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El derecho aduanero y la aparición de políticas nacionalistas de desintegración regional: ¿Multilateralismo o proteccionismo? Información General

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El derecho aduanero y la aparición de políticas nacionalistas

de desintegración regional: ¿Multilateralismo o proteccionismo?

Información General

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Ceremonia de apertura

Massimo Fabio, Miembro de la Junta Directiva de la Academia Internacional de Derecho Aduanero (ICLA)

Giovanni De Mari, Presidente del Consejo de Agentes de Aduanas de Italia (CNSD)

Ernani Checcucci, Director de construcción de capacidades de la OMA

Yi Xiaozhun, Director General Adjunto de la Organización Mundial del Comercio (OMC)

Alessandro Aronica, Director de la Dirección de Aduanas y Monopolio de Italia

Maestro de Ceremonia: Renato Antonini, Miembro de la Academia Internacional de Derecho Aduanero (ICLA Italia)

Sesión I: Las normas y principios multilaterales como motores eficientes del comercio internacional

Capítulo 1 La interfaz entre el multilateralismo y regionalismo (Edwini Kessie)

Capítulo 2 La experiencia canadiense y la práctica del Tribunal de Comercio Internacional con relación a la jurisprudencia de la Organización Mundial del Comercio. Casos en el pasado reciente (Jean Bédard)

Capítulo 3 Las medidas para favorecer la participación en el comercio internacional de los países menos desarrollados (PMD) (Joy Kategekwa)

Capítulo 4 La instrumentación aduanera del comercio multilateral a través de las herramientas y convenios de la Organización Mundial de Aduanas. El fortalecimiento de capacidades y su potencialidad para mejorar el comercio internacional (Ernani Checcucci)

Moderador: Hans-Michael Wolffgang

Sesión II: El comercio internacional a través de los acuerdos comerciales regionales (ACR) y su transformación para ajustarse a las nuevas condiciones políticas y económicas

Capítulo 1 El nuevo Código Aduanero de la Unión: la nueva base legal europea y sus efectos sobre el comercio internacional (Cinzia Bricca)

Capítulo 2 Las etapas, disciplinas y alcances de la actualización del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) (Beatriz Leycegui Gardoqui)

Capítulo 3 El acceso de mercados conforme los ACR de Asia (Acuerdo Comercial Asia-Pacífico [APTA] y Asociación de Naciones del Sudeste Asiático [ASEAN]) (Esther Peh)

Capítulo 4 Las premisas políticas y jurídicas para la integración económica de Sudamérica. Los casos de la Comunidad Andina y el Mercosur (César Montaño Galarza)

Moderador: Sara Armella

Programa

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Sesión III: Los acuerdos comerciales bilaterales (ACB) como vías paralelas/complementarias de negociación de las cuestiones de nueva generación

Capítulo 1 Desarrollo sustentable y recursos naturales en la agenda de la negociación comercial (Alice Tipping)

Capítulo 2 Competencia económica ante los nuevos agentes económicos y los tratados de libre comercio (Jorge Witker)

Capítulo 3 De regional a multilateral: ¿TPP y CETA como estándares para futuras reglas de comercio global? (Achim Rogman)

Capítulo 4 Economía digital, e-commerce y los servicios electrónicos relacionados con el comercio (Karolyn Salcedo)

Moderador: Juan Patricio Cotter

Sesión IV: Los caminos posibles para afrontar las políticas nacionales de naturaleza proteccionista

Capítulo 1 Los retos del agente de aduanas ante el nuevo entorno (Alejandro Ramos Gil)

Capítulo 2 Comités Nacionales de Facilitación del Comercio: hacia su implementación (Arántzazu Sánchez Belastegui)

Capítulo 3 El cumplimiento aduanero (Wieslaw Czyzowicz)

Capítulo 4 El operador económico autorizado (Alejandro Arola García)

Capitulo 5 La integración entre la Academia y las instituciones internacionales de comercio y los programas de enseñanza además de su contribución al comercio internacional (Rosaldo Trevisan)

Moderador: Giovanni Mosca

Ceremonia de cierre

RELATORIA GENERAL Sara Armella, miembro de la Academia Internacional de Derecho Aduanero (ICLA)

DISCURSOS Roberto Alberti, Presidente de la Federación Nacional de Empresas de Transporte Internacional (FEDESPEDI)

Cinzia Bricca, Directora de la Dirección Central de Legislación y Procedimientos Aduaneros de la Dirección de Aduanas y Monopolio de Italia

Ernani Checcucci, Director de Construcción de Capacidades de la Organización Mundial de Aduanas (OMA)

Andrés Rohde, Presidente de la Academia Internacional de Derecho Aduanero (ICLA)

Maestro de ceremonia: Massimo Fabio, Miembro de la Junta Directiva de la Academia Internacional de Derecho Aduanero (ICLA)

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Informacíon General

Sesión I: Las normas y principios multilaterales

como motores eficientes del comercio internacional

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La interfaz entre el multilateralismo y regionalismo

La OMC es una organización internacional de 164 países miembros constituida como un foro para negociar acuerdos internacionales de comercio y que funciona, además, como organismo fiscalizador-regulador para hacer cumplir los acuerdos.

Los acuerdos son extensos y complejos porque se trata de textos jurídicos que abarcan una gran variedad de actividades que van desde la agricultura hasta la propiedad intelectual. Estos documentos están inspirados en varios principios simples y fundamentales que constituyen la base del sistema multilateral de comercio:

• Comerciosindiscriminaciones(naciónmásfavorecida)• Comerciomáslibre:demaneragradual,mediantenegociaciones• Previsibilidad:medianteconsolidaciónytransparencia• Fomentodeunacompetencialeal• Promocióndeldesarrolloydelareformaeconómica

Tener demasiados acuerdos, normas o estándares entre los países miembros puede convertirse en un obstáculo para el comercio pero también son necesarios, por ello, la OMC estableció los siguientes estándares normativos:

• No discriminación en la preparación, adopción y aplicación de reglamentos técnicos, normas yprocedimientos de evaluación de la conformidad

• Evasióndeobstáculosinnecesariosalcomercio• Armonizacióndelasespecificacionesyprocedimientosconlasnormasinternacionalesenlamedidade

lo posible• GarantíadetransparenciadeesasmedidasmediantesunotificaciónporlosgobiernosalaSecretaríade

la OMC y el establecimiento de servicios nacionales de información

Edwini Kessie

Doctorado en Derecho por la Universidad TechnologyDirector de la División de Agricultura y Productos Básicos de la Organización Mundial del Comercio (OMC)

Capítulo 1

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La experiencia canadiense y la práctica del Tribunal de Comercio Internacional con relación a la jurisprudencia de la Organización Mundial del Comercio. Casos en el pasado reciente

El Tribunal Canadiense de Comercio Exterior es un órgano cuasi judicial integrado por un máximo de siete miembros, incluido un presidente, que son nombrados por el gobernador en consejo durante un período de hasta cinco años. Tiene el mandato de actuar dentro de cinco áreas clave:

•Consultassobrelesionesantidumping•Consultassobreadquisiciones•Apelacionesdeaduanaseimpuestosespeciales•Consultaseconómicasyarancelarias•Consultasdesalvaguardia

Para la resolución y fundamentación de sus decisiones, el tribunal puede basarse en los criterios jurisprudenciales emitidos por la OMC, que son criterios multilaterales establecidos en la resolución de los conflictos por los órganos resolutorios de controversias sobre los diversos acuerdos y decisiones de la OMC con una doble connotación: la de esclarecer conceptos que pudieran tener varios significados y como mecanismo complementario que los acuerdos pudieran contener.

Jean Bédard

Maestro en Administración de Negocios por la Universidad de Laval y Maestro en Derecho Internacional de Negocios por la Facultad de Derecho Osgoode Hall de la Universidad de York

Miembro del Colegio de Abogados de Quebec y de la Sociedad de Abogados de Canadá además de Consejero de la Reina por el Gobierno de Canadá

En el 2000, fue nombrado, por el Ministro de Colegios y Universidades de Ontario para el Equipo de Trabajo para la Inversión en Estudiantes y en 2002, juez suplente de la Corte de Menores de Ontario.

Actualmente, miembro y presidente en funciones del Tribunal Canadiense de Comercio Exterior

Capítulo 2

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Las medidas para favorecer la participación en el comercio internacional de los países menos desarrollados (PMD)

La participación de los países menos desarrollados en el comercio internacional fue siempre uno de los objetivos de la OMC y de la ONU. La apertura comercial y la liberalización del comercio permitirían mejorar el desarrollo económico de los países, ayudando a las empresas locales a exportar y a los sectores industriales a obtener materia prima de mejor calidad y más barata. Además, la supresión de las barreras comerciales y la atracción de capital extranjero permitirían la creación de empleos y el desarrollo de la economía legal.

Para lograr esos objetivos, muchos organismos internacionales proponen acciones precisas como préstamos a bajo costo, ayuda en la firma de zona de libre comercio, proyectos de inversión específica, etc.

El organismo más relevante para alcanzar estos objetivos fue creado en 1964 y se denomina Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Comercio y el Desarrollo (CNUCYD o UNCTAD, por sus siglas en inglés). Este organismo tiene como finalidad diversificar las economías para evitar la dependencia de los commodities, resistir las crisis financieras y atraer inversiones, entre otras.

Como organismo supranacional, sus miembros se reúnen cada 4 años para elaborar objetivos, sin embargo, se concretan muy pocas acciones importantes y sirve más como mesa de diálogo para generar propuestas de mejora ante la situación de los países pobres.

Joy Kategekwa

Maestra en Derecho Mercantil Internacional por el Instituto de Comercio Mundial de la Universidad de BernaJefe de la Oficina Regional para África de la CNUCYD.Experta en el comercio africano y el sector industrial además de analista en legislación comercial. Ha trabajado durante 15 años en varios organismos comerciales, industriales y de inversión. Dirigió varias misiones de la Unión Africana y es autora de varios artículos y libros como Opening Markets for Foreign Skills: How Can the WTO Help.

Capítulo 3

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La instrumentación aduanera del comercio multilateral a través de las herramientas y convenios de la Organización Mundial de Aduanas. El fortalecimiento de capacidades y su potencialidad para mejorar el comercio internacional

La instrumentación aduanera del comercio multilateral es el conjunto de herramientas internacionales que pretenden estandarizar los procedimientos entre aduanas a nivel mundial, luchar contra los fraudes comerciales y homogeneizar el sistema armonizado, para ello, la OMC coopera regularmente con la Organización Mundial de Aduanas (OMA) y sus herramientas son el establecimiento de comités técnicos relacionados con los acuerdos sobre valoración en aduanas y normas de origen.

El objetivo primordial de la asistencia técnica para la facilitación del comercio y la capacitación se ha centrado en el servicio de aduanas. Sin embargo, en los últimos años, el contexto ha evolucionado y ahora incluye una mejor coordinación entre los procesos interinstitucionales, llegando incluso a la integración de estos procesos.

Los acuerdos sobre valoración en aduana y normas de origen contienen disposiciones que instan al esta-blecimiento de comités técnicos bajo los auspicios de la OMA sobre esas cuestiones. El personal de la OMC mantiene relaciones de cooperación con estos comités técnicos para examinar cuestiones relacionadas con estos acuerdos así como prestar ayuda en las actividades de asistencia técnica.

En cuanto a la facilitación del comercio, funcionarios de la OMA han participado desde 2005 en todas las actividades regionales de asistencia técnica de la OMC, además, la OMA contribuye a la elaboración del instrumento de evaluación de las necesidades que se está preparando específicamente para las negocia-ciones sobre la facilitación del comercio del Programa de Doha para el Desarrollo. Funcionarios de la OMA asisten habitualmente, como observadores, a las reuniones del Grupo de Negociación sobre la Facilitación del Comercio.

Ernani Checcucci

Licenciado en ingeniería y Director de la Dirección de Capacitación de la OMA, elegido para un mandato de cinco años (2016-2020)

De 2011 a 2015, Subsecretario de Aduanas y de Relaciones Internacionales de la Secretaría de Ingresos Federales de Brasil, responsable directo del comercio de ventanilla única, de la reingeniería de procesos empresariales en asociación con el sector privado, la mejora de la función de gestión de riesgos mediante el desarrollo del National Targeting Center y la aplicación de soluciones de inteligencia artificial además del fortalecimiento de las funciones contra el contrabando y controles fronterizos terrestres. Bajo su liderazgo, la Aduana Brasileña implementó una serie de estándares internacionales como el Convenio de Estambul y las disposiciones del Convenio de Kyoto revisado.

De 2005 a 2011, Oficial Técnico Superior de la OMA como Director de Proyectos de Columbus y Director Adjunto Interino de Capacitación. Su experiencia internacional incluye misiones de diagnóstico, consultoría técnica, planificación estratégica y de proyectos en más de 30 países de América, África, Oriente Medio, Europa, Asia y el Pacífico, también participó en misiones conjuntas organizadas por el Banco Mundial, el Banco Interamericano de Desarrollo, el Fondo Monetario Internacional y la OMC.

Capítulo 4

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Información General

Sesión II: El comercio internacional a través de los acuerdos comerciales regionales

(ACR) y su transformación para ajustarse a las nuevas condiciones

políticas y económicas

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Cinzia Bricca

Licenciada en economía y comercio

Directora de la Dirección Central del Procedimiento y la Legislación Aduanera de la Agencia de Aduanas italiana.

El nuevo Código Aduanero de la Unión: la nueva base legal europea y sus efectos sobre el comercio internacional

El Código Aduanero de la Unión (Union Customs Code, UCC en inglés) adoptado en 2013 y aplicado en 2016 sustituyó el anterior Código Aduanero Modernizado (1992).

La Unión Aduanera de la Unión Europea nació en 1968 y permitió reforzar los enlaces entre los países miembros en el tema comercial.

Con este nuevo tratado, se va a uniformar aún más la aduana entre los miembros, sus objetivos principales son el desarrollo de un sistema electrónico (digitalizar al 100% los trámites en 2020), reforzar el estatuto del operador económico autorizado (OEA) y centralizar las aduanas al despachar en cualquier aduana elegida aunque llegue la mercancía a otras aduanas de la Unión.

El nuevo código aduanero de la Unión ha sido establecido conforme al Reglamento (UE) N° 952/2013 del Parlamento europeo y el Consejo y se puede consultar en el siguiente enlace:

http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A32013R0952

Capítulo 1

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Beatriz Leycegui Gardoqui

Egresada de la Escuela Libre de Derecho y maestra en Asuntos Internacionales por la Universidad de Columbia en Nueva York

Subsecretaria de Comercio Exterior en la Secretaría de Economía de 2006 a 2011

Directora jurídica en la Subsecretaría de Negociaciones Comerciales Internacionales durante la negociación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, entre 1990 y 1992.

Investigadora del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) de 2011 a 2012 y profesora en esa institución de 1993 a 1999. Autora de artículos y coordinadora de varias obras, entre las que destaca el libro Reflexiones sobre la política comercial internacional de México 2006-2012.

Integrante del Consejo de la Agenda Global sobre Comercio Internacional e Inversión Extranjera del Foro Económico Mundial

Catedrático emérito del Centro Internacional para el Comercio y el Desarrollo Sostenible en Ginebra

Miembro fundador del Consejo Mexicano de Asuntos Internacionales

Las etapas, disciplinas y alcances de la actualización del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN)

El Tratado de Libre Comercio de América del Norte o TLCAN es un acuerdo comercial celebrado entre los tres países de América del Norte: Canadá, Estados Unidos de América y México. También se le conoce como NAFTA, que corresponde a las siglas en inglés de “North American Free Trade Agreement.”

El tratado fue firmado en diciembre de 1992 y entró en vigor el 1° de enero de 1994.

El TLCAN tiene como propósito, entre otros :

• Favorecer la apertura comercial de América del Norte a través de la eliminación sistemática de la mayoría de las barreras arancelarias y no arancelarias del comercio y la inversión entre Canadá, Estados Unidos y México.

• Promovercondicionesdecompetencialealenlazonadelibrecomercio.• Protegerlosderechosdepropiedadintelectualenlostrespaísesmiembros.• Establecerprocedimientoseficacesparalaaplicación,elcumplimientodeltratadoylasoluciónde

controversias.

Tras el anuncio y petición por parte de E.U.A. de realizar una renegociación de dicho acuerdo, se iniciaron por los países miembros los trámites internos para modificar dicho tratado.

El proceso se llevará a cabo a través de rondas de negociación que esperan concluir a principios de 2018, antes del comienzo de las campañas electorales mexicanas para evitar politizar el tema. La primera ronda de negociación tendrá lugar en Washington y durará del 16 al 20 de agosto de este año; en esta ronda, se pretende generar una hoja de trabajo común que contemple todos los puntos y aspectos a negociar con los plazos establecidos para ello. Se espera que continúen este tipo de negociaciones para alcanzar acuerdos en 22 puntos, dentro de los que destacan las siguientes ramas:

1. Comercio de mercancías2. Medidas sanitarias y fitosanitarias3. Aduanas, facilitación del comercio y reglas de origen4. Comercio digital de bienes y servicios y flujo de datos transfronterizos

Capítulo 2

5. Anticorrupción6. Energía7. Tipo de cambio

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Esther Peh

Licenciada en Administración de Empresas por la Universidad de SingapurPrimera Secretaria de la Misión Permanente de Singapur de la OMA en Ginebra

El acceso de mercados conforme los ACR de Asia (Acuerdo Comercial Asia-Pacífico [APTA] y Asociación de Naciones del Sudeste Asiático [ASEAN]

La principal zona de libre comercio de la zona del sudeste asiático, la ASEAN fue creada en 1967 por cinco países (Indonesia, Filipinas, Malasia, Singapur y Tailandia). Con el paso de los años, la zona se amplió para llegar, 50 años después, a diez países (Brunéi, Vietnam, Laos, Camboya y Birmania se unieron).

En la actualidad, sus principales objetivos son el crecimiento económico, la paz y el progreso social además de la colaboración en el tema científico, cultural y administrativo.

En estos 50 años desde su creación, podemos destacar tres momentos relevantes: los dos tratados firmados con las principales economías de la región (China y la India) pero, sobre todo, el refuerzo de la integración desde el año anterior con la activación de las cuatro libertades de circulación (mercancías, servicios, capital y recursos humanos) a través de la creación de la comunidad económica del ASEAN.

Con más de 600 millones de personas, este nuevo mercado unificado es uno de los principales a nivel mundial (superando el de la Unión Europea). Sin embargo, la zona tiene que enfrentar nuevos retos como, por ejemplo, saber si los países miembros están listos para una integración mayor mediante una unión financiera con una moneda común sin generar escisiones internas y constatar que la libre circulación de personas no provocará una competencia desleal entre los mimos países de la zona porque uno tiene trabajadores calificados y otros no. Por si fuera poco, esta zona deberá superar también sus grandes diferencias culturales, económicas, lingüísticas y religiosas para tener éxito en su integración.

Capítulo 3

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César Montaño Galarza

Licenciado en derecho y maestro en jurisprudencia

Presidente del Centro Andino de Estudios Internacionales de la Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador

Presidente del Instituto Ecuatoriano de Derecho Tributario, 2008-2010

Director Metropolitano de Administración Tributaria, Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, 2005-2007

Las premisas políticas y jurídicas para la integración económica de Sudamérica. Los casos de la Comunidad Andina y el Mercosur

Los sistemas de integración más desarrollados de América del Sur son la Comunidad Andina (Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú) y el Mercosur (Brasil, Argentina, Uruguay, Paraguay y Venezuela). Si bien es cierto que el peso económico del segundo es mucho mayor, la primera tiene un sistema de integración más desarrollado, más consolidado además de un potencial de crecimiento superior.

Existen dos casos simbólicos del problema de integración completo de la zona de América del Sur: el caso de Bolivia que quería entrar en el Mercosur a pesar de no estar permitido ser miembro de ambas zona de integración y el caso de Venezuela que entró sin la voluntad total de Paraguay debilitando la zona además de ser un antiguo miembro de la CAN.

La Comunidad Andina creada en 1969 es un mercado común y cuenta con las cuatro libertades: libre circulación de mercancías, servicios, capital y recursos humanos.

El Mercosur, creado en 1991, es una unión aduanera (zona de libre comercio y tarifa exterior común).

Los retos para ambos sistemas se podrían resumir en que la CAN necesita preservar su unidad y evitar que Bolivia salga de la comunidad además de enfrentar la competencia de la Alianza del Pacífico (México, Colombia, Perú y Chile).

En lo que respecta al Mercosur, necesitan resolver los problemas internos de sus dos países principales (Argentina y Brasil).

Capítulo 4

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Información General

Sesión III: Los acuerdos comerciales bilaterales (ACB) como vías

paralelas/complementarias de negociación de las cuestiones de

nueva generación

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Alice Tipping

Directora del programa de recursos naturales y medio ambiente de TICD

Diplomática y asesora jurídica en el Ministerio de relaciones exteriores y comercio de Nueva Zelandia

Ha servido en la misión de Nueva Zelanda de la Organización Mundial del Comercio en Ginebra, donde abarcó las negociaciones sobre remedios comerciales, incluidas las subvenciones a la pesca, el comercio y el medio ambiente y el sistema de solución de diferencias de la OMC.

Maestra en relaciones internacionales por la Universidad de Cambridge

Desarrollo sustentable y recursos naturales en la agenda de la negociación comercial

En un mundo donde no se puede ignorar o dejar de percibir el cambio climático y el aumento de la desigualdad entre los países, es muy importante asociar cada vez más las políticas o los intercambios comerciales entre los países con el desarrollo sostenible y la preservación de los recursos naturales. Para empezar a mejorar la situación, se lanzaron tres programas o acuerdos por parte de la ONU que ayudarán a mejorar la cooperación y que favorecerán a los más necesitados:

• AddisAbabaActionAgenda(AAAA) Lanzado en 2015, sirve para la financiación del desarrollo sostenible de los países menos desarrollados.

• Agenda2030paraeldesarrollosostenible,creadotambiénen2015.Setratadeunalistade17objetivosde desarrollo sostenible (conocidos como SDG: Sustainable Development Goals, por sus siglas en inglés).

Algunos ejemplos de sus objetivos son :

SDG 2: Integra el objetivo de acabar con el hambre y la idea de desarrollar la agricultura, incluida la resiliencia al cambio climático.

SDG 7: Sobre energía limpia, se refiere a la cooperación internacional para facilitar el acceso a la tecnología de energía limpia.

SDG 8: Trata del crecimiento económico inclusivo y sostenido.

SDG 14: Habla de la conservación y el uso sustentable de los recursos marinos.

SDG 17: Tiene como objetivo crear una asociación mundial para el desarrollo sostenible agrupando los medios de aplicación que apoyarían el logro de toda la red de objetivos.

Para terminar, al mencionar la acción de la ONU en cuestión de desarrollo sostenible no se tiene que olvidar el primer acuerdo global sobre el clima: El Acuerdo de París firmado durante la COP 21 (Conference of Parties) que proporciona objetivos a largo plazo para reducir las emisiones de CO2 de cada país. Este acuerdo reemplaza el famoso protocolo de Kyoto (1997) que nunca fue totalmente aplicado. El Acuerdo de París fue firmado por la casi totalidad de los países miembros de la ONU en 2015 aunque, recientemente, los Estados Unidos anunció su salida del mismo. Este acuerdo supuso un gran paso de cooperación internacional, a pesar de tener sus limitantes:

1. No implica sanciones a los países que no cumplan con lo pactado. 2. Los países no estipularon la forma o los medios a utilizar para alcanzar esos objetivos.

Capítulo 1

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3. Se trata de un acuerdo general entre estados pero que no implica a las empresas privadas de manera directa, a pesar de ser las que contaminan.

Por tanto, podemos afirmar que, a pesar de haber elaborado los objetivos, el impacto sobre los negocios y las empresas de cada país no está todavía bien definido.

Puedes consultar más información en los siguientes enlaces:

http://www.un.org/esa/ffd/wp-content/uploads/2015/08/AAAA_Outcome.pdf

https://sustainabledevelopment.un.org/post2015/transformingourworld

https://ec.europa.eu/clima/policies/international/negotiations/paris_es

https://www.ictsd.org/themes/global-economic-governance/research/trade-in-transforming-our-world-op-tions-for-follow-up-and

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Jorge Witker

Doctorado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y Profesor Titular por Oposición de Derecho Económico y Metodología Jurídica e investigador titular de tiempo completo del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM (Investigador Nacional Nivel III desde 1984).

Premio Universidad Nacional en Investigación en Ciencias Sociales 2000; Premio Nacional de Comunicación en el área Jurídica de la Fundación José Pagés Llergo, 2011 y miembro de la Academia Mexicana de las Ciencias.

Ha publicado más de 70 libros en México e Iberoamérica.

Competencia económica ante los nuevos agentes económicos y los tratados de libre comercio

La competencia económica es el esfuerzo que realizan dos o más personas, comercios o empresas para incrementar sus ventas al ofrecer más opciones de productos y servicios de mayor calidad a mejores precios. No obstante, hay grupos que no están de acuerdo en su existencia porque gozan de alguna renta monopólica, por ello, es necesario instrumentar políticas de competencia para evitar pérdidas de bienestar social.

La política de competencia en términos generales es la prohibición del abuso de poder de mercado por parte de empresas monopolistas o dominantes y en la valoración de las peticiones de fusiones o adquisiciones, creándose mecanismos como leyes, reglamentos e instituciones encargadas de vigilar este tema.

Ahora bien, al tratar el tema monopólico, es forzoso establecer una distinción en este aspecto: los monopolios estatales y los monopolios privados. Con respecto a los segundos, desaparecieron en la mayoría de los países a mediados de los 90 con la desregulación del comercio, la globalización y la consolidación de Internet; en lo referente al primero, los países no han abandonado realmente esta política de protección, unos por preocupación social al controlar sectores sensibles como la seguridad nacional, otros por cuestiones políticas o económicas de rentabilidad financiera y los menos por cuestiones nacionalistas de orgullo patriótico como las aerolíneas.

Como resultado de la Conferencia Ministerial de Singapur (1996), se estableció el Grupo de Trabajo sobre la Interacción entre Comercio y Política de Competencia para estudiar diversos aspectos de esta cuestión con la participación de todos los miembros de la OMC, sin embargo, el grupo está inactivo, por lo que la regulación de la competencia económica en los tratados internacionales no ha trascendido y, por ende, los países han legislado localmente este tema, estableciendo instituciones como por ejemplo, en México, la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) encargada en términos generales de:

1. Aplicar la Ley Federal de Competencia Económica mediante acciones como las siguientes: Prevenir estructuras de mercado que impliquen riesgos a la competencia mediante el análisis de concentraciones.

2. Investigar y sancionar prácticas monopólicas.

3. Promover la cultura de la competencia a través de la sensibilización de agentes y organizaciones de la sociedad civil, el establecimiento de canales de comunicación con autoridades de los Poderes de la Unión y de los tres órdenes de gobierno.

Sin embargo, esta dependencia aún no ha logrado el desempeño esperado ante la presión de los intereses económicos y los grandes monopolios.

Capítulo 2

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Achim Rogmann

Doctor en Derecho

Decano de estudios y Presidente del Comité de Auditoría de BELS

Miembro del Comité Consultivo editorial de la revista “Práctica externa” y miembro del Consejo Consultivo del Foro Europeo de Comercio Exterior, Aduanas e Impuestos Especiales y EV

Del regionalismo al multilateralismo: ¿TPP y CETA como estándares para las futuras normas del comercio mundial?

Los primeros tratados comerciales aparecieron hace muchos años (siglo XVIII) pero el número de tratados se ha duplicado durante los últimos 20 años. Dos de los más recientes y más importantes son el TPP y el CETA conocidos como nuevos tratados comerciales. Esos nuevos tratados incluyen nuevas cláusulas que han provocado debates muy fuertes ante un panorama comercial nuevo en los intercambios comerciales entre los países.

El TPP para Trans-Pacific Partnership incluye 12 países (Australia, Brunéi, Canadá, Chile, Japón, Malasia, México, Nueva Zelanda, Perú, Singapur y EUA). Es el acuerdo más importante de la historia (800 millones de habitantes con un punto en común: el Pacífico). Fue firmado en 2016 pero aún no ha entrado en vigor, ya que EUA decidió salir del tratado. A la fecha, se abrieron negociaciones para discutir el futuro del tratado, podemos subrayar tres posibilidades :

1) Aplicar el tratado con los 11 países restantes.2) Sustituir EUA por China.3) Cancelarlo.

Este nuevo tratado, a parte de las desgravaciones arancelarias existentes en todos los tratados (llamados de antigua generación), negoció capítulos específicos como la reducción más profunda de las barreras no arancelarias, el intercambio de servicios, las licitaciones públicas, la homogeneización de las normas (sanitarias, sociales, laborales, técnicas y medioambientales) y el tema de las subvenciones de los estados.

El segundo tratado, el CETA (Comprehensive Economic and Trade Agreement) se firmó en 2016 entre Canadá y la Unión Europea. Además de los puntos tratados en el TPP podemos subrayar un concepto reforzado: los tribunales arbitrales privados, donde una empresa privada podría llevar un país a juicio en caso de daños o de pérdidas financieras y, en caso de ganar el juicio, el Estado tendría la obligación de indemnizar a la empresa.

Para entrar de manera completa en vigor, el CETA debe estar ratificado por todos los parlamentos nacionales de los países miembros de la UE y de Canadá. Este proceso puede durar meses, hasta años, aunque, para agilizar el proceso, una parte del tratado entrará en vigor antes del final de este año sin la votación de los parlamentos nacionales y, cuando todos los parlamentos lo ratifiquen, el tratado se aplicará de manera completa (los capítulos más sensibles son los que no se aplicarán de manera inmediata, por ejemplo la cláusula sobre los tribunales arbitrales privados).

Capítulo 3

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Economía digital, e-commerce y los servicios electrónicos relacionados con el comercio

La economía digital ha sido definida como la rama de la economía que estudia la integración y el aprovechamiento de las tecnologías de la información y comunicación (TIC) en los procesos de producción, distribución y compra-venta.

Existen tres componentes principales:

• Infraestructura de negocios, referido a los recursos de soporte al negocio: tecnología, hardware, software, telecomunicaciones y personal especializado.

• Negocio electrónico (e-Business, referido a los procesos empresariales desarrollados mediante aplicaciones informáticas o plataformas online).

• Comercio electrónico (e-Commerce, referido a la generación de negocios y compra/venta de bienes utilizando Internet como medio de comunicación).

El e-commerce (electronic commerce en inglés) consiste en la compra y venta de productos o de servicios a través de medios electrónicos, tales como Internet y otras redes informáticas. Originalmente, el término se aplicaba a la realización de transacciones mediante medios electrónicos tales como el intercambio electrónico de datos, sin embargo, con el advenimiento de la Internet y la World Wide Web a mediados de la década de los 90 comenzó a referirse principalmente a la venta de bienes y servicios a través de Internet usando como forma de pago medios electrónicos, tales como las tarjetas de crédito.

Actualmente, se están estableciendo en los tratados internacionales reglas referentes al comercio electrónico, por ejemplo: el Acuerdo de Asociación Transpacífico (TPP, por su siglas en inglés) que prevé establecer reglas y procedimientos para el comercio de bienes y servicios por Internet y otros medios electrónicos, lo que conforma un capítulo no incluido en ningún tratado regional vigente en el mundo, sin embargo, dicho acuerdo aún no ha entrado en vigor.

Karolyn Salcedo

Maestra en Derecho Económico y Política Económica Internacional

Oficial de aduanas de la República Dominicana y Agregada Técnica de la Dirección de Cumplimiento y Facili-tación de la Organización Mundial de Aduanas (OMA). Sus principales responsabilidades están relacionadas con la facilitación del comercio e incluyen la Convención Internacional sobre la Simplificación y Armonización de los Procedimientos Aduaneros (más conocida como la Convención de Kyoto revisada), la ventanilla única y el Acuerdo de Facilitación del Comercio (TFA) de la Organización Mundial del Comercio (OMC).

Capítulo 4

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Información General

Sesión IV: Los caminos posibles para

afrontar las políticas nacionales de naturaleza proteccionista

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Alejandro Ramos Gil

Los retos del agente de aduanas ante el nuevo entorno

El agente aduanal es una figura importante en el proceso de importación y exportación en México. Esta profesión, controlada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se define de la manera siguiente:

El agente aduanal es una persona física a quien la Secretaría de Hacienda y Crédito Público autoriza mediante una patente para promover por cuenta ajena el despacho de las mercancías en los diferentes regímenes aduaneros previstos en la Ley Aduanera.

Los interesados en obtener una patente de agente aduanal deberán cumplir con los requisitos señalados en el Artículo 159 de la Ley Aduanera, para ello, es necesario que esperen a que se publique una Convocatoria en el Diario Oficial de la Federación y, una vez que se cumple con dichos requisitos, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público le otorga la patente de agente aduanal mediante la emisión del acuerdo con el cual se autoriza la expedición de la patente de agente aduanal ante la aduana de adscripción que se hubiera solicitado.

Cabe señalar que no existe fecha o periodo determinado para la publicación de una convocatoria así como tampoco el número de convocatorias que se deben publicar por año; la última fue publicada el 25 de marzo de 1998.

Para que un agente o apoderado aduanal inicie los trámites de comercio exterior debe contar con el encargo conferido para que actúen como su consignatario o mandatario y puedan realizar sus operaciones.

Actualmente, ante la digitalización de la operación aduanera y la ventanilla única, la figura del agente aduanal está siendo cuestionada de ahí que se modificó la obligación de pasar por un agente aduanal (modificación de la Ley Aduanera, a finales de 2014). En la actualidad, una persona moral puede despachar sin tener que contar con la figura del agente aduanal.

Entonces, la figura del agente aduanal está enfrentando una situación amenazante y debe actuar ofreciendo nuevos servicios, convenciendo a los exportadores e importadores de su utilidad. Podemos preguntarnos: ¿Serán capaces de rivalizar con los más fuertes forwarders?¿Los costos de transporte van a disminuir con su posible desaparición?¿Será más eficiente el despecho aduanal en México sin ellos?

Capítulo 1

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Arántzazu Sánchez Belastegui

Maestra en Política y Administración

Oficial de asuntos económicos de la Sección de facilitación del comercio de la UNCTAD

Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa, Ministerio Federal de Medio Ambiente de Baviera dentro del Programa Espacio Alpino de la UE

Comités Nacionales de Facilitación del Comercio: hacia su implementación

Los comerciantes, tanto de los países en desarrollo como de los países desarrollados, a menudo señalan los excesivos trámites a los que han de hacer frente para mover las mercancías a través de las fronteras. Para solucionarlo, los miembros de la OMC sellaron el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio (AFC o TFA por sus siglas en inglés) que entró en vigor el 22 de febrero de 2017.

El párrafo 2 del Artículo 23 del TFA exige a los miembros de la OMC que establezcan un Comité Nacional de Facilitación del Comercio (NCTF, por sus siglas en inglés), también llamados comités PRO, o que designen un mecanismo existente que pueda facilitar la coordinación e implementación nacional de las disposiciones del TFA, tales como la simplificación de los requisitos en materia de documentación, la modernización de los procedimientos y la armonización de los requisitos aduaneros con los que se pueden reducir los costos y el tiempo necesario para exportar e importar mercancías. Se trata de una cuestión clave, ya que los costos del comercio pueden llegar a representar el equivalente a un arancel ad valorem del 134% en los países de altos ingresos y del 219% en los países en desarrollo.

El 60% de los miembros de la OMC ya han establecido un NCTF mientras que el 17% había finalizado su plan y esperaba recibir la aprobación final y/o para comenzar la implementación. Por otro lado, el 2% indicó que tenía un mecanismo distinto para aplicar las disposiciones del TFA y el 18% restante de los encuestados estaba considerando activamente la mejor manera de establecer un NCTF.

Los NCTF deberán seguirse implementado en cada país miembro. El 12 de junio del 2017, se realizó en la OMC una reunión para intercambiar experiencias respecto a los países donde se encuentran ya conformados, sin embargo a la fecha no se ha establecido por parte de la OMC la base pormenorizada de su estructura aunado a que los países miembros no tienen una idea clara de su funcionamiento, no hay un financiamiento para su establecimiento y hay una fuerte resistencia al cambio.

Puedes consultar más información en el siguiente enlace oficial:http://www.tfafacility.org/

Capítulo 2

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Wieslaw Czyzowicz

Profesor en la Cátedra de Derecho Administrativo y Financiero de las Empresas, Escuela de Economía de Varsovia

Director del Departamento de Política Aduanera y Control del Comercio de Mercancías y Mercancías, Oficina Principal de Aduanas (GUC)

Cofundador de la Cámara de Aduanas y Comercio Exterior de Polonia

Miembro del Comité Nacional Polaco de la Cámara de Comercio Internacional

Presidente de la Junta de Programas del Monitor de Derecho Aduanero, asesor del Presidente de la Asociación Polaca de Agencias Aduaneras, representante de la Asociación en CLECAT (Organización Europea de Expedición y Logística)

Autor de aproximadamente 200 artículos sobre problemas de las regulaciones legales relacionadas con el comercio electrónico, el derecho aduanero y las relaciones internacionales.

El cumplimiento aduanero

Si bien es cierto que, durante muchos años, los aranceles fueron los principales obstáculos al comercio internacional, con el aumento del número de tratados comerciales y el trato de nación más favorecida (NMF) de la OMC, esos obstáculos fueron superados en muchos casos por la heterogeneidad de las aduanas y de los procedimientos aduaneros existentes en el mundo.

Homogeneizar las aduanas y las distintas regulaciones a nivel mundial resulta un proceso complejo y que tardará años en llegar pero es uno de los principales objetivos de la OMA. En el mundo, la Unión Europea forma parte de los países más adelantados al respecto, no obstante, aun teniendo una legislación común y un nuevo código de aduana, cada país tiene sus propios programas desarrollados por su aduana nacional y su propio funcionamiento, además existen aduanas más avanzadas en el nivel de la digitalización o de la presencia o no del agente aduanal.

Para crear un solo tipo de aduana a nivel mundial se necesitan simplificar los trámites aduaneros y digitalizar los procedimientos (el ejemplo del Vucem o Ventanilla Única en México es representativo ya que es una herramienta que permite el envío de la información electrónica una sola vez, ante una única entidad, para cumplir con todos los requerimientos del comercio exterior. Esto es posible a través de la simplificación, homologación y automa-tización de los procesos de gestión). Aunado a la simplificación y a la digitalización, se necesita, sobre todo, crear un sistema armonizado total y completo para todos los países.

El sistema armonizado es un sistema de clasificación de las mercancías en categorías para facilitar su identificación al momento de su despacho aduanero. Hasta la fecha, el sistema armonizado proporciona los 6 primeros dígitos comunes a los países que lo usan, pero los dígitos siguientes pueden variar entre los países, complicando la buena identificación de la mercancía.

Para concluir, el proceso de homogeneización del despacho aduanero facilitará el comercio internacional y les permitirá a los países menos desarrollados tener más oportunidades de exportar. Desde el punto de vista empresarial, son las PYMES (pequeñas y medianas empresas) las que aprovecharán más esa homoge-neización, ya que trabajar con aduanas con proceso de despacho diferente provoca un incremento en el costo y es un freno más importante para las empresas con poco capital o recursos a invertir.

Capítulo 3

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Alejandro Arola García

Cursó Derecho en la Universidad de Barcelona con estudios previos en el Collège du Lémande de Ginebra, Suiza.

Agente de Aduanas desde 1986 y transitario desde 1990 con ejercicio profesional en los Colegios Oficiales de Agentes de Aduanas de Barcelona, Cádiz, Algeciras, Valencia y Tarragona.

Consultor independiente del Banco Interamericano de Desarrollo para asesorar la implantación de programas aduaneros y de facilitación.

Presidente de la Federación Internacional de empresa OEA (IFAEO) con sede en Bruselas que agrupa a empresas certificadas de los cinco continentes con independencia de su actividad o rol en la cadena logística.

Presidente del Grupo Arola desarrollando los servicios de gestión aduanera, operador logístico, consignación de buques, asesoramiento jurídico-legal, gestión de IIEE, consultoría para la certificación de Operador Económico Autorizado y de formación en comercio exterior.

Consultor de la CCI (Cámara de Comercio Internacional) con sede en París en los trabajos de actualización de los INCOTERMS.

Presidente de la Asociación de Representantes Aduaneros Certificados OEA (ARACOEA).

En el 2010, constituyó la Fundación Aduanera para la Difusión del Conocimiento y el Derecho Aduanero que tiene como objetivo la formación y organización de cursos, seminarios y jornadas de temas relacionados con comercio exterior así como la publicación de estudios y monográficos de la actualidad aduanera.

El operador económico autorizado

Operador Económico Autorizado (OEA) es una acreditación europea para probar el cumplimiento de ciertas medidas relacionadas con la seguridad y buenas prácticas en la cadena de suministro internacional de mercancías. Los operadores económicos que cumplan los criterios para la obtención del estatus OEA se consideran socios fiables en la cadena de suministro.

Se distinguen dos tipos de acreditaciones:

• Simplificacionesestablecidasenlanormativaaduanera(AEOC)• Controlesaduanerosrelativosalaprotecciónyseguridad(AEOS)

Esta figura es la respuesta de las siguientes iniciativas:

• OrganizaciónMundialdeAduanas:MarconormativoSAFE• ComisiónEuropea:Programadeseguridadenmateriaaduanera.Customs Security Programme (CSP)• EE.UU: Customs-Trade Partnership Against Terrorism (C-TPAT)

La figura del OEA entró en vigor en la Unión Europea en el 2008 y se basa en la asociación Aduana-a-Empresa introducida por la Organización Mundial de Aduanas (OMA). Los operadores que cumplan voluntariamente una amplia gama de criterios trabajan en estrecha cooperación con las autoridades aduaneras para garantizar el objetivo común de la seguridad de la cadena de suministro y tienen derecho a disfrutar de beneficios en toda la UE.

La UE estableció su concepto AEO basado en las normas internacionalmente reconocidas, creando una base jurídica para ello en 2008 a través de las “enmiendas de seguridad” del Código Aduanero Comunitario (CCC) (Reglamento 648/2005) y sus disposiciones de aplicación.

Capítulo 4

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El programa, cuyo objetivo es mejorar la seguridad de la cadena de suministro internacional y facilitar el comercio legítimo, está abierto a todos los actores de la cadena de suministro. Abarca a los operadores económicos autorizados para la simplificación aduanera (AEOC), seguridad y protección (AEOS) o una combinación de ambos. En el mundo ya son 57 países los que cuentan con un programa de operador económico autorizado con distintos grados de cobertura o profundización en la cadena logística.

Adicionalmente desde el año 2007, algunas de estas economías han comenzado a enlazar sus programas de OEA a través de los Acuerdos de Reconocimiento Mutuo (ARM), mediante el cual se reconocen mutuamente la certificación a un operador en cada uno de los países firmantes.

Principales programas OEA en el mundo:

América, Europa y Asia

C-TPAT Estados UnidosOEA Unión Europea (versión de la Agencia Tributaria Española)OEA Corea del Sur (versión ingles)OEA Japón (versión ingles)OEA Hong Kong (versión inglés)PIP Canadá SES Nueva Zelanda

Latinoamérica

NEEC México (derogado)PROFAC Costa RicaOEA PerúOEA ColombiaOEA GuatemalaOEA República DominicanaOEC UruguayOEA Brasil (versión portugués)SAOC ArgentinaOEA Bolivia

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La integración entre la Academia y las instituciones internacionales de comercio y los programas de enseñanza además de su contribución al comercio internacional

La Academia Internacional de Derecho Aduanero (ICLA, por sus siglas en inglés) es una asociación internacional con personalidad jurídica propia fundada por un prestigiado grupo de juristas que además de ser expertos profesionales son destacados docentes y autores en el rubro del derecho aduanero.

Las instituciones de comercio internacional a nivel mundial más importantes son la OMC y la OMA además de las distintas organizaciones regionales como ALADI, Mercosur, la Unión Europea o ASEAN.

El comercio internacional como área de conocimiento estudia y regula todos los aspectos relacionados con el intercambio global de mercancías y servicios por lo que posee una naturaleza altamente mutable que debe ser atendida para profesionalizar su actividad. Esta atención debe enfocarse desde tres ángulos principales: las universidades, las empresas y el gobierno o las instituciones internacionales mediante consultas que fomenten una comunicación abierta entre ellas.

El Centro de Legislación Comparada y Estudios Avanzados es el órgano interno de la ICLA que analiza la legislación aduanera de los países con la metodología y principios propios de la ciencia del derecho para alcanzar un mejor entendimiento y cooperación entre los miembros y las instituciones con la finalidad de mejorar la operación aduanera a través del fomento del estudio y del intercambio científico interdisciplinario de la ciencia del derecho aduanero.

Rosaldo Trevisan

Doctor en Derecho Público por la Universidad Federal de Paraná

Juez del tribunal fiscal de Brasil

Consultor del Fondo Monetario Internacional (FMI)Instructor del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), de la Escuela de Administración Hacienda (ESAF) y de la Escuela de Magistratura Federal en Paraná (ESMAFE/ PR)

Autor/organizador de libros y artículos sobre Derecho Aduanero, Tributario e Internacional.

Auditor-fiscal de la Receita Federal de Brasil (AFRFB). Miembro de los equipos redactores de los Reglamentos Aduaneros brasileños de 2002 y 2009 y del Código Aduanero del MERCOSUR/2010.

Capítulo 5

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