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F-001 Rev. 00 Página 1 de 33 Raúl Humberto Cepeda Garza Director de Administración, Recursos Humanos y Servicios Generales Elaboró Revisó Aprobó Lic. Katy Villarreal Saucedo Directora General Lic. Norma Yolanda Ortega Jara Presidente Código MO-DIPETRE Versión 00 Fecha Edición 28/11/17 Vigencia 28/11/19 Dirección de Pensiones de los Trabajadores de la Educación (DIPETRE) Servidor Público Responsable de Generar la Información: Unidad Administrativa. Servidor Público Responsable de Publicar la Información: Ing. David Guillermo Contreras Eliseo.

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Raúl Humberto Cepeda GarzaDirector de Administración, Recursos Humanos y Servicios

Generales

Elaboró Revisó Aprobó

Lic. Katy Villarreal SaucedoDirectora General

Lic. Norma Yolanda Ortega JaraPresidente

CódigoMO-DIPETRE

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Fecha Edición28/11/17

Vigencia28/11/19

Dirección de Pensiones de losTrabajadores de la Educación

(DIPETRE)

Servidor Público Responsable de Generar la Información: Unidad Administrativa.Servidor Público Responsable de Publicar la Información: Ing. David Guillermo Contreras Eliseo.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN

I N D I C EPágina

1.- INTRODUCCIÓN……………………………………………………………………..….…. 4

2.- MARCO INSTITUCIONAL ……………………………………….………….…...….. 5

2.1. Misión……………………………………………………………………......

2.2. Visión………………………………………………………………….….….

2.3. Valores Institucionales……………………………………………..….……

2.4. Objetivo……………………………………………………………….……....

2.5. Base Legal……………………………………………………………….….

2.6. Atribuciones……………………………………………………………….….

3.- ANTECEDENTES DE LA ORGANIZACIÓN……………………...……..……. 10

4.- ORGANIGRAMAS (ORGANIGRAMA GENERAL Y ORGANIGRAMAS ESPECÍFICOS) …...................... 13

5.- DESCRIPCIÓN DEL PUESTO ………………………………………………………... 14

Dirección General

Secretaría Técnica

Unidad de Asuntos Jurídicos

Unidad de Informática

Unidad de Transparencia

Dirección de Prestaciones

Subdirección de Pensiones, Fondo Global y Cuentas institucionales

Subdirección de Prestamos

Dirección de Finanzas

Subdirección de Contabilidad y Auditoría

Subdirección de Recursos Económicos

Dirección de Administración, Recursos Humanos y Servicios Generales

Subdirección de Recursos Humanos y Servicios Generales

Subdirección de Nómina de Jubilados y Pensiones

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6.- DIRECTORIO…………………………………………………..…………………………... 33

7.- DEFINICIONES Y NOMECLATURA…………………………………………..…... 33

8.- REFERENCIAS………………………………………………..…………………………... 34

9.- ANEXOS……………………………………………………………………….…………..... 34

1. INTRODUCCIÓN.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN

El presente Manual de Organización de la Dirección de Pensiones de los Trabajadores de la Educación(DIPETRE) tiene como propósito dar a conocer las responsabilidades de cada una de las áreas que laconforman, este documento es de información y de consulta para las unidades administrativas.

Este documento se desarrolló con la finalidad de establecer y difundir la estructura y funciones generales dela Dirección de Pensiones de los Trabajadores de la Educación (DIPETRE) ya que proporciona a losintegrantes de cada unidad administrativa una guía clara y funcional que le sirva de apoyo a la tarea diaria,pues a través de este documento conocerá la estructura organizacional y los diferentes niveles jerárquicosque la conforman, las funciones y/o responsabilidades conferidas, las decisiones y autoridades, los canalesde comunicación, los requisitos para cumplir y desempeñar su labor de una manera eficiente.

En tal virtud, este manual tiene como propósito que se tenga un conocimiento claro y preciso delfuncionamiento de la Dirección, además de constituirse en un instrumento de apoyo que contribuya al logroeficaz y eficiente de los objetivos, por lo que se actualización de manera permanente y oportuna en caso depresentarse modificaciones en su estructura orgánica, atribuciones, perfil de puesto, marco legal odistribución de funciones.

MENSAJE DE LA TITULAREste documento consigna en forma integral y metódica la estructura orgánica y las operaciones que deben

seguirse para la realización de las funciones, por lo que sirve como base para desarrollar las actividades quepermiten a cada unidad administrativa cumplir con los objetivos institucionales.

Además permite conocer el funcionamiento interno de la Dirección de Pensiones a los Trabajadores de laEducación, la definición y descripción de tareas y responsables de su ejecución, así como facilitar la

sistematización global de la información y permitir a quienes colaboran en las distintas áreas, el logro delobjetivo y ordenado de sus actividades.

Es por esto que este manual de organización resulta de vital importancia en las acciones que se hanemprendido y que los resultados se vean reflejados en la calidad del servicio que se brinda a los jubilados,

pensionados y beneficiarios, así como a todo el personal que conforma la Dirección de Pensiones de losTrabajadores de la Educación (DIPETRE).

Lic. Katy Villarreal Saucedo

Directora General DIPETRE

2. MARCO INSTITUCIONAL

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2.1 MISIÓNSomos una institución de Seguridad Social que administra los recursos económicos con eficiencia,honestidad y transparencia, para garantizar con calidad y calidez humana, la satisfacción por la atención en elpago de las pensiones y otros beneficios sociales para los Trabajadores de la Educación, de la UA de C,UAAAN y afiliados de la sección 38 de SNTE del Estado de Coahuila a través de la eficacia de los procesos ydel cumplimiento de la normatividad regulatoria aplicable.

2.2 VISIÓNConsolidarse como Institución confiable y de excelencia con el reconocimiento local, estatal y nacional que através de la honestidad, transparencia, integridad y eficiencia sea sólida y solvente logrando su estabilidad yviabilidad financiera a largo plazo como una forma de garantizar los beneficios sociales a favor de losTrabajadores de la Educación de la UA de C, UAAAN y afiliados de la Sección 38 del SNTE de Coahuila.

2.3 PRINCIPIOS Y VALORESPRINCIPIOS: Eficacia, Eficiencia, Institucionalidad, Legalidad e Imparcialidad.

VALORES: Interés Público, Respeto, Integridad, Transparencia y Rendición de Cuentas.

2.4 OBJETIVOS Cumplir con las prestaciones y servicios de seguridad social que prevé la Ley de Pensiones y Otros

Beneficios Sociales para los trabajadores de la Educación Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza.

Conceder préstamos a los trabajadores y pensionados conforme a la disponibilidad financiera de laDirección de Pensiones, previa autorización del Presidente de la Junta Directiva y la Dirección General.

Conceder beneficios sociales a todos aquellos trabajadores y pensionados que se encuentren afiliados adicha Institución, entre estos se encuentran los gastos de funeral.

2.5 BASE LEGAL

LEYES FEDERALES Ley Federal del Trabajo.

Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos.

Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

LEYES ESTATALES Ley de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Estado de Coahuila

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios para el Estado de Coahuila.

Ley de Archivos Públicos para el Estado de Coahuila de Zaragoza

Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Coahuila.

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Ley de Pensiones y otros Beneficios Sociales para los Trabajadores de la Educación Pública del Estado deCoahuila de Zaragoza.

P.O.E. No. 3, Segunda Sección, viernes 08 de enero de 2016.

Ley de Responsabilidad de los Servidores Públicos Estatales y Municipales del Estado de Coahuila

Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila

Ley General de Contabilidad Gubernamental

Leyes de Rendición de Cuentas y Fiscalización Superior del Estado de Coahuila de Zaragoza.

Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos obligados del Estado de Coahuila deZaragoza.

Constitución política del Estado de Coahuila de Zaragoza

P.O. 15-10-2012

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

REGLAMENTOS ESTATALES Reglamento Interior de la Dirección de Pensiones de los Trabajadores de la Educación.

P.O.E. No. 90, Primera Sección, martes 08 de noviembre de 2016.

Reglamento para otorgamiento de Préstamos personales a cargo de la Cuenta Institucional de losTrabajadores y Pensionados Afiliados a la Sección 38 del SNTE.

Reglamento para el Otorgamiento de Préstamos Personales a Cargo de la Cuenta Institucional de losTrabajadores y Pensionados de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro.

LINEAMIENTOS Lineamientos para el Otorgamiento de Gastos de Funeral.

Lineamientos Para El Otorgamiento De Pensiones Por Inhabilitación Física O Mental Derivada De UnaInvalidez Definitiva.

Lineamientos para la Evaluación Estimación, y Cancelación de Cuentas Incobrables a favor de la Direcciónde Pensiones de los Trabajadores de la Educación”.

2.6 ATRIBUCIONESEn la Ley de Pensiones y Otros Beneficios Sociales para los Trabajadores de la Educación Pública del Estado deCoahuila de Zaragoza publicada el 8 de enero de 2016 en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado tiene comoobjeto establecer y reglamentar las pensiones y otros beneficios sociales en favor de los trabajadores de laeducación pública del Estado de Coahuila otorgando los servicios a:

I. Gobierno del Estado y se encuentre afiliada a la Sección 38 del SNTE;

II. Universidad Autónoma de Coahuila;

III. Universidad Autónoma Agraria “Antonio Narro”; e

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IV. Instituciones de servicio social creadas para beneficio de los trabajadores de la educación pública delEstado, así como aquellos trabajadores que presten sus servicios en las oficinas centrales del ComitéEjecutivo de la Sección 38 del SNTE.

La prestación de los servicios que la ley establece estarán a cargo del organismo público descentralizado conpersonalidad jurídica y patrimonio propios denominado Dirección de Pensiones de los Trabajadores de laEducación creado por Decreto 312 de fecha 25 de marzo de 1961.

De acuerdo al artículo 25 de la Ley de Pensiones y Otros Beneficios Sociales para los Trabajadores de laEducación Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza, la Junta de Gobierno es la autoridad competentepara aprobar y autorizar la vigencia de los reglamentos generales sobre el patrimonio, y demás tópicosnecesarios para el funcionamiento de la entidad.

De acuerdo al Reglamento Interior de la Dirección de Pensiones para los Trabajadores de la Educación(DIPETRE) publicado el periódico oficial número 90 de fecha 08 de noviembre de 2016 en la primera seccióndetermina la estructura y organización, así como las funciones y atribuciones de su órgano de gobierno, suPresidente, su Director General y las unidades administrativas para el debido cumplimiento de lasdisposiciones contenidas en la Ley de Pensiones y Otros Beneficios Sociales para los Trabajadores de laEducación Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza.

La Junta de Gobierno como máximo órgano de gobierno por representar los intereses de todas las entidadque contribuyen al organismos, es el que tendrá entre algunas de sus facultades la de administrar losservicios, prestaciones y beneficios que compete prestar a la Dirección de Pensiones y emitir las resolucionesen las que se determine la procedencia o no de las pensiones solicitadas. Además dicha Junta de Gobiernotendrá a su cargo designar y otorgar al Director General, poder general para el ejercicios de sus funcionesestablecidas en la ley, deberá vigilar la concentración de cuotas y aportaciones, así como examinar y aprobarlos proyectos de los estados financieros y emitir los reglamentos generales y normatividad interna para elbuen funcionamiento del organismo. También esta Junta deberá discutir y aprobar el presupuesto general deingresos y egresos e imponer las sanciones en caso de faltas graves al organismo.

La Junta de Gobierno que es el máximo gobierno de la DIPETRE, está compuesta por siete miembros loscuales contarán con voz y voto y serán designados de la siguiente manera (artículo 5 del ReglamentoInterior):

I. Uno nombrado por el Gobierno del Estado.

II. Uno por la Universidad Autónoma de Coahuila

III. Uno por la Universidad Autónoma Agraria “Antonio Narro”

IV. Uno por la Sección 38 del Sindicato Nacional de los Trabajadores de la Educación, electo pormayoría de votos del Comité Ejecutivo de la Sección 38 del SNTE a propuesta de su SecretarioGeneral.

V. Uno por el Sindicato de los Trabajadores de la Universidad Autónoma de Coahuila.

VI. Uno por cada uno de los dos Sindicatos de la Universidad Autónoma “Antonio Narro”.

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El artículo 11 del Reglamento Interior establece las siguientes atribuciones de la Junta de Gobierno:

I. Cumplir y hacer cumplir con exactitud las disposiciones de la ley y del reglamento.

II. Otorgar y administrar, en la esfera de su competencia, los servicios, prestaciones y beneficiosque compete prestar a la DIPETRE.

III. Recibir del Director General, los proyectos de resolución, efectuar la revisión de los expedientes yemitir las resoluciones en las que se determine la procedencia o no de las pensiones solicitadascon cargo a la cuenta institucional correspondiente, de ser el caso.

IV. Realizar toda clase de actos o negocios jurídicos, que requiera el buen servicio de la DIPETRE,de conformidad con las estipulaciones contenidas en la ley y el reglamento.

V. Otorgar al Director General poder general para pleitos y cobranzas, actos de administración yactos de dominio con todas las facultades que requieran cláusula especial conforme a la ley.

VI. Delegar las facultades para actos de administración y para pleitos y cobranzas y revocar lassustituciones que haga, en la esfera de competencia.

VII. Vigilar la oportuna concentración de cuotas, aportaciones y demás recursos que ingresen a laDIPETRE.

VIII. Vigilar las operaciones de inversión del patrimonio de la DIPETRE.

IX. Examinar y en su caso aprobar los proyectos de los estados financieros, los balances ordinarios yextraordinarios y los informes generales y especiales que le presente el Director General.

X. Vigilar el ejercicio del presupuesto anual de egresos mediante la práctica de las auditoríasinternas y externas que sean necesarias.

XI. Aprobar y autorizar la vigencia del reglamento interior estableciendo la estructura orgánica,facultades y funciones que correspondan a las diversas áreas operativas y de administración, asícomo los reglamentos generales, sobre el patrimonio y demás tópicos necesarios para elfuncionamiento de la DIPETRE.

XII. Discutir y aprobar el presupuesto general de egresos de la DIPETRE, el cual le será presentadopor el Director General, mismo que considerará los resultados y recomendaciones del estudioactuarial correspondiente.

XIII. Vigilar y supervisar la adquisición de los bienes muebles necesarios para el cumplimiento delobjeto de la DIPETRE.

XIV. Dictar las disposiciones que normen la contratación, remuneración y prestaciones, que debanotorgarse a los servidores públicos de la entidad paraestatal, las que en todo caso deberánsujetarse a los tabuladores autorizados por el Gobierno del Estado.

XV. Autorizar con la firma de todos sus miembros las actas de las sesiones ordinarias yextraordinarias que celebre.

XVI. Imponer las sancione establecidas en el capítulo sexto de la ley y solicitar la aplicación deaquellas cuya fijación y ejecución sea competencia de otra autoridad, de conformidad con elcitado capítulo sexto

XVII. Las demás que les confieran la ley y el reglamento.

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Se designa a Presidente de la Junta de Gobierno quién además de presidir el máximo órgano de Gobiernodel organismo convocar a sus sesiones, será el encargado de exigir al Director General el estrictocumplimiento de la ley de los acuerdos de la Junta de Gobierno.

En el artículo 15 del Reglamento Interior se establecen como facultades y obligaciones del Presidente de laJunta:

I. Exigir al Director General el estricto cumplimiento de esta ley y de los acuerdos de la Junta deGobierno.

II. Suscribir, firmar, endosar, avalar, girar, cheques, pagarés, letras de cambio o cualesquiera otrostítulos de crédito, conjuntamente con el Director General, en cumplimiento de los acuerdos de laJunta de Gobierno. Esta facultad podrá delegarse mediante autorización expresa otorgada por laJunta de Gobierno.

III. Someter a la consideración de la Junta de Gobierno todas aquellas cuestiones que sean de lacompetencia de la misma.

IV. Resolver bajo su inmediata y directa responsabilidad los asuntos urgentes, de obvia resolución,que sean de la competencia de la Junta de Gobierno, cuando ésta no pueda reunirse deinmediato, a reserva de dar cuenta pormenorizada a la misma, a la brevedad posible.

V. Vigilar el cumplimiento de la ley, su reglamento y los acuerdos de la Junta de Gobierno.

VI. Convocar a la Junta de Gobierno a sesiones ordinarias o extraordinarias, así como presidirlas yclausurarlas, con estricta observancia a las disposiciones contenidas en la ley y en el reglamentointerior.

VII. Diferir o suspender las sesiones cuando existan causas que, a su juicio, pudieran afectar lacelebración o el desarrollo de las mismas.

VIII. Convocar a las entidades y organismos a que se refiere la ley, para que designen ante la Juntade Gobierno a sus respectivos representantes, en el caso que señala el artículo 32 de la ley.

IX. Autorizar con su firma, conjuntamente con el Director General, la contabilidad de la DIPETRE.

X. Suscribir conjuntamente con los demás miembros, las actas de las sesiones

XI. Las demás que le señale la ley y el reglamento.

Por otro lado este ordenamiento pretende regular las nuevas atribuciones que tendrán los Comités deAdministración quienes estarán encargados de supervisar a la administración, disposición y control de lascuentas institucionales que realiza la Junta de Gobierno y Director General.

En el artículo 19 del Reglamento Interior establece las siguientes atribuciones de los Comités de Administración:

I. Supervisar y vigilar en los términos de esta ley, los recursos que integren la Cuenta Institucionalrespectiva.

II. Autorizar con la firma de todos sus miembros las actas de las sesiones ordinarias yextraordinarias que celebren.

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III. Recibir las solicitudes de pensión y los documentos relativos, elaborar los expedientesrespectivos, validarlos con las firmas de sus miembros y remitirlos al Director General.

IV. Gestionar los recursos necesarios con las unidades u organismos donde presten o prestaron susservicios los trabajadores y pensionados, para el debido cumplimiento del objeto de la DIPETRE.

V. Fungir como órgano de consulta de la Junta de Gobierno cuando así lo solicite ésta.

VI. Las demás que les confieren la ley y el Reglamento.

Cabe mencionar que para regular las atribuciones de los órganos de vigilancia que estarán encargados derealizar las auditorías internas de la Dirección de Pensiones, emitiendo informes y observaciones respecto alos estados financieros y la contabilidad en general del organismo. Estos procedimientos de supervisión sellevarán a cabo a través de un Síndico que será designado por la Secretaría de Fiscalización y Rendición deCuentas del Estado de Coahuila.

3. ANTECEDENTES DE LA ORGANIZACIÓN

La Dirección de Pensiones de los Trabajadores de la Educación (DIPETRE) es un organismo públicodescentralizado de la administración pública del Estado de Coahuila de Zaragoza, con personalidad jurídica ypatrimonio propio, creado por Decreto No. 312 de fecha 25 de marzo de 1961 y publicado en el PeriódicoOficial del Gobierno del Estado de Coahuila, número 25 de fecha 29 de marzo de 1961 y es el encargado delcumplimiento de las prestaciones y servicios de seguridad social que prevé la Ley de Pensiones y otrosBeneficios Sociales para los Trabajadores de la Educación Pública.

La Ley de Pensiones y otros Beneficios Sociales para los Trabajadores de la Educación Pública del Estadode Coahuila de Zaragoza fue publicada en el Periódico Oficial del Estado, número 3, segunda sección defecha viernes 08 de enero de 2016 en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado la cual establece yreglamenta las pensiones y otros beneficios sociales en favor de los trabajadores de la educación pública delEstado de Coahuila de Zaragoza.

Para la Dirección de Pensiones de los Trabajadores de la Educación (DIPETRE) se publica en el PeriódicoOficial del Estado, número 90, primera sección de fecha 08 de noviembre de 2016 su Reglamento Interiorpara determinar la estructura y organización, así como las funciones y atribuciones de la Junta de Gobierno,Dirección General y las unidades administrativas que la conforman.

La Dirección de Pensiones de los Trabajadores de la Educación (DIPETRE) tiene como máximo órgano a laJunta de Gobierno quién representa los intereses de las entidades y organismos (Sección 38 del SNTE,Universidad Autónoma de Coahuila y la Universidad Autónoma Agraria “Antonio Narro”), es el que tendráentre otras facultades la de administrar los servicios, prestaciones y beneficios que compete prestar alDIPERE.

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Esta Junta de Gobierno está presidirá por un Presidente que es el encargado de vigilar el correcto y legalfuncionamiento de la entidad, así como el cumplimiento de la Ley de Pensiones y otros Beneficios Socialespara los Trabajadores de la Educación Pública.

Además se cuenta con Comités de Administración que son los encargados de supervisar la administración,disposición y control de las cuentas institucionales que realiza la Junta de Gobierno y el/la Directora(a)General.

Para realizar las auditorías internas, emisión de informes y observaciones respecto a los estados financierosy la contabilidad en general del DIPETRE, se asigna por parte de la Secretaría de Fiscalización y Rendiciónde Cuentas del Estado de Coahuila (SEFIR), un órgano de vigilancia denominado síndico que supervisaráestos procesos.

La administración y dirección de la DIPETRE en el artículo 3 del Reglamento Interior establece que estará acargo de:

I. Junta de Gobierno.

II. Un Presidente.

III. Una Dirección General.

Para el despacho de las funciones de la DIPETRE, el Presidente y el Director General tendrá a su cargo lassiguientes unidades administrativas (artículo 35 del Reglamento Interior):

I. Las unidades auxiliares del Presidente y del Director General.

II. Dirección de Finanzas.

III. Dirección de Administración, Recursos Humanos y Servicios Generales.

IV. Dirección de Prestaciones.

En el artículo 36 del Reglamento Interior se establece que son Unidades Auxiliares del Presidente y del Directorlas siguientes:

I. Secretaría Técnica.

II. Unidad de Asuntos Jurídicos.

III. Unidad de Informática.

IV. Unidad de Transparencia.

Se considerarán como direcciones de área de la DIPETRE:

I. Dirección de Prestaciones.

II. Dirección de Finanzas.

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III. Dirección de Administración, Recursos Humanos y Servicios Generales.

Los servicios a los que se hacen referencia de la Dirección de Pensiones de los Trabajadores de la Educaciónson: Pase de revista, Constancias, Pensiones, Prestaciones y Jubilaciones.

En el marco de los convenios de colaboración, la Dirección de Pensiones para los Trabajadores del Estado llevala administración del personal de los Centros de Convivencia, Casa Club, Talleres Gráficos etc.; en virtud de quedichos centros prestan atención y servicios a jubilados y pensionados.

4. ORGANIGRAMASÓRGANO DE GOBIERNO

ORG-JG

Organigrama Específico de la Junta de Gobierno.

ORG-CA

Organigrama Específico de los Comités de Administración.

ORGANIGRAMA GENERALORG-DIPETRE

Organigrama General de la Dirección de Pensiones de los Trabajadores de la Educación.

ORGANIGRAMA ESPECÍFICOORG-DG

Organigrama Específico de la Dirección General.

UNIDADES AUXILIARESORG-ST

Organigrama Específico de la Secretaría Técnica.

ORG-UAJ

Organigrama Específico de la Unidad de Asuntos Jurídicos.

ORG-UI

Organigrama Específico de la Unidad de Informática.

ORG-UT

Organigrama Específico de la Unidad de Transparencia.

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Direcciones de áreaORG-DP

Organigrama Específico de la Dirección de Prestaciones.

ORG-DF

Organigrama Específico de la Dirección de Finanzas.

ORG-DARHSG

Organigrama Específico de la Dirección de Administración, Recursos Humanos y Servicios Generales.

Para los puestos mandos medios, jefaturas de departamento y personal técnico operativo se documenta en laDescripción y Perfil del Puesto la identificación del puesto, funciones y responsabilidades así como relación entrepuestos.

5. DESCRIPCIÓN DEL PUESTO

DIRECCIÓN GENERALIDENTIFICACIÓN DEL PUESTO

Nombre del área: Dirección General

Nombre del puesto: Director(a) General

Denominación del puesto: Titular del Organismo

Objetivo del puesto: Organizar, estructurar y supervisar el funcionamiento de la Dirección dePensiones de los Trabajadores de la Educación (DIPETRE) para darcumplimiento de las prestaciones y servicios de seguridad social que prevé laLey de Pensiones y Otros Beneficios Sociales para los Trabajadores de laEducación Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza.

PERFIL DEL PUESTO

Preparación académica: Licenciatura en administración contaduría, finanzas, actuaría o equivalente.

Experiencia Laboral: 6 años

Habilidades requeridas porel puesto:

Liderazgo.

Planeación, organización, delegación y control.

Análisis y solución de problemas.

Orientación a resultados.

Comunicación y relaciones interpersonales.

Toma de decisiones.

Trabajo en equipo.

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Conocimientos específicospara el puesto:

Conocimientos en áreas de administración y en derecho.

Manejo de Procesos contables.

Contabilidad gubernamental.

Normatividad en materia administrativa, laboral, de seguridad social, mercantil.

Procesos de administración y control de recursos, humanos, financieros ymateriales.

Normatividad aplicable.

FUNCIONES DEL PUESTO

Funciones: 1. Asistir obligatoriamente a las sesiones de la Junta de Gobierno y cuandolo considere conveniente, a las de los Comités de Administración, enambos casos con voz pero sin voto.

2. Representar legalmente a la DIPETRE, para cuyo efecto estará dotadode un mandato general para pleitos y cobranzas, actos de administracióny actos de dominio, con todas las facultades generales y las especialesque requieren cláusula especial, conforme a la ley en los términos de lodispuesto por el artículo 3008 del Código Civil para el Estado deCoahuila de Zaragoza y su correlativo del Código Civil para el DistritoFederal.

3. Ejecutar los Acuerdos de la Junta de Gobierno.

4. Administrar y supervisar en todos sus aspectos los asuntos de lacompetencia del Organismo.

5. Nombrar y remover al personal de la DIPETRE, cuidando que el mismocumpla con los perfiles adecuados para garantizar la eficiencia y buenfuncionamiento del organismo.

6. Llevar y autorizar con su firma, y la del Presidente de la Junta deGobierno la contabilidad de la DIPETRE.

7. Exigir el pago oportuno de las cuotas y aportaciones que conforme aesta ley deba percibir la DIPETRE.

8. Depositar en una institución de crédito mediante contrato de fideicomiso,la totalidad de los fondos de la DIPETRE, ya sea de los fondos globalesde las cuentas institucionales o de cuentas individuales, y vigilar susingresos y egresos.

La Juna de Gobierno podrá a propuesta, plenamente justificada delDirector General, mantener fuera del fideicomiso la cantidad equivalentehasta de un mes de gastos totales de la DIPETRE, considerando paraello la experiencia de los tres meses anteriores, así como la expectativade las necesidades del mes siguiente.

9. Rendir oportunamente los informes contables que esta ley establececomo obligatorios y los que la Junta de Gobierno le solicite.

10. Crear las unidades administrativas necesarias para el buen

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funcionamiento de la Dirección y designar al titular de éstas previoacuerdo con el Presidente.

11. Formular planes y programas de organización y administración de losrecursos humanos, financieros y materiales.

12. Establecer los métodos y prácticas que permitan el óptimoaprovechamiento de los bienes muebles e inmuebles de la dirección.

13. Supervisar y vigilar que las funciones del personal del organismo serealicen de manera articulada, congruente y eficaz.

14. Preparar los proyectos de los estados financieros, los balancesordinarios y extraordinarios y los informes generales y especiales para suestudio y aprobación por parte de la Junta de Gobierno.

15. Firmar conjuntamente con el Presidente de la Junta de Gobierno lasórdenes de pago que procedan.

16. Proponer a la Junta de Gobierno y a los Comités las medidas queconsidere convenientes para un mejor funcionamiento del Organismo.

17. Supervisar a los recursos financieros se destinen de manera exclusiva alos gastos propios de operación de la DIPETRE, conforme a lo dispuestopor esta ley.

18. Vigilar que los fondos de las Cuentas Institucionales obtengan losmejores rendimientos financieros del mercado.

19. Solicitar a la Junta de Gobierno y a los Comités se inserten en el ordendel día respectivo, los asuntos que a su juicio deba conocer y atender laJunta de Gobierno.

20. Proporcionar la información y dar acceso a la documentación que lesoliciten la Secretaría de Fiscalización y Rendición de Cuentas y laAuditoría Superior del Estado para el ejercicio de sus funciones.

21. Vigilar la correcta aplicación de las observaciones y sugerenciasresultado de las auditorías externas prácticas a la DIPETRE.

22. Firmar, en reunión del Presidente de la Junta de Gobierno, losdocumentos relativos al manejo de los fondos de la DIPETRE.

23. Formular y presentar a la Junta de Gobierno el presupuesto anual degastos y emolumentos.

24. Formular el calendario oficial de la DIPETRE y autorizar, en casonecesario la suspensión de labores.

25. Conceder licencia al personal de la DIPETRE en los términosestablecidos por el reglamento respectivo.

26. Someter a la consideración de la Junta de Gobierno las reformas queconsidere pertinentes a los reglamentos de la DIPETRE.

27. Resolver bajo su inmediata y directa responsabilidad los asuntosurgentes, de obvia resolución, que siendo competencia de la Junta de

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Gobierno ésta no pueda resolver, ya sea porque exista imposibilidad deque se integre de inmediato o que por ausencia del Presidente de dichaJunta, éste no pueda hacer uso de las facultades a que se refiere lafracción IV, del artículo 14 a reserva de que a la brevedad posible, décuenta pormenorizada al Presidente.

28. Recibir de los Comités los expedientes relativos, verificar que éstos seencuentren validados y debidamente firmados por los miembros delcomité respectivo y en su caso formular, dentro de los 5 días hábilessiguientes a su recepción, los proyectos de resolución de pensión,firmarlos y someterlos a consideración de la Junta de Gobierno para quedetermine la procedencia o no de la pensión solicitada. Así mismodeberá resguardar las solicitudes, de pensión documentos relativos y losexpedientes correspondientes.

29. Suscribir, firmar, endosar, avalar, girar o en cualquier otra formacomprometer a la DIPETRE en cheques, pagarés, letras de cambio ocualesquier otros títulos de crédito, en los términos del artículo 9° de laLey General de Títulos y Operaciones de Crédito, previa autorización dela Junta de Gobierno.

30. Crear la Unidad de Transparencia y el Comité de Transparencia.

31. Llevar comunicación constante con el Presidente sobre todo acto quelleve a cabo en ejercicio de las facultades contenidas en el Reglamento.

32. Las demás que le asigne la ley, el reglamento y demás disposicionesaplicable.

RELACIONES ENTRE PUESTOS

Relación jerárquicaascendente:

Presidente de la Junta de Gobierno

Relación jerárquicadescendente:

Unidades Auxiliares:

Secretario(a) Técnico(a), Titular de la Unidad de Asuntos Jurídico, Titular de laUnidad de Informática, Titular de la Unidad de Transparencia.

Direcciones de área:

Director(a) de Prestaciones, Director(a) de Finanzas, Director(a) deAdministración, Recursos Humanos y Servicios Generales.

Staff:

Empleado Administrativo "A".

Lo sustituye: Servidor Público definido por la Junta de Gobierno

UNIDADES AUXILIARESIDENTIFICACIÓN DEL PUESTO

Nombre del área: Secretaría Técnica.

Nombre del puesto: Secretario(a) Técnico(a).

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Denominación del puesto: Director de área “A”.

Objetivo del puesto: Auxiliar al Presidente y Director General en el seguimiento y cumplimiento deacuerdos, elaborar informe, planear, revisar y supervisar el cumplimiento deprogramas de trabajo y elaborar los indicadores y estadísticas que sirvan comoparámetros para el mejoramiento del organismo además de lo relativo acomunicación social.

PERFIL DEL PUESTO

Preparación académica: Licenciatura.

Experiencia Laboral: 3 años.

Habilidades requeridas porel puesto:

Orientación a resultados.

Análisis y solución de problemas.

Planeación y Administración.

Toma de decisiones.

Organización y control.

Conocimientos específicospara el puesto:

Trámites administrativos.

Procesos contables y financieros.

Administración pública.

FUNCIONES DEL PUESTO

Funciones: 1. Prestar al Presidente y al Director General el auxilio personal querequiera para el desempeño de sus funciones.

2. Llevar el control y dar cuenta de la correspondencia oficial y particular delPresidente y del Director General.

3. Atender y tramitar los asuntos que el Presidente y el Director General leencomiende.

4. Programar y dar seguimiento a los acuerdos tomados en las reuniones alas que asista el Presidente y el Director General.

5. Realizar actividades de comunicación social, para la promoción y difusiónde las acciones desarrolladas por la DIPETRE.

6. Coordinar la recepción, registro y atención de los asuntos de lacompetencia del Presidente o del Director General.

7. Coordinar la preparación de documentos e informes de la DIPETRE.

8. Recibir, coordinar y dar seguimiento al programa de trabajo de laDIPETRE.

9. Proponer, previa aprobación del Presidente y del Director General loslineamientos que deberán contener los documentos de trabajo,proyectos y programas que presenten las unidades administrativas,demás órganos de la DIPETRE.

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10. Proponer previa aprobación del Presidente y del Director General loslineamientos que deberán contener los documentos de trabajo,proyectos y programas que presenten las unidades administrativas,demás órganos de la DIPETRE.

11. Propiciar la comunicación oportuna, objetiva y directa de la DIPETRE conlas demás dependencias de la administración pública estatal, así comoentre las unidades administrativas y demás óranos internos.

12. Coordinar los estudios y proyectos que le encomiende el Presidente o elDirector General con las unidades administrativas y demás órganos de laDIPETRE.

13. Desarrollar los Mecanismos necesarios para la planeación estratégica enla DIPETRE.

14. Apoyar en la organización, integración y sistematización de lainformación que proporcionen las unidades administrativas de DIPETREpara la elaboración de los informes que tenga que rendir el Presidente oel Director General.

15. Apoyar a las unidades administrativas de DIPETRE en la realización deestudios e investigaciones, así como en la elaboración de estadísticasrelacionadas con sus atribuciones.

16. Analizar, procesar y ofrecer información estadística relacionada con elobjeto de la DIPETRE.

17. Diseñar en coordinación con las unidades administrativas involucradasde la DIPETRE, el sistema de indicadores y evaluación que permitamediar el desempeño de las diferentes áreas que integran el organismo.

18. Las demás que le confieran este reglamento, la ley, otras disposicionesaplicables, el Presidente y el Director General.

RELACIONES ENTRE PUESTOS

Relación jerárquicaascendente:

Presidente de la Junta de Gobierno

Director(a) General

Relación jerárquicadescendente:

No aplica

Lo sustituye: Servidor Público designado por la Dirección General.

IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO

Nombre del área: Unidad de Asuntos Jurídicos.

Nombre del puesto: Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos.

Denominación del puesto: Director de área “A”.

Objetivo del puesto: Vigilar el cumplimiento de las cuestiones contenciosas, administrativas,

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elaboración de contratos y convenios así como de fungir como consejeríajurídica para dar sustento legal a todo el actuar de la DIPETRE y sobre todo a lasresoluciones y acuerdos que emitan sus órganos de gobierno.

PERFIL DEL PUESTO

Preparación académica: Licenciatura en Derecho.

Experiencia Laboral: 3 años.

Habilidades requeridas porel puesto:

Análisis y solución de problemas.

Toma de decisiones.

Comunicación y relaciones interpersonales.

Trabajo en quipo.

Planeación, organización, delegación y control.

Conocimientos específicospara el puesto:

Conciliación y representación en juicio.

Legislación estatal, nacional e internacional en materia laboral, seguridad social,fiscal, mercantil, entre otras.

Procesos de licitación y contratación de bienes y servicios.

FUNCIONES DEL PUESTO

Funciones: 1. Brindar asesoría jurídica a la Junta de Gobierno, al Presidente, alDirector General y a las diversas Unidades Administrativas que integranla DIPETRE que así lo soliciten.

2. Elaborar, asesorar y revisar los lineamientos legales en la elaboración deactas, circulares, resoluciones, contratos, convenios y acuerdos en losque intervenga directa o indirectamente la DIPETRE.

3. Tramitar los recursos administrativos, juicios contenciosos,administrativos y judiciales que se interpongan en contra de actos yresoluciones de la DIPETRE, con motivo de la aplicación de la Ley y desus disposiciones reglamentarias.

4. Llevar la representación legal del DIPETRE, actuando como apoderadogeneral par pleitos y cobranzas de la Dirección con todas las facultadesgenerales y especiales que requieran cláusula especial conforme a laLey, en especial para representar al Director General, en sus actos,acuerdos y resoluciones, con motivo de la aplicación de su propia Ley yde sus disposiciones reglamentarias.

5. Formular demandas, contestaciones, amparos, denuncias,reclamaciones, querellas y todo tipo de promociones y recursos en losjuicios o procedimientos en que la DIPETRE sea actor o partedemandada, tenga interés jurídico o se le designe como parte ante lasautoridad juridiciales, administrativas, fiscales, laborales, penales, civileso ante árbitros o de cualquier otra índole de la federación, estados ymunicipios.

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6. Difundir el marco legal vigente de la DIPETRE a las unidades de apoyo yadministrativas a que se refiere este reglamento.

7. Formular los proyectos de reglamentos, acuerdos, manuales,resoluciones y demás disposiciones competencia de la DIPETRE, quedeba expedir la Junta de Gobierno.

8. Participar en los términos de la Ley de Adquisiciones, en los procesos delicitación y contratación de bienes y servicios que requiera la DIPETRE.

9. Elaborar los contratos que la DIPETRE lleve a cabo derivado de losprocesos de adquisición, enajenación, arrendamientos y contratación deservicios y custodiar la documentación legal que se genere.

10. Llevar a cabo el procedimiento administrativo de rescisión o terminaciónanticipada prevista en los contratos o convenios que celebre DIPETRE.

11. Supervisar Que los servidores públicos adscritos a la DIPETRE queestén subordinados cumplan con las disposiciones del Reglamento,disposiciones administrativas y de control implementadas en laDIPETRE, en términos de la Ley de Responsabilidades de los ServidoresPúblicos del Estado y Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza.

12. Asegurar el manejo apropiado y confidencial de la información que segenere y tenga a su cargo esta Dirección.

13. Atender, apoyar y dar seguimiento a las observaciones que realice laAuditoría Superior del Estado, el Síndico de la DIPETRE y la Secretaríade Fiscalización Rendición de Cuentas del Estado de Coahuila deZaragoza.

14. Formular los convenios, contratos, actas administrativas y demásinstrumentos jurídico-administrativos relativos, que se requieran para eldesarrollo de las atribuciones de la Dirección General y someterlos a laaprobación.

15. Certificar constancias de los documentos legales que obran en losarchivos de la DIPETRE.

16. Revisar y redactar los acuerdos respecto a los proyectos de resolucionesde las solicitudes de pensiones, laborados por la Dirección dePrestaciones, a efecto de verificar que cumplan con los requisitosestablecidos por ley para su procedencia y aprobación ante la Junta deGobierno.

17. Conducir la cobranza judicial y extrajudicial de los préstamos otorgadospor la DIIPETRE; en coordinación con la Unidad de Prestaciones

18. Las demás que le señalen las leyes, reglamentos y otras disposicionesadministrativas y legales aplicables y las que le atribuya directamente elDirector General.

RELACIONES ENTRE PUESTOS

Relación jerárquica Presidente de la Junta de Gobierno

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ascendente: Director(a) General

Relación jerárquicadescendente:

Jefe de Departamento de Asuntos Jurídicos

Lo sustituye: Servidor Público designado por la Dirección General.

IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO

Nombre del área: Unidad de Informática

Nombre del puesto: Titular de la Unidad de Informática

Denominación del puesto: Subdirector de área A

Objetivo del puesto: Equipar, actualizar y resolver todo lo relativo a la infraestructura de cómputo,comunicaciones, servicios de conectividad e internet, así como operar,supervisar y controlar los equipos multiusuario y las computadoras personalesasignadas para el desempeño de las funciones del organismo.

PERFIL DEL PUESTO

Preparación académica: Licenciatura o Ingeniería en Sistemas Computacionales o equivalente

Experiencia Laboral: 3 años

Habilidades requeridas porel puesto:

Trabajo en equipo

Administración de proyectos

Planeación, organización, delegación y control

Orientación a resultados

Conocimientos específicospara el puesto:

Tecnologías de información

Sistemas operativos

Bases de datos

Configuración de equipos

FUNCIONES DEL PUESTO

Funciones: 1. Establecer la infraestructura de cómputo y de comunicaciones para elprocesamiento electrónico de datos, procurando el uso óptimo y racionalde los recursos.

2. Proporcionar a las Unidades Administrativas, los servicios deconectividad y procesamiento electrónico de datos, así como opera,supervisar y controlar los equipos multiusuario y las computadoraspersonales asignadas para ello.

3. Formular, difundir e implementar normas para el uso y aprovechamientode los recursos informáticos, de conformidad con las disposicionesnormativas aplicables.

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4. Identificar, desarrollar y mantener los sistemas de información que lasUnidades Administrativas requieran, para el óptimo desempeño de susfacultades.

5. Generar los movimientos de descuento de los préstamos otorgados porla DIPETRE y enviarlos en coordinación con la Dirección dePrestaciones a la instancia competente, para ser incorporados a lanómina gubernamental.

6. Procesar la recepción de los movimientos aplicados por el sistema denómina correspondiente a los préstamos otorgados por la DIPETRE y alas aportaciones de fondo de los derechohabientes.

7. Establecer las políticas de seguridad informática en las instalaciones ycontrolar los respaldos de información que permitan garantizar lapermanencia y recuperación de datos y sistemas.

8. Mantener el uso y aprovechamiento constante los equipos de cómputo, através de la supervisión y control de los mantenimientos preventivos ycorrectivos.

9. Supervisar con las instancias correspondientes, el establecimiento deregistros actualizados de los recursos informáticos con que cuenta laDIPETRE.

10. Proporcionar la asesoría y apoyo técnico en materia de informática querequieran las unidades administrativas.

11. Concentrar, resguardar, mantener y operar las bases de datos de losdiferentes sistemas de información con que cuenten las unidadesadministrativas de la DIPETR, observando las normas, disposiciones,prevenciones, lineamientos y medidas aplicables, con el fin de garantizarla integridad, seguridad y disponibilidad de las mismas.

12. Proponer al Director General la implementación de tecnología devanguardia en lo que a informática y telecomunicaciones concierne,promoviendo y apoyando los programas de modernización.

13. Establecer acorde a la normatividad vigente, sistemas y procedimientostécnicos que en materia de informática y telecomunicaciones procedan.

14. Las demás que le señale el Director General y otras disposicionesnormativas aplicables.

RELACIONES ENTRE PUESTOS

Relación jerárquicaascendente:

Presidente de la Junta de Gobierno

Director(a) General

Relación jerárquicadescendente:

Jefe de Departamento de la Unidad de Informática

Lo sustituye: Servidor Público designado por la Dirección General.

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IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO

Nombre del área: Unidad de Transparencia.

Nombre del puesto: Titular de la Unidad de Transparencia.

Denominación del puesto: Subdirector de área A.

Objetivo del puesto: Vigilar y llevar a cabo todas las obligaciones que se le imponen a la DIPETRE enmateria de transparencia para dar cumplimiento a la Ley de Acceso a laInformación Pública y Protección de Datos Personales para el Estado deCoahuila de Zaragoza además lo relativo al Sistema de Entrega – Recepción.

PERFIL DEL PUESTO

Preparación académica: Licenciatura en Derecho.

Experiencia Laboral: 3 años.

Habilidades requeridas porel puesto:

Razonamiento lógico – jurídico.

Facilidad de redacción y de palabra.

Análisis y solución de problemas.

Planeación, organización y control.

Orientación a resultados.

Conocimientos específicospara el puesto:

Leyes en materia de acceso a la información y protección de datos personales.

Manejo de portales de transparencia (INFOMEX Coahuila y Plataforma Nacionalde Transparencia.

Sistema de Entrega – Recepción.

Normatividad Administrativa, Federal y del Estado de Coahuila.

FUNCIONES DEL PUESTO

Funciones: 1. Conocer y atender los proceso de acceso a la información quecontempla la Ley de Acceso a la Información Pública y Protección deDatos Personales para el Estado de Coahuila de Zaragoza, los cualesvan desde la presentación de la solicitud de información ante laDIPETRE, hasta emitir la respuesta correspondiente y en su casocanalizar a los solicitantes con la autoridad competente.

2. Actuar como representante de la DIPETRE en los recursos de revisiónque se promuevan en su contra, de conformidad con la Ley de Accesoda la Información Pública y Protección de Datos Personales para elEstado de Coahuila de Zaragoza.

3. Dar cumplimiento a las resoluciones que, en su caso, emita la autoridadcompetente con motivo de los recursos de revisión en materia de accesoo a la información pública y protección de datos personales, que seanpromovidos en contra de la DIPETRE.

4. trabajar en coordinación con las unidades administrativas adscritas a la

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DIPETRE, a fin de garantizar la seguridad de los datos personalesconforme a lo que establece la legislación de la matera.

5. Capacitar al personal de las unidades administrativas de la DIPETRE enmateria de acceso a la información pública y protección de datospersonales.

6. Recibir, atender y sistematizar las solicitudes de acceso a la informaciónpública y protección de datos personales de la DIPETRE.

7. Difundir en los términos y por los medios establecidos en la Ley deAcceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales parael Estado de Coahuila de Zaragoza, la información pública que esteobligada a proporcionar la DIPETRE.

8. Vigilar que las unidades administrativas adscritas a la DIPETREgaranticen, en el ámbito de su competencia, el acceso a la informaciónpública y la protección a los datos personales en los términos de lasleyes de la materia.

9. Ejecutar las obligaciones conferidas a las Unidades de Transparenciapor la Ley de Acceso o a l información Pública y Protección de Datospersonales para el Estado de Coahuila de Zaragoza.

10. Mantener actualizado el portal de transparencia de la DIPETRE.

11. Coordinarse con las unidades administrativas a efecto de que éstasproporcionen la información necesaria para la actualización del portal detransparencia en tiempo y forma, para el debido cumplimiento de lasleyes en materia de transparencia.

12. Las demás que le atribuyan el Director General, la ley, el reglamento ylas disposiciones legales aplicables.

RELACIONES ENTRE PUESTOS

Relación jerárquicaascendente:

Presidente de la Junta de Gobierno

Director(a) General

Relación jerárquicadescendente:

No aplica

Lo sustituye: Servidor Público designado por la Dirección General.

DIRECCIONES DE ÁREAIDENTIFICACIÓN DEL PUESTO

Nombre del área: Dirección de Prestaciones

Nombre del puesto: Director de Prestaciones

Denominación del puesto: Dirección General A

Objetivo del puesto: Administrar y coordinar los procesos de afiliación y vigencia, así como revisar lassolicitudes de préstamos y pensiones para asegurar de que los requirentes

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cumplan con los requisitos a fin de poder emitir la autorización en términos de lasdisposiciones legales vigentes

PERFIL DEL PUESTO

Preparación académica: Licenciatura en Derecho, Licenciatura en Administración, Contador Público oequivalente.

Experiencia Laboral: 3 años.

Habilidades requeridas porel puesto:

Planeación, organización, supervisión y control.

Liderazgo.

Análisis y solución de problemas.

Comunicación y relaciones interpersonales.

Toma de decisiones.

Conocimientos específicospara el puesto:

Trámites administrativos de la DIPETRE.

Normatividad administrativa y regulatoria aplicable.

FUNCIONES DEL PUESTO

Funciones: 1. Dirigir, administrar, autorizar y supervisar el otorgamiento de pensiones,préstamos a corto y largo plazo y demás prestaciones de caráctereconómico, establecidas en la ley a los trabajadores, pensionados,jubilados y sus beneficiarios.

2. Remitir la autorización de pensiones y préstamos a las Direcciones deAdministración y Recursos Humanos y de Finanzas a efecto de que secontinúe el trámite correspondiente para el registro y pagocorrespondiente.

3. Dirigir el control de las solicitudes de todo tipo de préstamos establecidosen la ley.

4. Gestionar ante la parte patronal de los derechohabientes, los descuentoscorrespondientes derivados de préstamos otorgados.

5. Realizar las acciones necesarias a efecto de mantener actualizado elpadrón de trabajadores contribuyentes a las cuentas institucionales eindividuales, así como el de jubilados y pensionados.

6. Diseñar y proponer las políticas referentes a los plazos, requisitos ycargos por préstamos de conformidad con la ley.

7. Establecer los mecanismos requerido a efecto de que se otorguen lasprestaciones señaladas por la ley, en el caso de fallecimiento deltrabajador aporte, así como de un jubilado o pensionado.

8. Proponer la simplificación, modernización y actualización de trámites,que permitan eficientar el otorgamiento de las prestaciones a cargo de laDIPETRE, contenidas en la ley.

9. Vigilar en coordinación con la Unidad Administrativa respectiva, la

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disponibilidad presupuestal para el otorgamiento de las prestacioneseconómicas que marca la ley.

10. Proponer la celebración de acuerdos y convenios para la implementaciónde programas de asistencia social y desarrollo humano para lospensionados por la DIPETRE.

11. Proponer en coordinación con la Dirección Finanzas, tanto lastransferencias presupuestales, como ampliaciones y reduccioneslíquidas que modifiquen el presupuesto autorizado por la Junta deGobierno, para el otorgamiento de préstamos, de conformidad a lasdisposiciones normativas aplicables.

12. Establecer sistemas de control adecuados para la custodia de losexpedientes integrados con motivo del otorgamiento de préstamos ypensiones.

13. Proporcionar por conducto del Director General, informes, datos,reportes o demás información que en el ámbito de su competencia lesean requeridos por las dependencias y entidades y demás organismoscompetentes.

14. Promover y vigilar que en la atención y resolución de los asuntos de sucompetencia, se cumplan las políticas y lineamientos dictados por laJunta de Gobierno a propuesta del Director General y demásdisposiciones normativas aplicables.

15. Autorizar la afiliación de los trabajadores y sus beneficios al régimen decotización de la DIPETRE.

16. Verificar la procedencia de la solicitud de afiliación a la DIPETRE.

17. Presentar al Director General el informe anual de préstamos y pensionesotorgadas.

18. Determinar o calcular las pensiones en los términos de la ley.

19. Calcular y determinar la procedencia de las solicitudes de préstamos entérminos de la ley.

20. Elaborar en coordinación con la Dirección Finanzas el anteproyecto depresupuesto de préstamos de corto y largo plazo.

21. Elaborar el anteproyecto de presupuesto de gasto e inversión de laDirección a su cargo.

22. Elaborar mensualmente los indicadores institucionales y de desempeñode la Dirección a su cargo.

23. Las demás que le señale el Director General, la ley, el reglamento ydemás disposiciones aplicables.

RELACIONES ENTRE PUESTOS

Relación jerárquicaascendente:

Director(a) General.

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Relación jerárquicadescendente:

Subdirector(a) de pensiones, fondo global y cuentas institucionales.

Subdirector(a) de préstamos.

Lo sustituye: Servidor Público designado por la Dirección General.

IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO

Nombre del área: Dirección de Finanzas.

Nombre del puesto: Director(a) de Finanzas.

Denominación del puesto: Director General “A”.

Objetivo del puesto: Administrar los recursos financieros derivados de las cuotas y aportaciones asícomo la coordinar los fondos e inversiones de la DIPETRE

PERFIL DEL PUESTO

Preparación académica: Contador Público, Licenciatura en Administración, Economista o equivalente.

Experiencia Laboral: 3 años.

Habilidades requeridas porel puesto:

Planeación, organización, supervisión y control.

Liderazgo.

Análisis y solución de problemas.

Comunicación y relaciones interpersonales.

Toma de decisiones.

Conocimientos específicospara el puesto:

Trámites administrativos de la DIPETRE.

Normatividad administrativa y regulatoria aplicable.

FUNCIONES DEL PUESTO

Funciones: 1. Garantizar la administración eficaz y eficiente de los recursos financierosen el ámbito de su competencia, para el desarrollo de los objetivos yprogramas de la DIPETRE, en las mejores condiciones y medidas dedisciplina, racionalidad y optimización.

2. Elaborar, coordinar, integrar y presentar el anteproyecto de presupuestode ingresos y egresos anual de la DIPETRE al Director General duranteel mes de noviembre, que traducirá en el presupuesto anual de ingresosy egresos que se presenta anualmente ante la Junta de Gobierno parasu aprobación.

3. Autorizar en conjunto con el Director General las adecuacionespresupuestales para el ejercicio del gasto del organismo.

4. Recaudar y controlar los ingresos presupuestado por concepto deaportaciones, recuperaciones, cuotas, intereses y otros así comocustodiar documentos, valores y efectivos derivados de la operación de

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN

la DIPETRE.

5. Controlar la correcta aplicación de los egresos con base en elpresupuesto autorizado, vigilando que la documentación comprobatoriacumpla con las disposiciones normativas aplicables.

6. Llevar el registro contable de todo acto, contrato o documento queimplique obligación o derecho para la DIPETRE, emitiendomensualmente los estados financieros, y demás información contablerequerida, de conformidad con las disposiciones normativas aplicables.

7. Presentar al Director General los informes, datos, reportes o demásinformación que se tenga que presentar a la Junta de Gobierno oinstancia que la requiera.

8. Efectuar pagos por servicios personales, reposición de fondos fijos,servicios subrogados, proveedores, prestados de servicios, préstamos,prestaciones de carácter social y económico, obligaciones fiscales ydemás compromisos contraídos para la operación de la DIPETRE.

9. Supervisar y controlar las inversiones y cuentas bancarias, formulandodiariamente los reportes correspondientes, y efectuando los movimientosy transferencias necesarias para la óptima operación de las mismas.Toda inversión u operación bancaria debe garantizar las mejorescondiciones posibles de seguridad, rendimiento y liquidez.

10. Formular y proponer al Director General los proyectos de inversión bajolas mejores condiciones y la máxima seguridad, de acuerdo a laspolíticas y lineamientos señalados por la Junta de Gobierno.

11. Realizar las acciones necesarias para proteger y salvaguardar los bienesy valores de la DIPETRE.

12. Administrar el ejercicio de gasto público de la DIPETRE, de conformidadcon las leyes aplicables, así como las inversiones en activo fijo; estocomprende el manejo y aplicación de los recursos financieros operativos,cuidando su justificación, comprobación y pago oportuno, en base alpresupuesto de egresos autorizado por la Junta de Gobierno.

13. Asegurar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de las DIPETRE.

14. Establecer y administrar el sistema de control de activo fijo de laDIPETRE.

15. Elaborar mensualmente los indicadores institucionales y de desempeñode la Dirección a su cargo.

16. Supervisar que los servidores públicos adscritos al a DIPETRE que leestén subordinados cumplan con las disposiciones de este reglamento,disposiciones administrativas y de control implementadas en laDIPETRE, en los términos de la Ley de Responsabilidades de losServidores Públicos del Estado y Municipios del Estado de Coahuila deZaragoza.

17. Asumir la responsabilidad de entregar en tiempo y forma lo

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correspondiente a las solicitudes de acceso a la información pública, asícomo aquella que se deberá de publicar en internet en cumplimiento alos términos de la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado deCoahuila de Zaragoza. La unidad de Asuntos Jurídicos y la Unidad deTransparencia revisarán y analizarán la información enviado por lasáreas; siendo la Contraloría Interna quién la publicará en Internet yresponderá las solicitudes de información formuladas por la DIPETRE.

18. Asegurar el anejo apropiado y confidencial de la información que segenere y tenga a su cargo esta Dirección.

19. Atender y llevar el seguimiento de las auditorías financieras y resultadosde análisis a los estados financieros e información contable, quepractiquen organismos estatales o privados, e informar al DirectorGeneral.

20. Emitir el pago de pensiones o préstamos a los trabajadores ypensionados, previa autorización de la Dirección de Prestaciones.

21. Proponer medidas administrativas y financieras que contribuyan a lasimplificación, modernización y mejora continua, para eficientar ytrasparentar el ejercicio del gasto, de conformidad con las disposicionesnormativas aplicables.

22. Las demás que le señale el Director General, la ley, el reglamento y otrasdisposiciones aplicables.

RELACIONES ENTRE PUESTOS

Relación jerárquicaascendente:

Director(a) General.

Relación jerárquicadescendente:

Subdirector(a) de contabilidad y auditoría.

Subdirector(a) de recursos económicos

Lo sustituye: Servidor Público designado por la Dirección General.

IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO

Nombre del área: Dirección de Administración, Recursos Humanos y Servicios Generales .

Nombre del puesto: Director(a) de Administración, Recursos Humanos y Servicios Generales.

Denominación del puesto: Director General A.

Objetivo del puesto: Administrar los recursos materiales y humanos para el buen funcionamiento.

PERFIL DEL PUESTO

Preparación académica: Licenciatura en Administración o equivalente.

Experiencia Laboral: 3 años.

Habilidades requeridas por Planeación, organización, supervisión y control.

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el puesto: Liderazgo.

Análisis y solución de problemas.

Comunicación y relaciones interpersonales.

Toma de decisiones.

Conocimientos específicospara el puesto:

Trámites administrativos de la DIPETRE.

Normatividad administrativa y regulatoria aplicable.

FUNCIONES DEL PUESTO

Funciones: 1. Coordinar las actividades relativas para la aplicación de las normas,sistemas y procedimientos para la correcta utilización de los recursoshumanos, materiales y servicios generales de la DIPETRE, deconformidad con la ley, el reglamento y demás disposiciones aplicables.

2. Acordar, elaborar y tramitar los movimientos de personal de altas, bajasy cambio de situación laboral del trabajador activo a pensionado, asícomo las incidencias que se presenten, integrando el registro depersonal correspondiente.

3. Proponer y coordinar los programas de capacitación y adiestramiento delpersonal de la DIPETRE, orientados a crear vocación de servicio entrelos servidores públicos, de conformidad con las disposiciones aplicables.

4. Promover la calidad y mejora continua en las actividadesgubernamentales, a efecto de generar en el personal una vocación deservicio, responsabilidad y cumplimiento de los objetivos, así como paratransparentar la utilización de los recursos.

5. Aplicar las medidas conducentes para eficientar los procesosadministrativos en la Dirección a su cargo.

6. Supervisar y coordinar el pago de sueldos del personal de la DIPETREasí como de los trabajadores activos y pensionados, para que se realicepuntualmente y en forma ordenada.

7. Establecer los mecanismos requeridos a efecto de mantener integrado,controlado y actualizado el inventario del activo fijo de la DIPETRE, deconformidad con las disposiciones normativas aplicables.

8. Participar en el análisis, revisión y elaboración de las propuestas demodificación y actualización de la estructura orgánica de las UnidadesAdministrativas.

9. Integrar el programa anual de adquisiciones y requerimientos materiales,servicios y equipo de trabajo para el funcionamiento administrativo de laDirección, previo acuerdo con los titulares de las UnidadesAdministrativas respectivas.

10. Establecer el control de suministros de materiales a las UnidadesAdministrativas, a fin de proveer los recursos necesarios en formaoportuna, proponiendo y vigilando el uso racional de los mismos.

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11. Instrumentar y mantener actualizados los inventarios de bienes mueblese inmuebles y de los recursos materiales a cargo de la Dirección, asícomo recabar los resguardos correspondientes, de conformidad con lasdisposiciones normativas aplicables.

12. Verificar que se proporcionen los servicios de mantenimiento preventivoy correctivo a los bienes muebles e inmuebles que sean propiedad oestén bajo resguardo de la DIPETRE.

13. Tramitar las adquisiciones de bienes y contratación de servicios quesolicitan las demás Unidades Administrativas, de conformidad con lasdisposiciones normativas aplicables y conforme a la disponibilidadpresupuestal aprobada.

14. Proporcionar con oportunidad los apoyos administrativos en materia deservicios generales, materiales y suministros que requieran las UnidadesAdministrativas para el cumplimiento de sus facultades.

15. Vigilar y promover el cumplimiento de las disposiciones normativas querigen la relación laboral de los trabajadores que prestan sus servicios enla DIPETRE.

16. Coordinar, dirigir y controlar las acciones que en materia de proteccióncivil se establezcan en la DIPETRE y emitir los lineamientos necesariospara su operación y desarrollo, conforme a las disposiciones normativasaplicables.

17. Asumir la responsabilidad de entregar en tiempo y forma locorrespondiente a las solicitudes de acceso a la información pública, asícomo aquella que se deberá de publicar en Internet en cumplimiento alos términos de la Ley de Acceso a la información Pública del Estado deCoahuila de Zaragoza. La Unidad de Asuntos Jurídicos y la Unidad deTrasparencia revisarán y analizarán la información enviada por las áreas;siendo la Contraloría Interna quien publicará en Internet y responderá lassolicitudes de información formuladas al por la DIPETRE.

18. Asegurar el manejo apropiado y confidencial de la información que segenere y tenga a su cargo esta Dirección.

19. Atender y llevar el seguimiento a las observaciones derivadas de lasauditorías, que practiquen organismos estatales o privados, e informar alDirector General.

20. Las demás que le señale el Director General, la ley, el reglamento y otrasdisposiciones aplicables.

RELACIONES ENTRE PUESTOS

Relación jerárquicaascendente:

Director(a) General.

Relación jerárquicadescendente:

Subdirector(a) de recursos humanos y servicios generales.

Subdirector(a) de nóminas de jubilados y pensionados.

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Lo sustituye: Servidor Público designado por la Dirección General.

6. DIRECTORIO.F-006 Directorio de Funcionarios DIPETRE.

7. DEFINICIONES Y NOMENCLATURAS.

Beneficiario Toda persona que la Dirección de Pensiones reconozca tal carácter en los términos de laLey, en virtud de haber sido designado por el interesado ante dicho organismo para talefecto o por disposición de la Ley, en caso de no haberse hecho la designacióncorrespondiente.

DIPETRE uOrganismo:

Dirección de Pensiones de los Trabajadores de la Educación.

Director General Titular de la Dirección de Pensiones de los Trabajadores de la Educación.

Estado Estado de Coahuila de Zaragoza.

Junta deGobierno

Junta de Gobierno de la Dirección de Pensiones de los Trabajadores de la Educación.

Ley Ley de Pensiones y Otros Beneficios Sociales para los Trabajadores de la EducaciónPública del Estado de Coahuila de Zaragoza.

Ley deAdquisiciones

Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Contratación de Servicios para el Estado deCoahuila de Zaragoza.

Presidente Presidente de la Junta de Gobierno de la Dirección de Pensiones de los Trabajadores de laEducación.

Pensionado Toda persona que tenga reconocida tal calidad por la DIPETRE con apoyo enordenamientos legales anteriores al presente, así como a quién se le otorgue ese carácteren virtud de esta Ley.

Reglamento Reglamento Interior de la Dirección de Pensiones de los Trabajadores de la Educación.

Secretario Secretario de la Junta de Gobierno de la Dirección de Pensiones de los Trabajadores de laEducación.

Trabajador Toda persona que preste sus servicios o esté afiliado a alguna de las entidades uorganismos a que se refiere el artículo 2 de la Ley, en el ramo del magisterio y sus serviciosconexos, de apoyo y asistencia a la educación; por designación legal mediantenombramiento o consignación en la nómina de pagos y tenga un mínimo de 12 meses deservicio y al mismo tiempo de aportación al fondo de la Dirección de Pensiones.

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8. REFERENCIASIdentificación Titulo Tipo de documento

No aplica Ley de Pensiones y Otros Beneficios Sociales para losTrabajadores de la Educación Pública del Estado de Coahuila deZaragoza.

Ley.

No aplica Reglamento Interior de la Dirección de Pensiones de losTrabajadores de la Educación.

Reglamento Interior.

G-MO Guía para la elaboración de Manual de Organización. Guía.

9. ANEXOSNo. Descripción

Anexo 1 ORG-DIPETRE Organigrama General de la Dirección de Pensiones de los Trabajadores de laEducación.

Anexo 2 ORG-JG Organigrama Específico de la Junta de Gobierno.

Anexo 3 ORG-DG Organigrama Específico de la Dirección General.

Anexo 4 ORG-ST Organigrama Específico de la Secretaría Técnica.

Anexo 5 ORG-UAJ Organigrama Específico de la Unidad de Asuntos Jurídicos.

Anexo 6 ORG-UI Organigrama Específico de la Unidad de Informática.

Anexo 7 ORG-UT Organigrama Específico de la Unidad de Transparencia.

Anexo 8 ORG-DF Organigrama Específico de la Dirección de Finanzas.

Anexo 9 ORG-DARHSG Organigrama Específico de la Dirección de Administración, Recursos Humanos yServicios Generales.

Anexo 10 ORG-DP Organigrama Específico de la Dirección de Prestaciones.

Anexo 11 ORG-CA Organigrama Específico de los Comités de Administración.

Anexo 12 PER-DARHSG Descripción y Perfil de Puesto.

Anexo 13 F-006 Directorio de Funcionarios.