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1DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
DIARIO OFI CIAL
Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 221-3540 • Página Web: www.gobernacion.gob.sv/diario_ofi cial • Correo: diario.ofi [email protected]
S U M A R I O
1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL
TOMO Nº 361 SAN SALVADOR, MIERCOLES 1 DE OCTUBRE DE 2003 NUMERO 181
DIRECTOR: Lic. René O. Santamaría C.
ORGANO EJECUTIVOPRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Acuerdo No. 44.- Se nomina el actual Estadio Nacional “Flor Blanca”, como Estadio Nacional “Jorge el Mágico González”.
Acuerdos Nos. 297 y 298.- Se llama al Licenciado Carlos Quintanilla Schmidt, para que ejerza la Presidencia de la República. ..................................................................................
MINISTERIO DE GOBERNACIONRAMO DE GOBERNACIÓN
Estatutos de la Iglesia Evangélica Eben – Ezer “Roca de Poder”; “Ministerio Cristiano Policial” y de la “Asociación de Pensionados por INPEP de Sonsonate, Acuerdos Ejecutivos Nos. 167, 171 y 175, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica..........................................................................
MINISTERIO DE HACIENDARAMO DE HACIENDA
Resoluciones Nos. 673 y 705.- Disminuciones en el presupuesto vigente en la parte del Tribunal Supremo Electoral y en los Ramos de Salud Pública y Asistencia Social y de Trabajo y Previsión Social. .....................................................................
Acuerdos Nos. 779, 780, 781, 808, 809, 810, 825, 826, 827 833 y 834.- Transferencias de crédito entre asignaciones presupuestarias de diferentes Ramos. ........................................
Acuerdos Nos. 824 y 835.- Modificaciones presupuestarias...........................................................................
MINISTERIO DE ECONOMIARAMO DE ECONOMÍA
Acuerdo No. 882.- Cánones de arrendamiento y tarifas a cobrarse durante la celebración del evento Divernalia 2003. ....
MINISTERIO DE EDUCACIONRAMO DE EDUCACIÓN
Acuerdo No. 15-1906.- Se autoriza al Instituto Especializado de Educación Superior “El Espíritu Santo”, para que imparta diferente carreras........................................................................
ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Acuerdos Nos. 354-D, 386-D, 399-D y 457-D.-
Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus
ramas. .........................................................................................
SECCION CARTELES OFICIALES
DE PRIMERA PUBLICACION
Carteles Nos. 1766 y 1767.- DECLARATORIA
DEFINITIVA A FAVOR DE LOS SRES. MERCEDES DEL
CARMEN CASTRO PEREZ, MARIA LUZ CASTRO PEREZ,
SONIA ELIZABETH GUADRON DE GOMEZ Y OTROS. (1
VEZ). .........................................................................................
Cartel No. 1768.- ACEPTACION INTERINA A FAVOR
DE CEFERINO MENDEZ CONTRERAS Y RUFINA MENDEZ
CONTRERAS. (3 Alt.). .............................................................
DE SEGUNDA PUBLICACION
Carteles Nos. 1742, 1743, 1744, DECLARATORIAS
YACENTES DE LOS CAUSANTES SANTOS LEONIDAS
ALVARADO CARRILLO, FELICITO DE JESUS MARTINEZ
PLEITEZ, CURADORES LICENCIADOS, PERFECTO
EDUARDO ESCALANTE ECHEVERRIA Y RHINA
ESMERALDA CAMPOS ASCENCIO. (3 ALT). ....................
Carteles Nos. 1739, 1745, 1746, 1747,1748, 1749, 1750,
1751, ACEPTACIONES INTERINAS A FAVOR DE JOSE
SEBASTIAN ORELLANA MARIA TRINIDAD LOVO
SANCHEZ, MENORES ALICIA BEATRIZ AREVALO
LOVO, MELVIN ANTONIO DEL CID AMAYA, BLANCA
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ALICIA FLORES DE VAQUERANO, MARIA FRANCISCA
CALLES VDA. DE LOPEZ, MARIA ELENA GUARDADO
CARDOZA DE ROBLES, SANTOS FUENTES, MAYRA
ROSARIO URRUTIA VIGIL, Y OTROS (3 ALT)..................
Carteles Nos. 1752, 1753, 1754, TITULO SUPLETORIO A
FAVOR DE FRANCISCA GRACIELA HERNANDEZ, CESAR
HUMBERTO ZAMORA, IRMA FUNEZ CASTELLON, (3
ALT). .........................................................................................
Carteles Nos. 1755, 1756, 1757, TITULO DE PROPIEDAD
A FAVOR DE NIEVES URBINA SERRANO, ADELA
CORDOVA DE CORDOVA, MARIA ELVIRA URBINA
MARTINEZ DE CORDOVA, (3 ALT). ...................................
Cartel No. 1758, TITULO DE DOMINIO A FAVOR
GLORIA YANIRA HERNANDEZ, (3 ALT). ..........................
Cartel No. 1759, TITULO MUNICIPAL A FAVOR DE
MARIO ORLANDO PEREZ, MARTA LUZ PEREZ DE HUEZO,
ANA MARIA PEREZ ALVARENGA, ESTELA DEL CARMEN
PEREZ. (3 ALT)........................................................................
Cartel No. 1760, EDICTO DE EMPLAZAMIENTOS DE
LA CORTE DE CUENTAS A LA SRA. JUANA CECILIA
CORNEJO PEREZ. (3 ALT).....................................................
DE TERCERA PUBLICACION
Carteles Nos. 1701, 1702.- ACEPTACION INTERINA A
FAVOR DE KARLA MARISELA, SALVADOR AMILCAR,
MARVIN EDUARDO GUZMAN OSORIO, JOSEFINA MEJIA
(3 Alt.)........................................................................................
SECCION CARTELES PAGADOS
DE PRIMERA PUBLICACION
Carteles Nos. 33625-1v, 33623-1v, 33628-1v, 33605-1v,
33570-1v, 33579-1v, 33576-1v, 33584-1v, 33585-1v, 33577-1v,
33521-1v, 33565-1v, 33555-1v, 33552-1v, 33493-1v, 33506-1v,
33512-1v, 33490-1v, 33602-1v, 32526-1v, 33606 -1v, 33549-1v,
33566-1v, 33595-1v, 33596-1v, 33613-1v, 33513, 33515, 33503,
33501, 33502, 33494, 33518, 33578, 33581, 33574, 33573, 33594,
33514, 33609, 33504, 33589, 33500, 33524, 33509, 33511, 33626,
33617, 33598, 33529, 33553, 33551, 33548, 33547, 33544, 33545,
33546, 33543, 33542, 33541, 33540, 33562, 33558, 33561, 33599,
33613, 33627-C, 33557-C, 33568-3v. 1v. c/3 días....................
DE SEGUNDA PUBLICACION
Carteles Nos. 33163, 33162, 33154, 33144, 33171, 33232,
33216, 33220, 33195, 33196, 33197, 33190, 33249, 33283, 33319,
33331, 33344, 33347, 33300, 33299, 33284, 33286, 33285, 33262,
33260, 33191, 33180, 33140, 33166, 33312, 33240, 33160, 33359,
33357, 33302, 33200, 33201, 33222, 33164, 33165, 33317, 33280,
33290, 33291, 33289, 333431, 33246, 33358, 33360, 33362,
33354, 33356, 33363, 33155, 33183, 33181, 33182, 33212, 33211,
33209, 33207, 33241, 33239, 33243, 33261, 33321, 3328, 3341,
33330, 33325, 33326,33415-C, 33488-C, 33430-C, 33431-C. .
DE TERCERA PUBLICACION
Carteles Nos. 32812, 32813, 32864, 32899, 32914, 32913,
32920, 32921,32930, 32937, 32949, 32957, 32830, 32837, 32839,
38828, 32895, 32890, 32893, 32856, 32855, 32886, 32887, 32958,
32940, 32953, 32872, 32879, 32885, 32884, 32865, 32869, 32888,
32889, 32853, 32823, 32829, 32825, 32845, 32904, 32833, 32832,
32834, 32876, 33047-C, 33186-C, 33335-C, 33288/33639-C,
33223-C. ....................................................................................
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ORGANO EJECUTIVOPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
ACUERDO No. 44.
FRANCISCO GUILLERMO FLORES PEREZ,
Presidente de la República,
En uso de sus facultades legales, ACUERDA: Nominar al actual Estadio Nacional “Flor Blanca”, como Estadio Nacional “Jorge el Mágico González”, en vista de los relevantes méritos de que goza el conocido futbolista nacional, debido a su amplia trayectoria en el desarrollo del balompié nacional y como un homenaje por su destacada participación en el fútbol europeo en los últimos años, sirviendo de ejemplo y de estímulo para las generaciones jóvenes actualmente dedicadas a la práctica del popular deporte del balompié en nuestro país.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los tres días del mes de febrero del año dos mil tres.
FRANCISCO GUILLERMO FLORES PEREZ,
Presidente de la República.
CONRADO LOPEZ ANDREU,
Ministro de Gobernación.
ACUERDO No. 297.
FRANCISCO GUILLERMO FLORES PEREZ,
Presidente de la República.
En uso de sus facultades legales, ACUERDA: llamar a ejercer la Presidencia de la República, los días 22 y 23 del presente mes y año, al Licen-ciado CARLOS QUINTANILLA SCHMIDT, Vicepresidente de la República; en razón que el suscrito Presidente de la República se encontrará fuera del país realizando misiones propias relativas a su cargo,.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los dieciséis días del mes de septiembre del año dos mil tres.
FRANCISCO GUILLERMO FLORES PEREZ,
Presidente de la República.
CONRADO LOPEZ ANDREU,
Ministro de Gobernación.
ACUERDO No. 298.
FRANCISCO GUILLERMO FLORES PEREZ,
Presidente de la República.
En uso de sus facultades legales, ACUERDA: llamar a ejercer la Presidencia de la República, los días 24 y 25 del presente mes y año, al Li-cenciado ROBERT HENDERSON MURRAY MEZA, Primer Designado a la Presidencia de la República; en razón que el suscrito Presidente de la República y el Vicepresidente de la República nos encontraremos fuera del país realizando misiones propias relativas a nuestros cargos.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los dieciséis días del mes de septiembre del año dos mil tres.
FRANCISCO GUILLERMO FLORES PEREZ,
Presidente de la República.
CONRADO LOPEZ ANDREU,
Ministro de Gobernación.
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MINISTERIO DE GOBERNACIÓNRAMO DE GOBERNACION
ESTATUTOS DE LA IGLESIA EVANGELICA EBEN-EZER “ROCA DE PODER”
CAPITULO I
DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO.
Art. 1.- Créase en la ciudad de Nahuizalco departamento de Sonsonate La Iglesia Evangélica de nacionalidad Salvadoreña, que se denominará Iglesia Evangélica Eben-Ezer “Roca de Poder”, que podrá abreviarse (I.E.E.E.R.D.P), como una entidad Evangélica, apolítica y sin fi nes de lucro.
Art. 2.- La Iglesia Evangélica. Eben-Ezer “Roca de Poder”, tendrá su sede en, la ciudad de Nahuizalco departamento de Sonsonate, pudiendo extenderse con sus fi liales a los demás departamentos de la república, como también se extenderá fuera del territorio nacional.
Art. 3.- La Iglesia Evangélica Eben-Ezer “Roca de Poder” tendrá duración de carácter indefi nido.
CAPITULO II
FINES
Art. 4.- Los fi nes de La Iglesia Evangélica Eben-Ezer “Roca de Poder” serán:
a. Predicar el Evangelio de Nuestro Señor Jesucristo.
b. Inculcar la adoración a DIOS, como Supremo hacedor de todas las cosas.
c. Respetar a las autoridades legalmente constituidas y el aca-tamiento a las leyes de la república.
d. Procurar la superación espiritual, moral e intelectual de los miembros para que sean útiles a DIOS, a la patria y a la familia.
CAPITULO III
DE LOS MIEMBROS
Art. 5.- Podrán ser miembros todas las personas mayores de 18 años, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política que lo soliciten por escrito a la junta directiva.
Art. 6.- La Iglesia tendrá la siguiente clase de miembros:
a) Miembros Fundadores.
b) Miembros Activos.
c) Miembros Honorarios.
Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que
suscriban el acta de constitución de la Iglesia.
Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas que la junta
directiva acepte como tales en la Iglesia.
Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que por su
labor y méritos en favor de la Iglesia sean así nombrados por la asamblea
general.
Art. 7.- Son derechos de los miembros fundadores y activos:
a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la asamblea gene-
ral.
b) Optar a cargos directivos llenando los requisitos que señalen
los estatutos de la Iglesia.
c) Los demás que le señalen los estatutos y reglamentos interno
de la Iglesia.
Art. 8.- Son deberes de los Miembros fundadores y activos:
a) Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la asam-
blea general.
b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de
la Iglesia.
c) Cancelar las cuotas acordadas en asamblea general.
d) Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos, reglamento
interno, acuerdos y resoluciones de la asamblea general.
e) Los demás que le señalen los estatutos y reglamento interno
de la Iglesia.
Art. 9.- La calidad de miembro se perderá por las causas siguien-
tes:
a) Por violación a estos estatutos, reglamento interno, acuerdos
y resoluciones de la asamblea general:
b) Por otras faltas graves cometidas que a juicio de la asamblea
general merezcan tal sanción.
c) Por renuncia presentada por escrito a la junta directiva:
CAPITULO IV
DEL GOBIERNO DEL TABERNACULO
Art. 10.- El gobierno de la Iglesia será ejercido por:
a) La asamblea general.
b) Junta Directiva.
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CAPITULO V
DE LA ASAMBLEA GENERAL
Art. 11.- La asamblea general, debidamente convocada, es la
autoridad máxima de la Iglesia y estará integrada por la totalidad de los
miembros activos y fundadores.
Art. 12.- La asamblea general se reunirá ordinariamente una vez
al año y extraordinariamente cuando fuera convocada por la junta di-
rectiva.
Las resoluciones las tomará la asamblea general por mayoría ab-
soluta de votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una
mayoría diferente.
Art. 13.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las
sesiones de asamblea general por motivos justifi cados podrá hacerse
representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones
es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado.
Art. 14.- Son atribuciones de la asamblea general:
a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros
de la junta directiva.
b) Aprobar, reformar o derogar los estatutos y el reglamento
interno de la Iglesia.
c) Aprobar y/o modifi car los planes, programas o presupuesto
de la Iglesia.
d) Aprobar o desaprobar la memoria anual de labores de la
Iglesia, presentada por la junta directiva.
e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los
miembros.
f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes
e inmuebles pertenecientes a la Iglesia.
g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Iglesia y
que no estén contemplados en los presentes estatutos:
CAPITULO VI
DE LA JUNTA DIRECTIVA
Art. 15.- La dirección y administración de la Iglesia estará confi ada
a la junta directiva, la cual estará integrada de la siguiente forma:
a. Presidente.
b. Secretario.
c. Tesorero.
d. Dos Vocales.
Art. 16.- Los miembros de la junta directiva serán electos para un
período de dos años pudiendo ser reelectos.
Art. 17.- La junta directiva sesionará ordinariamente una vez al
mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.
Art. 18.- El quórum necesario para que la junta directiva pueda
sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos deberán
ser tomados por la mayoría de sus asistentes.
Art. 19.- La junta directiva tendrá las siguientes atribuciones:
a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los
fi nes de la Iglesia.
b) Velar por la administración efi ciente y efi caz del patrimonio
de la Iglesia.
c) Elaborar la memoria anual de labores de la Iglesia.
d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos
y presupuestos de la Iglesia e informar a la asamblea gene-
ral:
e) Velar por el cumplimiento de los estatutos, reglamento interno,
acuerdos y resoluciones de la asamblea general y de la misma
junta directiva.
f) Nombrar de entre los miembros de la Iglesia los comités o
comisiones que considere necesarios para al cumplimiento
de los fi nes de la Iglesia.
g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de asamblea
general.
h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos
miembros y proponerlos a la asamblea general.
i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la
asamblea general.
Art. 20.- Atribuciones del Presidente:
a) Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de asamblea
general.
b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de
la junta directiva y de la asamblea general, así como de los
estatutos y reglamento interno de la Iglesia.
c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia, pudiendo
otorgar poderes previa autorización de la junta directiva.
d) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la asamblea
general y de la junta directiva.
e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que
tenga que hacer la Iglesia.
f) Presentar la memoria de labores del tabernáculo y cualquier
informe que le sea solicitado por la misma.
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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
Art. 21.- Atribuciones del Secretario:
a) Llevar los libros de actas de las sesiones de asamblea general y de junta directiva.
b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros de la Iglesia.
c) Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas a la Iglesia.
d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones.
e) Ser el órgano de comunicación de la Iglesia.
Art. 22.- Atribuciones del Tesorero:
a) Recibir y depositar los fondos que la Iglesia obtenga, en el banco que la junta directiva seleccione.
b) Llevar o tener control directo de libros de contabilidad de la Iglesia.
c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que la Iglesia tenga que realizar.
Art. 23.- Atribuciones de los Vocales:
a) Colaborar directamente con todos los miembros de la junta directiva.
b) Sustituir a cualquier miembro de la junta directiva en caso de ausencia o impedimento de conformidad al Art. 14 literal a) de estos estatutos.
CAPITULO VII
DEL PATRIMONIO
Art. 24.- El patrimonio de la Iglesia estará constituido por:
a) Las cuotas de los miembros.
b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectiva-mente.
c) Todos los bienes, muebles e inmuebles que adquiera y las rentas provenientes de los mismos de conformidad con la ley.
Art. 25.- El patrimonio será administrado por la junta directiva conforme a las directrices que le manifi este la asamblea general.
CAPITULO VIII
DE LA DISOLUCION
Art. 26.- No podrá disolverse la Iglesia si no por disposición de la ley o por resolución tomada en asamblea general extraordinaria, convocada a ese efecto, y con un número de votos que represente por lo menos tres cuartas partes de sus miembros.
Art. 27.- En caso de acordarse la disolución de la Iglesia se nom-
brará una junta de liquidación compuesta de cinco personas, electas por
la asamblea general extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes
que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se donarán a
cualquier entidad benéfi ca o cultural que la asamblea general señale.
CAPITULO IX
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 28.- Para reformar o derogar los presentes estatutos será
necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los
miembros en asamblea general convocada para tal efecto.
Art. 29.- La junta directiva tiene la obligación de enviar al Ministerio
de Gobernación en los primeros días del mes de enero de cada año, la
nómina de los miembros y dentro de los cinco días después de electa la
nueva junta directiva una certifi cación del acta de elección de la misma,
y en todo caso proporcionar al expresado Ministerio cualquier dato que
se le pidiere relativo a la entidad.
Art. 30.- Todo lo relativo al orden interno de la Iglesia no com-
prendido en estos estatutos se establecerá en el reglamento interno de
la misma, el cual deberá ser elaborado por la junta directiva y aprobado
por la Asamblea General.
Art. 31.- La Iglesia Evangélica Eben-Ezer “Roca de Poder” se regirá
por los presentes estatutos y demás disposiciones legales aplicables.
Art. 32.- Los presentes estatutos estarán en vigencia desde el día
de su publicación en el Diario Ofi cial.
ACUERDO No. 167.
San Salvador, 19 de septiembre de 2003.
Vistos los anteriores ESTATUTOS de la IGLESIA EVANGELI-
CA EBEN-EZER “ROCA DE PODER”, compuestos de TREINTA Y
DOS Artículos, fundada en la ciudad de Nahuizalco, Departamento de
Sonsonate, y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a
las leyes del país, de conformidad con el art. 543 del Código Civil, el
Organo Ejecutivo en el Ramo de Gobernación, ACUERDA: Aprobarlos
en todas sus partes confi riendo a dicha Entidad el carácter de PERSONA
JURIDICA. COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la
República). EL VICEMINISTRO DE GOBERNACION, FIGUEROA
FIGUEROA.
(Registro No. 33492)
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ESTATUTOS DEL MINISTERIO CRISTIANO POLICIAL
CAPITULO I
NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO
Art. 1.- Créase en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, la Iglesia de nacionalidad Salvadoreña, que se denomi-nará MINISTERIO CRISTIANO POLICIAL, y que podrá abreviarse MINISTERIO CRISTIANO, como una Entidad Cristiana Evangélica, de interés particular, la que en los presentes Estatutos se denominará “El Ministerio”.
Art. 2.- El domicilio del Ministerio será la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, pudiendo establecer fi liales en todo el territorio de la República y fuera de él.
Art. 3.- El Ministerio se constituye por tiempo indefi nido.
CAPITULO II
FINES
Art. 4.- Los fi nes del Ministerio serán:
a) Difundir el Santo Evangelio de Nuestro Señor Jesucristo a todos los miembros de la Institución Policial, en todo el territorio de la República de El Salvador, a nivel Centroamericano y del Caribe, así también establecer nexos con las Instituciones Policiales de otros países.
b) Desarrollar las relaciones Cristianas en Comunión y compañe-rismo entre los miembros de la Institución, coordinando con la Subdirección General, Subdirecciones, Secretarías y con los Jefes de cada División Regional, Delegación, Subdelegación y Puesto Policial, para tal efecto.
c) Fortalecer las relaciones familiares de los miembros de la Institución Policial a través de la enseñanza y predicación de la palabra de Dios, Consejería Pastoral personalizada, visita al Penal de Metapán donde guardan reclusión exmiembros policiales y otros.
d) Difundir los valores éticos y cristianos a todos los miembros de la Institución Policial conforme a la palabra de Dios mediante un equipo integrado por Miembros operativos y administrati-vos de la Institución, a fi n de desarrollar un programa cristiano de ética policial el cual será impartido por Pastores y Líderes policiales, al personal operativo y administrativo, para obtener en su totalidad el desarrollo integral del agente operativo y administrativo de la institución. A fi n de conducirlos a Una relación personal fuerte con Dios y mostrar un testimonio que refl eje el carácter cristiano.
e) El objetivo primordial del Policía Cristiano deberá ser refl ejar un testimonio íntegro delante de Dios y de los hombres dando ejemplo a aquellos que por las características de su trabajo puedan encontrar una respuesta Espiritual a sus necesidades. Mostrar por medio de la palabra de Dios, el propósito de que se conozca la bendición de la Salvación a todo el personal policial de la Institución tanto operativo como administrativo y de servicio, el amor a Dios y conducirlos a una relación personal con Nuestro Señor Jesucristo para ser mejores ser-vidores públicos a la sociedad.
CAPITULO III
DE LOS MIEMBROS
Art. 5.- Podrán ser miembros del Ministerio todas las personas mayores de 18 años, sin distinción de raza, credo, religión e Ideología política, que pertenezcan a la Policía Nacional Civil, en la Dirección de la Corporación, Subdirecciones, en Divisiones, Unidades, Delegaciones y Puestos, de la Corporación, u otra dependencia policial que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva y que obtengan resolución favorable.
Art. 6.- El Ministerio tendrá las siguientes clases de miembros:
a) Miembros Fundadores.
b) Miembros Activos.
c) Miembros Honorarios.
Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que suscriban el Acta de Constitución del Ministerio.
Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas que la Junta Directiva acepte como tales en el Ministerio.
Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que por su labor y méritos en favor del Ministerio sean así nombrados por la Asamblea General.
Art. 7.- Son derechos de los miembros Fundadores y Activos:
a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-neral.
b) Optar a cargos Directivos y comisiones de trabajo llenando los requisitos que señalen los Estatutos del Ministerio.
c) Presentar Iniciativas, Peticiones, Consultas y Propuestas sobre asuntos que estén dentro de los objetivos del Ministerio.
d) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno del Ministerio.
Art. 8.- Son deberes de los miembros Fundadores y Activos:
a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General.
b) Cooperar en el desarrollo de las actividades propias del Ministerio.
c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General.
d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.
e) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno del Ministerio.
Art. 9.- La calidad de miembro se perderá por las causas siguien-tes:
a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.
b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea General merezcan tal sanción.
c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.
d) Por abandono voluntario del Ministerio, y
e) Por fallecimiento.
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CAPITULO IV
DEL GOBIERNO DEL MINISTERIO
Art. 10.- El gobierno del Ministerio será ejercido por:
a) La Asamblea General; y
b) La Junta Directiva.
CAPITULO V
DE LA ASAMBLEA GENERAL
Art. 11.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la autoridad máxima del Ministerio y estará integrada por la totalidad de los miembros Activos y Fundadores.
Art. 12.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Directiva. o bien a solicitud escrita de por lo menos cinco de sus miembros de la misma. Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una mayoría diferente ésta puede ser califi cada o simple.
Art. 13.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justifi cados podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado.
Art. 14.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva.
b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno del Ministerio.
c) Aprobar y/o modifi car los planes, programas o presupuesto anual del Ministerio.
d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores del Ministerio, presentada por la Junta Directiva.
e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los miembros.
f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes al Ministerio.
g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para el Ministerio y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.
h) Otorgar la calidad de Miembros Honorarios a las personas propuestas por la Junta Directiva.
CAPITULO VI
DE LA JUNTA DIRECTIVA
Art. 15.- La dirección y administración del Ministerio estará confi ada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente forma: Un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero, un Síndico y diez Vocales.
Art. 16.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un período de un año pudiendo ser reelectos.
Art. 17.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.
Art. 18.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus Miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes.
Art. 19.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:
a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fi nes del Ministerio.
b) Velar por la administración efi ciente y efi caz del patrimonio del Ministerio.
c) Elaborar la Memoria Anual de Labores del Ministerio.
d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y presupuestos del Ministerio e informar a la Asamblea General.
e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva.
f) Nombrar de entre los Miembros del Ministerio los Comités o Comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento de los fi nes del Ministerio.
g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General.
h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos miembros y proponerlos a la Asamblea General.
i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General, y
j) Proponer a la Asamblea General las personas acreedoras a la calidad de Miembros Honorarios.
Art. 20.- Son atribuciones del Presidente:
a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General y de Junta Directiva.
b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los Estatutos y Reglamento Interno del Ministerio.
c) Representar judicial y extrajudicialmente, conjunta o sepa-radamente con el Síndico al Ministerio, pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva.
d) Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva.
e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que tenga que hacer el Ministerio.
f) Presentar la Memoria de Labores del Ministerio y cualquier informe que le sea solicitado por la misma.
Art. 21.- Son atribuciones del Vicepresidente.
a) Colaborar directamente con el Presidente en el desempeño de las actividades que sean necesarias para la consecución de los fi nes del Ministerio, y
b) Sustituir al Presidente en caso de ausencia o impedimento del mismo debiendo asumir las mismas responsabilidades.
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Art. 22.- Son atribuciones del Secretario:
a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva.
b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros del Ministerio.
c) Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas al Ministerio.
d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones.
e) Ser el órgano de comunicación del Ministerio.
Art. 23.- Son atribuciones del Tesorero:
a) Recibir y depositar los fondos que el Ministerio obtenga, en el Banco que la Junta Directiva seleccione.
b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad del Ministerio.
c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que el Ministerio tenga que realizar, y
d) Rendir cuenta detallada de su gestión en cualquier tiempo, al ser requerido por la Junta Directiva o la Asamblea General y al cumplir el tiempo de expiración de sus funciones.
Art. 24.- Son atribuciones del Síndico.
a) Representar judicial y extrajudicialmente, conjunta o sepa-radamente con el Presidente al Ministerio, pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva.
b) Realizar todas las actividades que le sean asignadas por la Asamblea General y la Junta Directiva, y
c) Velar por el estricto cumplimiento de los presentes estatutos y Reglamento Interno del Ministerio.
Art. 25 Son atribuciones de los Vocales:
a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta Directiva.
b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento, de conformidad al artículo catorce literal a) de estos Estatutos.
CAPITULO VII
DEL PATRIMONIO
Art. 26.- El Patrimonio del Ministerio estará constituido por:
a) Las cuotas de los Miembros.
b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectiva-mente.
c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las rentas provenientes de los mismos de conformidad con la ley.
Art. 27.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva conforme a las directrices que le manifi este la Asamblea General.
CAPITULO VIII
DE LA DISOLUCION
Art. 28.- No podrá disolverse el Ministerio sino por disposición de la ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo menos tres cuartas partes de sus miembros.
Art. 29.- En caso de acordarse la disolución del Ministerio se nom-brará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se donarán a cualquier entidad Benéfi ca o Cultural de la República de El Salvador que tenga fi nes similares a los del Ministerio, que la Asamblea General señale.
CAPITULO IX
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 30.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos será ne-cesario el voto favorable de no menos de dos tercios de los miembros en Asamblea General Extraordinaria convocada para tal efecto.
Art. 31.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Ministerio de Gobernación, en los primeros días del mes de enero de cada año, la Nómina de los Miembros y dentro de los cinco días después de electa la nueva Junta Directiva, una Certifi cación del Acta de Elección de la misma, y en todo caso proporcionar al expresado Ministerio cualquier dato que se le pidiere relativo a la Entidad.
Art. 32.- Todo lo relativo al orden interno del Ministerio no com-prendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General.
Art. 33.- EL MINISTERIO CRISTIANO POLICIAL, se regirá por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables.
Art. 34.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.
ACUERDO No. 171.
San Salvador, 23 de septiembre de 2003.
Vistos los anteriores ESTATUTOS del “MINISTERIO CRISTIA-NO POLICIAL”, compuestos de TREINTA Y CUATRO Artículos, fundada en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las leyes del país, de conformidad con el Art. 543 del Código Civil, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Gobernación, ACUERDA: Aprobarlos en todas sus partes confi riendo a dicha Entidad el carácter de PERSONA JURIDICA. COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República). EL VICEMINISTRO DE GOBERNACION, FIGUEROA FIGUEROA.
(Registro No. 33601)
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NUMERO CINCUENTA Y UNO. LIBRO DECIMO QUINTO. CONS-
TITUCION DE ASOCIACION. En la ciudad de Sonsonate, a las diez
horas del día quince de octubre del año dos mil dos. Ante mí, WALTER
ELIAZAR BARILLAS RODRIGUEZ, Notario, de este domicilio,
comparecen los señores HORACIO ALBERTO MELENDEZ, de se-
senta y nueve años de edad, Empleado, de este domicilio, VILMA
FRANCISCA CHICAS DE MELENDEZ, de sesenta y cinco años de
edad, Empleada, de este domicilio, CARLOS ALFONSO MENENDEZ
conocido por CARLOS ALFONSO MENENDEZ RIOS, de sesenta y
dos años de edad, Profesor de Instrucción Pública, de este domicilio,
DELFIA OLLA DE GARCIA, de sesenta y cuatro años de edad, Pro-
fesora, del domicilio de Sonzacate de este departamento, LILIAN
MENDEZ DE SALAZAR, de cincuenta y ocho años de edad, Ofi cinis-
ta, de este domicilio, RICARDO RODRIGUES conocido por RICAR-
DO RODRIGUEZ, de cincuenta y cinco años de edad, Profesor de
Instrucción Pública, del domicilio de Izalco de este departamento,
LISANDRO ANTONIO CRUZ SHUPAN, de cincuenta y nueve años
de edad, Profesor de Instrucción Pública, del domicilio de Izalco de este
departamento, PEDRO ROBERTO TORRES, de setenta y tres años de
edad, Empleado Postal, del domicilio de Sonzacate de este departamen-
to, ADUCIO JIMENEZ CACERES, de sesenta y nueve años de edad,
Topógrafo, de este domicilio, JOSEFA ANAFLOR HURPHILA,
ZAMORA, de cincuenta y cinco años de edad, Profesora de Instrucción
Pública, de este domicilio, FELIX GARCIA MOLINA, de setenta y
cinco años de edad, Profesor de Instrucción Pública, del domicilio de
Sonzacate de este departamento, y NOEL ARMANDO CUELLAR
ZELADA, de cincuenta y ocho años de edad, Profesor de Instrucción
Pública, de este domicilio, a quienes no conozco pero los identifi co por
medio de sus Cédulas de Identidad Personal números seis- uno- cero
cero tres mil ochocientos sesenta y nueve, seis- uno- cero cero seis mil
quinientos seis, seis- uno- cero trece mil trescientos sesenta, seis- ocho-
cero cero cero cero doscientos noventa y dos, seis- uno- cero cero cero
cero cinco, cero seis- cero dos- cero cero cero doscientos cuarenta y
uno, cero seis- cero dos- cero cero nueve mil ciento sesenta y dos, seis-
ocho- cero cero cero mil ochocientos treinta y cinco, cero seis- cero
uno- cero cero catorce mil trescientos sesenta y uno, cero seis- cero
uno- cero trece mil once, cero seis- cero ocho- cero cero cero cero
doscientos noventa y tres, cero seis- cero uno- cero trece mil setecientos
ochenta y dos, respectivamente: y ME DICEN: que comparecen a
otorgar la presente Escritura de Constitución de Asociación, la que se
regirá de conformidad con los siguientes Estatutos: CAPITULO I)
NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO, PLAZO, FINES
U OBJETIVOS. ARTICULO UNO.- Créase en la ciudad de Sonsonate,
departamento de Sonsonate, la Asociación de nacionalidad Salvadoreña,
que se denominará ASOCIACION DE PENSIONADOS POR INPEP
DE SONSONATE, y que podrá abreviarse “APIS”, como una Entidad
apolítica, no lucrativa, ni religiosa, la que en los presentes Estatutos se
denominará “LA ASOCIACION”. ARTICULO DOS.- El domicilio
legal de la Asociación será la ciudad de Sonsonate, Departamento de
Sonsonate, cuando el caso y las circunstancias lo requieran, podrá esta-
blecer fi liales en cuales quiera partes del territorio de la República.
ARTICULO TRES.- La Asociación se constituye por tiempo indefi nido.
ARTICULO CUATRO.- Los fi nes de la Asociación son los siguientes:
a) Defender los intereses de todos sus miembros y especialmente los
relacionados con su condición de pensionados por el INPEP, b) Gestio-
nar o solicitar del INPEP, del Gobierno Central y demás Instituciones
del Estado afi nes a efecto de coadyuvar que los miembros de la Asocia-
ción sean sujetos benefi ciarios de prestaciones de tipo social y econó-
mico, que tiendan al mejoramiento de sus condiciones de vida, c) Pro-
mover el intercambio cultural con otras Entidades similares existentes
en El Salvador, d) Mantener relaciones con Entidades de empleados
públicos, e) Promover el ingreso de nuevos miembros, y realizar pro-
gramas que tiendan al bienestar social, económico y al esparcimiento
de los miembros. CAPITULO II) DE LOS MIEMBROS. ARTICULO
CINCO.- La Asociación estará constituida por los pensionados que sean
miembros de la misma. ARTICULO SEIS.- Son derechos de los miem-
bros: a) Elegir y ser electos para cargos Directivos, b) Intervenir perso-
nalmente con voz y voto o por medio de la representación escrita en
todos los asuntos que sean tratados en sesiones ordinarias y extraordi-
narias de la Asamblea General, c) Recibir todos los benefi cios que
proporcione la Asociación, d) los demás que señalen los Estatutos y el
Reglamento Interno de la Asociación, e) Apelar ante la Asamblea Ge-
neral, cualquier decisión que considere injusta, aplicada por la Junta
Directiva, ARTICULO SIETE.- Son deberes de los miembros: a) pagar
las cuotas ordinarias y extraordinarias que sean acordadas en Asamblea
General, b) Aceptar los cargos Directivos por elección y desempeñarlos
con efi ciencia y dedicación, c) Asistir a las sesiones de Asamblea Ge-
neral o hacerse representar por escrito por otro miembro. CAPITULO
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III) DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION. ARTICULO OCHO.- El
Gobierno de la Asociación será ejercido por la Asamblea General y por
la Junta Directiva. CAPITULO IV) DE LA ASAMBLEA GENERAL.
ARTICULO NUEVE.- La Asamblea General, debidamente convocada,
es la autoridad máxima de la Asociación y estará integrada por la tota-
lidad de los miembros activos y los fundadores. Sesionará ordinaria-
mente una vez por año, y extraordinariamente, cuantas veces sea nece-
sario, previa convocatoria de la Junta Directiva. ARTICULO DIEZ.- La
Asamblea General sesionará ordinariamente, con el cincuenta y uno por
ciento de los miembros en primera convocatoria, pero si después de la
hora fi jada para el inicio de la sesión no hubiere quórum, podrá llevarse
a cabo la sesión de Asamblea General una hora después con los miem-
bros presentes, excepto en los casos especiales que se requiera mayor
número de asistentes, haciéndose constar en estos requisitos en la con-
vocatoria respectiva. ARTICULO ONCE.- La convocatoria para celebrar
sesiones ordinarias o extraordinarias de Asamblea General se hará
mediante la publicación, por lo menos en un diario de mayor circulación,
con ocho días de anticipación, pero podrán utilizarse otros medios de
comunicación que la Junta Directiva considere conveniente. ARTICU-
LO DOCE.- La Junta Directiva convocará a sesión extraordinaria de
Asamblea General solicitada por el quince por ciento de los miembros,
éstos deben indicar el motivo y los asuntos a tratarse en la agenda de
convocatoria. Para la celebración de las sesiones extraordinarias se
exigirán los mismos requisitos señalados en el artículo diez de estos
Estatutos. ARTICULO TRECE.- Las resoluciones de la Asamblea
General serán acordadas por el voto favorable de la mayoría de los
miembros presentes, excepto en los casos especiales que requieran una
mayoría diferente. ARTICULO CATORCE.- Son atribuciones de la
Asamblea General: a) Aprobar, reformar y derogar los Estatutos y el
Reglamento Interno de la Asociación, b) Elegir y destituir por motivos
justifi cados a los miembros de la Junta Directiva. Los directivos no
devengarán salarios, c) Designar al Auditor de la Asociación, d) Apro-
bar la Memoria Anual de labores de la Junta Directiva o hacerle las
observaciones que crea convenientes, e) Aprobar o improbar los estados
fi nancieros del ejercicio semestral presentados por el Tesorero de la
Junta Directiva, f) Aprobar el Presupuesto Anual de la Asociación, g)
Fijar la cuota de ingreso o de reingreso de los miembros que lo soliciten
y sean admitidos, así como las cuotas ordinarias y extraordinarias de los
miembros, h) Estimular a los miembros que presten servicios relevantes
a la Asociación y sancionar administrativa y judicialmente a los miem-
bros que se les comprueben anomalías, i) Conocer y resolver aquellos
asuntos no previstos en estos Estatutos, j) Autorizar la incorporación de
la Asociación a una federación de Asociaciones de pensionados. ARTI-
CULO QUINCE.- Las sesiones de Asamblea General Ordinarias y
Extraordinarias serán presididas por el Presidente de la Junta Directiva.
CAPITULO V) DE LA JUNTA DIRECTIVA. ARTICULO DIECISEIS.-
La Junta Directiva estará integrada en la forma siguiente: un Presidente,
un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero, un Síndico y un Vocal.
La Junta Directiva ejercerá la promoción social y relaciones públicas de
la Asociación. ARTICULO DIECISIETE.- La Junta Directiva sesionará
ordinariamente en los primeros quince días de cada mes y extraordina-
riamente cuando sea necesario, previa convocatoria. La asistencia será
puntual, después de prudencial espera, la sesión se llevará a cabo con
los Directivos presentes, y se resolverá por mayoría. ARTICULO DIE-
CIOCHO.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para el
período de tres años. Tomarán posesión de sus respectivos cargos,
previa juramentación, y podrán ser reelectos para un único período más.
ARTICULO DIECINUEVE.- Para ser miembro de la Junta Directiva
se requiere: a) Ser miembro, b) Estar solvente con la Asociación, c) Ser
responsable, y no ser directivo de otra Asociación que no sea afín.
ARTICULO VEINTE.- Son atribuciones de la Junta Directiva: a) Tomar
las medidas necesarias para el mejor desarrollo de las gestiones admi-
nistrativas de la Asociación, b) Elaborar un Plan de Trabajo para el
período que haya sido electa, c) Autorizar cualquier gasto que haya de
efectuar la Asociación, d) Nombrar al personal administrativo que sea
necesario, concederle licencias, conocer y aceptar sus renuncias, impo-
nerles las sanciones correspondientes por faltas cometidas en el desem-
peño de su trabajo, e) Presentar la Memoria Anual de labores a consi-
deración de la Asamblea General, f) Conocer del informe mensual de
tesorería, g) Tomar las providencias necesarias para defender los dere-
chos de la Asociación y de sus miembros, h) Elaborar el Reglamento
Interno de la Asociación y someterlo a la aprobación de la Asamblea
General; i) Promover el incremento de miembros de la Asociación, j)
Procurar la solución de aquellos problemas en que se vean involucrados
los miembros, k) Visitar a los miembros que se encuentren enfermos o
que por otra circunstancia necesiten de su presencia, l) Promover pro-
gramas que tiendan al bienestar y esparcimiento de los miembros, m)
Elaborar acta de presencia en la entrega de fondos en concepto de ayu-
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da para funerales de miembros, n) Servir de enlace para un mayor en-
tendimiento y comunicación con el Gobierno Central. ARTICULO
VEINTIUNO.- Son atribuciones del Presidente: a) Presidir las sesiones
de Junta Directiva y de la Asamblea General, b) Declarar abiertas las
sesiones al comprobarse el quórum y clausurarlas al fi nal, c) Cumplir y
hacer que se cumplan los Estatutos y el Reglamento Interno de la Aso-
ciación y demás disposiciones que se acordaren, d) Representar judicial
y extrajudicialmente a la Asociación juntamente con el Síndico, pudien-
do otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva. e) Firmar
con el Tesorero y el Síndico, los cheques y demás comprobantes rela-
cionados con los gastos de la Asociación, f) Firmar juntamente con el
Secretario las credenciales, certifi caciones y demás constancias que
expida la Asociación. ARTICULO VEINTIDOS.- Son atribuciones del
Vicepresidente: a) Sustituir en sus funciones al Presidente cuando éste
por motivos justifi cados no pudiera desempeñar las funciones que le
corresponden, b) Ejecutar las funciones que el Presidente le delegue.
ARTICULO VEINTITRES.- Son atribuciones del Secretario: a) Cola-
borar con los demás miembros de Junta Directiva, b) Asentar las actas
de las sesiones que celebren la Junta Directiva y la Asamblea General,
c) Informar en cada sesión de la correspondencia despachada y recibida,
d) Redactar la correspondencia, la memoria semestral y cualquier otra
actividad relacionada con sus atribuciones, e) llevar el registro de miem-
bros y organizar el archivo de la Asociación del cual será el encargado,
f) Redactar y enviar las convocatorias para las sesiones de Junta Direc-
tiva y de Asamblea General a Directivos y miembros, g) Ser el jefe del
Personal Administrativo de la Asociación. ARTICULO VEINTICUA-
TRO.- Son atribuciones del Tesorero: a) Recibir el aporte de las cuotas
de ingreso, reingreso, ordinarias y extraordinarias de los miembros e
ingresos en efectivo en concepto de donaciones, aportaciones o de
cualquier otra procedencia, ya sean estatales, institucionales o privadas,
b) Depositar los fondos de la asociación en los Bancos del país, ya sea
en Cuenta de Ahorro, cuenta corriente o en depósitos a la vista que se-
ñale la Junta Directiva, c) Extender cheques con la fi rma solidaria del
Presidente, y el Síndico, para lo cual deberá solicitarse previamente el
registro de las fi rmas en la Institución Bancaria correspondiente. Los
retiros de fondos necesitarán de las fi rmas autorizadas, previa autoriza-
ción de la Junta Directiva, d) Cancelar toda clase de gastos de la Aso-
ciación debidamente autorizadas por la Junta Directiva y con el “ES
CONFORME” del Presidente y el Síndico, e) Rendir informe mensual
a la Junta Directiva del movimiento de ingresos y egresos de la Asocia-
ción, f) Presentar los estados fi nancieros del ejercicio, semestral a
consideración de la Asamblea General, g) Poner a disposición del Au-
ditor los libros de Contabilidad los comprobantes de ingresos y egresos
y aportar cualquier otra información relacionada con el manejo de
fondos de la Asociación. ARTICULO VEINTICINCO.- Son atribucio-
nes del Síndico: a) Representar judicial y extrajudicialmente a la Aso-
ciación conjuntamente con el Presidente, b) Previa autorización de la
Junta Directiva formalizar las escrituras de compra y venta de bienes
inmuebles y muebles, aceptar donaciones, legados y cualquier otro tipo
de transacción legal que benefi cie a la Asociación, c) Otorgar poderes
generales o especiales separadamente con el Presidente de la Junta
Directiva, previa autorización de la Junta Directiva. ARTICULO VEIN-
TISEIS.- Es atribución del Vocal: a) Colaborar directamente con los
miembros de la Junta Directiva, b) Sustituir a cualquier miembro de la
Directiva y desempeñar cualquier actividad que se le encomiende.
CAPITULO VI) DEL PATRIMONIO. ARTICULO VEINTISIETE.- El
Patrimonio de la Asociación estará formado por: a) Las cuotas de ingre-
so, ordinarias y extraordinarias de los miembros, b) Los bienes muebles
e inmuebles que adquiera de acuerdo a la ley, c) Las donaciones, heren-
cias o legados que aceptare, d) Los demás ingresos obtenidos por acti-
vidades lícitas. CAPITULO VII) MEDIDAS DISCIPLINARIAS,
CAUSALES Y PROCEDIMIENTO DE APLICACION. ARTICULO
VEINTIOCHO.- Todo miembro cuyo comportamiento cause división
dentro de la Asociación será amonestado por el Presidente de la Junta
Directiva, cuando sea por primera vez, cuando sea por segunda vez será
amonestado verbalmente a presencia de la Junta Directiva, y la tercera
vez se hará la última amonestación siempre frente a la Junta Directiva,
y se tendrá por perdida la calidad de miembro de la Asociación. ARTI-
CULO VEINTINUEVE.- Todo miembro a quien se le asignare cualquier
actividad bajo su responsabilidad y no la realizare, o la hiciere manifi es-
tamente de manera inoperante o inefi caz, o mediare impericia, negligen-
cia o ignorancia inexcusable, se hará acreedor a una sanción que irá
desde una amonestación verbal hasta el relevo de la actividad asignada,
dependiendo de la gravedad de la situación. ARTICULO TREINTA.-
Todo miembro que no asista a tres sesiones de Asamblea General sea
ordinarias o extraordinarias, sin causa justifi cada, será reconvenido y
amonestado verbalmente por el Presidente de la Junta Directiva, y si
reincide en la misma situación mencionada perderá defi nitivamente la
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calidad de miembro de la Asociación. ARTICULO TREINTA Y UNO.-
Todo miembro que esté moroso en tres cuotas, perderá los derechos y
benefi cios que como miembro de la Asociación tiene. CAPITULO VIII)
DE LA DISOLUCION. ARTICULO TREINTA Y DOS.- De la disolu-
ción de la Asociación: La disolución de la Asociación podrá tener
efecto por disposición de la ley o acuerdo de Asamblea General en sesión
extraordinaria convocada con ese fi n y sólo cuando lo soliciten el sesen-
ta y cinco por ciento de los miembros solventes, sin admitirse represen-
taciones. La disolución de la Asociación será acordada con no menos
del sesenta y cinco por ciento de los votos emitidos por los miembros
solventes que asistan a la sesión de Asamblea General. Aprobada la
disolución de la Asociación, se elegirá inmediatamente a tres liquidadores
para que procedan a liquidar el patrimonio. Si resultare algún remanen-
te, éste pasará a formar parte del patrimonio de cualquier institución que
a la fecha estuviera funcionando con fi nes de protección social que
benefi cie al empleado público o en su defecto donarlo a una institución
benéfi ca. Esta facultad será exclusiva de la Asamblea General. CAPI-
TULO IX) DISPOSICIONES GENERALES. ARTICULO TREINTA
Y TRES. Los presentes Estatutos sólo podrán reformarse o derogarse
por acuerdo tomado en sesión de Asamblea General convocada para tal
efecto y con el voto favorable de los dos tercios de los miembros asis-
tentes a la sesión ordinaria o extraordinaria y tendrán validez después
de que hayan sido publicadas en el Diario Ofi cial. ARTICULO TREIN-
TA Y CUATRO.- La Asociación hará las gestiones necesarias ante los
organismos correspondientes a fi n de que los empleados públicos jubi-
lados por el Ministerio de Hacienda sean incorporados al sistema del
Instituto Nacional de Pensiones de los Empleados Públicos (INPEP) con
el fi n de que puedan gozar de los benefi cios que otorga dicho instituto.
Las personas jubiladas anteriormente mencionadas, previa solicitud
escrita podrán ser aceptadas en la Asociación como miembros activos
y estarán obligados a cumplir con los requisitos estatutarios, pagar la
cuota de ingreso, la cuota mensual y con derecho del benefi cio de ayu-
da para funerales de miembros y las demás prestaciones que proporcio-
ne la Asociación. ARTICULO TREINTA Y CINCO.- La Junta Direc-
tiva tiene la obligación de enviar en los primeros días del mes de enero
de cada año, al Ministerio de Gobernación, la nómina de los miembros
y dentro de los cinco días posteriores a la elección de la nueva Junta
Directiva, una certifi cación del acta en que fue efectuada la misma y en
todo caso, proporcionar al expresado Ministerio cualquier dato que se
le pidiere relativo a la Entidad e inscribir en dicho Ministerio cualquier
documento que deba ser registrado de conformidad con la ley. ARTI-
CULO TREINTA Y SEIS.- Lo no previsto en los presentes Estatutos y
Reglamento Interno, será resuelto por la Junta Directiva, según su real
saber y entender, haciéndolo del conocimiento de la Asamblea General
para su aprobación. ARTICULO TREINTA Y SIETE.- Los presentes
Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el
Diario Ofi cial. ARTICULO TREINTA Y OCHO.- Los comparecientes
de forma unánime eligen a la primera Junta Directiva, que queda inte-
grada de la siguiente manera: PRESIDENTE: HORACIO ALBERTO
MELENDEZ, VICEPRESIDENTE: LILIAN MENDEZ DE SALAZAR,
SECRETARIO: CARLOS ALFONSO MENDEZ RIOS, TESORERO:
ADUCIO JIMENEZ CACERES, SINDICO: RICARDO RODRIGUEZ,
y VOCAL: JOSEFA ANAFLOR HURPHILA ZAMORA. Expliqué a
los comparecientes los efectos legales de este instrumento y leído que
les hube todo su contenido íntegramente en un sólo acto, lo ratifi can y
fi rmamos. DE TODO LO CUAL DOY FE. Enmendados: IX)- valen.-
Entre líneas: CAPITULO- vale. Más enmendados: entrarán- valen.- Más
enmendados: afi nes, a- sujetos- anteriormente mencionadas- Goberna-
ción- valen.- Más entre líneas: o Solicitar- efecto de coadyuvar que-
benefi ciarios de- valen.-Más enmendados: Gestionar- valen.- //// “H. A.
Meléndez” //// “Vilma de Meléndez” //// “C. A. Menéndez” //// “D. de
García” //// “L. de Salazar” //// “R. Rodz” //// “L. A. Cruz” //// “Ilegible”
//// “Aducio J. C.” //// “J. A. Zamora” //// “F. García M.” //// “N. A.
Cuéllar Z.” //// “B. W. E. arillas R.” //// Rubricadas.
WALTER ELIAZAR BARILLAS RODRIGUEZ,
NOTARIO.
PASO ANTE MI del folio ochenta y dos vuelto al folio ochenta y nueve
frente del LIBRO DECIMO QUINTO DE MI PROTOCOLO que llevo
durante el presente año y que vence el día diecisiete de septiembre del
año dos mil tres y para ser entregado a LA ASOCIACION DE PEN-
SIONADOS POR INPEP DE SONSONATE, extiendo, fi rmo y sello el
presente testimonio en la ciudad de Sonsonate, a los dieciséis días del
mes de octubre del año dos mil dos.
WALTER ELIAZAR BARILLAS RODRIGUEZ,
NOTARIO.
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ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE PENSIONADOS POR INPEP DE SONSONATE
CAPITULO I
NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO, PLAZO, FINES U OBJETIVOS
Art. 1.- Créase en la ciudad de Sonsonate, Departamento de
Sonsonate, la Asociación de nacionalidad Salvadoreña, que se denominará
ASOCIACION DE PENSIONADOS POR INPEP DE SONSONATE,
y que podrá abreviarse “APIS”, como una Entidad apolítica, no lucra-
tiva, ni religiosa, la que en los presentes Estatutos se denominará “LA
ASOCIACION”.
Art. 2.- El domicilio legal de la Asociación será la ciudad de
Sonsonate, Departamento de Sonsonate; cuando el caso y las circuns-
tancias lo requieran, podrá establecer fi liales en cualesquier parte del
territorio de la República.
Art. 3.- La Asociación se constituye por tiempo indefi nido.
Art. 4.- Los fi nes de la Asociación son los siguientes:
a) Defender los intereses de todos sus Miembros y especial-
mente los relacionados con su condición de pensionados por
el INPEP.
b) Gestionar o Solicitar del INPEP, del Gobierno Central y
demás Instituciones del Estado afi nes a efecto de coadyuvar
que los miembros de la Asociación sean sujetos benefi ciarios
de prestaciones de tipo social y económico, que tiendan al
mejoramiento de sus condiciones de vida.
c) Promover el intercambio cultural con otras Entidades similares
existentes en El Salvador.
d) Mantener relaciones con Entidades de empleados públicos.
e) Promover el ingreso de nuevos miembros, y realizar programas
que tiendan al bienestar social, económico y al esparcimiento
de los miembros.
CAPITULO II
DE LOS MIEMBROS
Art. 5.- La Asociación estará constituida por los pensionados que
sean miembros de la misma.
Art. 6.- Son derechos de los Miembros:
a) Elegir y ser electos para cargos Directivos.
b) Intervenir personalmente con voz y voto o por medio de la
representación escrita en todos los asuntos que sean tratados
en sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea Ge-
neral
c) Recibir todos los benefi cios que proporcione la Asocia-
ción.
d) Los demás que señalen los Estatutos y el Reglamento Interno
de la Asociación.
e) Apelar ante la Asamblea General, cualquier sanción que
considere injusta, aplicada por la Junta Directiva.
Art. 7.- Son deberes de los Miembros:
a) Pagar las cuotas ordinarias o extraordinarias que sean acor-
dadas en Asamblea General.
b) Aceptar los cargos Directivos por elección y desempeñarlos
con efi ciencia y dedicación.
c) Asistir a las sesiones de Asamblea General o hacerse repre-
sentar por escrito por otro Miembro.
CAPITULO III
DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION
Art. 8.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por la Asamblea
General y por la Junta Directiva.
CAPITULO IV
DE LA ASAMBLEA GENERAL
Art. 9.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la au-
toridad máxima de la Asociación y estará integrada por la totalidad de
los Miembros Activos y los Fundadores. Sesionará ordinariamente una
vez por año y extraordinariamente, cuantas veces sea necesario, previa
convocatoria de la Junta Directiva.
Art. 10.- La Asamblea General sesionará ordinariamente, con el
cincuenta y uno por ciento de los miembros en primera convocatoria,
pero si después de la hora fi jada para el inicio de la sesión no hubiere
quórum, podrá llevarse a cabo la sesión de Asamblea General una hora
después con los Miembros presentes, excepto en los casos especiales
que se requiera mayor número de asistentes, haciéndose constar estos
requisitos en la convocatoria respectiva.
Art. 11.- La convocatoria para celebrar sesiones ordinarias o
extraordinarias de Asamblea General se hará mediante la publicación,
por lo menos en un diario de mayor circulación, con ocho días de anti-
cipación; poro podrán utilizarse otros medios de comunicación que la
Junta Directiva considere conveniente.
Art. 12.- La Junta Directiva convocará a sesión extraordinaria de
Asamblea General solicitada por el quince por ciento de los miembros,
estos deben indicar el motivo y los asuntos a tratarse en la agenda de
convocatoria. Para la celebración de las sesiones extraordinarias se
exigirán los mismos requisitos señalados en el Artículo diez, de estos
Estatutos.
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Art. 13.- Las resoluciones de la Asamblea General serán acordadas
por el voto favorable de la mayoría de los Miembros presentes, excepto
en los casos especiales que requieran una mayoría diferente.
Art. 14.- Son atribuciones de la Asamblea General.
a) Aprobar, reformar y derogar los Estatutos y el Reglamento
Interno de la Asociación.
b) Elegir y destituir por motivos justifi cados a los Miembros de
la Junta Directiva. Los Directivos no devengarán salarios.
c) Designar al Auditor de la Asociación.
d) Aprobar la Memoria Anual de Labores de la Junta Directiva
o hacerle las observaciones que crea convenientes.
e) Aprobar o improbar los estados fi nancieros del ejercicio se-
mestral presentados por el Tesorero de la Junta Directiva.
f) Aprobar el Presupuesto Anual de la Asociación.
g) Fijar la cuota de ingreso o de reingreso de los Miembros que
lo soliciten y sean admitidos, así como las cuotas ordinarias
y extraordinarias de los Miembros.
h) Estimular a los socios que presten servicios relevantes a la
Asociación y sancionar administrativa y judicialmente a los
miembros que se les comprueben anomalías.
i) Conocer y resolver aquellos asuntos no previstos en estos
Estatutos.
j) Autorizar la incorporación de la Asociación a una Federación
de Asociaciones de pensionados.
Art. 15.- Las sesiones de Asamblea General Ordinarias y Extraor-
dinarias serán presididas por el Presidente de la Junta Directiva.
CAPITULO V
DE LA JUNTA DIRECTIVA
Art. 16. - La Junta Directiva estará integrada en la forma siguiente:
un Presidente; un Vicepresidente; un Secretario; un Tesorero; un Síndico,
y un Vocal. La Junta Directiva ejercerá la promoción social y relaciones
públicas de la Asociación.
Art. 17. - La Junta Directiva sesionará ordinariamente en los primeros
quince días de cada mes y extraordinariamente cuando sea necesario,
previa convocatoria. La Asistencia será puntual; después de prudencial
espera, la sesión se llevará a cabo con los Directivos presentes, y se
resolverá por mayoría.
Art. 18.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para el
período de tres años. Tomarán posesión de sus respectivos cargos, previa
juramentación, y podrán ser reelectos para un único período más.
Art. 19.- Para ser miembro de la Junta Directiva se requiere:
a) Ser Miembro.
b) Estar solvente con la Asociación.
c) Ser responsable, y no ser directivo de otra Asociación que
no sea afín.
Art. 20.- Son atribuciones de la Junta Directiva:
a) Tomar las medidas necesarias para el mejor desarrollo de las
gestiones administrativas de la Asociación.
b) Elaborar un Plan de Trabajo para el período que haya sido
electa.
c) Autorizar cualquier gasto que haya de efectuar la Asocia-
ción.
d) Nombrar al personal administrativo que sea necesario, conce-
derle licencias, conocer y aceptar sus renuncias, imponerles
las sanciones correspondientes por faltas cometidas en el
desempeño de su trabajo.
e) Presentar la Memoria Anual de labores a consideración de
la Asamblea General.
f) Conocer del informe mensual de Tesorería.
g) Tomar las providencias necesarias para defender los derechos
de la Asociación y de sus Miembros.
h) Elaborar el Reglamento Interno de la Asociación y someterlo
a la aprobación de la Asamblea General.
i) Promover el incremento de miembros de la Asociación.
j) Procurar la solución de aquellos problemas que se vean
involucrados los miembros.
k) Visitar a los miembros que se encuentren enfermos o que por
otra circunstancia necesiten de su presencia.
l) Promover programas que tiendan al bienestar y esparcimiento
de los miembros.
m) Elaborar acta de presencia en la entrega de fondos en concepto
de ayuda para funerales de miembros.
n) Servir de enlace para un mayor entendimiento y comunicación
con el Gobierno Central.
Art. 21. - Son atribuciones del Presidente:
a) Presidir las sesiones de Junta Directiva y de la Asamblea
General.
b) Declarar abiertas las sesiones al comprobarse el quórum y
clausurarlas al fi nal.
c) Cumplir y hacer que se cumplan los Estatutos y el Regla-
mento Interno de la Asociación y demás disposiciones que
se acordaren.
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d) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación
juntamente con el Síndico, pudiendo otorgar poderes previa
autorización de la Junta Directiva.
e) Firmar con el Tesorero y el Síndico, los cheques y demás com-
probantes relacionados con los gastos de la Asociación.
f) Firmar juntamente con el Secretario las credenciales, certi-
fi caciones y demás constancias que expida la Asociación.
Art. 22.- Son atribuciones del Vicepresidente:
a) Sustituir en sus funciones al Presidente cuando éste por
motivos justifi cados no pudiera desempeñar las funciones
que le corresponden.
b) Ejecutar las funciones que el Presidente le delegue.
Art. 23.- Son atribuciones del Secretario:
a) Colaborar con los demás miembros de Junta Directiva.
b) Asentar las actas de las sesiones que celebren la Junta Directiva
y la Asamblea. General.
c) Informar en cada sesión de la correspondencia despachada
y recibida.
d) Redactar la correspondencia, la memoria semestral y cualquier
otra actividad relacionada con sus atribuciones.
e) Llevar el Registro de Miembros y organizar el archivo de la
Asociación del cual será el encargado.
f) Redactar y enviar las convocatorias para las sesiones de Junta
Directiva y de Asamblea General a Directivos y miembros.
g) Ser el Jefe del Personal Administrativo de la Asociación.
Art. 24.- Son atribuciones del Tesorero:
a) Recibir el aporte de las cuotas de ingreso, reingreso, ordinarias
y extraordinarias de los Miembros e ingresos en efectivo en
concepto de donaciones, aportaciones o de cualquier otra
procedencia, ya sean estatales, institucionales o privadas.
b) Depositar los fondos de la Asociación en los Bancos del país,
ya sea en cuenta de ahorro, cuenta corriente o en depósitos
a la vista que señale la Junta Directiva.
c) Extender cheques con la fi rma solidaria del Presidente, y el
Síndico, para lo cual deberá solicitarse previamente el registro
de las mismas en la Institución Bancaria correspondiente.
Los retiros de fondos necesitarán de las fi rmas autorizadas,
previa autorización de la Junta Directiva.
d) Cancelar toda clase de gastos de la Asociación debidamente
autorizadas por la Junta Directiva y con el ES CONFORME,
del Presidente y el Síndico.
e) Rendir informe mensual a la Junta Directiva del movimiento
de ingresos y egresos de la Asociación.
f) Presentar los estados fi nancieros del ejercicio, semestral a
consideración de la Asamblea General.
g) Poner a disposición del Auditor los libros de Contabilidad
los comprobantes de ingresos y egresos y aportar cualquier
otra información relacionada con el manejo de fondos de la
Asociación.
Art. 25.- Son atribuciones del Síndico:
a) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación
conjuntamente con el Presidente.
b) Previa autorización de la Junta Directiva formalizar las escritu-
ras de compra y venta de bienes inmuebles y muebles, aceptar
donaciones, legados y cualquier otro tipo de transacción legal
que benefi cie a la Asociación.
c) Otorgar poderes generales o especiales separadamente con
el Presidente de la Junta Directiva, previa autorización de la
Junta Directiva.
Art. 26.- Es atribución del Vocal:
a) Colaborar directamente con los miembros de la Junta Direc-
tiva.
b) Sustituir a cualquier miembro de la Directiva y desempeñar
cualquier actividad que se le encomiende.
CAPITULO VI
DEL PATRIMONIO
Art. 27.- El Patrimonio de la Asociación estará formado por:
a) Las cuotas de ingreso, ordinarias y extraordinarias de los
Miembros.
b) Los bienes muebles e inmuebles que adquiera de acuerdo a
la ley.
c) Las donaciones, herencias o legados que aceptare.
d) Los demás ingresos obtenidos por actividades lícitas.
CAPITULO VII
MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y
PROCEDIMIENTOS DE APLICACION
Art. 28.- Todo miembro cuyo comportamiento cause división
dentro de la asociación será amonestado por el Presidente de la Junta
Directiva, cuando sea por primera vez, cuando sea por segunda vez será
amonestado verbalmente a presencia de la Junta Directiva, y la tercera
vez se hará la última amonestación siempre frente a la Junta Directiva,
y se tendrá por perdida la calidad de miembro de la Asociación.
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Art. 29.- Todo miembro a quien se le asignare cualquier actividad
bajo su responsabilidad y no la realizare, o la hiciere manifi estamente
de manera inoperante o inefi caz, o mediare impericia, negligencia o
ignorancia inexcusable, se hará. Acreedor a una sanción que irá desde
una amonestación verbal hasta el relevo de la actividad asignada, de-
pendiendo de la gravedad de la situación.
Art. 30.- Todo miembro que no asista a tres sesiones de Asam-
blea General sea Ordinarias o Extraordinarias, sin causa justifi cada será
reconvenido y amonestado verbalmente por el Presidente de la Junta
Directiva, y si reincide en la misma situación mencionada perderá defi -
nitivamente la calidad de miembro de la Asociación.
Art. 31.- Todo miembro que esté moroso en tres cuotas, perderá los
derechos y benefi cios que como miembro de la Asociación tiene.
CAPITULO VIII
DE LA DISOLUCION
Art. 32.- De la disolución de la Asociación: La disolución de la
Asociación podrá tener efecto por disposición de la Ley o acuerdo de
Asamblea General en sesión extraordinaria convocada con ese fi n y
sólo cuando lo soliciten el sesenta y cinco por ciento de los Miembros
solventes, sin admitirse representaciones. La disolución de la Asociación
será acordada con no menos del sesenta y cinco por ciento de los votos
emitidos por los Miembros solventes que asistan a la sesión de Asamblea
General. Aprobada la disolución de la Asociación, se elegirá inmedia-
tamente a tres liquidadores para que procedan a liquidar el patrimonio.
Si resultare algún remanente, éste pasará a formar parte del patrimonio
de cualquier Institución que a la fecha estuviera funcionando con fi nes
de protección social que benefi cie al empleado público o en su defecto
donarlo a una Institución benéfi ca. Esta facultad será exclusiva de la
Asamblea General.
CAPITULO IX
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 33. - Los presentes Estatutos sólo podrán reformarse o derogarse
por acuerdo tomado en sesión de Asamblea General convocada para tal
efecto y con el voto favorable de los dos tercios de los Miembros asis-
tentes a la sesión ordinaria o extraordinaria, y tendrán validez después
de que hayan sido publicadas en el Diario Ofi cial.
Art. 34.- La Asociación hará las gestiones necesarias ante los or-
ganismos correspondientes a fi n de que los empleados públicos jubilados
por el Ministerio de Hacienda sean incorporados al Sistema del Instituto
Nacional de Pensiones de los Empleados Públicos (INPEP) con el fi n
de que puedan gozar de los benefi cios que otorga dicho instituto. Las
personas jubiladas anteriormente mencionadas, previa solicitud escrita,
podrán ser aceptadas en la Asociación como Miembros Activos y estarán
obligados a cumplir con los requisitos estatutarios, pagar la cuota de
ingreso, la cuota mensual y con derecho del benefi cio de ayuda para
Funerales de Miembros y las demás prestaciones que proporcione la
Asociación.
Art. 35.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar en los
primeros días del mes de enero de cada año, al Ministerio de Gobernación,
la nómina de los miembros y dentro de los cinco días posteriores a la
elección de la nueva Junta Directiva, una certifi cación del acta en que fue
efectuada la misma y en todo caso, proporcionar al expresado Ministerio
cualquier dato que se le pidiere relativo a la Entidad e inscribir en dicho
Ministerio cualquier documento que deba ser registrado de conformidad
con la ley.
Art. 36.- Lo no previsto en los presentes Estatutos y Reglamento
Interno, será resuelto por la Junta Directiva, según su real saber y en-
tender; haciéndolo del conocimiento de la Asamblea General para su
aprobación.
Art. 37.- Los presentes estatutos entrarán en vigencia desde el día
publicación en el Diario Ofi cial.
ACUERDO No. 175.
San Salvador, 24 de septiembre de 2003.
Vistos los anteriores ESTATUTOS de la ASOCIACION DE
PENSIONADOS POR INPEP DE SONSONATE, compuestos de
TREINTA Y SIETE Artículos, constituida en la ciudad de Sonsonate,
Departamento Sonsonate, a las diez horas del día 15 de octubre del 2002,
por Escritura Pública otorgada ante los ofi cios del Notario WALTER
ELIAZAR BARILLAS RODRIGUEZ; y no encontrando en ellos ninguna
disposición contraria a las leyes del país, de conformidad con el Art. 65
de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro, el Organo
Ejecutivo en el Ramo de Gobernación, ACUERDA: a) Aprobarlos en
todas sus partes confi riendo a dicha Entidad el carácter de PERSONA
JURIDICA; b) Publíquense en el Diario Ofi cial; y c) Inscríbase la referida
Entidad en el REGISTRO DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES
SIN FINES DE LUCRO. COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor
Presidente de la República). EL VICEMINISTRO DE GOBERNACION,
FIGUEROA FIGUEROA.
(Registro No. 33586)
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MINISTERIO DE HACIENDARAMO DE HACIENDA
RESOLUCION No. 673.
Ministerio de Hacienda: San Salvador, a los 11 días del mes de septiembre del año 2003.
Visto el informe técnico enviado por la Dirección General del Presupuesto, en el que consta que se ha verifi cado el excedente de disponibilidades reales al 31 de diciembre de 2002, correspondiente al Registro Nacional de las Personas Naturales, y
CONSIDERANDO:
I.- Que tal existencia ha sido determinada conforme a lo establecido el Art. 62 del Reglamento de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado;
II. Que de conformidad con el mismo artículo, los excedentes reales generados serán disminuidos de la transferencia del ejercicio fi scal vigente, correspondiente a cada Institución;
III. Que el Art. No. 2 de la Ley de Presupuesto vigente, faculta al Organo Ejecutivo para que por medio de Acuerdo en el Ramo de Hacienda, refuerce la Unidad Presupuestaria 10 Provisión para Atender Gastos Imprevistos, con ahorros obtenidos durante la ejecución de las asig-naciones presupuestarias, correspondientes a las Unidades Primarias de Organización e Instituciones Ofi ciales Autónomas que reciban recursos del Fondo General,
POR TANTO:
De acuerdo a la disposición legal antes citada, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Hacienda,
RESUELVE:
1. Disminuir de la Transferencia Corriente del presente ejercicio, que otorga el Tribunal Supremo Electoral al Registro Nacional de las Personas Naturales, en concepto de excedente de disponibilidades reales, la cantidad de $109,688.
2. El total de CIENTO NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO 00/100 DOLARES ($109,688), que representa el excedente total del ejercicio 2002, el cual se trasladará a la Unidad Presupuestaria 10 Provisión para Atender Gastos Imprevistos del Ramo de Hacienda, para fi nanciar necesidades extrapresupuestarias.
3. La Unidad Financiera Institucional del Registro Nacional de las Personas Naturales deberá registrar las operaciones, de acuerdo a la nor-mativa contable vigente.
COMUNIQUESE.
RESOLUCION No. 705.
Ministerio de Hacienda: San Salvador, a los 24 días del mes de septiembre del año 2003.
Visto el Ofi cio remitido por la Dirección General del Presupuesto, en el que consta que se han verifi cado los excedentes de disponibilidades reales generados al 31 de diciembre de 2002, correspondientes a las Instituciones Descentralizadas de los Ramos de Salud Pública y Asistencia Social y de Trabajo y Previsión Social, y
CONSIDERANDO:
I. Que tales existencias han sido determinadas de acuerdo con lo que establece el Art. 62 del Reglamento de la Ley Orgánica de Adminis-tración Financiera del Estado.
II. Que de conformidad con el mismo artículo, los excedentes generados serán disminuidos de la transferencia del ejercicio fi scal vigente, correspondiente a cada Institución.
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19DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
POR TANTO:
De acuerdo a la disposición legal antes citada, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Hacienda,
RESUELVE:
1. Disminuir de las Transferencias corrientes programadas el presente ejercicio para que los Ramos de Salud Pública y Asistencia Social y Trabajo y Previsión Social otorguen recursos a sus Instituciones adscritas, las cantidades de $ 1,347,739.34 y $ 19,811.91 respectivamente, en concepto de excedentes presupuestarios obtenidos durante el Ejercicio 2002 por las Instituciones que se detallan a continuación:
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2. El Total de $ 1,367,551.25 que representa los excedentes detallados, se trasladarán a la Unidad Presupuestaria 10 “Provisión para Atender Gastos Imprevistos” del Ramo de Hacienda, para atender necesidades extrapresupuestarias.
3. Las Unidades Financieras Institucionales de las Instituciones descentralizadas referidas deberán registrar las operaciones de acuerdo a la Normativa Contable vigente.
COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República). EL MINISTRO DE HACIENDA, J. J. DABOUB A.
ACUERDO No.779.
San Salvador, 11 de septiembre de 2003.
De conformidad a lo que establece el Art. 45 de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado y el Art. 61 de su Reglamento, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, ACUERDA: Autorizar la siguiente Transferencia de Crédito Ejecutiva entre asignaciones del Centro Nacional de Tecnología Agropecuaria y Forestal, así:
ASIGNACION QUE SE REFUERZA RUBRO CANTIDAD
01 Dirección y Administración Institucional
2003-4202-4-01-02-21-1 Administración y Finanzas 51 6,195
ASIGNACIONES QUE SE DISMINUYEN
01 Dirección y Administración Institucional
2003-4202-4-01-01-21-1 Dirección Superior 51 1,340
02 Investigación y Transferencia Tecnológica
2003-4202-4-02-03-21-1 Transferencia Tecnológica 51 4,855
Total 6,195
COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República) El Ministro de Hacienda, J. J. Daboub A.
ACUERDO No. 780.
San Salvador, 11 de septiembre de 2003.
De conformidad con lo establecido en el Art. 45 de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado y Art. 2 de la Ley de Presupuesto General vigente, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, ACUERDA: Autorizar la siguiente Transferencia de Crédito Ejecutiva entre asigna-ciones de los RAMOS DE HACIENDA Y DE LA DEFENSA NACIONAL, así:
RUBRO DE
ASIGNACION QUE SE REFUERZA: AGRUPACION CANTIDAD
RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL
02 Gestión Operativa Institucional
2003-0900-1-02-01-21-1 Operaciones Militares Terrestres 54 $ 6,457
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21DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
ASIGNACION QUE SE DISMINUYE:
RAMO DE HACIENDA
10 Provisión para Atender Gastos Imprevistos
2003-0700-1-10-01-21-1 Atención de Gastos Imprevistos-
Gastos Corrientes 99 $ 6,457
COMUNIQUESE.- (Rubricado por el señor Presidente de la República). EL MINISTRO DE HACIENDA, J.J. DABOUB A.
ACUERDO No. 781.
San Salvador, 11 de septiembre de 2003.
De conformidad a lo establecido en el Art. 45 de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado, los Arts. 59 y 62 de su Reglamento y el Art. 2 de la Ley de Presupuesto vigente, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, ACUERDA:
A) Autorizar la siguiente Transferencia de Crédito Ejecutiva entre asignaciones del Tribunal Supremo Electoral y el Ramo de Hacienda, así:
RUBRO DE
ASIGNACION QUE SE REFUERZA: AGRUPACION CANTIDAD
0700 RAMO DE HACIENDA
10 Provisión para Atender Gastos Imprevistos
2003-0700-1-10-01-21-1 Atención de Gastos Imprevistos-
Gastos Corrientes 99 $ 109,688
ASIGNACION QUE SE DISMINUYE:
0300 TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL
03 - Apoyo a Entidades Adscritas y a la Gestión Electoral
2003-0300-1-03-01-21-1 Registro Nacional de las
Personas Naturales 56 $ 109,688
B) En la parte correspondiente al Presupuesto Especial del Registro Nacional de las Personas Naturales, introducir las siguientes modifi cacio-nes:
1. Disminúyase la fuente específi ca de ingresos y las asignaciones que se indican, con las cantidades que a continuación se señalan:
INGRESOS
INGRESOS CORRIENTES
16 Transferencias Corrientes
162 Transferencias Corrientes del Sector Público
1620300 Tribunal Supremo Electoral $ 109,688
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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
EGRESOS
RUBRO CANTIDAD
01 Dirección y Administración Institucional
2003-0301-1-01-01-21-1 Dirección Superior 51 $ 17,278
02-21-1 Administración y Gestión Financiera 51 1,610
02 Registro e Identifi cación de las Personas Naturales
2003-0301-1-02-01-21-1 Registro e Identifi cación de
las Personas Naturales 51 90,800
$ 109,688
2. Créase la fuente específi ca de ingresos y las asignaciones que se mencionan, con las cantidades que a continuación se indican:
INGRESOS
INGRESOS CORRIENTES
14 Venta de Bienes y Servicios
142 Ingresos por Prestación de Servicios Públicos
14299 Servicios Diversos $ 109,688
EGRESOS
RUBRO CANTIDAD
01 Dirección y Administración Institucional
2003-0301-1-01-01-21-2 Dirección Superior 51 $ 17,278
02-21-2 Administración y Gestión Financiera 51 1,610
02 Registro e Identifi cación de las Personas Naturales
2003-0301-1-02-01-21-2 Registro e Identifi cación de
las Personas Naturales 51 90,800
$ 109,688
COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República). EL MINISTRO DE HACIENDA, J J. Daboub A.
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23DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
ACUERDO No. 808.
San Salvador, 18 de septiembre de 2003.
De conformidad a lo que establece el Art. 45 de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado, y el Art. 61 de su Reglamento, el
Organo Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, ACUERDA: Autorizar la siguiente Transferencia de Crédito Ejecutiva entre asignaciones presupuestarias
del Organo Judicial, así:
RUBRO DE CANTIDAD
AGRUPACION US $
ASIGNACIONES QUE SE REFUERZAN:
03 ADMINISTRACION DE JUSTICIA
2003-1600-2-03-01-21-1 Administración de Justicia en Salas 51 30,000
02-21-1 Administración de Justicia en Tribunales 51 800,000
22-1 61 100.000
930,000
ASIGNACIONES QUE SE DISMINUYEN:
01 DIRECCION Y ADMINISTRACION INSTITUCIONAL
2003-1600-2-01-01-21-1 Dirección Superior y Administración 51 700,000
02 MEDICINA LEGAL
2003-1600-2-02-01-21-1 Dirección y Administración 51 100,000
22-1 61 23,043
02-21-1 Peritaje 51 30,000
54 46,000
22-1 61 30,957
930,000
COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República). EL MINISTRO DE HACIENDA, J. J. Daboub A.
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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
ACUERDO No. 809.
San Salvador, 18 de septiembre de 2003.
De conformidad con lo establecido en el Art. 45 de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado, el Organo Ejecutivo en el Ramo de
Hacienda, ACUERDA: Autorizar la siguiente Transferencia de Crédito Ejecutiva entre asignaciones del Ramo de Trabajo y Previsión Social, así:
RUBRO CANTIDAD
ASIGNACIONES QUE SE REFUERZAN: $
02 Servicios Laborales
2003-3300-3-02-01-21-1 Asistencia Laboral 56 2,120
03-21-1 Previsión Social y Gestión de Empleo 54 2,135
4.255
ASIGNACION QUE SE DISMINUYE:
02 Servicios Laborales
2003-3300-3-02-02-21-1 Vigilancia del Cumplimiento de
Leyes Laborales 54 4,255
COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República). EL MINISTRO DE HACIENDA, J. J. DABOUB A.
ACUERDO No. 810.
San Salvador, 18 de septiembre de 2003.
De conformidad con lo establecido en el Art. 45 de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado, y en virtud de la facultad que le
confi ere el Art. 2 de la Ley de Presupuesto General vigente, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, ACUERDA: Autorizar la siguiente Trans-
ferencia de Crédito Ejecutiva entre asignaciones del RAMO DE HACIENDA Y LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLlCA, así:
RUBRO DE
ASIGNACION QUE SE REFUERZA AGRUPACION CANTIDAD
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
02 Secretaría de Comunicaciones de la Presidencia
2003-0500-1-02-01-21-1 Servicio de Comunicación Ofi cial
de la Presidencia 54 $ 500.000
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25DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
ASIGNACION QUE SE DISMINUYE:
RAMO DE HACIENDA
10 Provisión para Atender Gastos Imprevistos
2003-0700-1-10-01-21-1 Atención de Gastos Imprevistos-
Gastos Corrientes 99 $ 500.000
COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República). EL MINISTRO DE HACIENDA, J. J. DABOUB A.
ACUERDO No. 825.
San Salvador, 22 de septiembre de 2003.
De conformidad con lo establecido en el Art. 45 de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado, y en virtud de la facultad que
le confi ere el Art. 2 de la Ley de Presupuesto General vigente, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, ACUERDA: Autorizar la siguiente
Transferencia de Crédito Ejecutiva entre asignaciones del RAMO DE HACIENDA Y LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLlCA, así:
RUBRO DE
ASIGNACION QUE SE REFUERZA AGRUPACION CANTIDAD
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
02 Secretaría de Comunicaciones de la Presidencia
2003-0500-1-02-01-21-1 Servicio de Comunicación Ofi cial
de la Presidencia 54 $ 250.000
ASIGNACION QUE SE DISMINUYE:
RAMO DE HACIENDA
10 Provisión para Atender Gastos Imprevistos
2003-0700-1-10-01-21-1 Atención de Gastos Imprevistos-
Gastos Corrientes 99 $ 250.000
COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República). EL MINISTRO DE HACIENDA, J. J. DABOUB A.
ACUERDO No. 826.
San Salvador, 23 de septiembre de 2003.
De conformidad con lo establecido en el Art. 45 de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado y Art. 2 de la Ley de Presupuesto,
el Organo Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, ACUERDA: Autorizar la siguiente Transferencia de Crédito Ejecutiva entre asignaciones de los Ramos
de Trabajo y Previsión Social y Hacienda, así:
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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
RUBRO CANTIDAD
ASIGNACION QUE SE REFUERZA: $
0700 RAMO DE HACIENDA
10 Provisión para Atender Gastos Imprevistos
2003-0700-1-10-01-21-1 Atención de Gastos Imprevistos-
Gastos Corrientes 99 7,965
ASIGNACION QUE SE DISMINUYE:
3300 RAMO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
01 Dirección y Administración Institucional
2003-3300-3-01-01-21-1 Dirección Superior 54 7,965
COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República.) EL MINISTRO DE HACIENDA, J. J. DABOUB A.
ACUERDO No. 827.
San Salvador, 23 de septiembre de 2003.
De conformidad con lo establecido en el Art. 45 de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado y Art. 2 de la Ley de Presupuesto, el
Organo Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, ACUERDA: Autorizar la siguiente Transferencia de Crédito Ejecutiva entre asignaciones de los Ramos de
Hacienda y Relaciones Exteriores, cuyos recursos corresponden a restitución por parte del Ramo de Trabajo y Previsión Social por gastos ocasionados
por repatriación de persona que falleció en Ginebra, Suiza, así:
RUBRO CANTIDAD
ASIGNACION QUE SE REFUERZA: $
0800 RAMO DE RELACIONES EXTERIORES
02 Servicio Diplomático y Consular
2003-0800-1-02-01-21-1 Representaciones
Diplomáticas y Consulares 54 7.965
ASIGNACION QUE SE DISMINUYE:
0700 RAMO DE HACIENDA
10 Provisión para Atender Gastos Imprevistos
2003-0700-1-10-01-21-1 Atención de Gastos Imprevistos-
Gastos Corrientes 99 7.965
COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República). EL MINISTRO DE HACIENDA, J. J. DABOUB A.
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27DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
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29DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
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31DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
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33DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
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35DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
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37DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
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39DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
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41DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
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43DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
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45DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
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47DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
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49DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
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51DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
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53DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
ACUERDO No. 834.
San Salvador, 24 de septiembre de 2003.
De conformidad a lo establecido en el Art. 45 de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado y Art. 2 de la Ley de Presupuesto vigente, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, ACUERDA: Autorizar la siguiente transferencia de crédito entre asignaciones de los Ramos de Hacienda y Educación, así:
RUBRO DE CANTIDAD
ASIGNACIONES QUE SE REFUERZAN: AGRUPACION US$
3100 RAMO DE EDUCACION
07 Fortalecimiento a la Modernización de la Reforma e Infraestructura Educativa
2003-3100-3-07-01-22-1 Programa Reforma Educativa
Fase I, Préstamo BIRF No. 4320-ES 54 700,000
62 188,544
888,544
ASIGNACION QUE SE DISMINUYE:
0700 RAMO DE HACIENDA
10 Provisión para Atender Gastos Imprevistos
2003-0700-1-10-01-21-1 Atención de Gastos Imprevistos-
Gastos Corrientes 99 888,544
COMUNIQUESE: (Rubricado por el señor Presidente de la República). EL MINISTRO DE HACIENDA, J. J. Daboub A.
ACUERDO No. 824.
San Salvador, 22 de septiembre de 2003.
De conformidad con lo establecido en el Art. 59 literal c) del Reglamento de Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, ACUERDA: Autorizar las siguientes modifi caciones presupuestarias en el Presupuesto Vigente del Ramo de Trabajo y Previsión Social, así:
a) Sustituir en la Relación Propósitos con Recursos de la Unidad Presupuestaria 04 Infraestructura Física, Línea de Trabajo 01 Adquisición de inmueble y Equipamiento de Ofi cinas Departamentales, el propósito vigente por el que se indica a continuación:
“Adquirir y readecuar inmueble para albergar la Ofi cina Departamental de Zacatecoluca y equipamiento de ésta así como de la Ofi cina de Sonsonate”.
b) En el Listado de Proyectos de Inversión Pública de la misma Unidad Presupuestaria y Línea de Trabajo, sustituir el nombre del proyecto código 445 por el siguiente:
“Adquisición y Readecuación de Instalaciones y Equipamiento Básico Ofi cina Departamental, Zacatecoluca”.
COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República). EL MINISTRO DE HACIENDA, J. J. DABOUB A.
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55DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
ACUERDO No. 835.
San Salvador, 24 de septiembre de 2003.
De conformidad con la facultad que le confi ere el Art. 45 de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado y el Art. 59, Literal c) de su Reglamento, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, ACUERDA:
a) Autorizar la siguiente Transferencia de Crédito Ejecutiva entre asignaciones del Ramo de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, así:
ASIGNACION QUE SE REFUERZA RUBRO CANTIDAD
02 Obras Públicas
2003-4300-4-02-03-22-1 Inversión en Infraestructura
Vial 61 $ 804,674
22-3 61 $ 1,233,393
$ 2,038,067
ASIGNACION QUE SE DISMINUYE
02 Obras Públicas
2003-4300-4-02-01-22-1 Gestión de la Inversión 61 $ 804,674
02-22-3 Mantenimiento de la Red
Vial Nacional 54 $ 1,233,393
$ 2,038,067
b) Modifícase el Listado de Proyectos de Inversión Pública, de la forma siguiente: Unidad Presupuestaria 02 Obras Públicas.
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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República). EL MINISTRO DE HACIENDA, J. J. Daboub A.
ACUERDO No. 882.
San Salvador, 16 de septiembre de 2003.
EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA, Vista la solicitud suscrita por el Ingeniero GILBERTO ENRIQUE CASANOVA GUILLEN, en el carácter de Gerente General del Comité Ejecutivo de la Feria Internacional de El Salvador, relativa a que se autoricen los cánones de arrendamiento y tarifas a cobrar para el evento “DIVERNALIA 2003”, el cual se celebrará del 3 al 12 de octubre del presente año.
CONSIDERANDO:
Que el Comité Ejecutivo de la Feria Internacional, mediante el punto Número Tres, Literal ‘B’, del Acta de Sesión Ordinaria número mil quinientos sesenta y nueve de fecha veintisiete de agosto del año dos mil tres, aprobó los cánones y tarifas de dicho evento.
POR TANTO:
De conformidad con el literal L) del artículo 5 de la Ley del Comité Ejecutivo de la Feria Internacional de El Salvador.
ACUERDA:
1°. Aprobar los siguientes Cánones de Arrendamiento y Tarifas a cobrarse durante la celebración del evento “Divernalia 2003”, que se llevará a cabo del 3 al 12 de octubre del corriente año, así:
CANONES DE
ARRENDAMIENTO M2
($)
PABELLON CENTROAMERICANO
PLANTA ALTA
CENTRO 24.10 + IVA
ESQUINA 26.75 + IVA
PLANTA BAJA -LATERALES
CENTRO 24.10 + IVA
ESQUINA 26.75 + IVA
MINISTERIO DE ECONOMÍARAMO DE ECONOMIA
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57DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
TARIFA STAND (PERFILERIA)
BASICO 11.00 + IVA
PREDECORADO (PERFILERIA,
TOMACORRIENTE DOBLE, ROTULO DE 14.00 + IVA
IDENTIFICACION, ALFOMBRA, UNA MESA Y
DOS SILLAS)
AREA CUBIERTA PARA DIVERSION (excepto patrocinio) 8.00 + IVA
AREA
ABIERTA AREA ABIERTA PARA EXPOSICION 12.85 + IVA
AREA ABIERTA PARA DIVERSION (excepto patrocinio) 5.00 + IVA
AREA ABIERTA FOTOGRAFOS, PAYASO 25.50 + IVA
AREA PARA BODEGA 12.85 + IVA
FOOD COURT
LOCAL DE 25 A 27 M2 1,256.25 + IVA
LOCAL DE 38 A 38.5 M2 1,680.00 + IVA
LOCAL DE 40 A 42 M2 1,777.50 + IVA
LOCAL DE 48 A 50.20 M2 2,066.25 + IVA
LOCAL DE 60 M2 2,433.75 + IVA
LOCAL DE 134,025 M2 4,856.25 + IVA
KIOSKOS
DE 9.00 M2 776.90 + IVA
DE 6.00 M2 583.10 + IVA
DE 3.00 M2 428.40 + IVA
M2 ADICIONALES PARA KIOSKOS
DE ALIMENTOS 11.67 + IVA
CHALETS
DE 10.00 M2 266.90 + IVA
LOCALES
LOCALES M2
POLLO CAMPERO (R-1) 750.00 6,032.25 + IVA
OASIS CERVERCERO (R-5) 500.00 4,425.00 + IVA
CHARLIES (R-2) 321.00 3,273.75 + IVA
DOMINO’S PIZZA 60.00 2,433.75 + IVA
PIZZA HUT (R-3) 224.00 1,500.00 + IVA
CUARTO FRIO ******** 840.75 + IVA
TARIFAS VALOR
ENTRADA GENERAL (incluye uso de juegos 1.75 INCLUYE IVA
infl ables.)
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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
ESTACIONAMIENTO GENERAL 1.20 INCLUYE IVA
BONO DE PARQUEO PARA EXPOSITORES 32.10 + IVA
BONO PARQUEO INTERNO 48.70 + IVA
ABASTECIMIENTO DE PRODUCTOS
EXPOSITORES 1,457.15 + IVA
NO EXPOSITORES 1,942.90 + IVA
CREDENCIAL EXTRA 9.75 + IVA
CREDENCIALES DE TRABAJO GRATIS
PATROCINIOS
PATROCINIO OFICIAL 8,000.00 + IVA
PATROCINIO CON ACTIVIDAD PROPIA 3,000.00 + IVA
PATROCINIO CON ACTIVIDAD ASIGNADA POR
LA FIES 2,500.00 + IVA
2o. Para los numerales anteriores el Comité Ejecutivo de la Feria Internacional de El Salvador podrá aplicar un descuento de hasta un cincuenta por ciento sobre los cánones de arrendamiento y tarifas aprobadas por esta Secretaría de Estado.
3o. El presente acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Ofi cial. PUBLIQUESE. (Rubricada por el señor Presidente de la República). MIGUEL E. LACAYO, Ministro de Economía.
ACUERDO No. 15-1906.
San Salvador, 20 de agosto de 2003.
El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 15-2159 de fecha 19 de diciembre de 1997, emitido por el Organo Ejecutivo en el Ramo de Educación, se autorizó la creación del INSTITUTO ESPE-CIALIZADO DE EDUCACION SUPERIOR “EL ESPIRITU SANTO”, se le aprobaron sus Estatutos, se otorgó la Personalidad Jurídica y se concedió en el mismo acto la autorización provisional de funcionamiento de dicha institución educativa; II) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15-0535 de fecha 2 de febrero de 1998, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Educación autorizó en forma defi nitiva el funcionamiento del INSTITUTO ESPECIALIZADO DE EDUCACION SUPERIOR “EL ESPIRITU SANTO”; III) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15-0015, de fecha 4 de enero de 2001, se autorizó a dicho Instituto para ofrecer los Planes de Estudio de las carreras de PROFESORADOS EN EDUCACION PARVULARIA, EDUCACION BASICA PARA PRIMERO Y SEGUNDO CICLOS, PROFESORADO EN LENGUAJE Y LITERATURA, Y MATEMATICA PARA TERCER CICLO DE EDUCACION BASICA Y EDUCACION MEDIA, por un plazo de tres años, debiendo comunicar a la Dirección de Educación Superior, con seis meses de anticipación al vencimiento del mismo, su intención de continuar impartiendo dicha formación; IV) Que el INSTITUTO ESPECIALIZADO DE EDUCACION SUPERIOR “EL ESPIRITU SANTO”, ha solicitado a la Dirección Nacional de Educación Superior dentro del plazo establecido, se le autorice continuar impartiendo las carreras antes referidas; POR TANTO, con base en las facultades que la Ley le confi ere, ACUERDA: 1°) Autorizar al INSTITUTO ESPECIALIZADO DE EDUCACION SUPERIOR “EL ESPIRITU SANTO”, para que continúe impartiendo las carreras de PROFESORADO EN EDUCACION PARVULARIA, EDUCACION BASICA PARA PRIMERO Y SEGUNDO CICLOS, PROFESORADO EN LENGUAJE Y LITERATURA, Y MATEMATICA PARA TERCER CICLO DE EDUCACION BASICA Y EDUCACION MEDIA, en su Sede Central y atendiendo a los requerimientos del Ministerio de Educación; 2°) La presente autorización tiene vigencia por tres años contados a partir del 1 de enero de 2004, debiendo la institución seis meses antes del vencimiento de dicho plazo, dar aviso a la Dirección Nacional de Educación Superior de su intención de dar continuidad a la formación que por este medio se autoriza; 3°) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República). El Ministro de Educación, R MARIN.
(Registro No. 33522)
MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION
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59DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
ACUERDO No. 354-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de julio de dos mil tres. El Tribunal ACUERDA:
Autorizar al Licenciado ALEJANDRO LENING DIAZ GOMEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber
cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G.
CALDERON.- J. E. TENORIO.- MARIO SOLANO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- DE AVILES.-- DE BUITRAGO.- GUSTAVE T.- E.
CIERRA.- M. CLARA.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben. E. Dinorah Bonilla de Avelar.
(Registro No. 33620)
ACUERDO No. 386-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de julio de dos mil tres. El Tribunal ACUERDA:
Autorizar a la Licenciada ANA IVETH VALLADARES ULLOA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber
cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CAL-
DERON.- R. HERNANDEZ VALIENTE.- J. E. TENORIO.- MARIO SOLANO.-- VELASCO.- DE BUITRAGO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- V. DE
AVILES.- M. CLARA.- GUSTAVE T. Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben, E. Dinorah Bonilla de Avelar.
(Registro No. 33510)
ACUERDO No. 399-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de julio de dos mil tres. El Tribunal ACUERDA:
Autorizar a la Licenciada SONIA MINERVA HERNANDEZ CALDERON, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista
de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.
G. CALDERON.- R. HERNANDEZ VALIENTE.- J. E. TENORIO.- MARIO SOLANO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- DE AVILES.- DE
BUITRAGO.- GUSTAVE T.- E. CIERRA.- M. CLARA. Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben, E. Dinorah Bonilla de Avelar.
(Registro No. 33564)
ACUERDO No. 457-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiséis de agosto de dos mil tres.- El Tribunal ACUERDA:
Autorizar al Licenciado ALEX MISAEL HERNANDEZ MULATO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber
cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CAL-
DERON.- J. E. TENORIO.- M. CLARA.- VELASCO.- P. J.- GUZMAN U.D.C.- J.N.CASTANEDA S.- RENE FORTIN MAGAÑA. Pronunciado
por los señores Magistrados que lo suscriben, E. Dinorah Bonilla de Avelar.
(Registro No. 33604)
ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA
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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN
GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio
Judicial,
AVISA: que por resolución proveída por este juzgado a las ca-
torce horas del día cinco de septiembre de dos mil tres. Se han decla-
rado herederos defi nitivos con benefi cio de inventario, en la herencia
intestada que a su defunción ocurrida en la ciudad de Santo Tomás,
de este Departamento, su último domicilio, el día dieciocho de agosto
de mil novecientos ochenta y seis, dejó el señor ELISEO CASTRO
HERNANDEZ, a los señores MERCEDES DEL CARMEN CASTRO
PEREZ, MARIA LUZ CASTRO PEREZ, ANGELA CASTRO PERES,
conocida por ANGELA CASTRO PEREZ, BLANCA GUADALUPE
CASTRO PEREZ y JOAQUIN ELISEO CASTRO PEREZ, en sus
calidades de hijos del causante, y a la señora VICENTA PEREZ viuda
de CASTRO, en su calidad de cónyuge sobreviviente. Se ha conferido
a los herederos declarados la administración y representación defi nitiva
de la sucesión.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departa-
mento de San Salvador, a las doce horas del día dieciséis de septiembre del
año dos mil tres.- Dr. GUILLERMO ALFARO SANTOS, JUEZ DE LO
CIVIL.- Lic. IRMA ELENA DOÑAN BELLOSO, SECRETARIO.
Of. 1 v. No. 1766
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA,
AVISA: que por resolución pronunciada por este Tribunal, a las
ocho horas siete minutos del día tres de septiembre del presente año,
se DECLARO HEREDEROS DEFINITIVOS ABINTESTATO, CON
BENEFICIO DE INVENTARIO, a la señora SONIA ELIZABETH
GUADRON DE GOMEZ, de treinta y un años de edad, empleada, viu-
da, de este domicilio; y a los menores; JHONATAN ALEXANDER
GOMEZ GUADRON, de doce años de edad, Estudiante, y KARLA
VANESSA GOMEZ GUADRON, de siete años de edad, Estudiante,
ambos de este domicilio; en calidad de cónyuge sobreviviente e hijos del
causante respectivamente; de la Herencia Intestada que a su defunción
dejó el señor CARLOS ALFREDO GOMEZ SORTO, quien fue de
treinta y cuatro años de edad, Casado, Empleado, fallecido el día siete
de diciembre del año dos mil dos, siendo Apopa su último domicilio.-
Y se les confi rió a los herederos declarados en el carácter indicado,
la administración y representación defi nitiva de los bienes de la suce-
sión; debiendo los menores: JHONATAN ALEXANDER y KARLA
VANESSA ambos de apellidos GOMEZ GUADRON, ejercer sus de-
rechos a través de su representante legal, señora SONIA ELIZABETH
GUADRON DE GOMEZ.
Lo que se hace del conocimiento al Público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las ocho horas quince
minutos del día tres de septiembre del año dos mil tres. - Dra. VIOLETA
DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.-
Lic. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETARIO.
Of. 1 v. No. 1767
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE NUEVA
SAN SALVADOR, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado a
las quince horas cincuenta y cinco minutos del día diez de diciembre del
presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de
inventario, la herencia intestada dejada a su defunción por el causante,
señor BERNARDO MENDEZ, ocurrida el día veintiocho de febrero
de mil novecientos setenta y nueve, en esta ciudad, lugar de su último
domicilio, de parte de los señores CEFERINO MENDEZ CONTRERAS
y RUFINA MENDEZ CONTRERAS, en calidad de hijos del causante;
y se ha conferido a los aceptantes, la administración y representación
interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yaciente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Nueva San Salvador, a las
nueve horas y cincuenta minutos del día dieciocho de septiembre de dos
mil tres.- Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.-
Lic. SANDRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1768-1
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61DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
DE SEGUNDA PUBLICACIÓNEDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-CIA DE ESTE DISTRITO: AL PUBLICO: PARA LOS EFECTOS DE LEY;
HACE SABER: QUE POR RESOLUCION DE ESTE TRIBUNAL A LAS NUEVE HORAS DEL DIA VEINTICINCO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL TRES. EN LAS DILIGENCIAS DE DECLARATORIA DE YACENCIA PROMOVIDAS POR LA BACHILLER GLORIA YANIRA MENA HERNANDEZ, EN CALIDAD DE AGENTE AUXILIAR DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL DE LA REPUBLICA DE LA SEÑORA SANTOS ELIZABETH CONSTANZA, EN VISTA DE NO HABERSE PRESENTADO PERSONA ALGUNA ACEPTANDO LA HERENCIA INDICADA, Y QUE EL SEÑOR SANTOS LEONIDAS ALVARADO CARRILLO, FALLECIO EL DIA CUATRO DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA EN EL CANTON SAN ILDEFONSO, JURISDICCION DE SAN ESTEBAN CATARINA, SAN VICENTE SU ULTIMO DOMICILIO. NOMBRASE CURADOR PARA QUE LO RE-PRESENTE AL LICENCIADO PERFECTO EDUARDO ESCALANTE ECHEVERRIA, EN CONSECUENCIA SE CITA CON QUINCE DIAS EL PLAZO A TODOS LOS QUE SE CREAN CON DERECHO A LA HERENCIA QUE A SU MUERTE DEJO EL SEÑOR SANTOS LEONIDAS ALVARADO CARRILLO. PARA QUE SE PRESENTE A ACEPTAR O REPUDIAR EL DERECHO QUE TENGA EN LA INDICADA HERENCIA, LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO DEL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDI-CIAL DE SAN SEBASTIAN, DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE, A LAS DIEZ HORAS DEL DIA VEINTICINCO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL TRES. Lic. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. BESSY CECILIA FABIAN FUENTES, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 1742-2
MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUN-DO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: que por resolución de las nueve horas y quince minutos del día veintiocho de Agostos del dos mil tres, se ha declarado yacente la herencia intestada que a su defunción dejó el señor FELICI-TO DE JESUS MARTINEZ PLEITEZ, quien falleció a las trece horas y treinta minutos del día veinte de abril del dos mil tres, en el Cantón Manahuare, Jurisdicción de Sesori, departamento de San Miguel, siendo este lugar su último domicilio, nómbrase Curador para que lo represente a la señora RHINA ESMERALDA CAMPOS ASCENCIO, a quien se le hará saber este nombramiento para su aceptación, protesta y demás efectos de ley.
Publíquense los edictos de ley.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las nueve horas y veinte minutos del día siete de Julio del dos mil tres. Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Licda. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 1744-2
ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial al público para los efectos de ley.
HACE SABER: que por resolución de las trece horas veinte mi-nutos del día cuatro de Septiembre del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte del señor José Sebastián Orellana Castro la herencia intestada que a su defunción dejó el señor Pedro Orellana Castro quien fue de cincuenta y un años de edad, jornalero, soltero, fallecido el día veinticinco de Septiembre de mil novecientos noventa y cuatro en el Caserío La Sabana, Cantón San Carlos, jurisdicción de Tecoluca, Departamento de San Vicente, lugar de su último domicilio en concepto de hermano del causante. Nómbrase al aceptante administrador y representante interino de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los cuatro días del mes de Septiembre del año dos mil tres. Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1739-2
MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. SAN MIGUEL.
HACE SABER: que por resolución de las ocho horas cuarenta minutos del día tres de septiembre del dos mil tres. Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor SALVADOR AREVALO, quien falleció a las catorce horas con veinte minutos del día siete de marzo del dos mil dos, en la Colonia La Presita de esta ciudad, siendo éste su último domicilio, de parte de la señora MARIA TRINIDAD LOVO SANCHEZ, ésta en nombre y representación de sus menores hijas ALICIA BEATRIZ, EVELIN ALEJANDRA y YESENIA CA-ROLINA, todas de apellidos AREVALO LOVO, éstas en calidad de hijas del causante. Y se les ha conferido a las aceptantes en el carácter antes indicado conjuntamente la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, debiendo ejercerla éstas por medio de su representante legal o sea por medio de su madre señora MARIA TRINIDAD LOVO SANCHEZ.
Lo que se pone del conocimiento del público para los efectos legales.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del día tres de septiembre del dos mil tres. Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Licda. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 1745-2
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MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: que por resolución de las nueve horas y cincuenta y ocho minutos del día dieciséis de septiembre del año dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia testamentaria, que a su defunción dejó el señor SALVADOR DEL CID ARGUETA, quien falleció a las dieciocho horas y veintinueve minutos del día veintisiete de Diciembre del año dos mil dos, en Colonia La Presita de esta ciudad, siendo ésta su último domicilio; de parte del señor MELVIN ANTONIO DEL CID AMAYA, conocido por MELVIN ANTONIO AMAYA DEL CID, en concepto de heredero testamentario. Y se le ha conferido al aceptante en el carácter antes indicado, la admi-nistración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Miguel, a las diez horas y cincuenta y siete minutos del día dieciséis de septiembre del año dos mil tres. Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Licda. MARTA DOLORES COREAS, Sria.
Of. 3 v. alt. No. 1746-2
JOSE MANUEL CHAVEZ LOPEZ, Juez de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos de ley,
HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las nueve horas treinta minutos del día veinticinco de los corrientes, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JULIO ADALBERTO VAQUERANO ACOSTA, quien falleció el día veintisiete de octubre del año dos mil dos, en la ciudad de Ilobasco, departamento de Cabañas, lugar de su último domicilio, de parte de la señora BLANCA ALICIA FLORES DE VAQUERANO y de la menor ALICIA GABRIELA VAQUERANO FLORES, la primera en el concepto de cónyuge sobreviviente y la menor en calidad de hija del causante, representada legalmente por su madre Blanca Alicia Flores de Vaquerano; y se les ha conferido a las aceptantes, la administración y representación interina de la sucesión, con las facul-tades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, debiendo ejercerla la menor antes mencionada, por medio de la referida madre.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, departa-mento de Cabañas, a las diez horas del día veinticinco de agosto de dos mil tres. Lic. JOSE MANUEL CHAVEZ LOPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. CELIO GERMAN MENJIVAR ROMERO, SECRE-TARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1747-2
ULISES MENJIVAR ESCALANTE, Juez de Primera Instancia de este Distrito Judicial, Al público para los efectos de ley,
HACE SABER: que por resolución de las catorce horas de este día se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que a su de función dejó el señor JOSE LUIS LOPEZ, ocurrida a las diecisiete horas del día uno de agosto de mil novecientos noventa y ocho, en el Hospital San Rafael de Nueva San Salvador, siendo su último domicilio la población de San Rafael Depar-tamento de Chalatenango, a la señora MARIA FRANCISCA CALLES VIUDA DE LOPEZ, en concepto de madre del causante en referencia; asimismo se le confi rió a la heredera declarada y en el concepto antes dicho, la administración y representación Interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Dulce Nombre de María, a los veintitrés días del mes de septiembre del año dos mil tres. Lic. ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA.- OSCAR IMERY HERNANDEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1748-2
ULISES MENJIVAR ESCALANTE, Juez de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: que por resolución de las quince horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que al fallecer dejó la señora JOSEFINA CARDOZA, ocurrida a las ocho horas y treinta minutos del día trece de septiembre de mil novecientos ochenta y ocho, en el Cantón San Antonio Buenavista jurisdicción de San Rafael departamento de Chalatenango, siendo éste su último domicilio, a los señores MARIA ELENA GUARDADO CARDOZA DE ROBLES, VIRGINIA GUARDADO DE ALBERTO, RAMON GUARDADO CARDOZA, JOSE ANTONIO GUARDADO CARDOZA y GUSTAVO GUARDADO CARDOZA, todos en carácter de hijos legítimos de la causante en mención; también se les confi rió a los herederos declarados y en el concepto antes dicho la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de primera Instancia: Dulce Nombre de María, a los veintitrés días del mes de septiembre del año dos mil tres. Lic. ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA.- OSCAR IMERY HERNANDEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1749-2
DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA,
HACE SABER: que por resolución de este Juzgado proveída a las nueve horas con diez minutos de este día, mes y año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor PORFIRIO RIVERA FUENTES, quien fue de cuarenta y ocho años de edad, albañil, soltero, falleció el día cinco de diciembre de mil novecientos noventa y ocho, en la ciudad de San Salvador, siendo su último domicilio el Municipio de Tejutla, Departa-
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mento de Chalatenango, por parte de la señora SANTOS FUENTES en concepto de madre sobreviviente del causante. Confi érese a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las fa-cultades y restricciones legales que les corresponde a los curadores de la herencia yacente.
Fíjense y publíquense los edictos de ley. NOTIFIQUESE.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tejutla, Chalatenango a los catorce días del mes de julio del dos mil tres. Dr. DANILO ANTO-NIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO DE JIMENEZ, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 1750-2
HELMAR ROLANDO BENITEZ PAREDES, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: que por resolución de las catorce horas y treinta minutos del día veinticinco de agosto del corriente año, se ha tenido por aceptada con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor LEONIDAS URRUTIA GARCIA, quien falleció a las cero horas del día dieciséis de septiembre del año dos mil dos, en la Colonia María Julia, II etapa casa número dieciocho de esta ciudad de San Miguel, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, de parte de las señoras MAYRA ROSARIO URRUTIA VIGIL y WENDY VANESSA URRUTIA DE LAZO como hijas del causante. Y se confi ere a las aceptantes declaradas en el carácter indicado, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel, a las catorce horas y treinta y cinco minutos del día veinticinco de agosto de dos mil tres. Lic. HELMAR ROLANDO BENITEZ PA-REDES, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL INTO.- Lic. JULIO CESAR CAMPOS BRAN, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1751-2
ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil del Distrito Judicial de San Vicente, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: que la señora FRANCISCA GRACIELA HERNANDEZ conocida por FRANCISCA HERNANDEZ, de sesenta y uno años de edad, soltera, de ofi cios domésticos, del domicilio de Guadalupe, Departamento de San Vicente, representada legalmente por el Licenciado VICTOR MANUEL CHINCHILLA MONTOYA, mayor de edad, de este domicilio y del de San Salvador, en su calidad de Agente Auxiliar del señor Procurador General de la República, solicita título supletorio sobre un terreno rústico, situado en el Cantón San Francisco Agua Agria, Caserío Los Meléndez del municipio de Guadalupe Depar-tamento de San Vicente, de la extensión superfi cial de ciento siete metros cuadrados, catorce decímetros cuadrados o sean doce áreas cincuenta y una centiáreas, cuyos linderos y colindantes son los siguientes: al PO-
NIENTE, cuarenta y cinco metros ochenta centímetros, de una piedra sembrada a un izote, linda con MARIA CARRILLO; al NORTE, veintiún metros sesenta centímetros de un izote a un palo muerto, linda con ISA-BEL MELENDEZ; al ORIENTE, cuarenta y cinco metros, de un palo muerto a un izote, linda con MARIA ARGUETA; y al SUR, veinticinco metros sesenta centímetros de un izote a una piedra sembrada, callejón de por medio, linda con LORENZO PORTILLO. Asegura poseerlo por compra que de él hizo al señor MARTIN ALVARADO MELENDEZ, quien fue de setenta y tres años de edad, del domicilio de Guadalupe, persona ya fallecida. Que el inmueble a titularse la señora FRANCISCA GRACIELA HERNANDEZ o FRANCISCA HERNANDEZ, lo valúa en la suma de doce mil colones exactos.
Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las once horas treinta minu-tos del día doce de septiembre del dos mil. Doctora ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1752-2
ANA JANCY ELIZABETH GARCIA HERNANDEZ, JUEZ DE PRI-MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: que en este Tribunal se ha presentado el Licen-ciado CESAR HUMBERTO ZAMORA, de treinta y siete años de edad, Abogado y Notario, de los domicilios de Aguilares y del de esta ciudad, actuando en su carácter de Agente Auxiliar del señor Procurador General de la República, y en nombre y representación de los señores BARBARA GOMEZ DE HERNANDEZ y PEDRO HERNANDEZ MEJIA, quienes son de treinta y seis años de edad cada uno, ama de casa y jornalero, por su orden, quienes residen en el Caserío Los Hernández, Cantón San José, de esta jurisdicción, solicitando a nombre de los citados señores, TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Caserío Los Hernández, Cantón San José Las Mesitas, de este Depar-tamento, de una extensión superfi cial de CUATROCIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS, cuyas medidas y linderos son los siguien-tes: AL NORTE, veintiún metros, colinda con JESUS HERNANDEZ y con ISRAEL SOLIS, calle vecinal de por medio; AL ORIENTE, mide veintiocho metros con cuarenta y seis centímetros, colinda con ROQUE HERNANDEZ, de un palo de jiote a una piedra pacha; AL SUR, mide siete metros sesenta centímetros colinda con REYES VIVAS, de un laurel a una piedra pacha; y AL PONIENTE, mide treinta metros con noventa y cinco centímetros, colinda con VICTORIA GOMEZ, del cojón puerco al árbol de laurel.
Este inmueble no es dominante, ni sirviente, ni tiene cargas o derechos reales que deban respetarse y lo valúan en la cantidad de TREINTA MIL COLONES EXACTOS,
Lo que se pone al conocimiento del público para los efectos legales consiguientes.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango, a las diez horas del día veinte de agosto del dos mil tres. Lic. ANA JANCY ELIZABETH GARCIA HERNANDEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-CIA.- Lic. ANA EDITH PERAZA, SECRETARIO INTO.
Of. 3 v. alt. No. 1753-2
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MARIA ESTHER FERRUFINO v. de PARADA, JUEZ SEGUNDO
DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL,
HACE SABER: que en este Juzgado se ha presentado la Licenciada
GILMA YOLANDA VASQUEZ SANCHEZ como Agente Auxiliar
de la Procuraduría General de República, promoviendo Diligencias
de Título Supletorio como representante de la señora IRMA FUNES
CASTELLON, de cuarenta y cinco años de edad, de ofi cios domésticos,
con domicilio en el Cantón Las Mesas Caserío La Majada, Municipio
de Sesori, departamento de San Miguel, y DICE: que su poderdante
es dueña y actual poseedora desde hace más de treinta años, en forma
quieta, pacífi ca e ininterrumpida sin proindivisión con ninguna persona
de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón Las Mesas
Caserío La Majada Municipio de Sesori, Departamento de San Miguel,
de la capacidad superfi cial de SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y
CUATRO METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguien-
tes: AL ORIENTE, de ciento setenta y cuatro metros y linda con JOSE
ARANA cerco de alambre propio del colindante; AL NORTE, cuarenta
metros cuadrados y linda con LEONOR ARGUETA cerco propio de la
solicitante; AL PONIENTE, ciento setenta y cuatro metros cuadrados y
linda con LEONOR ARGUETA, cerco de alambre de la colindante; AL
SUR, treinta y dos metros cuadrados y linda con JOSE ARANA, cerco
propio del colindante, en dicho inmueble existe construida una casa de
sistema mixto que mide cuatro metros de ancho por cinco metros de lar-
go. Lo hubo por compra que le hizo al señor SANTIAGO ORELLANA
ARGUETA, y lo valúa en la cantidad de VEINTE MIL COLONES, que
por carecer de documento inscrito en el registro respectivo pide se le
extienda a su favor Título Supletorio para los efectos de ley.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las nueve
horas veintidós minutos del día tres de septiembre del dos mil tres. Dra.
MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO
DE LO CIVIL.- Lic. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 1754-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE
CHALATENANGO, AL PUBLICO,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado el Licenciado
CESAR HUMBERTO ZAMORA, comisionado por el señor Procurador
General de la República, como Agente Auxiliar de la misma, para tra-
mitar diligencias de Titulación a favor de la señora NIEVES URBINA
SERRANO, en la que solicita TITULO DE PROPIEDAD de un inmueble
de naturaleza rústica, hoy urbana, situado en Colonia Veracruz de esta
ciudad, de una extensión superfi cial, de NOVECIENTOS CUAREN-
TA Y CINCO METROS CUADRADOS CON TRECE DECIMETROS
CUADRADOS, cuya descripción es la siguiente; AL NORTE: entres
tramos: el primero de oriente a poniente mide once metros cincuenta
centímetros el segundo de Norte a Sur mide siete metros, el tercero de
oriente a poniente mide cuarenta metros; colinda en todos los tramos
con resto del inmueble general, propiedad del compareciente, divididos
en todos los rumbos por cerco de alambre; AL ORIENTE: mide catorce
metros, colinda con JUAN FRANCISCO ALVARENGA y OSCAR
LARA, camino vecinal de por medio; AL SUR, mide cuarenta y ocho
metros con cincuenta centímetros, colinda con resto de inmueble general,
propiedad del compareciente divididos por cerco de alambre propio del
inmueble que se describe; y AL PONIENTE: mide trece metros, colinda
con FERNANDO RIVERA, calle pública de por medio que conduce de
Chalatenango a Concepción Quezaltepeque, hasta llegar al punto donde
se comenzó la presente demarcación. Este inmueble no tiene cargas o
Derecho Reales de ajena pertenencia, no es dominante ni sirviente, ni
está en proindivisión con nadie, y lo valora en la cantidad de DOCE
MIL COLONES, y lo adquirió por compra que hiciere al señor FELIPE
URBINA SERRANO, los colindantes son de este domicilio.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos
Legales correspondientes.
Alcaldía Municipal: Chalatenango, a los veinticuatro días del mes
de septiembre del año dos mil tres. Dr. EDUARDO ENRIQUE COTO
SALES, ALCALDE MUNICIPAL.- CECY MARLENY ROSA DE
SOLORZANO, SECRETARIA MUNICIPAL.
Of. 3 v. alt. No. 1755-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE
CHALATENANGO, AL PUBLICO,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado el Licenciado
CESAR HUMBERTO ZAMORA, comisionado por el señor Procurador
General de la República, como Agente Auxiliar de la misma, para trami-
tar diligencias de Titulación a favor de la señora ADELA CORDOVA
DE CORDOVA, en la que solicita TITULO DE PROPIEDAD de un
inmueble de naturaleza rústica, hoy urbano, situado en lugar denominado
“POTRERO DEL PUENTE” hoy, Colonia Veracruz de esta ciudad, de
una extensión superfi cial de DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS METROS
CUADRADOS, cuya descripción es la siguiente; AL ORIENTE: mide
veintiocho metros, colinda con propiedad del señor JUAN FRANCISCO
RAMIREZ CUELLAR y HORTENSIA DE ALEMAN, cerco de piña
propio del inmueble que se describe de por medio; AL NORTE: mide
quince metros, colinda con propiedad de FRANCISCO ALVARENGA,
camino de por medio que conduce a una fuente de agua; AL PONIENTE:
mide veintitrés metros, colinda con propiedad de ADELA CORDOVA,
divididos por tela metálica propiedad de la colindante; AL SUR: mide
ocho metros, colinda con propiedad del señor JUAN FRANCISCO
RAMIREZ CUELLAR, Calle Nacional de por medio que conduce a
San Salvador. Este inmueble no tiene cargas o derechos reales de ajena
pertenencia, no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión con
nadie, y lo valora en la cantidad de DIEZ MIL COLONES, y lo adqui-
rió por compra que hiciere al señor JUAN FRANCISCO RAMIREZ
CUELLAR, los colindantes son de este domicilio.
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65DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos
Legales correspondientes.
Alcaldía Municipal: Chalatenango, a los veinticuatro días del mes
de septiembre del año dos mil tres.- Dr. EDUARDO ENRIQUE COTO
SALES, ALCALDE MUNICIPAL.- CECY MARLENY ROSA DE
SOLORZANO, SECRETARIA MUNICIPAL.
Of. 3 v. alt. No. 1756-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE
CHALATENANGO, AL PUBLICO,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado el Licenciado
CESAR HUMBERTO ZAMORA, comisionado por el señor Procura-
dor General de la República, como Agente Auxiliar de la misma, para
tramitar diligencias de Titulación a favor de la señora MARIA ELVIRA
URBINA MARTINEZ DE CORDOVA, en la que solicita TITULO DE
PROPIEDAD de un inmueble de naturaleza rústica, hoy urbano, situado
en lugar denominado Colonia Veracruz de esta ciudad, de una exten-
sión superfi cial de TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO METROS
CUADRADOS, cuya descripción es la siguiente; AL NORTE: mide
cuarenta y un metros, colinda con resto del inmueble general, propiedad
del compareciente, divididos por cerco de alambre propio del inmueble
que se describe: AL ORIENTE: mide siete metros, colinda con NIE-
VES URBINA SERRANO, divididos por cerco de alambre propio del
inmueble que se describe; AL SUR: mide cuarenta metros, colinda con
NIEVES URBINA SERRANO, divididos por cerco de alambre propio
del inmueble que se describe, y AL PONIENTE: mide once metros,
colinda con FERNANDO RIVERA, calle pública de por medio que
conduce de Chalatenango a Concepción Quezaltepeque, hasta llegar al
punto de donde se comenzó la presente demarcación. Este inmueble no
tiene cargas o derechos reales de ajena pertenencia, no es dominante ni
sirviente, ni está en proindivisión con nadie, y lo valora en la cantidad de
DOCE MIL COLONES, y lo adquirió por compra que hiciere al señor
FELIPE URBINA SERRANO, los colindantes son de este domicilio.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos
Legales correspondientes.
Alcaldía Municipal: Chalatenango, a los veinticuatro días del mes
de septiembre del año dos mil tres. Dr. EDUARDO ENRIQUE COTO
SALES, ALCALDE MUNICIPAL.- CECY MARLENY ROSA DE
SOLORZANO, SECRETARIA MUNICIPAL.
Of. 3 v. alt. No. 1757-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: que a esta Alcaldía se ha presentado la Bachiller
GLORIA YANIRA MENA HERNANDEZ, en su calidad de Agente
Auxiliar del señor Procurador General de la República, representando al
señor DOMINGO MEJIA, solicitando a favor de su representado Título
de Dominio, de un inmueble de naturaleza, urbana, situada en los Subur-
bios del Barrio La Cruz, Santo Domingo, Departamento de San Vicente,
de una extensión superfi cial de SETECIENTOS CUATRO METROS
CUADRADOS DIECISIETE CENTIMETROS CUADRADOS, con los
siguientes colindantes: AL NORTE, con MARIA DOLORES MEJIA;
AL ORIENTE, con ANTONIA GARCIA, vía férrea, camino vecinal
de por medio; al SUR, con VICTOR MANUEL MEJIA, al PONIEN-
TE, con LUCIA MARTINEZ VIUDA DE MEJIA. El inmueble antes
descrito lo obtuvo por Donación que le hizo su madre SEBASTIANA
MEJIA, estima el inmueble en la cantidad de CIEN MIL COLONES
EXACTOS.
Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Alcaldía Municipal: Santo Domingo, veintiséis de agosto de dos
mil tres. JORGE ALBERTO ARGUETA MALDONADO, ALCAL-
DE MUNICIPAL.- FLOR DE MARIA RODRIGUEZ, SECRETARIA
MUNICIPAL.
Of. 3 v. alt. No. 1758-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: que a esta Alcaldía se ha presentado el señor
JOSE ALIRIO BELTRAN GARCIA, mayor de edad, Abogado de los
domicilios de San Salvador y de Cojutepeque, portador de su Documento
Unico de Identidad número: cero dos millones noventa mil novecientos
cincuenta y dos guión cinco, solicitando en nombre y representación de
los señores: MARIO ORLANDO PEREZ, de cuarenta y nueve años de
edad, empleado, casado, con Documento Unico de Identidad número:
cero un millón novecientos setenta y cinco mil trescientos dieciocho guión
uno; MARTA LUZ PEREZ DE HUEZO, de cuarenta y siete años de
edad, comerciante, casada, con Documento Unico de Identidad número:
cero cero ochocientos cincuenta y ocho mil doscientos cincuenta y cuatro
guión tres; ANA MARIA PEREZ ALVARENGA, de cuarenta y cuatro
años de edad, de ofi cios domésticos, soltera, con Documento Unico de
Identidad número: cero un millón trescientos ochenta y cuatro mil nove-
cientos ochenta y nueve guión cinco; ESTELA DEL CARMEN PEREZ
DE CACERES, de treinta y cuatro años de edad, de ofi cios domésticos,
casada, con Documento Unico de Identidad número: cero cero quinientos
cuarenta y nueve mil quinientos cuarenta y seis guión dos; a efecto de que
se extienda TITULO MUNICIPAL a favor de los señores antes expresa-
dos, respecto de un inmueble de naturaleza urbana, situado en Barrio El
Centro, Media Cuadra al Oriente del Grupo Escolar, jurisdicción de San
Ramón, Departamento de Cuscatlán, de una extensión superfi cial de UN
MIL SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS, que
tiene las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE, mide sesenta y
cinco metros colinda con MARIA ANITA PEREZ e ISABEL PEREZ;
AL PONIENTE, mide cuarenta y un metros, lindando con JOSEFINA
PEREZ BELTRAN; AL ORIENTE, mide quince metros y linda con
JOSE ANGEL HERNANDEZ; y AL SUR, mide cincuenta y dos metros
y colinda con JUAN NEPOMUCENO BELTRAN e ISABEL PEREZ
MORALES. El inmueble antes descrito no tiene nombre especial alguno,
no es predio dominante ni sirviente, no se encuentra en proindivisión
con ninguna otra persona y lo obtuvieron por herencia dejada por la
señora, MARIA CARMEN PEREZ BELTRAN, conocida por MARIA
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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
CARMEN PEREZ, MARIA DEL CARMEN PEREZ y por CARMEN
PEREZ, con quien les une parentesco familiar con la antecesora, que
unida la posesión material con su antecesora desde hace más de diez
años, consecutivos y sin ninguna interrupción de ninguna persona y lo
valora en OCHO MIL COLONES, no es sirviente ni dominante, no tiene
cargas ni derechos reales que pertenece a ninguna persona.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
ley.
Alcaldía Municipal: San Ramón, veinticinco de septiembre del
año dos mil tres. TULIO SURIA LOPEZ, ALCALDE MUNICIPAL.-
MAURA DANIA ROSALES DE B., SECRETARIA MUNICIPAL.
Of. 3 v. alt. No. 1759-2
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
Los infrascritos Jueces de la Cámara Segunda de Primera Instancia de la
Corte de Cuentas de la República, de conformidad con el artículo 63 de
la Ley Orgánica de esta Institución, EMPLAZAN a la señora JUANA
CECILIA CORNEJO PEREZ o a su representante, para que dentro
de los cinco días siguientes al de la última publicación de este edicto
comparezca a manifestar su derecho de defensa, en el Juicio de Cuen-
tas que se le sigue por su actuación como Encargado de Préstamos del
Instituto Nacional del Café (INCAFE), durante el período comprendido
del veintitrés de marzo al veinticuatro de septiembre de mil novecientos
noventa y cuatro.
Dicho Juicio tiene como base el Pliego de Reparo No. II-EA-057-
2002 por la cantidad de CUATROCIENTOS OCHO MIL TRESCIEN-
TOS OCHENTA Y CUATRO COLONES CON OCHENTA Y TRES
CENTAVOS (¢408,384.83), o su equivalente de CUARENTA Y SEIS
MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS DOLARES CON CINCUENTA
Y CINCO CENTAVOS DE DOLAR ($46,672.55).
Librado en la Cámara Segunda de Primera Instancia de la Corte
de Cuentas de la República, San Salvador a las catorce horas con diez
minutos del día uno de septiembre del año dos mil tres.
Lic. MANUEL ENRIQUE ESCOBAR MEJIA,
JUEZ PRIMERO.
Lic. ERIC ALEXANDER ALVAYERO CHAVEZ,
JUEZ SEGUNDO.
Lic. ANA IMELDA MARQUEZ DE DEL CID,
SECRETARIO DE ACTUACIONES.
Of. 3 v. alt. No. 1760-2
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: que por resolución de este Juzgado a las quince horas con diez minutos del día veintiuno de enero del dos mil dos; se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su últi-mo domicilio, el día treinta de diciembre de mil novecientos noventa y nueve, dejó SALVADOR GUZMAN GUZMAN o SALVADOR GUZMAN Y GUZMAN, de parte de los menores KARLA MARISELA, SALVADOR AMILCAR y MARVIN EDUARDO todos de apellidos GUZMAN OSORIO y de la señora LEONOR GUZMAN MACHADO conocida por LEONOR GUZMAN MACHADO viuda DE GUZMAN y por LEONOR GUZMAN MEJIA, los primeros como hijos del causante y la última como madre de éste. Y se confi ere a los aceptantes antes mencionados la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente; debiendo los menores antes mencionados ejercer sus derechos a través de su madre y representante legal señora MAYRA ESTELA OSORIO ROSA.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las diez horas con cincuenta y tres minutos del día catorce de febrero del dos mil dos. Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1701-3
El infrascrito Juez, al público para los efectos de ley,
AVISA: que por resolución de las once horas y cinco minutos del día diecisiete de este mes, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó FERNANDO MEJIA, quien falleció el día veintitrés de julio de mil novecientos ochenta y ocho, en el Cantón San Antonio Arriba de Santiago Nonualco, su último domicilio, por parte de JOSEFINA MEJIA conocida por JOSEFINA MEJIA DE LOPEZ, en concepto de hija del causante; y se ha nombrado a la aceptante, en el concepto expresado, interinamente, administradora y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veinticuatro de febrero del año dos mil tres. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1702-3
DE TERCERA PUBLICACIÓN
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67DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN
JOSE MANUEL CHAVEZ LOPEZ, Juez de Primera Instancia de este
Distrito Judicial.
HACE SABER: que en este Juzgado se ha presentado el Licenciado
HUGO SIGFRIDO BERRERA, en su carácter de Apoderado General Ju-
dicial de ALMA MIRIAN MENENDEZ DE LANDAVERDE, LUIS AL-
BERTO LANDAVERDE MONTOYA, ANA INGRID LANDAVERDE
MENENDEZ y CLAUDIA JEANNETTE LANDAVERDE DE
AMAYA, pidiendo se declare la Muerte Presunta de LUIS ALBERTO
LANDAVERDE PORTAL, mayor de edad, Agrónomo, originario de
Quezaltepeque, departamento de La Libertad, del domicilio de Ilobasco,
departamento de Cabañas, lugar de donde desapareció, ignorándose su
paradero desde el mes de abril de mil novecientos noventa y cuatro, no
obstante haberse hecho todas las diligencias pertinente y necesarias em-
pleando todos los recursos necesarios para dar con su paradero, resultando
vanas e infructuosas, habiendo transcurrido desde el desaparecimiento
de LUIS ALBERTO LANDAVERDE PORTAL más de cinco años,
por lo que vienen a solicitar se declare muerte presunta al expresado
señor LUIS ALBERTO LANDAVERDE PORTAL, y se les dé la
posesión provisional de los bienes del desaparecido; en consecuencia,
por este medio se cita por tres veces al desaparecido LUIS ALBERTO
LANDAVERDE PORTAL, a fi n de que, caso no hubiere fallecido, se
presente a este Juzgado o manifi este el lugar de su residencia.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, departamen-
to de Cabañas, del día dieciocho de septiembre de dos mil tres. Lic. JOSE
MANUEL CHAVEZ LOPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Br.
CELIO GERMAN MENJIVAR ROMERO, SECRETARIO.
1 v. No. 33625
JOSE NAPOLEON DOMINGUEZ ESCOBAR, Notario, de este domi-
cilio, con Ofi cina en Avenida Doctor Emilio Alvarez, Centro Profesional
San Francisco, local número Diez; Colonia Médica, San Salvador, al
público para los efectos de ley,
HACE SABER: que por resolución del Suscrito Notario, proveída
a las nueve horas del día veinticinco de septiembre del corriente año, se
ha declarado a los señores JOSE ERNAN CORTES conocido por JOSE
HERNAN CORTEZ ROSALES, MARIA MILAGRO CORTES DE
JIMENEZ y ROSA ELIA CORTEZ DE RODRIGUEZ o ROSA ELIA
CORTES DE RODRIGUEZ, herederos defi nitivos con benefi cio de in-
ventario, de los bienes que a su defunción a las cuatro horas con treinta
minutos del día veintiocho de mayo del corriente año, en el Hospital
Nacional Zacamil de la ciudad de Mejicanos, dejó en forma intestada
la señora URSULA CORTEZ conocida por URSULA CORTES, en sus
calidades de hijos del referido causante. Confi riéndose a dichos señores
la Administración, y Representación defi nitiva de la Sucesión.
Librado en San Salvador, a los veinticinco días del mes de sep-
tiembre del año dos mil tres.
Lic. JOSE NAPOLEON DOMINGUEZ ESCOBAR,
NOTARIO.
1 v. No. 33623
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Al público
para los efectos de ley,
HACE SABER: que por resolución de este Juzgado pronunciada a
las nueve horas de este mismo día y del corriente año, ha sido Declarada
Heredera Defi nitiva con benefi cio de inventario de los bienes intestados
que a su defunción dejara el señor JULIO FLORES RIVAS, quien falleció
el día treinta y uno de diciembre de dos mil uno, en esta ciudad siendo
éste su último domicilio; a la señora MARIA ANTONIA BUSTOS DE
FLORES, ésta actuando en su calidad de cónyuge sobreviviente del
mencionado causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que
en dicha sucesión y en abstracto le correspondía a la señora FIDELINA
RIVAS y ésta como madre del referido causante.
Se le ha conferido a la heredera declarada la administración y
representación defi nitiva de la expresada sucesión.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las nueve
horas y quince minutos del día treinta y uno de julio de dos mil tres.
Lic. OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRI-
MERA INSTANCIA.- Lic. JUANA DE JESUS FIGUEROA COCA,
SECRETARIA.
1 v. No. 33628
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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: que por resolución dictada por este Tribunal a
las doce horas con cinco minutos de este día, ha sido declarada HERE-
DERA DEFINITIVA Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO de la
herencia intestada que a su defunción dejó el señor JORGE GARCIA
GUTIERREZ, conocido por JORGE GUTIERREZ GARCIA, fallecido
el día veinticuatro de marzo de mil novecientos ochenta y dos, en Ba-
rrio El Centro de esta Ciudad, Departamento de San Miguel su último
domicilio; la señora ANA IRLANDA GUTIERREZ GALDAMEZ, en
concepto de hija del causante. Habiéndosele conferido la administración
y Representación Defi nitiva de la Sucesión.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios, a
las doce horas y diez minutos del día veintidós de septiembre del año
dos mil. Lic. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA. Br. JOSE FRANCISCO VELASQUEZ DIAZ,
SECRETARIO.
1 v. No. 33605
MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
AVISA: que por resolución proveída por este Juzgado a las nueve
horas del día veinte de agosto del corriente año; se ha declarado heredero
defi nitivo Ab-intestato con benefi cio de inventario, de la herencia intestada
que a su defunción dejó la señora, ANTONIA GOMEZ, fallecida a las
diecinueve horas del día catorce de junio de mil novecientos noventa
y siete, en la ciudad de San Salvador, siendo la ciudad de Acajutla su
último domicilio, al señor RICARDO EMILIO ORTIZ GOMEZ, en su
calidad de hijo, de la causante antes mencionada; por lo que se le ha
conferido a dicho aceptante, la administración y representación defi nitiva
de la indicada sucesión.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a los veinte
días del mes de agosto del dos mil tres. Lic. MELIDA DEL TRANSITO
GONZALEZ ORELLANA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic.
ELSA CORALIA RAMIREZ LEIVA, SECRETARIO.
1 v. No. 33570
ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,
al público para los efectos de ley,
HACE SABER: que por resolución de las nueve horas y treinta
minutos de este día, se ha declarado a los señores LUCIA DE LA CRUZ
MORALES MONTANO, y JUAN ANTONIO MORALES MONTANO,
quienes son de cuarenta y seis y treinta y ocho años de edad respecti-
vamente, ofi cios domésticos y Empleado por su orden, la primera de
este domicilio y el segundo del domicilio de Apopa, departamento de
San Salvador, herederos abintestato con benefi cio de inventario de los
bienes que a su defunción dejó la señora PAULA ADELA MONTANO
o ADELA MONTANO DE MORALES o ADELA MONTANO, quien
fue de setenta y tres años de edad, de ofi cios domésticos, viuda, de este
domicilio, habiendo fallecido el día doce de julio de mil novecientos
noventa y nueve, accidentalmente en el Hospital Neumológico de la
ciudad de San Salvador, siendo la ciudad de San Vicente, el lugar de
su último domicilio, en concepto de hijos de la causante; y se les ha
conferido a los herederos declarados, la administración y representación
defi nitivas de la sucesión.
Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los diez días del mes de
septiembre del año dos mil tres. Dra. ANA FELICITA ESTRADA,
JUEZ DE LO CIVIL. Br. TATIANA ARMIDA MEJIA HENRIQUEZ,
SECRETARIO INTERINO.
1 v. No. 33579
JORGE ALBERTO SOMOZA ALFARO, Notario, del domicilio de
Sonsonate, con Ofi cina situada en Sexta Avenida Sur, Número Dos guión
Seis, Barrio El Angel, Sonsonate, al público en general,
HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, de las
nueve horas del día diecisiete de julio del corriente año, se han declara-
do herederos benefi ciarios abintestato del Causante JUAN ANTONIO
SOLORZANO, fallecido el día veintiocho de octubre del año dos mil
dos, en el Cantón Sihuapilapa, Jurisdicción de Teotepeque, Departamento
de La Libertad, su último domicilio, a la señora MARIA AUDULIA
CASTRO QUINTANILLA, conocida por MARIA AUDULIA CASTRO,
y al menor MANUEL ANTONIO CASTRO SOLORZANO, la primera
en su carácter de Compañera de Vida del causante y cono Cesionaria
de los Derechos Hereditarios que en dicha sucesión correspondían a
CELESTINA SOLORZANO, en concepto de Madre sobreviviente del
Causante y las señoritas MARIA GLADIS CASTRO SOLORZANO y
BLANCA ARELY CASTRO SOLORZANO, en concepto de hijas sobre-
vivientes del causante; y el segundo en su carácter de hijo sobreviviente
del Causante. Y se les ha conferido la administración y representación
defi nitivas de la sucesión.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
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69DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
Librado en la ofi cina del Doctor JORGE ALBERTO SOMOZA ALFARO, Sonsonate, a los veintiocho días del mes de julio del año dos mil tres.
JORGE ALBERTO SOMOZA ALFARO,
NOTARIO.
1 v. No. 33576
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley;
HACE SABER: que por resolución de las once horas y cinco mi-nutos del día quince de agosto de este año, se ha declarado a la señora SARA AMELIA AREVALO o SARA AMELIA AREVALO DE RIVAS o SARA AREVALO, heredera benefi ciaria e intestada de los bienes dejados a su defunción por ISELA MAYBEL RIVAS AREVALO, quien falleció el día trece de julio de mil novecientos noventa y tres, en el Hospital Primero de Mayo del Seguro Social, habiendo tenido como último domicilio esta ciudad, en concepto de madre de la causante y como cesionaria del derecho hereditario que le correspondía al señor BALTAZAR RIVAS SOMOZA o BALTAZAR RIVAS, padre de la causante; y se ha conferido a la heredera que se declara, en el carácter anteriormente mencionado, la administración y representación defi nitiva de la sucesión.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, ocho de septiembre del año dos mil tres. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
1 v. No. 33584
ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ, Juez de lo Civil Interino de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley;
HACE SABER: que hoy ha declarado a la señora MARIA ANTONIA HENRIQUEZ, heredera benefi ciaria e intestada en la sucesión de la causante MANUELA HENRIQUEZ, quien falleció el día nueve de febrero de mil novecientos treinta y cuatro, en el Barrio Santa Lucía de esta ciudad, su último domicilio; en concepto de hija de la causante. La heredera declarada, tiene la administración y representación defi nitivas de la sucesión.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, 28 de agosto del 2003.- Lic. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO. JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
1 v. No. 33585
ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil del Distrito Judicial de
San Vicente, al público para los efectos de ley.
AVISA: que por resolución de las nueve horas cuarenta minutos de
este día, se han declarado herederos abintestato con benefi cio de inventario
de los bienes hereditarios que a su defunción dejó el señor Carlos Antonio
Solórzano, quien fue conocido por Carlos Antonio Solórzano Ayala y
por Carlos Antonio Ayala Solórzano, quien fue de sesenta y nueve años
de edad, Granjero Agricultor, casado, e hijo de los señores Juan José
Solórzano y Josefi na Ayala, fallecido en Brisbane, Estado Queensland,
Australia, el día dieciocho de Junio de mil novecientos noventa y dos,
siendo originario y del domicilio de San Esteban Catarina de este dis-
trito judicial, a los señores: María Cecilia Ticas viuda de Solórzano, de
setenta y cinco años de edad, de ofi cios del hogar; José Edin Solórzano
Ticas, de cincuenta y cinco años de edad, Agrónomo; Carlos Humberto
Solórzano Ticas, de cincuenta y un años de edad, Agrónomo; Zulma
Argentina Solórzano de cuarenta y ocho años de edad, Doctora en Me-
dicina; y Alma Rosina Solórzano de Báker, de cuarenta y tres años de
edad, Técnica en Productividad Industrial, todos del domicilio actual
de la ciudad de Brisbane, Estado Queensland, Australia, la primera en
su calidad de cónyuge sobreviviente y el resto como hijos del causante;
y se les ha conferido a los herederos declarados, la administración y
representación defi nitivas de la sucesión.
Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las diez horas veinte minu-
tos del día siete de agosto del año dos mil tres. Dra. ANA FELICITA
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE
SALINAS, SECRETARIO.
1 v. No. 33577
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA.
AVISA: que por resolución proveída a las ocho horas y dos minu-
tos del día veinticuatro de septiembre del presente año; SE DECLARO
HEREDERA DEFINITIVA ABINTESTATO CON BENEFICIO DE
INVENTARIO, a la señora ANA ELIZABETH MUNGUIA, de treinta y
seis años de edad, Empleada, de los domicilios de: Los Angeles, Estado
de California, Estados Unidos de Norteamérica, y de Zacatecoluca, en
calidad de hija de la causante; de la herencia intestada que a su defunción
dejó la señora DORA DE LA CRUZ MUNGUIA conocida por CRUZ
MUNGUIA, quien fue de treinta y siete años de edad, Costurera, Soltera,
fallecida el día siete de febrero de mil novecientos ochenta y tres, siendo
la ciudad de Apopa su último domicilio.
Y se le confi rió a la heredera declarada en el carácter indicado, la
Administración y Representación Defi nitiva de los bienes de la suce-
sión.
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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las ocho horas y
diecisiete minutos del día veinticuatro de septiembre del año dos mil
tres. Dra. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS,
JUEZ DE LO CIVIL.- Licdo. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ,
SECRETARIO.
1 v. No. 33521
VICTOR MANUEL CARCAMO GONZALEZ, Notario, de los domi-
cilios de San Salvador y esta Ciudad, con Despacho Notarial ubicado en
Segunda Avenida Sur, número uno-ocho, Edifi cio Arcocentro, Segundo
Nivel, Local número dieciséis, de esta Ciudad,
HACE SABER: que por resolución del Suscrito Notario proveída
a las ocho horas treinta minutos del día veintisiete de los corrientes, se
ha declarado al señor WILLIAN ALBERTO NAVIDAD MERINO,
Heredero Defi nitivo Abintestato, con benefi cio de Inventario de los
Bienes que a su defunción ocurrida en el Cantón El Cimarrón, de la
Ciudad y Puerto de La Libertad, lugar también de su último domicilio,
el día veinticinco de diciembre de dos mil dos, dejó el señor PEDRO
JOSE ANGEL MERINO CENTENO, en su calidad de hijo y como
único Heredero del causante, habiéndosele conferido la Representación
y Administración Defi nitiva de la referida sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en la Ciudad de Nueva San Salvador, a los veintisiete días
del mes de septiembre de dos mil tres.
VICTOR MANUEL CARCAMO GONZALEZ,
NOTARIO.
1 v. No. 33565
OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA.
HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado a
las ocho horas cuarenta minutos del día dos de septiembre del año dos
mil tres, se ha Declarado Defi nitivamente Heredero y con benefi cio de
inventario, de la herencia intestada que a su defunción dejó la señora
MARIA SANTOS PARADA, conocida por SANTOS PARADA, quien
fue de ochenta y dos, soltera, de ofi cios domésticos, originaria y del do-
micilio de Cantón Azacualpia de Joco, Nueva Granada, Departamento de
Usulután, de nacionalidad salvadoreña; quien falleció el día veintisiete de
noviembre de mil novecientos noventa y nueve, en el Cantón Azacualpia
de Joco, Nueva Granada, siendo éste su último domicilio; de parte de el
señor PEDRO PARADA, en su calidad de hijo de la causante.
Confi érese al heredero declarado en el carácter indicado la Ad-
ministración y Representación Defi nitiva de la Sucesión. Publíquese el
aviso de ley, y oportunamente extiéndase la certifi cación solicitada.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:
JUCUAPA, a las nueve horas quince minutos del día dos de septiem-
bre del año dos mil tres. Lic. OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. RODOLFO ANTONIO CASTRO,
SECRETARIO.
1 v. No. 33555
JOSE ELIAS OCHOA IGLESIAS, Notario de este domicilio y de
Usulután, con Ofi cina ubicada sobre la Primera Calle Oriente Número
trescientos once, Barrio El Calvario, de la ciudad de San Miguel,
HACE SABER: que por resolución del Suscrito Notario, proveída a
las once horas con treinta minutos del día dos de junio del corriente año,
se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la
herencia intestada que a su defunción, en San Antonio Silva, departamento
de San Miguel, el día veintidós de febrero del corriente año, dejara la
señora LEONOR LAZO DE UMAÑA o LEONOR LAZO AYALA
DE UMAÑA, de parte del señor JOSE FELIPE UMAÑA LAZO, en
su concepto de hijo sobreviviente de la causante, habiéndose conferido
la administración y representación defi nitiva de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida
ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
En la ciudad de San Miguel, a los veinticinco días del mes de agosto
de dos mil tres.
Lic. JOSE ELIAS OCHOA IGLESIAS,
NOTARIO.
1 v. No. 33552
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71DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
ROSA GUADALUPE SILVA NIEVES, Notario de este domicilio, al
público en general,
HACE SABER: que por resolución proveída en esta ciudad, a las
diez horas del día veintisiete de septiembre del presente año, se ha decla-
rado a la señora ANA MARIA MERCADO AMAYA DE COLINDRES
conocida por ANA MARIA DE COLINDRES, Heredera Defi nitiva con
Benefi cio de Inventario de la Herencia Testamentaria que a su defunción
ocurrida en la ciudad de San Salvador, su último domicilio, el día cinco
de junio del año dos mil tres, dejó el señor RAFAEL CRISTOBAL
PAULINO COLINDRES SELVA conocido por RAFAEL COLINDRES
SELVA, en concepto de Cónyuge Sobreviviente del referido causante,
habiéndosele conferido a dicha Heredera la Administración y Represen-
tación Defi nitivas de la sucesión.
Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley.
Librado en las ofi cinas situada en Residencial San Luis, Avenida
dos, Block diez, número cuarenta y nueve, San Salvador, a los veintiocho
días del mes de septiembre del año dos mil tres.
Lic. ROSA GUADALUPE SILVA NIEVES,
NOTARIO.
1 v. No. 33493
BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, Juez Segundo de Primera
Instancia Suplente de este Distrito Judicial. Al Público para los efectos
de Ley,
HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las catorce
horas y cuarenta minutos del día cinco de Septiembre del corriente año.
SE HA DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA, a la señora BAL-
BINA DIAZ DE PEREIRA, de la Herencia Intestada que a su defunción
dejó el señor ADGUSTO DE JESUS DIAZ, conocido por AUGUSTO
DE JESUS DIAZ; quien a la fecha de su fallecimiento fue de sesenta y
cinco años de edad, soltero, jornalero, Originario de la Villa El Rosario
y del domicilio del Cantón El Triunfo de esta ciudad, de Nacionalidad
Salvadoreña, hijo de la señora María Belisario Díaz, quien falleció
intestado a las quince horas y siete minutos del día siete de Agosto del
dos mil dos, en el Cantón El Triunfo de esta ciudad, siendo esta ciudad
lugar de su último domicilio; de parte de la señora BALBINA DIAZ DE
PEREIRA, ésta por derecho propio que le corresponde como hermana
del mencionado causante.-Confi érese a la aceptante mencionada y en
la forma establecida, la administración y Representación Defi nitiva de
la Sucesión.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Fran-
cisco Gotera a las nueve horas del día ocho de Septiembre del dos mil
tres. Lic. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZ 2o. DE 1a.
INSTANCIA SUPLENTE.- Lic. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ,
SECRETARIA.
1 v. No. 33506
HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA,
AVISA: que por resolución proveída por este Tribunal, a las catorce
horas cincuenta y seis minutos del día once de Septiembre de dos mil
tres.- Se ha DECLARADO HEREDERO DEFINITIVO TESTAMEN-
TARIO, con benefi cio de inventario, de la Herencia Testamentaria, que a
su defunción dejó el causante PABLO REVOLORIO BARGAS conocido
por PABLO REVOLORIO VARGAS y por PABLO REVOLORIO,
quien fue de ochenta y seis años de edad, Agricultor, Soltero, fallecido
a las ocho horas veinte minutos del día doce de Octubre de dos mil dos,
en el Hospital San Juan de Dios de la ciudad de Santa Ana, siendo su
último domicilio la ciudad de Chalchuapa; al señor PEDRO ANGEL
GARCIA REVOLORIO conocido por PEDRO ANGEL GARCIA, en
su concepto de Heredero Testamentario Instituido por el causante PA-
BLO REVOLORIO BARGAS conocido por PABLO REVOLORIO
VARGAS y por PABLO REVOLORIO, y además corno Cesionario
de los Derechos Hereditarios que le correspondían a la señora MARIA
TERESA GARCIA DE AVILA, en su calidad de Heredera Testamen-
taria Instituida por el expresado Causante, a quien se le ha conferido la
Administración y Representación DEFINITIVA de la Sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las quince horas
cuarenta y seis minutos del día doce de Septiembre de dos mil tres. Lic.
HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic.
HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.
1 v. No. 33512
EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO para los efectos de ley,
AVISA: que por resolución de las once horas de este día se ha
DECLARADO HEREDERO DEFINITIVO Y CON BENEFICIO DE
INVENTARIO al señor HIPOLITO RUFINO LOZANO RODRIGUEZ,
en calidad de hijo del causante señor LEONIDAS RODRIGUEZ, en la
sucesión intestada que éste dejó al fallecer el día veintiséis de junio del
dos mil tres, en el Cantón Cerro El Nanzal, jurisdicción de Santa Elena,
Departamento de Usulután, lugar que tuvo como último domicilio.
Confi riéndosele al heredero declarado la administración y representa-
ción defi nitiva de la sucesión con las facultades de ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los
veinticuatro días del mes de septiembre de dos mil tres. Lic. JOSE
ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Br. CARLOS MARIO
CEDILLOS, SECRETARIO INTERINO.
1 v. No. 33490
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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
ERNESTO ENRIQUE MENDOZA AGUILAR, Notario, de este domici-
lio, con ofi cina en Sexagésima Tercera Avenida Norte, Condominio Re-
sidencial San José de La Montaña, número Cuatro-A, en esta ciudad,
HACE SABER: que por resolución de las diez horas del doce de
este mes y año, se ha tenido por recibida expresamente con benefi cio de
inventario, la herencia intestada que dejó MARIA PETRONA MANCIA
LINARES, conocida por PETRONA MANCIA, MARIA PETRONA
MANCIA y PETRONA MANCIA LINARES, fallecida en su último
domicilio en Izalco, departamento de Sonsonate, el catorce de febrero
de este año, por OSCAR MANUEL MANCIA u OSCAR MANUEL
MANCIA LORENZANA, en calidad de hijo de la causante y cesiona-
rio de los derechos hereditarios de ROSEMBERG ANGEL MANCIA
LORENZANA y MARTA DEL CARMEN MANCIA, habiéndosele
otorgado la administración y representación interina de la sucesión, con
las facultades y reservas de Ley.
Cito pues, a quienes se crean con derecho en tales bienes, para que
se presenten, dentro de los quince días, contados desde el siguiente a su
última publicación, a dicho bufete.
Librado en San Salvador a las once horas del veintidós de septiembre
de dos mil tres.
ERNESTO ENRIQUE MENDOZA AGUILAR,
NOTARIO.
1 v. No. 33602
ADAN ULISES SOLORZANO, Notario, con Ofi cina Jurídica situada en
Calle Dolores Martell, Barrio El Calvario, Departamento de Chalatenango,
al público para los efectos de ley,
HACE SABER: que por resolución pronunciada en esta Ofi cina, a
las diez horas del día once de septiembre del presente año, se ha tenido por
aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la señora
JUANA SANTOS MUÑOZ, la herencia intestada dejada por el señor
GUADALUPE ANTONIO SANTOS, en calidad de hermana legítima
del causante, fallecido el día uno de marzo del año dos mil dos, en la
ciudad de San Salvador, su último domicilio, habiéndosele conferido la
administración y representación interina de los bienes del causante, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Cítase a toda persona que se crea con derecho a la referida herencia,
para que dentro del término de quince días comparezcan ante el Suscrito
Notario, a manifestar si acepta o repudia la herencia intestada dejada por
el señor GUADALUPE ANTONIO SANTOS; o a alegar igual o mejor
derecho.
Librado en la ciudad de Chalatenango, a los once días del mes de
septiembre del año dos mil tres.
Lic. ADAN ULISES SOLORZANO,
NOTARIO.
1 v. No. 32526
EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el Licencia-
do FERNANDO ARISTIDES GARAY ANDRADE, como Apoderado
General Judicial de la CAJA DE CREDITO DE SAN MIGUEL, SO-
CIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE
CAPITAL VARIABLE, que se abrevia “CAJA DE CREDITO DE SAN
MIGUEL”, del domicilio de esta Ciudad de San Miguel, demandando
en el carácter expresado en Juicio Mercantil Ejecutivo a los señores
NICOLAS VIERA VENTURA y JUSTO VIERA CABRERA, mayores
de edad, Agricultores en Pequeño, y en aquel entonces del domicilio
del Cantón San Antonio Chávez, de esta Jurisdicción de San Miguel,
ahora de los domicilios ignorados, sin que se sepan sus paraderos o si
han dejado en el país Procurador u otro Representante Legal, por lo
que se previene si lo tuviere, se presenten a este Juzgado dentro de los
quince días siguientes a la publicación del último aviso, comprobando
tal circunstancia.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a las doce
horas y veinte minutos del día once de septiembre de dos mil tres. Lic.
EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.
Lic. JULIO CESAR CAMPOS BRAN, SECRETARIO.
1 v. No. 33606
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73DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS
EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: que en el JUICIO CIVIL ORDINARIO DE NULI-
DAD, promovido por el Abogado GENARO SANCHEZ GUARDADO
como Apoderado de la señora MARIA CONCEPCION DIAZ, en contra
del señor SECUNDINO ALVAREZ RIVERA, según escrito presentado
en este Juzgado el día cinco de septiembre del presente año, el Abogado
Sánchez Guardado manifi esta que ignora el paradero actual del señor
Secundino Alvarez Rivera en vista de que no ha sido posible emplazar
personalmente a dicho señor, ignorando también si ha dejado Procurador
o Representante Legal que lo represente en juicio, en vista de lo anterior
solicita en base al Art. 141 Pr.C., se le nombre un Curador Especial para
que lo represente en el presente Juicio ya iniciado en su contra.
En consecuencia se previene, que si el referido ausente no declarado
tuviese Procurador o Representante Legal, se presente éste a comprobar
dicha circunstancia dentro de los quince días subsiguientes a la tercera
publicación de este aviso.
LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San
Salvador, a las nueve horas con treinta minutos del día diecinueve de
septiembre del año dos mil tres. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ
PRIMERO DE LO CIVIL. Licda. CONCEPCION PALMA CRUZ,
SECRETARIA.
1 v. No. 33549
RAMON NARCISO GRANADOS ZELAYA, Notario, de este domicilio,
con ofi cina situada en Avenida Monseñor Romero, número doscientos,
de esta ciudad,
HACE CONSTAR: que a mi ofi cina de Notario se ha presentado el
señor JOSE RAUL ARGUETA CASTILLO, de cincuenta y siete años de
edad, agricultor en pequeño, del domicilio de San Luis La Reina, depar-
tamento de San Miguel, solicitando Título Supletorio, de tres inmuebles
de naturaleza Rústica, situados, en el Cantón Hostucal, jurisdicción de
San Luis de La Reina, distrito de Sesori, departamento de San Miguel,
siendo el primero de la capacidad superfi cial de SEIS HECTAREAS
TREINTA Y SIETE AREAS, CINCUENTA Y DOS CENTIAREAS,
VEINTICINCO DECIMETROS, que linda, AL ORIENTE: con Virgilio
Cruz, cerco de alambre y brotones de jiote y tempate de por medio;
NORTE: con José Raúl Argueta, Bacilia Ventura y Juan Ochoa Carranza,
cerco de alambre propio de por medio. AL PONIENTE: con Raúl Argueta
y José Hernández, cerco de alambre medianero de por medio; y AL
SUR: con José Raúl Argueta, cerco de alambre propio de por medio;
el segundo inmueble es de la capacidad de UNA HECTAREA, SIETE
AREAS, CINCUENTA Y DOS CENTIAREAS CINCO DECIMETROS
CUADRADOS, que linda; AL ORIENTE: con Guillermo Orellana,
Raúl Argueta, Arturo Medina, y con Lucio Guevara, calle de por medio:
AL NORTE: con José Paz Beltrán, cerco de alambre propio de por
medio; AL PONIENTE: con Felix Alcides Rodríguez, Elías Portillo y
Miguel Abdón Rodríguez, cerco de alambre y quebrada de por medio;
y AL SUR: con Rosa María Argueta, carretera nacional de por medio;
y el tercer inmueble es de la capacidad de CUARENTA Y CUATRO
AREAS DIECISEIS CENTIAREAS, que linda: AL ORIENTE; con
Santos Guevara, cerco de alambre propio de por medio; AL NORTE:
con Guillermo Orellana, cerco de alambre del colindante de por medio;
AL PONIENTE: con Raúl Argueta, carretera nacional de por medio;
AL SUR: con José Indalecio Argueta y Rosa María Argueta carretera
nacional de por medio que de San Luis de La Reina conduce a Ciudad
Barrios, los colindantes viven en el mismo lugar y se valúa en la suma
de diez mil colones cada uno, y los adquirió por compra que le hizo
al señor HERMOGENES HENRIQUEZ AGUILAR, mayor de edad,
agricultor, del domicilio de San Luis de La Reina.
Lo que se pone del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
San Miguel, veinticinco de septiembre de dos mil tres.
Dr. RAMON NARCISO GRANADOS ZELAYA,
NOTARIO.
1 v. No. 33566
JOSE ROBERTO PACHECO ROQUE, Notario, de este domicilio, con
Despacho Profesional ubicado en la Avenida Olímpica, Condominio Villa
Olímpica, Edifi cio “B”, Local Número Cuatro, primera Planta; en esta
Ciudad; AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado, LUZ AME-
RICA HERNANDEZ RODAS, de cuarenta y cuatro años de edad, de
ofi cios del hogar, del domicilio de San Pedro Perulapán, departamento
de Cuscatlán, persona a quien no conozco, pero identifi co por medio de
su documento único de identidad número cero uno seis cero dos seis tres
cero guión siete, solicitando la tramitación ante mis ofi cios, de TITULO
SUPLETORIO, sobre el siguiente inmueble: de naturaleza rústica, si-
tuado en el Valle El Espino, de San Pedro Perulapán, departamento de
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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
Cuscatlán, siendo las medidas y colindancias siguientes son: AL NORTE
treinta y tres punto ochenta y dos metros cuadrados, linda con porción
vendida a la compradora; AL ORIENTE: Veinticuatro punto cuarenta
y seis metros cuadrados, linda con señora Argelia Morales de López;
AL SUR: CUARENTA Y DOS PUNTO SESENTA Y UN METROS
CUADRADOS, LINDA con Magdaleno Méndez y Oscar Alfaro; y AL
PONIENTE: Linda con Sebastián Hurtado y Ramón Morales, treinta
y uno punto cero un metros, de un área superfi cial de UN MIL CIEN
PUNTO OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS, El anterior te-
rreno lo adquirió la señora, por venta que le hiciera la señora ANGELA
MORALES DE LOPEZ del mismo domicilio de la compradora, quien
aún vive. El inmueble no es predio dominante, ni sirviente, no tiene
cargas o derechos reales que pertenezcan a terceras personas, y lo valúa
en la suma de CINCUENTA MIL COLONES.
Expido el presente edicto en la Ciudad de San Salvador, a los dos
días del mes de Septiembre del año dos mil tres.
Lic. JOSE ROBERTO PACHECO ROQUE,
NOTARIO.
1 v. No. 33595
AVISO DE INSCRIPCION
EL INFRASCRITO JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASO-
CIACIONES COOPERATIVAS DEL INSTITUTO SALVADOREÑO
DE FOMENTO COOPERATIVO. En cumplimiento de los Artículos
16 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas, 5 Inciso Primero
de su Reglamento y 19 literal g) del Reglamento Interno del Instituto
Salvadoreño de Fomento Cooperativo,
HACE SABER: que la ASOCIACION COOPERATIVA DE
AHORRO, CREDITO, PRODUCCION Y SERVICIOS DIVERSOS,
LOS AUSOLES, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia
“LOS AUSOLES, DE R.L.”, con domicilio legal en Nueva San Salvador,
Departamento de La Libertad, ha sido inscrita en el Registro Nacional
de Asociaciones Cooperativas bajo el número UNO folios uno frente
a folios veinte vuelto, del libro TRIGESIMO de Registro e Inscripción
de Asociaciones Cooperativas de AHORRO Y CREDITO, que lleva el
Registro Nacional de Asociaciones Cooperativas del Instituto Salvadoreño
de Fomento Cooperativo, a los veinticuatro días del mes de septiembre
de dos mil tres.
San Salvador, 24 de septiembre de 2003.
Lic. GUILLERMO ANTONIO MORAN,
JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES
COOPERATIVAS.
1 v. No. 33596
No. de Expediente: 1999002435.
No. de Presentación: 20010016318.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD INTE-
LECTUAL,
HACE SABER: que LUIS ALONSO PADILLA AGUILAR,
del domicilio de SAN SALVADOR, propietaria (o) del NOMBRE
COMERCIAL, Consistente en: LAS PALABRAS “LA CABAÑA DE
TACUBA”, ESCRITAS EN LETRAS MAYUSCULAS, cuyo País de
Origen es EL SALVADOR, inscrito al número 00133 del Libro 00007
de INSCRIPCION DE NOMBRES COMERCIALES, traspasó por ven-
ta el Nombre comercial a INVERSIONES TURISTICAS TACUBA,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE-INVERSIONES
TURISTICAS TACUBA, S.A. DE C.V., del domicilio de TACUBA,
DEPARTAMENTO DE AHUACHAPAN, de nacionalidad SALVA-
DOREÑA.
TRASPASO que se encuentra inscrito al número 00130 del Libro
00056 de RESOLUCIONES DEFINITIVAS
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
ley
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los veinte días del mes de septiembre del año dos mil
dos.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,
SECRETARIA.
1 v. No. 33613
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75DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: al público para efectos de ley, que por resolución de este Juzgado de las nueve horas del día diez de septiembre del dos mil tres. Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de los señores ROBERT ALBERT WORTHINGTON, conocido por ROBERT ALBERT WORTHINGTON AVILA, la herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora JULIA DEL CARMEN AVILA VIUDA DE WORTHINGTON conocida por JULIA CARMEN AVILA, JULIA DEL CARMEN AVILA DE WORTHINGTON y por JULIA DEL CARMEN AVILA, quien era de sesenta y nueve años de edad, de ofi cios del hogar y falleció en esta ciudad el día trece de marzo de mil novecientos ochenta y dos, siendo esta ciudad lugar de su último domicilio, aceptación que hace el señor antes señalado en su calidad de hijo. Y se ha conferido al aceptante la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de la herencia yacente.
Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN SALVADOR, a las diez horas del día veintidós de Septiembre del dos mil tres. Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. 33513-1
ELSA IRMA GONZALEZ DE HENRIQUEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE SOYAPANGO,
HACE SABER: que por resolución proveída, a las nueve horas veinte minutos del día ocho de julio de dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la sucesión intestada que a su defunción dejó el causante OSCAR MANUEL VILLALTA CRUZ, de veinte años de edad, soltero, originario de Soyapango, salvadoreño, con último domicilio en Soyapango, hijo de Oscar Manuel Villalta y María Mercedes Cruz, o María Mercedes Cruz viuda de Villalta, quien falleció el veinticinco de diciembre de mil novecientos noventa y ocho; de parte de la señora MARIA MERCEDES CRUZ o MARIA MERCEDES CRUZ VIUDA DE VILLALTA, en calidad de madre del causante.
Confi érese a la aceptante la administración y representación inte-rina de la sucesión intestada, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Cítese a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Tribunal, dentro del término de ley a deducir sus dere-chos.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las doce horas del día nueve de julio de dos mil tres. Lic. ELSA IRMA GONZALEZ DE HENRIQUEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. 33515-1
ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las once horas y diez minutos del día diez de septiembre de dos mil tres; se tuvo por aceptada expresamente, y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que al fallecer el diecisiete de agosto de mil novecientos noventa y ocho, en Anamorós, departamento de La Unión, siendo dicha ciudad su último domicilio, dejó el causante Domingo Flores González a favor de Martha Lila Alvarez de Flores, por derecho propio, en su calidad de cónyuge sobreviviente, y en representación de su menor hijo Rudis Nicolás Flores; y como cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondían a Policarpo Flores Fermán, Bartola González de Flores, José Mateo Flores Alvarez y María Amparo Flores, los dos primeros en concepto de padres y los restantes en calidad de hijos del causante relacionado.
En consecuencia, se le confi rió a la aceptante, en el carácter dicho, la administración y representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, de-partamento de La Unión, a los dieciséis días de septiembre de dos mil tres.- Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SE-CRETARIO.
3 v. alt. No. 33503-1
HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL. DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.
HACE SABER: al público para los efectos de Ley, que por resolu-ción proveída por este Tribunal, a las diez horas nueve minutos del día uno de Julio de dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente, con benefi cio de inventario, la Herencia Intestada, que a su defunción ocurrida a las once horas del día cinco de febrero de dos mil dos, en el Cantón El Coco de esta jurisdicción, siendo su último domicilio la Ciudad de Chalchuapa; dejó el señor HECTOR ANTONIO CHAVEZ, quien fue de setenta y nueve años de edad, Agricultor, Casado; de parte de la señora MARCELINA RETANA DE CHAVEZ, en su concepto de Cónyuge y además como cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondían a los señores BLANCA CHAVEZ DE MARROQUIN, BENJAMIN CHAVEZ RETANA, JORGE ARMANDO CHAVEZ RE-TANA, ANTONIA MARLENI CHAVEZ RETANA, PAULA CHAVEZ RETANA, NEHEMIAS ANTONIO CHAVEZ RETANA, RICARDO DE JESUS CHAVEZ RETANA, JOSE LUIS CHAVEZ RETANA y LESBIA CHAVEZ RETANA hoy DE PINEDA, en su calidad de hijos del expresado Causante; a quien se le nombra INTERINAMENTE Administradora y Representante de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.-
Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la Heren-cia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este Edicto.
Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las ocho horas cincuenta y cinco minutos del día tres de julio de dos mil tres.- Lic. HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33501-1
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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA,
HACE SABER: al público para los efectos de Ley, que por reso-lución proveída por este Tribunal, a las ocho horas diecinueve minutos del día veintinueve de julio de dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente, con benefi cio de inventario la Herencia Intestada, que a su defunción ocurrida a las veintiuna horas cuarenta minutos del día doce de Agosto de dos mil uno, en el Cantón Cutumay Camones de la Jurisdicción de Santa Ana, siendo su último domicilio la ciudad de Chalchuapa; dejó el señor SANTOS CARLOS DERAS BERGANZA, quien fue de cincuenta y cuatro años de edad, Empleado, Soltero, de parte de la señora MAYRA JAQUELYN DERAS UMAÑA conocida por MAYRA JAQUELINE DERAS UMAÑA, y de la menor CAREN LIZET DERAS UMAÑA conocida por KAREN LISSET DERAS UMAÑA, ambas en su calidad de hijas del expresado Causante; a quienes se les nombra INTERINAMENTE Administradoras y Representantes de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente, la que ejercerá la menor CAREN LIZET DERAS UMAÑA conocida por KAREN LISSET DERAS UMAÑA, por medio de su Representante Legal señora ANA MIRIAM UMAÑA.-
Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la Heren-cia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este Edicto.
Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las diez horas veinticinco mi-nutos del día treinta de julio de dos mil tres.- Lic. HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33502-1
ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: que por resolución de las diez horas y cuarenta minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó la señora María Isaura Ramírez Peraza, fallecida a las diez horas treinta minutos del día cinco de Agosto del dos mil dos, en el Cantón Los Sitios juris-dicción de esta ciudad su último domicilio, al señor Francisco Salguero Brizuela, en carácter de cesionario de los derechos hereditarios que en la expresada sucesión correspondían a la señora Yaneth Antonia Ramírez Fuentes, ésta en concepto de hija de la mencionada causante; confi éresele al heredero declarado y en el concepto antes dicho la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Dulce Nombre de María, a los nueve días del mes de Septiembre del año dos mil tres. Lic. ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. OSCAR IMERY HERNANDEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33494-1
LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
AVISA: que este día ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada del señor ARNOLDO PALACIOS RIVERA, que falleció el treinta de mayo de este año, en el Hospital Santa Teresa de esta ciudad, su último domicilio, por parte de su madre señora MARIA FIDELINA RIVERA DE PALACIOS, y se le ha conferido la administración y representación interinas de la sucesión.-
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.-
Juzgado de lo Civil: Zacatecoluca, a los veintitrés días del mes de septiembre de dos mil tres.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33518-1
MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: al público para los efectos de ley, que por resolu-ción proveída por este Tribunal, a las catorce horas treinta minutos del día dieciséis de septiembre del corriente año; se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día tres de febrero del corriente año, a las cero horas veintiséis minutos, en el Cantón Metalío Caserío San José de esta jurisdicción, siendo su último domicilio, la Ciudad de Acajutla, dejó el señor RICARDO ANTONIO GONZALEZ JEREZ, de parte de la señora ANA BEATRIZ JEREZ DE GONZALEZ y de los menores FATIMA BEATRIZ GONZALEZ JEREZ y RICARDO ERNESTO GONZALEZ JEREZ, en su calidad de cónyuge la primera y de hijos, los restantes, del mencionado causante; se ha conferido a los aceptantes, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, la que ejercerán los menores antes mencionados, por medio de su representante legal, señora ANA BEATRIZ JEREZ DE GONZALEZ.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las quince horas cuarenta minutos del día dieciséis de septiembre del dos mil tres. Lic. MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ DE PRIME INSTANCIA. Lic. ELSA CORALIA RAMIREZ LEIVA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33578-1
EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL, Al público para los efectos de ley,
HACE SABER: que por resolución de las nueve horas y quince minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con be-nefi cio de inventario de parte del señor ANDRES ANTONIO PARADA RUIZ, en calidad de hijo del causante señor ANDRES ABELINO PA-RADA, conocido por ANDRES AVELINO PARADA, en la sucesión intestada que este dejó al fallecer el día dieciséis de noviembre de mil novecientos ochenta y tres, en la ciudad de San Miguel siendo la ciudad de Concepción Batres, de este Departamento el lugar que tuvo como último domicilio Confi riéndosele al aceptante dicho la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días a partir de la tercera publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los diez días del mes de Septiembre de dos mil tres.- Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Br. CARLOS MARIO CEDILLOS, SECRETARIO INTERINO.
3 v. alt. No. 33581-1
DIARIO
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77DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal, a las
quince horas del día tres de septiembre del año dos mil tres; se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia
intestada que a su defunción dejó la causante FULGENCIA RAFAEL
JUAREZ, ocurrida el día nueve de agosto de mil novecientos cincuenta
y cuatro; en el Cantón San Antonio, del Municipio de Monte San Juan,
de esta Jurisdicción; siendo ese lugar su último domicilio; de parte de
las señoras BRIGIDA VALLE HERNANDEZ; y SANTOS ANGELA
VALLE HERNANDEZ conocida por SANTOS ANGELA VALLE, en
su calidad de nietas de la referida causante de los derechos de transmisión
que le correspondían al causante APOLINARIO VALLE RAFAEL, en
su calidad de hijo de la causante antes referida, y padre de las aceptantes
antes mencionadas; habiéndoseles conferido a las aceptantes la admi-
nistración y representación interina de la sucesión con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se citan a los que se crean con derecho a la herencia, para que en el
término legal se presenten a este Tribunal, a hacer uso de su derecho.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las nueve horas
y treinta minutos del día veintidós de septiembre del año dos mil tres.
Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JOSE
ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33574-1
JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: al público para efectos de ley, que por resolución
de este Juzgado de las diez horas con treinta minutos del día dieciséis
de septiembre del dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente
y con benefi cio de inventario de parte del señor RAFAEL RICARDO
AYALA FLORES y de la menor BRENDA MARCELA AYALA, la
herencia intestada que a su defunción dejó la señora BLANCA ESTELA
ESCOBAR DE AYALA, quien falleció en esta ciudad, el día veintio-
cho de agosto de dos mil dos, siendo esta ciudad su último domicilio;
aceptación que hacen el primero en su calidad de cónyuge sobreviviente
y la segunda como hija y cesionaria de los derechos hereditarios que le
correspondían a la señora ESTELA ESCOBAR como madre de la cujus.
Y se les ha conferido a los aceptantes la administración y representación
interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la Herencia Yacente, los que ejercerá la menor BRENDA MARCELA
AYALA FLORES, por medio de su representante legal señor RAFAEL
RICARDO AYALA FLORES.
Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia
para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince
días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente
edicto.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Salvador, a las
diez horas del día veinticinco de septiembre del dos mil tres. Lic. JOSE
MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Lic.
TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS, SECRETA-
RIA.
3 v. alt. No. 33573-1
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a las
quince horas del día veintiséis de agosto del presente año, se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia
intestada que a su defunción dejó la causante BLANCA ROSA VELASCO
conocida por BLANCA ROSA LOPEZ; por BLANCA ROSA LOPEZ
VELASCO, y por BLANCA ROSA LOPEZ VELASCO DE GRANADA,
ocurrida el día treinta de noviembre de mil novecientos setenta y seis;
en el Barrio San Nicolás, de esta ciudad; siendo esta ciudad su último
domicilio; de parte de la señora CAROLINA ESPERANZA GRANADOS
DE ALVARADO, en su calidad de hija de la referida causante y como
cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían al señor
PABLO GRANADOS OSORIO, conocido por PABLO GRANADA,
en su calidad de cónyuge sobreviviente de la causante antes referida;
habiéndosele conferido a la aceptante la administración y representación
interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en
el término legal se presente a este Tribunal a hacer uso de su derecho.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las nueve horas
del día cuatro de septiembre del año dos mil tres. Lic. MANUEL PAZ
CANALES, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JOSE ORLANDO BELTRAN
MEJIA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33594-1
MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE
ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL PARA
LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: que en el Juicio Civil Ejecutivo promovido por la
Abogada AMADA BETTY GUILLEN GUZMAN como Apoderada del
Fondo Social Para La Vivienda en contra del señor JOSE RENE PINEDA
GOMEZ, reclamándole cumplimiento de obligaciones y demás accesorios
de ley, se venderá en pública subasta en este Tribunal el inmueble que
se describe así: “Un lote de terreno urbano construido por la Sociedad
Cuéllar Batista, S.A. de C.V. marcado con el Número Veintidós, Sector
Cuarenta y cinco de una extensión superfi cial de cincuenta y dos punto
cincuenta metros cuadrados, el cual forma parte de la Urbanización Villa
Hermosa, situada en jurisdicción de Cuscatancingo en los Cantones San
Luis Mariona, Barranca Honda y El Angel, porción segregada única-
mente en el Municipio de Cuscatancingo en este Departamento, con un
área construida de veinticinco metros cuadrados, y tiene la localización,
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medidas y linderos siguientes: LOTE NUMERO VEINTIDOS, PASA-
JE VEINTISEIS, SECTOR CUARENTA Y CINCO. Tiene un área de
cincuenta y dos punto cincuenta metros cuadrados, y sus medidas son:
AL NORTE: cinco metros; AL ORIENTE: diez punto cincuenta metros;
AL SUR: cinco metros, y AL PONIENTE: diez punto cincuenta metros”.
Dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz
e Hipotecas del Registro Social de Inmuebles bajo el Asiento Número
CERO CERO DOS Matrícula M CERO UNO CERO TRES TRES UNO
SIETE DOS, a favor del señor JOSE RENE PINEDA GOMEZ.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las
diez horas con cincuenta minutos del día nueve de julio del año dos mil
tres. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.
Licda. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. 33514-1
DELMY ELSY RODRIGUEZ AREVALO, JUEZ SEGUNDO DE LO
CIVIL INTERINA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: al público para efectos de ley que por ejecución
promovida en este Juzgado por la Licenciada NELLY MARLENE
MORENO REYES, apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VI-
VIENDA, contra el señor JOEL ELI MULATO ERROA, se venderá
en pública subasta en este mismo Juzgado en fecha y por el precio que
oportunamente se indicará el bien inmueble embargado siguiente: un
apartamento de naturaleza urbano, que se identifi ca como APARTA-
MENTO NUMERO A-DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO, Tipo
“B”, del EDIFICIO A, Pasaje El Roble, SEGUNDA PLANTA, del CON-
DOMINIO “ALTOS DE SANTA MARTA”, situado según antecedente
en la falda al Norte del Cerro San Jacinto, jurisdicción de esta ciudad
y Departamento, el cual se encuentra regulado bajo el Régimen de Ley
de Propiedad Inmobiliaria por Pisos y Apartamentos, quedando sujetos
a las disposiciones contenidas en la misma; así como el Reglamento de
Administración y por las leyes vigentes sobre la materia. Sus medidas
perimetrales: AREA CONSTRUIDA: AL SUR, cinco punto cero cero
metros; AL PONIENTE, siete punto cero cero metros; AL NORTE,
dos punto cincuenta y cinco metros, uno punto cincuenta metros y dos
punto cuarenta y cinco metros; AL ORIENTE, cinco punto cincuenta
metros. El área construida es de TREINTA Y UNO PUNTO TREINTA
Y TRES METROS CUADRADOS. EL AREA JARDIN: es de SIETE
PUNTO TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS, y mide: AL
SUR, dos punto cuarenta y cinco metros; AL PONIENTE, tres punto
cero cero metros; AL NORTE, dos punto cuarenta y cinco metros; y AL
ORIENTE, tres punto cero cero metros; EL AREA DE TENDEDERO
es de CINCO PUNTO DIEZ METROS CUADRADOS, y mide: AL
SUR, dos punto cincuenta y cinco metros; AL PONIENTE, dos punto
cero cero metros; AL NORTE, dos punto cuarenta y cinco metros; y
AL ORIENTE, dos punto cero cero metros. El área total descrita es de
CUARENTA Y TRES PUNTO SETECIENTOS SETENTA Y CINCO
METROS CUADRADOS, con un volumen de ochenta y uno punto
cuarenta y seis metros cúbicos. El inmueble anteriormente descrito
está inscrito a favor del demandado al número M CERO UNO CERO
CINCUENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE,
del Registro Social de Inmuebles.
Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Salvador, a las
diez horas del día treinta de julio del dos mil tres. Lic. DELMY ELSY
RODRIGUEZ AREVALO, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL INTO.
Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS, SECRE-
TARIA.
3 v. alt. No. 33609-1
ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL, DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: que se ha presentado la señora FIDELIA ALFARO,
de setenta y un años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de
Anamorós, Departamento de La Unión, y representada por sus Apoderados
Licenciados OSCAR RENE MELENDEZ VILLATORO y GERMAN
MOISES GARCIA ARRIAZA, solicitando título supletorio de un terreno
de naturaleza rústica, situado en el Cantón Terreritos, jurisdicción de
Anamorós, de este Distrito, Departamento de La Unión de la capacidad
de una manzana y media, o sean ciento cinco áreas, que tiene los linderos
siguientes: AL ORIENTE, mide ciento cuarenta y cinco metros, con
setenta y cinco centímetros, con PRISCILA REYES, cerco de alambre
y piña propio de por medio, AL NORTE, mide ochenta y tres metros,
con JUANA REYES VIUDA DE ESCOBAR y PRISCILA REYES,
cerco de piña y alambre propio, AL PONIENTE, mide noventa y ocho
metros con ochocientos sesenta y cuatro centímetros, con CONCEP-
CION REYES y REYNA DE JESUS REYES, cerco de piña y alambre
propio con el primero y con el segundo quebrada de por medio, y AL
SUR, mide ochenta y ocho metros, con REYNA DE JESUS REYES,
quebrada y cerco de por medio propio, hay construida una casa techo
de tejas, paredes de adobe, de diez por seis varas, contiene además un
pozo con su respectivo broquel. Valúa el referido terreno en la cantidad
de OCHO MIL COLONES, por compra hecha a la señora MARIBEL
NOHEMY ALFARO, el día quince de enero del dos mil dos, ante los
ofi cios notariales del doctor JOSE DIMAS ROMANO.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a los nue-
ve días del mes de septiembre de dos mil tres. Lic. ANGEL ALBINO
ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEPCION
MARTINEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. 33504-1
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: que a esta Alcaldía se ha presentado por escrito la
señora CRISTINA MARGARITA GUZMAN, de treinta años de edad,
Empleada, de este domicilio, solicitando para sí título de propiedad de
un inmueble Urbano, situado en Colonia San Roque de esta ciudad, que
mide y linda al ORIENTE, mide catorce metros cincuenta y cuatro centí-
metros, linda con solar de EVELIO ZACARIAS AGUILERA GARCIA
y ARMANDO LAZARO CRUZ, al NORTE, mide siete metros cincuenta
centímetros, linda con solar de MARIA ESTER VILLALOBOS DE
MARTINEZ, al PONIENTE, mide catorce metros cincuenta y tres
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centímetros, linda con solar de REYNA GERARDINA ZELAYA DE
ORTIZ, tapial de ladrillo de la colindante de por medio y predio de MA-
RIA JULIA CONSTANZA, al SUR, siete metros cincuenta centímetros,
linda con predio de ADELINA RAMIREZ MARTINEZ, una extensión
superfi cial de ciento diecinueve metros cuadrados con nueve decímetros
cuadrados, y lo estima en la cantidad de DIEZ MIL COLONES, el solar
descrito, lo posee en forma material desde mil novecientos ochenta y
nueve, desde hace más de diez años, y lo posee en forma quieta, pacífi ca
y no interrumpida hasta la fecha, no es dominante ni sirviente, no tiene
cargas ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión
con ninguna otra persona, todos los colindantes son de este domicilio.
Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.
Alcaldía Municipal: San Vicente, a ocho días del mes septiembre
de dos mil tres. Lic. RAFAEL CALDERON AGUIRRE, ALCALDE
MUNICIPAL Lic. MAURICIO CORPEÑO, SRIO. DEL CONCEJO
MPAL.
3 v. alt. No. 33589-1
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: que a esta Ofi cina se ha presentado el señor
GUILLERMO AMAYA, mayor de edad, agricultor, de este domicilio,
solicitando Título de Propiedad a su favor de un solar urbano situado en
el Barrio El Calvario de la ciudad de Chirilagua, Distrito y Departamento
de San Miguel, de la capacidad superfi cial de trescientos cincuenta y tres
metros cuadrados, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE,
veintiséis metros cincuenta centímetros, linda con la señora CRISTI-
NA LOPEZ FLORES, divididos por la calle pública, al NORTE, doce
metros ochenta y seis centímetros, linda con LUCIO RODRIGUEZ,
divididos por la calle pública, al PONIENTE treinta y un metros diez
centímetros, linda con MARIANO RAMIREZ ZAVALA, divididos
por pared de bloques y cerca de concreto y malla ciclón del colindante,
y al SUR diez metros sesenta y ocho centímetros, linda con MARIA
ZOILA SORTO, divididos por cercas de piedra del titulante, lo hubo por
compra de posesión material que de él hizo al señor ENCARNACION
GUEVARA, quien fuera mayor de edad, agricultor, de este domicilio,
según documento privado otorgado a su favor el día quince de junio de
dos mil dos, estimándolo en la suma de DIEZ MIL COLONES, todos
los colindantes son de este domicilio.
Alcaldía Municipal: Chirilagua, veinticuatro de septiembre de dos
mil dos. JOSE ARNOLDO MENDEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- AN-
TONIO MILCIADES CORTEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. 33500-1
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL: AL PUBLICO,
HACE SABER: que, en esta Ofi cina, se ha presentado el señor CRIS-
TOBAL RAMOS MARTINEZ, de treinta y siete años de edad, jornalero,
de este Municipio, solicitando se le extienda Título de Propiedad de un
inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón Los Pajales de esta
Jurisdicción, dicho inmueble tiene las medidas y linderos siguientes: AL
ORIENTE, mide noventa metros, linda con JOSE LEON ORTIZ, calle
vecinal de por medio que conduce a la villa de Panchimalco; AL SUR,
mide cincuenta metros, linda con inmueble de PETRONILO RAMOS;
AL PONIENTE, mide setenta metros, linda con inmueble de URSULINO
BELTRAN; y AL NORTE, forma el vértice del triángulo, en cero metros,
linda con el inmueble de EUSTAQUIO RAMOS, calle vecinal de por
medio que conduce a la villa de Panchimalco. El Inmueble antes descrito
tiene una extensión superfi cial aproximada de TRES MIL SEISCIENTOS
CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, dicho inmueble no
es sirviente, ni dominante, no tiene carga y derechos reales, no está en
proindivisión con ninguna persona, el inmueble fue adquirido por la
venta que hizo el señor ESTEBAN RAMOS el día veinte de enero de
mil novecientos noventa; y lo valúa en MIL DOLARES AMERICANOS
EXACTOS DE NORTE AMERICA. Todos los Colindantes son de este
domicilio, se les hace del conocimiento al público para los efectos de
ley.
Alcaldía Municipal de Panchimalco, veintiuno de Julio del dos mil
tres. VICTOR CRUZ VASQUEZ, ALCALDE MUNICIPAL. JAIME
GIOVANNY SUZAÑA, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. 33524-1
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado GENARA BADO
VDA. DE HENRIQUEZ, solicitando a su favor Título de Dominio de un
solar de naturaleza urbana situado en Calle Fe y Alegría de la Colonia
Milagro de la Paz, de esta ciudad, de la capacidad superfi cial de CUA-
TROCIENTOS VEINTISEIS METROS CUADRADOS, de las medidas
y linderos siguientes: AL ORIENTE: treinta y dos metros, con propiedad
de ANA EMPERATRIZ CHAVEZ; AL PONIENTE: compuesto de tres
tiros: el primero que va de Sur a Norte, once metros; el segundo va de
Oriente a Poniente, seis metros sesenta y cinco centímetros; el tercero
va de Sur a Norte, dieciocho metros diez centímetros, con propiedad
de BLANCA ALICIA BADO DE MARQUEZ, y ANTONIO REYES
HERNANDEZ; AL NORTE: catorce metros sesenta centímetros, con
propiedad de ANA ORELLANA; y AL SUR: diez metros sesenta cen-
tímetros, calle de por medio, con propiedad de ADRIAN AMAYA, y
CARLOS CISNEROS. El inmueble antes descrito no es dominante ni
sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está
en proindivisión con nadie, y lo adquirió por compra hecha en documento
privado a JULIA FLORES, el veintidós de septiembre de mil novecien-
tos sesenta y seis, la cual ha ejercido por más de diez años, de manera
quieta, pacífi ca, pública e ininterrumpida, valora el inmueble en DIEZ
MIL COLONES EXACTOS, los colindantes son de este domicilio, lo
que se avisa al público para los efectos de ley.
Alcaldía Municipal: San Miguel, nueve de septiembre del año dos
mil tres. JOSE WILFREDO SALGADO GARCIA, ALCALDE MU-
NICIPAL. Lic. JOSE ANGEL FERMAN ZETINO, SECRETARIO
MUNICIPAL.
3 v. alt. No. 33509-1
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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, HACE SABER: que a esta oficina ha presentado LUCIA GUADALUPE MEJICANOS DE GUEVARA, de cuarenta y un años de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio, solicitando a su favor título de dominio de un solar de naturaleza urbana situado en Colonia Milagro de La Paz de esta ciudad de la Capacidad Superfi cial de: CUA-TROCIENTOS SESENTA Y SEIS PUNTO SETECIENTOS TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, consta de tres tiros, el primero que va de sur a norte mide: cuatro punto cincuenta metros; el segundo tiro que va de oriente a poniente mide: cinco punto veinte metros; el tercer tiro que va de sur a norte: veintidós punto veinte metros, por los tres tiros colinda con propiedad del señor Alfonso Castillo conocido Albrasio Castillo; AL PONIENTE: treinta y dos punto cincuenta metros, con propiedad de Miguel Padilla; AL NORTE: seis metros. Calle la Escuelita de por medio, con Escuela Milagro de La. Paz, AL SUR: veintidós punto cincuenta metros, con propiedad de Miguel Abdala. Este inmueble lo adquirí por compra de posesión material hecha en Escritura Pública el día ocho de septiembre de este año, al señor Alfonso Castillo conocido por Albrasio Castillo, posesión que ha sido quieta pacífi ca, pública e interrumpida, lo estima en la cantidad de DIEZ MIL COLONES EXACTOS, los colindantes son todos de este domicilio, por lo que se avisa al público para los efectos de ley. Alcaldía Municipal, San Miguel, veintitrés de Septiembre del año dos mil tres. JOSE WILFREDO SALGADO GARCIA, ALCALDE MU-NICIPAL. Lic. JOSE ANGEL FERNANDO ZETINO, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. 33511-1
ASIENTO DE EMPRESA 2002037616ESTABLECIMIENTO 2002037616-001EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS: HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado AMAYA GARCIA, JUAN ANIBAL en su calidad de Representante legal de la sociedad MEDITECNI, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse MEDITECNIC, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 45 del libro 1523 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-300300-121-8, ha presentado solicitud a las diez horas y diez minutos del día primero de julio de dos mil dos. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2001037616 y Establecimiento No. 2001037616- 001; a favor de la Empresa denomi-nada MEDITECNI, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-BLE, la cual se dedica a MANTENIMIENTO DE EQUIPO MEDICO, con dirección en CONDOMINIO METROPOLIS, AVENIDA JOSE MATIAS DELGADO, APARTAMENTO # 201, COLONIA METRO-POLIS del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a DOSCIENTOS VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO COLONES CON 18/100 ¢ 229,434.18 y que tiene el (los) establecimiento (s) siguiente (s): 001-) MEDITECNIC, S.A. DE C.V., ubicado en CONDOMINIO METROPOLIS, AVENIDA JOSE MATIAS DELGADO, APARTAMENTO # 201, COLONIA METROPOLIS, del domicilio de SAN SALVADOR. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, veinticinco de octubre de dos mil dos.
Lic. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,REGISTRADOR.
3 v. alt. No. 33598-1
CONVOCATORIAJunta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de Profesores Universitarios Asociados, S.A. C.V., la Junta Directiva de Profesores Universitarios Asociados, S.A. de C.V., convoca a sus accionistas a celebrar JUNTA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA, EN PRIMERA CONVOCATORIA a partir de las diez horas del día veinticinco de octubre de dos mil tres, en el Hotel Radisson Plaza El
Salvador, 89 Avenida Norte y 11 Calle Poniente Colonia Escalón, San Salvador. EL QUORUM LEGAL NECESARIO PARA CELEBRAR SESION QUE TRATARA ASUNTOS DE CARACTER ORDINARIO, SERA DE LA MITAD MAS UNA DE LAS CIENTO VEINTICINCO MIL QUINIENTOS DIECISEIS ACCIONES y las resoluciones serán válidas con la mayoría de los votos presentes o representados; EL QUORUM LEGAL NECESARIO PARA CELEBRAR SESION QUE TRATARA ASUNTOS DE CARACTER EXTRAORDINARIO, SERA DE LAS TRES CUARTAS PARTES DE LAS CIENTO VEINTICINCO MIL QUINIENTOS DIECISEIS ACCIONES, y las resoluciones serán válidas si se toman con igual proporción. De no haber quórum en la fecha señalada, LA JUNTA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, SE REA-LIZARA EN SEGUNDA CONVOCATORIA, el lunes veintisiete de octubre de dos mil tres, a las diez horas en el Salón de Diplomados de la Universidad Albert Einstein. En este caso el quórum legal necesario para celebrar la SESION QUE TRATARA ASUNTOS DE CARACTER ORDINARIO, SERA CUALQUIERA QUE SEA EL NUMERO DE ACCIONES PRESENTES O REPRESENTADAS, y las resoluciones serán válidas con la mayoría de los votos presentes o representados; el quórum legal necesario para celebrar la SESION QUE TRATARA ASUNTOS DE CARACTER EXTRAORDINARIO, SERA CON CIN-CUENTA POR CIENTO MAS UNA DE LAS ACCIONES PRESENTES O REPRESENTADAS, y las resoluciones serán válidas, si se toman con las tres cuartas partes de las acciones presentes o representadas. La Agenda a conocer será la siguiente:Puntos Ordinarios: l. Establecimiento y comprobación del quórum. 2. Aprobación de la Agenda propuesta. 3. Lectura de Acta No. 33 de la Junta General Ordinaria y Ex-
traordinaria de Accionistas, celebrada el 28 de septiembre de 2002.
4. Lectura del informe de Labores de la Junta Directiva corres-pondiente al año 2002.
5. Presentación del Balance General al 31 de diciembre de 2002 y Estado de Pérdidas y Ganancias del 1 de enero al 31 de diciembre de 2002; lectura del Informe del Auditor Externo correspondiente al año 2002.
6. Aplicación de los Resultados del año 2002. 7. Nombramiento del Auditor Externo, Auditor Fiscal y fi jación
de sus honorarios. 8. Puntos Varios.
Punto Extraordinario: l. Modifi cación del Pacto Social.
San Salvador, a los diecinueve días del mes de septiembre del año dos mil tres.
ARQUITECTA JUANA SALAZAR ALVARENGA DE PACHECO,DIRECTOR PRESIDENTE.
3 v. alt. No. 33626-1
AVISOPara los efectos de ley, se hace del conocimiento público: Que en Junta General Extraordinaria, celebrada en esta ciudad el día diez de marzo del año dos mil tres, la Sociedad MAPRECO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de este domicilio, cuya denominación se abrevia MAPRECO, S. A. DE C. V., por unanimidad acordó: AUMENTAR EL CAPITAL SOCIAL MINIMO de la sociedad a la suma de cien mil colones y modifi car en tal sentido la cláusula quinta de su pacto social. Lo que se hace saber al público, para los efectos legales consi-guientes. San Salvador, dieciocho de septiembre de dos mil tres.
Ing. ALVARO BERNARDO ZEPEDA,DIRECTOR SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33617-1
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81DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
Clase: 32.
No. de Expediente: 2003031899.
No. de Presentación: 20030036672.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado IRENE TE-RESA ARRIETA BUSTAMANTE, en su calidad de APODERADO de Unilever NV, de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
GORDITA
Consistente en: la palabra GORDITA.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de abril del año dos mil tres.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de julio del año dos mil tres.
Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,REGISTRADOR.
ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,SECRETARIA.
3 v. alt. No. 33529-1
Clase: 25.
No. de Expediente: 2002029454.
No. de Presentación: 20020032219.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Levi Strauss & Co., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
STAIN DEFENDER
Consistente en: las palabras “STAIN DEFENDER”, traducción al castellano: “Defensor contra las Manchas”.
La solicitud fue presentada el día seis de diciembre del año dos mil dos.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de abril del año dos mil tres.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.
XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.
3 v. alt. No. 33553-1
Clase: 35.
No. de Expediente: 2003031220.
No. de Presentación: 20030035423.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de ELEKTRA DEL MILENIO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: Diseño de Grupo Elektra.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de marzo del año dos mil tres.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de marzo del año dos mil tres.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.
ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33551-1
Clase: 05.
No. de Expediente: 2003031946.
No. de Presentación: 20030036750.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de GRÜNENTHAL ECUATORIANA, CIA. LTDA., de nacionalidad ECUATORIANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
QUIPRO
Consistente en: la palabra QUIPRO.
La solicitud fue presentada el día veinticinco de abril del año dos mil tres.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de abril del año dos mil tres.
Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,REGISTRADOR.
ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33548-1
DIARIO
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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
Clase: 05.
No. de Expediente: 2003031945.
No. de Presentación: 20030036749.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Laboratorios Silesia, S.A., de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
MICROGEN
Consistente en: la palabra “MICROGEN”.
La solicitud fue presentada el día veinticinco de abril del año dos mil tres.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de abril del año dos mil tres.
Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,REGISTRADOR.
ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33547-1
Clase: 31.
No. de Expediente: 2003031535.
No. de Presentación: 20030036066.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO ROMERO PINEDA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Mars, Incorporated, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
Consistente en: Diseño de Cepillo Pedigree.
La solicitud fue presentada el día dos de abril del año dos mil tres.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de abril del año dos mil tres.
Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,REGISTRADOR.
ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33544-1
Clase: 05.
No. de Expediente: 2003031630.
No. de Presentación: 20030036283.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Monsanto Technology LLC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRI-CA,
LACTOTROPINA
Consistente en: la palabra LACTOTROPINA.
La solicitud fue presentada el día ocho de abril del año dos mil tres.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diez de abril del año dos mil tres.
Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,REGISTRADOR.
ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33545-1
Clase: 05.
No. de Expediente: 2003031944.
No. de Presentación: 20030036748.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Laboratorios Silesia, S.A., de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
DRINA-SILESIA
Consistente en: las palabras DRINA-SILESIA.
La solicitud fue presentada el día veinticinco de abril del año dos mil tres.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de abril del año dos mil tres.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.
ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33546-1
DIARIO
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83DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
Clase: 25.
No. de Expediente: 2002027206.
No. de Presentación: 20020028503.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Walton Interna-tional Limited, de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
Consistente en: la expresión GIORDANO y Diseño.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de agosto del año dos mil dos.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de marzo del año dos mil tres.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.
ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33543-1
Clase: 05.
No. de Expediente: 2003030374.
No. de Presentación: 20030034050.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Ares Trading, S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
XILENTO
Consistente en: la palabra XILENTO. Vocablo proveniente de una lengua minoritaria en una parte de Ourense que es el Barallete y que signifi ca hambriento o sediento.
La solicitud fue presentada el día diez de febrero del año dos mil tres.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de marzo del año dos mil tres.
ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33542-1
Clase: 30.
No. de Expediente: 2003031502.
No. de Presentación: 20030036027.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Industria de Alimentos Dos en Uno S.A., de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRI-CA,
ALKA ICE
Consistente en: la palabra ALKA ICE, que traducida al castellano signifi ca ALKA HIELO.
La solicitud fue presentada el día primero de abril del año dos mil tres.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dos de abril del año dos mil tres.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.
ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33541-1
Clase: 29.
No. de Expediente: 2002028482.
No. de Presentación: 20020030580.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LE-SAFFRE ET COMPAGNIE, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
RED STAR
Consistente en: las palabras RED STAR.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de octubre del año dos mil dos.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de abril del año dos mil tres.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33540-1
DIARIO
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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
No. de Expediente: 2002026973.
No. de Presentación: 20020028162.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO ROMERO PINEDA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Wendy´s International, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PROPA-GANDA,
WENDY´S LATE NIGHT
Consistente en: las palabras “WENDY´S LATE NIGHT”, que se traduce “noche de Wendy´s”, que servirá para: LLAMAR LA ATEN-CION DEL PUBLICO CONSUMIDOR SOBRE LA PROMOCION Y PROPAGANDA DESTINADA A EXPANDIR LA VENTA Y DISTRIBUCION DE LOS SERVICIOS PRESTADOS POR ESTA-BLECIMIENTOS QUE SE ENCARGAN ESPECIALMENTE DE LA PREPARACION Y VENTA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS ASI COMO A LA PRESTACION DE SERVICIOS DE ASISTENCIA TECNICA PARA LA ORGANIZACION Y MANEJO DE TALES ES-TABLECIMIENTOS.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos mil dos.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de marzo del año dos mil tres.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,
REGISTRADOR.
ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33562-1
Clase: 05.
No. de Expediente: 2002029363.
No. de Presentación: 20020032043.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de BAUSCH & LOMB INCORPORATED, de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
BAUSCH & LOMB OCUVITE
Consistente en: las palabras BAUSCH & LOB OCUVITE, no tiene traducción al castellano.
La solicitud fue presentada el día tres de diciembre del año dos mil dos.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de abril del año dos mil tres.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. 33558-1
Clase: 38.
No. de Expediente: 2002028481.
No. de Presentación: 20020030579.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de CARVAJAL S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
AUDICOM
Consistente en: la palabra AUDICOM.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de octubre del año dos mil dos.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de abril del año dos mil tres.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33561-1
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85DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
Clase: 38.
No. de Expediente: 2003032267.
No. de Presentación: 20030037353.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ENRIQUE MADRIGAL GOMEZ, en su calidad de APODERADO de TELEMOVIL EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIO,
Consistente en: las palabras Plan bolsón TELEMOVIL y diseño.
La solicitud fue presentada el día catorce de mayo del año dos mil tres.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de agosto del año dos mil tres.
ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33599-1
PABLO GONZALEZ HERNANDEZ, Abogado y Notario, de este domicilio, con Ofi cina ubicada en Calle Principal San Roque, Número Veintitrés, Mejicanos,
HACE SABER: que por resolución del Suscrito Notario, proveída a las catorce horas del día quince de Agosto de mil novecientos noventa y siete, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inven-tario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en el Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social de la Ciudad de San Salvador, el día diecisiete de Mayo de mil novecientos noventa y siete, dejó la señora EMPERATRIZ DEL CARMEN VASQUEZ VASQUEZ, de parte de la señora ANA MORENA CALDERON DE MORALES, en su concepto de hija sobreviviente de la causante, habiéndose conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida Ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente Edicto.
Librado en la Oficina del Notario PABLO GONZALEZ HERNANDEZ. En la ciudad de Mejicanos, a las dieciséis horas del día treinta de septiembre del año dos mil tres.
PABLO GONZALEZ HERNANDEZ,
ABOGADO Y NOTARIO.
3 v. c. No. 33627-1
MARIA CRISTINA CORLETO MORAN, Notaria, del domicilio de la ciudad de Santa Ana, con ofi cina Profesional situada en Segunda Avenida Norte número CINCO, entre Segunda y Cuarta Calle Poniente de dicha ciudad,
HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveída a las nueve horas del día veintiséis de septiembre del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en esta ciudad, el día ocho de agosto del año citado, dejó la señorita MARIA ANGELICA OLMEDO ALVARADO, de parte de la señora MARIA DEL CARMEN ALVARADO DE OLMEDO conocida por MARIA DEL CARMEN ALVARADO VIUDA DE OLMEDO y MARIA DEL CARMEN ALVARADO, en su concepto de madre sobreviviente de la causante, habiéndosele conferido la Administración y Representación de la Suce-sión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida Herencia, para que se presenten a la referida Ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a partir de la última publicación del presente edicto.
Librado en la ofi cina de la Notaria MARIA CRISTINA CORLETO MORAN. En la ciudad de Santa Ana, a las ocho horas del día veintinueve de septiembre del año dos mil tres.
Lic. MARIA CRISTINA CORLETO MORAN,
ABOGADA Y NOTARIA.
3 v. c. No. 33557-1
AVISO
La Infrascrito Subjefe del Departamento Jurídico del Ministerio de Hacienda, A QUIEN INTERESE para los efectos de ley,
HACE SABER: que a este Departamento se ha presentado la señora ANA ELIZABETH MEJIA DE SANDOVAL, quien pide se le permita fi rmar los documentos correspondientes y poder cobrar la cantidad de CIENTO NUEVE DOLARES ($109.00), que por haber fallecido el día trece de junio del año 2003, dejó pendiente de cobro su madre señora María del Carmen Brito de Mejía, conocida por Carmen Brito Menéndez de Mejía, los cuales le correspondían como devolución después del pago del Impuesto sobre la Renta del ejercicio fi scal 2002.
Lo anterior se hace de conocimiento del público en general, para que toda persona que se crea con igual o mejor derecho, se presente hacer uso del mismo ante este Ministerio, dentro del término de quince días posteriores a la última publicación del presente aviso.
Ministerio de Hacienda. San Salvador, a los diecinueve días del mes de septiembre del año dos mil tres.
NORA LIZETH PEREZ DE LOPEZ,
SUBJEFE DEPARTAMENTO JURIDICO,
MINISTERIO DE HACIENDA.
3 v. 1 v./c/3 d. No. 33568-1
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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
DE SEGUNDA PUBLICACIÓNEL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: que por resolución de las doce horas y treinta
minutos del día veintiséis de mayo del presente año, se ha tenido por
aceptada la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JEREMIAS
AYALA HERNANDEZ, conocido por JEREMIAS AYALA, quien fa-
lleció el día veintisiete de febrero del presente año, en Cantón Guanaste
de esta Jurisdicción, siendo su último domicilio el de su fallecimiento;
de parte de la señora ANA JULIA DIAZ DE AYALA, en concepto de
esposa del causante y heredera cesionaria de sus hijos MARIA ELOISA,
FRANCISCO ARNOLDO, CARLOS, JOSE IRENE, HILDA CRISTINA
y JULIA MABEL, todos de apellido AYALA DIAZ; confi riéndole a la
aceptante declarada en el carácter indicado, la Administración y Repre-
sentación INTERINA de la Sucesión, con las facultades y restricciones
de los Curadores de la Herencia Yacente, y CITA: a los que se crean
con Derecho a la Herencia referida para que se presenten a deducirlo
dentro del término de quince días, contados desde el siguiente a la tercera
publicación de este edicto.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios,
Departamento de San Miguel, a las quince horas y cuarenta minutos
del día cinco de junio del año dos mil tres. Lic. JORGE ALBERTO
GUZMAN URQUILLA. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. JOSE
FRANCISCO VELASQUEZ DIAZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33163-2
JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez de Primera Instancia
de este Distrito Judicial,
HACE SABER: que por resolución de las doce horas y treinta
minutos del día dos de junio del presente año, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a
su defunción dejó el señor JOSE REINALDO MEDINA GUTIERREZ
o JOSE REINALDO MEDINA, quien falleció a las veintitrés horas y
cincuenta y cinco minutos del día diecisiete de octubre de mil novecien-
tos noventa y siete, en el Cantón San Juan Merinos, Caserío El Carrizo,
kilómetro sesenta y cinco, Carretera Panamericana, jurisdicción de
Apastepeque, Departamento de San Vicente; siendo el lugar de su úl-
timo domicilio Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel; de parte
de la señora BALBINA MEDINA, en calidad de madre del causante.
Confi riéndole a la aceptante en el carácter indicado la administración y
representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Ciudad Barrios, a las
quince horas del día trece de junio de dos mil tres. Lic. JORGE ALBERTO
GUZMAN URQUILLA. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. JOSE
FRANCISCO VELASQUEZ DIAZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33162-2
DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, Juez de Primera
Instancia del Distrito Judicial de Chinameca,
HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado, a las
once horas del día treinta y uno de los corrientes; se tuvo por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que
al fallecer dejó la causante señora LORENZA CAMPOS GARCIA,
conocida por LORENZA CAMPOS y por MARIA FLORENCIA
CAMPOS, fallecida a las siete horas del día siete de marzo del año dos
mil dos, en el Cantón Moropala, jurisdicción de El Tránsito, de este
distrito, departamento de San Miguel, siendo la ciudad de El Tránsito su
último domicilio; de parte del señor ANGEL OSTORGA por sí y además
cesionario del derecho hereditario que en la sucesión le corresponde a
ELISEO ANTONIO OSTORGA, ambos en concepto de hijos de la
causante. Nómbrase al aceptante en el carácter dicho administrador y
representante interino de la sucesión de que se trata, con las facultades y
restricciones que corresponde a los curadores de la herencia. Publíquense
los edictos de ley.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos
legales.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las quince
horas del día treinta de julio del año dos mil tres. Licda. DINORA DEL
CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.
ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. 33154-2
ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,
al público para los efectos de ley,
HACE SABER: que por resolución de las nueve horas y treinta
minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con
benefi cio de inventario de parte de los señores FREDY CRISTINO
MUÑOZ HERNANDEZ, PEDRO ARNOLDO MUÑOZ HERNANDEZ,
ROBERTO MUÑOZ HERNANDEZ y JUAN ANTONIO MUÑOZ
HERNANDEZ, de treinta y tres, cincuenta y cuatro, cincuenta y dos
y treinta y siete años de edad, Agricultores en Pequeño, el segundo,
tercero y cuarto y Pensionado, el primero, todos del domicilio de San
Vicente, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JUAN
ANTONIO MUÑOZ RODRIGUEZ, conocido por JUAN ANTONIO
MUÑOZ, quien fue de sesenta y seis años de edad, Agricultor en Pe-
queño y de este domicilio, habiendo fallecido el día diez de abril de
mil novecientos noventa, accidentalmente en el Hospital Rosales de
la ciudad de San Salvador, siendo esta ciudad el lugar de su último
domicilio, en concepto de hijos del causante. Y se han nombrado a los
aceptantes administradores y representantes interinos de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintiocho días del mes de
julio del año dos mil tres. Dr. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO
CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. 33144-2
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87DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,
HACE SABER: que este día ha tenido por aceptada expresamente
con benefi cio de inventario, la herencia intestada de JUANA ALVARADO
VIUDA DE VILLEGAS, conocida solo por JUANA ALVARADO, que
falleció el día diecinueve de diciembre de mil novecientos ochenta y seis,
en el Cantón Palo Galán de esta jurisdicción, su último domicilio, por parte
del señor ALFONSO ALVARADO CACERES, conocido por ALFONSO
ALVARADO, hijo de la causante. Se cita a quienes se consideren con
derecho a tal herencia, para que dentro de los quince días después de la
tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.
Juzgado de lo Civil: Zacatecoluca, a uno de septiembre de dos
mil tres. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE
ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33171-2
ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, Juez de Primera Instancia de
este Distrito Judicial,
HACE SABER: que por resolución proveída a las diez horas de este
día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la
herencia intestada que a su defunción dejó el Causante JORGE ALFREDO
PACHECO, conocido por JORGE ALFREDO CALVO PACHECO,
JORGE ALFREDO CALVO, ALFREDO CALVO PACHECO y por
ALFREDO CALVO, quien falleció el día once de diciembre de dos mil
uno, a la edad de setenta y ocho años, siendo su último domicilio el de
esta ciudad; por parte de los señores ALFREDO ANTONIO CALVO
HERRERA y MARIA ROSA CALVO DE CASTRO, en concepto de
hijos sobrevivientes del Causante. Confi riéndoseles a los aceptantes en el
concepto antes expresado, la Administración y Representación Interina
de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Lo que se hace saber al público para efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento
de Sonsonate, a los once días del mes de septiembre del año dos mil
tres. Lic. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA. Licda. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. 33232-2
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO,
HACE SABER: que por resolución de las nueve horas diez minutos
del día cinco de septiembre del año dos mil tres, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada
por la señora MARIA ANCELMA TORRES o MARIA ANSELMA
TORRES, quien fue conocida por MARIA ANCELMA MARTINEZ, y
por MARIA TORRES, fallecida el día seis de abril del año dos mil dos,
en la ciudad de San Salvador, siendo esta ciudad su último domicilio, de
parte de los señores BLANCA ALICIA TORRES y RICARDO ANTO-
NIO TORRES, en concepto de hijos de la causante. Se ha conferido a
los aceptantes la administración y representación interinas de la sucesión
con las facultades y restricciones de ley.
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las diez horas del día dieciséis
de septiembre del año dos mil tres. Dr. MARIO MOISA MARTINEZ,
JUEZ DE LO CIVIL. Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ES-
COBAR, SECRETARIA.
3 v. alt. No. 33216-2
JOSE ADOLFO TORRES LEMUS, Notario, de este domicilio, con
ofi cina en Final Sesenta y siete Avenida Sur, Pasaje A, número B-cuatro,
Colonia Roma, San Salvador, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario proveída a
las diez horas del día diecisiete de julio del presente año, se ha declarado
a la señora TERESA AMINTA CRUZ FLORES, Heredera Interina con
benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción ocurrida a las
catorce horas con cuarenta minutos del día diecinueve de octubre del
dos mil dos, en el Hospital Nacional Zacamil, en este departamento dejó
la señora FRANCISCA FLORES conocida por FRANCISCA FLORES
BERRIOS y por JUANA FRANCISCA FLORES, quien fue de noventa
y tres años de edad, Comerciante, siendo su último domicilio esta ciudad;
en su calidad de hija sobreviviente. Habiéndosele conferido la admi-
nistración y representación interina de la sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en las ofi cinas del Notario Licenciado JOSE ADOLFO
TORRES LEMUS. San Salvador, a los dieciocho días del mes de julio
del dos mil tres.
JOSE ADOLFO TORRES LEMUS,
NOTARIO.
3 v. alt. No. 33220-2
EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: que por resolución de las diez horas de este día, se
ha tenido por aceptada, expresamente y con benefi cio de inventario, la
herencia intestada que dejó la señora ANGEL CUSTODIA RAMIREZ,
conocida por ANGELA RAMIREZ, al fallecer el día once de septiembre
del dos mil, en el Centro Médico Usuluteco de esta ciudad, siendo la
ciudad de Ozatlán, lugar que tuvo como último domicilio, de parte de
la señora BERTA IRENE RAMIREZ, conocida por BERTA YRENE
RAMIREZ, en calidad de hija de la causante; confi riéndosele la admi-
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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
nistración y representación interina de la sucesión con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a deducirlo en el término de quince días después de la tercera
publicación de este edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veintiún días del
mes de agosto del dos mil tres. Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ
DE LO CIVIL. Br. CARLOS MAURICIO CEDILLOS, SECRETARIO
INTO.
3 v. alt. No. 33195-2
EL INFRASCRITO JUEZ,
HACE SABER: que por resolución de este Tribunal, a las diez
horas y cuarenta y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada, que
dejó al fallecer el señor JUAN ANTONIO CASTRO, el día catorce de
mayo de mil novecientos noventa y siete, en el Cantón Las Trancas
Jurisdicción de Ozatlán, habiendo sido ese su último domicilio de parte
de ANGEL FRANCISCA RAMOS DE CASTRO, en su calidad de
cónyuge sobreviviente del causante; confi éresele la administración y
representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después
de la tercera publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los die-
ciocho días del mes de septiembre del dos mil tres. Lic. JOSE ANTONIO
GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Br. CARLOS MARIO CEDILLOS,
SECRETARIO INTERINO.
3 v. alt. No. 33196-2
EL INFRASCRITO JUEZ,
HACE SABER: que por resolución de este Tribunal, a las nueve
horas y quince minutos de este día, se ha tenido por aceptada, expresa-
mente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada, que dejó al
fallecer la señora LIDIA YANETH VASQUEZ DE AYALA, el día diez
de julio del dos mil uno, en el Barrio San Antonio, de la Jurisdicción de
Ozatlán, habiendo sido esa población su último domicilio, de parte de
FRANCISCO ANTONIO AYALA ALEMAN, en calidad de cónyuge
sobreviviente del causante. Confi riéndosele la administración y repre-
sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de
los curadores de la herencia yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de quince días después
de la tercera publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los
catorce días del mes de agosto del dos mil tres. . Lic. JOSE ANTONIO
GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Br. MIRNA MARISOL SIGARAN
HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. 33197-2
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, Juez de lo Civil del Distrito
Judicial de Metapán,
HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado
a las catorce horas del día diecisiete de septiembre de dos mil tres, se
ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la
herencia intestada que a su defunción dejó el causante JOSE MARCELO
GUEVARA, quien fue de cincuenta y dos años de edad, casado, Co-
merciante, fallecido el día ocho de mayo del dos mil tres, en el Cantón
El Capulín de esta jurisdicción, siendo Metapán su último domicilio;
por parte de los señores ANA MARGARITA MAGAÑA hoy VIUDA
DE GUEVARA y NELSON ENRIQUE GUEVARA MAGAÑA, la
primera en su concepto de cónyuge sobreviviente y el segundo como
hijo y además como cesionarios de los derechos hereditarios que le
correspondían a los señores GREGORIA GUEVARA, SALVADOR
DE JESUS GUEVARA MAGAÑA y JOSE ALFREDO GUEVARA
MAGAÑA, como madre la primera y los demás como hijos del referi-
do causante. En consecuencia se les ha conferido INTERINAMENTE
la administración y representación de la sucesión con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para
que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las ocho horas con
treinta minutos del día veintidós de septiembre del dos mil tres. Lic. JOSE
HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIA
LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. 33190-2
EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial,
HACE SABER: que por resolución de las nueve horas y quince
minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio
de inventario, la herencia intestada que dejó el señor MAXIMO FERMAN
LIZAMA, quien falleció el día catorce de enero de mil novecientos no-
venta y ocho, en el Cantón Huisquil, de la Jurisdicción de Conchagua,
distrito y departamento de La Unión, lugar de su último domicilio,
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89DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
de parte de la señora MARIA NATIVIDAD LIZAMA VIUDA DE
FERMAN, conocida por NATIVIDAD LIZAMA, en calidad de madre
del causante. Confi riéndole a dicha señora en el concepto mencionado, la
administración y representación interina de la sucesión con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para
que el término de ley, después de la tercera publicación de este cartel lo
demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los once días del mes
de agosto del dos mil tres. Lic. EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ
DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33249-2
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE
DISTRITO,
HACE SABER: que por resolución de este Juzgado, a las once horas
de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de
Inventario de parte de la señora RICARDA NERIO VIUDA DE ELIAS,
la herencia intestada dejada a su defunción por el señor JERONIMO
ELIAS, fallecido el día cuatro de junio de mil novecientos ochenta y
cinco, en el Cantón San Andrés jurisdicción de Ciudad Arce siendo
este lugar su último domicilio, en concepto de cónyuge del causante.
Confi riéndosele a la aceptante en el concepto indicado la administración
y representación interinas de la indicada sucesión con las facultades y
restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. Cítense a las
personas que se crean con derecho en la sucesión para que se presenten
a deducirla a este Juzgado dentro de los quince días subsiguientes a la
publicación del edicto respectivo.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a
las doce horas del día uno de septiembre del dos mil tres. Lic. JOSE
ORLANDO HERNANDEZ BUSTAMANTE, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA. Lic. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRE-
TARIO.
3 v. alt. No. 33283-2
FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO
DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL;
HACE SABER: que por resolución de las diez horas del día quince
de julio de dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente y con
benefi cio de inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejara
el causante, señor MAGNO ALBERTO GONZALEZ o MAGNO AL-
BERTO GONZALEZ ORTIZ, quien falleciera el día nueve de marzo
de dos mil dos, en el Cantón Primavera de esta jurisdicción, habiendo
sido este el lugar de su último domicilio; de parte de la señora GRISEL-
DA IVETTE CASTRO DE GONZALEZ, en su concepto de cónyuge
sobreviviente del causante y de los menores: SUSANA MELISSA y
DIEGO ALEJANDRO, ambos de apellidos GONZALEZ CASTRO; en
sus conceptos de hijos sobrevivientes del referido causante; a quienes
se les ha nombrado interinamente Administradores y Representantes
de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de
la Herencia Yacente, la que ejercerán por medio de su Representante
Legal señora GRISELDA IVETTE CASTRO DE GONZALEZ.
Lo que se pone en conocimiento del público para los fi nes de
ley.
Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las diez horas y quince
minutos del día quince de julio de dos mil tres.- Lic. FRANCISCO
ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.-
Lic. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETA-
RIA.
3 v. alt. No. 33319-2
EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, Juez de Primera Instancia de
este Distrito, al público para los efectos de ley;
HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las ocho
horas y treinta minutos del día catorce de agosto del corriente año; se
ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la
herencia intestada que a su defunción ocurrida el día veinticuatro de
agosto del año dos mil en el Hospital Santa Gertrudis de la ciudad de
San Vicente, siendo su último domicilio la Villa de San Lorenzo, dejó el
señor SANTOS EVELIO PALACIOS conocido por SANTOS EVELIO
PALACIOS MOLINA, de parte de los señores JOSE OMAR PALACIOS
CUBIAS, CARLOS DAVID PALACIOS CUBIAS, y de la menor AR-
MINDA DE LOS ANGELES PALACIOS CUBIAS, representada por su
madre ALBINA DE LOS ANGELES CUBIAS; los tres en concepto de
hijos del causante. Confi riéndoseles a los aceptantes la administración y
representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones
de ley, debiendo ejercerla la menor antes mencionada por medio de su
referida madre.
Juzgado de Primera Instancia del Distrito de San Sebastián, a las
nueve horas del día veinticuatro de agosto de dos mil uno. Lic. EDGAR
ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br.
BESSY CECILIA FABIAN FUENTES, SECRETARIA.
3 v. alt. No. 33331-2
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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ, Juez
de lo Civil Interino de este Distrito Judicial, al público para los efectos
de ley;
AVISA: que por resolución de este día, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su
defunción dejó la causante SABAS GRANDE, conocida por SABINA
GRANDE, SABINA GRANDE MONTES, y por SABINA GRANDE
VIUDA DE TAMACAS, que falleció el día veintisiete de diciembre de
mil novecientos noventa y cinco, en el Barrio San José de la Villa de San
Juan Talpa, su último domicilio; por parte del señor EUGENIO GRANDE
GRANDE, en concepto de hijo de la causante, y como cesionaria de los
derechos hereditarios que en tal sucesión correspondía a la señora JULIA
GRANDE, como hija de la misma causante.
Se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia
de que se trata para que dentro del término de ley, comparezcan a deducirlo
a este Juzgado.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, 29 de agosto de 2003.
Lic. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ,
JUEZ DE LO CIVIL INTERINO. JORGE ALBERTO RODRIGUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33344-2
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO,
HACE SABER: que por resolución de las diez horas del día cinco
de mayo del año dos mil tres.- Se ha tenido por aceptada expresamen-
te y con benefi cio de inventario de la herencia intestada de la señora
CARMEN DEL ROSARIO DOMINGUEZ, quien fue conocida por
Carmen del Rosario Domínguez viuda de Landaverde y por Carmen
Domínguez, fallecida el día cuatro de enero del año dos mil dos en esta
ciudad su último domicilio, de parte de la señora RUTH ELIZABETH
ORELLANA DOMINGUEZ, en concepto de cesionaria de los derechos
hereditarios que en la referida herencia le correspondía a la señora Vilma
Estela Domínguez de Martínez en concepto de hija de la causante.
Se ha conferido a la aceptante la administración y representación
interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley.-
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las once horas del día diecinueve
de junio del año dos mil tres.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ
DE LO CIVIL. Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33347-2
RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL; AL PUBLICO,
HACE SABER: que por ejecución seguida en este Tribunal por la
ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO, CREDITO Y SERVI-
CIOS DE LOS MERCADOS DE OCCIDENTE DE RESPONSABILI-
DAD LIMITADA, de esta plaza, en Juicio Civil Ejecutivo, clasifi cado
con el No. 158-EC-02, promovido por el Doctor JAIME BERNARDO
OLIVA GUEVARA, como Apoderado General Judicial de la Asociación
antes mencionada, en contra del señor EDGAR ANTONIO MENDOZA
FLORES, se venderá en pública subasta en este Tribunal, en fecha opor-
tuna, los bienes inmuebles embargados en este juicio, cuya descripción
es la siguiente: “EL PRIMERO, Rústico, situado en Cantón Primavera
de esta jurisdicción, desmembrado de rumbo SUR-ESTE, en otro de
mayor extensión y de una extensión superfi cial de SETENTA METROS
CUADRADOS CINCUENTA Y DOS DECIMETROS CUADRADOS,
que mide a cada uno de los rumbos Oriente y Poniente; ocho metros
sesenta centímetros y cada uno de los rumbos Oriente y Poniente: ocho
metros veinte centímetros, lindando especialmente: AL NORTE, con la
porción desmembrada y vendida a Concepción Salvador Rosales Deras;
AL ORIENTE: con la Porción “F”, donada a José Antonio Linares Morán;
AL SUR, con terreno de Román Morán; y, AL PONIENTE: con el
resto que se reservó el señor Santos Linares Morán, inscrito a favor del
ejecutado señor EDGAR ANTONIO MENDOZA FLORES, al número
CUARENTA Y CINCO del Libro UN MIL OCHOCIENTOS DOCE
del Registro de la Propiedad de este Departamento.- Y, EL SEGUN-
DO, Rústico, situado en Cantón Primavera de esta jurisdicción, de una
extensión superfi cial de OCHENTA Y SIETE METROS CUADRA-
DOS, TREINTA Y SEIS DECIMETROS CUADRADOS, VEINTE
CENTIMETROS CUADRADOS, que especialmente mide y linda:
AL NORTE: ocho metros treinta y seis centímetros, con porción “A”
donada a Margarita del Carmen Linares Morán, servidumbre de tránsito
de cuatro metros de ancho de por medio; AL SUR, ocho metros treinta y
seis centímetros, con resto del inmueble general que se reservó el señor
Santos Linares Morán; AL ORIENTE: diez metros cuarenta y cinco
centímetros, con porción “F”, donado a José Antonio Linares Morán;
y AL PONIENTE: diez metros cuarenta y cinco centímetros, con resto
del inmueble general que se reservó el señor Santos Linares Morán.-
Inscrito a favor del ejecutado señor EDGAR ANTONIO MENDOZA
FLORES, al número CINCUENTA y CINCO del Libro DOS MIL
DOSCIENTOS CINCUENTA Y UNO del Registro de la Propiedad de
este Departamento. -Quien quiera hacer posturas que ocurra, que se le
admitirán siendo legal.-
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: Santa
Ana, a las once horas y cinco minutos del día once de agosto de dos
mil tres. Dr. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE
LO CIVIL. Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. 33300-2
OSCAR MAURICIO TEJADA SOLITO, JUEZ PRIMERO DE PAZ
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: que por ejecución promovida en este tribunal por
el Doctor JAIME BERNARDO OLIVA GUEVARA, en su calidad de
Apoderado General Judicial de la Asociación Cooperativa de Ahorro
y Crédito Sihuatehuacán de R.L. en contra de los señores: ARASMO
ANTONIO AVELAR SERRANO C/P ERASMO ANTONIO RODAS
SERRANO, y EL SEÑOR OSCAR ANTONIO RODAS MELENDEZ,
se venderá en pública subasta por este tribunal los muebles siguientes:
UN VEHICULO, PLACAS P-329-350, clase PICK UP, marca TO-
YOTA, Modelo PICK UP, año 1986, color OCRE, Número de Chasis:
RN550211878, número de chasis VIN: JT4RN56S3GO211878 , Número
de motor: 1830480-22R, capacidad 1 Tonelada.
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91DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
Se admitirán propuestas siendo legales, lo que se comunica al
público para los demás efectos legales consiguientes.-
Librado en el Juzgado Primero de Paz de Santa Ana, el día uno de
septiembre del año dos mil tres.- Lic. OSCAR MAURICIO TEJADA
SOLITO, JUEZ PRIMERO DE PAZ. Lic. PEDRO MIGUEL UMAÑA
HERNANDEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33299-2
EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE LO
MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN
GENERAL,
HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido
por el Licenciado VLADIMIR REYNALDO AGUILAR MIRANDA,
Apoderado General Judicial del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD
ANONIMA, contra el señor GILBERTO VASQUEZ, se venderá en
Pública Subasta en este Tribunal, un terreno urbano situado en los su-
burbios del Barrio San Jacinto, de esta ciudad, Colonia América, sobre
fi nal poniente de Calle Cristóbal Colón, de una extensión superfi cial de
CIENTO TRES PUNTO SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOS,
equivalentes a CIENTO CUARENTA Y OCHO PUNTO CUARENTA Y
SIETE VARAS CUADRADAS, que se describe así: AL NORTE: línea
quebrada de dos tramos rectos, el primero mide dos punto cuarenta y seis
metros y el segundo de cuatro punto sesenta y nueve metros, linda con
resto de terreno del cual se desmembra el que se describe y que queda
al señor Carlos Amílcar García, conocido por David García Peña. AL
ORIENTE: línea recta de un tramo que mide dieciséis punto cero nueve
metros, linda con inmueble propiedad de Sociedad Materias Primas de
Centro América, S.A: AL SUR: línea recta de un tramo que mide seis
punto cuarenta y dos metros, linda con inmueble propiedad del doctor
Miguel Angel Alcaine, calle “B” hoy Calle Cristóbal Colón de por medio.
AL PONIENTE: línea recta de un tramo que mide doce punto ochenta
y nueve metros, linda con el resto del terreno del cual se desmembra el
que se describe y que queda al señor Carlos Amilcar García conocido
por David García Peña. En el inmueble descrito hay una construcción
de sistema mixto, construida por una nave industrial de ciento catorce
punto ochenta y cinco metros cuadrados de área. Inmueble inscrito a
favor del señor GILBERTO VASQUEZ bajo la matrícula M CERO
CINCO MILLONES CIENTO SETENTA Y DOS MIL SETECIENTOS
CINCUENTA Y NUEVE del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas
de San Salvador.
Lo que se avisa al público para los efectos legales.
LIBRADO: en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a
las nueve horas y treinta minutos del día veinticinco de abril de dos mil
tres. Lic. EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE
LO MERCANTIL. Licda. ELENA ELIZABETH AYALA ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. 33284-2
JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ CUARTO DE LO
MERCANTIL SUPLENTE, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL
PUBLICO EN GENERAL,
HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido
por el Licenciado VLADIMIR REYNALDO AGUILAR MIRANDA,
Apoderado General Judicial del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD
ANONIMA, contra JULIO ALEXANDER SALAZAR RAMOS, se
venderán en Pública Subasta en este Tribunal, las siguientes acciones:
1) SETECIENTAS VEINTIDOS ACCIONES de la DISTRIBUIDORA
DE ELECTRICIDAD CLESA, ubicada en Veintitrés Avenida Sur y
Quinta Calle Oriente, barrio San Rafael de la jurisdicción de Santa Ana,
las cuales tiene un valor nominal de CIEN COLONES cada una, am-
paradas por los certifi cados siguientes: Certifi cado Número Seiscientos
Veinticuatro que ampara SEISCIENTAS CINCUENTA ACCIONES
de la Número DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL SETECIEN-
TOS OCHENTA Y DOS a la Número DOSCIENTOS CINCUENTA
Y TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y UNO; y el Certifi cado
Número Seiscientos Veinticinco que ampara SETENTA Y DOS AC-
CIONES de la Número DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL
CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS a la Número DOSCIENTOS
CINCUENTA Y TRES MIL QUINIENTOS TRES, haciendo un total
de SETECIENTAS VEINTIDOS ACCIONES, las cuales constan en el
Libro de Accionistas en el Folio número trece de la Sociedad CLESA,
S.A. DE C.V., identifi cado con el Número de Registro Siete, el cual
consta de trescientas hojas útiles, las cuales van selladas como constan
de haberse percibido los derechos de legalización de acuerdo al Arancel
respectivo. 2) Acciones de la COMISION EJECUTIVA HIDROELEC-
TRICA DEL RIO LEMPA, CEL, en Novena Calle Poniente, número
novecientos cincuenta, Centro de Gobierno, San Salvador, Certifi cado
número SEISCIENTOS VEINTICINCO que ampara SETENTA Y DOS
ACCIONES, de la número doscientos cincuenta y tres mil cuatrocientos
treinta y dos a la número doscientos cincuenta y tres mil quinientos tres;
y Certifi cado número SEISCIENTOS VEINTICUATRO que ampara
SEISCIENTAS CINCUENTA ACCIONES numeradas de la número
doscientos cincuenta y dos mil setecientos ochenta y dos, a la número
doscientos cincuenta y tres mil cuatrocientos treinta y uno.
Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguien-
tes.
LIBRADO: en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador,
a las nueve horas del día quince de octubre de dos mil dos. Lic. JOSE
GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ CUARTO DE LO MERCAN-
TIL SUPLENTE. Licda. ELENA ELIZABETH AYALA ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. 33286-2
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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
EL INFRASCRITO JUEZ INTERINO DEL JUZGADO SEGUNDO
DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO
EN GENERAL,
HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido
por el Licenciado VLADIMIR REYNALDO AGUILAR MIRANDA,
actuando como Apoderado General Judicial del BANCO AGRICOLA
COMERCIAL DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, ahora
BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA; contra el señor JU-
LIO CESAR ALVARADO SANCHEZ, se venderá en pública subasta
en este tribunal en fecha y hora que serán señaladas posteriormente el
inmueble que a continuación se describe: “UN INMUEBLE, de natu-
raleza rústica situado en el lugar denominado Estanzuelas, Jurisdicción
de Quezaltepeque, Departamento de La Libertad; que forma parte de la
Lotifi cación Quezaltepeque Primera Etapa, marcado como lote número
ocho del Block “D”, con una extensión superfi cial de DOSCIENTOS
METROS CUADRADOS equivalentes a DOSCIENTOS OCHENTA
Y SEIS VARAS CUADRADAS, DIECISEIS CENTESIMAS DE
VARA CUADRADA, que mide y linda: AL NORESTE: línea recta de
diez metros, linda con lote número quince del mismo Block “D” ; AL
SUROESTE: línea recta de diez metros, linda con lote número seis del
Block “E”, Calle de diez metros de ancho de por medio: AL SURESTE:
línea recta de veinte metros, linda con lote número nueve del mismo
Block “D”; y AL NOROESTE: línea recta de veinte metros, linda con
lote número siete del mismo Block “D”. Todos los lotes colindantes son
o han sido propiedad del señor HECTOR ESCALANTE, el Inmueble
antes descrito se encuentra inscrito a favor del señor JULIO CESAR
ALVARADO SANCHEZ, al número VEINTINUEVE del libro DOS
MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y UNO del Registro de la Propiedad
Raíz e Hipotecas del Depto. de La Libertad.
Se admitirán posturas siendo legales, lo que se avisa al público
para los efectos de ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL:
San Salvador, a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del día seis de
mayo de dos mil tres. Licdo. JOSE OSCAR LACAYO MEYER, JUEZ
SEGUNDO DE LO MERCANTIL INTERINO. Licda. TERESA DE
JESUS VASQUEZ VASQUEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. 33285-2
LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO EN GENERAL,
HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido
inicialmente por el Licenciado MAURICIO ALFREDO SOLORZANO
GRANDE, y continuado por el Licenciado ALFONSO ADAN FLORES
ZELAYA, , como Apoderados Generales Judiciales de BANCO DE
CREDITO INMOBILIARIO, S.A., EN LIQUIDACION, contra el señor
WALTER ATILIO REYES RAMIREZ, se venderá en Pública Subasta
en este Tribunal, en fecha que más adelante se señalará el Bien inmueble
que a continuación se describe y localiza así: “Un inmueble urbano y
construcciones que contiene, marcado con el número VEINTICINCO
del polígono catorce pasaje diecinueve, de la Urbanización Sierra Mo-
rena II, situada al Poniente del Ministerio de Agricultura y Ganadería,
jurisdicción de Soyapango, de este Departamento, de la capacidad de
SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS equivalentes a CIENTO
SIETE PUNTO TREINTA Y UNA VARAS CUADRADAS, que se
describe así: lote número veinticinco del Polígono Catorce, partiendo
de la intersección formada por los ejes de la calle paralela al Boulevard
del Ejército y Pasaje Número Diecinueve, se mide sobre el eje del Pasaje
Número Diecinueve con rumbo Norte cero dos grados dieciséis punto cinco
minutos Oeste una distancia de ochenta y seis metros, en este punto con
una defl exión izquierda de noventa grados y una distancia de dos punto
cincuenta metros, se localiza la esquina Nor-Este del lote a describir, el
cual a partir de dicho vértice y siguiendo el sentido del movimiento de
las agujas del reloj, mide y linda así: AL ORIENTE, línea recta de cinco
metros con rumbo Sur cero dos grados dieciséis punto cinco minutos
Este, lindando en este tramo con lote número veintiséis del grupo número
quince, pasaje número diecinueve de cinco metros de ancho de por
medio; AL SUR, línea recta de quince metros con rumbo Sur, ochenta
y siete grados cuarenta y tres punto cinco minutos Oeste, lindando en
este tramo con lote número veintitrés del grupo número catorce de la
misma Urbanización; AL PONIENTE, línea recta de cinco metros, con
un rumbo Norte cero dos grados dieciséis punto cinco minutos Oeste,
lindando en este tramo con lote número veintiséis del grupo número
catorce de la misma Urbanización; AL NORTE, línea recta de quince
metros, con rumbo Norte ochenta y siete grados cuarenta y tres punto
cinco minutos Este, lindando en este tramo con lote número veintisiete
del grupo número catorce de la misma Urbanización. El inmueble Urbano
descrito anteriormente pertenece al Ejecutado señor WALTER ATILIO
REYES RAMIREZ de acuerdo con la Inscripción del Sistema de Folio
Real Número CERO UNO-CERO CUARENTA Y SIETE MIL CIN-
CUENTA Y CUATRO-CERO CERO. Inscripción DOS, del Registro
de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro,
Departamento de San Salvador.
SE ADMITIRAN POSTURAS SIENDO LEGALES.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL:
San Salvador, a las doce horas y treinta minutos del día siete de agosto
del dos mil tres.- Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ
TERCERO DE LO MERCANTIL. Lic. ANA CECILIA FIGUEROA
DE BARAHONA, SECRETARIA.
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93DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE LO
MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN
GENERAL,
HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por
la Licenciada MILAGRO ELVECIA ARGUETA DE RAMOS, Apode-
rada General Judicial del BANCO DE CREDITO INMOBILIARIO, SO-
CIEDAD ANONIMA EN LIQUIDACION, continuado por el Licenciado
RONALD EDUARDO TOLEDO CHAVEZ, en el mismo carácter que
la primera, contra LEONARDO FABIAN MARTINEZ MARTINEZ, se
venderá en Pública Subasta en este Tribunal, un inmueble de naturaleza
urbana, situado a la altura del kilómetro doce de la Carretera Troncal del
Norte, jurisdicción de Apopa del Departamento de San Salvador, marcado
como lote NUMERO VEINTICUATRO DEL POLIGONO QUINCE y
que forma parte de la URBANIZACION “LOS NARANJOS”, Nuevo
Amanecer el cual se describe así: partiendo del punto de intersección de
los ejes de la Avenida Los Naranjos y del Pasaje “G” Oriente, se mide
sobre el eje de este último dos distancias: la primera de setenta y uno
punto novecientos cincuenta y tres metros, con rumbo Norte cuarenta
y cinco grados treinta y cuatro punto cuarenta y cinco minutos Este y
la segunda de nueve punto doscientos doce metros, con rumbo Norte
treinta y nueve grados once punto cuarenta y nueve minutos Este, lle-
gando así a un punto en donde con defl exión derecha de noventa grados
y con distancia de dos punto cincuenta metros se localiza el esquinero
Nor-poniente del lote cuyas medidas y linderos son: AL NORTE, línea
recta de rumbo Norte treinta y nueve grados once punto cuarenta y nueve
minutos Este y distancia de seis punto cero cero metros, lindando con los
lotes números veintitrés y veinticinco del polígono trece, de la misma
Urbanización, Pasaje “G” Oriente de cinco punto cero cero metros de
ancho de por medio; AL ORIENTE, línea recta de rumbo Sur cincuenta
grados cuarenta y ocho punto cincuenta y un minutos Este y distancia
de diez punto cero cero metros, lindando con el lote número veintiséis
del polígono quince de la misma Urbanización; AL SUR, línea recta de
rumbo Sur treinta y nueve grados once punto cuarenta y nueve minutos
Oeste y distancia de seis punto cero cero metros, lindando con el lote
número veintitrés del polígono quince de la misma Urbanización; AL
PONIENTE, línea recta de rumbo Norte cincuenta grados cuarenta y
ocho punto cincuenta y un minutos Oeste y distancia de diez punto cero
cero metros, lindando con lote número veintidós del polígono quince,
de la misma Urbanización; llegando así al esquinero Nor-poniente del
inmueble, que fue donde dio inicio la presente descripción. El inmueble
así descrito tiene una extensión superfi cial de SESENTA PUNTO CERO
CERO METROS CUADRADOS, equivalentes a OCHENTA Y CINCO
PUNTO OCHENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS, todos los lotes
colindantes son o han sido propiedad de las Sociedades MACOPAR,
S.A. DE C.V., PROSOL, S.A. DE C.V., EDYTE, S.A. DE C.V. y CON-
HABI, S.A DE C.V., el inmueble se encuentra inscrito a favor del señor
LEONARDO FABIAN MARTINEZ MARTINEZ en la Matrícula de
Folio Real número CERO UNO-CERO CINCUENTA Y SIETE MIL
OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS-CERO CERO inscripción DOS
del Registro de Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del
Centro.
Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.
LIBRADO: en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador,
a las diez horas y cincuenta minutos del día treinta de junio de dos mil
tres. Lic. EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO
DE LO MERCANTIL. Licda. JACQUELINE JOHANNA ORTIZ
DURAN, SECRETARIA.
3 v. alt. No.33260-2
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA. JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN, AL PUBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado
a las ocho horas con cuarenta y cinco minutos del día cuatro de sep-
tiembre del dos mil tres; en el Juicio Ejecutivo Civil, promovido por el
señor JORGE LINO UMAÑA HEREDIA, por medio de su apoderado
Licenciado JORGE ALBERTO RAMOS PINEDA, en contra del señor
RAMON LEMUS: se venderá en PUBLICA SUBASTA y EN FECHA
QUE OPORTUNAMENTE SE SEÑALARA el inmueble siguiente: de
naturaleza rústica, inculto, situado en Caserío Casas de Tejas, Cantón
San José Ingenio de esta jurisdicción, identifi cado como parcela número
TRES de un área de TRES MIL DOSCIENTOS VEINTIUN METROS
CUADRADOS SETENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS,
que linda: AL NORTE y PONIENTE, con Luis Posadas Martínez co-
nocido por Luis Posadas. AL ORIENTE, con calle a Cantón San José
Ingenio; y AL SUR, con parcela señalada como número dos con José
Domingo Martínez Alonzo hoy con Ramón Lemus.- Dicho inmueble
se encuentra inscrito a favor del demandado señor RAMON LEMUS,
bajo el número VEINTIUNO del libro MIL SEISCIENTOS OCHENTA
Y TRES, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera
Sección de Occidente.-
Servirá de base para el remate del inmueble a subastar las dos
terceras partes de su valúo y se admitirá posturas siendo legales.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las diez horas con
treinta y cinco minutos del día dieciocho de septiembre del dos mil
tres.- Lic. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.
Lic. EDGAR GUILLERMO MOLINA, SECRETARIO INTO.
3 v. alt. No. 33191-2
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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
MARIO AGUILAR MOLINA, Juez Primero de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público en general para los efectos de ley,
HACE SABER: que en JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido
por la Abogada ANA DOLORES JOYA DE PEÑA como Apoderada del
señor EDUARDO ELIAS CAÑADA contra la señora MARIA LETICIA
MEJIA DE DIAZ, reclamándole cumplimiento de obligaciones y demás
accesorios de ley, se venderá en pública subasta en este Tribunal el
inmueble siguiente: “Un lote de terreno urbano y construcciones que
contiene marcado en el plano de lotifi cación con el número UNO, de
la Urbanización Bello Horizonte, situada en la esquina formada por la
calle hacia Ayutuxtepeque y Mejicanos y la calle o camino a Zacamil
en el Cantón Zacamil, jurisdicción de Mejicanos de este departamento
que se localiza así: partiendo de la intersección de los ejes de las calles
mencionadas, se miden sobre el eje de la Calle a la Zacamil, treinta y
tres metros cincuenta centímetros con rumbo Sur, cuarenta y seis grados,
cuarenta y nueve punto cinco minutos Oeste y se llega a un punto en que
con defl exión izquierda de noventa grados y distancia de ocho metros,
se localiza el esquinero noreste del lote que se describe, el que mide y
linda AL NORTE, siete metros cincuenta y siete centímetros, rumbo
Norte cuarenta y seis grados, cuarenta y nueve punto cinco minutos
Este, linda Calle a la Zacamil de por medio con terreno del Instituto de
Vivienda Urbana, que fue antes de ROBERTO ALVAREZ DREWS,
AL ORIENTE, línea mixta compuesta de dos tiros el primero curvo
de veintiún metros con radio de quince metros y el segundo recto de
un metro, con rumbo Sur treinta y dos grados, cincuenta y dos punto
cuatro minutos Este, linda calle a Ayutuxtepeque y Mejicanos de por
medio con terrenos que fueron de INES HERNANDEZ SANCHEZ y
ahora contiene casa en la Colonia Las Colinas, AL SUR, veintiún me-
tros cincuenta centímetros rumbo Sur, cincuenta y siete grados punto
seis minutos Oeste linda con lote número dos hoy de RAUL TORRES
HERNANDEZ, y AL PONIENTE, once metros ochenta y dos centímetros
rumbo Norte treinta y dos grados cincuenta y dos punto cuatro minuto
Oeste, linda con lote número seis, hoy de los señores Coronel ALONSO
CASTILLO NAVARRETE y SALATIHELA BLANCO ALFARO. Los
lotes mencionados por los rumbos Sur y Poniente están formados, parte
de la Urbanización Bello Horizonte mencionada y han sido antes de
propiedad de los Ingenieros EDGARDO ANTONIO MOLINA MEJIA
y RENE CUENCA RODRIGUEZ. El lote así descrito tiene un área
de DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS,
DOCE DECIMETROS CUADRADOS, equivalentes a TRESCIENTAS
CUARENTA Y SEIS VARAS CUADRADAS, CUARENTA Y TRES
CENTECIMAS DE VARA CUADRADA inscrito a favor de la señora
MARIA LETICIA MEJIA DE DIAZ, al número OCHENTA Y TRES,
del libro MIL NOVECIENTOS CUARENTA de Propiedad de este De-
partamento”. Dicho inmueble se encuentra inscrito actualmente bajo el
Sistema de Folio Real con la Matrícula número M CERO CINCO UNO
CERO TRES UNO SIETE TRES inscripción CERO CERO CERO UNO
del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del
Centro, a favor de la señora MARIA LETICIA MEJIA DE DIAZ.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las
nueve horas y veinticinco minutos del día nueve de septiembre del año
dos mil tres. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO
CIVIL. Licda. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. 33180-2
EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, Juez Cuarto de lo Mercantil de este Distrito Judicial, al público en general,
HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el Licenciado GILBERTO ENRIQUE ALAS MENENDEZ, Apoderado General Judicial de BANCO CUSCATLAN, SOCIEDAD ANONIMA, contra el señor ANIBAL DE JESUS MINERO, conocido por ANIBAL DE JESUS SIGARAN MINERO, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, un inmueble de naturaleza urbana, marcado como lote NU-MERO TRES DEL POLIGONO “CUATRO” DE URBANIZACION “RESIDENCIAL SANTA ALEGRIA”, jurisdicción de Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador, el cual es de una extensión superfi cial de OCHENTA Y DOS PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS. Inscrito a favor del señor ANIBAL DE JESUS MINERO, conocido por ANIBAL DE JESUS SIGARAN MINERO en el Registro Social de Inmuebles con la Matrícula M CERO UN MILLON DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES, Asiento numero CERO CERO CERO CINCO.
Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.
Librado en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a las doce horas del día veintisiete de agosto de dos mil tres. Lic. EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL. Lic. JOSE ROBERTO ANTONIO LEON JOSA, SECRETARIO Into.
3 v. alt. No. 33140-2
EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este Distrito Judicial al público en general,
HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido en este Tribunal inicialmente por el Doctor JESUS ADALBERTO ORTIZ, y continuado por la Licenciada MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, mayores de edad, Abogados, de este domicilio, como Apoderados Generales Judiciales del BANCO DE CONSTRUC-CION Y AHORRO, SOCIEDAD ANONIMA, la última actualmente como Apoderada General Judicial del BANCO SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA, de este domicilio, absorbente del BANCO DE CONSTRUCCION Y AHORRO, SOCIEDAD ANONIMA, contra los señores JOSE ARISTIDES MONTERROSA ANDRADE, empleado, y BLANCA ESTELA SALINAS PALACIOS DE MONTERROSA, profesora, ambos mayores de edad y de este domicilio, se venderá en pública subasta en este Tribunal, en fecha que más adelante se señalará, los inmuebles que a continuación se describen; PRIMER INMUEBLE: Un local marcado con el Número DOSCIENTOS TRES DEL EDIFI-CIO “C” DEL CENTRO COMERCIAL FERIA ROSA, situado en esta Jurisdicción de San Salvador, de naturaleza urbana, a la izquierda de la Carretera Panamericana, doble vía a Santa Tecla, cuya descripción es la siguiente: DESCRIPCION TECNICA DEL LOCAL NUMERO DOS-CIENTOS TRES DEL EDIFICIO “C” DEL CENTRO COMERCIAL FERIA ROSA, se ubica en el segundo nivel del Edifi cio “C” con un área construida de CUARENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA METROS CUADRADOS, y medida cúbica de CIENTO CINCUENTA Y SEIS METROS CUBICOS, y su descripción técnica es: Partiendo del vértice Sur-Este del Edifi cio “C”, conocido como punto Número tres, el cual fue descrito anteriormente, se miden cuatro tramos, EL PRIMERO: con rumbo Sur nueve grados con cuarenta y cinco punto nueve minutos Oeste y distancia de quince metros; EL SEGUNDO: con rumbo Sur ochenta
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grados con doce punto cinco minutos Este y distancia de dos punto cincuenta metros; EL TERCERO: con rumbo Sur nueve grados con cuarenta y cinco punto nueve minutos Oeste y distancia de diez metros; EL CUARTO: con rumbo Norte ochenta grados con doce punto cinco minutos Oeste y distancia de dos punto cincuenta metros, a partir de este punto se mide verticalmente hacia arriba de tres punto cuarenta y cinco metros, hasta llegar al vértice Sur-Este del bien que se describe y desde el cual se inicia la presente descripción; AL SUR: Un tramo con rumbo Norte ochenta grados con doce punto cinco minutos Oeste y distancia de diez metros, lindando con parte del Local C doscientos cuatro del segundo nivel del mismo Edifi cio y pasillo de circulación; AL OESTE: Un tramo con rumbo Sur nueve grados con cuarenta y cinco punto nueve minutos Oeste y distancia de cinco metros lindando con espacio aéreo sobre áreas recreativas pasillo de circulación de dos punto cincuenta metros de ancho de por medio; AL NORTE: Un tramo, con rumbo Sur ochenta grados con doce punto cinco minutos Este y distancia de diez metros, lindando con parte del Local C- doscientos dos del segundo nivel del mismo Edifi cio y con espacio aéreo sobre estacionamiento; AL ESTE: cinco tramos, EL PRIMERO: con rumbo Norte nueve grados con cuarenta y cinco punto nueve minutos Este y distancia de uno punto sesenta metros lindando con espacio aéreo sobre estacionamiento; EL SEGUNDO: con rumbo Norte ochenta grados doce punto cinco minutos Oeste y distancia de uno punto veintidós metros; EL TERCERO: con rumbo Norte nueve grados con cuarenta y cinco punto nueve minutos Este y distancia de cero punto noventa metros; EL CUARTO: con rumbo Sur ochenta grados doce punto cinco minutos Este y distancia de uno punto veintidós metros lindando en tramos segundo, tercero y cuarto, conducto de ventilación; EL QUINTO: con rumbo Norte nueve grados con cuarenta y cinco punto nueve minutos Este y distancia de dos punto cincuenta metros, lindando con espacio aéreo sobre estacionamiento, este inmueble linda también por el lado inferior con Local C- ciento tres del primer nivel del mismo Edifi cio y por el lado superior con Local C- trescientos tres del tercer nivel del mismo Edifi cio, dicho inmueble se encuentra inscri-to a favor del señor JOSE ARISTIDES MONTERROSA ANDRADE, Inscrito bajo el Sistema de Folio Real según Matrícula Número CERO UNO-CERO SEIS OCHO OCHO CATORCE- CERO CERO CERO, Inscripción CINCO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador. SEGUN-DO INMUEBLE: Un local de estacionamiento marcado como Número OCHO, NIVEL UNO, DEL EDIFICIO DE ESTACIONAMIENTO FERIA ROSA, situado en la intersección de la Avenida Infantería de la Colonia Manuel José Arce, y Pista Norte de la Autopista Sur, en esta ciudad de San Salvador, cuya descripción es la siguiente: DESCRIPCION TECNICA ESTACIONAMIENTO NUMERO OCHO DEL EDIFICIO DE ESTACIONAMIENTO FERIA ROSA, se ubica en el primer nivel del Edifi cio con un área de DOCE PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS y medida cúbica de TREINTA METROS CUBICOS y su descripción técnica es: Partiendo del punto número uno del cual fue descrito anteriormente, se miden tres tramos; EL PRIMERO: con rumbo Norte sesenta y seis grados diez punto cinco minutos Oeste y distancia de cincuenta metros; EL SEGUNDO: con rumbo Sur veintitrés grados cuarenta y nueve punto cinco minutos Oeste y distancia de cuarenta y ocho metros; EL TERCERO: con rumbo Sur sesenta y seis grados diez punto cinco minutos Este y distancia de diecisiete punto cincuenta metros, a partir de este punto se hace una defl exión derecha de noventa grados y distancia de tres metros hasta llegar al vértice Nor-Oeste del bien que se describe y desde el cual se inicia la presente descripción; AL OESTE: Un tramo con rumbo Sur veintitrés grados cuarenta y nueve punto cinco minutos Oeste y distancia de cinco metros, lindando con estacionamiento número uno-siete del primer nivel del Edifi cio; AL SUR:
Un tramo con rumbo Sur sesenta y seis grados diez punto cinco minutos Este y distancia de dos punto cincuenta metros, lindando con pared del block del Edifi cio; AL ESTE: Un tramo con rumbo Norte veintitrés grados cuarenta y nueve punto cinco minutos Este y distancia de cinco metros, lindando con estacionamiento número uno-nueve del primer nivel del Edifi cio; AL NORTE: Un tramo con rumbo Norte sesenta y seis grados, diez punto cinco minutos Oeste y distancia de dos punto cincuenta metros, lindando con estacionamiento número uno- veintinueve del primer nivel del Edifi cio, circulación vehicular de seis metros de ancho de por medio, este inmueble linda también por el lado inferior con bien raíz del condominio y por el lado superior con estacionamiento número dos-ocho del segundo nivel del Edifi cio, losa de entrepiso de por medio, dicho inmueble se encuentra inscrito a favor del señor JOSE ARISTIDES MONTERROSA ANDRADE, inscrito bajo el Sistema de Folio Real según Matrícula Número CERO UNO-CERO SEIS OCHO NUEVE TRES CUATRO- CERO CERO CERO, Inscripción CINCO. La base del remate será de: DOSCIENTOS SIETE MIL COLONES.
Se admitirán posturas siendo legales.
Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil: San Salvador, a las diez horas treinta minutos del día quince de julio de dos mil tres. Dr. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCAN-TIL, Lic. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33166-2
LUZ LIDIA GUTIERREZ PARADA, Notario, de este domicilio, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: que a mi ofi cina situada en la Quince Calle Oriente número Ochocientos Dos Bis, Costado Sur del Centro de Gobierno de esta ciudad, se ha presentado el señor CARLOS CONTRERAS LEMUS, mayor de edad, jornalero, del domicilio de San Jorge, Departamento de San Miguel, pidiendo se le extienda TITULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica, que compró al señor MANUEL RAFAEL LEMUS RIVAS, situado en el Cantón San Pedro Arenales, jurisdicción. de Chinameca, departamento de San Miguel, de la capacidad superfi cial de VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, de las colindancias siguientes: AL NORTE, con ANGEL HUMBERTO CHAVEZ APARICIO; AL ORIENTE, con ANGEL HUMBERTO CHAVEZ APARICIO; AL SUR, con BLANCA RIVAS, FRANCISCO RUIZ, MAURICIO MOREIRA y CARMELO MENDOZA; y AL PONIENTE, con Pedro Granados y Angel Guerra. La posesión del peticionario data desde el día siete de agosto del presente año, hasta hoy, y unida la posesión a la de su antecesor data desde hace más de quince años, y ha sido y es quieta, pacífi ca y sin interrupción, no habiendo sido impedido, ni perturbado por nadie.
San Miguel, veintiséis de septiembre del año dos mil tres.
Licda. LUZ LIDIA GUTIERREZ PARADA,
NOTARIO.
3 v. alt. No. 33312-2
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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA
INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO
DE MORAZAN,
HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado
CARLOS VIDAL MEJIA HERNANDEZ, Apoderado General Judicial de
la Alcaldía Municipal de la Villa de El Divisadero, solicitando TITULO
SUPLETORIO de tres inmuebles de naturaleza rústica, situados los dos
primeros en el Cantón San Pedro Río Seco y el tercero en el Cantón San
Pedro Carrizal, ambos de la jurisdicción de El Divisadero, el primero
de la capacidad superfi cial de CIENTO TREINTA Y TRES METROS
VEINTITRES CENTIMETROS SETENTA Y CINCO DECIMETROS
CUADRADOS, que tiene las medidas y linderos siguientes: AL NOR-
TE: mide ONCE METROS con SESENTA CENTIMETROS, linda con
propiedad del señor LONGINO GONZALEZ, AL SUR: mide NUEVE
METROS con TREINTA CENTIMETROS, linda con propiedad de
la señora CRISTABEL ALVAREZ, AL PONIENTE: mide DIEZ
METROS con DIEZ CENTIMETROS, linda con propiedad del señor
LONGINO GONZALEZ, y AL ORIENTE mide QUINCE METROS
CON CUARENTA CENTIMETROS, linda con propiedad de la señora
CRISTABEL ALVAREZ y calle pública de por medio, el cual lo valúa en
la cantidad de QUINCE MIL COLONES, equivalentes en la actualidad
a MIL SETECIENTOS CATORCE DOLARES CON VEINTIOCHO
CENTAVOS DE DOLAR, y lo adquirió por ocupación desde el año de mil
novecientos sesenta y uno, y en él se encuentra construido un tanque de
cemento subterráneo para el abastecimiento del líquido vital (AGUA) para
la comunidad conocida como “POZO EL PAPALON”, EL SEGUNDO:
de la capacidad superfi cial de DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA
Y OCHO METROS CON CUARENTA Y CINCO CENTIMETROS
CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE: mide
CUARENTA Y TRES METROS CON CINCUENTA CENTIMETROS,
linda con propiedad de los señores FABIO MOLINA y CRISTABEL
ALVAREZ, AL SUR: mide VEINTITRES METROS CON CINCUENTA
CENTIMETROS, linda con calle pública de por medio, AL PONIENTE:
mide CINCUENTA Y DOS METROS CON TREINTA CENTIME-
TROS, en línea quebrada colindando con propiedad del señor FABIO
MOLINA, AL ORIENTE: en este rumbo se encuentran dos tramos, el
primero de SETENTA Y DOS METROS CON DIEZ CENTIMETROS,
y el SEGUNDO de DIECISIETE METROS, en línea curva, colindando
con propiedad del señor ISRAEL AREVALO, dicho inmueble lo valúa
en la cantidad de VEINTE MIL COLONES, equivalentes a DOS MIL
DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO DOLARES CON SETENTA Y
UN CENTAVOS DE DOLARES, y lo adquirió por ocupación desde el
año de mil novecientos sesenta y uno, y en él se encuentran construidas
pilas, lavaderos y un tanque de cemento para el abastecimiento del líquido
vital (AGUA) para la comunidad, conocido por el nombre “LAS PILAS
PUBLICAS”, y el TERCER INMUEBLE: de la capacidad superfi cial
de DOS MIL QUINIENTOS ONCE METROS, CUARENTA Y TRES
CENTIMETROS VEINTE DECIMETROS CUADRADOS, de las
medidas y linderos siguientes: AL NORTE: dos tramos, el primero de
CINCUENTA METROS y el segundo de TRECE METROS, linda con
propiedad de la señora ANA JULIA TURCIOS y calle pública de por
medio, AL SUR, mide OCHENTA METROS en línea quebrada, linda
con propiedad de la señora CRUZ CLAROS y callejón principal, AL
PONIENTE: mide OCHENTA METROS en línea quebrada y linda con
propiedad de la señora NICOLASA CARBALLO FERRUFINO, y AL
ORIENTE: en este rumbo se encuentran dos tramos: el primero de ONCE
METROS CON NOVENTA CENTIMETROS y el segundo de TRECE
METROS CON SETENTA CENTIMETROS, dicho inmueble lo valúa
en la cantidad de VEINTE MIL COLONES, equivalentes a DOS MIL
DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO DOLARES CON SETENTA
Y UN CENTAVOS DE DOLARES, y lo adquirió por donación que
hiciera el señor ESTEBAN PERLA (ya fallecido), y en él se encuentra
la construcción de pilas, lavaderos y un tanque subterráneo para el
abastecimiento del líquido vital (AGUA), para la comunidad conocida
con el nombre de “POZOS DE LA ZACATERA”.
Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las
diez horas del día veinticinco de julio de dos mil tres. Lic. JUAN CAR-
LOS FLORES ESPINAL, JUEZ 1º. de 1ª. INSTANCIA. Br. YESENIA
ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. 33240-2
JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez de Primera Instancia
de este Distrito Judicial,
HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el Lic. AU-
GUSTO ANTONIO ROMERO BARRIOS, mayor de edad, Abogado y
Notario, del domicilio de esta ciudad, actuando en calidad de Apoderado
General Judicial del señor LUIS ALONSO AMAYA VARGAS conocido
por LUIS ALONSO VARGAS AMAYA, solicitando TITULO SUPLE-
TORIO de un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón Ostucal,
Jurisdicción de San Luis de La Reina, Distrito de Sesori, Departamento
de San Miguel, de la capacidad superfi cial de MEDIA MANZANA o sea
TREINTA Y CINCO AREAS, de los linderos y colindantes siguientes:
AL ORIENTE: con EUGENIO OCHOA cerco de alambre y brotones de
tempate de por medio; AL NORTE: Con resto del terreno que le quedó
al vendedor, cerco de alambre de por medio; AL PONIENTE: Con resto
del terreno que le queda al vendedor, cerco de alambre propio de por
medio; y AL SUR: Con ELIAS PORTILLO, antes de ADRIAN RIVE-
RA, Calle Nacional que de San Luis de La Reina conduce a Carolina.
Dicho inmueble fue adquirido por compra que hizo al señor VIRGILIO
CRUZ CHICAS, en el año de mil novecientos ochenta y tres, ante los
ofi cios Notariales del Lic. MIGUEL ANGEL GOMEZ, y lo valúan en
la cantidad de VEINTE MIL COLONES.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios, a las
catorce horas con treinta minutos del día treinta y uno de enero del año
dos mil tres. Lic. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA. Br. JOSE FRANCISCO VELASQUEZ
DIAZ, SECRETARIO.
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97DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
ANA MIRIAM QUITEÑO MEJIA, Notaria, con Ofi cina situada en
Condominio Australia Norte, Edifi cio “C” 2do. Piso # 2, Calle al Volcán,
Mejicanos, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: que a esta ofi cina se han presentado los señores
SALVADOR VARGAS MOLINA y MARIA JOSEFINA PEÑA DE
BARGAS, solicitando se les extienda Título de propiedad sobre un
inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón Palacios, Caserío
Los Filos, Municipio de Jutiapa, Departamento de Cabañas, de una
extensión superfi cial de tres mil quinientos metros cuadrados, que
linda al Oriente: con resto de terreno del señor SANTIAGO MOLINA
ECHEVERRIA, al Norte, con resto de terreno del señor SANTIAGO
MOLINA ECHEVERRIA, camino vecinal de por medio; Al Poniente:
en una parte con la señora ANGELA PEÑA, y con ISMAEL PEÑA
PEÑA, calle de por medio en todo el rumbo y al Sur: con terreno de
CARMEN MOLINA. El anterior inmueble lo hubo por compra que
hicieron al señor SANTIAGO MOLINA ECHEVERRIA, en documento
no inscribible, lo han poseído de buena fe, en forma quieta, pacífi ca e
ininterrumpida por más de diez años, y se encuentra en proindivisión a
favor de los solicitantes.
San Salvador, diecinueve de agosto de dos mil tres.
ANA MIRIAM QUITEÑO MEJIA,
NOTARIA.
3 v. alt. No. 33359-2
ANA MIRIAM QUITEÑO MEJIA, Notaria, con Ofi cina situada en
Condominio Australia Norte, Edifi cio “C” 2do. Piso # 2, Calle al Volcán,
Mejicanos, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado la señora ROSA
GUERRERO, solicitando se le extienda Título de propiedad sobre un
inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón San Antonio
Buenavista, jurisdicción de Tejutepeque, Departamento de Cabañas,
de una extensión superfi cial de doscientos noventa punto diez metros
cuadrados, que mide y linda al Norte: veinte metros, linda con PABLO
ANTONIO ESPINO; Al Oriente: dieciocho metros, linda con LUIS AN-
GEL AREVALO PEÑA; al Sur: diecisiete metros, con JOSE DOLORES
MORALES ESCOBAR; y Al Poniente: trece punto cincuenta metros,
con JOSE DOLORES MORALES ESCOBAR. El anterior inmueble lo
hubo por compra que hizo al señor JOSE DOLORES MORALES, en
documento no inscribible, lo ha poseído de buena fe, en forma quieta,
pacífi ca e ininterrumpida por más de diez años, y no se encuentra en
proindivisión.
San Salvador, diecinueve de agosto de dos mil tres.
ANA MIRIAM QUITEÑO MEJIA,
NOTARIA.
3 v. alt. No. 33357-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: que la señorita JUANA DE JESUS MIRANDA,
de cuarenta y seis años de edad, soltera, Profesora, de este domicilio,
portadora de su Documento Unico de Identidad 01262945- 4; solicita
título de dominio de propiedad de un predio rústico situado en el Can-
tón La Javía de esta jurisdicción, que se encuentra delimitado así: AL
NORTE, Trescientos treinta y siete metros, con terreno del señor PEDRO
AYALA; AL ORIENTE, ochenta y cuatro metros, río de por medio con
CLEOTILDE TORRES; AL SUR, Trescientos treinta y seis metros con
MERCEDES AYALA; y AL PONIENTE, setenta metros, calle de por
medio con terrenos de PETRONA GIRON y EMILIO CACERES. No es
predio dominante, ni sirviente, no tiene gravamen de ninguna naturaleza
ni proindivisión que le afecte. Los colindantes son de este domicilio. Se
estima el inmueble en la suma de VEINTE MIL COLONES.
Se avisa para los fi nes consiguientes.
Alcaldía Municipal: TEPECOYO, a diecisiete de septiembre del año
dos mil tres. OVIDIO MARTINEZ GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL.
ARISTIDES MENDEZ OVIEDO, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. 33302-2
ARMANDO LAZARO CRUZ, Notario, con ofi cina jurídica en Tercera
Calle Oriente, número siete de esta ciudad, al público para los efectos
de ley,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado LORENA
YANIRA MEJIA MIRANDA, de treinta y un años de edad, Profesora,
del domicilio de Santo Domingo, a iniciar diligencias de TITULO DE
DOMINIO, de un inmueble urbano, sito en los suburbios del Barrio La
Cruz de Santo Domingo, departamento de San Vicente, de la extensión
superfi cial de SETECIENTOS NOVENTA Y DOS PUNTO VEINTI-
DOS METROS CUADRADOS, lindante AL NORTE: con solar de
SANTIAGO PORTILLO MOLINA, AL ORIENTE: con inmueble de
MARIA JOSEFINA RIVAS, AL SUR: con propiedad de MANUEL MA-
RAVILLA MEJIA, y AL PONIENTE: con solar de CRUZ AREVALO y
KELVIN JAVIER GUZMAN, línea férrea de por medio, el inmueble lo
hubo por COMPRA que le hizo su madre MARIA UDELIA MIRANDA
DE MEJIA, en el año de mil novecientos noventa y tres, en Escritura
Pública, no inscribible por carecer de antecedente inscrito.
Librado en San Vicente, a los veinticinco días de septiembre de
dos mil tres.
ARMANDO LAZARO CRUZ,
NOTARIO.
3 v. alt. No. 33200-2
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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
ARMANDO LAZARO CRUZ, NOTARIO CON OFICINA JURIDICA EN TERCERA CALLE ORIENTE NUMERO SIETE DE ESTA CIU-DAD, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE EMILIANO RIVERA RIVERA y MARIA CARMEN CASTILLO REYES DE RIVERA, de cincuenta y cuatro y cuarenta y seis años, agricultor en pequeño y de ofi cios domésticos, ambos del domicilio de Tecoluca, a iniciar diligencias de TITULO DE DOMINIO, de un inmueble urbano, sito en la Primera Calle Poniente, Barrio Santa Tecla de Tecoluca, Departamento de San Vicente, de la extensión superfi cial de CIENTO DIECIOCHO PUNTO VEINTIOCHO METROS CUADRADOS, lin-dante: AL NORTE, con solar de GLENDA ESPERANZA GALVEZ DIAZ; AL ORIENTE, con inmueble de JOSE EMILIANO RIVERA RIVERA y MARIA CARMEN CASTILLO REYES DE RIVERA; AL SUR, con propiedad de ROSALINA DEL TRANSITO ROQUE AYALA, Primera Calle Poniente de por medio; Y AL PONIENTE, con solar de ROBERTO MURCIA, Calle de por medio. El inmueble lo adquirieron por compra que hicieron a GLENDA ESPERANZA GALVEZ DIAZ, en el año de mil novecientos noventa, en escritura privada, no inscribible por carecer de antecedente inscrito.
Librado en San Vicente, a los veinticinco días de septiembre del dos mil tres.
ARMANDO LAZARO CRUZ,
NOTARIO.
3 v. alt. No. 33201-2
CONVOCATORIA
LA JUNTA DIRECTIVA DE LA SOCIEDAD DE “CENTRO OTO-RRINO OFTALMOLOGICO, S.A. DE C.V.”, por mi medio convoco a sus accionistas para celebrar Junta General Ordinaria, a las doce horas meridiano, el día treinta y uno de octubre del año en curso, en el local de sesiones de la Sociedad ubicada en la Primera Planta del Edifi cio del “Hospital de Ojos y Otorrino” Colonia Médica entre Avenida Max Bloch y Avenida Emilio Alvarez, de esta ciudad, conforme la siguiente agenda:
1- Establecimiento del quórum.
2- Lectura del acta anterior.
3- Presentación de Labores de la Junta Directiva.
4- Presentación de Balance General, estado de utilidades del ejercicio y el informe del auditor externo al 31 de diciembre de 2002.
5- Nombramiento del auditor externo de la Sociedad y fi jación de honorarios.
6- Disposición de las utilidades.
7- Elección de Junta Directiva para el período de tres años a partir del día 20 de octubre del año dos mil tres al día 20 de octubre del año dos mil seis.
8- Varios.
La sesión de Junta General Ordinaria, se celebrará en primera convocatoria, si concurren las acciones o representantes de acciones en la mitad más una de las acciones que tengan derecho a voto o sean 100% de las acciones; en caso de que no hubiere quórum para celebrar la Junta en la Primera Convocatoria, se celebrará la Junta General Ordinaria en el mismo lugar a las doce horas con treinta minutos pasado meridiano del día uno de noviembre del corriente año, para tratar la misma agenda en esta segunda convocatoria la Junta se llevará acabo cualquiera que sea el número de acciones presente o representantes de acciones.
San Salvador, 25 de septiembre de 2003.
Dr. LUIS ALONSO DOÑO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33222-2
AVISO
EN JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD INVERSIONES MADRID ESCOBAR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de Ilobasco, departamento de Cabañas, cuya denominación se abrevia Inversiones Madrid Escobar, S.A. de C.V., celebrada en Ilobasco, departamento de Cabañas, a las nueve horas del día ocho de septiembre del año dos mil tres, por unanimidad se acordó aumentar el capital mínimo de la Sociedad de veinte mil colones a cien mil colones, designando como Ejecutor Especial del acuerdo, otorgando la escritura de modifi cación correspondiente al Administrador Unico de la Sociedad señor MIGUEL ANGEL JAVIER MADRID.
Lo que se hace del conocimiento público para los efectos legales consiguientes.-
San Salvador, ocho de septiembre del año dos mil tres.
MIGUEL ANGEL JAVIER MADRID,
EJECUTOR ESPECIAL
ADMINISTRADOR UNICO
3 v. alt. No. 33164-2
AVISO
EN JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD INVERSIONES HERRERA ESCOBAR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de Ilobasco, departamento de Cabañas, cuya denominación se abrevia Inversiones Herrera y Escobar, S.A. de C.V., celebrada en Ilobasco, departamento de Cabañas, a las nueve horas del día doce de septiembre del año dos mil tres, por unanimidad se acordó aumentar el capital mínimo de la Sociedad de veinte mil colones a cien mil colones, designando como Ejecutor Especial del acuerdo otorgando la escritura de modifi cación correspondiente al Administrador Unico de la Sociedad señor MANUEL DE JESUS HERRERA.
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99DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
Lo que se hace del conocimiento público para los efectos legales consiguientes.
San Salvador doce de septiembre del año dos mil tres.
MANUEL DE JESUS HERRERA,
EJECUTOR ESPECIAL
ADMINISTRADOR UNICO.
3 v. alt. No. 33165-2
ANA CARLOTA RIVAS, ADMINISTRADOR UNICO DE LA SOCIEDAD MAQUILA DIVERSA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia MAQDISAL, S.A. de C.V. del domicilio de Soyapango.
HACE SABER: que en sesión de Junta General Extraordinaria de la expresada Sociedad, de fecha veinticuatro de julio del dos mil dos, se acordó aumentar el Capital Social Mínimo de la Sociedad a CIEN MIL COLONES o su equivalente en dólar de los Estados Unidos de Norte América, trasladando del Capital Social Variable al Capital Social Mínimo la cantidad de OCHENTA MIL COLONES o su equivalente de dólar de los Estados Unidos de Norte América, quedando el Capital Mínimo de la Sociedad en CIEN MIL COLONES EXACTOS.
ANA CARLOTA RIVAS,
REPRESENTANTE LEGAL.
3 v. alt. No. 33317-2
EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA SOCIEDAD UNION COMERCIAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,
CERTIFICA: que en el libro de actas de las Juntas Generales de la Sociedad, aparece el Acta del dieciocho de agosto de dos mil tres donde consta que en la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la So-ciedad UNION COMERCIAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, se acordó por unanimidad, como asunto de Junta General Extraordinaria, el siguiente Punto Unico: disolver y liquidar la Sociedad UNION COMERCIAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-RIABLE, que se abrevia UNION COMERCIAL, S. A. de C.V., en vista que la Sociedad no se encuentra realizando operaciones mercantiles y por tanto no está cumpliendo con fi nalidad para lo cual fue constituida conforme la escritura del Pacto Social. Por lo anterior se hace imposible cumplir con el objetivo principal de la Sociedad, considerando lo ante-rior acuerdan por unanimidad disolver y liquidar la Sociedad UNION COMERCIAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia UNION COMERCIAL, S. A. de C.V., establecer el plazo de dos años, para liquidarla y de conformidad a la cláusula Trigésima Tercera del pacto social, se nombra la Junta Liquidadora, integrada por tres miembros quienes son VILMA ESTELA GUARDADO LEMUS, JOSE MAURICIO HERNANDEZ UMAÑA y SERGIO CRUZ LANDA, mayores de edad, empleados, y de este domicilio. Asimismo se nombró Ejecutor Especial para el cumplimiento de este acuerdo al señor OSCAR ANTONIO SAFIE ZACARIAS que queda facultado para comparecer
ante notario para otorgar las correspondientes escrituras de Disolución y Liquidación.
Y para los usos que la Sociedad UNION COMERCIAL, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, estime conveniente, se extiende la presente en la ciudad de Ilopango a los tres días del mes de septiembre del dos mil tres.
Licda. ISIS LUCILA BONILLA DE ORANTES.
3 v. alt. No. 33280-2
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: que en su agencia Sonsonate se ha presentado el propietario del certifi cado No. 16013773 del Depósito a Plazo Fijo aperturado el 19 de octubre de 1989, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 19 de septiembre de 2003
PATRICIA BENCE,
SCOTIABANK EL SALVADOR. S.A.
3 v. alt. No. 33290-2
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: que en su agencia Santa Ana Centro, se ha presentado el propietario del certifi cado No. 16133892 del Depósito a Plazo Fijo aperturado el 25 de junio de 1999, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 22 de septiembre de 2003.
PATRICIA BENCE,
SCOTIABANK EL SALVADOR. S.A.
3 v. alt. No. 33291-2
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AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: que en su agencia Ahuachapán se ha presentado el propietario del certifi cado No. 1593884654 del Depósito a Plazo Fijo aperturado el 11 de mayo de 1995, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 23 de septiembre de 2003.
PATRICIA BENCE,
SCOTIABANK EL SALVADOR. S.A.
3 v. alt. No. 33289-2
AVISO
EL BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, S.A.,
COMUNICA: que a sus ofi cinas ubicadas en 65 Av. Norte, Boulevard Constitución No. 115, San Salvador, se ha presentado el propietario del certifi cado a plazo No. 332845, cuenta No. 02-09-474484, emitido el 03 de diciembre año 2001, por la cantidad de veinticinco mil dólares ($25,000.00) a un plazo de 60 días; solicitando la reposición en dicho certifi cado por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento al público en general para los efectos legales del caso.
Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso, si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.
Dado en San Salvador, a los veinticinco días del mes de septiembre del año dos mil tres.
Lic. ANA CECILIA DE TRABANINO,
GERENTE AG. SALVADOR DEL MUNDO.
3 v. alt. No. 33343-2
ASIENTO DE EMPRESA 2002031721
ESTABLECIMIENTO 2002031721- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-
MIENTOS,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado RODRIGUEZ
CABRERA, MANUEL OSWALDO en su calidad de Representante
Legal de la Sociedad ROMA INGENIEROS, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse ROMA INGENIEROS,
S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN
SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 11 del
libro 1410 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con
Número de Identifi cación Tributaria: 0614-130199-101-5, ha presen-
tado solicitud a las once horas y veintidós minutos del día veintisiete
de febrero de dos mil dos. Con la cual se otorgaron los Asientos de
Empresa No 2002031721 y Establecimiento No 2002031721- 001; a
favor de la Empresa denominada ROMA INGENIEROS, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a: LA ASE-
SORIA TECNICA DE INGENIERIA CIVIL Y CONSTRUCCION, con
dirección en FINAL AVENIDA AIDA SUR. #4, PASAJE GEMINIS
#7, RESIDENCIAL, SAN LUIS, del domicilio y Departamento de
SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a DOSCIENTOS SETENTA
Y NUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA Y SEIS COLONES CON
99/100 279,576.99 y que tiene el (los) establecimiento (s) siguiente(s):
001-) ROMA INGENIEROS, S.A. DE C.V. ubicado en FINAL AVE-
NIDA AIDA SUR. #4, PASAJE GEMINIS #7, RESIDENCIAL SAN
LUIS, del domicilio y Departamento de SAN SALVADOR.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.
San Salvador, veintiocho de noviembre de dos mil dos.
Lic. ANGEL FERNANDO GARCIA GUARDADO,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. 33246-2
ASIENTO DE EMPRESA 2003049122
ESTABLECIMIENTO 2003049122- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-
MIENTOS,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MARIA ELE-
NA HERNANDEZ de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio
de SAN SALVADOR, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-
200458-012-6, ha presentado solicitud a las nueve horas y cincuenta y
ocho minutos del día veintitrés de mayo de dos mil tres. Con la cual se
otorgaron los Asientos de Empresa No 2003049122 y Establecimiento
No 2003049122-001; a favor de la Empresa denominada BAZAR
WENDY, la cual se dedica a MISCELANEOS, con dirección en MER-
CADO CENTRAL EDIFICIO N° 1, PUESTO N° 566 del domicilio
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101DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a CUARENTA Y OCHO
MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO DOLARES CON 12/100
$48,798.12 y que tiene el (los) establecimiento (s) siguiente (s) 001-)
BAZAR WENDY ubicado en MERCADO CENTRAL EDIFICIO N°
1, PUESTO N° 566, del domicilio de SAN SALVADOR.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.
San Salvador, doce de junio de dos mil tres.
Lic. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. 33358-2
ASIENTO DE EMPRESA 2003049118
ESTABLECIMIENTO 2003049118- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-
MIENTOS,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado ELVIA
LICETH AREVALO DE RENDEROS, de nacionalidad SALVADO-
REÑA, del domicilio de SONSONATE, con Número de Identifi cación
Tributaria: 0313-251068-101-5, ha presentado solicitud a las nueve horas
y cincuenta y dos minutos del día veintitrés de mayo de dos mil tres.
Con la cual se otorgaron los Asientos de Empresa No 2003049118 y
Establecimiento No 2003049118-001; a favor de la Empresa denominada
TIENDA KATHERINNE, la cual se dedica a COMPRA Y VENTA DE
ARTICULOS DE PRIMERA NECESIDAD, con dirección en CALLE
A SAN ANTONIO N° 5, PASAJE CHINCHILLA del domicilio de
SONSONATE, cuyo activo asciende a OCHENTA Y CUATRO MIL
DOSCIENTOS DIEZ DOLARES CON 01/100 $84,210.01 y que tiene
el (los) establecimiento (s) siguiente (s) 001-) TIENDA KATHERINNE,
ubicado en CALLE A SAN ANTONIO N° 5, PASAJE CHINCHILLA,
del domicilio de SONSONATE.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.
San Salvador, doce de junio de dos mil tres.
Lic. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. 33360-2
ASIENTO DE EMPRESA 2003049127
ESTABLECIMIENTO 2003049127- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JUAN DE LA CRUZ MOLINA CACERES, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SONSONATE, con Número de Identifi cación Tributaria: 0315-210671-001- 6, ha presentado solicitud a las diez horas y dos minutos del día veintitrés de mayo de dos mil tres. Con la cual se otor-garon los asientos de Empresa No. 2003049127 y Establecimiento No 2003049127- 001; a favor de la Empresa denominada TIENDA SAN JOSE, la cual se dedica a VENTA Y ARTICULOS DE PRIMERA NECESIDAD, con dirección en 1a. AVENIDA SUR N° 6, MERCADO CENTRAL, SONSONATE, cuyo activo asciende a CIENTO QUINCE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y TRES DOLARES CON 31/100 $115,543.31 y que tiene el (los) establecimiento (s) siguiente (s) 001-) TIENDA SAN JOSE ubicado en la. AVENIDA SUR N° 6, MERCADO CENTRAL, SONSONATE.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.
San Salvador, doce de junio de dos mil tres.
Lic. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,
REGISTRADOR
3 v. alt. No. 33362-2
ASIENTO DE EMPRESA 2003049130
ESTABLECIMIENTO 2003049130- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado LOPEZ DE MEJIA MARIA IRMA, de nacionalidad SALVADOREÑA, del do-micilio de SONSONATE, con Número de Identifi cación Tributaria: 0710-150860-001-0, ha presentado solicitud a las diez horas y ocho minutos del día veintitrés de mayo de dos mil tres. Con la cual se otor-garon los Asientos de Empresa No 2003049130 y Establecimiento No 2003049130-001; a favor de la Empresa denominada VARIEDADES REGALO DE DIOS, la cual se dedica a MISCELANEO, con dirección en 3ª. AVENIDA SUR N° 3, BARRIO EL CENTRO del domicilio de SONSONATE, cuyo activo asciende a TREINTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO DOLARES CON 49/100 $37,694.49 y que tiene el (los) establecimiento (s) siguiente (s) 001-) VARIEDADES REGALO DE DIOS, ubicado en 3a AVENIDA SUR N° 3, BARRIO EL CENTRO, del domicilio de SONSONATE.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.
San Salvador, veintinueve de mayo de dos mil tres.
Lic. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. 33354-2
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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
ASIENTO DE EMPRESA 2002032434
ESTABLECIMIENTO 2002032434- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado TOBAR PEÑA, FRANCISCO CORONADO, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SONSONATE, con Número de Identifi cación Tributaria: 0315-251054-001-0, ha presentado solicitud a las once horas y veinti-nueve minutos del día treinta de octubre de dos mil dos. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2002032434 y Establecimiento No. 2002032434-001; a favor de la Empresa denominada FRANCISCO CORONADO TOBAR PEÑA, la cual se dedica a LA COMPRA-VENTA DE REPUESTOS AUTOMOTRICES, Y OTROS , con dirección en CALLE LIZZI JOSEFINA DEL CARMEN, PASAJE # 2, POLIGONO # 4 CASA #30 del domicilio y Departamento de SONSONATE, cuyo activo asciende a OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS DOLARES CON 09/100 $88,936.09 y que tiene el(los) estable-cimiento (s) siguiente(s) 001-) “LLANTAS AL- TOBAR” ubicado en CALLE LIZZI JOSEFINA DEL CARMEN PASAJE # 2, POLIGONO # 4 CASA #30, del domicilio y Departamento de SONSONATE.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.
San Salvador, dieciocho de noviembre de dos mil dos.
Lic. ANGEL FERNANDO GARCIA GUARDADO,REGISTRADOR.
3 v. alt. No. 33356-2
ASIENTO DE EMPRESA 2003049505
ESTABLECIMIENTO 2003049505- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado PINEDA PADILLA RICARDO, de nacionalidad SALVADOREÑA, del do-micilio de SONSONATE, con Número de Identifi cación Tributaria: 0315-020937-001-0, ha presentado solicitud a las diez horas y dieciocho minutos del día veintinueve de mayo de dos mil tres. Con la cual se otor-garon los asientos de Empresa No. 2003049505 y Establecimiento No. 2003049505- 001; a favor de la Empresa denominada TRANSPORTE TORTOLITA, la cual se dedica a TRANSPORTE DE CARGA, con dirección en COLONIA CHIRINGUELO PASAJE #1 CASA #10, del domicilio de SONSONATE, cuyo activo asciende a DOSCIEN-TOS OCHO MIL TRESCIENTOS DOCE DOLARES CON 75/100 $208,312.75 y que tiene el(los) establecimiento(s) siguiente(s) 001-) TRANSPORTES TORTOLITA ubicado en COLONIA CHIRINGUELO PASAJE #1 CASA # 10, del domicilio de SONSONATE.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.
San Salvador, diez de junio de dos mil tres.
Lic. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. 33363-2
Clase: 03
No. de Expediente: 2003031139
No. de Presentación: 20030035265
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado HECTOR ALEJANDRO MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de LABORATORIOS LOPEZ, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra Alicia y diseño.
La solicitud fue presentada el día trece de marzo del año dos mil tres.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de agosto del año dos mil tres.
Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,REGISTRADOR.
JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33155-2
Clase: 36
No. de Expediente: 2003034556
No. de Presentación: 20030041313
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JUAN FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de APODERADO de TIENDA LA GLORIA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras MUNDO LA GLORIA y diseño.
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103DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de agosto del año dos mil tres.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de agosto del año dos mil tres.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,
REGISTRADOR.
ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33183-2
Clase: 05
No. de Expediente: 2003034452
No. de Presentación: 20030041122
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JUAN FRAN-CISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de APODE-RADO de SCHERING AKTIENGESELLSCHAFT, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
YTRAPILOR
Consistente en: la palabra YTRAPILOR.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de agosto del año dos mil tres.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de agosto del año dos mil tres.
Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,
REGISTRADOR.
ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. 33181-2
Clase: 05
No. de Expediente: 2003034453
No. de Presentación: 20030041123
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JUAN FRAN-CISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de APODE-
RADO de SCHERING AKTIENGESELLSCHAFT, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
LUCIARA
Consistente en: la palabra LUCIARA.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de agosto del año dos mil tres.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de agosto del año dos mil tres.
Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,
REGISTRADOR.
JOSE FIDEL MELARA MORAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33182-2
Clase: 05
No. de Expediente: 2002026873
No. de Presentación: 20020028012
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado PABLO NOE RECINOS VALLE, en su calidad de APODERADO GENERAL JU-DICIAL de GAMMA LABORATORIES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
EX - 3
Consistente en: la expresión EX 3.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos mil dos.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de julio del año dos mil tres.
Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33212-2
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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
Clase: 05
No. de Expediente: 2002026870
No. de Presentación: 20020028009
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado PABLO NOE RECINOS VALLE, en su calidad de APODERADO GENERAL JU-DICIAL de GAMMA LABORATORIES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
SENS
Consistente en: la palabra SENS.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos mil dos.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de julio del año dos mil tres.
Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33211-2
Clase: 05
No. de Expediente: 2002028423
No. de Presentación: 20020030489
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado PABLO NOE RECINOS VALLE, en su calidad de APODERADO GENERAL JU-DICIAL de GAMMA LABORATORIES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registra de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
MINAFOR
Consistente en: la palabra MINAFOR.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de octubre del año dos mil dos.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de julio del año dos mil tres.
Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,REGISTRADOR.
ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,SECRETARIA.
3 v. alt. No. 33209-2
Clase: 05.
No. de Expediente: 2002028504
No. de Presentación: 20020030603
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado PABLO NOE RECINOS VALLE, en su calidad de APODERADO GENERAL JU-DICIAL de GAMMA LABORATORIES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
XENOD
Consistente en: la palabra XENOD.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de octubre del año dos mil dos.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diez de julio del años dos mil tres.
Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33207-2
Clase: 25
No. de Expediente: 2003034226
No. de Presentación: 20030040779
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado NOEL AN-TONIO ORELLANA ORELLANA, en su calidad de APODERADO de EXPORTADORA MONEDERO DIAZ CALDERON S.A. que se abrevia: EXMODICA S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, soli-citando el registro de la MARCA DE COMERCIO,
Consistente en: la expresión Bella y diseño.
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105DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de agosto del año dos mil tres.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de agosto del año dos mil tres.
Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,
REGISTRADOR.
JOSE FIDEL MELARA MORAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33241-2
Clase: 30
No. de Expediente: 2003034227
No. de Presentación: 20030040780
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado NOEL AN-TONIO ORELLANA ORELLANA, en su calidad de APODERADO de EVEREST, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: EVEREST, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE COMERCIO,
Consistente en: la expresión CAFE FINCA KILIMANJARO y diseño.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de agosto del año dos mil tres.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de agosto del año dos mil tres.
Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33239-2
Clase: 25
No. de Expediente: 2003034224
No. de Presentación: 20030040777
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado NOEL AN-TONIO ORELLANA ORELLANA, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de EXPORTADORA MONEDERO DIAZ CALDERON S.A. que se abrevia: EXMODICA S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE COMER-CIO,
Consistente en: la palabra mona y diseño.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de agosto del año dos mil tres.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de agosto del año dos mil tres.
Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,REGISTRADOR.
JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33243-2
Clase: 25
No. de Expediente: 2003033816
No. de Presentación: 20030039985
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MANUEL EFRAIN COLATO URQUILLA, en su calidad de APODERADO de CLUB DEPORTIVO AGUILA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,
Consistente en: las palabras CLUB DEPORTIVO AGUILA y diseño.
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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
La solicitud fue presentada el día veintidós de julio del año dos mil tres.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, ocho de septiembre del año dos mil tres.
ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33321-2
Clase: 05
No. de Expediente: 2002022733
No. de Presentación: 20020022733
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE SILVERIO ENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de UNIPHARM DE EL SALVADOR, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
MEDOX PRENATAL
Consistente en: la palabra “MEDOX PRENATAL”, escrita en letras mayúsculas.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de febrero del año dos mil dos.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, quince de julio del año dos mil tres.
Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,
REGISTRADOR.
ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. 33328-2
Clase: 05
No. de Expediente: 2003031349
No. de Presentación: 20030035695
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado ROLANDO ANTONIO MARTINEZ QUINTANILLA, en su calidad de APODE-RADO de ESTABLECIMIENTOS ANCALMO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
DENGUETEST
Consistente en: la palabra DENGUETEST.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de marzo del año dos mil tres.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de agosto del año dos mil tres.
Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,
REGISTRADOR.
SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. 33341-2
Clase: 10
No. de Expediente: 2002022741
No. de Presentación: 20020022741
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE SILVERIO ENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, en su calidad de APODERA-DO GENERAL JUDICIAL de UNIPHARM DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: UNIPHARM DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
VENOFUSION
Consistente en: la palabra VENOFUSION. escrita en letras ma-yúsculas
La solicitud fue presentada el día veintiséis de febrero del año dos mil dos.
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107DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de mayo del año dos mil tres.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. 33330-2
Clase: 05
No. de Expediente: 2001017668
No. de Presentación: 20010017668
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE SILVERIO ENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de UNIPHARM DE EL SALVADOR, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
INDUPAR
Consistente en: La palabra INDUPAR. Escrita en letras estilizadas todas mayúsculas.
La solicitud fue presentada el día once de septiembre del año dos mil uno.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, catorce de julio del año dos mil tres.
Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,
REGISTRADOR.
ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. 33325-2
Clase: 05
No. de Expediente: 2000007642
No. de Presentación: 20000007642
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE SILVERIO ENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de UNIPHARM, S.A., de nacionalidad GUATEMALTECA,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,
GERIAGIN SENG
Consistente en: las palabras GERIAGIN SENG.
La solicitud fue presentada el día diez de octubre del año dos mil.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, once de junio del año dos mil tres.
Lic. JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. 33326-2
Clase: 03
No. de Expediente: 1993001121
No. de Presentación: 20030037657
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE CAR-LOS SILVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de DISTRIBUIDORA CUSCATLAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DISTRIBUIDORA CUSCATLAN, S.A. DE C.V., del domicilio de NUEVA SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADO-REÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00129 del Libro 00021 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA “BABY CAROL”; que ampara productos comprendidos en la Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los quince días del mes de agosto del año dos mil tres.
Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,
REGISTRADOR.
XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. 33261-2
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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
RAFAEL ANTONIO FONSECA, Notario, de este domicilio, con ofi cina
en 15 Calle Poniente No. 113,
HACE SABER: que por resolución de esta Notaría, a las once
horas, del día veinte de febrero del año en curso, se ha tenido por
aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de doña
KAREN SELENE SANCHEZ URIAS, la herencia intestada que a su
defunción ocurrida en la ciudad de Mejicanos, siendo su último domicilio
Cuscatancingo, a las veinte horas del día seis de marzo del dos mil uno,
dejó doña MARTA ALICIA URIAS PENADO quien también fue cono-
cida por MARTA ALICIA URIAS, en calidad de hija y cesionaria de los
derechos hereditarios que correspondían a su hermana IRIS MARISOL
URIAS DE ANAYA y única heredera de la causante; confi riéndole a la
aceptante la administración y representación interina de la sucesión con
las facultades y restricciones de ley.
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en esta Notaría, San Salvador, cuatro de marzo del dos mil
dos.
Dr. RAFAEL ANTONIO FONSECA,
NOTARIO.
3 v. c. No. 33415-2
LIDIA GLADYS ROSALES FUENTES, Notario, del domicilio de San
Salvador, con ofi cina Profesional en Avenida Hermanos Marín, Casa
Número Uno Bis, San Martín, al público para los efectos de la ley,
HACE CONSTAR: que por resolución de la suscrito Notario,
proveída a las nueve horas del día veinticinco de septiembre del dos mil
tres, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario
de la HERENCIA INTESTADA que a su defunción ocurrida el día die-
ciocho de mayo de mil novecientos noventa y siete, en el Reparto Santa
Teresa, jurisdicción de San Martín, departamento de San Salvador, siendo
su último domicilio, que dejó el causante señor RUFINO GARCIA, cono-
cido por RUFINO GARCIA CRUZ, de parte de los señores VICTORIA
RAMOS ELIAS, conocida por MARIA VICTORIA RAMOS ELIAS,
ESPOSA, SOBREVIVIENTE, MARIA GARCIA RAMOS, MARIA
GLADYS GARCIA RAMOS en concepto de HIJAS SOBREVIVIENTES
del causante, confi riéndoseles a las aceptantes la ADMINISTRACION
Y REPRESENTACION INTERINA DE LA SUCESION CON LAS
FACULTADES Y RESTRICCIONES DE LOS CURADORES DE LA
HERENCIA YACENTE.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
ley, en consecuencia se CITA por este medio a todos los que se crean
con derecho a la referida herencia para que se presenten a la referida
ofi cina en el término de quince días contados desde la última publicación
del presente edicto.
Librado en la ofi cina de la Notario LIDIA GLADYS ROSALES
FUENTES, en la ciudad de San Martín, a los veintinueve días del mes
de septiembre del dos mil tres.
LIDIA GLADYS ROSALES FUENTES,
NOTARIO.
3 v. c. No. 33488-2
El infrascrito Notario Doctor JOSE ARESIO NOLASCO CHAVARRIA,
del domicilio de San Salvador, con ofi cina situada en Boulevard
Constitución entre Primera y Tercera Calle Poniente, Pasaje y Resi-
dencial “San José”, Número Dos, Colonia Escalón, San Salvador, al
público para los efectos legales,
HACE SABER: que ha mi ofi cina Notarial se han presentado
los señores ANITA VALLADARES DE GARCIA, de cincuenta y un
años de edad, costurera, del domicilio de Olocuilta, portadora de su
Documento Unico de Identidad número cero uno ocho uno cero dos uno
nueve-uno, con número de Identifi cación Tributaria cero ochocientos
cinco-ciento sesenta mil seiscientos cincuenta y uno-ciento uno-uno; y
RIGOBERTO GARCIA MELARA, conocido por RIGO ROBERTO
GARCIA MELARA, de sesenta y nueve años de edad, jardinero, del
domicilio de Olocuilta, portador de su Documento Unico de Identidad
número cero uno ocho uno cero seis tres cuatro-nueve, con número de
Identifi cación Tributaria cero quinientos veintidós-ciento diez mil ciento
treinta y cuatro-ciento uno-seis; solicitándome que previos los tramites
correspondientes señalados en los artículos Dieciséis y siguientes de la
Ley del Ejercicio Notarial de la jurisdicción voluntaria y de otras dili-
gencias, le extienda TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD DEL
SIGUIENTE INMUEBLE: un lote de terreno rústico segregado de otro
de mayor extensión situado en el Cantón La Esperanza, jurisdicción de
Olocuilta, Departamento de La Paz, de un área de QUINIENTOS SETEN-
TA Y OCHO METROS CON CUARENTA CENTIMETROS, aproxi-
madamente; equivalentes a ochocientas veintisiete varas cuadradas con
cincuenta y nueve centésimas de vara cuadrada, QUE MIDE Y LINDA:
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109DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
AL NORTE: en línea recta de diecinueve metros con treinta centímetros
con lote que fue parte del inmueble general que hoy es propiedad de la
señora MARGARITA VALLADARES. AL PONIENTE: en línea recta de
dieciséis metros con setenta centímetros con resto del inmueble general.
AL SUR: en línea recta de veintinueve metros linda con terrenos del
señor FRANCISCO BARRERA. Y AL ORIENTE: en línea ligeramente
curva de treinta metros con sesenta centímetros, colinda en parte con
terreno del Dr. ADOLFO MACEDA CAMPOS y parte con terreno de
RUBIDIA VALLADARES BELTRAN, carretera antigua que de San
Salvador, conduce a Zacatecoluca de por medio. El inmueble descrito
lo adquirieron los solicitantes mediante Escritura Pública de Donación
otorgada a favor de ambos por el señor CATALINO VALLADARES
conocido por CATALINO VALLADARES MARTINEZ, en la ciudad
de San Salvador, diez horas del día diez de junio de dos mil tres ante
mis propios ofi cios notariales y lo estiman en DIEZ MIL COLONES
equivalentes a UN MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DOLARES CON
OCHENTA Y CINCO CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA. Que el donante señor CATALINO VALLA-
DARES conocido por CATALINO VALLADARES MARTINEZ, era a
su vez propietario del terreno descrito según Escritura Privada, otorgada
a su favor por el señor ROSENDO VALLADARES, en el Cantón La
Esperanza, Jurisdicción de Olocuilta, a las nueve horas del día veintiuno
de mayo de mil novecientos cincuenta y cuatro.
San Salvador, veintitrés de junio de dos mil tres.
Dr. JOSE ARESIO NOLASCO CHAVARRIA,
NOTARIO.
3 v. c. No. 33430-2
El infrascrito Notario Doctor JOSE ARESIO NOLASCO CHAVARRIA,
del domicilio de San Salvador, con ofi cina situada en Boulevard
Constitución entre Primera y Tercera Calle Poniente, Pasaje y Resi-
dencial “San José”, Número Dos, Colonia Escalón, San Salvador, al
público para los efectos legales,
HACE SABER: que a mi ofi cina Notarial se han presentado los
señores ANITA VALLADARES DE GARCIA, de cincuenta y un
años de edad, Costurera, del domicilio de Olocuilta, portadora de su
Documento Unico de Identidad número cero uno ocho uno cero dos uno
nueve-uno, con número de Identifi cación Tributaria cero ochocientos
cinco-ciento sesenta mil seiscientos cincuenta y uno-ciento uno-uno; y
RIGOBERTO GARCIA MELARA, conocido por RIGO ROBERTO
GARCIA MELARA, de sesenta y nueve años de edad, jardinero, del
domicilio de Olocuilta, portador de su Documento Unico de Identidad
número cero uno ocho uno cero seis tres cuatro - nueve, con número de
Identifi cación Tributaria cero quinientos veintidós-ciento diez mil ciento
treinta y cuatro- ciento uno-seis; solicitándome que previos los tramites
correspondientes señalados en los artículos Dieciséis y siguientes de la
Ley del Ejercicio Notarial de la jurisdicción voluntaria y de otras dili-
gencias, le extienda TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD DEL
SIGUIENTE INMUEBLE: un lote de terreno rústico segregado de otro
de mayor extensión situado en el Cantón La Esperanza, jurisdicción de
Olocuilta, Departamento de La Paz, de un área de CIENTO SESENTA Y
CINCO PUNTO NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS equi-
valentes a DOSCIENTAS TREINTA Y SIETE PUNTO CUARENTA Y
NUEVE VARAS CUADRADAS, QUE MIDE Y LINDA: AL NORTE:
en línea recta de diecisiete metros con veinte centímetros con lote del
inmueble general que se le donará a la señora JESUS VALLADARES.
AL PONIENTE: en línea recta de nueve metros con sesenta y cinco
centímetros con lote del inmueble general que se le donará a MARIA
LUZ VALLADARES. AL SUR: en línea recta de diecisiete metros
con veinte centímetros con lote del inmueble general que se le donará
a FINA VALLADARES VIUDA DE RODAS. Y AL ORIENTE: línea
ligeramente curva de nueve metros con sesenta y cinco centímetros,
carretera que de San Salvador conduce a Zacatecoluca de por medio
con terrenos que antes fue de Fidelia Teos hoy de David Escalante.
El inmueble descrito lo adquirieron los solicitantes mediante
Escritura Pública de Donación otorgada a favor de ambos por el señor
CATALINO VALLADARES conocido por CATALINO VALLADA-
RES MARTINEZ, en la ciudad de San Salvador, a las diez horas con
treinta minutos del día treinta de enero de dos mil dos, ante mis propios
ofi cios notariales y lo estiman en DIEZ MIL COLONES equivalentes a
UN MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DOLARES CON OCHENTA
Y SEIS CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA. Que el donante señor CATALINO VALLADARES conocido
por CATALINO VALLADARES MARTINEZ, era a su vez propietario
del terreno descrito según Escritura Privada, otorgada a su favor por el
señor Rosendo Valladares, en el Cantón La Esperanza, Jurisdicción de
Olocuilta, a las nueve horas del día veintiuno de mayo de mil novecientos
cincuenta y cuatro.
San Salvador, veintitrés de junio de dos mil tres.
Dr. JOSE ARESIO NOLASCO CHAVARRIA,
NOTARIO.
3 v. c. No. 33431-2
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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
DE TERCERA PUBLICACIÓNLUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,
AVISA: que por resolución de este Juzgado de las doce horas y veinticinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó el señor JOSE ABRAHAM GRANDE ROSALES o JOSE ABRAHAN GRANDE, o ABRAHAN GRANDE, quien falleció el día veintisiete de julio de mil novecientos noventa y uno, en el Hospital Santa Teresa de esta ciudad, siendo su último domicilio Santiago Nonualco, por parte de la señora MARIA SANTOS TOLOZA hoy VIUDA DE GRANDE, en concepto de cónyuge sobreviviente, y de parte de sus hijos ISRAEL GRANDE TO-LOZA, JOSE ARMANDO TOLOZA, MARISOL GRANDE TOLOZA, ALFREDO GRANDE TOLOZA, DEYSI GRANDE, RAUL GRANDE, JOSE ABRAHAN GRANDE y ROSA GRANDE TOLOZA; y se ha conferido a los mencionados herederos la administración y representación de la sucesión de que se trata, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a quienes tengan derecho en la herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días después de la tercera publicación de este aviso.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, doce de junio del año dos mil dos. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 32812-3
El infrascrito Juez, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: que por resolución de las diez horas y veinte mi-nutos del día veintiocho de julio de este año, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JULIAN VICHEZ, conocido por JULIAN BRIZUELA y por JULIAN BRIZUELA VICHEZ, que falleció el diecisiete de abril del año dos mil uno, en el Instituto Salvadoreño del Seguro Social de San Salvador, habiendo tenido como último domicilio esta ciudad de Zacatecoluca, por parte de la señora MARTA FIDELINA GAMEZ PALACIOS, conocida por MARTA FIDELINA BRIZUELA GAMEZ PALACIOS y por MARTA FIDELINA BRIZUELA DE ZOQUIAPA, en concepto de hija del causante; y se ha nombrado a la aceptante, interinamente, administradora y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, once de agosto del año dos mil tres. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 32813-3
FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO,
HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las quince horas de este mismo día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada de la causante JOSEFINA RAMOS VIUDA DE CHILIN conocida por JOSEFINA CHAVEZ,
fallecida el día trece de agosto de mil novecientos noventa en el Can-tón Los Pinos de esta jurisdicción de EL CONGO, lugar de su último domicilio; de parte del señor ERNESTO RAMON LIMA conocido por ERNESTO LIMA, en su concepto de cesionario de los derechos que en dicha herencia le correspondía a los señores ELBA BONIFACIA CHILIN RAMOS, ERNESTINA CHILIN RAMOS DE ROJAS, GRACIELA CHILIN RAMOS, BILMA NOEMI CHILIN RAMOS, y ALEJANDRO ANTONIO CHILIN RAMOS, todos ellos, en su concepto de hijos de la referida causante; y se confi ere al referido aceptante en el carácter indicado, interinamente administrador y representante de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.
Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las quince horas y cuarenta minutos del día nueve de septiembre del año dos mil tres. Lic. FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Lic. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. 32864-3
MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SE-GUNDO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL,
HACE SABER: que por resolución de las nueve horas y dieciséis minutos del día diecisiete de julio del dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó MARCO ANTONIO MORALES, quien falleció el día dieciséis de abril de mil novecientos ochenta y cinco, en el Cantón Petanones, jurisdicción de San Miguel, siendo este lugar su último domicilio, de parte del señor MARCOS ANTONIO MORALES DEL CID, en calidad de hijo del causante, y se le ha conferido a la aceptante en el carácter antes indicado la administración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las nueve horas y veinte minutos del día diecisiete de julio del dos mil tres. Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Licda. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. 32899-3
DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: que por resolución dictada en este Juzgado a las nueve horas veinte minutos del día veintitrés de septiembre del dos mil tres. Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inven-tario, la herencia intestada dejada a su defunción por el señor BENITO SANCHEZ REALES, quien falleció a las diecisiete horas cinco minutos del día veintiocho de enero del dos mil uno; en la ciudad de San Salvador, siendo su último domicilio la población de San Antonio Masahuat, de parte de la señora MARIA MARTA FLORES DE SANCHEZ en concepto de cónyuge del causante. Confi éresele a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
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111DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
Lo que hace saber al público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Pedro Masahuat, a las once horas veinte minutos del día veintitrés de septiembre del año dos mil tres. Lic. DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. MARIA ELENA ARIAS LOPEZ, SECRETA-RIO.
3 v. alt. No. 32914-3
DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: que por resolución dictada en este Tribunal a las doce horas con diez minutos del día veintidós de septiembre del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada dejada a su defunción por el señor TOMAS MENA RENDEROS, quien falleció a las trece horas con treinta minutos del día diez de septiembre de mil novecientos ochenta y siete en el Barrio San José de esta Ciudad, siendo su último domicilio el de esta Ciudad, de parte de LUIS ALONSO MARROQUIN MENA en concepto de hijo del causante y como cesionario de los derechos de TOMAS MENA RENDEROS. Confi érese al aceptante la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que hace saber al público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Pedro Masahuat, a las catorce horas con diez minutos del día veintidós de septiembre de dos mil tres. Lic. DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. MARIA ELENA ARIAS LOPEZ, SECRETA-RIO.
3 v. alt. No. 32913-3
EL SUSCRITO NOTARIO GUILLERMO GUILLEN PORRAS, Al público para los efectos de ley.
AVISA: que en las Diligencias de Aceptación de Herencia del cau-sante señor ANTONIO RODRIGUEZ, promovidas por la señora JUANA SANCHEZ DE RODRIGUEZ, en concepto de cónyuge sobreviviente del causante, ante el suscrito Notario, se ha pronunciado la resolución que literalmente se lee: “””OFICINA DE NOTARIADO DEL LICENCIADO GUILLERMO GUILLEN PORRAS. En la ciudad de San Salvador, a las quince horas del día siete de julio del año dos mil tres. Habiéndose recibido el Ofi cio Número Un Mil Setecientos Cuarenta y Nueve, de fecha veinticuatro de abril del presente año, procedente de la Ofi cialía Mayor de la Honorable Corte Suprema de Justicia, se resuelve: Tiénese por aceptada expresamente, con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor ANTONIO RODRIGUEZ, ocurrida en esta ciudad, a las veintiuna horas con quince minutos del día veintisiete de marzo del año dos mil uno, siendo el lugar de su último domicilio la ciudad de Olocuilta, Departamento de La Paz, de parte de la señora JUANA SANCHEZ DE RODRIGUEZ, en concepto de cónyuge sobreviviente del causante; y confi éresele a la aceptante antes mencio-nada, la administración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Publíquese los edictos de ley. Lic. GUILLERMO GUILLEN
PORRAS. Notario. RUBRICADA””.
Librado en la Ofi cina de Notariado del suscrito, situada en la No-
vena Calle Poniente, Número Cinco Mil Veinticuatro, Segundo Piso,
Apartamento Tres, de la Colonia Escalón de esta ciudad, a las dieciséis
horas con treinta minutos del día siete de julio del año dos mil tres.
Lic. GUILLERMO GUILLEN PORRAS,
NOTARIO.
3 v. alt. No. 32920-3
LA SUSCRITA NOTARIO ANABELLA VILLEDA PORTILLO,
AVISA: al público para los efectos de ley, que en las Diligencias
de Aceptación de Herencia de la causante señora doña MARIA LIDIA
MEJIA, conocida por MARIA LETICIA MEJIA, MARIA LIDIA
MEJIA CAÑAS y por MARIA LETICIA MEJIA CAÑAS, promovida
por los señores LUZ ROXANA GARCIA MEJIA, DAVID ARMAN-
DO GARCIA MEJIA y JUANA LOURDES GARCIA MEJIA hoy de
GOMEZ, en concepto de hijos sobrevivientes de la causante, ante la
suscrita Notario, se ha pronunciado la resolución que literalmente se lee:
“”” OFICINA DE NOTARIADO DE LA LICENCIADA ANABELLA
VILLEDA PORTILLO. En la ciudad de San Salvador, a las ocho horas
del día trece de agosto del año dos mil tres. Habiéndose recibido el Ofi -
cio Número Tres Mil Ochocientos Veintiuno, de fecha treinta y uno de
julio de dos mil tres, procedente de la Secretaría de la Honorable Corte
Suprema de Justicia, se resuelve: Tiénese por aceptada expresamente,
con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción
dejó la señora MARIA LIDIA MEJIA, conocida por MARIA LETICIA
MEJIA, MARIA LIDIA MEJIA CAÑAS y por MARIA LETICIA MEJIA
CAÑAS, ocurrida en San Miguel, Departamento de San Miguel, a las
diez horas con diez minutos del día veinticinco de noviembre del año dos
mil dos, siendo el lugar de su último domicilio la ciudad de Mejicanos,
Departamento de San Salvador, de parte de LUZ ROXANA GARCIA
MEJIA, DAVID ARMANDO GARCIA MEJIA y JUANA LOURDES
GARCIA MEJIA hoy de GOMEZ, en concepto de hijos sobrevivientes
de la causante; y confi éreseles a los aceptantes antes mencionados, la
administración y representación interinas de la Sucesión, con las facul-
tades y restricciones de los curado res de la herencia yacente.
Publíquese los edictos de ley. Lic. ANABELLA VILLEDA POR-
TILLO. Notario. Rubricada”””.
Librado en la Ofi cina de Notariado de la suscrita, situada en la
Novena Calle Poniente Número Cinco Mil Veinticuatro, Apartamento
tres, Segunda Planta, Colonia Escalón, San Salvador, a las nueve horas
del día trece de agosto del año dos mil tres.
Lic. ANABELLA VILLEDA PORTILLO,
NOTARIO.
3 v. alt. No. 32921-3
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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
JOSE LUIS ASUNCION GARCIA, Notario, del domicilio de Ciudad
Delgado, con ofi cina ubicada en Avenida Juan Bertis número setenta y
cinco -A. Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador,
HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario proveída
a las diez horas del día ocho de septiembre del dos mil tres, se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia
intestada que a su defunción ocurrida en la ciudad de San Salvador, el día
once de julio de mil novecientos noventa y nueve dejó la señora JESUS
MARTINEZ conocida por JESUS MARTINEZ JIMENEZ, de parte del
señor JOSE GILBERTO ARIAS MARTINEZ, en su concepto de hijo
de la causante, habiéndose conferido la administración y representación
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida
ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la ofi cina del Notario José Luis Asunción García. En
Ciudad Delgado, las nueve horas con veinte minutos del día nueve de
septiembre del dos mil tres.
JOSE LUIS ASUNCION GARCIA,
NOTARIO.
3 v. alt. No. 32930-3
Ofi cina de Notariado, San Salvador, a las trece horas del día seis de
noviembre del dos mil uno.
Por recibido el Ofi cio Número 4718 de fecha veintinueve de oc-
tubre del presente año proveniente de la Honorable Corte Suprema de
Justicia.
Visto el informe antes relacionado y la solicitud de los peticiona-
rios, tiénese por aceptada expresamente y con benefi cio de Inventario,
la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la Ciudad de Me-
jicanos, su último domicilio, el día trece de junio del dos mil uno, dejó
la señora CECILIA HERNANDEZ DE DOMINGUEZ, conocida como
CECILIA HERNANDEZ DOMINGUEZ, de parte de ERCILIA DE
JESUS DOMINGUEZ ORELLANA, GUADALUPE DOMINGUEZ
HERNANDEZ, ELIGIA CANDIDA DOMINGUEZ DE HERNANDEZ,
CARMEN ELENA DOMINGUEZ y ANTONIO DOMINGUEZ
HERNANDEZ, en su carácter de hijos sobrevivientes de la causante;
confi érase a los aceptantes la Administración y Representación Interina
de la Sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la
Herencia Yacente.
Líbrense y publíquense los edictos de ley.
OSCAR ERNESTO ARGUETA ALVARENGA,
NOTARIO.
3 v. alt. No. 32937-3
BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, Juez Segundo de Primera
Instancia Suplente de este Distrito Judicial. Al Público para los efectos
de ley,
HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las diez
horas y cinco minutos del día uno de agosto del dos mil tres; se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de Inventario, la Herencia
Intestada que a su defunción dejó el señor FERMIN MARTINEZ PEREZ,
quien a la fecha de su fallecimiento fue de cuarenta y nueve años de edad,
agricultor en pequeño, casado, originario y del domicilio de Cacaopera,
departamento de Morazán, de nacionalidad salvadoreña, hijo de JUAN
DE LA CRUZ PEREZ y de EDUVIGES MARTINEZ, quien falleció
intestado a las seis horas del día seis de abril del dos mil tres, en el Cantón
Calavera de la jurisdicción de Cacaopera, siendo esta ciudad lugar de
su último domicilio; de parte del señor JOSE EDUARDO MARTINEZ
ORTIZ, este por derecho propio que le corresponde como hijo del de
Cujus. Confi érese al aceptante mencionado y en la forma establecida, la
administración y representación interina, de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
Gotera, a las diez horas del día veinte de agosto del dos mil tres. Lic.
BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZ 2º DE 1ª INSTANCIA
SUPLENTE.- Lic. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ, SECRETA-
RIA.
3 v. alt. No. 32949-3
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito,
HACE SABER: que hoy se ha tenido por aceptada con benefi cio de
inventario, la herencia intestada que dejó JOSE ABELINO HENRIQUEZ,
que falleció el trece de junio de mil novecientos setenta y seis, por parte
de JOSEFA DOLORES DE LA CRUZ HENRIQUEZ, conocida por JO-
SEFA DOLORES DE LA CRUZ; y BLANCA ESTELA DE LA CRUZ
HENRIQUEZ, conocida por BLANCA ESTELA CRUZ y BLANCA
ESTELA CRUZ HENRIQUEZ, en concepto de hijas del causante.
Se cita a quienes tengan derecho en la misma herencia para que se
presenten a deducirlo dentro del plazo de ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los diecinueve días del
mes de septiembre del año dos mil dos. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA,
JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETA-
RIO.
3 v. alt. No. 32957-3
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113DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO
PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: que a las catorce horas del día veintitrés de abril
de mil novecientos ochenta y cuatro, en la República de Guatemala,
falleció la señora ANA RINA SANDOVAL ROJAS DE ENCINAS
antes ANA RINA SANDOVAL ROJAS, quien fue de cincuenta y dos
años de edad, casada, de ofi cios domésticos, pero siendo esta ciudad de
Santa Ana, el lugar de su último domicilio, y sin que a la fecha se haya
aceptado toda la herencia o una cuota de la misma; se nombró Curador
para que represente la sucesión al Licenciado JORGE ALBERTO ANAYA
ORELLANA, de veintiocho años de edad, Abogado, de este domicilio,
quien aceptó el cargo.
Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para
que se presenten a deducirlo en el término de quince días, contados a
partir del día siguiente a la última publicación del presente edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: Santa
Ana, a las ocho horas doce minutos del día uno de septiembre de dos
mil tres. Dr. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE
LO CIVIL.- Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. 32830-3
MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERO
DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: al público para los efectos de ley que en el Juicio
Ejecutivo Mercantil promovido por BANCO DE COMERCIO DE EL
SALVADOR SOCIEDAD ANONIMA quien absorbió por fusión BAN-
CO ATLACATL SOCIEDAD ANONIMA, contra ANTONIO VIDAL
ALFARO y ANTONIO DIAZ PARADA, reclamándole cantidad de co-
lones y accesorios de Ley, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal
en fecha que oportunamente se señalará, el bien inmueble embargado
siguientes “Un inmueble de naturaleza urbana Ubicado en el kilómetro
trece de la Carretera a Oriente Jurisdicción de Ilopango donde se ha
desarrollado la Urbanización JARDINES DE SEL-SULTT “marcado
con el número catorce del block E-dos el cual se localiza así partiendo
de la intersección de los ejes de calle DYESA y pasaje número ocho
se mide sobre el eje de este último con rumbo Sur treinta grados diez
puntos cero minutos Este una distancia de cincuenta punto cincuenta
metros, en ese punto se hace defl exión derecha de noventa grados con
rumbo Sur cincuenta y nueve grados cincuenta punto cero minutos Oeste
y una distancia de dos puntos cincuenta metros se llega al esquinero
Noreste del lote que se describe así: AL NORTE partiendo del mojón
número uno, con rumbo Sur cincuenta y nueve grados cincuenta punto
cero minutos Oeste y una distancia de nueve punto cero cero metros,
se llega al mojón número dos lindando por este lado con lote número
doce del mismo block, AL PONIENTE: partiendo del mojón número
dos con rumbo Sur treinta grados diez punto cero minutos Este y una
distancia de seis punto cero cero metros, se llega al mojón número tres,
lindando por este lado con lote número trece del mismo block; AL SUR:
partiendo del mojón número tres rumbo Norte cincuenta y nueve grados
cincuenta punto cero minutos Este y una distancia de nueve punto cero
cero metros, se llega al mojón número cuatro, lindando por este lado
con lote número dieciséis del mismo block AL ORIENTE: partiendo del
mojón número cuatro con rumbo norte treinta grados diez punto cero
minutos oeste y una distancia de seis punto cero cero metros, se llega al
mojón número uno donde se inició la presente descripción lindando por
este lado con lote número trece del block E-tres, pasaje número ocho de
cinco punto cero cero metros de ancho de por medio. El lote así descrito
tienen un área de CINCUENTA Y CUATRO PUNTO CERO CERO
METROS CUADRADOS equivalentes a SETENTA Y SIETE PUNTO
VEINTISEIS VARAS CUADRADAS, los lotes colindantes son o han
sido propiedad de la Asociación de Ahorro y Préstamo Atlacatl S.A y
forman parte del inmueble general del cual se segregó el que se describe.
En el lote descrito se encuentra construida una casa de sistema mixto de
una extensión de CUARENTA Y TRES PUNTO SETENTA Y CINCO
METROS CUADRADOS y está inscrito a favor de los demandados
ANTONIO VIDAL ALFARO y ANTONIO DIAZ PARADA en el sis-
tema de folio real bajo la matrícula número cero uno-ciento catorce mil
novecientos cincuenta y seis-cero cero cero inscripción uno auxiliares
cero cero uno y cero cero dos del Registro de la Propiedad Raíz de este
departamento.
LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL:
San Salvador, a las nueve horas del día nueve de junio de dos mil tres.
Lic. MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIME-
RO DE LO MERCANTIL.- Lic. OSCAR EMILIO ZETINO URBINA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. 32837-3
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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL,
HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil marcado con
el número 564-E-97, promovido inicialmente por el Licenciado LUIS
ERNESTO ELIAS PORTILLO, como Apoderado General Judicial del
BANCO ATLACATL SOCIEDAD ANONIMA, antes denominado
ATLACATL, SOCIEDAD ANONIMA, continuado por el Doctor
JOSE SANTOS CHANG HERNANDEZ, y actualmente continúa el
Licenciado PABLO GABRIEL BUITRAGO CALDERON, ambos como
Apoderados Generales Judiciales del BANCO DE COMERCIO DE EL
SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, antes denominado BANCO
ATLACATL, SOCIEDAD ANONIMA, contra el señor ANTONIO
AYALA FLAMENCO, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal
en fecha que más adelante se señalará, el bien inmueble que a continuación
se describe y localiza así: “La ciudad de Tonacatepeque, jurisdicción
de Tonacatepeque y Distrito de San Salvador, Departamento de San
Salvador.” Ciudad Atlacatl, Kilómetro diecisiete y medio Troncal del
Norte, Lote número catorce, Departamento de San Salvador. “Lote rústico
en proceso de Urbanización y con servicios de desarrollo progresivo,
marcados con el número CATORCE del Block CIENTO NUEVE, el
cual se localiza así: descripción técnica del lote número catorce del Block
ciento nueve, partiendo de la intersección de los ejes de pasaje ochenta
y cinco y Calle Granada, se mide sobre el eje de esta última sesenta y
siete punto cincuenta metros, con rumbo Norte ochenta y siete grados
cuarenta minutos Oeste llegar a un punto que con defl exión derecha de
noventa grados y una distancia de cinco metros, se localiza el vértice
Sur-Este del lote que se describe a continuación: AL SUR, una distancia
de cinco metros con rumbo Norte de ochenta y siete grados cuarenta
minutos Oeste, lindando con lote cuatro y cinco del Block ochenta y cinco,
Calle Granada de diez metros de ancho de por medio; AL PONIENTE,
una distancia de veinte metros con rumbo Norte de dos grados veinte
minutos Este, lindando con lote quince del mismo Block; AL NORTE,
una distancia de cinco metros con rumbo Sur de ochenta y siete grados
cuarenta minutos Este, lindando con lote veintitrés del mismo Block;
AL ORIENTE, una distancia de veinte metros con rumbo Sur de dos
grados veinte minutos Oeste, lindando con lote trece del mismo Block.
El terreno así descrito tiene un área de CIEN METROS CUADRADOS,
equivalentes a CIENTO CUARENTA Y TRES PUNTO CERO OCHO
VARAS CUADRADAS, los lotes colindantes son o han sido propiedad
de CONSTRUCTORA ASAZ DE C. V., y forman o formaron parte del
inmueble general el cual queda reducido a una extensión de SESENTA Y
CUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE PUNTO SETEN-
TA Y CINCO METROS CUADRADOS, el inmueble anteriormente
descrito corresponde al ejecutado ANTONIO AYALA FLAMENCO,
según Asiento CERO CERO DOS de la Matrícula N-M cero uno cero
dos ocho cero cero siete, Código Catastral tres siete dos cero tres cinco
cero uno del Registro Social de Inmuebles de San Salvador”.
Se admitirán posturas siendo legales.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Mercantil: San Salvador, a
las doce horas y diez minutos del día dieciséis de junio de dos mil tres.
Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ TERCERO DE LO
MERCANTIL. Lic. ANA CECILIA FIGUEROA DE BARAHONA.
SECRETARIA.
3 v. alt. No. 32839-3
HELMAR ROLANDO BENITEZ PAREDES, Juez Primero de lo Civil
Interino de este Distrito Judicial de San Miguel,
HACE SABER: que por Ejecución promovida por el Licenciado
JOSE VIRGILIO JOYA MOLINA, en calidad de Apoderado General
Judicial de la señora ANA IRMA AYALA DE AYALA; mayor de
edad, Comerciante, de este domicilio; en contra de la sucesión del señor
JORGE ALBERTO MARTINEZ CARRANZA, conocido por JORGE
ALBERTO MARTINEZ, Representada legalmente dicha sucesión por
el señor JORGE ADALBERTO CARRANZA; se venderá en Pública
Subasta en este Juzgado los siguiente Bienes Inmuebles: “Once lotes
de terreno de naturaleza rústica, incultos, situados en el Cantón Monte
Grande, de esta Jurisdicción, Distrito y departamento de San Miguel, y
que en el plano de la Lotifi cación JARDINES DE MARIA, se identifi can
como lotes Números: CATORCE, QUINCE, DIECISEIS, DIECISIETE,
DIECIOCHO, DIECINUEVE, VEINTE, VEINTIUNO, VEINTIDOS,
VEINTITRES Y VEINTICUATRO, del Polígono “D”, los cuales forman
un solo cuerpo, y entre todos tienen la capacidad superfi cial de DOS
MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS,
CERO CINCO DECIMETROS CUADRADOS, equivalentes a cuatro
mil doscientos nueve punto cuarenta y nueve varas cuadradas, de las
medidas y linderos siguientes; al ORIENTE, cuarenta metros, linda
con terreno del señor ISIDORO ROSALES, Avenida a Cantón Monte
Grande de por medio, trazada dentro de la Lotifi cación; AL NORTE,
cincuenta metros, linda con terreno antes de MAXIMO PATROCINIO
ORTIZ SAGASTIZADO, hoy de los señores FRANCISCO ANTONIO
ALVARADO y MARIO ERNESTO TORRES HERRERA, al PONIEN-
TE, línea de dos tiros: El primero de Norte a Sur, mide cincuenta metros,
lindando con terreno antes del señor MAXIMO PATROCINIO ORTIZ
SAGASTIZADO, hoy del señor FLORENCIO BENITEZ DIAZ, y el
Segundo tiro va de Norte a Oriente, mide dieciocho metros, treinta y
dos centímetros linda con lotes Números DIECINUEVE Y VEINTE
del Polígono “B”, vendidos al señor SILVIO ANTONIO FLORES en
ambos tiros y Avenida Los Girasoles de por medio, trazada dentro de
la Lotifi cación; y al Sur, línea de dos tiros así: El primero de Poniente
a Oriente, mide cincuenta y cuatro metros, cincuenta centímetros, linda
con Lotes números NUEVE, DIEZ Y ONCE del Polígono “A”, los
primeros vendidos a los señores MARIA DOLORES CACERES DE
GOMEZ y JORGE ALBERTO GOMEZ PERLA, y el último propiedad
de la vendedora; y el segundo tiro va de Poniente a Norte, y mide siete
metros, cincuenta Centímetros lindando en ambos tiros con Avenida
Las Margaritas de por medio, trazada dentro de la Lotifi cación. Existe
construida dentro de este inmueble, una casa de sistema mixto, paredes
de ladrillo, techo de duralita, con paja de agua, servicio de energía eléc-
trica, pozo para sacar agua con todos sus servicios y accesorios, todo
lo cual entra en la presente Hipoteca; y le corresponde según Escritura
Pública de Compraventa, otorgada en esta ciudad, este mismo día ante
mis ofi cios notariales, la cual no se encuentra inscrita aun a su favor,
pero es inscribible por estarlo su antecedente más inmediato en el Re-
gistro de la Propiedad Raíz de la Primera Sección de Oriente, bajo el
número: VEINTIOCHO del Tomo UN MIL NOVECIENTOS TRECE,
de Propiedad del Departamento de San Miguel.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
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115DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Mi-
guel, a las nueve horas del día uno de julio de dos mil tres. HELMAR
ROLANDO BENITEZ PAREDES, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL
INTO. Lic. JULIO CESAR CAMPOS BRAN, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 32828-3
EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: que por resolución de las quince horas de este
día, se ha ordenado la venta en pública subasta del inmueble objeto del
presente juicio, en el Juicio Civil Ejecutivo, promovido inicialmente por
la Licenciada ALICIA MARGARITA BARRERA SOSA, y continuado
por el Licenciado EDWIN ODIR PARADA GUANDIQUE, de treinta y
tres años de edad, Abogado, del domicilio de San Miguel, en su calidad
de Apoderado General Judicial de la Caja de Crédito de Concepción
Batres, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital
Variable, de ese domicilio, contra los señores HERMIS ARIAS GOMEZ
y ANA JULIA GOMEZ, el primero de veintiséis años de edad, en ese
entonces, Comerciante en Pequeño; la segunda de cincuenta y seis años de
edad, de ofi cios, domésticos, ambos del domicilio de San Rafael Oriente,
sobre el siguiente inmueble: dos terrenos rústicos, situados en el Cantón
Rodeo de Pedrón, de la Jurisdicción de la Villa de San Rafael Oriente,
Distrito de Chinameca, Departamento de San Miguel, EL PRIMERO:
de la capacidad de ciento tres áreas cincuenta y dos centiáreas, de las
colindancias siguientes: Oriente: con terrenos de PAULA MORALES
y JOSEFINA CAMPOS, quebrada de por medio, Norte: con terreno
de MEDARDINA GAITAN, cerco de alambre propio, Poniente: con
terreno de MAURICIO CAMPOS TADABIA LIZAMA, cerco de alam-
bre propio, Sur: con MAURICIO CAMPOS, cerco de alambre propio,
SEGUNDA PORCION: de la capacidad de diecisiete áreas cuarenta y
cuatro centiáreas de las colindancias siguientes: Oriente: con terreno
de PAULA MORALES, cerco propio de alambre, Norte: callejón de
por medio, EDUARDO BERMUDEZ, Poniente: con MEDARDINA
GAITAN, callejón de por medio, Sur: de la misma señora ANA JULIA
GOMEZ, inscrito a favor de la segunda compareciente, en el Registro de
la propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente bajo el
número CINCUENTA Y OCHO del Tomo SETECIENTOS CUARENTA
Y OCHO, de propiedad del Departamento de San Miguel. Quien quiera
hacer postura que ocurra que se le admitirá siendo legal.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, veintinueve de agosto
del dos mil tres. Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.
Br. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. 32895-3
ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial al público para los efectos de ley,
HACE SABER: que a este Juzgado se han presentado los señores
JOSE DONATILO CANALES, mayor de edad, comerciante, y GILMA
AURORA RIVERA DE CANALES, mayor de edad, de ofi cios do-
mésticos, ambos del domicilio de Pasaquina, con residencia en Cantón
Santa Clara, Caserío Santa Clarita, solicitando título supletorio de un
terreno de naturaleza rústica, situado en el Caserío Santa Clarita, Cantón
Santa Clara, Jurisdicción de Pasaquina, distrito de Santa Rosa de Lima,
Departamento de La Unión, de la Capacidad Superfi cial de MIL DOS-
CIENTOS CINCUENTA Y CINCO METROS TREINTA Y SIETE
DECIMETROS CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS; que
mide y linda: AL ORIENTE, cuarenta y cinco metros ochenta centímetros,
con terreno de JOSE DOLORES RIVERA. AL PONIENTE: cuarenta
y cinco metros cincuenta centímetros, con terreno que ocupa la Iglesia
Católica, en parte en otra con terreno de EDUVIGES VELASQUEZ
y COMMEMORACION ALVAREZ DE VELASQUEZ; existe por
este rumbo una calle de cinco metros de ancho por veintidós metros
de largo, que da acceso a la calle principal del mencionado caserío, la
cual forma parte del inmueble que se describe; AL SUR: veinticuatro
metros, con terreno de EDUVIGES VELASQUEZ, y COMMEMO-
RACION ALVAREZ DE VELASQUEZ, y AL NORTE: treinta y un
metros con propiedad de ANTONIO ABAD RIVERA; dicho inmueble
está cercado por todos sus rumbos con muro de Block de por medio
propio y carece de cultivos permanentes, y contiene una casa, techo de
tejas, paredes de adobe, con los servicios de agua, luz y teléfono, y un
pozo con su respectivo broquel. Valúan dicho inmueble en la suma de
NOVECIENTOS CATORCE DOLARES VEINTINUEVE CENTAVOS
DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA, lo
adquirieron por compraventa hecha al señor JOSE DOLORES RIVERA,
según Escritura Pública a las doce horas cuarenta y cinco minutos del
día catorce de enero del dos mil tres.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a las doce
horas del día uno de agosto del dos mil tres. Lic. ANGEL ALBINO
ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEPCION
MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. 32890-3
ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil, de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada
GLORIA AMANDA BENITEZ GUEVARA, mayor de edad, Abogado,
de este domicilio, como Apoderada General Judicial del señor ELMER
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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
MAURICIO CUEVAS HERRERA, mayor de edad, empleado, y de este
domicilio, solicitando Diligencias de Título Supletorio, de un terreno
rústico, situado en el Cantón La Chorrera, de esta jurisdicción y distrito,
Departamento de La Unión, de la capacidad superfi cial de SEISCIENTOS
CUARENTA Y SEIS METROS SETENTA Y OCHO DECIMETROS
CUADRADOS, que mide y linda: al SUR, catorce metros, sesenta cen-
tímetros, con RAMON VENTURA; al ORIENTE, cuarenta y cuatro
metros, treinta centímetros, con propiedad de CALIXTO HERNANDEZ,
quebrada de por medio; al NORTE, catorce metros, sesenta centíme-
tros, con propiedad de ISIDRA MEDINA; y al PONIENTE, cuarenta y
cuatro metros, treinta centímetros, con terreno de JOSEFA MEDINA;
inmueble que carece de cultivos y construcciones, lo valúa en la suma
de VEINTE MIL COLONES. Y lo adquirió por compra que hizo a
DOMITILA HERRERA VIUDA DE CUEVAS, mayor de edad, y de
este domicilio.
Librado en el Juzgado de Lo Civil, Santa Rosa de Lima, a los
quince días del mes de agosto de dos mil tres. Lic. ANGEL ALBINO
ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. MARINA CONCEPCION
MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. 32893-3
ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: que a este Juzgado se han presentado los señores
LUIS ALONSO BENITEZ HERNANDEZ y AGUSTINA CANALES
AREVALO, quienes son de cuarenta y cinco, y treinta y nueve años de
edad; Agricultor en pequeño y de ofi cios domésticos, en el orden men-
cionados, ambos residentes en el Cantón Cerro Pelón de la comprensión
de Pasaquina, de este Distrito y Departamento de La Unión. Solicitando
que se les extienda título supletorio sobre un terreno de naturaleza rústica
situado en el Caserío El Picacho, Cantón Cerro Pelón de la comprensión
de Pasaquina, de este Distrito Judicial, Departamento de La Unión; de la
capacidad superfi cial de cuatrocientos dieciocho metros noventa y tres
decímetros ochenta centímetros cuadrados, que mide y linda: Al Oriente,
veintiún metros setenta y cuatro centímetros, con terreno de GLADIS MA-
RINA ROMERO; al Norte, veintiún metros setenta y cuatro centímetros,
con terreno de GLADIS MARINA ROMERO; al Poniente, veinte metros
con noventa centímetros, colinda con SANTOS RODRIGUEZ, cerco de
alambre del colindante de por medio; y al Sur, diecisiete metros cincuenta
y seis centímetros, linda con LUISA TURCIOS, cerco de alambre propio
de por medio, existiendo por este rumbo servidumbre de cuatro metros
de ancho. Dicho terreno lo valúan en la cantidad de cinco mil colones,
por compra que le hicieran a la señora GLADIS MARINA ROMERO,
quien es de cuarenta y siete años de edad, de ofi cios domésticos, y del
domicilio de Pasaquina, Departamento de La Unión.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, Departa-
mento de La Unión, a los siete días de agosto de dos mil tres. Lic. AN-
GEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA
CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. 32856-3
ANGEL ALBINO ALVARENGA; Juez de lo Civil, de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: que se han presentado los señores JUAN ANGEL
ALMENDAREZ CRUZ, de cincuenta años de edad, Agricultor en Pe-
queño, y HORTENCIA ALMENDAREZ, de cincuenta y cinco años de
edad, de ofi cios domésticos, ambos con residencia en el Cantón Valle
Afuera, jurisdicción de Pasaquina, de este Distrito, Departamento de La
Unión, y representados por su Apoderado General Judicial Licenciado
SIMON ULISES VILLATORO, solicitando título supletorio de un terreno
de naturaleza rústica, situado en el Cantón Valle Afuera, Jurisdicción de
Pasaquina, de este Distrito, Departamento de La Unión, de la capacidad
superfi cial de UN MIL CIENTO CINCUENTA METROS DIECISEIS
DECIMETROS CUATRO CENTIMETROS CUADRADOS, que mide
y linda; AL ORIENTE, veintidós metros veinticinco centímetros, linda
con terreno de SALOME PORTILLO. AL NORTE, veinticuatro metros
cincuenta centímetros, con terreno que le venderán a REINA IDALIA AL-
MENDAREZ. AL PONIENTE, treinta y siete metros veinte centímetros
linda con MARIA SANTOS y OVIDIO REYES, y AL SUR, cincuenta
y dos metros noventa centímetros, linda con JOSEFINA PACHECO.
Existen construidas dos casas de bahareque, piso de barro, techo de
tejas, cada una mide seis metros de ancho por seis de fondo. Valúan el
referido inmueble en la cantidad de DIEZ MIL COLONES, por compra
hecha a la señora ERNESTINA ALMENDAREZ, el día veinticinco de
julio del corriente año, ante los ofi cios notariales del Licenciado SIMON
ULISES VILLATORO.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a las nueve
horas del día nueve de septiembre de dos mil tres. Lic. ANGEL ALBINO
ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEPCION
MARTINEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. 32855-3
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117DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: que MIRNA RUTH REYES, mayor de edad,
Empleada, de este domicilio; se ha presentado a esta Alcaldía solicitando
a su favor TITULO DE PROPIEDAD de un inmueble de naturaleza
Rústica, situado en el Cantón La Esperanza de esta jurisdicción, com-
puesto de QUINIENTOS VEINTISEIS METROS CUADRADOS de
extensión superfi cial, linda al NORTE: FRANCISCO SALVADOR
GONZALEZ, camino vecinal de por medio, ORIENTE: FRANCISCO
SALVADOR GONZALEZ, camino vecinal de por medio, SUR: MARIA
MIRTALA REALES DE TRUJILLO y DELMY MARVI TRUJILLO DE
ALVARADO, con ambas camino vecinal de por medio, al PONIENTE:
BENITO ORLANDO GALLEGOS ESCOBAR. Lo hubo por compra
que hizo a JUANA CRISTINA ALFARO DE REYES. No es sirviente
ni dominante. Lo valúa en DIEZ MIL COLONES. Los colindantes son
de este domicilio.
Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.
ALCALDIA MUNICIPAL: SAN JUAN TEPEZONTES, veinte de
agosto de dos mil tres. FRANCISCO ALIRIO CANDRAY, ALCALDE
MUNICIPAL. TITO LOPEZ ESCOBAR, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 32886-3
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: que CARLOS ZABALETA HERNANDEZ, mayor
de edad, de este domicilio, se ha presentado a esta Alcaldía solicitando
a su favor TITULO DE PROPIEDAD de un inmueble de Naturaleza
Rústica, situado en el Cantón La Cruz de esta jurisdicción, compuesto
de SEISCIENTOS UN METROS CUADRADOS de extensión super-
fi cial, linda al NORTE: NICOLAS CORDOVA MOLINA, ORIENTE:
ANDRES HERNANDEZ, SUR: MARIA EMELINA MELENDEZ
SIBRIAN, PONIENTE: OFELIA GONZALEZ DE LARA, camino
vecinal de por medio. Lo hubo por compra que hizo a FRANCISCA
ZABALETA, quien fue de este domicilio. Lo valúa en la cantidad de
DIEZ MIL COLONES. Los colindantes son de este domicilio. No es
sirviente ni dominante.
Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.
ALCALDIA MUNICIPAL: SAN JUAN TEPEZONTES, veinte de
agosto de dos mil tres. FRANCISCO ALIRIO CANDRAY, ALCALDE
MUNICIPAL. TITO LOPEZ ESCOBAR, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 32887-3
INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: que a esta Alcaldía Municipal de San Ramón se ha
presentado el señor JOSE RICARDO ALEMAN OSORIO, de cuarenta y
tres años de edad, casado, Telegrafi sta, originario de Jerusalén y de este
domicilio, quien se identifi ca por medio de su Cédula de Identidad Personal
número: Diez- trece- cero cero dos mil quinientos sesenta y cinco, expedida
en esta Alcaldía. Solicitando se le extienda TITULO DE PROPIEDAD
DE UN TERRENO URBANO, situado en el Barrio El Centro de este
pueblo, de una extensión de un área superfi cial de CIENTO TREINTA
Y TRES METROS CUADRADOS, VEINTE CENTIMETROS, con las
medidas y linderos especiales siguientes: AL ORIENTE ocho metros
ochenta y ocho centímetros, con terreno de ISIDRA HERNANDEZ DE
URIAS, hoy de RUTILIO OLANO, mojones esquineros un pito y una
piedra enterrada, antes, hoy construida una pared limítrofe de ladrillo
de obra, AL NORTE: con solar de IGNACIO PEÑATE, de la piedra
antes mencionada, a otra piedra esquinera pasando por la reguera de la
casa, línea recta que mide quince metros. AL PONIENTE: mide ocho
metros ochenta y ocho centímetros, linda con terrenos de RAFAEL
PEREZ RUNES, calle pública La Ronda de por medio, y AL SUR:
quince metros, con terreno que fue de JUAN JOSE PEÑATE, hoy de
JOEL OLANO. El terreno antes descrito lo adquirió por compra que le
hizo al señor TEODULO HERNANDEZ, en la ciudad de San Salvador,
poseyéndolo en quieta, pacífi ca e ininterrumpida posesión por más de
DIECISIETE AÑOS, hasta el momento, y lo estima en la cantidad de
CINCUENTA MIL COLONES, y el cual no está inscrito en el Registro
de la Propiedad Raíz e Hipotecas, no es predio dominante ni sirviente,
ni dominante sobre otro terreno y no se encuentra en proindivisión con
nadie.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
ley.
Alcaldía Municipal de San Ramón, a los veinte días del mes de
febrero del año dos mil tres. JOSE IGNACIO PEÑATE, ALCALDE
MUNICIPAL. MAURA DANIA ROSALES DE B., SECRETARIA
MUNICIPAL.
3 v. alt. No. 32958-3
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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
AVISO
INGENIO LA CABAÑA S.A. DE C.V.
AVISA: que se ha presentado a nuestra Ofi cina Administrativa el señor ABRAHAN TEJADA SANTOS, Representante Legal de LA ASO-CIACION COOPERATIVA DE PRODUCCION AGROPECUARIA “SANTA ROSA NUMERO DOS” DE RESPONSABILIDAD LIMITA-DA, solicitando la reposición del certifi cado de Acciones propiedad de dicha Cooperativa, que se ha extraviado; el certifi cado tiene el número 1080, y ampara 500 acciones, que comprenden desde la número 1039636 a la 1040135.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso. Transcurrido el término de treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certifi cado antes mencionado.
San Salvador, diecisiete de septiembre del años dos mil tres.
Lic. ELIAS CANTADERIO,
GERENTE ADMINISTRATIVO,
INGENIO LA CABAÑA S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. 32940-3
AVISO
LA ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO VICENTINA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA “ACCOVI DE R.L.”
HACE del conocimiento del público en general, que a sus ofi cinas se ha presentado el señor FELIX MANUEL DE JESUS RODRIGUEZ mayor de edad, del domicilio de San Vicente, solicitando reposición del certifi cado a plazo No.01-07883-30-12 emitido por esta asociación cooperativa a su nombre el 06 de febrero de 2003.
Si dentro de 30 días contados a partir de la fecha de última publi-cación de este aviso no se presentare oposición, la cooperativa procederá a reponer el mencionado certifi cado a plazo.
San Salvador, 02 de septiembre de 2003
3 v. alt. No. 32953-3
AVISO
Corporación Galaxia, S.A. de C.V. comunica que ha recibido notifi cación de extravío de los certifi cados de acciones detallados a continuación:
Certifi cado No. 471 por 152 acciones;
Certifi cado No. 481-C por 118 acciones;
Certifi cado No. 484-D por 55 acciones;
Certifi cado No. 519 por 801 acciones;
Dichos certifi cados fueron emitidos por Corporación Ban Co, S.A. de C.V., que a partir del 2 de mayo del 2001, cambió su denominación a Corporación Galaxia, S.A. de C.V.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos le-gales. Transcurridos treinta días de la tercera publicación de este aviso, se procederá a reponerlo, si no hubiera oposición.
San Salvador, veintitrés de septiembre del año dos mil tres.
Lic. GUILLERMO ACETO MARINI,
DIRECTOR SECRETARIO.
3 v. alt. No. 32872-3
AVISO
La Sociedad COMPAÑIA DE TELECOMUNICACIONES DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse CTE, S.A. DE C.V.,
COMUNICA: que a sus ofi cinas se ha presentado el señor JOSE HUMBERTO GUEVARA ESCOBAR, mayor de edad, de ocupación TELEGRAFISTA y del domicilio de Jayaque, departamento de La Libertad, en su calidad de propietario de los certifi cados de acciones # 9625, 9626, 9627, 9628 y 9631, emitidos el día 27 de marzo del año 1998 por la referida sociedad, los cuales amparan un total de 500 acciones comunes y nominativas por un monto de CINCUENTA MIL 00/100 COLONES (¢50,000.00), solicitando la reposición de dichos certifi cados por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior y en cumplimiento de lo dispuesto en los Arts. 311, 486 y 932 del Código de Comercio, se hace del co-nocimiento del público para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certifi cado de acciones en referencia.
San Salvador, a los 30 días del mes de junio del año dos mil tres.
Ing. DOMINIQUE SAINT JEAN,
PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA
DE CTE, S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. 32879-3
AVISO
El Banco Cuscatlán S.A.,
COMUNICA: que a sus ofi cinas ubicadas en AVENIDA FRANCIS-CO MENENDEZ Y CALLE GERARDO BARRIOS, AHUACHAPAN, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE DEPOSITO A PLAZO FIJO DOLARES Número 011PLA000002308, solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO por VEINTICUATRO MIL DO-LARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$24,000.00) VEINTICUATRO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.
AHUACHAPAN, 19 de septiembre de 2003
MATILDE ELIZABETH OROZCO DE VIDALES,
BANCO CUSCATLAN S.A.
AGENCIA AHUACHAPAN.
3 v. alt. No. 32885-3
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119DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
AVISO
El Banco Cuscatlán S.A.,
COMUNICA: que a sus ofi cinas ubicadas en AVENIDA FRANCIS-CO MENENDEZ Y CALLE GERARDO BARRIOS, AHUACHAPAN, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE DEPOSITO A PLAZO FIJO DOLARES Número 011PLA000002293, solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO por ONCE MIL CUATROCIEN-TOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$11,428.57) ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.
AHUACHAPAN, 19 de septiembre de 2003
MATILDE ELIZABETH OROZCO DE VIDALES,
BANCO CUSCATLAN S.A.
AGENCIA AHUACHAPAN.
3 v. alt. No. 32884-3
AVISO
EL BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., comunica que a sus ofi cinas ubicadas sobre la Calle Rubén Darío y 21 Avenida Sur # 1158 de este domicilio, se ha presentado el Benefi ciario de los CERTIFICADOS DE DEPOSITOS A PLAZO FIJO, a reportar el extravió de los mismo, según detalle:
Número Certifi cado Fecha Emisión Cuenta Número Plazo
334449 20-04-2001 08-12473832 360 DIAS
348372 12-09-2001 08-12473905 360 DIAS
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición se procede a reponer los certifi cados en referencia.
Dado en San Salvador, a los veintitrés días del mes de septiembre del dos mil tres.
SILVIA DE MORALES,
GERENTE AG. RUBEN DARIO.
3 v. alt. No. 32865-3
AVISO
CONSULTORES PARA EL DESARROLLO EMPRESARIAL, SO-CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,
HACE SABER: que en Junta General Extraordinaria y Ordinaria de Accionistas de la sociedad “Consultores para el Desarrollo Empresarial, Sociedad Anónima de Capital Variable”, celebrada en segunda convoca-toria, en esta ciudad, a las dieciocho horas del día doce de agosto de dos mil tres, por resolución unánime de los accionistas presentes se acordó aumentar el capital social en la parte mínima, que en la actualidad es de veinte mil colones, el cual se encuentra totalmente suscrito y pagado, en la suma de ochenta mil colones, totalizando el capital mínimo en cien mil colones, representado y dividido en mil acciones nominativas de un valor de cien colones cada una, lo que se llevará a cabo mediante la emisión de ochocientas acciones de un valor nominal de cien colones cada una, por aportes en efectivo que se hagan al respecto. Todos los accionistas tienen el derecho de suscripción preferente a que se refi ere el Artículo 157 del Código de Comercio, el cual podrán ejercer de acuerdo a la proporción de acciones que posean. Este derecho deberá ser ejercido en los siguientes quince días al de la publicación de este acuerdo, debiendo pagarse el veinticinco por ciento de su valor al suscribirlas y el setenta y cinco por ciento restante mediante llamamientos dentro de un plazo no mayor a dos años. En virtud de lo anterior, la sociedad girará con un capital mínimo de cien mil colones, representado y dividido en mil acciones de un valor de cien colones cada una.
San Salvador, veintidós de septiembre de dos mil tres.
Lic. NICOLAS RIGOBERTO MONGE LOPEZ,
DIRECTOR PRESIDENTE.
3 v. alt. No. 32869-3
AVISO
El suscrito Secretario de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Clínica Vilá, Sociedad Anónima de Capital Variable, inscrita en el Registro de Comercio, bajo el número Treinta y Seis, folios números Trescientos doce y siguientes, libro número Ochocientos Setenta y Uno, de Registro de Sociedades.
CERTIFICA: que en Junta General Extraordinaria de Accionistas celebrada el día veintisiete de agosto del corriente año, por unanimidad se tomó el acuerdo de aumentar el Capital Social Mínimo en la cantidad de ochenta mil 00/100 Colones, (¢80,000.00), quedando establecido el nuevo Capital Social Mínimo en la cantidad de cien mil 00/100 Colo-nes (¢100,000.00). Con lo cual se da cumplimiento al Artículo Un Mil Quinientos Sesenta y Seis del Código de Comercio vigente.
En vista de lo anterior, se acordó modifi car el Pacto Social en su Cláusula número Cinco, e inscribirlo en el Registro de Comercio para su validez.
San Salvador a los veinticuatro días del mes de septiembre de dos mil tres.
Arq. MIRNA CAROLINA RIVERA DE VILA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. 32888-3
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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
AVISO
El suscrito Secretario de la Junta General Ordinaria Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Droguería R.V., Sociedad Anónima de Capital Variable, inscrita en el Registro de Comercio, bajo el número Cuarenta y Ocho, folios números Trescientos Setenta y Tres y siguientes, libro número Un Mil Tres Cientos Treinta y Nueve, de Registro de Sociedades.
CERTIFICA: que en Junta General Ordinaria Extraordinaria de Accionistas celebrada el día veintiséis de agosto del corriente año, por unanimidad se tomó el acuerdo de aumentar el Capital Social Mínimo en la cantidad de Ochenta Mil 00/100 Colones, (¢80,000.00), quedando establecido el nuevo Capital Social Mínimo en la cantidad de Cien Mil 00/100 Colones (¢100,000.00). Con lo cual se da cumplimiento al Artículo Un Mil Quinientos Sesenta y Seis del Código de Comercio vigente.
En vista de lo anterior, se acordó modifi car el Pacto Social en su Cláusula número Tres, e inscribirlo en el Registro de Comercio para su validez.
San Salvador a los veinticuatro días del mes de septiembre de dos mil tres.
Arq. MIRNA CAROLINA RIVERA DE VILA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. 32889-3
AVISO
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo mil quinientos sesenta y seis del Código de Comercio se, hace saber: que en Junta General Ex-traordinaria de Accionistas de la Sociedad Repuestos Americanos, S.A. de C.V., que se abrevia Repuestos Americanos, S.A. de C.V., celebrada en esta ciudad su domicilio a las nueve horas y treinta minutos del veinte de mayo del dos mil tres, por resolución unánime tomada por todos los representantes de todas las acciones en que está dividido el capital mínimo que es de Veinte Mil Colones se acordó aumentar dicho Capital Mínimo de la Sociedad en la cantidad de Ochenta Mil Colones, para adecuarlo a las nuevas disposiciones del Código de Comercio, mediante la Emisión de Cuatrocientas nuevas acciones comunes y nominativas de valor de Doscientos Colones cada una, las que fueran suscritas en su totalidad habiéndose cumplido así con lo dispuesto en el artículo mil quinientos sesenta y seis del Código de Comercio, como consecuencia del aumento acordado el nuevo capital mínimo de la sociedad será de Cien Mil Colones, así también se acordó en esta fecha cambio de Razón Social de Repuestos Americanos, S.A. de C. V., que se abrevia Repuestos Americanos, S.A de C.V., por Arrendamiento de Maquinaria y Equipo de Construcción Membreño, S.A. de C.V., que se abrevia ALMCOM, S.A. DE C.V., siendo el ejecutar especial para que comparezca ante el Notario para otorgar la escritura de modifi cación al pacto social a Doña MARIA EMMA MEMBREÑO.
MARIA EMMA MEMBREÑO,
ADMINISTRADOR UNICO.
3 v. alt. No. 32853-3
AVISO
La Sociedad Industria Joyera R & H, Sociedad Anónima de Capital Variable,
COMUNICA: que en Junta General Extraordinaria de Accionistas, Celebrada el día nueve de mayo de dos mil tres, se acordó aumentar el Capital Social en SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL COLONES con lo cual su Capital Social se elevará a la cantidad de SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL COLONES lo que comunica al público en general dándole así cumplimiento al Art. 176 del Código de Comercio y demás disposiciones legales.
San Miguel a los ocho días del mes de agosto de dos mil tres.
FRANCISCO JAVIER HERNANDEZ VILLATORO,
REPRESENTANTE LEGAL.
3 v. alt. No. 32823-3
AVISO
La Sociedad “DESTIN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-RIABLE”, en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 64 del Código de Comercio;
AVISA: que en sesión de Junta General Extraordinaria de Accionis-tas de la Sociedad, celebrada a las quince horas del día veinte de agosto de dos mil tres, se ACORDO la DISOLUCION Y LIQUIDACION de la Sociedad, conforme a lo dispuesto en el numeral IV del Art. 187 del Código de Comercio.
Este acuerdo se publica para los efectos de ley.
San Salvador, 21 de agosto de 2003.
Lic. JUAN CARLOS ANCALMO CASTRO,
LIQUIDADOR.
3 v. alt. No. 32829-3
Clase: 03
No. de Expediente: 2003033961
No. de Presentación: 20030040263
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado ZOBEIDA CANDELARIA RODRIGUEZ DE ALVAREZ, en su calidad de RE-PRESENTANTE LEGAL de IMPORTADORA MERCANTIL DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
NEPTUNO
Consistente en: la palabra NEPTUNO.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de julio del año dos mil tres.
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121DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, catorce de agosto del año dos mil tres.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,
REGISTRADOR.
ALVARO ERNESTO FRANCO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. 32825-3
Clase: 25
No. de Expediente: 2003030744
No. de Presentación: 20030034562
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO BARRIERE AYALA, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de SAMI NASSER NASSER, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la expresión DP DIPLOMAT y diseño.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de febrero del año dos mil tres.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de julio del año dos mil tres.
Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,
REGISTRADOR.
ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. 32845-3
Clase: 05
No. de Expediente: 2002028840
No. de Presentación: 20020031160
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado HECTOR ALEJANDRO MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de LABORATORIOS LOPEZ, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
LUMICOX
Consistente en: la palabra LUMICOX.
La solicitud fue presentada el día ocho de noviembre del año dos mil dos.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de agosto del año dos mil tres.
Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,REGISTRADOR.
SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,SECRETARIA.
3 v. alt. No. 32904-3
Clase: 25
No. de Expediente: 2003033401
No. de Presentación: 20030039394
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO ROMERO PINEDA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de MAJOR LEAGUE BASEBALL PROPERTIES, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUS-TRIAL O DE FABRICA,
Consistente en: la letra m y diseño.
La solicitud fue presentada el día tres de julio del año dos mil tres.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de julio del año dos mil tres.
Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,REGISTRADOR.
ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.
3 v. alt. No. 32833-3
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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
Clase: 25
No. de Expediente: 2003033402
No. de Presentación: 20030039395
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO
ROMERO PINEDA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de
MAJOR LEAGUE BASEBALL PROPERTIES, INC., de nacionalidad
ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUS-
TRIAL O DE FABRICA,
Consistente en: diseño de Texas Rangers.
La solicitud fue presentada el día tres de julio del año dos mil
tres.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diecisiete de julio del año dos mil tres.
Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,
REGISTRADOR.
ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. 32832-3
Clase: 41
No. de Expediente: 2003033400
No. de Presentación: 20030039393
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO
ROMERO PINEDA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de
MAJOR LEAGUE BASEBALL PROPERTIES, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SER-VICIOS,
Consistente en: las palabras SINCE 1876 NATIONAL LEAGUE OF PROFESSIONAL BASEBALL CLUBS y diseño, traducción al caste-llano DESDE 1876 LIGA NACIONAL DE CLUBES PROFESIONALES DE BEISBOL.
La solicitud fue presentada el día tres de julio del año dos mil tres.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de julio del año dos mil tres.
Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,
REGISTRADOR.
ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. 32834-3
Clase: 05.
No. de Expediente: 2002028998.
No. de Presentación: 20020031463.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado DINA CASTRO DE CALLEJAS en su calidad de APODERADO de Solvay Pharmaceu-ticals B.V., de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
PULZIUM
Consistente en: la palabra PULZIUM.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del año dos mil dos.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dos de junio del año dos mil tres.
Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,REGISTRADOR.
JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.
3 v. alt. No. 28238-3
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123DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Octubre de 2003.
3 v. alt. No. 32876-3
ANA PATRICIA GUADALUPE ALEGRIA GARCIA, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubicada en Calle San Carlos, Pasaje Rocío, Número Ciento Catorce, San Salvador,
HACE SABER: que por resolución de la suscrita Notario, proveída a las diez horas del día veinticinco de septiembre del año dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción, ocurrida en Colonia Jardines de Monte Blanco, Pasaje Trece, Bloque “ C “, casa número nueve, Soyapango, a las dieciocho horas y diez minutos del día treinta y uno de julio del año dos mil, dejara el señor Joaquín Escalante Gómez, de parte de la señora MARIA DEL CARMEN ESCALANTE DE ESCALANTE en concepto de Hija y Cesionaria de los Derechos de María Julia Martínez Viuda de Escalante, Marta Gregoria Martínez Escalante de Segura, Ana Mirian Escalante de Huezo, María Teresa Escalante de Gutiérrez y María Dolores Escalante de Juárez, la primera esposa y las siguientes hijas del causante, habiéndose conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que crean con el derecho a la referida Herencia, para que se presenten a la referida ofi cina en término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente Edicto.
Librado en ofi cina de la Notario Ana Patricia Guadalupe Alegría García, en la ciudad de San Salvador, a las once horas del día veinticinco de septiembre, del año dos mil tres.
Lic. ANA PATRICIA GUADALUPE ALEGRIA GARCIA,
NOTARIO.
3 v. c. No. 33047-3
MIREILLE ESCALANTE DIMAS, Notario, de este domicilio con Ofi cina Notarial en Calle Opico Número Once, polígono J. Colonia Jardines de La Libertad, Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, al PUBLICO,
HACE SABER: que por resolución proveída a las once horas del día seis de enero del año dos mil tres, se ha tenido por aceptada expre-samente y con Benefi cio de Inventario la Herencia Testamentaria que a su defunción ocurrida en San Salvador, el día cuatro de noviembre de mil novecientos noventa y siete, dejó la causante MERCEDES LOUCEL de parte de los señores RICARDO ERNESTO SALAZAR QUEZADA, y DAVID GUILLERMO SALAZAR QUEZADA, como herederos tes-tamentarios, confi riéndoseles a dichos aceptantes INTERINAMENTE LA ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DE LA SUCESION expresada, con las facultades y restricciones de ley.
Lo que se AVISA al público para los efectos legales consiguien-tes.
Nueva San Salvador, veintiséis de septiembre del año dos mil tres.
Dra. MIREILLE ESCALANTE DIMAS,
NOTARIO.
3 v. c. No. 33186-3
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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 361
SALVADOR HERIBERTO RAMIREZ, Notario, de este domicilio, con Ofi cina establecida en Calle Arturo Ambrogi, número Cinco mil trescientos cincuenta y siete, Colonia Escalón, ciudad. Al público para los efectos de Ley,
HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveída a las diez horas del día dieciséis de septiembre del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejara la señora MARIA CONCEPCION AMAYA DE LARA LANDAVERDE, conocida por MARIA CONCEPCION AMAYA DE LARA, MARIA CONCEPCION AMAYA y CONCEPCION AMAYA RUIZ, ocurrida el día once de julio del corriente año, en esta ciudad, siendo su último domicilio el de esta ciudad, de parte de los señores OVIDIO ISABEL LARA LANDAVERDE, conocido por OVIDIO LARA LANDAVERDE, OVIDIO ERNESTO LARA AMAYA, NANCY AZYADETH LARA AMAYA y KARLA JEANNETTE LARA AMAYA, en su calidad de herederos intestados como esposo el primero y los tres últimos como hijos de la causante, habiéndoles conferido la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Y cita a los que se crean con derecho a la Herencia referida, para que se presenten a reclamarla dentro de los quince días siguientes, a partir de la última publicación del presente edicto.
Librado en la ciudad de San Salvador, a los dieciséis días del mes de septiembre de dos mil tres.
Dr. SALVADOR HERIBERTO RAMIREZ,
ABOGADO Y NOTARIO.
3 v. c. No. 33335-3
SANDRA MARLENE LOPEZ SOSA, Notario, de este domicilio, con Bufete situado en Décima Calle Poniente, número Tres-A, de la ciudad de Quezaltepeque, Departamento de La Libertad,
AVISA: al público para los efectos de Ley, que en las Diligencias de Aceptación de Herencia, seguidas ante mis ofi cios notariales, en virtud de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, se ha pronunciado la resolución siguiente: “En la Ofi cina de Notariado: en la ciudad de Quezaltepeque, Departamento de La Libertad, a las quince horas del día veinticinco de enero del año dos mil tres.- Agréguese el ofi cio número CERO UNO DOS DOS, procedente de la Ofi cialía Mayor de la Honorable Corte Suprema de Justicia, del que consta que no existen otras diligencias de aceptación de herencia respecto a la sucesión de la causante señora ROSA CARLOTA SAL-GUERO LOPEZ. Tiénese por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia testamentaria que a su defunción ocurrida en el Barrio San Esteban, de la ciudad de Texistepeque, Departamento de San Salvador, el día veintiséis de julio de mil novecientos noventa y cuatro, dejó la señora ROSA CARLOTA SALGUERO LOPEZ, de parte del señor HUGO ERNESTO MARTINEZ SALGUERO, quien actúa en representación de la señora: ROSALINA SALGUERO LOPEZ, conocida por ROSALINA SALGUERO y por ROSALINA SALGUE-RO DE MARTINEZ, hoy VIUDA DE MARTINEZ, en su calidad de hermana de la causante. Confi éresele a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Líbrense y publíquense los edictos de Ley; extiéndase a la inte-resada, certifi cación de la presente resolución para los efectos legales consiguientes”.
Quezaltepeque, Departamento de La Libertad, a los veintinueve días del mes de enero del año dos mil tres.
SANDRA MARLENE LOPEZ SOSA,
NOTARIO.
3 v. c. No. 33288/33639-3
MARIA MARTA MARTINEZ DE ARGUMEDO, Notario, de este domicilio, con ofi cina en Reparto Los Héroes, Calle Gabriel Rosales número ciento cincuenta y uno, San Salvador. Para los efectos de Ley al Público,
HACE SABER: que a su ofi cina se ha presentado el señor JUAN ESPINOZA SILVA, de cincuenta y tres años de edad, empleado, de este domicilio, de mi conocimiento portador de su Documento Unico de Identidad número: cero cero tres ocho siete nueve ocho seis- cuatro, con Número de Identifi cación Tributaria cero novecientos cuatro- ciento setenta mil doscientos sesenta- cero cero uno- cinco, actuando en nombre y representación en mi calidad de Presidente de la Iglesia Evangélica Apostólica “DIOS EN CRISTO”, del domicilio de Cuscatancingo, San Salvador, con Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce- trescientos diez mil trescientos sesenta y nueve mil- cero cero dos- cuatro, SOLICITANDO a favor de su representada TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO, de un predio rústico fértil con frutales de distinta clase, situado en el Cantón Santa Cruz, jurisdicción de San Luis del Carmen, departamento de Chalatenango, con superfi cie de un Area de SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES PUNTO OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, en su totalidad y tiene los linde-ros siguientes: AL NORTE: Veintisiete punto cincuenta metros, con Dionisio Recinos, antes hoy de su sucesión, cerco de piña de por medio; AL ORIENTE: veintidós punto cincuenta metros, con Margarita Erazo, hoy de Tito Erazo, calle de por medio, AL SUR: treinta y dos punto cincuenta metros, con Catarino Erazo, ahora con Encarnación Erazo, calle de por medio; AL PONIENTE: treinta y siete punto cincuenta metros, con Cecilio Recinos antes, ahora con Dionisio Recinos Solís, cerco de piedra propio del colindante, tiene construida una casa de sistema mixto. Los colindantes son del domicilio del Cantón Santa Cruz, jurisdicción de San Luis del Carmen, Departamento de Chalatenango, el terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas; que dicho predio lo posee la Iglesia Evangélica Apostólica “DIOS EN CRISTO” en quieta, pacífi ca e ininterrumpida posesión por más de diez años consecutivos y que lo hubo su representada por compra que le hizo al señor Federico Erazo Solís, mayor de edad, Motorista del domicilio de San Martín, departamento de San Salvador.
Lo que se avisa al público para efectos de Ley, por medio de tres avisos consecutivos.
Y dado en la ofi cina de la Notario Licenciada MARIA MARTA MARTINEZ DE ARGUMEDO, San Salvador, a veinticinco de sep-tiembre de dos mil tres.
MARIA MARTA MARTINEZ DE ARGUMEDO,
NOTARIO.
3 v. c. No. 33223-3
Imprenta Nacional - Tiraje 550 Ejemplares.
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