ed. artistica danzas provisional a periodo de prueba mayo 30

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Secretaría de Educación Subsecretaria Administrativa Calle 42B 52-106 Piso 4, Teléfonos: 3838400 - 3838470 Centro Administrativo Dptal José María Córdova (La Alpujarra) Línea de Atención a la Ciudadanía: 018000 419 00 00 Medellín - Colombia - Suramérica 1 DECRETO Por el cual se Nombra en Período de Prueba a un Docente Pagado por el Sistema General de Participaciones y le termina el nombramiento provisional en la planta de Cargos del Departamento de Antioquia EL SECRETARIO DE EDUCACION DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA, en uso de las atribuciones legales, y en especial las conferidas por la Ordenanza 34 del 12 de Septiembre de 2014 y, la Ley 715 de 2001, CONSIDERANDO QUE: * Mediante la Ordenanza 34 del 12 de septiembre de 2014, que define la estructura Orgánica de la Secretaría de Educación del Departamento de Antioquia, al Secretario de Educación del Departamento de Antioquia, le fue otorgada competencia para realizar nombramientos, trasladar, encargar, dar licencias, otorgar comisiones, permisos, conocer y resolver en segunda instancia de los procesos disciplinarios y demás novedades administrativas a los docentes, directivos docentes y personal administrativo que laboran en los diferentes Establecimientos Educativos de las Entidades que no administran la Educación. * Mediante Decreto Departamental 230 de 18 de febrero de 2004, el Gobernador del Departamento de Antioquia, adoptó la planta de cargos docentes, directivos docentes y administrativos para los municipios No certificados, en cumplimiento del artículo 2° del Decreto 3020 de 2002. * La Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Acuerdo 0181 del 2 de octubre de 2012, convoca a concurso abierto de méritos mediante Convocatoria 137 de octubre de 2012, para proveer los cargos vacantes de Directivos Docentes y Docentes de los 117 Municipios no certificados del Departamento de Antioquia, como ente territorial certificado en Educación. * Superadas las etapas del concurso de méritos, La Comisión Nacional del Servicio Civil expidió lista de elegibles, donde en Audiencia Pública celebrada el día 27 de Mayo de 2015, la concursante ERLI TATIANA ALFONSO BERNAL de Básica Secundaria y Media, área de EDUCACIÓN ARTÍSTICA-DANZA, eligió en estricto orden de puntaje el Municipio e Institución Educativa en la cual desempeñaría sus funciones como Docente tal como se señaló en la reglamentación del concurso; proceso adelantado por la Secretaría de Educación del Departamento de Antioquia, en virtud de delegación dada por la Comisión Nacional del Servicio Civil, según Resolución 207 del 23 de julio de 2010, con lo cual la Entidad Territorial programó, organizó y realizó las Audiencias Públicas para la escogencia de plazas.

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Los docentes que se relacionan a continuación deben acercarse a las taquillas 17 y 18 del cuarto piso de la Gobernación de Antioquia, secretaria de educación para su notificación.

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  • Secretara de Educacin Subsecretaria Administrativa

    Calle 42B 52-106 Piso 4, Telfonos: 3838400 - 3838470 Centro Administrativo Dptal Jos Mara Crdova (La Alpujarra) Lnea de Atencin a la Ciudadana: 018000 419 00 00 Medelln - Colombia - Suramrica

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    DECRETO

    Por el cual se Nombra en Perodo de Prueba a un Docente Pagado por el Sistema General de Participaciones y le termina el nombramiento provisional en la planta de Cargos del

    Departamento de Antioquia

    EL SECRETARIO DE EDUCACION DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA, en uso de las atribuciones legales, y en especial las conferidas por la Ordenanza 34 del 12 de Septiembre de 2014 y, la Ley 715 de 2001,

    CONSIDERANDO QUE:

    * Mediante la Ordenanza 34 del 12 de septiembre de 2014, que define la estructura Orgnica de la Secretara de Educacin del Departamento de Antioquia, al Secretario de Educacin del Departamento de Antioquia, le fue otorgada competencia para realizar nombramientos, trasladar, encargar, dar licencias, otorgar comisiones, permisos, conocer y resolver en segunda instancia de los procesos disciplinarios y dems novedades administrativas a los docentes, directivos docentes y personal administrativo que laboran en los diferentes Establecimientos Educativos de las Entidades que no administran la Educacin.

    * Mediante Decreto Departamental 230 de 18 de febrero de 2004, el Gobernador del Departamento de Antioquia, adopt la planta de cargos docentes, directivos docentes y administrativos para los municipios No certificados, en cumplimiento del artculo 2 del Decreto 3020 de 2002.

    * La Comisin Nacional del Servicio Civil mediante Acuerdo 0181 del 2 de octubre de 2012, convoca a concurso abierto de mritos mediante Convocatoria 137 de octubre de 2012, para proveer los cargos vacantes de Directivos Docentes y Docentes de los 117 Municipios no certificados del Departamento de Antioquia, como ente territorial certificado en Educacin.

    * Superadas las etapas del concurso de mritos, La Comisin Nacional del Servicio Civil expidi lista de elegibles, donde en Audiencia Pblica celebrada el da 27 de Mayo de 2015, la concursante ERLI TATIANA ALFONSO BERNAL de Bsica Secundaria y Media, rea de EDUCACIN ARTSTICA-DANZA, eligi en estricto orden de puntaje el Municipio e Institucin Educativa en la cual desempeara sus funciones como Docente tal como se seal en la reglamentacin del concurso; proceso adelantado por la Secretara de Educacin del Departamento de Antioquia, en virtud de delegacin dada por la Comisin Nacional del Servicio Civil, segn Resolucin 207 del 23 de julio de 2010, con lo cual la Entidad Territorial program, organiz y realiz las Audiencias Pblicas para la escogencia de plazas.

  • Secretara de Educacin Subsecretaria Administrativa

    Calle 42B 52-106 Piso 4, Telfonos: 3838400 - 3838470 Centro Administrativo Dptal Jos Mara Crdova (La Alpujarra) Lnea de Atencin a la Ciudadana: 018000 419 00 00 Medelln - Colombia - Suramrica

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    * Los Decretos 1278 de 2002 y el 3982 de 11 de noviembre de 2006, sealan que las personas que superen las etapas del concurso de mritos, sern nombradas en perodo de prueba, el cual podr evaluarse siempre y cuando el docente labore mnimo cuatro (4) meses en el correspondiente ao escolar, y de no ser posible, a la terminacin del siguiente ao escolar; dicho trmino se contar a partir del momento de la posesin en el cargo para el cual concurs.

    * El Perodo de Prueba del Docente, ser evaluado por el Rector, Director Rural o el superior inmediato, acorde con los criterios y parmetros establecidos por la ley.

    * La Docente debe cumplir obligatoriamente con la induccin de acuerdo con lo estipulado en el protocolo de la Comisin Nacional del Servicio Civil y los dems requisitos de Ley para la posesin del cargo.

    * Habida consideracin, del nombramiento en Perodo de Prueba del Docente, se hace necesario la Terminacin del Nombramiento Provisional en vacante definitiva al educador que venan ocupando la plaza que fue elegida en Audiencia Pblica de acuerdo con lo establecido en el Artculo 13 del Decreto 1278 de 2002.

    En mrito de lo expuesto, el Secretario de Educacin del Departamento de Antioquia,

    DECRETA:

    ARTICULO PRIMERO: Nombrar EN PERODO DE PRUEBA como Docente de Bsica Secundaria y Media, rea de EDUCACIN ARTSTICA-DANZA en la planta de cargos del Departamento de Antioquia y pagada con Recursos del Sistema General de Participaciones a ERLI TATIANA ALFONSO BERNAL, con cdula 46.361.405, Licenciada en Educacin Bsica con nfasis en Educacin Artstica, para la Institucin Educativa Agrcola Vctor Manuel Orozco del municipio de Tmesis, plaza 7897200-055, que vena ocupando en provisionalidad.

    ARTICULO SEGUNDO: Dar Por terminado el Nombramiento Provisional en vacante definitiva a ERLI TATIANA ALFONSO BERNAL, con cdula 46.361.405, Licenciada en Educacin Bsica con nfasis en Educacin Artstica, como Docente de Bsica Secundaria, rea de Educacin Artstica en la Institucin Educativa Agrcola Vctor Manuel Orozco del municipio de Tmesis, plaza 7897200-055; segn lo expuesto en la parte motiva.

    ARTICULO TERCERO: El Docente que supere satisfactoriamente el Perodo de Prueba, adquiere los derechos de carrera y deber ser inscrito en el Escalafn Nacional Docente de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 1278 de 2002.

    ARTICULO CUARTO: El Profesional con ttulo diferente al de Licenciado, deber acreditar, al trmino del perodo de prueba que cursan o han terminado un postgrado en educacin o que ha realizado un programa de pedagoga bajo la responsabilidad de una Institucin de Educacin Superior, de acuerdo con la reglamentacin que al respecto expida el Gobierno Nacional (pargrafo 1, artculo 12, Decreto 1278 de 2002, Decreto 2035 de 2005).

  • Secretara de Educacin Subsecretaria Administrativa

    Calle 42B 52-106 Piso 4, Telfonos: 3838400 - 3838470 Centro Administrativo Dptal Jos Mara Crdova (La Alpujarra) Lnea de Atencin a la Ciudadana: 018000 419 00 00 Medelln - Colombia - Suramrica

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    ARTICULO QUINTO: El docente nuevo que se nombra en perodo de prueba por primera vez, y que no supere el Perodo de Prueba, ser separado del servicio, pudindose presentar de nuevo a concurso cuando haya otra convocatoria (pargrafo 2, artculo 1, Decreto 1278 de 2002).

    ARTICULO SEXTO: El docente nombrado en Perodo de Prueba por este acto administrativo, deber manifestar en el mismo momento de la comunicacin del Decreto de nombramiento, su decisin de aceptacin o no del empleo.

    ARTICULO SEPTIMO: El docente nombrado dispone de diez (10) das hbiles contados a partir de la comunicacin del nombramiento, para tomar posesin del cargo de conformidad con lo dispuesto en el artculo 15 del Decreto 3982 de 2006.

    ARTCULO OCTAVO: Comunicar a la persona nombrada en perodo de prueba este acto administrativo, hacindole saber que contra ste no procede recurso alguno.

    ARTCULO NOVENO: Para los efectos legales pertinentes enviar copia del presente Decreto a la Subsecretaria Administrativa, reas Nmina, Planta de Personal y Hojas de Vida.

    ARTCULO DECIMO: Registrar la novedad en las bases de datos del Sistema de Informacin Humano y Planta de Cargos de la Secretara de Educacin y archvese copia del presente Decreto en la hoja de vida del Docente.

    COMUNIQUESE Y CUMPLASE

    FELIPE ANDRES GIL BARRERA Secretario de Educacin

    Proyect: Carmenza Castao Santa, Mayo 30 de 2015

    Revis: Julio Csar Blandn Tamayo

    Revis: Diana Botero Martnez

    Aprob: Adriana Lucia Toro Ramrez