COMANDO GENERAL DE LA FUERZA AEREA
DEPARTAMENTO III – OPERACIONES EMGFAB
BOLIVIA
REGLAMENTO DE EVALUACION
PARA EL ASCENSO DEL
PERSONAL DE SUBOFICIALES Y
SARGENTOS DEL ESCALAFON DE
ARMAS DE LA FUERZA AEREA
BOLIVIANA
2015
RAA-5SS
i-viii
ÍNDICE
I. FUNDAMENTOS Y BASES LEGALES………………
II. OBJETO………………………………………………….
III. FINALIDAD……………………………………………..
IV. PRINCIPIOS…………………………………………….
V. ALCANCE……………………………………………….
VI. JUSTIFICACIÓN……………………………………….
VII. VIGENCIA………………………………………………
1-81
1-81
1-81
1-81
2-81
2-81
2-81
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º (Ascenso)………………………………………..
Artículo 2º (Propiedad del Grado)………………………....
Artículo 3º (Jerarquía)………………………………………
Artículo 4º (Orden de Mérito)………………………………
Artículo 5º (Ponderación de Calificación)…………………
Artículo 6º (Clasificación en Grupos de Diplomados y No
Diplomados)……………………………………
Artículo 7º (Pérdida de Antigüedad………………………...
Artículo 8º (Ascenso en Segunda Instancia)……………….
Artículo 9º (Ascenso en Tiempo Establecido)……………..
Artículo 10º (Cómputo del Puntaje de Méritos y
Deméritos)……………………………………..
Artículo 11º (Convocatoria para Ascenso de Suboficiales y
Sargentos No Diplomados)……………………...
3-81
3-81
3-81
3-81
3-81
4-81
4-81
4-81
4-81
5-81
5-81
ii-viii
Artículo 12º (Presencia del Personal Convocado Durante
el Proceso de Calificación)………………….…..
Artículo 13º (Ascenso Militar)……………………………….…
A. ASCENSO ORDINARIO TIEMPO DE PAZ………..…
B. ASCENSOS EXTRAORDINARIOS…………………….
Artículo 14º (Orden de Mérito o Antigüedad)…………….…
Artículo 15º (Escalafón del Personal)……………………….…
Artículo 16º (Categoría y Grado)………………………..……..
5-81
5-81
5-81
6-81
6-81
7-81
7-81
CAPÍTULO II
PROCEDIMIENTOS PARA ASCENSO
Artículo 17º (Procedimiento General para Ascenso)………...
Artículo 18º (Procedimiento de Calificación del Tribunal
Evaluador de Ascenso)…………………….……
Artículo 19º (Procedimiento de Calificación de la
Apreciación del Tribunal del
Personal de la FAB)……………………………
Artículo 20º (Documentos a elevar al Tribunal Superior de
Personal de las FF.AA. del Estado para el
Ascenso de la Categoría de Suboficiales
y Sargentos)…………………………………..…
8-81
9-81
10-81
11-81
iii-viii
CAPÍTULO III
TRIBUNALES
Artículo 21º (Tribunales de Evaluación)……………………
A. TRIBUNAL EVALUADOR DE ASCENSO (TEA)…
B. TRIBUNAL DE PERSONAL DE LA FAB….………
12-81
12-81
13-81
CAPÍTULO IV
REQUISITOS PARA EL ASCENSO
Artículo 22º (Requisitos para el Ascenso)…………………. 15-81
CAPÍTULO V
GRUPOS DE EVALUACIÓN
Artículo 23º (Evaluación de Méritos y Deméritos)…..…...
A. MERITOS……………………………..….
B. DEMERITOS………………………….....
Artículo 24º (Composición de los Grupos de Evaluación)
A. 1ER. GRUPO FORMACION
PROFESIONAL…………………………
B. 2DO. GRUPO DESTINOS Y CARGOS..
C. 3ER. GRUPO DESEMPEÑO
PROFESIONAL……………………….....
D. 4TO. GRUPO FOJAS DE CONCEPTO
E. 5TO. GRUPO EXAMEN FISICO
MILITAR…………………………………
18-81
18-81
18-81
20-81
20-81
20-81
21-81
21-81
21-81
iv-viii
F. 6TO. GRUPO APRECIACION DEL
TPFAB Y TEA…………………………...
Artículo 25º (Asignación de Puntaje)……………………...
A. 1ER. GRUPO – FORMACIÓN
PROFESIONAL…………………………
1. INSTITUTOS MILITARES………..
2. CURSOS DE CAPACITACION Y
ESPECIALIZACION……………….
3. ADIESTRAMIENTO EN EL
TRABAJO (AET) PARA
SARGENTOS………………….…….
4. PROGRAMA DE
CAPACITACION A DISTANCIA
PARA SUBOFICIALES Y
SARGENTOS (PCD)………………..
5. CALCULO 1ER. GRUPO
FORMACION PROFESIONAL…...
B. 2DO. GRUPO – DESTINOS Y
CARGOS……………………………...…
1. DESTINOS Y CARGOS PARA LA
ESPECIALIDAD TÉCNICO
AERONÁUTICO…………………..
2. DESTINOS Y CARGOS PARA LA
ESPECIALIDAD SEGURIDAD Y
DEFENSA AÉREA…………………
21-81
21-81
21-81
22-81
22-81
35-81
36-81
36-81
36-81
36-81
43-81
v-viii
3. DESTINOS Y CARGOS PARA LA
ESPECIALIDAD APOYO
OPERATIVO……………………….
4. DESTINO EN FRONTERA………...
5. PUNTAJE ADICIONAL POR
DESTINO EN INSTITUTO
MILITAR (EXCEPTO ALUMNOS)
6. PUNTAJE ADICIONAL POR
DESTINO EN UNIDAD
OPERATIVA…………………..….…
C. 3ER.GRUPO – DESEMPEÑO
PROFESIONAL………………………….
1. NOTA DE DEFENSA DE
TRABAJO DE INVESTIGACIÓN
O EQUIVALENTE AL PCD………
2. ABANDERADOS Y ESCOLTAS….
3. HORAS DE VUELO………………..
4. REVISTAS MILITARES…………..
5. DOCENCIA ACADEMICA
MILITAR………………………….…
6. MIEMBRO COMPONENTE DE
TRIBUNAL………………………….
7. ORDEN DE MERITO EN
ASCENSO DE GRADO O
EGRESO DE II.MM………………...
46-81
50-81
51-81
51-81
52-81
52-81
53-81
53-81
55-81
55-81
56-81
56-81
vi-viii
8. PLAQUETA DE HONOR DEL
COMANGRALFAB………………...
9. PLAQUETA AL GRADUADO DE
HONOR……………………………...
10. DIPLOMAS DE HONOR…………..
11. FELICITACIONES…………………
12. CONDECORACIONES…………….
13. CALCULO DEL 3ER. GRUPO
DESEMPEÑO PROFESIONAL…...
D. 4TO. GRUPO FOJAS DE CONCEPTO
(5%)………………………………………
E. 5TO GRUPO – EXÁMEN FISICO
MILITAR………………………………...
F. 6TO. GRUPO – APRECIACIÓN DEL
TRIBUNAL DE PERSONAL DE LA
FAB Y TRIBUNAL EVALUADOR DE
ASCENSO TPFAB – TEA……………...
57-81
57-81
58-81
58-81
60-81
61-81
62-81
63-81
63-81
CAPÍTULO VI
PROCEDIMIENTOS DE CÁLCULO PARA
LA EVALUACIÓN DE ASCENSO
Artículo 26º.- (Procedimiento General de Cálculo)…..... ….
A. GRUPO FORMACIÓN PROFESIONAL (25%)………
B. GRUPO DESTINOS Y CARGOS (25%)……….............
C. GRUPO DESEMPEÑO PROFESIONAL (30%)………
65-81
65-81
67-81
67-81
vii-viii
D. GRUPO FOJAS DE CONCEPTO (5%)………………..
E. GRUPO EXÁMEN FÍSICO MILITAR (5%)…………..
F. GRUPO APRECIACIÓN DEL TPFAB (10%)…………
G. TOTAL EN EL GRADO…………………………...……
H. CÁLCULO FINAL EN EL CECA………………………
69-81
70-81
70-81
71-81
71-81
CAPÍTULO VII
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS EN LA
EVALUACIÓN PARA ASCENSO DE SUBOFICIALES
Y SARGENTOS
Artículo 27º.- (Calificación del CECA, TPFAB y TEA)…...
Artículo 28º.- (Puntaje de Deméritos)…………………….....
Artículo 29º.- (Reprobación del Trabajo de Investigación y
AET)…………………………………………
Artículo 30º.- (Consideraciones para el Personal en
Tratamiento Médico en el País o el
Extranjero)………………………………….
Artículo 31º.- (Homologación EMI por el Curso de AET y
PCD)…………………………………………
Artículo 32º.-(Homologación del Curso AET y PCD con
Cursos Realizados en el Extranjero)...……..
Artículo 33º.- (Notas Mínimas de Aprobación)…………….
Artículo 34º.- (Procedimiento para la Calificación de Notas
del AET)……………………………………..
Artículo 35º.- (Justificación de Exámenes no Rendidos)…...
Artículo 36º.- (Restricción para la Homologación de
75-81
75-81
75-81
75-81
76-81
77-81
77-81
78-81
78-81
viii-viii
Diploma DESA)…………………………......
Artículo37º.- (Consideraciones Particulares para el
Personal Auxiliar y No
Diplomado)………………………………….
Artículo 38º.- (Consideraciones Particulares para el
Personal Egresado del POLMILAE)………
79-81
79-81
79-81
CAPITULO VIII
REQUISITOS PARA OTORGAR BREVETS, DIPLOMAS Y
DESIGNAR CARGOS
Articulo 39.- Requisitos para otorgar Brevets y
Diplomas……………………………………
Artículo 40.- Requisitos para designar
cargos……………………………………….
80-81
80-81
1-81
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN PARA EL ASCENSO DEL
PERSONAL DE SUBOFICIALES Y SARGENTOS DEL
ESCALAFÓN DE ARMAS DE LA FUERZA AÉREA BOLIVIANA
I. FUNDAMENTOS Y BASES LEGALES
El presente reglamento se emite en concordancia con los artículos
correspondientes al Capítulo VI, Título III de la Ley Orgánica de las
Fuerzas Armadas (LOFA LM–1405), del Reglamento de Servicio
Efectivo para el Personal de las FF.AA. CJ–RGA–208, Reglamento
del Tribunal Superior del Personal de las FF.AA. de la Nación CJ–
RGA–220 y Reglamento del Tribunal de Personal de las FF.AA.CJ–
RGA–205.
II. OBJETO
Establecer un marco de normas, requisitos y procedimientos de
evaluación a los que se sujetará el personal de Suboficiales y
Sargentos del Escalafón de Armas de la Fuerza Aérea Boliviana
convocado para ascenso al grado inmediato superior, sobre la base
de las leyes y reglamentos militares en vigencia que son de
cumplimiento obligatorio.
III. FINALIDAD
Establecer el instrumento metodológico para la evaluación de
méritos y deméritos del personal de Suboficiales y Sargentos de la
Fuerza Aérea Boliviana, la asignación de puntaje que posibilite
realizar una correcta calificación de acuerdo al desempeño
profesional, conocimientos, aptitudes, disciplina, moral y espíritu
militar para el ascenso al grado inmediato superior, concediéndole
el correspondiente orden de mérito en su Promoción.
IV. PRINCIPIOS
El presente reglamento, responde a los principios universales de
igualdad, equidad de género, justicia y transparencia. Las acciones y
decisiones adoptadas en su elaboración se han orientado hacia la
finalidad de otorgar a cada Suboficial y Sargento el orden de mérito
que le corresponde en su promoción, de acuerdo a su integridad,
idoneidad y profesionalismo como resultado de la calificación
individual.
2-81
V. ALCANCE
El presente reglamento se aplicará al personal de Suboficiales y
Sargentos del Escalafón de Armas de la Fuerza Aérea Boliviana
desde el egreso del Politécnico Militar de Aeronáutica o similares en
el exterior con el grado de Sargento Inicial hasta el ascenso al grado
de Suboficial Maestre.
VI. JUSTIFICACIÓN
El presente Reglamento “RAA-5-SS”, permitirá realizar una
evaluación objetiva e imparcial del desempeño profesional del
Suboficial y Sargento, basado en principios y valores institucionales
con el propósito de orientar el proceso de selección y la asignación
homogénea de actividades y responsabilidades de cada uno de sus
integrantes, considerando la Misión y los objetivos institucionales de
la Fuerza Aérea Boliviana.
VII. VIGENCIA
El presente Reglamento, actualizado y aprobado mediante
Resolución Administrativa de la FAB. Nº 181/2015 entra en
vigencia a partir del 15 de mayo de la presente gestión, quedando sin
efecto los Reglamentos, Directivas y Resoluciones emitidas
anteriormente, referentes al ascenso del personal de Suboficiales y
Sargentos del Escalafón de Armas de la FAB.
3-81
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º (Ascenso)
Ascenso, es el derecho que se confiere al Suboficial y Sargento del
Escalafón de Armas de la Fuerza Aérea Boliviana que cumple con todos
los requisitos contemplados en la LOFA LM-1405, los reglamentos: CJ–
RGA–205, CJ–RGA–208, CJ–RGA–220 vigentes y el presente, en
referencia a los años de permanencia para cada grado y la evaluación para
optar el orden de mérito.
Artículo 2º (Propiedad del Grado)
La propiedad del grado, asegura al Suboficial y Sargento del Escalafón de
Armas la permanencia en la Fuerza Aérea Boliviana con derechos y
beneficios, pero fundamentalmente impone cumplir las obligaciones, que
señalan las normas y reglamentos militares. Se pierde la propiedad del
grado sólo con la baja de la institución.
Artículo 3º (Jerarquía)
La jerarquía que ostenta el personal de Suboficiales y Sargentos del
Escalafón de Armas, está determinada por el grado, antigüedad y cargo que
desempeña.
Artículo 4º (Orden de Mérito)
El orden de mérito en el grado, dentro de una misma promoción, está
determinado por el puntaje obtenido en el proceso de evaluación para el
ascenso.
Artículo 5º (Ponderación de Calificación)
La ponderación de calificación establecida para los diferentes grupos de
evaluación del presente reglamento es porcentual (1 a 100%). Se tomarán
en cuenta hasta tres dígitos después de la coma (décimo, centésimo y
milésimo) que serán redondeados de la siguiente forma: valor inferior a
cinco (5) redondeado al inmediato inferior y valor igual o superior a cinco
(5) redondeado al inmediato superior, a excepción del grupo
4-81
correspondiente a la apreciación del TEA y el TPFAB.
Artículo 6º (Clasificación en Grupos de Diplomados y No Diplomados)
El personal de Suboficiales y Sargentos del Escalafón de Armas, durante el
proceso de evaluación curricular para obtener el orden de mérito
correspondiente, desde el grado de Sargento Primero hasta el grado de
Suboficial Maestre, dentro de una misma promoción, será clasificado en
grupos de diplomados y no diplomados, de acuerdo al siguiente orden:
- DESA.
- No Diplomados.
La clasificación precedente excluye al personal que no realice el curso por
necesidades del servicio, aspecto que deberá estar debidamente respaldado
mediante Resolución del Tribunal de Personal de la FAB.
Artículo 7º (Pérdida de Antigüedad)
El Suboficial y Sargento desde el grado de Sargento Inicial hasta el grado
de Suboficial Mayor, que perdiese antigüedad debido a sanción
disciplinaria u otra causa hasta seis (6) meses, pasará como último en
orden de mérito de su promoción. Si la pérdida de antigüedad fuese por
más de seis (6) meses, pasará a la promoción siguiente como último en
orden de mérito.
Artículo 8º (Ascenso en Segunda Instancia)
El Suboficial y Sargento convocado que no ascienda en primera instancia,
pasará a la promoción siguiente como último en orden de mérito. Si para el
ascenso en la segunda convocatoria no obtuviera el puntaje mínimo
requerido, se aplicará lo establecido en el Artículo 96º del Capítulo IV
Título III de la LOFA LM –1405.
Artículo 9º (Ascenso en Tiempo Establecido)
El Suboficial y Sargento que no ascendiera al grado inmediato superior en
el tiempo máximo que señale la ley, se sujetará al artículo 96º del Capítulo
IV, Título III de la LOFA LM-1405.
5-81
Artículo 10º (Cómputo del Puntaje de Méritos y Deméritos)
El puntaje en méritos y deméritos computables para la evaluación de
ascenso será por el periodo comprendido entre el último año del anterior
grado y cuatro años en el grado actual o los que correspondiera de acuerdo
al Reglamento CJ–RGA–208; es decir, no se evaluará el puntaje
acumulado en el último año del actual grado.
En el caso de que en el último año del grado a calificar, el Suboficial o
Sargento se encuentre cumpliendo un requisito necesario para ascender al
grado inmediato superior, deberá presentar el documento administrativo
pertinente que justifique dicha situación. La documentación acumulada en
el último año del grado, que no fue calificada, será considerada para el
próximo ascenso.
Artículo 11º (Convocatoria para Ascenso de Suboficiales y Sargentos
No Diplomados)
Los Suboficiales y Sargentos No diplomados, podrán ser convocados para
ascenso hasta el grado de Suboficial Mayor, de acuerdo a su antigüedad,
vacancias existentes y necesidades del servicio.
Artículo 12º (Presencia del Personal Convocado Durante el Proceso de
Calificación)
La presencia del Suboficial y Sargento durante el proceso de calificación
de ascenso es de carácter obligatorio, debiendo, para esta finalidad, estar
provisto de su documentación original.
Artículo 13º (Ascenso Militar)
El ascenso en la Fuerza Aérea Boliviana será conferido en los siguientes
casos:
A. ASCENSO ORDINARIO TIEMPO DE PAZ
El Suboficial o Sargento del Escalafón de Armas que cumpla con los
requisitos establecidos en la LOFA LM–1405, los reglamentos: CJ–
RGA–208, CJ–RGA–220 y el presente.
6-81
B. ASCENSOS EXTRAORDINARIOS
Se otorgará el ascenso al grado inmediato superior por única vez al
personal del servicio activo en los siguientes casos y de acuerdo a su
Reglamentación:
- Ascenso Póstumo.
- Ascenso por Movilización.
- Ascenso en Tiempo de Guerra.
- Ascenso por Actos Heroicos.
1. El Ascenso Póstumo, se otorga al personal militar del
Escalafón de Armas que fallezca en actos del servicio.
2. El Ascenso por Movilización, se confiere al personal militar
en caso de guerra o conflicto interno que amenace la
seguridad del Estado. En este sentido, los Señores Alumnos de
los dos últimos cursos del Politécnico Militar de Aeronáutica,
serán promovidos al grado de Sargento Inicial.
3. El Ascenso por Actos Heroicos, se confiere al personal militar
de Suboficiales y Sargentos en caso de guerra o de conflicto
interno, previo Informe de los Comandos de Grandes
Unidades, Institutos, Unidades o Reparticiones Militares, con
verificación y aprobación del COMANGRALFAB.
Artículo 14º (Orden de Mérito o Antigüedad)
El Suboficial o Sargento del Escalafón de Armas, obtendrá su antigüedad u
orden de mérito en el grado militar, en una misma promoción tomando en
consideración los siguientes factores de evaluación:
- Escalafón.
- Categoría y Grado.
- Cumplimiento de los requisitos de ascenso al grado inmediato
superior.
- Puntaje acumulado en la Hoja Individual de Calificación de Ascenso
(HICA).
- Puntaje final del Cuadro de Evaluación Curricular de Ascenso
(CECA)
7-81
Artículo 15º (Escalafón del Personal)
El personal de Suboficiales y Sargentos de la Fuerza Aérea Boliviana, de
acuerdo a lo establecido por el artículo 97º de la LOFA LM-1405 pertenece
al escalafón de Armas, conformado por personal egresado de Instituto
Militar de formación profesional con título en provisión nacional.
Artículo 16º (Categoría y Grado)
Se clasifica de la siguiente forma:
CATEGORÍA GRADO
SUBOFICIALES
Suboficial Maestre Sof. Mtre.
Suboficial Mayor Sof. My.
Suboficial Primero Sof. 1ro.
Suboficial Segundo Sof. 2do.
Suboficial Inicial Sof. Inc.
SARGENTOS
Sargento Primero Sgto. 1ro.
Sargento Segundo Sgto. 2do.
Sargento Inicial Sgto. Inc.
8-81
CAPÍTULO II
PROCEDIMIENTOS PARA ASCENSO
Artículo 17º (Procedimiento General para Ascenso)
A. El COMANGRALFAB en cumplimiento de la LOFA LM–1405 y el
Reglamento de Servicio Efectivo para el Suboficial y Sargento del
Escalafón de Armas, convocará a ascenso mediante Directiva u
Orden del Día de la Fuerza Aérea.
B. El COMANGRALFAB. mediante Directiva u Orden del Día,
conformará los Tribunales Evaluadores de Ascenso (TEAs).
C. El Departamento I-Personal EMGFAB., con la finalidad de efectuar
la calificación, citará a los Tribunales Evaluadores de Ascenso y a
los Suboficiales y Sargentos convocados de acuerdo a Directiva para
ascenso.
D. El Departamento I-Personal EMGFAB., verificado el cumplimiento
de los requisitos para ascenso, entregará al TEA de acuerdo a
inventario: el Libro Notariado por grado, la documentación de cada
Suboficial y Sargento debidamente foliada; además del Cuadro de
Evaluación Curricular (CECA) y la Hoja Individual de Calificación
de Ascenso (HICA) correspondientes al último ascenso.
E. El Departamento III-Operaciones EMGFAB, remitirá al TEA los
registros individuales de Horas de Vuelo, Examen Físico Militar y
Revistas Militares del personal convocado. Asimismo, la EPTA
remitirá las notas del AET/PCD y el Departamento V-Educación
EMGFAB remitirá las horas de profesorado militar.
F. El TEA se reunirá con los Suboficiales y Sargentos convocados a
ascenso, a efectos de explicar el proceso de evaluación e impartir las
recomendaciones pertinentes, procediéndose posteriormente a la
evaluación curricular individual en presencia del personal
convocado, cuya asistencia tiene carácter obligatorio.
G. Los Tribunales Evaluadores de Ascenso hasta el grado de Suboficial
Primero, calificarán los seis grupos de evaluación descritos en el
Capítulo V del presente Reglamento.
H. Finalizado el proceso individual de evaluación y al no existir
observación alguna, el Suboficial o Sargento convocado, dará su
conformidad firmando y rubricando su Hoja Individual de
Calificación (HICA) y el Libro de Actas correspondiente.
9-81
I. Al existir alguna observación sobre el resultado de la evaluación
individual, el Suboficial o Sargento convocado para ascenso
dispondrá de 72 horas, para interponer y fundamentar cualquier
reclamo mediante oficio ante el COMANGRALFAB.
J. Finalizado el proceso de evaluación, el Departamento I-Personal
EMGFAB., deberá remitir copia del CECA rubricada y firmada por
los miembros del Tribunal a cada Suboficial evaluado.
K. En caso de existir algún reclamo posterior a la emisión del CECA,
el Suboficial o Sargento evaluado deberá sujetarse a lo establecido
en el Artículo 111° de la LOFA LM–1405.
Artículo 18º (Procedimiento de Calificación del Tribunal Evaluador de
Ascenso)
A. Para el ascenso al grado de Sargento Segundo hasta el grado de
Suboficial Mayor, el TEA verificará los requisitos establecidos para
el ascenso de acuerdo al presente reglamento y registrará en el
Libro de Actas correspondiente las observaciones que se presenten.
B. Posteriormente, procederá a la recepción, revisión y verificación de
la autenticidad de la documentación presentada, asentando en la
Hoja Individual de Calificación de Ascenso los valores numéricos,
que corresponden a los documentos inventariados, de acuerdo a lo
establecido en el presente Reglamento en presencia de los
Suboficiales y Sargentos convocados.
C. Finalizada la evaluación de la documentación, el TEA designado
para calificar el ascenso hasta el grado de Suboficial Primero,
procederá a la calificación del 6to. Grupo Apreciación del Tribunal
en base a los aspectos positivos y negativos del personal convocado,
además de la documentación existente en su legajo personal. Cada
uno de los miembros asignará una nota parcial, el promedio de las
mismas será registrado en la casilla correspondiente en la HICA.
D. Finalizado el proceso de evaluación el TEA recabará las firmas y
rúbricas en el Libro Actas Notariado y las Hojas Individuales de
Calificación de Ascenso calificadas, como señal de conformidad de
los Suboficiales y Sargentos convocados.
E. El TEA elaborará el Cuadro de Evaluación Curricular para el
Ascenso (CECA) para el grado respectivo, con la nota final y el
correspondiente orden de mérito de la promoción evaluada.
Registrará en el Libro de Actas Notariado las observaciones y
novedades presentadas durante el proceso. Asimismo, elaborará un
informe dirigido al Jefe del Departamento I-Personal EMGFAB,
10-81
adjuntando las HICA`s calificadas, debidamente foliadas y la
documentación inventariada.
Artículo 19º (Procedimiento de Calificación de Apreciación del
Tribunal de Personal del COMANGRALFAB).
A. Para el ascenso a los grados de Suboficial Mayor y Maestre, el TEA
elevará al TPFAB el CECA para la calificación del 10%
correspondiente a la apreciación del TPFAB, de acuerdo al Capítulo
III, Artículo 13, inciso b del Reglamento del Tribunal de Personal de
las Fuerzas CJ–RGA–205.
B. El TPFAB recibirá del TEA toda la documentación de acuerdo a
inventario, con los puntajes parciales obtenidos por cada Suboficial
evaluado, asentados en las casillas correspondientes a los grupos de
evaluación: 1ro, 2do, 3ro, 4to y 5to.
C. Los miembros del TPFAB: Presidente, Vicepresidente y siete (7)
Vocales, asignarán un valor numérico porcentual (puntaje) en el
rango de 1 a 100 a cada Suboficial evaluado.
D. Posteriormente verificará y validará que las notas extremas (menor y
mayor), de las asignadas por los miembros del TPFAB sean
eliminadas, las restantes deberán ser promediadas y el resultado
asentado en la casilla PUNTAJE SUB TOTAL DEL 6TO. GRUPO
APRECIACIÓN DEL TPFAB.
E. El Oficial Superior Secretario de Actas del TPFAB, deberá asentar
en el Libro de Actas de la gestión lo resuelto por el tribunal.
F. El Asesor Jurídico del TPFAB, deberá elaborar la Resolución
Administrativa pertinente.
G. El COMANGRALFAB, una vez aprobado y validado el proceso de
evaluación, mediante Resolución Administrativa, elevará a
conocimiento del Comando en Jefe de las FF.AA. del Estado, la
relación nominal de los Suboficiales y Sargentos que hubiesen
cumplido los requisitos de ascenso, con el respectivo orden de
mérito.
Artículo 20º (Documentos a elevar al Tribunal Superior de Personal
de las FF.AA. del Estado para el Ascenso de la
Categoría de Suboficiales y Sargentos)
Efectuado el procedimiento de evaluación por el TPFAB, se deberá elevar
al Tribunal Superior de Personal de las FF.AA. del Estado, los
documentos de Comando y Administrativos, de acuerdo a los incisos a) y
11-81
b) del Artículo 25, Capítulo III, Título II, del Reglamento CJ-RGA-220.
El Suboficial o Sargento convocado que tenga alguna observación sobre
la evaluación del TPFAB y que haya sido elevada al TSPFF.AA., podrá
presentar su reclamo mediante memorial en el plazo máximo de 72 horas
a partir de su notificación. De no ser atendido su reclamo, deberá sujetarse
a lo establecido en el Artículo 111° de la LOFA LM-1405.
12-81
CAPÍTULO III
TRIBUNALES
Artículo 21º (Tribunales de Evaluación)
A. TRIBUNAL EVALUADOR DE ASCENSO (TEA)
1. CONFORMACIÓN
Estará conformado por personal idóneo designado mediante
Directiva, Orden del Día o Memorándum del
COMANGRALFAB, deberá cumplir los siguientes requisitos:
a. No haber sido sobrepasado en el grado o tener
antecedentes negativos en su ascenso.
b. No haber sido sancionado por Resolución del TPFAB,
por actos de indisciplina, abuso de autoridad o
vulneración a los DD.HH.
c. El Tribunal Evaluador de Ascenso (TEA), será
conformado de la siguiente manera:
MIEMBROS
COMPONENTES
CARGOS
General o Coronel PRESIDENTE
Coronel o Teniente Coronel PRIMER VOCAL
Suboficial Maestre o Suboficial
Mayor
SEGUNDO
VOCAL
2. RESPONSABILIDADES
a. Recibir y administrar los archivos personales, el
resumen de la hoja de vida de cada Suboficial o
Sargento convocado, el Libro Notariado, las HICA`s y
el CECA correspondientes al último ascenso, de
acuerdo a inventario foliado por el Departamento I -
Personal EMGFAB.
b. Aceptar o rechazar las observaciones o
representaciones fundamentadas y documentadas, del o
los Suboficiales y Sargentos evaluados durante el
13-81
proceso de calificación.
c. Calificar el 6to. Grupo de Evaluación Apreciación del
Tribunal, para los TEA´s designados para calificar el
ascenso hasta el grado de Suboficial Primero.
d. Elaborar actas y asentar aspectos y casos sobresalientes
en el Libro Notariado del Departamento I-Personal
EMGFAB. en presencia de los Suboficiales y Sargentos
convocados a ascenso.
e. Elevar al Departamento I-Personal EMGFAB., un
informe de los aspectos sobresalientes del proceso de
evaluación, las HICA´s debidamente foliadas, el CECA
calificado y el Libro Notariado correspondiente.
B. TRIBUNAL DE PERSONAL DE LA FAB
1. CONFORMACIÓN
Nº MIEMBROS
COMPONENTES CARGO
1 Comandante General de la
FAB. PRESIDENTE
2 Jefe de Estado Mayor General
de la FAB. VICEPRESIDENTE
3
Inspector General de la FAB,
Jefes de Departamentos II, III,
IV y V EMGFAB.
VOCALES
4 Jefe del Departamento I-
Personal EMGFAB. VOCAL RELATOR
5 Oficial Superior Departamento
I-Personal EMGFAB.
SECRETARIO DE
ACTAS
6 Suboficial de Comando de la
FAB. VOCAL
7 Asesor Jurídico del
COMANGRALFAB ASESOR
NOTA: El Asesor Jurídico sin derecho a voto.
14-81
2. ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES
a. Revisar y aprobar el CECA de Suboficiales, para
ascenso a los grados de Suboficial Mayor y Suboficial
Maestre.
b. Aceptar o rechazar las observaciones o
representaciones fundamentadas y documentadas, del
o los Suboficiales y Sargentos evaluados durante el
proceso de calificación.
c. Calificar el 6to. Grupo de evaluación Apreciación del
Tribunal, para el ascenso a los grados de Suboficial
Mayor y Suboficial Maestre.
d. Remitir al Tribunal Superior de Personal de las
FF.AA. (TSPFF.AA.) la documentación de acuerdo a
los incisos a y b del Artículo 25, Capítulo III, Título II
del Reglamento CJ-RGA-220.
15-81
CAPÍTULO IV
REQUISITOS PARA EL ASCENSO
Artículo 22º (Requisitos para el Ascenso)
Los requisitos de ascenso para optar el grado inmediato superior, son los
siguientes:
A. Ser convocado a ascenso al grado inmediato superior por el
COMANGRALFAB.
B. Tener el grado académico de Técnico Superior en Ciencias y Artes
Militares Aeronáuticas otorgado por la UNIMIL.
C. No haber excedido treinta (30) puntos negativos de deméritos en el
grado.
D. Tener un promedio de aprobación en las Fojas de Concepto. Nota
mínima 70 %, en el grado.
E. Para la convocatoria a ascenso en primera instancia, NO haber sido
destinado a la letra “B” DE DISPONIBILIDAD en el grado a
evaluarse.
F. En el momento de la convocatoria a ascenso, NO encontrarse
destinado en la Letra “E” DE DISPONIBILIDAD, de acuerdo al
artículo 85, inciso (c), numeral 3, sub inciso (e) de la LOFA LM-
1405.
G. No haber sobrepasado el tiempo máximo de permanencia en las
letras “C”, “D” y “E” DE DISPONIBILIDAD.
H. Presentar Certificación de los Tribunales Supremo y Permanente de
Justicia Militar, que acrediten no haber tenido sentencia ejecutoriada
condenatoria en su contra.
I. Calificación de años de Servicio emitido por el Departamento I-
Personal EMGFAB. de acuerdo al grado.
J. Presentar formulario de declaración jurada de bienes otorgada por la
Contraloría General del Estado.
K. Haber vencido las dos modalidades comprendidas en el curso de
Adiestramiento en el Trabajo (AET) hasta el grado de Sargento
Primero, de acuerdo a programa y normas establecidas, nota mínima
de 70%.
- Curso Teórico.
- Curso Práctico de Adiestramiento en el Trabajo.
16-81
L. Para el ascenso hasta el grado de Suboficial Inicial, haber aprobado
el Programa de Capacitación a Distancia (PCD), nota mínima 65%.
M. Para el ascenso a Suboficial Mayor, haber aprobado el Trabajo de
Investigación o Tesina de Grado, nota mínima 70%.
N. Para el ascenso al grado de Suboficial Mayor, presentar Certificado
de Solvencia de la DGAA del Ministerio de Defensa, Inspectoría
General y Dirección General de Asuntos Administrativos de la FAB.
O. Aprobar el Examen Físico Militar, certificado por la Dirección
General de Entrenamiento Físico Deportivo (DIGEFID) dependiente
del Departamento III-Operaciones EMGFAB.
P. Presentar Certificado Médico que acredite el buen estado clínico de
salud “APTO”, otorgado por el Centro Médico Aeronáutico Nro. 1-
La Paz.
Q. Para el ascenso al grado de Suboficial Mayor, haber aprobado los
cursos de perfeccionamiento de acuerdo a su especialidad (EPTA).
R. Para el ascenso al grado de Suboficial Maestre, presentar
Calificación de Años de Servicio otorgado por el Tribunal Supremo
de Justicia Militar.
S. Para el ascenso al grado de Suboficial Maestre, haber cumplido los
años de servicios de forma continua e ininterrumpida en la carrera
militar conforme a la Ley Orgánica de las FF.AA. LM–1405 y el
Reglamento CJ–RGA–208.
T. Para el ascenso al grado de Suboficial Maestre, no haber perdido
antigüedad respecto a la promoción de egreso.
U. Para el ascenso al grado de Suboficial Maestre, haber cumplido dos
(2) años de destino en Unidades de fronteras (en cualquier grado).
NOTA.- Este requisito no será homologado por otro destino, por
ninguna razón o circunstancia.
V. Para el ascenso al grado de Suboficial Maestre presentar Certificado
de Solvencia de la Contraloría General del Estado, DGAA del
Ministerio de Defensa, Inspectoría General y Dirección General de
Asuntos Administrativos de la FAB.
W. Para el ascenso a los grados de Suboficial Mayor y Suboficial
Maestre, es requisito indispensable obtener la nota mínima del 70%
de la calificación del TPFAB, asimismo haber obtenido la
calificación final de 60 puntos en el CECA.
X. Para el ascenso al grado de Suboficial Maestre, presentar
certificación de no haber vulnerado los DD.HH. por cualquier
motivo, con Auto Final de Procesamiento. Este documento debe ser
emitido por las Direcciones Generales de Derechos Humanos
17-81
dependientes del Ministerio de Defensa, del Comando en Jefe de las
FF.AA. y de la Inspectoría General de la Fuerza Aérea.
Y. Para el ascenso a Suboficial Maestre, presentar certificado de
solvencia de COSSMIL y ASCINALSS.
Z. Para el ascenso a Suboficial Maestre, haber cumplido diez (10) años
de destino en Unidades Operativas, como mínimo, y a partir de la
gestión 2019, quince (15) años de destino en Unidades Operativas.
AA. Para el ascenso a Suboficial Maestre, es requisito haber
desempeñado el cargo de Jefe de Mantenimiento o equivalente en
las otras especialidades.
BB. Para el ascenso a Suboficial Maestre, haber cumplido las funciones
de Suboficial de Comando de PP.UU., Direcciones de
Mantenimiento o Gerencia General.
18-81
CAPÍTULO V
GRUPOS DE EVALUACIÓN
Artículo 23º (Evaluación de Méritos y Deméritos)
La evaluación de méritos y deméritos, significa la asignación de puntos
positivos y negativos respectivamente, los que serán registrados en los
documentos de evaluación de ascenso, conformando los siguientes grupos
y su correspondiente porcentaje:
A. MÉRITOS
GRUPO DE
EVALUACIÓN
GRUPOS PORCENTAJE
1er. Grupo Formación
Profesional 25 %
2do. Grupo Destinos y Cargos 25 %
3er. Grupo Desempeño
Profesional 30 %
4to. Grupo Fojas de Concepto 5 %
5to. Grupo Examen Físico
Militar 5 %
6to. Grupo Apreciación del
TEA -TPFAB 10 %
TOTAL 100 %
B. DEMÉRITOS
1. El puntaje total de deméritos afectará al 1er. Grupo
Formación Profesional y al 3er. Grupo Desempeño
Profesional acumulado en el grado.
2. El puntaje máximo de deméritos en primera instancia es de
treinta (30) puntos negativos para ascenso en el grado. El
Suboficial o Sargento del Escalafón de Armas que exceda este
puntaje, reprobará el ascenso en primera instancia.
19-81
3. El puntaje máximo de deméritos en segunda instancia es de
10 puntos negativos, sin tomar en cuenta el puntaje de
deméritos considerados en primera instancia. La pérdida
mayor a 10 puntos negativos, significará reprobación de
ascenso en segunda instancia y se aplicará el Artículo 96° de
la LOFA LM–1405.
4. Para el ascenso respectivo, se calificarán los deméritos
obtenidos durante los años considerados para el ascenso al
grado inmediato superior.
Nº TIPIFICACIÓN PUNTAJE
1
Suspensión Definitiva del ejercicio de
sus funciones o Relevo del
Cargo asignado, por actos de
indisciplina, abuso de autoridad,
inmoralidad, malos manejos
administrativos o vulneración a los
DD.HH, previo Sumario con Auto Final
y Resolución del TPFAB.
- 25
2
Durante el proceso de evaluación de
ascenso, presentar ante el TEA denuncia
(s) en contra del Suboficial o Sargento
evaluado, sin adjuntar pruebas de
descargo
- 15
3
Presentar durante la evaluación de
ascenso, documentos sin respaldo del
original que avale su autenticidad. (Por
cada documento).
- 15
4
Suspensión definitiva de vuelo (art. 64
RAA-9,) impuesto por Resolución del
Consejo Superior de Vuelo.
- 20
5 Incumplimiento de destino o solicitar
cambio de destino injustificado - 5
6 Separación de II.MM. por razones
personales -5
7
Suspensión del ejercicio de sus
funciones, de uno a seis meses, impuesto
por Resolución del TPFAB, por cada
mes.
-3
20-81
Nº TIPIFICACIÓN PUNTAJE
8
Suspensión temporal de actividad de
vuelo por cada mes, impuesto por
Resolución del Consejo Superior de
Vuelo.
-0,8
9 Arresto impuesto por el señor
CMDTEGRALFAB, por cada día. - 1
10
Arresto impuesto por el señor
JEMGRALFAB e INSPECTOR
GRALFAB, por cada día.
- 1
11
Arresto impuesto por OO.GG., Jefes de
Departamento EMGFAB, Comandantes
GG.UU. e II.MM., y Suboficial de
Comando FAB y GG.UU., por cada día.
-1
12 Arresto por cada día - 0.5
13 Llamada de atención severa - 0.5
14 Llamada de atención simple - 0.5
NOTA.- No se dará curso a la presentación de documentos
que anulen una sanción impuesta; excepto, aquellas
sanciones anuladas por el Tribunal de Personal FAB
Artículo 24º (Composición de los Grupos de Evaluación)
A. 1ER. GRUPO – FORMACIÓN PROFESIONAL (25%)
- Institutos Militares.
- Cursos de Capacitación o Especialización.
B. 2DO. GRUPO – DESTINOS Y CARGOS (25%)
- Destinos y Cargos en Organización Militar.
- Destino en Frontera.
- Puntaje adicional por destino en II.MM.
- Puntaje adicional por destino en Unidad Operativa.
21-81
C. 3ER. GRUPO – DESEMPEÑO PROFESIONAL (30%)
- Nota de Defensa de Trabajo de Investigación.
- Abanderado o Escolta.
- Horas de Vuelo.
- Revistas Militares.
- Horas Docencia Académica.
- Miembros Componentes de Tribunal.
- Orden de mérito en ascenso de grado o egreso de II.MM.
- Plaqueta de Honor del COMANGRALFAB
- Plaqueta al Graduado de Honor.
- Diplomas de Honor
- Felicitaciones
- Condecoraciones
D. 4TO. GRUPO - FOJAS DE CONCEPTO (5%)
- La calificación de las Fojas de Concepto será una por año. Las
Fojas de Conceptos faltantes serán calificadas con un promedio
de 30 puntos.
E. 5TO. GRUPO - EXAMEN FISICO MILITAR (5%)
- Examen Físico Militar, certificado por la Dirección General de
Entrenamiento Físico Deportivo (DIGEFID) dependiente del
Departamento III-Operaciones EMGFAB.
F. 6TO. GRUPO - APRECIACIÓN DEL TPFAB Y TEA. (10%)
- Calificación y clasificación final del TPFAB y TEA.
Artículo 25º (Asignación de Puntaje)
A. 1ER. GRUPO – FORMACIÓN PROFESIONAL (25%)
22-81
1. INSTITUTOS MILITARES
a. Pregrado
- POLMILAE.
- Similares en el país o en el exterior.
b. Postgrado
- EPTA.
- Similares en el país o en el exterior.
Nº INSTITUTO GRADO
ACADÉMICO
PUNTAJE
1 POLMILAE
Técnico
Superior
(UNIMIL)
10
2 EPTA
Inspección
Técnica
Diplomado 15
Supervisión Diplomado
DESA
20
NOTA 1.- Los cursos de Inspección Técnica
Aeronáutica y Supervisión Aeronáutica o similar; que
se imparten en la Escuela de Perfeccionamiento
Técnico Aeronáutico, no serán homologados por
ningún otro curso.
NOTA 2.- Los cursos de Inspección Técnica y
Supervisión, constituyen requisitos de ascenso.
NOTA 3.- La asignación de puntaje correspondiente
será ponderada en base a las calificaciones finales
(Orden de mérito de egreso) obtenidas en el
desarrollo de cada curso.
2. CURSOS DE CAPACITACIÓN Y ESPECIALIZACION
Se otorga valor curricular a los cursos autorizados por el
Departamento V-Educación EMGFAB, a través de la Escuela
de Perfeccionamiento Técnico Aeronáutico, que sean afines a
la Especialidad del Suboficial o Sargento y estén
contemplados en el Plan de Carreras.
23-81
En ese sentido, los Sres. Suboficiales y Sargentos calificarán:
- Dos (2) Cursos por año.
a. Especialidad: Técnico Aeronáutico.
Nº ESPECIALIDAD PUNTAJE
1 Técnico Aeronáutico 10
SARGENTO INICIAL
AÑO CURSOS PUNTAJE
1er
Curso “Programa de Adiestramiento
Teórico - Práctico en Mantenimiento
de Aeronaves”. (Unidades
Operativas)
REQUISITO
2do Curso de Inglés EIFAB. REQUISITO
3er
Curso Regimentario 3
Programa de Capacitación a
Distancia (PCD) REQUISTO
Curso en Tierra 10
Curso de Seguridad en Tierra y
Prevención de Accidentes 6
Programa AET REQUISITO
24-81
SARGENTO SEGUNDO
AÑO CURSOS PUNTAJE
1er
a
3er
Curso en Tierra 10
Programa de AET REQUISITO
Curso de Equipos de Apoyo en
Tierra 8
Curso de Técnico de Abordo 8
Curso de Seguridad en
Tierra/Prevención de Accidentes 6
Curso de Manejo Órdenes Técnicas 6
Curso Regimentario 3
Curso de DD.HH. y D.I.H. REQUISITO
Programa de Capacitación a
Distancia (PCD) REQUISITO
SARGENTO PRIMERO
AÑO CURSOS PUNTAJE
1er
a
4to
Curso en Tierra 10
Programa de AET REQUISITO
Curso de Técnico de Abordo 8
Curso de Maestro de Carga 8
Curso de Topografía 8
Curso de Seguridad en
Tierra/Industrial y Prevención de
Accidentes
6
Curso Ley 1178 (SAFCO) 4
Curso Regimentario 3
Curso de DD.HH. y D.I.H. REQUISITO
Programa de Capacitación a
Distancia (PCD) REQUISITO
Curso de Inspección Técnica (EPTA) REQUISITO
25-81
SUBOFICIAL INICIAL
AÑO CURSOS PUNTAJE
1er
a
5to
Curso en Tierra 10
Curso de Instructor de Técnico de
Abordo 10
Curso de Ingeniero de Vuelo 8
Curso Regimentario 3
Curso de DD.HH. y D.I.H REQUISITO
Programa de Capacitación a
Distancia (PCD) REQUISITO
Curso de Supervisión Aeronáutica
(EPTA) REQUISITO
SUBOFICIAL SEGUNDO
AÑO CURSOS PUNTAJE
1er
a
5to
Curso de Evaluador de Técnico de
Abordo 12
Curso en Tierra 10
Curso de Docencia Académica 10
Curso de Instructor de Maestro de
Carga 10
Curso de Inspector en Recepción de
Partes 10
Curso de Actualización y
Estandarización para Supervisores
de Mantenimiento
8
Curso de Supervisor de AVSEC 8
Curso de HAZMAT 8
Curso Manejo de Recursos de
Mantenimiento 7
Curso de Correspondencia Militar 4
Curso Regimentario 3
Curso de DD.HH. y D.I.H REQUISITO
26-81
SUBOFICIAL PRIMERO
AÑO CURSOS PUNTAJE
1er
a
5to
Curso de Evaluador de
Ingeniero de Vuelo 12
Curso de Evaluador de
Maestro de Carga 12
Curso de Instructor de
Ingeniero de Vuelo 10
Curso en Tierra 10
Curso de Gestión de
Seguridad Operacional
(SMS)
8
Curso de Actualización y
Estandarización para
Inspectores de Control de
Calidad
8
Curso de Investigación de
Accidentes 8
Curso de Control de Calidad
de Mantenimiento 8
Curso de Planificación e
Ingeniería de
Mantenimiento
8
Curso de Auditoría de
Mantenimiento 8
Curso de Control de la
Producción 6
Curso de Confiabilidad de
Mantenimiento 6
Curso de CRM 6
Curso de Manejo de
Recursos Humanos 5
Curso Regimentario 3
27-81
SUBOFICIAL MAYOR
AÑO CURSOS PUNTAJE
1er
a
5to
Aseguramiento a la Calidad 10
b. Especialidad: Seguridad y Defensa
Nº ESPECIALIDAD PUNTAJE
1 Defensa Aérea 10
SARGENTO INICIAL
AÑO CURSOS PUNTAJE
1er a
2do
Paracaidista Militar REQUISITO
Operaciones en la Selva REQUISITO
Tirador de Elite REQUISITO
Policía Militar REQUISITO
Curso de Administración de
Instrucción Militar REQUISITO
Curso de Control de ATC 8
Curso de Artillería Antiaérea 6
Curso de Inglés EIFAB REQUISITO
Curso Regimentario 3
Programa de Capacitación a
Distancia (PCD) REQUISITO
3er
Programa de AET REQUISITO
Técnico Armero 6
Curso Regimentario 3
Programa de Capacitación a
Distancia (PCD) REQUISITO
28-81
SARGENTO SEGUNDO
AÑO CURSOS PUNTAJE
1er
a
3er
Curso OPESAR 8
Curso Básico de Radares 8
Curso de Seguridad en
Tierra/Industrial 7
Curso de Seguridad de
Instalaciones Aéreas 7
Curso de Meteorología I 6
Curso de Fraseología ATC 6
Curso de Primeros Auxilios 4
Curso Regimentario 3
Curso de DD.HH. y D.I.H REQUISITO
Programa de AET REQUISITO
Programa de Capacitación a
Distancia (PCD) REQUISITO
SARGENTO PRIMERO
AÑO CURSOS PUNTAJE
1er
a
4to
Curso Contra Actos de
Interferencia Ilícita (CAII) 10
Curso de Seguridad en
Tierra Industrial 8
Curso de Seguridad
Aeroportuaria 8
Curso de Fraseología ATC
en Inglés 8
Curso de Observador y
Controlador Aéreo 6
Curso de Meteorología II 6
Curso Regimentario 3
Curso de DD.HH. y D.I.H REQUISITO
Programa de AET REQUISITO
29-81
Programa de Capacitación a
Distancia (PCD) REQUISITO
Curso de Actualización
(EPTA). REQUISITO
SUBOFICIAL INICIAL
AÑO CURSOS PUNTAJE
1er
a
5to
Curso Avanzado de
Radares 10
Curso de Seguridad en
Tierra/Industrial 8
Curso de Correspondencia
Militar 4
Curso Regimentario 3
Curso de DD.HH. y D.I.H REQUISITO
Programa de Capacitación
a Distancia (PCD) REQUISITO
Curso de Supervisión
Aeronáutica (EPTA) REQUISITO
SUBOFICIAL SEGUNDO
AÑO CURSOS PUNTAJE
1er
a
5to
Curso de Inspector de
Recepción de Partes 10
Curso de Docencia
Académica 10
Curso de Supervisor de
AVSEC 8
Curso de HAZMAT 8
Curso de Administración
de RR.HH. 6
Curso Ley 1178 (SAFCO) 4
Curso Regimentario 3
Curso de DD.HH. y D.I.H. REQUISITO
30-81
SUBOFICIAL PRIMERO
AÑO CURSOS PUNTAJE
1er
a
5to
Curso de Gestión de
Riesgos 10
Curso de Evaluación de
Daños (EDAN). 8
Curso Regimentario 3
SUBOFICIAL MAYOR
AÑO CURSOS PUNTAJE
1er
a
5to
Curso de Aseguramiento a
la Calidad 10
c. Especialidad: Apoyo Operativo
Nº ESPECIALIDAD PUNTAJE
1 Apoyo Operativo 10
SARGENTO INICIAL
AÑO CURSOS PUNTAJE
1er
a
3er
Curso Programa de
Adiestramiento Teórico –
Práctico
REQUISITO
Programa de Capacitación
a Distancia (PCD) REQUISITO
Curso de Inglés General
EIFAB REQUISITO
Curso de Abastecimiento
Aéreo 8
Curso de Seguridad en
Tierra y Prevención de
Accidentes
8
Curso de Ofimática 7
Curso Regimentario 3
31-81
SARGENTO SEGUNDO
AÑO CURSOS PUNTAJE
1er
a
3er
Curso en Tierra 10
Curso Programa de AET REQUISITO
Curso de Análisis de
Sistemas y Sistemas
Electrónicos
8
Curso de Equipos de
Apoyo en Tierra 8
Curso de Seguridad
Industrial 8
Curso de Prevención de
Accidentes 8
Curso de Manejo de
Órdenes Técnicas 6
Curso de Base de Datos de
Abastecimiento Aéreo 6
Curso de Sistemas de
Abastecimiento 6
Curso de Sistemas de
Registros de
Abastecimiento
6
Curso Regimentario 3
Curso de DD.HH. y D.I.H. REQUISITO
Programa de Capacitación
a Distancia (PCD) REQUISITO
32-81
SARGENTO PRIMERO
AÑO CURSOS PUNTAJE
1er
a
4to
Curso Programa de AET REQUISITO
Curso de Curso de
Seguridad en
Tierra/Industrial y
Prevención de Accidentes
8
Curso de Actualización en
su Especialidad 8
Curso de Sistemas de
Ubicación en
Abastecimientos
6
Curso de Sistemas de
Inventarios de
Abastecimiento
6
Curso de Tecnología
Aplicada a Logística 6
Curso de Base de Datos de
Informática 6
Curso de Software y
Hardware 6
Curso Regimentario 3
Curso de DD.HH. y D.I.H. REQUISITO
Programa de Capacitación
a Distancia (PCD) REQUISITO
Curso de Inspección
Técnica (EPTA) REQUISITO
33-81
SUBOFICIAL INICIAL
AÑO CURSOS PUNTAJE
1er
a
5to
Curso de Actualización en
su Especialidad 8
Curso de Sistemas
Digitalizados 6
Curso de Sistemas de
Embalajes 6
Curso de Redes 6
Curso de
Telecomunicaciones 6
Curso de Lenguajes
Programación 6
Curso Ley 1178 (SAFCO) 4
Curso Regimentario 3
Curso de DD.HH. y D.I.H. REQUISITO
Programa de Capacitación
a Distancia (PCD) REQUISITO
Curso de Supervisión
Aeronáutica (EPTA) REQUISITO
34-81
SUBOFICIAL SEGUNDO
AÑO CURSOS PUNTAJE
1er
a
5to
Curso de Inspector de
Recepción de Partes 10
Curso de Docencia
Académica 10
Curso de Actualización en
su Especialidad 8
Curso de Supervisor de
AVSEC 8
Curso de HAZMAT 8
Curso de Manejo de
Recursos de
Abastecimiento
6
Curso de Servidores 6
Curso de Seguridad
Informática 6
Curso de Correspondencia
Militar 4
Curso Regimentario 3
Curso de DD.HH. y D.I.H. REQUISITO
SUBOFICIAL PRIMERO
AÑO CURSOS PUNTAJE
1er
a
5to
Curso de Actualización en
su Especialidad 8
Curso de Administración
de RR.HH. 6
Curso Regimentario 3
35-81
SUBOFICIAL MAYOR
AÑO CURSOS PUNTAJE
1er
a
5to
Curso de Aseguramiento a
la Calidad 10
NOTA 1: Todos los cursos deben ser organizados y
planificados por los Comandos de GG.UU. II.MM.,
Gerencias, Direcciones, PP.UU. y RR.MM.; autorizados
por el COMANGRALFAB y se tomarán en cuenta solo
dos cursos por año con la correspondiente carga horaria, lo
cual no debe afectar al Suboficial o Sargento en el
cumplimiento de sus funciones específicas en sus cargos
designados para la gestión; los cursos de
Perfeccionamiento y Especialización NO tienen puntaje,
constituyen requisitos para ascenso.
NOTA 2. Los Cursos deberán cumplir la carga horaria
establecida en la Directiva de la FAB No 34/13.
3. ADIESTRAMIENTO EN EL TRABAJO (AET) PARA
SARGENTOS
El Programa de AET comprende dos modalidades, que
deberán ser promediadas:
- Curso Teórico.
- Curso Práctico impartido en las Unidades Operativas en su
especialidad.
La administración del Adiestramiento en el Trabajo, es
responsabilidad de las Unidades Operativas, por consiguiente
solo debe considerarse el promedio obtenido por el personal
en estas Unidades (Teórico – Práctico).
El personal que no tuviera el puntaje referido al Curso
Teórico – Práctico impartido en las Unidades Operativas en su
especialidad, la cual será calificada por el Supervisor de AET
designado por el Departamento V-Educación EMGFAB, no
obtendrá la calificación correspondiente a este Ítem.
36-81
Nota mínima de aprobación 70%.
4. PROGRAMA DE CAPACITACIÓN A DISTANCIA
PARA SUBOFICIALES Y SARGENTOS (PCD)
El Programa de Capacitación a Distancia (PCD), es un Curso
en la modalidad a distancia, dirigido al personal de Sargentos
hasta Suboficiales Iniciales. Este Programa, está administrado
por la Escuela de Perfeccionamiento Técnico Aeronáutico
(EPTA).
El puntaje se dará de acuerdo a la siguiente fórmula:
200
N(PCD)x5PF
Dónde:
PF = Puntaje Final.
N(PCD) = Nota Porcentual PCD
5 = Constante
200 = Factor de conversión a puntos.
Nota mínima de aprobación 65%.
5. CALCULO 1ER. GRUPO FORMACION
PROFESIONAL
Para obtener el valor final del 1er. Grupo Formación
Profesional, se calculará la diferencia aritmética de los puntos
positivos ponderados (méritos) menos los puntos negativos
sin ponderar (deméritos). Ver Capítulo VI Procedimientos de
Cálculo para la Evaluación de Ascenso.
B. 2DO. GRUPO – DESTINOS Y CARGOS (25%)
Se tomará en consideración, los diferentes cargos y destinos
desempeñados por el Suboficial o Sargento del Escalafón de Armas,
durante el tiempo mínimo de permanencia en el cargo dispuesto por
el COMANGRALFAB.
Los destinos y cargos del Suboficial o Sargento serán evaluados
anualmente.
37-81
El Suboficial o Sargento, que por necesidades del servicio sea
cambiado de destino dos o más veces en un mismo año, calificará el
puntaje más alto sólo de uno de los cargos y destinos desempeñados.
El Suboficial o Sargento, que por necesidades del servicio
desempeñe en una gestión dos cargos a la vez, designado mediante
Orden del Día o Memorándum, calificará el puntaje mayor y la
mitad del puntaje asignado al segundo cargo.
1. DESTINOS Y CARGOS PARA LA ESPECIALIDAD
TÉCNICO AERONÁUTICO
Los cargos de los Sres. Suboficiales y Sargentos, se detallan
en los siguientes cuadros:
SUBOFICIAL MAESTRE
Nº CARGO
1 Suboficial de Comando de GG.UU. e II.MM.
2 Suboficial de Comando de la Fuerza Aérea
Boliviana
3 Asesor Técnico de Departamentos EMGFAB,
COMANJEFE y MINDEFENSA
4 Suboficial de Comando del Comando en Jefe de
las FF.AA.
38-81
SUBOFICIAL MAYOR
Nº CARGO PUNTAJE
1
Suboficial de Comando de
PP.UU., Dirección de
Mantenimiento o Gerencia
General
15
2 Jefe o Gerente de
Mantenimiento 13
3 Jefe o Gerente de la Sección
Aseguramiento a la Calidad. 12
4 Evaluador de Ingeniero de
Vuelo 12
5 Jefe o Gerente de Sección
Control de Calidad 12
6 Jefe o Gerente de Sección
Control de Mantenimiento 12
7 Jefe o Gerente de Sección
Adiestramiento 12
8 Jefe o Gerente de la Sección
Planificación e Ingeniería 12
9 Jefe o Gerente de la Sección
Seguridad Operacional (SMS) 12
10 Jefe de Sección Abastecimiento 10
11 Jefe de Sub Sección de
Departamento EMGFAB 10
12 Agregado Aéreo Adjunto 10
13 Auditor de Mantenimiento 10
14 Investigador de Accidentes
Aeronáuticos 10
15 Docente Académico 10
39-81
SUBOFICIAL PRIMERO
Nº CARGO PUNTAJE
1 Inspector de Control de Calidad 12
2 Jefe de Sección Talleres 12
3 Jefe de Sección Línea de Vuelo 12
4 Jefe de Sección Seguridad en
Tierra/Industrial
12
5 Evaluador de Ingeniero de
Vuelo
12
6 Evaluador de Maestro de Carga 12
7 Instructor de Ingeniero de
Vuelo
10
8 Docente Académico 10
9 Jefe de Sección en GG.UU.,
II.MM. y CC.CC.
8
10 Suboficial de Enlace del
Suboficial de Comando
8
11 Auxiliar del Suboficial de
Comando
8
12 Jefe de Personal de Escuadrón
Mantenimiento
8
40-81
SUBOFICIAL SEGUNDO
Nº CARGO PUNTAJE
1 Supervisor de Control
Mantenimiento 12
2 Inspector de Control de Calidad
de Especialidad 12
3 Jefe de Sub Sección de Taller 12
4 Jefe de Línea de Vuelo 12
5 Evaluador de Técnico de
Abordo 12
6 Inspector de Recepción de
Partes 10
7 Docente Académico 10
8 Instructor de Maestro de Carga 10
9
Jefe de Sub Sección Seguridad
en Tierra/Seguridad
Operacional.
10
10 Jefe de Sub Sección Control de
Calidad 10
11 Jefe de Sub Sección
Planificación e Ingeniería 10
12 Jefe de Sub Sección Control de
Mantenimiento 10
13 Jefe de Sub Sección Línea de
Vuelo 10
14 Jefe de Sub Sección
Adiestramiento 10
15 Supervisor de AET 10
16 Supervisor de AVSEC 8
17 Ingeniero de Vuelo 8
41-81
SUBOFICIAL INICIAL
Nº CARGO PUNTAJE
1 Jefe de Grupo de Trabajo de
Sub Sección de Taller 12
2 Técnico Especialista 10
3 Instructor de Técnico de
Abordo 10
4 Ingeniero de Vuelo 8
5 Maestro de Carga 8
6 Alumno EPTA REQUISITO
SARGENTO PRIMERO
Nº CARGO PUNTAJE
1 Técnico Especialista 10
2 Técnico Encargado de
Aeronave 8
3 Técnico de Abordo 8
4 Maestro de Carga 8
5 Técnico Encargado de Equipo
de Apoyo en Tierra 8
6 Técnico Encargado de Hangar 6
7 Encargado de Registros y
Kardex de Sub Sección 6
8 Alumno EPTA (6 Meses) REQUISITO
42-81
SARGENTO SEGUNDO
Nº CARGO PUNTAJE
1 Técnico Especialista 10
2 Técnico Encargado de Equipos
de Apoyo en Tierra 8
3 Técnico de Abordo 8
4 Técnico Encargado de Hangar 6
5 Encargado de Herramientas de
Sub Sección de Taller 6
6
Encargado de Registros y
Kardex de Sub Sección de
Taller
6
7 Auxiliar del Encargado de
Aeronave 5
SARGENTO INICIAL
Nº CARGO PUNTAJE
1 Auxiliar de Técnico
Especialista 8
2 Auxiliar de Encargado de
Herramientas 6
3 Auxiliar de Registros de Sub
Sección de Taller 6
4 Alumno Técnico 5
43-81
2. DESTINOS Y CARGOS PARA LA ESPECIALIDAD
SEGURIDAD Y DEFENSA AÉREA
SUBOFICIAL MAESTRE
Nº CARGO
1 Suboficial de Comando de GG.UU. e II.MM.
2 Suboficial de Comando de la Fuerza Aérea
Boliviana
3 Asesor Técnico de Departamento EMGFAB
4 Suboficial de Comando del Comando en Jefe de
las FF.AA.
SUBOFICIAL MAYOR
Nº CARGO PUNTAJE
1
Suboficial de Comando
PP.UU., Dirección o Gerencia
General
15
2 Supervisor de Seguridad y
Defensa 12
3 Supervisor Técnico de Armas
12
4 Agregado Adjunto
10
5 Docente Académico
10
6
Jefe de Sub Sección de
Departamento EMGFAB 10
44-81
SUBOFICIAL PRIMERO
Nº CARGO PUNTAJE
1 Jefe de Sección Reclutamiento
y Licenciamiento 12
2 Jefe de Sección VCYDAA 12
3 Inspector de Recepción de
Partes 10
4 Docente Académico 10
5 Suboficial de Enlace del
Suboficial de Comando FAB 8
6 Auxiliar del Suboficial de
Comando 8
7 Jefe de Sección PP.UU.,
Gerencias y Direcciones FAB 8
8 Encargado de Clase I, II, III, IV
y V 6
SUBOFICIAL SEGUNDO
Nº CARGO PUNTAJE
1 Jefe de Sección Sala de Armas 12
2 Inspector de Recepción de
Partes 10
3 Jefe de Sección Ayudas a la
Instrucción 10
4 Jefe de Sub Sección VCYDAA 10
5 Docente Académico 10
6 Supervisor de AET 10
7 Supervisor de AVSEC 8
8 Jefe de Sub Sección PP.UU.
Gerencias y Direcciones FAB. 8
45-81
SUBOFICIAL INICIAL
Nº CARGO PUNTAJE
1 Especialista en Seguridad y
Defensa 10
2 Primero de Compañía 10
3 Jefe de Sub Sección Sala de
Armas 8
4 Jefe de Sub Sección Ayudas a
la Instrucción 8
5 Alumno EPTA REQUISITO
SARGENTO PRIMERO
Nº CARGO PUNTAJE
1 Especialista en Seguridad y
Defensa 10
2 Primero de Compañía 10
3 Primero de Sección 10
4 Auxiliar Sección Reclutamiento
y Licenciamiento 8
5 Técnico Armero 8
6 Alumno EPTA (6 Meses) REQUISITO
SARGENTO SEGUNDO
Nº CARGO PUNTAJE
1 Especialista en Seguridad y
Defensa 10
2 Primero de Sección 10
3 Técnico Armero 8
46-81
SARGENTO INICIAL
Nº CARGO PUNTAJE
1 Auxiliar del Especialista en
Seguridad y Defensa 8
2 Auxiliar de Sala de Armas 6
3 Auxiliar de Sub Sección 6
4 Alumno Seguridad y Defensa 5
3. DESTINOS Y CARGOS PARA LA ESPECIALIDAD
APOYO OPERATIVO
SUBOFICIAL MAESTRE
Nº CARGO
1 Suboficial de Comando de GG.UU. e II.MM.
2 Suboficial de Comando de la FAB.
3 Asesor Técnico de Departamentos del
COMANGRALFAB. y Comando en Jefe FF.AA.
4 Suboficial de Comando del Comando en Jefe de
las FF.AA.
SUBOFICIAL MAYOR
Nº CARGO PUNTAJE
1
Suboficial de Comando de
PP.UU., Dirección o Gerencia
General
15
2 Supervisor de Sistemas
Informáticos 12
3 Supervisor de Seguridad
Informática 12
4 Docente Académico 10
5 Agregado Aéreo Adjunto 10
6 Jefe de Sub Sección de
Departamento EMGFAB 8
47-81
SUBOFICIAL PRIMERO
Nº CARGO PUNTAJE
1 Jefe de Sección Informática 12
2 Jefe de Sección Capacitación 12
3 Jefe de Seguridad Industrial 12
4 Jefe de Sección Abastecimiento
Aéreo 12
5 Docente Académico 10
6 Jefe de Personal de Escuadrón 8
7 Suboficial de Enlace del
Suboficial de Comando 8
8 Auxiliar del Suboficial de
Comando 8
9 Jefe de Sección PP.UU.,
Gerencias y Direcciones FAB 8
SUBOFICIAL SEGUNDO
Nº CARGO PUNTAJE
1
Jefe de Sub Secciones:
Capacitación, Seguridad
Industrial, Servicios, Soporte
Técnico, Redes, Base de Datos,
Telecomunicaciones, Sistemas,
Servidores y Seguridad
Informática.
10
2 Jefe de Sub Sección
Abastecimiento Aéreo 10
3 Jefe de Sub Sección
Adiestramiento 10
4 Jefe de Sub Sección Seguridad
Industrial 10
5 Inspector de Recepción de
Partes 10
6 Docente Académico 10
7 Supervisor de AET 10
8 Supervisor de AVSEC 8
48-81
SUBOFICIAL INICIAL
Nº CARGO PUNTAJE
1
Técnico Especialista (Sub
Secciones: Servicios, Software,
Hardware,
Telecomunicaciones,
Desarrollo, Seguridad, Base de
Datos y Redes).
10
2 Técnico Especialista en
Abastecimiento Aéreo 10
3 Encargado de Almacén 8
4 Alumno EPTA REQUISITO
SARGENTO PRIMERO
Nº CARGO PUNTAJE
1
Técnico Especialista (Sub
Secciones: Servicios, Software,
Hardware, Seguridad,
Desarrollo,
Telecomunicaciones, Base de
Datos y Redes).
10
2 Técnico Especialista en
Abastecimiento Aéreo 10
3 Técnico Encargado de Equipos
de Apoyo en Tierra 8
4 Encargado de Almacén I, II, III,
IV, V, VI y VII 8
5 Encargado de Archivos 6
6 Alumno EPTA (6 meses) REQUISITO
49-81
SARGENTO SEGUNDO
Nº CARGO PUNTAJE
1 Técnico Especialista 10
2 Técnico Encargado de Equipos
de Apoyo en Tierra 8
3 Encargado de Registros y
Kardex 6
4 Auxiliar del Encargado de
Almacén de Herramientas 6
SARGENTO INICIAL
Nº CARGO PUNTAJE
1 Auxiliar del Técnico
Especialista 8
2 Alumno Técnico 5
NOTA 1: Se calificarán hasta dos cargos por gestión como
máximo, el 1ro. 100% y el 2do. 50%.
NOTA 2: Los Sres. Suboficiales de Comando de PP.UU.,
Direcciones de Mantenimiento, Gerencias, GG.UU. e II.MM.
de acuerdo al Capítulo II, inciso III. Dependencia, inciso C.
del Reglamento del Suboficial de Comando CJ-RGA-217;
DEBEN cumplir sus funciones específicas, NO pudiendo
desempeñar otros cargos simultáneamente.
Así mismo, los Sres. Suboficiales que desempeñan cargos
jerárquicos dentro de la estructura orgánica de Escuadrones de
Mantenimiento y similares, como ser: Jefe de Mantenimiento,
Jefe de Control de Calidad, Jefe de Control de
Mantenimiento, Jefe de Adiestramiento y Jefe de Sección
Talleres, NO deben desempeñar otro cargo adicional por la
responsabilidad que encierra el cumplimiento de sus
funciones.
50-81
4. DESTINO EN FRONTERA
DESTINO EN FRONTERA
Nº LUGAR PUNTAJE
1 Uyuni 10
2 Cobija 8
3 Riberalta 8
4 Robore 8
5 Villamontes – Monteagudo 8
6 Puerto Suarez 8
7 Caranavi, Santa Ana de
Huachi, Chimore
6
8 Direcciones Regionales TAM 6
9 Tarija, Trinidad, Oruro, Sucre 4
10 Nazaret 6
NOTA 1: La presente clasificación de frontera es exclusiva
para efectos de asignación de puntaje.
NOTA 2: Se asignará el siguiente puntaje por permanencia en
unidades de frontera por grado:
- 100% primeros dos años continuos de permanencia.
- 50 % siguientes dos años de permanencia.
51-81
5. PUNTAJE ADICIONAL POR DESTINO EN
INSTITUTO MILITAR (EXCEPTO ALUMNOS).
El personal de Sres. Suboficiales destinados en II.MM.,
deberá reunir requisitos acordes para desempeñar las
funciones de Docente Académico como ser: Idoneidad,
vocación de servicio y ser Diplomado de la Escuela de
Supervisión Técnica Aeronáutica.
Se asignará el 100% del puntaje establecido los primeros dos
años de permanencia
El tercer año en Institutos Militares sólo se calificará el 50%
Se calificará puntaje al Sr. Suboficial que permanezca
destinado en Instituto Militar hasta 3 años por cada grado.
INSTITUTO PUNTAJE
EPTA 6
POLMILAE 5
EIFAB 4
6. PUNTAJE ADICIONAL POR DESTINO EN UNIDAD
OPERATIVA
Al Sr. Suboficial o Sargento destinado en Unidad Operativa,
se le otorgará un puntaje adicional consistente en el 30% del
total obtenido de la calificación del cargo desempeñado en la
gestión.
- 100% primeros dos años de permanencia.
- 50 % siguientes años de permanencia.
Las siguientes Unidades Operativas tienen asignación de
puntaje adicional:
52-81
Brigadas Aéreas, Grupos Aéreos, SMAs, TAB, SNA, FTAs,
SAR, GADAs y SAA “11”.
C. 3ER.GRUPO – DESEMPEÑO PROFESIONAL (30%)
1. NOTA DE DEFENSA DE TRABAJO DE
INVESTIGACIÓN O EQUIVALENTE AL PCD
El Suboficial convocado para ascenso al grado de Suboficial
Mayor, deberá elaborar y defender trabajo de investigación u
otro dispuesto por el COMANGRALFAB en forma obligatoria,
nota mínima 70%.
Se promediarán las calificaciones obtenidas en la defensa de
Trabajo de Investigación (Tesina, Monografía, etc.),
asignándose el puntaje correspondiente.
El Suboficial o Sargento que realiza curso en el exterior y sea
convocado, para examen de PCD, será convalidada con la nota
correspondiente del curso.
El Suboficial que se encuentre realizando curso de
especialización o capacitación en II.MM., del extranjero, queda
exento de elaborar y defender trabajo de investigación u otro
dispuesto por el COMANGRALFAB, debiendo ser
convalidadas las notas obtenidas en el curso correspondiente.
Las calificaciones sobresalientes obtenidas en el PCD, Trabajos
de Investigación u otros dispuestos por el COMANGRALFAB
tendrán el siguiente puntaje:
Nº CALIFICACION PUNTAJE
1 Aprobado por Excelencia (95 a
100%) 8
2 Aprobado con Honores (90 a
94.55%) 6
3 Aprobado Plenamente (80 a
89.55%) 4
53-81
El promedio final se calcula:
PF = Np
Donde:
PF (T) = Promedio Final TI.
Np (T) = Promedio TI.
10 = Coeficiente de conversión de calificación a
puntos.
2. ABANDERADOS Y ESCOLTAS
Los Sres. Suboficiales o Sargentos distinguidos como
Abanderados o Escoltas nombrados por Orden del Día o
Memorándum; serán reconocidos con el puntaje
correspondiente tanto del Estandarte de Nacional como de la
Bandera de Guerra, de acuerdo al siguiente detalle:
a. Abanderado del Estandarte Nacional y Bandera de
Guerra
Nº REPARTICIÓN
MILITAR
PUNTAJE
1 Estandarte Nacional
(EPTA) 10
2 Bandera de Guerra (EPTA) 8
3 Bandera de Guerra
(GADAs) 6
b. Escoltas del Estandarte Nacional
Nº REPARTICIÓN
MILITAR
PUNTAJE
1 Fuerzas Armadas 8
2 Fuerza Aérea Boliviana 8
3 Instituto Militar (EPTA) 6
4 Brigada Aérea 6
5 Pequeña Unidad 4
54-81
c. Escoltas de la Bandera de Guerra
No. INSTITUCIÓN PUNTAJE
1 Fuerza Armadas 6
2 Fuerza Aérea Boliviana 6
3 GG.UU. e II.MM. 5
4 Direcciones y Gerencias 4
5 Pequeña Unidad 4
3. HORAS DE VUELO
Para la asignación de puntaje se considerarán las horas de vuelo
en aeronaves de la FAB., en las funciones de Evaluador,
Instructor, Ingeniero de Vuelo, Técnico de Abordo y Maestro
de Carga; certificadas por el Departamento III-Operaciones
EMGFAB.
CATEGORÍA AERONAVE ALA
FIJA- ROTATIVA PUNTAJE
Evaluador de
Ingeniero de Vuelo,
Técnico de Abordo y
Maestro de Carga
Por cada 50 horas de
vuelo en el grado 8
Instructor de Ingeniero
de Vuelo Técnico de
Abordo y Maestro de
Carga
Por cada 100 horas
de vuelo en el grado 6
Ingeniero de Vuelo Por cada 200 horas
de vuelo en el grado 5
Maestro de Carga Por cada 200 horas
de vuelo en el grado 4
Técnico de Abordo Por cada 200 horas
de vuelo en el grado 2
NOTA.- El COMANGRALFAB podrá modificar el presente
cuadro de horas de vuelo mediante una disposición, en función
del material aéreo disponible en la Institución.
55-81
4. REVISTAS MILITARES
Se otorgará el siguiente puntaje al personal destinado como
Instructor Militar en el POLMILAE., GADAs o PP.UU.
Puntaje por cada revista en la gestión: 1 Punto
5. DOCENCIA ACADEMICA MILITAR
a. Diploma de Docente Militar
Las categorías serán otorgadas de acuerdo a disposiciones
vigentes y se asignará el puntaje correspondiente a las
obtenidas en el grado y por única vez:
Nº CATEGORIA PUNTAJE
1 Primera 6
2 Segunda 4
3 Tercera 2
b. Horas de Docencia Militar
Al Sr. Suboficial del Escalafón de Armas, que cumpla las
funciones de docente académico en II.MM.; de acuerdo a las
horas académicas dictadas en cada grado, se le asignará el
siguiente puntaje:
INSTITUTO PUNTAJE
POLMILAE
100 horas 2,0
300 horas 3,0
500 horas 4,0
EPTA
100 horas 2,5
200 horas 3,5
300 horas 4,5
EIFAB
300 horas 1,0
500 horas 2,0
700 horas 3,0
56-81
NOTA.- La calificación de las horas dictadas, deberá ser
certificada por los Comandantes de los II.MM. de la FAB
ante el Departamento V-Educación EMGFAB mediante la
respectiva certificación de horas dictadas, previo requisito
de contar con el Diploma de Profesorado Militar.
6. MIEMBRO COMPONENTE DE TRIBUNAL
Se calificarán hasta tres (3) designaciones por año, al
Suboficial o Sargento designado por Orden del Día o firmado
por el Señor Comandante General de la Fuerza Aérea y el
puntaje será el siguiente:
Nº DESIGNACIÓN PUNTAJE
1 Defensa de Trabajo de
Investigación 5
2 Evaluador de Ascenso
5
3 Junta Investigación de
Accidentes Aeronáuticos 5
4 Asesor Jurídico de Dictámenes
5
5
Comisión Técnica, Económica,
de Evaluación, Fiscal y
Supervisión
5
6 Secretario de Juez Sumariante 3
7. ORDEN DE MERITO EN ASCENSO DE GRADO O
EGRESO DE II.MM.
Recibirán puntaje los Suboficiales o Sargentos que ocupen los
cinco (5) primeros puestos en la promoción de egreso del
Instituto Militar (POLMILAE, EPTA) y en el ascenso de grado
respectivo, con el siguiente puntaje:
57-81
Nº ORDEN DE MÉRITO PUNTAJE
1 Primero 10
2 Segundo 8
3 Tercero 6
4 Cuarto 4
5 Quinto 2
8. PLAQUETA DE HONOR DEL COMANGRALFAB
Otorgada mediante Orden del Día del Comando General de la
Fuerza Aérea Boliviana, a Sres. Suboficiales que desempeñen
funciones de Jefe de Mantenimiento o similares y Suboficiales
de Comando.
PLAQUETA PUNTAJE
Plaqueta de Honor COMANGRALFAB 8
9. PLAQUETA AL GRADUADO DE HONOR
Otorgada mediante Orden del Día del Comando General de la
Fuerza Aérea Boliviana.
No. PLAQUETA PUNTAJE
1 Plaqueta de Honor
COMANGRALFAB 8
2 Plaqueta de Honor
JEMGRALFAB 5
3 Plaqueta de Honor Suboficial de
Comando FAB 3
Nº
EGRESADOS DE
INSTITUTO DE
FORMACIÓN EN EL
EXTERIOR
PUNTAJE
1 Egresado 6
58-81
10. DIPLOMAS DE HONOR
Otorgado por Orden del Día y tendrán validez sólo para el
personal orgánicamente dependiente.
Se asignará puntaje al Diploma de Honor otorgado por la
misma Autoridad, una en cada gestión:
Nº DIPLOMA PUNTAJE
1 Comando General de la FAB 5
2 Comando de GG.UU., Comando
Conjunto, FTC e II.MM. 3
3 Direcciones y Gerencias
Generales 2
4 Comando PP.UU. 2
11. FELICITACIONES
Se calificarán doce (12) felicitaciones por grado, que provengan
de las siguientes autoridades:
Conjunto A
a) Comandante General de la Fuerza Aérea
b) Jefe de Estado Mayor General de la Fuerza Aérea
c) Inspector General de la Fuerza Aérea
d) Jefes de Departamento EMGFAB
e) Suboficial de Comando de la FAB
Conjunto B
a) Comandante de GG.UU., II.MM., CC.CC. y F.T.C.
b) Suboficial de Comando GG.UU. e II.MM.
c) Directores y Gerentes Generales
d) Comandante de PP.UU. (GA, GADA, FTA, SMA, EIFAB,
UEFAB, SAA. y RR.MM.).
e) Suboficial de Comando de PP.UU. (GA, GADA, FTA,
SMA, EIFAB, UEFAB, SAA)
f) Jefe de Mantenimiento o equivalente de Unidades
Operativas
59-81
NOTA.- Las felicitaciones en este conjunto sólo tendrán
validez para el personal orgánicamente dependiente de la
autoridad que otorga la misma.
Conjunto C
a) Capitán General de las FF.AA.
b) Ministro de Defensa
c) Comandante en Jefe de las FF.AA.
d) Suboficial de Comando del Comando COMANJEFE.
En todos los casos se calificarán dos (2) felicitaciones por año,
cuando provengan de la misma Autoridad y sean otorgadas
mediante.
- Orden del día
- Oficio
- Memorándum
NOTA: Las felicitaciones otorgadas por autoridades interinas o
accidentales (a.i. y ACC.), NO tendrán validez. Tendrán
carácter acumulativo las otorgadas en el grado, asignándole el
siguiente puntaje:
Conjunto A
Nº FELICITACIONES PUNTAJE
1 Comandante General FAB 1
2 Jefe de Estado Mayor General FAB 1
3 Inspector General de la FAB 1
4 Jefe de Departamento EMGFAB 1
5 Suboficial de Comando de la FAB 1
60-81
Conjunto B
Nº FELICITACIONES PUNTAJE
1 Comandante de GG.UU., II.MM.,
FTC y CC.CC.
1
2 Suboficial de Comando de GG.UU.
e II.MM.
1
3 Directores y Gerentes Generales 1
4 Comandante de PP.UU. 1
5 Suboficial de Comando de PP.UU. 1
6 Jefe de Mantenimiento 1
Conjunto C
Nº FELICITACIONES PUNTAJE
1 Capitán General de las FFAA 1
2 Ministro de Defensa 1
3 Comandante en Jefe FF.AA. 1
4 Suboficial de Comando del
COMANJEFE 1
NOTA.- La asignación de puntaje para las felicitaciones tiene
un solo valor para cualquier Autoridad, se computan solo dos
niveles arriba; ejemplo: Al 2do. Comandante lo felicita el
Comandante de PP.UU. o GG.UU.
12. CONDECORACIONES
a. CONSTANCIA MILITAR
Sólo será concedida por años continuos de servicio,
asignándole el siguiente puntaje:
Nº CONSTANCIA MILITAR PUNTAJE
1 Primera Clase 12
2 Segunda Clase 10
3 Tercera Clase 8
61-81
13. CÁLCULO DEL 3ER. GRUPO DESEMPEÑO
PROFESIONAL
Para obtener el valor final del 3er. Grupo Desempeño
Profesional, se calculará la diferencia aritmética de los puntos
positivos ponderados (méritos) menos los puntos negativos sin
ponderar (deméritos), de la siguiente manera:
a. Puntos positivos ponderados o Méritos (Mp).
Para obtener el puntaje de méritos ponderados (Mp), se
obtiene el factor de ponderación (F) mediante la división de
30 (porcentaje de grupo) entre el Puntaje Máximo de
méritos obtenidos (PMáxM).
F = 30 / PMáxM
El factor de ponderación (F) obtenido, multiplicado por el
puntaje de méritos de cada Suboficial o Sargento evaluado
(PMi), determinará los méritos individuales ponderados
(Mp).
Mp = F x PMi
b. Puntos negativos sin ponderar o Deméritos (D).
Para obtener el puntaje de los deméritos, se realiza la
sumatoria aritmética del total de los puntos negativos o
deméritos obtenidos por el evaluado en el grado (D).
c. Calculo final
Se aplicará la siguiente fórmula:
Dp = Mp – D
Donde:
- Dp = Desempeño profesional
- Mp = Méritos ponderados
- D = Deméritos
62-81
D. FOJAS DE CONCEPTO (5%)
Queda establecido que es obligación de los Sres. Comandantes de
GG.UU., II.MM. y PP.UU, Directores y Gerentes, incluyendo
RR.MM.; enviar cada año al Departamento I-Personal EMGFAB las
Fojas de Concepto del personal dependiente, debidamente
calificadas, firmadas y selladas, siendo responsables por cualquier
perdida; asimismo el Suboficial o Sargento calificado deberá contar
con una copia fotostática de la misma para su constancia en el
momento de su evaluación.
La pérdida comprobada de Fojas de Concepto estará sujeta a sanción
correspondiente de acuerdo a Reglamento.
Los Tribunales (TEA o TPFAB) se reservan el derecho de verificar
la autenticidad de toda la calificación plasmada en cada Foja de
Concepto de acuerdo a las normas.
Todos los documentos otorgados por la superioridad (méritos y
deméritos) deberán ser registrados en la Foja de Concepto de la
gestión correspondiente por el Jefe de Personal de cada Unidad.
El puntaje final de Fojas de Concepto se calculará de la siguiente
manera:
Pfg = Fc (f1 + f2 + f3 + f4 + f5)
Ag
Nfc = Pfg x 5%
Donde:
Pfg = Promedio de Fojas en el grado
Fc = Fojas de Concepto
Ag = Años del grado
Nfc = Nota por Fojas de Concepto
Las Fojas de Concepto evaluaran el promedio total del desempeño
profesional del Suboficial y Sargento durante la gestión, en la cual la
tercera calificación corresponde al Suboficial de Comando; esta es el
producto del promedio de las calificaciones obtenidas
periódicamente a través de la Calificación Individual de Desempeño
63-81
Profesional del Suboficial o Sargento en la cual deberá tomarse en
cuenta el Formulario de Evaluación del Adiestramiento del
Suboficial y Sargento en su Especialidad.
En caso de no existir la Foja de Concepto de uno o dos años por
comisión en el extranjero se le calificara el promedio de las fojas
existentes, asimismo en caso de que falten Fojas de Concepto al
personal que se encuentre en el país, se calificara la nota de 30
puntos en la foja faltante.
E. 5TO GRUPO – EXÁMEN FISICO MILITAR (5%)
El proceso de evaluación del Examen Físico Militar del personal
convocado a ascenso, será planificado, desarrollado y evaluado por el
Departamento III-Operaciones, en coordinación con la Dirección
General de Entrenamiento Físico Deportivo.
F. 6TO. GRUPO – APRECIACIÓN DEL TRIBUNAL DE
PERSONAL DE LA FAB Y TRIBUNAL EVALUADOR DE
ASCENSO TPFAB - TEA (10%)
Este grupo tiene un valor de 10% de puntaje positivo.
1. TRIBUNAL DE PERSONAL DE LA FAB (TPFAB).
La calificación por parte del TPFAB para Suboficiales convocados
para ascenso a los grados de Suboficial Mayor y Suboficial
Maestre, seguirá el siguiente procedimiento:
a. Los miembros del TPFAB: Presidente, Vicepresidente y los
(7) siete vocales, asignarán individualmente un puntaje
numérico entre 1 a 100 de cada Suboficial convocado,
considerando los siguientes parámetros:
1) Aspectos positivos y negativos del Suboficial calificado.
2) Apreciación personal del Tribunal, sobre el Suboficial
calificado.
b. Eliminar los puntajes extremos (máximo y mínimo) otorgados
por los miembros del TPFAB y de las calificaciones restantes,
obtener el promedio respectivo.
64-81
c. El promedio final ponderado (10%) será registrado por el
Tribunal en la casilla correspondiente de la HICA.
d. La calificación mínima de aprobación para este grupo (6to.
Grupo APRECIACIÓN DEL TRIBUNAL DE PERSONAL
DE LA FAB) será de 70%, los Suboficiales y Sargentos que
no alcanzaran la nota mínima, no serán promovidos al grado
inmediato superior.
2. TRIBUNAL EVALUADOR DE ASCENSO (TEA)
La calificación del Tribunal Evaluador de Ascenso TEA, para
Suboficiales y Sargentos convocados a ascenso hasta el grado de
Suboficial Primero, seguirá el siguiente procedimiento:
a. Los miembros del TEA, Presidente y dos o más vocales,
asignarán individualmente un puntaje numérico entre 1 a 100,
considerando los siguientes parámetros:
1) Aspectos positivos y negativos del Suboficial o Sargento
calificado.
2) Apreciación personal del Tribunal, sobre el Suboficial o
Sargento calificado.
b. El promedio final ponderado (10%), será registrado por el
Tribunal en la casilla correspondiente de la HICA.
65-81
CAPÍTULO VI
PROCEDIMIENTOS DE CÁLCULO PARA
LA EVALUACIÓN DE ASCENSO
Artículo 26º (Procedimiento General de Cálculo)
Los valores numéricos (puntaje) provenientes de los documentos
presentados por el Suboficial o Sargento convocado, de acuerdo a lo
establecido en el presente reglamento, se asentarán en cada una de las
casillas de los seis (6) grupos de evaluación de la HICA.
- Por una simple suma aritmética, se obtendrá el puntaje final de la HICA.
- Los puntajes subtotales de la HICA, deberán ser transcritos al CECA.
El procedimiento de evaluación a seguir en el CECA, para cada uno de los
grupos, es el siguiente:
A. GRUPO FORMACIÓN PROFESIONAL (25%)
Para obtener el valor final del 1er. Grupo Formación Profesional, se
calculará la diferencia aritmética de los puntos positivos ponderados
(méritos) menos los puntos negativos sin ponderar (deméritos), de la
siguiente manera:
1. Puntos positivos ponderados o Méritos (Mp).
Para obtener el puntaje de méritos ponderados (Mp), se obtiene el
factor de ponderación (F) mediante la división de 25 (porcentaje de
grupo) entre el Puntaje Máximo de méritos obtenidos (PMáxM).
F = 25 / PMáxM
El factor de ponderación (F) obtenido, multiplicado por el puntaje de
méritos de cada Suboficial evaluado (PMi), determinará los méritos
individuales ponderados (Mp).
Mp = F x PMi
66-81
2. Puntos negativos sin ponderar o Deméritos (D).
Para obtener el puntaje de los deméritos, se realiza la sumatoria
aritmética del total de los puntos negativos o Deméritos obtenidos
por el evaluado en el grado (D).
3. Cálculo final
Se aplicará la siguiente fórmula:
FP = Mp - D
Dónde:
FP = Formación profesional
Mp = Méritos ponderados
D = Demérito
Ejemplo:
No
1ER. GRUPO FORMACIÓN PROFESIONAL (25 %)
PUNTAJE
SUB-
TOTAL
FACTOR Mp -D PORCENTAJE
FINAL (R)
1 83 0,269 22,33 1 21,33
2 92 0,269 24,75 3 21,75
3 85 0,269 22,87 6 16,87
4 80 0,269 21,52 0 21,52
5 81 0,269 21,79 0 21,79
6 91 0,269 24,48 1 23,48
7 93 0,269 25,00 9 16,00
8 79 0,269 21,25 2 19,25
9 88 0,269 23,68 3 20,68
NOTA.- El factor de ponderación del grupo se obtiene,
considerando el porcentaje de grupo (25%) 25 dividido entre el
máximo puntaje obtenido en la promoción (en el ejemplo el
evaluado No. 7 con 93 puntos), obteniéndose el factor de grupo RP1
0,269; donde 93 equivale al 100% de grupo que pondera al 25% del
puntaje calificado en RP1. Luego se restan los deméritos obtenidos
por cada Suboficial, determinando el Resultado Parcial 1 (RP1) del
grupo Formación Profesional.
67-81
B. GRUPO DESTINOS Y CARGOS (25%)
Para determinar el puntaje Parcial del 2do. Grupo Destinos y Cargos
(RP2), se obtiene el factor de ponderación (F) mediante la división de
25 (porcentaje de grupo) entre el Puntaje Máximo obtenido (PMaxFP).
F = 25 / PMaxFP
El factor de ponderación (F) obtenido, multiplicado por el puntaje
individual de cada Suboficial y Sargento evaluado (FPi), determinará el
valor del porcentaje final del Grupo Destinos y Cargos (RP2).
RP2 = FxFPi
Ejemplo:
Nº
2DO. GRUPO DESTINOS Y CARGOS (25 %)
PUNTAJE SUB-
TOTAL FACTOR
PORCENTAJE
FINAL (R)
1 35 0,610 21,35
2 33 0,610 20,13
3 36 0,610 21,96
4 29 0,610 17,69
5 41 0,610 25,00
6 37 0,610 22,57
7 32 0,610 19,52
8 31 0,610 18,91
NOTA.- El factor de ponderación del grupo se obtiene, considerando el
porcentaje de grupo (25%) 25 dividido entre el máximo puntaje
obtenido en la promoción (en el ejemplo el evaluado No. 5 con 41
puntos), obteniendo el factor de grupo RP2 (0,610); donde 41 equivale
al 100% de grupo que pondera al 25% del puntaje calificado en RP2.
Determinando el Resulto Parcial (RP2) del Grupo Destinos y Cargos.
C. GRUPO DESEMPEÑO PROFESIONAL (30%)
Para obtener el valor final del 3er. Grupo Desempeño Profesional, se
calculará la diferencia aritmética de los puntos positivos ponderados
(méritos) menos los puntos negativos sin ponderar (deméritos), de la
siguiente manera:
68-81
1. Puntos positivos ponderados o Méritos (Mp).
Para obtener el puntaje de méritos ponderados (Mp), se obtiene el
factor de ponderación (F) mediante la división de 30 (porcentaje de
grupo) entre el Puntaje Máximo de méritos obtenidos (PMáxM).
F = 30 / PMáxM
El factor de ponderación (F) obtenido, multiplicado por el puntaje de
méritos de cada Oficial evaluado (PMi), determinará los méritos
individuales ponderados (Mp).
Mp = F x PMi
2. Puntos negativos sin ponderar o Deméritos (D).
Para obtener el puntaje de los deméritos, se realiza la sumatoria
aritmética del total de los puntos negativos o Deméritos obtenidos
por el evaluado en el grado (D).
3. Cálculo final
Se aplicará la siguiente fórmula:
DP = Mp – D
Dónde:
DP = Desempeño profesional
Mp = Méritos ponderados
D = Deméritos.
Ejemplo:
69-81
Nº
3ER. GRUPO DESEMPEÑO PROFESIONAL (30 %)
PUNTAJE
SUB-TOTAL
FACTOR Mp -D
PORCENTAJE
FINAL
1 130 0,192 24,96 5 19,96
2 129 0,192 24,77 8 16,77
3 144 0,192 27,64 6 21,64
4 142 0,192 27,26 0 27,26
5 133 0,192 25,54 7 18,54
6 121 0,192 23,23 1 22,23
7 156 0,192 30,00 9 21,00
8 139 0,192 26,69 2 24,69
9 110 0,192 21,12 3 18,12
NOTA .- El factor de ponderación del grupo se obtiene,
considerando el porcentaje de grupo (30%) 30 dividido entre el
máximo puntaje obtenido en la promoción (en el ejemplo el
evaluado No. 7 con 156 puntos), obteniéndose el factor de grupo
RP3 0,192; donde 156 equivale al 100% de grupo que pondera al
30% del puntaje calificado en RP3. Luego se restan los deméritos
obtenidos por cada Suboficial, determinando el Resultado Parcial 3
(RP3) del grupo Desempeño Profesional.
D. GRUPO FOJAS DE CONCEPTO (5%)
El cálculo del puntaje final de fojas de concepto se calculará de la
siguiente manera:
Pfg = Fc (f1 + f2 + f3 + f4 + f5)
Ag
Nfc = Pfg x 5% = Promedio Total Fojas de Concepto
Dónde:
Pfg = Promedio de fojas en el grado
Fc = Fojas de concepto
Ag = Años del grado
Nfc = Nota por fojas de concepto
70-81
E. GRUPO EXÁMEN FÍSICO MILITAR (5%)
El proceso de evaluación del Examen Físico Militar del personal
convocado a ascenso, será desarrollado y evaluado por el Departamento
III-Operaciones, en coordinación con la Dirección General de
Entrenamiento Físico Deportivo.
F. GRUPO APRECIACIÓN DEL TPFAB (10%)
1. En la casilla de este grupo, se procederá al registro del puntaje
asignado por el TPFAB, luego, se obtendrá el coeficiente del 6to.
Grupo, que consiste en la división de 10 (10% valor del 6to. Grupo
Apreciación del TPFAB o TEA) entre el puntaje mayor obtenido de
los subtotales correspondientes a este grupo. El coeficiente obtenido,
permite por simple multiplicación con las notas individuales
acumuladas, la obtención del porcentaje final.
Ejemplo:
No
6TO. GRUPO APRECIACIÓN DEL TEA Y TPFAB
(10%)
PUNTAJE SUB -
TOTAL DEL
GRUPO
FACTOR PORCENTAJE FINAL
1 8 1,11 8,88
2 7 1,11 7,77
3 6 1,11 6,66
4 9 1,11 10,00
5 7 1,11 7,77
6 4 1,11 4,44
7 8 1,11 8,88
8 7 1,11 7,77
NOTA.- El factor de ponderación del grupo se obtiene,
considerando el porcentaje de grupo (10%) 10 dividido entre el
máximo puntaje obtenido en la promoción (en el ejemplo el
evaluado No. 4 con 9 puntos), obteniéndose el factor de grupo RP6
1,111; donde 9 equivale al 100% del grupo que pondera al 10% del
puntaje calificado en RP6. Determinando el Resultado Parcial 6
(RP6) del grupo Apreciación del Tribunal.
71-81
G. TOTAL EN EL GRADO
Para obtener el valor total en el grado se realizará la suma aritmética
de resultados parciales de los seis grupos (Formación Profesional,
Destinos y Cargos, Desempeño Profesional, Fojas de Concepto,
Examen Físico Militar y Apreciación del TPFAB), de la siguiente
manera:
TOTAL GRADO = RP1 + RP2 + RP3 + RP4 +RP5 +RP6
H. CÁLCULO FINAL EN EL CECA
1. CUADRO PATRÓN PARA CÁLCULO FINAL
Se obtendrá de la división del 100% entre el número de grados de
Sargento Primero a Suboficial Maestre, que son siete (7), lo que
resultará en una constante de 14,285, por redondeo será de 14%
hasta el grado de Suboficial Inicial; sin embargo, por la
responsabilidad ejercida y años de permanencia, se reducirá el
valor de la constante a 12% para los ascensos, desde el grado de
Suboficial Segundo hasta Suboficial Maestre, en el cual se revisará
toda la carrera, obteniendo el porcentaje final del CECA NPA, el
valor de la HICA NPE será el complemento para alcanzar la suma
total del 100%.
Ejemplo:
GRADO
PORCENTAJE
TOTAL ÚLTIMO
CECA
HICA
(NPE)
NPA
Sargento 2do. 100 % 100 %
Sargento 1ro. 14% 86 % 100 %
Suboficial Inc. 28% 72 % 100 %
Suboficial
2do. 40 % 60 % 100 %
Suboficial 1ro. 52 % 48 % 100 %
Suboficial My. 64 % 36 % 100 %
Suboficial
Mtre. 76 % 24% 100%
72-81
2. NOTA PARCIAL EVALUADA (NPE)
El Suboficial o Sargento que repruebe en el RP6, no se aplicará la
suma aritmética de los otros resultados parciales.
A los Suboficiales o Sargentos que aprueben, una vez obtenidos los
resultados parciales: RP1, RP2, RP3, RP4, RP5 y RP6, se procederá
a la suma aritmética de los mismos, para cada uno de los
convocados, obteniéndose la sumatoria de resultados parciales
(ΣRPs), asentando en la casilla correspondiente del CECA.
En el CUADRO PATRÓN, se obtendrá el porcentaje que
corresponda al grado que se está calificando y se asienta en la casilla
HICA DEL GRADO, para encontrar el valor porcentual de la nota
NPE, se dividirá el porcentaje HICA DEL GRADO entre el mayor
puntaje de la ΣRPs, obteniéndose el coeficiente de referencia.
Se obtendrá las NPE multiplicando el coeficiente por cada ΣRPs, y
se asentará en la casilla correspondiente.
Ejemplo:
Nº
ASCENSO DE SGTO. 1RO. AL GRADO DE SOF. INC.
(72%)
ΣRPs COEFICIENTE NPE
1 79,99 0,857 68,55
2 75,31 0,857 64,54
3 80,19 0,857 68,72
4 82,97 0,857 71,10
5 83,99 0,857 72,00
6 81,87 0,857 70,16
7 77,61 0,857 66,51
8 70,15 0,857 60,12
9 69,28 0,857 59,37
73-81
NOTA.- El valor obtenido de 72% del CUADRO PATRÓN,
casilla HICA DEL GRADO), se divide entre la mayor ΣRPs 83,99,
obteniéndose un coeficiente de referencia de 0,857; multiplicando
por las notas individuales, se obtiene las NPE.
3. NOTA PARCIAL ACUMULADA (NPA)
La nota final de ascenso de los Suboficiales o Sargentos evaluados
se obtendrá del promedio acumulado del último CECA. del
CUADRO PATRÓN, se obtendrá el porcentaje que corresponda al
grado que se está calificando y asentará en la casilla CECA
EVALUADO.
Para encontrar el valor porcentual de la nota NPA, se dividirá, el
porcentaje CECA EVALUADO entre el mayor puntaje del
ÚLTIMO CECA, obteniéndose el coeficiente de referencia.
Por simple multiplicación del coeficiente por cada ÚLTIMO CECA,
se obtendrán las NPA y asentarán en la casilla correspondiente.
Ejemplo:
Nº
ASCENSO DE SGTO. 1RO A GRADO DE SOF. INC
(28%)
CECA PARA SGTO.
1RO. COEFICIENTE NPA
1 72,45 0,386 28,00
2 72,30 0,386 27,90
3 70,97 0,386 27,39
4 69,35 0,386 26,76
5 68,00 0,386 26,24
6 67,99 0,386 26,24
7 65,05 0,386 25,10
8 63,12 0,386 24,36
9 61,00 0,386 23,55
74-81
NOTA.- El valor obtenido de 28% del CUADRO PATRÓN, casilla
CECA ACUMULADO) se dividirá entre la mayor nota del
ÚLTIMO CECA 72,45, obteniéndose un coeficiente de referencia
de 0,386; que por simple multiplicación por las notas individuales,
se obtendrá las NPa.
4. NOTA FINAL Y ORDEN DE MÉRITO
La nota final de ascenso al grado inmediato superior, se obtendrá
con una suma aritmética de la NPE más la NPA, asentando en la
casilla NOTA DE ASCENSO, Sumatoria de Notas Parciales
(ΣNPs).
Ejemplo:
Nº
NOTA FINAL DE ASCENSO AL GRADO DE SOF.
INC. (28% + 72%)
NPA NPE NOTA DE ASCENSO
ΣNPs
ORDEN
DE
MÉRITO
1 28,00 68,57 96,57 04/09
2 27,94 64,56 92,50 06/09
3 27,43 68,74 96,17 05/09
4 26,80 71,13 97,93 02/09
5 26,28 72,00 98,28 01/09
6 26,28 70,18 96,46 03/09
7 25,14 66,53 91,67 07/09
8 24,39 60,14 84,53 08/09
9 23,57 59,39 82,96 09/09
NOTA.- El orden de mérito, se obtendrá por la clasificación con
referencia a la nota mayor y en forma descendente, registrando en el
CECA evaluado y asentando en la casilla ORDEN DE MÉRITO.
75-81
CAPÍTULO VII
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS EN LA
EVALUACIÓN PARA ASCENSO DE SUBOFICIALES Y
SARGENTOS
Artículo 27º (Calificación del CECA, TPFAB y TEA)
En la evaluación de los Suboficiales y Sargentos convocados, desde el
grado de Sargento Segundo hasta el grado de Suboficial Maestre, se
tomará en cuenta el último CECA en original con firmas del TPFAB y
TEA, proporcionado por el Departamento I-Personal EMGFAB.
Artículo 28º (Puntaje de Deméritos)
Los Deméritos se tomarán en cuenta solamente, para el grado en que
fueron impuestos.
Artículo 29º (Reprobación del Trabajo de Investigación y AET)
El Suboficial o Sargento que repruebe el trabajo de investigación o AET en
su primera convocatoria, será postergado un año en su ascenso y pasará a
la promoción siguiente como último en el orden de mérito.
En la segunda convocatoria, deberá obtener la calificación de
APROBADO, convalidándosele la nota obtenida en la primera instancia
para efectos de cómputo.
Artículo 30º (Consideraciones para el Personal en Tratamiento
Médico en el País o el Extranjero)
El Suboficial o Sargento que se encuentre en tratamiento médico en el país
o en el extranjero a la fecha de su convocatoria, será evaluado de manera
similar al resto de su promoción, siempre y cuando se encuentre en la Letra
“D” de Disponibilidad del Artículo 85º de la LOFA 1405.
En caso de permanecer más tiempo de lo establecido por la LOFA LM–
1405 en la Letra “D” de disponibilidad por enfermedad, el caso deberá
pasar al Tribunal de la Fuerza Aérea Boliviana previo informes respectivos
para determinar la situación militar específico. Por lo que no
76-81
necesariamente será considerado en el Artículo 114º de la LOFA LM–
1405.
Artículo 31º (Homologación EMI por el Curso de AET y PCD)
Al Suboficial o Sargento alumno de la EMI u otro similar se le
homologarán sus calificaciones del AET y PCD de acuerdo al siguiente
procedimiento.
A. CONVERSIÓN DE NOTAS DE LA ESCUELA MILITAR DE
INGENIERÍA
El Comando General de la Fuerza Aérea a través del Departamento V-
Educación EMGFAB, evalúa las notas de Trabajos de Investigación y
exámenes de ascenso en la escala de 1 a 100 con una nota mínima de
aprobación del 51%.
La Escuela Militar de Ingeniería para la calificación de sus exámenes,
evalúa las notas en la escala de 1 a 10 con una nota mínima de
aprobación de 5,1 puntos. A fin de compatibilizar las dos escalas
referidas, es necesario aplicar una fórmula según:
EMI:
0 --------- 5,1 ----------- 10
Diferencia A: 10 - 5,1 = 4,9
CMDO FAB (Dpto. - V):
0 --------- 51 ----------- 100
Diferencia B1: 100 - 51 = 49
Determinación de la constante:
Cte = 25 = 5,9183674
La fórmula a emplear será la siguiente:
Nota Cmdo. FAB Dpto. V = 100 - (10 - Nota EMI) * constante
Ejemplo 1:
77-81
Nota Cmdo. FAB Dpto. V = 100 - (10 - 5,1) x 5,9183674
= 100 - 4,9 x 5,9183674
= 100 - 29
Nota Cmdo. FAB Dpto. V = 71
Ejemplo 2:
Nota Cmdo. FAB Dpto. V = 100 - (10 - 7,0) x 5,9183674
= 100 - 3 x 5,9183674
= 100 - 17,75
Nota Cmdo. FAB Dpto. V = 82,25
En caso de reprobar en la segunda convocatoria, se sujetará al Art. 11
Inc. b) parágrafo tercero o al Art. 13 Inc. a) parágrafo segundo del
reglamento CJ-RGA-208, en el término de diez días hábiles
impostergablemente una vez que el Tribunal haya emitido la
Resolución de Ascenso, caso contrario se aplicará lo establecido en el
Artículo 96° del Capítulo IV, Título III de la LOFA LM –1405.
Artículo 32º (Homologación del Curso AET y PCD con Cursos
Realizados en el Extranjero)
Al Suboficial o Sargento que se encuentre realizando Curso de
Capacitación o Especialización en un Instituto Militar del Extranjero, por
un periodo mayor de seis meses, el Departamento V-Educación EMGFAB
homologará las notas obtenidas de dicho curso para el AET y el PCD, de
acuerdo a normas vigentes.
Artículo 33º (Notas Mínimas de Aprobación)
No será promovido al grado inmediato superior el Suboficial o Sargento
que:
78-81
A. REPRUEBE EN EL TRABAJO DE INVESTIGACIÓN
Nº TRABAJO DE INVESTIGACIÓN NOTA
MÍNIMA
1 Tesina 70 %
2 Trabajos de Investigación de Especialidad 70 %
3 Monografía 70 %
B. REPRUEBE EN EL AET (GRADOS DE SARGENTO INICIAL
A SARGENTO PRIMERO)
Nº ADIESTRAMIENTO EN EL
TRABAJO
NOTA
MINIMA
1 Adiestramiento en el trabajo (AET) 70 %
Artículo 34º (Procedimiento para la Calificación de Notas del AET)
La calificación de AET será el promedio de los 3 años para el grado de
Sargento Inicial; 3 y 4 años para los grados de Sargento Segundo y
Sargento Primero. Las calificaciones que no existan, debido a la falta de
examen en el tiempo previsto por el Departamento V-Educación
EMGFAB y no esté debidamente justificada por el Comandante de la
Unidad a la que pertenece; no será tomada en cuenta, debiéndose ser
promediada del total de notas obtenidas en el grado.
Artículo 35º (Justificación de Exámenes no Rendidos)
El Sargento que por motivos de necesidades del Servicio debidamente
justificadas por el Comandante de la Unidad, no hubiera rendido el examen
previsto por el Departamento V-Educación EMGFAB., deberá solicitar
ante el Jefe del Departamento V-Educación EMGFAB, regularizar su
situación solo por una única vez durante el grado el mismo que deberá ser
realizado en un plazo no mayor a 2 meses.
79-81
Artículo 36º (Restricción para la Homologación de Diploma DESA)
El Suboficial o Sargento con especialidad de Técnico Superior del Sistema
Universitario, no podrá homologar su Diploma por DESA, de acuerdo a la
reglamentación vigente.
Artículo 37º (Consideraciones Particulares para el Personal Auxiliar y
No Diplomado)
El Suboficial AESA o Sargento No Diplomado, podrá ser convocado, para
ascenso hasta el grado de Suboficial Mayor, de acuerdo a su antigüedad y
con Resolución de TPFAB o TEA, en precedencia sujeto al Artículo 7º del
presente reglamento.
Artículo 38º (Consideraciones Particulares para el Personal Egresado
del POLMILAE)
Los cursos realizados durante la etapa de formación (POLMILAE o
similares en el exterior), como las condecoraciones recibidas de las
representaciones extranjeras en el acto de egreso como Sargento Inicial, no
serán válidas para fines de puntaje en este Reglamento de Evaluación
Curricular.
El POLMILAE mediante Resolución académica y dando cumplimiento a
su Reglamento de Evaluación y en coordinación con el Departamento V-
Educación EMGFAB, asignará el orden de mérito que le corresponda al
alumno becado, que retorne, con nota de aprobación del instituto militar
extranjero para el ascenso al grado de Sargento Inicial.
Los Alumnos becados que hayan sido separados de los Institutos
Extranjeros por causas Académicas y/o Disciplinarias, mediante
Resolución del Consejo Académico del POLMILAE, serán dados de baja
sin derecho a reincorporación.
80-81
CAPITULO VIII
REQUISITOS PARA OTORGAR BREVETS, DIPLOMAS
Y DESIGNAR CARGOS
Artículo 39º (Requisitos para otorgar Brevets y Diplomas)
A. Brevet de Técnico Aeronáutico.- Aprobar el Programa de
Adiestramiento Teórico - Práctico para Sargentos Iniciales Alumnos
Técnicos en Unidades Operativas y aprobar el Curso de Inglés en la
Escuela de Idiomas (EIFAB).
B. Brevet de Defensa Aérea.- Aprobar los Cursos de: Administración
de la Instrucción, Paracaidismo, Policía Militar, Tirador de Elite y
Operaciones de Selva, en los GADAS “91”, “92”, “93” y “94”.
C. Diploma de Inspector Operativo.- Aprobar el Curso de Inspección
Técnica en la Escuela de Perfeccionamiento Técnico Aeronáutico
“EPTA”.
D. Diploma de Supervisor Aeronáutico.- Aprobar el Curso de
Supervisión Aeronáutica en la Escuela de Perfeccionamiento
Técnico Aeronáutico (EPTA).
Artículo 40º (Requisitos para Designar Cargos)
A. Jefe de Sub Sección de Especialidad.- Ser diplomado de la Escuela
de Supervisión Aeronáutica (EPTA) y haberse desempeñado como
Técnico Especialista y Jefe de Grupo de Sub Sección de Taller o
cargos equivalentes de acuerdo a la especialidad.
B. Jefe de Sección Talleres, Adiestramiento, Línea de Vuelo,
Control de Calidad y Mantenimiento.- Ser diplomado de la
Escuela de Supervisión Aeronáutica (EPTA) y haber desempeñado
las funciones de Jefe de Sub Sección de Taller o cargo equivalente
de acuerdo a la especialidad.
C. Jefe de Mantenimiento.- Ser diplomado de la Escuela de
Supervisión Aeronáutica y haber desempeñado las funciones de Jefe
de Talleres, Adiestramiento, Línea de Vuelo, Jefe de Control de
Calidad o Control de Mantenimiento o cargos equivalentes y contar
con diez (10) años de destino en Escuadrón Mantenimiento o
similares de acuerdo a la especialidad, y a partir de la gestión 2019,
deberá contar con quince (15) años de destino en Escuadrón de
Mantenimiento o similares.
81-81
D. Suboficial de Comando de PP.UU., Dirección de Mantenimiento
o Gerencia General.- Ser diplomado de la Escuela de Supervisión
Técnico Aeronáutico (EPTA) y haber desempeñado el cargo de Jefe
de Mantenimiento o equivalente de acuerdo a la especialidad.
E. Suboficial de Comando de Brigada Aérea e Instituto Militar
(POLMILAE - EPTA).- Ser diplomado de la Escuela de
Supervisión Técnico Aeronáutico (EPTA) y haber desempeñado el
cargo de Suboficial de Comando de PP.UU., Dirección de
Mantenimiento o Gerencia General; asimismo contar con dos (2)
años de Frontera.
F. Suboficial de Comando de la Fuerza Aérea.- Ser diplomado de la
Escuela de Supervisión Técnico Aeronáutico (EPTA) y haber
desempeñado el cargo de Suboficial de Comando de PP.UU.,
Dirección de Mantenimiento o Gerencia General y GG.UU. o
II.MM.