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DICTAMEN DE LA COMISIÓN PARA LA IGUALDAD DE GÉNERO A LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO QUE EXHORTA A LA SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA A FORMULAR UN INSTRUMENTO DE COLABORACION CON LA ASOCIACION NACIONAL DE UNIVERSIDADES E INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR,' PARA. ESTABLECER PROTOCOLOS CONTRA LA DISCRIMINACION Y VIOLENCIA DE GÉNERO EN LAS INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR. HONORABLE ASAMBLEA A la Comisión para la Igualdad de Género, le fue turnada para su estudio y dictamen correspondiente, la siguiente: Proposición con Punto de Acuerdo que exhorta de manera respetuosa a la Secretaria de Educación Pública, para que en el marco de sus atribuciones y en coordinación con la Comisión Nacional para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres, ·formulen un instrumento de colab·oración con la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior, para establecer protocolos contra la discriminación y violencia de género en las instituciones de educación superior. Las integrantes de la Comisión dictaminadora, con fundamento en los artículos 85, 86, 94, 95 y 103 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos: numeral 2 del 113, 117, numeral 1 fracción 1 del 135, . numeral 1 del 277 y demás relativos y aplicables del Reglamento del Senado de la República, someten a la consideración del Pleno de la Cámara de Senadores el .siguiente dictamen, en relación con la siguiente:

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DICTAMEN DE LA COMISIÓN PARA LA IGUALDAD DE GÉNERO A LA

PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO QUE EXHORTA A LA SECRETARIA

DE EDUCACION PUBLICA A FORMULAR UN INSTRUMENTO DE

COLABORACION CON LA ASOCIACION NACIONAL DE UNIVERSIDADES E

INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR,' PARA. ESTABLECER

PROTOCOLOS CONTRA LA DISCRIMINACION Y VIOLENCIA DE GÉNERO EN

LAS INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR.

HONORABLE ASAMBLEA

A la Comisión para la Igualdad de Género, le fue turnada para su estudio y dictamen

correspondiente, la siguiente:

• Proposición con Punto de Acuerdo que exhorta de manera respetuosa a la

Secretaria de Educación Pública, para que en el marco de sus

atribuciones y en coordinación con la Comisión Nacional para prevenir y

erradicar la violencia contra las mujeres, ·formulen un instrumento de

colab·oración con la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones

de Educación Superior, para establecer protocolos contra la discriminación

y violencia de género en las instituciones de educación superior.

Las integrantes de la Comisión dictaminadora, con fundamento en los artículos 85,

86, 94, 95 y 103 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos

Mexicanos; los artículos: numeral 2 del 113, 117, numeral 1 fracción 1 del 135,

. numeral 1 del 277 y demás relativos y aplicables del Reglamento del Senado de la

República, someten a la consideración del Pleno de la Cámara de Senadores el

.siguiente dictamen, en relación con la siguiente:

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DICTAMEN DE LA COMISIÓN PARA LA IGUALDAD DE GÉNERO A LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO QUE EXHORTA A LA SECRETARIAA DE EDUCACION PUBLICA A FORMULAR UN INSTRUMENTO DE COLABORACION CON LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE UNIVERSIDADES E INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR PARA ESTABLECER PROTOCOLOS CONTRA LA DISCRIMINACIÓN Y VIOLENCIA DE GÉNERO EN LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR.

METODOLOGÍA

l. En el apartado ·"ANTECEDENTES", se da constancia de la fecha de

presentación, del trámite de inicio del proceso legislativo y de la recepción del

turno, para la elaboración del dictamen de la citada Proposición.

11. En el apartado "CONTENIDO DE LA PROPOSICIÓN", se sintetizan los

términos, los alcances de la o las propuestas en estudio y se hace una breve

referencia de los temas que la o las componen.

111. En el apartado "CONSIDERACIONES", la Comisión para la Igualdad de

Género, expresa los argumentos y razonamientos de valoración de la o las

propuestas y los motivos que sustentan su determinación final.

IV. 'Por último, en el apartado de "ACUERDO", se plantea el sentido y decisión,

relativo a la "PROPOSICIÓN" planteada.

l. ANTECEDENTES

1. En sesión ordinaria del Senado dela República, el 25 de abril del 2017, la

Senadora Lucero Saldaña Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido

Revolucionario Institucional, presentó la Proposición con Punto de Acuerdo que

exhorta de manera respetuosa a la Secretaria de Educación Pública, para que en

el marco de sus atribuciones y en coordinación con la Comisión Nacional para

prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres, formulen un instrumento de

colaboración con la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de

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Educación Superior, para establecer

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protocolos contra la discriminación y

violencia de género en las instituciones de educación superior.

2. La Mesa Directiva del Senado de la República, el mismo día 25 de abril de 2017,

a través del oficio DGPL-2P2A.-4078 dispuso turnar la proposición con punto de

acuerdo a la Comisión para la Igualdad de Género de la LXIII Legislatura, para su

análisis, estudio y discusión, a fin de crear el dictamen correspondiente mismo

que fue recibido el 26 de abril del mismo año.

11. CONTENIDO DE LA PROPOSICIÓN

1. La Senadora Lucero Saldaña Pérez, expone que la violencia, el acoso y

hostigamiento sexual en el ámbito l,miversitario se presenta desde la censura a

las jóvenes que incursionan en carreras tradicionalmente masculinizadas,

condicionamientos de aprobación de sus materias a cambio de favores sexuales,

tocamientos y hasta violaciones.

2. Señala que, según el PUEG de la UNAM, realizó una investigación sobre la

violencia que viven las mujeres alumnas en esta Casa de Estudios. En el

programa "Sentido Contrario" que se transmite por "Radio UNAM" donde

minimizan la violencia de género y descalifican a las víctimas justificando las

agresiones cotidianas hacia las mujeres.

3. Destaca que se debe fomentar la cultura de la denuncia, debido a que no se hace

por temor a las represalias y al juicio de que otros integrantes de la comunidad

universitaria le puedan hacer; del mismo modo sita los artículos 5, fracción IV y

1 O de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en

donde se define la violencia contra las mujeres y especifica la violencia laboral y

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docente que "se ejerce por las personas que tienen un vínculo laboral, docente o

análogo con la víctima, independientemente de la relación jerárquica y consiste

en un acto o una omisión en abuso de poder que daña la autoestima, salud,

integridad, libertad y seguridad de la víctima, e impide su desarrollo y atenta

contra la igualdad. Consiste en un solo' evento dañino o una serie de eventos

cuya suma produce un daño. También incluye el acoso o el hostigamiento

sexual"

4. Comenta que la UNAM le informó la cancelación del programa "Sentido Contrario"

a petición de la proponente, debido a que se opone a los valores de dicha

institución; pues cuenta con instrumentos para erradicar la violencia de género

como: Lineamientos Generales para la Igualdad de Género, en donde se define

el acoso sexual y el acoso laboral, la discriminación, la discriminación de género,

el hostigamiento sexual y la violencia de género; Protocolo para la atención de

casos de violencia de género, con la finalidad de homologar, transparentar y dar

certidumbre a la comunidad universitaria sobre el procedimiento para atender y

sancionar los casos de violencia de género. Sin embargo, en otras instituciones

de educación superior a pesar de contar con instrumentos del mismo tipo,

prevalece la violencia por razones de género.

5. Propone, que la Secretaria de Educación Pública, a través de la Subsecretaria de

Educación Superior está facultada para que efectué acuerdos

interinstitucionales, acuerdos y convenios con los sectores sociales y privados,

entre otros mecanismos, conforme el Reglamento Interior de la SEP, en su

artículo 6 fracción IV, "Proponer al Secretario los anteproyectos de tratados,

acuerdos interinstitucionales, acuerdos y bases de coordinación con las

entidades federativas y municipios, así como convenios con los sectores sociales

y privado en los asuntos de su competencia". Del mismo modo, en la Ley General

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de Acceso de las Mujeres a una vida libre de violencia, en su artículo 45,

fracciones 1, IV, IX, XII, XIV y XV, se refiere a la distribución de competencias en

materia de prevención, atención, sanción y erradicación dela violencia contra las

mujeres, establece que la Secretaria de Educación Pública debe: "Definir en las

políticas educativas los principios de igualdad, equidad y no discriminación entre

mujeres y hombres y el respeto pleno a los derechos humanos ... " "formular y

aplicar programas que permitan la detección temprana de los problemas de

violencia contra las mujeres en los centros educativos, para que se dé una

primera respuesta, urgente a las alumnas que sufren algún tipo de violencia; .. "

"establecer como requisito de contratación a todo el personal de no contar con

algún antecedente de violencia contra las mujeres;" "eliminar de los programas

educativos los materiales que hagan apología de la violencia contra las mujeres o

contribuyan a la promoción de estereotipos que discriminen y fomenten la

desigualdad entre mujeres y hombres; .. . " "diseñar con una visión transversal, la

política integral con perspectiva de género orientada a la prevención , atención,

sanción y erradicación de los delitos violentos contra las mujeres." "celebrar

convenios de cooperación, coordinación y concertación en la materia ... "

6. Hace mención que en los estatutos de la Asociación Nacional de Universidades e

Instituciones de Educación Superior de la República Mexicana, A.C. (ANUlES),

tiene como fines el de contribuir a que sus asociadas realicen su misión

sustentándose en los valores de equidad, justicia paz y derechos humanos y

contempla que puede emitir acuerdos, los cuales tienen el carácter de

recomendaciones o sugerencias para sus asociadas, que deben ser ratificados

por los órganos internos de gobierno de cada institución, con el pleno respeto a

su autonomía universitaria y la pluralidad de las mismas; por lo que propone que

se considere dentro del acuerdo a tomar.

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7. En estas líneas resalta la proponente la gravedad de la violencia hacia las

mujeres en el ámbito universitario, siendo éste donde se formas las y los

profesionistas que definirán el rumbo del país, además, de contar con el derecho

de todas las personas, de tener una vida libre de violencia, por lo que la

Promovente propone la siguiente proposición con:

PUNTO DE ACUERDO

ÚNICO. El Senado de la República, exhorta de manera respetuosa a la Secretaria

de Educación Pública, para que en el marco de sus atribuciones y en coordinación

con la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres,

formulen un instrumento de colaboración con la Asociación Nacional de

Universidades e Instituciones de Educación Superior, para establecer protocolos

contra la discriminación y violencia de género en las instituciones de educación

superior.

111. CONSIDERACIONES

La tendencia internacional promovida por la ONU, de establecer objetivos y metas

para lograr transversalizar la perspectiva de género en el mundo, con la finalidad de

corregir las desigualdades históricas en las que han estado las mujeres, con el

enfoque del desarrollo social y el bienestar humano, sólo podrán ser alcanzados si

se incorpora en estos procesos a toda la población humana y no sólo a la mitad de

ella; en la construcción de sociedades sustentables, más justas e incluyentes deben

ser formadas por mujeres y hombres con una estructura intelectual y académica

fuera de estereotipos y sensibilizadas para lograr el desarrollo sostenible que

requieren las naciones.

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PRIMERA. En relación con la violencia hacia las mujeres que se presenta en el

ámbito universitario podemos encontrar:

- La investigación del Programa Universitarios de Estudios de Género (PUEG)

de la UNAM, señala que el 49.3% de las alumnas ha sufrido algún tipo de

hostigamiento eh la Universidad, de ellas, el 27.1% declaró haber

experimentado "miradas morbosas o gestos molestos"; 22.1% "frecuentes

piropos no deseados acerca de su apariencia"; 2.1 %tuvo que cambiarse de

grupo o dar de baja una materia por acoso sexual; 0.2% sufrió amenazas y

castigos realizar actos sexuales no deseados; 4 de cada 1 O universitarias,

entre alumnas, trabajadoras, administrativas y docentes, han sufrido acoso u

hostigamiento sexual, mediante pantallas o imágenes de naturaleza sexual

que les incomodan hasta el uso de la fuerza física para obligar a alguien a

tener relaciones sexuales. 1

- La violencia vivida por los estudiantes en ésta UAM prolifera entre el 64 y 69%

dependiendo de la unidad, siendo el plantel de lztapalapa en donde se

reporta más violencia; lo preocupante es que, en general siete de cada diez

estudiantes han sido víctima de algún tipo de violencia dentro del espacio

universitario.

- Las mujeres son víctimas de violencia en 54.4% mientras que los hombres en

45.6%; las mujeres principalmente en violencia psicológica y sexual; es

evidente que los estudiantes si tienen la información y son capaces de

modificar sus formas de convivencia, ahora sólo falta contar con la voluntad

1 Intrusas en la Universidad. Ana Buquet, Jennifer A. Cooper, Araceli Mingo y Hortensia Moreno. Universidad Nacional Autónoma de México, Programa Universitario de Estudios de Género, 2013.

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real de las autoridades para fomentar un ambiente libre de violencia entre la

comunidad universitaria.2

SEGUNDA: En el marco jurídico internacional, como se mencionó anteriormente,

uno de los elementos sustanciales para darle legitimidad a las políticas de igualdad y

de eliminación de la violencia en razón de género orientadas, tanto en los espacios

gubernamentales como en el ámbito educativo, se han avalado por una variedad de

eventos internacionales, especialmente de la década de la Mujer de las Naciones

Unidas y la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación

hacia la mujer, que sustentan y promueven su formación. La recomendación general

No. 19 del Comité de la CEDAW, define que "la violencia contra la mujer, que

menoscaba o anula el goce de sus derechos humanos y sus libertades

fundamentales en virtud del derecho internacional sobre derechos humanos,

constituye discriminación." las recomendaciones que realizan a los Estados parte

son:

./ Adoptar medidas apropiadas y eficaces para combatir los actos públicos o

privados de violencia por razones de sexo .

./ Velar por que las leyes contra la violencia y los malos tratos en la familia,

la violación, los ataques sexuales y otro tipo de violencia contra la mujer

protejan de manera adecuada a todas las mujeres y respeten su integridad

y su dignidad. Debe proporcionarse a las víctimas protección y apoyo

apropiados. Es indispensable que se capacite a los funcionarios judiciales,

los agentes del orden público y otros funcionarios públicos para que

apliquen la Convención.

2 Montesinos y Carrillo 2011

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./ Alentar la recopilación de estadísticas y la investigación de la amplitud, las

causas y los efectos de la violencia y de la eficacia de las medidas para

prevenir y responder a ellas .

./ Adoptar medidas eficaces para garantizar que los medios de comunicación

respeten a la mujer y promuevan el respeto de la mujer .

./ Informar sobre todas las formas de violencia contra la mujer e incluyan

todos los datos de que dispongan acerca de la frecuencia de cada una y

de sus efectos para las mujeres víctimas .

./ Los informes deberán incluir información acerca de las medidas jurídicas y

de prevención y protección que se hayan adoptado para superar el

problema de la violencia contra la mujer y acerca de la eficacia de esas

medidas.3

La Organización de Estados Americanos ha adoptado la Convención lnteramericana

para prevenir, sancionar, erradicar la violencia contra la mujer, la Convención de

Belém do Pará el instrumento vinculante enfocado directamente en la violencia

basada en el género, en sus artículos 2, 3, 6 y 8, reconocen la violencia contra la

mujer como una violación de los derechos humanos, que también pone en riesgo

una amplia gama de derechos humanos de la mujer.

Este instrumento describe con claridad, las obligaciones legales de los Estados de

prevenir, castigar y sancionar la violencia contra la mujer, así como su obligación de

proporcionar servicios legales, médicos, psicológicos y de otra índole a las mujeres

que son víctimas de violencia basada en el género.

3 Comité de CEDA W. Recomendación 1 9.www.un.org/womenwatch/cedaw/recommendations .htm

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Esta Convención constituye un importante marco jurídico internacional de los

derechos humanos, monitoreado por la Comisión lnteramericana de Derechos

Humanos y la Corte lnteramericana, lo cual, les permite sentar importantes

precedentes y jurisprudencia internacional.4

Por lo que, dado que el Estado Mexicano al forma parte de estos Tratados y

Convenios, se obliga a garantizar la protección de los derechos humanos de toda la

población y a erradicar la discriminación y la violencia en contra de las mujeres en el

país dentro de cualquier ámbito, inclusive en el de la educación en todos sus grados.

En la agenda 2030 Desarrollo Sostenible, la igualdad de género y la educación de

calidad integradora y equitativa, son algunos de sus ejes rectores, abordando la

violencia contra las niñas, niños y adolescentes como un problema transversal;

estableciendo compromisos concretos, en particular en la meta 4.a sobre cuestiones

de suministro de equipos educativos en materia de género, así como, la creación de

contextos de aprendizaje seguro, exentos de violencia, inclusivos y eficaces para

todas y todos. Adoptar una perspectiva que tome en cuenta las cuestiones relativas

al género al analizar los datos sobre la violencia escolar en todos los niveles, así

como en la implementación de medidas preventivas y de respuesta, pues con este

paso, se comprendería las causas profundas de la violencia para identificar quienes

son más vulnerables y por qué medios se podría proteger a estos alumnos.

La visión se inspira en una concepción humanista de la educación y del desarrollo

basada en los derechos humanos y la dignidad, la justicia social, la inclusión, la

protección, la diversidad cultural, lingüística y étnica, y la responsabilidad y la

rendición de cuentas compartidas, e incorporar estas cuestiones en la formación de

4 www.oas.org/juridico/spanish/tratados/a-61.html

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docentes, los planes y programas de estudio y a eliminar la discriminación y la

violencia por motivos de género en las escuelas y universidádes.

Para ello, a la UNESCO que se le ha asignado liderar y coordinar la agenda de la

educación 2030, mediante labores de promoción para mantener el compromiso

político; la facilitación del diálogo sobre políticas, el intercambio de conocimientos y

el establecimiento de normas; el seguimiento de los avances obtenidos en la

consecución de la educación dentro de la estructura general de coordinación de los

ODS.5

TERCERA. En nuestro marco jurídico nacional se consagra y se tutela la dignidad y

el valor de la persona humana, así como el principio de igualdad de derechos entre

mujeres y hombres previstos .en la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos en el párrafo 3 del Artículo 1 o, y por lo que el Estado deberá prevenir,

investigar, sancionar y reparar las violaciones a estos derechos.

De igual manera, la Ley Federal para Prevenir. y Eliminar la Discriminación establece

en su Artículo 2, que corresponderá al Estado promover las condiciones para que la

libertad y la igualdad de las personas sean reales y efectivas; así como, los poderes

públicos federales, deberán eliminar aquellos obstáculos que limiten en los hechos,

su ejercicio e impidan el pleno desarrollo de las personas, así como su efectiva

participación en la vida política, económica, cultural y social del país; y promoverán

la participación de las autoridades de los demás órdenes de Gobierno y de los

particulares en la eliminación de dichos obstáculos.

5 Declaratoria de Incheon, Corea 2015. www.unesdoc.unesco.org

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En el mismo sentido, se establece dentro de la citada Ley, en el Párrafo primero, del

Artículo 3, que: "Cada uno de los poderes públicos federales adoptará las medidas

que estén a su alcance, tanto por separado como coordinadamente, de conformidad

con la disponibilidad de recursos que se haya determinado para tal fin en el

Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio correspondiente, para que

toda persona goce, sin discriminación alguna, de todos los derechos y libertades

consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en las

leyes y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte."

Para promover condiciones de mayor equidad entre mujeres y hombres en el ámbito

de la educación superior se requiere sostener y fortalecer de manera simultánea las

tres vertientes de la transversalización de la perspectiva de género; la

institucionalización y fortalecimiento de los estudios de género que permita producir

un conocimiento crítico y de vanguardia ante diversas problemáticas sociales; en la

currículums universitarios que permita formar a las y los jóvenes de las nuevas

generaciones con un perfil más completo e integrado al incluir en sus conocimientos

y prácticas profesionales las herramientas de la respectiva de género; además, las

universidades deben promover la equidad de género al interior de sus comunidades,

atendiendo de manera directa la problemática e impulsar acciones, programas y

políticas institucionales diseñadas específicamente para generar cambios positivos

en las relaciones de género. 6

El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 establece como uno de sus ejes

transversales la igualdad sustantiva de género, es por ello que, sin la participación

plena de las mujeres, quienes representan la mitad de la población, en todos los

6 www.drd .unsm.mx/curso20 13 Transversalización de la perspectiva de género en la educación superior. Problemas conceptuales y prácticos.

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ámbitos de la vida nacional, México sería una democracia incompleta y enfrentaría

fuertes barreras en su desarrollo económico, político y social. 7

Para ello, y como marco de acción, se presenta el Programa Nacional para la

Igualdad de Oportunidades y no Discriminación contra las Mujeres

(PROIGUALDAD), que es la estrategia que le permitirá al gobierno federal

incursionar en la planeación, programación y presupuesto con perspectiva de

género, con el fin de contar con políticas públicas centradas en reducir las brechas

de desigualdad, para impulsar su institucionalización en el quehacer gubernamental;

cuenta con seis objetivos transversales, impulsados por líneas de acción que

permiten la coordinación de las formas de aplicación con otras dependencias, de

observancia obligatoria para todas las dependencias o entidades, en las cuales se

señala la dependencia o entidad que está obligada a su atención; los retos de la

transversalidad de género, es lograr la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres,

eliminar la violencia contra las mujeres y hacer un cambio cultural donde las

personas se reconozcan y respeten , donde hombres y mujeres se vean, se traten y

se conciban como pares, y donde prevalezca una cultura de derechos humanos

igualitaria y no discriminatoria, permitiendo la construcción de una sociedad inclusiva

con una ciudad participativa. Está dirigido, a los tres órdenes de gobierno para

consolidar la cultura de sus instituciones, en todos los sectores, planes, programas y

actividades de sus gobiernos.

Dentro de los objetivos a analizar de este Programa, se encuentra el de prevenir,

atender, sancionar y erradicar la violencia contra mujeres y niñas y garantizarles

acceso a una justicia efectiva, ésta se centra en la necesidad de combatir de manera

7 http://pnd.gob.mx/. Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018. Pág. 46.

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frontal las muchas violencias que se ejercen contra las mujeres, acciones u

omisiones basadas en su género que les cause un daño o sufrimiento psicológico,

físico patrimonial, económico, sexual o la muerte, tanto en el ámbito privado como en

el público; para ello, se establecen como líneas de acción:

./ Realizar campañas permanentes para difundir el derecho de mujeres y niñas

a una vida libre de violencias y los contenidos de la LGAMVLV, eliminar la

exhibición o tolerancia de la violencia hacia las mujeres en los medios de

comunicación impresos y audiovisuales y promover el conocimiento de las

mujeres sobre la localización de los servicios de atención a la violencia de

género;

./ Fortalecer y estandarizar la calidad de los servicios de atención telefónica en

las denuncias y casos de violencia, incrementar los centros de atención

integral, de justicia, albergues, refugios y casas de tránsito, crear módulos de

atención, orientación a las personas víctimas de violencia de género a niveles

estatales y municipales e incrementar un registro de acosadores,

hostigadores y agresores .sexuales integrado por Banavim;

./ Impulsar la creación de unidades especializadas en violencia y del_itos contra

las mujeres en las instituciones de procuración de justicia, promover la

aplicación de protocolos, manuales, criterios ministeriales, servicios periciales

y de impartición de justicia con perspectiva de género, fortalecer la formación

del Ministerio Público Federal, peritos, técnicos, intérpretes traductores y

jueces con enfoque de género e impulsar la creación de un sistema de

defensoría pública con abogadas y abogados indígenas con perspectiva de

género e interculturalidad; entre otras tantas. 8

8 Proigual. www.inmu jeres.gob.mx

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DICTAMEN DE LA COMISIÓN PARA LA IGUALDAD DE GÉNERO A LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO QUE EXHORTA A LA SECRETARIAA DE EDUCACION PUBLICA A FORMULAR UN INSTRUMENTO DE COLABORACION CON LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE UNIVERSIDADES E INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR PARA ESTABLECER PROTOCOLOS CONTRA LA DISCRIMINACIÓN Y VIOLENCIA DE GÉNERO EN LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR.

Continuando con éste orden de ideas, la Conferencia Nacional de Gobernadores

firma la Declaratoria por la igualdad entre mujeres y hombres, en donde se

pronuncian en favor de impulsar la realización de acciones para la

institucionalización de la perspectiva de género, en cumplimiento de la política

nacional en materia de igualdad, armonizando sus programas con el Programa

Nacional para la Igualdad de Oportunidades y no Discriminación 2013-2018,

firmando como testigo de honor el Ejecutivo Federal.9.

CUARTA. En México y otros países ha surgido la necesidad de documentar, ·

analizar, mediar y disminuir las diversas violencias que se generan dentro de los

espacios escolares y recientemente en las universidades. Una de las figuras que ha

jugado un papel protagónico en la resolución de conflictos son las Defensorías de

los derechos de los estudiantes, creada en la UNAM y copiada después por veinte

universidades del país. 1o

La Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior

(ANUlES) creó en 2011 el "Manual de seguridad para las instituciones de educación

superior, que procura las necesidades de salvaguardar a los estudiantes de

violencias como robos, asaltos, balaceras, secuestros y asesinatos, atendiendo a las

necesidades de seguridad surgidas a partir de la guerra contra el narcotráfico. En

2012 el Conacyt y la Secretaría de Educación Pública hicieron pública la

convocatoria para realizar investigaciones sobre "atención, prevención e

investigación de la violencia de género en las instituciones de educación superior",

con el propósito de analizar y proponer medidas para disminuir ese fenómeno

suscitado dentro de los espacios universitarios.

9 Aguascalientes, México 2014 10 Estudio de Rosalía Carrillo Meraz. "La violencia de género en la UAM: ¿Un problema institucional o social?

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DICTAMEN DE LA COMISIÓN PARA LA IGUALDAD DÉ GÉNERO A LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO QUE EXHORTA A LA SECRETARIAA DE EDUCACION · PUBLICA A FORMULAR UN INSTRUMENTO DE COLABORACION CON LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE UNIVERSIDADES E INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR PARA ESTABLECER PROTOCOLOS CONTRA LA DISCRIMINACIÓN Y VIOLENCIA DE GÉNERO EN LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR.

Las universidades al igual que el resto del país, viven el interminable proceso de la

cultura de la simulación que, al no dar resultados positivos en el combate contra la

violencia, provoca cada vez más incredulidad ante la sociedad mexicana. 11

El caso de la UAM es ejemplo de ello, esta universidad ha firmado diversos acuerdos

comprometiéndose a crear programas para reducir las manifestaciones de violencia

en su espacio, tal es el caso del Observatorio Zona Libre de Violencia en las

Instituciones de Educación Superior, firmado en 2010, resultando muy poco útiles

para las necesidades perceptibles sobre la violencia dentro del recinto universitario.

QUINTA. Tomando en cuenta las consideraciones anteriores y los antecedentes, las

integrantes de esta Comisión Dictaminadora, concuerdan con la proponente en que,

es necesario buscar los componentes necesarios para implementar acciones

certeras que eliminen la violencia de genero contra las mujeres que incluyen

agresiones en su vida personal, intimidación, amenazas tanto verbales como físicas,

hasta llegar al hostigamiento, abuso y violación sexual.

Por todo lo anterior, esta Comisión dictaminadora considera aprobar en positivo

con modificaciones ~ste Punto de Acuerdo, es por esto y cada uno de los

argumentos que se han expuesto en el apartado de consideraciones del presente

Dictamen y con fundamento en los artículos 85, 86, 94 y 103 de la Ley Orgánica del

Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; numeral 2 del 113, 117,

numeral 1 fracciones 11 y 111 del 135, 182, 183, 187, 188 y 190 del Reglamento del

Senado de la República, la Comisión para la Igualdad de Género somete a la

consideración de la Honorable Asamblea del Senado de la República el siguiente:

11 Montesinos y Carrillo 2011

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DICTAMEN DE LA COMISIÓN PARA LA IGUALDAD DE GÉNERO A LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO QUE EXHORTA A LA SECRETARIAA DE EDUCACION PUBLICA A FORMULAR UN INSTRUMENTO DE COLABORACION CON LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE UNIVERSIDADES E INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR PARA ESTABLECER PROTOCOLOS CONTRA LA DISCRIMINACIÓN Y VIOLENCIA DE GÉNERO EN LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR.

ACUERDO

ÚNICO. El Senado de la República, exhorta de manera respetuosa a la Secretaria

de Educación Pública, para que en el marco de sus atribuciones y en coordinación

con la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y

el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación tomando en cuenta las

investigaciones y buenas prácticas implementadas por la Sociedad Civil Organizada

y la Academia, diseñen, implementen, evalúen y en su caso fortalezcan los

instrumentos y protocolos en materia de no discriminación y violencia de género,

que se estén aplicando en las instituciones de educación superior del país

Senado de la República, a 5 de octubre de 2017.

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COMISIÓN PARA LA IGUALDAD DE GÉNERO

DICTAMEN DE LA COMISIÓN PARA LA IGUALDAD DE GÉNERO A LA

PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO QUE EXHORTA A LA SECRETARIA

DE EDUCACION . PUBLICA A FORMULAR UN INSTRUMENTO DE

COLABORACION CON LA ASOCIACION NACIONAL DE UNIVERSIDADES E

INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR, PARA ESTABLECER

PROTOCOLOS CONTRA LA DISCRIMINACION Y VIOLENCIA DE GÉNERO EN

LAS INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR.

5 de octubre de 2017.

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COMISIÓN PARA LA IGUALDAD DE GÉNERO

DICTAMEN DE LA COMISIÓN PARA LA IGUALDAD DE GÉNERO A LA

PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO QUE EXHORTA A LA SECRETARIA

DE EDUCACION PUBLICA A FORMULAR UN INSTRUMENTO DE

COLABORACION CON LA ASOCIACION NACIONAL DE UNIVERSIDADES E

INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR, PARA ESTABLECER

PROTOCOLOS CONTRA LA DISCRIMINACION Y VIOLENCIA DE GÉNERO EN

LAS INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR.

5 de octubre de 2017.

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COMISIÓN PARA LA IGUALDAD DE GÉNERO

DICTAMEN DE LA COMISIÓN PARA lA IGUAlDAD DE GÉNERO A lA

PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO QUE EXHORTA A LA SECRETARIA

DE EDUCACION PUBliCA A FORMULAR UN INSTRUMENTO DE

COLABORACION CON LA ASOCIACION NACIONAl DE UNIVERSIDADES E

INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR, PARA ESTABLECER

PROTOCOlOS CONTRA lA DISCRIIVÜNACION Y VIOlENCIA DE GÉNERO EN

LAS INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR.

sa Adriana Díaz Lizama INTEGRANTE

5 de octubre de 2017.

andra Luz Guajardo TEGRANTE

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