas en ciertos

aspectos más a otras colindantes (en el caso de León con Extremadura, Asturias, Galicia e incluso Portugal, y en el

caso de Castilla la Vieja especialmente con Castilla-La Mancha si bien también con el País Vasco) lo que se puede

observar en los instrumentos más típicos de cada territorio (la flauta de tres agujeros en el caso de León también

conocida como gaita charra o chifla que sólo se da en la comunidad actual en Salamanca, León y Zamora, y la

dulzaina de teclas en el caso de Castilla la Vieja que en León es empleada en las comarcas orientales fronterizas con

Castilla, estando ausente en el resto de territorio leonés), en los trajes tradicionales (los leoneses más parecidos a los

extremeños y los castellanos a medio camino entre los vascos y los manchegos), así como en otros aspectos con

tradiciones como el magosto, el filandón (o serano), la profunda tradición ganadera del País Leonés (que en Castilla

apenas se da en los niveles leoneses en la provincia de Ávila), etc.

Reses por habitante y explotaciones por 10.000 habitantes en León y en Castilla en el censo Agrario de 1999

7) Consideramos que sería más democrático y acorde con la Constitución una autonomía de la Región Leonesa ya

que los ciudadanos leoneses (así como los castellanoviejos) aprobaron en referéndum en 1978 que sus regiones

poseyesen el derecho a ser comunidades autónomas como regiones que eran, y en ningún caso aprobaron por

referéndum alguno que ambos territorios se uniesen o que se separasen varias provincias de uno de ellos (como

ocurrió con Cantabria y La Rioja respecto a Castilla la Vieja).

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Por ello, cabe señalar que si bien los representantes de los leoneses aceptaron incluir a la región leonesa en Castilla y

León, los ciudadanos leoneses habían votado directamente en 1978 el derecho a la autonomía de la Región Leonesa

estando situada además la Constitución en la jerarquía normativa por encima de cualquier Estatuto tal y como

reconoce el propio artículo 9.3 de la Constitución, por lo que debería prevalecer ésta en cuanto a la concesión del

derecho a la autonomía de las regiones.

8) La Comunidad Autónoma de Castilla y León emplea como símbolos propios un escudo y una bandera que lo

fueron históricamente también de la mayor parte de España y que se corresponde a los de la Corona de Castilla y

León existente entre los siglos XIII y XV, la cual incluía en ella diversos reinos como el de León, el de Galicia, el de

Toledo, el de Castilla, el de Murcia, etc. Este símbolo era empleado por los monarcas de dicha Corona en todo su

territorio durante el mencionado periodo, es decir, que históricamente también es propio de las comunidades

autónomas de Galicia, Asturias, Extremadura, País Vasco, Andalucía, Castilla-La Mancha, Madrid, Cantabria, La

Rioja, Murcia y Canarias. Por ello consideramos que la apropiación de símbolos por parte de la comunidad de

Castilla y León estaría lesionando el artículo 4.2 de la Constitución al apropiarse como símbolos propios un escudo

y una bandera que son también propios de otras 11 comunidades autónomas por lo que no debe considerarse como

un símbolo propio de la comunidad de Castilla y León sino común al conjunto de 12 comunidades autónomas y, por

tanto, su uso por parte de una de ellas como exclusivo suyo debería considerarse contrario a la Constitución.

Por todo lo expuesto consideramos que la Comunidad Autónoma de Castilla y León es contraria a lo que establece la

Constitución y, por tanto, vulnera la ley superior de todos los españoles.

Pancarta en el Palacio de Fonseca de Salamanca en 1988 reclamando la autonomía leonesa

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PATRIMONIO EN PELIGRO: EL PALOMBAR DE CARRASCAL Ubicado junto a la carretera que une Zamora y Carrascal, este palomar, construido en el siglo XIX, supone el único ejemplo de este tipo de construcción que pervive en el término municipal de Zamora. De propiedad privada ante la dejadez de sus dueños, las instituciones municipal, provincial, autonómica y estatal no se han preocupado lo más mínimo en buscar su reparación o, al menos, en frenar su deterioro.

Agujero abierto en una de las paredes del palomar originado por el mal estado del tejado y la filtración del agua.

Desgraciadamente, el nivel de conservación actual del palombar de Carrascal hace temer por su continuidad en el tiempo ya que las continuas filtraciones de agua y aire a través de los agujeros provocados por su abandono ponen en peligro cada vez más la integridad de sus muros y, por ende, de la propia construcción.

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Agujero en el tejado del ‘palombar’ y correspondiente degradación del interior del mismo

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Agujeros en el tejado y pared del palomar de Carrascal por los que penetra la humedad,el aire y el agua, acelerando la degradación y el deterioro del mismo

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Un simpático perro se muestra ante al palomar de Carrascal

De este modo, ante la falta de respuesta efectiva de las instituciones en el último año ante nuestro llamamiento a este respecto, desde el Colectivo Ciudadanos del Reino de León queremos denunciar, como ya hicimos el pasado 28 de abril de 2011, la dejadez de Ayuntamiento y Diputación de Zamora así como de la Junta de Castilla y León ante el lamentable estado de conservación de este bello palomar, el único que se conserva en el término municipal de Zamora.

Pedimos ante esta situación que las instituciones tomen cartas en el asunto y actúen sobre el palomar de Carrascal antes de que sea demasiado tarde y la pérdida de este bello ejemplo de arquitectura tradicional rural sea irreparable.

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El dialecto leonés en los manuales de dialectología hispánicaPilar Montero Curiel, Universidad de Extremadura

A principios del siglo XX, Ramón Menéndez Pidal concibe su estudio sobre El dialecto leonés como un instrumento para la «recolección de formas modernas dialectales de la región que formaba el antiguo reino» de León2 y observa cómo las regiones septentrional y occidental del dominio delimitan las zonas de mayor vitalidad de las hablas tradicionales. En su estudio da cuenta de la diversidad interna y de la falta de un cuadro de conjunto del llamado «dialecto leonés»: para Asturias se ocupa del bable como singularidad ajena a otras provincias; las modalidades zamoranas y salmantinas, una vez perdida la perspectiva histórica de estas hablas, se toman como una especie de castellano «mal hablado» que apenas conserva el recuerdo de sus antiguos rasgos idiomáticos, mientras que el mirandés sigue viéndose como una singularidad dialectal derivada del portugués3.

Con estos planteamientos, Menéndez Pidal distingue tres grandes regiones que deben tenerse en cuenta a la hora de investigar la diversidad lingüística del dominio románico asturleonés: por un lado, la región occidental, que se distingue por la diptongación de las vocales tónicas abiertas procedentes de ě y ŏ latinas y el mantenimiento de los diptongos decrecientes ei, ou, típicos del gallego; abarca el occidente de Asturias, el de León, Zamora y las tierras de Miranda do Douro. A continuación habla de una región central que corresponde a la provincia de Asturias y se caracteriza, entre otros rasgos, por la conservación de f- inicial y el plural terminado en –es.

Y, por último, menciona la región oriental, situada en la vertiente oriental de Asturias (entre el río Sella y Santander), la provincia de Santander, la mayor parte del interior de las provincias de León, Zamora y Salamanca y las comarcas de la llamada Extremadura leonesa; es una variedad lingüística que, sin eliminar sus rasgos leoneses, ha perdido la f- inicial y la conserva aspirada en jorno, jambre, jacha y otros términos que tenían esta consonante en latín. Menéndez Pidal, basándose en hechos históricos, traza los límites geográficos del leonés y aporta datos para estudiar las diferentes regiones dialectales que lo integran.

Cuatro décadas más tarde, Vicente García de Diego, en el Manual de dialectología española4, menciona el «grupo asturiano-leonés», para referirse a las hablas de Asturias y Santander, con León, Zamora, Salamanca y Extremadura, regiones que, en su opinión, comparten ciertos caracteres lingüísticos frente a la gran extensión de territorios que abarcan. En esta división el asturiano es el que mejor conserva su singularidad, pese a la gran «filtración castellaba que alcanza hasta las más escondidas aldeas». Más al este, el dialecto montañés guarda en algunas palabras sus muestras características. En la provincia de León, el leonés oriental y el

2 Ramón Menéndez Pidal, El dialecto leonés, RABM, 1906; hay una edición más reciente preparada por Carmen Bobes, Oviedo, BIDEA, 1962. La cita se encuentra en la pág. 13 de esta edición. 3 Ibidem, págs.. 13-14. Véase un nuevo estado de la cuestión en el capítulo que Clarinda de Azevedo Maia redacta para el Manual de dialectología hispánica. El español de España (bajo la dirección de Manuel Alvar, Barcelona, Ariel, 1996, págs.. 159-170.4 Vicente García de Diego, Manual de dialectología española, Madrid, Ediciones Cultura Hispánica, 1946; las citas corresponden a la edición de Madrid (Ediciones Cultura Hispánica-Centro Iberoamericano de Cooperación), 1978.

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leonés central han visto desdibujados sus rasgos por la presión del castellano, y en Zamora subsiste el viejo dialecto sólo en la comarca de Sanabria y en las montañas. Por último, en Salamanca y en Extremadura perviven algunas huellas sueltas y voces aisladas que evocan la esencia del léxico tradicional.

Zamora Vicente, en su Dialectología española5, dedica un extenso capítulo a la descripción de las «hablas leonesas», que, según explica, deben localizarse «en el área del antiguo reino de León». Incluye en este núcleo a las provincias de Asturias, Santander, León, Zamora, Salamanca, Cáceres y Badajoz, con todos sus límites (lingüísticos, históricos, geográficos y administrativos), reflejados también en un mapa que permite observar las dimensiones del dialecto, sus rasgos diferenciadores y su primitiva extensión.

5 Alonso Zamora Vicente, Dialectología española, Madrid, Gredos, 1979 (9ª edición muy aumentada), págs.. 84-210.

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La frontera oriental ha desdibujado de forma notable sus elementos característicos, por la presión reguladora del castellano; en cambio, los límites occidentales se muestran más precisos en el mantenimiento de los rasgos peculiares del dialecto y el influjo del gallego es aquí más notable que en otros puntos, de manera especial en la extremidad occidental de la provincia de Zamora. En este manual las fronteras lingüísticas del leonés se han trazado de esta forma:

a) En Asturias el influjo gallego alcanza hasta el río Navia y se refleja en la ausencia del diptongo en palabras procedentes de étimos con ě y ŏ latinas. La margen oriental del río muestra la diptongación regular de estas vocales.

b) En la provincia de León el leonesismo se acentúa a medida que se avanza hacia la vertiente oriental; los valles occidentales (Ancares, Finolledo) hablan una variedad del gallego o gallego-leonés6.

c) En la provincia de Zamora el gallego penetra por el partido de Puebla de Sanabria y se habla en las localidades de Lubián, Padornelo y Hermisende. Pero también los rasgos leoneses entran en territorio portugués (Rionor, Guadramil y Miranda do Douro).

d) En Salamanca los límites coinciden con la frontera política, excepto en algunos puntos aislados, como La Alamedilla (en el partido de Ciudad Rodrigo), que habla portugués.

e) En la provincia de Cáceres se hablan modalidades relacionadas con el portugués en pueblos del ángulo noroeste (Valverde del Fresno, Eljas y San Martín de Trevejo) y, más al sur, en Cedillo y Herrera de Alcántara. Ya en Badajoz el portugués penetra en la comarca de Olivenza, por razones históricas que han llevado a España y Portugal a disputarse la posesión de estas tierras. El sur de la provincia de Badajoz, reconquistado por Alfonso IX, marca el extremo o límite meridional del Reino de León7.

Esta concepción amplia del dialecto ha dominado en los modernos estudios sobre las variedades lingüísticas de la Península Ibérica. La muestra más reciente se encuentra en el Manual de dialectología hispánica, coordinado por Manuel Alvar8, que, bajo la denominación genérica de «leonés», agrupa las hablas asturianas, el gallego-asturiano, el leonés propiamente dicho, el mirandés y el extremeño. La designación propuesta para nombrar a este grupo de hablas indica que cada una de ellas se toma como una variedad del gran mosaico denominado «leonés»9. El esquema del libro de Alvar pone de relieve cómo las reliquias del dialecto perduran hoy en las provincias de Asturias, Santander, León, Zamora, Salamanca, Cáceres y Badajoz, aunque es posible encontrarlas también en un área aún mayor, sobre todo en la vertiente oriental del antiguo reino, donde los límites lingüísticos

6 La visión más reciente de las fronteras lingüísticas de León nos la proporciona Janick Le Men, en su libro titulado Léxico Leonés. Estudio bibliográfico (León, Ediciones Universidad de León, 1999), que toma los ocho partidos judiciales de la provincia de León (Murias de Paredes, La Vecilla, Riaño, León, Sahagún, Valencia de Don Juan, La Bañeza y Astorga) y sus dos grandes comarcas (El Bierzo y La Cabrera) como indicios de una nueva división dialectal con personalidad propia.7 Vid. Alonso Zamora Vicente, op. cit., págs. 84-88.8 M. Alvar (dir.), Manual de dialectología hispánica (I) El español de España, Barcelona, Ariel, 1996.9 Josefina Martínez Álvarez, «Las hablas asturianas», en M. Alvar (dir.), op. cit., pág. 119, habla de «las variedades asturianas de los que se llama leonés».

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han sido borrados por el empuje del castellano y su acción niveladora. Las demarcaciones occidentales, en cambio, son más exactas, pero no coinciden, hoy en día, con los límites políticos y administrativos de las correspondientes provincias.

Este escollo se supera en los últimos atlas lingüísticos publicados dentro del dominio iberorrománico, que acuden a la aglutinación de pueblos unidos más por los estatutos de autonomía que por sus raíces lingüísticas. Ejemplo claro de esta tendencia es el Atlas Lingüístico de Castilla y León, realizado por Manuel Alvar en 199910, que pone en las manos del investigador de los dialectos las peculiaridades de un conjunto de pueblos que, hasta ahora, habían discurrido por separado en el interés de los filólogos.

Las nueve provincias que constituyen la actual Junta de Castilla y León tienen poco que ver entre ellas desde el punto de vista lingüístico: por un lado, León, Zamora y Salamanca, integrantes del antiguo Reino de León previo al moderno mapa de las comunidades autónomas, formaban parte de esa extenda franja lingüística que desde Asturias hasta Extremadura configuraba en los manuales el llamado «dialecto leonés»; por otro, las seis restantes –Valladolid, Ávila, Soria, Segovia, Palencia y Burgos-, habían pertenecido a la región de Castilla la Vieja, junto con Santander y Logroño. Estas dos últimas provincias cuentan con sus propios atlas lingüísticos; la de Logroño, desde 1978-1983, se integra en el Atlas Lingüístico y Etnográfico de Aragón, Navarra y Rioja (ALEANR)11, mientras que para Santander el mismo Alvar sacó a la luz en 1995 el Atlas Lingüístico y Etnográfico de Cantabria, culminación de un proyecto que, en sus orígenes, se conoció en la bibliografía hispánica como ALES (Atlas Lingüístico y Etngoráfico de Santander), atlas de mínimo dominio pero de gran interés, porque explora zonas de fuerte sustrato prerromano, en las que nació el castellano en contacto con el vasco y el asturleonés, como indica Pilar García Mouton en unas acertadas reflexiones sobre la dialectología y la geografía lingüística hispánicas12.

En el Atlas Lingüístico de Castilla y León los rasgos dialectales leoneses deben buscarse en las tres provincias occidentales, de norte a sur. El resto del dominio abarcado por los mapas corresponde a la franja lingüística que en el mismo Manual de dialectología hispánica de Alvar se estudia en el capítulo titulado «Castilla la Vieja». Su autor, César Hernández Alonso, entiende esta modalidad como «el dialecto primario del español», dado su carácter de «complejo de variedades diatópicas, diastráticas y diafásicas»13, afirmación que evoca el clásico artículo de Vicente García de Diego, «El castellano como complejo dialectal y sus dialectos internos»14. En este bosquejo, Hernández Alonso presta atención a las hablas de las provincias de Burgos, Palencia, Valladolid, este de Zamora y de Salamanca, Ávila, parte de Segovia y oeste de Soria, selección que, como se ve, complica aún más el ya de por sí confuso entramado lingüístico de la Meseta Central.

10 Manuel Alvar, Atlas Lingüístico de Castilla y León, Junta de Castilla y León, Consejería de Educación y Cultura, 1999.11 M. Alvar, Atlas Lingüístico y Etngoráfico de Aragón, Navarra y Rioja.12 Vid. Pilar García Mouton, «Dialectología y geografía lingüística», en M. Alvar, Manual de dialectología hispánica, pág. 73.13 Vid. César Hernández Alonso, «Castilla la Vieja», en M. Alvar, Manual de dialectología hispánica, págs. 197-212. Las citas se encuentran en la pág. 197.14 RFE, XXXIV, 1950, págs. 107-124.

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ARCHIVO DIGITAL LEONÉS“León. Preparativos de boda” (1950)

“León. Preparativos de boda”Autor: R. Cabrera

Serie Regiones Españolas. Tarjeta Postal nº 11.Fecha: 1950

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IMÁGENES LEONESISTAS:La Zarza de Pumareda (Salamanca)

Localidad: La Zarza de Pumareda

Comarca: La Ramajería

Provincia: Salamanca

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RECETAS LEONESASPATATAS MENEÁS

Ingredientes (4 personas): 500 gramos de patatas, 150 gramos de panceta, torreznos,

1 cucharada sopera de pimentón dulce, 1 cucharada de pimentón picante, 2 cucharadas soperas

de aceite de oliva, laurel, (cebolla) y sal.

Elaboración de Receta de las Patatas Meneás:

Cocer las patatas en agua salada abundante durante unos 40 minutos con una hoja de laurel,

escurrirlas y guardarlas calientes.

Saltear la panceta (aderezada con sal y pimienta y cortada en torreznos) a buena temperatura

hasta que quede dorada y crujiente. En algunas partes se le suele echar también cebolla.

Trocear las patatas en cuatro partes, ponerlas en un recipiente y añadir el pimentón (tanto el

dulce como el picante) y el aceite.

Deshacer las patatas con una cuchara de palo y mezclarlas hasta formar una masa homogénea.

Repartir el puré en los platos, decorándolos con los torreznos.

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MUNICIPIOS LEONESES DEL MES

PORTO – Abril de 2012

Porto es un municipio ubicado en la zona de "As Portelas", al oeste de la comarca de Sanabria,

siendo uno de los municipios leoneses fronterizos con Galicia. Su situación geográfica ha sido clave

para el hecho de que en este municipio se hable el "porteixo", un dialecto de la lengua gallego-

portuguesa. Con sus algo más de 200 kilómetros cuadrados de superficie supone el municipio más

grande de Sanabria y el segundo de la provincia de Zamora.

Cabe señalar ante todo la inmensa belleza natural de Porto. Y es que no es casualidad que se encuentre

dentro del Parque Natural del Lago de Sanabria ya que a su rica diversidad de flora y fauna se suma

una impresionante belleza paisajística a la que contribuye su accidentada geografía rodeado de

montañas de en torno a 2.000 metros entre la Sierra Segundera y la Sierra Calva, destacando en su

linde norte Peña Trevinca, con 2.124 metros, donde nace el río Tera. Pese a la nacencia del Tera en su

término municipal el río más importante para la localidad de Porto es el Bibey que nace en el municipio

junto al pico Moncalvo (2.045 metros) atravesando en su recorrido Porto. Y es que Porto es un municipio

con una gran riqueza hidrográfica, fruto de ello posee una amplia red de fuentes así como diversas

lagunas como la de los Peces, las de Piatorta, las de Verea, etc.

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En cuanto al legado monumental cabe destacar la Iglesia de Nuestra Señora de la Asunción de los

siglos XII y XIII así como la propia arquitectura de Porto, de la zona de alta montaña. En ella podemos

encontrar hornos de pan medievales, antiguos molinos harineros, telares, puentes, las ya

mencionadas fuentes, etc.

Se da la curiosidad de que Porto es un municipio con territorio en dos cuencas hidrográficas, y es que el

Bibey (que desemboca en el Sil) pertenece a la del Miño y el Tera (que desemboca en el Esla) pertenece a

la del Duero.

Vista del municipio de Porto (Foto: Tanxilde)

En cuanto a las fiestas de Porto las principales son las de La Asunción y San Roque, que se celebran

los días 15 y 16 de agosto. Asimismo es remarcable la Feria del Ganado que se realiza el 26 de cada mes

entre mayo y octubre.

Para llegar a Porto se puede hacer del siguiente modo:

A través de la Ruta de la Plata (A-66 / N-630) debiendo llegar hasta Benavente, donde tomaremos

la A-52 (Autovía de las Rías Baixas) entrando en Galicia por A Canda, tras el cual deberemos

tomar la carretera que nos introduce de nuevo en territorio leonés a través de Villanueva de la

Sierra y Pías. Más adelante deberemos tomar la carretera de Pradorramisquedo y, tras pasar

dicha localidad, llegaremos a Porto.

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SOPA DE LETRAS

Encuentre en la sopa de letras las siguientes comarcas leonesas:

. LA JOYA DEL SUR LEONÉS…………….----------------.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------...................................------------.

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PAÍS LEONÉSSalamanca-Zamora-León

Atardecer en Guadramiro