Universidad Católica del Norte Escuela de Negocios Mineros
Diplomado en Administración de Contratos
Auditorias de Contratos VIII versión DAC
Antofagasta, Abril de 2014
Sergio Hernández Magister en Dirección de Empresas (MBA)
Universidad Católica del Norte.
IX. NORMATIVA
IFRS – NIIF (Normas Internacionales de Información
Financiera).
OBJETIVO ¿Cuál es el objetivo? El objetivo de la norma es el establecer, para
arrendatarios y arrendadores, las políticas contables apropiadas para contabilizar y revelar la información correspondiente a los arrendamientos operativos y financieros.
• Definiciones relevantes
• Arrendamiento – Es un acuerdo por el que el arrendador cede al arrendatario,
• a cambio de percibir una suma única de dinero, o una serie de pagos o cuotas,
• el derecho a utilizar un activo durante un periodo determinado.
• Arrendamiento financiero - Es un leasing que desde el punto de Vista del
• arrendatario, transfiere substancialmente todos los beneficios y riesgos
• relacionados con la propiedad del bien al arrendatario. La propiedad del mismo
• puede ser o no ser transferida.
• Arrendamiento Operativo – Es cualquier acuerdo de arrendamiento distinto
• del financiero.
• Pagos mínimos por el arrendamiento – Son los pagos que se requieren o
• Pueden requerírsele al arrendatario durante el plazo del arrendamiento.
• Excluyendo las cuotas de carácter contingente.
CLASIFICACION DE LOS ARRENDAMIENTOS Un arrendamiento se clasificara como financiero cuando se transfieran sustancialmente todos los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad. Por el contrario, se clasificará como operativo si no se han transferido sustancialmente todos los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad. El que un arrendamiento sea financiero u operativo dependerá de la esencia económica y naturaleza de la transacción, más que de la mera forma del contrato.
Ejemplos de situaciones que, por si sola o de forma conjunta, Normalmente conllevarían la clasificación de un arrendamiento como financiero son: a) El arrendamiento transfiere la propiedad del activo al arrendatario al finalizar el plazo de arrendamiento. b) El arrendatario tiene la opción de comprar el activo a un precio
suficientemente inferior al valor razonable. c) El plazo del arrendamiento cubre la mayor parte de la vida
económica del activo. d) Al inicio del arrendamiento, el valor presente de los pagos
mínimos, es al menos equivalente a la practica totalidad del Fair Value del activo.
e) Activos de naturaleza especializada, que solo el arrendatario tiene la posibilidad de usarlos sin modificaciones importantes.
Derechos Reservados Deloitte
IFRIC Draft Interpretation 1 Cambios en los compromisos de desmantelamiento,
restauración y obligaciones similares. La NIC 16 establece que como parte del componente del costo un
elemento debe incluirse la estimación inicial de los gastos en que se incurrirá para desmontar el elemento y restaurar el emplazamiento en que se ubica, en la medida en que la entidad esté obligada a incurrir en tales gastos como consecuencia de la adquisición o de la puesta en funcionamiento del elemento durante un período de tiempo determinado. Como contrapartida de esos compromisos se registra una provisión, conforme a la NIC 37, por el valor actual de esos compromisos.
Los contratos BOOT toman una gran variedad de formas legales y operativas. Una entidad podrá realizar un acuerdo, que comprenda una transacción o una serie de transacciones relacionadas que no tenga la forma legal de un arrendamiento pero que involucra el derecho de uso de un activo (por ejemplo una partida de propiedades, planta y equipo), a cambio de un pago o una serie de pagos. Para determinar quien (entre al entidad o el proveedor) debe reconocer el activo se debe considerar que parte tiene acceso a la mayoría de los beneficios que generará el activo y se expone a la mayor cantidad de riesgos.
Arrendamientos (IAS 17)
Contratos BOOT (Build, Own, Operate and Transfer)
Como determinar si contiene un leasing
La determinación de si un acuerdo es, o contiene, un arrendamiento debe basarse en la esencia económica del acuerdo, lo que requiere que se evalúe si:
(a) el cumplimiento del acuerdo depende del uso de un activo o activos específico (el activo); y
(b) el acuerdo transfiere el derecho de uso del activo.
Arrendamientos (IAS 17)
Contratos BOOT (Build, Own, Operate and Transfer)
El acuerdo traspasa el derecho a utilizar el activo Un acuerdo transfiere el derecho de uso del activo si transfiere al comprador (arrendatario)
el derecho a controlar el uso del activo subyacente. Esto ocurre cuando se cumple cualquiera de las siguientes condiciones:
(a) El comprador tiene la capacidad o el derecho de operar el activo, o dirigir a otros para que lo operen en la forma que determine, al mismo tiempo que obtiene o controla más que una cantidad no significativa de la producción u otros beneficios provenientes del activo.
(b) El comprador tiene la capacidad o el derecho de controlar el acceso físico al activo
subyacente, al mismo tiempo que obtiene o controla más que una cantidad no significativa de la producción u otros beneficios provenientes del activo.
(c) Los hechos y circunstancias indican que es remota la probabilidad de que una o más partes,
distintas del comprador, obtendrán más que una cantidad no significativa de la producción u otros beneficios que el activo genere durante el periodo del acuerdo, y el precio que el comprador pagará por la producción no está fijado contractualmente por unidad de producto ni es igual al precio de mercado corriente, por unidad de producto, en la fecha de entrega de dicho producto.
Arrendamientos (IAS 17)
Contratos BOOT (Build, Own, Operate and Transfer)
¿Alguno de los acuerdos identificados depende de la utilización de un activo específico? (ver nota 1 en la página anterior)
NO
No es aplicable la IFRIC 4.
SÍ
¿El acuerdo traspasa el derecho a utilizar el activo por parte del comprador? ¿En otras palabras, traspasa el derecho a controlar el activo?
¿El comprador tiene el derecho o capacidad de operar el activo de la manera que lo determine mientras recibe una parte más que significativa de la producción/utilización?
¿El comprador tiene la capacidad o derecho de controlar el acceso físico al activo mientras recibe una parte más que significativa de la producción/utilización?
¿Es poco probable que otras partes reciban una parte más que significativa de la producción/utilización y el precio no se fije por unidad ni sea igual a los precios de mercado actuales?
SÍ
El pago por el uso del activo constituye un contrato de leasing. Obsérvese que esto corresponde al pago por el uso del activo y no por los productos recibidos.
Identifique al “comprador” y “proveedor”.
¿El contrato de leasing constituye un leasing operativo o financiero?
Arrendamientos (IAS 17) Árbol de decisión – IFRIC 4
¿El contrato de leasing constituye un leasing operativo o financiero?
Leasing operativo Financie el contrato de leasing y al arrendatario.
Financie el contrato de leasing y al arrendador.
Reconozca los pagos/entradas en forma lineal en que existen ajustes proporcionales fijos, es decir, fluidos, y revele los gastos/ingresos como costos/ingresos por leasing.
Capitalice el activo al valor actual de los pagos futuros del contrato de leasing y genere un pasivo. Posteriormente los pagos futuros se dividen entre el capital y los intereses.
Deje de reconocer el activo a partir del balance general y reconozca una cuenta por cobrar igual a la inversión neta en el contrato de leasing, que corresponde a los ingresos brutos menos los ingresos financieros anticipados, es decir, al valor actual de las entradas futuras del contrato de leasing.
Arrendamientos (IAS 17) Arbol de decisión – IFRIC 4
Identificación de una subsidiaria (SIC 12) Special Purpose Entities (SPE)
COMPAÑÍA A
CONTRATISTA
ECE (Edificio)
BANCO
Arr
ien
do
Un solo fondo económico
CONSOLIDA Comfort Letter
Acuerdo de Constitución
Escritura Constitución
Contrato Préstamo
Contrato Arriendo
Identificación de una subsidiaria Special Purpose Entities (SPE)
SIC 12 – Consolidación Entidades con Cometido Especial
Consiste en una interpretación de IAS 27 y se refiere a la consolidación de “Entidades con Cometido Especial” (ECE).
¿Qué es una ECE? - Una Entidad con Cometido Especial es una entidad creada para el logro de un objetivo particular y específico, tal como:
• Efectuar un contrato de arrendamiento
• Actividades de exploración y desarrollo
• Securitización de activos financieros
Las ECE son normalmente creadas a través de acuerdos legales que imponen límites a los tomadores de decisiones de su gobierno corporativo.
Identificación de una subsidiaria Special Purpose Entities (SPE)
Estas pueden especificar que las políticas sobre las actividades de la ECE pueden sólo ser modificadas por su creador. En cualquiera de las instancias la entidad opera sobre una base de “piloto automático”
Generalmente, el creador o patrocinador retiene un interés de beneficio significativo en las actividades de la ECE, aunque podría eventualmente no tener una participación patrimonial o una participación mínima.
SIC 12 requiere que las ECE sean consolidadas cuando la sustancia del acuerdo indica que la entidad efectivamente controla la ECE.
Derivados Implicitos (IAS 32/39)
Qué es un derivado? Un producto derivado es un instrumento financiero de gestión del riesgo cuyo valor "deriva" del precio de un activo, previamente definido, denominado Activo Subyacente; pero que, al tratarse de compromisos de intercambio en una fecha futura, en su inversión no es preciso el pago del principal. Ejemplos; Futuros de commodities, Forwards, Swap de tasa (IRS), Opciones, Cross Currency Swap (CCS), etc. Desde la perspectiva de la normativa (IAS 39) un derivado es aquel contrato que cumple con 3 condiciones: 1.- No tiene inversion inicial (valor al inicio cero) 2.- Existe un subyacente que hace variar los flujos 3.- Fecha de vencimiento o liquidación futura
Conceptos
¿Dónde podemos encontrar Derivados Implícitos?
Seguros
Contrato Principal
Derivados implícitos Deuda F/X Opción / Swaps
Indice de Tasa de Interés
Características de la Deuda
CPI, IPP
Indexación o reajustabilidad de precios
Arriendo
Capital
Cambio Extranjero
Suministro
Ventas
Servicios
Definición Instrumento Derivado (NIC 39)
• El contrato calificará como Derivado, según párrafo 9 de NIC 39 si:
• El Instrumento Derivado, es un instrumento financiero u otro contrato que cumpla con las tres siguientes características:
a) El valor del Contrato cambia en relación a los cambios del índice
Subyacente.
a) El contrato no tiene inversión Inicial o es muy pequeña.
a) La liquidación del contrato se realizará en una fecha Futura.
Definición Derivado Implícito
“Son las condiciones implícitas que pueden afectar el valor o
flujos requeridos por un contrato de manera similar a un derivado. En otras palabras, es un instrumento derivado que está implícito en otro contrato – el “contrato host”.
Árbol de Decisión para derivados implícitos
Esquema de identificación de Decisión para derivados implícitos
¿El contrato que contiene el derivado implícito está reflejado a su valor justo en P&L?
¿El elemento implícito es un derivado por si solo?
¿Está estrecha-mente relacionado con el contrato host?
Separar y valorizar el derivado implícito al valor justo
No separar el derivado implícito del contrato host
No No
No Si Si
Si
Ejemplos de “No Clara y estrechamente relacionados”
Tipo de Contrato Condiciones que consideran Derivados Implícitos
Contrato de Arriendo El pago del arriendo está relacionado a un % o múltiplo de la inflación
(e.g.. 3* CPI, 80%*CPI).
Contrato de Arriendo
El pago del arriendo se asocia a un índice de mercado o tasa de
industria vinculada a otros negocios o sectores asociados, por ejemplo,
existen casos en que arriendos nacionales se reajustan a través de la
variación del CPI de otro país.
Contrato de Compra/Venta El contrato se acuerda en una moneda distinta a la funcional de las
partes, y 1) la moneda en la cual el precio del bien o servicio no es la
comúnmente denominada en las transacciones del comercio alrededor
del mundo, 2) la moneda no es la comúnmente utilizada en
contratos de compra/venta en el ambiente económico en el cual la
transacción toma lugar, 3) la moneda utilizada es distinta a la utilizada
comúnmente en ambientes altamente inflacionarios.
Contrato de Compra/Venta El polinomio de precio está vinculado a índices como; otro producto,
monedas extranjeras, tasa de interés, etc. Los cuales no guardan
relación clara y estrecha a las prácticas comúnmente empleadas en el
ambiente económico
Contrato Deuda Un contrato de deuda con fecha de vencimiento a tasa fija, y con la
opción de extender la deuda a la misma tasa pactada.
Pago de Intereses El pago de intereses está vinculado a tasas extranjeras.
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Mejores Prácticas Implementación Derivados Implícitos
Inventario Contratos
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Revisión y Análisis
Documentación
Valorización (si aplica)
Contabilización Procedimiento y Mejores
Prácticas
Mejores Prácticas
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Definición Instrumento Derivado (NIC 39)
• El contrato calificará como Derivado, según párrafo 9 de NIC 39 si:
• El Instrumento Derivado, es un instrumento financiero u otro contrato que cumpla con las tres siguientes características:
a) El valor del Contrato cambia en relación a los cambios del índice
Subyacente.
a) El contrato no tiene inversión Inicial o es muy pequeña.
a) La liquidación del contrato se realizará en una fecha Futura.
Definición Derivado Implícito
“Son las condiciones implícitas que pueden afectar el valor o
flujos requeridos por un contrato de manera similar a un derivado. En otras palabras, es un instrumento derivado que está implícito en otro contrato – el “contrato host”.
Árbol de Decisión para derivados implícitos
Esquema de identificación de Decisión para derivados implícitos
¿El contrato que contiene el derivado implícito está reflejado a su valor justo en P&L?
¿El elemento implícito es un derivado por si solo?
¿Está estrecha-mente relacionado con el contrato host?
Separar y valorizar el derivado implícito al valor justo
No separar el derivado implícito del contrato host
No No
No Si Si
Si
Ejemplos de “No Clara y estrechamente relacionados”
Tipo de Contrato Condiciones que consideran Derivados Implícitos
Contrato de Arriendo El pago del arriendo está relacionado a un % o múltiplo de la inflación
(e.g.. 3* CPI, 80%*CPI).
Contrato de Arriendo
El pago del arriendo se asocia a un índice de mercado o tasa de
industria vinculada a otros negocios o sectores asociados, por ejemplo,
existen casos en que arriendos nacionales se reajustan a través de la
variación del CPI de otro país.
Contrato de Compra/Venta El contrato se acuerda en una moneda distinta a la funcional de las
partes, y 1) la moneda en la cual el precio del bien o servicio no es la
comúnmente denominada en las transacciones del comercio alrededor
del mundo, 2) la moneda no es la comúnmente utilizada en
contratos de compra/venta en el ambiente económico en el cual la
transacción toma lugar, 3) la moneda utilizada es distinta a la utilizada
comúnmente en ambientes altamente inflacionarios.
Contrato de Compra/Venta El polinomio de precio está vinculado a índices como; otro producto,
monedas extranjeras, tasa de interés, etc. Los cuales no guardan
relación clara y estrecha a las prácticas comúnmente empleadas en el
ambiente económico
Contrato Deuda Un contrato de deuda con fecha de vencimiento a tasa fija, y con la
opción de extender la deuda a la misma tasa pactada.
Pago de Intereses El pago de intereses está vinculado a tasas extranjeras.
Inventario Contratos
Selección de Contratos
Revisión y Análisis
Documentación
Valorización (si aplica)
Contabilización Procedimiento y Mejores
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