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¿PUEDE LA BAJA DE LA EDAD DE IMPUTABILIDAD PENAL
MEJORAR LA SEGURIDAD EN URUGUAY? Emiliano Rojido
Nicolás Trajtenberg
I. INTRODUCCIÓN: CRIMINALIDAD E INSEGURIDAD EN URUGUAY
Uruguay enfrenta actualmente un escenario problemático en lo que refiere a
criminalidad e inseguridad.
En primer lugar, las estadísticas policiales y judiciales revelan un aumento de la
criminalidad durante los últimos años: entre 2000 y 2010 la cantidad de denuncias de delitos
contra la persona aumentó un 53% (de 17.088 a 26.089) mientras que las denuncias de delitos
contra la propiedad lo hicieron un 63% (de 83.349 a 136.063). Más especificamente, entre los
años 2000 y 2012 la tasa de homicidios cada 100 mil habitantes pasó de 6,5 a 7,9; la de hurtos
de 1.836 a 2.780, y la tasa de rapiñas creció de 205 a 460 (OPP-MIDES, 2013).
En segundo lugar, si bien recientemente se han logrado mejoras significativas en las
condiciones de habitabilidad, el país experimenta una compleja situación penitenciaria1. La
población carcelaria de Uruguay ha crecido de 4.369 en el año 2000 a 9.413 en el 2012.
Durante esos años, la tasa de prisonización cada 100 mil habitantes pasó de 132 a 279,
convirtiéndose en la más elevada de Sudamérica2. Adicionalmente, el porcentaje de
reincidentes entre la población privada de libertad aumentó del 49% al 59% entre 2000 y 2012
(OPP-MIDES, 2013).
En tercer lugar, en Uruguay existe un elevado nivel de inseguridad ciudadana3. Según
una encuesta de victimización realizada en 2011, 62% de los uruguayos considera la
delincuencia y la inseguridad como el principal problema del país. Asimismo, 72% de las
personas supone que en el último año la delincuencia aumentó y 59% cree que probablemente
o muy probablemente será víctima de un delito en los próximos meses (OPP-MIDES, 2013). 1 Por información al respecto, consultar los informes anuales de actuación y evaluación del Sistema Penitenciario Nacional, del Comisionado Parlamentario. También se recomienda ver: Informe del Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Naciones Unidas Uruguay. NOWAK (2010) Y MÉNDEZ (2012). 2 Por información al respecto, consultar: International Centre for Prison Studies, http//www.prisonstudies.org. 3 En Uruguay no existe una encuesta anual de victimización e inseguridad. Desde el Ministerio del Interior se realizaron encuestas en los años 1999, 2000, 2001, 2006 y 2011.
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A pesar de haber duplicado el presupuesto público destinado a seguridad4, el actual
gobierno del presidente Mujica no ha logrado revertir la tendencia al aumento de ciertos
delitos ni moderar el sentimiento de inseguridad de la población. Las razones ofrecidas a la
ciudadanía sobre la evolución de este problema no son muy claras, y el clásico argumento
sobre los determinantes sociales de la criminalidad se ve cuestionado por la mejora
sistemática en los indicadores de desarrollo social (renta, pobreza, desigualdad, desempleo,
etc.) que Uruguay viene experimentando durante los 12 últimos años5.
En general, la oposición política acusa al gobierno de incapacidad para hacer frente a
los problemas de seguridad y demanda mayor firmeza (coloquialmente, “mano dura”). En el
año 2011 sectores del Partido Nacional y el Partido Colorado crearon la “Comisión Nacional
por la Seguridad”, ámbito de trabajo conjunto que busca movilizar a la ciudadanía para
combatir la delincuencia y la inseguridad. La principal medida adoptada por la Comisión tuvo
como lema “para vivir en paz, yo firmo”, y su objetivo fue recabar las 250 mil firmas
necesarias para convocar a un plebiscito nacional que permita, mediante reforma
constitucional, bajar la edad de imputabilidad penal adulta desde los 18 a los 16 años de edad.
En 2012 fueron recogidas y entregadas al Poder Legislativo 367.588 firmas, lo que
forzará una consulta popular en Octubre de 2014, junto a las elecciones nacionales6. Según
una encuesta contratada por el Ministerio del Interior en 2011, el 40% de los uruguayos está a
favor de que la edad de imputabilidad baje a 14 años y el 29% a 16 años7. Una encuesta de
opinión pública realizada en 2013 muestra un panorama bastante incambiado: el 64% de la
población se declara a favor de reducir la edad de imputabilidad penal8.
Definitivamente, la seguridad ciudadana está en la agenda política del país y la edad
de imputabilidad penal se perfila como uno de los temas protagónicos del próximo debate
4 Por información detallada sobre el presupuesto nacional, consultar el sitio web de la Contaduría General de la Nación: http://www.cgn.gub.uy/innovaportal/v/17/1/innova.front/presupuesto_nacional.html 5 Por información detallada sobre la evolución reciente de indicadores sociales y económicos en el Uruguay, consultar datos del Observatorio Uruguay de políticas públicas, Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia de la República: http://www.agev.opp.gub.uy/observatorio/servlet/maininicio 6 Poco después de entregadas las firmas al Parlamento se creó un movimiento de oposición a la medida. La Comisión Nacional “No a la baja” reune diferentes actores sociales: http://noalabaja.uy/ 7 Por información al respecto, consultar: http://www.180.com.uy/articulo/25659_Entregaron-las-firmas-para-plebiscitar-imputabilidad 8 Por información al respecto, consultar: http://www.elobservador.com.uy/noticia/268355/fuerte-rechazo-a-ley-de-marihuana-y-apoyo-a-la-baja-de-la-imputabilidad/
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electoral9. Actualmente, la calidad del debate público entorno al asunto es pobre tanto en
términos de argumentación como de información. La población se encuentra altamente
sensibilizada e insegura, la evidencia empírica utilizada es en el mejor de los casos vaga, los
partidos políticos no asumen un rol de liderazgo serio en el debate, y existe una notable
tendencia a la descalificación política de quienes piensan diferente (TRAJTENBERG, 2012).
Sin entrar en la consideración de los aspectos deontológicos que el tema
indudablemente supone10, el objetivo de este artículo es contribuir a la discusión sobre la
eficacia que podría tener la medida impulsada por la Comisión Nacional de Seguridad. La
pregunta central fue sugerida desde el incio: ¿puede la baja de la edad de imputabilidad penal
mejorar la seguridad en Uruguay?
Luego de esta introducción, la estructura del documento es la siguiente: a
continuación se describe la propuesta de baja de edad de imputabilidad que se someterá a
consideración de la ciudadanía y se examinan sus principales supuestos; posteriormente se
analiza mediante la técnica de regresión logística binaria una encuesta de auto-reporte
realizada en 2010 a adolescentes varones de Montevideo; para terminar, se ofrecen algunas
consideraciones para estimular y mejorar el debate público sobre el tema, no para concluirlo.
II. LA BAJA DE LA EDAD DE IMPUTABILIDAD PENAL Y LOS SUPUESTOS DE
SU EFICACIA
La propuesta de reforma constitucional aumenta la punitividad hacia los individuos de
16 y 17 años de edad, a los que se pretende aplicar el código penal adulto. Actualmente en
Uruguay son inimputables las personas entre 0 y 12 años de edad, mientras que a los
adolescentes entre 13 y 17 años corresponde un sistema de responsabilidad penal juvenil11
(basado en el Código de la Niñez y la Adolescencia) menos severo que el adulto.
9 Este tema no es nuevo en Uruguay. Por información sobre la historia del debate a nivel parlamentario, ver TENENBAUM (2011). 10 Nos referimos a discusiones en torno a la agencia moral de los adolescentes, como por ejemplo sobre el desarrollo de ciertas capacidades cognitivas basadas en la madurez bio-psico-social. También entran aquí otras cuestiones como si sería justo considerar la responsabilidad adulta de los adolescentes solamente a los efectos de la justicia penal y no para conceder derechos como el voto, la compra de alcohol, el trabajo, la prostitución voluntaria, la participación en juegos de apuestas, etc. 11 Por información al respecto, consultar: http://www.inau.gub.uy/index.php?option=com_content&view=article&id=59&Itemid=66
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Concretamente, en 2014 se plebiscita la sustitución del artículo 43 y la disposición
transitoria y especial B de la Constitución de la República, que se redactaría de la siguiente
manera:
“Artículo 43. La ley establecerá como prioridad la protección de las víctimas del delito. Las personas mayores de dieciséis y menores de dieciocho años serán penalmente responsables y serán castigados de conformidad con las disposiciones del Código Penal (Ley 9.155 de 4 de diciembre de 1933 y sus modificativas), por la comisión intencional de los delitos de homicidio, homicidio especialmente agravado, homicidio muy especialmente agravado, lesiones graves, lesiones gravísimas, rapiña, rapiña con privación de libertad (copamiento), extorsión, secuestro y violación, así como por los demás delitos que indique la ley. En los procedimientos penales seguidos a menores de dieciocho años, el Tribunal actuante podrá admitir como eximente o atenuante la ausencia de madurez o discernimiento suficientes. Los antecedentes de los adolescentes que hayan estado en conflicto con la ley penal no se destruirán y serán considerados en los procesos penales a los que puedan ser sometidos después de cumplir los dieciséis años. La comisión de delitos, valiéndose de la participación de niños y adolescentes, será especialmente castigada” . “Disposición transitoria y especial B. El Estado asegurará la existencia de un Servicio Descentralizado dedicado exclusivamente a la internación y rehabilitación de los delincuentes menores de dieciocho años, debiendo dotar al mismo de los recursos necesarios para su funcionamiento. Dicho Servicio Descentralizado será objeto de un seguimiento especial en el que se dará participación al Comisionado Parlamentario Penitenciario”.12
Quienes promueven la iniciativa “para vivir en paz, yo firmo” se basan en dos
supuestos relevantes: i) el diagnóstico de que los jóvenes de 16 y 17 años producen una parte
significativa de la criminalidad y la inseguridad existente en Uruguay; y ii) la creencia de que
el endurecimiento penal sobre estos jóvenes es un medio eficaz para combatir el delito por
ellos protagonizado.
En relación al primer supuesto hay que reconocer que es difícil saber a ciencia cierta la
incidencia de los crímenes cometidos por menores de 18 años. A los clásicos problemas de
“cifra negra” que comprometen la validez de los registros oficiales (solo se conoce el delito
denunciado), se suman otros específicos para el caso de los adolescentes13. No obstante, a
12 Por información adicional, consultar el sitio web de uno de los principales impulsores de la propuesta: http://www.vamosuruguay.com.uy/posts/2941 13 El informe de UNICEF problematiza los datos policiales sobre menores: “Lo que el Observatorio de Violencia y Criminalidad recoge es el número de intervenciones que la agencia policial realiza sobre niños y adolescentes. Estas intervenciones representan individuos y no delitos. Por tanto, no es posible establecer un vínculo directo entre los datos que se presentarán y el número de delitos. Por otra parte, los registros policiales sobre intervenciones a menores de edad tienen algunas dificultades adicionales: 1. De acuerdo al CNA, se considera infractores a los adolescentes que han cometido un delito y tienen entre 13 y 18 años de edad. Sin embargo, el sistema de información del Ministerio del Interior no permite desagregar los datos por edad simple y maneja dos categorías de edad: 11 a 14 años y 15 a 17 años. La inclusión de los niños de 11 y 12 años sobreestima el número de potenciales infractores. 2. La clasificación en infracciones contra la propiedad y contra las personas es
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pesar de que los datos oficiales pueden no ser una medición nítida y fidedigna de lo que
pretendemos conocer, pueden ser analizados a lo largo del tiempo con el objetivo de
identificar tendencias. En este sentido, un informe de UNICEF señala:
[…] la información del Ministerio del Interior muestra que entre 2005 y 2011 las intervenciones policiales sobre menores de edad registraron una caída, especialmente durante los años 2010 y 2011. Si el 2011 se compara con el 2005, hubo 3.270 intervenciones policiales menos sobre adolescentes, lo cual representa una reducción de aproximadamente un 20 %. Por tanto, si bien la fuente de información es frágil, la reiteración de la tendencia permite afirmar que se ha producido una disminución en las intervenciones policiales en niños y adolescentes de entre 11 y 18 años. Los delitos contra la propiedad continuan representando la inmensa mayoria de las intervenciones sobre menores de edad: casi el 80 % en 2011. (UNICEF, 2012: 89)
Por su parte, datos del Poder Judicial apuntan un incremento de 23% de los
adolescentes procesados penalmente entre los años 2009 (1.577) y 2011 (1.947). Sin embargo,
la variación de adolescentes procesados por la Justicia debe ser cotejada con la de los adultos,
ya que el aumento en los procesamientos nada nos dice sobre el nivel de participación de los
adolescentes en el total de procesamientos judiciales.
El porcentaje de asuntos penales iniciados a adolescentes en el total de asuntos penales no ha variado significativamente desde 2004. En 2011 este porcentaje fue similar al registrado en 2004 y 2005. Sin embargo, si se comparan las puntas de la serie, 2004 y 2011, el incremento fue de 28 % en el total de asuntos, 29 % en adultos y casi 20 % en adolescentes. Los datos parecen confirmar que es necesario contextualizar el análisis del delito cometido por menores de edad, ya que este no se comporta en forma aislada del delito global y continúa representando un porcentaje marginal de los asuntos penales (6,4 % en 2011). (UNICEF, 2012: 93)
En base a información oficial se constata que la proporción de asuntos penales
iniciados a adolescentes no representa más del 7% del total de asuntos iniciados por la
justicia. Este dato, aún más que la queda en la cantidad de intervenciones policiales, cuestiona
la idea de partida que asigna una responsabilidad decisiva a los adolescentes sobre el delito y
la inseguridad en Uruguay. Un problema adicional de este “diagnóstico” refiere justamente
al vínculo causal entre delito e inseguridad. El sentimiento de inseguridad tiene una etiología
compleja, no es un simple epifenómeno subjetivo de la victimización o el delito14. Uruguay es
ejemplo de esta posible incongruencia ya que a pesar de tener en 2011 un porcentaje de
victimización por debajo del promedio latinoamericano, la inseguridad se encuentra por realizada por la agencia policial y no es la definitiva, ya que esta es efectuada por el sistema judicial una vez concluido el proceso” (UNICEF, 2012: 89). 14 Si bien la experiencia de victimización directa e indirecta influye en la inseguridad, existen otros factores como el género, la edad, el nivel socio económico, el nivel de exposición a la interacción con extraños, la creencia de que se es un objetivo criminal atractivo, etc.
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encima del promedio regional. (LAGOS y DAMMERT, 2012). Por tanto, una medida como
la baja de edad de imputabilidad adulta no sólo parece ineficaz por la ínfima participación de
los adolescentes en la criminalidad total, sino también porque serían necesarias acciones
específicas en caso de que el objetivo sea disminuir el sentimiento inseguridad de la
población.
El segundo supuesto de la propuesta es que el endurecimiento penal sería un medio
adecuado para combatir el delito protagonizado por los jóvenes, sea éste la cantidad que sea.
La idea tiene básicamente dos vías: i) las penas altas podrían disuadir a los adolescentes de
delinquir ya que lo considerarán racionalmente muy costoso15, y ii) las penas altas podrían
incapacitar a los adolescentes cuando cometan delitos, retirándolos de la sociedad e
imposibilitándoles la reincidencia durante un período de tiempo. (TRAJTENBERG, 2012)
Según la literatura, la disuasión depende de tres elementos: severidad, certeza y
celeridad. La severidad está asociada a la duración y dureza de la pena; la certeza a la
probabilidad de ser efectivamente aprendido y castigado por un delito cometido; y finalmente
la celeridad refiere al tiempo transcurrido entre la comisión del delito y la aplicación de la
pena. Se dice que a menor severidad, certeza y celeridad de las sanciones cabe esperar un
mayor involucramiento criminal de los individuos16.
En términos de disuasión, es importante señalar que la baja de la edad de
imputabilidad penal solo afectaría la dimensión de la severidad. La certeza y la celeridad del
castigo en principio no sufrirían modificaciones ya que la medida no supone un incremento de
recursos orientados a optimizar la probabilidad y velocidad de arrestos y procesamientos.
Asimismo, el eventual efecto disuasor sobre los adolescentes estaría supeditado tanto al
conocimiento que los potenciales ofensores tengan de las penas como a la importancia
asignada a esa información al momento de decidir delinquir. (TRAJTENBERG, 2012)
En relación a la capacidad disuasoria de las sanciones penales, la literatura especializada parece demostrar persuasivamente la dudosa validez empírica de asumir la racionalidad de los jóvenes infractores. Por un lado, la investigación empírica evidencia que ni siquiera los individuos adultos toman decisiones
15 De forma sintética, la teoría de maximización del lucro de Gary Becker sostiene que para algunos individuos el comportamiento ilegal genera un costo-beneficio superior al del empleo remunerado u otros medios legales de generación de renta. De ahí se desprende que una forma de reducir esa “utilidad” sea aumentar los “costos” de delinquir. 16 A su vez, la disuasión puede ser de dos tipos: i) específica, cuando a partir de la experiencia de castigo se desincentiva de reincidir a individuos que cometieron delitos; y ii) genérica, cuando se desincentiva de comenter delitos a la población en general através de la demostración de que los ofensores son castigados.
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perfectamente racionales cuando delinquen. [Por otro lado, la] amenaza de castigo objetivo no significa nada si los individuos no son conscientes de su efectiva magnitud (Akers 1997). Incluso dentro de la propia tradición de la rational choice se admite que las decisiones delictivas de los ofensores se ven seriamente afectadas por carecer de toda la información relevante, la existencia de limitaciones de tiempo, la tendencia a priorizar el corto plazo en relación al largo plazo, la imprudencia y escasa consideración de consecuencias, etc. (Clarke & Felson 1993, Clarke 2005). Adicionalmente, recientemente las ciencias sociales, y la criminología en particular, han marcado la importancia de los componentes irracionales, viscerales y emocionales y su impacto distorsionante sobre la capacidad de tomar decisiones de los individuos (Katz 1988, De Haan & Vos 2003, Hayward 2007, Elster 2008). Aún asumiendo una percepción adecuada de los costos penales los estudios de disuasión muestran consistentemente que la severidad de las penas tiene escasa relevancia y que en todo caso el efecto disuasorio está más fuertemente asociado a la certeza de ser aprehendido legalmente o a la posibilidad de sufrir sanciones informales por parte de familiares o seres queridos (Grasmick & Bursick 1990, Paternoster 1987, Paternoster & Piquero 1995, Nagin 2007). (TRAJTENBERG, 2012: 7)
La segunda vía por la cual bajar la de edad de imputabilidad penal podría reducir el
delito es mediante su efecto incapacitador. Se dice que aplicar severas penas de prisión a
individuos de 16 y 17 años imposibilititaría la reincidencia (sin considerar los delitos intra-
carcelarios) durante un largo periodo de tiempo. No obstante, las cifras detalladas más arriba
sobre la participación delictiva de los adolescentes relativizan mucho el impacto que tal
medida podría tener sobre la criminalidad de Uruguay. Por otra parte, desde la literatura
especializada se cuestiona a la incapacitación como estrategia para la reducción de la
criminalidad:
[…] la incapacitación como una forma costo eficiente de disminuir el volumen de crimen y los costos sociales y económicos (Dilulio y Piehl 1991, Levitt 1996) ha sido seriamente cuestionada por la literatura especializada. Estimar cuanto crimen se podría haber producido y se ha evitado a través de la incapacitación es una tarea extremadamente compleja que depende de predecir con precisión las probabilidades de reincidencia de los ofensores (asociada a escalas de riesgo), y de realizar estimaciones de costos y beneficios en relación al crimen evitado. Los críticos de la incapacitación señalan que la privación de libertad posee efectos marginales sobre el volumen global de crímenes (Petersilia 1997, 2003). Por ejemplo, el trabajo pionero de Greenberg (1975) ya mostraba que duplicar la cantidad de tiempo previsto en prisión solo disminuía el delito en el mejor escenario en un 0.6 %. (TRAJTENBERG, 2012: 9)
Finalmente, corresponde llamar la atención sobre la posibilidad de efectos perversos
en el largo plazo a partir de un aumento de la punitividad y la incapacitación. Prolongadas
penas de privación de libertad podrían disminuir las competencias (sociales, laborales, etc.) de
los adolescentes para adoptar un estilo de vida convencional, incentivando así la reincidencia
delictiva al egreso del sistema penitenciario.
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III. DISUASIÓN Y DELITO JUVENIL EN MONTEVIDEO
Este apartado analiza los resultados de una encuesta realizada en el año 2010 a varones
de 13 a 17 años del departamento de Montevideo17. En términos generales, se indagaron
opiniones y experiencias de los adolescentes sobre varios tópicos de violencia y seguridad. El
propósito de esta sección es conocer en qué medida la comisión de delitos se vincula al
mecanismo de disuasión. Por tanto, antes que ajustar el mejor modelo explicativo posible, lo
que se intenta es explorar las conexiones causales entre el involucramiento criminal juvenil, la
percepción de severidad de las penas y otros aspectos relacionados.
A seguir se detallan las principales características de la encuesta; luego se
operacionalizan los conceptos y se presentan estadísticas descriptivas básicas; posteriormente
se utiliza la técnica de regresión logística binomial para dar cuenta de la comisión de delitos
contra la persona y contra la propiedad; ya para terminar se señalan algunas limitaciones de
este estudio.
III.i. Características de la encuesta: muestreo y procedimiento de entrevista
La encuesta fue aplicada a 427 varones de 13 a 17 años del departamento de
Montevideo y expandida a la población total (48.329 casos). La tasa de respuesta estuvo
entorno al 78% ya que la muestra fue calculada en 550 casos para trabajar con un 95% de
confianza. El universo de estudio tuvo tres características que lo hicieron complejo: i) el bajo
porcentaje de varones entre 13 y 17 años en la población total (un 3.8% según el Censo Fase I
2004); ii) su difícil acceso, ya que no es posible conocer de antemano los hogares en donde
residen; y iii) dada la temática de la encuesta, la necesidad de contar con la autorización
escrita de un mayor antes de entrevistar a los jóvenes. Datos faltantes en algunas variables
fueron imputados siguiendo el método de ecuaciones encadenadas18.
17 Proyecto coordinado por el profesor Nicolás Trajtenberg del Departamento de Sociología (FCS, UdelaR) y financiado por la Agencia Nacional de Investigación e Innovación. 18 Para la imputación de los valores perdidos se utilizó un algoritmo de imputación múltiple, específicamente el de ecuaciones encadenadas (multiple imputation by chained equations). Para cada variable se ajusta una secuencia de regresiones, de donde se obtienen las imputaciones como resultado de una selección al azar de los valores predichos por los modelos. Los modelos de regresión utilizados son lineales, logísticos, Poisson, multinomiales o mixtos, dependiendo del tipo de variable a ser imputada.
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Para la encuesta se utilizaron dos marcos muestrales del Instituto Nacional de
Estadística: el de zonas censales del año 2004 y el de la Encuesta Contínua de Hogares del
año 2009. En los estratos socioeconómicos más bajos se utilizó el marco de zonas y en los
más altos la Encuesta de Hogares. El diseño muestral se hizo por conglomerados y en dos
etapas. Las unidades primarias de muestreo fueron las zonas censales y las unidades
secundarias fueron las viviendas particulares ocupadas. En la primera etapa las zonas se
eligieron con probabilidad proporcional al tamaño, medido en cantidad de viviendas
particulares. En la segunda etapa las viviendas se seleccionaron de forma sistemática. Para los
estratos socioeconómicos altos, la primera etapa fue la Encuesta Contínua de Hogares, y la
segunda es concretamente la selección de las viviendas con adolescentes varones entre 13 y
17 años de edad.
El procedimiento de entrevista se basó en tres partes. En la primera parte se entrevistó
a un adulto responsable sobre aspectos socio-demográficos y económicos del hogar. También
se solicitó la autorización para entrevistar a uno de los adolescentes pertenecientes al hogar.
En aquellos casos con más de un varón de entre 13 y 17 años se utilizó el método Kish para
seleccionar aleatoriamente un adolescente a entrevistar. En la segunda parte, con el
consentimiento expreso del adulto a cargo, se realizó una encuesta al adolescente
seleccionado indagando sobre temas de violencia y delito19. En la tercera parte, luego de la
entrevista cara a cara, se aplicó al adolescente un cuestionario auto administrado con la
técnica de auto-reporte de crimen20.
III.ii. Operacionalización y estadísticas descriptivas
Variables dependientes
El análisis de la encuesta estará orientado a explicar el involucramiento criminal de los
adolescentes. Considerando los delitos a partir de sus motivaciones generales, se opta por
19 Además de un módulo sobre victimización de los adolescentes, el cuestionario presenta baterías de indicadores operacionalizando las teorías del autocontrol, control social, anomia-tensión, racionalidad, y etiquetamiento. 20 A diferencia de las encuestas de victimización que relevan si las personas sufrieron ciertos delitos, las encuestas de auto reporte preguntan si las personas los cometieron crímenes, faltas u otras conductas desviadas. En este caso específicamente, el formulario auto administrado contó con módulos sobre los siguientes temas: i) conductas desviadas y delictivas; ii) aplicación de sanciones informales (familiares, pares, pareja, maestros); iii) uso de técnicas de neutralización (enunciadas por Sykes y Matza); iv) antedecentes criminales de familiares y amigos; v) consumo de tabaco y alcohol, y vi) consumo de drogas ilegales (marihuana, pasta base, cocaína, inhalantes y solventes químicos).
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trabajar con dos variables dependientes: i) experiencia en la comisión de delitos contra la
propiedad21; y ii) experiencia en la comisión de delitos contra la persona22.
Aproximadamente dos de cada diez encuestados (20,3%) declaró haber cometido por
lo menos un delito contra la propiedad en algún momento de su vida. Si se examinan las
respuestas específicas23 sobre delitos contra la propiedad, puede observarse que el 7,6% “robó
algo de una tienda”; el 6% “robó algo a algún integrante de su hogar”; el 5,6% “robó alguna
cosa sin que nadie se diera cuenta”; el 3,8% “robó algo de su escuela/liceo/UTU”; el 2,1%
“entró sin permiso en alguna vivienda para robar algo”; el 2% “amenazó o atacó a alguien
para obtener su dinero”; el 1,5% “robó algo de su lugar de trabajo”; el 1,4% “arrebató una
billetera/cartera o le metió la mano en el bolsillo a alguien”; el 1,2% “robó una bicicleta”; y el
0,6% “robó un auto o una moto para uso propio o venta”.
Por otro lado, aproximadamente uno de cada diez encuestados (10,6%) declaró haber
cometido por lo menos un delito contra la persona en algún momento de su vida. Si se
detallan las respuestas específicas sobre delitos contra la persona, puede observarse que el 7%
“lastimó a alguien tan seriamente que sabe o piensa que tuvo que recibir atención médica”; el
4,5% “amenazó, atacó y/o lastimó a alguien de su hogar”; y el 0,2% “intentó tener o tuvo
relaciones sexuales con alguien contra su voluntad”.
Variables independientes
Las variables para explicar la probabilidad de que un adolescente haya cometido
delitos estarán asociadas a la discusión sobre racionalidad y disuasión. Se utilizarán
indicadores sobre percepción de certeza y severidad del castigo, ya que la disuasión no ocurre
automáticamente al aumentar las penas o mejorar el desempeño del sistema de justicia
21 Para medir experiencia en la comisión de delitos contra la propiedad, se utlizó la pregunta: “¿Alguna vez hiciste alguna de estas cosas?”: i) “Entraste sin permiso en una vivienda para robar algo”, ii) “Robaste algo de una tienda”, iii)“Robaste una bicicleta”, iv) “Robaste algo de tu escuela/liceo/ UTU”, v) “Robaste algo de tu lugar de trabajo” vi) “Robaste alguna otra cosa sin que nadie se diera cuenta”, vii)“Le arrebataste la billetera / cartera o le metiste la mano en el bolsillo a alguien”, viii) “Robaste algo de algún integrante de tu hogar”; ix) “Robaste un auto o una moto para quedártelo o venderlo”, x) “Amenazaste o atacaste a alguien para obtener su dinero y/o sus pertenencias”. Las categorías de respuesta en cada caso fueron “sí” y “no”. 22 Para medir experiencia en la comisión de delitos contra la persona, se utlizó la pregunta: “¿Alguna vez hiciste alguna de estas cosas?”: i) “Lastimaste a alguien tan seriamente que sabes o piensas que tuvo que recibir atención médica”, ii) “Intentaste tener/tuviste relaciones sexuales con alguien en contra de su voluntad”, iii) “Amenazaste, atacaste y/o lastimaste a alguien de tu hogar”. Las categorías de respuesta en cada caso fueron “sí” y “no”. 23 Una persona misma puede responder afirmativamente a uno o más delitos.
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criminal sino que los sujetos deben ser capaces de evaluar los costos y beneficios de la
actividad criminal. Sin percepción no hay efecto disuasorio24. De este modo, la proposición “a
mayor certeza, severidad y celeridad del castigo, menor tasa de delito”; bien puede ser
reformulada de la siguiente manera: “a mayor percepción de la certeza, severidad y celeridad
del castigo, menor tasa de delito” (GIBBS, 1975; CITADO EN KLECK ET AL, 2005: 626).
La investigación sobre disuasión sugiere que el comportamiento está más determinado por la
percepción de castigo sobre uno mismo que sobre el otro generalizado (PATERNOSTER,
1989). Por esa razón, las preguntas sobre percepción de certeza25 y percepción severidad26
son personalizadas y asociadas a delitos específicos, tratando de medir tanto la probabilidad
estimada subjetivamente de ser arrestado en caso de cometer un delito como las percepciones
sobre la dureza de los castigos.
En relación a delitos contra la propiedad, los encuestados contestaron sobre la
probabilidad estimada de ser atrapado por la policía en caso de cometer hurto, rapiña, y
copamiento. El 39,5% de las personas contestó que es “seguro” o “muy probable” que sean
atrapados en caso de cometer cualquiera de los tres delitos indicados. Como contraparte, el
60,5% creyó “poco probable” o “nada probable” ser atrapado por la policía en caso de
cometer al menos uno de los delitos en cuestión. La distribución porcentual de respuestas
según tipo específico de delito se presenta en la tabla a continuación.
Hurto Rapiña Copamiento
Nada probable que me agarren 14,1 % 9,3 % 7,8 %
Poco probable que me agarren 34,1 % 20,2 % 13,5 %
Muy probable que me agarren 27,7 % 41,8 % 41,3 %
Seguro que me agarren 24,2 % 28,7 % 37,4 %
24 Evidentemente la amenaza de un castigo no significa nada si los individuos no son conscientes de ella. Un aumento de las penas que nadie perciba efectivamente no podría tener ningún efecto disuasorio ex ante. Este punto llama la atención sobre la importancia de conocer más sobre las fuentes de información de los ofensores y sobre el rol de los medios masivos de comunicación. 25 Para medir la percepción de certeza de los adolescentes se utilizó la pregunta “¿Cuán probable es que te agarre la policía si haces alguna de estas cosas: i) hurto, ii) rapiña, iii) copamiento, iv) lesiones, v) homicidio?” Las categorías de respuesta en cada caso fueron: “nada probable que me agarren”, “poco probable que me agarren”, “muy probable que me agarren”, “seguro que me agarren”. 26 Para medir la percepción de severidad del sistema de justicia penal juvenil se utilizó la pregunta: “¿Qué cantidad de meses o años estarías en el INAU si te agarran por: i) hurto, ii) rapiña, iii) copamiento, iv) lesiones, v) homicidio?” La respuesta fue registrada en cantidad de meses.
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La severidad promedio percibida por los adolescentes en caso de ser atrapados y
juzgados por cometer un delito contra la propiedad es de 16,1 meses de sanción en el sistema
penal juvenil. La mediana de esta variable son 11 meses y el desvío estándar 15,4. Si se
analiza la severidad de los delitos específicos, los entrevistados creen que serían castigados
con una media de 11,5 meses en caso de hurto, de 16,1 en caso de rapiña, y de 21,2 meses en
caso de compamiento.
En relación a delitos contra la persona, los encuestados respondieron sobre la
probabilidad estimada de ser atrapado por la policía en caso de cometer lesiones y homicidio.
El 49,3% de las personas contestó que es “seguro” o “muy probable” que sean atrapados en
caso de cometer cualquiera de los dos delitos indicados. Como contraparte, el 50,7% cree
“poco probable” o “nada probable” ser atrapado por la policía en caso de cometer al menos
uno de los delitos en cuestión. La distribución porcentual de las respuestas según tipo
específico de delito se presenta en la tabla a continuación.
Lesiones Homicidio
Nada probable que me agarren 15,1 % 7,5 %
Poco probable que me agarren 34,5 % 4,0 %
Muy probable que me agarren 27,4 % 25,4 %
Seguro que me agarren 23,1 % 63,1 %
La severidad promedio percibida por los adolescentes en caso de ser atrapados y
juzgados por cometer un delito contra la persona es de 33,3 meses de sanción en el sistema
penal juvenil. La mediana de esta variable son 24 meses y el desvío estándar 37,6. Si se
analiza la severidad de los delitos específicos, los entrevistados creen que serían castigados
con una media de 15,2 meses en caso de lesiones y de 51,4 meses en caso de homicidio.
Otra variable independiente a considerar en nuestro análisis es la diferencia de
severidad percebida entre el sistema penal adulto y el juvenil. Seguramente un mundo sin
sanciones legales tendría más delito que el actual. La existencia de un sistema jurídico que
provee castigos a los criminales disuade una cantidad de delito desconocida, dado que la
ausencia de dicho sistema es un contrafáctico. Este efecto del castigo por oposición a la
ausencia de castigo es conocido en la literatura como disuasión absoluta (AKERS 1998). No
obstante, para nosotros la pregunta pertinente no es si existe o no efecto disuasorio de las
13
sanciones, sino qué cantidad de disuasión se produce al aumentar en cierta medida el rigor de
las sanciones. Por ello es importante la distinción conceptual entre disuasión absoluta y
marginal. Volviendo al punto, sería esperable un mayor involucramiento criminal de los
adolescentes que perciben una mayor diferencia entre la severidad del sistema penal adulto y
el juvenil. Dicho de otra forma, la expectativa de una mayor severidad relativa en el futuro
próximo (mayoría de edad) debería asociarse a un aumento de la criminalidad juvenil27.
La severidad relativa fue calculada con un cociente entre los meses esperados de
castigo en el sistema penal adulto y juvenil28. Para delitos contra la propiedad y contra la
persona se calcularon cocientes diferentes. En ambos casos el coeficiente tiene valor 1 cuando
la severidad esperada es la misma en los dos sistemas, y mayor a uno cuando la severidad del
sistema de penal adulto resulta mayor. En ningún caso se indicó mayor severidad relativa del
sistema penal juvenil (coeficiente menor a uno). Para los delitos contra la propiedad la
severidad relativa promedio fue de 3,1, con una mediana de 1,9 y un desvío estándar de 3,7.
Esto significa que la severidad percibida es en media más de tres veces mayor en el sistema
penal adulto que en el juvenil. En el caso de delitos contra la persona la severidad relativa
promedio fue de 4,9, con una mediana de 2,9 y un desvío estándar de 5,3. Por tanto, la
severidad percibida es en media casi cinco veces mayor en el sitema penal adulto que en el
juvenil.
Para terminar, también es interesante la percepción sobre el retorno económico de las
actividades ilegales en relación a actividades convencionales como trabajar y estudiar. Dado
que estamos bajo el supuesto de agentes racionales, es fundamental incorporar un indicador
sobre la utilidad estimada de las actividades criminales29. Al respecto, un 61,7% de los
entrevistados señalaron que se podría conseguir más dinero en un día robando que trabajando
o culminando los estudios secundarios.
27 El mecanismo es similar a lo que ocurre cuando se anuncia un aumento en el precio de los combustibles: los agentes buscan aprovisionarse más de lo normal antes de que eso suceda. Es importante notar que al supuesto clásico de maximización se suma en este caso otro que implica la capacidad de maximización global o de largo plazo. Los agentes por tanto no solo actuarían según opciones costo eficientes en el corto plazo, también tendrían la capacidad de calcular escenarios futuros y diferir o adelantar gratificación de acuerdo a ello. 28 En la encuesta se preguntan los meses esperados de pena en el sistema adulto para diferentes delitos, de manera similar a lo hecho para el sistema penal juvenil . 29 Para medir la percepción de retorno económico se utilizaron las preguntas: “a) ¿Cuánto dinero crees que ganarías en un día si hoy consiguieras un trabajo?”, “b) ¿Cuánto dinero crees que ganarías en un día si terminaras el liceo?”, “c) ¿Cuánto dinero crees que ganarías en un día si te dedicaras a robar?” Las respuestas fueron una estimación de dinero para cada caso.
14
Variables de control
Como variables de control se utilizarán la edad, la raza, y el nivel socio-económico del
hogar. En nuestra población (varones de 13 a 17 años) la distribución según edades es
bastante homogénea, con aproximadamente un 20% de encuestados para cada edad simple.
Tanto la media como la mediana es de 15 años, mientras que el desvío estándar es de 1,42.
Por otro lado, según raza30 la población se distribuye con un 71,4% de blancos, un 8,9% de
negros, 17,1% de mestizos, y 2,6% de amarillos. Ninguna persona se autoidentificó como
indígena. Finalmente, la variable nivel socio-económico del hogar31 dividió a la población en
7 estratos que de mayor a menor fueron los siguientes: AB (5,5%), C1 (23,1%), C2 (32,2%),
C3 (21,5%), D1 (11,9%), D2 (4,6%), y E (1,2%).
III.iii. Resultados del análisis de regresión logística
La técnica de regresión logística binaria es adecuada cuando la variable que se busca
explicar asume dos resultados posibles: en términos genéricos, éxito y fracaso. Ese es el caso
de nuestras dos variables dependientes: experiencia (valor 1) e inexperiencia (valor 0) en la
“comisión de delitos contra la propiedad”; y experiencia (valor 1) e inexperiencia (valor 0) en
la “comisión de delitos contra la persona”.
Adicionalmente, la regresión logística binaria es múltiple cuando como en este caso,
se utiliza más de una variable explicativa. Para integrarlas al análisis algunsa variables
independientes y de control fueron transformadas. A continuación se detallan los criterios
utilizados a tales efectos. Vale subrayar que para las variables“certeza”, “percepción de
severidad” y “serveridad relativa” los delitos contra la propiedad (hurto, rapiña y copamiento)
y contra la persona (lesiones y homicidio) fueron tratados por separado.
Respecto a las variables independientes:
“Certeza” fue dicotomizada asignando “valor 1” a los encuestados que creen
seguro o muy probable ser atrapados por cometer cualquier delito; y “valor 0” a 30 Para medir raza se utilizó la pregunta: “¿Cuál de estos términos describe mejor tu raza?” Las categorías de respuesta fueron: “blanco”, “negro”, “mestizo”, “indígena”, “amarillo/asiático”. 31 Para medir nivel socio-económico se creó un índice ponderado a partir de varios indicadores: ocupación del jefe de hogar; nivel educativo del jefe de hogar; presencia en el hogar de personas con formación universitaria; cantidad de personas que perciben ingresos; contratación de servicio doméstico; presencia de tarjetas de crédito internacional; cantidad de baños de la vivienda; nivel de equipamiento del hogar; y materiales que componen el techo de la vivienda.
15
los que creen que es poco probable o nada probable ser atrapados por al menos
uno de los delitos en cuestión.
“Percepción de severidad” (promedios) fue convertida de unidad “meses” a
“años”32.
“Severidad relativa” (cociente entre la percepción de severidad del sistema
penal adulto y juvenil) fue redondeada a valores enteros.
“Percepción sobre el retorno económico del delito” fue dicotomizada asignando
“valor 1” a quienes creen que se podría conseguir más dinero en un día robando
que trabajando o culminando los estudios secundarios. A los casos que indicaron
otras opciones se les asignó “valor 0”.
En cuanto a las variables de control:
“Edad” (13 a 17 años) fue tratada como variable contínua, es decir, se entraron
las edades simples al modelo.
“Raza” fue dicotomizada asumiendo “valor 1” para cualquiera de las minorías
raciales y “valor 0” para raza blanca.
“Nivel socio-económico del hogar” fue dicotomizada con “valor 1” para los
individuos de nivel bajo y medio-bajo (estratos C2 a E) y “valor 0” para los de
nivel alto y medio-alto (estratos AB y C1) .
Delitos contra la propiedad
A seguir se construye un modelo estadístico para explicar la comisión de delitos contra
la propiedad de los adolescentes varones entre 13 y 17 años de edad. Dado que el objetivo es
explorar las conexiones causales asociadas a la discusión sobre disuasión y no dar con el
mejor modelo posible para explicar la comisión de delitos, se optó por utilizar el método
“introducir” y mantener el mando sobre las variables a ser introducidas en el modelo de
regresión logística33.
32 Tanto en el caso de la variable “percepción de severidad” como en el de “severidad relativa” se optó por transformar (no eliminar) los valores outliers en el mayor valor dentro del boxplot. 33 Los métodos “pasos hacia adelante” o “pasos hacia atrás” ajustan automáticamente el modelo excluyendo variables de acuerdo a sus coeficientes B y nivel de significación.
16
El primer cuadro presenta los grados de libertad del modelo (siete, uno por cada
predictor) y su significación en base al estadístico chi-cuadrado34. Como se puede observar, el
modelo es estadísticamente significativo con un valor p<0,001.
Testes de coeficientes de modelo Omnibus
Qui-quadrado df Sig.
Etapa 1 Etapa 1635,069 7 ,000
Bloco 1635,069 7 ,000
Modelo 1635,069 7 ,000
Cada una de las variables incluidas en el modelo muestra significación estadística (se
rechaza la hipótesis nula) en el contraste que las relaciona através el chi-cuadrado de Wald
con la variable dependiente. El cuadro a continuación presenta esta información además de
los intervalos de confianza, los errores estándar, el coeficiente B en escala log-odds y su
exponenciación (Exp(B)) que nos facilita la interpretación de los predictores en términos de
razón de chance (odd-ratio).
Variáveis na equação
B S.E. Wald df Sig. Exp(B)
95% C.I. para EXP(B)
Inferior Superior
Etapa 1 NSE del hogar ,302 ,027 121,757 1 ,000 1,353 1,282 1,428
Percepción de
severidad (propiedad) -,115 ,012 86,410 1 ,000 ,891 ,870 ,913
Serveridad relativa
(propiedad) -,053 ,008 46,563 1 ,000 ,948 ,934 ,963
Edad ,215 ,008 655,738 1 ,000 1,240 1,220 1,261
Raza ,414 ,025 272,633 1 ,000 1,513 1,440 1,589
Percepción sobre
retorno del delito ,238 ,025 91,597 1 ,000 1,269 1,208 1,332
Certeza (propiedad) -,247 ,025 95,743 1 ,000 ,781 ,744 ,821
Constante -4,765 ,139 1182,147 1 ,000 ,009
Los valores odd ratio (exp(B)) son similares a los calculados en los análisis bivariados,
lo que indicaría ausencia de interacciones importantes entre las variables35. Según los
34 En este caso, las estadísticas de etapa, bloque, y modelo son las mismas porque no hemos utilizado la regresión logística por pasos.
17
resultados, la chance de haber cometido un delito contra la propiedad, controlando el efecto
de todas las restantes variables del modelo, sería:
1,35 veces mayor para los individuos de nivel socio-económico “medio bajo y
bajo” en comparación a los de “nivel socio-económico medio alto y alto”.
1,24 veces mayor para cada año adicional de edad con respecto al anterior. Por
ejemplo, con 17 años la chance estimada de haber cometido un delito es 1,24
veces la que se tiene a los 16 años.
1,51 veces mayor para las personas de “minorías raciales” en comparación a
las de raza blanca
1,27 veces mayor para los individuos que señalan que se podría conseguir más
dinero en un día “robando” en comparación a los que creen que se conseguiría
“trabajando” o “culminando los estudios secundarios”.
Mientras que los anteriores representarían factores de “riesgo” para cometer un delito
contra la propiedad, los resultados también arrojan tres factores flacos de “protección”
(valores B negativos). En este sentido, el riesgo relativo de haber cometido un delito contra la
propiedad es de:
0,89 para cada año adicional de severidad penal percibida con respecto al valor
anterior.
0,95 para cada valor adicional en el cociente de severidad relativa (severidad
adulta / juvenil) con respecto al anterior.
0,78 para los individuos que tienen certeza “alta” de ser atrapados en caso de
cometer un delito en comparación a los que tienen certeza “baja”.
Según los resultados detallados, las variables independientes vinculadas a la
perspectiva de disuasión tienen efectos exiguos aunque en el sentido (signo) esperado por la
discusión teórica: los adolescentes con baja una i) “percepción de severidad”, ii) “severidad
relativa”, iii) “certeza”, y iv) una alta “percepción de retorno del delito”, tendrían mayor
riesgo relativo de cometer delitos contra la propiedad. No obstante, lo anterior debe matizarse
al atender que el efecto de i) y ii) es prácticamente nulo, y el iii) y iv) es débil.
35 Los análisis bivariados mostraron los siguientes riesgos relativos: NSE (1,37); Percepción de severidad (propiedad) (0,987); Serveridad relativa (propiedad) (0,972); Edad (1,254); Raza (1,438); Percepción sobre retorno del delito (1,451); Certeza (propiedad) (0,676)
18
Por su parte, las variables de control “edad”36 y “nivel socio-económico del hogar”
también mostraron efecto leve, mientras el “raza” es moderado. Interpretando esto último, el
riesgo relativo de cometer un delito contra la propiedad sería mayor para los individuos de
nivel “socio-económico bajo y medio bajo”, de “mayor edad”, y perteneciente a una “minoría
racial”.
Con las siete variables en conjunto se clasifican correctamente el 79,7% de los casos
analizados37. Sin embargo, a pesar de que el modelo tiene una especificidad del 100% cuenta
con una sensibilidad nula, al no clasificar correctamente ninguno de los casos que cometieron
delitos contra la propiedad. De hecho, el porcentaje correctamente clasificado fue idéntico al
del modelo nulo (solamente con la constante). Evidentemente, el poder explicativo del
modelo no es alentador. Para confirmarlo, es pertinente focalizar en el resumen del modelo
con sus tres medidas de bondad de ajuste.
Resumo do modelo
Etapa
Verossimilhança de
log -2
R quadrado Cox &
Snell
R quadrado
Nagelkerke
1 47034,394a ,033 ,052
a. Estimação finalizada no número de iteração 5 porque as estimativas de
parâmetro mudaram foram alteradas para menos de ,001.
El estadístico -2 log de la verosimilitud (-2LL) mide la "desviación" entre las
estimaciones del modelo (valores predichos) y los datos observados (modelo nulo o vacío).
Cuanto más cercano a cero sea su valor, mejor es el ajuste del modelo. Por su parte el R2 de
Cox y Snell y el R2 de Nagelkerke (que corrige al de Cox y Snell al oscilar entre 0 a 1) son
medidas análogas al R2 de Pearson38. Como se observa, en nuestro caso el valor del R2 de
Nagelkerke es muy pobre y estaría indicando que apenas se puede dar cuenta de 0,052/1 de la
varianza de la variable dependiente.
La falta de ajuste del modelo puede ser además confirmada con el test de Hosmer e
Lemeshow. Esta prueba utiliza las probabilidades predichas después de la regresión logística,
divide el conjunto de datos en deciles y ejecuta una prueba de chi cuadrado entre los
resultados esperados y los observados. Una prueba chi-cuadrado significativa nos indica que 36 Debe recordarse que si bien el efecto de “edad” parece bajo, el riesgo relativo es de 1,24 corresponde a cada año adicional de edad. 37 En la tabla de clasificación se usó un valor de corte de 0,5. 38 Estos coeficientes son conocidos como pseudo-R2, ya que son similares aunque no iguales a la suma de residuos cuadráticos de la regresión lineal múltiple.
19
ambos conjuntos de valores son diferentes, lo cual es negativo ya que señala un mal ajuste de
nuestro modelo. Confirmando lo señalado antes, el test de Hosmer y Lemeshow identifica
diferencias significativas (p<0,001) entre los datos esperados y observados.
Teste de Hosmer e Lemeshow
Etapa Qui-quadrado df Sig.
1 627,041 8 ,000
En síntesis, los resultados son elocuentes en cuanto a que no se ha logrado un modelo
interesante para la explicación de la “comisión de delitos contra la propiedad”.
Delitos contra la persona
Los resultados del segundo modelo orientado a explicar la “comisión de delitos contra la persona” son similares al anterior. Para comenzar puede observarse que el modelo también es estadísticamente significativo con un valor p<0,001.
Testes de coeficientes de modelo Omnibus
Qui-quadrado df Sig. Etapa 1 Etapa 687,750 7 ,000
Bloco 687,750 7 ,000
Modelo 687,750 7 ,000
No obstante, en este caso no todas las variables incluídas resultan estadísticamente
significativas. Concretamente, “percepción de severidad” no es significativa en tanto que
“nivel socio-económico del hogar” lo es apenas con un valor p<0,05. A continuación detalla
más información sobre las variables del modelo.
Variáveis na equação
B S.E. Wald df Sig. Exp(B)
95% C.I. para
EXP(B)
Inferior Superior
Etapa
1a
Edad ,091 ,011 70,638 1 ,000 1,095 1,072 1,118
NSE del hogar ,078 ,034 5,324 1 ,021 1,081 1,012 1,155
Raza ,172 ,033 26,858 1 ,000 1,187 1,113 1,267
Percepción sobre retorno del
delito -,566 ,030 345,467 1 ,000 ,568 ,535 ,603
Percepción de severidad
(persona) -,004 ,010 ,151 1 ,698 ,996 ,977 1,016
20
Serveridad relativa
(persona) ,057 ,005 120,890 1 ,000 1,059 1,048 1,070
Certeza (persona) -,300 ,032 90,215 1 ,000 ,741 ,696 ,788
Constante -3,384 ,171 392,466 1 ,000 ,034
Los valores odd ratio (exp(B)) son similares a los calculados en los análisis bivariados
previos39. De acuerdo a los resultados presentados, la chance de cometer un delito contra la
persona, controlando el efecto de todas las restantes variables del modelo, sería:
1,08 veces mayor para los individuos de nivel socio-económico “medio bajo y
bajo” en comparación a los de “nivel socio-económico medio alto y alto”.
1,10 veces mayor para cada año adicional de edad con respecto al anterior.
1,19 veces mayor para las personas de “minorías raciales” en comparación a
las de raza blanca.
1,06 mayor para cada valor adicional en el cociente de severidad relativa
(severidad adulta / juvenil) con respecto al anterior.
Por su parte, los factores de “protección” (valores B negativos) en cuanto a la chance
de cometer un delito contra la persona serían:
0,57 para los individuos que señalan que se podría conseguir más dinero en un
día “robando” en comparación a los que creen que se conseguiría “trabajando”
o “culminando los estudios secundarios”.
0,74 para los individuos que tienen certeza “alta” de ser atrapados en caso de
cometer un delito en comparación a los que tienen certeza “baja”.
Según estos resultados, la mayoría de las variables del modelo no tienen ni siquiera un
efecto cuya magnitud valga la pena considerar. Sin embargo, hay dos variables
independientes que presentan un efecto débil sobre la variable dependiente. Por un lado y de
forma consistente con el enfoque de disuasión, el riesgo relativo de “cometer un delito contra
la persona” sería menor entre los individuos con alta “certeza” de castigo. Por otro lado, los
resultados indican contra-intuitivamente que los adolescentes con alta “percepción de retorno
del delito” tendrían un menor riesgo relativo de cometer delitos contra la persona.
39 Los análisis bivariados mostraron los siguientes riesgos relativos: NSE (1,045); Percepción de severidad (persona) (0,924); Serveridad relativa (persona) (1,071); Edad (1,079); Raza (1,113); Percepción sobre retorno del delito (0,61); Certeza (persona) (0,76)
21
Considerando las variables de control40, el riesgo relativo de cometer delitos contra la
persona es, aunque muy leve, mayor para los sujetos pertenecientes a minorías raciales que
para los de raza blanca.
El modelo en su conjunto clasifica correctamente el 89,4% de los casos analizados41,
aunque nuevamente no tiene sensibilidad. El modelo evidencia una muy pobre bondad de
ajuste. El estadístico -2 log de la verosimilitud (-2LL) es de 32049,6; el R2 de Cox y Snell es
de 0,014 y el valor del R2 de Nagelkerke es de 0,029. La falta de ajuste del modelo también es
confirmada con el test de Hosmer e Lemeshow significativo con valor (p<0,001).
Como en el caso del modelo anterior, los resultados indican que no se ha logrado una
explicación interesante de la “comisión de delitos contra la persona”.
III.iv. Limitaciones del análisis estadístico
Si bien el análisis estadístico ofrece información relevante sobre la existencia o
ausencia de conexión causal entre las dimensiones de disuasión y la comisión de delitos, los
resultados del estudio realizado están lejos de ser conclusivos.
En primer lugar, el propósito del análisis logístico fue manifiestamente exploratorio.
Si bien las relaciones causales entre los indicadores de disuasión y la comisión de delitos se
mostraron en general muy débiles, es poco lo que puede afirmarse categóricamente sobre la
relación entre estas variables. En este sentido, resta mucho trabajo por hacer para ajustando
modelos, considerando el efecto de otras variables, especificando y transformando las que
aquí fueron consideradas, estudiando los efectos marginales de las variables, probando con
regresiones multinomiales, etc.
En segundo lugar, existe un problema de antecedencia temporal que es característico
de las investigaciones cross-section como nuestra encuesta. Concretamente, la cuestión es que
las dimensiones de disuasión y las ofensas auto-reportadas son medidas en el mismo
momento de tiempo; y dado que los delitos ya fueron cometidos, se podría estar intentando
explicar un hecho pasado através de creencias presentes (sobre certeza, severidad, etc.) cuya
estabilidad desconocemos. De hecho, los análisis basados en diseños de este tipo sólo son
40 Debe recordarse que si bien el efecto de “edad” es bajo, el riesgo relativo es de 1,1 corresponde a cada año adicional de edad. 41 En la tabla de clasificación se usó un valor de corte de 0,5.
22
plausibles bajo el supuesto de que la percepción del castigo es invariable a lo largo del tiempo
(BRAITHWAITE Y MAKKAI, 1991)42. En el extremo, el supuesto cuestiona la relevancia de
investigar sobre este aemática.
En tercer lugar, otro problema refiere al efecto de los niveles objetivos de castigo
sobre la percepción de los castigos. Los estudios individuales (mediante encuestas) se
focalizan en saber cómo las percepciones afectan el comportamiento criminal,
independientemente de cómo éstas se hayan generado. Por tanto, poco dicen sobre cómo los
actuales niveles efectivos de castigo (por ejemplo, la severidad del código penal) y de control
(por ejemplo, la eficacia policial) pueden afectar las percepciones en primera instancia. Aun
cuando estos estudios logren demostrar relaciones entre la percepción de riesgo y las ofensas,
ello no lleva a concluir que un aumento de la severidad objetiva vaya necesariamente a
disminuir el delito
IV. CONSIDERACIONES FINALES
¿Puede la baja de edad de imputabilidad penal mejorar la seguridad en Uruguay? Esa
es la interrogante que moviliza a este artículo.
La primera sección contextualiza con la evolución de indicadores sobre criminalidad e
inseguridad durante los últimos años en Uruguay. También se ambienta la discusión política
sobre la baja de edad de imputabilidad penal como una eventual solución a lo que se entiende
como un serio problema de seguridad ciudadana.
La segunda sección describe la propuesta de reforma constitucional que será sometida
a consideración de la ciudadanía en el año 2014. Adicionalmente, discute dos supuestos de
esta medida: i) que los jóvenes de 16 y 17 años producen una parte significativa de la
criminalidad existente en el país; y ii) que el endurecimiento punitivo sobre estos jóvenes
contribuiría a disminuir el delito por ellos protagonizado. El primer supuesto es cuestionado
en base a información oficial que evidencia que la proporción de asuntos penales iniciados a
adolescentes no representa ni ha representado últimamente más del 7% del total de asuntos
iniciados por la justicia. El segundo supuesto remite al debate sobre disuasión, y es
42 El reconocimiento de este problema ha llevado a toda una generación de nuevos estudios longitudinales o de panel donde se mide certeza y severidad percibida en un determinado momento, midiéndose delincuencia en un período posterior de tiempo (BRAITHWAITE Y MAKKAI, 1991)
23
problematizado en tres vías: i) la primera cuestiona el eventual impacto de la incapacitación
de los adolescentes considerando su escasa participación criminal; ii) la segunda llama la
atención sobre el hecho de que la baja de edad de imputabilidad solo afectaría la severidad de
las penas, dejando incambiados otros aspectos significativos en términos de disuasión; iii) la
tercera, si se quiere más general, remite al resultado de investigaciones internacionales que
relativizan el vínculo entre disuasión y delito.
La tercera sección analiza los resultados de una encuesta de auto-reporte realizada en
el 2010 a 427 varones de entre 13 y 17 años de Montevideo. Mediante la técnica de regresión
logística binomial múltiple, se exploran las conexiones causales entre el involucramiento
criminal, la percepción de severidad de las penas y otros aspectos vinculados a la disuasión.
Las variables dependientes definidas fueron la comisión de delitos “contra la propiedad” y
“contra la persona”. Las variables independientes fueron la “percepción de severidad”, la
“severidad relativa del sistema penal adulto en relación al juvenil”, la “certeza” y la
“percepción sobre el retorno del delito”. Como variables de control se incluyeron el “nivel
socio-económico del hogar”, la “edad” y la “raza”.
El análisis estadístico muestra que el riesgo relativo de cometer delitos contra la
propiedad es mayor cuando existe alta “certeza” de ser atrapado y alta “percepción de retorno
del delito”. Los efectos son débiles. La “percepción de severidad” del castigo así como la
“severidad relativa” no mostraron efectos sobre el riesgo de cometer delitos contra la
propiedad. Por su parte, las variables de control “edad” y “nivel socio-económico del hogar”
mostraron efectos leves, mientras que el de “raza” fue moderado. En cuanto a esto último, el
riesgo relativo de cometer un delito contra la propiedad sería mayor para los individuos de
nivel “socio-económico bajo y medio bajo”, de “mayor edad”, y pertenecientes a “minorías
raciales”. Más allá de la interpretación individualizada de las variables (todas significativas
estadísticamente) la capacidad explicativa o bondad de ajuste del modelo resultó muy pobre.
Por otra parte, el riesgo relativo de cometer delitos contra la persona sería mayor entre
los individuos con alta “certeza” de castigo, y contra-intuitivamente, entre aquellos con baja
“percepción de retorno del delito”. La variable “percepción de severidad” no resulta
significativa, en tanto la “severidad relativa” no tiene efecto sobre la variable dependiente.
Considerando las variables de control, “nivel socio-económico del hogar” y “edad” no tienen
efectos sobre el riesgo relativo de cometer delitos contra la persona; en tanto el mismo es
24
levemente mayor para los individuos pertenecientes a minorías raciales en comparación a los
de raza blanca. Nuevamente, la capacidad explicativa o bondad de ajuste del modelo resultó
despreciable.
Dado que el núcleo del debate sobre la eventual eficacia de bajar la de edad de
imputabilidad penal pasa por la severidad del castigo, es pertinente destacar que el efecto de
los indicadores relacionados ha sido nulo, tanto para explicar la comisión de delitos contra la
propiedad como contra la persona. A pesar de ello, existen algunas limitaciones que hacen
que este estudio no pueda ofrecer conclusiones categóricas o definitivas sobre el tema. Esto
no es novedad, siempre sucede en ciencias sociales. Lo importante, tanto para las ciencias
sociales como para la convivencia política, es informar el debate de forma tal que nuestras
preguntas y reflexiones sean mejores.
Como se indica en la introducción, la propuesta bajar la edad de imputabilidad penal
adulta puede evaluarse desde de dos perspectivas: la consecuencialista y la deontológica. Este
artículo se ha enmarcado en la primera, aportando varios elementos que cuestionan la eficacia
de tal medida para mejorar la seguridad ciudadana en Uruguay. La segunda perspectiva invita
a otra pregunta tanto o más importante que la que se ha realizado en este documento: ¿acaso
sería justo?
V. BIBLIOGRAFÍA AKERS, R. “Criminological Theories. Introduction, Evaluation and Application”, Roxbury
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BRAITHWAITE, J. Y MAKKAI, T. “Testing an Expected Utility Model of Corporate
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