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DIPLOMADO PARA EL FORTALECIMIENTO DEL LIDERAZGO DE LAS MUJERES INDÍGENAS (MODALIDAD MIXTA) Resolución de Conflictos por medio del Derecho Comunitario o Sistema Jurídico Indígena: Su Uso y Aplicación actual en el caso de las mujeres Indigenas de la Comunidad Atacameña de Toconce, Chile Autora: Cecilia Mendoza Yere Tutor Cultural: Tomas de Aquino Vilca Tutor Académico: José Aylwin Oyarzun Coordinadora del Diplomado: Mtra. Araceli Burguete Cal y Mayor CIESAS-Sureste 2010 - 2011 Cartagena de Indias, Colombia

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DIPLOMADO PARA EL FORTALECIMIENTO DEL LIDERAZGO DE LAS MUJERES INDÍGENAS

(MODALIDAD MIXTA)

Resolución de Conflictos por medio del Derecho Comunitario o Sistema Jurídico

Indígena: Su Uso y Aplicación actual en el caso de las mujeres Indigenas de la

Comunidad Atacameña de Toconce, Chile

Autora: Cecilia Mendoza Yere Tutor Cultural: Tomas de Aquino Vilca Tutor Académico: José Aylwin Oyarzun

Coordinadora del Diplomado: Mtra. Araceli Burguete Cal y Mayor

CIESAS-Sureste

2010 - 2011

Cartagena de Indias, Colombia

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Agradecimientos

Es un especial deseo manifestar mi más infinita gratitud a todas

aquellas personas que me dieron facilidades y otorgaron ayuda de

una u otra forma durante la etapa de elaboración de este trabajo.

Mi agradecimiento al Fondo Indígena, que por intermedio de la

Universidad Indígena Intercultural (UII), hizo posible mi

participación en esta la primera versión del Diplomado

“Fortalecimiento del Liderazgo de Mujeres Indigenas”, en cuyo

contexto se realizo este trabajo.

Especial gratitud a todas las mujeres de la Comunidad de Toconce,

quienes amablemente entregaron sus valiosos testimonios y

sabiduría, aportando información clara y relevante desde su visión

y perspectiva cultural, asimismo a los Dirigentes y Autoridades

Ancestrales quienes colaboraron desinteresadamente.

A Tomas de Aquino Vilca, cultor Atacameño, especialista en

Educación Intercultural, quien colaboro en este trabajo, como guía

cultural, aportando la visión intercultural, y desde la

pertinencia cultural.

A José Aylwin Oyarzun, Abogado, especialista en Derecho Indígena,

académico e investigador, quien colaboro como guía académico,

aportando la visión más técnica, cuyos comentarios y observaciones

fueron de gran ayuda para dar enfoque de género y la perspectiva

teórica del derecho.

Especial gratitud a todas las profesoras que con sus enseñanzas

aportaron nuevos conocimientos y dieron nuevas visiones que

permiten fortalecer mi actuar como mujer, como indígena y como

actora social.

Cecilia

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INDICE

Introducción..................................................... 6

Capítulo I: Marco Teórico........................................ 9

Capítulo II: Derecho Indígena y Precisión de algunos Conceptos.. 14

1.- Precisiones Conceptuales. ................................. 14

2.- Recuperación de conceptos locales en lengua materna de la

comunidad. .................................................... 16

Capítulo III: Contexto y Geografía del lugar donde se realiza la

Investigación................................................... 18

1.- Breve Descripción del Pueblo Atacameño en el contexto

Nacional Socio demográfico. ................................... 18

2.- Breve Descripción y Ubicación geográfica de la Comunidad

Indígena Atacameña de Toconce. ................................ 22

Capítulo IV: Contexto en que se desenvuelve la mujer en la

Comunidad de Toconce............................................ 26

1.- Situación actual en que viven las mujeres en la comunidad. 26

2.- Actividades económicas, sociales y tradicionales que

desarrolla la mujer en la comunidad. .......................... 27

3.- Marco regulatorio aplicable a las mujeres en el ejercicio de

los derechos, obligaciones y relaciones comunitarias. ......... 31

Capítulo V: Resolución de Conflictos Comunitarios............... 32

1.- Qué tipo de conflictos aun son resueltos por la comunidad. 32

2.- Quien o quienes resuelven estos conflictos. ............... 32

3.- Contribuye esta forma de resolver conflictos, a mantener la

armonía de la comunidad y de sus miembros. .................... 33

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4.- Situación de la mujer indígena de la comunidad atacameña de

Toconce en el marco de la resolución de conflictos comunitarios 34

Capitulo VI: Resolución de Conflictos cuando afecta a las mujeres

de la comunidad................................................. 35

1.- Descripción de la situación pasada de cómo se resolvían los

conflictos comunitarios cuando afectaban a mujeres, haciendo un

paralelo con la situación en la actualidad .................... 35

3.- Cuál es el Efecto social comunitario en la resolución de

conflictos en la mujer indígena ............................... 39

4.- Casos de aplicación del derecho comunitario que involucra a

mujeres ....................................................... 40

5.- Cuáles son las partes involucradas en los conflictos. ..... 40

6.- Qué tipo de conflictos ocurren (especificando periodos) ... 41

7.- Cuáles son los valores y principios del derecho comunitario

que se ponen en juego. ........................................ 43

Capítulo VII: Visión desde las mujeres ante el ejercicio de este

derecho comunitario. (Que piensan y opinan)..................... 44

1.- Cuál es la visión de las mujeres respecto de esta forma de

resolver conflictos. .......................................... 44

2.- Cuál es su visión respecto del orden normativo comunitario. 45

3.- Cuál es su visión respecto de las normas comunitarias que se

les aplica como mujeres. ...................................... 46

4.- Cuál es su visión respecto del rol que tiene la mujer dentro

de la comunidad. .............................................. 46

Capítulo VIII: Conclusiones y Propuestas........................ 48

1.- Conclusiones Generales. ................................... 48

2.- Propuestas ................................................ 51

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1.-Desde la perspectiva del uso del Derecho Comunitario en la

resolución de conflictos......................................................................................... 51 2.-Desde la perspectiva de los derechos de las mujeres

indígenas como sujetos de derecho especifico, en el marco de la

legislación nacional e internacional que consagra los derechos

de los pueblos indígenas......................................................................................... 52 3.-Desde la perspectiva de la incidencia de las mujeres en la

aplicación y uso de normas comunitarias en la resolución de sus

conflictos. ......................................................................................................................... 53 4.-Desde la perspectiva de su propio conocimiento de la cultura

y contexto en que se aplican las normas comunitarias para

resolver conflictos cuando estos se aplican a las mujeres. ........ 53 Fuentes y Bibliografía ......................................... 54

1.- Fuentes ................................................... 54

1.1.- Fuentes Orales.................................................................................................... 54

1.2.- Fuentes Documentales ..................................................................................... 54 2.- Bibliografía .............................................. 54

2.1.- Textos. .................................................................................................................... 54

2.2.- Legislación: ........................................................................................................ 56 ANEXOS ......................................................... 57

ANEXO I: Objetivos y Metodología de la Investigación .......... 57

ANEXO II: Pauta General de Entrevistas ........................ 67

ANEXO III: Pauta Guía de Preguntas .......................... 68

ANEXO IV: NOMINA DE PERSONAS ENTREVISTADAS .................... 70

ANEXO VI: FOTOGRAFIAS ASAMBLEA COMUNITARIA .................... 74

ANEXO VII: FOTOGRAFIA DE TRABAJO GUIA CULTURAL ................ 75

ANEXO VIII: FOTOGRAFIAS TOCONCE ............................... 78

ANEXO IX: MAPA CHILE..........................................80

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Introducción

El presente trabajo consiste en conocer el sistema jurídico

indígena de la comunidad Atacameña de Toconce, y saber cuales son

las normas comunitarias actuales que se aplican en el caso de las

mujeres indígenas de la comunidad, y conocer los alcances y

limites de estas normas comunitarias que regulan las relaciones

sociales desde la visión de las mujeres y de las autoridades de la

comunidad.

Esta investigación es muy relevante para las comunidades indígenas

Atacameñas de la II Región de chile, ya que permite visibilizar su

sistema jurídico indígena, y permite conocer concretamente normas

y reglas comunitarias que dan solución a determinadas situaciones

y/o conflictos que suceden en lo cotidiano en la comunidad; y

por otra parte esta investigación permitiría obtener un

diagnostico de cuál es la situación actual de las mujeres de la

comunidad cuando se hace uso del derecho comunitario, y si estas

ejercen plenamente sus derechos comunitarios, sociales y

culturales.

Tiene además, la importancia de valorizar el sistema jurídico

indígena que viene de tiempos inmemoriales, ya que reafirma el uso

de sus propios métodos de regulación, y su propia forma de

resolver los conflictos entre sus miembros, desde su propia

realidad cultural y social. La existencia de este Derecho basado

en usos y costumbres que se van reproduciendo en el tiempo ha

permitido y es lo que permite hasta hoy, mantener la armonía y las

buenas relaciones entre las distintas personas que viven en la

comunidad.

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Esta Investigación tiene como valor teórico la importancia de ser

un aporte a la discusión sobre la validez de los sistemas

jurídicos indígenas y tiene también la aspiración de ser un aporte

a su revalorización por parte de la sociedad en general, para que

esta conozca de su existencia, y lo respete. Y tiene además el

valor práctico de conocer normas y reglas comunitarias que se

aplican a mujeres indígenas en la actualidad, y es de

trascendencia para constatar cual es el estado real del sistema

comunitario de resolución de conflictos de la comunidad

investigada.

Y por ultimo también tiene la aspiración de contribuir a la

discusión del pluralismo jurídico a nivel geopolítico nacional.

Cabe tambien señalar que para la realización de este trabajo,

hemos tenemos como desafío utilizar e implementar la metodología

de investigación intercultural, que consiste en tener dos

visiones, la visión desde el conocimiento indígena y la visión

desde el conocimiento científico, en términos de

complementariedad, que garantice el enfoque de género y la

perspectiva cultural.

Respecto de la estructura de la información y eje de temas

desarrollados en este trabajo, en específico los capítulos I, II,

III, y IV, se refieren en general a darle una aproximación

conceptual al tema, describir el contexto del lugar de estudio y

describir las características especificas del tema.

En el Capítulo V, denominado Resolución de Conflictos

Comunitarios; se aborda más específicamente como y que tipo de

conflictos aun son resueltos por la comunidad estudiada y cuál es

la situacion de la mujer indígena en este contexto.

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En el Capítulo VI, denominado Resolución de Conflictos cuando

afecta a las mujeres de la comunidad; se describe la forma como se

resolvían los conflictos antiguamente y como se resuelven en la

actualidad, la importancia de estas resoluciones, su efecto

comunitario, los tipos de conflictos, las partes involucradas, y

los valores comunitarios en juego.

Respecto del Capítulo VII, denominado Visión desde las mujeres en

el ejercicio de este derecho comunitario; se describen las

opiniones y el pensamiento de las mujeres sobre esta forma de

resolver conflictos, las normas comunitarias aplicables, y su rol

dentro de la comunidad.

El Capítulo VIII, aborda finalmente las Conclusiones Generales de

este trabajo y sugiere algunas Propuestas de forma y de fondo en

la aplicación del Derecho comunitario y/o sistema jurídico

indígena, para resolver conflictos en las comunidades cuando

afectan a mujeres indígenas.

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Capítulo I: Marco Teórico

La presente investigación tiene como objetivo principal, conocer

la visión y ejercicio de derechos de las mujeres indígenas en la

comunidad atacameña de Toconce, en el marco de la resolución de

sus conflictos en las relaciones sociales, prácticas culturales,

regulaciones y normas comunitarias, teniendo como marco general el

derecho comunitario o sistema jurídico indígena actualmente

aplicable en la comunidad.

Para lograr este objetivo, por una parte, se ha debido tener en

cuenta las formas tradicionales que tienen los pueblos indígenas

para resolver sus conflictos, y especialmente la forma que aún

conserva la comunidad específicamente estudiada, y como se aplica

este sistema en el caso de las mujeres indígenas de la comunidad.

Y por otra parte, se ha debido tener en cuenta el marco legal

vigente y regulatorio en el caso de Chile y la normativa aplicable

en el caso de los pueblos indígenas y específicamente de las

mujeres indígenas.

El Convenio 169 de la OIT, sobre poblaciones indígenas y tribales,

vigente en Chile desde el 15 de septiembre de 2009,

específicamente contempla principios y normas que protegen y

garantizan el ejercicio de pleno derecho en materia de derechos

políticos y territoriales, y entre estos derechos políticos en su

artículo 8° reconoce el Derecho Consuetudinario.

Articulo 8.1. Al aplicar la legislación nacional a los pueblos interesados

deberán tomarse debidamente en consideración su costumbre o derecho

consuetudinario.

Articulo 8.2. Dichos pueblos deberán tener el derecho de conservar sus

costumbres e instituciones propias, siempre que estas no sean incompatibles con

los derechos fundamentales definidos por el sistema jurídico nacional ni con los

derechos humanos internacionalmente reconocidos. Siempre que sea necesario

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deberán establecerse procedimientos para solucionar los conflictos que puedan

surgir en la aplicación de estos principios

Cabe mencionar que el inciso 2° del Art. 5° de la Constitución

política de Chile, eleva a rango constitucional al Convenio 169 de

la OIT ratificado por Chile en 2008, por ser un Tratado

Internacional de Derechos Humanos, es decir, su normativa es

obligatoria por sobre leyes sectoriales y especificas aplicables

por el estado en toda materia que tenga relación con las personas

indígenas.

Para el especialista en materia de derechos indígenas, José

Aylwin, “la extinción (o una reducción sustancial) de su base

territorial, así como el menoscabo de su orden político,

económico, judicial, cultural y sociales general, e inclusive su

supervivencia como sociedad diferenciada”, es uno de los efectos

más negativos que ha producido el proceso de colonización de los

pueblos indígenas. Y a su vez Rodolfo Stavenhagen señala, “la

negación de la identidad de los pueblos indígenas ha conllevado al

no reconocimiento de sus formas autóctonas de gobierno local, de

administración de justicia y de prácticas jurídicas….” Y señala

además que la lucha por el derecho de autonomía de los pueblos

indígenas, incluye el rescate y readecuación a condiciones

modernas de las formas tradicionales del ejercicio de la justicia,

a partir de constatar que cada comunidad y cada pueblo indígena

tiene su propia forma de resolver sus conflictos.

Por ello el artículo 8° advierte que deberán establecerse

procedimientos para solucionar los conflictos que pueden surgir en

la aplicación de este principio.

El derecho indígena no puede ser visto únicamente como la

continuación de tradiciones y costumbres originales, sino en su

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interrelación, confrontación y procesos constitutivos mutuos con

el derecho nacional, procesos inmersos, a su vez, en relaciones

jurídicas de poder y de cambio. Más que normas jurídicas autónomas

lo que encontramos son imbricaciones y sincretismos en donde el

derecho indígena ha incorporado prácticas del derecho colonial y

nacional (Sierra).

Hay un gran rango de esferas de la vida social que regula el

derecho indígena, variando de acuerdo a cada comunidad. Puede

cubrir materias como las uniones conyugales o matrimonio, las

relaciones familiares, las herencias, la tierra, el sistema de

administración de recursos, la definición de los hechos dañinos

socialmente (los que serían delitos) y las sanciones que se les

puede aplicar (suspensión de servicios, trabajos colectivos,

etcétera); así como los que le corresponde al “derecho público”,

los sistemas de autoridades y cómo elegirlos, deberes y derechos

de los miembros de la comunidad, los distintos servicios que deben

cumplir las personas a lo largo de sus ciclo vital (Yrigoyen, en

Assies).

Es importante recalcar que el derecho consuetudinario generalmente

no existe aisladamente. Sobre todo entre los pueblos indígenas

campesinos las costumbres jurídicas tienen vigencia como una forma

de interacción con la manera en que se aplica y se utiliza

localmente el derecho positivo formal. De ahí que estas costumbres

o normas consuetudinarias cambien en el tiempo y de acuerdo a las

circunstancias. Por tanto, una posible codificación del derecho

consuetudinario tendría la desventaja de despojarlo precisamente

de su naturaleza dinámica y flexible, en la cual reside su

utilidad para los pueblos indígenas (Stavenhagen, en Stavenhagen e

Iturralde comp).

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Esta interrelación del derecho indígena con el derecho estatal, su

capacidad de adaptarse a las nuevas realidades y circunstancias

que los pueblos indígenas deben enfrentar, es destacada por

distintos autores. Parece existir consenso entre los analistas que

el derecho indígena no puede ser concebido como lo que fue en el

pasado, no puede limitarse a la reconstrucción de antiguas

prácticas e instituciones jurídicas hoy en desuso.

Se trata sin duda, de una constatación de gran relevancia a la

hora del reconocimiento y puesta en vigencia del derecho indígena,

puesto que permite entenderlo como un derecho con proyección

futura propia de sociedades vivas y dinámicas, más que como un

derecho estático para la reconstrucción de sociedades del pasado

(Aylwin, Ombudsman y derechos indígenas en América latina). Un largo y

escabroso camino que los pueblos y comunidades indígenas debemos

empezar a caminar, porque somos los principales interesados en que

funcionen nuestras instituciones jurídicas y nuestro sistema

propio de resolución de conflictos, y que en el caso de Chile es

una tarea pendiente. Y que constituye uno de los grandes desafíos

puesto que no existe marco jurídico que garantice el ejercicio de

nuestros derechos políticos, civiles económicos, sociales,

culturales y jurídicos, ya que tenemos un reconocimiento muy

precario del Derecho Indígena, y asimismo no se reconoce la

existencia de los pueblos indígenas. Al respecto, la Ley 19.253

(Ley Indígena) solo se refiere al valor de la Costumbre Indígena

(Art. 54) en casos específicos.

Por ello esta Investigación propuesta es muy relevante para los

Pueblos Indígenas de Chile, y en especial para las comunidades y

para las mujeres indígenas, ya que se trata de un tema que a la

luz de la reciente aprobación y entrada en vigencia del Convenio

169 de la OIT por parte del estado de Chile, va a tener que ser

discutido y a largo plazo implementarse un y/o establecerse un

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procedimiento que permita a todos los Pueblos Indígenas, dar

aplicación efectiva de los Artículos 8°, 9°, y 10° del Convenio,

que le permite hacer uso de su Sistema Jurídico propio para

resolver determinadas situaciones y/o conflictos entre sus

miembros.

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Capítulo II: Derecho Indígena y Precisión de algunos

Conceptos.

1.- Precisiones Conceptuales.

En términos generales los Derechos Indígenas, engloban los

derechos, políticos, civiles, económicos, sociales y culturales de

los pueblos indígenas, y que se encuentran garantizados en

instrumentos Internacionales como El Convenio 169 de la OIT, y la

Declaración de las naciones unidas sobre los Derechos Indígenas, y

en las diferentes constituciones y legislación de los diferentes

países del mundo, y ello no debe confundirse con el Sistema

Jurídico Indígena, conocido como Derecho Indígena, que es un

sistema jurídico ancestral que funciona paralelamente al derecho

estatal positivo, en algunas comunidades y pueblos, resolviendo

distintas topologías de conflictos, de manera integral, como un

todo.

Cabe tambien hablar del Derecho Indígena como un sistema jurídico,

tanto desde una perspectiva histórica como comparada, en la medida

que el derecho utilizado no identifique Derecho con estado, como

lo hace el monismo jurídico. El Pluralismo Jurídico es una

perspectiva teórica que permite reconocer la coexistencia de

diversos sistemas jurídicos en un mismo espacio geopolítico;

espacio en el que, por ende, se dan múltiples conflictos de

interlegalidad. (Santos, Boaventura De Sousa. Estado, Derecho y Luchas

Sociales)

Derecho Indígena: Sistema de valores, practicas, valores,

procedimientos, autoridades, instituciones, que sirven para

regular la vida social, resolver conflictos y organizar el

orden, así como reglas para cambiar las reglas, que tiene

legitimidad y eficacia para determinado colectivo en cierto

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contexto socio-cultural histórico.(Raquel Yrigoyen, Hitos del

reconocimiento del pluralismo jurídico)

Definición Operativa del Derecho Indígena

Contenido Funciones Contextualización

Sistema de:

Normas

Valores o

principios.

Procedimientos y

practicas

Autoridades,

Instituciones

Reglas para

cambiar las

reglas.

Que sirve para:

Regular la vida

social

Resolver Conflictos

Organizar el orden

público.

Que tiene cierto

grado de:

Legitimidad

Eficacia

Para determinado

colectivo en cierto

contexto socio

cultural e

histórico

Fuente: Raquel Yrigoyen, Hitos del reconocimiento del pluralismo jurídico

Derecho Consuetudinario: Es un sistema de normas no escrito,

que viene desde tiempos inmemoriales, basado en la costumbre

y prácticas sociales comunitarias indígenas y que es

trasmitido por herencia social.

El término “derecho consuetudinario” ha sido cuestionado, tanto

por autores como López Barcenas, México, como por indígenas en

América Latina por connotar implícitamente que se está frente a un

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derecho de segunda categoría en relación al derecho estatal. Por

ello prefieren hablar de derecho indígena o derecho propio, como

fuente primaria de un sistema jurídico alternativo, y demanda su

supremacía sobre la ley general, a la que critica como impuesta e

inadecuada (Iturralde, en Stavenhagen e Iturralde)

2.- Recuperación de conceptos locales en lengua materna de la

comunidad.

La Lengua oficial del Pueblo Atacameño es el Kunza. Pero

específicamente las personas mayores y nuestros antepasados de la

Comunidad de Toconce hablaban el idioma Quechua, y nunca hablaron

KUNZA, ello debido a que la mayor parte de nuestros antepasados se

relacionaron mas con gente quechua de Bolivia y Argentina, con

quienes han tenido más contacto, por un tema limítrofe, y siguen

teniendo bastante contacto. Y en la actualidad no es raro

encontrar bastantes personas de las distintas comunidades que

conocen más la lengua quechua, esto es en todo el sector Alto Loa.

Hacer un acercamiento lo más natural posible a conceptos que

antiguamente eran utilizados por los comuneros para referirse al

sistema jurídico indígena, y entender como se ha mantenido este

sistema indígena para resolver los conflictos comunitarios, y como

estos conceptos usados ancestralmente han ido variando y han sido

reemplazados hasta perderse. Hacer un acercamiento a estos

conceptos ha sido muy difícil, ya que el conocimiento que tienen

algunas personas de la comunidad, respecto de estos conceptos

técnicos y conceptos jurídicos utilizados en la actualidad para

referirse y definir el sistema jurídico indígena en general, es

muy precario, y nuestras y nuestros entrevistados, en su mayoría

no recuerdan palabras ni términos específicos, pero hay ciertos

principios que conocen y que tienen que ver con la buena persona y

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el buen vivir comunitario, lo que permite vivir en armonía y no en

conflicto.

Principios y valores que dan cuenta de la forma como nuestros

antepasados se relacionaban y como se trasmiten esos principios y

valores a las nuevas s indígenas educan a, con el fin de inculcar

ciertos imperativos morales que deben respetarse. Entre estos

principios y valores mencionan los siguientes: (Idioma Quechua)

Principios Andinos e imperativos morales

1.- AMA SUA = AMA LLUA = AMA QUELLA

* AMA SUA = NO ROBAR

* AMA LLUA = NO MENTIR

* AMA QUELLA = NO SER FLOJO

2.- Valores en la Persona

* Buena Persona = ALLI NUNA

* Mala Persona = MANA ALLI NUNA

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Capítulo III: Contexto y Geografía del lugar donde se

realiza la Investigación

1.- Breve Descripción del Pueblo Atacameño en el contexto

Nacional Socio demográfico.

Antecedentes Generales. Chile es un Estado Unitario, organizado

políticamente en 15 regiones. Los pueblos Indigenas alcanzan una

población de aprox. 800 mil personas, que corresponde al 10% de la

población nacional, son 9 Pueblos, y de acuerdo a su territorio

ancestral, en el norte de Chile habitan los pueblos andinos

Aimara, Quechua, Atacameño, Colla y Diaguita, en la zona Central

continental el Pueblo Rapa Nui, y en la zona sur los Pueblos

Mapuche, Kawashkar, Yamana.

El Pueblo Atacameño, es el tercer pueblo en importancia

poblacional a nivel nacional de Chile, cuya población fluctúa

entre las 21.000 y 22.000 mil personas, desplazadas a nivel

nacional. Las comunidades atacameñas en la actualidad habitan los

oasis, valles y quebradas de las cuencas del Salar de atacama y el

Rio Loa, en la Segunda Región de Chile, y pequeñas poblaciones se

encuentran tambien en el noreste de Argentina en la Puna de Salta

y Jujuy.

Las Comunidades Indígenas atacameñas que habitan las Cuencas del

Salar de Atacama son el total 19 Comunidades: San Pedro de

Atacama, Larache, yaye, Coyo, solcor, Sequitor, Tulor, Solor,

cucuter, beter, catarpe, Camar, Socaire, Talabre, Toconao, Peine,

Rio Grande, Machuca.

Las Comunidades Indígenas Atacameñas que habitan las Cuencas del

Rio Loa son las Comunidades de: Chiu Chui, Lasana, Conchi Viejo,

Taira, Ayquina-Turi, Cupo, Caspana, y Toconce.

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Historia: Los atacameños, atacamas o Lickanantai, somos

descendientes de la cultura arqueológica Lickanatai, cuyos

antecedentes se pueden encontrar al menos 1500 años atrás. A

principios del siglo XV el Inka Tupac Yupanqui, conquista los

territorios atacameños, reorganizándolos social y políticamente,

imponiendo el culto solar, modificando rituales (consumo de

alucinógenos por consumo de hojas de coca). Puede hasta hoy

constarse el Camino del Inka. Con la llegada de los conquistadores

españoles en 1536, previa resistencia, en 1556 la zona donde es

pacificada definitivamente, por medio del Tratado de Suipacha. A

fines del siglo XVI se inicia el periodo colonial en la zona, lo

que viene acompañado de la entrega de mercedes de tierra,

encomiendas y la evangelización de los indígenas. Durante este

periodo los atacameños sufren grandes cambios culturales,

prohibición de hablar su lengua originaria y la realización de sus

rituales, introducción de ganado mular, y un progresivo

desplazamiento de personas. En el siglo XVIII ante la crisis que

vive el mundo andino, se produce el alzamiento de Tupac Amaru y

Tomas Catari, sumándose la población atacameña bajo el liderazgo

de Tomas Paniri nativo de la zona, héroe atacameño. Luego de

independizado de España, terminada la época colonial, en 1824, el

territorio pasa a formar parte de la Republica de Bolivia,

desarrollando el mercantilismo. En 1883 terminada la Guerra del

pacifico, el territorio atacameño fue anexado a la Republica de

Chile. Bajo la administración chilena, la economía regional se

volcó a la explotación del salitre, y posteriormente del Cobre,

iniciándose así la migración, proletarización de la población

indígena y la usurpación de los recursos de aguas para las

necesidades industriales.

Lengua: La lengua vernácula del pueblo atacameño fue el KUNZA, hoy

extinto, pero perduran y se conservan palabras en sus ceremonias y

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cantos rituales de algunas comunidades, pero especialmente se

conservan rasgos en la toponimia de todo el territorio

Clima: El clima de la región atacameña es desértico, de extrema

aridez y con gran oscilación térmica entre el día y la

noche.(25g./-15g, invierno)

Recursos Hídricos: Presentes en vegas, bofedales, y en los Ríos

Loa, Salado Y Vilama

Flora: Compuesta por vegetación alto andina, arbusto, tolar,

pajonal, yareta, y en los oasis y quebradas encontramos, arboles

como algarrobo, chañar, pimiento, etc.

Fauna: Es variada y en los pisos ecológicos encontramos zorros,

vizcachas, quirquinchos, cóndores, flamencos, guanacos, vicuñas.

Organización Social: La Comunidad es la base de la Organización

atacameña, quien articula las relaciones sociales, económicas y

religiosas del territorio colectivo donde participan las unidades

familiares. Son miembros de la comunidad las personas que posean

tierras y terrenos. La comunidad controla la inclusión de nuevos

miembros, y su pertenencia. La Asamblea Comunal es la forma de

gobierno comunitario, compuesta por un Presidente y su directiva,

que son los encargados de organizar las festividades tradicionales

y las fiestas patronales, velando por el cumplimiento de cargos,

labores y trabajos voluntarios y obligatorios.

Tradicionales Culturales: Las comunidades atacameñas no son

culturalmente heterogéneas, hay pluralidad cultural entre ellas.

La celebración de las festividades tradicionales propias de la

cultura atacameña como: “Limpia de Canales”, “Carnaval”, “Día de

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los Difuntos”, “Floramento de ganado”, “Pago a la Tierra”, etc.,

donde hay ritualidades, bailes ancestrales, autoridades

ancestrales, cargos espirituales, etc., son celebradas solo por

algunas comunidades, ya que algunas han ido perdiendo estas

celebraciones, y otras comunidades tienen tradiciones exclusivas.

Y a su vez tambien hoy en día se celebran Fiestas donde se combina

lo ancestral y lo católico, llamadas Fiestas Patronales como: San

Pedro y san Pablo, San Roque, La Candelaria, San Isidro, Santa

Cecilia, San Antonio, etc., donde se ven manifestaciones festivas

expresadas en Bailes Religiosos propios de la cultura andina como:

diabladas, caporales, morenadas, tinkus, etc.

Arte: Destaca en el Arte Atacameño la cerámica, la cestería, los

textiles, la orfebrería. La cerámica era bien pulida de color rojo

y negra, se fabricaban vasijas, cantaros, jarras, tazas, cuya

decoración eran rostros humanos. En cestería se fabricaban

canastos y platos. Y la tradición textil aun se mantiene con

telares de suelo y de cintura, se tejen frazadas, fajas, alforjas,

chuspas. En plano de los bailes tradicionales perduran el baile de

la Limpia de canales, y en la Música, destacan grupos de Zamponas,

Lakitas y Bandas de Bronce que participan en las fiestas

tradicionales y fiestas patronales.

Economía: La unidad productiva básica es la familia, ocupando

todos los territorios y localidades, accediendo a todos los

recursos naturales para subsistencia económica. Es una economía

tradicional de base agro ganadera, utilizando los diferentes

recursos para alimentos, medicinas, rituales, economía y

tecnología. Agricultura desarrollada en oasis y especialmente en

terrazas de las quebradas, utilizando sistemas de andén y técnicas

de irrigación con manejo hidráulico. Se practica la horticultura

de auto consumo, con múltiples cultivos como, papas, quínoa, maíz,

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habas, tunas, zanahorias, ajos, cebollines, acelga, etc. Actividad

ganadera tradicional de llamas, alpacas, corderos y cabras, con

aumento en la actualidad de ovinos y mulares, aprovechados como

carga, pieles y carne. La recolección de leña, plantas

medicinales, y frutos para preparar harinas y bebidas son tambien

importantes. El pastoreo se organiza en base a control de

territorios con pastos y vegas de propiedad comunal, pero en la

actualidad la paulatina disminución de los rebaños lanares, han

provocado el abandono de estancias pastoriles más alejadas. El

intercambio o trueque actúa como mecanismo de acceso a productos

distantes, especialmente de Bolivia y Argentina, revitalizando el

sistema de relaciones sociales entre estas comunidades. Finalmente

se suma la integración al mercado, por medio de la inserción de

las personas al trabajo asalariado en ciudades cercanas y

especialmente como asalariados de las grandes empresas mineras que

se concentran en nuestro territorio atacameño.

2.- Breve Descripción y Ubicación geográfica de la Comunidad

Indígena Atacameña de Toconce.

La comunidad atacameña de Toconce se ubica en el sector Alto Loa,

Segunda Región de Chile, a 3.350 m.s.n.m. emplazada en los altos

de la ladera sur del río del mismo nombre, está próxima a la

frontera con Bolivia, y a 105 km de Calama. Su paisaje

característico es el de desierto de altura, rodeado por los

volcanes Paniri, León y Toconce. Sus construcciones son en su

mayoría de piedra canteada y techos de paja, Toconce está rodeado

de extensas terrazas de cultivos. Su población actual alcanza a

las 100 personas, en su mayoría personas mayores de 50 anos, y la

población flotante durante fiestas y festividades alcanza a las

800 personas. Se cuenta con agua potable todo el día y la luz

(mediante motor bencinero) se da entre las 20:00 y 22:00 horas, y

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durante la celebración de festividades, según sea necesario. No se

cobra el consumo de agua, no se cobra el consumo de luz, no se

cobran cuotas sociales. No hablan ninguna lengua indígena, pero la

mayoría de los ancianos solo recuerda palabras en lengua Quechua,

producto de tener más relaciones con comunidades fronterizas

Quechuas de Bolivia y Argentina.

Cuentan con un colegio (No funciona porque no viven niños), una

Posta Médica equipada para atender emergencias (esporádicamente

atendida por un auxiliar de la vecina Comunidad de Ayquina) un

Reten de Carabineros (control fronterizo).

La actividad principal de la gente es la agricultura a escala

menor, y solo para sustento familiar. Solo quedan 5 familias que

poseen ganado y se dedican al pastoreo. Y la producción de telares

y tejidos es escasa, solo algunas mujeres lo hacen.

Toconce en conjunto con la Comunidad vecina de Caspana poseen la

Administración y Explotación de “Los Géiser de El Tatio” lugar

turístico a gran escala, ubicado en sus territorios comunales, y

producto de ello generan recursos económicos para cubrir algunas

necesidades comunitarias.

La Comunidad celebra Ritos Ancestrales a la Tierra, el Agua y los

Antepasados, estos Rituales Tradicionales son: “Limpia de

Canales”, (4 días, mes de octubre) “Carnaval”, (5 días, entre

febrero y marzo) “Día de los Difuntos” (3 días, en noviembre),

“Floramento de ganado” (2 días, entre enero y febrero), donde

participa toda la comunidad, se ejercen los cargos culturales y se

practican las ritualidades. Hoy en día la Festividad más masiva

que celebra la Comunidad es la Fiesta del Santo Patrono de Pueblo:

San Santiago, donde se combina lo ancestral y lo católico,

sincretismo religioso manifestado en la Danza de bailes religiosos

de origen chino y andino. Existen además durante todo el ano otras

festividades a los santos: Teresa de los Andes, San Antonio, Santa

Cecilia.

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La Comunidad se organiza bajo la Asamblea Comunal, presidida por

el Presidente de la Comunidad y su Directorio

Autoridades Comunales y Funciones

Cargo

Funciones

Presidente

de la

Comunidad

Convocar a reuniones y asambleas

Organizar el trabajo comunal

Organizar las fiestas y ceremonias

comunitarias

Representar a la comunidad ante las

autoridades estatales.

Velar por los adelantos en la comunidad

Velar por la tranquilidad y paz de la

comunidad.

Resolver los conflictos internos.

Denunciar delitos graves a la autoridad

estatal.

Secretaria

de la

Comunidad

Anota todas las resoluciones comunitarias

Toma lista y firma de los asistentes

Lleva el registro de los comuneros que

participan en reuniones y trabajos

comunitarios.

Redacta cartas y solicitudes de la comunidad.

Lleva un registro de las actas y libros de la

comunidad.

Tesorera

de la

Recauda los fondos comunales.

Cobra las cuotas comunitarias

Propone las cuotas y aportes de los

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Comunidad comuneros.

Realiza las compras que se le soliciten.

Administra las compras de las fiestas y

ceremonias comunitarias.

Primer

Director

Organizar Comisiones de Trabajo de acuerdo a

lo ordenado por la Asamblea.

Organizar los trabajos Comunitarios.

Velar por el Cumplimiento de acuerdos y

Resoluciones Comunitarias.

Segundo

Director

Organizar Comisiones de Trabajo de acuerdo a

lo ordenado por la Asamblea.

Organizar los trabajos Comunitarios.

Velar por el Cumplimiento de acuerdos.

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Capítulo IV: Contexto en que se desenvuelve la mujer en

la Comunidad de Toconce

1.- Situación actual en que viven las mujeres en la comunidad.

Organización Social de la Comunidad

La organización social de la comunidad de Toconce, en el pasado

estaba constituida por un núcleo familiar extenso, donde en

general, abuelos, padres, hijos y hermanos compartían la misma

casa, y se apoyan recíprocamente en las tareas agrícolas y

domesticas. En la actualidad prima en general la familia nuclear

monogámica, sin embargo, para la realización de los diferentes

trabajos se cuenta con el apoyo de toda la familia. Ello debido a

que la mayor parte de hijos y nietos con sus respectivos padres,

han emigrado a la ciudad, y vienen a la comunidad de visita y a

participar de las diferentes festividades.

La comunidad está integrada por familias que en general se

encuentran emparentadas entre sí, lo que permite en algunos casos

la cohesión y el fortalecimiento de las relaciones, sociales,

económicas y políticas de forma integral. Y por este parentesco

algunas familias se colaboran entre sí, intercambian bienes, etc.,

y este relacionamiento constante, produce a la vez, el surgimiento

de conflictos respecto de bienes, herencias, deslindes, etc.

Es en este contexto y tipo de organización social en que vive la

mujer en la actualidad en la comunidad de Toconce, en su mayoría

son mujeres mayores, cuyas edades fluctúan entre los 50 y 80 años,

algunas de ellas han asumido la jefatura de su hogar, y por lo

tanto, son mujeres comuneras, es decir, son las mujeres que asumen

derechos y obligaciones en la comunidad, cuya participación es

vital y clave en los trabajos, actividades y festividades que se

desarrollan en la comunidad.

La situación actual de estas comuneras es de participación activa,

en la ejecución de trabajos comunitarios, en la celebración de

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festividades, y en algunos casos en la ejecución de proyectos de

desarrollo orientados a la comunidad en general. Pero tienen a su

vez una participación bastante pasiva en lo referente a la toma de

decisiones políticas, económicas, sociales y culturales de la

comunidad, ello porque no se atreven a opinar con propiedad sobre

estos temas, y ha dejado esta labor en general a la asamblea

general de comuneros, que son en su mayoría hombres.

Respecto de su situación social, la mayoría de las mujeres de la

comunidad es dueña de su propiedad sea individualmente o en

conjunto con su esposo, y también en la misma calidad son dueñas

de terrenos destinados a la agricultura.

Respecto de su condición de salud, por ser la mayoría de mujeres

sobre los 50 años, la mayoría de ellas sufre alguna enfermedad,

por lo que son sometidas a controles de salud, en la ciudad de

calama, por lo que deben desplazarse en forma privada. Y cabe

destacar que también la comunidad posee una posta (pequeño

consultorio médico) equipada con instrumentos y medicinas

generales para atender emergencias o dolencias menores.

2.- Actividades económicas, sociales y tradicionales que

desarrolla la mujer en la comunidad.

2.1.- Actividades económicas desarrolla la mujer en la comunidad.

De acuerdo al relato de todos y todas nuestras entrevistadas,

antiguamente y hasta aproximadamente 20 años atrás, la mujer en

conjunto con su familia desarrollaba una fuerte actividad

económica basada en la agricultura, y en la comercialización de

productos locales como habas, choclos, ajos, papas, cebollas,

ajos, etc. Y en la actualidad eso se ha perdido, principalmente

por la migración de las familias a la ciudad en busca de trabajo

remunerado y la busca de educación escolar para sus hijos. Y

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aunque en la actualidad si bien se sigue desarrollando esta

actividad económica, ya no se realiza a gran escala, sino más que

nada solo se produce para el sustento familiar.

Respecto de la producción y la fabricación de productos de

artesanía como tejidos de lana de cordero y alpaca, platos y

vasijas de greda, adornos de cactus, adornos de piedra, etc., si

bien estos han sido ancestralmente producidos por todas las

familias, y también algunas familias la han producido con el fin

de realizar una actividad económica, en la actualidad, la

producción de este tipo de artesanías y productos son escasos y

solo lo realizan 2 a 3 familias, pero no comercializan a gran

escala.

2.2.- Actividades sociales desarrolla la mujer en la comunidad.

Respecto de la situación social u organizacional de la mujer en la

comunidad, existe una Asociación de mujeres, en la cual participan

solo algunas mujeres, y la mayoría de nuestras entrevistadas

señala que no participan regularmente, porque ello les quita mucho

tiempo en sus labores y obligaciones familiares y en sus

responsabilidades hogareñas. Y las actividades que desarrollan

tienen que ver con la ejecución de proyectos de escala menor como

la confección de algunos tejidos. Asimismo no existe otra figura

que las agrupe, como Centro de madres, Club Social, Club

deportivo, etc. Por lo que esta instancia sería lo más relevante

socialmente, sin contar las actividades sociales festivas propias

donde participa toda la comunidad.

Respecto de la situación y participación de la mujer en la

organización y estructura social y administrativa de la comunidad,

denominada Asamblea Comunitaria, y en la actualidad tiene la

figura jurídica de Junta de Vecinos, estructura organizativa

máxima que representa a la comunidad, y donde se toman las

decisiones comunitarias, y donde las mujeres siempre han tenido

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una participación escasa, pero en la actualidad han ido de a poco

asumiendo algunos cargos dentro de este directorio, ello se debe

principalmente, porque las mujeres ahora son comuneras, es decir,

tienen derecho a voz y voto en todas las decisiones comunitarias y

por tanto también deben asumir cargos y responsabilidades.

2.3.- Labores y/o cargos culturales tradicionales) que ejerce la

mujer en la comunidad.

Al hablar de las actividades culturales o tradicionales

desarrollados por la mujer en la comunidad, nos referimos a toda

actividad que tenga que ver con la realización de actividades

ancestrales propias de nuestra cultura andina como la limpia de

canales, el carnaval, el floramento de ganado, el pago a la

tierra, etc., es decir, la participación y realización de

actividades propias de nuestra cultura y las cuales se han ido

realizando y transmitiendo oralmente de generación en generación,

las cuales se conservan y se realizan en fechas especificas y

donde participa toda la comunidad, y donde se puede observar con

más nitidez la práctica y ejercicio de valores y principios

ancestrales como la Dualidad, Complementariedad, Reciprocidad,

Vitalidad, Ciclicidad, Rotatividad, etc., y que tienen que ver con

la participación de toda la comunidad y con el rol comunitario que

se le asigna tanto a hombres como mujeres.

Y en esta perspectiva, la mujer de Toconce participa de todas las

actividades culturales y tradicionales, en conjunto con sus

respectivas familias y esposos, pero asume más bien un rol

secundario o de acompañamiento a los roles principales, que en su

mayoría son asignados y ancestralmente realizan los hombres. Y en

este contexto, la mujer no realiza ceremonias ancestrales, sino

que su rol es de acompañamiento a sus respectivos esposos o

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compañeros en las distintas ceremonias y/o celebraciones

culturales.

Y cabe mencionar también, que este ejercicio de roles no es para

nada cuestionado por las mujeres, ya que ellas siempre han asumido

que es así, como se ha hecho siempre, así lo han aprendido de sus

antepasados, por lo que no se cuestiona este rol. Y en general las

mujeres tienen conciencia de que no hay impedimento alguno que

prohíba asumir a las mujeres un rol más principal o realizar

algunas ceremonias, siempre y cuando sepan cómo se hace, pero no

asumen este rol, y prefieren que lo realicen los hombres, porque

así siempre lo han hecho.

La mujer de Toconce al igual que los hombres puede asumir cargos

comunitarios de toma de decisión, donde tiene los mismos derechos

y obligaciones que los hombres, ya que son cargos de

responsabilidad asignados por la comunidad, los cuales deben

desempeñar y cumplir con responsabilidad. Pero en general

antiguamente no los asumía, ya que siempre lo asumían los hombres,

pero hoy en día ha ido asumiendo. Por ejemplo existe el cargo de

FABRIQUERO o FABRIQUERA que es la persona encargada de mantener,

cuidar, atender y preparar todo lo relacionado con el uso de la

iglesia y la realización de las ceremonias y fiestas patronales,

este cargo puede ser asignado tanto a hombres como a mujeres, cuya

la duración fluctúa entre uno y tres años, donde independiente de

la persona asignada, desde este cargo se toman decisiones

importantes y trascendentes para tener un buen desarrollo y un

normal termino de cada una de las celebraciones culturales que se

realicen. La persona que asume este cargo, y como es nombrado por

la comunidad, debe asimismo rendir cuenta a la comunidad, como así

mismo la comunidad puede cambiarlo si no cumple su labor.

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3.- Marco regulatorio aplicable a las mujeres en el ejercicio de

los derechos, obligaciones y relaciones comunitarias.

El marco que regula el actuar de la mujer en el ejercicio de sus

derechos y relaciones comunitarias, es el mismo marco que regula y

rige a todos los comuneros, ya que la mujer al ser miembro de la

comunidad y que posee derechos y obligaciones, no se atiende su

calidad de mujer si no su condición de comunera o miembro de la

comunidad. Y cuando se asume responsabilidades o cargos

comunitarios se les exige a todos por igual, sin atender su

especificidad de mujer o de hombre, y en este evento debe

responder. En términos generales entonces, la mujer de Toconce

puede asumir cargos de responsabilidad y toma de decisiones al

igual que los hombres, pero sujeta al control y rendición de

cuentas de la comunidad.

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Capítulo V: Resolución de Conflictos Comunitarios

1.- Qué tipo de conflictos aun son resueltos por la comunidad.

En la Comunidad atacameña de Toconce, los conflictos comunitarios

son resueltos por la misma comunidad, donde participan la mayor

parte de los comuneros, quienes tienen derecho a voz y voto, para

ello se realiza una Junta General que es presidida por el

Presidente de la Junta de Vecinos, que es la organización actual y

obligatoria por Ley por la cual deben organizarse.

La tipología de conflictos que se resuelven en la actualidad

tienen que ver con conflictos denominados conflictos menores o de

contingencia con la ejecución de trabajos comunitarios, y la

realización de actividades tradicionales, donde toda la comunidad

participa y debe contribuir aportando sea con trabajo (mano de

obra), sea con dinero (cuotas), sea con donaciones (alimentos,

bencina, transporte, banda de música, etc.).

Cuando algún comunero no cumple con un trabajo asignado o no

quiere participar la asamblea comunitaria resuelve, o bien

aplicando una sanción monetaria o quitándole algún beneficio

común a todos.

2.- Quien o quienes resuelven estos conflictos.

La Asamblea Comunal

La Asamblea Comunal es la instancia máxima de Toma de Decisiones y

donde se definen lo social y político de la comunidad. Las

decisiones se toman en consenso por todos los miembros de la

comunidad, hombres y mujeres. En la Asamblea Comunal se eligen a

las autoridades, hoy en día denominada Junta de Vecinos, integrada

por un directorio compuesto por 5 personas electas en votación y

que tienen las facultades y atribuciones para organizar,

administrar y representar a la comunidad ante otras comunidades y

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ante los diferentes organismos públicos y privados a nivel

nacional e internacional; además tienen la responsabilidad de

velar y defender los derechos de la comunidad; organizar y

ejecutar los trabajos comunitarios; informar y rendir cuenta de

toda y cada una de las situaciones y actividades que ocurran en la

comunidad, etc., es decir, se definen las estrategias de control

territorial, las necesidades comunitarias, se planifica el trabajo

comunitario, y otros, y es también la instancia donde se resuelven

los conflictos y establecen las sanciones, de acuerdo a los

valores y principios de la cosmovisión y de acuerdo a la forma de

vida de la comunidad.

3.- Contribuye esta forma de resolver conflictos, a mantener la

armonía de la comunidad y de sus miembros.

La forma descrita utilizada por la comunidad de Toconce para

resolver sus conflictos comunitarios, según la mayoría de nuestros

entrevistados y entrevistadas, afirman que sin lugar a dudas, es

una de las maneras más justas y equilibradas para solucionar los

problemas puntuales y específicos, ya que ello contribuye a

mantener la armonía y la buena convivencia entre todas las

distintas familias y todos sus miembros. Lo que permite tener una

convivencia tranquila y también permite trabajar en forma armónica

y equilibrada. El objetivo final que se persigue con esta forma de

resolver conflictos es sin lugar a dudas la restitución de la

armonía y tranquilidad a la comunidad, y especialmente la

restitución del equilibrio entre todas y todos los comuneros, ya

que la vida y trabajos comunitarios deben seguir realizándose.

Otro objetivo fundamental que se persigue es la reincorporación de

la persona que cometió la falta o infracción, ya que esta persona

sigue siendo miembro de la comunidad y seguirá participando en las

diferentes actividades, festividades y trabajos comunitarios, y

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por ello no puede aislársele, sino que de acuerdo a nuestra

cosmovisión andina debe ser apoyado, y especialmente acuerdo al

principio de la reciprocidad.

4.- Situación de la mujer indígena de la comunidad atacameña de

Toconce en el marco de la resolución de conflictos comunitarios

En este marco de resolución de conflictos, en opinión unánime de

nuestras entrevistadas, considera muy importante que se considere

la opinión de todos y todas las y los comuneros, ya que de esa

forma se tiene un equilibrio en la participación y todas y todos

los comuneros pueden espontáneamente plantear sus inquietudes,

opiniones y sugerencias. Y es en este marco de resolución de

conflictos comunitarios que la participación de la mujer es

relevante, ya que todos las situaciones y problemas que afectan a

la comunidad le afectan también a la mujer, y ellas son las mas

proclives a que se soluciones los conflictos, porque su condición

de mujer la hace velar por el bienestar de todos sus miembros, y

no quieren que haya problemas o desavenencias entre las distintas

familias y cualquiera de sus miembros.

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Capitulo VI: Resolución de Conflictos cuando afecta a las

mujeres de la comunidad

1.- Descripción de la situación pasada de cómo se resolvían los

conflictos comunitarios cuando afectaban a mujeres, haciendo un

paralelo con la situación en la actualidad

1.1 Como se resolvían los conflictos comunitarios antiguamente,

cuando afectaban a mujeres.

La forma de resolver las distintas tipologías de conflictos que

ocurrían antiguamente, es decir, en los años 40 y 50, donde regia

otra organización tradicional, donde la asamblea comunitaria era

presidida por una sola persona, conocida como ALCALDE, cuyo cargo

era compartido por periodos con la vecina Comunidad de Ayquina, es

decir, esta autoridad era la encargada de resolver todos los

conflictos y problemas que ocurrían en la Comunidad, y en esta

autoridad recaía la mayoría de resolución de conflictos, porque

tenía las atribuciones y la confianza de toda la comunidad, aun no

siendo de la comunidad, ya que era de la comunidad vecina.

Cabe destacar que aun pudiendo desempeñar este cargo tanto un

hombre como una mujer, nunca fue una mujer elegida para desempeñar

este cargo, ello debido principalmente, porque antiguamente la

mayoría de las asambleas comunitarias tenían como componentes a

los jefes de hogar que eran todos hombres, y también porque por la

propia organización patriarcal de las comunidades andinas, la voz

y opinión de las mujeres no era tomada en cuenta, y tampoco las

mujeres se atrevían a hablar y opinar, porque impensable en

aquellos tiempos pensar distinto de los maridos.

Antiguamente, cuando la mujer se veía envuelta en cualquier tipo

de conflictos, o le afectaba algún problema con otra persona de la

comunidad, en casos graves como violencia física o verbal, en

última instancia y en escasas oportunidades intervenía la

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comunidad para mediar el problema y llegar a un acuerdo

satisfactorio, en primer lugar siempre interviene la familia más

cercana y sus mayores, y eso se aplica hasta hoy, ya que de

acuerdo a nuestras tradiciones la familia es el soporte principal,

con el que cuenta toda persona y todo descendiente de nuestra

cultura andina.

Y cuando, muy pocas veces según nuestras entrevistadas, intervenía

la comunidad mediando y resolviendo un conflicto determinado que

afectaba a la mujer, se resolvía y daba solución, sin tomar en

cuenta su condición de mujer, se toma en consideración su

pertenencia a la comunidad.

Por una parte esta son consideraciones muy importantes ya que la

comunidad siempre está dispuesta a apoyar a cualquiera de sus

miembros que se encuentre en dificultad o que le afecte algún

problema. Y por otra parte es un desventaja ser mujer en una

cultura machista, ya que no se atiende a su especificidad de

mujer, ser mujer conlleva asociada notorias características como,

sensibilidad y forma distinta de ver las cosas, desventaja en sus

capacidades físicas, temor por la familia, etc.

Cabe también mencionar el relato de algunas de nuestras

entrevistadas, que señalan que hasta los años 50, algunas mujeres

jóvenes, sean o no de familias bien constituidas, fueron objeto de

situaciones de violencia y extrema crueldad por parte de algunos

hombres miembros de la misma comunidad o de comunidades vecinas.

Las mujeres eran brutalmente violadas y tomadas a la fuerza por

los hombres, por ejemplo cuando a una joven la mandaban al campo a

pastorear el ganado eran atacadas sin poder defenderse, y otra

situación de crueldad se daba en situaciones por ejemplo, cuando

alguna joven se encontraba sola en su hogar, o en alguna estancia,

los hombres derribaban las puertas y las atacaban. Estas

situaciones de crueldad sufridas, en la mayoría de los casos

quedaron impunes y la comunidad no hizo nada para proteger a estas

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mujeres, ni para resolver este grave problema, y la decisión más

drástica que podía ocurrir era que las familias de la muchacha

agredida y la familia del violador, se pusieran de acuerdo y los

casaran obligadamente.

Entonces vemos aquí sin duda la omisión y falta de ejercicio

comunitario para resolver un grave problema que afecto a las

generaciones pasadas de mujeres, y la falta de decisión de los

líderes espirituales y de todos los miembros de la comunidad para

proteger a los miembros más débiles.

1.2.- Como se resuelven en la actualidad.

En la actualidad la forma como se resuelven los conflictos cuando

afectan a la mujer de Toconce, es totalmente distinta a como

antiguamente se resolvía, ya que, en la actualidad todo problema,

conflicto o materia en que se vea involucrada como, Violencia,

violaciones, agresiones, Muerte, Herencias, Deslindes de Terreno,

Reconocimiento de hijos, etc., son casos llevados a la Justicia

Ordinaria para que resuelva, ello porque la mayoría de los casos

mencionados se les califica de graves o complejos de tratar, por

lo que se requiere de soluciones definitivas y la mayoría de los

comuneros ante estas materias requiere tener certezas jurídicas

para no tener problemas a futuro. Influye en esta decisión de

recurrir a la justicia ordinaria, el manejo de información, la

solución de otros casos similares y la certeza que da tener un

fallo escrito, una escritura, un certificado, etc., un papel que

da prueba de que somos dueño de algo o que tenemos el derecho de

alguna cosa, y lo más importante la confianza y seguridad que el

infractor además es sometido al juicio moral de la comunidad. En

estos casos calificados de graves por los propios comuneros, ellos

deciden recurrir a la Justicia Ordinaria, y nos dan una serie de

razones, entre las más importantes señalan:

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1.- Porque los dirigentes no soluciones los problemas graves, y no

pueden aplicar sanciones.

2.- Porque los problemas graves (delitos) deben ser resueltos. Con

el fin de prevenir situaciones futuras.

3.- Porque se requiere sancionar al culpable de delitos, para que

no reincida nuevamente.

4.- Porque las mismas autoridades comunitarias recomiendan

recurrir a la Justicia Ordinaria. Y de esta forma mantener la paz

comunitaria.

5.- Porque las mismas autoridades comunitarias acuden y denuncian

en casos de delitos. Ya que deben prestar la ayuda necesaria a

quien lo necesite.

En los demás casos, calificados de simples como por ejemplo, pago

de cuotas comunitarias, trabajos comunitarios obligatorios, asumir

cargos comunitarios tradicionales, cumplir con labores

comunitarias (limpieza pueblo, canales, arreglos de techumbres,

construcción de caminos, respetar reglas internas de regadío,

etc.), en estos casos resuelve la asamblea comunitaria, en

votación de simple mayoría, y donde la mayoría de los comuneros

acata las resoluciones de la asamblea.

Respecto de este punto es muy importante resaltar que en la

actualidad todas las resoluciones comunitarias son escritas en el

libro de actas de la comunidad, y que todo aquel comunero que lo

desee puede tener acceso a ellas, y que estas resoluciones sirven

de base o son tomadas en cuenta para resolver futuros conflictos,

y también para saber quien o quienes vuelven a reincidir en la

misma falta.

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2.- Descripción de la importancia que se le asigna a la resolución

de conflictos cuando afecta a las mujeres de la comunidad.

En opinión de nuestras entrevistadas, es muy importante que se

resuelvan los problemas cuando afectan a las mujeres, ya que en la

actualidad las mujeres son muy importantes dentro de la comunidad,

porque hay hartas mujeres, mujeres que son jefas de hogar, mujeres

ancianas, mujeres comuneras, que al igual que los hombres deben

realizar trabajo comunitario, y que por su condición de mujer

requieren un trato distinto dentro de la comunidad. Y en opinión

de sus actuales dirigentes hombres es una obligación moral

proteger a la familia y especialmente a la mujer, y no puede

permitirse que las mujeres sufran violencia o menoscabo, ello

dicen, de acuerdo a los valores y principios comunitarios y de

acuerdo a la madre tierra y de la cosmovisión andina.

3.- Cuál es el Efecto social comunitario en la resolución de

conflictos en la mujer indígena

3.1.- Que consecuencias produce o provoca en la comunidad que se

resuelvan los conflictos de la mujer.

Resolver los conflictos cuando afectan a las mujeres es de mucha

importancia, no porque sean mujeres, sino porque son miembros de

la comunidad, y cuando un miembro de la comunidad tiene problemas

afecta a los demás, ya que se trata de vivir y tener una

convivencia armónica entre todos sus miembros. Por lo tanto

cualquiera de los miembros que se vea afectado, afecta también la

convivencia y armonía social, y por ende afecta a toda la

comunidad.

En el caso de nuestras entrevistadas, plantean que las mujeres de

la comunidad aun participan muy poco, ya que les cuesta expresarse

porque no tienen suficiente información y conocimientos para

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argumentar y que en general acatan las resoluciones de la Asamblea

Comunal.

4.- Casos de aplicación del derecho comunitario que involucra a

mujeres

La aplicación de derecho comunitario, según nuestros entrevistados

y entrevistadas, en el caso específico de las mujeres se da en el

ámbito general de aplicación de derecho a toda la comunidad en su

conjunto, ya que es aplicable a todos por igual. Y al respecto

cabe mencionar que sin embargo la comunidad cuenta con ciertas

reglas preestablecidas en el evento de ciertas situaciones, y para

el caso de las mujeres, por ejemplo tiene reglas claras respecto

de los trabajos comunitarios pesados, donde las mujeres mayores

(ancianas)y las mujeres que sufren ciertas enfermedades o

dolencias, se le asignan trabajo más livianos. Hoy en día la

comunidad ha tomado conciencia de esta condición de la mujer.

Entonces, podría decirse que la aplicación del derecho

comunitario, tiene una aplicación especial en el caso que se vea

involucrada una mujer. Y al mismo tiempo este derecho comunitario,

para el caso de las mujeres, es muy riguroso en su aplicación en

el caso de una comunera que se niegue a realizar determinado

trabajo o pagar determinada cuota comunitaria, en este caso,

recibe la misma sanción, que al mismo caso que fuera un hombre, ya

que la regla es para todos igual.

5.- Cuáles son las partes involucradas en los conflictos.

Respecto de los conflictos comunitarios, y de acuerdo a nuestros y

nuestras entrevistadas, en general la comunidad no tiene grandes

conflictos, pero hay conflictos entre distintas familias o dentro

de las mismas, donde la comunidad no se mete, y no tiene

fundamento para involucrarse, ya que lo denomina conflictos

particulares privados, como por ejemplo (conflictos entre esposos,

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hermanos, hijos, nietos sobrinos, etc.). Y cuando estos conflictos

llegan a agresiones, la comunidad no se involucra, ni denuncia. A

menos que los involucrados así lo soliciten.

Respecto de los conflictos comunitarios, y que afectan a la mujer

específicamente, las partes involucradas son tanto los hombres

como las mujeres comuneras, ya que estos conflictos se dan dentro

del orden de derechos de los comunitarios, cuya resolución

corresponde a la Asamblea comunal. Y donde las obligaciones y

derechos son iguales para todos.

6.- Qué tipo de conflictos ocurren (especificando periodos)

A partir de lo anterior, se pueden distinguir 2 niveles de

conflictos:

El nivel interno, donde surgen conflictos en el ámbito privado y

familiar, y donde generalmente se resuelve a este nivel, o puede

traspasarse a lo público o comunitario, donde deben resolver las

autoridades por medio de la asamblea comunitaria, y en los casos

que son considerados graves, son trasferidos directamente a la

justicia ordinaria.

El nivel externo, conflictos con personas no indígenas, donde se

resuelve de acuerdo al derecho positivo, y a este nivel también se

resuelven conflictos étnicos y de demandas territoriales de la

comunidad.

En el caso especifico de las mujeres, la tipología de conflictos

que son resueltos por la comunidad y en que se ve involucrada la

mujer o que le afecta directamente no es muy variable, y puede

separase en 2 grandes temas, uno se refiere a los trabajos

comunitarios propiamente tales que se realizan durante todo el

año. Y el otro se refiere a la celebración de tradiciones y

festividades comunitarias, donde se asignan responsabilidades y

cargos, que son en fechas especificas. En ambos casos se aplica

el derecho comunitario por igual tanto a hombres como a mujeres.

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Periodo de Festividades, Trabajos Comunitarios y Tipología de

Conflictos.

PERIODO

Tipología Conflictos

Trabajos y

actividades

comunitarios

Todo trabajo que

vaya en beneficio de

toda la comunidad.

(Limpieza pueblo,

canales de regadío,

Reparación sede

cañerías,

techumbres, etc.

Construcción

Caminos, vías, pago

de cuotas, etc.)

TODO EL AÑO

Negarse a realizar

trabajos.

Negarse a pagar cuotas.

Negarse a ejercer cargos.

Robo implementos

Destrucción materiales.

Celebración de

Tradiciones

(espiritualida

d y

religiosidad

indígena)

Pago a la Tierra

Limpia de Canales

Floramento Ganado

Carnaval

Día de los Difuntos

1 día Agosto

4 día Octubre

1 día enero-

marzo

5 día febrero-

marzo

3 días

noviembre

Negarse a ejercer cargos.

No cooperar

No pago cuotas

Celebración de

Festividades

Patronales

(religión

católica

San Santiago

Santa Cecilia

Teresa de los Andes

5 días Julio

3 días

noviembre

2 días abril

Borracheras

Agresiones verbales

Agresiones físicas

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Los conflictos comunitarios descritos son resueltos en su mayoría

por la comunidad toda, es decir por la decisión general de los

comuneros, presididos por el Presidente de la Junta de Vecinos,

quien escucha a las partes involucradas, y plantea su opinión y

posición a la asamblea de comuneros, y estos a su vez van dando su

opinión y postura personal, y luego se resuelve por votación de

simple mayoría, tomando como antecedente, casos y conflictos

similares ocurridos con anterioridad.

7.- Cuáles son los valores y principios del derecho comunitario

que se ponen en juego.

Cuando surgen problemas o conflictos en la comunidad, se ponen

tambien en dificultad valores y principios comunitarios, que

tienen que ver con el Equilibrio, la Reciprocidad, la Armonía, la

Integralidad, la Espiritualidad, etc. Estos valores y principios

dan cuenta del entretejido social y cultural de vinculación y de

relacionamiento de todos y cada uno de los miembros y componentes

de la comunidad.

Estos principios y valores comunitarios nos obligan a vivir en

armonía y equilibrio con la madre naturaleza y el cosmos, y

asimismo a buscar consenso y solidaridad con todos los miembros de

la comunidad, especialmente con las personas que se encuentran en

problemas o en conflicto.

Cuando se pone en juego cualquiera de estos principios o valores,

sea por problemas o conflictos internos o externos, la comunidad

de inmediato pone a funcionar sus distintos niveles y sistemas de

restauración y protección, con el fin de devolver y garantizar la

armonía y equilibrio comunitario.

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Capítulo VII: Visión desde las mujeres ante el ejercicio

de este derecho comunitario. (Que piensan y opinan)

1.- Cuál es la visión de las mujeres respecto de esta forma de

resolver conflictos.

Respecto de la forma actual como la comunidad resuelve los

conflictos suscitados o que surgen dentro de la comunidad de

Toconce, de forma general la mayoría de los mujeres entrevistadas,

piensa y opina que está conforme y de acuerdo en la forma como

estos son resueltos, ya que de esta forma todos los comuneros

están al tanto de todo lo que sucede, y especialmente tienen la

oportunidad de dar su opinión respecto de las distintas

problemáticas que se dan y que suceden en los distintos ámbitos de

la vida y cotidianidad del vivir comunitario, y especialmente,

tienen la oportunidad de ir resolviendo problemas habituales con

el fin de que no se repitan, ello es muy relevante, ya que por

sobre todas las cosas las mujeres valoran mucho la buena

convivencia entre vecinos, familiares y amigos, y especialmente

valoran la armonía entre los comuneros, ya que de esta forma se

mantiene un vivir tranquilo y en paz.

Sostienen que este Sistema tiene grandes ventajas y grandes

desventajas.

Visión sobre el Derecho Comunitario

VENTAJAS DESVENTAJAS

Se aconseja a los

infractores y se le

reintegra a la

comunidad.

No se sanciona, ni se

No se resuelven

problemas o conflictos

graves. (muertes,

violaciones,

agresiones, etc.)

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da castigo físico.

No produce gastos

económicos.

Se resuelve

rápidamente

Las autoridades

comunitarias dan

seguridad y

confianza.

Las autoridades

comunitarias están

inmediatamente

disponibles.

A veces los

infractores no acatan

sanciones

comunitarias.

No se obliga a cumplir

sanción al infractor.

A veces las mujeres

sienten vergüenza de

acudir a contar sus

problemas a las

autoridades de la

comunidad.

2.- Cuál es su visión respecto del orden normativo comunitario.

Respecto de esta forma y costumbre que tiene y utiliza comúnmente

la comunidad para resolver los conflictos comunitarios que se

suscitan, las mujeres entrevistadas, señalan que siempre se ha

resuelto así, ya que siempre se ha considerado la opinión de toda

la comunidad. Las mujeres de la comunidad piensan y opinan que

esta forma de resolver conflictos es una buena forma para mantener

la armonía y el equilibrio entre los distintos comuneros y sus

familias ya que siempre están interactuando entre ellos y esa es

la razón de ser de vivir en comunidad.

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3.- Cuál es su visión respecto de las normas comunitarias que se

les aplica como mujeres.

En general las mujeres, opinan que están de acuerdo como se

aplican las normas comunitarias, ya que de esta forma se mantiene

un orden, y porque además encuentran muy justo que se trate a

todos y todas por igual, y además la comunidad en general a tomado

conciencia de la especificidad femenina, de su condición de ser

físicamente más limitada, y de esta forma, cuando hay que

realizar trabajos comunitarios pesados, en general se le asigna a

las mujeres trabajos más livianos y especialmente en el caso de

las mujeres mayores, a quienes se le asigna otras labores.

Pero tambien señalan que en general ellas no reclaman nada ni

tampoco plantean sus problemas porque a la comunidad no le

interesa, y tampoco daría soluciones a sus quejas.

4.- Cuál es su visión respecto del rol que tiene la mujer dentro

de la comunidad.

Respecto de la forma como la mujer ejerce distintos roles dentro

de la comunidad, nuestras entrevistadas, piensan y opinan que su

rol y aporte en la comunidad es muy importante y relevante para la

comunidad, puesto que la mujer es el sostén principal del hogar y

de toda la familia, siempre están apoyando a todos los miembros de

la familia en todo y velan por mantener el equilibrio y armonía

entre los distintos miembros de la familia, y aunque su rol no es

valorado ni mucho menos reconocido por los miembros de la

comunidad, las mujeres se consideran muy indispensables en todas

las actividades y trabajos comunitarios.

Las mujeres de la comunidad de Toconce, respecto del rol que

desempeñan y desenvuelven en la actualidad en la comunidad,

estiman que están acostumbradas a seguir las decisiones tomadas

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por la asamblea comunitaria, y que nunca se les agradece su

trabajo ni su esfuerzo, y eso no les importa, igual seguirán

haciendo las cosas y cooperando, pero de a poco las mujeres más

jóvenes deben ir colaborando, apoyando y tomar la iniciativa de ir

tomando responsabilidades tanto a nivel cultural para mantener las

tradiciones, tanto a nivel de la organización comunitaria.

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Capítulo VIII: Conclusiones y Propuestas

1.- Conclusiones Generales.

Al concluir el presente trabajo con certeza puedo decir que el

derecho indígena es una fuerza cohesiva importante de los pueblos

y comunidades indígenas; representa uno de los elementos centrales

de la identidad indígena y un vector crucial para la reproducción

de los intereses colectivos. Así como el derecho positivo nacional

organiza al Estado dentro del concepto de soberanía, el derecho

indígena se articula para garantizar la existencia y reproducción

del pueblo indígena, y su sentido de conjunto es la cohesión y

reproducción colectivas; por ello, es un derecho cuyas prioridades

son la defensa de la integridad territorial y de recursos del

pueblo indígena y sus comunidades, la legitimación de las

autoridades propias y el restablecimiento de relaciones se

solidaridad y reciprocidad. No es un derecho estructurado con una

concepción punitiva, sino restauradora del tejido social. Su

instrumento principal no es la cárcel ni la segregación del

individuo, sino la reparación del daño y la reincorporación del

infractor a la vida comunitaria.

Cabe señalar que la base del Derecho Indígena como forma de

resolver conflictos comunitarios sigue vigente, ello se constata a

partir de la presente investigación, pero debemos hacer notar que

en la actualidad se debe hacer distinción entre conflictos de

relevancia jurídica y aquellos que no la tienen, denominado por

los propios indígenas entrevistados como, conflictos graves (que

son llevados a la justicia ordinaria para que resuelva y sancione

al infractor) y conflictos menores, (que son resueltos por la

asamblea comunitaria que resuelve y reintegra al infractor) y que

dependiendo del interés en disputa conlleva una sanción moral de

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parte de la comunidad. En la Comunidad estudiada encontramos bien

definidos los roles y atribuciones de sus autoridades, y con

capacidad de toma de decisiones, aunque las decisiones importantes

están en concordancia con lo definido en la asamblea comunal. Ser

el Presidente de la Comunidad da prestigio y poder, y constituye

la figura central de la comunidad, ya que es el que gobierna la

comunidad y es el interlocutor validos ante instancias orgánicas

del movimiento indígena a nivel local, comunal e internacional, y

ante las instituciones estatales y privadas. Es menester señalar

que el impacto de la colonización y la minería, quizás ha sido el

mayor de los conflictos donde se ha vulnerado el “Derecho

Indígena” en esta región, siendo desplazado por Leyes en la

Justicia ordinaria del Estado de Chile, para resolver conflictos

de violencia, muerte, herencias, deslindes de terrenos, marital,

etc. Conflictos calificados de graves por la propia comunidad.

La forma de resolver estas situaciones y/o conflictos es propia de

la comunidad, han sido, y se han ido transmitiendo de generación

en generación para mantener un orden social comunitario. Y Una

primera cuestión que salta a la vista después de analizar la

información el uso del Derecho comunitario respecto a la

resolución de conflictos, es que aquí la mujer juega un rol

preponderante en el núcleo familiar, en la situación social y

organizacional en la comunidad, y se debe resaltar que existe un

status referente a la mujer, asumiendo la jefatura, asumiendo

derechos y obligaciones en la comunidad, y busca afanosamente

seguir integrándose, a la toma decisiones políticas, económicas,

sociales y culturales, asumiendo responsabilidades e integrándose

a los distintos espacios comunitarios, con su propia identidad

cultural y con su sabiduría. Y esto podrán lograrlo con mayor

fuerza, empoderándose de su rol de mujer, del conocimiento y

ejercicio de sus derechos, y de su identidad cultural.

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Las mujeres tambien acuden al derecho estatal para resolver

disputas o conflictos, invocando derechos consagrados en las

leyes. Por ello es importante mirar y entender los diferentes

contextos culturales e históricos para entender, como las mujeres,

al mismo tiempo que legitiman sus propias instancias de resolución

de conflictos, tambien recurre a la justicia ordinaria para

demandar su reconocimiento y protección. Experiencia que le

posibilita (a la mujer) enfrentar las estructuras coloniales de

género, aun vigentes en la sociedad y el estado.

Esta relación compleja entre ambos referentes normativos, genera

una dinámica flexible, y en este marco del derecho comunal y

derecho estatal, se regeneran estas normas para afirmar derechos o

para mantener tradiciones y costumbres. Y al respecto las mujeres

indígenas tienen una mirada crítica, frente al derecho

comunitario, ya que no es capaz de resolver los conflictos más

graves y de violencias, porque no tiene la capacidad de castigo, y

entonces ven las ventajas de recurrir a la justicia ordinaria para

que resuelva este tipo de conflictos.

Asimismo se evidencia una posible aplicación desigual de derechos

cuando se trata de las mujeres, porque no se atiende su condición

específica, y muchas veces en pos de mantener la armonía y

equilibrio comunitario, en este entrelazamiento de valores y

practicas comunitarias, se desconocen los derechos de las mujeres

al no prestar atención a sus necesidades y demandas. Y por ello

las mujeres no reclaman ni dan a conocer sus problemas a la

comunidad.

Este trabajo tambien da muestra de cómo la ideología de género

machista de la mayoría de los pueblos indígenas, que justifica la

subordinación de las mujeres y naturalizan su exclusión, traspasa

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los valores, la cosmovisión, las instituciones, y la práctica de

resolución de conflictos, mediante los procedimientos,

resoluciones y decisiones.

Finalmente al concluir este trabajo, , y a partir de ello deseo

expresar que lo aportado en este trabajo sirva para desarrollar

más interés en esta área del Derecho Indígena, que además de ser

muy complejo en su tratamiento, es a la vez reconfortante en su

aprendizaje.

2.- Propuestas

Propuestas de forma y de fondo en la aplicación de normas

comunitarias y/o sistema jurídico indígena, para resolver

conflictos en las comunidades cuando afectan a mujeres indígenas.

1.-Desde la perspectiva del uso del Derecho Comunitario en la

resolución de conflictos.

* Que las propias comunidades y Pueblos Indígenas revaloricen

su Sistema Propio de Resolución de Conflictos.

Que las propias comunidades y pueblos indígenas ejerzan

control sobre la normativa nacional para que no se coarten

atribuciones y derechos ya establecidos, especialmente en lo

referido al Derecho Consuetudinario Indígena.

Promover el respeto por la práctica y utilización de este

Sistema de Resolución de Conflictos.

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Trabajar para el Fortalecimiento de nuestras instituciones

propias. Que aunque están frágiles y no resuelven todos los

conflictos, pueden fortalecerse y reestructurarse adecuándose a

los nuevos tiempos.

Mayor trabajo entre las comunidades del mismo pueblo, para

utilizar de mejor forma nuestras propias normas comunitarias.

Poniendo en debate la discusión para ayudar a identificar nuestras

fragilidades, enfrentar problemas.

2.-Desde la perspectiva de los derechos de las mujeres indígenas

como sujetos de derecho especifico, en el marco de la legislación

nacional e internacional que consagra los derechos de los pueblos

indígenas.

Apropiación y Empoderamiento por parte de las propias

mujeres indígenas, de todas y cada una de legislación

nacional e internacional que consagra los derechos

específicos y especiales de las mujeres indígenas.

Instrumentos como el CEDAW, CERD, Convención Belem Do Para,

etc.

Más Conocimiento y Formación en la normativa nacional e

internacional que consagra los derechos indígenas y los

derechos humanos. Instrumentos como el Convenio 169, la

Declaración de las Naciones Unidas de los Derechos

Indígenas.

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3.-Desde la perspectiva de la incidencia de las mujeres en la

aplicación y uso de normas comunitarias en la resolución de sus

conflictos.

* Promoción de los derechos humanos, derechos indígenas en

general y derechos de las mujeres indígenas en particular ante las

propias autoridades indígenas y comunidad, para que no se cometan

excesos en el ejercicio del derecho comunitario.

Generar un trabajo de Difusión y Promoción ante las

instancias estatales y especialmente las autoridades judiciales

para que se haga efectivo el reconocimiento al derecho y la

jurisdicción indígena.

4.-Desde la perspectiva de su propio conocimiento de la cultura y

contexto en que se aplican las normas comunitarias para resolver

conflictos cuando estos se aplican a las mujeres.

Difundir el sistema de Derecho Indígena a la sociedad toda,

y así con más propiedad exigir su respeto.

Propiciar en algunos casos la Complementariedad entre el

sistema jurídico indígena y el sistema jurídico nacional.

Revalorizar nuestras propias formas autónomas de Resolución

de Conflictos, y que pueden garantizan el bien colectivo,

fortaleciendo a la comunidad indígena.

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Fuentes y Bibliografía

1.- Fuentes

1.1.- Fuentes Orales

Bartolo Honorio. Comunidad de Toconce.

Berna Alicia. Comunidad de Toconce

Berna Petronila. Comunidad de Toconce

Lovera Félix. Comunidad de Toconce.

Lovera Porfiria. Comunidad de Toconce

Lovera Sonia. Comunidad de Toconce

Vilca, Tomas. Comunidad de Coyo.

Yere, Elsie. Comunidad de Toconce

Yere, Lorena. Comunidad de Toconce

Yere, Rosa. Comunidad de Toconce

Yufla Pascual. Comunidad de Toconce

Yufla Nolberta. Comunidad de Toconce.

1.2.- Fuentes Documentales

Libros de Acta Comunidad de Toconce

2.- Bibliografía

2.1.- Textos.

Yrigoyen Fajardo, Raquel. 2006. Hitos del Reconocimiento

del Pluralismo Jurídico y el Derecho Indígena en las

políticas indigenistas y el constitucionalismo andino.

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55

Sierra, María Teresa. 20005. Derecho Indígena y acceso a

la justicia en México: Perspectiva desde la

interlegalidad. IIDH.

Stavenhagen, Rodolfo. Los Derechos Indigenas: Nuevo

Enfoque del Sistema Internacional.

Sierra, María Teresa. 2007. Haciendo Justicia,

Interlegalidad, Derecho y Genero en regiones andinas.

CIESAS

Sierra María Teresa. 2000. Genero, Legalidad y Derechos

en la sierra norte de Puebla, México.

Correa Paula, Faúndez César, Gundermann Hans, Infante

Catalina, Osorio Ximena, y Vargas Macarena. 2009.

Mediación Intercultural. Estudio sobre conflictividad y

Modelos de intervención. Facultad de Derecho Universidad

Diego Portales, Ministerio de Justicia y Programa

Orígenes. Santiago, Chile.

Aywin Oyarzun, Jose. Pueblos Indigenas y Derechos

Humanos. U Deusto. (www.Observatoriociudadano.cl)

Negrón Bárbara (editora). 2005. Diversidad Cultural. El

Valor de la diferencia. Chile. LOM Ediciones, Consejo de

la Cultura y las Artes. Santiago, Chile

Castro L. Milka. 2004. Los Desafíos de la

Interculturalidad: identidad, política y Derecho. LOM

Ediciones. Santiago, Chile.

CEJIS Centro de Estudios Jurídicos e Investigación

Social. 2003. Sistema Jurídico Indígena. Editorial El

País. Santa Cruz de la Sierra, Bolivia

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56

Fernández o. Marcelo (compilador). 2010. Practica del

Derecho Indígena en Bolivia. UPS Editorial. Bolivia.

2.2.- Legislación:

Ley N° 19.253, sobre Protección, Desarrollo y Fomento de

los Indígenas, 1993. Santiago, Chile

Convenio 169 de la OIT, sobre poblaciones Indígenas y

Tribales, 1989. Organización Internacional del Trabajo,

Ginebra, Suiza.

Declaración de las Naciones Unidas de los Derechos de los

Pueblos Indígenas. 2007. Organizacion de las Naciones

Unidas, Nueva York, Estados Unidos.

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ANEXOS

ANEXO I: Objetivos y Metodología de la Investigación

1-. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACION

Objetivo General:

Conocer la visión y ejercicio de derechos de las mujeres indígenas

en la comunidad atacameña de Toconce, en el marco de la resolución

de sus conflictos en las relaciones sociales, prácticas

culturales, regulaciones y normas comunitarias, teniendo como

marco general el derecho comunitario o sistema jurídico indígena

actualmente aplicable en la comunidad.

Objetivos Específicos:

conocer visiones y prácticas comunitarias aplicables a las

mujeres indígenas en la comunidad atacameña de Toconce.

conocer los alcances y limites de las normas comunitarias que

regulan las relaciones sociales desde la visión de las

mujeres y de las autoridades de la comunidad atacameña de

Toconce

2.- Metodología utilizada en la investigación.

La presente investigación ha sido realizada utilizando por una

parte algunas herramientas de la metodología Científica

tradicional, cuyo formato ha sido utilizado por largos años por

los diferentes Investigadores, antropólogos, sociólogos e

historiadores para describir y escribir en diferentes estudios las

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realidades y contextos en que viven los pueblos indígenas a nivel

mundial.

Por otra parte la presente investigación ha sido realizada

utilizando la metodología intercultural, que es una metodología

incipiente y que nace en la modernidad del siglo XXI, y que surge

a partir de la visión indígena y de la necesidad de escribir y

describir los contextos desde la visión cultural, desde su

cosmovisión propia y única.

Descripción de Entrevistas realizadas.

La recolección de información para elaborar este trabajo, está

basada principalmente en Entrevistas Personalizadas realizadas a

las diferentes personas mujeres y hombres indígenas de la

comunidad atacameña de Toconce. Para obtener la información y

respuestas necesarias que lleven a resolver la pregunta de

investigación planteada, las entrevistas fueron realizadas en base

a una Pauta de Preguntas Especificas, cuyo fin era obtener

respuestas especificas.

La mayor parte de las personas entrevistadas y objeto de nuestra

investigación, fueron mujeres indígenas de la comunidad estudiada,

mujeres de diferentes edades, y de preferencia mujeres comuneras

de distintas familias, y que cumplen distintas funciones dentro de

la comunidad. Asimismo se entrevisto a hombres, que cumplen

funciones culturales muy importantes, como autoridades

espirituales y autoridades socio políticas.

En general la mayor parte de nuestras entrevistadas y

entrevistados mostró una excelente disposición de colaborar y

contestar todas nuestras preguntas, incluso en algunos casos

entregando información adicional que sirvió para complementar

nuestro trabajo.

La información recolectada y las respuestas concretas a nuestras

preguntas ha permitido tener la visión específica y dar cuenta del

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estado y salud en que se encuentra el Uso y Aplicación del Derecho

Comunitario en la Resolución de conflictos y específicamente su

aplicación actual en el caso de las mujeres indígenas.

Descripción de casos Observados en forma directa.

Otra forma de recolectar información para nuestro trabajo fue

mediante la Observación Directa y Personal, para ello hemos tenido

la oportunidad de asistir en más de una oportunidad a las

Asambleas Comunitarias, y observar atentamente como es el

Procedimiento y la forma en que esta comunidad mediante su

Asamblea de Comuneros y en conjunto a las autoridades comunales

Resuelven los conflictos, y aunque solo se resuelven conflictos

denominados menores, y no delitos, es claramente este el sistema

comunitario que han usado ancestralmente los pueblos indígenas

para resolver conflictos y que es un sistema tradicional que han

usado nuestros antepasados y que aun hoy en día conservan nuestras

comunidades para organizar y mantener la armonía y trabajo

comunitario.

Este sistema comunitario de resolver conflictos, en general tiene

ciertas características y un procedimiento claro o paso que

obligatoriamente deben seguirse. En la práctica las autoridades

convocan a Asamblea Comunitaria a lo menos 1 vez al mes, o más de

1 vez, de acuerdo a las necesidades y urgencias de la comunidad.

La asistencia suele ser obligatoria, pero también depende de la

voluntad del comunero. La forma de convocar es mediante aviso

escrito pegado en la Sede Comunal, y traspasando información en

forma oral.

Por ello, de acuerdo a nuestro conocimiento y a lo observado en

forma directa y personal, en términos generales, puedo describir

lo siguiente:

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1.- Una vez reunida la asamblea comunitaria, se procede a revisar

el quórum de asistencia, y cumplido esto, se inicia la sesión de

Asamblea Comunitaria.

2.- La Asamblea Comunitaria la preside, la autoridad socio

político electa por la comunidad, es decir, EL Presidente de la

Comunidad, acompañado de su de su Directorio.

3.- Se lee Acta anterior, se aprueba y se procede a informar en

general de todos los temas que deben ser resueltos o que necesitan

resolverse con urgencia.

4.- El Presidente de la comunidad pone en conocimiento a toda la

comunidad de toda la información necesaria respecto de un caso

específico, da orientaciones y sugerencias generales y a

continuación toda la comunidad puede opinar y proponer soluciones.

5.- En estas Asambleas Comunitarias, se resuelven y someten a

votación casos como por ejemplo, trabajos comunitarios (limpieza

del pueblo, de canales, arreglos de cañerías, de agua potable de

caminos, etc.), fiestas y ceremonias tradicionales (cargos,

donaciones, cuotas, responsabilidades, etc.), dependiendo de la

actividad o trabajo que requiera urgencia). Y además se exponen

casos y o conflictos personales y/o especiales que afectan a

determinadas personas de la comunidad para que la Asamblea

resuelva.

6.- tomada las opiniones y sugerencias de posibles soluciones, se

precede a votar, en quórum simple de 50 +1. Y se resuelve en

forma rápida si todos cooperan y no hay oposiciones. Y también la

Autoridad Comunal debe dar solución a los casos personales

expuestos, tomando la opinión de los comuneros, y casos los

graves, o delitos ponerlos al conocimiento de las autoridades

policiales.

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7.- Cabe destacar que a veces tomar ciertas decisiones

comunitarias se complica y ello toma 2 o más sesiones,

retrasándose las decisiones.

Para la recolección de información he tenido también varias

oportunidades de asistir a las asambleas comunitarias, donde pude

personalmente observar la forma como la comunidad y asamblea

resuelven determinados problemas y conflictos planteados en tabla

o que surgen en el momento, y la forma de cómo interviene las

personas y de cómo se resuelven los casos expuestos.

Revisión de actas y libros de la comunidad.

Otra forma de obtener información para realizar este trabajo, fue

la revisión de Actas y Libros de la Comunidad. La revisión de

estos Libros fue un poco más compleja, ya que lo que buscábamos en

forma concreta era información o casos específicos donde estuviera

involucrada alguna mujer de la comunidad, en especifico no hay

casos que den cuenta de ello, y en general todas las resoluciones

se refieren a ellas como miembros de la comunidad. Y constatando

lo relatado por nuestras entrevistadas y entrevistados

generalmente y desde tiempos pasados la mujer no ha sido

protagonista de conflictos específicos, y tampoco a expuesto ante

la comunidad situaciones en calidad de mujer, sino en calidad de

comunera.

Las Actas y Libros de la Comunidad no hacen más que reflejar la

importancia de la Asamblea comunitaria como institución

resolutoria de conflictos y al mismo tiempo como mecanismo de

protección de intereses colectivos y cuyas resoluciones y formas

servirán como testimonio a las nuevas generaciones de la forma

como debe conservarse y respetarse este Derecho Consuetudinario.

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II.- Metodología Intercultural

La presente investigación se realizo utilizando la metodología

intercultural, que consiste en tener 2 visiones distintas de la

información recolectada, por una parte hemos tenido la visión de

un Guía Cultural, una persona indígena idónea, que ha orientado

este trabajo desde la perspectiva intercultural, y que ha dado su

visión desde la cosmogonía y con pertinencia indígena; y por otra

parte hemos tenido la visión de un Guía académico, de relevancia

en el tema a tratar, este guía o tutor académico ha orientado la

investigación desde un punto de vista más científico, desde la

mirada del derecho positivo, en la perspectiva de las mujeres

indígenas.

Para el análisis e interpretación de la información y datos

obtenidos, ha sido muy importante la opinión y orientación que han

hecho tanto el guía metodológico cultural, así como el guía

metodológico académico, ya que de esta he tenido 2 visiones, que

han servido para complementar mi propia visión y análisis, y de

esta forma la información recolectada han podido ser

sistematizados de mejor forma.

2.1.- Guía cultural y sus aportes

Al respecto, he tenido la oportunidad de trabajar y contar con la

colaboración de un hermano de mi pueblo, Tomas de Aquino Vilca,

destacado cultor atacameño, especialista en Educación

Intercultural, quien me ha orientado en el aspecto cultural,

pauteando la inclusión idónea y correcta de la cosmovisión y la

inclusión de aspectos culturales importantes, con el objetivo de

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darle a este trabajo la mirada indígena, resaltando los valores,

principios y forma de vida propia de nuestra cosmovisión andina.

Como la residencia de nuestro guía cultural es en la comunidad de

San Pedro de Atacama, ubicada en la Segunda Región de Chile,

localidad cercana a la comunidad de Toconce, y hasta donde he

debido desplazarme, y de esta forma, en conjunto hemos discutido y

debatido acerca de la información recolectada, por diferentes

medios antes mencionada, y de la importancia de resaltar la

cultura andina en general y la atacameña en especial, como una

forma de dar a conocer a una población indígena que mantiene, en

pleno siglo XXI sus tradiciones y festividades propias, y que se

han ido trasmitiendo y trasformando de generación en generación, y

que aún conserva su propia forma comunitaria de resolver los

conflictos.

Nuestro guía cultural ha estado involucrado en forma permanente y

atento a dar sus apreciaciones y consejos desde el inicio de

nuestro trabajo, en el mes de octubre, cuando le comente de el

desafío de realizar este trabajo y necesidad de contar con su

colaboración, sus comentarios y apreciaciones, con el fin de

desarrollar y trabajar una nueva metodología en la investigación,

y la necesidad de plasmar la información con pertinencia cultural

y enfoque especifico. Y desde entonces hemos tenido la

oportunidad de juntarnos en forma personal a discutir y analizar

la forma como este trabajo debería quedar plasmado, y también nos

hemos continuamente contactado vía correo electrónico, lo que ha

permitido tener una relación de confianza para plantear opiniones

discordantes.

Los aportes culturales de nuestro guía han sido oportunos e

idóneos, y también específicamente a aportado con la visión y

rescate de los valores de nuestras mujeres indígenas, y de la

importancia de nuestra madre tierra y sus diferentes ciclos, que

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nos ha permitido mantener nuestras tradiciones y costumbres, y

nuestras diferentes instituciones.

Finalmente señalar que nuestro guía ha aportado en el uso adecuado

de los términos culturales y el rescate de nuestra lengua propia.

2.- Guía Académico y sus aportes

Como ya lo hemos especificado, y siguiendo la metodología

intercultural para la realización de este trabajo, también he

tenido la oportunidad de contar con la Guía, colaboración, y

asesoramiento del destacado académico de varias Universidades

chilenas y Extranjeras, José Aylwin Oyarzun, Abogado, Especialista

en Derecho Indígena, consultor de varios organismos a nivel

internacional, con vasta trayectoria en investigaciones y

publicaciones sobre derecho indígena.

La guía y asesoramiento por parte de este destacado académico, ha

sido de gran relevancia en la elaboración del presente trabajo, ya

que ha orientado la forma y fondo de la investigación desde un

punto de vista más científico y desde la mirada del derecho

positivo.

Su opinión y orientación desde su visión académica y más

científica, en el análisis e interpretación de la información y/o

respuestas obtenidas, ha sido muy importante, ya que han servido

para complementar mi propia visión y análisis, y de esta forma los

datos obtenidos y la información recolectada los he podido

sistematizar de mejor forma.

Su aporte y orientaciones al desarrollo de este trabajo han sido

especialmente relacionadas con la recomendación de material

bibliográfico especifico, de autores variados, la incorporación de

legislación nacional, y la precisión de conceptos determinados, ya

que desde su experticia de investigador y especialista en la

temática indígena tiene una visión global y particular para el

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tema estudiado, y específicamente cuales son y pueden ser los

alcances y desarrollo de esta materia para el caso especifico de

Chile.

Nuestro guía académico reside en el sur de Chile, en la ciudad de

Villarrica, pero debido a sus múltiples labores académicas y de

Relatarías en Derecho indígena, con frecuencia visita la ciudad de

Santiago y además he tenido la oportunidad de ser su alumna en

algunos cursos de especialización. Y es así, como le comente el

desafío de realizar este trabajo, utilizando esta metodología

intercultural y la necesidad de contar con su colaboración y

revisión del mismo.

La relación de contacto con el guía académico, por distancia, ha

sido el correo electrónico, vía por la cual me ha enviado su

aporte, y precisiones, los cuales han sido muy relevantes y

oportunos, aportado con la visión mas técnica y la visión global

de derechos.

Reflexiones sobre la aplicación de la Metodología Intercultural

Respecto de este trabajo realizado aplicando la metodología

intercultural, decir que, el sentido de desarrollar

investigaciones por las y los propios indígenas, es plasmar

nuestro propio mundo desde la identidad cultural, la sabiduría

ancestral, los principios y valores indígenas, los tiempos y

espacios sagrados, etc., y a partir de ello escribir y describir

diferentes contextos y realidades con pertinencia, con identidad,

y describiendo nuestra ciencia indígena. Sin lugar a dudas ha sido

un desafió aplicar la metodología intercultural, y es mayor aun el

desafió de seguir realizando trabajos con esta metodología. Por

ello finalmente deseo expresar que lo aportado en este trabajo

sirva para desarrollar más interés en su aplicación, que además de

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ser muy interesante en su aplicación y en el tratamiento de la

información, es a la vez reconfortante en su aprendizaje.

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ANEXO II: Pauta General de Entrevistas

1.- Saludar, presentar respeto y dar agradecimiento por conceder

esta entrevista

2.- Hacer presentación personal, y resumen.

3.- Explicar de que se trata la entrevista, y cuales son los fines

de la misma.

4.- Explicar en forma general la temática especifica de la

entrevista.

5.- Solicitar autorización para grabar la entrevista.

6.- Solicitar autorización para tomar fotografías.

7.- Solicitar autorización para publicar datos personales.

8.- Realizar Entrevista en forma de Dialogo amistoso.

9.- Dar agradecimiento final por ayudar a realizar este trabajo de

investigación.

10.- Solicitar recomendación de otros nombres y personas que sería

interesante entrevistar.

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ANEXO III: Pauta Guía de Preguntas

I.- Contexto en que se desenvuelve la mujer en la Comunidad de

Toconce.

1.- Puede decirme, cuál es la situación actual en que viven

las mujeres en la comunidad?

2,- Puede decirme, que actividades económicas desarrolla la

mujer en la comunidad?

3.- Puede decirme, que actividades sociales desarrolla la

mujer en la comunidad?

4.- Puede decirme, que actividades culturales (tradicionales)

desarrolla la mujer en la comunidad?

5.- Tiene la mujer libertad para tomar decisiones en el

ejercicio de ese cargo?

II.- Resolución de Conflictos Comunitarios.

1.- Qué tipo de conflictos aun son resueltos por la

comunidad?

2.- Quien o quienes resuelven estos conflictos?

3.- Contribuye esta forma de resolver conflictos, a mantener la

armonía de la comunidad y de sus miembros?

4.- Cuál es la situación de la mujer en este marco de la

resolución de conflictos comunitarios?

III.- Resolución de Conflictos cuando afecta a las mujeres de la

comunidad.

1.- Recuerda como se resolvían los conflictos en la

comunidad antiguamente, cuando Afectaban a mujeres?

2.- Puede decirme como se resuelven en la actualidad?

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3.- Es importante para usted, que se resuelvan los conflictos

cuando afectan a las mujeres de La comunidad.

4.- Que consecuencias produce o provoca en la comunidad que

se resuelvan los conflictos de la mujer.

IV.- Casos de aplicación del derecho comunitario que involucra a

mujeres.

1.- Qué tipo de conflictos ocurren (especificando periodos)

2.- Cuáles son las partes involucradas en estos conflictos?.

3.- Cuáles son los valores y principios del derecho

comunitario que se ponen en juego?

V.- Visión desde las mujeres ante el ejercicio de este derecho

comunitario.

1,- Que piensa y que opina sobre esta forma como se resuelven

los conflictos comunitarios?

2.- Que piensa y opina sobre esta forma que se usa para

mantener el orden de la comunidad?

3.- Que piensa y que opina sobre las normas comunitarias que

les aplica como mujeres.

4.- Que piensa y opina usted sobre su rol o el rol de todas

las mujeres en la comunidad?

VII.- Conceptos locales en lengua materna de la comunidad.

1.- Recuerda o conoce términos en lengua Quechua, que hablen

de delitos, problemas, Conflictos, Principios andinos, valores

familiares, etc.

2.- Recuerda o conoce como se decía antiguamente a las

personas que cometían delitos, o causaban problemas en la

comunidad.

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ANEXO IV: NOMINA DE PERSONAS ENTREVISTADAS

NOMBRES EDAD LABOR O CARGO FECHA

Honorio Bartolo

74

Autoridad Espiritual

Febrero 2011

Alicia Berna

55

Ex Dirigente Comunidad

Febrero 2011

Petronila Berna

57

Agricultora

Noviembre 2010

Félix Lovera

74

Autoridad Espiritual

Febrero 2011

Porfiria Lovera

57

Agricultora

Noviembre 2010

Sonia Lovera

49

Dueña de Casa

Febrero 2011

Tomas Vilca

45

especialista en

Educación Intercultural

Octubre 2010

Febrero 2011

Elsie Yere

67

Comunera

Febrero 2010

Lorena Yere Anza

33

Secretaria Comunidad

Febrero 2010

Rosa Yere Yere

80

Comunera

Noviembre 2011

Pascual Yufla

60

Presidente Comunidad

Noviembre 2011

Yufla Nolberta

76

Pastora

Noviembre 2011

Datos Solicitados a los Entrevistados:

Nombres Completos:

Edad:

Labor que desarrolla o cargo que ocupa en la comunidad:

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ANEXO VI: FOTOGRAFIAS ASAMBLEA COMUNITARIA

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ANEXO VII: FOTOGRAFIA DE TRABAJO GUIA CULTURAL

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Guía Cultural:

Tomas de Aquino Vilca. Es especialista en Educación

Intercultural Bilingüe, con estudios de especialización en la

Universidad Arturo Prat de Iquique. Es actualmente el

Presidente de la Comunidad Atacameña de Coyo. Participa en la

Comisión Técnica de Rescate de la Lengua Atacameña, trabajo

que viene realizando desde el año 2000. Participa en la Mesa

de Trabajo de los Pueblos Indígenas de la II Región, y en el

trabajo de las Áreas de Desarrollo Indígena. Ha sido Profesor

del Internado Andino de Calama que alberga jóvenes de

enseñanza media que vienen de los poblados del interior. Ha

sido Coordinador de diversos Talleres, Seminarios y Foros

relacionados con la Cultura Atacameña y con el Derecho

Indígena. Traductor y escritor de variados artículos

referidos a la cultura atacameña.

Guía Académico:

José Aylwin Oyarzún. Es abogado especialista en derechos

humanos y pueblos indígenas. Participó a comienzos de los 90

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en la Comisión Especial de Pueblos Indígenas (CEPI) en la

elaboración del anteproyecto de la ley indígena actual. Fue

Director del Instituto de Estudios Indígenas de la UFRO entre

1994 y 1997. Coordinador del Programa de Derechos Indígenas

del Instituto (2002-2004). Co Director del Observatorio de

Derechos de los Pueblos Indígenas, ONG de documentación,

promoción y defensa de derechos humanos de pueblos indígenas

en Chile fundada el 2004. Ha realizado estudios e

investigación sobre derechos de pueblos indígenas en América

del Norte (maestría en Universidad de British Columbia,

Canadá) y Latinoamérica para CEPAL (ONU), Universidad de

Montana, el Instituto Interamericano de Derechos Humanos e

IWGIA de Dinamarca. Ha asistido a múltiples encuentros

internacionales relacionados con la temática indígena,

manteniendo relaciones con organizaciones nacionales e

internacionales en el campo de los derechos indígenas y la

temática medio ambiental. Ha escrito varias publicaciones

sobre la temática de los derechos humanos y los pueblos

indígenas en Chile y el exterior. Es profesor de Derecho

Indígena en la Universidad Austral de Chile.

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ANEXO VIII: FOTOGRAFIAS TOCONCE

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