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TRANSACCIÓN Y FINIQUITO ALIMENTOS CHILLI PEPPERS LTDA Y BOULEVARD NUEVA LAS CONDES SpA A FARMACIAS CRUZ VERDE S.A. EN SANTIAGO DE CHILE, a __________ de julio del año dos mil catorce, ante mí, GINO BENEVENTI ALFARO, abogado, Notario Suplente del Titular FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL , de la Segunda Notaría de Santiago, según Decreto Protocolizado con fecha dos de junio del año dos mil catorce, con oficio en Agustinas mil ciento setenta y tres, de esta ciudad, 1

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TRANSACCIÓN Y FINIQUITO

ALIMENTOS CHILLI PEPPERS LTDA

Y

BOULEVARD NUEVA LAS CONDES SpA

A

FARMACIAS CRUZ VERDE S.A.

EN SANTIAGO DE CHILE, a __________ de julio del año dos mil

catorce, ante mí, GINO BENEVENTI ALFARO, abogado, Notario

Suplente del Titular FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, de la

Segunda Notaría de Santiago, según Decreto Protocolizado con fecha

dos de junio del año dos mil catorce, con oficio en Agustinas mil ciento

setenta y tres, de esta ciudad, comparecen, don TOMÁS DONOSO

DONOSO, chileno, casado y separado totalmente de bienes, factor de

comercio, cédula nacional de identidad número tres millones

seiscientos treinta y cinco mil doscientos cincuenta y siete guión

cuatro, y doña TOMÁS RODRIGO DONOSO MARÍN, chileno, soltero,

publicista, cédula nacional de identidad número trece millones

novecientos tres mil doscientos treinta y siete guión tres, ambos en

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representación, según se acreditará, de ALIMENTOS CHILLI

PEPPERS LIMITADA o LTDA., sociedad dedicada al giro de

restaurantes, rol único tributario número setenta y seis millones

ochocientos setenta y cuatro mil doscientos setenta guión siete,

ambos domiciliados en calle Camino San Francisco de Asís número

ciento cincuenta, oficina trescientos seis, comuna de Vitacura,

Santiago; don VÍCTOR GONZALO DURÁN JILES, chileno, casado,

ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número trece

millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil doscientos setenta y siete

guión ocho, y don CRISTIÁN ALEJANDRO CHECHILNITZKY

RODRÍGUEZ, chileno, casado, ingeniero civil, cédula nacional de

identidad número diez millones seiscientos veintidós mil ciento diez

guión tres, ambos en representación, según se acreditará, de

FARMACIAS CRUZ VERDE S.A., sociedad anónima cerrada del giro

de su denominación, rol único tributario número ochenta y nueve

millones ochocientos siete mil doscientos guión dos, todos

domiciliados en Avenida El Salto número cuatro mil ochocientos

setenta y cinco, comuna de Huechuraba, Santiago, en adelante e

indistintamente, “Cruz Verde”; y don ALBERTO FERNANDO

VENTURA NUDMAN, chileno, casado, economista, cédula nacional de

identidad número seis millones quinientos cincuenta y nueve mil

setecientos cincuenta y cuatro guión tres, don ALEXIS ROZOWSKI

GRANIERER, chileno, casado, empresario, cédula nacional de

identidad número ocho millones quinientos treinta y dos mil

doscientos cuarenta y tres guión cinco y don ABEL IGNACIO

BOUCHON SILVA, chileno, casado, empresario, cédula nacional de

identidad número nueve millones cuatro mil ochocientos noventa y

cinco guión tres, todos con domicilio en calle Rosario Norte número

quinientos cincuenta y cinco, oficina número mil seiscientos tres,

comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en representación,

como se acreditará, de BOULEVARD NUEVA LAS CONDES SpA,

sociedad por acciones del giro de su denominación, rol único tributario

número setenta y seis millones ochenta y ocho mil doce guión cuatro,

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todos domiciliados en calle Rosario Norte número quinientos cincuenta

y cinco, oficina mil seiscientos tres, comuna de Las Condes, Santiago;

los comparecientes mayores de edad, quienes han acreditado sus

identidades personales con las cédulas anotadas y exponen que con el

objetivo de precaver litigios eventuales o poner término a los

pendientes, vienen en otorgar el siguiente contrato de transacción y

finiquito:

PRIMERO : Mediante escritura pública de fecha _________, celebrada en

la Notaría de Santiago de don __________, la sociedad Alimentos Chilli

Peppers Ltda, subarrendó para sí, a Boulevard Nueva Las Condes SpA,

el Local Comercial número seis guión ciento cuatro , del primer

piso del Edificio Nuevas las Condes Seis, ubicado en calle Cerro El

Plomo números cinco mil seiscientos ochenta, de aproximadamente

ciento veintidós coma treinta y cuatro metros cuadrados, la Bodega

número doscientos siete, del segundo subterráneo del Edificio

Nueva las Condes Ocho, ubicado en calle Cerro El Plomo número

cinco mil seiscientos treinta, de una superficie aproximada de

veintinueve coma sesenta y nueve metros cuadrados, y el

Estacionamiento número cinco mil cincuenta, del quinto

subterráneo del Edificio Nueva Las Condes Seis, todos de la

comuna de Las Condes. Los referidos inmuebles poseen -para los

efectos del pago del impuesto territorial- los roles de avalúo números

ochocientos treinta y siete guión quince, ochocientos treinta y cinco

guión ochocientos ochenta y ocho y ochocientos treinta y siete

cuatrocientos sesenta y tres, respectivamente, de la comuna de Las

Condes.

SEGUNDO : CRUZ VERDE se interesa en subarrendar a la sociedad

Boulevard Nueva las Condes SpA los referidos inmuebles, dada su

especial ubicación al interior de la placa comercial situada en los

edificios singularizados, para lo cual ha negociado con Boulevard

Nueva las Condes SpA esta última y la sociedad Alimentos Chilli

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Peppers Ltda deben terminar a fin de que éste termine el contrato de

subarrendamiento con la sociedad Alimentos Chilli Peppers Ltda. a que

se refiere la cláusula precedente

TERCERO: Alimentos Chilli Peppers Ltda. y Boulevard Nueva las

Condes SpA vienen expresamente en terminar -a contar del _________ -

el contrato de subarrendamiento distinguido en la cláusula Primera de

este instrumento, declarando que ambas han cumplido en forma

cabal, íntegra y oportuna con todas las obligaciones contraídas en

virtud de dicho contrato por lo que se otorgan -recíprocamente- el más

amplio, total y completo finiquito al no tener cargo y obligación alguna

que formularse, renunciando, a mayor abundamiento, a cualquier

acción o reclamación, administrativa, judicial y de cualquier otra

índole con ocasión del contrato de subarrendamiento celebrado entre

ellas, con excepción de que se encuentra pendiente la entrega de los

inmuebles de Alimentos Chilli Peppers Ltda. al Boulevard Nueva las

Condes SpA, la que se efectuará el día _______ de julio del año en

curso a las ___ horas, en el estado en que actualmente se encuentran

y que conoce Boulevard Nueva Las Condes SpA, desocupados de todo

mobiliario, equipos y maquinarias, y con sus cuentas de servicios y de

consumo, al día. A su turno, conforme a lo pactado por los

comparecientes, las instalaciones de aire acondicionado, ductos,

instalaciones de equipos de detección y extinción de incendios,

instalación eléctrica y tablero, e instalaciones sanitarias, además de

los baños, quedarán en el Local.

CUARTO : La Sociedad Alimentos Chilli Peppers Ltda. renuncia

expresamente a la restitución de la garantía de UF 367,02 la que se

encuentra en poder de Boulevard Nueva Las Condes SpA.

QUINTO : A su vez, Boulevard Nueva Las Condes SpA se obliga a

entregarle a Farmacias Cruz Verde S.A., a las _____ horas del día

______ de julio del año dos mil catorce, los inmuebles objeto de este

instrumento en el estado en que actualmente se encuentran, el que es

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conocido de Farmacias Cruz Verde S.A. La entrega de los inmuebles se

hará con las cuentas de servicios al día y con las instalaciones con las

que cuenta el Local según se detalla en la cláusula Tercera

precedente , y que son: aire acondicionado, ductos, instalaciones de

equipos de detección y extinción de incendios, instalación eléctrica y

tablero, e instalaciones sanitarias, además de los baños, las que

quedan para el uso y goce de CRUZ VERDE.

SEXTO : Junto con la entrega de los inmuebles objeto de este

instrumento que haga el día _______ de julio del año en curso la

Sociedad Alimentos Chilli Peppers Ltda. al Boulevard Nueva Las

Condes SpA, a satisfacción de esta última, y junto con la recepción de

los mismos inmuebles de parte de Farmacias Cruz Verde S.A. por la

entrega que de éstos le efectúe -con la misma fecha- el Boulevard

Nueva Las Condes SpA, CRUZ VERDE se obliga a entregarle a la

sociedad Alimentos Chilli Peppers Ltda un vale vista endosable tomado

en el Banco BCI por la suma única y total de cuarenta millones de

pesos neto, sin IVA, por concepto de derecho de llaves.

SÉPTIMO: Los comparecientes declaran y aseguran que sus

respectivas representadas son empresas legalmente constituidas y

vigentes; que son ellos personeros debidamente investidos por

aquellas para celebrar el presente instrumento y que, por

consiguiente, este es plenamente eficaz y válido conforme al derecho

positivo. La exactitud de los hechos de que da cuenta la precedente

declaración es considerada una condición esencial y determinante por

las partes en la celebración del presente instrumento.

OCTAVO : Todos los gastos que demande el otorgamiento de este

instrumento serán de cargo de Farmacias Cruz Verde S.A.

NOVENO: Personerías. La personería de don Víctor Gonzalo Durán

Jiles y de don Cristián Alejandro Chechilnitzky Rodríguez para actuar

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en representación de la sociedad FARMACIAS CRUZ VERDE S.A.,

consta de la Sesión de Directorio número ciento treinta y cinco de la

sociedad, reducida a escritura pública de fecha dieciséis de mayo de

dos mil catorce en la Notaría de Santiago de don René Benavente

Cash. La personería de los representantes de ALIMENTOS CHILLI

PEPPERS LTDA. consta de la escritura pública otorgada con fecha

veintinueve de mayo del año dos mil siete en la Notaría de Santiago

de don Enrique Morgan Torres, en tanto que la representación de

quienes actúan por el BOULEVARD NUEVA LAS CONDES SpA,

consta de la escritura pública de fecha nueve de marzo de dos mil

once, otorgada en la Notaría de Santiago de don Raúl Iván Perry

Pefaur. Estas personerías, no se insertan, a ruego de las partes y por

ser conocidas de éstas y del Notario que autoriza.

TOMÁS DONOSO DONOSOp.p. ALIMENTOS CHILLI PEPPERS LIMITADA

ANDREA CAROLINA TOMÁS RODRIGO DONOSO DONOSO MARÍNp.p. ALIMENTOS CHILLI PEPPERS LIMITADA

ALBERTO FERNANDO VENTURA NUDMAN P.P. BOULEVARD NUEVA LAS CONDES SPA

ALEXIS ROZOWSKI GRANIERER

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P.P. BOULEVARD NUEVA LAS CONDES SPA

ABEL IGNACIO BOUCHON SILVAP.P. BOULEVARD NUEVA LAS CONDES SpA

GONZALO DURÁN JILESp.p. FARMACIAS CRUZ VERDE S.A.

CRISTIÁN CHECHILNITZKY RODRÍGUEZp.p. FARMACIAS CRUZ VERDE S.A.

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