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Educación Financiera de interés para los clientes Bancamía

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los siguientes:

• Las tasas de interés (remuneratorio y moratorio en caso de incumplimiento).

• Comisión de Apertura de Crédito

• Comisión de Ley Mipyme

• Comisión de la garantía del Fondo Nacional de Garantías (en caso que su crédito cuente con ella)

• Seguro de vida deudores

• Estudio de crédito (en caso que su solicitud resulte negada)

• Honorarios de cobranza (en caso de mora en el pago)

En todo caso, el detalle de toda esta información es suministrada por la Entidad en el trámite de su solicitud de crédito; y estará publicada en nuestras oficinas y en nuestra página web. Adicionalmente, la Superintendencia Financiera de Colombia periódicamente publica en su página web un informe comparativo sobre los costos de los productos en las diferentes entidades financieras, de tal manera que todas las personas puedan conocerlas y comparar las

Cuáles son los costos que debo asumir si contraigo un microcrédito?

Al momento de contraer un Microcrédito debe tener presente que las entidades financieras cobran algunos costos por la prestación de ese servicio. Entre éstos debemos tener en cuenta

MICROCRÉDITO

¿Qué es Microcrédito?

Es un préstamo de bajo monto otorgado para financiar actividades productivas. Los microcréditos posibilitan que muchas personas sin recursos puedan financiar sus proyectos productivos, que sean generadores de ingresos.

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distintas opciones que ofrece el mercado.

¿Qué es la Tasa de Interés?

Es el valor que se debe pagar como deudor sobre las sumas de dinero que le han sido prestadas, durante el tiempo transcurrido entre el desembolso del préstamo y el pago total del mismo.

¿Qué es la Comisión Mipyme?

Es el valor que la ley autoriza para que las entidades financieras cobren a sus clientes cuando les otorgan microcréditos. Esta comisión tiene como objetivo remunerar las actividades especiales que deben realizar las entidades en el otorgamiento de tales operaciones, como:

• La asesoría técnica especializada al microempresario en relación con su empresa o actividad económica.

• La realización de visitas para verificar el estado de la actividad empresarial que desarrolla.

• El Estudio de la operación crediticia.

• La verificación de referencias.

• La cobranza especializada del crédito.

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¿Qué es el Seguro de Vida Deudores?

Es una protección obligatoria con la que debe contar cualquier deudor de una entidad financiera, que asegura que ante la eventualidad de su fallecimiento, o de su incapacidad total y permanente, sus herederos no queden con la carga de pagar el crédito, pues el saldo será cancelado por la aseguradora directamente al Banco.

SEGURO DE VIDA

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¿Cómo se adquiere el Seguro Vida deudores?

Mediante la firma de un contrato con una Compañía Seguros, a partir del cual la empresa aseguradora se compromete a cancelar al Banco el saldo del crédito en el momento en que ocurra el fallecimiento o incapacidad total y permanente del deudor. La obligación del deudor en este contrato es el pago de las primas, en la forma y tiempo estipulada de antemano.

Los deudores tienen libertad de contratar el seguro de vida con cualquier compañía aseguradora que cuente con autorización legal para tal efecto, siempre y cuando la póliza cumpla las condiciones mínimas exigidas por la entidad financiera.

Sin embargo, para facilitar la adquisición del seguro y reducir su costo, las entidades financieras contratan con las empresas aseguradoras pólizas de grupo o colectivas, para que todos sus deudores pueden adherirse a la póliza.

¿Cómo opera el Seguro de Vida Deudores?

En el evento de muerte o incapacidad total y permanente del deudor (riesgo asegurado) la empresa aseguradora paga a la entidad financiera (beneficiario) el saldo total de la deuda (monto asegurado).

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DERECHOS Y OBLIGACIONES

¿Cuáles son los derechos que tengo frente a una entidad financiera?

Como consumidor financiero, usted tiene derecho a: 

a) Recibir productos y servicios financieros que cumplan con los estándares de seguridad y calidad, de acuerdo con las condiciones ofrecidas y con las obligaciones asumidas por la entidad financiera.

b) Tener a disposición publicidad e información transparente, clara, veraz, oportuna y verificable, sobre las características de los productos o servicios ofrecidos y/o suministrados, que facilite su comparación y comprensión frente a las diferentes alternativas ofrecidas en el mercado.

c) Recibir y exigir una adecuada prestación del servicio con calidad.

d) Recibir educación financiera sobre:

Los productos y servicios que le ofrecen

Sus derechos y obligaciones como consumidor

El mercado y tipo de actividad que desarrolla la entidad financiera

Los mecanismos de protección existentes para la defensa de sus derechos

Los costos que debe asumir por la utilización de los productos y servicios que la entidad financiera le presta

e) Presentar de manera respetuosa consultas, peticiones, solicitudes, quejas o reclamos ante la entidad financiera, el Defensor del Consumidor, la Superintendencia Financiera de Colombia.

f ) Recibir una atención ágil, eficaz y de calidad.

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¿Cuáles son los deberes de los consumidores financieros?

Usted, como consumidor financiero que es tiene el deber de:

a) Cancelar sus obligaciones dentro de las fechas límites de pago.

b) Suministrar información cierta, suficiente y oportuna a la entidad financiera en todo momento.

c) Informar a la Superintendencia Financiera y a las demás entidades competentes sobre las entidades que suministran productos o servicios financieros sin estar legalmente autorizadas para ella.

d) Actualizar cuando menos una vez al año sus datos personales y de su unidad productiva que así lo requieran.

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¿Cuáles son las prácticas de protección propia por parte de los consumidores?

Las siguientes constituyen buenas prácticas de protección propia por parte suya como consumidor financiero, y su cumplimiento se requiere para que sus operaciones financieras se desarrollen dentro de las mayores condiciones de seguridad: 

a) Cerciorarse si la entidad con la cual desea contratar o utilizar los productos o servicios se encuentra autorizada y vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia.

e) Informarse sobre los productos o servicios que piensa adquirir o emplear, indagando sobre las condiciones generales de la operación (derechos

f ) Cumplir con lo pactado al momento de adquirir un producto o servicio., (obligaciones, costos, exclusiones y restricciones aplicables al producto o servicio), exigiendo las explicaciones verbales y escritas necesarias, precisas y suficientes que le posibiliten la toma de decisiones informadas.

b) Observar las instrucciones y recomendaciones que imparta la entidad sobre el manejo de productos o servicios financieros.

c) Revisar los términos y condiciones del respectivo contrato y sus anexos, así como conservar las copias que se le suministren de dichos documentos.

d) Informarse sobre los órganos y medios de que dispone la entidad para presentar peticiones, solicitudes, quejas o reclamos.

e) Obtener una respuesta oportuna a cada solicitud de producto o servicio.

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COBRANZA

¿En qué consiste la cobranza prejudicial?

La cobranza prejudicial, se realiza a través de llamadas, visitas, o mensajes de texto, por personal de la misma entidad financiera o por empresas especializadas en tal gestión y su finalidad es obtener el pago del préstamo.

¿Debo pagar otras sumas de dinero adicionales cuando el Banco inicia cobranza prejudicial a través de terceros?

Si, cuando las entidades financieras se ven en la obligación de acudir a este tipo de cobro, se causarán honorarios a cargo del deudor y a favor de la firma especializada (tercero) en un porcentaje (%) que es acordado entre la entidad financiera y la firma especializada, el cual en todo caso le será dado a conocer previamente.

¿En qué consiste la cobranza judicial?

La cobranza judicial implica el inicio de un proceso ejecutivo en contra del deudor ante las autoridades competentes para obtener el pago de la obligación, en el cual se persiguen los bienes del deudor y de los codeudores,

para su posterior remate y adjudicación.

Dicho proceso genera a cargo del deudor y de los codeudores la oblig-ación de pagar los honorarios profesionales del abogado que contrate la entidad financiera.

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a) Inicialmente, se realiza una gestión personalizada de cobranza.

b) Si a través de ella no se obtiene el pago, se remitirá la obligación a cobranza especializada, la cual la realizan personas o firmas externas contratadas para tal efecto. La cobranza podrá ser prejudicial o judicial.

c) Adicionalmente, su comportamiento de pago será reportado por la entidad financiera ante las centrales de riesgos o de información financiera, tales como Datacrédito y Cifin, lo cual podría traerle consecuencias negativas para su acceso futuro a crédito o a otros servicios.

¿Qué efectos genera el incumplimiento en el pago de los créditos?

Cuando usted contrae una obligación con una entidad financiera, debe cumplir oportunamente c o n l o s p a g o s c o r r e s p o n d i e n t e s . En caso de que usted incurra en mora, la entidad financiera adelantará las siguientes actividades:

INCUMPLIMIENTO Y REPORTES

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¿Qué otras consecuencias puede traer el incumplimiento en el pago

de mis créditos?

Los deudores pueden ser reportados negativamente ante las Centra les de Información Financiera después de 20 días de que la entidad acreedora le envíe una comunicación informándole de la mora y de la posibilidad del reporte. En este tiempo, usted puede demostrar que ya pagó, o efectuar el pago de la obligación, o controvertir aspectos como el monto de la obligación o cuota y la fecha de exigibilidad.

¿En qué consiste el reporte ante centrales de datos (o de información financiera)?

Las centrales de datos o de información financiera (Cifín, Datacrédito, Covinoc, Computec, Inconcrédito, Credicheque, Fenalcheque, etc.) son sociedades o agremiaciones de carácter privado en las cuales se registra el comportamiento crediticio, financiero y comercial de las personas que celebran operaciones con entidades financieras, cooperativas y empresas de sector real.

Para la realización de tales reportes, las entidades deben contar con la autorización del cliente y tienen el deber de actualizar y rectificar permanentemente la información reportada.

¿Cuánto tiempo quedaré reportado en las centrales de datos si no pago oportunamente mis préstamos?

El término general de permanencia de la información negativa en los bancos de datos será de 4 años, a partir de la fecha en que sean pagadas las cuotas, o que se extinga la obligación por cualquier modo. Sin embargo, si la mora es inferior a dos años, el tiempo de permanencia será el doble del tiempo que la obligación estuvo en mora.

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MECANISMOS PARA PRESENTAR RECLAMOS

En los casos antes enunciados, se le asignará un número de orden a su petición, queja o reclamo, con el cual podrá efectuar seguimiento al estado de su solicitud, utilizando cualquiera de los medios antes relacionados (Red de oficinas, call center, Dirección de Servicio al Cliente).

Las peticiones, quejas y reclamos que presente directamente a Bancamía, serán atendidas en un plazo máximo de 15 días hábiles, mediante comunicación escrita dirigida a su última dirección registrada.

Ante el Defensor del Consumidor

Usted podrá dirigirse al Defensor del Consumidor, doctor Luis Felipe Marín Charris, a quien podrá contactar en la Carrera 10 No. 28-49 Torre A Of 2002 de Bogotá, E-mail: [email protected], Teléfono 2828830 Fax: 3426525. El Defensor del Consumidor tiene entre otras funciones conocer y resolver sus quejas en forma objetiva y gratuita, actuar como conciliador y ser su vocero ante Bancamía. Los fallos que profiera el Defensor, siempre y cuando sean favorables al consumidor y éste así lo acepte, serán obligatorios para la Entidad. Para mas información ingrese a la página web del Banco www.bancamia.com.co

¿Cuáles son los mecanismos para presentar peticiones, quejas y reclamos?

Enmarcado dentro de su propósito institucional de brindar un excelente servicio a sus consumidores, BANCAMÍA ha dispuesto de una infraestructura técnica y administrativa, que le permitirán a usted presentar y conocer el avance de sus peticiones, quejas o reclamos derivados de la prestación de nuestros servicios a través de los siguientes mecanismos:

Directamente en Bancamía

De manera verbal o escrita en cualquiera de nuestras oficinas.

A través del call center, el cual está habilitado en el siguiente horario: 8:00 a.m. – 5:00 p.m. y podrá ser contactado en los siguientes números telefónicos Medellín 4445022, Bogotá 3077021 y línea nacional 018000-126100.

Ante la Dirección de Servicio al Cliente ubicada en la Carrera 9 No. 66 – 25 , piso 4º de la ciudad de Bogotá, teléfono 3 13 93 00 exts. 240 o 291.

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Ante la Superintendencia Financiera de Colombia

Igualmente, cuenta con la posibilidad de presentar sus quejas ante la S u p e r i nte n d e n c i a Fi n a n c i e ra d e Colombia, autoridad que ha establecido diversos mecanismos de atención a los consumidores financieros, entre ellos su página web: www.superfinanciera.gov.co en donde además encontrará un enlace que contribuirá a absolver sus inquietudes denominado “consumidor financiero”. En dicho enlace tendrá acceso a valiosa información relacionada con sus deberes y derechos.

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