demandante demandado

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Arbitraje seguido entre MERCEDES VEGA DE CEBRIAN S R L Demandante Y MINISTERIO DE SALUD Demandado LAUDO I `rbitro nico Dra Carola Bustamante Rosales Secretario arbitral Sr Renzo Zanatta FernÆndez Representante del demandante Representante del demandado Sra Mercedes Vega de CebriÆn Dra Jesœs Fanny Freigeiro Moran Dr Vicente Fernando Tincopa Torres

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Page 1: Demandante Demandado

Arbitraje seguido entre

MERCEDES VEGA DE CEBRIAN SRL

Demandante

Y

MINISTERIO DE SALUD

Demandado

LAUDO

I

`rbitro Único

Dra Carola Bustamante Rosales

Secretario arbitral

Sr Renzo Zanatta FernÆndez

Representante del demandante Representante del

demandado

Sra Mercedes Vega de CebriÆn Dra Jesœs Fanny

Freigeiro Moran

Dr Vicente Fernando Tincopa Torres

Page 2: Demandante Demandado

z

Resolución N 18

En Lima a los 7 días del mes de julio del ano dos mil nueve la

`rbitro Único luego de haber realizado las actuaciones arbitrales de

conformidad con la ley y las normas establecidas por las partes

actuada la prueba escuchado los argumentos sometidos y

deliberado en torno a las pretensiones planteadas en la demanda

contestación de demanda y reconvención dicta el laudo siguiente

I CL`USULA ARBITRAL

1 La clÆusula dØcimo segunda del Contrato N 2372007MINSA

en adelante El Contrato de fecha 20 de diciembre de 2007

celebrado entre la empresa Mercedes Vega de CebriÆn SRL

en adelante MVC y el Ministerio de Salud en adelante

MINSA estableció que cualquier controversia que surja desde

la celebración del Contrato serÆ resuelta mediante arbitraje

seæalando las pautas para el mismo

2 Al respecto el convenio arbitral contenido en la clÆusula

dØcimo segunda del Contrato estipula que

Las partes acuerdan que cualquier controversia que

surja desde la celebración del Contrato serÆ resuelta

mediante arbitraje conforme a las disposiciones del

1Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y y

Adquisiciones del Estado y su Reglamento

II DESIGNACIÓN DE LA `RBITRO ÚNICO

ARBITRAJE DE DERECHO

MERCEDES VEGA DE CEBRI`N SRLMINISTERIO DE SALUD

Page 3: Demandante Demandado

3

3 Mediante Resolución N0182009CONSUCODEPREde fecha

14 de enero de 2009 se designó como Arbitro Único a falta de

acuerdo entre las partes a la doctora Carola Liliana

Bustamante Rosales quien aceptó el cargo mediante carta de

fecha 20 de enero de 2009 manifestando no tener

impedimento alguno para el ejercicio del cargo

III INSTALACIÓN DE LA ARBITRO ÚNICO

4 Con fecha 29 de enero de 2009 se llevó acabo la Audiencia de

Instalación sólo con la presencia de MVC debido a que los

representantes del MINSA no se apersonaron a pesar de estar

debidamente notificados conforme al cargo que obra en el

expediente

5 En esta Audiencia la Arbitro Único declaró haber sido

designada conforme a ley y reiteró no tener ninguna

incompatibilidad para el cumplimiento del cargo ni

compromiso alguno con las partes

6 En tal sentido se establecieron las reglas aplicables al

presente arbitraje el monto de anticipo de honorarios de la

`rbitro Único y de los gastos administrativos yfinalmente se

declaró abierto el proceso arbitral

1V DEMANDA PRESENTADA POR MVC

7 Mediante escrito N 1 ingresado con fecha 24 de febrero de

2009 MVC interpuso demanda arbitral contra MINSA

Pretensiones

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Page 4: Demandante Demandado

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8 MVC planteó las siguientes pretensiones

A Como pretensión principal que MINSA cumpla con pagar a

favor de MVC la suma de S 5683220 Cincuenta y seis mil

ochocientos treinta y dos y 20 100 Nuevos Soles mÆs los

intereses legales correspondientes

B Como segunda pretensión principal que MINSA cumpla con

pagar las costas y costos del presente arbitraje

Fundamentos de hecho de la demanda

9 Con fecha 20 de diciembre de 2007 ambas partes celebraron

el Contrato cuyo objeto fue la adquisición de vestuario para el

personal nombrado del MINSA Dicho objeto contenía los

siguientes ítems i ˝tem N 03 Uniforme de Verano para

Dama 1 saco 1 pantalón y 1 falda ii ˝tem N 04 Uniforme

de Invierno para Dama 1 saco 1 pantalón y 1 falda iii ítem

N 05 Uniforme de Verano para Caballero 1 saco y 2

pantalones y iv ftem N 06 Uniforme de Invierno para

Caballero 1 saco y 2 pantalones

10 Mediante Carta N 003MVC2008 de fecha 7 de enero de

2008 MVC comunicó al MINSA que había programado como

fechas para la toma de medidas de su personal los días 14 al

18 de enero de 2008 solicitÆndole la lista de personas a ser

medidas y los locales donde dichas personas trabajaban

11 Mediante Addenda al Contrato N 2372007MINSA en

adelante la Addenda de fecha 22 de enero de 2008 ambas

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Page 5: Demandante Demandado

5

partes modificaron la clÆusula dØcimo quinta del Contrato la

misma que quedó redactada de la siguiente manera

Se considerarÆ que el contrato adquiere plena

vigencia al producirse todos los siguientes hechos

1 Suscripción por ambas partes

2 Recepción de las Garantías contractuales

estipuladas en las presentes Bases a

satisfacción del Ministerio de Salud

3 Entrega de la Orden de Compra respectiva

12 Mediante Carta N 012MVC2008 de fecha 21 de enero de

2008 MVC comunicó al MINSA que los días 24 25 y 28 de

enero de 2008 procedería a tomar las medidas al personal que

no estuvo presente en la fecha inicial

13 Mediante Carta N 018MVC2008 de fecha 30 de enero de

2008 MVC comunicó al MINSA que el día 2 de febrero de 2008

procedería a tomar las medidas del personal que no estuvo

presente ni en la fecha inicial ni en la extemporÆnea

14 Mediante Oficio N092008ODHROGGRHMINSAde fecha 8

de febrero de 2008 se comunicó a MVC que debería acercarse

asus instalaciones aefectos de que participe en la elección del

modelo del uniforme que usaría el personal del MINSA

15 Mediante Carta N 025MVC2008 de fecha 12 de febrero de

2008 MVC nuevamente comunicó al MINSA que cl día 16 de

febrero de 2008 procedería a tomar medidas del personal que

no estuvo presente ni en la fecha inicial ni en las fechas

extemporÆneas fijadas con anterioridad

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Page 6: Demandante Demandado

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16 Mediante Oficio N 0432008ESLOLMINSA de fecha 7 de

marzo de 2008 MINSA comunicó a MVC que la œltima fecha

para la toma de medidas fue el día 16 de febrero de 2008

fundamentÆndose en documentos que seæala como referencia

pero que MVC alega que no cumplió con adjuntar a dicho

Oficio

17 Mediante Oficio N0522008ESLOLMINSA de fecha 18 de

marzo de 2008 MINSA adjuntó los documentos de la

referencia del Oficio N0432008ESLOLMINSAi Informe

N0312008ESLODRHMINSA de fecha 12 de febrero de

2008 en el cual informó que habían veinticuatro 24

caballeros que no se habían tomado las medidas y ii Informe

N0322008ESLODRHMINSA de fecha 12 de febrero de

2008 en el cual informó que habían quince 15 damas que no

se habían tomado las medidas

18 Mediante Carta N 046MVC2008 de fecha 27 de marzo de

2009 MVC dio respuesta al Oficio N 0432008ESL

OLMINSA precisando que la etapa de toma de medidas no

había concluido por cuanto existían personas a las cuales no

se les había tomado las medidas aœn razón por la que debía

de celebrarse una addenda al Contrato de conformidad con la

clÆusula dØcimo cuarta debido a que la toma de medidas se

programó para diez 10 días calendarios

19 Mediante Carta N 054MVC2008 de fecha 10 de abril de

2008 MVC comunicó al MINSA la entrega parcial de

uniformes por cuanto aœn había personal que no se habíatomado las medidas

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Page 7: Demandante Demandado

20 Mediante Carta N 060MVC2008 de fecha 18 de abril de

2008 MVC comunicó al MINSA que se encontraba a la espera

ide la entrega de las medidas del personal faltante o en todo

caso las tallas correspondientes sin embargo alega MVC no

obtuvo respuesta alguna del MINSA Dicha solicitud fue

reiterada por MVC mediante i Carta N 068MVC2008 de

fecha 5 de mayo de 2008 y ii Carta N 082MVC2008 de

fecha 21 de mayo de 2008 en la que MVC adjuntó una lista

con la relación de nueve 9 caballeros y diecisiete 17 damas a

fin de que se tomen las medidas para la confección del

vestuario contratado

21 Mediante Oficio N24452008OLMINSAde fecha 21 de mayo

de 2008 El MINSA comunicó a MVC que podía confeccionar

tres 3 pares de uniformes talla M cinco 5 talla L y uno

1 talla XL

22 Con fecha 21 de mayo de 2008 MVC alega que dentro del

plazo establecido en El Contrato hizo entrega de los

uniformes de caballeros del personal del MINSA de

conformidad con el Acta de Recepción y Conformidad ACN N

0082008 en donde consta que falta entregar nueve 9

uniformes de invierno para caballero y nueve 9 uniformes de

verano para caballero por falta de toma de medidas

23 Mediante Carta N 098MVC2008 de fecha 12 de junio de

2008 MVC hizo entrega de los nueve 9 uniformes para

caballero de verano e invierno restantes culminando

íntegramente su obligación referente a los ítems 05 y 06 Ir

respectivamente Como consecuencia alega MVC El MINSA

les dio el Acta de Recepción y Conformidad ACN N 0010

2008

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Page 8: Demandante Demandado

8

24 Mediante Carta sn de fecha 13 de junio de 2008 MVC

comunicó al MINSA que i con fecha 29 de mayo de 2008 se

hizo entrega de los uniformes de damas de verano faltando

cuatro 4 correspondientes atrabajadoras del MINSA que no

se habían tomado las medidas ii con fecha 12 de junio de

2008 se hízo entrega de los uniformes de dama de invierno

faltando cuatro 4 correspondientes atrabajadoras del MINSA

que no se habían tomado la medidas y iii solicitó al MINSA

que la faculten aelaborar los uniformes faltantes de acuerdo a

los ˝tems N 05 y N 06 por tallas

25 Mediante Cartasn de fecha 16 de junio de 2008 MVC solicitó

al MINSA que de inicio al cumplimiento de su obligación

26 Mediante Carta N99MVC de 18 de junio de 2008 MVC hizo

entrega al MINSA de los cuatro 4 uniformes faltantes para

damas verano e invierno correspondientes alos ˝tems N03 y

N 04 respectivamente tal como el MINSA lo solicitó por

tallas En tal sentido el MINSA le entregó a MVC el Acta de

Recepción y Conformidad ACN N 0112008 con fecha 20 de

junio de 2008

27 Mediante Carta N 161MVC2008 de fecha 23 de junio de

2008 MVC comunicó al MINSA que había cumplido con sus

obligaciones correspondientes alos ˝tems N 03 al N 06 tal

como se desprenden de las Actas de Recepción y Conformidad

N 0082008 N 0102008 y N 0112008 En tal sentidor

alega MVC correspondía que el MINSA dØ cumplimiento de su

obligación

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Page 9: Demandante Demandado

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28 MVC alega que el MINSA le solicitó que efectuara los ajustes

necesarios a los uniformes de su personal es por ello que

mediante Carta sn de fecha 2 de julio de 2008 MVC seæaló

las fechas correspondientes aefectos de que pueda realizar los

ajustes solicitados

29 Mediante Carta N 103MVC2008 de fecha 15 de julio de

2008 MVC requirió al MINSA a efectos de que cumpla con

cancelar su obligación pendiente de pago

30 La demandante alega que no habiendo el MINSA dispuesto que

su personal se presentara en las fechas seæaladas para

efectuar los ajustes mediante Carta N 104MVC2008 de

fecha 16 de julio de 2008 MVC comunicó nuevas fechas para

realizar dichos ajustes

31 Mediante Oficio N36862008OLESLMINSAde fecha 25 de

julio de 2008 el MINSA respondió que debía hacer las

coordinaciones pertinentes con el Equipo de Servicios BÆsicos

de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos

32 Mediante Carta N 107MVC2008 de fecha 30 de julio de

2008 MVC comunicó que ya se habían hecho los ajustes con

las personas que asistieron en las fechas programadas

33 Mediante Carta N 108MVC2008 de fecha 5 de agosto de

2008 MVC constituyó en mora al MINSA por cuanto habían

transcurrido mÆs de diez 10 días de la entrega de los bienes ti

así cómo los diez 10 días siguientes para cancelar la deuda

de conformidad con el artículo 238 del Reglamento de la Ley

de Contrataciones y Adquisiciones del Estado

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Page 10: Demandante Demandado

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34 Mediante Oficio N2722008ODHRESBMINSAde fecha 6 de

agosto de 2008 MVC solicitó que se reprograme nuevamente

los ajustes de los uniformes debido a que por motivos de

comisión de servicios vacaciones licencia por enfermedad y

otros hubieron trabajadores que no asistieron en la fecha

programada para los ajustes de los uniformes de damas y

caballeros

35 Con fecha 29 de agosto de 2008 el MINSA cumplió con pagar

segœn alega la demandante parcialmente su obligación por

cuanto les imputa una penalidad del diez por ciento 10 del

monto contractual ascendente a la suma de S 5683220

Cincuenta y seis mil ochocientos treinta y dos y 20 100

Nuevos Soles sin embargo MVC alega que nunca estuvo

incursa en un supuesto de mora y que el MINSA nunca

comunicó la forma cómo efectuó la liquidación del Contrato ni

a que días imputó la penalidad diaria a efectos de

contabilizarla

V CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA PRESENTADA POR EL

MINSA

36 Mediante escrito N 1 presentado con fecha 6 de marzo de

2009 El MINSA contestó la demanda interpuesta por MVC

Fundamentos de hecho de la contestación

37 El MINSA contestó la demanda interpuesta por MVtnegÆndola y contradiciØndola en todos sus extremos

solicitando se declare infundada en atención a los siguientes

fundamentos

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i La pretensión propuesta por MVC debe desestimarse

toda vez que si bien a la demandante se le adjudicó la

buena pro de los ítems N 03 N 04 N 05 y N 06

debe indicarse que en la clÆusula sexta del Contrato

se seæaló expresamente que el plazo mÆximo de

entrega de los bienes otorgados sería de cuarenta y

cinco 45 días calendarios contados a partir de la

fecha efectiva del contrato

ii La fecha de entrega de los ítems referidos era el 1 de

abril por lo que mediante Oficio N 23082008

OLMINSA requirió a la demandante que cumpla con

entregar los uniformes detallados en los ítems N 3 y

N 4 siendo que mediante Guías de Remisión N

002690 002694 002695 002697 y 002699 de fecha

6 10 12 y 18 de junio de 2008 respectivamente

ingresaron al AlmacØn del MINSA cuatro 4

uniformes de verano para damas ítem N 03 y 286

uniformes de invierno para damas ítems N 04

luego del requerimiento efectuado y estando fuera del

plazo concedido por El MINSA

iii De conformidad con la clÆusula sØtima del Contrato

i segœn correo electrónico y cuaderno de cargo con

fecha 10 y 14 de enero de 2008 le hizo entrega a

MVC la lista del personal al cual se efectuaría la toma

de medidas y posterior prueba para la confección de

los uniformes siendo que mediante Oficio N 043

2008ESLOLMINSA se comunicó a MVC derconformidad con la clÆusula sØtima referida que el

día 16 de febrero de 2008 era la œltima fecha para la

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Page 12: Demandante Demandado

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toma de medidas al personal conforme lo solicitado

mediante Carta N025MVC2008

iv Con fecha 27 de diciembre de 2007 se emitió la Orden

de Compra Guía de Internamiento N 001638

siendo que con fecha 8 de enero de 2008 MINSA de

conformidad con la clÆusula octava del Contrato

efectuó el pago de la suma ascendente a S

9000000 Noventa mil y 00 100 Nuevos Soles a

MVC por concepto del adelanto solicitado por Østa

segœn consta en el Comprobante de Pago N 00542 de

fecha 8 de enero de 2008

v De las Guías de Remisión correspondientes a los

meses de marzo abril mayo y junio de 2008 se

concluye que MINSA y MVC suscribieron El Contrato

y La Addenda correspondientes Asimismo El MINSA

seæala que luego de haber emitido la Orden de

Compra Guía de Internamiento N 0001638 y que a

solicitud de MVC efectuó el pago del adelanto y luego

de haber remitido la lista del personal nombrado al

que debía efectuarse la toma de medidas y posterior

prueba para la confección de uniformes se concluye

que se ha configurado el supuesto indicado en la

clÆusula dØcimo quinta del Contrato y La Addenda

Sin embargo El MINSA alega que MVC efectuó la

toma de medidas y la entrega de los uniformes

detallados en los ˝tems N 03 al 06 fuera del plazclestablecido en El Contrato

38 En consecuencia la demandada concluye que MVC no puedesolicitar que se compute el plazo de entrega de los uniformes

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Page 13: Demandante Demandado

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detallados en los ítems N 03 al 06 a partir de la entrega de la

Orden de Compra Guía de Internamiento N 0000755 en la

medida que la misma reemplazó a la Orden de Compra Guía

de Internamiento N 0001638 por lo que en este caso alega el

MINSA no es aplicable el artículo 283 del Reglamento de la

Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado

39 Finalmente El MINSA concluye que de acuerdo a los hechos

expuestos no procede amparar la demanda interpuesta por

MVC ya que El MINSA sólo ha procedido en cumplimiento de

las condiciones contractuales estipuladas por ambas partes

VI RECONVENCIÓN FORMULADA POR EL MINSA

40 Mediante escrito N 1 presentado con fecha 6 de marzo de

2009 el MINSA formuló reconvención en su primer otrosí digo

sin perjuicio de lo expuesto en su contestación de demanda

Pretensiones

41 El MINSA planteó las siguientes pretensiones en vía de

reconvención

A Se ordene a MVC el pago de la suma de S 5883220

Cincuenta y ocho mil ochocientos treinta y dos y 20 100

Nuevos Soles a favor del MINSA por concepto de las

penalidades incurridas

L

B Se ordene el reconocimiento y pago por parte de MVC de la

totalidad de las costas y costos incurridos en el presente

arbitraje

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Page 14: Demandante Demandado

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Fundamentos de hecho de la reconvención

42 En la clÆusula novena del Contrato se seæaló expresamente

que en caso de retraso injustificado en la ejecución de las

prestaciones objeto del contrato MINSA aplicarÆ una

penalidad por cada día de atraso hasta por un monto mÆximo

equivalente al diez por ciento 10 del monto contractual o

de ser el caso del ítem tramo etapa o lote que debió

ejecutarse o de la prestación parcial en el caso de ejecución

periódica AdemÆs seæala que dicha penalidad se deducirÆ del

pago a cuenta del pago final o en la liquidación final y si fuese

necesario se cobrarÆ del monto resultante de la ejecución de

las garantías de fiel cumplimiento

43 En tal sentido MINSA seæala que MVC ha incurrido en un

incumplimiento de contrato en la medida que la entrega de los

˝tems N 03 al 06 se realizó fuera del plazo establecido por lo

que MINSA considera que de acuerdo a lo estipulado en la

clÆusula novena del Contrato y a lo seæalado en el artículo

222 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y

Adquisiciones del Estado corresponde aplicar a MVC una

penalidad por el retraso incurrido

44 En consecuencia MINSA alega que conforme a lo detallado en

el Informe de Liquidación N 5732008ESLOLMINSA se

determinó que correspondía aplicar a MVC la penalidad l

ascendente aS5883220 Cincuenta y ocho mil ochocientos

treinta y dos y 20 100 Nuevos Soles

VII ABSOLUCIÓN DE LA RECONVENCIÓN

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Page 15: Demandante Demandado

15

45 Mediante escrito sn ingresado con fecha 27 de marzo de

2009 MVC absolvió el traslado de la reconvención en su

primer otrosí decimos bajo los siguientes argumentos

MVC alega que ha dejado establecido que El MINSA ya les ha

aplicado una penalidad ascendente al diez por ciento 10 del

monto contractual sin justificación alguna es decir la suma de

S5683220 Cincuenta y seis mil ochocientos treinta y dos y

20 100 Nuevos Soles

En tal sentido la demandante seæala que la pretensión del

MINSA carece de todo fundamento jurídico ya que segœn la

clÆusula novena del Contrato el monto mÆximo de penalidad a

aplicarse a MVC asciende al diez por ciento 10 del monto

contractual Sin embargo de la lectura de la reconvención

MINSA pretende aplicar otra penalidad por un supuesto

retraso en el cumplimiento de las obligaciones de MVC cuyo

monto asciende a S 5883220 Cincuenta y ocho mil

ochocientos treinta y dos y 20 100 Nuevos Soles que es mÆs

del diez por ciento 10 del monto contractual

En consecuencia MVC alega dejar demostrado que El MINSA

pretende aplicar injustificadamente una penalidad total

ascendente a mÆs del veinte por ciento 20 del monto

contractual lo que abiertamente contraviene la clÆusula

novena del Contrato que establece como monto mÆximo de

penalidad el diez por ciento 10 del monto contractualJ

Finalmente MVC alega que MINSA trata de confundir a la

`rbitro Único pretendiendo hacer el cobro de la penalidad que

es objeto del presente arbitraje modificando el monto de la

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Page 16: Demandante Demandado

16

misma para hacer creer que se estÆ solicitando otra penalidad

distinta

VIII AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN Y DETERMINACIÓN DE

PUNTOS CONTROVERTIDOS

46 Con fecha 13 de abril de 2009 se llevó a cabo la Audiencia de

Conciliación y Determinación de Puntos Controvertidos de

conformidad con lo establecido mediante Resolución N 11 de

fecha 2 de abril de 2009

47 En dicha Audiencia la `rbitro Único invitó a las partes a un

acuerdo conciliatorio que les permita concluir con las

controversias materia del presente arbitraje No obstante los

representantes de Østas expresaron que no resultaba posible

arribar a una conciliación

48 En este contexto la Arbitro Único contando con la anuencia

de las partes estableció como puntos controvertidos del

presente arbitraje los siguientes

i Determinar si corresponde ordenar o no al MINSA cumpla

con pagar a favor de MVC de la suma de S5683220 mÆs

los intereses legales correspondientes por la demora en el

cumplimiento del contrato

ii Determinar si corresponde ordenar o no a MVC cumpla con

pagar a favor del MINSA la suma de S 5883220 porJconcepto de la penalidad correspondiente al retrasó

injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto dØl

contrato

ARBITRAJE DE DERECHO

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Page 17: Demandante Demandado

17

iii Determinar en quØ porcentaje le corresponde asumir a cada

parte las costas y costos que originen el presente azbitraje

49 Luego de ello se establecieron las reglas para el

pronunciamiento de la Arbitro Único sobre los puntos

controvertidos Seguidamente se procedió aadmitir los medios

probatorios ofrecidos por ambas partes dando por concluida

la etapa probatoria

IX ALEGATOS E INFORME ORAL

50 De conformidad con lo dispuesto en la Audiencia de

Conciliación y Determinación de Puntos Controvertidos la

Arbitro Único dispuso que las partes presenten sus respectivos

alegatos escritos dentro de los cinco 5 días hÆbiles siguientes

y citó a las partes a Audiencia de Informe Oral para el día 24

de abril de 2009

51 MVC presentó dentro del plazo otorgado sus alegatos escritos

mediante escrito N 7 ingresado con fecha 20 de abril de 2009

No obstante MINSA no cumplió con presentar Østos

52 Mediante Resolución N 14 de fecha 24 de abril de 2009

atendiendo a la solicitud del MINSA la `rbitro Único con la

anuencia de la demandante suspendió la realización de la

Audiencia de Informe Oral y la reprogramó para el día 30 de

abril de 2009i

53 Con fecha 30 de abril de 2009 se llevó a cabo la Audiencia de

Informe Oral dejÆndose constancia de la inasistencia del

MINSA En este acto la Arbitro Único otorgó el uso de la

palabra al abogado representante de MVC a fin de que procedÆ

ARBITRAJE DE DERECHO

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Page 18: Demandante Demandado

18

con su exposición Luego de ello la Arbitro Único realizó las

preguntas que consideró convenientes las cuales fueron

debidamente contestadas por la parte demandante

X PLAZO PARA LAUDAR

54 Mediante Resolución N 16 de fecha 11 de mayo de 2009 la

Arbitro Único fijó el plazo para laudar en veinte 20 días

hÆbiles prorrogables de conformidad con la regla 28 del Acta

de Instalación

55 Mediante Resolución N 17 de fecha 5 de junio de 2009 se

prorrogó el plazo para laudar en 20 días plazo que serÆ

computado desde la fecha de vencimiento del primer plazo

fijado mediante Resolución N 16

XI CONSIDERACIONES DE LA`RBITRO ÚPTICO

56 Previamente a pronunciarse sobre cada uno de los puntos

controvertidos es preciso reiterar lo seæalado en el Acta de la

Audiencia de Conciliación y Determinación de Puntos

Controvertidos en el sentido de que los puntos controvertidos

fijados en dicha acta constituyen una pauta de referencia y

que la `rbitro Único se reserva el derecho de modificarlos

ampliarlos y analizarlos en el orden que considere mÆs

conveniente

XII ANTECEDENTES

57 Con fecha 20 de diciembre de 2007 MINSA y MVC celebraron

el Contrato N 2372007MINSA el Contrato cuyo objeto es la

adquisición de uniforme de verano e invierno para damas y

caballeros para trabajadores nombrados del Ministerio de

ARBITRAJE DE DERECHO

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Page 19: Demandante Demandado

19

Salud de conformidad con las especificaciones tØcnicas

descritas en el Anexo N 02 de las Bases

58 De conformidad con la clÆusula sexta de El Contrato el plazo

mÆximo de entrega de los bienes otorgados serÆ de 45 días

calendarios contados a partir de la fecha efectiva de El

Contrato

59 La clÆusula dØcimo quinta de El Contrato estableció que se

considerarÆ que Øste adquiere plena vigencia a partir del día

siguiente de la suscripción de El Contrato por ambas partes

esto es el 21 de diciembre de 2007 No obstante con fecha 14

de enero de 2008 ambas partes suscribieron la Addenda a El

Contrato en virtud de la cual se modificó la referida clÆusula

dØcimo quinta

60 En consecuencia en virtud de la clÆusula dØcimo quinta de El

Contrato Øste adquiere plena vigencia al producirse los

siguientes hechos

a Suscripción por ambas partes

b Recepción de las garantías contractuales estipuladas en las

Bases a satisfacción del MINSA

c Entrega de la orden de compra

61 El Contrato tambiØn estipuló las condiciones de entrega en la

clÆusula sØtima En virtud de Østa œltima

Dentro de los 3 días calendarios posteriores ala fecha

efectiva de El Contrato el Equipo de Servicios BÆsicos de la

Oficina General de Gestión de Recursos Humanos debía

entregar a MVC el cronograma y la relación nominal del

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Page 20: Demandante Demandado

20

personal al cual deberÆ de tomarle las medidas y la

posterior prueba para la confección de las prendas de

vestir

Para la toma de medidas el plazo pactado por ambas pastes

fue de 10 días calendarios

La entrega de los bienes se acreditarÆ con la Guía de

Remisión y la Orden de Compra Guía de Internamiento

que serÆ firmada por el representante de MVC y el Jefe del

AlmacØn Central previa verificación de las cantidades

Una vez recibidos los bienes se debía proceder al control de

calidad para comprobar que se cumpla con la calidad

ofrecida por MVC para lo cual se pactó el plazo de 5 días

œtiles de recibidos los bienes

En caso de no encontrarse conformes los bienes MVC debía

subsanar reponer o reemplazar los bienes observados

dentro del plazo de 5 días calendario contratos a partir del

día siguiente de la notificación Luego de subsanar las

observaciones los bienes debían ser sometidos aun nuevo

control de calidad

Una vez ingresados los bienes en el AlmacØn MVC se

comprometió a realizar los arreglos pertinentes de las

prendas en un plazo mÆximo de 60 días calendario

Los originales de las Guías de Remisión de la Orden de

Compra Guía de Internamiento y Acta de Entrega

Recepción serÆn entregadas por el Jefe del AlmacØn

Central del MINSA al MVC para efectos de liquidación de El

Contrato y liberación de garantía debidamente firmadas en

forma inmediata a la recepción de los bienes constatando

el estado y cantidad de los mismos i

Cabe precisar que se pactó expresamente que en todos losJ

casos se debía respetar el plazo de entrega y la aplicación

de penalidades

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Page 21: Demandante Demandado

21

62 El Contrato tambiØn previó en la clÆusula novena que en

caso de retraso injustificado en la ejecución de las

prestaciones objeto de El Contrato MINSA le aplicarÆ a MVC

una penalidad por cada día de atraso hasta por un monto

mÆximo equivalente al diez por ciento 10 del monto

contractual o de ser el caso del ítem tramo etapa o lote que

debió ejecutarse o de la prestación parcial en el caso de

ejecución periódica Asimismo se pactó que esta penalidad

debía ser deducida de los pagos acuenta del pago final o en la

liquidación final o si fuese necesario se cobrarÆ del monto

resultante de la ejecución de las garantías de fiel

cumplimiento y que en todos los casos la penalidad se

aplicarÆ automÆticamente ypara su cÆlculo se debe tener en

cuenta la fórmula contenida en la indicada clÆusula novena

XIII PRIMER PUNTO CONTROVERTIDO DETERMINAR 3I

CORRESPONDE ORDENAR O NO AL MINSA QUE CUMPLA

CON PAGAR A FAVOR DE MVC LA SUMA DE S 5683220

M`S LOS INTERESES LEGALES

63 Previamente a pronunciarse sobre este primer punto

controvertido la `rbitro Único considera pertinente indicar

que para mejor resolver la presente controversia y de

conformidad con lo previsto en las Reglas para el

pronunciamiento de la `rbitro Único sobre los Puntos

Controvertidos considera necesario modificar los tØrminos del

Primer Punto Controvertido fijado en la Audiencia de fecha 13

de abril de 2009

64 En efecto en la indicada Audiencia se estableció como primer

punto controvertido Determinar si corresponde ordenar o no

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Page 22: Demandante Demandado

22

al MINSA cumpla con pagar a favor de MVC la suma de S

5683220 mÆs los intereses legales correspondientes por la

demora en el cumplimiento del contrato No obstante de

conformidad con la pretensión planteada por MVC en su

escrito de demanda este primer punto controvertido estÆ

referido a si se debe o no ordenar al MINSA que cumpla con

pagar a MVC la suma de S 5683220 mÆs los intereses

legales que fue descontada por MINSA en la liquidación de El

Contrato por concepto de penalidad

65 Por lo tanto lo que MVC reclama en el presente proceso

arbitral es que MINSA le pague la suma de dinero que fue

descontada por concepto de penalidad y que asciende al 10

del monto contractual mÆs intereses legales

66 Al respecto de conformidad con lo dispuesto en el artículo

222 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y

Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N

0842004PCM el Reglamento en caso de retraso

injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del

contrato la Entidad le aplicarÆ al contratista una penalidad

por cada día de atraso hasta por un monto mÆximo

equivalente al diez por cien 10 del monto contractual o de

ser el caso del ítem tramo etapa o lote que debió ejecutarse o

de la prestación parcial en el caso de ejecución periódica Esta

penalidad serÆ deducida de los pagos acuenta del pago final o

en la liquidación final o si fuese necesario se cobrarÆ del

monto resultante de la ejecución de las garantías de fiel

cumplimiento o adicional por el monto diferencial de la

propuesta

y

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Page 23: Demandante Demandado

23

67 El citado artículo del Reglamento ademÆs dispone que en

todos los casos la penalidad se aplicarÆ automÆticamente y se

calcularÆ de acuerdo con la fórmula que dicho artículo

contiene

68 En concordancia con lo establecido por El Reglamento ambas

partes pactaron en El Contrato que MINSA aplicarÆ a MVC un

penalidad por cada día de atraso hasta por un monto mÆximo

equivalente al 10 del monto contractual en caso de retraso

injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del

contrato

69 Al fundamentar esta pretensión MVC sostiene que para aplicar

la penalidad MINSA debió requerir el cumplimiento de su

obligación a MVC y que ademÆs la responsabilidad por la

demora en el cumplimiento de El Contrato es total y

absolutamente imputable a MINSA hecho del propio deudor y

que esto se demuestra con las diversas cartas que MVC

remitió al MINSA fijando las fechas para toma de medidas

70 Agrega ademÆs que luego de haberse seæalado las fechas para

la toma de medidas correspondió exclusivamente al MINSA

colaborar con dicha toma de medidas y disponer que su

personal se acerque en las fechas programadas Para la

demandante ademÆs el retraso en la toma de medidas es

absolutamente imputable aMINSA

71 La demandante tambiØn alega que los retrasos en el

cumplimiento de las obligaciones de MVC toma de medidas

confección de uniformes y entrega de los mismos son

consecuencia de la falta de colaboración del MINSA porque

para la confección del uniforme es menester que se haya

hecho previamente la toma de medidas de todo el personal del

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Page 24: Demandante Demandado

24

MINSA yporque si existen personas que no han participado en

la toma de medidas la confección de uniformes y su entrega

no se realizó en el tiempo y plazo pactado

72 Asimismo seæala que lo mismo sucedió para el período de

ajustes de los uniformes por lo que el retraso en el

cumplimiento de las obligaciones de MVC es imputable al

MINSA por no ordenar que su personal se tome las medidas y

ajustes en tiempo oportuno

73 Por su parte la demandada alega que la fecha de entrega de los

uniformes era el 1 de abril de 2008 que los días 10 y 14 de

enero de 2008 se entregó a MVC la lista de personal nombrado

al cual se efectuaría la toma de medidas y que mediante Oficio

N0432008ESLOLMINSA se le comunicó a MVC que el 16

de febrero de 2008 era la œltima fecha para la toma de

medidas

74 Agrega la demandada que el 27 de diciembre de 2007 se emitió

la orden de compra guía de internamiento N 0001638 que

el 8 de enero de 2008 se efectuó el pago del adelanto solicitado

por la empresa y que por lo tanto MVC no puede solicitar que

se compute el plazo de entrega de los uniformes apartir de la

entrega de la orden de compra guía de internamiento N

000755 porque Østa reemplazó a la primera orden de compra

guía de internamiento

75 De la revisión y anÆlisis de los medios de prueba aportados por

ambas partes se colige que la obligación de MVC era 1

confección y entrega de

341 uniformes de verano para dama 1 saco 1 pantalón y 1

falda r

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Page 25: Demandante Demandado

25

341 uniformes de invierno para dama 1 saco 1 pantalón y

1 falda

481 uniformes de verano para caballero 1 saco y 2

pantalones481 uniformes de invierno paza caballero 1 saco y 2

pantalones

76 Las especificaciones de los uniformes contratados se

detallaron en el Contrato clÆusula cuarta y ademÆs en las

Bases Integradas de la Licitación Pœblica N 00172007

MINSA las que de conformidad con la clÆusula segunda de El

Contrato forman parte integrante del mismo Cabe precisar

que en la indicada clÆusula cuarta de El Contrato se indica

que se adjunta el diseæo de las prendas de vestir contratadas

asimismo en las aludidas Bases Integradas se encuentran los

modelos de todas las prendas de vestir contratadas blusa de

vestir manga corta de verano para dama blusa de vestir

manda larga de invierno para dama saco de vestir de verano

para dama falda de vestir de verano para dama pantalón de

vestir de verano para dama saco de vestir de invierno para

dama falta de vestir de invierno para dama pantalón de vestir

de invierno para dama saco de vestir para caballero y

pantalón de vestir para caballero

77 En virtud de la Addenda al Contrato N 2372007MINSA

celebrada con fecha 14 de enero de 2008 la fecha efectiva de

El Contrato estaba sujeta a que se cumplieran los siguientes

eventos

Suscripción por ambas partes

Recepción de las garantías contractuales estipuladas en las

Bases a satisfacción del Ministerio de Salud

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Page 26: Demandante Demandado

26

Entrega de la Orden de Compra respectiva

78 Cabe precisar que ninguna de las partes ha seæalado con

precisión cuÆl es la fecha efectiva de El Contrato a partir de la

cual se computa el plazo de entrega pactado en la clÆusula

sexta

79 Sobre el particular ninguna de las partes ha negado la

suscripción de El Contrato ni de la Addenda por lo que la

primera condición prevista en la Addenda ha sido cumplida

80 En relaciónala recepción de las garantías contractuales en la

clÆusula octava de El Contrato se indica que a la firma del

mismo MVC presentó la carta fianza N 00036495 por el

importe de S5683220 como Garantía de Fiel Cumplimiento

de El Contrato y ademÆs en el numeral 81 de la indicada

clÆusula octava garantía por adelanto se indicó que MINSA

otorgarÆ el adelanto solicitado por MVC contra la presentación

de una garantía emitida por idØntico monto AI respecto en

autos obra la carta N 195MVC2007 de fecha 20 de

diciembre entregada a MINSA el 21 de diciembre mediante la

cual MVC entrega la carta fianza de adelanto emitida por el

Banco Financiero N 000350991367 por el monto de S

90000 con vencimiento 18 de abril de 2008 y la factura N

001782 por el mismo monto Por tanto se entiende que la

segunda condición para considerar que El Contrato adquiere

plena vigencia tambiØn se cumplió

81 En relaciónala tercera condición esto es entrega de la orden

de compra cabe precisar que si bien MINSA ha alegado quer

MVC no puede solicitar que se compute el plazo de entrega de

los uniformes a partir de la entrega de la orden de compra

guía de internamiento N 000755 la propia demandante h

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Page 27: Demandante Demandado

27

seæalado en su escrito de fecha 27 de marzo que ella no ha

mencionado que el cómputo del plazo de entrega de los

uniformes se debe realizar a partir de la citada orden de

compra guía de internamiento De hecho MVC indica

expresamente que no puede pronunciarse sobre un punto

que nosotros los demandantes no hemos puesto en tela de

juicio ni hemos utilizado como sustento de nuestra demanda

En consecuencia no constituye un tema en controversia la

entrega de la orden de compra pues en base a las alegaciones

de la propia demandante se desprende que si hubo entrega de

una orden de compra Ahora bien en autos no obra prueba

que acredite la fecha exacta en que dicha orden de compra fue

entregada a MVC no obstante del comprobante de pago N

542 de fecha 8 de enero de 2008 mediante el cual se acredita

que MINSA pagó el adelanto solicitado por la demandante

mediante abono en cuenta bancaria el 8 de enero de 2008 se

desprende que a dicha fecha MVC ya tenía conocimiento de la

existencia de la orden de compra pues Øste constituye el

sustento del aludido comprobante de pago N 542

82 En virtud de lo antes expuesto la `rbitro Único considera que

al 8 de enero de 2008 se cumplieron las tres condiciones

pactadas en la clÆusula dØcimo quinta de El Contrato

modificado por Addenda al Contrato N2372007MINSA En

consecuencia es a partir de dicho momento que debe

computarse el plazo de entrega de los bienes uniformes 45

días calendarios

83 De conformidad con lo pactado en la clÆusula sØtima de El

Contrato dentro de los tres días calendarios posteriores a lÆ1

fecha efectiva de El Contrato se debía entrega a MVC el

cronograma y la relación nominal del personal al cual deberÆ

tomarse las medidas y para este procedimiento toma de

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Page 28: Demandante Demandado

28

medidas en El Contrato se estipuló el plazo de 10 días

calendario

84 En relaciónala toma de medidas en autos obran diversas

comunicaciones que acreditan que este procedimiento se llevó

acabo mÆs allÆ del plazo pactado contractualmente En efecto

si bien es cierto MVC comunicó a MINSA mediante Carta N

003MVC2008 que la toma de medidas se debía realizar del

14 al 18 de enero tambiØn lo es que con posterioridad adicha

fecha existen diversas cartas remitidas por MVC a MINSA

indicando que habían trabajadores a los que nos se les pudo

tomar las medidas por no estar presentes en el lugar y fechas

programados Así tenemos que

El 21 de enero de 2008 mediante carta N 012MVC2008

la demandante comunicó a MINSA que los días 24 25 y 28

de enero se tomarÆn las medidas a los trabajadores que no

estuvieron presentes en la fecha y lugar inicialmente

programadosEl 30 de enero de 2008 mediante carta N018MVC2008

la demandante comunicó a MINSA que el día 2 de febrero

se tomarÆn las medidas a los trabajadores que no

estuvieron presentes en la fecha y lugar inicialmente

programados ni tampoco en la fecha extemporÆnea

El 12 de febrero de 2008 mediante carta N025MVC2008

la demandante comunicó a MINSA que el día 16 de febrero

se tomarÆn las medidas a los trabajadores que no

estuvieron presentes en la fecha y lugar inicialmente

programados ni tampoco en la fecha extemporÆnea

85 Del anÆlisis de los medios de prueba presentados por ambas1ypartes se advierte que el 26 de marzo de 2008 MVC tomó

conocimiento del contenido del Oficio N 0432008 y de sus

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Page 29: Demandante Demandado

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anexos en virtud del cual se le comunicó que la œltima fecha

para la toma de medidas ha sido el 16 de febrero de 2008

86 Como se desprende de los anexos del indicado Oficio al 12 de

febrero de 2008 œnicamente estaba pendiente de tomar las

medidas a 24 caballeros y a 15 damas Asimismo tal como la

propia demandante seæala en su carta N 054MVC2008 al

10 de abril de 2008 dicha empresa aœn no había cumplido con

entregar la totalidad de los uniformes puesto que en dicha

comunicación se seæala que ha habido entregas parciales Del

mismo modo al 5 de mayo de 2008 MVC indicó que a dicha

fecha MINSA aœn no le había comunicado las medidas o talles

de las personas alas que no se les había podido tomar

medidas AdemÆs al 21 de mayo de 2008 la propia

demandante indicó mediante carta N 082MVC2008 que

faltaban tomar las medidas a9 caballeros y a 17 damas

87 Tal como se acredita con el Acta de Recepción y Conformidad

ACN N 0082008 es reciØn el 21 de mayo de 2008 que se

procedió a brindar la conformidad de parte de los bienes de

manera incompleta uniformes de caballeros pues se indica

en dicho documento que faltan entregar 9 uniformes de

invierno para caballero y 9 uniformes de verano para

caballero

88 En relación a los uniformes de las damas Østos fueron

entregados el 12 de junio faltando 4 uniformes de verano y de

invierno porque no se pudo tomar las medidas a 4

trabajadoras

89 Al respecto analizados los argumentos vertidos por ambaspartes y los medios de pruebas aportados por Østas la `rbitro

Único considera que ha existido un retraso injustificado en 1a

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Page 30: Demandante Demandado

30

ejecución de las prestaciones objeto del contrato por parte de

MVC puesto que si bien es cierto hubo trabajadores damas y

caballeros a los que no se les pudo tomar medidas 4 damas y

9 caballeros tambiØn lo es que MVC no cumplió con entregar

el resto de los uniformes en el plazo pactado sino que el plazo

de entrega de los bienes fue completamente excedido

90 Abundando en razones tal como se ha seæalado en los

Informes N 02608ESLOLMINSA de fecha 22 de abril de

2008 y en el Informe N03608ESLOLMINSA de fecha 30 de

abril de 2008

Al 22 de abril de 2008 casi un mes despuØs de que MVC

tomó conocimiento que la œltima fecha para la toma de

medidas fue el 16 de febrero de 2008 MVC sólo había

cumplido con ingresar 508 uniformes de caballeros y

ningœn uniforme de damas lo que representa un 3090

de El Contrato

Al 30 de abril de 2008 MVC sólo había cumplido con

ingresar 944 uniformes de caballeros y ningœn uniforme de

damas lo que representa un 5742de El Contrato

91 Por lo tanto MVC no puede pretender vÆlidamente justificar

su retraso en el cumplimiento de sus obligaciones en que

existió una mínima cantidad de trabajadores a los que no se

les pudo tomar las medidas puesto que independientemente

de dicha circunstancia no ha podido demostrar que existiera

algœn causa vÆlida que justificara su no cumplimiento dentro

del plazo para la entrega del resto de uniformes En efecto los

trabajadores a los que finalmente nunca se les pudo tomar la

medida resultan ser numØricamente insuficientes para

justificar el retraso en la entrega del resto de los uniforrtiesI

contratados

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Page 31: Demandante Demandado

31

92 En consecuencia MINSA ha aplicado correctamente la

penalidad prescrita en El Contrato clÆusula novena y prevista

en el artículo 222 de El Reglamento por lo que no

corresponde que devuelta la penalidad descontada a MVC ni

tampoco que pague ningœn tipo de interØs

93 En relación a lo alegado para la etapa de ajustes de los

uniformes que segœn la demandante tambiØn hubo retrasos

pero que estos no fueron injustificados pues se debió a que

existieron trabajadores que no asistieron a la fecha

programada para los ajustes la `rbitro Único considera que

MVC no puede amparar su incumplimiento en lo antes alegado

pues conforme a El Contrato una vez ingresados los bienes al

AlmacØn MVC asumió el compromiso de realizar los arreglos

pertinentes a las prendas en un plazo de 60 días calendario

94 Por las consideraciones antes expuestas la `rbitro Único

considera que el primer punto controvertido es infundado

95 SEGUNDO PUNTO CONTROVERTIDO DETERMINAR 3I

CORRESPONDE ORDENAR O NO A LA EMPRESA

MERCEDES VEGA DE CEBRIAN SRL CUMPLA CON

PAGAR A FAVOR DEL MINISTERIO DE SALUD LA SUMA DEJ

S 5883220 POR CONCEPTO DE LA PENALIDAD

INCURRIDA POR EL RETRASO INJUSTIFICADO EN LA

EJECUCIÓN DE LAS PRESTACIONES OBJETO DEL

CONTRATO

96 MINSA en su escrito de reconvención solicita que correspondekkaplicar a MVC la penalidad por el retraso incurrido en ej

cumplimiento del contrato toda vez que MVC no ha cumplido

con entregar los bienes contratados dentro del plazo

establecido Ampara su reconvención en el artículo 222 dc El

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Page 32: Demandante Demandado

32

Reglamento yen lo pactado en la clÆusula novena de El

Contrato

97 Por su parte la demandante alega que MINSA pretende

aplicarles otra penalidad por un supuesto retraso en el

cumplimiento de sus obligaciones

98 Al respecto de conformidad con el artículo 222 de El

Reglamento el monto de la penalidad no puede exceder del

10 del monto contractual En consecuencia como MINSA ya

ha descontado la cantidad de S5683220 del monto a pagar

a MVC por concepto de penalidad que equivale al 10 del

monto contractual no corresponde que se ordene el pago de

cualquier otra suma de dinero por el mismo concepto esto es

penalidad por moraen la ejecución de la prestación

99 Por las consideraciones antes anotadas este segundo punto

controvertido deviene en infundado

˝

100 TERCER PUNTO CONTROVERTIDO DETERMINAR EN QUÉ

PORCENTAJE LE CORRESPONDE ASUMIR A CADA PARTE

LAS COSTOS Y COSTOS QUE ORIGINE EL PRESENTE

ARBITRAJE

101 Teniendo en cuenta que ambas partes han tenido razones

atendibles para litigar la `rbitro Único considera que cada una

de ellas deberÆ asumir las costas y costos que han originado el

presente proceso arbitral

102 En tal sentido de conformidad con lo ordenado por laResolución N 15 MINSA deberÆ pagar a MVC el segunda

anticipo de honorarios arbitrales y gastos administrativos que

Østa ha pagado por cuenta del MINSAi

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Page 33: Demandante Demandado

33

103 Finalmente la `rbitro Único deja constancia que en el estudio

anÆlisis y redacción del presente Laudo ha tenido en cuenta

todos los argumentos y las alegaciones de las partes así como

todos los medios probatorios aportados haciendo un anÆlisis y

una valoración de conjunto de manera que la no referencia a

un argumento o una prueba no supone que no la haya tomado

en cuenta para su decisión

LAUDO

1 Declarar INFUNDADO el primer punto controvertido en

consecuencia no corresponde ordenar que MINSA le pague a MVC

la suma de dinero que fue descontada por concepto de penalidad y

que asciende al 10 del monto contractual ni tampoco ninguna

suma por concepto de interØs legal

2 Declarar INFUNDADO el segundo punto controvertido en

consecuencia no corresponde ordenar a MVC que cumpla con

pagar a favor de MINSA la suma de S5883220 por concepto de

la penalidad incurrida por el retraso injustificado en la ejecución de

las prestaciones objeto del contrato

3 ORDENA que cada parte asuma las costas y costos que han

originado el presente proceso arbitral en tal sentido de

conformidad con lo ordenado por la Resolución N 15 MINSA

deberÆ pagar a MVC el segundo anticipo de honorarios arbitrales y

gastos administrativos que Østa ha pagado por cuenta del MINSA

v

Notifíquese a las partes

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Page 34: Demandante Demandado

34

i

i1 1 J

Ca laBustamante Rosales

`rbitro Único

i

LRÆcan ÆÆndez

SecrØtario

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