Download - EXPOSICION RECURSOS ADMINISTRATIVOS
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República Bolivariana de Venezuela Universidad Nororiental Privada
“Gran Mariscal de Ayacucho”Facultad de Derecho
Derecho Administrativo.
LOGO El Tigre, Marzo 2013.
RECURSOS ADMINISTRATIVOS
República Bolivariana de Venezuela Universidad Nororiental Privada “Gran Mariscal de Ayacucho”
Escuela de DerechoDerecho Administrativo.
FACILITADOR:
HERRERA, Nestor
EXPOSITORES:
Lascano, Daniel Hernández, Jenny Maestre, Ruben Gomez, Diomarkis Fajardo, Rafael
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INTRODUCCION AL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
LASCANO, Daniel
Procedimiento de 1er. Grado
Ordinarios (Art. 47 LOPA) Sumario (Art. 67 LOPA)
Procedimiento de 2do. Grado
Revision No Administrativa de los Actos ya dictados.
RECURSOS ADMINISTRATIVOS
Company LogoLASCANO, Daniel
Son medios legales que el ordenamiento jurídico pone a disposición de los particulares para lograr, a través de la impugnación , que la administración rectifique su proceder.
LOPA (Art. 85)
CONCEPTO
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CLASIFICACION DE LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS.
HERNANDEZ, Jenny
Recurso Jerárquico. (Art. 95-96 LOPA)
Recurso de Revisión. (Art. 97 al 99 LOPA)
Recurso de Reclamo. (Art. 3 LOPA)
Recurso de Reconsideración. (Art. 94 LOPA)
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CLASIFICACION DE LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS.
HERNANDEZ, Jenny
Recurso de Reconsideración. (Art. 94 LOPA)
1. Procede contra los actos administrativos de efectos particulares, definitivos y que aún no sean firmes.
2. Debe ser interpuesto en un lapso de 15 días hábiles siguientes a la notificación del acto que se impugna,
3. Se interpone ante el funcionario que dictó el acto el cual esta obligación de decidir en un lapso determinado
4. Si se refiere a un acto que no pone fin a la vía administrativa, el funcionario debe resolver el recurso de reconsideración en un lapso de 15 días hábiles siguientes al recibo del escrito del recurso.
5. El contenido de la decisión debe ser expresa y ha de dictarse conforme a lo exigido en los artículos 89 y 90 de la LOPA.
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CLASIFICACION DE LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS.
HERNANDEZ, Jenny
Recurso Jerárquico. (Art. 95-96 LOPA)
1. Procede sólo cuando ya se ha intentado un recurso de reconsideración.2. También cuando ha transcurrido el lapso de la decisión previsto de 15 a 90 días
hábiles.3. El interesado debe intentar el recurso jerárquico dentro de los 15 días hábiles
siguientes a la decisión del recurso de reconsideración4. Puede interponerse directamente ante el Ministro o ante el superior jerárquico del
organismo respectivo.5. Este acto debe ser definitivo, que ponga fin al asunto.6. En cuanto al contenido de la decisión se debe regir por los arts. 89 y 90 de la Lopa,
y el superior jerárquico tienen poder para confirmar, modificar o revocar el acto impugnado, así como para ordenar la reposición del procedimiento.
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CLASIFICACION DE LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS.
HERNANDEZ, Jenny
Recurso de Revisión. (Art. 97 al 99 LOPA)
1. Se interpone ante el superior jerárquico contra un acto firme y por motivos precisos.
2. Procede contra un acto administrativo firme, es decir, no impugnable por vía de otro recurso, porque se han vencido los lapsos para impugnarlo.
3. Se hace directamente ante el Ministro, dentro de los 3 meses siguientes a la fecha de la sentencia, que establezca la manifestación fraudulenta o la falsedad de los documentos.
4. La decisión debe indicar que dicho recurso lo decide el mismo funcionario que lo recibe, este es el Ministro.
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1. Permite al interesado reclamar ante el superior jerárquico inmediato (no un superior jerárquico absoluto), contra el retardo, omisión, distorsión o incumplimiento de cualquier procedimiento, trámite o plazos, en que pudieran haber incurrido funcionarios públicos.
CLASIFICACION DE LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS.
HERNANDEZ, Jenny
Recurso de Reclamo. (Art. 3 LOPA)
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EL SILENCIO ADMINISTRATIVO
QUE ES EL SILENCIO ADMINISTRATIVO?
El Silencio Administrativo es una actitud pasiva, especifica de los organismos e
instituciones que conforman la Administración Publica, quienes tienen el
deber obligatorio de tomar decisiones.
Art. 51 C.R.B.VArts. 2 y 4 LOPA
MAESTRE, Ruben.
EL SILENCIO ADMINISTRATIVO
COMO SE CLASIFICA EL SILENCIO
ADMINISTRATIVO?
MAESTRE, Ruben.
SILENCIO POSITIVO
Acto Administrativo presunto que permite a la parte interesada
entender estimada su solicitud,
SILENCIO NEGATIVO
Diccion legal de efectos procesales que permite a la parte interesada
entender desestimada su solicitud
EL SILENCIO ADMINISTRATIVO
Que responsabilidades se derivan del Silencio Administrativo?
Nuestro ordenamiento juridico contempla la exigencia de responsabilidades, penales, civiles, administrativas y disciplinarias al personal que
tenga a su cargo de despacho de los asuntos, asi como a los titulares de los organos, organismos e
intituciones administrativas encargadas de instruir y resolver los procedimientos.
MAESTRE, Ruben.
EFECTOS JURIDICOS DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO
El Silencio Administrativo da origen a un Acto Presunto.
De esta manera se impide que la Administración deje de emitir su Resolución.
GOMEZ, Diomarkis
SILENCIO POSITIVO
SILENCIO NEGATIVO
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FUNDAMENTOS DE LA L.O.P.A
DISPOSICIONES GENERALESTITULO I
REFERIDA A LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVATITULO II
DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVOTITULO III
DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVOTITULO III
REVISION DE LOS ACTOS VIA ADMINISTRATIVA
TITULO IV
DE LAS SANCIONESTITULO V
DISPOSICIONES TRANSITORIASTITULO VI
13 Capítulos – 108 Artículos.
FAJARDO, Rafael
ASPECTOS FUNDAMENTALES QUE REGULA LA LOPA
Company LogoFAJARDO, Rafael
01.- SITUACION JURIDICA DE LOS PARTICULARES Y DE LA ADMINISTRACION
PUBLICA
02.- EL ACTO ADMINISTRATIVO
03.- EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
04.- REVISION DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS, VIA ADMINISTRATIVA
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OBJETIVOS DE LA L.O.P.A
FAJARDO, Rafael
Establecer bases fundamentales de la teoría básica de la rama del Derecho Contencioso Administrativo
1
2 Estudiar conceptos, características y
procedimientos que se desprenden de los Actos Administrativo.