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Red de Vinculación Tecnológica de las Universidades Nacionales
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ENCUESTA para el relevamiento de normativas sobre Propiedad
Intelectual en el ámbito de las Universidades Nacionales
Abog. María Clara LimaLic. Marcela EscuderoUniversidad Nacional de La Plata
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Resultados
• Cantidad de Universidades consultadas
39
• Cantidad de respuestas
34
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Poseen normativa específica en el tema (9) 23%
• Universidad Nacional de Buenos Aires
• Universidad Nacional del Comahue
• Universidad Nacional de Córdoba
• Universidad Nacional de Entre Ríos
• Universidad Nacional de La Plata
• Universidad Nacional del Litoral
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Poseen normativa específica en el tema (9) 23%
• Universidad Nacional del Nordeste
• Universidad Nacional de Río Cuarto
• Universidad Nacional de San Luis
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Incluyen normas dentro de las reglamentaciones de servicios a terceros o en cláusulas contractuales (9) 23%
• Universidad Nacional de La Pampa
• Universidad Nacional de Mar del Plata
• Universidad Nacional de Misiones
• Universidad Nacional Patagonia Austral
• Universidad Nacional de Rosario
• Universidad Nacional de Salta
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Incluyen normas dentro de las reglamentaciones de servicios a terceros o en cláusulas contractuales (9) 23%
• Universidad Nacional de Santiago del Estero
• Universidad Nacional de Tucumán
• Universidad Nacional del Sur (Cl.Contractual.)
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NO poseen reglamentación sobre el tema (16) 41%
• Universidad Nacional de Catamarca
• Universidad Nacional de Cuyo
• Universidad Nacional de Formosa
• Universidad Nacional de Gral. San Martín
• Universidad Nacional de Gral. Sarmiento
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NO poseen reglamentación sobre el tema (16) 41%
• Universidad Nacional de Jujuy
• Universidad Nacional de Lanús
• Universidad Nacional de La Rioja
• Universidad Nacional de Luján
• Universidad Nacional Patagonia San Juan Bosco
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NO poseen reglamentación sobre el tema (16) 41%
• Universidad Nacional de San Juan
• Universidad Tecnológica Nacional
• Universidad Nacional de Villa María
• Instituto Aeronáutico
• Instituto Univ. Ejército
• Instituto Univ. Naval
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NO respondieron a la consulta (5) 13%
• Universidad Nacional del Centro Prov. Bs. As.
• Universidad Nacional de la Matanza
• Universidad Nacional de Quilmes
• Universidad Nacional de Tres de Febrero
• Instituto Universitario de Arte
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Normasespecíficas (9)
Reglamentossobre serviciostecnológicos aterceros (9)
No poseenreglamentación(16)
No contestaron(5)
23%
41% 23%
Resultados
13%
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RELEVAMIENTO DE LA NORMATIVA DE PROPIEDAD INTELECTUAL DE
LAS UNIVERSIDADES NACIONALES
Abog. María Soledad ÁlvarezAbog. María Clara Lima
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Regulación normativa
• Solamente 9 Universidades Nacionales poseen normas especificas que reglamentan la propiedad intelectual de los resultados obtenidos dentro de su ámbito.
• Estas normas en su mayoría fueron dictadas por el Consejo Superior de cada universidad, a partir de la década de los años 90.
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Derechos intelectuales incluídos
• La mayoría incluye propiedad industrial y propiedad intelectual.
• Una minoría prevé sólo conocimientos protegidos por propiedad industrial (UNCOR, UNER).
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Obligación de comunicar resultados
• Más de la mitad de las normas imponen a los investigadores la obligación de informar la obtención de resultados susceptibles de protección a través de derechos intelectuales.
• En su mayoría, las normas que contienen esta obligación son las que establecen la titularidad exclusiva de la Universidad del resultado protegido.
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Criterios de protección
• En términos generales no se establecen criterios concretos para decidir la protección de los resultados de investigación.
• La mayoría de las normas deja a criterio del órgano encargado la evaluación de la “conveniencia”.
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Criterios de protección
• La U.N. del Nordeste evalúa costos de gestión y de futura comercialización del resultado a proteger.
• Los órganos encargados de aprobar la protección varían en cada caso (Oficinas específicas de PI, Consejo Superior, Rectorado, otras Secretarías)
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Agentes incluídos
• En términos generales los criterios de inclusión son diversos.
• La mayoría de las normas se aplica a los docentes e investigadores.
• Una minoría incluye a becarios y alumnos.
(Buenos Aires, La Plata, Nordeste).
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Agentes incluídos
• Entre Ríos incluye auxiliares docentes.
• La Plata y Nordeste incluyen a terceros que usen sus instalaciones.
• Nordeste incluye a los egresados y personal dependiente.
• Río Cuarto incluye a personal técnico y de apoyo.
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Titularidad de los resultados. Régimen interno. (Desarrollo surgido en el seno de la Universidad sin la participación de terceros)
• La mayoría sigue el régimen legal establecido por las leyes de patentes y creaciones fitogenéticas y dejan en cabeza de la UNIVERSIDAD la titularidad.
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Titularidad de los resultados. Régimen interno. (Desarrollo surgido en el seno de la Universidad sin la participación de terceros)
• Solamente 3 legislaciones avanzan sobre las disposiciones legales concediendo mayores ventajas a los docentes e investigadores -TITULARIDAD CONJUNTA- (Comahue, Córdoba y San Luis)
![Page 23: Red de Vinculación Tecnológica de las Universidades Nacionales](https://reader035.vdocuments.site/reader035/viewer/2022070406/56814281550346895daeadff/html5/thumbnails/23.jpg)
Derechos de autor. Titularidad
• 6 Universidades le dan al tema un tratamiento diferenciado:
Dejan la titularidad en cabeza del autor:
Buenos Aires, Comahue y La Plata (exceptuando software) y Nordeste.
Lo excluyen de la normativa sobre resultados de la investigación (UNER; UNCOR)
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Derechos de autor. Titularidad
• El resto, le otorga el mismo tratamiento que a la propiedad industrial (UNSL, UNL, UNRC)
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Titularidad de los resultados en casos de convenios con terceros.
• La mayoría deja en manos del pacto a celebrar con el tercero la cuestión de la titularidad.
• UBA: La prioridad es retener la titularidad en cabeza de la universidad.
• Comahue: No admite la cesión de la titularidad, sólo la explotación económica exclusiva por parte del tercero.
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Titularidad de los resultados en casos de convenios con terceros.
• En los casos de titularidad conjunta: Varias normativas establecen limitaciones para el ejercicio de los derechos (UBA, UNL, UNLP
y UNRC)
![Page 27: Red de Vinculación Tecnológica de las Universidades Nacionales](https://reader035.vdocuments.site/reader035/viewer/2022070406/56814281550346895daeadff/html5/thumbnails/27.jpg)
Participación de D&I en los resultados de la explotación
• La mayoría de las normas reconoce a los D&I una participación que ronda el 50% de los beneficios que correspondan a la Universidad.
• LA UNER aparece como la Universidad que menor porcentaje reconoce a los D&I (10% a los autores y 20% para otras personas que trabajaron en el proyecto sin ser autores)
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Distribución interna de los beneficios correspondientes a la Universidad.
• La mayoría de las normativas regulan el tema con excepción de las Universidades de Comahue y San Luis.
![Page 29: Red de Vinculación Tecnológica de las Universidades Nacionales](https://reader035.vdocuments.site/reader035/viewer/2022070406/56814281550346895daeadff/html5/thumbnails/29.jpg)
Distribución interna de los beneficios correspondientes a la Universidad.
• Se advierte una tendencia en la mayoría de las normativas de distribuir de la siguiente manera:
El mayor retorno -entre 40 y 60%- se destina a la Universidad (sea para financiar los gastos de gestión de la PI, o para promover actividades de VT)
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Distribución interna de los beneficios correspondientes a la Universidad.
Luego, se privilegia la Unidad Académica donde radica el desarrollo -entre un 10 y 40%-.
Por último, algunas Universidades (UNER, UBA, UNC, UNLP) destinan entre 25 a 40% a la Unidad Ejecutora.
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Costos de registración
• La Universidad asume los costos de registración en todos los casos en que conserva en forma total o parcial la titularidad de los resultados.
• En su mayoría se cubre con fondos especiales creados al efecto.
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Gestión de la registración
• Las Universidades llevan adelante el trámite de registración.
• El órgano encargado varía en cada caso (Oficinas especiales, Rectorado, Secretaría de Extensión, Órganos designados,etc.)
![Page 33: Red de Vinculación Tecnológica de las Universidades Nacionales](https://reader035.vdocuments.site/reader035/viewer/2022070406/56814281550346895daeadff/html5/thumbnails/33.jpg)
Régimen de responsabilidad
• No está previsto en las normativas.
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Difusión de los resultados obtenidos
• Las Universidades de Buenos Aires, La Plata y San Luis contienen disposiciones con las precauciones que deberán tomar los D&I para la difusión de los resultados obtenidos y aún no protegidos.
![Page 35: Red de Vinculación Tecnológica de las Universidades Nacionales](https://reader035.vdocuments.site/reader035/viewer/2022070406/56814281550346895daeadff/html5/thumbnails/35.jpg)
Red de Vinculación Tecnológica de las Universidades Nacionales