demanda de cobro de beneficios sociales (construccion civil)

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Expediente Nº : Cuaderno : Principal Escrito Nº : 01 Sumilla : DEMANDA DE PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO MIXTO DE MARISCAL NIETO - MOQUEGUA JOSE LUIS GONZALES PRADO, identificado con DNI Nº 044456688, con dirección domiciliaria en Calle Piura Nº 030, y, señalando domicilio procesal en la Calle Ancash Nº 458-A interior Oficina Nº 02 de esta ciudad de Moquegua; ante Ud. con el debido respeto me presentó y expongo: I. DEMANDADOS 1. Gobierno Regional de Moquegua, debidamente con dirección domiciliaria en la Calle Ancash 525, de esta ciudad de Moquegua. 2. Procurador Público Regional del Gobierno Regional de Moquegua, con dirección domiciliaria en la Av. Circunvalación S/N, de esta ciudad de Moquegua. II. SITUACIÓN LABORAL DEL DEMANDANTE Régimen y Condición Trabajador Individual Régimen Especial de Construcción Civil Tiempo de Servicios 11 meses y 13 días. Cargo desempeñado Oficial 09.09 al 30-09-2007 Operario 01.10 al 31.12.2007;19.07 al 31.12.2008 y 01.06 al 31.07.2009 Última Remuner. S/. 1,000.00 nuevos soles

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Page 1: Demanda de cobro de beneficios sociales (construccion civil)

Expediente Nº :

Cuaderno : Principal

Escrito Nº : 01

Sumilla : DEMANDA DE PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO MIXTO DE MARISCAL NIETO - MOQUEGUA

JOSE LUIS GONZALES PRADO,

identificado con DNI Nº 044456688, con dirección domiciliaria en Calle Piura Nº 030, y,

señalando domicilio procesal en la Calle Ancash Nº 458-A interior Oficina Nº 02 de esta

ciudad de Moquegua; ante Ud. con el debido respeto me presentó y expongo:

I. DEMANDADOS

1. Gobierno Regional de Moquegua,

debidamente con dirección domiciliaria en la Calle Ancash 525, de esta ciudad de

Moquegua.

2. Procurador Público Regional del Gobierno

Regional de Moquegua, con dirección domiciliaria en la Av. Circunvalación S/N, de esta

ciudad de Moquegua.

II. SITUACIÓN LABORAL DEL DEMANDANTE

Régimen y Condición Trabajador Individual – Régimen Especial de Construcción Civil

Tiempo de Servicios 11 meses y 13 días.

Cargo desempeñado Oficial 09.09 al 30-09-2007

Operario 01.10 al 31.12.2007;19.07 al 31.12.2008 y 01.06 al 31.07.2009

Última Remuner. S/. 1,000.00 nuevos soles

Page 2: Demanda de cobro de beneficios sociales (construccion civil)

III. PETITORIO Invocando interés y legitimidad para obrar, por derecho propio, interpongo pretensiones de:

1. Pretensión Principal:

Reintegro de derechos y beneficios sociales de

acuerdo al Régimen Especial de Construcción Civil, por concepto de:

Concepto Monto S/.

Salarios Jornales Básicos 10,629.93

Bonificación por Movilidad 837.00

Bonificación Única de Construcción Civil 2,771.44

Compensación por Tiempo de Servicios 1,107.65

Vacaciones 2,647.43

Gratificaciones 923.57

Total 18,917.02

2. Pretensión Accesoria:

El Pago de intereses legales al no haberse

pagado los derechos laborales en forma oportuna.

IV. FUNDAMENTOS DE HECHO

1. Laboré para el Gobierno Regional de

Moquegua como oficial y operario en diferentes obras (Red Agua Potable Mejoramiento

S.S. Abastecimiento A.P. Inst. Reservorio Agua Potable COGRI OMATE, Mejoramiento

Planta de Tratamiento Aguas Residuales Sistema de Agua La Pampilla y Ampliación

Electrificación de Asentamiento Humano Chen Chen), las mismas que por su propia

naturaleza son consideradas como obras de construcción civil de acuerdo al CIIU

categoría F, Código 45 de la revisión 03.

2. Bajo ese contexto, debió de habérseme

pagado bajo el Régimen Laboral Especial de Construcción Civil, sin embargo se me pagó

Page 3: Demanda de cobro de beneficios sociales (construccion civil)

como si fuera del Régimen Laboral Común de la Actividad Privada; siendo así,

corresponde que se me reintegre los derechos y beneficios sociales reclamados conforme

éste Régimen Laboral, así como los intereses legales generados.

V. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA

1. El Decreto Supremo Nº 07-77-TR, que

preceptúa que los trabajadores eventuales especializados en obras de Construcción Civil,

que ejecutan el estado y los particulares, deberán ser pagados por el Régimen de

Construcción Civil.

2. Las normas procesales en materia laboral

previstas en la Ley Nº 26636 y supletoriamente en el Código Procesal Civil.

3. El Decreto Legislativo 650 que regula lo

relativo a la Compensación de Tiempo de Servicios.

4. El Decreto Legislativo 713 que regula lo

concerniente a las Vacaciones y Gratificaciones.

VI. MONTO DEL PETITORIO

S/. 18,917.02 nuevos soles.

VII. VÍA PROCEDIMENTAL

Proceso Ordinario Laboral de conformidad con

el artículo 61 de la Ley 26636.

VIII. MEDIOS PROBATORIOS

1. Certificado de Trabajo en original del período

laboral comprendido entre el 09 al 30 de septiembre de 2007.

2. Certificado de Trabajo en original del período

laboral comprendido entre el 01 al 31 de diciembre de 2007.

3. Boletas de Pago en original del período

2007, 2008 y 2009.

Page 4: Demanda de cobro de beneficios sociales (construccion civil)

4. La Exhibición que efectuará la demandada

del Expediente Técnico de las obras en las que laboré, a fin de determinar si éstas

superan las 50 U.I.T.

5. Pericia Laboral que deberá ser practicada

por la Perito Contable de la Corte Superior de Justicia de Moquegua a fin de que

determine el monto total que se me adeuda.

X. ANEXOS

1.A: Copia de DNI.

1.B: Certificado de Trabajo en original del

período laboral comprendido entre el 09 al 30 de septiembre de 2007.

1.C: Certificado de Trabajo en original del

período laboral comprendido entre el 01 al 31 de diciembre de 2007.

1.D: Boletas de Pago en original del período

2007, 2008 y 2009.

POR LO EXPUESTO:

A Ud. pido se sirva dar trámite a la demanda

interpuesta, calificarla positivamente y declararla fundada en su oportunidad, conforme a

ley.

Moquegua, 27 de diciembre de 2009.

Abogada Cristiano Moisés Salas Palomino C.A.M. 2000 DNI Nº 42101512