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DECRETO 106 DECRETO 106 Homologación de centros formativos Álvaro, Emma, J.C. Lidia, Vane

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Page 1: Decreto 106

DECRETO 106DECRETO 106

Homologación de centros formativos

Álvaro, Emma, J.C. Lidia, Vane

Page 2: Decreto 106

REQUISITOS DE INSCRIPCIÓNREQUISITOS DE INSCRIPCIÓNCondiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad,

seguridad y de prevención de riesgos laborales. Medios tendentes a facilitar la accesibilidad universal de

las personas con discapacidades. Aseos y servicios higiénico-sanitarios para hombres y

mujeres en número adecuado a la capacidad del centro. Instalaciones de dirección y coordinación: un espacio

adecuado para despachos de dirección, sala de profesores y actividades de coordinación, y secretaría.

Page 3: Decreto 106

Adaptación de las dimensiones de las aulas al número máximo de alumnos, proporcional a la establecida en los programas formativos de la especialidad.

sin certificado mínimo 10

con certificado mínimo 15

Disponer del número de utensilios, máquinas y herramientas que se especifiquen en el equipamiento de los programas formativos.

Page 4: Decreto 106

Disponer de personal docente y con experiencia en la especialidad formativa de que se trate.

Para formación en las modalidades de teleformación, a distancia o mixta, deberán acreditar la disponibilidad de medios que aseguren la gestión de los contenidos y el seguimiento y evaluación de los participantes.

Page 5: Decreto 106

REQUISITOS ADICIONALESREQUISITOS ADICIONALES

Según número de plazas de formación

CON CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD:Requisitos mínimos de espacios, instalaciones y equipamientos

según los diferentes Real Decretos.

SIN CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD:Los establecidos en el programa formativo.

Page 6: Decreto 106

DOCUMENTACIÓNDOCUMENTACIÓN

Page 7: Decreto 106

OBLIGACIONESOBLIGACIONESMantener las instalaciones y la estructura de medios

sobre la base de las cuales se produjo su inscripción. Colaborar en los procesos para la selección de

alumnos/as y para su inserción en el mercado de trabajo.

No percibir cantidad alguna de los alumnos incluidos en las programaciones del subsistema de formación profesional para el empleo.

Hacer constar en su publicidad su condición de centro o entidad de formación inscrita o acreditada.

Solicitud de autorización cuando se produzca un cambio de titularidad o un cambio de dirección de las instalaciones.

Page 8: Decreto 106

Bajas en el Registro de Centros, Entidades de Bajas en el Registro de Centros, Entidades de Formación y sus especialidades formativas. Formación y sus especialidades formativas.

Incumplimiento de las obligaciones de los centros.Aplicar las subvenciones para otro fin.Solicitud del interesado.Falta de mantenimiento de las exigencias técnico-

pedagógicas, de equipamiento y personal.Falta de superación de los mínimos de calidad. Inadecuación a las necesidades que demanda el sistema

productivo.Baja en el fichero de especialidades.

Page 9: Decreto 106

TRAMITACIÓN DE LA SOLICITUDTRAMITACIÓN DE LA SOLICITUD

Para ser inscrito y acreditado en el registro de centros y entidades de formación, Solicitud a la Jefatura Territorial de la provincia donde se ubique el centro y, entregando la documentación citada y los siguientes anexos:

* El plazo de presentación de solicitudes estará abierto durante todo el año.

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