División Energías RenovablesMINISTERIO DE ENERGÍA
Normativa Eléctrica que los Sistemas de Riego Fotovoltaico deben cumplir
15 junio 2017
www.energia.gob.cl División Energías Renovables
Energía 2050: Visión y pilares del sector energético
http://www.energia2050.cl/
2
Meta 2035: 60% de generación eléctrica con energías renovables.
Meta 2050: 70% de generación eléctrica con energías renovables.
www.energia.gob.cl División Energías Renovables
3
SRFV
Instalaciones aisladas
Con baterías
Sin baterías
Instalaciones con conexión a red de distribución
Configuraciones de Sistemas de Riego Fotovoltaico
www.energia.gob.cl División Energías Renovables
4
TODA instalación fotovoltaica debe cumplir con las leyes, reglamentos y normativas vigentes en nuestro país.
TODA instalación fotovoltaica debe ser informada a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, SEC.
¿Qué tipo de Sistema de Riego Fotovoltaico debe cumplir con la normativa eléctrica vigente?
Si la instalación fotovoltaica está en el exterior¿Se debe declarar ante la SEC?
Si la instalación fotovoltaica no está conectada a la red de distribución de energía eléctrica¿Se debe declarar ante la SEC?
SI, se debe declarar
SI, se debe declarar
www.energia.gob.cl División Energías Renovables
5
Todo proyecto eléctrico fotovoltaico debe contar con las condiciones mínimas de seguridad establecidas por las normativas vigentes.
Para un proyecto de baja tensión se deben considerar las siguientes normativas:
- Norma Chilena Eléctrica 4/2003 para Instalaciones de Consumo en Baja Tensión (NCh Elec 4/2003).
- Norma Chilena Eléctrica 2/1984 “Electricidad. Elaboración y Presentación de Proyectos” (NCh Elec 2/84).
Normativa Eléctrica que todo instalador debe conocer
www.energia.gob.cl División Energías Renovables
6
- Se debe realizar la declaración a través del formulario TE1.
- La declaración debe ser realizada por un instalador eléctrico con licencia entregada por la SEC (tipo A, B, C o D).
- Los instaladores eléctricos con licencia C o D, sólo podrán declarar instalaciones asociadas a tecnologías con micro inversores, cuya tensión en Corriente Continua (CC) no supere los 50 Volts.
- Se debe entregar a la SEC el proyecto definitivo de la instalación ejecutada.
Sistemas de Riego Fotovoltaico Aislado (no conectado)
www.energia.gob.cl División Energías Renovables
7
Sistemas de Riego Fotovoltaico Aislado (no conectado)¿Cómo se completa el TE1?
En sección “Indicar giro específico” se debe poner:Generación fotovoltaica
OJO:Este trámite se realiza a través del sistema Edeclaradorde la SEC.
www.energia.gob.cl División Energías Renovables
8
Sistemas de Riego Fotovoltaico Aislado (no conectado)¿Cómo se completa el TE1?
Indicar la potencia instalada del sistema fotovoltaico donde dice “Grupo Electrógeno”.
OJO:Este trámite se realiza a través del sistema Edeclaradorde la SEC.
www.energia.gob.cl División Energías Renovables
9
- Cuando la potencia instalada del equipo fotovoltaico es menor o igual a 100 kW, entonces podemos acogernos a la Ley N° 20.571 para la Generación Distribuida.
- Se debe realizar la declaración a través del formulario TE4.
- La declaración debe ser realizada por un instalador eléctrico con licencia entregada por la SEC (tipo A, B, C o D).
- Los instaladores eléctricos con licencia C o D, sólo podrán declarar instalaciones asociadas a tecnologías con micro inversores, cuya tensión en Corriente Continua (CC) no supere los 50 Volts.
Sistemas de Riego Fotovoltaico conectados a la red
La NCh Elec 4/2003 establece que un sistema de generación debe contar con las protecciones que eviten la energización de la red de distribución por fuente de autogeneración (sistema fotovoltaico), de acuerdo a los artículos 14.6.4 y 14.6.5.
www.energia.gob.cl División Energías Renovables
Da derecho a los clientes regulados a vender sus excedentes de energía eléctrica hacia la red de distribución a un precio regulado.
Requisitos Generales:
• Clientes regulados: Clientes con tarifas reguladas*.
• Generación basada en energías renovables o cogeneración eficiente.
• Capacidad de generación de hasta 100 kW.
• Contar con medidor bidireccional.
• Inversores y módulos fotovoltaicos autorizados por SEC.
• Instalación ejecutada e inscrita por un electricista autorizado por SEC.
*Clientes de hasta 500 kW de potencia conectada, o entre 0,5 y 5 MW que hayan optado por tarifas reguladas.
Ley para la Generación Distribuida (Ley N° 20.571)
10
www.energia.gob.cl División Energías Renovables
11
¿Qué es un sistema pequeño?Sistemas fotovoltaicos con potencias instaladas iguales o menores a 10 kW.
Ley para la Generación Distribuida (Ley N° 20.571)Sistemas fotovoltaicos pequeños
www.energia.gob.cl División Energías Renovables
12
Ley para la Generación Distribuida (Ley N° 20.571)Nuevo procedimiento de conexión
www.energia.gob.cl División Energías Renovables
Solicitud de Información No es obligatoria
Ley para la Generación Distribuida (Ley N° 20.571)Nuevo procedimiento de conexión
13
www.energia.gob.cl División Energías Renovables
14
Ley para la Generación Distribuida (Ley N° 20.571)Nuevo procedimiento de conexión
Fuente: Enel Distribución
https://www.eneldistribucion.cl/tarifas
www.energia.gob.cl División Energías Renovables
Solicitud de Conexión:
Ley para la Generación Distribuida (Ley N° 20.571)Nuevo procedimiento de conexión
15
www.energia.gob.cl División Energías Renovables
FORMULARIO PARA SOLICITUD DE CONEXIÓN
Identificación del Inmueble
Número de Cliente (1):
Dirección del inmueble
Calle, número
Comuna
Identificación del Propietario:
Persona natural o representante legal
Nombre:
R.U.N.
Persona jurídica (si corresponde)
Nombre:
R.U.T.
Datos de Contacto del Solicitante:
Nombre:
E – mail: Teléfono:
Características Principales del Equipamiento de Generación:
Capacidad Instalada: _____ [kW] Tecnología (2): ____ Energético (3): _________
Documentos Adjuntos:
Poder Simple (4) Sí__ No__
Fotocopia de cédula de identidad (5) Sí__ No__
Copia de boleta o factura por suministro eléctrico (6) Sí__ No__
Declaración:
Declaro estar en conocimiento de que, en conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley 20.571, para la conexión definitiva del equipamiento de generación a la red, el contrato de conexión deberá estar firmado por el propietario del inmueble donde se instalará el Equipamiento de Generación o por quien lo represente, de acuerdo a la información contenida en el Certificado de Dominio Vigente emitido por el Conservador de Bienes Raíces.
Datos de Envío:
Solicitante Empresa Distribuidora
FIRMA TIMBRE
NOMBRE:
FECHA DE RECEPCIÓN: RUT:
LUGAR:
(1) El número de cliente corresponde al número de identificación del servicio asociado al inmueble donde se instalará el EG, normalmente especificado en las boletas o facturas emitidas por la empresa distribuidora.; (2) Fotovoltaico (A), Inversor distinto a FV (B), Generador Sincrónico (C), Generador Asincrónico (D); (3) Solar, Hidráulica, Eólica, Biomasa, Fósil (cogeneración), Otro (especificar); (4) El poder simple debe entregarse solo en caso de que este formulario sea firmado por un tercero distinto del propietario; (5) La fotocopia de la cédula del propietario debe entregarse solo en caso de que se haya presentado el poder simple; (6) No es obligatorio entregar la boleta asociada al inmueble. Este formulario puede ser entregado en las oficinas comerciales de la empresa distribuidora, enviado por carta certificada o entregado según las instrucciones que imparta la SEC.
Para más información sobre normativas, productos autorizados e instaladores, visita www.sec.cl/energiasrenovables, sección Ley de Generación
Distribuida. Formulario para Solicitud de Conexión Versión 2/2017
Ley para la Generación Distribuida (Ley N° 20.571)Nuevo procedimiento de conexión
16
www.energia.gob.cl División Energías Renovables
Ley para la Generación Distribuida (Ley N° 20.571)Nuevo procedimiento de conexión
17
www.energia.gob.cl División Energías Renovables
Página 1 de 1
FORMULARIO DE RESPUESTA A SOLICITUD DE CONEXIÓN
Identificación de la Solicitud de Conexión
Número de la SC:
Fecha de Recepción de la SC
Número de Cliente:
Identificación del Propietario:
Persona natural o representante legal
Nombre:
R.U.N.
Persona jurídica (si corresponde)
Nombre:
R.U.T.
Datos de Contacto para Consultas a la Empresa Distribuidora:
Nombre:
E-mail:
Teléfono:
Respuesta a la Solicitud de Conexión
Ubicación geográfica del punto de conexión:
Propiedad del empalme: __ Cliente __ Empresa Propiedad del medidor: __ Cliente __ Empresa
Capacidad Instalada Permitida asciende a (1): _____ [kW]
Se autoriza la conexión del equipamiento de generación especificado en la solicitud de conexión, para una capacidad instalada de _____ [kW], bajo las siguientes condiciones:
¿Se requieren obras adicionales en la red de la empresa distribuidora? Sí__ No__
¿Se requiere modificación al empalme? Sí__ No__
¿Se requiere entregar la manifestación de conformidad? (2) Sí__ No__
Documentos Adjuntos:
Modelo de contrato de conexión
Anexo costos de conexión
Información Adicional:
El modelo de contrato en formato digital y editable puede ser descargado desde la siguiente dirección electrónica:
Se recuerda que, en conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley 20.571, para la conexión definitiva del equipamiento de generación a la red, el contrato de conexión deberá estar firmado por quien figure en el Certificado de Dominio Vigente como propietario del inmueble donde se instaló el Equipamiento de generación, o por quien lo represente debidamente.
FECHA DE ENVÍO:
TIMBRE DISTRIBUIDORA
Formulario para Respuesta a la Solicitud de Conexión Versión 2/2017
Ley para la Generación Distribuida (Ley N° 20.571)Nuevo procedimiento de conexión
18
www.energia.gob.cl División Energías Renovables
Página 1 de 1
FORMULARIO DE RESPUESTA A SOLICITUD DE CONEXIÓN
Identificación de la Solicitud de Conexión
Número de la SC:
Fecha de Recepción de la SC
Número de Cliente:
Identificación del Propietario:
Persona natural o representante legal
Nombre:
R.U.N.
Persona jurídica (si corresponde)
Nombre:
R.U.T.
Datos de Contacto para Consultas a la Empresa Distribuidora:
Nombre:
E-mail:
Teléfono:
Respuesta a la Solicitud de Conexión
Ubicación geográfica del punto de conexión:
Propiedad del empalme: __ Cliente __ Empresa Propiedad del medidor: __ Cliente __ Empresa
Capacidad Instalada Permitida asciende a (1): _____ [kW]
Se autoriza la conexión del equipamiento de generación especificado en la solicitud de conexión, para una capacidad instalada de _____ [kW], bajo las siguientes condiciones:
¿Se requieren obras adicionales en la red de la empresa distribuidora? Sí__ No__
¿Se requiere modificación al empalme? Sí__ No__
¿Se requiere entregar la manifestación de conformidad? (2) Sí__ No__
Documentos Adjuntos:
Modelo de contrato de conexión
Anexo costos de conexión
Información Adicional:
El modelo de contrato en formato digital y editable puede ser descargado desde la siguiente dirección electrónica:
Se recuerda que, en conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley 20.571, para la conexión definitiva del equipamiento de generación a la red, el contrato de conexión deberá estar firmado por quien figure en el Certificado de Dominio Vigente como propietario del inmueble donde se instaló el Equipamiento de generación, o por quien lo represente debidamente.
FECHA DE ENVÍO:
TIMBRE DISTRIBUIDORA
Formulario para Respuesta a la Solicitud de Conexión Versión 2/2017
Ley para la Generación Distribuida (Ley N° 20.571)Nuevo procedimiento de conexión
19
www.energia.gob.cl División Energías Renovables
Ley para la Generación Distribuida (Ley N° 20.571)Nuevo procedimiento de conexión
Notificación de Conexión:
20
www.energia.gob.cl División Energías Renovables
Tramitación en línea
Ley para la Generación Distribuida (Ley N° 20.571)Nuevo procedimiento de conexión
21
www.energia.gob.cl División Energías Renovables
Contexto:- Nuevo reglamento establece plazos muy acotados que la
empresa distribuidora debe cumplir.
- Se requiere una fiscalización aún más efectiva por parte de la SEC.
- En algunas zonas del país, para realizar los trámites de conexión, los clientes deben viajar varias horas hasta una oficina de la empresa distribuidora.
PLATAFORMA DE TRAMITACIÓN EN LÍNEA
Ley para la Generación Distribuida (Ley N° 20.571)Nuevo procedimiento de conexión
22
www.energia.gob.cl División Energías Renovables
23
Ventajas de una plataforma en línea
- Agiliza los tiempos de tramitación para el cliente y reduce costos.
- Permite a la empresa distribuidora responder en forma más rápida.
- Da acceso a la SEC a todas las comunicaciones entre clientes y distribuidoras.
- La fiscalización se refuerza.
Al estar alojada en la SEC, la plataforma puede hacer estampa de tiempo y servir como elemento de fiscalización.
Ley para la Generación Distribuida (Ley N° 20.571)Nuevo procedimiento de conexión
www.energia.gob.cl División Energías Renovables
24
www.energia.gob.cl División Energías Renovables
25
En resumen…
SRFV
Instalaciones aisladas
Con baterías
Sin baterías
Instalaciones con conexión a red de distribución
TE1TE4
www.energia.gob.cl División Energías Renovables
26
Leyes, normativas e instructivos de interés
- Norma Chilena Eléctrica 4/2003 para Instalaciones de Consumo en Baja Tensión (NCh Elec 4/2003).
http://www.sec.cl/sitioweb/electricidad_normastecnicas/Norma4_2003.pdf
- Norma Chilena Eléctrica 2/1984 “Electricidad. Elaboración y Presentación de Proyectos” (NCh Elec 2/84).
http://www.sec.cl/sitioweb/electricidad_normastecnicas/NCh2_84.pdf
- Norma Técnica de Conexión y Operación de Equipamiento de Generación en Baja Tensión (NTCO EGBT).
http://www.sec.cl/pls/portal/docs/PAGE/SECNORMATIVA/ELECTRICIDAD_NET_METERING/NORMA_TECNICA_GENERACION_BT.PDF
- RGR N° 01/2017; RGR N° 02/2014; RGR N° 03/2016http://www.sec.cl/portal/page?_pageid=33,5819722&_dad=portal&_schema=PORTAL
www.energia.gob.cl División Energías Renovables
27
Enlaces de interés
- Tramitación en Línea:
http://wlprod02.sec.cl:8080/ntbill/
- Equipamiento autorizado por la SEC:
http://www.sec.cl/portal/page?_pageid=33,5847695,33_5905757&_dad=portal&_schema=PORTAL
- Instaladores y proveedores eléctricos que han inscrito un formulario TE4 ante la SEC:
http://www.sec.cl/portal/page?_pageid=33,6169736,33_6169738&_dad=portal&_schema=PORTAL
- Formularios para la tramitación:
http://www.sec.cl/portal/page?_pageid=33,5821714,33_6716103&_dad=portal&_schema=PORTAL
www.energia.gob.cl División Energías Renovables
http://www.sec.cl/generacionciudadanahttp://www.minenergia.cl/ley20571/
http://www.minenergia.cl/exploradorsolar/ http://www.minenergia.cl/techossolares/
http://www.minenergia.cl/pfinanciamiento/
Más información:
28
Gracias por su atenciónwww.energia.gob.cl/energias-renovables
División Energías Renovables