EL EMPLEO Y DESEMPLEO DE LAS MUJERES: CIFRAS
QUE REFLEJAN LA SITUACIÓN ACTUAL
8 de marzo de 2009
COMISIÓN EJECUTIVA CONFEDERAL Adherida a la CIOSL y a la CES
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“El empleo y desempleo de las mujeres: cifras que reflejan la situación actual” 8 de marzo de 2009 SECRETARÍA PARA LA IGUALDAD Dpto. Confederal de la Mujer Trabajadora
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Introducción
En España, la participación de las mujeres en el mercado laboral ha mejorado sustancialmente
en la última década, sobre todo entre los años 2000 y 2007, donde hemos pasado de una tasa
de actividad del 41,2% al 54,7% respectivamente (datos EUROSTAT). Sin embargo nuestro país
está situado en el puesto número ocho de los países de la UE, con peor tasa de actividad
femenina, solamente superados por Eslovaquia, Rumanía, Hungría, Polonia, Grecia, Italia y
Malta; lejos de alcanzar la tasa de actividad femenina media europea, situada en el 58,3% y
más lejos aún de alcanzar los objetivos de Lisboa para 2010.
Además, a la baja tasa de actividad femenina hay que añadir la menor tasa de ocupación
(43,7%), el mayor desempleo femenino (12,66% EPA último trimestre 2008), las dificultades
para promocionar y acceder a puestos de decisión, las peores retribuciones salariales, la
segregación ocupacional, la mayor precariedad en la contratación, con altísimos índices de
empleo temporal y/o a tiempo parcial, así como las dificultades para conciliar la vida personal
y familiar con la vida profesional.
Los Acuerdos Interconfederales de Negociación Colectiva (ANCs), vienen recogiendo desde el
año 2002, criterios generales relativos a la igualdad entre mujeres y hombres cuya vigencia y
contenidos se han prorrogado hasta el ANC 2008. La vía del diálogo social y la negociación
colectiva se han configurado como la mejor herramienta para establecer mecanismos y
estrategias que permitan la configuración de un mercado laboral más igualitario y por tanto
más productivo. Así la Directiva Europea 2006/54/CE establece en su art. 21.1 que “los Estados
miembros fomentarán el diálogo social entre los Interlocutores Sociales a fin de promover la
igualdad de trato, incluido el seguimiento de las prácticas desarrolladas en el lugar de trabajo,
en materia de acceso al empleo, de formación profesional y de promoción así como mediante
el seguimiento de los convenios colectivos, los códigos de conducta, la investigación o el
intercambio de experiencias y buenas prácticas”. La misma Directiva establece también el
papel fundamental de los Interlocutores Sociales en la lucha contra las diferencias salariales
entre mujeres y hombres, que persisten en el mercado laboral.
La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres
(LOIEMH) también otorga a los Interlocutores Sociales un papel relevante en la consecución de
su objetivo prioritario, que no es otro que “hacer efectivo el principio de igualdad de trato y de
oportunidades entre mujeres y hombres, en particular mediante la eliminación de la
discriminación de la mujer….” (título preliminar). Para ello establece una serie de medidas de
promoción de la igualdad, entre las que destacan las que se han de desarrollar en el marco de
la negociación colectiva. A la negociación colectiva se le encomienda, además del respeto a la
igualdad y la eliminación de discriminaciones en el empleo, la adopción de medidas de acción
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positiva que garanticen con sus efectos una igualdad efectiva entre mujeres y hombres, en el
ámbito laboral.
Si bien la LOIEMH se configura como un instrumento indispensable para la consecución de este
ambicioso objetivo, no es menos cierto, que su recorrido es aun escaso y que la puesta en
práctica de la misma ha evidenciado algunas dificultades que es preciso abordar desde el
diálogo social. Así mismo, el desarrollo reglamentario de algunos de los preceptos marcados
por la propia Ley, aún pendientes de ejecución, vendrá a clarificar el ejercicio de algunos de los
nuevos derechos reconocidos y el desarrollo de determinadas actuaciones. En ese sentido la
“Declaración, suscrita por los Interlocutores Sociales el pasado 29 de julio,… para el impulso de
la economía, el empleo, la competitividad y el progreso social”, recoge un capítulo específico
enfocado a la igualdad de género en el empleo, donde se establece la necesidad de “seguir
trabajando para ampliar la participación de las mujeres, evitar la discriminación salarial y
avanzar en la corresponsabilidad y la conciliación entre la vida personal, familiar y
profesional”; y por la cual “el Gobierno y los Interlocutores Sociales comparten la necesidad de
seguir progresando en el objetivo de evitar cualquier tipo de discriminación…”
Datos mujeres y empleo en la Unión Europea
Los datos de que disponemos a nivel de la Unión Europea, se refieren a 2007, en los casos de
empleo y de actividad y a 2008, en el caso de las tasas de desempleo. Todos los datos están
referidos a la población comprendida entre 15 y 64 años.
Respecto a la tasa de actividad en la Unión Europea, que se presenta a continuación,
comprobamos que todas las mujeres de la Unión Europea, se sitúan por debajo de las medias
totales de actividad, mientras que en el caso de los hombres se sitúan por encima.
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Tasas de actividad
Totales Mujeres Hombres
U. E. 27 70,5 63,4 77,7 U. E. 25 70,9 63,7 78,2 U. E. 15 72,1 64,8 79,3 España 71,6 61,4 81,4 Bélgica 67,1 60,4 73,6 Bulgaria 66,3 62,1 70,6 República Checa 69,9 61,5 78,1 Dinamarca 80,2 76,4 83,9 Alemania 76,0 70,1 81,8 Estonia 72,9 68,7 77,5 Irlanda 72,4 63,3 81,4 Grecia 67,0 54,9 79,1 Francia 70,2 65,6 74,9 Italia 62,5 50,7 74,4 Chipre 73,9 65,4 82,9 Letonia 72,8 68,3 77,6 Lituania 67,9 65,0 71,0 Luxemburgo 66,9 58,9 75,0 Hungría 61,9 55,1 69,0 Malta 58,4 38,6 77,6 Países Bajos 78,5 72,2 84,6 Austria 74,7 67,8 81,7 Polonia 63,2 56,5 70,0 Portugal 74,1 68,8 79,4 Rumania 63,0 56,0 70,1 Eslovenia 71,3 66,6 75,8 Eslovaquia 68,3 60,8 75,9 Finlandia 75,6 73,8 77,2 Suecia 79,1 76,8 81,4 Reino Unido 75,5 69,0 82,2 Fuente Eurostat 2009 (con datos de 2007)
La tasa de actividad de las mujeres españolas se aproxima cada vez más a la tasa media de
actividad de las mujeres europeas. La tasa de actividad masculina está en el ranking de las más
elevadas, junto con Dinamarca, Suecia, Finlandia, Austria y Alemania. Mientras que la tasa de
actividad femenina aunque va aumentando a un ritmo constante, se encuentra entre las más
bajas junto con Grecia, Hungría, Italia, Polonia y Rumania.
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Tasas de empleo
Totales Mujeres Hombres
U. E. 27 65,4 58,3 72,5 U. E. 25 65,8 58,6 73,0 U. E. 15 67,0 59,7 74,2 España 65,6 54,7 76,2 Bélgica 62,0 55,3 68,7 Bulgaria 61,7 57,6 66,0 República Checa 66,1 57,3 74,8 Dinamarca 77,1 73,2 81,0 Alemania 69,4 64,0 74,7 Estonia 69,4 65,9 73,2 Irlanda 69,1 60,6 77,4 Grecia 61,4 47,9 74,9 Francia 64,6 60,0 69,3 Italia 58,7 46,6 70,7 Chipre 71,0 62,4 80,0 Letonia 68,3 64,4 72,5 Lituania 64,9 62,2 67,9 Luxemburgo 64,2 56,1 72,3 Hungría 57,3 50,9 64,0 Malta 54,6 35,7 72,9 Países Bajos 76,0 69,6 82,2 Austria 71,4 64,4 78,4 Polonia 57,0 50,6 63,6 Portugal 67,8 61,9 73,8 Rumania 58,8 52,8 64,8 Eslovenia 67,8 62,6 72,7 Eslovaquia 60,7 53,0 68,4 Finlandia 70,3 68,5 72,1 Suecia 74,2 71,8 76,2 Reino Unido 71,5 65,5 77,5 Fuente Eurostat 2009 (con datos de 2007)
Son muy similares las diferencias entre las tasa de mujeres y hombres europeos ocupados, y la
tasa de actividad de unos y otras. Los hombres españoles se encuentran por encima de la
media de ocupación de los hombres europeos y las mujeres por debajo de la media de
ocupación de mujeres europeas. Los hombres españoles están muy próximos en cuanto a tasa
de ocupación a países como Dinamarca, Austria, Suecia y Reino Unido e incluso por delante de
países como Alemania.
Mientras que las mujeres nos situamos entre las tasas más bajas de ocupación junto con
Grecia, Italia, Hungría y Malta.
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Los datos más llamativos son los de desempleo. Tanto en el caso de hombres como de
mujeres, la tasa de desempleo se acerca al doble de las medias europeas. Estos datos son
referidos a 2008, y por tanto reflejan de manera muy evidente los efectos de la crisis
económica mundial que ha afectado severamente a los trabajadores y trabajadoras de nuestro
país. Las tasas de paro más bajas se han registrado en los Países Bajos (2,7 %)y en Austria ( 3,9
%) y las más elevadas en España (11,3 %) y en Letonia (10,4 %).
Tasas de desempleo
Totales Mujeres Hombres
U. E. 27 7,1 7,5 6,6 U. E. 25 7,2 7,6 6,6 U. E. 15 7,0 7,6 6,7 España 11,3 13,0 10,1 Bélgica 7,5 7,6 6,7 Bulgaria 6,9 5,8 5,5 República Checa 5,3 5,7 3,5 Dinamarca 3,8 3,9 3,1 Alemania 8,4 7,2 7,4 Estonia 4,7 5,4 6,6 Irlanda 4,6 4,8 7,4 Grecia 8,3 Francia 8,3 Italia 6,1 Chipre 4,0 4,4 3,3 Letonia 6,0 6,9 7,6 Lituania 4,3 5,4 6,0 Luxemburgo 4,1 5,7 3,3 Hungría 7,4 8,1 7,7 Malta 6,4 6,2 5,6 Países Bajos 3,2 3,0 2,6 Austria 4,4 4,1 3,6 Polonia 9,6 8,0 6,4 Portugal 8,1 9,0 6,6 Rumania 6,4 Eslovenia 4,9 4,9 4,2 Eslovaquia 11,1 11,0 8,5 Finlandia 6,9 6,7 6,1 Suecia 6,1 6,5 5,9 Reino Unido 5,3 Fuente Eurostat 2009 (con datos de 2008)
Mujeres, actividad, ocupación y paro en España
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La tasa de actividad en España, no deja de aumentar, cada vez hay más personas que buscan
un trabajo. Sin embargo la tasa de ocupación a pesar de encontrarse un punto por debajo del
año anterior, y ligeramente más bajo que en el año 2006, es una tasa de ocupación de las más
elevadas, (la tercera) de los últimos diez años. Sin embargo, desgraciadamente el paro se
aproxima a las cifras del año 2002. El empleo durante el último año, no ha aumentado al ritmo
constante que lo venía haciendo y junto con la destrucción de empleo, nos hemos alejado a un
ritmo vertiginoso, de alcanzar el pleno empleo, esperable, antes de que se desencadenara la
crisis económica a nivel mundial, que ha coincidido con la crisis económica a nivel nacional. Por
tanto el dato más negativo en España, es el aumento del paro, el número de parados ha
aumentado en términos de porcentajes, tres puntos respecto al año anterior.
Tasas de actividad, ocupación y paro
2006 2007 2008
Ambos sexos
Tasa de actividad 58,58 59,12 59,79
Tasa de ocupación 53,72 54,03 53,02
Tasa de paro 8,30 8,60 11,32
Mujeres
Tasa de actividad 48,56 49,37 50,45
Tasa de ocupación 43,05 43,94 43,88
Tasa de paro 11,36 11,00 13,01
Hombres
Tasa de actividad 69,00 69,23 69,49
Tasa de ocupación 64,81 64,51 62,50
Tasa de paro 6,06 6,83 10,05
Fuente: Encuesta de Población Activa
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Mujeres y desempleo en España
El desempleo femenino en nuestro país, era elevado antes de iniciarse la crisis económica,
(sobrepasaba el 11 por ciento) incluso cuando el desempleo masculino era de un seis por
ciento, en el año 2006.
En los últimos meses se ha insistido en señalar desde distintos medios, que el desempleo
afectaba a más hombres que a mujeres, dando en ocasiones la sensación de que las mujeres
estábamos a salvo de la crisis. Hay que decir, que en España, el primer sector afectado por la
crisis iniciada el pasado año, fue el de la construcción, mayoritariamente masculino, pero este
sector ha arrastrado a otros por estar vinculados, como todos los sectores de producción y
comercialización tanto de materiales de obra, como de venta de equipamientos de edificios.
Pero la crisis ha afectado también a los sectores de servicios y comercio, mayoritariamente
femeninos, al haber descendido el consumo. El aumento del desempleo de mujeres
ligeramente inferior durante el pasado año, al de los hombres, se ha acumulado al desempleo
femenino ya existente y muy elevado, por lo que aumenta a cotas aún más elevadas. Las tasas
de desempleo masculino han pasado a lo largo de 2008 de un 7,9 % del primer trimestre a un
13 por ciento, en el cuarto trimestre, con una media anual de 10,05 %. Mientras que el paro
femenino ha pasado de un 12 por ciento a un 15,14 % del primer trimestre de 2008 al último,
situándose en una media anual de 13,02 por ciento.
Porcentaje de desempleados
Desempleados Total Mujeres Hombres
2008 3.207.900 1.519.000 1.688.900
Fuente: Encuesta de Población Activa
En términos absolutos nos situamos en 3.207.900 desempleados, de los cuales 1.519.000, algo
menos de la mitad del desempleo actual es femenino, a pesar de que haya aumentado de
forma ligeramente inferior al masculino, en el último año.
El desempleo femenino se ha situado en un 13,02 %, mientras que el masculino, se sitúa tres
puntos por debajo (10.05 %). Este dato nos permite afirmar que el desempleo, sigue siendo
mayoritariamente femenino. Y por tanto las medidas que se adopten para reducir las altas
cifras de desempleo, tienen que tener muy en cuenta a las mujeres. Si analizamos por sectores
de actividad, el paro femenino más elevado, se produce en el sector de la Agricultura, debido
al paro acumulado, no porque haya experimentado una gran subida, ha aumentado en tres
puntos y ha alcanzado un 21,78 de desempleo de mujeres.
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Con carácter global el mayor aumento de desempleo se ha producido en el sector de la
Construcción, teniendo en cuenta la repercusión por sexos, en ambos casos se ha duplicado,
pero teniendo en cuenta el paro acumulado, el desempleo masculino en el sector de la
construcción, se ha situado en un 15,33 por ciento y el femenino en un 7,99 por ciento.
Tasas de paro por sector de actividad
2006 2007 2008
Ambos sexos/total 8,30 8,60 11,32
Agricultura 8,11 11,72 13,93
Industria 4,13 4,01 6,22
Construcción 5,62 7,48 14,85
Servicios 5,09 5,24 6,46
Mujeres/total 11,36 11,00 13,02
Agricultura 14,62 18,56 21,78
Industria 6,69 5,42 8,43
Construcción 3,74 3,87 7,99
Servicios 6,24 6,16 7,36
Hombres/total 6,06 6,83 10,05
Agricultura 5,42 8,85 24,64
Industria 3,26 3,51 5,49
Construcción 5,73 7,69 15,33
Servicios 3,77 4,16 5,43
Fuente: Encuesta de Población Activa
En los sectores de la Industria y Servicios el paro femenino es más elevado que el masculino.
En la Industria el paro de mujeres ha aumentado en tres puntos porcentuales alcanzando un
desempleo femenino del 8,43 por ciento y el masculino que ha aumentado dos puntos
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porcentuales se ha situado en un 5,43 por ciento. En el sector Servicios, altamente feminizado,
las tasas de desempleo son más desfavorables para las mujeres, (7,36 %), que para los
hombres (5,43 %), a pesar que para ambos el aumento ha sido de dos puntos porcentuales.
La media total de desempleo, sigue siendo más elevada para las mujeres, que para los
hombres, si bien ha aumentado durante el último año más para los hombres (tres puntos
porcentuales, de 6,83 % a 10,05 %) que para las mujeres (dos puntos porcentuales de 11,00 %
a 13,02 %).
Cuantía media diaria bruta reconocida a beneficiarios de prestaciones de nivel contributivo
Mes/Año Total Mujeres Hombres
DIC. 2008 27,68 24,86 29.30
Los hombres desempleados, han cobrado en diciembre de 2008, una media diaria bruta de
29,30 euros, mientras que las mujeres desempleadas han percibido de media durante el
mismo mes, 24,86 euros, una diferencia diaria de 5 euros.
Esta diferencia es debida a las percepciones salariales diferentes que reciben hombres y
mujeres asalariados. Las diferencias salariales por razón de sexo, se encuentran íntimamente
ligadas al desigual y discriminatorio valor que se adjudica a los trabajos realizados por hombres
y mujeres y al fenómeno de la segregación ocupacional, tanto horizontal como vertical, que
sufrimos las mujeres en el mercado de trabajo.
La segregación horizontal se caracteriza por la concentración de las mujeres en unas
determinadas ocupaciones y sectores de actividad, para el desempeño de tareas que se han
considerado “tradicionalmente femeninas”. La segregación vertical se pone de manifiesto en
las dificultades que encuentran las mujeres para acceder a empleos que ocupan altas
posiciones dentro de la escala jerárquica laboral, por lo general mejor valorados y de más alta
retribución.
Las modalidades de contratación y la temporalidad en el empleo influyen directamente no
sólo en las retribuciones salariales, si no también en las prestaciones por desempleo y el resto
de prestaciones sociales.
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Beneficiarios de prestaciones del nivel contributivo, según sexo y edad (miles)
Mes/Año Total Mujeres Hombres
DIC. 2008 1.509,1 549,2 959,9
Fuente: elaboración propia a partir de datos del INEM
Como podemos apreciar en la tabla anterior, sólo un tercio de los perceptores de prestaciones
por desempleo, del nivel contributivo, son mujeres. De cada tres perceptores de prestaciones
por desempleo, una es mujer. Ya que muchas de ellas aunque hayan estado trabajando, no
han acumulado el tiempo suficiente para acceder a las prestaciones, debido a la temporalidad
de sus contratos.
La legislación en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, ha avanzado
en los últimos años, tanto a nivel europeo, como nacional. Pero en ambos ámbitos se
considera que quedan dos materias pendientes en materia de igualdad, las retribuciones
salariales, distintas para hombres y mujeres y la conciliación de la vida laboral, familiar y
personal, que están incidiendo de manera directa en las prestaciones sociales de las mujeres,
como hemos visto anteriormente, que en épocas de dificultades económicas como las
actuales, se evidencian aún más.
La igualdad salarial en la Unión Europea
Una remuneración igual para un tratado de igual valor, es uno de los principios fundamentales
de la Unión Europea. A pesar de todo, las mujeres siguen ganando menos que los hombres.
Esta divergencia de remuneración sigue siendo muy importante en los 27 países de la Unión
Europea durante estos últimos años, y siguen siendo aún mayores las desigualdades en el
sector privado que en el público. La corrección de estas diferencias es una de las prioridades
de la Unión Europea en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
El principio de remuneración igual a trabajo igual, es un principio fundamental que fue
establecido por el Tratado de Roma (1957) y constituye la primera disposición jurídica
comunitaria sobre la igualdad de los sexos. El Tribunal de Justicia europeo interpretó este
concepto en sentido amplio, recogiendo “la igualdad de remuneración para un trabajo de igual
valor”. Y esta es la definición utilizada en la legislación de 1975, (Directiva 75/117/CEE del
Consejo, de 10 de febrero de 1975, relativa a la aproximación de las legislaciones de los
Estados Miembros que se refieren a la aplicación del principio de igualdad de retribución entre
los trabajadores masculinos y femeninos) que prohíbe toda discriminación sexual para todos
los aspectos relacionados con un trabajo de igual valor.
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Las diferencias salariales entre mujeres y hombres, basadas en el sexo, están prohibidas en
toda la Unión Europea. Gracias a la legislación europea, numerosas mujeres ganaron batallas
judiciales haciendo valer su derecho a un salario igual al de los hombres. La persistencia de
esta disparidad, tiene varias causas, la segregación, tanto de categorías como de sectores
profesionales, las interrupciones de carrera, la clasificación y valoración de los empleos y el
establecimiento de los salarios, la duración de las jornadas, las modalidades de contratación.
Los interlocutores sociales, tenemos un importante papel en la fijación de los salarios, así en
2005, los interlocutores sociales europeos adoptamos un “marco de acción” para la igualdad
entre mujeres y hombres, siendo una de las prioridades, la reducción de las discriminaciones
salariales.
En agosto de 2007, la Comisión Europea, publicó una Comunicación titulada, “Combatir la
diferencia salarial entre mujeres y hombres”. La Comunicación tenía por objetivo examinar las
causas de las diferencias salariales y proponer medios para reducirlas. La Comisión proponía
mejorar el marco jurídico, animando a los empresarios y a los poderes públicos a desempeñar
un papel, más importante para eliminar las desigualdades retributivas, intercambiando
experiencias de buenas prácticas.
La Confederación Europea de Sindicatos (CES), en junio de 2008, adoptó una resolución a
propósito de esa Comunicación, y exigía medidas concretas por parte de los empresarios y de
los poderes públicos. Igualmente la CES, en julio del año pasado, hizo un llamamiento a sus
organizaciones afiliadas para intensificar sus acciones y actividades en la materia utilizando la
negociación colectiva. La CES, también propone la mejora de las estadísticas en todos los
países miembros de la Unión Europea.
Posteriormente el Parlamento Europeo, el 18 de noviembre de 2008, aprobó una resolución
con recomendaciones destinadas a la Comisión sobre la aplicación del principio de igualdad de
retribución entre hombres y mujeres. Las nueve recomendaciones que hace el Parlamento
Europeo, se recogen en grandes epígrafes, que contienen varias medidas. Las
recomendaciones se agrupan en los siguientes grandes apartados: 1.Definiciones, 2. Análisis de
la situación y transparencia de los resultados, dentro de este apartado, recomienda realizar
auditorías periódicas obligatorias a las empresas y aplicar nuevas sanciones si no se respeta la
igualdad salarial. También aboga por reforzar el rol de los mecanismos de control.3.Evaluación
del trabajo y clasificación profesional, 4. Organismos de fomento de la igualdad, 5. Diálogo
social, 6. Prevención de la discriminación, 7. Integración de la dimensión de género, 8.
Sanciones, 9. Racionalización de la reglamentación y la política europeas.
Esperamos dar traslado de todas estas recomendaciones en materia salarial, en próximos
Acuerdos Interconfederales de Negociación Colectiva, y aprovecharemos la oportunidad de
impulsar la corrección de estas diferencias en futuras negociaciones de convenios colectivos.
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Diferencias salariales en España
Las condiciones salariales, como hemos visto, además de condicionar las carreras
profesionales, inciden de manera directa en las prestaciones sociales.
La Encuesta de Estructura Salarial 2006, ha sido realizada de manera armonizada en toda la
Unión Europea, en cumplimiento del Reglamento del Consejo de la Unión Europea (UE) nº
530/1999. En España han colaborado en ella 27.000 centros de trabajo y más de 235.000
asalariados. Las anteriores encuestas se celebraron en 1995 y 2002.
La Encuesta de Estructura Salarial, con datos de 2006, y hecha pública en noviembre de 2008,
nos ofrece los siguientes datos:
El salario promedio anual femenino que fue de 16.245,17 euros, supuso un 73,7 % del
masculino que se situó en 22.051,08 euros. O lo que es lo mismo las mujeres cobran por
término medio un 26,3 % menos que los hombres.
Principales resultados por Comunidades Autónomas
Salario bruto anual Ratio Mujer/hombre
Total Hombres Mujeres
Andalucía 19.680,88 22.051,08 16.245,17 73,67
Aragón 17.372,42 19.253,11 14.137,55 67,61
Asturias 19.134,82 22.030,14 14.894,41 67,41
Baleares 19.758,43 22.781,54 15.356,82 78,68
Canarias 16.431,12 17.535,20 14.840,03 84,63
Cantabria 17.999,21 20.536,86 14.419,18 70,21
Castilla y León 17.694,98 19.873,44 14.250,15 71,70
Castilla La Mancha 17.157,76 18.509,00 14.853,40 80,25
Cataluña 21.210,04 24.287,00 17.177,60 70,73
Comunitat Valencia 18.064,77 20.067,22 14.824,63 73,87
Extremadura 15.570,35 16.646,19 13.806,01 82,94
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Galicia 17.010,95 19.021,50 14.243,82 74,88
Madrid 23.622,11 27.041,88 19.240,29 71,15
Murcia 16.585,78 18.206,44 13.924,25 76,48
Navarra 21.660,50 24.459,80 17.750,37 72,57
País Vasco 22.929,98 25.947,03 18.581,12 71,61
Rioja 17.901,70 20.271,24 14.706,77 72,55
Ceuta y Melilla 20.265,67 20.785,92 19.238,69 92,56
Fuente: INE
En casi todas las comunidades autónomas, el salario medio de las mujeres fue entre un 20 % y
un 30 % inferior al salario medio de los hombres. Las mayores divergencias entre las ganancias
de mujeres y hombres se produjeron en Aragón y Asturias y las menores en Canarias y
Extremadura.
Una de las variables analizadas que permite comparaciones entre ambos sexos es el nivel de
estudios. Las diferencias de salarios entre las distintas titulaciones oficiales son muy marcadas
y los salarios anuales crecen de manera importante en la medida que aumenta el nivel de
estudios. La diferencia por sexos, si comparamos trabajadores con titulaciones similares, es
muy evidente. El salario de las mujeres fue inferior en un 30 % en todos los niveles de estudios.
Llama la atención que si se analizan las diferencias por nivel de estudios (30 %), la diferencia
sea superior que si analizamos las diferencias de salarios entre mujeres y hombres sin tener en
cuenta esta variable (26,3 %). Esto se explica, debido a que la proporción de mujeres con nivel
de estudios elevados y por tanto con mayores salarios, es superior a la de los varones. El
porcentaje de mujeres trabajadoras con estudios universitarios (en el año 2006), fue de 26,8 %
mientras que el porcentaje de hombres con el mismo nivel de estudios fue del 17, 2 %.
Considerando el tipo de contrato, por sexo, los hombres tuvieron un salario superior en un
25,9 % o inferior en un 20,6 % de la media anual, según fuera su contrato de duración
indefinida o determinada. En las mujeres, el salario fue inferior a la media
independientemente del tipo de contrato, siendo la diferencia de un 11,5 % para los contratos
indefinidos y de un 33,9 % para los de duración determinada.
Si se distingue por ocupación y sexo, el patrón anterior se repite. Las ocupaciones con
remuneraciones más altas y más bajas fueron las mismas tanto para hombres como para
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mujeres, y en el mismo orden. Como ocurría con las diferentes actividades económicas, en
todas las ocupaciones las mujeres tuvieron un salario inferior al de los hombres.
Maternidad, paternidad y excedencias por cuidado familiar.
A continuación recogemos los datos actualizados de las prestaciones percibidas por
maternidad, paternidad y excedencias por cuidado de un familiar.
De los permisos de maternidad disfrutados, sólo un 1,55 % han sido compartidos con el otro
progenitor. La mayor parte de las madres (98,45 %), han disfrutado en solitario el permiso de
maternidad. Estos porcentajes que se mantienen constantes desde hace años, refuerzan la
necesidad de conseguir permisos de paternidad individualizados más amplios. Los derechos
derivados impiden que padres y madres se dediquen por igual al cuidado de los hijos, con la
consiguiente repercusión negativa en el ámbito laboral, para las mujeres.
Prestaciones de maternidad (2008)
Total
Maternidad
Percibidos
Madre
Percibidos
Padre
Total
porcentajes
Porcentaje
Mujeres
Porcentaje
Hombres
359.160 353.585 5.575 100 98,45 1,55
Elaboración propia a partir de datos del Ministerio de Trabajo e Inmigración.
La mayor parte de las madres disfrutaron durante el pasado año en solitario del permiso de
maternidad, pero estas representaron sólo un 4,4 % de las mujeres afiliadas a la Seguridad
Social, que han percibido prestaciones de maternidad.
Durante 2008, se han percibido 279.756 prestaciones de paternidad, mientras, que de marzo a
diciembre de 2007, se superaron los 173.000 permisos de paternidad. No conocemos el
número total de personas que tenían derecho a disfrutar del permiso de paternidad.
Si podemos relacionar el permiso de paternidad con el total de permisos de maternidad
disfrutados, y este dato arroja un porcentaje de 77,85 %, de permisos de paternidad
disfrutados en relación a los de maternidad.
Excedencias por cuidados familiares (2008)
Total
Excedencias
Mujeres Hombres Total
porcentajes
Porcentaje
Mujeres
Porcentaje
Hombres
32.038 29.561 2.477 100 92,27 7,73
Fuente: Elaboración propia a partir de datos del Ministerio de Trabajo e Inmigración.
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Las excedencias por cuidados familiares han sido disfrutadas mayoritariamente por las
mujeres. No disponemos de datos de las excedencias que se han disfrutado para el cuidado de
hijos, y cuales de ellas han sido disfrutadas para el cuidado de otros familiares. En cualquier
caso los datos de que disponemos nos revelan que del total de excedencias disfrutadas sólo un
7,73 % son hombres.
Jornada a tiempo parcial
La jornada a tiempo parcial, condiciona los ingresos actuales y futuros de las mujeres, de cara a
la percepción de futuras prestaciones, maternidad, desempleo, jubilación, invalidez,
incapacidad, así como también repercutirá en los casos que existan supervivientes con
derecho a prestaciones en los casos de muerte de la trabajadora.
Personas ocupadas a tiempo parcial por motivo de al jornada parcial
Ambos sexos 2007 2008
Total 2.383,1 2.425,5
Seguir cursos de enseñanza o formación 281,9 270,97
Enfermedad o incapacidad propia 39,6 42,72
Cuidado de niños o de adultos enfermos, incapacitados o
mayores
347,5 373,57
Otras obligaciones familiares o personales 305,5 265,62
No haber podido encontrar trabajo de jornada completa 737,2 834,97
No querer trabajo a jornada completa 310,3 282,02
Otros motivos 349,9 344,60
No sabe el motivo 11,4 11,02
Mujeres (Porcentajes)
Total 80,44 79,74
Seguir cursos de enseñanza o formación 55,41 57,20
Enfermedad o incapacidad propia 53,54 60,54
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Cuidado de niños o de adultos enfermos, incapacitados o
mayores
98,62 98,51
Otras obligaciones familiares o personales 95,68 94,69
No haber podido encontrar trabajo de jornada completa 81,01 79,68
No querer trabajo a jornada completa 84,40 65,93
Otros motivos 67,56 65,96
No sabe el motivo 78,95 75,58
Fuente: Instituto de la Mujer a partir de la Encuesta de Población Activa. (Las unidades aparecen en miles)
La jornada a tiempo parcial, condiciona la carrera profesional de las mujeres y por tanto su
derecho a la percepción de determinadas prestaciones sociales. De la jornada a tiempo parcial
contratada en nuestro país, la mayor parte está desarrollada por mujeres. Cuando se trata de
jornada a tiempo parcial, vinculada con el cuidado de niños/as, enfermos adultos,
incapacitados o mayores, la casi totalidad de este tipo de jornada es realizada por mujeres,
98,51 por ciento, lo mismo ocurre cuando se trata de optar por este tipo de jornada para
dedicarse a obligaciones familiares, el 94,69 por ciento es desempeñada por mujeres.
Si el motivo de elección de este tipo de jornada es no querer desarrollar un trabajo a jornada
completa, son un 65,93 por ciento de mujeres del total de las personas que declaran haber
elegido esta jornada por no querer trabajo a jornada completa.
Pero cuando se pregunta, si realizan este tipo de jornada por no haber podido encontrar
trabajo a jornada completa, son un 79,68 de mujeres las que manifiestan preferir trabajar a
jornada completa.
Conciliación de la vida familiar y laboral
Uno de los aspectos que inciden en la inserción y mantenimiento del puesto de trabajo de las
mujeres es la conciliación de la vida familiar y laboral. Las dificultades para la conciliación de la
vida laboral y familiar entre mujeres y hombres, se traducen directamente en dificultades para
las mujeres para acceder a un empleo, o para mantenerse en su puesto de trabajo,
repercutiendo directa y negativamente en sus ingresos económicos, con la consecuencia de
ver mermadas sus condiciones de acceso a las prestaciones sociales contributivas.
El número de plazas totales de que disponíamos en España en 2007, era de 284.664 plazas, y el
número de niños censados de 0 a tres años, en ese mismo año era de un 1.344.462, con ese
número de plazas se da cobertura a un 21, 17 % de los niños del primer ciclo de Educación
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Infantil. Queda constatado que la oferta de plazas de centros de educación infantil, es
deficiente en cuanto al número.
Estamos lejos de alcanzar la recomendación de la Cumbre Europea de Barcelona de 2002, en
la que el Consejo Europeo fijó como objetivo para 2010, que las estructuras de acogida para
niños, deberían acoger, al menos el 33 por ciento de los niños de menos de tres años. Y
proponía para medirlo el número de niños que tienen plaza en un centro oficial en relación al
número total de niños de las edades a las que nos referimos. Sin embargo superamos la
recomendación, de al menos al 90 por ciento de los niños entre tres años y la edad de la
escolaridad obligatoria, con un porcentaje muy por encima del recomendado, en el período de
3 a 6 años, que en España es voluntario.
Alumnos de Educación Infantil curso 2007-2008 (0-6 años)
Nº Alumnos Enseñanza
Pública (%)
Enseñanza
Concertada (%)
Enseñanza
Privada no
Concertada (%)
Educación
Infantil
1.639.741 64,0 23,6 12,4
Primer ciclo
(0-3 años)
284.664 43,7 9,7 46,5
Segundo ciclo
(3-6 años)
1.355.077 68,2 26,2 5,6
Elaboración propia a partir de datos del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
Según el censo nacional de 2007, en nuestro país había 1.761.498 niños y niñas entre 3 y 6
años, ambos incluidos. Si comparamos este dato con el número de niños escolarizados entre
tres y seis años, alcanzan un porcentaje de 98,01. En nuestro país la escolarización de los niños
de tres a seis años, a pesar de no ser obligatoria se encuentra por encima de la media del
noventa por ciento recomendada para 2010, por el Consejo de la Unión Europea. Y dos tercios
de esta educación se imparten en centros públicos.
La relación entre plazas en escuelas infantiles y colegios está directamente vinculada a la
participación de las mujeres en el trabajo remunerado. El desequilibrio del reparto de las
tareas domésticas y familiares entre mujeres y hombres, es muy diferente e incita a las
mujeres a optar por fórmulas de trabajo flexibles, incluso a renunciar al ejercicio de una
actividad profesional, con repercusiones en su evolución profesional, en las diferencias
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salariales entre mujeres y hombres y estableciendo diferencias en relación a los hombres en
su acceso a prestaciones sociales contributivas.
Las desigualdades que aún padecen las mujeres en su acceso al empleo retribuido, el
mantenimiento del puesto de trabajo, las retribuciones salariales, inciden negativamente en su
vida profesional y agravan las situaciones de desempleo.
CONCLUSIONES
La tasa de actividad de las mujeres españolas (61,4%) se aproxima cada vez más a las
tasa media de actividad de las mujeres europeas (64,0 %).
Las mujeres españolas, nos situamos entre las tasas más bajas de ocupación junto con
Grecia, Italia, Hungría y Malta.
La tasa de desempleo española, es la más alta de toda la Unión Europea, la tasa de
desempleo femenina española, (13,0%) duplica la tasa media europea de mujeres
(7,6%).
La media total de desempleo en España, sigue siendo más elevada para las mujeres,
que para los hombres, si bien ha aumentado durante el último año más para los
hombres (tres puntos porcentuales, de 6,83 % a 10,05 %) que para las mujeres (dos
puntos porcentuales de 11,00 % a 13,02 %).
Los hombres desempleados, han cobrado en diciembre de 2008, una media diaria
bruta de 29,30 euros, mientras que las mujeres desempleadas han percibido de media
durante el mismo mes, 24,86 euros, una diferencia diaria de 5 euros.
El salario promedio anual femenino en 2006, fue de 16.245,17 euros, supuso un 73,7 %
del masculino que se situó en 22.051,08 euros. O lo que es lo mismo las mujeres
cobraron por término medio un 26,3 % menos que los hombres.
De los permisos de maternidad disfrutados, durante 2008, sólo un 1,55 % han sido
compartidos con el otro progenitor. La mayor parte de las madres (98,45 %), han
disfrutado en solitario el permiso de maternidad. Estos porcentajes que se mantienen
constantes desde hace años, refuerzan la necesidad de conseguir permisos de
paternidad individualizados más amplios.
Durante 2008, se han percibido 279.756 prestaciones de paternidad, mientras, que de
marzo a diciembre de 2007, se superaron los 173.000 permisos de paternidad. No
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conocemos el número total de personas que tenían derecho a disfrutar del permiso de
paternidad.
Si podemos relacionar el permiso de paternidad con el total de permisos de
maternidad disfrutados (359.160), y este dato arroja un porcentaje de 77,85 %, de
permisos de paternidad disfrutados en relación a los de maternidad.
Las excedencias por cuidados familiares han sido disfrutadas mayoritariamente por las
mujeres. No disponemos de datos de las excedencias que se han disfrutado para el
cuidado de hijos, y cuales de ellas han sido disfrutadas para el cuidado de otros
familiares. En cualquier caso los datos de que disponemos nos revelan que del total de
excedencias disfrutadas sólo un 7,73 % son hombres.
Cuando se pregunta, a quienes desempeñan jornada a tiempo parcial, si han optado
por este tipo de jornada por no haber podido encontrar trabajo a jornada completa,
son un 79,68 de mujeres las que manifiestan preferir trabajar a jornada completa.
En nuestro país la escolarización de los niños de tres a seis años, alcanzan un
porcentaje de 98,01. A pesar de no ser obligatoria se encuentra por encima de la
media del noventa por ciento recomendada para 2010, por el Consejo de la Unión
Europea. Dos tercios de esta educación se imparten en centros públicos.
El número de plazas de los niños del primer ciclo de Educación Infantil da cobertura a
un 21, 17 %. Queda constatado que la oferta de plazas de centros de educación
infantil, es deficiente en cuanto al número, ya que no alcanzamos el 33 %
recomendado por el Consejo de la Unión Europea.