el alcalde presidente, oswaldo betancort · domicilio social en el municipio de teguise. la entidad...

23
En Teguise, a seis de mayo de dos mil diecinueve. EL ALCALDE PRESIDENTE, Oswaldo Betancort García. 57.816 ANUNCIO 2.540 El día 29 de abril de 2019 se procedió a la publicación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia de las Palmas (número 51) de la Ordenanza General de Subvenciones. Por el Pleno del Ayuntamiento de Teguise en sesión plenaria de fecha 12 de febrero de 2019 se aprobó las siguientes “Bases de concesión de subvenciones para la organización de escuelas deportivas de interés municipal 2018/2019” que a continuación se transcriben: <<BASES DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA ORGANIZACIÓN DE ESCUELAS DEPORTIVAS DE INTERÉS MUNICIPAL 2018/2019. 1. ANTECEDENTES La ORGANIZACIÓN DE ESCUELAS DEPORTIVAS DE INTERÉS MUNICIPAL 2018/2019 no debe recaer únicamente en las administraciones públicas, las que deben colaborar en la organización de las mismas, garantizando el interés municipal de aquellos en los que colabore. Teniendo en cuenta que las entidades deportivas tienen interés en organizar dichas escuelas de su modalidad deportiva, desde el Ayuntamiento se colaborará con ellas para lo que se crean las presentes BASES para la concesión de SUBVENCIONES PARA LA ORGANIZACIÓN DE ESCUELAS DEPORTIVAS DE INTERÉS MUNICIPAL 2018/2019. Teguise es un municipio de reconocido rodaje deportivo-cultural y existe una apuesta clara por parte de la Concejalía de Deportes de apostar por el fomento de las prácticas deportivas a edades tempranas como forma de consolidar una juventud saludable, viva y organizada. Las ESCUELAS DEPORTIVAS DE INTERÉS MUNICIPAL 2018/2019, prestan a la ciudadanía de Teguise un servicio que fomenta valores de necesaria implantación en los jóvenes. Siendo por ello necesaria la colaboración por parte de las administraciones con las entidades que fomenten las prácticas deportivas entre la base. 2. OBJETO El objeto de las presentes BASES de SUBVENCIONES PARA LA ORGANIZACIÓN DE ESCUELAS DEPORTIVAS DE INTERÉS MUNICIPAL 2018/2019, amparada en la Ordenanza General número 22 Reguladora de la concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Teguise, aprobado en Pleno, sesión 29 de junio de 2005, referida al procedimiento general de concesión de subvenciones para finalidades culturales, turísticas, deportivas, docentes, juveniles, sanitarias, etc., es regular las convocatorias para la concesión de subvenciones para ayudar a sufragar los gastos ocasionados por la práctica deportiva de las Escuelas Deportivas de interés municipal y la regulación del régimen de concesión de las mismas, durante la temporada deportiva 2018/2019. 3. BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA ORGANIZACIÓN DE ESCUELAS DEPORTIVAS DE INTERÉS MUNICIPAL 2018/2019. A. PARTICIPANTES Y OBLIGACIONES: i. MANUAL Y REGLAMENTO DE ESCUELAS DEPORTIVAS. Todos los aspectos reflejados en el mismo, son motivo de obligatorio cumplimiento para beneficiarse de esta subvención. ii. EDADES. Podrán participar en la presente convocatoria las entidades públicas o privadas que programen y desarrollen su actividad como ESCUELA DEPORTIVA DE INTERÉS MUNICIPAL 2018/2019 a niños con edades comprendidas entre los 3 y los 16 años. iii. DOMICILIO SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE TEGUISE. La entidad deberá mantener el domicilio social en el municipio de Teguise durante la temporada deportiva 2018/2019, en caso de cambio de municipio deberá comunicarlo al Departamento de Deportes del Ayuntamiento de Teguise. iv. CUOTA. Las ESCUELAS DEPORTIVAS DE INTERÉS MUNICIPAL 2018/2019 beneficiarias de esta subvención deberán cumplir con el requisito de COBRO MÁXIMO MENSUAL por alumno/a de 35. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 56, miércoles 8 de mayo de 2019 4683

Upload: others

Post on 31-May-2020

5 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

En Teguise, a seis de mayo de dos mil diecinueve.

EL ALCALDE PRESIDENTE, Oswaldo BetancortGarcía.

57.816

ANUNCIO2.540

El día 29 de abril de 2019 se procedió a la publicacióndefinitiva en el Boletín Oficial de la Provincia de lasPalmas (número 51) de la Ordenanza General deSubvenciones.

Por el Pleno del Ayuntamiento de Teguise en sesiónplenaria de fecha 12 de febrero de 2019 se aprobó lassiguientes “Bases de concesión de subvenciones parala organización de escuelas deportivas de interésmunicipal 2018/2019” que a continuación se transcriben:

<<BASES DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONESPARA LA ORGANIZACIÓN DE ESCUELASDEPORTIVAS DE INTERÉS MUNICIPAL 2018/2019.

1. ANTECEDENTES

La ORGANIZACIÓN DE ESCUELASDEPORTIVAS DE INTERÉS MUNICIPAL 2018/2019no debe recaer únicamente en las administracionespúblicas, las que deben colaborar en la organizaciónde las mismas, garantizando el interés municipal deaquellos en los que colabore. Teniendo en cuentaque las entidades deportivas tienen interés en organizardichas escuelas de su modalidad deportiva, desde elAyuntamiento se colaborará con ellas para lo que secrean las presentes BASES para la concesión deSUBVENCIONES PARA LA ORGANIZACIÓNDE ESCUELAS DEPORTIVAS DE INTERÉSMUNICIPAL 2018/2019.

Teguise es un municipio de reconocido rodajedeportivo-cultural y existe una apuesta clara por partede la Concejalía de Deportes de apostar por el fomentode las prácticas deportivas a edades tempranas comoforma de consolidar una juventud saludable, viva yorganizada.

Las ESCUELAS DEPORTIVAS DE INTERÉSMUNICIPAL 2018/2019, prestan a la ciudadanía deTeguise un servicio que fomenta valores de necesariaimplantación en los jóvenes. Siendo por ello necesariala colaboración por parte de las administraciones con

las entidades que fomenten las prácticas deportivasentre la base.

2. OBJETO

El objeto de las presentes BASES deSUBVENCIONES PARA LA ORGANIZACIÓNDE ESCUELAS DEPORTIVAS DE INTERÉSMUNICIPAL 2018/2019, amparada en la OrdenanzaGeneral número 22 Reguladora de la concesión deSubvenciones del Ayuntamiento de Teguise, aprobadoen Pleno, sesión 29 de junio de 2005, referida alprocedimiento general de concesión de subvencionespara finalidades culturales, turísticas, deportivas,docentes, juveniles, sanitarias, etc., es regular lasconvocatorias para la concesión de subvenciones paraayudar a sufragar los gastos ocasionados por la prácticadeportiva de las Escuelas Deportivas de interésmunicipal y la regulación del régimen de concesiónde las mismas, durante la temporada deportiva2018/2019.

3. BASES PARA LA CONCESIÓN DESUBVENCIONES PARA LA ORGANIZACIÓNDE ESCUELAS DEPORTIVAS DE INTERÉSMUNICIPAL 2018/2019.

A. PARTICIPANTES Y OBLIGACIONES:

i. MANUAL Y REGLAMENTO DE ESCUELASDEPORTIVAS. Todos los aspectos reflejados en elmismo, son motivo de obligatorio cumplimiento parabeneficiarse de esta subvención.

ii. EDADES. Podrán participar en la presenteconvocatoria las entidades públicas o privadas queprogramen y desarrollen su actividad como ESCUELADEPORTIVA DE INTERÉS MUNICIPAL 2018/2019a niños con edades comprendidas entre los 3 y los 16años.

iii. DOMICILIO SOCIAL EN EL MUNICIPIODE TEGUISE. La entidad deberá mantener el domiciliosocial en el municipio de Teguise durante la temporadadeportiva 2018/2019, en caso de cambio de municipiodeberá comunicarlo al Departamento de Deportesdel Ayuntamiento de Teguise.

iv. CUOTA. Las ESCUELAS DEPORTIVAS DEINTERÉS MUNICIPAL 2018/2019 beneficiarias deesta subvención deberán cumplir con el requisito deCOBRO MÁXIMO MENSUAL por alumno/a de 35.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 56, miércoles 8 de mayo de 2019 4683

gdeniz
Resaltado
gdeniz
Resaltado

v. DISTINTIVO MUNICIPAL Y PUBLICIDAD. Las ESCUELAS DEPORTIVAS DE INTERÉS MUNICIPAL2018/2019 deberán hacer constar, de forma general el Distintivo Municipal en todos sus equipajes, tanto losoficiales para sus partidos como en el equipaje de entrenamiento así como publicidad del Ayuntamiento de Teguiseen todos los actos o eventos que organicen.

vi. Las ESCUELAS DEPORTIVAS DE INTERÉS MUNICIPAL 2018/2019 de cada entidad deberán participaren los actos organizados o coorganizados por el Departamento de Deportes y otros Departamentos del

Ayuntamiento de Teguise, para los cuales se les solicitará colaboración en forma de entidad o como voluntariado(presentaciones, pruebas y/o eventos deportivos, etc.)

vii. LÍMITE DE ALUMNOS. Cada ESCUELA DEPORTIVA DE INTERÉS MUNICIPAL 2018/2019 deberáhacer constar las diferentes disciplinas o modalidades deportivas que desarrolla, así como el número de equiposde cada una de ellas, con un mínimo y máximo de niño/as por grupo que detallamos a continuación:

Número de niño/as Modalidad y Categoría Número de niño/as Modalidad y Categoría

6/12 Fútbol-sala 9/18 Fútbol 8

6/15 Baloncesto 11/22 Fútbol 11

7/12 Voleibol 5/10 Lucha Canaria

8/20 Balonmano 6/20 Deportes individuales*

*Deportes individuales: Triatlón, natación, gimnasia rítmica, judo, Hapkido, golf, patinaje, tenis, bádminton,ciclismo.

(La intención de este requisito es que cada ESCUELA DEPORTIVA DE INTERÉS MUNICIPAL 2018/2019presente sus equipos por categoría con un mínimo y máximo de niño/as ya sean deportes de equipo o individuales).

4684 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 56, miércoles 8 de mayo de 2019

viii. Las ESCUELAS DEPORTIVAS DE INTERÉSMUNICIPAL 2018/2019 (clubes y/o asociaciones)deberán contar con un número mínimo de quince(15) usuarios (los residentes en Teguise puntuarán másque los no residentes) para optar a dicha subvención.

ix. Las ESCUELAS DEPORTIVAS DE INTERÉSMUNICIPAL 2018/2019 que realicen sus entrenamientosen instalaciones deportivas municipales deberán detener el mínimo de alumnos reflejado en las BASESpor modalidad y grupo, en cada franja horaria otorgada,durante toda la temporada deportiva (septiembre de2018 a junio de 2019) para poder disponer de espacioen las instalaciones municipales (pabellones, camposde fútbol, instalaciones de centros educativos).

x. Las diferentes categorías de cada ESCUELADEPORTIVA DE INTERÉS MUNICIPAL 2018/2019deberán participar en las competiciones oficialesorganizadas por entidades públicas o por lascorrespondientes federaciones deportivas de cadamodalidad deportiva, Juegos Escolares de PromociónDeportiva organizados por el Servicio Insular deDeportes del Cabildo de Lanzarote y ligas federadasorganizadas por la Federación correspondiente, ydeberán presentarse en tiempo y forma a todos los partidosa los que han sido convocados en el calendario oficialde la temporada 2018/2019.

xi. Informar a los usuarios de las ESCUELASDEPORTIVAS DE INTERÉS MUNICIPAL 2018/2019,padres, tutores o responsables de la obligatoriedad decumplir con las directrices de estas BASES deSUBVENCIONES PARA LA ORGANIZACIÓNDE ESCUELAS DEPORTIVAS DE INTERÉSMUNICIPAL 2018/2019, para aquellas actividadesacogidas a las mismas, asimismo las HOJAS DEINSCRIPCIONES / FICHAS DE JUGADORES /ALUMNOS, así como la documentación aportada atítulo informativo y material de los mismos deberánhacer constar la presencia del club o entidad a lasESCUELAS DEPORTIVAS DE INTERÉSMUNICIPAL 2018/2019.

xii. Todas las ESCUELAS DEPORTIVAS DEINTERÉS MUNICIPAL 2018/2019 deberán aportar“CERTIFICADO DE DELITOS DE NATURALEZASEXUAL” de todas las personas que tengan algúncontacto con los menores de edad (monitores,entrenadores, preparador físico, directivos, etc.).

xiii. EXCLUSIONES. No podrán participar en la

presente convocatoria aquellas personas o entidadesque se encuentren afectados por suspensión, inhabilitacióno sanción disciplinaria según artículo 13 de la Ley38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,así como aquellos que tengan pendientes la justificacióncon el Ayuntamiento de Teguise de subvencionesrecibidas en esta u otras temporadas.

xiv. Será OBLIGACIÓN del Ayuntamiento deTeguise la de velar por el correcto cumplimiento delas mismas y reservándose el derecho a sancionar aaquellas entidades que no lo hagan.

B. PLAZO DE ENTREGA DE INSTANCIAS YDOCUMENTACIÓN:

i. Las solicitudes se presentarán, junto con ladocumentación requerida en el Registro General delAyuntamiento, sito en la Calle Santo Domingo, 1, dela Villa de Teguise en el PLAZO DE DIEZ (10) DÍASDESDE LA PUBLICACIÓN DE LAS MISMAS.

ii. La documentación será presentada conforme alos modelos establecidos, con la instancia de solicitudpara subvenciones, pudiendo el Ayuntamiento, si asílo estima, solicitar informes y nueva documentaciónal respecto.

iii. La documentación necesaria será la siguiente:

1. Instancia o solicitud de subvención según modeloque se adjunta.

2. Hoja Anual del Club (Datos de la entidadrepresentada). Anexo I

3. Declaración responsable. Anexo II

4. Programa (Proyecto, Memoria) detallado de laactividad a realizar en el que se haga referencia al nºde alumnos, horarios, profesorado/monitores, canchas,fechas de realización, etc. Anexo III

5. Presupuesto total de la actividad en el que se reflejenel total de gastos e ingresos de la misma, así comolas aportaciones de otras entidades. Anexo IV

6. Licencias de los alumnos, acompañada de laficha escolar y/o federativa correspondiente, firmadapor el responsable, declarando de forma responsable,la veracidad de los datos aportados. Anexo V

7. Listado de los entrenadores y monitores de la Entidad.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 56, miércoles 8 de mayo de 2019 4685

Anexo VI

8. Además de:

a. Autorización a la Administración a solicitar elcertificado de estar al corriente de la Agencia NacionalTributaria.

b. Certificados expedidos por los organismos públicoscorrespondientes de estar al corriente de las obligacionestributarias, Hacienda Autonómica, así como de laSeguridad Social.

c. Fotocopia del CIF de la entidad.

d. Fotocopia del NIF o NIE del Presidente/a.

e. Estatutos de la Entidad o Certificado del Registrode Entidades Deportivas de Canarias donde venganreflejadas las diferentes modalidades deportivas dadasde alta en la Entidad.

f. Certificado de Identidad Deportiva, expedido porel Registro de Entidades Deportivas de Canarias

g. Calendarios de competición emitidos por laFederación y/o juegos Insulares de Promoción Deportivacorrespondientes de los equipos de la Escuela Deportivade la Entidad.

h. Certificado de la Federación Autonómicacorrespondiente o del Servicio Insular de Deportesde los equipos inscritos en las diferentes competicionesy/o categorías.

i. Titulación Deportiva y Académica de cada Técnico,Monitor y/o Entrenador de la Entidad en la EscuelaDeportiva perteneciente a un equipo, y el Certificadode delitos de naturaleza sexual de cada uno de ellos.

j. Certificado del Número de Cuenta Bancaria dela Entidad.

k. Certificado del Secretario/a de la Entidad con elVº Bº del Presidente/a indicando el importe de lacuota para los alumnos/as de la Escuela Deportiva parala Temporada 2018/2019, así como cualquier costeadicional (matrícula, equipación, etc.) que suponga

para el alumno/a participar en la Escuela Deportiva

de dicha Entidad.

l. Evidencias Gráficas (fotos) de las equipaciones

de entrenamiento y/o partidos de la Entidad para la

Escuela Deportiva donde venga reflejado el uso del

DISTINTIVO MUNICIPAL.

m. Contrato de alquiler o factura de cuota mensual

de uso de la instalación deportiva entre el propietario

y la Entidad para el uso y desarrollo de la Escuela

Deportiva.

“SERÁ REQUISITO INDISPENSABLE PARA

EL PAGO DE LAS SUBVENCIONES LA

POSIBILIDAD DE ACCESO DE CUALQUIER

JOVEN DEL MUNICIPIO A LA CITADA

ACTIVIDAD”.

“EL INCUMPLIMIENTO DE LOS

CORRESPONDIENTES PLAZOS, SUPONE LA

PÉRDIDA DEL DERECHO A RECIBIR LA

APORTACIÓN ECONÓMICA CORRESPONDIENTE,

QUEDANDO SUPEDITADA LA AYUDA A LA

DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA”.

4. APROBACIÓN DE LAS SOLICITUDES

La Resolución de las SUBVENCIONES PARA

LA ORGANIZACIÓN DE ESCUELAS DEPORTIVAS

DE INTERÉS MUNICIPAL 2018/2019 las determinará

el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Teguise,

dependiendo de la cuantía de las mismas, previo

informe de la Comisión Informativa de Deportes.

El importe de las subvenciones se regula mediante

la aplicación de las presentes BASES y se concederá

en cada ejercicio con cargo al Capítulo IV (Transferencias

Corrientes) y se imputará a la partida presupuestaria

número 340 489 01, del Presupuesto de la Corporación.

La cantidad a subvencionar para LA

ORGANIZACIÓN DE ESCUELAS DEPORTIVAS

DE INTERÉS MUNICIPAL 2018/2019 presupuestada

para esta convocatoria asciende a TRESCIENTOS MIL

(300.000,00) EUROS.

4686 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 56, miércoles 8 de mayo de 2019

El importe de las subvenciones no podrá superar enningún caso el límite del crédito presupuestario.

La cuantía de la subvención aprobada no podrásuperar el 100% del valor de los gastos susceptiblesde subvención.

La cuantía de las citadas subvenciones vendrádeterminada por los siguientes baremos:

1. BAREMO DE NÚMERO DE DISCIPLINAS PORENTIDAD (puntos recibidos para las entidades quedisponen de varias disciplinas deportivas y el total deellas).

a. Aportar Estatutos de la Entidad o Certificado delRegistro de Entidades Deportivas de Canarias, dondevengan reflejadas las diferentes modalidades deportivasdadas de alta en la Entidad.

2. BAREMO DE NÚMERO DE EQUIPOS PORENTIDAD (puntos recibidos según el número deequipos de cada entidad y el total de ellas).

a. Aportar Certificado de la Federación Autonómicacorrespondiente o del Servicio Insular de Deportesde los equipos Inscritos en las diferentes competicionesy/o categorías.

3. BAREMO DE NUMERO DE ALUMNOS (puntosrecibidos por número de alumnos residentes y noresidentes en Teguise y el tipo de licencia, federadao escolar).

a. Aportar Licencia Federativa o de Juegos Insularesde Promoción Deportiva de cada alumno/a de laEntidad en la Escuela Deportiva perteneciente a unequipo.

4. BAREMO DE TITULACIÓN DE LOSTÉCNICOS (puntos recibidos según la titulacióndeportiva y académica de los técnicos de los distintosequipos).

a. Aportar Titulación Deportiva y Académica de cadaTécnico de la Entidad en la Escuela Deportivaperteneciente a un equipo, y el Certificado de Delitosde Naturaleza Sexual.

5. BAREMO DE COMPETICIÓN DE LOSEQUIPOS FEDERADOS (puntos recibidos segúnel número de jornadas del calendario de competiciónfederada, y el tipo de competición, insular, interinsularo regional).

a. Aportar Calendario de Competición emitido porla Federación o Juegos Insulares de PromociónDeportiva correspondiente de los equipos de la Entidaden la Escuela Deportiva.

b. La retirada de un equipo de la competiciónfederada, supondrá el descuento de un 10% de lasubvención otorgada a la Entidad en concepto deEscuelas Deportivas en la temporada 2018/2019.

6. BAREMO DE CUOTAS DE LOS ALUMNOS(puntos recibidos según el importe de la cuota estipuladapor la entidad a los alumnos).

a. Aportar Certificado del Secretario/a de la Entidadcon el VºBº del Presidente/a indicando el importe dela cuota para los alumnos/as de la Escuela Deportivapara la Temporada 2018/2019, así como cualquier costeadicional (matricula, equipación, etc.) que supongapara el alumno/a participar en la Escuela Deportivade dicha Entidad.

7. BAREMO DE UTILIZACIÓN DEL DISTINTIVOMUNICIPAL (puntos recibidos en función de lautilización o no del DISTINTIVO MUNICIPAL, enlas equipaciones de entrenamientos y partidos).

a. Aportar Evidencias Gráficas (fotos) de lasequipaciones de entrenamiento y/o partidos de laEntidad para la Escuela Deportiva donde vengareflejado el uso del DISTINTIVO MUNICIPAL.

8. BAREMO DEL TIPO DE INSTALACIÓN PARAEL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD (puntosrecibidos según el tipo de instalación donde sedesarrolla la actividad, municipal o en régimen de alquilerpara el uso exclusivo de la Escuela Deportiva).

a. Aportar contrato de alquiler o factura de cuotamensual de uso entre el propietario y la Entidad parael uso y desarrollo de la Escuela Deportiva.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 56, miércoles 8 de mayo de 2019 4687

9. BAREMO DE PARTICIPACIÓN DE LAENTIDAD CON EL DEPARTAMENTO DEDEPORTES EN LA PRESENTACIÓN DEESCUELAS DEPORTIVAS DE INTERÉSMUNICIPAL 2018/2019. (punto recibido por laparticipación de la entidad con el Departamento deDeportes en la Presentación de las EDIM 2018/2019).

a. El no cumplimiento con este compromiso,supondrá el descuento de un 5% de la subvenciónotorgada a la Entidad en concepto de EscuelasDeportivas en la temporada 2018/2019.

Según la información aportada a través de losmodelos incorporados como anexos a las presentesBASES, la puntuación recibida en cada uno de estosbaremos (repartida según el Anexo VII) el reparto dela cuantía definida a tal fin en los presupuestos de lacorporación para la totalidad de las entidades optantesa la misma, se hará de forma proporcional a los puntosobtenidos según la documentación aportada.

5. INCOMPATIBILIDADES

A. Las aportaciones económicas reguladas por la

presente convocatoria son compatibles con las que pudiera

recibir el interesado de otras administraciones públicas

por la misma causa, salvo que las subvenciones

recibidas excedieran de los costes totales de la actividad

susceptible de dicha subvención.

B. No se librará aportación económica algunacuando el solicitante tenga pendiente la presentaciónde documentos, en el momento de resolverse laconvocatoria, que corresponda con subvencionesconcedidas por esta Corporación en el presente oanteriores ejercicios presupuestarios.

6. CONCERTACIÓN Y FORMA DE PAGO

A. El abono de la aportación económica, en casoque proceda, se certificará en pagos fraccionados,salvo que en la resolución de concesión se establezcauna forma distinta.

B. Los beneficiarios de las subvenciones deberánpresentar una memoria explicativa de la actividadasí como un balance de gastos e ingresos reales.

7. ÓRGANO COMPETENTE PARA LAINSTRUCCIÓN Y EVALUACIÓN

A. Las actividades de instrucción comprenderán:

a. Petición de cuantos informes estime necesariospara resolver o que sean exigidos por las normas queregulan la CONCESIÓN DE SUBVENCIONESPARA LA ORGANIZACIÓN DE ESCUELASDEPORTIVAS DE INTERÉS MUNICIPAL 2018/2019.En la petición se hará constar, en su caso, el carácterdeterminante de aquellos informes que sean preceptivos.

b. Evaluación de las solicitudes efectuadas conformecon los criterios, formas y prioridades de valoraciónestablecidos en las presentes BASES reguladoras.

c. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidosen la norma de convocatoria, el instructor requeriráal interesado para que subsane en el plazo máximo eimprorrogable de diez días, indicándole que si no lohiciese se le tendrá por desistido de su solicitud,previa resolución que deberá ser dictada en los términosprevistos en la legislación vigente.

d. El órgano instructor, a la vista del expediente, elevarála propuesta de resolución provisional, debidamentemotivada.

B. El Órgano Instructor, será el TÉCNICO DEDEPORTES, el cual formulará una propuesta deRESOLUCIÓN PROVISIONAL en base al artículo14 de la Ley38/2003, de 17 de noviembre, Generalde Subvenciones, que se notificará a los interesadosmediante su inserción en el tablón de anuncios delAyuntamiento de Teguise sito en la calle SantoDomingo, 1, en la fecha siguiente a la de su aprobaciónpor el órgano competente y página web www.teguise.esdel Ayuntamiento de Teguise.

C. La RESOLUCIÓN PROVISIONAL no creaderecho alguno a favor del beneficiario propuestofrente a la Administración.

D. El Órgano colegiado, será la MESA DEDEPORTES, formada por el Alcalde-Presidente oen quien delegue, el Concejal de Deportes o en quiendelegue y otro técnico municipal competente porrazón de la materia, pudiéndose designar un suplentedel mismo en caso de ausencia, vacante o enfermedad.

4688 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 56, miércoles 8 de mayo de 2019

Una vez evaluadas las solicitudes por el órganoinstructor, el órgano colegiado emitirá informe en elque se concrete el resultado de la EVALUACIÓNDEFINITIVA.

8. RESOLUCIÓN

A. Las solicitudes presentadas se tramitarán por laMESA DE DEPORTES del Ayuntamiento de Teguise,pudiendo éste órgano requerir la subsanación dedeficiencias, la verificación de algún dato o aportaciónde documentos encaminados a la completa tramitaciónde los expedientes. Una vez cumplimentados lostrámites se procederá a su resolución atendiendosiempre a las limitaciones presupuestarias.

B. Podrán adoptarse resoluciones condicionadasal cumplimiento de algún requisito, acto, verificaciónde datos o aportación de documentos, en cuyos casosno podrá hacerse efectivo el abono hasta el cumplimientode la condición, independientemente de la posibilidadde previsión de plazo preclusivo. Si ésta no seestableciera en la Resolución, el derecho al percibode la subvención prescribirá a los dos meses desdela fecha de Resolución, siempre que sea por causa noimputable al Ayuntamiento.

C. La Resolución de las SUBVENCIONES PARALA ORGANIZACIÓN DE ESCUELAS DEPORTIVASDE INTERÉS MUNICIPAL 2018/2019 reguladaspor las presentes BASES las efectuará el Ayuntamientode Teguise determinándose en cada caso la cuantíade la aportación según lo recogido en las presentesBASES.

D. Las Resoluciones se dictarán en el plazo de tresmeses a contar desde la fecha de finalización delplazo de solicitud de SUBVENCIONES PARA LAORGANIZACIÓN DE ESCUELAS DEPORTIVASDE INTERÉS MUNICIPAL 2018/2019. Si transcurridodicho plazo, no hubiere recaído la misma de formaexpresa, se entenderá desestimada la solicitud.

E. Toda alteración de las circunstancias y de losrequisitos subjetivos y objetivos, tenidos en cuenta parael otorgamiento de la subvención y en todo caso, laobtención por el beneficiario de ayudas o subvencionesconcedidas, directa o indirectamente por otrasAdministraciones o Entes Públicos, darán lugar a lamodificación de la Resolución de la Concesión, sinque en ningún caso impliquen variación de la finalidadde la misma.

F. La resolución de concesión competerá al Alcalde- Presidente del Ayuntamiento de Teguise.

9. FISCALIZACIÓN

Para librar las SUBVENCIONES PARA LAORGANIZACIÓN DE ESCUELAS DEPORTIVASDE INTERÉS MUNICIPAL 2018/2019 deberánjustificar los gastos en la forma que se establezca porla Intervención de Fondos del Ayuntamiento deTeguise, como órgano de fiscalización, pudiéndoseexigir también para subvenciones de importe superiora TREINTA MIL (30.000,00) EUROS, que elbeneficiario realice, a su cargo, una auditoría limitadaa la comprobación del destino dada a la misma.

Los gastos de las entidades en concepto de ESCUELASDEPORTIVAS DE INTERÉS MUNICIPAL 2018/2019subvencionables y por los cuales se podrán presentarfacturas a modo de justificación de la subvenciónson:

• Gastos ocasionados por los trámites de licenciasdeportivas, seguros deportivos, arbitrajes, inscripcionesde equipos, sanciones y demás gastos vinculadosdirectamente con la actividad y exigidos por lafederación deportiva.

• Gastos de desplazamiento de jugadores y técnicosque asuman las Entidades. Se incluyen los gastosderivados del uso de cualquier tipo de medio detransporte, ya sea marítimo, aéreo o terrestre.

• Gastos de estancia, manutención o dietas en losdesplazamientos de jugadores y técnicos que asumanlas entidades para el desarrollo de la competiciónoficial.

• Gastos por la contratación de seguros de asistenciamédica, Seguro de Responsabilidad Civil, o cualquierotro que tenga como fin asegurar las actividades,deportistas, entrenadores o material afín de la Entidad.

• Adquisición de material técnico deportivo para larealización de entrenamientos y competiciones.

• Gastos en que incurran los entrenadores, médicos,fisioterapeutas, psicólogos y otros necesarios para laejecución del proyecto subvencionado tales comoequipamiento deportivo, formación, etc.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 56, miércoles 8 de mayo de 2019 4689

4690 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 56, miércoles 8 de mayo de 2019

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 56, miércoles 8 de mayo de 2019 4691

4692 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 56, miércoles 8 de mayo de 2019

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 56, miércoles 8 de mayo de 2019 4693

4694 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 56, miércoles 8 de mayo de 2019

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 56, miércoles 8 de mayo de 2019 4695

4696 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 56, miércoles 8 de mayo de 2019

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 56, miércoles 8 de mayo de 2019 4697

4698 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 56, miércoles 8 de mayo de 2019

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 56, miércoles 8 de mayo de 2019 4699

4700 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 56, miércoles 8 de mayo de 2019

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 56, miércoles 8 de mayo de 2019 4701

4702 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 56, miércoles 8 de mayo de 2019

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 56, miércoles 8 de mayo de 2019 4703

4704 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 56, miércoles 8 de mayo de 2019

En Teguise, a seis de mayo de dos mil diecinueve.

EL ALCALDE PRESIDENTE, Oswaldo Betancort García.

57.813

ILUSTRE AYUNTAMIENTODE TEJEDA

ANUNCIO2.541

En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, porel que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y una vez que ha sidodebidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas, se expone al público la Cuenta General de estaEntidad Local correspondiente al ejercicio 2018 por un plazo de QUINCE DÍAS, durante los cuales y OCHOMÁS, quienes se estimen interesados podrán presentar reclamaciones, los reparos o las observaciones que estimenoportunas.

Tejeda, a dos de mayo de dos mil diecinueve.

EL ALCALDE, Francisco J. Perera Hernández.

57.800

MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DEL SURESTE DE GRAN CANARIA

Agüimes - Ingenio - Santa Lucía

ANUNCIO2.542

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no habersepresentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivoel acuerdo adoptado en sesión ordinaria de la Junta General de esta Mancomunidad Intermunicipal del Surestede Gran Canaria, de fecha 29 de marzo de 2019, expediente de modificación número G51/2019 del Presupuestoen vigor, en la modalidad de transferencia de créditos entre aplicaciones del Presupuesto vigente no comprometidas,pertenecientes a áreas de gastos diferentes, que se hace público resumido por capítulos:

ALTA DE CREDITOS

Capítulo Descripción Importe

2 Gastos corrientes en bienes y servicios 300.000,00 euros

TOTAL 300.000,00 euros

BAJAS DE CREDITOS

Capítulo Descripción Importe

2 Gastos corrientes en bienes y servicios 300.000,00 euros

TOTAL 300.000,00 euros

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 56, miércoles 8 de mayo de 2019 4705