Seguro de Carga Importación y Exportación
Seguro de Carga
El seguro de transporte de Carga Importación / Exportación
está diseñado para proteger la mercancía contra riesgos propios
del transporte, usualmente desde el punto de embarque hasta el
punto de destino (Concepto de Bodega a Bodega)
Normalmente se habla de tres tipos de medios de transporte
acordes al medio donde se desplazan: marítimo, aéreo o
terrestre, aunque normalmente se da una conjugación de varios
de ellos.
Medios de Transporte
Medios de Transporte
Medios de Transporte
Modalidad de pólizas
Pólizas cerradas , específicas o de un solo viaje
Solicitud del Seguros
Factura
Pólizas liquidaciones, abiertas
Cubre un conjunto de movimientos durante el año
Requiere estimarse y/o reportarse un Límite Máximo
por Embarque y estimarse el movimiento anual
Duración de la cobertura
Este seguro entra en vigor desde el momento en que las mercancías
dejan el almacén o lugar de almacenaje en el punto que se designa en
la póliza como inicio del viaje y continuará durante el curso ordinario
del tránsito y terminará:
Cuando el embarque sea entregado en el lugar de destino
designado por el comprador;
A la entrega en cualquier almacén, que el Asegurado elija, ya sea:
i - Para la asignación o distribución de las
mercancías o;
ii - Para almacenamiento, excepto en el curso
ordinario de tránsito.
De acuerdo a lo que establezca el INCOTERM establecido para la
venta
Duración de la Cobertura
Vendedor CompradorPuerto de
Embarque
Puerto de
Destino
Aduana
Export.
Aduana
Import.
Coberturas
Cláusula A) del Instituto de Londres
1. Se trata de una cláusula tipo TODO RIESGO.
2. Protege los bienes asegurados contra todos los riesgos
de pérdida o daño propios del transporte con excepción
de las exclusiones de la póliza.
3. Es la Cláusula más amplia disponible en el mercado.
4. Se otorga a mercaderías nuevas, debidamente
empacadas y en contenedor o bajo la cubierta del vapor.
Cláusula A
Riesgos cubiertos por la Cláusula A) del Instituto
de Londres
1. Faltantes por hurto, robo y saqueo
2. Daños a la mercancía en maniobras de carga y
descarga
3. Pérdidas por maltrato de la mercancía
4. Falta de entrega de bultos completos
5. Quebraduras y derrames
6. Daños por accidentes del medio de transporte
Coberturas
Cobertura C) Instituto de Londres
1. Aplicable fundamentalmente a mercancías que no
pueden ser cubiertas por los términos de la cláusula
A).
2. Cobertura tipo “Riesgo Nombrado” (accidentes medio
transporte).
3. Para mercancías que se transporten sobre cubierta
o que sean: usadas, reconstruidas, reparadas, sin
empaque, devueltas, reexportadas o
reacondicionadas.
Cobertura Productos Perecederos
Cláusulas F y G del Instituto de Londres
1. Cubren daños a productos frescos, refrigerados y congelados
por falla mecánica del sistema de refrigeración.
2. Requieren un medio de transporte con la temperatura
controlada.
3. Deben usarse medidores de temperatura que permitan
determinar el nivel de la misma durante todo el viaje
Coberturas Adicionales
Cobertura “D”: Guerra
Esta cobertura ampara las pérdidas o daños, a la mercancía
asegurada, causados por:
a. Guerra civil, guerra, revolución, rebelión, insurrección, o lucha
civil que surja de las mismas, o por cualquier otro acto hostil de o
contra una potencia beligerante;
b. Minas, torpedos o bombas derrelictas u otras armas de guerra
derrelictas
Coberturas Adicionales
Cobertura “E”: Huelga:
Esta cobertura ampara las pérdidas o daños, a la mercancía
asegurada, causados por:
a. Huelguistas, trabajadores en suspensión forzada por cierre
patronal, o personas que tomen parte en disturbios obreros,
motines o conmociones civiles;
b. Cualquier terrorista o cualquier persona que actúe por
motivaciones políticas.
Coberturas Adicionales
Cobertura “Q” Responsabilidad Civil de la Carga:
Cubre aquellas sumas por las que el Asegurado, a título de
Responsabilidad Civil, sea declarado legalmente responsable, por
los daños y / o perjuicios que sufran terceras personas, causados
por la carga transportada, del contenedor y del medio de
transporte vía terrestre
Riesgos Cubiertos
Riesgos Cubiertos
Riesgos Cubiertos
Riesgos Cubiertos
Riesgos Cubiertos
Riesgos Cubiertos
Riesgos Cubiertos
Principales Exclusiones
1. Embalaje o empaque insuficiente o inadecuado para la preparación del
objeto asegurado.
2. Derrames ordinarios, pérdidas de peso, volumen, masa o
características por merma natural y uso o desgaste, durante el
transporte.
3. Pérdidas, daños o gastos consecuenciales, que se originen por
pérdida de mercado o demora.
4. Desviación de ruta por causa injustificada que sea de control de la
empresa de transporte.
5. Pernoctar en sitios o carreteras que no sean predios de rutas
nacionales e internacionales.
6. Recoger personas no relacionadas con la empresa de transportes.
Exclusiones para mercancía
perecedera
1. Cuando el contenedor o medio de transporte no esté
diseñado para mantener la temperatura estable durante
todo el trayecto asegurado.
2. Cuando en caso de siniestro, no se pueda demostrar
fehacientemente la variación en la temperatura, por falta de
dispositivos de medición de temperatura (Ryan).
Requisitos Reclamos
1. Comunicar al Instituto en 7 días hábiles.
2. Tomará todas las acciones para No obstaculizar la
subrogación.
3. Reclamar inmediatamente a quien corresponda cualquier
faltante o pérdida de mercadería.
4. Detalle de la pérdida
5. Documentación relacionada con el embarque: Factura,
Declaración Aduanera, Contrato de Fletamento, Lista de
Empaque, etc.
Muchas gracias!