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MANUAL DE ORGANIZACIÓN DIRECCIÓN DE DESARROLLO Y BIENESTAR SOCIAL
FECHA DE APROBACIÓN -------2018
ÍNDICE Presentación Filosofía Institucional Misión Visión Valores Vinculación con en el Plan Municipal de Desarrollo Marco Legal Estructura Orgánica Atribuciones Directorio Inventario de servicios Requisitos y procedimientos Cédulas de tramites servicios y procedimientos 1.- Atención y resolución de las quejas o denuncias presentadas por incumplimiento de las obligaciones de los Servidores Públicos Municipales 2.- Atención a las solicitudes de información Presentación del manual El presente documento oficial tiene el propósito de describir la estructura, funciones, servicios y procedimientos de cada unidad de la Dirección de Desarrollo y Bienestar Social y el marco legal que las rige y coadyuvar a la ejecución correcta de las labores encomendadas al personal vigente y de nuevo ingreso, para la optimización de recursos y prestar servicios oportunos, de calidad y con calidez. Filosofía Institucional. Los principios básicos bajo los cuales se rige la Administración Municipal fueron plasmados por el Honorable Ayuntamiento, atendiendo a la voluntad popular en el Plan Municipal de Desarrollo 2017-2021, los cuales por instrucción del Ayuntamiento, se han consolidado como eje rector de todas y cada una de las acciones de Gobierno, que se ejecuten por conducto de las dependencias en ejecución de la filosofía institucional, siendo los siguientes:
Misión Guiar de forma responsable al Municipio de Bahía de Banderas en alianza, sociedad y gobierno para conformar un municipio próspero, seguro, competitivo, sustentable y resiliente, prestar servicios públicos eficientes y oportunos, a través de buenas prácticas de gestión humanista e incluyente, administración de recursos, transparencia y rendición de cuentas que sustenten la confianza y satisfacción ciudadana.
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Visión Hacer de Bahía de Banderas un hábitat seguro, para la población y sus visitantes; competitivo, en donde su equipamiento urbano está en armonía con su belleza natural y, a su vez, con el aprovechamiento sustentable de su vasta vocación turística, agropecuaria y pesquera que apuntalan su desarrollo integral, social y económicamente equitativo. Con la participación responsable de gobierno y sociedad, se suman voluntades y capacidades que hacen de nuestro Municipio un referente positivo de progreso, cultura y bienestar.
Valores Este gobierno se compromete a que cada una de sus decisiones y acciones sea con el objetivo de buscar el bienestar social, por lo que nos regimos por los siguientes valores: Integridad; Innovación; empatía, lealtad con la comunidad, respeto de los derechos humanos; y responsabilidad al administrar los recursos públicos. Vinculación con en el Plan Municipal de Desarrollo La Dirección de Desarrollo y Bienestar Social contribuye en el cumplimiento de los programas, metas y objetivos plasmados en el Plan Municipal de Desarrollo, en los siguientes términos:
Eje objetivo Objetivos específicos
Programa o proyecto
Líneas de acción Sistema de evaluación
2 JUNTOS POR EL DESARROLLO SUSTENTABLE
Consolidar a Bahía de
Banderas, como un
Municipio sostenible,
Sustentable, resiliente,
inclusivo, seguro y mejor
conectado, mediante la
conformación participativa
de la agenda urbana
Innovadora, integral con
visión de futuro, que
contemple estrategias para
mejorar y ampliar la
cobertura y calidad de los
servicios públicos, la
infraestructura, (vivienda,
equipamiento, manejo y
disposición final de residuos
sólidos, agua potable y
saneamiento, alumbrado,
movilidad, ordenamiento
del uso de suelo e imagen
urbana) como elementos
propulsores del desarrollo
económico, social y urbano,
Productos
cárnicos
saludables,
garantizar que el
consumo de
carne en el
municipio que se
sacrifica en el
rastro, cumpla
con las normas
de calidad,
sanidad y
humanitarias.
Productos Cárnicos Saludables
10.1 10.2 10.3 10.4
Mir POA CÉDULAS DE EVALUACIÓN
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Eje objetivo Objetivos específicos
Programa o proyecto
Líneas de acción Sistema de evaluación
4 Juntos por la calidad de vida incluyente.
Consolidar un municipio próspero con sentido humanista y solidario, en el que prevalezca la inclusión y equidad como política trasversal y el fortalecimiento de los grupos vulnerables a través de la salud, educación, la cultura, deporte, valores como elementos de desarrollo y bienestar social.
-Infraestructura
para el desarrollo
humano, dotar de
infraestructura
necesaria para la
prestación de los
servicios
asistenciales en
forma eficiente,
equitativa, digna
oportuna.
-Bahía Actívate,
fortalecer el
deporte,
fomentar la
salud, física y
mental de la
población.
- Aumentar la
disponibilidad de
servicios de salud
en el municipio,
para la población
-Bien y de Buenas por Tu Colonia. -Infraestructura para el Desarrollo Humano. -Bahía Actívate. -Bahía Sano. -En Bahía promovemos la Cultura. -Derecho de las Mujeres al Hecho. -Todos merecemos estar bien. Para el desarrollo competitivo apostamos a la educación. -Bahía Joven. -Adultos Mayores.
4.1.1.1 4.1.1.2 4.1.1.3 4.1.1.8 4.1.1.1.10 4.1.1.1.11 4.1.1.1.14 4.1.1.1.15 4.1.1.1.20 4.1.1.1.21 4.1.2.1 4.1.2.2 4.1.2.3 4.1.2.4 4.1.2.5 4.1.2.6 4.1.3.6 4.1.3.7 4.1.3.9 4.1.3.10 4.1.3.13 4.1.3.14 4.1.3.16 4.1.3.17 4.1.3.18 4.1.3.19 4.1.4.1 4.1.4.2 4.1.4.3 4.1.4.4 4.1.4.5 4.1.4.5 4.1.4.6 4.1.4.7
Mir POA CÉDULAS DE EVALUACIÓN
que inciden además en el
mejoramiento de la calidad
de vida de los habitantes.
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abierta, a través,
de unidades de
atención médica
móviles y fijas.
- Lograr que
Bahía sea un
referente de
cultura y arte a
nivel nacional e
internacional y
fomentar el
turismo cultural.
- Lograr que las
mujeres del
municipio se
desarrollen en un
ambiente libre de
violencia y de
equidad, que les
permita el
desarrollo
integral de sus
capacidades,
como pilar de las
familias de Bahía
de Banderas,
para que logren
oportunidades de
mejorar su
calidad de vida y
la de sus familias.
- Generar
4.1.4.8 4.1.5.9 4.1.5.10 4.1.5.11 4.1.5.12 4.1.6.1 4.1.6.2 4.1.6.3 4.1.6.4 4.1.6.5
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condiciones de
inclusión e
igualdad de
oportunidades
para toda la
población logre
elevar su Calidad
de vida.
- Favorecer una
educación de
vanguardia en
Bahía de
Banderas, que
nos permita
consolidarnos
como municipio
próspero,
sustentable y
competitivo.
- Gestionar y
facilitar
herramientas
necesarias para
garantizar el
desarrollo
integral de la
Juventud de
Bahía de
Banderas,
fortaleciendo y
fomentando la
organización y
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participación
social, la
educación y
capacitación
permanente,
desarrollo de las
expresiones
deportivas,
culturales y
artísticas, el
cuidado de su
salud,
promoviendo
acciones para
impulsar el
emprendurismo e
inserción laboral,
para el
mejoramiento de
las condiciones
de vida de su
calidad de vida, a
través de la
implementación
de políticas
públicas
municipales
trasversales para
generar mayores
oportunidades y
alternativas de
desarrollo,
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superación,
bienestar e
inserción social
de los Jóvenes.
-Mejorar la
calidad y el nivel
de vida de las
familias indígenas
del municipio.
- Fortalecer e
implementar una
cultura de
respeto y trato
digno a los
adultos mayores;
y brindar
herramientas
para su inclusión
social y laboral en
forma digna.
Marco legal Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Constitución Política del Estado de Nayarit
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Ley Municipal para el Estado de Nayarit Reglamento Orgánico para el Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit. Estatuto de los trabajadores al servicio del estado y municipios. Ley General de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nayarit. Ley de Presupuesto Contabilidad y Gasto Público del Estado de Nayarit. Ley de Transparencia. Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación. Ley de Fiscalización del Estado. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas. Reglamento de Adquisiciones. Estructura orgánica. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 110 del Reglamento de la Administración Pública para el Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit; para el despacho de los asuntos de su competencia la Dirección de Desarrollo y Bienestar Social contará con las siguientes áreas:
I. Subdirección de Educación; II. Coordinación de Desarrollo Social, Organización y Participación Ciudadana; III. Coordinación de Salud Municipal; IV. Coordinación de Planeación y Programas Sociales; V. Demás personal que de acuerdo a las necesidades del servicio y disponibilidad
presupuestal se asigne. A la Dirección de Desarrollo y Bienestar Social se encontrarán sectorizados los Institutos Municipales que a continuación se describen, los cuales se integran y tienen las atribuciones que señalen los reglamentos respectivos que tenga a bien expedir el Ayuntamiento: a) Instituto Municipal de Arte y Cultura; b) Instituto Municipal del Deporte; c) Instituto Municipal de la Juventud d) Instituto Municipal de las Mujeres; Organigrama
ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO Y BIENESTAR SOCIAL
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Atribuciones Estas se encuentran establecidas de los artículos 111 a 118 del Reglamento de la Administración Pública para el Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit; los cuales establecen lo siguiente: Artículo 111.- Es competencia de la Subdirección de Educación Municipal, la atención de los
siguientes asuntos:
I.- Ejecutar las políticas públicas, programas y acciones que en materia de educación se
establezcan dentro de los lineamientos del Plan Municipal de Desarrollo;
II.- Organizar eventos que permitan el acercamiento de los estudiantes con las instituciones
educativas y su oferta académica;
III.- Orientar y canalizar a los ciudadanos interesados en cursar la preparatoria en y a los adultos
que estén interesados en terminar sus estudios de primaria y secundaria;
IV.- Realizar acciones en coordinación con las autoridades estatales y federales para abatir el
analfabetismo en el municipio;
DIRECTOR
SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN
COORDINACIÓN DE PLANEACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL, ORGANIZACIÓN Y
PARTICIPACION CIUDADANA
COORDINACIÓN DE PLANEACIÓN DE SALUD MUNICIPAL
COORDINACIÓN DE PLANEACIÓN Y PROGRAMAS SOCIALES
INSTITUTO MUNICIPAL DE LA MUJER
INSTITUTO MUNICIPAL DE LA JUVENTUD
INSTITUTO MUNICIPAL DE ARTE Y CULTURA
INSTITUTO MUNICIPAL DEL DEPORTE
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V.- Promover el fortalecimiento institucional con las dependencias responsables de la educación
en el Estado así como también realizar labores de apoyo a las gestiones de los planteles educativos
de nivel básico ante autoridades municipales.
VI.- Gestionar la vinculación entre instituciones gubernamentales de los tres órdenes de gobierno,
asociaciones civiles, instituciones educativas, organismos no gubernamentales y órganos
descentralizados de la administración pública municipal, para elevar el nivel educativo en el
municipio;
VII.- Diseñar, formular e implementar en coordinación con las autoridades competentes
estrategias y acciones que coadyuven a elevar la calidad de la educación que se imparte en los
centros educativos del municipio y promover la impartición de lenguas extranjeras como base de
la competitividad de los estudiantes;
VIII.- Programar reuniones con asociaciones de padres de familia, directores y otras dependencias
para la atención de necesidades educativas;
IX.- Otorgar de conformidad con los recursos presupuestales disponibles, becas y apoyos
económicos en materia de educación;
X.- Coadyuvar con otras áreas del gobierno municipal en la difusión en los centros educativos
públicos y privados de programas de educación vial, del medio ambiente y de otros temas que por
parte del Ayuntamiento se emitan de manera general a la población del Municipio;
XI.- Proponer al Director los acuerdos o convenios de colaboración con las autoridades estatales y
federales para realizar acciones de apoyo a la educación;
XII.- Colaborar con las áreas competentes en la programación de las obras de construcción,
ampliación, mantenimiento, rehabilitación y mejora en infraestructura, equipo e instalaciones de
las escuelas del municipio, con recursos municipales; y
XIII.- Las demás que las leyes de la materia y el Presidente encomienden.
ARTICULO 112.- Es competencia de la Coordinación de Desarrollo Social y Organización y
Vinculación Ciudadana, la atención de los siguientes asuntos:
I.- Colaborar con el IMPLAN, en la promoción y fomento de la participación ciudadana en la
Integración del Plan Municipal de desarrollo y demás acciones de gobierno;
II.- Impulsar y promover el reconocimiento y ejercicio pleno de los derechos del adulto mayor, los
niños, niñas y adolescentes, las mujeres, las personas con capacidades diferentes y lograr su
inclusión efectiva al desarrollo social y económico;
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III.- Proponer el programa de obras prioritarias, atendiendo a las peticiones sociales;
IV.- Planear y gestionar la participación y acceso del municipio en los programas federales;
V.- Dirigir, ordenar y estimular el desarrollo social y comunitario del municipio;
VI.- Proponer al Director la política general de desarrollo social y de participación ciudadana;
VII.- Organizar, promover, procurar y fomentar el establecimiento y operación de las formas de
participación y colaboración ciudadana en el municipio;
VIII.- Promover la operación de los comités de vecinos, presidente de colonia, jefe de manzana en
los términos de la normatividad de la materia; y
IX.- Las demás que la Ley, el Presidente Municipal y el Director le encomienden.
Artículo 113.- Es competencia de la Coordinación de Planeación y Programas Sociales, la atención
de los siguientes asuntos:
I.- Proponer los programas de inversión, estructuras financieras y fuentes de financiamiento para
el municipio;
II.- Proponer al Director mecanismos ágiles de coordinación entre las dependencias que participan
en materia de desarrollo a fin de que en forma conjunta Municipio, Estado y Federación puedan
diagnosticar y ponderar las necesidades reales del municipio, y se realicen los programas para su
atención;
III.- Proponer programas y acciones a concertar con entes de interés privado, social y público, con
el propósito de coadyuvar a alcanzar los objetivos del desarrollo del municipio;
IV.- Coadyuvar con el Director en la gestión ante la Federación y el Estado la autorización de
inversiones que contribuyan a consolidar el desarrollo económico y social del municipio;
V.- Coadyuvar con el Director en la gestión ante el gobierno estatal y federal, programas de
inversión, gasto y financiamiento para ejecutarse dentro del Municipio;
VI.- Coadyuvar con el DIF municipal en la ejecución y asignación de apoyos a personas sujetas a la
asistencia social de conformidad a la disponibilidad de recursos y a los criterios que se definan en
los programas;
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VII.- Ejecutar y operar conforme a la normatividad aplicable los proyectos o acciones específicas
de los programas federales y estatales de desarrollo social;
VIII.- Coordinar la difusión de los programas y acciones de origen federal y estatal, orientadas a
mejorar la calidad de vida de la población en situación de pobreza, marginación y vulnerabilidad
social;
IX.- Recopilar información básica de los avances de los programas sociales, así como beneficiarios
de los Programas Federales y Estatales para establecer mecanismos de coordinación con dichas
autoridades y ampliar su cobertura; y
X.- Las demás que por disposición de la Ley o por instrucción del Presidente Municipal ò el Director
le señale.
Artículo 114.- Es competencia de la Coordinación de Salud Municipal, la atención de los siguientes
asuntos:
I.- Promover en coordinación con otras dependencias municipales y estatales la salud integral
ciudadana, mediante el establecimiento de estrategias para la adecuada utilización del tiempo
libre, la prevención de la delincuencia y la drogadicción;
II.- Implementar en coordinación con otras dependencias municipales y estatales acciones directas
e indirectas de fomento a la salud integral, individual y colectiva;
III.- Promover campañas de prevención de la salud en todo el municipio y particularmente
gestionar junto con las dependencias competentes la atención de personas con problemas de
salud mental, y capacidades diferentes, para su atención y tratamiento integral;
IV.- Promoción de la participación ciudadana para lograr mejores niveles de salud integral entre la
población;
V.- Realizar actividades educativas y preventivas encaminadas a vigilar el estado de salud del
individuo y de la colectividad;
VI.- Implementar y ejecutar campañas en conjunto con la población, de salvaguarda de la salud
pública y de aseo correspondientes, encaminadas a sanear espacios públicos abiertos, fuentes,
glorietas, monumentos, áreas privadas y públicas y/o espacios susceptibles de albergar agua
estancada y demás sustancias o materiales que sean considerados insalubres hacia la población o
que puedan propiciar la propagación de enfermedades, ya sea de manera directa o por agentes
alternos;
VII.- Colaborar con el Centro de Control y Bienestar Animal, para que se retenga y de atención a
los animales que pueden ser perjudiciales para la salud pública a juicio del médico veterinario;
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VIII.- Distribuir material impreso en el municipio que proporcionen las Autoridades Sanitarias;
XI.- Promover entre los servidores públicos municipales y sociedad en general la educación para la
salud, la prevención y el autocuidado;
X.- Realizar el saneamiento y preservación de los entornos habitacionales, escolares y laborales
como condicionantes de la salud de las personas, en coordinación con las dependencias
competentes;
XI.- Promover programas de activación física en lugares públicos, para impulsar estilos de vida
sana, y trabajar en la prevención de enfermedades de mayor prevalencia y costo social, en
coordinación con las dependencias competentes;
XII.- Practicar con apoyo de las demás autoridades municipales competentes, las inspecciones,
aseguramientos de bienes y mercancías a comerciantes ambulantes que pongan en peligro la
salud pública, de conformidad con los convenios de colaboración que se celebren con las
autoridades competentes;
XIII.- Colaborar con las autoridades federales y locales en campañas de vacunación, ferias de
salud, detecciones oportunas de cáncer cervico uterino, diabetes mellitus, hipertensión arterial,
embarazo de alto riesgo, así como, impartir pláticas de salud sexual y reproductiva a población en
general y especialmente a las parejas próximas a contraer nupcias;
XIV.- Brindar en coordinación con las demás autoridades municipales atención médica primaria,
dental, psicológica y nutricional en las unidades móviles y permanentes en el municipio;
XV.- Coadyuvar con las autoridades competentes para que en el municipio se cumpla con la
prohibición de la venta a menores de edad de bebidas alcohólicas, cigarrillos y productos o
sustancias químicas, incluyendo pegamentos, barnices, thinner, lacas, selladores y toda sustancia
que al inhalarse perjudique la salud;
XVI.- Coadyuvar con las demás instancias municipales y estatales, con la finalidad de que los giros
mercantiles, cumplan con las disposiciones sanitarias vigentes;
XVII.- Colaborar con las autoridades municipales competentes para que el funcionamiento de
establos y criadero de animales se autorice únicamente en áreas no urbanas y siempre que no
afecten las condiciones higiénicas de los vecinos;
XVIII.- Colaborar con el Centro de Control y Bienestar animal e instituciones privadas para realizar
campañas de vacunación, desparasitación y esterilización;
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XIX.- Promover acciones y campañas para erradicar las enfermedades de trasmisión sexual; y
XX.- Las demás que por disposición de la Ley o por instrucción del Presidente Municipal le señale.
Artículo 115.- El Instituto Municipal de la Mujer, es un órgano desconcentrado de la Dirección de
Desarrollo y Bienestar Social, con carácter especializado y consultivo para la promoción de la
igualdad de derechos y oportunidades para las mujeres, cuenta con autonomía técnica y de
gestión, con capacidad para elaborar sus propios programas institucionales, e investido de un
consejo asesor conformado por personas destacadas en el ámbito de la materia y rige su
actuación, integración, facultades de conformidad con el reglamento interior que expida el
Ayuntamiento.
Artículo 116.- El Instituto Municipal de la Juventud, es un órgano desconcentrado de la Dirección
de Desarrollo y Bienestar Social, que cuenta con autonomía técnica y de gestión, con capacidad
para elaborar sus propios programas institucionales, e investido de un consejo asesor conformado
por Jóvenes destacados en el ámbito de la materia y rige su actuación, integración, facultades de
conformidad con el reglamento interior que expida el Ayuntamiento, que tiene como propósito
promover, gestionar y facilitar herramientas necesarias para garantizar el desarrollo integral de la
Juventud de Bahía de Banderas, para generar mayores oportunidades y alternativas de desarrollo,
superación, bienestar e inserción social de los Jóvenes.
Artículo 117.- El Instituto Municipal de las Artes y Cultura, es un órgano desconcentrado de la
Dirección de Desarrollo y Bienestar Social, que cuenta con autonomía técnica y de gestión, con
capacidad para elaborar sus propios programas institucionales, e investido de un consejo asesor
conformado por personas destacadas en el ámbito de la materia y rige su actuación, integración,
facultades de conformidad con el reglamento interior que expida el Ayuntamiento, Tiene como
propósito promover la cultura, artes en la población, dirigir las actividades del cronista municipal,
así como, proteger y difundir el patrimonio cultural del municipio, Con la finalidad de que en todas
las regiones del municipio la cultura se transforme en motor del desarrollo económico y lograr que
a través de las manifestaciones culturales, se promueva la conformación de pueblos mágicos,
zonas de atractivos naturales y culturales.
Artículo 118.- El Instituto Municipal del Deporte, es un órgano desconcentrado de la Dirección de
Desarrollo y Bienestar Social, que cuenta con autonomía técnica y de gestión, con capacidad para
elaborar sus propios programas institucionales, e investido de un consejo asesor conformado por
personas destacadas en el ámbito de la materia y rige su actuación, integración, facultades de
conformidad con el reglamento interior que expida el Ayuntamiento, tiene por objeto: promover,
gestionar y facilitar herramientas necesarias la práctica deportiva en el municipio como medios de
Inclusión, salud, desarrollo económico y prevención del delito en favor de Ia población.
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Perfil de puestos El grado de estudios deseable tanto para el Director, como para los titulares de la subdirección; coordinadores; y titulares de los Institutos, se recomienda:
Licenciatura en el ámbito de las ciencias sociales.
Licenciatura en Educación, Educación Física, Trabajo Social, Músicos, etc.
Médico Cirujano y partero; Enfermera.
Carreras Afines.
Además de contar con conocimientos técnicos en:
Organización Social Gestión Pública Municipal. Participación Ciudadana. Transparencia y
Rendición de Cuentas Técnicas de entrenamiento deportivo Técnicas de aprendizaje musical. Actitudes deseables para el puesto: TOMA DE DECISIONES. LIDERAZGO. ORIENTACIÓN AL CIUDADANO. SOLUCIÓN DE PROBLEMAS. CAPACIDAD DE ANÁLISIS, COMUNICACIÓN. INICIATIVA. ANEXO: Directorio Director Subdirección de Educación Coordinación de Desarrollo Social, Organización y Participación Ciudadana. Coordinación de Salud Coordinación de Planeación y Programas Sociales Instituto Municipal de la Mujer Instituto del Deporte Instituto de Arte y Cultura Instituto de la Juventud
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Inventario de Atribuciones y Servicios
ACCIÓN
CREACIÓN ATENCIÓN DE LOS COMITES DE OBRA PÚBLICA (interno)
OPERACIÓN DE LOS CEDECOS (Externo)
FUNCIONAMIENTO DE UNIDADES DEPORTIVAS MUNICIPALES (externo)
PRESENTACIÓN DE LA ORQUESTA MUNICIPAL (Externo)
PRESENTACIÓN DEL BALLET MUNICIPAL (Externo)
CONFORMAR Y OPERAR LOS PROGRAMAS SOCIALES (Externo)
CONFORMAR Y OPERAR TALLERES DE ARTE Y CULTURA (Externo)
CONFORMAR Y OPERAR EQUIPOS DEPORTIVOS POPULARES (Externo) ORGANIZAR TORNEOS Y COMPETENCIAS DEPORTIVAS. (Externo)
ORGANIZAR EVENTOS ARTISTICOS Y CULTURALES (Externo)
ATENDER Y DAR CONSULTA MEDICA A PERSONAS VULNERABLES (Externo
CANALIZAR ENFERMOS A HOSPITALES PÚBLICOS (Externo)
CANALIZAR PERSONAS VULNERABLES AL SEGURO POPULAR (EXTERNO)
Requisitos y procedimientos Cédula de servicio y procedimiento
DEPENDENCIA: DESARROLLO Y BIENESTAR SOCIAL
NOMBRE DEL TRÁMITE FUNCIONAMIENTO DE LAS UNIDADES DEPORTIVAS
DOMICILIO: HIDALGO N. 43 VALLE DE BANDERAS, NAYARIT
TELÉFONO: 3292911870 ETX. 551
HORARIO DE ATENCIÓN 9 a 5 de lunes a viernes
CORREO ELECTRÓNICO planeación @bahiadebanderas.gob.mx
Descripción Presentación de solicitud para uso de las Instalaciones de las Unidades Deportivas.
Procedimiento: Recepción de la solicitud.
Requisitos: Presentación de la solicitud por escrito señalando el tipo de instalación a usar su ubicación, tiempo y horario. Presentación
Tiempo de respuesta: 8 días hábiles
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del responsable de la solicitud
Costo: Sin costo Lugar de pago: No aplica
Documento que obtiene: Informe final de resultado
Observaciones: No aplica
Fundamento legal: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política del Estado de Nayarit, Ley Municipal del Estado de Nayarit, Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit.
Fecha de aprobación de formato Nombre Firma
Certificación de Manual
ELABORÓ Dirección de Desarrollo y Participación Social
REVISÓ Oficialía Mayor Administrativa
APROBÓ H. Ayuntamiento de Bahía de Banderas
Requisitos y procedimientos Cédula de servicio y procedimiento
DEPENDENCIA: DESARROLLO Y BIENESTAR SOCIAL
NOMBRE DEL TRÁMITE PRESENTACION DE LA ORQUESTA MUNICIPAL
DOMICILIO: HIDALGO N. 43 VALLE DE BANDERAS, NAYARIT
TELÉFONO: 3292911870 ETX. 551
HORARIO DE ATENCIÓN 9 a 5 de lunes a viernes
CORREO ELECTRÓNICO planeación @bahiadebanderas.gob.mx
Descripción Recepción de solicitudes para presentación de la Orquesta Municipal para eventos públicos.
Procedimiento: Se recibe la solicitud y se verifica el calendario de compromisos establecidos.
Requisitos: entrega por escrito de la solicitud de presentación de la orquesta en eventos
Tiempo de respuesta: 15 días hábiles
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públicos acompañada de copia del INE, comprobante de domicilio, acta de nacimiento y Curp; Del solicitante.
Costo: Sin costo Lugar de pago: No aplica
Documento que obtiene: escrito de aceptación en su caso.
Observaciones: No aplica
Fundamento legal: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política del Estado de Nayarit, Ley Municipal del Estado de Nayarit, Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit.
Fecha de aprobación de formato Nombre Firma
Certificación de Manual
ELABORÓ Dirección de Desarrollo y Participación Social
REVISÓ Oficialía Mayor Administrativa
APROBÓ H. Ayuntamiento de Bahía de Banderas
Requisitos y procedimientos Cédula de servicio y procedimiento
DEPENDENCIA: DESARROLLO Y BIENESTAR SOCIAL
NOMBRE DEL TRÁMITE OPERACIÓN DE LOS CEDECOS
DOMICILIO: HIDALGO N. 43 VALLE DE BANDERAS, NAYARIT
TELÉFONO: 3292911870 ETX. 551
HORARIO DE ATENCIÓN 9 a 5 de lunes a viernes
CORREO ELECTRÓNICO planeación @bahiadebanderas.gob.mx
Descripción Recepción de solicitudes para inscribirse en un curso o taller de capacitación para actividades manuales productivas. Preferentemente dirigidos a mujeres.
Procedimiento: Se verifica que existan cursos programados y cupo en ellos para inscribir.
Requisitos: Presentación por escrito de la solicitud de inscripción al curo o taller
Tiempo de respuesta: 5 días hábiles
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especifico acompañada de copia del INE, comprobante de domicilio, acta de nacimiento y Curp.
Costo: Sin costo Lugar de pago: No aplica
Documento que obtiene: boleta de inscripción.
Observaciones: No aplica
Fundamento legal: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política del Estado de Nayarit, Ley Municipal del Estado de Nayarit, Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit.
Fecha de aprobación de formato Nombre Firma
Certificación de Manual
ELABORÓ Dirección de Desarrollo y Participación Social
REVISÓ Oficialía Mayor Administrativa
APROBÓ H. Ayuntamiento de Bahía de Banderas
Requisitos y procedimientos Cédula de servicio y procedimiento
DEPENDENCIA: DESARROLLO Y BIENESTAR SOCIAL
NOMBRE DEL TRÁMITE CONFORMAR Y OPERAR LOS PROGRAMAS SOCIALES.
DOMICILIO: HIDALGO N. 43 VALLE DE BANDERAS, NAYARIT
TELÉFONO: 3292911870 ETX. 551
HORARIO DE ATENCIÓN 9 a 5 de lunes a viernes
CORREO ELECTRÓNICO planeación @bahiadebanderas.gob.mx
Descripción Recepción de solicitudes para recibir apoyo en programas de atención social. Preferentemente dirigidos a mujeres.
Procedimiento: Se verifica que existan convocatorias de programas asistenciales para personas en pobreza extrema.
Requisitos: Presentación por escrito de la Tiempo de respuesta: 20 días hábiles.
20
solicitud de apoyo específico acompañada de copia del INE, comprobante de domicilio, acta de nacimiento y Curp.
Después de aplicar estudio socioeconómico.
Costo: Sin costo Lugar de pago: No aplica
Documento que obtiene: aceptación o no de los apoyos de programas sociales.
Observaciones: No aplica
Fundamento legal: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política del Estado de Nayarit, Ley Municipal del Estado de Nayarit, Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit.
Fecha de aprobación de formato Nombre Firma
Certificación de Manual
ELABORÓ Dirección de Desarrollo y Participación Social
REVISÓ Oficialía Mayor Administrativa
APROBÓ H. Ayuntamiento de Bahía de Banderas
Requisitos y procedimientos Cédula de servicio y procedimiento
DEPENDENCIA: DESARROLLO Y BIENESTAR SOCIAL
NOMBRE DEL TRÁMITE PRESENTACION DEL BALLET MUNICIPAL
DOMICILIO: HIDALGO N. 43 VALLE DE BANDERAS, NAYARIT
TELÉFONO: 3292911870 ETX. 551
HORARIO DE ATENCIÓN 9 a 5 de lunes a viernes
CORREO ELECTRÓNICO planeación @bahiadebanderas.gob.mx
Descripción Recepción de solicitudes para presentación del Ballet municipal para eventos públicos.
Procedimiento: Se recibe la solicitud y se verifica el calendario de compromisos establecidos.
Requisitos: Entrega por escrito de la solicitud de presentación del Ballet municipal en
Tiempo de respuesta: 15 días hábiles
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eventos públicos, acompañada de copia del INE, comprobante de domicilio, acta de nacimiento y Curp; Del solicitante.
Costo: Sin costo Lugar de pago: No aplica
Documento que obtiene: escrito de aceptación en su caso.
Observaciones: No aplica
Fundamento legal: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política del Estado de Nayarit, Ley Municipal del Estado de Nayarit, Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit.
Fecha de aprobación de formato Nombre Firma
Certificación de Manual
ELABORÓ Dirección de Desarrollo y Participación Social
REVISÓ Oficialía Mayor Administrativa
APROBÓ H. Ayuntamiento de Bahía de Banderas
Requisitos y procedimientos Cédula de servicio y procedimiento
DEPENDENCIA: DESARROLLO Y BIENESTAR SOCIAL
NOMBRE DEL TRÁMITE CONFORMAR Y OPERAR TALLERES DE ARTE Y CULTURA
DOMICILIO: HIDALGO N. 43 VALLE DE BANDERAS, NAYARIT
TELÉFONO: 3292911870 ETX. 551
HORARIO DE ATENCIÓN 9 a 5 de lunes a viernes
CORREO ELECTRÓNICO planeación @bahiadebanderas.gob.mx
Descripción Recepción de solicitudes para inscribirse en un curso o taller de actividades artístico culturales. Preferentemente dirigidos a mujeres, jóvenes y niños.
Procedimiento: Se verifica que existan cursos programados y cupo en ellos para inscribir.
Requisitos: Presentación por escrito de la Tiempo de respuesta: 5 días hábiles
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solicitud de inscripción al curso o taller especifico acompañada de copia del INE, comprobante de domicilio, acta de nacimiento y Curp.
Costo: Sin costo Lugar de pago: No aplica
Documento que obtiene: boleta de inscripción en su caso.
Observaciones: No aplica
Fundamento legal: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política del Estado de Nayarit, Ley Municipal del Estado de Nayarit, Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit.
Fecha de aprobación de formato Nombre Firma
Certificación de Manual
ELABORÓ Dirección de Desarrollo y Participación Social
REVISÓ Oficialía Mayor Administrativa
APROBÓ H. Ayuntamiento de Bahía de Banderas
Requisitos y procedimientos Cédula de servicio y procedimiento
DEPENDENCIA: DESARROLLO Y BIENESTAR SOCIAL
NOMBRE DEL TRÁMITE CONFORMAR Y OPERAR EQUIPOS DEPORTIVOS POPULARES
DOMICILIO: HIDALGO N. 43 VALLE DE BANDERAS, NAYARIT
TELÉFONO: 3292911870 ETX. 551
HORARIO DE ATENCIÓN 9 a 5 de lunes a viernes
CORREO ELECTRÓNICO planeación @bahiadebanderas.gob.mx
Descripción Recepción de solicitudes para inscribirse en un
Procedimiento:
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curso o taller de actividades deportivas. Preferentemente dirigidos a mujeres, jóvenes y niños.
Se verifica que existan cursos programados y cupo en ellos para inscribir.
Requisitos: Presentación por escrito de la solicitud de inscripción al curso o taller especifico acompañada de copia del INE, comprobante de domicilio, acta de nacimiento y Curp.
Tiempo de respuesta: 5 días hábiles
Costo: Sin costo Lugar de pago: No aplica
Documento que obtiene: boleta de inscripción en su caso.
Observaciones: No aplica
Fundamento legal: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política del Estado de Nayarit, Ley Municipal del Estado de Nayarit, Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit.
Fecha de aprobación de formato Nombre Firma
Certificación de Manual
ELABORÓ Dirección de Desarrollo y Participación Social
REVISÓ Oficialía Mayor Administrativa
APROBÓ H. Ayuntamiento de Bahía de Banderas
Requisitos y procedimientos Cédula de servicio y procedimiento
DEPENDENCIA: DESARROLLO Y BIENESTAR SOCIAL
NOMBRE DEL TRÁMITE ORGANIZAR TORNEOS Y COMPETENCIAS DEPORTIVAS
DOMICILIO: HIDALGO N. 43 VALLE DE BANDERAS, NAYARIT
TELÉFONO: 3292911870 ETX. 551
HORARIO DE ATENCIÓN 9 a 5 de lunes a viernes
CORREO ELECTRÓNICO planeación @bahiadebanderas.gob.mx
Descripción Recepción de solicitudes para inscribirse en un Torneo deportivo. Preferentemente dirigidos a mujeres, jóvenes y niños.
Procedimiento: Se expide convocatoria pública para participar en torneos deportivos con los requisitos para el participante.
Requisitos: Presentación por escrito de la solicitud de inscripción al torneo convocado
Tiempo de respuesta: 5 días hábiles
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acompañada de copia del INE, comprobante de domicilio, acta de nacimiento y Curp. De los participantes.
Costo: Sin costo Lugar de pago: No aplica
Documento que obtiene: boleta de inscripción en su caso.
Observaciones: No aplica
Fundamento legal: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política del Estado de Nayarit, Ley Municipal del Estado de Nayarit, Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit.
Fecha de aprobación de formato Nombre Firma
Certificación de Manual
ELABORÓ Dirección de Desarrollo y Participación Social
REVISÓ Oficialía Mayor Administrativa
APROBÓ H. Ayuntamiento de Bahía de Banderas
Requisitos y procedimientos Cédula de servicio y procedimiento
DEPENDENCIA: DESARROLLO Y BIENESTAR SOCIAL
NOMBRE DEL TRÁMITE ATENDER Y DAR CONSULTA MEDICA A PERSONAS VULNERABLES
DOMICILIO: CALLE MICHOACAN N. 57 SAN JOSE DEL VALLE, NAYARIT
TELÉFONO: 3292911870 ETX. 551
HORARIO DE ATENCIÓN 9 a 5 de lunes a viernes
CORREO ELECTRÓNICO planeación @bahiadebanderas.gob.mx
Descripción Recepción de Pacientes en condición de vulnerabilidad que solicitan consulta médica.
Procedimiento: Se verifica que el paciente no requiera consulta urgente y se le da el día y hora de consulta. Si es de urgencia se le atiende y canaliza de inmediato.
Requisitos: solicitud de consulta médica Tiempo de respuesta: inmediato.
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acompañada de copia del INE, comprobante de domicilio, acta de nacimiento y Curp.
Costo: Sin costo Lugar de pago: No aplica
Documento que obtiene: receta médica. Observaciones: No aplica
Fundamento legal: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política del Estado de Nayarit, Ley Municipal del Estado de Nayarit, Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit.
Fecha de aprobación de formato Nombre Firma
Certificación de Manual
ELABORÓ Dirección de Desarrollo y Participación Social
REVISÓ Oficialía Mayor Administrativa
APROBÓ H. Ayuntamiento de Bahía de Banderas
Requisitos y procedimientos Cédula de servicio y procedimiento
DEPENDENCIA: DESARROLLO Y BIENESTAR SOCIAL
NOMBRE DEL TRÁMITE ATENDER Y DAR CONSULTA MEDICA A PERSONAS VULNERABLES
DOMICILIO: CALLE MICHOACAN, N. 57 SAN JOSE DEL VALLE, NAYARIT
TELÉFONO: 3292911870 ETX. 551
HORARIO DE ATENCIÓN 9 a 5 de lunes a viernes
CORREO ELECTRÓNICO planeación @bahiadebanderas.gob.mx
Descripción Recepción de Pacientes en condición de vulnerabilidad que solicitan consulta médica.
Procedimiento: Se verifica que el paciente no requiera consulta urgente y se le da el día y hora de consulta. Si es de urgencia se le atiende y canaliza de inmediato.
Requisitos: solicitud de consulta médica Tiempo de respuesta: inmediato.
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acompañada de copia del INE, comprobante de domicilio, acta de nacimiento y Curp.
Costo: Sin costo Lugar de pago: No aplica
Documento que obtiene: receta médica. Observaciones: No aplica
Fundamento legal: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política del Estado de Nayarit, Ley Municipal del Estado de Nayarit, Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit.
Fecha de aprobación de formato Nombre Firma
Certificación de Manual
ELABORÓ Dirección de Desarrollo y Participación Social
REVISÓ Oficialía Mayor Administrativa
APROBÓ H. Ayuntamiento de Bahía de Banderas
Requisitos y procedimientos Cédula de servicio y procedimiento
DEPENDENCIA: DESARROLLO Y BIENESTAR SOCIAL
NOMBRE DEL TRÁMITE CANALIZAR ENFERMOS A HOSPITALES PUBLICOS.
DOMICILIO: CALLE MICHOACAN N. 57 SAN JOSE DEL VALLE, NAYARIT
TELÉFONO: 3292911870 ETX. 551
HORARIO DE ATENCIÓN 9 a 5 de lunes a viernes
CORREO ELECTRÓNICO planeación @bahiadebanderas.gob.mx
Descripción Recepción de Pacientes en condición de vulnerabilidad que solicitan consulta médica.
Procedimiento: Se verifica que el paciente no requiera consulta urgente y se le da el día y hora de consulta. Si es de urgencia se le atiende y canaliza de inmediato.
Requisitos: solicitud de consulta médica acompañada de copia del INE, comprobante
Tiempo de respuesta: inmediato. Se solicita a protección civil una ambulancia para el
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de domicilio, acta de nacimiento y Curp. traslado del paciente.
Costo: Sin costo Lugar de pago: No aplica
Documento que obtiene: Pase a urgencias médicas del hospital de San Francisco o Tondoroque.
Observaciones: No aplica
Fundamento legal: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política del Estado de Nayarit, Ley Municipal del Estado de Nayarit, Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit.
Fecha de aprobación de formato Nombre Firma
Certificación de Manual
ELABORÓ Dirección de Desarrollo y Participación Social
REVISÓ Oficialía Mayor Administrativa
APROBÓ H. Ayuntamiento de Bahía de Banderas
Requisitos y procedimientos Cédula de servicio y procedimiento
DEPENDENCIA: DESARROLLO Y BIENESTAR SOCIAL
NOMBRE DEL TRÁMITE CANALIZAR A PERSONAS VULNERABLES AL SEGURO POPULAR.
DOMICILIO: CALLE MICHOACAN N. 57 SAN JOSE DEL VALLE, NAYARIT
TELÉFONO: 3292911870 ETX. 551
HORARIO DE ATENCIÓN 9 a 5 de lunes a viernes
CORREO ELECTRÓNICO planeación @bahiadebanderas.gob.mx
Descripción Recepción de Pacientes en condición de vulnerabilidad que solicitan consulta médica.
Procedimiento: Se verifica que el paciente no requiera consulta urgente y se le da el día y hora de consulta. Si es de urgencia se le atiende y canaliza de inmediato. Además si el paciente está en situación de pobreza extrema se canaliza su alta para el seguro popular y se canaliza a la coordinación de organización social para proponer su alta en el programa prospera.
Requisitos: los que en su momento indiquen Tiempo de respuesta: el trámite del seguro
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los servicios de salud y la sedesol. popular 1 mes. Al programa prospera en turno de espera.
Costo: Sin costo Lugar de pago: No aplica
Documento que obtiene: solicitud de ingreso al seguro popular y al programa prospera.
Observaciones: No aplica
Fundamento legal: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política del Estado de Nayarit, Ley Municipal del Estado de Nayarit, Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit. Reglas de operación del seguro popular y del programa prospera.
Fecha de aprobación de formato Nombre Firma
Certificación de Manual
ELABORÓ Dirección de Desarrollo y Participación Social
REVISÓ Oficialía Mayor Administrativa
APROBÓ H. Ayuntamiento de Bahía de Banderas