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Departamento Administrativo de la Funci贸n P煤blica Decreto 1223 de 2020 1 EVA - Gestor Normativo Decreto 1223 de 2020 Los datos publicados tienen prop贸sitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Funci贸n P煤blica no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualizaci贸n de los contenidos. DECRETO 1223 DE 2020 (Septiembre 4) Por el cual se modi铿乧a la estructura de la Agencia de Renovaci贸n del Territorio EL PRESIDENTE DE LA REP脷BLICA DE COLOMBIA, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial las se帽aladas en el numeral 16 del art铆culo 189 de la Constituci贸n Pol铆tica y en el art铆culo 54 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Decreto ley 2366 de 2015, la Agencia de Renovaci贸n del Territorio tiene por objeto coordinar la intervenci贸n de las entidades nacionales y territoriales en las zonas rurales afectadas por el con铿俰cto priorizadas por el Gobierno nacional, a trav茅s de la ejecuci贸n de planes y proyectos para la renovaci贸n territorial de estas zonas, que permitan su reactivaci贸n econ贸mica, social y su fortalecimiento institucional, para que se integren de manera sostenible al desarrollo del pa铆s. Que mediante el Decreto ley 893 de 2017 se crearon los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial - PDET, como un instrumento de plani铿乧aci贸n y gesti贸n para implementar de manera prioritaria los planes sectoriales y programas en el marco de la Reforma Rural Integral (RRI) y las medidas pertinentes que establece el Acuerdo Final, en articulaci贸n con los planes territoriales, en los municipios priorizados, estableciendo que los mismos ser铆an coordinados por la Agencia de Renovaci贸n del Territorio. Que en el precitado decreto tambi茅n se priorizaron los municipios a intervenir, estableciendo la cobertura geogr谩铿乧a en 170 municipios contenidos en 16 Subregiones PDET. Que a trav茅s de la Ley 1955 de 2019 se expidi贸 el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 PACTO POR COLOMBIA PACTO POR LA EQUIDAD, en el marco del cual se cre贸 la Hoja de Ruta 脷nica como una herramienta de articulaci贸n para garantizar la acci贸n en los 170 municipios que componen las 16 subregiones PDET de铿乶idas en el Decreto-ley 893 de 2017, cuya coordinaci贸n corresponde a la Consejer铆a para la Estabilizaci贸n y la Consolidaci贸n, o quien haga sus veces, con el acompa帽amiento t茅cnico del Departamento Nacional de Planeaci贸n y la Agencia de la Renovaci贸n del Territorio. Que con el 铿乶 de dar cumplimiento a la implementaci贸n de la Hoja de Ruta 脷nica la Agencia de Renovaci贸n de Territorio - ART, se requiere hacer ajustes a su estructura para que 茅sta responda al nuevo modelo de operaci贸n propuesto. Que as铆 mismo, se requiere hacer ajustes a las dependencias misionales de la Entidad con el 铿乶 de precisar sus funciones y denominaciones al nuevo modelo de operaci贸n de la Agencia, as铆: i) se suprime la Subdirecci贸n de Contrataci贸n y las funciones pasan a la Secretaria

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Departamento Administrativo de la Funci贸n P煤blica

Decreto 1223 de 2020 1 EVA - Gestor Normativo

Decreto 1223 de 2020Los datos publicados tienen prop贸sitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Funci贸n P煤blica no sehace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualizaci贸n de loscontenidos.

DECRETO 1223 DE 2020

(Septiembre 4)

Por el cual se modifica la estructura de la Agencia de Renovaci贸n del Territorio

EL PRESIDENTE DE LA REP脷BLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial las se帽aladas en el numeral 16 del art铆culo 189 de la Constituci贸nPol铆tica y en el art铆culo 54 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el Decreto ley 2366 de 2015, la Agencia de Renovaci贸n del Territorio tiene por objeto coordinar la intervenci贸n delas entidades nacionales y territoriales en las zonas rurales afectadas por el conflicto priorizadas por el Gobierno nacional, a trav茅s de laejecuci贸n de planes y proyectos para la renovaci贸n territorial de estas zonas, que permitan su reactivaci贸n econ贸mica, social y sufortalecimiento institucional, para que se integren de manera sostenible al desarrollo del pa铆s.

Que mediante el Decreto ley 893 de 2017 se crearon los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial - PDET, como un instrumento deplanificaci贸n y gesti贸n para implementar de manera prioritaria los planes sectoriales y programas en el marco de la Reforma Rural Integral(RRI) y las medidas pertinentes que establece el Acuerdo Final, en articulaci贸n con los planes territoriales, en los municipios priorizados,estableciendo que los mismos ser铆an coordinados por la Agencia de Renovaci贸n del Territorio.

Que en el precitado decreto tambi茅n se priorizaron los municipios a intervenir, estableciendo la cobertura geogr谩fica en 170 municipioscontenidos en 16 Subregiones PDET.

Que a trav茅s de la Ley 1955 de 2019 se expidi贸 el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 PACTO POR COLOMBIA PACTO POR LA EQUIDAD,en el marco del cual se cre贸 la Hoja de Ruta 脷nica como una herramienta de articulaci贸n para garantizar la acci贸n en los 170 municipiosque componen las 16 subregiones PDET definidas en el Decreto-ley 893 de 2017, cuya coordinaci贸n corresponde a la Consejer铆a para laEstabilizaci贸n y la Consolidaci贸n, o quien haga sus veces, con el acompa帽amiento t茅cnico del Departamento Nacional de Planeaci贸n y laAgencia de la Renovaci贸n del Territorio.

Que con el fin de dar cumplimiento a la implementaci贸n de la Hoja de Ruta 脷nica la Agencia de Renovaci贸n de Territorio - ART, se requierehacer ajustes a su estructura para que 茅sta responda al nuevo modelo de operaci贸n propuesto.

Que as铆 mismo, se requiere hacer ajustes a las dependencias misionales de la Entidad con el fin de precisar sus funciones y denominacionesal nuevo modelo de operaci贸n de la Agencia, as铆: i) se suprime la Subdirecci贸n de Contrataci贸n y las funciones pasan a la Secretaria

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Departamento Administrativo de la Funci贸n P煤blica

Decreto 1223 de 2020 2 EVA - Gestor Normativo

General; ii)se cambia la adscripci贸n de la Subdirecci贸n de Calificaci贸n y Financiamiento ubicada en la Direcci贸n de Ejecuci贸n y Evaluaci贸nde Proyectos a la Direcci贸n de Intervenci贸n del Territorio, que pasa a denominarse Direcci贸n de Programaci贸n y Gesti贸n para laImplementaci贸n, iii) la Direcci贸n de Intervenci贸n del Territorio pasa a denominarse Direcci贸n de Programaci贸n y Gesti贸n para laImplementaci贸n; iv) la Subdirecci贸n de Participaci贸n y Planeaci贸n se denominar谩 Subdirecci贸n de Programaci贸n y Coordinaci贸n; v) laSubdirecci贸n de Coordinaci贸n y Fortalecimiento Institucional se denominar谩 Subdirecci贸n de Fortalecimiento Territorial; vi)la Direcci贸n deEstructuraci贸n de Proyectos se denominar谩 Direcci贸n de Estructuraci贸n y Ejecuci贸n de Proyectos; vii)La Subdirecci贸n de Reactivaci贸nEcon贸mica se denominar谩 Subdirecci贸n de Reconciliaci贸n y Desarrollo Social; viii)la Subdirecci贸n de Proyectos de Infraestructura Rural sedenominar谩 Subdirecci贸n de Infraestructura y H谩bitat; ix) la Subdirecci贸n de Proyectos Productivos se denominara Subdirecci贸n deDesarrollo Econ贸mico; x)la Subdirecci贸n de Proyectos Ambientales y Forestales se denominar谩 Subdirecci贸n de Ordenamiento y DesarrolloSostenible; xi) la Direcci贸n de Ejecuci贸n y Evaluaci贸n de Proyectos se denominar谩 Direcci贸n de Informaci贸n y Prospectiva; y, xii) laSubdirecci贸n de Seguimiento y Evaluaci贸n se transforma en Subdirecci贸n de An谩lisis y Monitoreo.

Que las tecnolog铆as de la informaci贸n son fundamentales para el desarrollo y cumplimento del objeto y funciones de la Agencia deRenovaci贸n del Territorio, raz贸n por la cual se requiere crear la oficina de tecnolog铆as que se encargue del desarrollo y soporte para elmanejo de la informaci贸n a cargo de la Entidad y al mismo tiempo para cumplir las directrices del Estado en materia de tecnolog铆a.

Que igualmente es necesario crear la Subdirecci贸n de Gesti贸n de la Informaci贸n encargada de administrar y procesar la informaci贸nrequerida con el fin de implementar los Planes de Desarrollo con Enfoque Territorial - PDET.

Que la estructura de la Agencia de Renovaci贸n del Territorio - ART ha sido modificada por medio de los Decretos 2096 de 2016 y 2107 de2019 y para efectos de seguridad jur铆dica se requiere incluir en un solo cuerpo las modificaciones a la estructura realizadas

Que el Consejo Directivo de la Agencia de Renovaci贸n del Territorio, en sesi贸n del 25 de marzo de 2020, como consta en el Acta No. 002 yen el Acuerdo 004 del 26 de marzo de 2020, decidi贸 someter a consideraci贸n del Gobierno Nacional la modificaci贸n de la estructura y plantade personal de la Agencia.

Que la modificaci贸n de la estructura cumple con el numeral 1.1 de la Directiva Presidencial 09 del 9 de noviembre de 2018, que dispone:"Las plantas de personal y las estructuras administrativas de las entidades de la rama ejecutiva del orden nacional, solamente se podr谩nmodificar cuando dicha reforma sea a costo cero o se generen ahorros en los gastos de funcionamiento de la entidad" y con lo se帽alado enel art铆culo 2 del Decreto 1009 de 2020.

Que el Departamento Administrativo la Funci贸n P煤blica, en el marco de las competencias se帽aladas en el art铆culo 46 de la Ley 909 de 2004,modificado por el art铆culo 228 del Decreto ley 019, y el art铆culo 2.2.12.1 del Decreto 1083 de 2015 Reglamentario 脷nico del Sector Funci贸nP煤blica, emiti贸 concepto t茅cnico favorable al estudio t茅cnico presentado por la Agencia de Renovaci贸n del Territorio, para la modificaci贸n desu estructura y planta de personal.

Que la Direcci贸n General de Presupuesto P煤blico del Ministerio de Hacienda y Cr茅dito P煤blico, emiti贸 concepto favorable para efectos de lamodificaci贸n de Planta de Personal de la Agencia de Renovaci贸n del Territorio - ART.

Que en m茅rito de lo expuesto,

DECRETA:

ART脥CULO 1. Funciones de la Agencia de Renovaci贸n del Territorio - ART. Son funciones de la Agencia de Renovaci贸n del Territorio -ART, lassiguientes:

1. Adoptar los planes de acci贸n para la ejecuci贸n de las pol铆ticas del Gobierno nacional para la intervenci贸n de las zonas rurales de conflictopriorizadas.

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Decreto 1223 de 2020 3 EVA - Gestor Normativo

2. Liderar el proceso de coordinaci贸n 铆nter e intersectorial a nivel nacional y territorial, para la estructuraci贸n y ejecuci贸n de planes yproyectos de intervenci贸n territorial, que permitan desarrollar la estrategia de intervenci贸n de las zonas rurales de conflicto priorizadas.

3. Dise帽ar e implementar los espacios y mecanismos para asegurar la participaci贸n de los actores territoriales p煤blicos y privados, lasociedad civil, las organizaciones sociales, comunitarias y productivas rurales en la formulaci贸n de los planes y estructuraci贸n de proyectosde intervenci贸n territorial, en las zonas rurales de conflicto priorizadas.

4. Establecer y definir los criterios y par谩metros para la formulaci贸n de planes y la estructuraci贸n y ejecuci贸n de proyectos en las zonasrurales de conflicto priorizadas.

5. Formular e implementar el plan general de renovaci贸n territorial en las zonas rurales de conflicto priorizadas, que incorpora los proyectosde intervenci贸n territorial en estas zonas, en coordinaci贸n con las entidades competentes del Gobierno nacional y con las autoridadesterritoriales, y de manera participativa con los actores locales.

6. Establecer y definir los criterios y par谩metros para la selecci贸n, calificaci贸n y asignaci贸n de recursos que se destinen a los proyectos deintervenci贸n territorial a ejecutarse en las zonas rurales de conflicto priorizadas.

7. Dise帽ar y promover modelos de operaci贸n y contrataci贸n para la estructuraci贸n y ejecuci贸n de los proyectos de intervenci贸n territorial, atrav茅s de esquemas de financiaci贸n y cofinanciaci贸n, tales como, asociaci贸n p煤blico-privada, concesiones, convenios marco decofinanciaci贸n y contratos con operadores.

8. Adoptar procesos de articulaci贸n con el sector privado y la sociedad civil, con el fin de que los proyectos de intervenci贸n territorial que茅stos ejecuten, est茅n alineados con los planes de intervenci贸n territorial en las zonas rurales de conflicto priorizadas.

9. Adoptar estrategias y programas de generaci贸n de capacidades regionales y locales en las zonas rurales de conflicto priorizadas, enarticulaci贸n con los sectores competentes y con actores nacionales y locales.

10. Dise帽ar y administrar el Banco de Proyectos de los proyectos de intervenci贸n territorial, el cual estar谩 conformado por los proyectos quese estructuren por la Agencia para las zonas rurales de conflicto priorizadas.

11. Adelantar la gesti贸n contractual para la formulaci贸n y ejecuci贸n de los planes y proyectos de intervenci贸n territorial financiados ycofinanciados por la Agencia.

12. Coordinar con la Agencia Presidencial para la Cooperaci贸n - APC, la identificaci贸n y programaci贸n de los recursos de cooperaci贸nt茅cnica, para los territorios priorizados en los que act煤a la Agencia, y determinar las prioridades para su asignaci贸n.

13. Adelantar la divulgaci贸n y difusi贸n de la oferta de servicios de la Agencia, para garantizar el adecuado acceso a la informaci贸n en laszonas rurales de conflicto priorizadas.

14. Definir el esquema general de seguimiento y evaluaci贸n a la ejecuci贸n de los proyectos que se adelanten dentro del plan general derenovaci贸n, de los planes de intervenci贸n territorial de las zonas rurales de conflicto priorizada.

15. Formular e implementar estrategias para articular y coordinar con las dem谩s entidades competentes, la intervenci贸n institucional parael desarrollo rural con enfoque territorial, incluidas aquellas relacionadas con la sustituci贸n de cultivos de uso il铆cito, en las zonas deconflicto priorizadas

16. Establecer estrategias para promover el desarrollo econ贸mico, productivo y social para el desarrollo rural con enfoque territorial,

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incluyendo aquellas dirigidas para la sustituci贸n de cultivos de uso il铆cito, en el marco de las competencias de la Agencia.

17. Adoptar estrategias para articular las pol铆ticas sectoriales y las prioridades de las entidades territoriales, con las estrategias, metas yrecursos para la ejecuci贸n de la pol铆tica para el desarrollo rural con enfoque territorial y sustituci贸n de cultivos de uso il铆cito, en el marco delas competencias de la Agencia.

18. Producir informaci贸n para el an谩lisis de la din谩mica de territorios de competencia de la Agencia.

19. Promover y desarrollar continuamente la implementaci贸n, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gesti贸n.

20. Las dem谩s que le sean asignadas conforme a su naturaleza y objetivos.

ART脥CULO 2. Estructura. La estructura de la Agencia de Renovaci贸n del Territorio - ART, ser谩 la siguiente:

1. CONSEJO DIRECTIVO

2. DIRECCI脫N GENERAL

2.1. Oficina Jur铆dica.

2.2. Oficina de Planeaci贸n.

2.3. Oficina de Comunicaciones.

2.4. Oficina de Tecnolog铆as de la Informaci贸n

3. DIRECCI脫N DE PROGRAMACI脫N Y GESTI脫N PARA LA IMPLEMENTACI脫N

3.1. Subdirecci贸n de Programaci贸n y Coordinaci贸n.

3.2. Subdirecci贸n de Fortalecimiento Territorial.

3.3. Subdirecci贸n de Financiamiento

4. DIRECCI脫N DE ESTRUCTURACI脫N Y EJECUCION DE PROYECTOS

4.1. Subdirecci贸n de Reconciliaci贸n y Desarrollo Social

4.2. Subdirecci贸n de Infraestructura y H谩bitat.

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Decreto 1223 de 2020 5 EVA - Gestor Normativo

4.3. Subdirecci贸n de Ordenamiento y Desarrollo Sostenible.

4.4. Subdirecci贸n de Desarrollo Econ贸mico.

5. DIRECCI脫N DE INFORMACI脫N Y PROSPECTIVA

5.1. Subdirecci贸n de Gesti贸n de la Informaci贸n.

5.2. Subdirecci贸n de An谩lisis y Monitoreo.

6. DIRECCI脫N DE SUSTITUCI脫N DE CULTIVOS DE USO IL脥CITO

7. SECRETARIA GENERAL

8. 脫RGANOS DE ASESOR脥A Y COORDINACI脫N

8.1. Comisi贸n de Personal

8.2. Comit茅 Coordinaci贸n del Sistema Control Interno

ART脥CULO 3. Consejo Directivo. El Consejo Directivo de la Agencia para la Renovaci贸n del Territorio ART, estar谩 integrado por los siguientesmiembros:

1. El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep煤blica.

2. El Consejero Presidencial para la Estabilizaci贸n y la Consolidaci贸n.

3. El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural

4. El Ministro de Defensa Nacional

5. El Ministro Ambiente y Desarrollo Sostenible

6. El Director del Departamento Nacional de Planeaci贸n (DNP)

7. El Director del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS)

8. El Director del Departamento Administrativo de la Funci贸n P煤blica (DAFP)

9. El Presidente de la Agencia de Desarrollo Rural (ADR)

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Decreto 1223 de 2020 6 EVA - Gestor Normativo

10. El Director de la Agencia Nacional de Tierras (ANT)

PAR脕GRAFO 1潞. El Consejo Directivo ser谩 presidido por el Consejero Presidencial para la Estabilizaci贸n y Consolidaci贸n.

PAR脕GRAFO 2潞. El Director General de la Agencia de Renovaci贸n del Territorio (ART) asistir谩 a las sesiones del Consejo Directivo con voz,pero sin voto.

PAR脕GRAFO 3潞. Los ministros y directores de Departamentos Administrativos, podr谩n delegar su participaci贸n en viceministros osubdirectores, respectivamente.

A las sesiones del Consejo Directivo podr谩n asistir otros servidores p煤blicos, dependiendo de la naturaleza de los temas por tratar.

ART脥CULO 4. Funciones del Consejo Directivo. Son funciones Consejo Directivo de la Agencia de Renovaci贸n del Territorio - ART lassiguientes:

1. Orientar el funcionamiento general de la Agencia y verificar el cumplimiento de los objetivos, planes y programas adoptados y suconformidad con las pol铆ticas del Gobierno nacional.

2. Aprobar plan estrat茅gico largo, mediano y corto plazo de la entidad y los planes operativos.

3. Aprobar el plan general de renovaci贸n las zonas rurales de conflicto, que incorpora los planes locales de intervenci贸n territorial de laszonas rurales de conflicto priorizadas.

4. Aprobar los criterios y par谩metros para la selecci贸n y calificaci贸n y para la asignaci贸n de recursos que se destinen a los proyectos deintervenci贸n territorial por ejecutar en las zonas rurales de conflicto priorizadas.

5. Impartir los lineamientos, criterios, par谩metros y requisitos para la aprobaci贸n los planes de intervenci贸n territorial.

6. Definir criterios y par谩metros para la participaci贸n de organizaciones sociales, comunitarias, y productivas rurales, entre otras, en laestructuraci贸n y ejecuci贸n de los planes y proyectos de intervenci贸n territorial a ejecutarse en las zonas rurales de conflicto priorizadas y enlas zonas de intervenci贸n del PNIS.

7. Adoptar los criterios de asignaci贸n y distribuci贸n de los recursos administrados por la Agencia que vayan a ser destinados a financiar ocofinanciar proyectos de intervenci贸n territorial en las zonas rurales de conflicto priorizadas y las zonas PNIS.

8. Evaluar los informes que le sean presentados por el Director General de la Agencia a fin de adelantar un seguimiento efectivo delcumplimiento de las pol铆ticas y los objetivos estrat茅gicos trazados, de forma que puedan realizarse los ajustes a los que haya lugar demanera oportuna.

9. Adoptar la estrategia de coordinaci贸n con el sector p煤blico, el sector privado, la cooperaci贸n internacional y dem谩s actores relevantes,para la ejecuci贸n de proyectos de intervenci贸n territorial viabilizados por la Agencia.

10. Conocer de las evaluaciones semestrales de ejecuci贸n presupuestal y de los estados financieros presentados por el Director General dela Agencia.

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Decreto 1223 de 2020 7 EVA - Gestor Normativo

11. Aprobar el anteproyecto de presupuesto anual de la Agencia, as铆 como las modificaciones al presupuesto aprobado, de conformidad conlo dispuesto en el estatuto org谩nico de presupuesto y normas que lo reglamenten.

12. Adoptar, por propuesta del Director General, la pol铆tica de mejoramiento continuo de la entidad, as铆 como los programas orientados agarantizar el adecuado desarrollo administrativo.

13. Aprobar las modificaciones a la estructura y planta de personal de la entidad para su adopci贸n por el Gobierno nacional.

14. Adoptar el C贸digo de Buen Gobierno de la entidad y establecer los mecanismos para la verificaci贸n de su cumplimiento.

15. Adoptar los lineamientos generales de la pol铆tica institucional de gesti贸n de calidad.

16. Dictarse su propio reglamento.

17. Las dem谩s funciones que le se帽alen la ley y el reglamento.

ART脥CULO 5. Director General. La administraci贸n de la Agencia estar谩 a cargo de un Director General, el cual tendr谩 la calidad de servidorp煤blico de libre nombramiento y remoci贸n por el Presidente de la Rep煤blica y ser谩 el representante legal de la entidad.

ART脥CULO 6. Funciones del Director General. Son funciones del Director General de la Agencia las siguientes:

1. Dirigir, orientar, coordinar, vigilar y supervisar el desarrollo de las funciones a cargo de la Agencia.

2. Liderar el proceso de coordinaci贸n intersectorial e intrasectorial a nivel nacional y territorial para la estructuraci贸n y ejecuci贸n de planes yproyectos de intervenci贸n territorial, que permitan desarrollar la estrategia de intervenci贸n de las zonas rurales de conflicto priorizadas.

3. Impartir lineamientos para coordinar con las autoridades competentes la planeaci贸n de la estrategia de erradicaci贸n manual voluntaria yforzosa de cultivos il铆citos, y coordinar con estas su desarrollo.

4. Presentar, para aprobaci贸n del Consejo Directivo, el plan general de renovaci贸n de las zonas rurales de conflicto priorizadas, queincorpora los planes locales de intervenci贸n territorial de estas zonas, as铆 como de las dem谩s zonas de intervenci贸n de la Agencia.

5. Presentar, para aprobaci贸n del Consejo Directivo, los criterios y par谩metros para la selecci贸n y calificaci贸n y para la asignaci贸n derecursos que se destinen a los PDET.

6. Impartir los lineamientos, criterios, par谩metros y requisitos para la aprobaci贸n de los planes y proyectos de intervenci贸n territorial.

7. Presentar, para aprobaci贸n del Consejo Directivo, los criterios y par谩metros para la participaci贸n de organizaciones sociales,comunitarias, y productivas rurales, entre otras, en la estructuraci贸n y ejecuci贸n de los planes y proyectos de intervenci贸n territorial.

8. Adelantar acciones de articulaci贸n con el sector privado, la cooperaci贸n internacional y la sociedad civil, con el fin de que su intervenci贸nest茅 alineada con los planes y programas a cargo de la Agencia.

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Decreto 1223 de 2020 8 EVA - Gestor Normativo

9. Coordinar con la Agencia Presidencial para la Cooperaci贸n (APC), la identificaci贸n y programaci贸n de los recursos de cooperaci贸n t茅cnica,para los territorios en los que act煤a la Agencia de la Renovaci贸n del Territorio, y determinar las prioridades para su asignaci贸n.

10. Presentar al Consejo Directivo informes peri贸dicos de seguimiento del cumplimiento de las pol铆ticas y los objetivos estrat茅gicos trazadospor la Agencia, as铆 como de los planes y proyectos relacionados con el desarrollo y ejecuci贸n de los Programas de Desarrollo con EnfoqueTerritorial - PDET y del Programa de Sustituci贸n de Cultivos Il铆citos.

11. Adoptar la estrategia de comunicaci贸n interna y externa de las funciones y resultados de la gesti贸n de la Agencia.

12. Proponer, para aprobaci贸n del Consejo Directivo, el Plan Estrat茅gico Institucional de la Agencia, que contenga las pol铆ticas internas,prioridades y modelos de gesti贸n para su operaci贸n.

13. Presentar al Consejo Directivo el anteproyecto de presupuesto, las modificaciones al presupuesto aprobado y los proyectos de inversi贸nde la entidad, con arreglo a las disposiciones legales que regulan la materia.

14. Definir el esquema general de seguimiento y evaluaci贸n a la ejecuci贸n de los proyectos que se adelanten en el marco del PDET y delPNIS.

15. Coordinar, orientar y hacer seguimiento a la operaci贸n y ejecuci贸n del Programa Nacional Integral de Sustituci贸n de Cultivos de UsoIl铆cito, as铆 como velar por el cumplimiento de las funciones asignadas a las instancias de ejecuci贸n, coordinaci贸n y gesti贸n del Programa, deconformidad con las directrices del Gobierno Nacional.

16.0rdenar los gastos, expedir los actos y celebrar los convenios y contratos con personas naturales o jur铆dicas, as铆 como con entidadesp煤blicas o privadas, nacionales o extranjeras, para el cumplimiento del objeto y funciones de la Agencia.

17. Dirigir las actividades administrativas, financieras y presupuestales, y establecer las normas y procedimientos internos necesarios parael funcionamiento y prestaci贸n de los servicios de la Agencia.

18. Coordinar, hacer seguimiento y verificaci贸n de la implementaci贸n de la pol铆tica de Gobierno Digital.

19. Ejercer la representaci贸n legal de la Agencia y designar apoderados que la representen en asuntos judiciales y extrajudiciales, para laleg铆tima defensa de sus intereses.

20. Presentar a consideraci贸n del Gobierno Nacional la adopci贸n de modificaciones a la estructura y planta de personal de la Agencia,aprobadas por el Consejo Directivo.

21. Crear y organizar con car谩cter permanente o transitorio comit茅s y grupos internos de trabajo.

22. Dirigir la administraci贸n del talento humano de la Agencia, distribuir los empleos de la planta de personal de acuerdo con laorganizaci贸n interna y las necesidades del servicio y ejercer la facultad nominadora, con excepci贸n de las que corresponda a otra autoridad.

23. Coordinar la implementaci贸n del sistema de Control Interno y disponer el dise帽o de los m茅todos y procedimientos necesarios paragarantizar que todas las actividades, as铆 como el ejercicio de las funciones a cargo de los servidores de la Agencia se ci帽an a los art铆culos209 y 269 de la Constituci贸n Pol铆tica, a la Ley 87 de 1993 y dem谩s normas legales y reglamentarias que se expidan sobre el particular.

24. Las dem谩s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

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Decreto 1223 de 2020 9 EVA - Gestor Normativo

ART脥CULO 7. Funciones de la Oficina Jur铆dica. Son funciones de la Oficina Jur铆dica las siguientes:

1. Asesorar al despacho del Director General de la Agencia y a las dem谩s dependencias de la entidad en los asuntos jur铆dicos decompetencia de la misma.

2. Representar judicial y extrajudicialmente a la Agencia en los procesos judiciales y procedimientos administrativos en los cuales sea parteo tercero interesado, previo otorgamiento de poder o delegaci贸n del Director General de la Agencia.

3. Ejercer vigilancia sobre la actuaci贸n de los abogados externos que excepcionalmente contrate la Agencia para la Renovaci贸n delTerritorio para defender sus intereses.

4. Ejercer la facultad del cobro coactivo frente a las tasas o contribuciones, multas y dem谩s obligaciones a favor de la Agencia, ajust谩ndosepara ello a la normativa vigente sobre la materia.

5. Coordinar y tramitar los recursos, revocatorias directas y en general las actuaciones jur铆dicas relacionadas con las funciones de laentidad, que no correspondan a otras dependencias.

6. Dirigir la interpretaci贸n y definir los criterios de aplicaci贸n de las normas relacionadas con la misi贸n y la gesti贸n institucional.

7. Estudiar, conceptuar y/o elaborar los proyectos de actos administrativos necesarios para la gesti贸n de la entidad, coordinar la notificaci贸nde los mismos, en los casos en que se requiera, y llevar el registro, numeraci贸n y archivo de toda la producci贸n normativa de la entidad.

8. Atender y resolver las consultas y peticiones de car谩cter jur铆dico elevadas a la Agencia y por las diferentes dependencias de la entidad.

9. Atender y resolver las acciones de tutela, de grupo, cumplimiento y populares y dem谩s acciones constitucionales en las que se hagaparte o tenga inter茅s la Agencia para la Renovaci贸n del Territorio.

10. Recopilar y mantener actualizada la informaci贸n de las normas constitucionales, legales y reglamentarias y la jurisprudencia relacionadacon las competencias, misi贸n institucional, objetivos y funciones de la Agencia para la Renovaci贸n del Territorio.

11. Establecer estrategias de prevenci贸n de da帽o antijur铆dico y participar en la definici贸n de los mapas de riesgos jur铆dicos de la entidad.

12. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti贸n Institucional.

13. Las dem谩s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

ART脥CULO 8. Oficina de Planeaci贸n. Son funciones de la Oficina de Planeaci贸n las siguientes:

1. Dirigir, administrar y promover el desarrollo, implementaci贸n y sostenibilidad del Modelo Integrado de Planeaci贸n y Gesti贸n de la Agenciade Renovaci贸n del Territorio.

2. Asesorar al Director General de la Agencia y a las dem谩s dependencias en la formulaci贸n, ejecuci贸n, seguimiento y evaluaci贸n de laspol铆ticas, planes, programas y proyectos orientados al cumplimiento de los objetivos institucionales de la entidad.

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3. Elaborar, en coordinaci贸n con las dependencias de la Agencia para la Renovaci贸n del Territorio, el Plan de Desarrollo Institucional, consujeci贸n al Plan Nacional de Desarrollo, los planes estrat茅gicos y de acci贸n, el Plan Operativo Anual y Plurianual de Inversiones, los Planesde Gesti贸n y Desempe帽o y someterlos a aprobaci贸n del Director de la Agencia.

4. Preparar, para la aprobaci贸n del Consejo Directivo, la definici贸n de recursos para la cofinanciaci贸n de los proyectos de intervenci贸nterritorial.

5. Preparar, consolidar y presentar, en coordinaci贸n con la Secretar铆a General, el anteproyecto de presupuesto, as铆 como la programaci贸npresupuesta! plurianual de la Agencia, de acuerdo con las directrices que imparta el Ministerio de Hacienda y Cr茅dito P煤blico, elDepartamento Nacional de Planeaci贸n y el Director General de la Agencia.

6. Establecer, conjuntamente con las dependencias de la Agencia, los indicadores para garantizar el control de gesti贸n a los planes yactividades de la Agencia.

7. Realizar el seguimiento a la ejecuci贸n presupuestal de la entidad, gestionar las modificaciones presupuestales a los proyectos deinversi贸n y adelantar el tr谩mite ante el Ministerio de Hacienda y Cr茅dito P煤blico y el Departamento Nacional de Planeaci贸n, de conformidadcon el estatuto org谩nico y las normas que lo reglamenten.

8. Hacer el seguimiento y evaluaci贸n a la gesti贸n institucional, consolidar el informe de resultados y preparar los informes para serpresentados ante las instancias competentes.

9. Estructurar, conjuntamente con las dem谩s dependencias de la Agencia para la Renovaci贸n del Territorio, los informes de gesti贸n yrendici贸n de cuentas a la ciudadan铆a y someterlos a aprobaci贸n del Director General de la Agencia.

10. Ejercer la Secretar铆a T茅cnica del Comit茅 Institucional de Gesti贸n y Desempe帽o de conformidad con las normas que regulan la materia.

11. Dise帽ar, en coordinaci贸n con las dependencias competentes, el Plan Anticorrupci贸n de la entidad, para la aprobaci贸n del DirectorGeneral de la Agencia y coordinar su implementaci贸n.

12. Dise帽ar, coordinar y administrar la gesti贸n del riesgo en las diferentes dependencias y/o procesos de la entidad con la periodicidad y laoportunidad requeridas.

13. Orientar la implementaci贸n del Sistema de Gesti贸n de Calidad dentro de la Agencia.

14. Las dem谩s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

ART脥CULO 9. Funciones de la Oficina de Comunicaciones. Son funciones de la Oficina de Comunicaciones las siguientes:

1. Dise帽ar, liderar y ejecutar las estrategias para el posicionamiento, imagen y promoci贸n de la entidad, y de divulgaci贸n de los programasy proyectos, en coordinaci贸n con el Gobierno nacional y bajo los lineamientos del Consejo Directivo.

2. Preparar para aprobaci贸n del Consejo Directivo, la estrategia de comunicaci贸n interna y externa de las funciones y resultados de lagesti贸n de la Agencia, bajo est谩ndares de veracidad, objetividad y oportunidad.

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3. Adelantar, en coordinaci贸n con las dem谩s dependencias de la Agencia, campa帽as de difusi贸n y socializaci贸n de los avances del plangeneral de renovaci贸n y los proyectos de intervenci贸n territorial de las zonas rurales de conflicto.

4. Coordinar la elaboraci贸n de las comunicaciones internas y externas, relacionadas con proyectos a su cargo.

5. Orientar al Director General de la Agencia en el manejo de las relaciones con los medios de comunicaci贸n y dem谩s sectores de la opini贸np煤blica a nivel nacional e internacional.

6. Ejecutar el Plan Estrat茅gico Institucional y formular y ejecutar los planes de acci贸n que se requieran, de acuerdo con la naturaleza,objetivo y funciones.

7. Dise帽ar y administrar los contenidos de la p谩gina web de la entidad, seg煤n las directrices de Gobierno en L铆nea.

8. Liderar el dise帽o de encuestas de calidad de servicio y satisfacci贸n de usuario.

9. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti贸n Institucional.

10. Las dem谩s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia

ART脥CULO 10. Oficina de Tecnolog铆as de la Informaci贸n. Son funciones de la Oficina de Tecnolog铆as de la Informaci贸n las siguientes:

1. Impartir los lineamientos en materia tecnol贸gica para definir pol铆ticas, estrategias y pr谩cticas que soporten la gesti贸n de la Agencia.

2. Elaborar, actualizar y coordinar la implementaci贸n del plan estrat茅gico de tecnolog铆a y sistemas de la informaci贸n de la Agencia.

3. Garantizar la aplicaci贸n de los est谩ndares, buenas pr谩cticas y principios para la gesti贸n de la informaci贸n a cargo de la Agencia.

4. Hacer seguimiento y evaluaci贸n a las pol铆ticas, planes, programas y proyectos relacionados con el acceso y uso de la informaci贸n p煤blicaque produce la Agencia.

5. Impartir y aplicar los lineamientos y procesos de Arquitectura de Tecnolog铆as de la Informaci贸n (TI) en materia de software, hardware,redes y telecomunicaciones, acorde con las tendencias de transformaci贸n digital del Estado Colombiano.

6. Dise帽ar e implementar modelos de interoperabilidad de sistemas y gesti贸n de informaci贸n misional, con el fin de permitir el acceso a lainformaci贸n por parte de entidades y actores de manera ordenada e integrada que facilite la toma de decisiones.

7. Impartir lineamientos para el cumplimiento de est谩ndares de seguridad, privacidad, calidad y oportunidad de la informaci贸n queadministra la Agencia, as铆 como el intercambio permanente de informaci贸n con todos los actores en el mareo las funciones de la Agencia.

8. Dise帽ar estrategias, instrumentos y herramientas con aplicaci贸n de tecnolog铆as de la informaci贸n y comunicaciones, para brindar demanera constante y permanente un buen servicio al ciudadano.

9. Promover el uso y apropiaci贸n de herramientas tecnol贸gicas que promuevan la interacci贸n de la Agencia con sus clientes externos.

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Decreto 1223 de 2020 12 EVA - Gestor Normativo

10. Brindar el soporte t茅cnico que la Agencia requiera para el funcionamiento de sus herramientas tecnol贸gicas

11. Definir las caracter铆sticas t茅cnicas de adquisici贸n de bienes y servicios en el marco de Arquitectura de TI de la Agencia.

12.0rientar y coordinar con las diferentes dependencias de la Agencia en la adopci贸n de pol铆ticas, planes, programas y proyectosrelacionados con tecnolog铆as de la informaci贸n TI.

13. Desarrollar lineamientos, en materia tecnol贸gica, necesarios para definir pol铆ticas, estrategias, planes y pr谩cticas que soporten lagesti贸n de la Agencia.

14. Formular y aplicar los lineamientos y procesos de infraestructura tecnol贸gica de la Agencia en materia de software, hardware, redes ytelecomunicaciones, acorde con los par谩metros gubernamentales para su adquisici贸n, operaci贸n y mantenimiento.

15. Administrar los sistemas de informaci贸n, equipos, redes y herramientas tecnol贸gicas y brindar el soporte t茅cnico para sufuncionamiento adecuado, coordinando las acciones que resulten necesarios.

16. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti贸n Institucional.

17. Las dem谩s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia."

ART脥CULO 11. Direcci贸n de Programaci贸n y Gesti贸n para la Implementaci贸n. Son funciones de la Direcci贸n de Programaci贸n y Gesti贸n parala Implementaci贸n las siguientes:

1. Definir los objetivos metas y modelos para la implementaci贸n de los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial - PDET.

2. Dirigir la implementaci贸n de la hoja de ruta integral de articulaci贸n interinstitucional en las subregiones PDET, de conformidad con lasnormas que regulen la materia.

3. Proponer los mecanismos que aseguren la participaci贸n de los actores territoriales p煤blicos y privados, la sociedad civil, lasorganizaciones sociales, comunitarias y productivas rurales en la implementaci贸n de los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial -PDET.

4. Orientar la perspectiva diferencial 茅tnica, cultural, de g茅nero, y generacional en la implementaci贸n de los Programas de Desarrollo conEnfoque Territorial - PDET de conformidad con las normas vigentes.

5. Definir los criterios para la programaci贸n ordenada, progresiva e integral de los diferentes componentes de los Programas de Desarrollocon Enfoque Territorial - PDET.

6. Gestionar con las entidades del orden nacional y territorial, la oferta institucional de los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial -PDET.

7. Proponer la metodolog铆a, gu铆as y procedimientos, para la medici贸n de las capacidades de las entidades territoriales p煤blicas y privadas,las organizaciones sociales, comunitarias y productivas rurales e instancias de integraci贸n territorial, como base para definir la estrategia enmateria de fortalecimiento institucional.

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Decreto 1223 de 2020 13 EVA - Gestor Normativo

8. Proponer y ejecutar la estrategia en materia de fortalecimiento institucional.

9. Definir la estrategia para gestionar recursos destinados al cumplimiento de los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET).

10. Dise帽ar instrumentos que promuevan y faciliten aportes del sector privado y entidades territoriales para la cofinanciaci贸n de losproyectos de intervenci贸n territorial y proponer los criterios de asignaci贸n de los mismos.

11. Adoptar los manuales, procedimientos y formatos para la financiaci贸n y cofinanciaci贸n de las iniciativas que hacen parte de losProgramas de Desarrollo con Enfoque Territorial - PDET.

12. Aplicar, bajo los lineamientos del Consejo Directivo y de la Direcci贸n General, los criterios y par谩metros para la asignaci贸n de losrecursos destinados a la ejecuci贸n de los PDET.

13. Proponer a la Direcci贸n de Informaci贸n y Prospectiva los par谩metros para la medici贸n del avance de la gesti贸n y del fortalecimiento decapacidades en territorio y generar los insumos que 茅sta requiera para tal fin. 路

14. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti贸n Institucional.

15. Las dem谩s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia."

ART脥CULO 12. Subdirecci贸n de Programaci贸n y Coordinaci贸n. Son funciones de la Subdirecci贸n de Programaci贸n y Coordinaci贸n, lassiguientes:

1. Realizar las caracterizaciones territoriales que sirvan como l铆nea de base para la implementaci贸n de los Programas de Desarrollo conEnfoque Territorial - PDET.

2. Proponer manuales, gu铆as o herramientas para ordenar las iniciativas identificadas en los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial-PDET, y los requerimientos para su ejecuci贸n y hacer seguimiento a sus avances.

3. Implementar la Hoja de Ruta Integral en las subregiones de los Programas de desarrollo con Enfoque Territorial -PDET.

4. Estructurar e implementar un esquema participativo de rendici贸n de cuentas sobre el avance en la implementaci贸n de los Programas deDesarrollo con Enfoque Territorial - PDET.

5. Implementar la estrategia de gesti贸n para el desarrollo de las iniciativas de los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial PDET conlas entidades nacionales y territoriales,

6. Desarrollar la metodolog铆a de ordenamiento multicriterio, de la hoja de ruta integral 煤nica donde se incorpore una visi贸n estrat茅gica alconjunto de iniciativas que se identifiquen como resultado de los procesos participativos adelantados en estas zonas.

7. Dise帽ar las estrategias y rutas sectoriales para la gesti贸n de la oferta institucional a nivel nacional y territorial, para la implementaci贸n delas iniciativas de los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial PDET.

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Decreto 1223 de 2020 14 EVA - Gestor Normativo

8. Definir estrategias sectoriales para la gesti贸n de proyectos integradores y estrat茅gicos para los Programas de Desarrollo con EnfoqueTerritorial PDET.

9. Generar estrategias para facilitar que la oferta de las entidades p煤blicas llegue a las Subregiones PDET.

10. Adoptar estrategias para acercar el sector privado y de cooperaci贸n a las zonas priorizadas.

11. Suministrar la informaci贸n requerida por la Direcci贸n de Informaci贸n y Prospectiva.

12. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti贸n Institucional.

13. Las dem谩s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

ART脥CULO 13. Subdirecci贸n de Fortalecimiento Territorial. Son funciones de la Subdirecci贸n de Fortalecimiento Territorial las siguientes:

1. Dise帽ar e Implementar las metodolog铆as, gu铆as y procedimientos para la medici贸n de las capacidades de las entidades territoriales, lasorganizaciones sociales, comunitarias y productivas rurales.

2. Implementar los mecanismos para fortalecer los procesos de asociaci贸n de los pobladores rurales, las organizaciones sociales,comunitarias y productivas rurales en los territorios PDET.

3. Implementar estrategias para el fortalecimiento y generaci贸n de capacidades a las organizaciones sociales, comunitarias y productivasrurales para la sostenibilidad de los PDET.

4. Implementar, bajo los lineamientos de la Direcci贸n de Programaci贸n y Gesti贸n para la Implementaci贸n, del Consejo Directivo y de laDirecci贸n General, las estrategias y programas de fortalecimiento institucional en las Subregiones PDET.

5. Dise帽ar e implementar las estrategias para el fortalecimiento de capacidades y procesos para los gobiernos locales, de acuerdo con elciclo de la gesti贸n p煤blica territorial y el enfoque territorial.

6. Definir en coordinaci贸n con las entidades competentes, las estrategias en materia de fortalecimiento organizacional, de la gesti贸n p煤blicaterritorial, del ordenamiento territorial y de la gesti贸n financiera, dirigida a los gobiernos territoriales de los municipios PDET.

7. Dise帽ar e implementar estrategias para el fortalecimiento de capacidades de las comunidades PDET, para el ejercicio de seguimiento,control social, incidencia y posicionamiento del PDET.

8. Gestionar los convenios de apoyo t茅cnico con las entidades nacionales y territoriales, universidades, organizaciones no gubernamentales,centros de pensamiento y organizaciones de la sociedad civil, para la apropiaci贸n y sostenibilidad de los PDET.

9. Suministrar a la Direcci贸n de Informaci贸n y Prospectiva la informaci贸n requerida para la medici贸n del avance y de los resultados de laimplementaci贸n en las Subregiones PDET.

10. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti贸n Institucional.

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Decreto 1223 de 2020 15 EVA - Gestor Normativo

11. Las dem谩s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

ART脥CULO 14. Subdirecci贸n de Financiamiento. Son funciones de la Subdirecci贸n de Financiamiento, las siguientes:

1. Proponer e implementar modelos de financiaci贸n y cofinanciaci贸n para la implementaci贸n de los PDET.

2. Desarrollar y actualizar anualmente el plan de financiamiento para la implementaci贸n de los Programas de Desarrollo con EnfoqueTerritorial - PDET.

3. Dise帽ar y proponer manuales, procedimientos y formatos para la financiaci贸n y cofinanciaci贸n de las iniciativas que hacen parte de losProgramas de Desarrollo con Enfoque Territorial - PDET

4. Definir, construir, y actualizar la estrategia de acompa帽amiento a las entidades territoriales para la gesti贸n de recursos p煤blicos yprivados destinados a la implementaci贸n de los PDET.

5. Realizar an谩lisis al trazador presupuestal para la paz, en funci贸n de las metas y recursos que requiera la implementaci贸n de los PDET.

6. Calificar las iniciativas de los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial para priorizar su financiaci贸n y cofinanciaci贸n en aplicaci贸nde los criterios y procedimientos aprobados por la Agencia.

7. Gestionar las fuentes de financiaci贸n nacionales y territoriales y brindar asistencia t茅cnica con el fin de encaminar recursos para elcumplimiento de las iniciativas de los PDET.

8. Hacer acompa帽amiento a los entes territoriales de las subregiones PDET en el proceso de planeaci贸n presupuestal.

9. Suministrar informaci贸n a la Direcci贸n de Informaci贸n y Prospectiva de acuerdo con los indicadores que se dise帽en para hacerseguimiento.

10. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti贸n Institucional.

11. Las dem谩s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

ART脥CULO 15. Direcci贸n de Estructuraci贸n y Ejecuci贸n de Proyectos. Son funciones de la Direcci贸n de Estructuraci贸n y Ejecuci贸n deProyectos, las siguientes:

1. Definir los objetivos, metas y el plan de acci贸n anual para la estructuraci贸n y ejecuci贸n de los programas o proyectos de intervenci贸nterritorial, a cargo de la Agencia en los territorios PDET.

2. Proponer, para aprobaci贸n del Director General de la Agencia, los lineamientos, par谩metros y criterios para la estructuraci贸n y ejecuci贸nde proyectos de intervenci贸n territorial, a cargo de la Agencia.

3. Seleccionar aliados y operadores nacionales y territoriales para apoyar el proceso de estructuraci贸n y ejecuci贸n de proyectos deintervenci贸n territorial, a cargo de la Agencia.

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Decreto 1223 de 2020 16 EVA - Gestor Normativo

4. Articular con entidades p煤blicas y privadas modelos de operaci贸n para la estructuraci贸n y ejecuci贸n de los proyectos, a trav茅s deesquemas de asociaci贸n p煤blico-privada, concesiones, convenios marco de cofinanciaci贸n y contratos con operadores, entre otros.

5. Proponer, cuando corresponda, a las entidades p煤blicas y privadas los lineamientos para la estructuraci贸n y ejecuci贸n de los proyectos dereconciliaci贸n y desarrollo social, infraestructura y h谩bitat, desarrollo econ贸mico y de ordenamiento territorial y desarrollo sostenible,identificados en los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial.

6. Adoptar las gu铆as y formatos para la estructuraci贸n y ejecuci贸n de proyectos de competencia de la Agencia.

7. Definir, en coordinaci贸n con la Direcci贸n de Informaci贸n y Prospectiva, los indicadores y par谩metros para la medici贸n del avance de losproyectos a cargo de la Direcci贸n de Estructuraci贸n y Ejecuci贸n de Proyectos.

8. Incorporar la perspectiva diferencial 茅tnica, cultural, de g茅nero, y generacional en la estructuraci贸n y ejecuci贸n de los proyectos cuandoas铆 se requiera.

9. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti贸n Institucional.

10. Las dem谩s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

ART脥CULO 16. Subdirecci贸n de Reconciliaci贸n y Desarrollo Social. Son funciones de la Subdirecci贸n de Reconciliaci贸n y Desarrollo Social, lassiguientes:

1. Definir el alcance y los componentes t茅cnicos y econ贸micos de los proyectos de reconciliaci贸n, convivencia y paz, salud rural y educaci贸nrural a estructurar y/o ejecutar por la Agencia, en concordancia con los lineamientos de las entidades competentes en la materia.

2. Brindar insumos t茅cnicos a las entidades competentes del nivel nacional y territorial para la estructuraci贸n y ejecuci贸n de proyectos dereconciliaci贸n y desarrollo social en los territorios PDET-PNIS.

3. Proponer, para aprobaci贸n del Director de Estructuraci贸n y Ejecuci贸n de Proyectos, la estrategia para la estructuraci贸n y/o ejecuci贸n deproyectos reconciliaci贸n y desarrollo social.

4. Dise帽ar manuales, procedimientos y formatos para la estructuraci贸n y ejecuci贸n de proyectos de reconciliaci贸n y desarrollo social.

5. Estructurar y/o ejecutar, con base en los lineamientos, par谩metros y criterios t茅cnicos aprobados por la Agencia, proyectos dereconciliaci贸n y desarrollo social.

6. Identificar y proponer aliados y operadores para apoyar el proceso de estructuraci贸n y ejecuci贸n de proyectos de reconciliaci贸n ydesarrollo social.

7. Proponer a la Direcci贸n de Estructuraci贸n y Ejecuci贸n de Proyectos los indicadores y par谩metros para la medici贸n del avance de losproyectos de reconciliaci贸n y desarrollo social.

8. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti贸n Institucional.

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Decreto 1223 de 2020 17 EVA - Gestor Normativo

9. Las dem谩s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia

ART脥CULO 17. Subdirecci贸n de Infraestructura y H谩bitat. Son funciones de la Subdirecci贸n de Infraestructura y H谩bitat las siguientes:

1. Definir el alcance y los componentes t茅cnicos y econom1cos en los proyectos de infraestructura y adecuaci贸n de tierras y de vivienda,agua potable y saneamiento b谩sico a estructurar y/o ejecutar por la Agencia, en coordinaci贸n con los lineamientos de las entidadescompetentes en la materia.

2. Brindar insumos t茅cnicos a las entidades competentes del nivel nacional y territorial para la estructuraci贸n y ejecuci贸n de proyectos deinfraestructura y h谩bitat en los territorios PDET-PNIS.

3. Proponer para aprobaci贸n del Director de Estructuraci贸n y Ejecuci贸n de Proyectos, la estrategia para la estructuraci贸n y/o ejecuci贸n deproyectos de infraestructura y h谩bitat.

4. Dise帽ar manuales, procedimientos y formatos para la estructuraci贸n y ejecuci贸n de proyectos de infraestructura y h谩bitat.

5. Estructurar y/o ejecutar con base en los lineamientos, par谩metros y criterios t茅cnicos aprobados por la Agencia, los proyectos deinfraestructura y h谩bitat.

6. Identificar y proponer aliados y operadores para apoyar el proceso de estructuraci贸n y ejecuci贸n de Proyectos de infraestructura yh谩bitat, y recomendar su selecci贸n a la Direcci贸n de Estructuraci贸n y Ejecuci贸n de Proyectos.

7. Proponer a la Direcci贸n de Estructuraci贸n y Ejecuci贸n de Proyectos la definici贸n de los indicadores y par谩metros para la medici贸n delavance de los proyectos de intervenci贸n territorial en la l铆nea de infraestructura y h谩bitat como insumo para la Direcci贸n de Informaci贸n yProspectiva.

8. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti贸n Institucional.

9. Las dem谩s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

ART脥CULO 18. Subdirecci贸n de Desarrollo Econ贸mico. Son funciones de la Subdirecci贸n de Desarrollo Econ贸mico las siguientes:

1. Definir el alcance y los componentes t茅cnicos y econ贸micos en los proyectos para la reactivaci贸n econ贸mica y la producci贸nagropecuaria, y el derecho a la alimentaci贸n, a estructurar y/o ejecutar por la Agencia, incluidos aquellos que se deriven del ProgramaNacional Integral de Sustituci贸n de Cultivos de Uso Il铆cito -PNIS en coordinaci贸n con el 谩rea competente.

2. Brindar insumos t茅cnicos a las entidades competentes del nivel nacional y territorial para la estructuraci贸n y ejecuci贸n de proyectos dedesarrollo econ贸mico en los territorios PDET-PNIS.

3. Proponer, para aprobaci贸n del Director de Estructuraci贸n y Ejecuci贸n de Proyectos, la estrategia para la estructuraci贸n y/o ejecuci贸n deproyectos desarrollo econ贸mico, incluyendo los relacionados con PNIS, en coordinaci贸n con el 谩rea competente.

4. Dise帽ar manuales, procedimientos y formatos para la estructuraci贸n y ejecuci贸n de proyectos desarrollo econ贸mico.

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Decreto 1223 de 2020 18 EVA - Gestor Normativo

5. Estructurar y/o ejecutar, con base en los lineamientos, par谩metros y criterios t茅cnicos aprobados por la Agencia, los proyectos dedesarrollo econ贸mico de las zonas priorizadas y de intervenci贸n del PNIS, en coordinaci贸n con el 谩rea competente.

6. Identificar y proponer aliados y operadores para apoyar el proceso de estructuraci贸n y ejecuci贸n de proyectos de desarrollo econ贸mico yrecomendar su selecci贸n a la Direcci贸n de Estructuraci贸n y Ejecuci贸n de Proyectos.

7. Proponer a la Direcci贸n de Estructuraci贸n y Ejecuci贸n de Proyectos la definici贸n de los indicadores y par谩metros para la medici贸n delavance de los proyectos de desarrollo econ贸mico como insumo para la Direcci贸n de Informaci贸n y Prospectiva.

8. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti贸n Institucional.

9. Las dem谩s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

ART脥CULO 19. Subdirecci贸n de Ordenamiento y Desarrollo Sostenible. Son funciones de la Subdirecci贸n de Ordenamiento y DesarrolloSostenible, las siguientes:

1. Definir el alcance y los componentes t茅cnicos y econ贸micos en los proyectos de ordenamiento social de la propiedad rural y uso del sueloy de las iniciativas ambientales a estructurar y/o ejecutar por la Agencia, en concordancia con los lineamientos de las entidadescompetentes en la materia.

2. Brindar insumos t茅cnicos a las entidades competentes del nivel nacional y territorial para la estructuraci贸n y ejecuci贸n de proyectos deordenamiento y desarrollo sostenible en los territorios PDET-PNIS.

3. Proponer, para aprobaci贸n del Director de Estructuraci贸n y Ejecuci贸n de Proyectos, la estrategia para la estructuraci贸n y/o ejecuci贸n deproyectos de ordenamiento y desarrollo sostenible.

4. Dise帽ar manuales, procedimientos y formatos para la estructuraci贸n y ejecuci贸n de proyectos de ordenamiento y desarrollo sostenible.

5. Estructurar y/o ejecutar, con base en los lineamientos, par谩metros y criterios t茅cnicos aprobados por la Agencia, los proyectos deordenamiento y desarrollo sostenible.

6. Identificar y proponer aliados y operadores para apoyar el proceso de estructuraci贸n y ejecuci贸n de Proyectos de ordenamiento ydesarrollo sostenible y recomendar su selecci贸n a la Direcci贸n de Estructuraci贸n y Ejecuci贸n de Proyectos.

7. Proponer a la Direcci贸n de Estructuraci贸n y Ejecuci贸n de Proyectos la definici贸n de los indicadores y par谩metros para la medici贸n delavance de los proyectos de ordenamiento y desarrollo sostenible como insumo para la Direcci贸n de Informaci贸n y Prospectiva.

8. Proponer y ejecutar acciones para la gesti贸n de informaci贸n geoespacial que permite la incorporaci贸n de aspectos sociales, culturales,econ贸micos y ambientales para la toma de decisiones en los procesos de estructuraci贸n y ejecuci贸n de proyectos.

9. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti贸n Institucional.

10. Las dem谩s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

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Decreto 1223 de 2020 19 EVA - Gestor Normativo

ART脥CULO 20. Direcci贸n de Informaci贸n y Prospectiva. Son funciones de la Direcci贸n de Informaci贸n y Prospectiva las siguientes:

1. Dirigir y orientar los procesos de recopilaci贸n, consolidaci贸n y calidad de la informaci贸n para la implementaci贸n de los programas a cargode la Agencia, la cual ser谩 soportada y administrada en un sistema 脷nico de Gesti贸n e Informaci贸n.

2. Definir el modelo de gobierno de informaci贸n de la Agencia, su alineaci贸n con la estrategia institucional y sus mecanismos deimplementaci贸n.

3. Dirigir el an谩lisis del entorno estrat茅gico nacional y regional con el fin de identificar oportunamente amenazas y oportunidades en laimplementaci贸n de los programas a cargo de la Agencia, como insumo para el dise帽o de estrategias y acciones de respuesta pertinentespor parte de la alta direcci贸n.

4. Producir informaci贸n y an谩lisis que permita orientar el proceso de toma de decisiones de la alta Direcci贸n.

5. Definir el esquema general de seguimiento, monitoreo y evaluaci贸n a la implementaci贸n de los PDET.

6. Orientar los ejercicios de prospectiva requeridos para la transformaci贸n de los territorios y proponer estrategias para alcanzar losescenarios proyectados.

7. Liderar an谩lisis que permitan identificar las potencialidades de los territorios PDET con el fin de proveer, a las entidades responsables desu implementaci贸n, de informaci贸n para la toma de decisiones.

8. Identificar, en coordinaci贸n con las dem谩s direcciones t茅cnicas de la Agencia, la informaci贸n que la entidad est谩 en capacidad de produciro recolectar y que puede ser de utilidad para los socios estrat茅gicos en la implementaci贸n de los PDET.

9. Adelantar las gestiones necesarias para una adecuada divulgaci贸n de la informaci贸n, estudios, an谩lisis y dem谩s productos del sistema demonitoreo, seguimiento y evaluaci贸n de la Entidad, bajo las directrices de la Direcci贸n General.

10. Dise帽ar y administrar el banco de proyectos de inversi贸n a partir de fuentes de financiaci贸n p煤blicas, privadas y de cooperaci贸ninternacional, orientadas a la implementaci贸n de los PDET.

11. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti贸n Institucional.

12. Las dem谩s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia

ART脥CULO 21. Subdirecci贸n de Gesti贸n de la Informaci贸n. Son funciones de la Subdirecci贸n de Gesti贸n de la Informaci贸n, las siguientes:

1. Identificar las necesidades de informaci贸n para la implementaci贸n de los PDET y proponer estrategias para su recolecci贸n yprocesamiento.

2. Facilitar la interoperabilidad, de acuerdo con los lineamientos de la Oficina de Tecnolog铆as de Informaci贸n, del Sistema de Gesti贸n eInformaci贸n de la Agencia con los sistemas de informaci贸n que administren las entidades del orden nacional y territorial, que contribuyan ala implementaci贸n y seguimiento de los PDET.

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3. Dise帽ar y gestionar la estrategia de intercambio de informaci贸n con entidades p煤blicas y privadas que faciliten el acceso a datos yestad铆sticas de los territorios PDET.

4. Dise帽ar y administrar el banco de proyectos de inversi贸n orientado a la implementaci贸n de los PDET.

5. Proponer e implementar el modelo de gobierno de informaci贸n, para la producci贸n y administraci贸n de la informaci贸n asociada con laimplementaci贸n de los PDET, soportada en los Sistemas de Gesti贸n e Informaci贸n de la Agencia.

6. Implementar en coordinaci贸n con la Oficina de Tecnolog铆as de la Informaci贸n las pol铆ticas orientadas a la captura, administraci贸n,tratamiento, procesamiento, integridad, calidad e intercambio de la informaci贸n requerida por la entidad en el marco de la implementaci贸nde los PDET.

7. Generar y administrar la informaci贸n oficial de la entidad respecto de la implementaci贸n de los PDET.

8. Elaborar y mantener actualizados los manuales operativos del Sistema 脷nico de Gesti贸n e Informaci贸n de la Agencia.

9. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti贸n Institucional.

10. Las dem谩s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

ART脥CULO 22. Subdirecci贸n de An谩lisis y Monitoreo. Son Funciones de la Subdirecci贸n de An谩lisis y Monitoreo las siguientes:

1. Elaborar estudios, investigaciones y reportes que orienten el dise帽o de pol铆ticas, estrategias y toma de decisiones para la implementaci贸nde los PDET.

2. Proponer y realizar ejercicios de inteligencia de datos que permitan identificar problemas y oportunidades y tomar decisiones de maneraoportuna.

3. Procesar informaci贸n estad铆stica sobre la implementaci贸n de los PDET en cada una de sus fases.

4. Dise帽ar e implementar los mecanismos de seguimiento, monitoreo y evaluaci贸n de los planes, proyectos y resultados asociados a laimplementaci贸n de los PDET.

5. Dise帽ar, e implementar en coordinaci贸n con la Subdirecci贸n de Gesti贸n de la Informaci贸n, sistemas de alertas para identificar accionesque deban ser adelantadas respecto de los procesos de implementaci贸n de los PDET.

6. Preparar y presentar informes peri贸dicos de seguimiento sobre el avance en la implementaci贸n de los PDET, as铆 como dificultades,lecciones aprendidas y buenas pr谩cticas.

7. Aplicar criterios para identificar potenciales sinergias entre programas y proyectos nacionales, regionales y/o locales que puedan serintegrados o articulados para generar econom铆as de escala e incentivos a una mayor eficiencia en la asignaci贸n de los recursos para laestabilizaci贸n en las zonas priorizadas.

8. Dise帽ar e implementar mecanismos de monitoreo y seguimiento que involucren a la poblaci贸n beneficiaria de los PDET, que permitan

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medir su percepci贸n del avance de estos y faciliten la divulgaci贸n de resultados con las comunidades.

9. Proponer los indicadores estrat茅gicos para el seguimiento a la implementaci贸n de los programas a cargo de la Agencia y realizarmediciones peri贸dicas de los mismos.

10. Desarrollar evaluaciones de los planes y proyectos de intervenci贸n territorial en las zonas priorizadas.

11. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti贸n Institucional.

12. Las dem谩s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

ART脥CULO 23. Direcci贸n de Sustituci贸n de Cultivos de Uso Il铆cito. Son funciones de la Direcci贸n de Sustituci贸n de Cultivos de Uso Il铆cito,dependencia con autonom铆a administrativa y financiera, en los t茅rminos del literal j) del art铆culo 54 de la Ley 489 de 1998, las siguientes:

1. Dise帽ar los lineamientos de funcionamiento y puesta en marcha de los procesos para la implementaci贸n del Programa Nacional Integralde Sustituci贸n de Cultivos de Uso Il铆cito - PNIS, en los territorios intervenidos bajo las directrices establecidas por la Presidencia de laRep煤blica y la normativa vigente aplicable en la materia.

2. Coordinar, con las autoridades competentes la planeaci贸n de la estrategia de erradicaci贸n manual voluntaria y forzosa de cultivos il铆citos,y coordinar con 茅stas su desarrollo.

3. Hacer seguimiento y evaluar la ejecuci贸n de los planes y proyectos que adelante PNIS, seg煤n los lineamientos de Direcci贸n General y delConsejo Directivo.

4. Coordinar con las entidades del Gobierno Nacional la implementaci贸n de los planes y proyectos que se adelanten dentro del ProgramaNacional Integral de Sustituci贸n de Cultivos de Uso Il铆cito - PNIS, en las 谩reas afectadas por la presencia de cultivos de uso il铆cito, incluidosParques Nacionales Naturales.

5. Coordinar la estructuraci贸n y ejecuci贸n de los proyectos que se adelanten en el desarrollo del Programa Nacional Integral de Sustituci贸nde Cultivos de Uso Il铆cito del PNIS con las comunidades rurales, agencias nacionales y entidades territoriales.

6. Formular los proyectos de inversi贸n que permitan la operaci贸n del Programa Nacional Integral de Sustituci贸n de Cultivos de Uso Incito yhacer seguimiento y control.

7. Dise帽ar e implementar nuevos modelos y proyectos alternativos de sustituci贸n de cultivos il铆citos para ser aplicados aquellos territoriosque para el efecto determine el Consejo Directivo de la ART.

8. Gestionar y administrar, en coordinaci贸n con el Jefe de Planeaci贸n de la Agencia, ante las instancias competentes los recursos para laimplementaci贸n, desarrollo, ejecuci贸n y seguimiento del PNIS.

9. Dirigir las actividades administrativas, financieras, contables, presupuestales, y de tesorer铆a a cargo de la Direcci贸n y establecer losprocedimientos para garantizar la operaci贸n y funcionamiento de la Direcci贸n.

10. Atender y resolver las consultas, solicitudes y peticiones de car谩cter jur铆dico relacionadas con el PNIS, bajo los lineamientos de la OficinaJur铆dica.

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11. Ordenar los gastos y suscribir los actos, convenios y contratos para el cumplimiento de los objetivos y funciones asignadas, que le seandelegados.

12. Nombrar y remover el personal de la Direcci贸n, as铆 como expedir los actos administrativos relacionados con la administraci贸n depersonal, de conformidad con la delegaci贸n que le sea conferida.

13. Rendir informes al Consejo Directivo y a la Direcci贸n General sobre las actividades desarrolladas, la ejecuci贸n del Programa NacionalIntegral de Sustituci贸n de Cultivos de Uso il铆cito y la situaci贸n general de la dependencia.

14. Gestionar e implementar el modelo de Sistema Integrado de Gesti贸n adoptado por la entidad con el fin de garantizar la prestaci贸n de losservicios con base en los procesos y procedimientos vigentes.

15. Elaborar en coordinaci贸n con las dem谩s dependencias el Programa Anual Mensualizado de Caja - PAC de los recursos a cargo de laDirecci贸n y controlar su ejecuci贸n.

16. Llevar en contabilidad separada de la Agencia, la contabilidad de los recursos del Programa Nacional Integral de Sustituci贸n de Cultivosde Uso Il铆cito y remitirla para su consolidaci贸n, de acuerdo con los lineamientos que para el efecto defina la Agencia.

17. Las dem谩s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

ART脥CULO 24. Secretar铆a General. Son funciones de la Secretar铆a General, las siguientes:

1. Asistir al Director General de la Agencia en la determinaci贸n de las pol铆ticas, objetivos y estrategias relacionadas con la administraci贸n dela entidad.

2. Dirigir la ejecuci贸n de los programas y actividades relacionadas con los asuntos financieros y contables, servicios administrativos, gesti贸ndocumental, correspondencia y notificaciones de la entidad.

3. Trazar las pol铆ticas y programas de administraci贸n de personal, bienestar social, selecci贸n, registro y control, capacitaci贸n, incentivos ydesarrollo del talento humano y dirigir su gesti贸n.

4. Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con la adquisici贸n, almacenamiento, custodia, distribuci贸n de bienesmuebles e inmuebles necesarios para el normal funcionamiento de la Agencia, velando porque se cumplan las normas vigentes.

5. Dise帽ar los procesos de organizaci贸n, estandarizaci贸n de m茅todos, elaboraci贸n de manuales de funciones y todas aquellas actividadesrelacionadas con la racionalizaci贸n de procesos administrativos de la agencia, en coordinaci贸n con la Oficina de Planeaci贸n.

6. Dirigir y coordinar los estudios t茅cnicos requeridos para modificar la estructura interna y la planta de personal de la Agencia.

7. Dirigir y coordinar las acciones para el cumplimiento de las pol铆ticas, normas y las disposiciones que regulen los procedimientos ytr谩mites de car谩cter administrativo y financiero de la Agencia.

8. Velar por el funcionamiento de la prestaci贸n del servicio al ciudadano y por la atenci贸n de quejas y reclamos que presenten losciudadanos sobre el desempe帽o de las dependencias o personas que laboran en la Agencia de Renovaci贸n del Territorio.

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9. Apoyar la consecuci贸n de recursos para el desarrollo de los planes, programas y proyectos institucionales.

10. Coordinar la elaboraci贸n y presentar al Ministerio de Hacienda y Cr茅dito P煤blico, el Programa Anual de Caja de conformidad con lasnormas que reglamenten esta materia.

11. Preparar, en coordinaci贸n con la Oficina Planeaci贸n, el anteproyecto anual de presupuesto, de acuerdo con las directrices que impartanel Ministerio de Hacienda y Cr茅dito P煤blico, el Departamento Nacional de Planeaci贸n y el Director General de la Agencia de Renovaci贸n delTerritorio, velando por su correcta y oportuna presentaci贸n.

12. Impartir las instrucciones para el seguimiento a la ejecuci贸n de los recursos asignados a los proyectos de inversi贸n y para la formulaci贸ny seguimiento proyectos de funcionamiento de la Agencia, en el marco de sus competencias.

13. Hacer seguimiento a la correcta ejecuci贸n, contabilizaci贸n y rendici贸n de informes y cuentas fiscales, presupuestales y contables, de losrecursos asignados a la Agencia de Renovaci贸n del Territorio. 路

14. Consolidar los estados contables y ejecuci贸n del presupuesto, de la respectiva vigencia fiscal para la rendici贸n de la cuenta anual condestino a la Contralor铆a General de la Rep煤blica de acuerdo con los lineamientos impartidos por dicha entidad.

15. Impartir los lineamientos para planificar, dirigir y coordinar la contrataci贸n de la Agencia.

16. Dirigir y orientar el mantenimiento y mejoramiento de los bienes de la Agencia de Renovaci贸n del Territorio.

17. Coordinar las investigaciones de car谩cter disciplinario que se adelanten contra los servidores de la Agencia de Renovaci贸n del Territorioy resolverlas en primera instancia.

18. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti贸n Institucional.

19. Las dem谩s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

ART脥CULO 25. 脫rganos de Asesor铆a y Coordinaci贸n. La Agencia de Renovaci贸n del Territorio tendr谩 una Comisi贸n de Personal y un Comit茅de Coordinaci贸n del Sistema de Control Interno, los cuales se regir谩n por las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.

ART脥CULO 26. Vigencias y Derogatorias. El presente decreto rige a partir de su publicaci贸n, modifica en lo pertinente el Decreto ley 2366 de2015, con excepci贸n del art铆culo 1 modificado por el par谩grafo 4 del art铆culo 281 de la Ley 1955 de 2019 y de los art铆culos, 2, 3, 5, 6, 28, 29,30, 31, los cuales continuar谩n vigentes, y deroga los decretos 2096 de 2016 y 2107 de 2019.

PUBL脥QUESE Y C脷MPLASE,

Dado en Bogot谩, D.C., a los 4 d铆as del mes de septiembre de 2020

EL PRESIDENTE DE LA REP脷BLICA

(FDO.) IV脕N DUQUE M脕RQUEZ

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Decreto 1223 de 2020 24 EVA - Gestor Normativo

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CR脡DITO P脷BLICO,

ALBERTO CARRA QUILLA BARRERA

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REP脷BLICA,

DIEGO ANDRES MOLANO APONTE

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCION P脷BLICA,

FERNANDO ANTONIO GRILLO RUBIANO

Fecha y hora de creaci贸n: 2022-07-11 04:15:05