ACTA DE DIVORCIO
JORGE NEGRETE MORENO Y ELISA CROCHET ASPERO
NUMERO DE PARTIDA 13
En la ciudad de México, Distrito Federal, a las diez horas del día dieciocho de enero de mil novecientos
cuarenta y tres, Yo Carlos Caso Alvizuri, Director del Registro Civil, hago constar: que con oficio
número 1467, de fecha tres de octubre del año próximo pasado, recibí en dos fojas útiles, copia
certificada de la sentencia definitiva dictada por el ciudadano Juez Segundo de los Civil, de esta
capital, con fecha ocho de agosto del año arriba citado en el juicio ordinario civil de divorcio
voluntario, promovido por los señores Jorge Negrete Moreno y Elisa Crochet Asperó, cuyas generales
ya constan, quienes contrajeron matrimonio en esta capital, el día veintiocho de marzo de mil
novecientos cuarenta, quedando este disuelto en virtud de la sentencia que se menciona, la que causó
ejecutoria por auto de fecha veintiocho del mismo mes y año y que en su parte resolutiva a la letra dice:
“Primero: Se decreta la disolución del vinculo conyugal, que une a los señores Jorge Negrete y
Moreno y Elisa Crochet Asperó, quedando ambos en libertad de contraer nuevo matrimonio, en la
salvedad de que solo podrá hacerlo hasta que haya transcurrido un año de que cause ejecutoria – esta
sentencia. Segundo: Se aprueba definitivamente el convenio presentado en este juicio, condenandose
a las partes a estar y pasar por el mismo, como si se tratara de sentencia condenatoria, legalmente
notificada y ejecutoriada. Tercero: Ejecutoriada esta sentencia, remitase copia de ella, al C. Director del
Registro Civil, para los efectos legales del artículo – 291 del Codigo Civil. Cuarto: Notifiquese. – Asi
lo resolvió y firma el C. Juez Segundo de lo Civil, licenciado Gilberto Lizárraga Valdez. Doy fe.
Gilberto Lizárraga Valdez. A. Palacios. Rúbricas.” La copia de la sentencia definitiva de divorcio,
se agrega al apéndice de este libro, con el número de esta acta. Doy fe.